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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 1

    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL

    GUIA 1

    GABY MARYLIN PORTOCARRERO ZAPATA

    UNIVERSIDAD INCA GARCILAZO DE LA VEGA

    FACULTAD DE PSICOLOGA Y TRABAJO SOCIAL

    SULLANAPIURA

    2014

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 2

    NDICE

    Introduccin Pg. 03

    UNIDAD I:

    CONCEPTOS ASOCIADOS AL MEDIO AMBIENTE Y LA

    LEGISLACIN QUE LOS AMPARA Pg. 05

    UNIDAD II:

    ANLISIS EN TORNO A LA POLTICA PBLICA Y LAS

    INSTITUCIONES DE PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE

    EN EL PAS Pg. 12

    UNIDAD III:

    HERRAMIENTAS DEL TRABAJO SOCIAL PARA LA

    PRESERVACIN DEL MEDIO AMBIENTE Pg. 45

    UNIDAD IV:

    TRABAJO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE Pg. 67

    Conclusiones. Pg. 71

    Bibliografa de consulta. Pg, 73

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    INTRODUCCIN

    El presente trabajo que a continuacin presentamos ha sido elaborado en referencia al tema

    del medio ambiente. Por lo cual para su completo abordaje lo hemos estructurado de la si-guiente manera:

    UNIDAD I: CONCEPTOS ASOCIADOS AL MEDIO AMBIENTE Y LA LEGIS-

    LACIN QUE LOS AMPARA

    Donde veremos la conceptualizacin de los principales componentes que engloba el

    tema de medio ambiente y la normatividad vigente.

    UNIDAD II: ANLISIS EN TORNO A LA POLTICA PBLICA Y LAS INSTI-

    TUCIONES DE PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE EN EL PAS

    Donde veremos las polticas sociales vigentes en torno a la temtica del medio ambien-

    te, tomando en cuenta la pertinencia y eficiencia de las mismas.

    UNIDAD III: HERRAMIENTAS DEL TRABAJO SOCIAL PARA LA PRESER-

    VACIN DEL MEDIO AMBIENTE

    Donde veremos la participacin y vigilancia ciudadana en la conservacin y uso social

    de los recursos naturales para la preservacin del medio ambiente.

    UNIDAD IV: TRABAJO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE

    Donde presentaremos la funcin y roles del Trabajador social en la gestin participati-

    va e inclusiva para la preservacin del medio ambiente.

    Cabe destacar que nos parece interesante plantear un tema de esta magnitud, por eso con el

    presente trabajo pretendemos contribuir al mejor conocimiento del medio ambiente dentro

    de nuestra carrera profesional.

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL

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    UNIDAD I

    CONCEPTOS ASOCIADOS AL MEDIO AMBIENTE Y LA

    LEGISLACIN QUE LOS AMPARA

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    MEDIO AMBIENTE

    Se entiende por medio ambientea todo lo que rodea a un ser vivo. Entorno que afecta y

    condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o de la sociedad en su

    conjunto.

    Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en unlugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las gene-

    raciones venideras. Es decir, no se trata slo del espacio en el que se desarrolla la vida, sino

    que tambin comprende seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos,

    as como elementos tan intangibles como la cultura. El 5 de junio se celebra el Da Mundial

    del Medio Ambiente.

    ECOLOGA

    La ecologaes la ciencia que estudia a los seres vivos, su ambiente, la distribucin, abun-

    dancia y cmo esas propiedades son afectadas por la interaccin entre los organismos y

    su ambiente: la biologa de los ecosistemas (Margales, 1998, p. 2). En el ambiente se

    incluyen las propiedades fsicas que pueden ser descritas como la suma de factores abiti-

    cos locales, como el clima y la geologa, y los dems organismos que comparten ese hbitat

    (factores biticos).

    La visin integradora de la ecologa plantea que es el estudio cientfico de los procesos que

    influyen la distribucin y abundancia de los organismos, as como las interacciones entre

    los organismos y la transformacin de los flujos de energa.

    La ecologa es la rama de la Biologa que estudia las interacciones de los seres vivos con

    su hbitat. Esto incluye factores abiticos, esto es, condiciones ambientales tales co-

    mo: climatolgicas, edficas, etc.; pero tambin incluye factores biticos, esto es, condicio-

    nes derivadas de las relaciones que se establecen con otros seres vivos.

    RECURSOS RENOVABLES

    Un recurso renovablees un recurso natural que se puede restaurar por procesos naturales a

    una velocidad superior a la del consumo por los seres humanos. La radiacin solar,

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    las mareas, el viento y la energa hidroelctrica son recursos perpetuos que no corren peli-

    gro de agotarse a largo plazo. Los recursos renovables tambin incluyen materiales como

    madera, papel, cuero, etc. si son cosechados en forma sostenible.

