AUTORIZACIÓN DE PLANTAS DE RENDIMIENTO … · Regular las pantas de rendimiento para la vigilancia...

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• Objetivo

• Fundamento Jurídico

• Observancia y aplicación

• Regulación de Establecimientos

• Vigilancia

• Medidas de Control

Regular las pantas de rendimiento para la vigilanciay control de la comercialización de las harinas queson utilizadas para la elaboración de productos paraconsumo animal; con el objetivo de que Méxicomantenga el reconocimiento ante la OIE como paísde riesgo Controlado y a corto plazo mejore elestatus sanitario con respecto a la EEB para obtenerel reconocimiento de país Insignificante.

Análisis de trazabilidad Análisis de trazabilidad

Territorio Nacional

Farm

acia

s y

Forr

aje

ras

Imp

ort

ació

n

PLANTAS DE RENDIMIENTO

PLANTAS DE ALIMENTO

COMERCIALIZADORAS DE HARINAS

DISTRIBUIDORAS DE ALIMENTO

COMERCIALIZADORAS DE DESPOJOS

Antes de la Publicación de la Ley Federal de Sanidad

Animal

Después de la Publicación de la Ley Federal de Sanidad

Animal

2012

Licencia ZoosanitariaDictamen de

Funcionamiento

El artículo 196 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad

Animal indica que este tipo de establecimientos deberán ser

AutorizadosSe registra ante COFEMER el trámite SENASICA-01-049-B

FUNDAMENTO LEGAL AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO TRÁMITE SENASICA-01-049

MODALIDAD B

Ley Federal de Sanidad Animal

Artículo 105

Artículo 110

Reglamento de la Ley Federal de Sanidad

Animal

Artículo 195

Artículo 196

Artículo 205

Normatividad

NOM-060-ZOO-1999

ACUERDO por el que se exenta del certificado

zoosanitario de movilización de bienes de origen animal.

NOM-012 Definiciones

NOM-022 almacenamiento y comercialización materias

primas

NOM-061 Definiciones

Tipos de plantas de rendimiento

• De acuerdo a la NOM-060-ZOO-1999, Especificaciones zoosanitarias parala transformación de despojos animales y su empleo en la alimentaciónanimal.

6.1. Plantas de rendimiento de tejidos de origen rumiante osu mezcla con tejidos de porcino, equino, aviar o cualquier otra

especie, así como pieles de rumiantes y subproductos de latenería.

6.2 Plantas de rendimiento de tejidos de origen porcino,equino, aviar u otras especies no rumiantes, así como pieles de

rumiantes y subproductos de la tenería o una mezcla de éstos.

Consulta de plantas de rendimiento y comercializadorashttp://www.senasica.gob.mx/default.asp?id=916

No OFICIO

ACTIVIDAD

CLASIFICACIÓN

VIGENCIA

RESPONSABILIDAD

Corresponde a la SAGARPA y a los gobiernos delas entidades Federativas y del Distrito Federal

La aplicación de las disposiciones establecidascompete a la DGSA

ESTABLECIMIENTOS REGISTRADOS:

Programa anual de Verificaciones (verificación al 100% de plantas de rendimiento).

TRAZABILIDAD

Control de los registros de entradas y salidas de los despojos utilizados para la

elaboración de harinas.

Control de los registros de tiempo, temperatura y humedad empleados en el

proceso de elaboración de las harinas.

Control de los registros de la comercialización de las harinas y que su utilización

sea UNICAMENTE para la elaboración de productos veterinarios registrados:

Difusión mediante pláticas, trípticos, carteles, volantes, dípticos.

TRAZABILIDAD EN EL USO DE HARINAS PARA

LA ELABORACIÓN DE ALIMENTOS PARA

CONSUMO ANIMAL

MATERIA PRIMA PROCESO PARA LA OBTENCIÓN

DE HARINASCLIENTES

PROVEEDORESTIEMPO TEMPERATURA

HUMEDAD

PROVEEDORES BPM

Evitar el empleo de harinas de carne y hueso deorigen rumiante en la alimentación de rumiantes ylas medidas de control para evitar la contaminacióncruzada en la elaboración de alimentos paraanimales, es una de las acciones importantes queactualmente se debe realizar para evitar la apariciónde Encefalopatía en México.

MEDIDAS

DICTAMEN

VERIFICACIÓN

ACTA CIRCUNSTANCIADA (HECHOS Y OMISIONES)

REVISIÓN DOCUMENTAL

ANÁLISIS DE LABORATORIO APROBADO O AUTORIZADO

Imposición de sanciones

Gravedad de la infracción

Daños y perjuicios causados

Antecedentes

Circunstancias personales

Situación socioeconómica

Sanciones

Clausura temporal

Clausura definitiva

Suspensión temporal

Revocación o cancelación

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE SERVICIOS Y CERTIFICACIÓN PECUARIA

SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS Y

PRODUCTOS VETERINARIOS

DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS

INDUSTRIALES Y MERCANTILES DE PRODUCTOS

VETERINARIOS

Correos electrónicos de contacto:

dgsa.iica16@senasica.gob.mx

Teléfono 59-05-1000 extensión 53220

Marzo 2016