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ytLi EsSalud · MAS SALUD PARA MAS PERUANOS RESOl..UCION OE GENER.Al.. _ 4 5 3 -GG-ESSALU0-2005 Lima, 18 de Agosto del 2005 VISTA; la Carta 3147-GDP-ESSALUD-2005 emitida por la Gerencia de División de Prestaciones a través de ta cual propone aprobación del proyecto de rnrecfiva "Normas para la Estandarización del Formato y Uso de las Receta_ s Médicas en los ,.-· ::,s centros Asistertciates del Seguro Soeial de Salud (ESSALUD)", y: I'<," V Bº (t so ELO ªffe CONSIDERANDO; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva 927-PE-ESSALUD-2003 de e fe-cha 12 de Noviembre del 2003, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de y Funciones del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es.tableciendo en el inciso b) dél articülo 34º como una de las füncíones de ta Gerencia de DMsión de Prestaciones la _ de dirigir y controla_ r la gestión del sistema pre$t _acional de ínstitüeión a través de ras Unidades de Coordinación l, ll, m y lV a nivel naelonal; Que, es necesario estandarizar los. formatos de las Recetas médicas que se emplean en los diferentes Cénttos Asistenciales de ESSALUD a nlvet nacional ast como cumplir con las disposicicmes 1ega1es vigentes relacionadas a las mismas; Que, el Artículo 35º del Decreto Supremo Nº 021-2001-SA "Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos", establece que tos produétos farmacéuticos y recursos nat_urales de venta recet_a_ sólo ser c;tispensados en las farmaeías y boticas cuando tas recetas contengan, en forma clara, la información indicada en el cit_ado Reglamento; Que, el Artículo 23º del Decreto Supremo Nº023-2001.-SA "Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización sanitaria", c:lisoone las cara_cterísticas y uso de los. recetarios especiales para prescribir los medicamentos contenidos en las listas llA, IUA, ms y me señalados . en el Artlcülo de citada norm;¡¡t_iva, Que, la Gerencia de División de Prestaciones ha diseñado de acuerdo con las normas legales vigentes tos formatos de Receta Simple, Receta Múltiple y Receta Médica Pªra su en nuestros. C'ªntros y c;on la aprobaeíón de la DIGE.MlD para el uso de los formatos de Receta Médica Especial; Que, el literal b) del articulo de la Ley 27056. Ley de Creación del Seguro Socia_! de Salud establece que le compete al Ger eñte General, dítlglt él fUñcionamiento de la institución, emitir l_ as directivas y los. wocedimientos. intemos necesarios., en concordancia coñ tas politicas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Pre$idente Ejecutivo; Estando a lo propuesto y en uso de sus atribuciones;

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    RESOl..UCION OE G~~ENCIA GENER.Al.._ Nº 4 5 3 -GG-ESSALU0-2005

    Lima, 18 de Agosto del 2005

    VISTA;

    la Carta Nº 3147-GDP-ESSALUD-2005 emitida por la Gerencia de División de Prestaciones a través de ta cual propone lá aprobación del proyecto de rnrecfiva "Normas para la Estandarización del Formato y Uso de las Receta_s Médicas en los

    ,.-· ::,s t. -~\- centros Asistertciates del Seguro Soeial de Salud (ESSALUD)", y: I'

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    RESOt.,UCIQN DI; Gl;~ENCIA GeNeRA_L Nº 4 5 3 -GG-E;SSALU0-2006

    SE RESUELVE:

    1. APROBAR ta. Directiva Nº oos -GG-ESSALUD-2005 "Norma$ para la Estándar.i:zación del i:=ormato y Uso de las Recetas Médicas en centros ~istenciales de ESSALUD", que forma parte de la presente Resolución.

    2. ENCA_R_GA_R_ a_ las Gerencias Adrninistra.tiv~ de las Redes Asistenciales realizar las gestiones correspondientes para asegurar ta provisión de tos formatos de recetas a los Centros ~istencia.les de ESSAtUD a_ nivel nacional bajo su jurisdicción.

