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A.E.A.T. D.I.T. S.G. de Aplicaciones I. SOCIEDADES 2016 Servicios de Ayuda a la Declaración Documento de Coordinación con Colaboradores Versión 1.1 (22/06/2017) 10/06/2015

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Servicios de Ayuda a la Declaración I. Sociedades 2016

A.E.A.T.

D.I.T.

S.G. de Aplicaciones

I. SOCIEDADES 2016

Servicios de Ayuda a la Declaración

Documento de Coordinación con Colaboradores Versión 1.1 (22/06/2017)

10/06/2015

ÍNDICE

1INTRODUCCIÓN4

1.1Modelos de declaración4

1.2Modos de presentación del modelo 2005

2CONFECCIÓN DE DECLARACIONES6

2.1Especificaciones6

2.2Formas6

2.3Pruebas y Servicio de Validación y Prueba de Impresión7

2.4Cumplimentación automática de la información contable7

3PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS9

4EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS10

4.1Cumplimentación automática de la información contable11

4.2Servicio de Validación y Prueba de Impresión11

4.2.1Envío directo al servidor de la AEAT11

4.2.2Enlace con el formulario12

4.3Servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico12

4.3.1Envío directo al servidor de la AEAT12

4.3.2Enlace con el formulario12

5DUDAS MÁS FRECUENTES14

6ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOS15

6.1Cumplimentación automática de la información contable15

6.1.1Datos a importar según el tipo de entidad15

6.1.2Esquema mod2002016.xsd16

6.1.3Elementos del esquema y definiciones18

6.1.4Proceso de importación del fichero XML al PADIS19

6.2Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión21

6.2.1Invocación del servicio de Validación y Prueba de Impresión21

6.2.2Juego de caracteres válido23

6.2.3Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT24

6.3Integración con el servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico25

6.3.1Invocación del servicio de Presentación Electrónica25

6.3.2Juego de caracteres válido38

6.3.3Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT38

6.4Requisitos comunes a los tres servicios39

6.4.1Juego de caracteres válido39

6.4.2Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT39

INTRODUCCIÓN

Este documento recopila los distintos servicios de ayuda a la declaración del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) correspondiente a los periodos impositivos iniciados en el año 2016, que la Agencia Tributaria pone a disposición de sus colaboradores: empresas de desarrollo (EE.DD.), entidades colaboradoras (EE.CC.) y gestores administrativos (GG.AA.). Por tanto, tiene por objeto difundir la oferta de servicios y los detalles necesarios para su utilización.

Los servicios de ayuda se diseñan atendiendo al hecho de que para el ejercicio 2016 todas las declaraciones se presentan obligatoriamente por Internet y persiguiendo los siguientes objetivos:

· Facilitar la presentación a los colaboradores.

· Reutilizar los intercambios telemáticos de ficheros existentes en el NPGT.

· Definir un procedimiento de presentación de declaraciones que permita su apertura a otros canales no presenciales de banca a distancia.

Antes de describir los servicios de ayuda repasaremos la configuración de los modelos y modos de presentación.

Modelos de declaración

Para las declaraciones correspondientes a los periodos impositivos iniciados en el año 2016 existe un único modelo de declaración: el modelo 200.

Además, para los grupos fiscales existe un modelo específico de declaración: el modelo 220. Aunque en este documento nos referiremos exclusivamente a los servicios de ayuda referidos a las declaraciones del modelo 200.

Desde el ejercicio 2008 no existen los modelos 201 (simplificado) y 225 (sociedades patrimoniales).

Modos de presentación del modelo 200

Las declaraciones del modelo 200 ejercicio 2016 se presentan obligatoriamente por vía electrónica por Internet. Requiere certificado electrónico.

En el ejercicio 2012 se suprimió el modelo preimpreso del CHH.

En el ejercicio 2013 se suprimió la presentación mediante predeclaración.

CONFECCIÓN DE DECLARACIONESEspecificaciones

Las declaraciones del formulario del modelo 200 que sean confeccionadas mediante herramientas informáticas deben atender a las especificaciones de validaciones para generar el fichero del modelo 200 2016. En http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrolladores.html se publican los siguientes documentos:

· Diseño de registro del modelo 200 2016

· Especificaciones de validaciones para incorporar en el desarrollo de aplicaciones que generan ficheros del modelo 200 2016.

· Guía de uso del esquema "mod2002016.xsd" para la cumplimentación automática de información contable.

· Esquema "mod2002016.xsd" para la cumplimentación automática de información contable.

Formas

Atendiendo a las especificaciones anteriores existen dos formas de confección de la declaración:

· PADRE de Sociedades 2016-modelo 200 (PADIS): Es el programa de ayuda a la declaración que sin necesidad de certificado electrónico se descarga del portal de la AEAT. Dicho programa se instala en el ordenador de la entidad declarante y permite generar un fichero para la presentación de la declaración con las validaciones propias del programa. Si existiese una nueva versión más actualizada se avisará al momento de acceder al servidor de la AEAT.

