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ADAPTACIÓN DE NORMAS INTERNACIONALES EN DIFERENTES PAISES
Y APLICACIÓN PARA COLOMBIA
ESTADO DEL ARTE
AUXILIARES:
ROBINSON ALEXANDER NARANJO
MARTHA IRENE CARDONA CARMONA
CLAUDIA YANETH GÓMEZ LÓPEZ
SEMINARIO II
INVESTIGADOR PRINCIPAL: HERNÁN ÁRIAS SANDOVAL
CO-INVESTIGADOR: HENRY TOBÓN MONTOYA
UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA
FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
MEDELLIN
2012
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CONTENIDO
pag
CONTENIDO……………………………………………………………. 2.
INTRODUCCIÓN……………………………………………………….. 3.
OBJETIVOS……………………………………………………………... 4.
LA GLOBALIZACIÓN CONTABLE…………..……………………… 5.
PROCESO DE ARMONIZACIÓN LA EN ARGENTINA………….… 9.
PROCESO DE CONVERGENCIA EN CHILE…………………...….. 12.
PROCESO DE ADOPCIÓN EN PERU………………………...…….. 15.
PROCESO DE CONVERGENCIA EN CANADA…………………… 19.
PROCESO DE CONVERGENCIA EN COLOMBIA………………… 23.
ARMONIZACIÓN Y CONVERGENCIA ¿LA SOLUCIÓN FINAL?.. 28.
CONCEPTO DE CONVERGENCIA A LA LUZ DE LA LEY 1314
DE 2009…………………………………………………………………… 28.
LA ADOPCIÓN…………………………………………………………… 29.
LA ADAPTACIÓN………………………………………………………… 30.
EL AJUSTE……………………………………………………………….. 30.
LA ARMONIZACION…………………………………………………….. 31.
CONCLUSIONES…….…………………………………………………… 34.
CIBERGRAFÍA…………………………………………………………….. 36.
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INTRODUCCIÓN
Este trabajo analiza brevemente la importancia del cambio de paradigma que
supone converger a las normas internacionales, en un país como Colombia, y a
su vez dar un mirada a los procesos que tuvieron que enfrentar algunos países
para poder adaptar sus normas de contabilidad a las internacionales, logrado
hoy en día estar a la vanguardia de la globalización en materia contable.
En la actualidad Colombia es un país con un futuro económico y comercial
bastante alentador, la inversión extranjera esta nuevamente interesada en
invertir en nuestro querido país; el TLC que para bien o para mal ya es un
hecho, está cosechando los primeros contratos; los nuevos acuerdos que se
están forjando con China y otros países asiáticos; el aumento de las visitas de
grandes artistas internacionales que están haciendo jugosos contratos para sus
presentaciones en los escenarios de nuestras principales ciudades; y así
muchas otras negociaciones de carácter internacional inundan el panorama
económico, generando mucho optimismo en el país.
Pero todo este despliegue de buenas nuevas conlleva a cambios radicales al
interior de los procesos administrativos de las empresas, las cuales deben
realizar sus procesos con estándares de alta calidad. Entre estos procesos
que se deben estandarizar, la normatividad contable es uno de los puntos más
importantes y que más cambios van a tener, ya que lo que se busca a nivel
mundial es la globalización contable, donde todos los países hablen el mismo
idioma, y puedan generar unos informes que reflejen su realidad de una forma
razonable y comprensible para todos. De esta manera se facilitara la toma de
decisiones de los diferentes inversores extranjeros a la hora de realizar
negociaciones con las empresas colombianas.
La Comunidad Económica Europea, Australia, Canadá, China, México,
Venezuela, Perú, Chile, Argentina y muchos otros países (más de 100) ya han
aceptado e implementado estos nuevos estándares en su día a día, o están en
procesos de convergencia, adopción y armonización contable.
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OBJETIVOS
Analizar la importancia que tiene la implementación de las normas
internacionales en nuestro país.
Conocer los procesos que llevaron a cabo algunos países que han
adaptado su sistema contable a normas internacionales.
Saber cuáles son las ventajas y desventajas que conlleva la adopción de
las normas internacionales.
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LA GLOBALIZACION CONTABLE
La globalización es un hecho, las telecomunicaciones, la televisión, el Internet
y los medios de transporte, hacen que el mundo parezca más pequeño de lo
que era hace solo 50 o 60 años, ahora el contacto entre las diferentes
empresas a nivel mundial es algo instantáneo. En cuestión de segundos una
empresa colombiana se puede comunicar con otra empresa en España, en
Estados Unidos o en cualquier lugar del mundo por medio de una llamada, o un
simple clic, y en cuestión de minutos se pueden cerrar negocios millonarios.
Los medios tecnológicos hacen posible que estas acciones que eran
inconcebibles hace pocos años, sean perfectamente posibles ahora, pero solo
con la facilidad de poder comunicarnos o de viajar a los diferentes países del
mundo en tiempos increíblemente cortos, no es suficiente para tener éxito en
un mundo globalizado como el que habitamos ahora; las empresas antes de
hacer inversiones o negocios con otras, quieren conocerlas primero, saber
cuándo se fundaron, la experiencia que estas tienen en el sector, su estatus, y
sobre todo su estabilidad financiera. En este punto se encontró un problema
enorme, y es que la información financiera en cada país era llevada de forma
muy diferente, por lo cual a una empresa de Corea le quedaba difícil saber si
los estados financieros de “x” empresa colombiana, estaban mostrando la
realidad de su situación.
Fue debido a esto que se fundó la IASC (International Accounting Standards
Committee), en el año 1973 que fue creado como un organismo de carácter
privado y de ámbito mundial según acuerdo realizado por organizaciones
profesionales de 9 países (Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón,
México, los Países Bajos, el Reino Unido e Irlanda, y los Estados Unidos de
América). Uno de los objetivos fundamentales de este comité, era formular y
publicar normas contables para la presentación de los estados financieros, y
promoverlas para su aceptación y observancia en todo el mundo. En 1982 los
miembros patrocinadores de la IASC comprendían a todos los representantes
profesionales de la contabilidad que eran miembros de la federación
internacional de contadores (IFAC - International Federation of Accountants).
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En el año 1997 la IASC se vio en la necesidad de cambiar su estructura, para
de esta manera poder seguir desempeñando su trabajo de forma eficaz, para lo
cual creó un grupo de trabajo, el cual debía examinar la estructura y estrategia
a seguir, y en noviembre de 1999 publico sus recomendaciones, las cuales
fueron aprobadas por la junta del IASC. En julio del 2000 se constituiría el IASB
(junta de normas internacionales de información financiera) la cual funcionaria
bajo la supervisión de la IASCF (Fundación del comité de normas
internacionales de contabilidad). Siendo el IASB el único responsable del
establecimientos de las normas internacionales de información financiera
(NIIFs – IFRSs) y la IASCF la encargada de supervisar la labor del IASB, la
estructura y la estrategia, además de la responsabilidad de recaudar fondos.
