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Las normas de ética pública

Elena Alvites

Unidad 4, ¿Con qué recursos cuento para combatir la corrupción?

Escuela Nacional

Las normas sobre ética pública• La Constitución define al Estado como democrático y en

diversos artículos dispone que el Estado proteja y satisfaga una serie de derechos de las personas.

• El Estado al servicio de la ciudadanía y del interés general

• La gestión pública, entendida como el modo y procedimiento de gobernar y administrar el Estado, debe inscribirse en ese marco.

• En el caso de los funcionarios o trabajadores públicos el artículo 39 de la Constitución señala que todos los trabajadores públicos están al servicio de la Nación.

• Obligación de presentar declaraciones juradas

Escuela Nacional

Las normas sobre ética pública• La ética en la función pública viene a complementar ese

norte constitucional porque busca incorporar a la gestión pública valores, principios y procedimientos para la gestión cotidiana de las entidades públicas y para la forma de conducirse de los funcionarios.

• Sin embargo, estos estándares ético deben estar incorporados en normas que generen obligaciones y responsabilidades.

• También deben existir normas y proceso adecuados para hacer frente a conductas que trasvasan dichos estándares.

Escuela Nacional

Las normas sobre ética pública• Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética Pública (13/08/2002):

– Estable principios, definiciones, deberes y prohibiciones generales.– Su objetivo es garantizar la conducta ética de los funcionarios y

servidores del Estado.– Carácter supletorio: leyes, reglamentos y otras normas sobre la materia

que no lo contradigan.

• Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública (Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM):– Precisa las sanciones y procedimientos que deben implementarse en

los casos de transgresión de las prohibiciones.– Dificultades: diversidad de regímenes de trabajadores del Estado

conlleva mayores dificultades para la implementación de sanciones.

Escuela Nacional

La ética pública y la modernización del Estado

• La modernización del Estado no debe estar divorciada de la lógica de servicio y cumplimiento de normas éticas

1. Eficiente y Eficaz (no sólo gasto)

2. Servicio al ciudadano

Modernización o 3. Desburocratizadoo transformación 4. Transparentedel Estado 5. Enfoque por resultados

6. Normas de ética pública7. Controles horizontales y verticales

Escuela Nacional

Principales aspectos del Código de Ética Pública

• Afirma los fines constitucionales de la función pública: servicio a la nación y obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal para lograr una mejor atención a la ciudadanía priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos.

• Definición amplia de empleado público que se encuentra sujeto al Código:

– Todo funcionario o servidor de la administración pública que sea nombrado, contratado, designado de confianza o electo para desempeñarse en nombre del servicio del Estado.

– No debe tomarse en cuenta el régimen jurídico de la entidad pública en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que se encuentre sujeto el funcionario.

Escuela Nacional

Código de Ética: principios éticos del servidor público

• El caso de la obstetra y la enfermedad: no discriminación e intimidad.

• El municipio y la nueva pared: el derrumbe no anunciado.

• Respeto: el servidor público debe respetar la Constitución y la leyes en todas las fases el proceso de toma de decisiones, así como los derechos de defensa y debido procedimiento en el desarrollo de los procedimientos administrativo

Escuela Nacional

Código de Ética: principios éticos del servidor público

• Concesión de buena pro a mejor postor en función de la propuesta técnica (calidad) y de la propuesta económica

Vs.

• Concesión de buena pro a empresa que dará trabajo a hijo. Sin tomar en cuenta propuestas económicas.

• Probidad: el servidor público debe actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita personas.

Escuela Nacional

Código de Ética: principios éticos del servidor público

• La recurrentes fe de erratas: proceso de elaborac ión normativa es técnico y debe ser realizado por personal capacitado.

• Contratación de asesor/a que no es profesional o que no reúne el perfil para ocupar el cargo.

• Capacitación del funcionarios públicos como responsabilidad compartida

• Eficiencia: Búsqueda de calidad en cada una de las funciones que se cumple, procurando obtener capacitación sólida y permanente.

• Idoneidad: Aptitud técnica, legal y moral para el acceso y ejercicio de la función pública. Servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para sus funciones.

Escuela Nacional

Código de Ética: principios éticos del servidor público

• “Las mecidas” para la entrega de información o respuestas de la administración.

• Solidaridad mal entendida: el mal espíritu de cuerpo.

• Los supuesto de obediencia debida: aspecto delictivos.

• Veracidad: el funcionario debe expresarse con autenticidad en las relaciones funcionales con los miembros de su institución y la ciudadanía.

• Lealtad y obediencia: fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes de los superiores jerárquicos, salvo los supuestos de arbitrariedad o legalidad manifiesta.

Escuela Nacional

Código de Ética: principios éticos del servidor público

• Equilibrio entre el interés general y los derechos de las personas: el infinito pago de pensiones.