· Software comercial: Las entidades proveedoras de software también pueden generar el fichero de la declaración. Para ello, como hemos dicho, la AEAT ha puesto a su disposición en Internet las validaciones y especificaciones del diseño de registro.

Pruebas y Servicio de Validación y Prueba de Impresión

El fichero de declaración obtenido conforme el apartado anterior, está listo para su presentación tal como se indica en el apartado 3.

La Agencia Tributaria ofrece un entorno de Pruebas para Externos, disponible en Internet, con el objetivo de que las empresas que desarrollan aplicaciones para generar ficheros de declaración del modelo 200 puedan verificar en la fase de pruebas contra el servidor de la AEAT que dichos ficheros son conformes con las especificaciones, así como el interfaz de envío y la firma electrónica de la declaración en su caso.

Tanto en este entorno de Pruebas para Externos como en el entorno de Producción, la Agencia Tributaria también ofrece un “Servicio de Validación y Prueba de Impresión” con el objetivo de que las empresas que desarrollan aplicaciones para generar el fichero de la declaración del modelo 200 puedan verificar en la fase de pruebas contra el servidor de la AEAT que dichos ficheros son conformes con las especificaciones. Este servicio no necesita certificado electrónico.

Mediante este “Servicio de Validación y Prueba de Impresión” se enviará el fichero al servidor de la AEAT para validarlo y, sin guardar los datos, devolverá el resultado indicando la conformidad de la declaración o la relación de errores detectados. Si la declaración es conforme, se podrá obtener una copia de la declaración enviada en formato PDF con la marca de agua “BORRADOR NO VÁLIDO PARA PRESENTACIÓN” y sin número de justificante para impedir su presentación.

Cumplimentación automática de la información contable

El programa de ayuda de Sociedades 2016 ofrece la posibilidad de cumplimentar automáticamente determinados apartados de la declaración, agilizando así el proceso de incorporación de los datos al modelo 200 y evitando su cumplimentación manualmente.

Podrá incorporarse de forma automática, y siempre que voluntariamente de opte a ello, la información relativa al balance, a la cuenta de pérdidas y ganancias, y al estado de cambios en el patrimonio neto.

Dicha importación de los estados contables podrá realizarse para las entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España, entidades aseguradoras, instituciones de inversión colectiva, sociedades de garantía recíproca, y las no sometidas a normativa específica.

La incorporación de estos datos se llevará a cabo mediante la importación de un fichero XML, el cual deberá ajustarse a un esquema determinado cuyo diseño se encuentra definido en el fichero “mod2002016.xsd” que será facilitado a través del portal de Empresas Desarrolladoras http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrolladores.html, dentro del apartado de Documentación > Impuesto sobre Sociedades> Modelo 200 relativa al ejercicio 2016.

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS

Una vez generado el fichero de la declaración, para el ejercicio 2016 existe una única forma de tramitar su presentación:

a) Con certificado, por Internet (Presentación electrónica con certificado): En la Sede Electrónica de la AEAT. Una vez haya sido presentada la declaración, se obtendrá una página de respuesta del servidor con el justificante de presentación en formato PDF validado con un código seguro de verificación.

EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS

En la figura 1 se muestran esquemáticamente los diferentes servicios identificados en este documento.

Figura 1.- Esquema de los diferentes servicios ofrecidos por la AEAT.

Las sucesivas especificaciones de estos servicios se publicarán en la página web de las empresas de desarrollo firmantes del acuerdo con la Agencia http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Documentacion/Documentacion.html

Todos estos servicios, para su uso directo sin integración con el software comercial, estarán disponibles en el portal de la Agencia Tributaria (AEAT), accesibles a través del portal de la Campaña de Sociedades 2016 y de la Sede Electrónica de la AEAT.

A continuación se hace una primera aproximación a dichas especificaciones para que, desde el software comercial, se pueda realizar la integración con cada uno de ellos. Los detalles pueden consultarse en el apartado 6.

Cumplimentación automática de la información contable

La incorporación de estos datos se llevará a cabo mediante la importación de un fichero XML, el cual deberá ajustarse a un esquema determinado cuyo diseño se encuentra definido en el fichero “mod2002016.xsd” que será facilitado a través del portal de Empresas Desarrolladoras http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrolladores.html.

Servicio de Validación y Prueba de Impresión

Disponible en el entorno de Pruebas de Externos y en el entorno de Producción.

Existen dos formas de verificar si el fichero de una declaración es formalmente correcto y, en su caso, de obtener el documento PDF con la marca de agua “Borrador NO VÁLIDO para su presentación” conteniendo la declaración.

Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet pero NO será necesario certificado electrónico alguno.

El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve el modelo cumplimentado en formato PDF[footnoteRef:1]. A su vez, las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío, declaración a declaración o por lotes. [1: También existirá otra opción por la cual podrá obtenerse el modelo cumplimentado en PDF sin pasar previamente el proceso de validación.]

