Mecanismos de participacion ciudadana 1

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MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA

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Diapositivas de Constitución Colombia.

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  • 1. El cual un ciudadano participa de manera activa en la eleccin de las personas que quieren que las representen, pronuncindose en uno y otro sentido. o en la adopcin de una decisin De acuerdo con la formaen que usted deposite su voto,ste puede ser valido,nulo o en blanco.

2. Un voto valido: Es cuando el elector marca una sola equis (X) en el tarjetn correspondiente y por el candidato de sus simpatas. El voto nulo: Es cuando se marca ms de una casilla o candidato. Puede darse el caso de que la persona no marque ninguna opcin. En tal situacin, el voto no tiene validez pero s debe anotarse en el acta. El voto en blanco: Es cuando ninguno de los aspirantes satisface sus expectativas. Para ello, hay una casilla especial en la tarjeta electoral (tarjetn) que puede ser marcada con una equis (X). Es un voto valido que tiene efectos para determinar, por ejemplo, el cuociente electoral.NOTA: Los votos en blanco NO se le sumanal candidato que haya tenido la mayor votacin. 3. Este es uno de los mecanismos departicipacin que brinda la constitucincolombiana para que los ciudadanosparticipen en las decisiones polticas quelos afectan. El plebiscito es convocado por elpresidente de la repblica (previorespaldo escrito de todos los ministros)cuando crea conveniente consultar alpueblo acerca de una decisin quepiensa tomar. 4. El presidente pasa la solicitud por escrito al congreso con previo apoyo de sus ministros y este es quien finalmente aprueba o NO la ejecucin de la consulta. 5. Este se debe realizar en no menos a un mes de haberse aprobado y no ms de 4 meses de dicha aprobacin. Y la fecha de votaciones no puede coincidir en ningn caso con la de otras elecciones.Para ello son tambin necesarios los medios depublicidad para que el pueblo colombiano seentere y puedan decidir mediante el voto, siestn o no de acuerdo con lo que se plantea. 6. El PLEBISCITO, a diferenciadel REFERENDO, no se llevaa cabo en torno a unaNORMA, sino con el fin deaprobar o desaprobar una decisin del presidente o poder ejecutivo. 7. Es la convocatoria que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurdica, o derogue o no una norma ya vigente. Ese referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrit al, municipal o local. 8. Losciudadanos Colombianos deben ser reconocidos por la registraduria Nacional, y solicitar la aprobacin por medio de firmas, derogacin de una ley o norma que este en proceso de aprobacin o que ya est aprobada en el Pas. Si es derogatorio, tiene un plazo de 6 meses para recolectar la firma de mnimo el 5% de la poblacin Colombiana habilitada para votar, y si es aprobatorio 12 meses. 9. *Referendo aprobatorio: A travs de este referendo se busca aprobar un documento legal, que no haya sidosancionado por una corporacin pblica, para que este seconvierta en ley, ordenanza o acuerdo. *Referendo derogatorio : es el sometimiento de un actolegislativo, de una ley, de una ordenanza, de un acuerdo ode una resolucin local en alguna de sus partes o en suintegridad, a consideracin del pueblo para que ste decida si lo deroga o no. 10. Referendo constitucional: tiene como finalidadreformar la constitucional mecnica de reforma selleva acabo de la siguiente manera :por iniciativa delgobierno ,o de un numero de ciudadanos equivalentesal 5 % del censo electoral, el Congreso, mediante leyque requiere la aprobacin de la mayora de losmiembros de ambas Cmaras podr someter areferendo un proyecto de reforma constitucional que elmismo Congreso incorpore a la ley. 11. De acuerdo con la Ley 134 de 1994, el formulario que los promotores debenpresentar ante la Registradura al momento de solicitar el referendo, contendr: a) El nombre completo y el nmero del documento de identificacin de losmiembros del comit de promotores y su vocero, los cuales deben estar inscritospreviamente ante la registradura correspondiente. b) Los motivos de la solicitud de referendo que promueven y el resumen delcontenido de la misma. c) En el caso de la solicitud de un referendo aprobatorio, el ttulo que describa laesencia de su contenido, y el proyecto de articulado. d) En el caso de las solicitudes de referendo presentados en el marco de unaentidad territorial, un espacio en el que se indique lugar y la direccin de laresidencia de quienes respaldan su inscripcin. e) El nombre de las organizaciones que respaldan la iniciativa legislativa ynormativa o la solicitud del referendo con la prueba de su existencia y copia delacta de la asamblea, congreso o convencin en que fue adoptada la decisin, o, ensu defecto, la lista con el nombre, la firma y el nmero del documento deidentificacin de las personas que respaldan estos procesos; f) En el caso de solicitud de referendo derogatorio, el texto de la norma que sepretende derogar, el nmero que la identifica y la fecha de su expedicin. 12. Referendo reeleccionista.Quien haya sido elegido a la Presidencia de laRepblica por dos periodos constitucionales, podr serelegido para otro periodo. As qued redactado elartculo que propone la reeleccin inmediata delpresidente lvaro Uribe.La ponencia fue presentada por seis congresistas, de losocho asignados, quienes fueron los encargados deradicarla en la Comisin Primera del Senado. 13. Es la institucin mediante la cual una pregunta decarcter general sobre un asunto de transcendencianacional, departamental, municipal, distrital o locales sometida por el Presidente de la Repblica, elGobernador o el Alcalde, segn el caso, aconsideracin del pueblo para que ste se pronuncieformalmente al respecto.En todos casos, la decisin del pueblo es obligatoria.Cuando la consulta se refiera a la conveniencia deconvocar a una Asamblea Constituyente, laspreguntas sern sometidas a consideracin popularmediante ley aprobada por el Congreso de laRepblica. 14. Es la reunin pblica de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), para que los habitantes puedan participar directamente con el fin de discutir asuntos de inters para la comunidad. 15. Derecho poltico de un grupo deciudadanos de presentar proyectos de leyy de acto legislativo permite ordenanzaante la asamblea departamental deacuerdo ante los consejos municipales odistritales y resolucinante las juntasadministradoraslocales 16. Derecho poltico por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o alcalde. 17. http://www.registraduria.gov.co/Informacion/part_ciudadana.htm http://www.registraduria.gov.co/rev_electro/articulos/referendo.htm http://www.registraduria.gov.co/Informacion/ref_intro.htm http://www.ingeominas.gov.co/getattachment/Home/comunicaciones/Quienes-Somos-/Cartilla_participacion_ciudadana_Ingeominas.pdf.aspx