Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL...

42

Transcript of Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL...

Page 1: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los
Page 2: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

DERECHOS DEL ASEGURADO

Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los siguientes derechos:1. Asolicitaralosagentes,empleadosoapoderados,laidentificaciónquelosacreditecomotales.2. Asolicitarseleinformeelimportedelacomisiónquecorrespondaalintermediarioporlaventadelseguro.3. Arecibirtodalainformaciónquelepermitaconocerlascondicionesgeneralesincluyendoelalcancedelas

coberturascontratadas,laformadeconservarlasasícomolasformasdeterminacióndelContratodeseguro.

Durante nuestra atención en el siniestro el asegurado tiene los siguientes derechos:1. ArecibirelpagodelasprestacionesprocedentesenfunciónalasumaaseguradaaunquelaprimadelContrato

deseguronoseencuentrepagada,siempreycuandonosehayavencidoelperiododegraciaparaelpagodela misma.

2. AunaasesoríaintegralsobresusiniestroporpartedelrepresentantedeLaCompañía.3. Asaberqueenlossegurosdedañostodaindemnizaciónreduceenigualcantidadlasumaasegurada,peroa

solicituddelaseguradoéstapuedeserreinstaladapreviaaceptacióndelaaseguradora,debiendoelaseguradopagarlaprimacorrespondiente;conexcepciónaaquellosproductosenlosqueclaramenteseindiquequecuentanconreinstalaciónautomáticaycuandosetratedeeventosdiferentes.

4. AcomunicarseaLaCompañíayexternarsuopiniónconelsupervisorresponsabledelajustadorsobrelaatenciónoasesoríarecibida.

5. Arecibirinformaciónsobrelosprocesossiguientesalsiniestro.6. AcobraraLaCompañíaunaindemnizaciónpormora,encasodefaltadepagooportunodelassumasaseguradas.7. AsolicitarlaemisióndeundictamentécnicoalaCONDUSEFencasodehaberpresentadounareclamaciónante

lamisma,yquelaspartesnosehayansometidoalarbitraje.

Principales políticas y procedimientos que deberán observar los ajustadores:1. IdentificarseverbalmentecomoajustadordeLaCompañía.2. Explicardemanerageneralalaseguradoelprocedimientoquerealizarádurantelaatencióndelsiniestro.3. ComorepresentantedeLaCompañíaasesoraralaseguradosobreelprocedimientosubsecuentealsiniestro.4. RecabarladeclaracióndecomosucedióelsiniestroydemásinformaciónadministrativaparaqueLaCompañía

puedasoportarlaprocedenciadelmismo.5. Entregarunavisodeprivacidadenlainformaciónencasoderecabardatospersonales.6. EntregaraLaCompañíaelexpedienteconlainformaciónrecabadadelsiniestro.

SERVICIO A CLIENTES

800 712 2828

En caso de controversia, el asegurado tiene derecho a presentar una reclamación, queja, consulta o solicitud de aclaración ante la Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE) al teléfono: 800 201 82 17 ext. 4287. Correo electrónico: [email protected]

La presente documentación podrá ser consultada a través del Registro de Contratos de Adhesión de Seguros (“RECAS”): CONDUSEF-000437-04.

Page 3: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

Page 4: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

MONTERREYAv.RicardoMargainZozaya,

EdificioEQUUS335,TorreII,Piso19,ZonaSantaEngracia,C.P.66265SanPedroGarzaGarcía,N.L.

Tel.:8183681400

MÉXICOAv.PaseodelaReforma250,TorreNiza,Piso15,Col.Juárez,

AlcaldíaCuauhtémoc,C.P.06600,CiudaddeMéxico

Tel.:5553228000

GUADALAJARAAv.MarianoOtero1249,TorreAtlántico,Piso10,

Col.RinconadadelBosque,SectorJuárez,C.P.44530,Guadalajara,Jal.

Tel.:3338848400

Al reportarlo le preguntaremos:

1.- Número de póliza2.- Nombre del Asegurado3.- Fecha y hora del accidente4.- Lugar del accidente5.- Persona a contactar y teléfono6.- Causa del daño7.- Bienes afectados

¿ACCIDENTE?GUÍA RÁPIDA PARA INICIAR TU TRÁMITE DE RECLAMACIÓN

Llamar a Servicio a Clientes:

Ciudad de México al Tel.: 55 1253 3939Monterrey al Tel.: 81 1253 3939Resto del país sin costo al Tel.: 800 712 2828

OFICINAS PRINCIPALES

Page 5: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIADespuésdelavisitainicialdenuestrosajustadoresydependiendodelanaturalezadecadasiniestro,necesitaremosdocumentacióncomplementariaparadeterminarlacausayvalorizacióndelaspérdidas.Agradecemosmucho su apoyo para la pronta obtención de la información y poder agilizar con ello lostrámitescorrespondientes.

RECLAMACIÓN FORMALCartadirigidaaChubbSegurosMéxico,S.A.describiendolainformaciónproporcionadaenelreporteinicialdel:

INCENDIO*Actaodenuncialevantadaporautoridades.* Reporte de bomberos.* Informe interno del accidente.*Relacióndelosbienesdañados.*Montodesglosadodelaspérdidas.*Presupuestosdereparadory/oreposición.*Facturasdelosbienesdañados.*Últimoinventarioantesdelsiniestro(contenidos).

ANUNCIOS LUMINOSOS, CRISTALES*Cartadereclamaciónalosresponsablesdeldaño.*Presupuestodereparacióny/oreposición.*Facturadereposición(encasodecambio).

RESPONSABILIDAD CIVIL*Actaodenuncialevantadaporautoridades.*Reclamacióndelterrenoafectadoalasegurado.Encasodedañosmateriales:*Presupuestodereparacióny/oreposición.*Facturasoavalúodelosbienes.*Contratodeserviciosalterceroafectado(ensucaso).Encasodelesiones:*Certificadomédico,diagnósticoytratamiento.*Comprobantesdelosgastosmédicos.Encasodemuerte:*Actadenacimientodelavíctima.*Actadedefuncióndelavíctima.*Actadematrimoniodelavíctima(ensucaso).*Actuacionesjudicialesdeljuiciosucesorio.

CALDERAS, ROTURA DE MAQUINARIA,MONTAJE, EQUIPO ELECTRÓNICOY EQUIPO DE CONTRATISTAS*Bitácorademantenimientoocontrato.*Relacióndelosbienesdestruidosodañados.*Presupuestodereparacióny/oreposición.*Facturasdelosbienesdañados.*Últimoinventarioantesdelsiniestro.*Inventariodelosbienesdespuésdelsiniestro.*Dictamentécnicodelorigendelosdaños.

OBJETOS PERSONALES*Facturadelosbienesdañados.*Actaodenuncialevantadaporautoridades.*Relacióndebienes.*Presupuestodereparacióny/oreposición.

ROBO CON VIOLENCIA Y/O ASALTO,DINERO Y VALORES*Actaodenuncialevantadaporautoridades.*Relacióndelosbienesfaltantesysucosto.*Presupuestosdereposicióndelosbienes.*Facturasydemásdocumentoscomprobatorios.*Arqueosdecaja.*Estadosdecuenta.*Inventariosantesydespuésdelrobo.

TRANSPORTES*Reclamaciónalíneatransportista.*Copiadelapólizayrelacióndeembarques.*Actaodenuncialevantadaporautoridades.*Guíasdeembarqueenelextranjeroy/oenelpaís.*Originaldelaconstanciadedescargadeltransporte.*Cartaporteoriginal.*Montodelapérdida.*Facturasdelosbienes.*Pedimentodeexportaciónoimportación.

BARCOS*Lamismadocumentacióndetransportes.*Conocimientomarítimo(Billoflanding).*Certificadodedescargamarítima.*Certificadodeaverías.*Copiacertificadadelibrodenavegación/itinerario.*Certificadodenavegabilidad,matrículaypermisos.

OBRA CIVIL*Permisodeconstrucción.*Planosautorizados.*Presupuestodesglosadodelaobra.*Contratosdeprestacióndeservicios.*Relacióndedañosyvalorizacióndelosmismos.

Page 6: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

IMPORTANTE

TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O DE AMBAS CLASESCLÁUSULA 1a: VigenciadelSeguroCLÁUSULA 2a: MediosdeTransporteCLÁUSULA 3a: BienesCubiertosCLÁUSULA 4a: RiesgosCubiertos:RiesgosOrdinariosdeTránsitoTerrestrey/oAéreo

TRANSPORTE MARÍTIMOCLÁUSULA 5a: VigenciadelSeguroCLÁUSULA 6a: MediosdeTransporteCLÁUSULA 7a: BienesCubiertosCLÁUSULA 8a: RiesgosCubiertos:RiesgosOrdinariosdeTránsitoMarítimo

PROTECCIONES ADICIONALES TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O MARÍTIMOCLÁUSULA 9a: InterrupciónenelTransporteCLÁUSULA 10a: RiesgosExcluidosquesePuedenCubrirMedianteConvenioExpreso ManifiestoenlaCarátuladelaPóliza(RiesgosAdicionales) paraTransporteTerrestre,AéreooMarítimoCLÁUSULA 11a: LimitacióndeCoberturaCLÁUSULA 12a: PérdidaTotalConstructiva

TRANSPORTE AÉREO, MARÍTIMO O TERRESTRECLÁUSULA 13a: RiesgosExcluidosCLÁUSULA 14a: ValordelSeguroCLÁUSULA 15a: CuotayPrimaMínimadeSeguroCLÁUSULA 16a: CancelacióndelaPólizaporFaltadeDeclaraciónoporFaltadePagoCLÁUSULA 17a:ComprobacióndelaDeclaracióndeEmbarquesCLÁUSULA 18a: TerminaciónAnticipadadelContratoCLÁUSULA 19a: ResponsabilidadMáximadeLaCompañíaporEmbarqueCLÁUSULA 20a: OtrosSeguros

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROCLÁUSULA 21a: MedidasdeSalvaguardaoRecuperaciónCLÁUSULA 22a: ReclamacionesCLÁUSULA 23a: AvisodeSiniestroparaPerecederosCLÁUSULA 24a: MedidassobreBienesAfectadosporSiniestroCLÁUSULA 25a: Comprobación

CONDICIONES PARA EL PAGO DE RECLAMACIONESCLÁUSULA 26a: ReconocimientosdeDerechosCLÁUSULA 27a: Deducible

7

88888

88899

9

910

1313

141416171818181819

191919202020

212121

ÍNDICE

Page 7: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

CLÁUSULA 28a: ProporciónIndemnizableCLÁUSULA 29a: PartesyComponentesCLÁUSULA 30a: DeetiquetasyEnvolturaCLÁUSULA 31a: ReposiciónenEspecieCLÁUSULA 32a: PagodeIndemnizacionesCLÁUSULA 33a: SalvamentosobreBienesDañadosCLÁUSULA 34a: SubrogacióndeDerechosCLÁUSULA 35a: CompetenciaCLÁUSULA 36a: PrescripciónCLÁUSULA 37a: InterésMoratorioCLÁUSULA 38a: NotificaciónCLÁUSULA 39a: PeritajeCLÁUSULA 40a: AgravacióndelRiesgoCLÁUSULA 41a: Fraude,DolooMalaFeCLÁUSULA 42a: ComisionesCLÁUSULA 43a: CláusuladeTerrorismoCLÁUSULA 44a: DocumentaciónparaIndemnizacionesyPagosdeDañosCLÁUSULA 45a: “OFAC”CLÁUSULA 46a: EntregadeDocumentaciónContractualparaelCasodeCelebración deContratoporVíaTelefónicaoporConductodePrestadordeServiciosCLÁUSULA 47a: AvisodeprivacidadCLÁUSULA 48a: ConsentimientoCLÁUSULA 49a: CláusulaGeneralRestriccióndeCoberturaCLÁUSULA 50a: CláusuladeExclusióndeCiberataques(LMA5403)CLÁUSULA 51a: CláusuladeExclusiónporContaminaciónRadioactiva,Química,Biológica, BioquímicaYArmasElectromagnéticas(Cl370)

GLOSARIO

21212222222222222323252526272727282929

3032323333

35

Page 8: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 7

IMPORTANTE

SírvaseleerlascondicionesimpresasdeestaPóliza,yenelcasodeencontraralgúnerror,oestarendesacuerdoconlasmismas,devuélvalasparasucorreccióndeacuerdoconelArtículo25delaLeySobreelContratodeSeguro,quealaletradice:

“ARTÍCULO25.-SielcontenidodelaPólizaosusmodificacionesnoconcordarenconlaofertaelAseguradopodrápedirlarectificacióncorrespondientedentrodelostreintadíasquesiganaldíaenquerecibalaPóliza.TranscurridoesteplazoseconsideraránaceptadaslasestipulacionesdelaPólizaodesusModificaciones”.

ChubbSegurosMéxico,S.A.,enlosucesivo“LaCompañía”yelTitulardelaPóliza,enlosucesivo“elAsegurado”,hanconvenidolascoberturasylassumasaseguradasqueaparecenenlacarátuladelaPólizacomocontratadas,conconocimientodequesepuedenelegirunaovariasdelascoberturasyadicionalmente,siasísedesea,unaovariasdelosbeneficiosadicionales.

De conformidad con los artículos 8 y 47 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, el Asegurado o proponente deberá declarar por escrito a la empresa aseguradora todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato, ya que cualquier omisión o inexacta declaración de dichos hechos, facultarán a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aun y que no hayan influido en la realización de algún siniestro.

Es obligación del Asegurado dar aviso a La Compañía tan pronto tenga conocimiento de presentarse sucesos o circunstancias previstos en los términos de esta Póliza, ya que de este aviso depende su derecho a tal protección.

En la carátula de la Póliza se menciona el inicio y fin de vigencia de la Póliza contratada.