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación URLEncoded.

Enlace con el formulario

Será necesario incorporar en el aplicativo una llamada a cierta URL de la AEAT. NO será necesario certificado electrónico alguno.

Se abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar manualmente el fichero de datos a importar para remitirlo al servidor de la AEAT.

Una vez validado el contenido del fichero, si presenta errores se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve una página HTML desde la que se podrá obtener el modelo cumplimentado en PDF.

Servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico

Existen dos formas de presentar electrónicamente por Internet con certificado el fichero que contiene la declaración:

Envío directo al servidor de la AEAT

Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y se necesita firmar CON CERTIFICADO electrónico.

El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve la página html de respuesta correcta con el justificante de presentación en formato PDF embebido y el código seguro de verificación. A su vez, las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío declaración a declaración o por lotes.

Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación URLEncoded.

Enlace con el formulario

Será necesario incorporar en el software comercial una llamada a cierta URL de la AEAT. Será necesario realizar autenticación de cliente CON CERTIFICADO electrónico.

Se abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar manualmente el fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al servidor de la AEAT.

DUDAS MÁS FRECUENTES

1. ¿Dónde se acude ante dudas o incidencias informáticas?

Para cualquier duda que pueda surgir, tanto las entidades financieras como los profesionales tributarios, así como las empresas desarrolladoras de software, pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención Telefónica dependiente del Departamento de Informática (teléfono 901200347 y [email protected])

ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOSCumplimentación automática de la información contableDatos a importar según el tipo de entidad

Para cada entidad podrá importarse la información contable que se encuentre en los siguientes apartados:

1. Entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España

· Balance

· Cuenta de pérdidas y ganancias

· Estado de cambios en el patrimonio neto

2. Entidades aseguradoras

· Balance

· Cuenta de pérdidas y ganancias

· Estado de cambios en el patrimonio propio

3. Instituciones de inversión colectiva

· Balance

· Patrimonio y pasivo. Cuentas de orden

· Cuenta de pérdidas y ganancias

· Estado de variación patrimonial

4. Sociedades de garantía recíproca

· Balance

· Cuenta de pérdidas y ganancias

· Estado de ingresos y gastos reconocidos

· Estado total de cambios en el patrimonio neto

5. Las no sometidas a normativa específica.

· Balance

· Cuenta de pérdidas y ganancias

· Estado de cambios en el patrimonio neto

Esquema mod2002016.xsd

El esquema XSD se ha desarrollado con la finalidad de permitir la importación en el programa de ayuda de Sociedades. Dicho esquema tendrá una selección alternativa, de forma que con cada fichero XML sólo se podrá cumplimentar un tipo de entidad, y la información contable que se podrá incorporar variará en función de dicha entidad, tal y como se ha mencionado en el punto anterior.

Esquema mod2002016.xsd

Para cada uno de estos apartados, el esquema especifica las páginas del modelo 200 donde se recoge esta información para cada tipo de entidad.

Esquema mod2002016.xsd

Finalmente para cada una de las páginas se incluyen las distintas partidas que deben cumplimentarse.

Hay que tener en cuenta que tan sólo se deben incluir las partidas que puedan admitir contenido en el PADIS atendiendo al tipo de entidad y a los estados de cuentas elegidos previamente, de forma que no podrán incorporarse en el fichero XML las siguientes partidas:

· Las que sean calculadas para la situación elegida (A modo de ejemplo, la partida 101 se encontrará deshabilitada para escritura si se trata de una entidad normal (pag 3 - pag 11), mientras que se encontrará habilitada para escritura si se trata de una entidad sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España. De este modo la partida 101 no estará disponible en el esquema dentro de la página 3 para su importación, mientras que en la página 27 (entidad sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España) si se incluirá.

· Las que no sean susceptibles de cumplimentación para la situación elegida (A modo de ejemplo, si se trata de una PYME que tiene que cumplimentar la página 3 del modelo 200, no se podrán incorporar al fichero XML las partidas 103, 104, 105, 107, 108 y 109 (entre otras), ya que para su estado de cuentas estas partidas estarán inhabilitadas).

Elementos del esquema y definiciones

Elemento del esquema

Definición

MOD2002016

Etiqueta raíz

Normal

Entidades no sometidas a normativa específica

BancoEspana

Entidades sometidas a las normas de contabilidad del Banco de España

Seguros

Entidades aseguradoras

SociedadGarantía

Sociedades de Garantía Recíproca o de Reafianzamiento

InstitucionesInversioncolectiva

Instituciones de Inversión Colectiva

Balance

Balance

CuentaPyG

Cuenta de pérdidas y ganancias

IngresosPerdidas

Estados de ingresos y gastos reconocidos

CambiosPN

Estados de cambios en el patrimonio neto

VariacionPatrimonial

Estado de variación patrimonial

PaginaXX

Página correspondiente de la declaración

TXXXXX

Casilla a cumplimentar de la declaración

Proceso de importación del fichero XML al PADIS

El proceso de importación SOLO es aplicable al crear una declaración nueva, justo después de pulsar el botón “Aplicar”.

