Tramitación de expedientes de instalaciones ganaderas · 2. Evaluación de Impacto Ambiental (E....

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Tramitaci Tramitaci ó ó n de expedientes de n de expedientes de instalaciones ganaderas instalaciones ganaderas Licencias, registro y requisitos. Licencias, registro y requisitos. Sección de Ganadería y Control Agroalimentario de Teruel

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TramitaciTramitacióón de expedientes de n de expedientes de instalaciones ganaderasinstalaciones ganaderas

Licencias, registro y requisitos.Licencias, registro y requisitos.Sección de Ganadería y Control Agroalimentario de Teruel

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OrdenaciOrdenacióón de n de explotacionesexplotaciones

““Marco normativo que tiene como fines el Marco normativo que tiene como fines el crecimiento armcrecimiento armóónico del sector, una nico del sector, una localizacilocalizacióón racional en el territorio de las n racional en el territorio de las instalaciones, proteger el medio ambiente y instalaciones, proteger el medio ambiente y disminuir al mdisminuir al mááximo la difusiximo la difusióón de n de enfermedades.enfermedades.””

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LegislaciLegislacióón aplicable en Aragn aplicable en Aragóónn

�� Ley 7/2006Ley 7/2006,, de 22 de 22 dede junio, de proteccijunio, de proteccióón ambiental de n ambiental de AragAragóón.n.

�� Decreto 94/2009Decreto 94/2009,, de 26 de 26 dede mayo, del Gobierno de Aragmayo, del Gobierno de Aragóón, n, por el que se aprueba la revisipor el que se aprueba la revisióón de las Directrices sectoriales n de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderassobre actividades e instalaciones ganaderas

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-- Explotaciones AviaresExplotaciones Aviares

-- Explotaciones PorcinasExplotaciones Porcinas

-- Granjas cinegGranjas cinegééticasticas

-- NNúúcleos Zoolcleos Zoolóógicosgicos

-- Explotaciones ApExplotaciones Apíícolascolas

-- Explotaciones CunExplotaciones Cuníícolascolas

-- Explotaciones EquinasExplotaciones Equinas

RegulaciRegulacióón Zootn Zootéécnicocnico--SanitariaSanitaria

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RegulaciRegulacióón Zootn Zootéécnicocnico--SanitariaSanitariaExisten normas especExisten normas especííficas para determinadas especies:ficas para determinadas especies:

�� RD 324/2000RD 324/2000 normas bnormas báásicas de ordenacisicas de ordenacióón de instalaciones n de instalaciones porcinas.porcinas.

�� RD 209/2002RD 209/2002 ordenaciordenacióón de las explotaciones apn de las explotaciones apíícolascolas�� Decreto 5/2005Decreto 5/2005 ordenaciordenacióón de las explotaciones apn de las explotaciones apíícolas en colas en AragAragóónn

�� RD 1547/2004RD 1547/2004 normas de ordenacinormas de ordenacióón de las explotaciones n de las explotaciones cuncuníícolas.colas.

�� RD 1084/2005RD 1084/2005 ordenaciordenacióón de la avicultura de carne.n de la avicultura de carne.�� RD 804/2011RD 804/2011 ordenaciordenacióón zootn zootéécnica de las explotaciones equinascnica de las explotaciones equinas�� Decreto 181/2009Decreto 181/2009, regula los n, regula los núúcleos zoolcleos zoolóógicos en la CA de gicos en la CA de AragAragóónn

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1.1. TramitaciTramitacióón de una instalacin de una instalacióón n ganaderaganadera

2.2. Condiciones y requisitos de las Condiciones y requisitos de las explotaciones ganaderasexplotaciones ganaderas

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1. Tramitaci1. Tramitacióón de una instalacin de una instalacióón ganadera. n ganadera. Ley 7/2006. Regimenes JurLey 7/2006. Regimenes Juríídicosdicos

�� En funciEn funcióón de la capacidad y de la especie n de la capacidad y de la especie animal.animal.

