Unidad didactica iv

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2013

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FUNDAMENTOS DE EDUCACIÓN

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2013

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SISTEMAS DE REGULACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN

SUPERIOR DE PANAMA Y DE COLOMBIA EN EL MARCO DE LO

ESTABLECIDO POR LA LEY 30 DE AMBOS PAISES.

OBJETIVOS

Realizar un estudio comparativo de los sistemas de regulación que

permiten implementar los marcos normativos de la ley 30 de educación en

Colombia y Panamá.

Identificar las entidades y sus respectivos componentes supletorios para la

implementación de los mecanismos legales diseñados para regular, vigilar,

controlar y aprobar las IES y programas de educación superior en Colombia

y Panamá.

Describir los logros y avances del proceso de acreditación de educación

superior en Colombia y Panamá teniendo en cuenta la estructura de

aseguramiento y operacionalidad de los mismos.

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INTRODUCCIÓN

La educación superior se puede considerar como motor fundamental en el

desarrollo económico, social y cultural de una sociedad desarrollada, a través de

la misma se contemplan los ejes productivos en donde concatenan el sector

empresarial, la universidad y la sociedad.

Las políticas internacionales no son ajenas a la constitución interna de la

estructura jurídica de las universidades y particularmente Colombia y Panamá,

están en constantes procesos de transformación, motivo por el cual este trabajo

destaca la importancia de los marcos normativos estipulados en la ley 30 de 1992

y la Ley 30 de 2006.

Es de anotar que todo proceso de índole social está regido constitucionalmente, a

saber, Colombia plantea la educación como derecho público y gratuito en su

artículo 67 Constitución Política al igual que la gaceta oficial de Panamá.

La necesidad de crear un sistema de educación superior que cumpla con los

estándares mínimos, a través de la inspección, control, vigilancia y mejoramiento

de la calidad de la educación universitaria, propósito por el cual se promulgan las

leyes 30 de educación superior en ambos países.

Se analizara la función de algunos órganos que apoyan la ejecución de los marcos

normativos anteriormente citados: como CNA, ICFES, CONACES y Ministerio de

Educación Nacional de Colombia y su importancia en los procesos de

aseguramiento de la calidad y se confrontaran con la CONEAUPA, CTF y Otras

entidades como el Ministerio de Educación de la República Panamá.

Por último se estimara el total de universidades que han superado el procesos de

acreditación, los logros y avances generales así como la dificultades que han

experimentado durante el desarrollo de esta etapa.

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COLOMBIA PANAMÁ

Constitución Política:

Artículo 67, establece que la

Educación Superior es un

servicio público, tiene una

función social.

Artículo 69, garantiza la

autonomía universitaria.

Ley 30 de 1992: Por la cual

se organiza el servicio

público de la Educación

Superior. Artículos 53, 54 y

55.

Creación del Sistema

Nacional de Acreditación.

Ley 1188 de 2008: Por la

cual se regula el registro

calificado de programas de

educación superior y se

dictan otras disposiciones.

Decreto 2904 de 1994: por

el cual se reglamentan los

artículos 53 y 54 de la Ley

República de Panamá. Constitución Política de la

República de Panamá de 1972. Art.99. la

Universidad Oficial de la República es autónoma,

se le reconoce personería jurídica, patrimonio

propio y derecho de administrarlo

República de Panamá.

Ley 11 del 8 de junio de 1981. ley que permite a

la universidad consolidar su autonomía y sentar

las bases para la construcción de un nuevo

proyecto universitario, que se caracteriza por:

Una mayor vinculación con el desarrollo nacional.

Elegir las autoridades mediante una acción

concertada y de consenso entre los diversos

órganos de gobierno, en donde están

representados los estamentos principales de la

institución: docentes, estudiantes, administrativos,

autoridades.

República de Panamá. Ley 18 del 30 de agosto

de 1981. Gaceta Oficial No 19385 del 19 de

agosto de 1981. Bases legales de esta institución

han sido modificadas mediante actos

parlamentarios sucesivos que se dieron en 1984 y

en 1996.

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30 de 1992.