Dentro de la nueva estructura también quedo el IFRIC (comité de interpretación
de las normas internacionales de información financiera), el SAC (concejo
asesor de normas) que asesora al IASB y al IASCF y los grupos de trabajo que
son los grupos de profesionales que se encargan de los diferentes proyectos
del IASB.
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Imagen tomada de la página http://www.nicniif.org
Según el director de la IASB una estructura solida para la presentación de
información financiera se debe fundamentar en 4 pilares básicos:
1. Normas de contabilidad uniformes, globales, y que estén basadas en
principios claros que permitan que los estados financieros reflejen la
realidad económica.
2. Practicas eficaces de gobierno corporativo, incluyendo la obligación de
adoptar e implementar normas internacionales de contabilidad.
3. Practicas de auditoría que den a las entidades del exterior la seguridad
de que se están reflejando fielmente sus resultados económicos y su
situación financiera.
4. Un mecanismo de aplicación y supervisión que garantice que se están
cumpliendo los principios establecidos por las normas contables y de
auditoría.
Con estas premisas son muchos los países a nivel mundial que están
adoptando las normas internacionales de contabilidad. Los países que
conforman la Unión Europea adoptaron las normas internacionales a partir del
año 2005, Canadá las adoptaría a partir del año 2011, además países como
Perú, Brasil, Argentina, Chile, Ecuador, Australia, China, México, India, etc.
Han adoptado, o están en proceso de convergencia, o armonización de sus
sistemas contables a normas internacionales. Son más de 100 los países que
han adoptado, o están en procesos de armonización o convergencia.
El objetivo de estas normas internacionales de información financiera es tener
un único conjunto de estándares de información financiera de alta calidad que
le permita a las diferentes empresas la preparación, presentación y el uso de
los estados financieros de propósito general, de los cuales la información sea
confiable, transparente y comparable, para que la toma de decisiones
económicas sea más fácil, especialmente en el ámbito internacional.
La Unión Económica Europea se vio con la necesidad imperiosa de lograr un
grado de comparabilidad de la información financiera, al nivel exigido por a
nivel internacional, y para esto opta por la armonización contable, y así facilitar
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la elaboración y comprensión de los informes contables a los usuarios de estos,
a los grupos interesados, a los inversionistas, y en general para que sus
mercados funcionaran mejor.
Así pues en 1995 se emiten los primeros comunicados, en los cuales revela la
estrategia a llevar a cabo en relación con la información contable. En estos
comunicados tienen como objetivos estratégicos: Eliminar los vacios existentes
entre las exigencias de información financiera en la UE y las necesidades de
los mercados internacionales de capitales, aumentar la comparabilidad de las
diferentes cuentas, y garantizar una adecuada contribución europea al proceso
internacional de armonización.
En el año 2000 se establece un calendario para lograr un mercado único de
valores. Para lograr esto se siguió aumentando el grado de comparabilidad de
los estados financieros de las empresas para beneficiar a las mismas y a los
inversores.
En el 2001 se modifican las directivas referentes a normas de valoración a usar
en cuentas anuales consolidadas de ciertas sociedades, bancos y entidades
financieras. Exigiendo a los estados la contabilización de determinados activos
y pasivos financieros por el valor razonable.
En el 2002 se reglamenta la aplicación de las NIC para que comiencen a regir a
partir del año 2005 para las cuentas consolidadas de aquellas sociedades que
coticen en un mercado regulado de cualquier estado miembro.
En el 2003 se modernizan las directivas y referentes a cuentas anuales y
consolidadas de determinadas formas de sociedades, bancos, y otras
entidades financieras y empresas de seguros. Y se reglamenta la adopción de
algunas de las nuevas NIC creadas hasta este año. A excepción de las NIC 32
y 39.
Del 2003 al 2005 se terminan de adaptar y reglamentar la mayoría de Nic y
NIIF creadas hasta el momento.
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Así mismo muchos más países a nivel mundial han comenzado sus procesos
de armonización, adopción y convergencia a las NIIF como lo muestra la
siguiente grafica:
Imagen tomada de la página http://www.deloitte.com
Los países de Centro y Sur América, al igual que Estados Unidos y Canadá no
se quedan atrás y están desarrollando sus planes de adopción de las Niff, entre
ellos Chile, Argentina y Perú han tenido unos procesos exitosos en la
estandarización contable.
PROCESO DE ARMONIZACIÓN EN ARGENTINA:
El caso de Argentina es un caso bastante particular, puesto que en ese país
contaba con una situación contable que hacia especialmente el proceso de
armonización. Este carácter especial se debía a la organización político-
administrativa que establece estados provinciales donde las leyes favorecían
de forma autónoma en el control de la profesión contable a consejos locales
(por distritos provinciales) lo cual hacia que hubiera diferencias al establecer las
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pautas de valorización y revelación entre los diferentes consejos en especial
con el concejo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) que no es
miembro de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias
Empresariales (FACPCE). Debido a esto En Argentina se dio la necesidad de
realizar una armonización nacional, en la normatividad contable para que no
hubiera diferencias dentro del mismo país, para luego enfrentarse a la
armonización con las normas internacionales. A pesar de la gran dificultad se
ha podido llevar de forma positiva el acercamiento de las NIIF, siendo el primer
país en homologar sus normas locales con la normatividad promovida por el
IASB.
El proceso comenzó en el Año 2000 con la aprobación del FACPCE con los
respectivos consejos provinciales y de Buenos Aires, para comenzar con la
actualización de las normas vigentes, para luego armonizarlas con las normas
internacionales. En el año 2009 al cierre del ciclo contable de determinadas
compañías, estas debían dejar por escrito que estaban evaluando el impacto
del nuevo marco normativo que se adoptaría en el 2011.
La resolución técnica No. 26, emitida por la FACPCE hace la obligación
explicita para aquellas compañías que cotizan sus operaciones en la Bolsa de
valores, y determina que son estas empresas las que deben iniciar con el
proceso, cabe anotar que la norma excluye taxativamente de la obligación a
algunas de las compañías incluidas en el régimen de oferta pública de la
Comisión Nacional de Valores (CNV), y ellas son:
Las empresas del panel de PyME que no están registradas en el régimen de
oferta pública por su capital ni por sus obligaciones negociables, sino que
operan bajo otras formas de financiación; Las restantes entidades bajo control
de la CNV, tales como: Sociedades gerentes y depositarias de fondos comunes
de inversión; Fondos comunes de inversión; Fiduciarios ordinarios públicos y
fiduciarios financieros, inscritos en los registros que lleva la CNV; Fideicomisos
financieros autorizados a la oferta pública; Mercados de futuros y opciones;
Entidades autorreguladas no bursátiles; Bolsas de comercio con o sin mercado
de valores adherido; Cajas de valores; Entidades de compensación y
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liquidación; y Cámaras de compensación y liquidación de futuros y opciones,
entre otras.
Cabe anotar que si bien la Resolución técnica No.26, no permite la adopción
anticipada, para el primer grupo de empresas que se encuentran obligadas se
deben comprometer a realizar algunas tareas extras a partir de los balances
generales de cierre de operaciones que se presenten en el año 2009. Para ser
más exactos los estados financieros anuales, correspondientes al ejercicio
contable comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, las
empresas deben realizar las siguientes actividades.
