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Ética Medica, Bioética, Código de Ética y Casos con implicaciones Médicas Sección 07:01 Página 1 Ética Médica El término "ética" procede de la palabra griega "étos", que significa costumbres o conducta, y tiene etimológicamente un significado equivalente al término "moral" que deriva del latín mos, moris. Aunque ambas palabras tienen el mismo significado, a la moral se le suele atribuir una connotación religiosa, mientras a la ética se le aplica un sentido más civil o secular. Sin embargo, en la práctica pueden utilizarse indistintamente para referirse a la disciplina filosófica que estudia mediante la razón “como debemos vivir”. Ética es la parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. La moral es lo relativo a las acciones o caracteres de las personas desde el punto de vista de la bondad o malicia. Es aquello que no pertenece al campo de los sentidos o de lo físico, sino al del entendimiento, conciencia o lo espiritual. Tampoco pertenece al campo jurídico, sino al fuero interno y el respeto humano La ética médica (conjunto de principios y normas morales que regulan la asistencia médica) tiene como fundamento ineludible el comportamiento y las relaciones interpersonales establecidas entre un médico (sabedor, conocedor y actor competente) y un paciente (objeto y sujeto, a la vez orgánico, social y personal), en el que aquel ve a un amigo. El Consentimiento Informado: Una pregunta que intriga a mucha gente es: ¿qué y cuanto debe saber el paciente acerca de su enfermedad, en particular de su pronóstico y tratamiento? La respuesta es según el paciente que se esté tratando; va a ser amplia, franca y específica si el paciente es una persona que se encuentra intelectual y emocionalmente preparado para aceptar lo que el médico le diga por más difícil que sea; si se trata de alguien que tiene un coeficiente cultural y mental bajo, la información será más restringida y menos específica. De todas maneras, el médico debe procurar hablar siempre en términos sencillos, claros: más sencillos y claros cuanto menos culto sea su paciente. "Ni el paciente tiene que saberlo todo, ni el médico tiene que decirlo todo". La inteligencia, es decir, el buen juicio del médico, será encargado de determinar el "que" y el "cuánto" en cada caso particular, de manera tal que el paciente, mediante esa información, pueda autodeterminar y decidir lo que más le interese. La Mentira Piadosa: Ya vimos que la autonomía del paciente está influida por lo que el médico le dice con respecto a su salud ya que de estas dependen la aprobación o negación así para que se adelanten los procedimientos diagnósticos o curativos que el médico propuso.

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Ética Medica, Bioética, Código de Ética y Casos con implicaciones Médicas

Sección 07:01 Página 1

Ética Médica

El término "ética" procede de la palabra griega "étos", que significa costumbres o conducta,

y tiene etimológicamente un significado equivalente al término "moral" que deriva del latín

mos, moris. Aunque ambas palabras tienen el mismo significado, a la moral se le suele

atribuir una connotación religiosa, mientras a la ética se le aplica un sentido más civil o

secular. Sin embargo, en la práctica pueden utilizarse indistintamente para referirse a la

disciplina filosófica que estudia mediante la razón “como debemos vivir”.

Ética es la parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. La

moral es lo relativo a las acciones o caracteres de las personas desde el punto de vista de la

bondad o malicia. Es aquello que no pertenece al campo de los sentidos o de lo físico, sino

al del entendimiento, conciencia o lo espiritual. Tampoco pertenece al campo jurídico, sino

al fuero interno y el respeto humano

La ética médica (conjunto de principios y normas morales que regulan la asistencia

médica) tiene como fundamento ineludible el comportamiento y las relaciones

interpersonales establecidas entre un médico (sabedor, conocedor y actor competente) y un

paciente (objeto y sujeto, a la vez orgánico, social y personal), en el que aquel ve a un

amigo.

El Consentimiento Informado: Una pregunta que intriga a mucha gente es: ¿qué y cuanto

debe saber el paciente acerca de su enfermedad, en particular de su pronóstico y

tratamiento?

La respuesta es según el paciente que se esté tratando; va a ser amplia, franca y específica si

el paciente es una persona que se encuentra intelectual y emocionalmente preparado para

aceptar lo que el médico le diga por más difícil que sea; si se trata de alguien que tiene un

coeficiente cultural y mental bajo, la información será más restringida y menos específica.

De todas maneras, el médico debe procurar hablar siempre en términos sencillos, claros:

más sencillos y claros cuanto menos culto sea su paciente. "Ni el paciente tiene que saberlo

todo, ni el médico tiene que decirlo todo". La inteligencia, es decir, el buen juicio del

médico, será encargado de determinar el "que" y el "cuánto" en cada caso particular, de

manera tal que el paciente, mediante esa información, pueda autodeterminar y decidir lo

que más le interese.

La Mentira Piadosa: Ya vimos que la autonomía del paciente está influida por lo que el

médico le dice con respecto a su salud ya que de estas dependen la aprobación o negación

así para que se adelanten los procedimientos diagnósticos o curativos que el médico

propuso.