Decreto 1655 de 1999: Por

la cual se crea la Orden a la

Educación Superior y a la

Fe Pública "Luis López de

Mesa"

Decreto 1295 de 2010: Por

el cual se reglamenta el

registro calificado de que

trata la Ley 1188 de 2008 y

la oferta y desarrollo de

programas académicos de

educación superior.

Decreto 4322 de 2005: Por

el cual se crea la Orden a la

Acreditación Institucional de

Alta Calidad de la

Educación Superior

"Francisco José de Caldas"

Resolución 1440 de 2005:

Por la cual se fijan los

valores de los servicios y

viáticos de los pares

académicos que apoyan los

diferentes procesos de

evaluación y acreditación

del CNA.

Decreto Ejecutivo 50 de 23 de marzo de

1999, por el cual se reglamenta el

funcionamiento de los Centros de Enseñanza

Superior, oficiales y particulares y se dictan

otras medidas.

Resolución 6 del 4 de Octubre de 2011

Por la cual se aprueba el proceso de evaluación

externa institucional universitaria de Panamá.

Resolución 3 del 3 de Junio de 2011. Por lo cual

se desarrolla el Procedimiento Administrativo

aplicable a las Universidades Particulares que

incumplan requisitos y cometan faltas, conforme a

lo establecido en la Ley 30 de 20 de julio de 2006,

reglamentada por el Decreto Ejecutivo 511 de 5

de julio de 2010.  (Resolución 3 del 3 de junio de

2011).

Decreto Ejecutivo 511 del 5 de Julio de 2010

Por el cual se reglamenta la Ley 30 del 20 de julio

de 2006, que crea el Consejo Nacional de

Evaluación y Acreditación Universitaria de

Panamá. (CONEAUPA)

Resolución 1 del 1 de Diciembre de 2010

Por lo cual se aprueban los fundamentos del

Modelo de Evaluación y Acreditación Universitaria

de Panamá y el Proceso de Autoevaluación

Institucional Universitaria. (Modificado por la

Resolución 1 del 25 de marzo de 2011).

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Resolución 3010 de 2008:

Por la cual se reconoce el

registro calificado a

programas acreditados de

alta calidad.

Acuerdo CESU No. 06 de

1995: Por el cual se

adoptan las políticas

generales de acreditación y

se derogan las normas que

sean contrarias.

Acuerdo CESU 02 de 2005:

Por el cual se subroga el

Acuerdo 001 de 2000 del

Consejo Nacional de

Educación Superior -

CESU-, y con el cual se

expide el reglamento, se

determina la integración y

las funciones del Consejo

Nacional de Acreditación

Acuerdo CESU 02 de 2006:

Por el cual se adoptan

nuevas políticas para la

acreditación de programas

de pregrado e instituciones.

Decreto Ejecutivo 176, del 30 de Marzo de 2011.

Por lo cual se modifica el decreto ejecutivo 511 de

5 de julio de 2010, que reglamenta la ley 30 de 20

de julio de 2006 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 4 del 20 de Junio de 2011

Por lo cual se establece el reglamento de

selección para nombramiento de personal de

concurso del Consejo Nacional de Evaluación y

Acreditación Universitaria de Panamá. 

CONEAUPA surge a la vida jurídica mediante la

Ley 30 de 20 de julio de 2006,  es creado como

un organismo evaluador y acreditador, rector del

Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación

para el Mejoramiento de la Calidad de la

Educación Superior Universitaria; independiente y

descentralizado, con autonomía financiera,

administrativa y reglamentaria, con patrimonio

propio y personería jurídica, y representativo de

los diferentes actores vinculados con el desarrollo

de la educación superior del país, al que

corresponderá establecer la coordinación

necesaria con el Ministerio de Educación y

la Comisión Técnica de Fiscalización.

Resolución 1 del 25 de Marzo de 2011. Por lo

cual se aprueba la modificación de los

fundamentos del modelo de Evaluación y

Acreditación Institucional Universitaria de Panamá

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Acuerdo No.01 de 2010: Por

el cual se autoriza al

Consejo Nacional de

Acreditación para que

diseñe y promulgue los

lineamientos para la

acreditación de alta calidad

de los programas de

Maestría y Doctorado y se

unifican los rangos de

acreditación para los

programas de pregrado,

maestrías y doctorados e

instituciones. ¡Nuevo!

