Unidad 9 La Seguridad Social

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U NIDAD 9: LA SEGURIDAD SOCIAL. http://folbilingue.blogspot.com.es/2014/04/unidad-9-la- seguridad-social-cuestiones.html Sumario: 1.- INTRODUCCIÓN 2.- TIPOS DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL 3.- SISTEMAS O REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4.- ACTUACIONES IMPORTANTES ANTE LA T.G.S.S. (Tesorería General de la Seguridad Social). 5.- LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS SALARIOS DIFERIDOS 6.- SERVICIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1.- INTRODUCCIÓN ¿Qué entendemos por Seguridad Social ? La Seguridad Social abarca un conjunto de acciones protectoras para los trabajadores y sus familias, a través de unos servicios públicos que se ofrecen a estos y a la sociedad en general. Estos servicios están estrechamente relacionados

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U NIDAD 9: LA SEGURIDAD SOCIAL.

http://folbilingue.blogspot.com.es/2014/04/unidad-9-la-seguridad-social-cuestiones.html

Sumario:

1.- INTRODUCCIÓN

2.- TIPOS DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

3.- SISTEMAS O REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

4.- ACTUACIONES IMPORTANTES ANTE LA T.G.S.S. (Tesorería General de la Seguridad Social).

5.- LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS SALARIOS DIFERIDOS

6.- SERVICIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

1.- INTRODUCCIÓN

¿Qué entendemos por Seguridad Social?

La Seguridad Social abarca un conjunto de acciones protectoras para los trabajadores y sus familias, a través de unos servicios públicos que se ofrecen a estos y a la sociedad en general. Estos servicios están estrechamente relacionados con la salud de las personas, con las pensiones de los jubilados, con “el paro”, etc.…

Veamos en primer lugar cómo recoge la Constitución Española esta materia. ¿Estamos ante un Derecho Fundamental? El artículo 41 dice lo siguiente:

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“Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.”

Lo primero que debemos destacar es que no estamos ante un Derecho o Libertad Fundamental. Tampoco ante un Derecho ordinario. No obstante la Declaración Universal de los Derechos Humanos sí recoge en el artículo 22 que todas las personas tienen derecho a una Seguridad Social. Por tanto no es necesario que el Gobierno reúna una Mayoría absoluta para poder legislar sobre esta materia. El artículo 41 de la C.E. está fuera de la Sección que regula aquellos Derechos. Tampoco se trata de un derecho ordinario (de la segunda categoría de derechos). En realidad se encuentra recogido dentro de la tercera y última categoría: “de los principios rectores de la política social y económica” (Título I, Capítulo III); no es un Derecho propiamente dicho. La C.E. no habla ni recoge el Derecho a una Seguridad Social. No obstante volvamos sobre el art.41 de la C.E. que dice:

1º) que la Seguridad Social tendrá un carácter público. Hablamos de servicios públicos, no privados.

2º) Que los servicios que ofrezca, serán para todos los ciudadanos.

3º) Que los poderes públicos garantizarán la asistencia y las prestaciones sociales suficientes ante las situaciones de necesidad.

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4º) Que los poderes públicos garanticen las prestaciones, especialmente en el caso del paro.

La Seguridad Social se hace cargo de un conjunto de actuaciones para proteger al ciudadano y al trabajador frente a determinadas “contingencias” o situaciones. Hay que diferenciar las Contingencias Comunes (Accidentes Comunes y Enfermedades Comunes) de las Contingencias Profesionales (Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales). La protección que otorga la ley es distinta en ambos casos.

El Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional están expresamente definidos en la Ley (L.G.S.S.). Por ello, aquellos accidentes que no reúnan los requisitos para ser de trabajo o aquellas enfermedades que no sean profesionales, serán considerados como Accidentes comunes o Enfermedades Comunes. ¿Una gripe? ¿Una infección intestinal? ¿Un esguince sufrido en el domicilio de la trabajadora? Todos ellos son de carácter común.

2.- TIPOS DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Ante cualquiera de las contingencias anteriormente citadas, la Seguridad Social ofrece un conjunto de prestaciones, protecciones, tales como: servicio médico, medicamentos, asistencia hospitalaria, bajas retribuidas, pensiones por incapacidad y/o jubilación, prestación por desempleo, etc. Estas prestaciones no serán igual para todos los ciudadanos. Va a depender del tipo de contingencia y del tiempo que el trabajador haya estado cotizando a la Seguridad Social.