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Para tomar la decisión, el paciente o sus allegados, confían en la honestidad del médico al

brindar la información; “la verdad es la virtud que acompaña a la información que da el

médico”. El derecho de autonomía en Ética Médica, viéndolo bien, es dependiente del

médico, pues se supedita al criterio suyo, que puede ser bueno o pude ser mal intencionado.

Si es con buena intención la información se supone que irá a favorecer al paciente, en tanto

que la mala intención se encaminará a favorecer los intereses del médico. Sin embargo, aun

cuando parezca paradójico, la rectitud en términos de veracidad puede en ocasiones

lesionar o afectar los intereses del paciente. La verdad escueta es a veces más dañina que la

verdad velada, sutil, o que la mentira piadosa.

El Secreto Profesional: En el “Juramento de Hipócrates” se obliga a “guardar y respetar

los secretos a mí confiados”, pero es más explícito el Artículo 37, 38 Y 39 de la ley 23:

“Artículo 37: Entiéndase por secreto profesional médico aquello que no es ético o lícito

revelar sin justa causa. El médico está obligado a guardar el secreto profesional en todo

aquello que por razón del ejercicio de su profesión haya visto, oído o comprendido, salvo

en los casos contemplados por disposiciones legales.”

“Artículo 38: Teniendo en cuenta los consejos que dicte la prudencia la revelación del

secreto profesional se podrá hacer:

Enfermo en aquellos que estrictamente le concierne y convenga.

A los familiares del enfermo, si la revelación es útil al tratamiento.

A los responsables del paciente, cuando se trate de menores de edad o de personas

mentalmente incapaces.

A las autoridades judiciales o de higiene y salud, en los casos previstos por la ley.

A los interesados, cuando por efectos físicos irremediables o enfermedades graves

infecto - contagiosas o hereditarias, se ponga en peligro la vida del cónyuge o la de

su descendencia.

Valores éticos de la profesión medica

Humanismo Médico: Ser benevolente, siempre hacer el bien, dedicando todos los

esfuerzos y conocimientos científicos y técnicos a la prevención, recuperación,

rehabilitación y promoción de la salud humana.

Responsabilidad: Compromiso permanente, personal y voluntario del médico con

el paciente y con las demás tareas

Honestidad: Demostración de un sincero interés por el paciente, valorándolos por

igual, independientemente de las posibilidades económicas, parentesco y relación

personal; rechazo al soborno y a la mentira, actuando de buena fe, con justeza.

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Principios Fundamentales de la Ética Médica:

Principio de autonomía

La autonomía expresa la capacidad para darse normas o reglas a uno mismo sin influencia

de presiones externas o internas. El principio de autonomía tiene un carácter imperativo y

debe respetarse como norma, excepto cuando se dan situaciones en que las personas puedan

no ser autónomas o presenten una autonomía disminuida (personas en estado vegetativo o

con daño cerebral, etc.), en cuyo caso será necesario justificar por qué no existe autonomía

o por qué ésta se encuentra disminuida. En el ámbito médico, el consentimiento informado

es la máxima expresión de este principio de autonomía, constituyendo un derecho del

paciente y un deber del médico, pues las preferencias y los valores del enfermo son

primordiales desde el punto de vista ético y suponen que el objetivo del médico es respetar

esta autonomía porque se trata de la salud del paciente.

Principio de beneficencia

Obligación de actuar en beneficio de otros, promoviendo sus legítimos intereses y

suprimiendo prejuicios. En medicina, promueve el mejor interés del paciente pero sin tener

en cuenta la opinión de éste. Supone que el médico posee una formación y conocimientos

de los que el paciente carece, por lo que aquél sabe (y por tanto, decide) lo más conveniente

para éste. Es decir "todo para el paciente pero sin contar con él".

Un primer obstáculo al analizar este principio es que desestima la opinión del paciente,

primer involucrado y afectado por la situación, prescindiendo de su opinión debido a su

falta de conocimientos médicos. Sin embargo, las preferencias individuales de médicos y de

pacientes pueden discrepar respecto a qué es perjuicio y qué es beneficio. Por ello, es difícil

defender la primacía de este principio, pues si se toman decisiones médicas desde éste, se

dejan de lado otros principios válidos como la autonomía o la justicia.

Principio de no maleficencia (primum non nocere)

Abstenerse intencionadamente de realizar acciones que puedan causar daño o perjudicar a

otros. Es un imperativo ético válido para todos, no sólo en el ámbito biomédico sino en

todos los sectores de la vida humana. En medicina, sin embargo, este principio debe

encontrar una interpretación adecuada pues a veces las actuaciones médicas dañan para

obtener un bien. Entonces, de lo que se trata es de no perjudicar innecesariamente a otros.

El análisis de este principio va de la mano con el de beneficencia, para que prevalezca el

beneficio sobre el perjuicio.

Las implicaciones médicas del principio de no maleficencia son varias: tener una formación

teórica y práctica rigurosa y actualizada permanentemente para dedicarse al ejercicio

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profesional, investigar sobre tratamientos, procedimientos o terapias nuevas, para mejorar

los ya existentes con objeto de que sean menos dolorosos y lesivos para los pacientes;

avanzar en el tratamiento del dolor; evitar la medicina defensiva y, con ello, la

multiplicación de procedimientos y/o tratamientos innecesarios.