Acuerdo No.04 de 2010: Por

el cual se modifica el

artículo segundo del

Acuerdo No. 02 del 23 de

junio de 2005. Modifica los

requisitos para ser elegido

miembro del

Consejo Nacional de

Acreditación

Acuerdo 02 de 2011: Por el

cual se establecen los

criterios para los procesos

de acreditación de

instituciones y programas

académicos de educación

y el proceso de Autoevaluación Universitaria de

Panamá. 

Resolución 2 del 20 de Mayo de 2011

Por lo cual se establece la Contribución Anual de

las Universidades Particulares al Sistema

Nacional de Evaluación y Acreditación para el

Mejoramiento de la Calidad de la Educación

Superior Universitaria. 

Resolución 5 de 20 de Junio de 2011

Por la cual se aprueba la guía para solicitar

autorización para la creación y funcionamiento de

Universidades.

Resolución 7 del 4 de Octubre de 2011

Por la cual se aprueba el Proceso de acreditación

institucional universidad de Panamá. 

Decreto Ejecutivo 949 del 28 de Octubre de 2011.

Por la cual se reglamenta el funcionamiento de

Universidades e instituciones de Educación

Superior a distancia y la implementación de

Planes y Programas de Estudio a Distancia. 

Decreto Ejecutivo 103 del 15 de Febrero de 2012.

Por la cual se adicionan artículos al Decreto

Ejecutivo 511 de 5 de Julio de 2010 y se dictan

otras disposiciones. 

Resolución 32  de 20 de Diciembre de  2012

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superior. ¡Nuevo!

Acuerdo 03 de 2011: Por el

cual se establecen los

lineamientos para la

acreditación de programas

de instituciones acreditadas

institucionalmente.

Acuerdo 02 de 2012: Tiene

por objeto establecer el

procedimiento general para

iniciar el proceso de

autoevaluación con miras a

la acreditación de

programas académicos.

Por la cual se aprueba la modificación de los

fundamentos del modelo de evaluación y

acreditación institucional universitaria de Panamá

contenidos en la resolución del 1 de diciembre de

2010, reformado por la resolución 1 de 25 de

marzo de 2011

Decreto Ejecutivo 1065 del 22 de Noviembre de

2012. Por la cual se modifica el artículo 91 del

decreto ejecutivo 511 del 5 de julio de 2010,

reformado por el decreto ejecutivo 176 del 30 de

marzo  de 2011.

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ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD EN COLOMBIA Y PANAMÁ

PAIS ORGANISMO DEPENDENCIA PROPÓSITOCARÁCTE

RPROCEDIMIENTO NIVEL

CO

LO

MB

IA

Comisión NacionalIntersectorial de Acreditación de

la Educación Superior

(CONACES)

Estatal

El registro calificado es el instrumento del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior mediante el cual el Estado verifica el cumplimiento de calidad por parte de las instituciones de educación superior.

Obligatoria

Autoevaluación, evaluación externa y

dictamen.

Coordina y evalúa los procesos de

Aseguramiento de la calidad.

Pregrado/Posgrado/

Instituciones

Consejo Nacional de Acreditación

CNA

Estatal La acreditación es el acto mediante el cual el estado adopta y hace público el reconocimiento que los pares académicos hacen de la comprobación que efectúa una institución sobre la calidad de sus programas académicos (de pregrado y posgrado), su organización y funcionamiento y el cumplimiento de su

Voluntaria autoevaluación, evaluación externa y

dictamen

PregradoPosgrado

instituciones

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función social.

ICFES: InstitutoColombiano parael Fomento de la

Educación Superior

Estatal

El Estado en el ejercicio de su función de inspección y vigilancia de la educación se vale de exámenes de estado y pruebas externas para medir el nivel de cumplimiento de sus objetivos y buscar el mejoramiento continuo de la educación.