En caso de que la contratación del presente producto de seguro haya sido realizada por vía telefónica, la misma será considerada en sustitución a la firma autógrafa, por lo que por ese mismo medio, el Asegurado podrá gestionar modificaciones o la extinción de derechos y obligaciones, conforme a la legislación aplicable.

Page 9: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual8

TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O DE AMBAS CLASES

CLÁUSULA 1a: VIGENCIA DEL SEGUROEsteSeguroentraenvigordesdeelmomentoenqueelvehículooaeronavecargadoconlosbienesinicieeltránsitodelembarquecubiertoenellugardeorigenestablecidoenestaPóliza,continúeduranteelcursonormaldesuviaje,yterminadealgunadelassiguientesformas,loqueocurraprimero:a) Conlaentregadelosbienes,alconsignatario,enellugardedestinocitadoenestaPóliza.b) 48-cuarentayocho-horasdedíashábilesdespuésdelallegadadelosbienesalpuntooaeropuertodellugar

de destino.

CLÁUSULA 2a: MEDIOS DE TRANSPORTEParaeltransportedelosbienesaseguradospodránserutilizadosferrocarril,asícomovehículosyaeronavespropiedaddelAseguradooarrendadosparasuservicio,delíneadeautotransporteolíneaaérea,deusocomercialydecarga.LosmediosdetransportedeServicioPúblicofederalquetransitenenlaRepúblicaMexicanadeberántenerautorizaciónyregistrovigenteporpartedelaSecretaríadeComunicacionesyTransportes.

CLÁUSULA 3a: BIENES CUBIERTOSEstaPólizasedestinaacubrirtodoslosembarquesdelasmercancíasquesedetallanenlaespecificaciónadjunta,siempreycuandoseanpropiedaddelAsegurado,obiensobrelasquetengaalgúninterésasegurable,comprobablecondocumentosauténticos.

CLÁUSULA 4a: RIESGOS CUBIERTOS: RIESGOS ORDINARIOS DE TRÁNSITO TERRESTRE Y/O AÉREOEsteSegurocubreexclusivamentelosdañosmaterialesopérdidasalosbienescausadosdirectamentepor:a) Incendio,rayoyexplosión.b) Caídadeaviones.c) Colisiónovolcaduradelvehículodetransporteempleado.d) Descarrilamientodelferrocarril.e) Hundimientooroturadepuentesalpasodelvehículotransportador,ohundimientosdeembarcacionescuyo

empleoseaindispensableparacompletareltránsitoterrestre.f) Quedancubiertoslosbienesaseguradoscontralosdañoscausadosdirectamenteporlasmaniobrasdecargay

descarga,cuandodichosmovimientosseanparacolocarlosbienessobreelmediodetransporteocuandoseanbajadosdelmismo,quedanespecíficamenteexcluidaslasmaniobrasqueparaestiba,alijooalmacenamientoseanllevasacaboantesdequelosbienesquedenacargobajolaresponsabilidaddelosporteadores.

TRANSPORTE MARÍTIMO

CLÁUSULA 5a: VIGENCIA DEL SEGUROEsteSeguroentraenvigordesdeelmomentoenquelosbienesquedenacargodelosporteadoresmarítimosparasutransporte,enelpuertodeorigen,continúaduranteelcursonormadesuviajeyterminaconladescargadelosmismossobrelosmuellesenelpuertodedestino.

CLÁUSULA 6a: MEDIOS DE TRANSPORTELacoberturaotorgadaporesteSeguroenelcasodeembarquesmarítimosseaplicaexclusivamenteabienesy/o

Page 10: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 9

interesestransportadosbajocubiertaporbarcosdecascodeaceromecánicamenteautopropulsadosdehasta25-veinticinco-añosdeantigüedad,clasificadosporunaasociaciónmiembrodeIACSINTERNATIONALASSOCIATIONOFCLASSIFICATIONSOCIETIES(ASOCIACIÓNINTERNACIONALDESOCIEDADESCLASIFICADORAS)yquenoenarbolenbanderadeconveniencia.Contenedorescerradospodránsertransportadossobrecubierta,siempreycuandolasordenanzasmarítimaslopermitan.

ASOCIACIONES CLASIFICADORAS MIEMBROS DEL IACS:• LLOYD’S REGISTER• AMERICAN BUREAU OF SHIPPING• BUREAU VERITAS• NIPPON KAIJI KYOKAL• NORSKE VERITAS• REGISTRO ITALIANO• REGISTRO DE BUQUES DE LA CEI• REGISTRO POLACO DE BUQUES• REGISTRO GRIEGO DE BUQUES• GERMANISCHER LLOYD

CLÁUSULA 7a: BIENES CUBIERTOSEstaPólizasedestinaacubrirtodoslosembarquesdelasmercancíasquesedetallanenlaespecificaciónadjunta,siempreycuandoseanpropiedaddelAsegurado,obiensobrelasquetenganalgúninterésasegurablecomprobablecondocumentosauténticosyseencuentrenbajocubierta.

CLÁUSULA 8a: RIESGOS CUBIERTOS: RIESGOS ORDINARIOS DE TRÁNSITO MARÍTIMOEsteSegurocubreexclusivamente:a) Laspérdidasodañosmaterialescausadosalosbienesaseguradosporincendio,rayoyexplosión;oporvarada,

hundimientoocolisióndelbarco.b) Lapérdidadebultosporenterocaídosdurantelasmaniobrasdecarga,trasbordoodescarga.c) Lacontribuciónqueresultarealembarqueaseguradoporaveríagruesaogeneraloporcargosdesalvamentoque

debanpagarsesegúnlasdisposicionesdelArtículo239delaLeydeNavegaciónyComercioMarítimos,delaLeydeNavegaciónydelCódigodeComerciooconformealasreglasdeYorkAmberes,vigentesolaleyesextranjerasaplicablesdeacuerdoconloqueestipuleelconocimientodeembarque,cartadeporteoelContratodefletamento.

d) EsteSeguroseextiendeaampararlosbienesmientrasseantransportadoshastaodesdeelbuqueprincipaldeembarcacionesauxiliaresyseconsideranaseguradosseparadamente,mientrasseencuentrenabordodeéstas.

e) ElAseguradonoseperjudicaráporcualquierconvenioqueeximaderesponsabilidadalporteadordelasembarcacionesauxiliares.

PROTECCIONES ADICIONALES TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O MARÍTIMO

CLÁUSULA 9a: INTERRUPCIÓN EN EL TRANSPORTESiduranteeltransportedelosbienes,dentrodelospuntosdeorigenydestinoindicados,sobrevinierancircunstanciasanormalesajenasalAsegurado,oquiensusinteresesrepresente,noexceptuadasenestaPóliza,queprovocarancualquiervariacióndelmismoyfuerenecesarioquelosbienesquedarenestacionadosenbodegas,almacenes,recintosfiscales,muelles,embarcaderosomaleconeslacoberturadelpresenteContratocontinuaráenvigor.

Page 11: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual10

SilainterrupcióneneltransportesedebeentodooenparteacausasimputablesalAseguradooquiensusinteresesrepresente,oaexclusionesdeestaPóliza,lacoberturaquebrindaesteSegurocesarádesdelafechadetalinterrupción.

EsobligacióndelAseguradodaravisoporescritoaLaCompañíatanprontotengaconocimientodehabersepresentadoestascircunstanciasosucesosprevistosenestaCláusula,yaqueelderechoatalproteccióndependedelcumplimientoporelAseguradodeestaobligacióndeaviso.

CLÁUSULA 10a: RIESGOS EXCLUIDOS QUE SE PUEDEN CUBRIR MEDIANTE CONVENIO EXPRESO MANIFIESTO EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA (RIESGOS ADICIONALES) PARA TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO O MARÍTIMOCuandoasíseestipuleenlaPóliza,laprotecciónotorgadaporlamismaseextiende,mediantelaobligaciónalpagodelaPrimarespectiva,acubrirlosbienesaseguradoscontrapérdidasodañoscausadosdirectamenteporlarealizacióndealgunoovariosdelosriesgosadicionalescontratados,seentenderáquedichaprotecciónseotorgadeconformidadconloestipuladoenlossiguientesincisos:

1. ROBO TOTAL

RIESGOS CUBIERTOSa) Paratransportesefectuadosenvehículospropiedaddeterceros,secubrenlosbienesaseguradoscontralafalta

deentregatotaldelembarqueporroboefectuadomedianteelusodelafuerzayviolencia,siempreycuandoseacreditecondocumentaciónauténticalapropiedaddedichosbienes.

b) ParatransportesefectuadosenvehículospropiedaddelAseguradosecubrelapérdidatotaldelosbienesaseguradosaconsecuenciadeasalto,medianteelusodelafuerzaoviolenciamoralofísicasobrelaspersonasencargadasdelmanejoy/ocustodiadelosbienes.

2. ROBO PARCIAL

RIESGOS CUBIERTOSa) Paratransportesefectuadosenvehículospropiedaddeterceros,secubrenlosbienesaseguradoscontrala

pérdidaparcialdelembarqueporroboefectuadomedianteelusodelafuerzayviolencia,siempreycuandoseacreditecondocumentaciónauténticalapropiedaddedichosbienes.

b) ParatransportesefectuadosenvehículospropiedaddelAsegurado,secubrenlosbienesaseguradoscontralapérdidaparcialdelembarqueaconsecuenciadelasalto,medianteelusodelafuerzaoviolenciasobrelaspersonasencargadasdelmanejoy/ocustodiadelosbienes.

3. MOJADURAS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontradañosmaterialesdirectoscausadosalosmismospormojaduraimprevista,yaseaporaguadulce,saladaoambascuandoestoocasioneladepreciacióndedichosbienes.

Noquedarácubiertoesteriesgocuandolosbienesviajensobrecubiertaenbuques,carrodeferrocarrilocualquierotrovehículoquenoreúnalascaracterísticasdeprotecciónadecuadas,exceptolosqueviajenencontenedorescerrados,asimismonosecubrelosdañoscausadosalosbienesporhumedaddelmedioambiente,porcondensacióndelairedentrodelempaqueodelabodegadondehayansidoestibados.

Page 12: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 11

4. OXIDACIÓN

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontradañosmaterialesdirectosalosmismoscausadosporoxidación,siempreycuandoéstaresulteaconsecuenciadelaroturadelenvasey/oempaqueprotectorenqueesténtransportados.

RIESGOS EXCLUIDOSOxidación originada por carencia o insuficiencia del embalaje, empaque o envase inapropiado, o falta de preparación del bien asegurado para su transporte, así como la pérdida o daño por humedad del medio ambiente, sudoración o condensación del aire dentro del empaque, embalaje o de la bodega donde hayan sido estibados los bienes.

5. MANCHAS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontradañosmaterialescausadosdirectamentepormanchasqueafectenomodifiquensuscaracterísticasopropiedadesoriginalesyestoocasioneladepreciacióndedichosbienes,siempreycuandoresulteaconsecuenciadelaroturadelempaque,envasey/oembalajeprotectorenqueesténtransportados.

RIESGOS EXCLUIDOSManchas originadas por carencia o insuficiencia del embalaje, empaque o envase inapropiado, o falta de preparación del bien asegurado para su transporte.

6. CONTAMINACIÓN POR CONTACTO CON OTRAS CARGAS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontradañosmaterialescausadosporcontaminaciónalentrarencontactoconotrascargasuoriginadosporlaroturadelempaque,envasey/oembalaje,queviajenenelmismomediodetransporte,queafectenomodifiquensuscaracterísticasopropiedadesoriginales.

RIESGOS EXCLUIDOSLos daños causados por raspadura, abolladura, dobladura, rayadura, desgaste, rajadura y/o despostilladura, así como residuos o materiales extraños a la mercancía asegurada, cuando el envase, empaque o embalaje se encuentre indemne.

7. ROTURA O RAJADURA

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontradañosmaterialesdirectoscausadosporroturaorajaduradurantesutransporte.

RIESGOS EXCLUIDOSLos daños causados por raspadura, abolladura, dobladura, rayadura, desgaste y despostilladura, así como los daños que sufran los bienes que carezcan de material de empaque o embalaje.

Page 13: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual12

8. DERRAME

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontrapérdidasodañosmaterialescausadosdirectamenteporderramesqueseanoriginadosúnicamenteporlaroturadelenvase,empaqueocontenedorenqueestánsiendotransportados.

9. HUELGAS Y ALBOROTOS POPULARES

RIESGOS CUBIERTOSPérdidasodañosmaterialescausadosdirectamentepor:a) Huelguistasopersonasquetomenparteenparos,disturbiosdecarácterobrero,motinesoalborotospopulares,

oporpersonasmalintencionadasdurantelarealizacióndetalesactos;obienocasionadosporlasmedidasderepresióndelosmismos,tomadasporlasautoridades.

10. ECHAZÓN Y/O BARREDURA PARA EMBARQUES MARÍTIMOS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontralapérdidaodañosmaterialescausadosdirectamentepor:a) Echazón:cuandolosbienessonarrojadosintencionalmentealmarporórdenesdelcapitándelaembarcación,

siempreycuandoquedeasentadoenelcuadernodebitácoradelbarcocomoresultadodeunactodeaveríagruesa.b) Barredura:cubrelapérdidadelosbienesaseguradosqueseencuentrenestibadossobrecubierta,quesean

barridosacausadelasolas.

11. BARATERÍA DEL CAPITÁN O TRIPULACIÓN

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradoscontrapérdidasodañosdirectoscausadosporactosilícitoscometidosvoluntariamenteporelcapitánotripulaciónenperjuiciodelAsegurado.

RIESGOS EXCLUIDOSLos daños ocasionados a los bienes asegurados por el capitán, si éste es Propietario del buque o de la mercancía.