Una vez seleccionado el tipo de entidad y en su caso, el estado de cuentas asociado a la misma, se mostrará una ventana emergente que permitirá seleccionar el fichero XML a importar:

Si se opta por no seleccionar un fichero se procederá a la cumplimentación de los datos de forma manual. Si por el contrario se selecciona un fichero, el programa procederá a realizar la importación de los datos de forma automática en los apartados correspondientes.

El proceso de importación se realiza como sigue:

· Se comprueba que el fichero XML está bien formado y es válido de acuerdo al esquema predefinido “mod2002016.xsd”

· Se comprueba si el fichero a tratar se ajusta al tipo de entidad seleccionado y al estado de cuentas asociado a la misma, siempre que este último dato sea requerido.

· El fichero XML se lee de forma secuencial y sólo se incorporarán datos a la declaración si el fichero es correcto.

· El proceso de importación puede generar avisos o errores, y en ambos casos permite generar un informe con las situaciones anómalas encontradas.

· Con los avisos se proporcionan advertencias sobre el fichero XML pero no se impide la importación de los datos.

· Si se encontrasen errores, no se incorporará ningún dato a la declaración pero se procesará por completo con el fin de poder mostrar por pantalla dichos errores al usuario.

Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión

Para el ejercicio 2016 estará disponible en el entorno de Pruebas de Externos y en el entorno de Producción.

El entorno de Pruebas de Externos se encuentra operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h. La autoridad de certificación de los certificados del servidor de la AEAT en este entorno utilizados en la conexión SLL es distinta a la de los certificados del entorno de Producción. Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que cualquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.

Invocación del servicio de Validación y Prueba de Impresión

No requiere certificado electrónico alguno.

Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de la declaración que se desee validar[footnoteRef:2]. [2: El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido indicado en el apartado6.4.]

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas:

Envío directo al servidor de la AEATEnvío al servidor de la AEAT

No requiere certificado electrónico alguno.

Al servicio se le pasará, por el método POST del protocolo http, una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario. Se debe respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo &, y sólo con el valor en codificación URLEncoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como URLEncoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin URLEncoded.

La URL de llamada directa al servicio es:

Pruebas de Externos:https://www6.aeat.es/l/zi22zilk0022

Producción:https://www2.agenciatributaria.gob.es/l/zi22zilk0022

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR

HID= SOV6200A

IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES,VA,GL,CA)

LEV= 000000000000, valor constante.

FIC= Fichero plano completo según el Diseño de Registro.

RUT= Cadena con la ruta en el directorio local y nombre del fichero que contiene la declaración a validar (opcional)

PRG= PTLINKI7 o vacío

FIN= vacío

EJF= Ejercicio fiscal al que corresponden los datos que se desean enviar (no válido para ejercicios anteriores a 2016)

MOD= 200

A continuación se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en los envíos:

· Contenido de la variable FIC=:

1. Pasar el fichero según DR publicado a ISO-8859-15[footnoteRef:3]. [3: Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.4.]

2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

3. Transformar el resultado a URLEncoded.

Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

Si la variable PRG contiene el literal PTLINKI7 el fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT, y si la respuesta es correcta se obtendrá el documento de la declaración en formato PDF. Si la variable PRG viene vacía, no se realizará dicho proceso de validación, obteniéndose directamente el documento de la declaración correspondiente (sin validar) en formato PDF. En caso de error, la respuesta será una página HTML con la relación de errores.

Enlace con el formulario:

No requiere certificado electrónico alguno.

A través de un formulario HTML, en la siguiente URL:

Pruebas de Externos:

https://www6.aeat.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/ie62000v.html?fic=

Producción:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/ie62000v.html?fic=

Donde la variable ‘fic’ de la URL contendrá el camino, en el sistema de ficheros local, al fichero que se desea validar. Esta variable es opcional. Siempre se presentará al usuario una página HTML que permite seleccionar, a través de una ventana de diálogo, el fichero a validar.

El fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT. La respuesta será siempre una página HTML en la que se indicará si el fichero es válido o no, en este último caso se especificarán los errores encontrados.

Las páginas de respuesta sin errores permitirán al usuario obtener una copia en PDF de la declaración validada.

Juego de caracteres válido

Ver apartado 6.4 Requisitos comunes a los tres servicios.

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

Ver apartado 6.4 Requisitos comunes a los tres servicios.

Integración con el servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónicoInvocación del servicio de Presentación Electrónica

Requiere certificado electrónico.

La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas[footnoteRef:4]: [4: El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido indicado en el apartado 6.4.]