Identificar la norma que pone en vigencia las NIIF para la entidad y la fecha de
cierre del ejercicio anual y del período intermedio en los que se prepararán los
estados financieros de acuerdo con las NIIF, por primera vez.
Elaborar una declaración en donde se deje asentado que se están evaluando
los efectos de la adopción de las normas contables internacionales.
En los casos en que la entidad haya concluido su análisis y tenga determinados
los efectos del cambio, se deberán adjuntar las conciliaciones respectivas.
Como se puede apreciar el trabajo para los contadores públicos, aumentará
aún más respecto a los estados financieros anuales correspondientes al
ejercicio que se inicie a partir del 1 de enero de 2010 y que se cierra a 31 de
diciembre del mismo año. Igualmente las compañías deberán adjuntar entre
otras cosas lo siguiente:
a) Una conciliación entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con las
normas anteriores y el determinado de acuerdo con las NIIF.
b) Una conciliación entre el resultado integral total del ejercicio determinado de
acuerdo con las NIIF y el importe equivalente a dicho resultado integral
determinado a partir de los estados financieros de la entidad preparados de
acuerdo con las normas contables anteriores.
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Además la resolución técnica deja a criterio de las empresas que no cumplen
los requisitos de obligatoriedad, para adopten las NIIF de forma voluntaria y
optativa a partir del 2011.
Texto sobre Argentina tomado de la página
www.umng.edu.co/documents/63968/68764/12+Experiencias.pdf
PROCESO DE CONVERGENCIA EN CHILE:
En su proceso de globalización y enmarcado en su política de salir al mundo,
hizo que chile firmara una serie de tratados de libre comercio con varios países.
Esto causo que muchas empresas extranjeras comenzaran actividades en su
territorio a través de empresas filiales.
Para reportar a los inversionistas extranjeros y a las casas matrices de las
filiales asentadas en un importante segmento del territorio chileno, se vieron el
al obligación de convertir los estados financieros preparados con la
normatividad chilena a la normatividad internacional.
Razón por la cual Chile tuvo una necesidad creciente de tener un leguaje
común contable. En el año 2004 El Colegio de contadores de Chile firmo un
convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para insertar a Chile
en el ámbito internacional, aplicando criterios uniformes de presentación de
informes financieros, facilitando la integración comercial, siendo la
convergencia de los principios contables nacionales a normas internacionales
el principal componente. En dicho convenio se señalo como fecha límite para la
ejecución del programa hasta el 01 de enero de 2009.
Para lograr esta convergencia se han analizado los principios de contabilidad
generalmente aceptados (PCGA) con las normas internacionales, destacando
las diferencias existentes.
“Las normas de información financiera y auditoria del sector privado son
establecidas por cuatro entes diferentes: el Colegio de Contadores de Chile
(CCC), la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), la Superintendencia
de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y la Superintendencia de
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Administradoras de Fondos de Pensiones (SAFP), existiendo cierto grado de
coordinación entre ellos.
El Colegio de Contadores de Chile (CCC), es una organización de afiliación
voluntaria, está legalmente reconocido como el cuerpo responsable del
desarrollo y emisión de los principios de contabilidad generalmente aceptados
(PCGA) y de las normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGA). Aun
así, como se ha indicado antes, la SVS, la SBIF y la SAFP tienen facultades
para establecer normas de contabilidad, y un cierto poder regulador sobre la
profesión contable. El CCC es miembro tanto de la Federación Internacional de
Contadores (IFAC) como de la Asociación Interamericana de Contabilidad
(AIC).
Método de Convergencia Regulatoria para Empresas de Interés Público.
El Consejo General del Colegio de Contadores de Chile aprobó a través de su
Boletín Técnico No.79, emitido a finales del año 2008, la Convergencia de los
principios de contabilidad generalmente aceptados en Chile a las NIIF.
Para cumplir con lo anterior, se evaluaron las dos alternativas
internacionalmente aceptadas por la Profesión para cumplir con el propósito de
la armonización contable: la adopción directa de las normas originales en ingles
emitidas por el IASB y un proceso de convergencia de los principios contables
del país a dichas normas internacionales, a través de la emisión de normas
locales que, cumpliendo con todos los requerimientos del marco legal y
regulatorio del país, mantenga como premisa fundamental el objetivo de
adoptar integral, explicita y sin reservas las NIIF, sin introducir ningún tipo de
adaptaciones ni excepciones técnicas locales.
Las normas que el IASB tiene definidas como ―Normas Internacionales de
Información Financiera - NIIF, se adoptan en Chile bajo la denominación
Normas de Información Financiera de Chile (NIFCH) y las que el IASB tiene
definidas como ―Normas Internacionales de Contabilidad -NIC se adoptan en
Chile bajo la denominación Normas de Información Contable de Chile (NICCH).
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Respecto a las normas internacionales de interpretación que el IASB tiene
definidas como ―Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de
Información Financiera – CINIIF se adoptan en Chile bajo la denominación
Complemento de Interpretación de Normas de Información Financiera de Chile
(CINIFCH) y las que el IASB tiene definidas como ―Comité Permanente de
Interpretación - SIC se adoptan en Chile bajo la denominación Suplemento de
Interpretación Contable de Chile (Sicch). El conjunto de dichas normas
adoptadas en Chile bajo las respectivas denominaciones antes mencionadas,
también se denominan genéricamente en Chile como Normas de Información
Financiera de Chile (NIFCH).
Experiencias en el proceso de implementación de las NIIF para tener en
cuenta para Colombia.
La sola elaboración de estados financieros bajo las IFRS no es indicativo para
un buen desempeño en el proceso de su elaboración. Algunas dificultades en
la aplicación de los nuevos principios de contabilidad en Chile fueron: los
instrumentos financieros, activo fijo, intangibles y la determinación del deterioro
de valor, así como también en las normas relacionadas con la adopción por
primera vez.
La convergencia a IFRS, en teoría, ha traído bastantes beneficios, como el
resultado de una mejora en la calidad de los reportes financieros de las
compañías y también mejoras indirectas por el mayor grado de incorporación
del Gobierno Corporativo, lo que implica protección a los inversionistas, a
causa de la mayor transparencia, y calidad en la entrega de la información
financiera.
En Chile, a esta instancia ya han migrado a IFRS la gran mayoría de las
empresas reguladas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), los
bancos, otras empresas del área financiera, las mayores empresas publicas y
filiales de empresas multinacionales europeas, pero “aun existe un segmento
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importante de empresas no reguladas que optaran por la normativa IFRS en
pleno o acordaran planes de transición a IFRS para PYMES.
Un problema al que se han visto enfrentados los países hispanohablantes,
según se desprende de los estudios en Chile, es el idioma en el cual vienen
escritas las normas (ingles), y a su vez la demora en la traducción al castellano,
sumando a esto los errores que este proceso pueden con llevar.”