12. BODEGA A BODEGA PARA EMBARQUES TERRESTRES Y AÉREOS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesaseguradosdesdelabodegauoficinadelremitenteenqueiniciasutránsitoparasucursonormaldelviajeycesaenlaterminacióndelosbienesaseguradosasullegadaalabodegauoficinadelconsignatario,entrelospuntosdeorigen,destinoyriesgoscubiertosindicadosenlaPóliza.

13. BODEGA A BODEGA PARA EMBARQUES MARÍTIMOS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelosbienesasegurados,empezandodesdeelmomentoenquedichosbienesiniciansutránsitodeldomiciliodelremitenteparasutransporte,continúaelcursoordinariodelviajeycesaconlaterminacióndeltránsitodelosbieneseneldomiciliodelconsignatario,entrelospuntosdeorigen,destinoyriesgoscubiertosindicadosenlaPóliza.

Page 14: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 13

Siduranteeltransportedelosbienesaseguradossobrevinieseunainterrupción,conformeseestipulaenlaCláusula9adeestasCondicionesGenerales,laproteccióndeestaCláusula,laproteccióndeestaCláusulaseincluyeenembarquesdeimportaciónyexportaciónporvíamarítima.

• 15 -quince- días naturales, si el domicilio del consignatario se encuentra dentro los límites del puerto final de destino.

• 30 -treinta- días naturales, si el destino final de los bienes asegurados se localiza fuera de los límites del puerto.

Estoslímitesendíassecuentanapartirdelamedianochedeldíaquearribenoquequedeterminadaladescargadelosbienesaseguradosenelcostadodelbarcotransportador.

SielAseguradonecesitareunplazomayoralosseñaladosparaqueelpresenteSegurocontinúeprotegiendolosbienes,objetosdelmismo,durantesuestadíaadicional,daráavisoinmediatamenteporescritoaLaCompañíaysiéstamanifiestasuconformidadelAseguradoseobligaapagarlaPrimaadicionalquecorresponda.

QuedaentendidoyconvenidoquesiLaCompañíanorecibeelavisoinmediato,cesarásuresponsabilidadaldíasiguientedelvencimientodelosplazoscitados.

14. ESTADÍA DURANTE 30 DÍAS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelaestadíaenbodegasderecintosaduanalesdedestino,deacuerdoconlostérminosdelaCláusula9a de las CondicionesGeneralesdeestaPóliza.

15. ESTADÍA DURANTE 60 DÍAS

RIESGOS CUBIERTOSCubrelaestadíaenbodegasderecintosaduanalesdedestino,deacuerdoconlostérminosdelaCláusula9a de las CondicionesGeneralesdeestaPóliza.

CLÁUSULA 11a: LIMITACIÓN DE COBERTURAAuncuandoenlasecciónderiesgoscubiertosdeestaPólizanoseespecifiquelacoberturaquedalimitada:a) Para Trayectos Parciales:

CuandoestaPólizaampareembarquesdebienesdeimportaciónysólocubrapartedeltránsitodentrodelaRepúblicaMexicana,ynodesdesulugardeorigen,lacoberturaquedalimitadaaampararúnicamentelosRiesgosOrdinariosdeTránsito.

b) Por el Estado de los Bienes Asegurados:Tratándosedebienesusados,reconstruidosy/odedesperdiciolaprotecciónqueotorgaesteSeguroselimitaaampararlosRiesgosOrdinariosdeTránsito.

CLÁUSULA 12a: PÉRDIDA TOTAL CONSTRUCTIVANingunareclamaciónporpérdidatotalconstructivaserárecuperablebajolostérminosdelapresentePóliza,amenosquelosbienesaseguradosseanabandonadosporquesupérdidatotalfuereinevitableoporqueloscostosporconceptoderecuperación,reacondicionamientoyreexpedicióndelosbienesaldestinoseñaladoenestaPólizasonsuperioresalvalordelosbienesalllegaradichodestino.

Page 15: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual14

TRANSPORTE AÉREO, MARÍTIMO O TERRESTRE

CLÁUSULA 13a: RIESGOS EXCLUIDOSEn ningún caso esta Póliza ampara los bienes asegurados contra pérdidas, daños físicos directos o gastos, cuando los mismos tengan su origen en los siguientes hechos:1. La violación por el Asegurado, empleados o quien sus intereses represente, a cualquier

ley, disposición o reglamento expedidos por cualquier autoridad extranjera o nacional, federal, estatal, municipal o de cualquier otra especie, cuando influya en la realización de un siniestro.

2. La apropiación, incautación, requisición, confiscación por derecho de los bienes asegurados, por parte de personas que estén facultadas a tener la posesión de los mismos.

3. Pérdidas o daños por dolo, mala fe, robo, fraude o abuso de confianza en el que intervenga directa o indirectamente el Asegurado, el Beneficiario o sus empleados, dependientes civilmente del Asegurado o quienes sus intereses representen que actúen solos o en complicidad con otras personas.

4. La naturaleza perecedera inherente a los bienes y/o el vicio propio de los mismos.5. Daños indirectos, pérdida de mercado, pérdida de beneficios, pérdida consecuencial,

depreciación, o cualquier otro perjuicio o dificultad de índole comercial que afecte al Asegurado cualesquiera que se su causa u origen.

6. Robo, faltantes descubiertos al efectuar inventarios, o cualquier daño que sea detectado posteriormente a la entrega de la mercancía en la bodega de su destino final o donde haya terminado la cobertura de acuerdo con las Cláusulas 1a, 5a y 10a de estas condiciones, según sea el caso.

7. El abandono o dejación de los bienes por parte del Asegurado, o quien sus intereses represente, hasta que La Compañía haya dado autorización por escrito, siempre y cuando la pérdida total real de los mismos resulte inevitable o cuando el costo y los gastos para recuperar, reacondicionar y reexpedir (o cualquiera de ellos) exceda el valor de las mercancías y su llegada al destino al que van aseguradas.

8. Pérdida ordinaria de peso o volumen de los bienes asegurados o mermas imputables a las propias características de dichos bienes.

9. Falta de marcas o simbología internacionalmente aceptada que indique la naturaleza frágil o medidas de precaución para el transporte de los bienes, cuando esto influya directamente en la realización del siniestro.

10. Mal acondicionamiento de los envases o dispositivos de manejo que se utilicen para las maniobras de carga, transporte y descarga, o cualquier vicio oculto existente en ellos.

11. Por falta o deficiencia del envase, empaque o embalaje, o bien cuando éstos sean inadecuados. Asimismo, cuando se exceda la capacidad de sostén de la estiba de la mercancía. Esta exclusión aplica cuando el Asegurado tenga injerencia en tal empaque, embalaje, envase, estiba o preparación

12. Cualquier denotación hostil de cualquier arma de guerra que emplee fisión y/o fusión atómica o nuclear u otra reacción similar o fuerza o cosa radiactividad.

13. Empleo de un medio de transporte no apto, obsoleto, con fallas o defectos latentes para transportar el tipo de mercancía amparada que no pudieran ser ignorados por el Asegurado, sus funcionarios, socios, dependiente, empleados, permisionarios o mandatario.

14. La colisión de la carga y no del vehículo, con objetos que se encuentren fuera del medio de transporte o por caídas, por falta o deficiencia manifiesta de los amarres o flejes

Page 16: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 15

utilizados, o por sobrepasar la capacidad dimensional de carga o de la superestructura del vehículo, ya sea en su largo, ancho o alto.

15. La transferencia de intereses del Asegurado en la mercancía sin conocimiento escrito por parte de La Compañía o mientras dicha mercancía esté sujeta a un gravamen o hipoteca que no esté específicamente declarado.

16. Confiscación, destrucción o rechazo de los bienes por parte de autoridades sanitarias, aduaneras o de otro tipo legalmente reconocidas con motivo sus funciones, nacionales y/o extranjeras.

17. Bienes rechazados por el destinatario, que sean asegurados en su regreso a su lugar de origen y que no se declaren en la solicitud como “Bienes Rechazados”.

18. Guerra, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, actos de terrorismo o de sabotaje, contienda civil o cualquier otra misteriosa que no pueda detectarse su origen.

19. Daños que por su origen sean causados por fallas o descomposturas en el sistema de refrigeración o cualquier otra misteriosa que no pueda detectarse su origen.

20. Daños por mojadura u oxidación cuando los bienes viajan a la intemperie.21. El choque proveniente de enganches, maniobras o movimientos propios del medio

de transporte, no se considera como una colisión.22. Cuando el Asegurado no celebre con el transportista un Contrato de prestación de

servicios (carta de porte o ésta resulte falsa) o cuando después de un siniestro por colisión o robo de vehículo, el Asegurado no haga ante la autoridad correspondiente su declaración de hechos, conforme a lo indicado en la Cláusula de Comprobación.

23. Robo sin violencia cuando el medio de transporte sea propiedad del Asegurado o esté bajo su control o custodia.

24. Por pérdidas o daños causados a los bienes asegurados, si tales daños o pérdidas se generaran cuando el chofer que conduce el vehículo que transporta los bienes asegurados se encuentre en estado de ebriedad o influencia de alguna droga, así como por las personas que efectúen las maniobras de carga y descarga, cuando ahí se genere el siniestro.

25. Cualquier pérdida o daños a los bienes que ocasione desajuste o descalibración en maquinaria, herramienta y equipos eléctricos, electrónicos y de precisión, a consecuencia de vibración o movimientos durante el curso normal del viaje, sin que se presente alguno de los riesgos amparados para esta Póliza y se acredite por el Asegurado.

26. A embarques de ventas efectuados por el Asegurado en costos de reproducción o adquisición, más fletes y demás gastos inherentes al transporte de los bienes si los hubiere.

27. Falta de registro en la mercancía cuando esto impida su identificación y recuperación en caso de siniestro.

28. Variación de temperatura y/o atmósfera.29. Cualesquier daño que no sea a consecuencia directa de un riesgo cubierto por esta Póliza.30. Cualquier daño a los bienes asegurados cuando a éstos (los bienes) no pueda acreditarse

su origen con documentación auténtica.31. Utilizar líneas Transportistas que no cuenten con la autorización de la autoridad

correspondiente para operar.32. En ningún caso este seguro cubrirá daños y/o pérdidas y/o responsabilidad y/o gastos

causados oderivados, del uso u operación, como medio para infligir daño, de cualquier computadora, sistema de cómputo, programa decomputación (software), código

Page 17: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual16

malicioso, virus informático o cualquier otro sistema electrónico o de procesamiento de datos.

33. En ningún caso este seguro cubrirá pérdida, daño, responsabilidad o gastos causados o los que hayan contribuido, o resultantes de:a) Radiaciones ionizantes de, o contaminación por, radioactividad, de cualquier

combustible nuclear o de cualquier desperdicio nuclear o de combustión de combustible nuclear.

b) Las propiedades radioactivas, tóxicas, explosivas u otras peligrosas o contaminantes de cualquier instalación nuclear, reactor u otro montaje o componente nuclear de ellos.

c) Cualquier arma o dispositivo en el cual se emplee fisión atómica o nuclear y/o fusión u otra reacción similar o fuerza o materia radioactiva.

d) Las propiedades radioactivas tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas o contaminantes de cualquier material radioactivo.

e) Cualquier arma química, biológica, bioquímica o electromagnética.

CLÁUSULA 14a: VALOR DEL SEGUROElvalorasegurabledeberádecorresponderalvalorquetenganlosbienesenellugardedestino,enelmomentodelaterminacióndelviaje,deacuerdoconlassiguientesbases:a) Para embarques de compras efectuados por el Asegurado en el extranjero:

Valorfacturadelosbienes,másgastos,talescomofletes,impuestosdeimportación,gastosaduanales,empaque,embalaje,acarreoydemásgastosinherentesaltransporte,siloshubiereysiemprequeelAseguradoloshayaincluidoensudeclaraciónmensual,segúnseaelcaso.

b) Para embarques de compras efectuadas por el Asegurado dentro de la República Mexicana:Valordefacturadelosbienes,másgastos,talescomofletes,embalaje,acarreoydemásgastosinherentesaltransporte,siloshubiereysiemprequeelAseguradoloshayaincluidoensudeclaraciónpreviaaliniciodevigenciadelaPóliza,ensuspronósticosanualesodeclaraciónmensual,segúnseaelcaso.

c) Para embarques de ventas efectuadas por el Asegurado:Costodeproducciónoadquisición,másfletesydemásgastosinherentesaltransporte,siloshubiereysiemprequeelAseguradoloshayaincluidoensudeclaraciónpreviaaliniciodevigenciadelaPóliza,ensupronósticoanualodeclaraciónmensual,segúnseaelcaso.

d) Para embarques de maquila efectuados por el AseguradoCostodemateriaPrimaylosdemásgastosqueserealicendentrodelprocesodeproducción,además,losgastosinherentesaltransporte,siloshubiereysiemprequeelAseguradoloshayaincluidoensudeclaraciónpreviaaliniciodevigenciadelaPóliza,ensuspronósticoanualodeclaraciónmensual,segúnseaelcaso.

e) Para embarques entre Empresas Filiales en la República Mexicana:Costodeproducciónoadquisición,másfletesydemásgastosinherentesaltransportedelosbienes,ysiemprequeelAseguradoloshayaincluidoensudeclaraciónpreviaaliniciodevigenciadelaPóliza,ensupronósticoanualodeclaraciónmensual,segúnseaelcaso.

f) Para bienes usadosValorrealdelosbienesmásgastos,talescomofletes,impuestosdeimportación,gastosaduanales,empaque,embalaje,acarreoydemásgastosinherentesaltransportedelosbienes,siloshubiereysiemprequeelAseguradoloshayaincluidoensudeclaraciónpreviaaliniciodevigenciadelaPóliza,ensupronósticoanualodeclaraciónmensual,segúnseaelcaso.

ElImpuestoalValorAgregado(IVA)noesobjetodeSeguroenningúncaso.