Obligatoria

Administra exámenes de egreso que se

aplican a los estudiantes al finalizar

la educación media (saber 11) y la

educación superior de pregrado (Saber Pro)

Pregrado

Ministerio de Educación Nacional

Estatal Coordinación Obligatoria Emite certificados de

acreditación.Pregrado/ Postgrado

PAIS ORGANISMO DEPENDENCIA PROPÓSITO

PA

NA

Consejo Nacionalde Evaluacióny Acreditación Universitaria de Panamá (CONEAUPA)

EstatalEvalúa y acredita instituciones y programas de educación superior de

modo voluntario.

Comisión Técnica deFiscalización (CTF)

Integrada por las cinco universidades estatales

Realiza la fiscalización del funcionamiento de la universidades particulares y aprueba planes y programas de éstas

Otras instituciones Ministerio de Educación. Consejo de Rectores (órgano de consulta). Consejo Nacional de Educación (órgano de consulta).

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Las siguientes universidades han sido reconocidas con la acreditación institucional por el Ministerio de Educación Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Acreditación, por demostrar altos niveles de calidad:

1. Pontificia Universidad Javeriana

2. Universidad del Norte

3. Universidad EAFIT

4. Universidad de Antioquia

5. Universidad Externado de Colombia

6. Universidad Industrial de Santander

7. Universidad del Valle

8. Universidad Tecnológica de Pereira

9. Universidad de Los Andes

10. Universidad Colegio Mayor Nuestra Señora del Rosario

11. Universidad de la Sabana

12. Universidad Pontificia Bolivariana

Según cifras del CNA, hasta el momento hay en Colombia 567 programas acreditados y con renovación de acreditación, 286 del sector oficial y 281 del privado.

De las 40 universidades que operan en Panamá, 27 deben pasar por el proceso

de evaluación y acreditación. Esas 27 eran las que tenían más de seis años de

funcionar.

Algunas de ellas como la Universidad Santa María La Antigua (USMA), la

Universidad Tecnológica de Panamá y la Universidad Autónoma de Chiriquí ya

han recibido el visto bueno de los pares externos y por ende la certificación de

acreditación del CONEAUPA.

Otras recientemente han recibido su acreditación como la Universidad

Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT) y la Universidad

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Interamericana. Una semana antes se unieron a este proceso University of

Louisville e ISAE Universidad.

LOGROS Y RETOS DE LA ACREDITACIÓN

FORTALEZAS

La acreditación ha promovido en el país, la apropiación efectiva de una cultura de

la autoevaluación, conducente al mejoramiento continuo. Dicha cultura ha

contribuido al enriquecimiento de la comunicación académica y el desarrollo

cualitativo de programas y de la misma institución, y ha permitido revitalizar, en

cada institución, el papel de la Misión y del Proyecto Institucional. Esta cultura de

la autoevaluación se ha evidenciado incluso en instituciones que no se han

presentado al Sistema Nacional de Acreditación, pero que usan el modelo como

referente en sus procesos de planeación.

La autoevaluación con fines de acreditación, ha generado, además de la

colaboración de asociaciones de Facultades, el desarrollo de importantes trabajos

de reflexión académica, de reformas curriculares y de acercamientos a estrategias

para tratamientos interdisciplinarios, la conformación de grupos de investigación y

el fortalecimiento de la investigación formativa.

La Construcción de una comunidad académica, que se reconoce a sí misma a

partir de la interacción con sus pares, es uno de los principales logros de la

acreditación colombiana.

La participación de pares académicos extranjeros ha permitido fortalecer los

vínculos con la comunidad académica internacional. La socialización de la

información relativa al modelo y a sus resultados, ha generado conciencia pública

acerca de la importancia de la Educación Superior.

En ejercicio de su autonomía, las instituciones que participan en el Sistema

Nacional de Acreditación, han adoptado la política de rendición de cuentas y

transparencia en sus procesos.

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Cada vez más, las Instituciones que han logrado acreditar sus programas, han

cooperado académicamente, especialmente en la etapa de autoevaluación, con

aquellas que están iniciando el proceso.

La acreditación promueve la organización y el fortalecimiento de los sistemas de

información académica; la adecuación y renovación de los procesos de

administración de recursos y la utilización de soportes tecnológicos apropiados

para el seguimiento tanto de estudiantes como de egresados.