Aparece por primera vez en el Informe Belmont (1978).

Principio de justicia

Tratar a cada uno como corresponda, con la finalidad de disminuir las situaciones de

desigualdad (ideológica, social, cultural, económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en

el ámbito sanitario la igualdad entre todos los hombres es sólo una aspiración, se pretende

que todos sean menos desiguales, por lo que se impone la obligación de tratar igual a los

iguales y desigual a los desiguales para disminuir las situaciones de desigualdad.

El principio de justicia puede desdoblarse en dos: un principio formal (tratar igual a los

iguales y desigual a los desiguales) y un principio material (determinar las características

relevantes para la distribución de los recursos sanitarios: necesidades personales, mérito,

capacidad económica, esfuerzo personal, etc.).

Las políticas públicas se diseñan de acuerdo con ciertos principios materiales de justicia. En

España, por ejemplo, la asistencia sanitaria es teóricamente universal y gratuita y está, por

tanto, basada en el principio de la necesidad. En cambio, en Estados Unidos la mayor parte

de la asistencia sanitaria de la población está basada en los seguros individuales contratados

con compañías privadas de asistencia médica.

Para excluir cualquier tipo de arbitrariedad, es necesario determinar qué igualdades o

desigualdades se van a tener en cuenta para determinar el tratamiento que se va a dar a cada

uno. El enfermo espera que el médico haga todo lo posible en beneficio de su salud. Pero

también debe saber que las actuaciones médicas están limitadas por una situación impuesta

al médico, como intereses legítimos de terceros.

La relación médico-paciente se basa fundamentalmente en los principios de beneficencia y

de autonomía, pero cuando estos principios entran en conflicto, a menudo por la escasez de

recursos, es el principio de justicia el que entra en juego para mediar entre ellos. En

cambio, la política sanitaria se basa en el principio de justicia, y será tanto más justa en

cuanto que consiga una mayor igualdad de oportunidades para compensar las

desigualdades.

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Bioética

El término “bioética” fue utilizado por primera vez por V. R. Potter hace poco más de

treinta años (Potter, 1970). Con este término aludía Potter a los problemas que el inaudito

desarrollo de la tecnología plantea a un mundo en plena crisis de valores. Urgía así a

superar la actual ruptura entre la Ciencia y la Tecnología de una parte y las Humanidades

de otra. Ésta fisura hunde sus raíces en la asimetría existente entre el enorme desarrollo

tecnológico actual que otorga al hombre el poder de manipular la intimidad del ser humano

y alterar el medio, y la ausencia de un aumento correlativo en su sentido de responsabilidad

por el que habría de obligarse a sí mismo a orientar este nuevo poder en beneficio del

propio hombre y de su entorno natural.

La bioética surge por tanto como un intento de establecer un puente entre ciencia

experimental y humanidades (Potter, 1971) . De ella se espera una formulación de

principios que permita afrontar con responsabilidad –también a nivel global- las

posibilidades enormes, impensables hace solo unos años, que hoy nos ofrece la tecnología.

Bioética y ética médica

¿Acaso esta nueva disciplina viene a sustituir a la ética médica, disciplina que hasta

hace poco ha venido guiando al profesional de la salud? En absoluto. Por el contrario,

la ética médica permanece como matriz rectora y a la vez parte principal de la

bioética. Así se deduce de la definición de bioética de la “Encyclopaedia of

Bioethics”: estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de las ciencias

de la vida y de la salud, analizada a la luz de los valores y principios

morales" (Reich, 1978).

La ética médica no es sólo una parte de la bioética, sino que goza además de especial

relevancia en el conjunto de la nueva disciplina. Por la riqueza de su tradición

científica y humana - ausente en el resto de la bioética- posee un especial valor que

no puede ser ignorado. La pretensión ilusoria de construir una “ética nueva” que

habría de romper con la ética tradicional no sólo carece de fundamento sino que deja

traslucir una notable ignorancia. Ciertamente la bioética – y con ella la ética médica-

afronta hoy problemas nuevos, pero cuenta con los mismos medios de siemprepara

resolverlos: el uso juicioso de la razón y la luz de los valores y principios coherentes

con la específica forma de ser del hombre. No puede ser de otra forma.

Por el contrario, sí resulta nuevo el talante dialogante, tolerante y respetuoso que

preside el ejercicio bioético. Así lo exige la diversidad cultural e ideológica del

mundo actual. Sin embargo, ser tolerante no significa rebajar las exigencias de la

realidad, ni el reconocimiento de sus auténticas implicaciones éticas. Traduce en

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cambio la conciencia de que sólo una actitud de diálogo abierto y honesto, respetuoso

con la legítima libertad de las conciencias, puede permitirnos avanzar juntos hacia el

reconocimiento de los valores y principios auténticos.

Los cuatro principios de la bioética

Pretenden dar contenido al esbozo moral que supone la declaración del valor y dignidad de

la persona.