A.- Protección Contributiva: se ofrecen prestaciones, protecciones, únicamente a los españoles (y sus familiares) y a los extranjeros que residan en España y hayan cotizado a la Seguridad Social un número mínimo de años. Estas prestaciones se cubren económicamente, se financian, con las aportaciones que los trabajadores y empresarios hacen mensualmente a la Seguridad Social.

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B.- Protección no Contributiva: Existen personas que no han podido cotizar nunca o que habiéndolo hecho, no han cubierto el número mínimo de años. Estas personas también recibirán algunas prestaciones de la Seguridad Social. Estas prestaciones se sufragarán con el dinero de los impuestos de los españoles. Solo serán beneficiarios aquellos que legalmente residan en España.

3.- SISTEMAS O REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

¿Quién se encarga de organizar y gestionar todas las prestaciones de la Se So? En el Ministerio de Empleo y Seguridad Social existen dos importantes Instituciones que se encargan de ello: el INSS y la TGSS.

La Seguridad Social ofrece diferentes sistemas de protección. Podemos hablar del:

1. Régimen General de la Seguridad Social: para todos los trabajadores por cuenta ajena que no tienen un régimen especial.

2. Regímenes Especiales: para los autónomos, los estudiantes, los funcionarios, los mineros, los pescadores, los agricultores o los empleados del hogar.

4.- ACTUACIONES IMPORTANTES ANTE LA T.G.S.S. (Tesorería General de la Seguridad Social).

Una vez que has pasado la entrevista y o selección para un puesto de trabajo, el empresario debe de:

A) Afiliarte a la Seguridad Social Este acto se realiza una sola vez. B) Además, debe darte de alta y de baja cuando tu contrato haya

finalizado.

La afiliación y el alta se hacen en dos documentos diferentes y antes de que el trabajador comience su trabajo en la empresa.

5.- LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS SALARIOS DIFERIDOS

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Si observamos las retribuciones en algunos países, vemos que ni el trabajador ni las empresas ingresan dinero a la Seguridad Social. Es por eso que el trabajador tiene que contratar los servicios sanitarios (médico, medicamentos, hospitales, rehabilitaciones) con una empresa privada. Esto no es así en España, donde el trabajador deja de recibir una parte importante de su salario que va a parar a la Seguridad Social. El empresario y el trabajador aportarán dinero a la Seguridad Social con el fin de que el trabajador pueda tener cubiertas determinadas situaciones (contingencias), cuidados médicos y salario cuando cae enfermo, el paro cuando se queda sin empleo, una pensión cuando se jubila……. Mensualmente el trabajador y el empresario han ido ingresando parte del salario del trabajador para cubrir dichas situaciones en un futuro. Las cantidades de dinero que se ingresan a la Seguridad Social son parte del salario del trabajador, es su dinero; es un dinero que deja de percibir mensualmente para cobrarlo en un futuro cuando se encuentre en dichas situaciones. Por ello decimos que es un salario en diferido.

Así pues, veamos por qué conceptos y en qué porcentajes, el trabajador y el empresario quedan obligados con la Seguridad Social:

- El trabajador:A) Para las Contingencias Comunes:………….4,70%B) Para el Desempleo:…………………………1,55%C) Para la Formación Profesional:………….. 0,10%- El empresario:A) Para las Contingencias Comunes:………...23, 60%B) Para el Desempleo:…………………………. 5,50%C) Para la Formación Profesional:……………...0, 60%D) FOGASA……..………………………………0,20%

6.- SERVICIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

1) ASISTENCIA SANITARIA: el actual gobierno de Rajoy ha acabado con la posibilidad de decir que la asistencia sanitaria en España es

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universal. Aquellos parados españoles que estén en el extranjero más de 90 días perderán este derecho; tendrán que volverá a solicitar la tarjeta sanitaria.

Este derecho se extiende también a los familiares siempre que vivan con el titular y a sus expensas, no perciban rentas superiores al doble del IPREM, y no tener derecho a recibir la asistencia sanitaria por otras vías.

Los medicamentos ya no son gratis para los pensionistas, estos tendrán que pagar el 10% (aunque hubieran cotizado durante su vida laboral por ellos); el gobierno ha introducido el copago de los medicamentos. Quienes ganen menos de 18.000€ pagarán el 40%, a partir de 18.000€ pagarán el 50% y más de 100.000€ el 60%.

2) INCAPACIDAD TEMPORAL: Los trabajadores que sufran un accidente o una enfermedad podrán recibir parte de su salario; lo abonará la Seguridad Social siempre que se cumplan determinados requisitos.