• ¿Por qué no ser ministro de un régimen que ha roto la constitución?

• Justicia y equidad: cumplimiento de funciones actuando con equidad en las relaciones con el Estado y los ciudadanos.

• Lealtad al Estado de Derecho: funcionarios de confianza deben lealtad a la Constitución. Ocupar cargos de confianza en gobiernos de facto es causal de cese automático e inmediato en la función pública.

Escuela Nacional

Código de Ética: deberes éticos del servidor público

1. Neutralidad:– Imparcialidad política, económica y de cualquier otra índole. – Mostrar independencia en su vinculación con las personas, partidos

políticos y otras instituciones

2. Transparencia:– Los actos que realizan los funcionarios tiene, como regla general,

carácter público y deben ser accesibles a todos/as.

3. Discreción:– Reserva en armonía con las normas de transparencia y acceso a la

información.

4. Ejercicio adecuado del cargo– Prohibición de aprovechamiento, coacción o represalias con ocasión

del ejercicio de sus funciones.

Escuela Nacional

Código de Ética: deberes éticos del servidor público

1. Uso adecuado de los bienes del Estado– Proteger y conservar los bienes del Estado.– Utilizar los bienes que se le asignan sólo para el desempeño de sus

funciones, dándole uso racional.– No emplear los bienes con fines particulares y otros.– Evitar el abuso, derroche o desaprovechamiento de los bienes.

2. Responsabilidad– Los servidores públicos deben desarrollar sus funciones en forma

cabal, integra y asumiendo respeto a su función pública.– Respetar los derechos de los administrados.– Excepcionalmente puede cumplir tareas distintas a las usualmente

asignadas a su cargo con el fin de mitigar neutralizar o superar dificultades en la gestión pública.

Escuela Nacional

Código de Ética: prohibiciones dirigidas al servidor público

1. Mantener intereses en conflicto: las relaciones o intereses personales, económicos o financieros de los servidores públicos no deben estar en conflicto con el cumplimiento de sus deberes y funciones.

2. Obtener ventajes indebidas para sí o para otros usando para ello el cargo.

3. Realizar actividades de proselitismo político sea a favor o en contra de un partidos o agrupación política, en el ejercicio de sus funciones o empleando los bienes o recursos públicos.

4. Hacer mal uso de información privilegiada obtenida por su condición de funcionario público o en el ejercicio de sus funciones.

5. Presionar, amenazar o acosar a otros servidores públicos, subordinados que afecten su dignidad o induzcan a la comisión de delitos. Incluye la prohibición de acoso sexual.

Escuela Nacional

Reglamento del Código de Ética Pública

• El incumplimiento de deberes y la transgresión de prohibiciones genera responsabilidad y es pasible de las siguientes sanciones:– Amonestación– Suspensión– Multa de hasta 12 Unidades Impositivas Tributarias - UIT.– Resolución contractual– Destitución o despido.

• La aplicación de las sanciones se realizará teniendo en consideración los siguientes criterios:– El perjuicio ocasionado a los administrados o a la administración

pública.– Afectación a los procedimientos.– Naturaleza de las funciones desempeñadas así como el cargo y

jerarquía del infractor.– El beneficio obtenido por el infractor.– La reincidencia

Escuela Nacional

Reglamento del Código de Ética Pública

• Las sanciones aplicables por la transgresión del Código de Ética Pública no exime de las responsabilidades administrativa, civiles o penales establecidas en la normatividad correspondiente.

• ¿Ante quién denunciar? – Comisión permanente del procesos administrativos

disciplinarios de la entidad.– Superior jerárquico del funcionario público.– Ministerio Público si el acto constituye también un delito.

Escuela Nacional

Las tareas pendientes

• El compromiso y ejemplo de los jefes y las máximas autoridades.

• Compromiso de los grupos y partidos políticos: verdaderas comisiones de disciplina

• Institucionalización de las comisiones de ética al interior de las entidades del Estado.

• Difusión y capacitación sobre el contenido de las normas éticas que regulan la función pública:– Funcionarios y servidores públicos.– Ciudadanía en general

Escuela Nacional

Las tareas pendientes

• Implementación del empleo público o servicio civil, en tanto:

– Diseñar estrategias de incentivos y estímulos a los servidores públicos que se conduzcan dentro de los parámetros del Código de Ética Pública.

– Efectividad de las sanciones:• Adopción de un régimen único de responsabilidades y

sanciones del servicio civil• Acelerar la implementación, así como el acceso público al

Registro Nacional de Nacional de Sanciones de Destitución y Despido

• Construcción de un sistema público – privado de monitoreo del desempeño de funcionarios públicos, sobre todo a nivel local y regional.