Envío directo al servidor de la AEAT

NOTA: Para el ejercicio 2016, estas especificaciones son válidas tanto para ficheros generados por el programa de ayuda de la AEAT como para otros programas de ayuda. Para el ejercicio 2016 el programa de ayuda de la AEAT no incluirá en el fichero las etiquetas . El origen de la firma deberá ser construido por el software comercial.

Funcionalidades que debe cubrir el software comercial

1. Debe disponer de un servicio de captura del fichero a transmitir.

2. Debe seleccionar determinados campos de la declaración para mostrarlos al contribuyente con objeto de:

· Obtener la autorización para su transmisión a la A.E.A.T.

· Realizar el cargo en cuenta y obtener un NRC, en su caso. (sólo EE.FF.)

3. Debe generar una firma electrónica con el certificado de usuario o certificado de usuario del colaborador social según se especifica en el apartado 6.3.1.1.2.

4. Debe enviar el fichero plano, datos de firma y la firma electrónica según se especifica en el apartado 6.3.1.1.3

5. Debe devolver al contribuyente los datos en formato html como resultado de la aceptación o no de la declaración según se especifica en el apartado 6.3.1.1.4

6. También es deseable que gestione los errores leves de tipo censal que pueden manifestarse en la presentación de la declaración según se especifica en el apartado 6.3.1.1.5.

A continuación se describe cómo debe implementarse esta funcionalidad.

Selección de determinados campos para mostrarlos al contribuyente.

El fichero es una secuencia de datos etiquetados. Existe una etiqueta inicial que indica el modelo, tipo de sociedad (normal, aseguradoras, entidades de crédito, inversión colectiva), ejercicio y periodo de la declaración.

Por cada página del modelo oficial existe una etiqueta de comienzo y final.

Para el ejercicio 2016, no existirán etiquetas específicas para contener los datos a firmar.

A continuación se describen las etiquetas y la localización de datos que necesita el software comercial para realizar la operación de cargo en cuenta (sólo EE.FF.) o para mostrar los datos relevantes necesarios para obtener la autorización del envío de la declaración[footnoteRef:5]: [5: Para obtener cualquier otro dato que pueda resultar de interés, consultar el diseño de registro definitivo publicado por la AEAT en Ayuda/Diseños de registro de http://www.agenciatributaria.es ]

Primera etiqueta del fichero según el Diseño de Registro

· Modelo: 200 (posiciones 2 a 4 de la propia etiqueta)

· Ejercicio: 2016 (posiciones 6 a 9 de la propia etiqueta)

· Periodo: 0A (posiciones 10 y 11 de la propia etiqueta)

Para la localización de los siguientes datos, se debe considerar que las posiciones que se indican a continuación se cuentan a partir del primer carácter de la correspondiente etiqueta de inicio, es decir del carácter “<”

Etiquetas de principio y fin de la página 1 del modelo oficial “Página 1”:

· NIF del declarante: posiciones 14 a la 22.

· Razón Social o apellidos y nombre del declarante: posiciones 23 a la 102.

Etiquetas de principio y fin de página 12 del modelo oficial “Página 12”:

· Resultado cta. P. Y G.: posiciones 13 a la 29.

Etiquetas de principio y fin de página 13 del modelo oficial “Página 13”

· Base imponible: posiciones 863 a la 879

· Tipo de gravamen: posiciones 1135 a la 1138

· Cuota íntegra: posiciones 1139 a la 1155

Etiquetas de principio y fin de página 14 del modelo oficial “Página 14”

· Cuota diferencial del Estado: posiciones 710 a la 726

· Cuota diferencial Diputaciones Forales/Navarra: posiciones 727 a la 743

· Líquido del Estado: posiciones 982 a la 998

· Líquido de las Diputaciones Forales/Navarra: posiciones 999 a la 1015

Etiquetas de principio y fin página DID “Documento de Ingreso/Devolución”

· Importe del ingreso: posiciones 307 a la 323.

· Modalidad de ingreso: posición 304 ( I – Adeudo en cuenta, U– Domiciliación, H - Efectivo).

· Número de cuenta IBAN Ingreso: posiciones 324 a la 357.

· Importe de la Devolución: posiciones 242 a la 258.

· Modalidad de devolución: posición 241 (‘ ‘- No devolución, R – Renuncia, D – Devolución por transferencia).

· Cuota cero: posición 392 (“0” No es cuota cero, “1” Sí es cuota cero)

· Número de cuenta IBAN devolución: posiciones 259 a 292.

· Código SWIFT-BIC cuenta devolución: posiciones 293 a 303.

El origen de firma será el llamado “Contenido del fichero” del fichero plano completo según el Diseño de Registro (campo Nº 12 de la Página 0 del Diseño de Registro). Es decir, las páginas correspondientes a la declaración (de la página 001 a la página DID ) según el formato descrito para cada página en el Diseño de Registro. O dicho de otra forma, todo lo comprendido entre las etiquetas y del Diseño de Registro, excluidas dichas etiquetas. El origen de firma debe utilizar el juego de caracteres ISO-8859-15 y respetar lo indicado en el apartado 6.4.1.