Principio de no maleficencia

Este principio ya se formuló en la medicina hipocrática: Primum non nocere, es decir, ante

todo, no hacer daño al paciente. Se trata de respetar la integridad física y psicológica de la

vida humana. Es relevante ante el avance de la ciencia y la tecnología, porque muchas

técnicas pueden acarrear daños o riesgos. En la evaluación del equilibrio entre daños-

beneficios, se puede cometer la falacia de creer que ambas magnitudes son equivalentes o

reducibles a análisis cuantitativo. Un ejemplo actual sería evaluar el posible daño que

pudieran ocasionar organismos genéticamente manipulados, o el intento de una terapia

génica que acarreara consecuencias negativas para el individuo.

Principio de beneficencia

Se trata de la obligación de hacer el bien. Es otro de los principios clásicos hipocráticos. El

problema es que hasta hace poco, el médico podía imponer su propia manera de hacer el

bien sin contar con el consentimiento del paciente (modelo paternalista de relación médico-

paciente). Por lo tanto, actualmente este principio viene matizado por el respeto a la

autonomía del paciente, a sus valores, cosmovisiones y deseos. No es lícito imponer a otro

nuestra propia idea del bien.

Este principio positivo de beneficencia no es tan fuerte como el negativo de evitar hacer

daño. No se puede buscar hacer un bien a costa de originar daños: por ejemplo, el "bien" de

la experimentación en humanos (para hacer avanzar la medicina) no se puede hacer sin

contar con el consentimiento de los sujetos, y menos sometiéndolos a riesgos desmedidos o

infligiéndoles daños. Como dice Hans Jonas (1997 edición española), aunque la humanidad

tiene un interés en el avance de la ciencia, nadie puede imponer a otros que se sacrifiquen

para tal fin. Matizado de esta manera, el principio de beneficencia apoya el concepto de

innovar y experimentar para lograr beneficios futuros para la humanidad, y el de ayudar a

otros (especialmente a los más desprotegidos) a alcanzar mayores cotas de bienestar, salud,

cultura, etc., según sus propios intereses y valores.

También se puede usar este principio (junto con el de justicia) para reforzar la obligación

moral de transferir tecnologías a países desfavorecidos con objeto de salvar vidas humanas

y satistacer sus necesidades básicas.

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Principio de autonomía o de libertad de decisión

Se puede definir como la obligación de respetar los valores y opciones personales de cada

individuo en aquellas decisiones básicas que le atañen vitalmente. Supone el derecho

incluso a equivocarse a la hora de hacer uno mismo su propia elección. De aquí se deriva el

consentimiento libre e informado de la ética médica actual.

Principio de justicia

Consiste en el reparto equitativo de cargas y beneficios en el ámbito del bienestar vital,

evitando la discriminación en el acceso a los recursos sanitarios. Este principio impone

límites al de autonomía, ya que pretende que la autonomía de cada individuo no atente a la

vida, libertad y demás derechos básicos de las otras personas.

Se pueden plantear conflictos no sólo entre miembros coetáneos de un mismo país, sino

entre miembros de países diferentes (p. ej., acceso desigual a recursos naturales básicos), e

incluso se habla de justicia para con las generaciones futuras.

Nuestra cultura ha sido más sensible al principio de autonomía, a costa del principio de

justicia, pero es posible que la misma crisis ecológica nos obligue a cambiar este énfasis.

La justicia e igualdad de los derechos de los seres humanos actuales y la preservación de

condiciones viables y sostenibles para las generaciones futuras pueden hacer aconsejable, e

incluso obligatoria, una cierta limitación del principio de autonomía, sobre todo en una

sociedad de mercado que espolea el deseo desmedido de nuevos servicios y bienes, y en la

que el individuo atomizado reclama ilimitadamente "derechos" de modo narcisista (H.

Jonas: El principio de responsabilidad).

Los países industrializados, con menos población que los paises pobres, contaminan más y

derrochan más recursos. Las sociedades opulentas deberían bajar del pedestal la autonomía

desmedida que va en detrimento del desarrollo justo y viable para todos.

División de la bioética

Podemos dividir la bioética en una parte general o fundamental y una parte especial o

aplicada. La bioética general se ocupa de los fundamentos éticos, de los valores y

principios que deben dirigir el juicio ético y de las fuentes documentales de la

bioética (códigos médicos, derecho nacional e internacional, normas deontológicas y

otras fuentes que enriquecen e iluminan la discusión, como las biográficas, literarias o

religiosas). La bioética especial se ocupa de dilemas específicos, tanto del terreno

médico y biomédico como referentes al ámbito político y social: modelos de

asistencia sanitaria y distribución de recursos, la relación entre el profesional de la

salud y el enfermo, prácticas de medicina prenatal, el aborto, la ingeniería genética,

eugenesia, eutanasia, trasplantes, experimentos con seres humanos, etc.

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Es claro que el enfoque que se dé a la fundamentación (bioética general) condicionará

las posibles soluciones que se ofrezcan a los dilemas (bioética especial). Así ocurre

con el rechazo de la eutanasia en un modelo bioético basado en la búsqueda de la

verdad sobre el hombre y en el reconocimiento y respeto de su especial dignidad, o –

por el contrario- la entusiasta aceptación de la eutanasia en los modelos relativistas

basados en la autonomía absoluta de la libertad individual.

