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SEÑORES CONARE -BOLIVIA Comisión Nacional Del Refugiado - Conare Bolivia C.C. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE BOLIVIA (CANCILLERÍA) Soy un ciudadano peruano común y corriente, no pertenezco a ningún partido político, sólo ejerzo un trabajo como persona natural. El que escribe tanto como muchos peruanos vemos con gran asombro la huida de un asesor directo(asesor desde el año 2006) del Presidente del Perù Ollanta Humala. Quien según investigaciones hechas por autoridades peruanas estaría incurso en varias denuncias penales como el ser cabecilla de una red de corrupción. El interés del pueblo peruano es tratar de resolver el problema de refugiado que intenta acogerse al derecho de refugiado cuando es el cabecilla de dicha red de corrupción Martìn Belaunde Lossio . Han pasado ya varios días, sabemos que es complicada la situación pero el presidente Evo Morales se ha pronunciado diciendo que Bolivia no da refugio a corruptos. Y el gobierno peruano ha enviado mediante Cancillería varios documentos entre ellos pidiendo la expulsión de Martìn Belaunde Lossio, ya que no podría acogerse a este beneficio internacional en la que participan además Chile, Uruguay, Venezuela y Paraguay. Solicitamos la pronta intervención de ACNUR el Alto Comisionado de las naciones Unidas para los Refugiados, además de comisionados argentinos, para el debido asesoramiento, ya que es uno de su roles y fines. Esperamos que CONARE se pronuncie con imparcialidad, sin presiones y de la forma más técnica posible ante este atentado contra la jurisdicción supranacional, digo esto por la entrada ilegal de dicho personaje a territorio Boliviano. Gracias

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SEÑORES CONARE -BOLIVIA Comisión Nacional Del Refugiado - Conare BoliviaC.C. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE BOLIVIA (CANCILLERÍA)Soy un ciudadano peruano común y corriente, no pertenezco a ningún partido político, sólo ejerzo un trabajo como persona natural. El que escribe tanto como muchos peruanos vemos con gran asombro la huida de un asesor directo(asesor desde el año 2006) del Presidente del Perù Ollanta Humala.Quien según investigaciones hechas por autoridades peruanas estaría incurso en varias denuncias penales como el ser cabecilla de una red de corrupción. El interés del pueblo peruano es tratar de resolver el problema de refugiado que intenta acogerse al derecho de refugiado cuando es el cabecilla de dicha red de corrupción Martìn Belaunde Lossio .Han pasado ya varios días, sabemos que es complicada la situación pero el presidente Evo Morales se ha pronunciado diciendo que Bolivia no da refugio a corruptos. Y el gobierno peruano ha enviado mediante Cancillería varios documentos entre ellos pidiendo la expulsión de Martìn Belaunde Lossio, ya que no podría acogerse a este beneficio internacional en la que participan además Chile, Uruguay, Venezuela y Paraguay.Solicitamos la pronta intervención de ACNUR el Alto Comisionado de las naciones Unidas para los Refugiados, además de comisionados argentinos, para el debido asesoramiento, ya que es uno de su roles y fines. Esperamos que CONARE se pronuncie con imparcialidad, sin presiones y de la forma más técnica posible ante este atentado contra la jurisdicción supranacional, digo esto por la entrada ilegal de dicho personaje a territorio Boliviano. Gracias 

¿QUIÉN ES UN REFUGIADO?

Un refugiado es una persona que debido a justificados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede acogerse a la protección de su país.

¿QUIÉN PROTEGE A LOS REFUGIADOS?

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El país que otorga el refugio es el responsable de la protección a los refugiados. Los más de 140 países que han suscrito y aprobado la Convención de 1951 están obligados a cumplir las disposiciones pertinentes.

¿QUÉ ES LA COMISIÓN NACIONAL DEL REFUGIADO (CONARE)?

La CONARE es la instancia responsable de la aplicación del Decreto Supremo Nº 28329 de 12 de septiembre de 2005. Tiene como objetivo principal determinar la condición de refugiado de los solicitantes que se presenten ante esa Comisión.

¿CÓMO ESTÁ CONFORMADA LA CONARE?

La CONARE está conformada por los siguientes niveles:

Nivel EjecutivoEste nivel está conformado por:• Ministerio de Relaciones Exteriores quien ejerce la presidencia;• Ministerio de Justicia; y• Ministerio de Gobierno a través de la Dirección General de Migración.