Page 18: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 17

CLÁUSULA 15a: CUOTA Y PRIMA MÍNIMA Y DEPÓSITOa) ElAseguradopagarádecontadounaPrimamínimaydedepósitoequivalenteadosdoceavosdelaPrima

anualpronosticada,resultantedeaplicarlascuotasestablecidasalvalordelpronósticoanualomovimientodeembarquesproyectadosporelañovigenciadelaPólizaypresentadoporelAseguradodeacuerdoalvalorcitadoenlaCláusulavalordelSeguro.

LaPrimamínimaydedepósito,enningúnmomentoeximealAseguradodelanodeclaracióndeembarquesy/odepagarlaPrimarespectivaporcadamensualidadenlostérminospactadosenestaPóliza.

ElAseguradogozarádeunperiododeesperade30-treinta-díasnaturalesparaliquidareltotaldelaPrimainicialdedepósito.

AsimismoquedaentendidoquelaPrimamínimadedepósitoquedarádevengadaafavordeLaCompañíaenelmomentoenqueelmontodeunoovariossiniestrosseasuperioradichaPrimamínimaydedepósito.

DECLARACIÓN PARA EL SEGUROb) BajoestaPóliza,LaCompañíacubretodoslosembarquesdelosbienesdescritosenlaPóliza,hastaellímite

máximoderesponsabilidadcontratadadeacuerdoalaCláusuladecimonovena.Porsuparte,elAseguradoseobligaareportarporescritoLaCompañíaelvalordetodoslosembarquesdetodoslosembarquesdesupropiedady/osobreloscualestengainterésasegurable,queefectúeporsucuenta,porejemplo,embarquesdecomprasnacionaleimportacióndeventasnacionalesodeexportacióndetrasladoentrefiliales,tiendas,bodegas,maquilascorrespondientealperiododevigenciaquereportayconformealosiguiente:1. Dichoreportedeberápresentarsedentrodelos15-quince-díasnaturalessiguientesalvencimiento,cierre

decadamescalendario(esdecir,elúltimodíadecadames).Denoserasí,LaCompañíaquedaráliberadodecualquierresponsabilidadasumidaenesteContrato.

2. ElAsegurado se obliga a notificar por escrito aun cuando no haya efectuado embarque omovimientoalgunoyenlosmismostérminosalosqueserefiereelincisoanterior,denohacerloLaCompañíaquedaráliberadodetodaresponsabilidadasumidaenesteContrato.

3. Conbasealreportecitado,LaCompañíacobrarálaPrimadevengadaaplicandolascuotasestablecidasenlacarátulay/oespecificacióndeestaPóliza.

4. LaPrimaaqueserefiereestaCláusuladeberáserpagadaenlasoficinasdeLaCompañíacontraentredelrecibo correspondiente.

c) EnPólizasconvigenciaanual,laPrimamínimaydedepósitoolaPrimafijamensual,trimestral,semestraloanual,calculadaporLaCompañíaporperiodoamparado,podráserajustadaencualquiermomentosielvalordelosembarquesdeclaradosaltérminodelosprimeros3-tres-mesessuperael50%delvalorpronosticadoparatodoelaño.AsimismoelAseguradosecomprometearealizarelpagocorrespondienteenplazosfijadosenestaPóliza,delocontrario,LaCompañíaquedaráliberadadecualquierresponsabilidadasumidaenesteContrato.

d) QuedaentendidoyconvenidoqueencasodequeelmontodeunoovariossiniestroscubiertosbajolapresentePóliza,excedanlaPrimaanualcalculada,yaunencuentrenparcialidadesdeéstaúltima,pendientedeliquidar,elsaldodeberádeserpagadodeinmediatoaLaCompañía,teniendoqueserrenegociadalaPrimaendepósitoparaelperiodonodevengado.LaCompañíapodrádeducirlaPrimaadeudadadelmontodel siniestro a pagar.

Page 19: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual18

CLÁUSULA 16a: CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA POR FALTA DE DECLARACIÓN O POR FALTA DE PAGOEsta Póliza quedará automáticamente cancelada sin necesidad de previo aviso de La Compañía al Asegurado, si durante los 15 -quince- días naturales siguientes al término del periodo que ha de declararse el Asegurado no envía a La Compañía la declaración por escrito de los embarques que haya efectuado durante dicho periodo. Si la Prima mínima y de depósito o los endosos de ajuste correspondientes a las declaraciones, no son pagadas a La Compañía durante los siguientes 30 -treinta- días naturales a la fecha del inicio de vigencia del documento expedido, la Póliza anual también se considerará como cancelada.

En ambos casos la cancelación se hará efectiva a partir de las 13 horas del último día de vigencia el último reporte recibido por La Compañía cuya Prima haya sido pagada, quedando devengada a favor de ésta, la Prima mínima depósito establecida.

CLÁUSULA 17a: COMPROBACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE EMBARQUESEsindispensablequeelAseguradolleveunregistroadecuadoyexactodetodossusembarquesymovimientosdurantelavigenciadeestaPóliza,asimismo,seobligaaponeradisposicióndeLaCompañíadichoregistro,cualquierdocumentoqueseconsiderenecesarioparacomprobarlaexactituddesusdeclaraciones.EncasocontrarioonolapresentarenoportunamenteLaCompañíaquedaráliberadadecualquierobligaciónbajoesteContrato,deconformidadconlaCláusula41a(Fraude,DolooMalaFe).

Cuandosecompruebelainexactituddelasdeclaraciones,seráaplicadolodispuestoenlaCláusula28a referente alaProporciónIndemnizable.

CLÁUSULA 18a: TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATONo obstante el término de vigencia que se indica en la póliza, las partes convenientes en que ésta podrá darse por terminada anticipadamente mediante notificación por escrito.

Si es por parte del Asegurado, la podrá dar por terminada inmediatamente; si es por parte del a Compañía, la terminación surtirá sus efectos transcurridos 15 -quince- días después de la fecha de notificación.

La cancelación y terminación anticipada del contrato no perjudicará cualquier embarque que se encuentre en tránsito en la fecha efectiva de cancelación o terminación, según sea el caso, por lo que el Asegurado se obliga a remitir a La Compañía las declaraciones de todos los embarques efectuados hasta tal fecha para proceder el ajuste de la prima mínima y de depósito.

CLÁUSULA 19a: RESPONSABILIDAD MÁXIMA DE LA COMPAÑÍA POR EMBARQUEQuedaconvenidoquelapresentePólizaestásujetaaunlímitemáximoporembarqueseñaladoeneldetalledelaPóliza,querepresentaellímitederesponsabilidadqueLaCompañíaamparacontralosriesgoscubiertos,porcadaunodelosembarquesrealizadosporelAsegurado.Dicholímitenoespruebadelvalornidelaexistenciadelosbienesasegurados,simplementedeterminaencasodedañosopérdidas,lacantidadmáximaqueLaCompañíaestaríaobligadaaindemnizar,entérminosdeloquealefectoestableceelArtículo119delaLeySobreelContratodeSeguro.

Page 20: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 19

EncasodequeelvalordecualquierembarqueexcedieraellímitemáximoporembarquecontratadoLaCompañía,sóloseráresponsablehastadicholímitemáximoaindemnizar,menoseldeducible,coasegurooparticipación,quedebieraaplicarse.ElAseguradotendráderechoarecuperar,departedeLaCompañíalaPrimapagadaenexceso,en estos casos.

CLÁUSULA 20a: OTROS SEGUROSElAseguradotienelaobligacióndedaravisoporescritoaLaCompañíasobretodoSeguroquecontrateotengacontratadocubriendolosmismosbienescontralosmismosriesgosquesecubrenenestaPóliza,indicandoademáselnombredelascompañíasAseguradorasylassumasaseguradasyLaCompañíaharálaanotacióncorrespondiente.

Si el Asegurado omitiere intencionalmente este aviso o si contratare los diversos seguros para obtener un provecho ilícito; La Compañía quedará liberada de sus obligaciones.

Cuando estuvieren asegurados en otra u otras compañías los mismos intereses amparados por la presente Póliza, y La Compañía esté debidamente avisada, La Compañía solamente pagará los daños y las pérdidas proporcionalmente a la cantidad asegurada por ella.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO

CLÁUSULA 21a: MEDIDAS DE SALVAGUARDA O RECUPERACIÓNAltenerconocimientodeunsiniestroproducidoporalgunodelosriesgosamparadosporestaPólizaelAsegurado,susapoderados,susdepositariosocausahabientes,deberánactuarparalaproteccióndelosbienesafindeevitarodisminuirlosdaños.Porlotanto,entablaránreclamaciónojuicio,yensucaso,viajarányharánlasgestionesnecesariasparalasalvaguardaorecuperacióndelosbienes,opartedeellos,ycuidaráquetodoslosderechosencontradeporteadores,depositariosuotraspersonasesténdebidamentesalvaguardadosyejecutados.

SinohaypeligroenlademorapediráinstruccionesaLaCompañíadebiendoatenersealasqueellaleindique.ElincumplimientodeestaobligaciónpodráafectarlosderechosdelAsegurado,enlostérminosdelaLeySobreelContratodeSeguro.

LaCompañíaademásdecualquiersumaconlaqueseindemnicelosdañosopérdidasquesufranlasmercancíasaseguradas,reembolsaráalAseguradoelimportedetalesgastosqueseannecesariosysejustifiquenlegalmente,entodocasoelimportedetalesgastosnopuedeexcederdelvalordeldañoevitado.

NingúnactodeLaCompañíaodelAseguradopararecuperar,salvaroprotegerlosbienes,seinterpretarácomorenunciaoabandono.

CLÁUSULA 22a: RECLAMACIONESa) Reclamaciones en Contra de Porteadores:

EncasodecualquierpérdidaodañoquepudieradarlugaraIndemnizaciónconformeaestaPóliza,elAsegurado,oquiensusderechosrepresente,reclamaráporescritodirectamentealporteadordentrodeltérminoquefijeelContratodefletamento,cartadeporte,guíaaéreaoconocimientodeembarqueycumplirácontodoslosrequisitosqueelmismoestablezcaparadejarasalvosusderechos.ElAsegurado,oquiensusderechosrepresente,harádichareclamaciónantesdedarseporrecibidosinreservadelosbienes.

Page 21: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual20

b) Aviso:AlocurrirpérdidaodañoquepudieradarlugaraindemnizaciónconformeaesteSeguro,elAseguradotendráeldeberdecomunicarloporescritoaLaCompañíadentrodelos4-cuatro-díassiguientesalaentregadelamercancíadeldestinatario.

c) Certificación de Daños:EncasodepérdidaodañosquepudierandarlugarindemnizaciónconformeaesteSeguro,elAsegurado,oquiensusderechosrepresente,solicitaráunainspeccióndedañosylacertificaciónrespectiva,paralocualacudiráalcomisariodeaveríasdeLaCompañíahubiereenellugarenquerequieralainspeccióno,ensudefecto,alagentelocaldeLloyd’soafaltadeéste,aunnotariopúblico,alaautoridadjudicialyensucaso,alapostalyporúltimoalaautoridadpolíticalocal.Elderechoalaindemnizacióndelosdañosopérdidassufridas,quedanexpresamentecondicionadosaquelainspeccióndeaveríasseefectúedentrodelos5-cinco-díasnaturalessiguientesdespuésdehaberdadoelaviso.

CLÁUSULA 23a: AVISO DE SINIESTRO PARA PERECEDEROSConsiderandolanaturalezaperecederadelosbienes,quedaentendidoyconvenidoqueelavisodesiniestroporcolisiónovolcaduradelmediodetransporte,deberádarsedentrodelas24horasdespuésdeloocurrido.

CLÁUSULA 24a: MEDIDAS SOBRE BIENES AFECTADOS POR SINIESTROEncasodesiniestroquedestruyaodañelosbienesaseguradosyentantonosehayafijadodefinitivamenteelimportedelaindemnizacióncorrespondiente,LaCompañíapodráexaminar,clasificaryvalorizarlosbienes,dondequieraqueseencuentren,paradeterminarlaextensióndelsiniestro.

ElAseguradoquedaobligadoamantenerlacustodiayresponsabilidaddetalesbienesy,porellonopodráhacerabandonodelosmismosaLaCompañía.

CLÁUSULA 25a: COMPROBACIÓNDentro de los 60 -sesenta- días naturales siguientes al aviso de pérdida dado según el inciso b) de la Cláusula 19a el Asegurado deberá someter a La Compañía por escrito su reclamación, descrita detalladamente y acompañada de los siguientes documentos:1. Carta de formal reclamación dirigida a La Compañía debidamente desglosados y

valorizados los conceptos que integren.2. Carta de reclamación enviada al transportista responsable del daño, con acuse de

recibo o en su defecto anexar talón por correo certificado.3. Declaración de embarque en que se incluya al afectado.4. Copia certificada del acta o parte de autoridades que intervinieron en el accidente.5. Copia de los siguientes documentos:

• Conocimiento marítimo (Bill of Lading) y certificado de descargar marítima.• Pedimento de importación y cuenta de gastos aduanales.• Factura comercial de los bienes asegurados.• Guías de embarque en el extranjero y/o país.• Reporte de selección de mercancías dañadas.

6. La constancia o el certificado de años de acuerdo al inciso c) de la Cláusula 19a.7. Declaración, en su caso, respecto a cualquier otro seguro que exista sobre los bienes

cubiertos por esta Póliza.

Page 22: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 21

8. A solicitud de La Compañía cualesquier otro documento comprobatorio relacionado con la reclamación o con el siniestro.

EL INCUMPLIMIENTO DE ESTOS REQUISITOS LIBERA A LA COMPAÑÍA DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS EN EL CONTRATO.