    ENCARGAR a la Gerencia de División de Prestaciones la difusión, iropl~rn~nl~~ón1 supervísíón y cumplimiento de lo dispuesto en la Citada Directiva. · ·

    REGÍSTRESE UESE

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    OIRECTIVA DE GERENCIA GENERAL Nº 008 -GG-ESSALUD-ioos

    NORMAS PARA. LA ESTANDARIZACION DEL FORMATO Y USO DE LAS RECETAS MÉDICAS EN CENTROS ASISTENCIALES DEL SEGURO SOCIAL DE

    SALUD (ESSALUD)

    VIL

    vm.

    OBJETIVO

    FINALIOAO

    BASE LEGAL

    ALCANCE

    CONTENIDO

    RESPONSA6U.JDAD

    CONCEPTOS DE REFERENCIA

    DISPOSICIONES GENERALES

    DISPOSICIONES ESPECIFICAS

    ANEXOS

    MODELO DE_ R_ECETA MEDlCA SlMPLE

    MODELO DE RECETA MEDICA MÚLTIPLE.

    Nº 3 MODELO DE FU:;CETA MEDICA ESPECIA!,..

    Nº 4 ESTRVCTUR_A DE LA RECETA MÉDICA SIMPLE Y MULTIPLE

    Nº 5 ESTRUCTURA_ DE. LA RECETA MEDICA ESPECIAL.

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    Dl~CTIVA OE GERENClA GENERAL Nº o os -GG-ESSALUD-200S

    NORMAS PARA LA ESTANDARlZACION DEL FORMATO Y USO DE LAS RECETAS MÉDICAS EN LOS CENTROS ASISTENCIALES DEL SEGURO SOCIAL

    DE SALUD (ESSALUD)

    l.

    n.

    OBJETtVO

    Establecer un fQrmato estilnd.3r de Jas Recetas Médicas a emplear en IQS Centros Asistenciales del Seguro Social de Salud - ESSALUD y normar su adecvad_o uso.

    FINALIDAD

    Cumplir con las Disposiciones Legales vigentes en la implementación de la Reeéta Médica a ser utmzadas en los Centros AsiStenciates de tas Redes Asistenciales de ESSALUD.

    BASE LEGAL

    - ley Nº 27056, L_ey de Creación del SegurQ SQcial de Salud - ESSALUO y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-99-TR

    - Ley Nº 26790, Ley de Mooemización de la Segundad SQcial en Salud y su Reglamento, eiprobado por et Decreto supremo Nº -009-97-SA.

    - Ley Nº 26842, L_ey General de Salud - Decreto suprert\O Nº 021-2001-SA, Reglamento de Establecimientos

    F arrnacéuticos, - Decreto supremo Nº 023-2001-SA, Reglamento de Estupefacientes

    Psicolrópicos y otJas sustancias sujetas a f isca.lización Sanitaria._ Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 201-PE.-ESSALUD-2004, que aprobó las R_edes Asistenciales Tipos A., 6 y C de ESSALUO,

    - RéSótUClón dé Presidéf\Ciá Ejecutlva Nº 927-PE-ESSALU0-2003, que aprueba la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y funciones dél Seguro social de Salud (ESSALUD).

    - Resolución de Gerencia Nacional de Salud Nº 16-GNS-ESSA_LVP-iooi, qve aprobó .et "Ma.f\Uál de Procedlmlentos del s¡stema de Dispensación de Medicamentos en Dosis Unitaria para Ja atención de Pacientes Hospitatí2ados".

    - Resolución de Gerencia General Nº 961-GG-ESSAlUD-2000, que aprobó la Directiva Nº 011-GG-ESSALUD-2000 de "Normas para él próceso de Referencia y Contrarreferencia de E.SSA_LUO".

    - Resolución de Gerencia General N" 1010-GG-ESSALUD-2000, que aprobó ta Directiva Nº018-GG-ESSA_LUD-2000 "Normas para la Formulación de Documentos Té~tHcos Normativos de Géstlón en el seguro Social dé Salud" .