En ocasiones se habla de bioética clínica o toma de decisiones. En ella se examinan

dilemas nacidos en el ejercicio asistencial de la medicina, analizándose los valores

éticos en juego y los medios concretos disponibles para resolver el conflicto de la

mejor manera. Si bien el caso particular presenta matices a considerar y priorizar, la

conducta no debería entrar en contradicción con los valores utilizados en la bioética

en general.

Código de Ética del Colegio Médico

CONSIDERANDO

1 Que la Ley Orgánica del Colegio Médico de Honduras en el Capítulo I, Artículo 3, inciso

c), le confiere al mismo “una función ética, cual es, la de mantener incólume la integridad

de la moral profesional y el prestigio del gremio que la sustenta”

CONSIDERANDO

2 Que los principios éticos son parte de la conducta moral, de la cultura y del respeto a los

valores universales en el ejercicio de la profesión médica y dentro de la sociedad.

CONSIDERANDO

3 Que es imperativo la existencia del Código de Ética del Colegio Médico de Honduras

fundamentados en principios que promuevan la conducta moral en el ejercicio de la

profesión médica y en la sociedad.

CONSIDERANDO

4 Que el comportamiento ético de los profesionales de la medicina en sus diversas

funciones debe respetar y apegarse al conjunto de valores y principios morales ratificados

en el presente Código.

La Asamblea del Colegio Médico de Honduras como órgano supremo aprueba en todas y

cada una de sus partes el presente Código de Ética del Colegio Médico de Honduras.

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CAPITULO I

DECLARACION DE PRINCIPIOS

ARTICULO 1. El Código de Ética del Colegio Médico de Honduras, es el conjunto de

principios éticos y morales que dentro de su función gremial orienta a todos los médicos

que como tales, ejercen su profesión y que están en el deber ineludible de ajustar su

conducta a lo referido en el presente Código: Respeto a la dignidad humana, a la vida y a

los derechos humanos.

CAPITULO II

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 2. El presente Código de Ética del Colegio Médico de Honduras debe ser

respetado por todos los médicos que ejerzan temporal o permanentemente la profesión en el

territorio nacional, en conformidad con sus leyes y reglamentos.

ARTICULO 3. El médico en la actividad propia de su profesión debe velar por los

derechos y deberes de quien requiere sus servicios, manteniendo siempre como cualidad,

con el prójimo y consigo mismo el honor y la dignidad.

CAPITULO III

RELACIONES DE LOS MEDICOS CON LA SOCIEDAD

ARTICULO 4. El médico tiene el deber primario de servir a la humanidad, con lealtad a su

país y con el pueblo, a través de la atención personal, familiar y/o comunitaria de quienes

necesiten de sus servicios. En consecuencia no hará discriminación por religión, raza, edad,

género, nacionalidad u origen, clase social, afiliación política, condición económica, estado

de salud, situación legal o de otra naturaleza.

ARTICULO 6. Bajo ningún pretexto o circunstancia podrá el profesional médico asociarse

o vincularse ni siquiera transitoriamente, con quienes ejerzan ilegalmente la práctica

médica.

CAPITULO IV

RELACIONES ENTRE COLEGAS

ARTICULO 7. Es deber del médico que las relaciones con sus colegas sean basadas en el

respeto, tolerancia y consideración a las funciones de su ejercicio profesional, sea cual

fuere la relación jerárquica o el nivel de especialización que exista entre ellos.

CAPITULO V

INVESTIGACIÓN EN SALUD

ARTICULO 10. Las investigaciones en el campo de la salud, deben estar apegadas a los

convenios, convenciones, tratados, códigos y declaraciones de ética tanto nacionales como

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internacionales, que sirven de marco de referencia para delinear los principios éticos de

toda investigación en seres humanos. .

ARTICULO 13. Al publicar los trabajos científicos el investigador debe apegarse a los

principios éticos de autoría, publicando a su nombre exclusivamente aquellos trabajos en

los que ha participado activamente en el diseño y desarrollo de los mismos, incluyendo

como coautores a los otros profesionales que hayan participado directamente bajo su

orientación.

CAPITULO VI

SECRETO MEDICO

ARTICULO 14. Se entiende por secreto médico al acto de salvaguardar la información

que por razón del ejercicio profesional, llegue al conocimiento del médico en la relación

médico paciente y su contexto, ya sea porque le fue confiada, o porque la observó o la

intuyó. Esta información no debe ser compartida salvo previo consentimiento del paciente,

por daño al mismo o a terceros.

CAPITULO VII

ÉTICA EN LAS INSTITUCIONES ASISTENCIALES

ARTICULO 19. El médico está en libertad de elegir la prestación de sus servicios

profesionales en instituciones públicas o privadas, siempre y cuando no se violen los

principios éticos y legales.

ARTICULO 20. En el ejercicio de su profesión el médico cumplirá sus deberes y velará

por la observancia de sus derechos institucionales, los de los pacientes o de otros a los que

involucre su quehacer profesional.- La institución deberá proveer los recursos apropiados

para el buen desempeño de sus funciones.