Extracto en cursiva y entre comillas tomado de la página de la superintendencia
de sociedades.
http://www.supersociedades.gov.co/ss/drvisapi.dll?MIval=sec&dir=444 Anexo1
PROCESO DE ADOPCION EN PERÚ:
Este país decidió realizar un proceso de adopción de las normas
internacionales de contabilidad, que conlleva una mayor rigurosidad. En Perú
existen varios organismos encargados de la emisión de normas como:
CONASEV: Que tiene como función expedir la normatividad contable de las
empresas inscritas en bolsa de valores, a los agentes de bolsa o
intermediarios.
La SBS: Es el organismo encargado de dictar normas para el registro de
operaciones, elaboración, presentación y publicación de estados financieros.
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD (CNC): Este consejo define el
sistema nacional de contabilidad como el conjunto de políticas, principios,
normas y procedimientos contables que deben aplicar los sectores público y
privado, se encarga de armonizar y homogenizar la contabilidad del sector
público y privado previa autorización de la normatividad contable.
El consejo normativo de contabilidad preciso que los PCGA a los que se refiere
la ley general de sociedades comprende sustancialmente a las normas
internacionales (NICs) oficializadas, y normas establecidas por organismos de
supervisión y control para las entidades de su área siempre que estén dentro
del marco teórico en que se apoyan las NIIF.
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Así pues se comenzó con el proceso de adopción de todas las Nics vigentes a
diciembre 31 de 2006 de la 1 a la 41 y las Niif de la 1 a la 6, siendo estas
oficializadas por el CNC.
“Método de Convergencia Regulatoria para Empresas de Interés Público.
Perú opto por adopción integral o total de las NIIF de conformidad con la
normatividad vigente emitida por el IASB.
El proceso de adopción de las normas internacionales y las interpretaciones
relacionadas comprendió los siguientes pasos: a) contadores peruanos
experimentados fueron designados para contribuir a la traducción al castellano
de las normas recientemente promulgadas; b) el borrador de la norma
traducida es luego difundido dentro del CNC y entre los profesionales para su
revisión y comentarios; c) luego del proceso de revisión, el borrador de la NIC
es formalmente aprobado por el CNC; y d) finalmente, la norma aprobada es
notificada a la FCCPP para que sea comunicada al gremio profesional. En
algunos casos, con el fin de dar el tiempo suficiente para la difusión de la
norma y la capacitación de los preparadores de información y de los auditores,
el CNC puede decidir que la fecha efectiva de aplicación de una norma sea de
uno a dos años después que la fecha prevista para la NIC oficial
correspondiente. Debe señalarse que el proceso de traducción en el Perú no
comprende ningún tipo de consulta con las organizaciones de contadores de
otros países de habla castellana, lo que podría llevar a algunas inconsistencias
con otras traducciones al castellano de las NIC.
Las fechas y las normas mediante las cuales se acordó la adopción, fueron las
siguientes:
• Resolución 39 del X Congreso de Contadores Públicos de Perú de 1986 en el
cual se acuerda la aplicación de la NIC 1 hasta la NIC 13.
• Resolución 12 del XI Congreso de Contadores Públicos de Perú de 1988 en el
cual se acuerda la aplicación de la NIC 14 hasta la NIC 23.
• Resolución 1 del XII Congreso de Contadores Públicos de Perú de 1990 en el
cual se acuerda la aplicación de la NIC 24 hasta la NIC 29.
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A partir del año 1998, con la entrada en vigencia de la Ley General de
Sociedades, y según lo indicado en su artículo 223, las NIC adquieren
reconocimiento legal, al indicarse que los estados financieros deben elaborarse
de acuerdo a disposiciones legales sobre la materia y con Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) en el país, situación que es
aclarada con la resolución 013-98- EF/93.01 del 23 de julio de 1998, emitida
por el Consejo Normativo de Contabilidad, en la cual se indica que los PCGA a
que hace referencia la LGS, comprenden, sustancialmente, a las NIC
oficializadas mediante resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad y
las normas establecidas por organismos de supervisión y control.
En el año 2008, se promulgo el nuevo plan de cuentas, denominado el Plan
Contable General Empresarial (PCGE), en el cual se realizo una adecuación a
estándares internacionales y que debió entrar en vigencia obligatoriamente a
partir del año 2010; sin embargo, ante la presión de algunos gremios
empresariales, tal como se indica en la resolución 042-2009-EF/94 de
noviembre de 2009 emitida por Consejo Normativo de Contabilidad, se ha
prorrogado su entrada en vigencia al año 2011, con la posibilidad de poder
implementarlo a partir de 2010 de manera voluntaria.
Las empresas peruanas constituidas bajo la Ley General de Sociedades (LGS)
deben preparar obligatoriamente sus estados financieros de acuerdo a lo
establecido en dicha ley. El Consejo Normativo de Contabilidad a través de la
resolución N°013-98-EF/93.01 interpreto el articulo 223 de la Ley General de
Sociedades que dicta que la elaboración de los Estados Financieros debe
ajustarse a las leyes vigentes y a los principios generalmente aceptados, en su
interpretación aclara que estos principios generalmente aceptados se refieren a
las Normas Internacionales de Contabilidad, es decir las NIC y las NIIF.
Experiencias en el proceso de implementación de las NIIF para tener en
cuenta para Colombia.
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La adopción gradual de las NIC a partir de 1994, y al adoptarlas oficialmente en
1998, le ha permitido a las empresas del Perú aplicar normas de contabilidad y
auditoría reconocidas internacionalmente, teniendo lugar una mejora
significativa de la calidad de la información financiera entre las grandes
empresas, este proceso ha continuado con la adopción de algunas normas
internacionales más recientes. Sin embargo, las normas introducidas en Perú
no han sido actualizadas regularmente, ni se han adoptado las nuevas NIIF o
NIA. La principal razón de esto es que el CNC y los colegios no disponen de
recursos suficientes. Estas demoras impactan desfavorablemente en la calidad
de las normas de contabilidad y auditoría, en la medida que estas no reflejan
las mejoras aportadas por quienes establecen las normas internacionales con
el fin de hacerlas más aptas para brindar información precisa y confiable a los
usuarios de los estados financieros.
Las instituciones y organismos reguladores no han cumplido con otorgar una
adecuada difusión y capacitación a los profesionales contables, así como a
otros usuarios de los estados financieros, a diferencia de otras experiencias,
como el caso de la Comunidad Europea y otros países de Latinoamérica,
donde si se dio un oportuno proceso de difusión y capacitación. Por lo tanto, las
instituciones como el Consejo Normativo de Contabilidad, los gremios
profesionales, los gremios empresariales y las universidades, han tenido que
elaborar un plan conjunto para crear un marco que contribuya con una
presentación razonable y cumplimiento de las NIIF.