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    La aplicación de las normas de la_ presente Directiva es de apHcación en todos tos centros Aststenclates de las Redes Asistenct.ates de ESSALUD.

    V. RESPONSABILIDAD

    VI.

    Son responsables de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directi"'ª. los siguientes funcionarios: - Gerentes Médicos de Red Asistencia_!, Directores Médicos de Red Asistencial.

    Gerentes Administrativos de Red Asistencial, Sub Gerentes de Administración y Gerentes de Linea de las Redes Asistenciales de ESSALUO

    - Directores y Administradores de los Centros Asistenciales de ES SALUD.

    CONCEPTOS DE REFERENCIA

    - RECETA MEDICA SIMPLE: Es el formato donde el profesional autorizado emite la preséiípción de un (01) medicamento, según él instructivo correspondiente, para que sea dispensado al asegurado._

    - RECETA MEDICA MÚLTIPLE: Es el formato donde el profesional autorizado emite la prescripción de dos a cuatro (02 a 04) medicamentos, según el instructivo correspondiente, para que sean dispensados al asegurado.

    - RECETA MEDICA ESPECIAL: Es el formato donde el profesional autorizado emite la presci'lpclón dé un (01) éstupefaclente o pslcotróplcó, comprendido en las Listas UA_, UfA_, UIB y me del Decreto Supremo Nº 023-2001-SA que aprueba et Reglamenta de estupefaeierttes, psícotrópicos y otras sustartcías sujetas a_ fiscalización sanitaria, para que sea dispensado al asegurado, según él instructivo corresportdiettte.

    - ESTUPEFACIENTES: Sustancias naturales o sintéticas con alto potencial de dependéntia y abuso. Figuran en las listas 1 y u de la Cófüientión única sobre Estupefacientes de 1961. enmendada por el Protocolo de 1972 y en las ustas lA, tB, UA, us y lVA dél át'\éxó u del Decreto supremo Nº 023-2001-SA, Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalizacidñ sartitaria.

    PSICOTRÓPlCOS: Sustancia de origen natural o sintético, que pueden producír dependencia física o psíquica que figuran en fas iístas l, H, IH, IV, de{ convenio de las Naciones Unidas, sobre sustancias psicotrópicas de- 1971 y en las listas IHA, mB me, IVB, V, VI, del anexo Nº 2, del Decreto Supremo Nº 023-2001-SA Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalízación sanitaria.

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    Vil. l)tSPQSlCtQNES GENERALES

    7.1 Las Gerenci~ y Direcciones de Redes Asistenciªles y las Direcciones de tos Céñtros Asistenciales de ESSALUD a nivel nacional, son .responsables de organizar el proceso de implementación para el uso de los nuevos formatos de la presente Directiva, así como la difUsión de los mismos, con la orientación respectiva, apoyado por la Gerencia de División de Prestaciones.

    7 .2 El Gerente Administrativo de las Redes A$istenciales o quien haga sus veces debe comunicar ta entrada en vigencia de ta presente Directiva inmediato a la aprobación de los diferentes formatos de recetas, así como dispóhér y cocrdinar la adquisición de tes mismos según la modalidad establecida institucionalmente ..

    7.3 Ef Jefe de! Departamento, Servicio, Coordinadora de Enfermería o quien haga sus veces es responsable de la solicitud de los formatos de recetas medicas Símple, Múltiple y Especíal y de organízar su distribución en los servicios médicos de Hospitalización, Emergencia, Sala de Operaciones; para los servicios de Consulta Externa será el Área de Admisión. En el caso de las Recetas Especiales el Jefe del Departamento, Servicio o Coordinadora de Enfermería, debe contar con un cuaderno para el control de la dístribución de las mismas a los médicos autorizados.

