Impuesto Alcabala

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Impuesto de alcabala

Impuesto de alcabala #05

INTEGRANTES:ARROYO CAMPOS YESENIADE LA CRUZ LLEMPEN LILIANALLANOS RAMIREZ LOURDESPAJUELO HIDALGO GEANCARLOVILLANUEVA ALTAMIRANO NELIDA

Qu es el Impuesto de Alcabala?Es un Impuesto que grava la transferencia de propiedad de los inmuebles urbanos o rsticos a ttulo oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive la venta con reserva de dominio.

Es un Impuesto de realizacin inmediata, es decir, que se genera de manera instantnea con la dacin del negocio jurdico constituido por la transferencia de propiedad de bienes inmuebles.

Dnde debo pagar el Impuesto de Alcabala?El impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdiccin se encuentre ubicado el inmueble materia de la transferencia.Si adquiere un inmueble ubicado en el Distrito de Trujillo, le corresponder efectuar la liquidacin y/o el pago del Impuesto en la SATT: Servicio de Administracin Tributaria de Trujillo.

Quin es el obligado al pago del Impuesto?

El sujeto pasivo en calidad de contribuyente, es el comprador o adquirente del inmueble.

La base imponible del Impuesto es el valor de transferencia, el cual no podr ser menor al valor del autoavalo del inmueble correspondiente al ejercicio en que se produce la transferencia, ajustada por el ndice de Precios al por Mayor (IPM) que determina el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI).Cul es la base imponible del Impuesto de Alcabala?

Cul es la tasa del Impuesto de Alcabala?A la base imponible antes sealadaTasa del 3 %siendo de cargo exclusivo del comprador, sin admitir pacto en contrarioNo est afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por lasprimeras diez (10) UIT del valor del inmueble, calculado conforme a lo dispuesto en el artculo precedente.Cabe mencionar que este tramo de inafectacin ha tenido diversos cambios, desde que entr en vigencia la Ley de Tributacin Municipal el 01 de enero de 1994 hasta la actualidad. Ello se puede reflejar en el siguiente cuadro:De presentarse el caso actualmente de la venta de un predio cuya base imponible para efectos del Impuesto de Alcabala no supere las 10 UIT, simplemente no se genera obligacin tributaria alguna con el pago de dicho tributo, al encontrase dentro del tramo en el cual no se considera la afectacin.

Cul es el plazo para el pago del Impuesto de Alcabala?

El pago del Impuesto de Alcabala debe realizarse hasta el ltimo da hbil del mes calendario siguiente a la fecha de efectuada la transferencia. En caso contrario se aplicarn los intereses moratorios correspondientes.En caso que el da de vencimiento sea declarado inhbil se entender prorrogado el plazo hasta el primer da hbil siguiente. Si el da de vencimiento es medio da laborable, se considerar inhbil.

Cul es la forma de efectuar el pago del Impuesto de Alcabala?

El pago se efectuar al contado, sin que para ello sea relevante la forma de pago del precio de venta del bien materia del Impuesto, acordada por las partes.

En caso de tratarse de una venta en US $ qu tipo de cambio debe utilizarse?Para la determinacin de la base imponible, as como para efecto de la liquidacin del Impuesto, por una operacin en US $, Se utilizara Tipo de Cambio Promedio Venta, publicado

por laEn el

Correspondiente al da en que se produce la transferenciaEn caso de no haberse publicado, se aplicar el correspondiente al da anterior de adquirido el bien.Dnde debo pagar el Impuesto de Alcabala?El impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital en cuya jurisdiccin se encuentre ubicado el inmueble materia de la transferencia.

Por ejemplo si adquiere un inmueble ubicado en el Distrito de Trujillo, le corresponder efectuar la liquidacin y/o el pago del Impuesto en la SATT: Servicio de Administracin Tributaria de Trujillo.

Qu requisitos debe cumplirse para realizar la liquidacin del Impuesto de Alcabala?Para realizar la liquidacin del Impuesto de Alcabala, debe cumplirse con los siguientes requisitos:Presentacin de copia simple del Autoavalo del ao en que se produjo la transferencia .Presentacin de copia simple del documento que acredite la transferencia de propiedad.Exhibicin del Documento de Identidad de la persona que realiza el trmite.

Cuando de trate de bienes futuros, presentacin de copia simple del certificado de conformidad de obra o documento que acredite la existencia del bien (Ejemplo: Acta de Entrega del Bien).Cualquier otro documento que el deudor considere necesario. Recuerde que el pago del Impuesto es requisito para formalizar mediante Escritura Pblica de Transferencia, as como para su inscripcin en los Registros PblicosQu transferencias se encuentran inafectas al Impuesto de Alcabala?

Se encuentran inafecta al Impuesto de Alcabala las siguientes transferencias:Los anticipos de legtima.

Las que se produzcan por causa de muerte.

La resolucin del contrato de transferencia que se produzca antes de la cancelacin del precio.