Ejemplo:

(<T20001000> 02600201202032012020220121..... 00> ..... ..... ..... ..... ..... ..... ..... 00>)

El software comercial firmará el origen de firma, del que previamente se eliminarán los caracteres de tipo CRLF. La firma generada deberá estar en formato CAdES-EPES en modo explícito o dettached (no se incluye los datos firmados en la propia firma), tal y como se especifica en el documento “Nueva firma CAdES-EPES: especificaciones para firmas CAdES en presentaciones telemáticas mediante envío directo al servidor de la AEAT” que se publica en el Portal de Empresas de Desarrollo (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrolladores.html) en el menú Documentación> General. El CAdES se generará en formato BASE64.

Envío firmado al servidor de la AEAT

Requiere certificado electrónico para realizar la firma electrónica de la declaración.

Se enviará a la URL de la A.E.A.T. que se indica a continuación, mediante el método POST un formulario web que contendrá, entre otros, los datos origen de la firma codificados en BASE64, junto con la firma generada.

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo &, y sólo con el valor va en codificación URLEncoded.

Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como URLEncoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin URLEncoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR

HID= Constante SOC6200A

IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES,VA,GL,CA)

NRC= Número de referencia completo del ingreso (en caso de que la declaración sea a ingresar) o Vacío

ENT= Código de la entidad financiera o identificación del programa (numérico de 4 posiciones).

CMN= Vacío (Reservado AEAT).

LOT= 0 (Constante)

LEV= 000000000000, valor constante.

F01= Fichero plano completo según el Diseño de Registro.

PUN= 00000000 (Constante)

TXT= Datos origen de la firma codificados en Base-64.

FIR= Firma en formato CAdES-EPES, codificada en BASE64

FIN= Vacío, indicador de fin de datos.

Los datos origen de la firma y la firma se han de enviar como Base-64 y sin que contengan caracteres de tipo CRLF.

A continuación se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en los envíos:

· Contenido de la variable F01=:

1. Pasar el contenido del fichero plano completo según el Diseño de Registro a ISO-8859-15[footnoteRef:6]. [6: Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.4.]

2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

3. Transformar el resultado a URLEncoded.

· Contenido de la variable TXT=:

1. Obtener el origen de firma a partir del fichero plano completo según el Diseño de Registro (páginas 01000 a DID00).

2. Pasar el origen de firma a ISO-8859-15[footnoteRef:7]. [7: Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.4.]

3. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

4. Transformar el resultado a Base64.

5. Transformar el resultado a URLEncoded.

· Contenido de la variable FIR=:

1. Obtener el origen de firma a partir del fichero plano completo según el Diseño de Registro (páginas 01000 a DID00).

2. Pasar el origen de firma a ISO-8859-15[footnoteRef:8]. [8: Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.4.]

3. Eliminar caracteres de tipo CRLF.

4. Generar la firma en formato CAdES-EPES en modo explícito o dettached codificada en Base64.

5. Transformar el resultado a URLEncoded.

El “action” del formulario desde el que se envía el fichero de la declaración de Sociedades 2016, será:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/l/pti6ptlinki6 (sin autenticación)

Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente

La AEAT genera, de forma predeterminada para cualquier petición de presentación de declaraciones, una respuesta en formato HTML con la copia electrónica de la presentación realizada, en formato PDF, embebida dentro de la página. A efectos de la AEAT el justificante de la presentación no es la página HTML devuelta sino el PDF que se encuentra embebido en la misma.

Para los casos de aceptación de la declaración el título de la página de respuesta correcta comienza por el Código Seguro de Verificación (16 primeros caracteres). El título de la página de rechazo tiene el texto “ERROR”.

La página correcta siempre contendrá el código seguro de verificación (variable CEL de Javascript) y la página de respuesta de error nunca lo contendrá. El código seguro de verificación, junto con la fecha y hora (variables Javascript FEC y HOR), y el Nº de entrada de Registro (variable Javascript REG), indican que la declaración se ha aceptado y grabado en el servidor de la AEAT.

Las variables javascript disponibles son:

var CEL='&CEL;'; //Código seguro de verificación de la presentación

var FEC='&FEC;'; //Fecha de presentación

var HOR='&HOR;'; //Hora de presentación

var REG='&REG;'; //Número de entrada de Registro

var NRC='&NRC;'; //Número de Referencia Completa.

var ING='&ING;'; //Importe del ingreso.

var NIP='&NIP;'; //NIF Presentador.

var APP='&APP;';//Apellidos y nombre, razón social o denominación del presentador.

var CAP='&CAP;'; // En calidad de, del Presentador

var NDC='&NDC;'; //NIF Declarante.

var NAP='&NAP;'; //Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarante.

var MOD='&MOD;'; // Modelo

var EJF='&EJF;'; //Ejercicio Fiscal

var PER='&PER;'; //Período

var JUS='&JUS;'; // Número de Justificante.

var IDI='&IDI;'; // Idioma de la presentación.