CAPITULO VIII

RELACIÓN MÉDICO PACIENTE

ARTICULO 26. La relación médico paciente se entenderá como la comunicación fluida,

sincera y honesta en función de satisfacer una necesidad, tanto del que pretende curar un

mal ajeno como del que busca el servicio para su dolencia, en el entendido que dicha

comunicación se extenderá al entorno del paciente y sus familiares con el único objetivo de

que puedan estos últimos coadyuvar en el restablecimiento de su salud.

ARTICULO 27. La relación médico paciente, se basa en un mutuo respeto de la dignidad

de las personas que la establecen, cuyo valor moral es invaluable y que se acrecienta con la

conducta de servicio del médico a quien se ha consultado para la satisfacción de una

necesidad.- Ninguno puede obligar al otro a violentar sus propias convicciones.

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ARTICULO 37. El médico no abandonará a su paciente por ser portador de una

enfermedad incurable y/o contagiosa, sino más bien le atenderá aplicando las normas

básicas de bioseguridad para evitar el contagio que pueda poner en riesgo su salud, la de su

familia o la de otros pacientes.

ARTICULO 38. El médico emitirá sus dictámenes con objetividad, imparcialidad y

veracidad observando las normas ético-morales.

CAPITULO IX

HONORARIOS PROFESIONALES.

ARTICULO 39. El Médico tiene derecho a recibir remuneración por su trabajo, la cual

constituye su medio normal de subsistencia. Es entendido que el trabajo o servicio del

médico solo lo beneficiará a él y a quien lo reciba y nunca a terceras personas que

pretendan explotarlo comercial o políticamente.

ARTICULO 40. El ejercicio profesional de la medicina será remunerado de acuerdo a las

circunstancias de cada caso, tales como la importancia y calidad del servicio prestado,

naturaleza de la enfermedad, situación económica y social del paciente y el tiempo

dedicado a su atención.

ARTICULO 47. El médico que labore en una entidad pública no aprovechará su

vinculación con dicha institución para inducir al paciente a que utilice sus servicios en el

ejercicio privado de su profesión, ni podrá percibir honorarios relacionados con este caso en

particular.

ARTICULO 48. En el caso de honorarios profesionales por consultoría, peritajes sobre

problemas de salud pública y elaboración de dictámenes a solicitud de entidades

gubernamentales y no gubernamentales, deberán regirse por los principios éticos que señale

este código.

CAPITULO X

ETICA EN LA ACTIVIDAD ACADEMICA

ARTICULO 49. El médico dedicado a la actividad académica, enseñará las normas éticas

de manera teórica y práctica en su quehacer diario, transmitiendo conocimientos a través

del ejercicio de la profesión, con miras a preservar la salud de las personas y de la

comunidad, haciendo énfasis en que el amor y el respeto al ser humano son la base de la

buena práctica médica.

ARTICULO 50. El médico enseñará y practicará con el ejemplo, el principio de hacer bien

a los demás, respetando el legado de Hipócrates: “Primero no hagan daño” (Primun non

nocere).

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ARTICULO 53. El médico docente respetará el principio de autonomía de cada alumno y

guardará para ellos, la consideración, aprecio y respeto que se merecen, dándoles un trato

justo, humanizado y digno, sin menoscabo del cumplimiento de sus deberes.

ARTICULO 55. El médico docente no debe tener predilección o discriminación para con

sus alumnos, sabiendo que todos tienen los mismos derechos, independientemente de sus

capacidades, condición social, política, económica o religiosa, raza y género.

CAPITULO XI

EL MEDICO Y LOS DERECHOS HUMANOS

ARTICULO 59. Con respecto a la protección de presos y detenidos, contra la tortura y

otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes se estipula que es una grave

contravención a la ética médica que los médicos y el personal de salud bajo su cargo, tome

parte activa o pasiva, en actos que constituyen participación, complicidad, incitamiento,

intentos de tortura u otro trato cruel, inhumano o degradante.

ARTICULO 60. El médico deberá informar o denunciar los casos de tortura o trato cruel,

inhumano o degradante de los que tenga conocimiento y dependiendo de las circunstancias,

el informe o la denuncia será dirigida a las autoridades médicas, legales, nacionales o

internacionales, a las organizaciones no gubernamentales o a la Corte Penal Internacional.

Así mismo los médicos deben ser prudentes en este asunto y tomar en cuenta los protocolos

internacionales de denuncia.

CAPITULO XII

EL MEDICO ANTE EL PACIENTE CRITICO Y EL PACIENTE EN ESTADO

TERMINAL

ARTICULO 72. No es ético admitir la existencia de un período en que la vida humana

carezca de valor, por lo que todo médico ha de dedicar sus mejores esfuerzos a proteger la

vida y en ningún momento se debe arrogar el derecho de disponer sobre la misma.

ARTICULO 73. El médico nunca provocará intencionalmente la muerte de un paciente

por propia decisión, ni cuando el paciente y/o sus allegados lo soliciten o por cualquier otra

exigencia, pues la eutanasia es contraria a la ética médica.