CONDICIONES PARA EL PAGO DE RECLAMACIONES

CLÁUSULA 26a: RECONOCIMIENTO DE DERECHOSElderechoderivadodeestaPólizacorrespondeaquiendemuestretenerinterésjurídicosobrelosbienesasegurados.Sinembargo,elderechodeestaPólizanuncapodráserreclamadodirectaoindirectamenteporningúnporteadorodepositario,aunqueseestipuleenelconocimientodeembarqueodecualquierotraforma.

CLÁUSULA 27a: DEDUCIBLEEncasodepérdidaqueameriteindemnizaciónbajoelamparodelapresentePólizaLaCompañíaresponderáúnicaporelexcesodelosdeduciblesestablecidosenlaPóliza,cuyomontonoseráinferioralequivalentea40-cuarenta-UnidadesdeMediciónyActualización,alafechadeocurrenciadelsiniestro.

Envirtuddequeeldeducibleseaplicasobreelvalortotaldelembarque,ésteseentenderácomoelvalortotaldelosbienescubiertoscontenidosenunsolomediodetransportealiniciooriginaldelviaje.

Siendotransportecombinado,setomarácomobaseelmediodetransporteenelcualseencontrabanlosbienesalmomentodelsiniestro,ycuandonoseaposibledeterminarobjetivamentedondeocurrióelsiniestrosetomarácomobaseelmediodetransportequepresentelamayoracumulación.

EncasodequeelvalordelembarqueexcedalaresponsabilidadmáximadeLaCompañíaporembarquequeseindicaenlaPóliza,eldeducibledeberádeaplicarsesobredicharesponsabilidad.

Cuandoenunsiniestroseafecten2omáscoberturascondiferentesdeduciblesseaplicaraelpromedioaritméticode los mismos.

Paraembarquesmarítimosenbuquesconantigüedadmayorde25-veinticinco-años,y/onoclasificados,y/oqueenarbolenbanderadeconveniencia,seaplicaráeldobledeldeducibleseñaladoenlaPólizaparaelriesgo afectado.

CLÁUSULA 28a: PROPORCIÓN INDEMNIZABLELaCompañíanuncaseráresponsableporunporcentajemayordecualquierpérdidaindemnizablequeelqueexistíaentrelacantidadaseguradayelvalorrealdelosbienesenelmomentodelsiniestro,niporporcentajemayorqueelqueexistíaentreelmontodeestaPólizayelvalorconjuntodetodoslossegurosexistentessobrelosmismosbienesquecubranelriesgoquehayaoriginadolapérdida.SilaPólizacomprendevariosincisos,lapresenteestipulaciónseráaplicableacadaunodeellosporseparado.

CLÁUSULA 29a: PARTES Y COMPONENTESCuandolapérdidaodañoindemnizableseacausadodirectamenteporcualquieradelosriesgoscubiertosacualquierpartedeunaunidadquealestarcompletaparasuventaouso,constedevariaspartes,LaCompañíaúnicamente

Page 23: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual22

responderáporelvalorrealdelaodelaspartesperdidasoaveriadas,enlamismaproporciónqueguardelasumaaseguradaenrelaciónconelvalorrealdelosbienes.

CLÁUSULA 30a: DE ETIQUETAS Y ENVOLTURACuandoeldañoseacausadodirectamenteporcualesquieradelosriesgoscubiertosysóloafecteetiquetas,envolturasoempaquesdelosbienes,LaCompañíaúnicamenteresponderáporlareposicióndetalesetiquetas,envolturasoempaquesy,ensucaso,delremarcadodelosartículos,pagandodesucostolamismaproporciónqueguardelasumaaseguradaenrelaciónconelvalorrealdelosbienes.

CLÁUSULA 31a: REPOSICIÓN EN ESPECIETratándosedebienesfungibles,LaCompañíatendrálaopcióndereponerlosbienesperdidosodañadosconotrosdeigualclase,calidadyestadofísicoconsiderandoladepreciaciónporuso,envezdepagarenefectivoelmontodelapérdidaoeldaño.

CLÁUSULA: 32a: PAGO DE INDEMNIZACIONESTodaindemnizaciónserápagaderaalAseguradooasuordendentrodelos30-treinta-díasposterioresaquehayaquedadodefinidayadmitidaporpartedeLaCompañíaysehayadeterminadoycomprobadoelmontodelaindemnizaciónquecorresponda.

CLÁUSULA 33a: SALVAMENTO SOBRE BIENES DAÑADOSEncasodequederivadodealgúnsiniestro,amparadoporlapresentePóliza,yqueLaCompañíaconsiderelosbienesaseguradoscomopérdidatotaldeconformidadconlaspresentescondicionesyenadiciónalpagodelosdañosdedichosbienes,cuandoLaCompañíapaguealAseguradoelvalordelsalvamento,éstospasaránaserpropiedaddeLaCompañíapudiendoésteúltimodisponerdeellosasumejorconveniencia,porloqueAseguradosecomprometeaentregaraéstatodaladocumentaciónqueacreditalapropiedaddetalesbienes,cediendoenadiciónaellotodoslosderechosquetengasobredichapropiedad.

LacompañíaconvieneennodisponerdesalvamentosbajoelnombreomarcasimpresosdefábricadelAsegurado.

CLÁUSULA 34a: SUBROGACIÓN DE DERECHOSEnlostérminosdelArtículo111delaLeySobreelContratodeSeguro,unavezpagadalaindemnizacióncorrespondiente,LaCompañíasesubrogaráhastaporlacantidadpagadaenlosderechosdelAsegurado,asícomoensuscorrespondientesacciones,contralosautoresoresponsablesdelsiniestro.

SiLaCompañíalosolicita,acostadeésta,elAseguradoharáconstarlasubrogaciónenescriturapública,siporhechosuomisionesdelAseguradoseimpidelasubrogación,LaCompañíaquedaráliberadadesusobligaciones.

Sieldañofuereindemnizadosóloenparte,elAseguradoyLaCompañíaconcurriránenhacervalersusderechosenlaproporcióncorrespondiente.

CLÁUSULA 35a: COMPETENCIAEncasodecontroversia,elreclamantepodráplantearsureclamaciónantelaUnidadEspecializadadeAtencióndeConsultasyReclamacionesdelapropiainstitucióndeSeguros,encasodequeLaCompañíanoledésoluciónasureclamación,elreclamantepodráhacervalersusderechosenlaComisiónNacionalparalaProtecciónyDefensadelosUsuariosdeServiciosFinancieros(CONDUSEF),pudiendoasuelección,enestecaso,determinarlacompetencia

Page 24: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 23

porterritorio,enrazóndeldomiciliodecualquieradesusdelegaciones,entérminosdelosartículos50Bisy68delaLeydeProtecciónyDefensaalUsuariodeServiciosFinancierosy277delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas.Loanteriordentrodeltérminodedosañoscontandoapartirdequesusciteelhechoqueledioorigenoensucaso,apartirdelanegativadelaInstitucióndeSegurosasatisfacerlaspretensionesdelreclamante. DenosometerselaspartesalarbitrajedelaComisiónNacionalparalaProtecciónyDefensadelosUsuariosdeServiciosFinancieros(CONDUSEF),odequienéstaproponga,sedejaráasalvolosderechosdelreclamanteparaqueloshagavaleranteeljuezdeldomiciliodedichasdelegaciones.

Entodocaso,quedaráaeleccióndelreclamanteacudirantelasreferidasinstanciasodirectamenteanteloscitadostribunales.

CLÁUSULA 36a: PRESCRIPCIÓNTodaslasaccionesquesederivendeesteContratodeSeguroprescribiránendosaños,contadosdesdelafechadelacontecimientoquelesdioorigenenlostérminosdelArtículo81delaLeySobreelContratodeSeguro,salvoloscasosdeexcepciónconsignadosenelArtículo82delamismaley.

Laprescripciónseinterrumpiránosóloporlascausasordinarias,sinotambiénporaquellasaqueserefierelaLeydeProtecciónyDefensadelUsuariodeServiciosFinancieros.

CLÁUSULA 37a: INTERÉS MORATORIOEncasodequeLaCompañía,noobstantedehaberrecibidolosdocumentoseinformaciónquelepermitanconocerelfundamentodelareclamaciónquelehayasidopresentada,nocumplaconlaobligacióndepagarlaindemnización,capitalorentaenlostérminosdelArtículo71delaLeySobreelContratodeSeguro,seobligaapagaralAsegurado,uninterésmoratorioenlostérminosdelArtículo276delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas.Dichointeréssecomputaráapartirdeldíasiguienteaaquélenquevenzaelplazode30-treinta-díasseñaladoenelArtículo71antescitado,siempreycuandolaindemnizaciónseaprocedente.

“Art. 276 LISF.- SiunaInstitucióndeSegurosnocumpleconlasobligacionesasumidasenelContratodeSegurodentrodelosplazosconquecuentelegalmenteparasucumplimiento,deberápagaralacreedorunaindemnizaciónpormoradeacuerdoconlosiguiente:

I. LasobligacionesenmonedanacionalsedenominaránenUnidadesdeInversión,alvalordeéstasenlafechadelvencimientodelosplazosreferidosenlaparteinicialdeesteArtículoysupagoseharáenmonedanacional,alvalorquelasUnidadesdeInversióntenganalafechaenqueseefectúeelmismo,deconformidadconlodispuestoenelpárrafosegundodelaFracciónVIIIdeesteArtículo.

Además,laInstitucióndeSegurospagaráuninterésmoratoriosobrelaobligacióndenominadaenUnidadesdeInversiónconformealodispuestoenelpárrafoanterior,elcualsecapitalizarámensualmenteycuyatasaseráigualalresultadodemultiplicarpor1.25elcostodecaptaciónaplazodepasivosdenominadosenUnidadesdeInversióndelasinstitucionesdebancamúltipledelpaís,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,correspondienteacadaunodelosmesesenqueexistamora;

II. Cuandolaobligaciónprincipalsedenomineenmonedaextranjera,adicionalmentealpagodeesaobligación,laInstitucióndeSegurosestaráobligadaapagaruninterésmoratorioelcualsecapitalizarámensualmenteysecalcularáaplicandoalmontodelapropiaobligación,elporcentajequeresultedemultiplicarpor1.25elcostode

Page 25: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual24

captaciónaplazodepasivosdenominadosendólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica,delasinstitucionesdebancamúltipledelpaís,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,correspondienteacadaunodelosmesesenqueexistamora;

III.EncasodequealafechaenqueserealiceelcálculonosehayanpublicadolastasasdereferenciaparaelcálculodelinterésmoratorioaquealudenlasfraccionesIyIIdeesteArtículo,seaplicaráladelmesinmediatoanteriory,paraelcasodequenosepubliquendichastasas,elinterésmoratoriosecomputarámultiplicandopor1.25latasaquelassustituya,conformealasdisposicionesaplicables;

IV.LosinteresesmoratoriosaqueserefiereesteArtículosegeneraránpordía,apartirdelafechadelvencimientodelosplazosreferidosenlaparteinicialdeesteArtículoyhastaeldíaenqueseefectúeelpagoprevistoenelpárrafosegundodelafracciónVIIIdeesteArtículo.

Parasucálculo,lastasasdereferenciaaqueserefiereesteArtículodeberándividirseentretrescientossesentaycincoymultiplicarelresultadoporelnúmerodedíascorrespondientesalosmesesenquepersistaelincumplimiento;

V. Encasodereparaciónoreposicióndelobjetosiniestrado,laindemnizaciónpormoraconsistiráúnicamenteenelpagodelinteréscorrespondientealamonedaenquesehayadenominadolaobligaciónprincipalconformealasfraccionesIyIIdeesteArtículoysecalcularásobreelimportedelcostodelareparaciónoreposición;

VI.SonirrenunciableslosderechosdelacreedoralasprestacionesindemnizatoriasestablecidasenesteArtículo.Elpactoquepretendaextinguirlosoreducirlosnosurtiráefectolegalalguno.

EstosderechossurgiránporelsolotranscursodelplazoestablecidoporlaLeyparaelpagodelaobligaciónprincipal,aunqueéstanosealíquidaenesemomento.

Unavezfijadoelmontodelaobligaciónprincipalconformealopactadoporlaspartesoenlaresolucióndefinitivadictadaenjuicioanteeljuezoárbitro,lasprestacionesindemnizatoriasestablecidasenesteArtículodeberánsercubiertasporlaInstitucióndeSegurossobreelmontodelaobligaciónprincipalasídeterminado;

VII.Sieneljuiciorespectivoresultaprocedentelareclamación,auncuandonosehubieredemandadoelpagodelaindemnizaciónpormoraestablecidaenesteArtículo,eljuezoárbitro,ademásdelaobligaciónprincipal,deberácondenaraldeudoraquetambiéncubraesasprestacionesconformealasfraccionesprecedentes;

VIII.LaindemnizaciónpormoraconsistenteenelsistemadeactualizacióneinteresesaqueserefierenlasfraccionesI,II,IIIyIVdelpresenteArtículoseráaplicableentodotipodeseguros,salvotratándosedeSegurosdecauciónquegaranticenindemnizacionesrelacionadasconelimpagodecréditosfiscales,encuyocasoseestaráalodispuestoporelCódigoFiscaldelaFederación.

ElpagoquerealicelaInstitucióndeSegurosseharáenunasolaexhibiciónquecomprendaelsaldototalporlossiguientesconceptos:a) Losinteresesmoratorios;b) LaactualizaciónaqueserefiereelprimerpárrafodelafracciónIdeesteArtículo,yc) Laobligaciónprincipal.

Page 26: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 25

EncasodequelaInstitucióndeSegurosnopagueenunasolaexhibiciónlatotalidaddelosimportesdelasobligacionesasumidasenelContratodeSegurosylaindemnizaciónpormora,lospagosquerealiceseaplicaránalosconceptosseñaladosenelordenestablecidoenelpárrafoanterior,porloquelaindemnizaciónpormorasecontinuarágenerandoentérminosdelpresenteArtículo,sobreelmontodelaobligaciónprincipalnopagada,hastaentantosecubraensutotalidad.