�� 3 tipos:3 tipos:�� Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas (LAAC)Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas (LAAC)�� EvaluaciEvaluacióón de Impacto Ambiental (EIA)n de Impacto Ambiental (EIA)�� AutorizaciAutorizacióón Ambiental Integrada (AAI)n Ambiental Integrada (AAI)

LAACLAACEIA Licencia de inicio de ActividadEIA Licencia de inicio de ActividadAAIAAI

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1.1. Licencia Ambiental de Licencia Ambiental de Actividades Clasificadas Actividades Clasificadas (LAAC)(LAAC)

Plazo mPlazo mááximo para resolver y notificar al ximo para resolver y notificar al interesado: interesado: 4 meses4 meses

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1. Licencia Ambiental de Actividades 1. Licencia Ambiental de Actividades clasificadas (LAAC)clasificadas (LAAC)

Las actividades ganaderas se consideran:Las actividades ganaderas se consideran:

<< Molestas:Molestas: ruidos, vibraciones, humos, gases, olores, nieblas, ruidos, vibraciones, humos, gases, olores, nieblas, polvos polvos �� PERTURBACIPERTURBACIÓÓNN

<< Insalubres:Insalubres: dan lugar a desprendimientos o evacuacidan lugar a desprendimientos o evacuacióón de n de sustancias sustancias �� PERJUDICIALESPERJUDICIALES para la saludpara la salud

<< Nocivas:Nocivas: dadañños a la biodiversidad, fauna, flora, tierra, agua os a la biodiversidad, fauna, flora, tierra, agua o aire o aire �� DADAññINASINAS

¿¿CuCuáál es el objetivo de la LAAC?l es el objetivo de la LAAC?

Prevenir y reducir las emisiones contaminantesPrevenir y reducir las emisiones contaminantesComprobar el cumplimiento de las medidas de seguridad, Comprobar el cumplimiento de las medidas de seguridad, sanitarias y urbansanitarias y urbaníísticassticas

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1. Licencia Ambiental de Actividades 1. Licencia Ambiental de Actividades clasificadas (LAAC)clasificadas (LAAC)

�� ÓÓrgano competente: rgano competente: ALCALDEALCALDE del Ayuntamientodel Ayuntamiento

�� DocumentaciDocumentacióón:n:

�� SolicitudSolicitud�� FichaFicha para la calificacipara la calificacióón de actividades ganaderasn de actividades ganaderas

�� Proyecto tProyecto t éécnicocnico completocompleto

�� Memoria Memoria descriptiva de la actividaddescriptiva de la actividad

�� JustificaciJustificaci óónn del cumplimiento normativadel cumplimiento normativa

�� DeclaraciDeclaraci óón n de datos sujetos a confidencialidadde datos sujetos a confidencialidad

�� Cualquier otra informaciCualquier otra informacióón relevante n relevante

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1. Licencia Ambiental de Actividades 1. Licencia Ambiental de Actividades clasificadas (LAAC)clasificadas (LAAC)

�� Procedimiento:Procedimiento:

Información pública

15 días B. O. A

AYUNTAMIENTO

Tablón de anuncios

Vecinos inmediatos

Alegaciones

Informes

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1. Licencia Ambiental de 1. Licencia Ambiental de Actividades clasificadas (LAAC)Actividades clasificadas (LAAC)�� Procedimiento:Procedimiento:

AYUNTAMIENTO

INAGA

COMISIÓN T. C

EXPEDIENTE +

Informes

Alegaciones

Informe Municipal

Informe de calificaciónPlazo 60 días

VINCULANTE

Si denegación o medidas correctoras

1

L. A. A. C

2

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2. Evaluaci2. Evaluacióón de Impacto n de Impacto Ambiental (E. I. A)Ambiental (E. I. A)

Plazo mPlazo mááximo de resoluciximo de resolucióón y notificacin y notificacióón al n al interesado: 4 mesesinteresado: 4 meses

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2. Evaluaci2. Evaluacióón de Impacto Ambiental n de Impacto Ambiental (E. I. A)(E. I. A)