A pesar de que las NIIF han sido oficialmente adoptadas por el Perú, los
estados financieros de propósito general publicados por las empresas, y sus
correspondientes informes de auditoría, todavía se refieren a los “PCGA
peruanos”. Aparentemente, debido al hecho de que las NIC aplicadas en el
Perú tienen un atraso con respecto a las NIIF y difieren de estas en el tema de
la contabilidad de la inflación, los preparadores de información, los auditores y
los entes reguladores consideran que los estados financieros producidos no
cumplen con las NIIF. Por ejemplo, en las notas a los estados financieros de
propósito general, las políticas contables son usualmente referidas como
19
“PCGA peruanos que incluyen las NIC reconocidas oficialmente por el CNC”. Si
bien en esencia la mayoría de las NIIF son efectivamente aplicables en el Perú,
esta presentación es técnicamente acertada. Sin embargo, la referencia a un
PCGA nacional disminuye el impacto positivo para el Perú de haber
concordado sus normas de contabilidad con las normas internacionales.”
Extracto en cursiva y entre comillas tomado de la página de la superintendencia
de sociedades.
http://www.supersociedades.gov.co/ss/drvisapi.dll?MIval=sec&dir=444 Anexo1
PROCESO DE CONVERGENCIA EN CANADÁ
“Marco normativo contable. Desde mediados de los 60’s, el emisor de las
normas contables de Canadá ha participado activamente, en el desarrollo de
un conjunto de normas convergentes con las normas internacionales de
contabilidad. Por esta razón, los conceptos en que se basan las NIIF son muy
similares a los que se han utilizado históricamente por Canadá.
El organismo regulador de las normas contables en Canadá, es el Accounting
Standards Board (AcSB), quien paso por un proceso largo y profundo entre el
2004 y 2005, decidiendo finalmente en enero de 2006, cambiar los GAAP
Canadienses por las NIIF. En marzo de 2007, la AcSB emitió un plan de
implementación a desarrollar durante ese ano y en febrero de 2008, publico su
informe final sobre los progresos en la preparación de la transición, que tuvo
lugar el 1 de Enero de 2011.
La siguiente tabla es una cronología de los eventos claves para las empresas
en el proceso de transición a las NIIF:
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Método de Convergencia Regulatoria para Empresas de Interés Público.
La adopción de las NIIF por parte de Accounting Standards Board (AcSB) para
las empresas que cotizan en bolsa y de Public Sector Accounting Board
(PSAB) para empresas del Gobierno (GBEs), oficialmente se inicio para
ejercicios que comenzaron a partir el 1 de enero de 2011.
Tal como se define por Chartered Accountants of Canada (CICA), una empresa
que cotiza en bolsa es una entidad que, no es una organización sin ánimo de
lucro u otra entidad del sector público, que, “Haya expedido, o se encuentra en
el proceso de emisión de instrumentos de deuda, o se negocian en un mercado
público (una bolsa de valores nacional o extranjera o un mercado de venta
libre, incluyendo los mercados locales y regionales), o posee bienes en calidad
de fiduciaria para un amplio grupo de usuarios como uno de sus negocios
principales” Según la definición del Manual de Contabilidad del Sector Publico,
una empresa del gobierno es una organización que tiene las siguientes
características:
21
a) Es una entidad legal separada con el poder de contrato en su propio
nombre y que puede demandar y ser demandada;
b) ha sido delegada la autoridad financiera y operativa para llevar un
negocio y
c) venden bienes y servicios a particulares y a organizaciones como su
principal actividad.
Para las empresas de inversión y cuentas separadas de las empresas de
seguros de vida, la AcSB acordó ampliar la opción de aplazar su cambio por
dos anos para el 1 de enero de 2013 por el calendario del proyecto IASB
relacionado.
En cuanto a las empresas privadas, se les dio la opción de adoptar la NIIF o las
nuevas normas canadienses que fueron desarrolladas específicamente para
satisfacer las necesidades de los usuarios de sus estados financieros para
ejercicios que comiencen a partir el 1 de enero de 2011.
En cuanto a las organizaciones sin ánimo de lucro, también puede elegir
adoptar las NIIF para ejercicios que comiencen a partir el 1 de enero de 2012.
Experiencias en el proceso de implementación de las NIIF para tener en
cuenta para Colombia.
• Las NIIF promulgadas por el IASB son preferibles a las versiones
modificadas; tales modificaciones podrían causar dificultades en su aplicación
tal como se evidencia en la aplicación de algunos países.
• Algunos directores financieros CFOs en Europa y otros países expresaron su
preocupación respecto a que la adopción de las NIIF es costosa e hizo más
difícil para ellos explicar sus resultados financieros. Los costos para convertir
los sistemas de contabilidad pueden ser amplios y los beneficios (incluyendo la
reducción de los costos de capital) a menudo son más difíciles de identificar y
22
no surgen hasta más tarde. La comunicación de las empresas sobre el efecto
en la información financiera de la transición a las NIIF ha sido beneficiosa para
ayudar a la comprensión por parte de los usuarios de los estados financieros.
Esto sugiere que las empresas necesitan prestar atención al análisis
administrativo y otra información adicional como el medio para transmitir sus
perspectivas. Debe señalarse también que muchos países se enfrentan a
cambios más amplios que el esperado en Canadá, como resultado de una
mayor diferencia entre las NIIF y las normas preexistentes. Por ejemplo,
muchas empresas adoptaron normas para el reconocimiento y valoración de
instrumentos financieros por primera vez en la transición a las NIIF - la gran
mayoría de esas normas ya han sido aprobadas en Canadá. Un programa de
readaptación profesional es una parte importante para la preparación.
• Grupos de la industria pueden trabajar juntos con eficacia para resolver
problemas comunes.
• El reto de la transición es proporcionalmente mayor en las empresas mas
pequeñas que en las compañías que cotizan en bolsa debido a la relativa falta
de recursos de las primeras.
• La participación activa con el IASB y el IFRIC para resolver asuntos de
interpretación es importante, en lugar de crear interpretaciones locales. En este
sentido, el personal del AcSB estableció un grupo para revisar las
interpretaciones canadienses existentes para así identificar en donde es
necesario el cambio a las NIIF. Respecto a esas interpretaciones se hará
referencia a la IFRIC tan pronto como sea posible.
• El tiempo de convertir las NIIF en la legislación local o de traducir a los
idiomas locales debe tenerse en cuenta. El tema de los derechos de autor
también hay que resolverlo pronto. El IASB ha manifestado recientemente un
retraso de un ano entre la publicación y la fecha de vigencia de toda norma
nueva y significativa. Los acuerdos de derechos de autor y los acuerdos de
23
traducción se han negociado con el IASB para permitir el uso de las NIIF en
Canadá.
• Un discurso claro y uniforme de preparadores y auditores que manifieste que
los estados financieros se han preparado de conformidad con las NIIF es
solicitado por los reguladores de valores. Debe referirse también a la
conformidad con los PCGA locales (canadienses).
• Los analistas tuvieron pocas dificultades respecto al cambio, sin pérdida
general de fiabilidad en la información financiera en la fecha de transición.”