CuandolaInstitucióninterpongaunmediodedefensaquesuspendaelprocedimientodeejecuciónprevistoenestaley,ysedictesentenciafirmeporlaquequedensubsistenteslosactosimpugnados,elpagoocobrocorrespondientesdeberánincluirlaindemnizaciónpormoraquehastaesemomentohubieregeneradolaobligaciónprincipal,y

IX.SilaInstitucióndeSeguros,dentrodelosplazosytérminoslegales,noefectúaelpagodelasindemnizacionespormora,eljuezolaComisiónNacionalparalaProtecciónyDefensadelosUsuariosdeServiciosFinancieros,segúncorresponda,leimpondránunamultade1000a15000UnidadesdeMediciónyActualización”.

CLÁUSULA 38a: NOTIFICACIÓNCualquierdeclaraciónonotificaciónrelacionadaconelpresenteContratodeberáhacerseaLaCompañíaporescritoprecisamenteensudomiciliosocialoeneldesussucursales.

CLÁUSULA 39a: PERITAJEAlexistirdesacuerdoentreelAseguradoyLaCompañíaacercadelmontodecualquierpérdidaodaños,lacuestiónserásometidaadictamendeunperitonombradodecomúnacuerdo,porescrito,porambaspartes.Encasodequenosepusierendeacuerdoenelnombramientodeunsoloperito,sedesignarándos,unoporcadaparte,locualseharáenelplazode10días,contadosapartirdelafechaenqueunadeellahubieresidorequeridaporlaotraporescritoparaquelohiciere.Antesdeempezarsuslabores,losdosperitosnombraránaunterceroparael caso de discordia.

Siunadelaspartessenegareanombrarsuperitoosimplementenolohicierecuandosearequeridoporlaotraparteosilosperitosnosepusierendeacuerdoenelnombramientodeltercero,serálaautoridadjudiciallaque,apeticióndecualquieradelaspartes,haráelnombramientodelperito,peritotercero,odeambos,siasífuesenecesario.

ElfallecimientodeunadelaspartescuandofuerePersonaFísicaosudisolucióncuandofueresociedad,ocurridosmientrasseestérealizandoelperitajenoanularániafectarálospoderesoatribucionesdelperitoodelosperitosodelperitotercero,segúnelcaso,osialgunodelosdosperitosdelaspartesoeltercerofalleciereantesdeldictamen,serádesignadootroporquiencorresponda(laspartes,losperitosolaautoridadjudicial)paraquelosustituya.

Losgastosyhonorariosqueseoriginenconmotivodelperitaje,seráncargodeLaCompañíaydelAseguradoporpartesiguales,perocadapartecubriráloshonorariosdesupropioperito.

ElperitajeaqueestaCláusulaserefiere,nosignificalaaceptacióndelareclamaciónporpartedeLaCompañíasimplementedeterminarálapérdidaqueeventualmenteLaCompañíaestuvieraobligadaaresarcir,quedandolaspartesenlibertaddeejercerlasaccionesyoponerlasexcepcionescorrespondientes.TodoloanteriorentérminosdelArtículo119delaLeySobreelContratodeSeguro.

Page 27: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual26

CLÁUSULA 40a: AGRAVACIÓN DEL RIESGOLas obligaciones de la compañía cesarán de pleno derecho por las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante el curso del seguro de conformidad con lo previsto en el Artículo 52 y 53 fracción I de la Ley Sobre el Contrato del Seguro.

“ElAseguradodeberácomunicaralaempresaaseguradoralasagravacionesesencialesquetengaelriesgoduranteelcursodelseguro,dentrodelasveinticuatrohorassiguientesalmomentoenquelasconozca.SielAseguradoomitiereelavisoosiélprovocaunaagravaciónesencialdelriesgo,cesarándeplenoderecholasobligacionesdelaempresaenlosucesivo”.(Artículo 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).

“Paralosefectosdelartículoanteriorsepresumirásiempre:

I.-Quelaagravaciónesesencial,cuandoserefieraaunhechoimportanteparalaapreciacióndeunriesgodetalsuertequelaempresahabríacontratadoencondicionesdiversassialcelebrarelcontratohubieraconocidounaagravaciónanáloga;

II.-QueelAseguradoconoceodebeconocertodaagravaciónqueemanedeactosuomisionesdesusinquilinos,cónyuge,descendientesocualquierotrapersonaque,conelconsentimientodelAsegurado,habiteeledificiootengaensupoderelmueblequefueremateriadelseguro”.(Artículo 53 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).

Conrelaciónaloanterior,laempresaaseguradoranopodrálibrarsedesusobligaciones,cuandoelincumplimientodelavisodelaagravacióndelriesgonotengainfluenciasobreelsiniestroosobrelaextensióndesusprestaciones.(Artículo 55 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).

“Enloscasosdedoloomalafeenlaagravaciónalriesgo,elAseguradoperderálasprimasanticipadas”.(Artículo 60 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).

LasobligacionesdeChubbSegurosMéxico,S.A.quedaránextinguidassidemuestraqueelAsegurado,elBeneficiarioolosrepresentantesdeambos,conelfindehacerlaincurrirenerror,disimulanodeclaraninexactamentehechosqueexcluiríanopodríanrestringirdichasobligaciones.

Lomismoseobservaráencasodeque,conigualpropósito,noleremitanentiempoladocumentaciónsobreloshechosrelacionadosconelsiniestro.(Artículo 70 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro).

Conindependenciadetodoloanterior,encasodeque,enelpresenteoenelfuturo,el(los)Contratante(s),Asegurado(s)oBeneficiario(s)realice(n)oserelacione(n)conactividadesilícitas,seráconsideradocomounaagravaciónesencialdelriesgoentérminosdeley.

Porloanterior,cesarándeplenoderecholasobligacionesdelacompañía,siel(los)Contratante(s),Asegurado(s)oBeneficiario(s),enlostérminosdelArtículo492delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzasyelACUERDOporelqueseemitenlasdisposicionesdecaráctergeneralaqueserefiereelartículo492delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,aplicablesainstitucionesysociedadesmutualistasdeseguros,fuere(n)condenado(s)mediantesentenciadefinitivaquehayacausadoestado,porcualquierdelitovinculadooderivadodeloestablecidoenlosArtículos139a139Quinquies,193a199,400y400BisdelCódigoPenalFederaly/ocualquierartículorelativoaladelincuenciaorganizadaenterritorio

Page 28: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 27

nacional;dichasentenciapodráseremitidaporcualquierautoridadcompetentedelfuerolocalofederal,osielnombredel(los)Contratante(s),Asegurado(s)oBeneficiario(s)susactividades,bienescubiertosporlaPólizaosusnacionalidadeses(son)publicado(s)enalgunalistaoficialrelativaalosdelitosvinculadosconloestablecidoenlosartículosantescitados,seadecarácternacionaloextranjeraprovenientedeungobiernoconelcualelGobiernoMexicanotengacelebradoalgunodelostratadointernacionalenlamateriaantesmencionada,elloentérminosdelafracciónXdisposiciónTrigésimaNovena,fracciónVIIdisposiciónCuadragésimaCuartaoDisposiciónSeptuagésimaSéptimadelACUERDOporelqueseemitenlasdisposicionesdecaráctergeneralaqueserefiereelartículo492delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,aplicablesainstitucionesysociedadesmutualistasdeseguros.

Ensucaso,lasobligacionesdelcontratoseránrestauradasunavezqueChubbSegurosMéxico,S.A.,tengaconocimientodequeelnombredel(delos)Contratante(s),Asegurado(s)oBeneficiario(s)deje(n)de encontrarse en las listas antes mencionadas.

ChubbSegurosMéxico,S.A.consignaráantelaautoridadjurisdiccionalcompetente,cualquiercantidadquederivadadeesteContratodeSeguropudieraquedarafavordelapersonaopersonasalasqueserefiereelpárrafoanterior,conlafinalidaddequedichaautoridaddetermineeldestinodelosrecursos.Todacantidadpagadanodevengadaqueseapagadaconposterioridadalarealizacióndelascondicionespreviamenteseñaladas,seráconsignadaafavordelaautoridadcorrespondiente.

CLÁUSULA 41a: FRAUDE, DOLO O MALA FELas obligaciones de La Compañía quedarán extinguidas:a) Si el Asegurado, el Beneficiario o sus representantes, con fin de hacerla incurrir en

error disimulan o declaran inexactamente hechos relativos al siniestro.b) Si con igual propósito no entregan en tiempo a La Compañía la documentación de que

trata la Cláusula de “Procedimiento en Caso de Siniestro”.c) Si hubiere en el siniestro o en la reclamación dolo o mala fe del Asegurado, del

Beneficiario, de los causahabientes o de los apoderados de cualquiera de ellos.d) Si el Asegurado, el Beneficiario o los representantes de uno de ellos o de ambos,

presenten documentación apócrifa para que La Compañía conozca las causas, y consecuencias del siniestro y/o se conduzcan con falsedad en sus declaraciones.

CLÁUSULA 42a: COMISIONESDurantelavigenciadelaPólizaelContratantepodrásolicitarporescritoalainstituciónqueleinformeelporcentajedelaPrimaque,porconceptodecomisióncompensacióndirecta,correspondaalintermediariooPersonaMoralporsuintervenciónenlacelebracióndeesteContrato.Lainstituciónproporcionarádichainformación,porescritoopormedioselectrónicos,enunplazoquenoexcederádediezdíashábilesposterioresalafechaderecepcióndelasolicitud.

CLÁUSULA 43a: CLÁUSULA DE TERRORISMODefinición de TerrorismoPorterrorismoseentenderá,paraefectosdeestaPóliza:Losactosdeunapersonaopersonasqueporsímismas,oenrepresentacióndealguienoenconexiónconcualquierorganizaciónogobierno,realicenactividadesporlafuerza,violenciaoporlautilizacióndecualquierotromedioconfinespolíticos,religiosos,ideológicos,étnicosodecualquierotranaturaleza,destinadosaderrocar,influenciaropresionaralgobiernodehechoodederechoparaquetomeunadeterminación,oalterar,y/oinfluenciar,y/oproduciralarma,temor,terrorozozobraenlapoblación,enungrupooseccióndeellaodealgúnsectordelaeconomía.

Page 29: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual28

ENDOSO DE EXCLUSIÓN DE TERRORISMOCon base en lo anterior, quedan excluidas la pérdidas o daños materiales por dichos actos directos e indirectos que, con un origen mediato inmediato, sean el resultante del empleo de explosivos, sustancias tóxicas, armas de fuego, o por cualquier otro medio, en contra de las personas, de las cosas o de los servicios públicos y que, ante amenaza o posibilidad de repetirse, produzcan alarma, temor, terror o zozobra en la población o en un grupo o sector de ella. También excluye las pérdidas, daños, costos o gastos de cualquier naturaleza, directa o indirectamente causados por, o resultantes de, o en conexión con cualquier acción tomada para el control, prevención o supresión de cualquier acto de terrorismo.

CLÁUSULA 44a: DOCUMENTACIÓN PARA INDEMNIZACIONES Y PAGO DE DAÑOSDeconformidadconlosArtículos492y494delaLeyInstitucionesdeSegurosyFianzas,esnecesarioquedeprocederysolicitarpagoporPérdidaTotal,Robo,PagodeDañosocualquierotrométodoaconsecuenciadeunsiniestro,NuestroAsegurado,Beneficiarioy/oBeneficiarioPreferentedeberápresentaralmomentodeiniciareltrámitelossiguientesdatosydocumentación:

Personas Físicas de Nacionalidad Mexicana:1. IdentificaciónOficialVigente(domicilio,fotografíayfirma).2. RFCy/oCURP.3. ComprobantedeDomicilio(cuandoeldomiciliodeclaradonocoincidaconlaID).4. FormatodeIdentificacióndelClienteparaPersonasFísicas.

Personas Morales de Nacionalidad Mexicana:1. Testimonioocopiasimpledelaescrituraconstitutivadebidamenteinscrita.2. CéduladeidentificaciónfiscalexpedidaporlaSHCP.3. ComprobantedeDomicilio.4. Testimonioocopiasimpledelinstrumentoquecontengalospoderesdelrepresentanteorepresentantescuando

noesténcontenidosenlaescrituraconstitutiva,asícomolaidentificaciónoficialdeéstos.5. EnelcasoPersonasMoralesderecienteconstituciónquenoseencuentreninscritasenelRPPC,deberánentregar

unescritofirmadoporla(s)persona(s)legalmentefacultadayqueacreditesupersonalidad,enlaquemanifiestanquesellevaráacabolainscripciónrespectiva,entregandoestosdatosalaAseguradoraensuoportunidad.

6. FormatodeidentificacióndelClienteparaPersonasMorales.

En el caso de extranjeros:Personas Físicas1. PresentarOriginaldesupasaportey/odocumentaciónqueacreditesulegalestanciaenelpaís,asícomodatosde

sudomicilioensupaísdeorigenydeldomicilioenquepuedanubicarsemientraspermanecenenterritorionacional.2. Encasodeserresidente,ComprobantedeDomicilioyCéduladeIdentificaciónFiscal.3. FormatodeIdentificacióndelclienteparaPersonaFísicaExtranjera.

Personas Morales1. Copialegalizadaoapostilladadeldocumentoquecompruebesulegalexistencia.Asícomodelqueacrediteasu

representante,yencasodesertambiénextranjero,deberápresentarlosdocumentosseñaladosparaPersonaFísicaExtranjera.