�� Instalaciones de ganaderInstalaciones de ganaderíía intensiva que a intensiva que superen las siguientes capacidades:superen las siguientes capacidades:

40.000 gallinas55.000 pollos25.000 pavos40.000 patos/ocas1.000 avestruces200.000 perdices600.000 codornices

2.000 cerdos engorde750 cerdas de cría2.000 ovino/caprino300 vacuno de leche600 vacuno de cebo20.000 conejos

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2. Evaluaci2. Evaluacióón de Impacto Ambiental n de Impacto Ambiental (E. I. A)(E. I. A)

�� Particularidades:Particularidades:�� InstrucciInstruccióón, tramitacin, tramitacióón y resolucin y resolucióón: INAGAn: INAGA

�� DocumentaciDocumentacióónn::

�� Estudio de Impacto AmbientalEstudio de Impacto Ambiental

�� ProyectoProyecto

�� InformesInformes::

�� Los que se estimen Los que se estimen oportunosoportunos

�� Los Los preceptivospreceptivos segsegúún la normativa sectorial ambiental que n la normativa sectorial ambiental que deban emitir los deban emitir los óórganos o entidades de la rganos o entidades de la C.AC.A. de Arag. de Aragóónn

�� La declaraciLa declaracióón EIA se remite al promotor y se publica en el BOAn EIA se remite al promotor y se publica en el BOA

INAGA

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3. Autorizaci3. Autorizacióón Ambiental n Ambiental Integrada (A. A. I)Integrada (A. A. I)

Plazo mPlazo mááximo de resoluciximo de resolucióón y notificacin y notificacióón al n al interesado: 10 mesesinteresado: 10 meses

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3. Autorizaci3. Autorizacióón Ambiental Integradan Ambiental Integrada(A. A. I)(A. A. I)

�� Instalaciones destinadas a la crInstalaciones destinadas a la críía intensiva de a intensiva de aves de corral o cerdos que dispongan de maves de corral o cerdos que dispongan de máás s de:de:

40.000 gallinas ponedoras75.000 pollos25.000 pavos40.000 patos/ocas1.000 avestruces200.000 perdices600.000 codornices

2.500 cerdos cebo (>30Kg)750 cerdas reproductoras530 cerdas ciclo cerrado

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3. Autorizaci3. Autorizacióón Ambiental n Ambiental Integrada (A. A. I)Integrada (A. A. I)

�� ÓÓrgano ambiental competente: INAGArgano ambiental competente: INAGA�� DocumentaciDocumentacióón:n:

�� SolicitudSolicitud�� Proyecto bProyecto báásicosico�� Informe de compatibilidad urbanInforme de compatibilidad urbaníística favorablestica favorable�� Estudio de impacto AmbientalEstudio de impacto Ambiental�� Otra documentaciOtra documentacióónn

�� InformaciInformacióón pn púública: 30 dblica: 30 dííasas�� ResoluciResolucióón se notificarn se notificaráá a los interesados, al municipio, a los interesados, al municipio,

óórganos que hubieran emitido informe vinculante y rganos que hubieran emitido informe vinculante y publicacipublicacióón en el B. O. A.n en el B. O. A.

INAGA

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4. Licencia de inicio de Actividad4. Licencia de inicio de Actividad

EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

AYUNTAMIENTO

Previo al comienzo de la actividad ganadera se solicita la LICENCIA DE INICIO DE ACTIVIDAD +

Certificado del técnico director de que se cumplen condiciones

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4. Licencia de inicio de actividad4. Licencia de inicio de actividad

�� Se comprueba la documentaciSe comprueba la documentacióón en el Ayuntamiento.n en el Ayuntamiento.�� TTéécnicos municipales: cnicos municipales: Acta de comprobaciActa de comprobacióónn�� SS. VV. OO de la OCA SS. VV. OO de la OCA Acta de inspecciActa de inspeccióónn para comprobar para comprobar medidas correctoras, de bioseguridad, de bienestar animal, medidas correctoras, de bioseguridad, de bienestar animal, ubicaciubicacióón y capacidad se adecuan a lo proyectado.n y capacidad se adecuan a lo proyectado.