Extracto en cursiva y entre comillas tomado de la página de la superintendencia
de sociedades.
http://www.supersociedades.gov.co/ss/drvisapi.dll?MIval=sec&dir=444 Anexo1
PROCESO DE CONVERGENCIA EN COLOMBIA:
En Colombia, la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad
comenzó hace ya unos años, por ende, la necesidad más urgente quedaría
plasmada en el cuestionamiento de qué es lo que más conviene en un
escenario en el que existen discrepancias entre dos elementos: las normas
internas que rigen en Colombia y las NIIF. Esto, con el fin de que la
armonización entre estas normas se haga de forma adecuada, sin perjudicar a
los usuarios de la información contable (internos y externos) y a los mismos
contables, quienes requieren de la homogeneización o de conocer a fondo la
aplicación de las NIIF para desenvolverse apropiadamente en un ambiente de
economías globalizadas.
En la decisión de progresar hacia la armonización de la normatividad contable
colombiana con la internacional existen caminos diferentes, están el de la
adopción y el de la adaptación, que son tal vez los más ilustres en el tema.
La adopción “copia el modelo contable internacional tal y como es formulado
por el IASB”
24
Adaptación “ajusta o acomoda NIIF al modelo contable colombiano con el fin
de que se represente la realidad contable del país”
En Colombia se viene hablando año tras año más que todo de adoptar, sea lo
que sea que esto implique para la regulación contable interna, aunque no hay
certeza de cuál será al fin el camino por el que opte el país.
En este tema de la adopción de las NIIF es más importante darle más prioridad,
en el sentido de que cada vez el mundo se mueve más aceleradamente y junto
con él la economía, y si Colombia no se pone en vanguardia con esto puede
sufrir serias consecuencias como las actuales por ejemplo, en donde las
empresas que tienen que presentar estados financieros al exterior asumen
altos costos precisamente porque esas discrepancias entre las normas
contables de un lado y otro les significan dos procesos simultáneos de
Contabilidad.
La armonización con los estándares internacionales no ha sido fácil, ha
requerido tiempo, el cual no sólo ha sido necesario para hacer los estudios
pertinentes, sino también para el proceso de adopción, culturización y
comunicación de las intensiones de adecuación a las exigencias de la
información a nivel mundial.
Como se ha venido trabajando, Colombia adelanta proyectos en
investigaciones para acceder cada vez más a una estandarización de las
normas contables de Colombia para con todo el mundo, y uno de los elementos
más recientes ha sido la Ley 1314 de 2009, ley de convergencia, “mediante la
cual se regulan los principios y normas de Contabilidad e información financiera
y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las
autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan
las entidades responsables de vigilar su cumplimiento”, según indica
textualmente dicha ley.
La Ley 1314 de 2009, encierra la expedición de normas contables bajo la
dirección del Estado con el fin de intervenir en la economía del país, limitando
la misma a la regulación contable y financiera en la presentación de la
información y aseguramiento de ésta. Buscando la conformación de un sistema
25
homogéneo comprensible y de alta calidad. En otras palabras, la ley busca que
la presentación de la información tanto contable como financiera, hecha
mediante los estados financieros, sea comprensible, transparente, confiable,
pertinente, comparable, además de la utilidad de la misma para la toma de
decisiones de parte de los diferentes agentes como propietarios, funcionarios,
empleados, Estado, inversionistas, entre otros.
Las decisiones de tipo económico permitirán tomar cartas en el asunto,
buscando la productividad, competitividad, desarrollo y crecimiento de las
empresas tanto nacionales como extranjeras. Por otro lado, la ley tiene un
propósito adicional y en el que en este artículo tomaría protagonismo, este
propósito no es más que apoyar la internacionalización de las relaciones
económicas bajo los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia
nacional; para este último, la ley menciona lo siguiente “la acción del Estado se
dirigirá hacia la convergencia de tales normas de Contabilidad de información
financiera y de aseguramiento de la información, con estándares
internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la
rápida evolución de los negocios”, buscando el desarrollo de la economía
nacional y una mayor homogeneidad en los negocios con organizaciones
extranjeras.
En un mundo cada vez más abierto, en el que los flujos de capital van y vienen,
las empresas tienen la posibilidad de acceder a los mercados de capital
externo para financiarse. Esto sin embrago, sólo es posible si cada una de ellas
y los demás entes organizacionales del país manejan los esquemas contables
que exigen los mercados a los cuales quieren acceder. La respuesta a la
pregunta del por qué converger a unos estándares internacionales de
Contabilidad es muy clara en cuanto a que éstos permiten a nuestro país
además de todo lo mencionado anteriormente, la búsqueda de alianzas
estratégicas tanto locales como extranjeras; y el esquema de información
financiera, transparente y confiable, se convierte entonces en la herramienta
relevante para llevar a cabo este tipo de operaciones. Tener un sistema
contable global facilitará la comparación de los Informes Financieros de las
empresas locales con el exterior y de esta forma analizar rentabilidades,
26
productividades, poder competitivo y participación de las empresas en los
mercados, lo cual se vuelve importante en la evaluación de la posición
empresarial.
Por otra parte hay que analizar ciertas situaciones que demuestran por qué
Colombia debe aplicar las NIIF. En primer lugar, está el caso del TLC con
Estados Unidos (tema aún sin resolver). Es lógico que su aprobación
significaría esa armonización con los estándares internacionales por medio de
las modificaciones que se hagan en la normatividad contable nacional para
ajustarla a las normas internacionales. Esto, debido a que el escenario en el
que se moverían muchas empresas colombianas sería uno en el que su
información financiera y contable comenzara a ser revisada por inversionistas,
clientes e incluso auditores extranjeros.
Sin embargo, hasta hoy no se ha finiquitado el tema del TLC entre Colombia y
Estados Unidos, por lo cual si esto era considerado como una posible excusa o
justificación para forzar a Colombia a un pronto ajuste con los estándares
internaciones, se puede pensar que dicho proceso de armonización tardará
más tiempo.
Y en segundo lugar se encuentra el caso de Venezuela. Este país aledaño
decidió adoptar las NIIF desde diciembre del año 2008, hecho que podría
ocasionar en un futuro una asimetría entre la información de ambos países en
términos de negocios sobre inversiones. Esto, sólo si se llegan a retomar y a
reconstruir las relaciones con el que hasta hace poco era uno de los principales
socios comerciales de Colombia.
Si Colombia desea avanzar económica, social y culturalmente, deberá no sólo
tener en cuenta su participación en apenas algunos mercados del mundo, sino
que lo ideal sería en la mayoría de éstos.
Lo anterior hace alusión a la inclusión que debería promover en cuanto a la
aplicación de la normatividad contable internacional en empresas poco
consideradas actualmente y que constituyen uno de los pilares principales
dentro de la economía nacional. Los estándares internacionales de información
financiera actualmente, están previstos para las empresas que participan en
27
los mercados de capitales, empresas que cotizan en bolsa, entidades
financieras, de seguros y fondos de pensiones. Las empresas públicas, así
como las pequeñas y medianas empresas, conocidas como PYMES, están
fuera, por lo cual se requiere quizás un esquemas más sencillo para éstas
últimas; y para las empresas públicas, aguarda una sistema contable poco
ajustado a los estándares internacionales de Contabilidad.
