SALUD
OCUPACIONAL
MARITZA FLÓREZ VILLAREJO. FT
ESPECIALISTA EN SALUD OCUPACIONAL
E HIGIENE DEL TRABAJO
ENFERMEDAD PROFESIONAL
Se considera enfermedad profesional todo estado
patológico permanente o temporal que sobrevenga
como consecuencia obligada y directa de la clase de
trabajo que desempeña el trabajador, o del medio en
que se ha visto obligado a trabajar , y que haya sido
determinada como enfermedad profesional por el
Gobierno Nacional.
(Dcto 1295/94)
ACCIDENTE DE TRABAJO
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga
por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el
trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una
invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la
ejecución de ordenes del empleador, o durante la ejecución de
una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de
trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca
durante el traslado de los trabajos desde su residencia a los
lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador.
RESPONSABILIDADES DE LOS
EMPLEADORES
El artículo 56 del decreto 1295/94 plantea:”La
prevención de riesgos profesionales es
responsabilidad de los empleadores”…. “Los
empleadores además de la obligación de
establecer y ejecutar en forma permanente el
programa de salud ocupacional según lo
establecido en las normas vigentes, son
responsables de los riesgos originados en su
ambiente de trabajo”.
RESPONSABILIDAD DE LOS
TRABAJADORES
Se entiende por trabajador todo y cada una de las
personas que ejecutan cualquier labor u oficio en la
empresa sea en forma permanente u ocasional.
Leer el manual de higiene y seguridad industrial;
asistir a cursos y conferencias sobre salud ocupacional
Utilizar los equipos e implementos de seguridad
requeridos y suministrados para realizar la labor
asignada.
Mantener en orden y limpio sus puestos o áreas de trabajo.
Revisar previamente el estado de las herramientas y
equipos de trabajo antes de utilizarlos.
Informar al superior inmediato sobre condiciones o
situaciones inseguras, con el objeto que sean corregidas
oportunamente.
Cuidar que sus labores no originen situaciones peligrosas
para él o para sus compañeros.
Participar en la prevención de los riesgos profesionales a
través de los comités paritarios de salud ocupacional, o
como vigías ocupacionales
LA RESOLUCIÓN 2013 REGLAMENTA EL
COMITÉ PARITARIO DE S.O. (COPASO)
Todas las empresas e instituciones, públicas o
privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más
trabajadores, están obligadas a conformar un Comité
de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya
organización y funcionamiento estará de acuerdo con
las normas del Decreto que se reglamenta y con la
presente resolución
Empresas con menos de 10 trabajadores un Vigía
Ocupacional
CADA COMITÉ ESTARÁ COMPUESTO POR:
Un número igual de representantes del empleador y
de los trabajadores, con sus respectivos suplentes,
así:
De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada
una de las partes.
De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por
cada unas de las partes.
De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por
cada una de las partes.
De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes
por cada una de las partes.
ACTIVIDADES
Proponer medidas y el desarrollo de actividades que
procuren y mantengan la salud en los hogares y
ambientes de trabajo.
Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia
de medicina, higiene y seguridad industrial y
promover su divulgación y observancia.
Colaborar en el análisis de las causas de los
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Visitar periódicamente los lugares de trabajo
NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E
INCIDENTES
Se hace con el fin de permitir la agilidad en la
reclamación de derechos del trabajador frente a la ARL.
Permite además mantener un registro pormenorizado
de la investigación del insuceso con el objetivo de
establecer correctivos que eviten la repetición del
accidente.
Cada vez que ocurra un accidente de trabajo que
requiera asistencia médica y cundo las circunstancias
lo permitan se debe elaborar el informe patronal de
AT, formato de la A.R.L. para ser presentado en el
sitio de atención (I.P.S.) autorizada, u hospital …,
debiéndose solicitar copia de la epicrisis, que debe ser
expedida por el médico que atiende el caso y que es
indispensable para posterior cobro de incapacidades,
este documento no puede ser entregado sino al propio
lesionado
INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y
ACCIDENTES DE TRABAJO
El objetivo es el de investigar las causas básicas del
accidente, evitando buscar culpables para garantizar
su fin preventivo
LA INVESTIGACIÓN SE DESARROLLA EN
TRES ETAPAS
Recolección de la información.
Detección de las causas.
Medidas a adoptar
PARA LA INVESTIGACIÓN SE DEBE DE TENER
EN CUENTA
Investigar en el sitio del accidente.
Lo más pronto posible luego de ocurrido.
Hablar con los testigos, lesionado, compañeros, jefes.
Las entrevistas se deben de realizar en forma
individual, con el fin de evitar injerencias de personal
directivo y distorsión de los hechos.