Licencia de inicio de actividad

Plazo: 1 mes en LAAC

Plazo: 2 meses en EIA y AAI

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InscripciInscripcióón en Registro de n en Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA)Explotaciones Ganaderas (REGA)

�� Para ejercer la actividad ganadera es obligatorio la Para ejercer la actividad ganadera es obligatorio la inscripciinscripcióón en REGAn en REGA

�� Se solicita la inscripciSe solicita la inscripcióón a travn a travéés de la OCAs de la OCA�� Resuelve el director del S. P. de Agricultura, GanaderResuelve el director del S. P. de Agricultura, Ganaderíía y a y Medio AmbienteMedio Ambiente

�� NNºº CCóódigo REGA: ES + 44 + XXX + 0000YYYdigo REGA: ES + 44 + XXX + 0000YYY�� EmisiEmisióón de Libro de explotacin de Libro de explotacióón ganaderan ganadera

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ParticularidadesParticularidades

�� RegularizaciRegularizacióón de explotacionesn de explotaciones: : �� Antes del Antes del 31/12/201531/12/2015. (. (Inscritas en REGA antes de diciembre de 1997 y sin Inscritas en REGA antes de diciembre de 1997 y sin licencia)>>3 posibilidades: legalizacilicencia)>>3 posibilidades: legalizacióón, declaracin, declaracióón en precario o denegacin en precario o denegacióón de n de licencialicencia

�� Cambios de Titularidad: Cambios de Titularidad: �� Solicitud en la OCA Solicitud en la OCA �� Certificado del Ayuntamiento conforme al cambio de titularidadCertificado del Ayuntamiento conforme al cambio de titularidad�� informe favorable de los SS. VV. OO informe favorable de los SS. VV. OO �� Disponer de las infraestructuras higiDisponer de las infraestructuras higiééniconico-- sanitarias msanitarias míínimasnimas�� ResoluciResolucióón Director del S. P de Agricultura, Ganadern Director del S. P de Agricultura, Ganaderíía y Medio Ambiente.a y Medio Ambiente.

�� Cambios de OrientaciCambios de Orientacióón Productiva:n Productiva:�� Solicitud en la OCASolicitud en la OCA�� Memoria explicativa: cumplimiento condiciones, no supera UGM, noMemoria explicativa: cumplimiento condiciones, no supera UGM, no mayor mayor distanciadistancia

�� Informe favorable de los SS. VV. OO de la OCAInforme favorable de los SS. VV. OO de la OCA�� Conformidad del Ayuntamiento del cambio proyectadoConformidad del Ayuntamiento del cambio proyectado

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CONDICIONES MCONDICIONES MÍÍNIMAS DE LAS NIMAS DE LAS EXPLOTACIONES GANADERASEXPLOTACIONES GANADERAS

1.1. UbicaciUbicacióónn

2.2. Infraestructuras, medidas correctoras y de Infraestructuras, medidas correctoras y de bioseguridadbioseguridad

3.3. Sanidad animalSanidad animal

4.4. Bienestar animalBienestar animal

5.5. IdentificaciIdentificacióón animaln animal

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1. Ubicaci1. Ubicacióónn

��Distancias a NDistancias a NÚÚCLEO URBANOCLEO URBANO

��Distancias OTRAS INSTALACIONES Distancias OTRAS INSTALACIONES GANADERAS (misma o distinta especie)GANADERAS (misma o distinta especie)

��Distancias a OTROS ELEMENTOS Distancias a OTROS ELEMENTOS relevantes del territoriorelevantes del territorio

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1. Ubicaci1. Ubicacióónn�� DISTANCIAS A NDISTANCIAS A NÚÚCLEO URBANOCLEO URBANO: :

–– MEDICIMEDICIÓÓNN: :

–– Desde el punto de la lDesde el punto de la líínea de delimitacinea de delimitacióón del suelo urbano n del suelo urbano del ndel núúcleo de poblacicleo de poblacióón mn máás prs próóximo a la explotaciximo a la explotacióón n ganadera hasta el punto mganadera hasta el punto máás prs próóximo construido de la ximo construido de la explotaciexplotacióón ganadera, ya sean los edificios u otros n ganadera, ya sean los edificios u otros elementos funcionales de la misma susceptible de producir elementos funcionales de la misma susceptible de producir efectos molestos, nocivos o insalubres.efectos molestos, nocivos o insalubres.