Y para terminar, el hecho de que Colombia adopte los estándares
internacionales de Contabilidad traerá consigo muchas ventajas. Muller G. en
su participación en la Edición de Mc. Graw Hill Interamericana, sobre La
Contabilidad una Perspectiva Internacional, menciona con mayor frecuencia
los siguientes beneficios:
-La comparabilidad internacional de la información financiera, con la cual se
eliminarían malentendidos entorno a la preparación de Estados Financieros,
mejora el análisis de los mismos y aumenta el nivel de calidad de la
Contabilidad. Así mismo Atender las necesidades de los usuarios la
información financiera, pues la regulación contable vigente es asimétrica,
incompleta y anacrónica.
-Los contables opinan que si se tiene un sistema homogéneo se puede tener
una mejor aceptación de los estándares en materia de fusiones y adquisiciones
a nivel internacional y el aseguramiento del financiamiento extranjero.
-También se considera que los Estándares Internacionales de Contabilidad
mejoran la competencia a nivel internacional de los negocios y ayudan a los
países subdesarrollados, los cuales se ven beneficiados por un modelo
internacional que les sirve para su progreso.
-Y ayudan a reducir costos del manejo de libros, para presentar unos Estados
Financieros más eficientes.
Estas y otras razones deberían contribuir a la aceleración en el proceso de
armonización con las NIIF, pero no es así, aún falta mucho para decir que en
Colombia se aplican las Normas Internacionales de Contabilidad.
28
“ARMONIZACIÓN Y CONVERGENCIA; ¿LA SOLUCION FINAL?
Las alternativas de integración regulativa que se conocen en nuestro medio son
la adopción, la adaptación, el ajuste, la armonización, y la convergencia. El
tratamiento adecuado de estos procesos de integración regulativa, debe partir
del conocimiento empírico de los factores endógenos y exógenos del sistema
contable, es decir, la definición del sistema (Gómez, 2007). En este sentido, en
Colombia, ha de adelantarse inicialmente un diagnóstico de las variables
descriptivas del sistema, tales como sostenibilidad empresarial, uso de la
información, etc. Este tipo de estudio, tiene como referente el campo de los
sistemas contables comparados que hacen parte de la llamada contabilidad
internacional. A continuación se describen las diferentes alternativas de
integración contable.
CONCEPTO DE CONVERGENCIA A LA LUZ DE LA LEY 1314 DE 2009
Se entendería como el proceso adelantado por los órganos competentes de
regulación contable; Ministerios de Hacienda e Industria Comercio y Turismo
por el cual establecen criterios y principios generales para emisión de normas
(estándares) homogéneos, consistentes y comparables (art. 12 ley 1314/09),
de obligatorio cumplimiento por los supervisados [a efectos de la supervisión y
control, además de la determinación de la posición financiera, i.e. criterios de
reconocimiento y de revelación] además de la verificación de su cumplimiento
por parte de los entes, administradores, contadores (función de la autoridad de
supervisión, art. 10 ley 1314/09). Se buscaría así evitar problemas de arbitraje
regulatorio y duplicidad de funciones (coordinación de competencias, art. 12 ley
1314/09), percepción costo beneficio favorable (art. 8, numeral 2 ley 1314/09),
y bajo costo de remisión de información para los supervisados (art. 8, numeral
9 ley 1314/09).
En este orden, la convergencia, como proceso natural que sobreviene a la
crisis financiera reciente, y que responde a la necesidad de una regulación
estatal más decidida y de coordinación de los organismos de supervisión en el
mundo; puede representarse en el siguiente cuadro.
29
LA ADOPCIÓN
El “método” de la adopción, anteriormente conocido como transferencia
(Franco, 1998, 24), ha sido un esfuerzo de sectores gremiales en el intento de
contemporizar la legislación en materia contable en nuestro país, y agenciar
por medio de organizaciones estatales, la marcha de modelos de naturaleza
exógena en la práctica contable nacional. Siguiendo a Franco, dichas
experiencias fueron integradas, con modificaciones, en la legislación contable,
mediante el primer modelo de contabilidad que existió en Colombia, el Decreto
2160 de 1986, y el posterior documento sobre libros y papeles de comercio en
el Decreto 1798/90, integrados ambos en el modelo contable financiero vigente
hasta hoy. Actualmente, no se concibe adecuada dicha opción, en la medida en
que es sobradamente reconocida, la complejidad que implica la construcción
de un modelo contable, siempre que se reconoce que, por una parte, su
formulación es factible desde una metodología científica desde la disciplina, y
por otra, lo anterior se concibe desde la caracterización de los elementos del
entorno en el cual operará dicho modelo, amén de las necesidades de los
usuarios.
Llama poderosamente la atención, el tratamiento que ha sugerido el Consejo
Técnico de la Contaduría Pública en su reciente orientación profesional sobre
“presentación de Estados Financieros bajo IAS/IFRS”, para proceder en
armonía con el ordenamiento jurídico colombiano. La necesidad de sustanciar
el procedimiento desde un tratado internacional, pasando por la ratificación del
congreso, la emisión de regulación desde el legislativo y la dotación de
instrumentos al presidente, lo cual implica modificación de sus funciones,
además de reconocer, para el caso de IAS/IFRS, su origen en organización
privada, implicaría una privatización del marco de relaciones mercantiles, obliga
a reconocer la falacia de dicha opción. Se entiende entonces, las objeciones al
30
respecto. No obstante lo anterior, luego de las decisiones tomadas por la
comunidad económica europea, queda la “sensación en el ambiente” de cierto
proceso de legitimación y de “legalización” de la iniciativa privada del IASB,
aunque solo se diera para empresas cotizadas en bolsa, y lógicamente, para el
ámbito Europeo.
LA ADAPTACIÓN
Este método, expresa un nivel superior de las alternativas en la experiencia
histórica de la regulación contable nacional. Supera la anterior en tanto que
además de la adopción, se busca mediante un recurso metodológico del
proceso científico, allegar información de naturaleza empírica que permita
contrastar los enunciados teóricos mediante operacionalización de variables
extractadas de las estructuras regulatorias con el ánimo de someterlas a un
proceso de validación por verificación, además de consultar muy seriamente
las tradición cultural en materia comercial. De acuerdo con Franco (Franco,
1998, 27), varios estudios se realizaron en este contexto en Antioquia, Valle y
Bogotá.
EL AJUSTE
En la descripción de la regulación contable en el entorno actual colombiano,
podemos considerar que las tipologías de interacción con el modelo de
contabilidad en Colombia, que son competencia de las instituciones
reguladoras en Colombia, es decir, el conjunto de las diez superintendencias
que cumplen el cometido de la inspección, vigilancia y control de la economía,
mediante el intervencionismo de estado que ha sido delegado por el presidente
de la república, y que prescriben requerimientos de información contable en
cada unos de los sectores de la economía, bien sea mediante decretos, cartas
circulares, o mediante conceptos de subdirecciones de apoyo y demás, su
proceder, tendría cabida dentro del concepto de ajuste, como metodología de
integración regulativa.