El proceso de la acreditación como fenómeno institucional extiende la cobertura de

la autoevaluación, motivando una valoración analítica general, mayor compromiso

con la pertinencia de los estudios, y la cualificación del profesorado, de su ejercicio

docente y de la intervención en la investigación.

Además del espacio de intercambio académico que ofrece la etapa de evaluación

externa, son realizados encuentros y seminarios en los cuales los pares con

experiencia tienen la posibilidad de aportar sus conocimientos a los pares

potenciales.

DEBILIDADES

A pesar de que el modelo de acreditación y sus características de calidad deben

ser aplicables a cualquier institución de Educación Superior, es muy probable que

la lógica de conceptos y prescripciones metodológicas esté altamente mediada por

un lenguaje más propio de la educación estrictamente universitaria. En este

sentido ciertas modalidades de Educación Superior pueden percibir que el modelo

no las interpreta suficientemente, como en el caso de las Instituciones Técnicas y

Tecnológicas.

Se ha considerado, en algunos escenarios académicos, que el modelo es

demasiado exhaustivo y minucioso, y puede tener muchas variables e indicadores.

Actualmente el Consejo está trabajando en una nueva versión de los lineamientos

para la acreditación de programas que pretende concentrarse en los aspectos más

fundamentales y dejar a las instituciones el diseño y construcción de indicadores

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específicos de acuerdo con su naturaleza. ƒ Aunque el Consejo cuenta con una

importante base de datos de pares académicos para la evaluación en las diversas

áreas del conocimiento, ésta es aún insuficiente debido al limitado número de

pares que se han usado en algunas áreas.

Hacen falta políticas y programas de fomento que orienten recursos financieros de

apoyo a los planes de mejoramiento diseñados para superar las debilidades y

afianzar las fortalezas identificadas en los programas e instituciones acreditadas.

Se han presentado casos aislados de instituciones que expresan su desacuerdo,

en ocasiones respaldados en sustentos verídicos, con relación a la labor

desempeñada por los Pares Académicos, en el sentido de la superficialidad o la

distancia que toman respecto al modelo del CNA, de la poca disposición al diálogo

y de los desacuerdos que han expresado con el enfoque de algún programa

académico.

AMENAZAS

El proceso de acreditación implica un gasto económico considerablemente

elevado. Este es, en parte, asumido por el gobierno, y las instituciones cubren los

costos de la etapa de autoevaluación y los programas de mejoramiento que de ella

resulten. A futuro pueden derivarse dificultades de esta situación, en ausencia de

políticas de fomento y asignación diferenciada de recursos con base en la

acreditación.

Burocratización del proceso, en el sentido que la acreditación podría reducirse a

un ejercicio normativo y procedimental. Es necesario mantener el espíritu de

evaluación de la calidad en lo sustantivo.

Falta de estímulos: es necesario fortalecer un sistema de estímulos a la

acreditación voluntaria que permita que dicha acreditación tenga consecuencias

prácticas, más allá del reconocimiento social.

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Percepción de la acreditación como panacea: la acreditación no puede sustituir la

responsabilidad del estado y de las instituciones en la solución de los problemas

del sistema.

En conclusión, la esencia de la acreditación en Colombia se define en la

capacidad de las instituciones académicas de autorregularse, de participar

activamente en su proceso de mejoramiento, para garantizar la prestación de un

servicio de calidad. Se trata de un modelo que permite ejercer la autonomía con

rendición de cuentas, no de un modelo correccional e intervencionista. Los logros

de estos últimos ocho años son evidentes, sin embargo el Sistema deberá

enfrentar aún diversos riesgos y amenazas. La supervivencia de la acreditación

en Colombia dependerá de la participación protagónica de las propias

instituciones, a quienes se debe la legitimidad del sistema. Los gobiernos podrán

apoyar su desarrollo estableciendo políticas, estímulos y reglas de juego; pero el

futuro de la acreditación está en manos de la misma comunidad académica que la

ideó como mecanismo idóneo para el cabal cumplimiento.

La Acreditación es un testimonio que da el Estado sobre la calidad de un

programa o institución con base en un proceso previo de evaluación en el cual

intervienen la institución, las comunidades académicas y el Consejo Nacional de

Acreditación (CNA)

RESPECTO DEL ESTATUS ACTUAL EN PANAMÁ Y COLOMBIA.