–– REDUCCIREDUCCIÓÓN A LA MITADN A LA MITAD en municipios enclavados en zonas en municipios enclavados en zonas desfavorecidas de montadesfavorecidas de montañña (acuerdo del Pleno Municipal), EXCEPTO a (acuerdo del Pleno Municipal), EXCEPTO en:en:–– Explotaciones de porcinoExplotaciones de porcino–– Explotaciones de vacuno y equino con capacidad> 100 UGMExplotaciones de vacuno y equino con capacidad> 100 UGM–– Explotaciones de ovino o caprino con capacidad > 150 UGM Explotaciones de ovino o caprino con capacidad > 150 UGM –– Otras explotaciones con capacidad > 60 UGMOtras explotaciones con capacidad > 60 UGM

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1. Ubicaci1. Ubicacióón. n.

�� Distancias a nDistancias a núúcleo urbano:cleo urbano:

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1. Ubicaci1. Ubicacióónn�� Distancias a otras instalaciones ganaderasDistancias a otras instalaciones ganaderas::

–– MediciMedicióón: puntos mn: puntos máás prs próóximos construidos de las explotaciones ximos construidos de las explotaciones (edificios u otro elemento funcional de la misma susceptible de (edificios u otro elemento funcional de la misma susceptible de producir producir emisiones molestas, nocivas o insalubres)emisiones molestas, nocivas o insalubres)

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1. Ubicaci1. Ubicacióónn

�� Distancias a Distancias a otros otros elementos elementos relevantes relevantes del territorio:del territorio:

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2. Infraestructuras, medidas 2. Infraestructuras, medidas correctoras y de Bioseguridadcorrectoras y de Bioseguridad

�� ContarContaráán con instalaciones suficientes, que n con instalaciones suficientes, que permitan albergar a los animales en condiciones permitan albergar a los animales en condiciones adecuadas, conforme a sus necesidades en adecuadas, conforme a sus necesidades en todas las etapas productivas.todas las etapas productivas.

�� DeberDeberáán mantenerse las condiciones higin mantenerse las condiciones higiééniconico--sanitarias y de bioseguridad.sanitarias y de bioseguridad.

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2. 2. InfraestructurasInfraestructuras, medidas correctoras , medidas correctoras y de Bioseguridady de Bioseguridad

Construcciones y Edificaciones:Construcciones y Edificaciones:�� RetranqueosRetranqueos : como m: como míínimo 10m a linderos de las parcelas nimo 10m a linderos de las parcelas

de otro propietario y 15m a eje de vde otro propietario y 15m a eje de víía de camino pa de camino púúblico.blico.�� EdificabilidadEdificabilidad : m: mááximo de 0.20mximo de 0.20m22/m/m22

�� OcupaciOcupaci óón mn m ááximaxima : 20% de la superficie : 20% de la superficie úútil de la parcelatil de la parcela�� Altura mAltura m ááximaxima : 10 metros. Con car: 10 metros. Con caráácter general 1 planta.cter general 1 planta.�� ValladoVallado : Semitransparente o mixto, altura m: Semitransparente o mixto, altura míínima 2 mnima 2 m�� Las construccionesLas construcciones deberdeberáán integrarse en el paisaje n integrarse en el paisaje

(materiales, texturas, colores y composici(materiales, texturas, colores y composicióón)>> n)>> Menor Menor impacto visual posibleimpacto visual posible

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2. 2. InfraestructurasInfraestructuras, , medidas correctoras medidas correctoras y y de Bioseguridadde Bioseguridad

�� AGUA: AGUA: apta para el consumo de los animales y otros usos. Capacidad de apta para el consumo de los animales y otros usos. Capacidad de almacenaje de al menos 5 dalmacenaje de al menos 5 díías de consumo medio.as de consumo medio.