    7.4 lo$ Hospita.~s que tengan implementado el Sistema de Oi$t~ 4e Mecilcamentos por Dosls Unitaria seguirán haciendó uso de sus correspondie.ntes formatos para_ la prescripción, de a.cuercto a lo indicado en él "Manual cte Procectirnlentos cter Sistema de Dispensación de Medicamentos en Dosis Unitaria para la atención de Pacientes Hcspltalizados".

    7 .5 los profesionales autorizados para. la prescripción de medicamentos (médico, odontólogo y obstettiz}, son responsables del uso adecuado cte los formatos, debiendo cumplir las normas establecidas en la ley General de Salud, tos Regta.metitos ccrrespcndíentes y en el Pétltorlo Farmacológico Institucional.. Los instructivos que conforman la presente Directiva, especifican tos datos que deben ser llenadós en díchos formato$,

    7.6 El Jefe del Departamento, Servicio o Coordinador de Farmacia o quien haga sus veces. es responsable de la atención de las recetas. custodia y reporte correspondiente a la OIGEMro de acuerdo a lo estabíecido en el Reglamento de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización sanitaria, en coordinación con la Administración del GAS.

    7. 7 Los responsables del Sistema de Gestión Hospitalaria de las Redes Asistenciales y los Centros Asistenciales deben garantizar el almacenamiento y acceso a los archivos y/o copias de seguridad de la Información concerniente a las recetas registradas en el Sistema de Gestión Hospitalaria de ESSALUD, para cuando estos sean requeridos de manera oficial.

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    8.1 Los formatos de la receta médica simple, múltiple y especial, aprobados en ta Jlf'e.sénte Directiva, reemptazan a sus hóntólogos .actu.almente establecidQ$ en IQ$ diferentes CentrQS Asistenciales._

    8.2 la Gerencia de División de Prestaciones, es la única instancia autorizada para solicitar modíficaciones a la Receta Médica Especial autorizada para EsSalud por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas.

    8.3 Tóda prescripción rear¡:zadá insUtucioñalmenté debe ser heeha hacieñdó uso de los formatos aprobados en. la presente directiva_ y con.signando todos tos datos requeridós en las nth~mas.

    8A La vaUde:z de la receta médica o pla:zo para que el usuario recabe el (Jos) médicamertto{s) en tas Farmacias de ESSALUD es dé 03 días.

    8.5 En el caso de que el (los) medicamen.to(s) prescrito(s) se encuentre(n) agótado(s), se debé(n) .ctispettSar aqUéllos que cuenten éóf1 existencia, en cantidad suficiente hasta la fecha de su próxima cita, o de la próxima receta ya emitida de acuerd6- ooñ 10-s pro.cedimientos vigentes ("recetas a fUturo", "receta_s AJ3,C").

    8.6 Los formatos originales de las recetas médicas simples y múltiples, una vez dispensados los medicamentos indicados en ellos, deben conservarse, en el archivo hospitalario correspondiente, de acuerdo con la normativa que se establezca sobre la materia.

    s. 7 los formatos originales de las recetas médicas especiales. deben presentarse Junto con el balanéé trimestral, a ta Ditecciórt- Genetal o. Dirección Ejecutiva de Medicamentos. Insumos y Drogas de su localidad, de aCüércto a to mdicadó éíí el Decret:o supremo Nº 023--2001-SA, conservando la copta en custodia_, por un periodo de 02 años.

    8.8 El periodo de conservación de ras recetas médicas simple y múltiple así como los procesos a seguir para la depuración de las mismas, son los establecidos de acuerdo a las disposiciones institucionales que se dicten sobre la materia.

    8.9 En el caso de que el Químico Farmacéutico fra_ccion.e la cantid~

  • ANEXO Nº 1 MODELO DE 1RECSTA MÉDl:CA SIMPLE

    RECETA MÉDICA SelJlo del Setrvlcio

    REO ASISTENCIAt. Al-MENARA Hospital Nacion¡¡il Guillermo Almenara lrigoyem

    Av. Gr¡¡iu Nº ~00 ·la Victr.>ri8 - Urna Teléfono: 265-6000 265 - 7000

    www.essalud.gob.pe !FECHA Nº 06010000001

    APELLIDtSY NOMBRES 1

    ACTO : 1 r: l : J 1: : [ [] MEDICO

    CIE-10 NOMBRE DEL ME¡OICAMENTO (DCI} Y F.F OOSIS Y DURACIÓN CANTIDAD (N° y letras) ! CONCENTRACIÓ~l FRECUEtllCIA TRATAMIENTO

    !