Adicionalmente, se podrán localizar los mismos datos en pseudoxml con los siguientes etiquetados:

&CEL;

&FEC;

&HOR;

&REG;

&NRC;

&ING;

&NIP;

&APP;

&CAP;

&NDC;

&NAP;

&MOD;

&EJF;

&PER;

&JUS;

&IDI;

En caso de error, la página de respuesta nunca contendrá la variable JavaScript CEL= y se podrán identificar las causas del error en las variables JavaScript JavaScript Err[0]= a Err[99]= . El número máximo de errores que se mostrará será de 100.

Variables javascript con la descripción de las causas del error:

Err[0]='&E00;'; Err[1]='&E01;';

Err[98]='&E98;'; Err[99]='&E99;';

Así mismo, dispondrá de la misma información en pseudoxml:

&E00;&E01;

&E98;&E99;

No es posible anular declaraciones ya grabadas.

En el caso de producirse algún error de comunicaciones durante la transmisión de la declaración, se podrá recuperar la página de aceptación o de error efectuando de nuevo la transmisión de la declaración. Si no hubiese sido recepcionada anteriormente en la AEAT, se obtendrá la página de respuesta correcta o error correspondiente. En el caso de ya haber sido grabada y aceptada en la AEAT, se tratará como una consulta mostrándose la hoja de aceptación de la declaración en el momento anterior (que contendrá el texto YA REALIZADA y no contendrá el PDF embebido; si se desea recuperar deberá usarse el servicio de Comprobación de la presentación de la declaración/Comprobación en la AEAT, o acceder a la Sede electrónica y realizar el cotejo mediante CSV o acceder a la Copia Electrónica (Consulta Íntegra)). No se debe generar un NRC diferente, ya que la E.F. tampoco debe admitir el cargo duplicado para el mismo modelo, período, NIF e importe, sino que hay que volver a utilizar el NRC de la presentación que se realizó la primera vez.

Presentación electrónica de declaraciones con errores leves de tipo censal

Los errores de validación de los ficheros de declaración se clasifican en dos tipos:

· Errores graves: impiden la presentación de la declaración. Deben ser obligatoriamente subsanados.

· Errores leves: no impiden la presentación de la declaración, aunque se recomienda su subsanación, puesto que reporta beneficios al contribuyente (por ejemplo, agilización de las devoluciones).

Al presentar por primera vez una declaración que contenga errores leves, se obtendrá una página de error con las características indicadas en el apartado anterior. La página de errores leves se distinguirá de la página de errores habitual por las siguientes características:

· Literal de identificación en el título de la página

Error - Pagina de errores leves. Este literal de identificación no será traducido a idiomas.

· Presencia de la variable PEL, que siempre tomará el valor “1”.

No obstante, se puede realizar un segundo intento de presentación de dicha declaración, simplemente modificando el valor de la variable LEV, que en este caso deberá ser LEV=100000000000. La declaración se aceptará en el caso de que sólo se detecten errores leves (no se aceptará si en este segundo envío se detecta algún error grave).

Por lo demás, las características del envío y de la respuesta son las mismas que las indicadas en los apartados 6.2.1.1.3 y 6.2.1.1.4.

Comprobación de la presentación de la declaración

El software comercial puede proporcionar la posibilidad de comprobar que la declaración ha sido admitida por la AEAT, para lo cual puede utilizar dos alternativas:

A. Comprobación en la AEAT:

Requiere autenticación con certificado electrónico.

Se enviará a la URL mediante el método POST un formulario que contendrá los datos necesarios para identificar la declaración presentada. Desde el servidor de la AEAT únicamente se muestran previa autenticación de certificado electrónico del titular o presentador.

El “action” del formulario desde el que se envían los datos para la comprobación de la presentación de la declaración será:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ew7kptlink7k (con autenticación)

Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo &, y sólo con el valor va en codificación URLEncoded.

El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a continuación:

VARIABLES A ENVIAR

HID=Constante COIN6200

NIF=NIF del declarante.

EJF=Identifica el ejercicio (no válido para ejercicios anteriores a 2016)

PER= Constante 0A

CEL=Código seguro de verificación obtenido en la presentación (opcional).

EXP=vacío

NIU=vacío

IDI=vacío

VIA=vacío

FIN= Vacío, (indicador de fin de datos).

La respuesta del servidor consistirá en una página html de respuesta de selección múltiple (incluso en el caso de que sólo haya una declaración para el NIF indicado) con las declaraciones/Códigos Seguros de Verificación para el NIF indicado.

B. Almacenamiento de la respuesta correcta.

El software comercial podrá almacenar en sus sistemas la respuesta correcta devuelta por la AEAT en su día, la cual podrá mostrar al contribuyente cada vez que éste se lo solicite.