�� SUMINISTRO DE ENERGSUMINISTRO DE ENERGÍÍA ELA ELÉÉCTRICA:CTRICA: suficiente para el correcto suficiente para el correcto funcionamiento de elementos elfuncionamiento de elementos elééctricos. Sistema auxiliar.ctricos. Sistema auxiliar.

�� INSTALACIINSTALACIÓÓN DE SANEAMIENTO:N DE SANEAMIENTO: para aguas residuales de aseos, para aguas residuales de aseos, agua de lluvia y limpieza de zonas de la granja sin animales.agua de lluvia y limpieza de zonas de la granja sin animales.

�� ELIMINACIELIMINACIÓÓN DE CADN DE CADÁÁVERESVERES::�� Requisitos del R (CE) 1069/2009 normas sanitarias aplicables a lRequisitos del R (CE) 1069/2009 normas sanitarias aplicables a los SANDACH.os SANDACH.�� Se debe acreditar la disponibilidad del Se debe acreditar la disponibilidad del sistema o servicio de eliminacisistema o servicio de eliminacióón de cadn de cadááveresveres a los a los

SS. VV. OO previamente a la inscripciSS. VV. OO previamente a la inscripcióón en REGA.n en REGA.�� FOSA DE CADFOSA DE CADÁÁVERESVERES: impermeable y cerrada. Para su dimensionamiento un porcentaje : impermeable y cerrada. Para su dimensionamiento un porcentaje de de

bajas del 2% de la capacidad autorizada. bajas del 2% de la capacidad autorizada. �� PROHIBIDO: el abandono de cadPROHIBIDO: el abandono de cadááveres y con carveres y con caráácter general el enterramiento de los cter general el enterramiento de los

mismos. mismos.

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�� INSTALACIONES DE GESTIINSTALACIONES DE GESTIÓÓN DE ESTIN DE ESTIÉÉRCOLES:RCOLES:

�� Fosa de purines: Fosa de purines: para estipara estiéércoles lrcoles lííquidos. Porcino y vacuno. 120 dquidos. Porcino y vacuno. 120 díías. as. Estancas, de profundidad mEstancas, de profundidad míínima de 2 metros. Valladas perimetralmente.nima de 2 metros. Valladas perimetralmente.

�� Estercolero: Estercolero: para estipara estiéércoles srcoles sóólidos. Impermeables, con fosa de lixiviados. lidos. Impermeables, con fosa de lixiviados. Cubiertos en zonas de pluviometrCubiertos en zonas de pluviometríía superior a 1000 Mm. anuales. Para 120 da superior a 1000 Mm. anuales. Para 120 díías as de actividad. Reduccide actividad. Reduccióón hasta un 60% de capacidad con contrato de gestor n hasta un 60% de capacidad con contrato de gestor autorizado. En ovino/caprino en extensivo reducciautorizado. En ovino/caprino en extensivo reduccióón del estercolero a dos meses n del estercolero a dos meses de produccide produccióón. No necesario en Instalaciones auxiliares de uso temporal n. No necesario en Instalaciones auxiliares de uso temporal

�� El titular de la explotaciEl titular de la explotacióón debe justificar el destino final del estin debe justificar el destino final del estiéércol producido rcol producido en la explotacien la explotacióón >>n >>ValorizaciValorizacióón como fertilizante orgn como fertilizante orgáánico.nico.

�� DeclaraciDeclaracióón de aplicacin de aplicacióón de estin de estiéércoles en tierras de cultivo: datos propietario base agrrcoles en tierras de cultivo: datos propietario base agríícola, titular cola, titular explotaciexplotacióón, cultivador y descripcin, cultivador y descripcióón de las parcelas.n de las parcelas.