A nivel de aseguramiento de la calidad, Panamá cuenta con la Ley 30 del 20 de

julio de 2006, que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el

Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria y establece

como ente rector al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria

de Panamá (CONEAUPA). El Sistema está constituido por seis organismos:

Ministerio de Educación.

Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá -

CONEAUPA.

Comisión Técnica de Fiscalización – CTF. (Universidad de Panamá con el

resto de las universidades oficiales).

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Universidades oficiales y particulares autorizadas por decreto ejecutivo.

Consejo de Rectores (órgano de consulta).

Consejo Nacional de Educación (órgano de consulta).

CONEAUPA es el órgano evaluador y acreditador, responsable de los procesos de

acreditación obligatoria de instituciones y programas de educación superior. La

Comisión Técnica de Fiscalización (CTF), realiza la fiscalización del

funcionamiento de las universidades particulares y aprueba planes y programas de

éstas. La acreditación voluntaria solo es válida para las universidades que tienen

un decreto provisional de funcionamiento, hasta que se les otorgue el definitivo. La

infraestructura de la Educación Superior alcanza un total de 50 IES, de las cuales

39 son no universitarias y 11 universitarias. De estas últimas, de orden privado y

una pública.

LOGROS EN EL PROCESOS DE ACREDITACIÓN EN PANAMÁ

Orientación y seguimiento, durante más de un año, a todas las

universidades legalmente establecidas en el país, para que realicen su

proceso de autoevaluación según la matriz de evaluación del CONEAUPA.

Se ha creado la figura de observadores nacionales. Personas de

reconocida trayectoria y solvencia moral para contextualizar a los pares

extranjeros, asegurar la transparencia de los procesos y retroalimentar al

CONEAUPA sobre oportunidades de mejoramiento de los mismos. Estos

pares fueron capacitados por CONEAUPA en una jornada de la cual resultó

un documento sobre sus funciones, principios éticos y acuerdo de

confidencialidad.

El CONEAUPA obtiene información directa de los procesos para

mejorarlos.

Los pares académicos evaluadores de Centroamérica y Colombia se

capacitaron presencialmente con el propósito de contar con la participación

directa de alrededor de 30 posibles pares por país y poder evaluar de

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primera mano, algunas actitudes que difícilmente se observan en la

modalidad virtual y tele presencial. La capacitación incluyó un taller con

roles diferentes: pares académicos evaluadores, universidad evaluada y

observadores que evaluaban el desempeño de los otros dos roles.

Se ha mantenido el CONEAUPA y sus objetivos en la mente de la

ciudadanía mediante su participación constante en medios de comunicación

escritos, radiales y televisivos.

CONEAUPA ha obtenido el apoyo de la sociedad civil en el desarrollo de

sus procesos, los cuales ha estado informando en eventos académicos

dentro y fuera del país, promovidos por universidades, agencias de

acreditación, gremios, otros, a través de su Secretaria Ejecutiva y de los

miembros de la Comisión Técnica de Evaluación y Acreditación (CTEA).

También se ha estado participando en movimientos civiles para el

mejoramiento de la educación, ej. Unidos por la Educación, Fundación para

el Desarrollo Económico y Social de Panamá (FUDESPA), el Panamá que

Queremos; este último promovido por la Arquidiócesis de Panamá.

BIBLIOGRAFÍA

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1. Ley 30 del 20 de julio de 2006 que Crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. Panamá. 2006.

2. Ministerio de Educación, Dirección Nacional de Planeamiento Educativo, Departamento de Estadística. (2010),http://www.meduca.gob.pa/Estadistica_Educativa/2010/INDICADORES_2010_(PRELIMINAR).pdf

3. María José Lemeitre. Educación Superior informe 2012.organización de Estados Iberoamericanos. www.mineducación.gov.co. Fecha de consulta Abril 7 de 2013.

4. Juan Bosco Bernal. LA EDUCACION SUPERIOR EN PANAMA: SITUACION, PROBLEMAS Y DESAFIOS Theorethikos, año V, número 2, julio-diciembre Universidad Francisco Gavidia San Salvador, El Salvador. 2011