2. FormatodeIdentificacióndelclienteparaPersonaMoralExtranjera.

Page 30: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 29

CLÁUSULA 45a: “OFAC”SerácausadeterminaciónanticipadadelpresenteContrato,sinresponsabilidadparaLaCompañía,sielAsegurado,ContratanteoBeneficiariofuerecondenado,mediantesentenciaporunjuez,porcualquierdelitovinculadoconlaproducción,tenencia,tráfico,proselitismoyotrosactosenmateriadenarcóticos,encubrimientoy/uoperacionesconrecursosdeprocedenciailícita,terrorismoy/odelincuenciaorganizadaenelterritorionacionaloencualquierpaísdelmundoconelqueMéxicotengafirmadotratadosinternacionalesreferentesaloestablecidoenelpresentepárrafoobienesmencionadoenlasListasOFAC(OfficeForeignAssetsControl)ocualquierotralistadenaturalezasimilar.EncasoqueelAsegurado,Contratantey/oBeneficiarioobtengasentenciaabsolutoriadefinitivaodejedeencontrarseenlaslistasmencionadasanteriormente,cuandoasílosoliciteylaPólizaseencuentredentrodelperiododevigencia,laAseguradorarehabilitaráelContrato,conefectosretroactivosporelperiodoquequedóelAseguradoaldescubierto,debiendoelAseguradocubrirlasPrimasquecorrespondan,restableciéndosedenuevacuentalosderechos,obligacionesyantigüedaddelContratodelSeguroqueseestárehabilitando.

EXCLUSIÓN OFACSerá una causa de exclusión en el presente Contrato si el Asegurado, Contratante y/o Beneficiario fuere condenado mediante sentencia por cualquier delito vinculado con la producción, tenencia, tráfico, proselitismo y otros actos en materia de narcóticos, encubrimiento y/u operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo y/o delincuencia organizada en territorio nacional o en cualquier país del mundo, con el que México tenga firmado tratados internacionales referentes a lo establecido en el presente párrafo, o bien es mencionado en las Listas OFAC (Office Foreign Assets Control) o cualquier otra lista de naturaleza similar.

CLÁUSULA 46a: ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL PARA EL CASO DE CELEBRACIÓN DE CONTRATO POR VÍA TELEFÓNICA O POR CONDUCTO DE PRESTADOR DE SERVICIOSEncasodequelacontratacióndelapresentepólizasehayallevadoacaboporvíatelefónicaoporconductodeunprestadordeserviciosaqueserefierenelterceropárrafoylasfraccionesIyIIdelartículo103delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,yelcobrodelaprimaserealiceconcargoatarjetadecréditoocuentabancaria,LaCompañíaseobligaaproporcionaralAseguradoelnúmerodepólizaofoliodeconfirmaciónquecorrespondaasusolicituddecontratación,mismoqueservirácomopruebaencasodealgunaaclaraciónyenunplazode30-treinta-díasnaturalesposterioresalafechadecontratacióndelseguro,leharáentregaalAseguradoocontratanteladocumentaciónrelativaalcontratodesegurocelebrado,siendoésta,demaneraenunciativamasnolimitativa,lapóliza,suscondicionesgeneralesyespecialesaplicables,loscertificadosindividualesyendosos;laentregaseharáeneldomicilioproporcionadoparalosefectosdelacontrataciónmedianteenvíopormediodeunaempresademensajería.Loanteriorenelentendidodequeencasodeserinhábilelúltimodíadelplazoantesseñaladoladocumentaciónseentregaráamástardareneldíahábilinmediatosiguiente.

EncasodequeelAseguradoocontratantenorecibaladocumentaciónmencionadaenelpárrafoinmediatoanterior,éstepodráacudirdirectamenteacualquieradelasoficinasdeLaCompañía,cuyosdomiciliosseindicanenlapáginaenInternetwww.chubb.com/mx,obien,atravésdelCentrodeAtenciónaClientesquesemencionaendichapáginadeInternet,elloconlafinalidaddequeseleentregue,sincostoalguno,unduplicadodeladocumentacióndereferencia.

Page 31: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual30

EncasodequeelAseguradoocontratantedeseedarporterminadoelcontratodesegurodeberásujetarsealoestablecidoenlacláusuladelaspresentesCondicionesdenominada“TerminaciónAnticipadadelContrato”;sinembargo,silaintencióndelAseguradoocontratantees(i)cancelarlaautorizaciónpreviamenteotorgadaparaelcargodelaprimaenlatarjetadecréditoocuentabancariaestablecidaparadichofin,o(ii)darinstruccionesparaqueelcontratodeseguroconcargoalatarjetadecréditoocuentabancariasearenovadodemaneraautomática,deberácomunicarsealCentrodeAtenciónTelefónicodeLaCompañíaalnúmero8007122828,mismaqueemitiráunfoliodeatenciónqueseráelcomprobantedequelapólizaserárenovadademaneraautomáticaconcargoalatarjetadecréditoocuentabancariaqueparatalefectoelAseguradohayaindicadooensudefecto,quelaautorizaciónotorgadaparaelcargodelaprimaenlatarjetadecréditoocuentabancariaquedócanceladaapartirdelmomentodelaemisióndedichofolio.

CLÁUSULA 47a: AVISO DE PRIVACIDADParaChubbSegurosMéxico,S.A.,enlosucesivoLaCompañía,lainformacióndesusAseguradosrepresentaunodeloselementosmásrelevantesensuoperación,porloqueentodomomentolamanejademaneraconfidencialylaprotegemediantediversosprocesosyelementosadministrativos,físicosytecnológicos.

EnseguimientoaloseñaladoporlaLeyFederaldeProteccióndeDatosPersonalesenPosesióndelosParticulares,publicadaenelDiarioOficialdelaFederacióneldía05dejuliode2010(laLey),asícomoporsurespectivoReglamento,LaCompañíaponealalcancedelAseguradoelpresenteAvisodePrivacidad.

Definición de Datos PersonalesParaefectosdelpresenteAvisodePrivacidaddeberáentenderseporDatosPersonalestodalainformaciónconcernientealapersonadelAsegurado,siendoéstademaneraenunciativaynolimitativasunombre,domicilio,teléfono,RegistroFederaldeContribuyentes,datosdelbienobienesaasegurar,correoelectrónico,enadelantelosDatosPersonales.

Responsable del Tratamiento de los Datos PersonalesLaCompañíahaceconstarquelosDatosPersonalesdelAseguradoseránmanejadosconabsolutaconfidencialidadyquetantolaobtención,eluso,ladivulgación,comosualmacenamiento(enlosucesivoelTratamiento)sóloserealizaconlasfinalidadesquemásadelantesedetallan.

Asímismo,sehacedelconocimientodelAseguradoquelaresponsabledelTratamientodelosDatosPersonalesqueserecabenenrelaciónconelContratodeSegurocorrespondienteseráLaCompañía,mismaqueseñalacomosudomicilioparalosfinesrelativosalpresenteAvisodePrivacidadelubicadoenAv.PaseodelaReformaNo.250,TorreNiza,Piso15,ColoniaJuárez,AlcaldíaCuauhtémoc,C.P.06600,CiudaddeMéxico.

Finalidades del Tratamiento de los Datos PersonalesLaCompañíasólorealizaráelTratamientodelosDatosPersonalesconlassiguientesfinalidades:

A. Relativas a la relación jurídica entre La Compañía y el Asegurado:1. ParalacelebracióndecontratosdeSeguro.2. Paradareldebidocumplimientoalasobligacionesquesederivendelarelaciónjurídicaexistenteentreel

AseguradoyLaCompañía.3. Paradarcumplimientoalalegislaciónaplicable.4. Pararealizaroperacionesdeajustedesiniestro.5. Paraelpagodeindemnizacionesyoperacionesdereaseguro.

Page 32: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 31

6. ParaofrecerlealAseguradosoportetécnicosobrelosproductosquetengacontratados.7. ParadarleatenciónyseguimientoalassolicitudesdelAseguradoyalosserviciosqueLaCompañíale

presteaesteúltimo,incluyendoencuestasdesatisfacción.8. Confinesestadísticos,financieros,administrativosodecalidad.

B. Finalidades complementarias a la relación jurídica entre La Compañía y el Asegurado:1. Paracaptacióndeclientes.2. ParaofrecerlenuevasopcionesencuantoalosserviciosyproductosqueLaCompañíaolasempresas

pertenecientesalmismogrupoempresarialofrecenuofrezcanenunfuturo.3. Paralarealizacióndeestudiosdemercadoeinvitaciónaparticiparenlosmismos.

Forma de Contactar a La CompañíaElÁREADEATENCIÓNPARALAPROTECCIÓNDEDATOSPERSONALES,queparatalefectotieneLaCompañía,eslaencargadadeatendertodaslassolicitudesqueelAseguradopuedatenerentérminosdelaLeyyareferida,asícomotambiénparavigilareladecuadoTratamientodesusDatosPersonales,entérminosdelpresenteAvisodePrivacidad.

EncasodequealgunodenuestrosAseguradosdeseelimitarelusoodivulgacióndesusDatosPersonales,quieraejercitarsuderechodeacceso,rectificación,cancelaciónuoposición,obusqueefectuaralgunaaclaraciónoactualizacióndesusDatosPersonalesorevocacióndesuconsentimiento,deberádirigirsealÁREADEATENCIÓNPARALAPROTECCIÓNDEDATOSPERSONALESatravésdelFormulariodeAtenciónsobreDatosPersonales.

ParapoderllevaracaboloanteriorelAseguradodeberáenviaruncorreoelectrónicoaladirección:[email protected],odirigirsefísicamentealdomiciliodeLaCompañía,mismoquehaquedadopreviamenteseñalado,parasolicitardichoFormulario.

EsimportantequeelAseguradotenganpresenteque,entérminosdelaLeyaplicable,paraqueLaCompañíapuedadartrámiteacualquiersolicitudqueentérminosdeesteAvisodePrivacidadelAseguradorealice,eltitulardelosDatosPersonalesdeberácumplirconlosrequisitosqueseseñalanenlamismaLeyysuReglamento.

Transferencia de los Datos Personales a tercerosDeigualforma,medianteelpresenteAvisodePrivacidad,LaCompañíahacedelconocimientodelAseguradoqueeventualmente,exclusivamenteconelobjetodecumplirconlosfinesquesemencionanenelpresentedocumento,podrállevaracabolatransferenciadealgunosdesusDatosPersonalesaterceraspartes,comopuedenser,demaneraenunciativa,proveedores,prestadoresdeserviciosoempresasrelacionadas;transferenciaqueserárealizadaconlasdebidasmedidasdeseguridad,deconformidadconlosprincipioscontenidosenlaLey.

Medidas de SeguridadComopartedelapreocupaciónencuantoaladecuadoTratamientoycuidadodelosDatosPersonalesdelAsegurado,LaCompañíamantienediversosmecanismos,procedimientosymedidasdeseguridadtantoadministrativas,comotecnológicasyfísicas,tendientesalograrlaproteccióndedichainformacióncontradaño,pérdida,alteración,destrucciónousonoautorizado.CabemencionarquecomopartededichosmecanismosymedidasdeseguridadLaCompañíatienecelebradoconsusempleados,proveedores,prestadoresdeserviciosypartesrelacionadasdiversosacuerdosdeconfidencialidad,conlosqueloscomprometeallevaracabounadecuadoTratamientodelosDatosPersonalesyarespetarlostérminoscontenidosenelpresenteAvisodePrivacidad.

Page 33: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual32

LaCompañíaentodomomentoseabstendrádevenderoarrendardeformaalgunalosDatosPersonalesdelAseguradoaalgúntercero.

Almacenamiento de los Datos PersonalesEnvirtuddelpresenteAvisodePrivacidad,apartirdelmomentoenqueelAseguradootorguesuconsentimiento,deconformidadconelapartadodeConsentimientodelaspresentesCondiciones,LaCompañíapodrámantenerensusregistros,tantofísicoscomoelectrónicos,todalainformaciónquelehayasidofacilitadaporelAseguradoatravésdecualquiermediodelospuestosasudisposiciónporLaCompañíaafinderecabarsusDatosPersonales.

Modificaciones al Aviso de PrivacidadLaCompañíasereservaelderechoamodificarelpresenteAvisodePrivacidadencualquiermomento,porloquehacedelconocimientodelAseguradoquecualquiercambioomodificaciónalcontenidodelmismoleserácomunicadooportunamenteatravésdesusitiowebhttps://www2.chubb.com/mx-es/footer/privacy-notices.aspx.

CLÁUSULA 48a: CONSENTIMIENTOElAseguradohaceconstarqueconoceyentiendeensutotalidadelcontenido,losfinesyalcancesdelAvisodePrivacidadconelqueLaCompañíacuentaparalarelaciónconsusAsegurados,mismoquehaquedadotranscritoenlaCláusulainmediataanterior,porloqueotorgasutotalconsentimientoexpresoparaqueLaCompañíalleveacaboelTratamientoincluyendo,ensucaso,ladivulgacióndesusDatosPersonalesenlostérminosdedichoAvisodePrivacidad.

Asímismo,elAseguradomanifiestasuconformidadparaqueelpagodelaPrimadelContratodeSeguroquecelebreotengacelebradoconLaCompañía,asícomocualquierdeclaracióndesiniestro,reclamación,IndemnizaciónodemásactosrelacionadoscondichoContratodeSeguro,setengacomosignoinequívocodelconsentimientoexpresoquehadadoparaqueLaCompañíalleveacaboelTratamientodesusDatosPersonalesentérminosdelAvisodePrivacidadalquesehahechomenciónenelpárrafoinmediatoanterior.

CLÁUSULA 49a: CLÁUSULA GENERAL RESTRICCIÓN DE COBERTURA ConlafinalidaddeotorgarclaridadyprecisiónalAseguradoencuantoalalcancedesuPólizadeseguropertenecientealaoperacióndedaños,seemitelapresentecláusula:

Esta Póliza no tiene como finalidad ni alcance asegurar pérdidas, daños, reclamos, pruebas, desintoxicación, limpieza, costos, gastos o cualquier otra suma que surja de, o de cualquier manera atribuible o relacionada con, conectada o en cualquier secuencia con una Enfermedad Transmisible.