CAPITULO XIII

DE LA DONACION Y TRANSPLANTE DE ORGANOS

ARTICULO 78. La profesión médica reconoce que la donación y trasplante de órganos

implica un significativo avance del conocimiento científico en pro de la salud y el bienestar

de la humanidad.

ARTICULO 79. Es obligación moral y ética del Colegio Médico de Honduras vigilar que

todas las prácticas relacionadas con la donación y trasplante de órganos humanos se

realicen dentro de los principios fundamentales del respeto y dignidad de la persona

humana.

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Casos Médicos con Implicaciones Éticas

Caso clínico I

El Dr. “Adam”, cirujano con experiencia y conocimientos, está a punto de terminar su turno

de noche en un hospital público pequeño. Una joven es llevada al hospital. La paciente

tiene una hemorragia vaginal y mucho dolor. El Dr. P la examina y decide que bien ha

tenido una pérdida o un aborto provocado por ella misma. Realiza una rápida dilatación y

un raspaje y le pide a la enfermera que pregunte a la paciente si puede costear su

hospitalización hasta que pueda ser seguro que sea dada de alta.

Análisis del caso

Conforme al análisis de la relación médico-paciente que se presenta en este capítulo, La

conducta del Dr. “Adam” fue deficiente en varios aspectos:

1) comunicación: no trató de comunicarse con la paciente o su madre para conocer la causa

de su estado, opciones de tratamiento o si podía cubrir su hospitalización mientras se

recuperaba;

2) consentimiento: no obtuvo su consentimiento informado para el tratamiento;

3) compasión: su actitud con ella demostró poca compasión por su situación difícil. Su

tratamiento quirúrgico puede haber sido muy bueno y puede haber estado cansado al final

de un largo turno, pero esto no justifica su actuación antiética

Además de ello podemos encontrar en el Capítulo III del Articulo # 4 del Código de ética

del CMH que

“…En consecuencia el médico no hará discriminación por religión, raza, edad, género,

nacionalidad u origen, clase social, afiliación política, condición económica, ESTADO DE

SALUD, situación legal o de otra naturaleza.”

Caso clínico II

La Dra. “Martha” se siente cada vez más frustrada con los pacientes que la van a consultar

antes o después de ir a otro médico por la misma dolencia. Ella considera que esto es una

pérdida de recursos de salud y también contraproducente para la salud de los pacientes.

Esta doctora decide decirles a sus pacientes que no los seguirán atendiendo si continúan

consultando a otros médicos por la misma dolencia. Ella tiene intenciones de hablar con su

asociación médica nacional para que presionen al Gobierno y que evite este mal uso de los

recursos de salud.

Ética Medica, Bioética, Código de Ética y Casos con implicaciones Médicas

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Análisis del caso

La Dra. “Martha” tiene razón al considerar el impacto que tendrá la conducta de su paciente

en la sociedad. Sin embargo, los médicos como la Dra. “Martha”. deben tener cuidado al

enfrentar situaciones como esta. Con frecuencia, los pacientes no pueden tomar decisiones

totalmente racionales debido a una variedad de razones y pueden necesitar bastante tiempo

y educación sobre la salud para que logren entender qué es lo mejor para ellos y para los

demás.

Podemos encontrar en el Capítulo IV Articulo # 9 Código de ética del CMH los

lineamientos para dirigirnos en nuestra relación médico-sociedad:

El médico que fuera convocado para emitir opinión o remplazar a otro médico en la

atención de un paciente, deberá abstenerse de atenderlo si constatare o tuviere

conocimiento de que el médico tratante no ha sido convenientemente advertido del hecho

por parte del paciente.

Caso clínico III

El Dr. “Martin”, nuevo anestesista en un hospital de la ciudad, está muy preocupado por la

conducta del cirujano jefe en la sala de operaciones, ya que utiliza técnicas obsoletas que

prolongan las operaciones y producen más dolor postoperatorio y aumentan el tiempo de

recuperación. Además, con frecuencia se burla en forma grosera de sus pacientes, lo que

evidentemente molesta a las enfermeras que lo asisten. Puesto que el Dr. “Martin” acaba de

integrarse al personal, no se atreve a criticar al cirujano personalmente o a informar a sus

autoridades superiores; sin embargo, siente que debe hacer algo para mejorar la situación

Análisis del caso

El Dr. “Martin” tiene razón de estar preocupado por la conducta del cirujano jefe en la sala

de operaciones. No sólo pone en peligro la salud del paciente, sino que no tiene respeto por

el paciente y sus colegas. El Dr. “Martin”. Tiene el deber ético de no ignorar esta conducta

y hacer algo al respecto. Un primer paso es no indicar ninguna aprobación de la conducta

ofensiva, por ejemplo, reírse de los chistes. Si el Dr. “Martin” piensa que hablar con el

cirujano sobre el asunto podría dar resultados, debe hacerlo. De lo contrario, quizá tenga

que dirigirse en forma directa a las autoridades superiores en el hospital. Si ellas no están

dispuestas a enfrentar la situación, entonces puede ponerse en contacto con el organismo

que otorga las licencias de los médicos y pedir una investigación.

