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P o r q u e c o n lo s D e r e c h o s d el@s n iñ@s n o s e ju e g a , S a n J o s é d e M a ip o n e c e s i t a u n a O P DO P DO f ic in a d e P r o t e c c ió n O f ic in a d e P r o t e c c ió n d e D e r e c h o sd e D e r e c h o s

D e c la r a c ió n d e lo s D e r e c h o s d e l N iño , O N U 19 5 9

1. El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración(…) sin excepción alguna ni distinción o discriminación (…).2. El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, (…), para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad (…).3. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.4. El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.5. El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.6. El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión (…). La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. 7. El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria (…) en condiciones de igualdad de oportunidades.8. El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.9. El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada (…).10. El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

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¿ P O R Q U É U N A O P D ?

En los establecimientos educacionales y de salud de la comuna detectamos periódicamente una gran cantidad de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en sus derechos, principalmente por abuso, maltrato físico y psicológico y abandono, los que suceden por responsabilidad del mundo adulto.

Estas situaciones perturban el desarrollo armónico y saludable de los niños y niñas. Por esta razón, las instituciones y programas que componen la Red Infanto-Juvenil estamos trabajando en la prevención de estas vulneraciones, dentro de lo cual estamos solicitando una Oficina de Protección de Derechos (OPD) al Municipio.

¿ Q U E E S U N A O P D ?

¿ Q U É O F R E C E L A O P D ?

Es una oficina de Protección de Derechos de la Infancia y la Adolescencia, para niños y niñas que se encuentran en situación de vulneración de sus derechos, tales como abuso sexual, maltrato, abandono, negligencia, limitación en el acceso a servicios sociales, etc.

Atención gratuita a cargo de profesionales especializados y con experiencia en la materia (Abogad@, Psicólog@ y Asistentes Sociales). Son instancias a nivel comunal que brindan protección integral de los derechos de l@s niñ@s y adolescentes

L a s O P D d e b e s e r u n a in ic ia t iv a c o n ju n t a d e l

S E N A M E y la s M U N IC IP A L ID A D E S