�� Las parcelas destinadas a la aplicaciLas parcelas destinadas a la aplicacióón de estin de estiéércoles no pueden encontrarse a mrcoles no pueden encontrarse a máás de 25 s de 25 km.km.�� JustificaciJustificacióón de la propiedad de las parcelas: cn de la propiedad de las parcelas: céédula catastral, cdula catastral, céédula de propiedad, declaraciones dula de propiedad, declaraciones PACPAC……

�� UtilizaciUtilizacióón de las tierras para aplicacin de las tierras para aplicacióón de estin de estiéércoles duracircoles duracióón mn míínima de 8 anima de 8 añños, renovable en lo os, renovable en lo sucesivo, sin objecisucesivo, sin objecióón de las partesn de las partes

2. Infraestructuras, 2. Infraestructuras, medidas correctorasmedidas correctoras y y de Bioseguridadde Bioseguridad

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2. Infraestructuras, 2. Infraestructuras, medidas medidas correctorascorrectoras y y de Bioseguridadde Bioseguridad

�� LazaretoLazareto: para la observaci: para la observacióón y secuestro de animales n y secuestro de animales enfermos, delimitado.enfermos, delimitado.

�� En producciones intensivas de porcino, aviar y cunEn producciones intensivas de porcino, aviar y cuníícola:cola:�� ValladoVallado�� Vado sanitarioVado sanitario�� AntipajarerasAntipajareras

�� Sistema de lucha contra roedores e insectosSistema de lucha contra roedores e insectos�� Densidad Animal: determinada por la legislaciDensidad Animal: determinada por la legislacióón n zootzootéécnicocnico--sanitaria correspondiente y normas vigentes en sanitaria correspondiente y normas vigentes en bienestar animal.bienestar animal.

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3. Sanidad Animal3. Sanidad Animal

�� ContarContaráán con un n con un VETERINARIO AUTORIZADO o HABILITADOVETERINARIO AUTORIZADO o HABILITADO

�� PROGRAMA SANITARIO BPROGRAMA SANITARIO BÁÁSICOSICO: incluir: incluiráá las medidas de L+DDD (perilas medidas de L+DDD (perióódico), el programa de dico), el programa de profilaxis de la especie considerada y las medidas de bioseguridprofilaxis de la especie considerada y las medidas de bioseguridad implantadas en la explotaciad implantadas en la explotacióónn

�� Programas nacionales de prevenciProgramas nacionales de prevencióón, lucha, control y erradicacin, lucha, control y erradicacióón de enfermedadesn de enfermedades: : las explotaciones deberlas explotaciones deberáán mantener los programas y normas sanitarias frente a las princin mantener los programas y normas sanitarias frente a las principales pales enfermedades de la especie sujetas a control oficial.enfermedades de la especie sujetas a control oficial.

�� GestiGestióón de residuosn de residuos ( ( Plan GPlan G. I. R. A):. I. R. A):

–– ContarContaráán con los sistemas necesarios para gestionar los residuos que sen con los sistemas necesarios para gestionar los residuos que se produzcan.produzcan.–– Residuos zoosanitarios, del tipo cortantes y punzantes o biolResiduos zoosanitarios, del tipo cortantes y punzantes o biolóógicogico--infecciosos o quinfecciosos o quíímicos debermicos deberáán recogerse n recogerse

y depositarse en contenedores apropiados. Entrega periy depositarse en contenedores apropiados. Entrega perióódica a un gestor autorizado.dica a un gestor autorizado.

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4. Bienestar animal4. Bienestar animal

�� RD 348/2000, relativo a la protecciRD 348/2000, relativo a la proteccióón de n de los animales en las explotaciones los animales en las explotaciones ganaderasganaderas

�� Ley 11/2003, de protecciLey 11/2003, de proteccióón animal en la n animal en la CA de AragCA de Aragóónn

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4. Bienestar animal4. Bienestar animal

�� Los propietarios deben adoptar las medidas necesarias para Los propietarios deben adoptar las medidas necesarias para garantizar que no padezcan dolores, sufrimientos ni dagarantizar que no padezcan dolores, sufrimientos ni dañños inos inúútiles.tiles.