Es decir, sus acciones, de alguna manera, pretenden lograr una adecuada
coordinación de sus acciones, dando propiedad al proceso deductivo que
implica el modelo, consultando las características y prácticas del sector
31
económico que regulan. No obstante, la coordinación, ha de entenderse en el
sentido descrito, máxime que se ha concluido en trabajo anteriores, que la
coordinación de competencias es una de las grandes falencias que denota el
conjunto de las prescripciones en la materia, y reconociendo además que la
evaluación que le otorgaría este calificativo, no encuentra referente en la
actualidad.
LA ARMONIZACIÓN
La armonización, consiste en desarrollar métodos de re-expresión a otras
bases comprensivas de contabilidad, cualquiera que estas sean. Se considera
el componente del lenguaje contable, los criterios de reconocimiento y
valoración y los métodos contables de cálculo de partidas (CGN, 2009) La
diversidad produce información multidimensional es su máxima virtud y
mediante este método se eliminan todos los problemas de concurrencia de
varias regulaciones nacionales o internacionales paralelas, posibilitando la
construcción de múltiples representaciones y eliminando las barreras del
pensamiento único con sus diversas modalidades.
La orientación profesional sobre “presentación de Estados Financieros bajo
IAS/IFRS”, se refiere a la presentación de informes, y justifica el procedimiento
de Armonización, partiendo de los informes bajo 2649/93, y a la luz del artículo
31 sobre bases comprensivas distintas a los PCGA.
Igualmente, es de considerar el termino armonización contable internacional,
definido por Stephen A. Zeff como: “Negociación entre representantes
internacionales, a fin de encontrar una posición de compromiso que, a un nivel
contable, facilite la cooperación internacional. Con ello se intenta eliminar
diferencias superfluas, que no sean vitales a los intereses nacionales y que
constituyan barreras para la comparabilidad internacional”. (Túa, 1983, 1062).
En el trabajo de armonización, se deben tener claros los fundamentos que
desde le sistema contable, derivan en diferencias frente el modelo referencia.
Así,
32
“Un primer elemento para la armonización deber ser el entendimiento de las
bases para la existencia de diferencias entre los sistemas concurrentes, por lo
que cualquier intento de lograr absoluta uniformidad entre las practicas
nacionales, sin tener en cuenta las razones de las diferencias, puede llegar
incluso a ocasionar alguna reducción de la calidad de la información, en cuanto
puedan producirse incongruencias entre objetivos empresariales, objetivos de
la propia contabilidad y reglas contables” (McComb, 1979 citado por Túa,
1983,1062)
En el ámbito público, la armonización del Régimen de Contabilidad Pública con
normas y prácticas de mayor aceptación a nivel internacional, en lo referente al
Sector Público, significa avanzar en la misma dirección de las corrientes
contables internacionales para lograr información contable de alta calidad y, al
mismo tiempo, lograr un mayor ámbito de la comparabilidad de la información.
En el proceso armonizador de la Comunidad Económica Europea, ha sido
permanente la presión de los “Globals Players” frente a la utilidad arrojada en el
proceso frente al mercado bursátil norteamericano, provocando una nueva
estrategia que finalmente decide “adherirse al proceso internacional de
armonización contable que esta plenamente en marcha en el IASB” (Jarne,
Lainez, 02, 26)
Reflexiones Cátedra Nacional de Contabilidad Pública C.P. Carlos Muñoz
Restrepo De este proceso se colige la necesidad de identificar la compatibilidad
entre las Directivas y las NIC, limitando las diferencias en dos aspectos:
1. Tratamiento del fondo de comercio negativo (NIC 22 – VII Dir.)
2. La exclusión de filiales del perímetro de consolidación (NIC 27 – VII Dir.)
Finalmente frente a nuestra tipificación de las alternativas de integración
contable, el concepto de adopción que se colige de la revisión durante su
tratamiento en el proceso reciente Europeo, dista mucho del alcance sugerido
33
por algunos “académicos” en Colombia que simplemente sugieren “borrar” todo
y adoptar las NIC. Simplemente, referenciar el tiempo, el tratamiento brindado
al proceso en Europa es una prueba de la complejidad de abordar el asunto
frente al entorno y sistema contable presente.
La estrategia final en el entorno Europeo, pasa por (Jarne y Laínez, 02, 32):
1. Normativa aplicable a empresas no cotizantes y actos individuales
2. Papel de organismos reguladores nacionales
3. Modificaciones al proceso emisor de normas
4. Compatibilidad de las normativas nacionales con NIC, o
5. Control de cumplimiento de la normativa por parte de las sociedades”
Texto entre comillas y en cursiva tomado del documento “proyecto
convergencia” de Carlos Muñoz Restrepo.
34
CONCLUSIONES
Los intentos que se han dado en Colombia para adoptar o adaptar las NIIF
definitivamente y proceder a su aplicación a nivel nacional, han sido sin duda
poco influyentes y muy lentos, y los resultados hasta ahora no son los mejores
ni los que se esperan.
Los estándares de Contabilidad en Colombia, no tienen un desarrollo
conceptual suficientemente amplio, razón que dificulta la comparabilidad con
estándares internacionales.
Ante la globalización, es cuestión de prepararse para operar eficientemente. Y
si como profesionales, empresarios o nación dejamos esto a un lado y
pasamos por alto este fenómeno, se seguirá en la mediocridad y el atraso.
La profesión contable debe introducir prácticas profesionales que estén acorde
con los nuevos procesos internacionales que se están dando en estos
momentos en Colombia, pues la sociedad se encuentra en un proceso de
crecimiento haciendo más compleja la actividad económica, exigiendo más
creatividad, innovación e interdisciplinariedad.
La armonización de la información contable es posible en la medida en que se
concilien criterios, fundamentales conceptos de Contabilidad y prácticas en
generales para alcanzar la uniformidad de la información, permitiendo la
comparabilidad de la información financiera. Además, bajo un criterio
uniformizado de las normas, se puede llegar a la formulación de estados
financieros claros, comprensibles y comparables a nivel internacional, con
todas las consecuencias económicas, financieras, e inclusive políticas que esto
implicará.
Al ver que la globalización de la economía afecta directamente la presentación
de estados financieros e información de las empresas, en Colombia cada vez
son más las que se insertan en procesos como inversión extranjera, inscripción
en bolsas de valores internacionales, fusiones, escisiones, entre otros. Y de
esta manera se hace muy importante trabajar con estándares internacionales
para estar conforme a los requerimientos de la corriente mundial, que generen
35
oportunidades de crecimiento en el área empresarial para así fortalecer el
desarrollo económico del país.
Colombia se debe adherir definitivamente al proceso de armonización contable,
porque actualmente es una condición o un requisito para ser un mercado
competitivo y para ser parte de la globalización económica.
36
CIBERGRAFÍA
http://www.deloitte.com
http://www.nicniif.org
http://actualicese.com/
http://www.ctcp.gov.co/
http://www.supersociedades.gov.co/ss/drvisapi.dll?MIval=sec&dir=444
Anexo1
http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S0121-
68052010000200013&script=sci_arttext