República Bolivariana de Venezuela.
Universidad Fermín ToroVice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho
Timaure Chávez Eggi JosmarC.I: 11.647.558
SAIA. D
Elección de Cargos Públicos.
El Referendo
La Consulta Popular.
El Articulo 70 de nuestra Constitución, nos establece claramente cuales son esos mecanismos por el cual los
ciudadanos pueden tener participación, a saber:
La Revocatoria del Mandato
La Iniciativa Popular.
El Cabildo Abierto
Las Asambleas de Ciudadanos
(a)
La Autogestión
La Cogestión.
Las Asociaciones
Cooperativas.
Las Cajas de Ahorro
Las Empresas Comunitarias
Contraloría Social.
Los Consejos Comunales.
Presupuesto Participativo.
Elección de Cargos Públicos.
El derecho a desempeñar funciones públicas y ejercer cargos de elección popular se otorga de manera igualitaria a los electores venezolanos y venezolanas, que sepan leer y
escribir, con las solas restricciones derivadas del propio texto constitucional o de las condiciones de aptitud exigidas por las
leyes para determinados cargos.
El Referendo.
La ley define el referendo como "la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma
jurídica o derogue o no una norma ya vigente”. Es un mecanismo de participación y control en sus tres niveles político-territoriales,
una institución política mediante la cual el pueblo o el cuerpo electoral opina sobre la aprobación o rechazo de una decisión del
Estado.
La Consulta Popular.
La Revocatoria del Mandato
Es un mecanismo de participación ciudadana mediante el cual se convoca al pueblo para que decida acerca de algún
aspecto de vital importancia.
La revocatoria del mandato constituye un procedimiento que hay que situar en el marco de la
democracia directa y en el ámbito de la titularidad de los cargos públicos, se trata de la facultad que tiene el pueblo para dejar sin efecto el mandato del titular de
un cargo público.
Es la práctica legal que tienen las personas instituciones para proponer proyectos de ley, tanto el Ejecutivo,
Legislativo y la ciudadanía, cumpliendo con determinadas normas, las cuales determinan
el mayor o menor grado de democracia, entendiéndola en la consideración o no de
las fuerzas ideológicas y políticas.
La Iniciativa Popular.
El Cabildo Popular.
La Autogestión.
Las Asambleas de Ciudadanos (a).
Es otra figura de participación que aunque es de vieja data, herencia de la Colonia,
consagrada en la Ley Orgánica de Régimen Municipal de 1978, se convierte en underecho constitucional a partir de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el Art.
70.
Forman parte de los derechos políticos establecidos en el Artículos: 70, 168 y 169 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su finalidad es
incorporar al pueblo, mediante la participación y protagonismo, a la toma de decisiones, seguimiento y control de las políticas públicas en su comunidad.
Consiste en una acción expresa por parte de los
ciudadanos para la aplicación de los recursos
que adquieran para la organización de sus
comunidades.
La Cogestión.
Las Asociaciones Cooperativas.
Participación conjunta de todas las personas implicadas en un asunto,
como por ejemplo en una comunidad determinada, en donde
se organizan, gestionan y direccionan.
Esto lo encontramos plasmado en el articulo 308 Constitucional, el cual
nos dice que es la unión de persona de una comunidad para desarrollar
proyectos económicos y satisfacer las necesidades.
Las Empresas Comunitarias.
La empresa comunitaria, es una forma de producir, en donde
todos sus socios son propietarios, trabajadores y
gerentes a la vez.
Presupuesto Participativo.
Los Consejos Comunales.
Contraloría Social.
Es aquella función compartida entre las instancias del Poder Público, los ciudadanos, y las
organizaciones del Poder Popular para garantizar que la inversión pública se realice de manera
transparente y eficiente y que las actividades del sector privado no afecten los intereses colectivos.
El consejo comunal es la forma de organización más avanzada que pueden darse los vecinos de una determinada comunidad
para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones
adoptadas por la comunidad.
Es una herramienta de democracia deliberativa o de la democracia directa que
permite a la ciudadanía incidir o tomar decisiones referentes a
los presupuestos públicos, tanto a nivel estatal como a
nivel autonómico o local.
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