Nivel ConsultivoEs la Oficina Regional para el Sur de América Latina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con sede en Buenos Aires. Coopera con el Estado boliviano, asesorando a la CONARE y participando de sus reuniones.

Nivel Operativo Es la Agencia Implementadora del ACNUR, Pastoral de Movilidad Humana (PMH). Se encarga de prestar ayuda social a los solicitantes de refugio y refugiados.

SecretaríaEs ejercida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿CUAL ES LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN BOLIVIA SOBRE REFUGIADOS?

Las normas jurídicas aplicables a los refugiados son las siguientes:- Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados;- Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados;- Ley Nº 2043 de fecha 21 de diciembre de 1999;- Ley Nº 2071 de 14 de julio de 2000;

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- Decreto Supremo Nº 28329 de 12 de septiembre de 2005; y- Constitución Política del Estado de 2009 (art. 29).

¿CUALES SON LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS REFUGIADOS?

Los derechos de los refugiados de acuerdo a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, son los siguientes:

Los refugiados tienen el Mismo Trato que los nacionales en los siguientes derechos:- Práctica de la religión;- Protección de la propiedad intelectual;- Asociación;- Acceso a los tribunales de justicia;- Educación elemental;- Asistencia y socorro;- Remuneración; y- Seguro social.

Los refugiados tienen el Trato más Favorable posible en los siguientes derechos:• A la propiedad;• Al trabajo por cuenta propia;• A ejercer la profesión liberal;• A la vivienda; y• Educación superior.

Los refugiados tienen el Mismo Trato que a los Extranjeros en los siguientes derechos:• Al trabajo;• Asistencia administrativa;• Libre circulación; y• Otros derechos no consignados.

Por otra parte, los refugiados tienen los siguientes deberes:

Frente al País de Refugio:• Acatar las leyes y reglamentos• Acatar las medidas adoptadas para el mantenimiento del orden Público.

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Frente a las Naciones Unidas• Respeto por sus principios.• Respeto de sus finalidades

Frente a su País de Origen• Naturalidad activa sin que se afecten las relaciones internacionales del país de refugio y el país de origen.

¿QUIÉN NO PUEDE SER UN REFUGIADO?

No pueden ser reconocidas como refugiadas aquellas personas que:

a) han cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o contra la humanidad;b) han cometido un grave delito común, fuera del país de refugio;c) Se han hecho culpable de actos contrarios a las finalidades y a los principios de las Naciones Unidas.

A esas razones se las llaman cláusulas de exclusión, es decir, quien tenga alguna de esas condiciones no deberá ser considerada como refugiada por ningún país.

¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE REFUGIADOS Y MIGRANTES?

Un migrante suele abandonar su país de manera voluntaria y puede regresar a su país de origen en cualquier momento, porque seguirá gozando de la protección nacional. En cambio, un refugiado abandona su país de manera forzada para buscar protección de amenazas de persecución y no puede regresar a su país de origen mientras exista tal amenaza.

DATOS RELEVANTES

En el mundo existen más de 15 millones de refugiados.La mayor cantidad de refugiados provienen del continente asiático y africano.Los continentes que albergan la mayor cantidad de refugiados son Asia y África.En América hay alrededor de 1 millón de refugiados.

En Bolivia viven alrededor de 700 refugiados reconocidos desde el año 1983.

http://www.rree.gob.bo/webmre/principal.aspx?idpagina=58

http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/decreto-lei/Del5452.htm

DEL5452

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Art. 6 - No se distingue entre o trabalho realizado no estabelecimento do empregador e o executado no domiclio do empregado, desde que esteja caracterizada a relao de emprego.planalto.gov.br

http://www.stj.pt/ficheiros/fpstjptlp/brasil_leistrabalho.pdfEntre 1931 y la Constitución de 1934, había otras leyes que tienen relevancia para la formación de la escena sindical: el Decreto. 21 761 de 23 de agosto de 1932, se establece el Convenio Colectivo de Trabajo; Decreto no.22 132 de 25 de noviembre 1932 el establecimiento de juntas de conciliación y procesos de prueba para los empleados sindicalizados y el Decreto. 23768, de 23 de agosto de 1934, que regulaba la concesión de las vacaciones a los empleados sindicalizados en las industrias.

http://idehpucp.pucp.edu.pe/comunicaciones/opinion/sobre-el-desvalor-penal-del-delito-de-peculado-y-asociacion-delictuosa-analisis-de-los-tipos-penales-peruano-y-boliviano-partir/