Pruebas

Se ha habilitado un entorno de Pruebas para Externos en el que se pueden realizar pruebas de envío de presentaciones electrónicas del modelo 200 ejercicio 2016. Este entorno se encuentra operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h.

Las pruebas en este entorno permiten comprobar que los ficheros de declaración son conformes con las especificaciones, así como el interfaz de envío al servidor de la AEAT y la firma electrónica de la declaración. Se requiere el establecimiento de una conexión a Internet y es necesario firmar con certificado electrónico de usuario.

La URL o “action” de llamada al servicio en el entorno de Pruebas para Externos es la misma que la especificada en el apartado 6.3.1.1.3 pero sustituyendo el dominio “www2.agenciatributaria.gob.es” por “www6.aeat.es” y “www1.agenciatributaria.gob.es” por “www7.aeat.es”. La autoridad de certificación de los certificados del servidor de la AEAT en este entorno utilizados en la conexión SLL es distinta a la de los certificados del entorno de Producción.

Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que cualquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.

En el entorno de Pruebas para Externos no está habilitada la presentación en nombre de terceros, por lo que las declaraciones a presentar durante las pruebas deberán consignar como datos del declarante el mismo “NIF” y “Apellidos y nombre, denominación o razón social” que los del certificado electrónico con el que se esté realizando la presentación.

Recuerde que si una presentación se realiza con éxito, en los sucesivos envíos de prueba debe presentar declaraciones complementarias.

El comportamiento de los envíos en el entorno de Pruebas para Externos es muy similar al del entorno de Producción (el PDF justificante de presentación podría no estar disponible y en caso de estarlo aparecerá una marca de agua).

Las empresas deberán prestar especial atención a no utilizar las URLs de Pruebas para Externos cuando pongan sus aplicaciones a disposición de sus usuarios finales para realizar envíos reales. Para los envíos reales las URLs deberán ser las del entorno de Producción. La AEAT no se hace responsable de los problemas derivados de un mal uso de las URLs por parte de las empresas.

También se podrán realizar pruebas de validación del fichero de la declaración sin necesidad de certificado electrónico con el servicio de validación y prueba de impresión s descrito en el apartado 6.2.

Para la realización de pruebas del nuevo formato de firma CAdES-EPES en el entorno de pruebas de externos, puede consultar el documento “Nueva firma CAdES-EPES: especificaciones para firmas CAdES en presentaciones telemáticas mediante envío directo al servidor de la AEAT” que se publica en el Portal de Empresas de Desarrollo (http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/Desarrolladores.html) en el menú Documentación> General.

Enlace con el formulario:

Requiere certificado electrónico.

La invocación al servicio se realizará a través de un formulario HTML, en la siguiente URL, que requiere autenticación de cliente con certificado electrónico (de forma obligatoria):

Pruebas de Externos:

https://www7.aeat.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/ie62000f.html

Producción:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/servurlp.html?WEB=INTERNET&PRG=200&EJE=2016&URL=PIR&EXT=?FIC=

Donde la variable ‘FIC’ de la URL contendrá el camino, en el sistema de ficheros local, al fichero que se desea presentar electrónicamente. Esta variable es opcional. Siempre se presentará al usuario una página HTML que permite seleccionar, a través de una ventana de diálogo, el fichero a presentar electrónicamente.

Es necesario llamar a la URL con dominio autenticado, esto es, con www1.

El servicio de Presentación Electrónica procederá a la firma electrónica de la declaración y realizará la petición correspondiente a los programas HOST de la AEAT, que validarán la declaración y devolverán al contribuyente una página HTML con el resultado de la presentación.

Juego de caracteres válido

Ver apartado 6.4 Requisitos comunes a los tres servicios.

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEAT

Ver apartado 6.4 Requisitos comunes a los tres servicios.

Requisitos comunes a los tres serviciosJuego de caracteres válido

Se tienen que utilizar los caracteres visibles de ISO-8859-15, ya que los invisibles (saltos de línea, tabuladores…) modifican la posición de los datos. Se deben enviar los caracteres alfabéticos en mayúsculas.

Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la AEATOrdenador. Configuración.

Sistemas operativos[footnoteRef:9]: [9: Las versiones indicadas son las recomendadas para trabajar en las páginas html de la AEAT con carácter general. Para páginas que no carguen el applet @Firma, también funcionan versiones anteriores.]

· Windows XP, Vista o 100% compatibles.

· Linux: distribuciones que admitan Java 7 oficial de Oracle.

· Mac OS X 10.6.8 o superior

Navegadores[footnoteRef:10]: [10: Mismo comentario que en la Nota de Página anterior.]

· Internet explorer 7 o superior

· Firefox 16 o superior

· Google Chrome

· Apple Safari

Impresora

Para imprimir la declaración es necesario tener instalado en el ordenador un visor de PDF (Adobe Acrobat Reader 7.0 o superior) e impresora.

S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..39