    1

    ~

    Recibí ,conforme Firma y Sello de Farmacia Firma y $ello del Pn~scrlptor

    (*) COLOCAR EN CASO DE NO CONTAR CON SISTEMA AUTOMATIZADO (Gestión Hospitalaria)

    • Toda enmend'adura invalida la receta • P,resc¡ribir con letrii de ¡imprenta legible, utilizando tintii azul .o negr~ FARMACIA

    s: )> (f)

    (f)

    )>

    r e o

  • ANEXO Nº 2 MODELO DE R.ECETA NIÉiOICA M.ÚL TIPL1E

    Sello del Servicio

    1__ _ -RE~·.:_;;~~~~1AL~~~~:ARA~rECETA MÉDICA MÚLTIPLE 1

    Hospital Nacional Guillermo Almenara. kigoyen ¡ Nº 06010000001 Av. Grau Nº 800 • La Victoria - Lima 1

    l. T~léfor:io: 265-6000 265 • 7000 . www.essalud.gob.pe : ~---·----~-~---~ .. -~--. -~~ FECHA 1 1 1 1

    'APELLIDOt Y

    1 : : '

    : : : J NOMBRES MEDICO 1 ACT~

    1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 [_ Nº Hr.CL..(*)

    1 1 1 1 ~ 1 1 1 CIE-10 NOMBRE DE!L MEDICAME!NTO (Del) Y F.F

    DOSIS Y DURACIÓN CANTIDAD (N° y letras) CONCENTRACIÓN FRECUENCIA TRATAMIENTO

    Recibl conforme Firma y Sello de Farmacia Firma y Sello del Prescriptor

    (') COLOCAR EN CASO DE NO CONTAR CON SISTEMA AUTOMA TIZAOO {G~stió!ll Hospitalaria)

    FARMACIA

    s: )>

    (J)

    (J)

    )>

    r e: o

    7

  • ANEXO Nº 3 ¡··---------~-------·-----···-·-· · ···-··--·-·--------------·¡

    1

    1· R~d ~;~s~;·.~c;; i Centro Asistencial :

    lDirección : Distrito : J Teléfono : -----~-----.--------~.-. -----~

    APELLIDOS Y NOMBRES

    MODELO DE REC~TA MÉDICA ESP,ECIAL

    RECETA MÉDICA ESPECIAL

    Nº 06010000001

    FECHA l. 1 [ 1

    ACTO MEDICO

    Nº H.CL ....-~~~~--~~~~~~~~~----~~~~--.

    OilR~CCION [L-.--,..-.,_,_~ .......... -~-~~~-~--~-----__. D.N.I.

    DIAGNOSTICO TELEFONO

    Sello del Servicio

    [ 1 1 1 1 il 1 IJ O.: 1 1 ITI (*) 1 1 [ 1 1 1 : il ~ I 1 [ 1 1 1 1 1: il ~ 1 1

    CIE-10

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    ANEXO Nº4

    •ftl. ·.· •- -. -. '

    -.·• .. · .. _,. .. . : ·: , -~·~ . i. • :

    ESTRUCTURA DE LA RECETA MÉDICA SIMPLE Y MÚLTIPLE

    la presente normativa se realiza en cumplimiento a lo indicado en el Articulo 35° del Capitulo IV'. De las Recetas del Decreto supremo Nº 021-2001-SA - Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, que establece que los productos farmacéuticos y .returs.o.s terapéuticos natura.tes de venta bajó receta médlCá sólo podrán ser dispensados en las farmacias y boticas cuando las recetas CQntengan. en forma clara, la lnformaclón lñdlcada en la citada Norma.