�� Las condiciones de crLas condiciones de críía de los animales teniendo en cuenta su a de los animales teniendo en cuenta su especie, grado de desarrollo, adaptaciespecie, grado de desarrollo, adaptacióón y necesidades fisioln y necesidades fisiolóógicas y gicas y etoletolóógicas de los animales.gicas de los animales.

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4. Bienestar animal4. Bienestar animal�� PersonalPersonal:: capacidad, conocimiento y competencia profesional.capacidad, conocimiento y competencia profesional.

�� InspeccionesInspecciones:: mmíínimo una vez al dnimo una vez al díía (iluminacia (iluminacióón apropiada), animales enfermos o n apropiada), animales enfermos o heridos tratamiento inmediato.heridos tratamiento inmediato.

�� Constancia documentalConstancia documental:: Tratamientos, bajas, registros 3 aTratamientos, bajas, registros 3 aññosos

�� Libertad de movimientos:Libertad de movimientos: no se les limitarno se les limitaráá ni se les causarni se les causaráá dadañños.os.

�� Establos o recintosEstablos o recintos o materialeso materiales no perjudiciales ni bordes salientes.no perjudiciales ni bordes salientes.

�� ProtecciProteccióónn contra las inclemencias del tiempo, los depredadores y el riesgocontra las inclemencias del tiempo, los depredadores y el riesgode enfermedades.de enfermedades.

�� AlimentaciAlimentacióón, agua y otras sustanciasn, agua y otras sustancias:: alimentacialimentacióón sana y suficiente, acceso al n sana y suficiente, acceso al agua en cantidad necesaria segagua en cantidad necesaria segúún su fisiologn su fisiologíía y estado productivo. No administrar a y estado productivo. No administrar sustancias a excepcisustancias a excepcióón de aquellas para tratamientos terapn de aquellas para tratamientos terapééuticos, profiluticos, profiláácticos o cticos o zootzootéécnicoscnicos

�� Procedimientos de crProcedimientos de críía:a: no ocasionarno ocasionaráán dan dañños, sufrimientos o heridas a los os, sufrimientos o heridas a los animalesanimales

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5. Identificaci5. Identificacióón animaln animal�� La identificaciLa identificacióón y el registro de los animales son medidas bn y el registro de los animales son medidas báásicas para sicas para realizar una adecuada gestirealizar una adecuada gestióón de la caban de la cabañña ganadera, y piezas claves para a ganadera, y piezas claves para garantizar la trazabilidad de los animales y de sus produccionesgarantizar la trazabilidad de los animales y de sus producciones. .

�� La reglamentaciLa reglamentacióón comunitaria y nacional establece las normas para el n comunitaria y nacional establece las normas para el registro de las explotaciones y para la identificaciregistro de las explotaciones y para la identificacióón de los animales, con el n de los animales, con el fin de garantizar la sanidad y trazabilidad de los animales y sufin de garantizar la sanidad y trazabilidad de los animales y sus derivados, s derivados, desde la explotacidesde la explotacióón de nacimiento hasta el consumidor final. n de nacimiento hasta el consumidor final.

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5. Identificaci5. Identificacióón animaln animal�� Especie Bovina:Especie Bovina:

1. Marcas auriculares destinadas a identificara cada animal individualmente.

2. Base de datos informatizada (datos de las explotaciones y de los animales, con sus movimientos, nacimientos y muertes)

3. Documento de identificación individual que acompaña a cada animal en cada movimiento.

4. Registro individual llevado en cada explotación, donde se anotan los datos de los animales presentes en la explotación, así como las entradas y salidas de los mismos.

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5. Identificaci5. Identificacióón animaln animal

�� Especie Ovina/caprina:Especie Ovina/caprina:

1. Medios de identificación.

2. Libro de registro de la explotación, donde se anotan los datos de los animales presentes en la explotación, las entradas y las salidas de los mismos.

3. Documento de traslado.

4. Base de datos informatizada donde se encuentran los datos de las explotaciones y su censo.

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Gracias por su atenciGracias por su atencióónn