Ética Medica, Bioética, Código de Ética y Casos con implicaciones Médicas

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Caso clínico IV

La Dra. “Fernanda”, médico general en un pequeño pueblo rural, ha sido contactada por

una organización de investigación por contrato (OI C) para participar en un ensayo clínico

de un nuevo antiinflamatorio no esteroideo (AIN E) para la osteoartritis. Le ofrecen una

cantidad de dinero por cada paciente que inscriba en el ensayo. El representante de la

organización le asegura que el ensayo cuenta con todas las autorizaciones necesarias,

incluida la del comité de revisión ética. La Dra. “Fernanda”. Nunca ha participado en un

ensayo antes y está contenta de tener esta oportunidad, en especial con dinero extra, por lo

que acepta sin averiguar más sobre los aspectos científicos y éticos del ensayo

Análisis del caso

La Dra. “Fernanda”. no debería haber aceptado tan rápidamente. Primero ella debe

averiguar más sobre el proyecto y asegurarse de que reúne los requisitos de una

investigación ética. En particular, debe pedir ver el protocolo que se presentó al comité de

revisión ética y todos los comentarios o condiciones que el comité emitió sobre el proyecto.

Ella sólo debe participar en proyectos relacionados con su ámbito de práctica y debe estar

conforme con el mérito científico y el valor social del proyecto. Si estima que no es capaz

de evaluar el proyecto, ella debe pedir asesoría a colegas en centros más grandes. Debe

asegurarse que actuará por el bienestar de sus pacientes y que sólo incluirá a los que no

verán afectados con el cambio de su tratamiento actual por uno experimental o por un

placebo. La doctora debe poder explicar las alternativas a sus pacientes, de manera que

ellos puedan dar su consentimiento totalmente informados para su participación o su

exclusión. No debe acordar incluir una cantidad fija de pacientes en la investigación, ya que

esto puede que la lleve a presionar a los pacientes para que acepten, quizás contra sus

mejores intereses. Debe controlar cuidadosamente a los pacientes que participan en el

estudio por si hay incidentes adversos inesperados y debe estar preparada a tomar medidas

rápidas de corrección. Por último, ella debe comunicar a sus pacientes los resultados de la

investigación cuando éstos estén disponibles.

El Capitulo en el Artículo # 11 del Código de ética del CMH nos dice:

“Todo estudio de investigación debe basarse en los principios de beneficencia, justicia y

respeto por la persona.”

Y también tenemos el Capitulo V Artículo # 12 Código de ética del CMH en donde los

siguientes incisos nos ilustran la actitud a tomar en estos casos:

Inciso D: Los beneficios de la investigación para los individuos participantes deben

sobrepasar los riesgos.

Ética Medica, Bioética, Código de Ética y Casos con implicaciones Médicas

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Inciso E: Obtener consentimiento del individuo que participará en la investigación, o de su

representante legal en caso de no poder tomar la decisión por sí mismo por ser menor de

edad o tener alteraciones de la conciencia. Involucrados en la participación.

Caso clínico V

Sara tiene 15 años y vive en una ciudad donde las agresiones sexuales son cada vez más

frecuentes. Ella va a su clínica para pedir una prescripción de anticonceptivos orales a fin

de protegerse de un embarazo en caso que sea víctima de una agresión sexual. Sara le dice

que no quiere que sus padres se enteren que usará anticonceptivos porque pensarán que

desea tener relaciones sexuales con su novio. Usted sospecha de las razones que le da Sara,

pero al mismo tiempo admira su determinación para evitar el embarazo. Usted le aconseja

que venga a verle a la clínica con sus padres para conversar el asunto. Tres días más tarde

ella vuelve a visitarle sola y le cuenta que trató de hablar con sus padres sobre el tema, pero

que ellos no quisieron hablar del asunto. ¿Qué debe hacer usted ahora?

Caso clínico VI

Max nació a las 23 semanas de embarazo y está con respirador porque sus pulmones no

están bien desarrollados. Además sufre de hemorragia cerebral pues los tejidos de los vasos

todavía no son estables. Es poco probable que sobreviva en las próximas semanas y si lo

hace es posible que quede con una grave discapacidad mental y física. El estado de Max se

empeora cuando atrapa una gran infección intestinal, podría ser posible extirpar la parte

inflamada del intestino, lo que le dejaría una mínima posibilidad de vida. Sus padres no dan

su consentimiento porque no quieren que Max sufra con la operación y piensan que su

calidad de vida nunca será suficiente. Como médico tratante usted considera que se le debe

operar y se pregunta cómo enfrentar el rechazo de los padres.

Análisis del caso

Ambos casos tienen mucha similitud ya que se trata del consentimiento de dos pacientes

incapaces de tomar decisiones por sí mismos, pero con tutores incapaces de tomar una

decisión acerca de los cuidados que se le deben brindar a estos menores asique aplicamos

el artículo # 32 del capítulo VIII:

Cuando el paciente no estuviese en condiciones de dar su consentimiento a la actuación

médica y resultare imposible obtenerlo de su familia o personas legalmente responsables, el

médico deberá actuar con diligencia en la búsqueda de la protección de la vida y dignidad

humana.