Paraefectosdecomprensióndeloanterior,EnfermedadTransmisiblesignifica:

I. Angustiafísica,enfermedadoenfermedadcausadaotransmitidaporcualquiervirus,bacteria,parásitouotroorganismoocualquiervariacióndelmismo,seconsiderevivoono,eindependientementedelosmediosdetransmisión;o

II. Cualquiervirus,bacteria,parásitouotroorganismoocualquiervariacióndelmismo,yaseaqueseconsiderevivoono,queescapazdecausarangustiafísica,enfermedadodolencia.

Page 34: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 33

III.Cualquierenfermedadquepuedasertransmitidaporcualquiermediodeunorganismoaotroquecauseoamenacededañosalasaludoalbienestarhumanoopuedacausaroamenazardedañosa,deteriorode,pérdidadevalorde,posibilidaddecomercializaciónopérdidadeusodelaspropiedades.

CLÁUSULA 50a: CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN DE CIBERATAQUES (LMA5403)

Adicionalmentealasexclusionesparticularesy/ogeneralesdelaPóliza,seañadeatravésdelapresentecláusulalosiguiente:

1. Sujetosoloalpárrafo3acontinuación, en ningún caso este seguro cubrirá la pérdida y/o daño y/o responsabilidad y/o gastos causados por o contribuidos por o derivados del uso u operación, como un medio para infligir daño, de cualquier computadora, sistema informático, programa de software, código malicioso, virus informático, proceso informático o cualquier otro sistema electrónico.

2. Sujeto a las condiciones, limitaciones y exclusionesde la póliza a la que seadjunta esta cláusula, la indemnización recuperable en virtud de la presente, no se verá perjudicada por el uso u operación de cualquier computadora, sistema informático, programa de software, proceso informático o cualquier otro sistema electrónico, si dicho uso u operación no es un medio para infligir daño.

3. SilaPólizacubreriesgosdeguerra,guerracivil,revolución,rebelión,insurrecciónoconflictocivilquesurjadeeso,asícomocualquieractohostilporocontraunpoderbeligeranteoterrorismoocualquierpersonaqueactúeporunmotivopolítico,elpárrafo1de lapresenteexclusión, no operará para excluir pérdidas (que de otro modo estarían cubiertas) derivadas del uso de cualquier computadora, sistema informático, programa de software y/o cualquier otro sistema electrónico para el lanzamiento y/o guía y/o mecanismo de disparo de cualquier arma o misil.

CLÁUSULA 51a: CLÁUSULA DE EXCLUSIÓN POR CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA, QUÍMICA, BIOLÓGICA, BIOQUÍMICA Y ARMAS ELECTROMAGNÉTICAS (CL 370)

Adicionalmentea lasexclusionesparticularesy/ogeneralesde laPóliza,seañadea travésde lapresentecláusulalosiguiente:

En ningún caso este seguro cubrirá pérdida, daño, responsabilidad o gastos causados o los que hayan contribuido, o resultantes de:a) Radiaciones ionizantes de, o contaminación por, radioactividad, de cualquier

combustible nuclear o de cualquier desperdicio nuclear o de combustión de combustible nuclear.

b) Las propiedades radioactivas, tóxicas, explosivas u otras peligrosas o contaminantes de cualquier instalación nuclear, reactor u otro montaje o componente nuclear de ellos.

c) Cualquier arma o dispositivo en el cual se emplee fisión atómica o nuclear y/o fusión u otra reacción similar o fuerza o materia radioactiva.

d) Las propiedades radioactivas tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas o contaminantes de cualquier material radioactivo. La exclusión en este párrafo no se

Page 35: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual34

extiende a isótopos radioactivos, otros que no sean combustible nuclear, cuando tales isótopos sean preparados, transportados, almacenados o usados para propósitos comerciales, agrícolas, médicos, científicos o cualquier otro propósito similar.

e) Cualquier arma química, biológica, bioquímica o electromagnética.

Page 36: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 35

GLOSARIO

ABREVIACIONES Y PRECEPTOS LEGALES: Consulteabreviaturasypreceptoslegalesdeusonocomúnenlapágina:https://www2.chubb.com/mx-es/condiciones-generales.aspx.

AGRAVACIÓN DEL RIESGO: SeentiendecomolasmodificacionesimportantesqueserealicenduranteelcursodelavigenciadelaPólizaenlasqueseencuentrecambiosen:mediosdetransporte,paísdedestino,modificacióndelproductoonuevosproductosytodaaquellamodificaciónqueafectelascaracterísticasdelriesgoquefuerontomadascomobaseparaelcálculodelaPrima.

ASEGURADO: AquellaPersonaFísicaoMoralquetieneelinterésasegurablesobrelamercancíatransportada,obien,susfuncionarios,socios,dependientes,empleadosoquiensusinteresesrepresenteyquecontrateelSegurodeTransportedeMercancías.

ASALTO: EselapoderamientodelosbienesaseguradossinconsentimientodelPropietarioy/odelaspersonasquepuedandisponerdeellosenpresenciadeestaspersonasymedianteelusodelafuerzaoviolenciafísicaomoral.

CARTA PORTE: EseltítulolegaloContratoentreelremitenteylaempresatransportistayporsucontenidosedecidiránlascuestionesquesesuscitenconmotivodeltransportedelosbienes.Deberácontenerlasestipulacionesqueexigelaleyaplicableysurtirálosefectosqueenélsedeterminen.

CURSO NORMAL DEL VIAJE: Aquelrecorridorealizadoporelmediodetransporte,quepartedeunorigenyllegaalpuntodedestinoprogramadoytrazadooriginalmente,sindesviacionesoescalasimprevistas.

EMBARQUE: Conjuntosdebienes,objetos,mercancíasy/oartículosdecualquierclase,conexcepcióndeanimales,quesontransportadosduranteelcursonormaldelviajeenunsolovehículoomediodetransporteempleado.

EMPAQUE O EMBALAJE: Conjuntodematerialesquedanestructuraenvoltoria(paquete)yderelleno,paralaconservacióndebienessólidos.

ENVASE: Recipienteparacontener,conservarytransportarlíquidosygranelessólidos.

ENVASE, EMPAQUE O EMBALAJE ADECUADO:Aquelconjuntodematerialesquedalaestructuraenvoltoriaalosbienesaseguradosyquebajocondicionesnormalesdeltransportecomo:medioambiente,mediodetransporteyvíasdecomunicación:• Paraelcasodelenvase,contienen,conservanytransportanlíquidosygranelessólidos.• Paraelcasodeempaqueodeenvase,contienen,conservanytransportanlíquidosygranelessólidos;yparael

casodeempaqueoembalaje,resistenelmanejodedichamercancía.Ademásdeloanterior,resistenlasmaniobrasdecargaydescarga,estibamiento,estadía,proteccióncontrahumedad,lluvia,cambiosbruscosdetemperatura,impactosocolisiones,vibracionesdelmediodetransporte,oscilaciones,etc.;ycuentanconlanomenclaturaysimbologíainternacionaldemanejoycuandoseaobligatorio,conlasetiquetasparamaterialespeligrosos.

VALOR REAL: Eselvalordeunbien,partiendodesuvaloractualdenuevomenosladepreciaciónsufridaporusoofactoresinternosoexternosquedisminuyansuvalor.

Page 37: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual36

VEHÍCULOS O MEDIO DE TRANSPORTE: Aquellaunidadautomotriz,terrestre,marítimaoaérea,equipadacontodoslosaccesoriosparaefectuarelviaje,diseñadabajonormasoficialesnacionalesointernacionalesparaeltransportedebienes,yconlicencia-permisovigentedelaautoridadnacionaloextranjerarespectiva.

VIOLENCIA FÍSICA: Eslafuerzamaterialqueparacometerelrobosehaceaunapersona.

VIOLENCIA MORAL:Escuandoelladrónamagaoamenazaaunapersonaconunmalgrave,presenteoinmediato,capazdeintimidarlo.

Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamacionesde Chubb Seguros México, S.A. (UNE)

Av.PaseodelaReformaNo.250,TorreNiza,Piso15,

ColoniaJuárez,AlcaldíaCuauhtémoc,C.P.06600,CiudaddeMéxico.

Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

Av.InsurgentesSur762Col.DelValleCiudaddeMéxico,C.P.03100

8009998080www.condusef.gob.mx

[email protected]

Page 38: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 37

“Condiciones Generales:EncumplimientoalodispuestoenelArtículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeSeguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía9deAbrilde2001,conelnúmeroOficio06-367-II-1.1/2944Expediente732.4(S-121)/1/CONDUSEF-000437-04”.

“Cláusula Comisiones: EncumplimientoalodispuestoenelArtículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeSeguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía14deFebrerode2006,conelnúmeroCGEN-S0002-0168-2006”.

“Cláusula Documentación para Indemnizaciones y Pago de Daños: EncumplimientoalodispuestoenelArtículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeSeguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía6deSeptiembrede2006,conelnúmeroCGEN-S0002-0324-2006”.

www.chubb.com/mx

MONTERREYAv.RicardoMargainZozaya,

EdificioEQUUS335,TorreII,Piso19,ZonaSantaEngracia,C.P.66265SanPedroGarzaGarcía,N.L.

Tel.:8183681400

MÉXICOAv.PaseodelaReforma250,TorreNiza,Piso15,Col.Juárez,

AlcaldíaCuauhtémoc,C.P.06600,CiudaddeMéxico

Tel.:5553228000

GUADALAJARAAv.MarianoOtero1249,TorreAtlántico,Piso10,

Col.RinconadadelBosque,SectorJuárez,C.P.44530,Guadalajara,Jal.

Tel.:3338848400

Page 39: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual38

“Cláusula de Terrorismo:EncumplimientoalodispuestoenelArtículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeSeguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía10deFebrerode2006,conelnúmeroCGEN-S0002-0206-2006”.

“Cláusula Agravación del Riesgo: Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía18deDiciembrede2020,conelnúmeroRESPS0039-0008-2020/CONDUSEF-000437-04”.

“Cláusula Entrega de documentación contractual para el caso de celebración de contrato por Vía Telefónica o por Conducto de Prestador de Servicios: Encumplimientoa lodispuestoenelArtículo202de laLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeSeguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía20deMayode2010,conelnúmeroCGEN-S0002-0115-2010”.

“Cláusula Salvamento:EncumplimientoalodispuestoenelArtículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeSeguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía6deAbrilde2011,conelnúmeroCGEN-S0002-0024-2011”.

“Cláusula Terminación Anticipada del Contrato:Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía25deMayode2015,conelnúmeroCGEN-S0002-0135-2015”.

“Cláusula Aviso de Privacidad: Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía25deMayode2015,conelnúmeroCGEN-S0002-0138-2015”.

“Cláusula Consentimiento:Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía25deMayode2015,conelnúmeroCGEN-S0002-0138-2015”.

“Derechos del Asegurado: Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía25deMayode2015,conelnúmeroRESP-S0002-0486-2015”.

“Unidad de Medida y Actualización:Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía1deAbrilde2016,conelnúmeroRESP-S0002-0126-2016”.

Page 40: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual 39

Encasodecontroversia,elaseguradotienederechoapresentarunareclamación,queja,consultaosolicituddeaclaraciónantelaUnidadEspecializadadeAtencióndeConsultasyReclamacionesdeChubbSegurosMéxico,S.A.(UNE)alosteléfonos8002018217,extensión4267,CorreoElectrónico:[email protected]éfono8009998080enellaCiudaddeMéxicoyelinteriordelaRepúblicaovisitelapáginawww.condusef.gob.mx

“Cláusula General Restricción de Cobertura: Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía14deSeptiembrede2020,conelnúmeroCGEN-S0039-0043-2020/CONDUSEF-G-01251-001”.

“Cláusula de Exclusión de Ciberataques (LMA5403): Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía12deMayode2020,conelnúmeroCGEN-S0039-0089-2020/CONDUSEF-G-01211-001¨.

“Cláusula de Exclusión por Contaminación Radioactiva, Química, Biológica, Bioquímica Y Armas Electromagnéticas (CL 370): Encumplimientoalodispuestoenelartículo202delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas,ladocumentacióncontractualylanotatécnicaqueintegranesteproductodeseguro,quedaronregistradasantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,apartirdeldía12deMayode2020,conelnúmeroCGEN-S0039-0090-2020/CONDUSEF-G-01210-001¨.

Page 41: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

Transporte de Carga Anual

NOTAS

Page 42: Transporte de Carga Anual - Chubb · 2020. 10. 27. · Transporte de Carga Anual DERECHOS DEL ASEGURADO Antes y durante la contratación del seguro, nuestros asegurados tienen los

SERVICIO A CLIENTESCiudad de México, Tel.: 55 1253 3939Monterrey, Tel.: 81 1253 3939Resto del país sin costo, Tel.: 800 712 2828

MONTERREYAv. Ricardo Margain Zozaya, Edificio EQUUS 335, Torre II, Piso 19,Zona Santa Engracia,San Pedro Garza García, N.L., C.P. 66265Tel.: 81 8368 1400

MÉXICOAv. Paseo de la Reforma 250,Torre Niza, Piso 15, Col. Juárez,Alcaldía Cuauhtémoc,Ciudad de México, C.P. 06600Tel.: 55 5322 8000

GUADALAJARAAv. Mariano Otero 1249, Torre Atlántico, Piso 10,Col. Rinconada del Bosque,Sector Juárez, Guadalajara, Jal.,C.P. 44530 Tel.: 33 3884 8400

Horarios de atención:Lunes a Jueves de 8:00 a 17:00 horasViernes de 8:00 a 14:00 horas

www.chubb.com/mx