3) INCAPACIDAD PERMANENTE: un tribunal médico puede reconocer y otorgar uno de los grados de incapacidad a aquel trabajador/a que no se ha recuperado de las lesiones sufridas tras un accidente o enfermedad. Para ello, es necesario que el trabajador haya estado de baja 24 meses y que no se haya recuperado. El tribunal médico, una vez iniciado el expediente de incapacidad permanente, determinará si se le reconoce al trabajador una de las siguientes incapacidades:

A) Incapacidad Permanente Parcial .B) Incapacidad Permanente Total. C) Incapacidad Absoluta. D) Gran invalidez.

4) PRESTACIÓN POR DESEMPLEO: cuando el trabajador pierde el empleo a pesar de que quiera y pueda seguir en ese puesto de trabajo. Si el trabajador ha cotizado un mínimo de 365días, podrá cobrar lo que llamamos “el paro” o la prestación por desempleo. Si un trabajador abandona un empleo, la ley no le permite cobrar el paro.

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Tampoco cuando no se reincorpora a su puesto de trabajo después de una sentencia que declare que había sido despedido improcedentemente o que su despido era nulo.

Finalmente recoger que existen otras actuaciones protectoras de la seguridad social:

- el llamado “Subsidio por desempleo”.

-La jubilación.

-La pensión por viudedad y la pensión por orfandad.

ACTIVIDADES

1.- ¿En qué artículo de la Constitución Española se habla de la Seguridad Social? ¿Se trata de un Derecho Fundamental? ¿Estamos ante una materia que exige una Ley Orgánica para su regulación? Argumenta con detalle tus respuestas. Copia el contenido del artículo que le dedica la C.E. a esta materia y explícalo con tus palabras.

*¿Podemos afirmar que la Sanidad Española es en la actualidad una sanidad universal? Esta es una pregunta que te llevará a investigar en las redes; no olvides recoger las fuentes en las que te has basado y argumenta la respuesta.

2.- ¿Existe un “Ministerio de Seguridad Social” dentro del Gobierno Español? La Seguridad Social, su estructura y sus actuaciones están bajo ¿Qué Ministerio?

3.- La Seguridad Social cubre muchas actuaciones protectoras o servicios. Enumera al menos cinco.

4.- Explica con tus palabras lo que es una Prestación Contributiva y una Prestación no contributiva.

5.- ¿Por qué crees tú que la Seguridad Social distingue entre el régimen general y regímenes especiales?

6.- ¿Cómo se llama al acto único de “inscribir” al trabajador a la Seguridad Social? A un trabajador “le quitan” de su sueldo bruto una cantidad

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mensual para cubrir las deudas con la Seguridad Social. En este caso decimos que el trabajador está ______________ a la Seguridad Social. Gracias a ello, al trabajador le permitirá cobrar el paro cuando sea despedido.

7.- ¿En qué organismo se hacen las afiliaciones, altas y bajas del trabajador y de los empresarios? ¿Quién está obligado a hacer todos los trámites del trabajador?

8.- ¿Cuáles son las contingencias y los conceptos por los que se debe cotizar?

9.- ¿Qué porcentajes son los que se aplican a las Bases de Cotización? Diferencia según se trate del trabajador o del empresario. Explica por qué podemos afirmar que esas cantidades entregadas a la Seguridad Social son en realidad un “salario diferido” del trabajador. (Consulta el siguiente documento)

http://www.attac.es/2014/03/01/sobre-la-subida-de-cotizaciones-sociales-aprobada-por-el-gobierno/

10.- Asistencia Sanitaria, ¿Qué abarca y quien puede disfrutarla? Busca en internet algunos ejemplos de recortes en la sanidad. Puede ayudarte el siguiente enlace:

http://wiki.15m.cc/wiki/Lista_de_recortes#Sanidad

11.- Incapacidad temporal: ¿Tienes que haber cotizado para cobrarla cuando sufres un A.T. en tu empresa?

12.- Incapacidad Permanente: Defínela y explica sus diferentes grados.

13.- La prestación por desempleo no se cobra en todas las situaciones en que un trabajador se encuentre en el paro. Explícalo. Cuando esté en esta situación, no cobrará el 100% de su sueldo,explica cuánto cobrará.

14.- Subsidio por desempleo. Explícalo.

15.- La edad de jubilación será a los 67 años. Explícalo. El periodo mínimo de cotización será de 25 años. Explícalo.