Las transferencias de aeronaves y naves.

Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisin de propiedad.

Las producidas por la divisin y particin de la masa hereditaria, de gananciales o de condminos originarios.

Las de alcuotas entre herederos o de condminos originarios.Qu tratamiento se da a la primera venta de inmuebles que realizan las Empresas Constructoras?

La primera venta de inmuebles que realizan las Empresas Constructoras no se encuentra afecta al Impuesto de Alcabala, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno, conforme se encuentre registrado en el Autoavalo.En este caso, se tiene que presentar adems de los requisitos antes indicados, los siguientes:

Si se trata de una Empresa Constructora:Exhibir los documentos que acrediten que el transferente es una Empresa Constructora (Ejemplo: Ficha RUC de la Empresa Constructora o la Escritura Pblica de Constitucin en donde se indique o se desprenda que se dedica a la Actividad Empresarial de Construccin y/o Venta de Inmuebles).Acreditar por lo menos dos (2) ventas en los ltimos doce (12) meses (Adicionales a la venta materia de Liquidacin).En el caso de personas que no realicen actividad empresarial:

Qu entidades se encuentran inafectas al pago del Impuesto de Alcabala, por la adquisicin de propiedad inmobiliaria?

Se encuentran inafectos al pago del Impuesto de Alcabala, la adquisicin de propiedad inmobiliaria que efecten las siguientes entidades:a.-El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.b.-Los Gobiernos Extranjeros y Organismos Internacionalesc.-Entidades Religiosas.d.-Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per.e.- Universidades y Centros Educativos, conforme a la Constitucin.IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR

INTEGRANTES:ARROYO CAMPOS YESENIADE LA CRUZ LLEMPEN LILIANALLANOS RAMIREZ LOURDESPAJUELO HIDALGO GEANCARLOVILLANUEVA ALTAMIRANO NELIDA

El Impuesto al Patrimonio VehicularDe periodicidad anualGrava la propiedad de los :vehculosstation wagonscamionesbusmnibusAutomvil

Quin paga el impuesto vehicular?

Est obligado al pago el propietario del vehculo al 1 de enero de cada ao, en el que el vehculo deba tributar.

Cuntos aos se paga el impuesto Vehicular?Debe ser pagado durante 3 aos, contados a partir del ao siguiente al que se realiz la primera inscripcin en el Registro de Propiedad Vehicular.

Cul es la tasa del impuesto vehicular?

La tasa del impuesto es el 1% de la base imponibleLa base imponible del impuesto est constituida por el valor original de adquisicin, importacin o de ingreso al patrimonio, el que en ningn caso ser menor a la tabla referencial que anualmente aprueba el Ministerio de Economa y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigedad del vehculo.En ningn caso, el monto a pagar ser inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del ao al que corresponde el impuesto.

Cunto tiempo tiene el propietario para declarar el vehculo?

Si adquiere un vehculo nuevo tiene 30 das calendario posterior a la fecha de adquisicin para declararlo.De tratarse de transferencia de vehculo usado (segundo propietario) tiene hasta el ltimo da hbil de febrero del ao siguiente a la adquisicin.De no realizar esta declaracin, se le generar una multa por declarar fuera de plazo.

Pago del ImpuestoAl contado, hasta el ltimo da hbil del mes de febrero.

En forma fraccionada, hasta en 4 cuotas trimestrales (al ltimo da hbil de febrero, mayo, agosto y noviembre)

Qu requisitos debe presentar el propietario para declarar el vehculo?

Deber presentar original y copia de:Documento de Identidad.Documento que acredite la propiedad del vehculo: contrato compra venta legalizado, factura, boleta, pliza de importacin, resolucin de remate, etc.Tarjeta de Propiedad.Recibo de luz, agua o telfono donde figure su direccin actual.En el caso que el contribuyente no pueda acercarse a realizar el trmite lo podr realizar una tercera persona, quien deber presentar, adems:

De ser persona natural a quien representa:

Carta poder legalizada.Documento de identidad de quien viene a hacer el trmiteDe ser persona jurdica a quien representa:

Carta poder legalizadaDocumento de Identidad de quin viene a hacer el trmite.Ficha literal de Registros Pblicos o ficha RUC actualizada.

En caso de vender mi vehculo Qu debo hacer?

Cuando se efecte cualquier transferencia del vehculo, el vendedor debe comunicar la venta del bien, para lo cual deber presentar una declaracin de descargo hasta el ltimo da hbil del mes siguiente de realizada la transferencia. Asimismo debe cumplir con efectuar el pago del impuesto del ao en el que se produjo la transferencia. De no realizar dicha declaracin, se le generar una multa tributaria por no comunicar la transferencia a la administracin dentro del plazo establecido.Inafectaciones

Gobierno Central, Regiones y Municipalidades.Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.Entidades religiosas.Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Per.Universidades y centros educativos.Vehculos de propiedad de personas jurdicas que no formen parte de su activo fijo.

GRACIAS