    ESSALUD, ha establecido un formato único para la prescripción de medicamentos en 2 versiones que dtf!eren en ta cantidad de íterns prescritos, a saber'.

    a. Receta Simple, para la prescripción de un sólo medicamento. b. Receta Múltlpte, para ta prescripción de 2 a 4 medicamentos.

    Dichos formatos deben tener las siguientes dimensiones: Receta Simple'. 216 mm de ancno por 116 mrñ de alto (un terció de papel Oficio) Receta Múltiple: 210 mm de ancho por 148 mm de alto (Hoja A5)

    Los formatos de Receta Médica Simple y de Receta Médica Múltiple deben estar impresas sólo en eolór ñegro, éóñstar de 1 otlglrtal .(para el servicio de Farmacia) y 1 copia (para et Asegurado) Las copias son en papel autocopiativo.

    DESCRIPCIÓN DE LA RECETA

    1. Logotipo de ESSALUD se ertcuentra en et extremo süperlor í·zquierdo con: ta palabra ESSALUD.

    Nombre de la Red Asistencial y Nombre. dirección y teléfono del CAS. Sé debe coloCár en él espacio inferior al togoupo, debtdamente impreso, settado o redactado en letra legible los datos que identifican a cada Centro Asistencial.

    Número correlativo de la receta Está Ubicado eñ lá parte s.operiór reñtral de cada receta, éóñfórmado por la siguiente combinación de números:

    RRCCXXXXXXX

    Donde: RR ce xxxxxxx

    Códígo de Red Aslstertciat CóQigo de CAS Numeración correlativa

    Fecha de embión de la prescripción se debe colocar eñ el recuadro. correspoñdiente, übicado debajo dél número correlat_ivo de recet~.

    Sello del Servicio de procedencia se debe colocar el seno instifücion~u que ldéñtífica al servició dónde se atendió et \asegurado, en el recuadro correspondiente ubicado en el extremo superior derecho.

    · ;·¡--~

    e·:·~;, ·:,~,.) \~¡.. _j} '~" - , _, '~ '.!'Q !A..9-'S-

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    ~ Patos 10

  • ·tt EsSalud MAS SALUD PARA MAS PERUANOS

    ~)(_Q"º$

    ESTRUCTURA DE LA RECETA MÉDICA ESPECIAL

    En cumplimiento del Oe

  • · '!! EsSalud MAS

    S A g~ D ~f~ ~~f ;Í/eA tti~&& - .. -- -- -- -- -- -- ---- __ g_ --- ---- --- Jl.--.,pellidos y nombres completos del asegurado, dirección, teléfono-'J número de

    ONt. - Acto Médico: ubicado en el extremo derecho de la receta. - [)iagnóstico en ClE_ X y en letras:_ debe registrarse con letra ciara el diagnóstico

    del asegutacto. - Número de Historia Clínica: ubicado en el extremo derecho de la receta por

    debaJó del acto médíco; se registra si et Servicio que !ñdica ta mecücación no tiene instalado el Sistema de Gestión Hospitalaria.

    7. Datos del medicamento - Nombre del medicamento objeto de Ja prescripción, según su Denominación

    Común lntemacional (DCl) y la concentración del principio activo. - Forma farmacéutica. - Posología, indicando dosis y frecuencia, duración del tratamiento y cantidad

    mcilcada la misma que debe registrarse en números y letras.

    ~ 8. Firma y Sello del Médico Firma y- seno Institucional del médico prescriptor señalando sus nombres y apellidos, número de colegio profesional, nombre del Centro Asistencial y especialidad, sí la tuviera.

    10.

    11.

    Firma y Sello del Q~ Farmacéutico Firma y sello institucional dél QUimicd F armacéutiro señalaíidd sus nombres y apellidos, N., de Colegio Profesional y Nombre del Centro Asistencial.

    Recibí Conforme $e debe pedir al ~segurado, familiar autorizado o personal asisten