    Algunos recursos renovables como la energa geotrmica, el agua dulce, madera y biomasadeben ser manejados cuidadosamente para evitar exceder la capacidad regeneradora mun-

    dial de los mismos. Es necesario estimar la capacidad de renovacin (sostenibilidad) de

    tales recursos. En comparacin con los combustibles fsiles las energas que se obtienen de

    recursos renovables causan un menor impacto en el medio ambiente.

    Productos como la gasolina, el carbn, gas natural, disel y otros productos derivados de

    los combustibles fsiles no son renovables o sea que no presentan sostenibilidad. Se dife-rencian de los recursos renovables porque stos pueden tener una productividad sostenible;

    es decir que son inagotables.

    RECURSOS NO RENOVABLES

    Se considera recurso no renovablea un recurso natural que no puede ser producido, culti-

    vado, regenerado o reutilizado a una escala tal que pueda sostener su tasa de consumo. Es-

    tos recursos frecuentemente existen en cantidades fijas o son consumidos mucho ms rpi-

    do de lo que la naturaleza puede recrearlos.

    Se llama reservas a los contingentes de recursos que pueden ser extrados con provecho. El

    valor econmico (monetario) depende de su escasez y demanda, y es un tema que preocupa

    a la economa. Su utilidad como recursos depende de su aplicabilidad, pero tambin del

    costo econmico y del costo energtico de su localizacin y explotacin. Por ejemplo, si

    para extraer el petrleo de un yacimiento hay que invertir ms energa que la que va a pro-

    porcionar, no puede considerarse un recurso. Algunos de los recursos no renovables son:

    el petrleo, los minerales, los metales, el gas natural y los depsitos de agua subterrnea

    (siempre que sean acuferos confinados sin recarga).

    La contabilidad de las reservas produce muchas disputas, con las estimaciones ms optimis-

    tas por parte de las empresas, y las ms pesimistas por parte de los grupos ecologistas y los

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    mitad del siglo XX a causa de la Revolucin Cientfico-Tcnica, llevada a cabo en muchas

    partes del mundo, en las condiciones de las relaciones de produccin capitalistas y socialis-

    tas que no lograron compatibilizar la triada: economa-produccin-proteccin ambiental.

    La Revolucin Cientfico-Tcnica, que es necesaria para el progreso humano, con los avan-ces logrados en la industria, la agricultura y la medicina, entre otros, provoc cambios en

    las condiciones de vida y salud de las personas, manifestadas en el aumento de

    la poblacin de la tierra, en diversas regiones del planeta. Debemos reconocer que nuestro

    planeta posee alternativas para aumentar la produccin de alimentos, pero estas posibilida-

    des no son ilimitadas, y en determinadas regiones geogrficas, son muy restringidas. Esta es

    una de las causas de la agudizacin de los problemas de la proteccin del medio ambiente.

    Ante la interrelacin de la sociedad con el medio ambiente, la magnitud de los problemasecolgicos y la importancia del desarrollo sostenible, se impone conocer la definicin del

    medio ambiente, concepto muy debatido y a la vez contradictorio por considerarse como

    medio y ambiente de forma indistinta.

    La Conferencia Intergubernamental sobre la Educacin Ambiental, realizada en Tiblisi,

    Georgia, en 1977, auspiciada por Organizacin de las Naciones Unidas para

    la Educacin, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y con la colaboracin del Programa de las

    Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), actualiz la evolucin lgica e hist-rica del concepto medio ambiente al expresar en el informe final que: "... se ha convenido

    ahora en que el concepto de medio ambiente debe abarcar el medio social y cultural y no

    solo el fsico, por lo que los anlisis que efectan deben tomar en consideracin las interac-

    ciones entre el medio natural, sus componentes biolgicos y sociales, y tambin los factores

    culturales...". Se puede inferir que la precisin y expresin de este trmino constituye un

    aporte en la filosofa ambiental, natural, cultural e histrica por reconocer la dimensin

    social y humana sobre el medio ambiente, as como todo lo creado por el hombre.

    En relacin con este trmino se define: "...medio ambiente es sistema de elementos abiti-

    cos, biticos y sociales con los que interacta el hombre, a la vez se adapta al mismo, lo

    transforma y lo utiliza para satisfacer sus necesidades. Debe concebirse en su totalidad,

    formando parte de l; lo construido, lo personal y lo colectivo; lo econmico, lo social, lo

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    cultural, lo tecnolgico, lo ecolgico, lo esttico, etc..." (1), lo que demuestra la integralidad

    y lo que representa este trmino.

    En este mismo anlisis, que realizamos, por ejemplo, el ecologista Barry Componer, hace

    ms de 20 aos escribi: " ...El medio ambiente es un sistema complejo, sutilmente equili-brado..."(2), lo que revela que nunca antes, en la historia de este planeta, su superficie, don-

    de se desarrolla la vida, fue sometida a la influencia de los agentes tan diferentes, nuevos y

    potentes, por lo que la toma de decisiones en un determinado pas afecta

    el equilibrio ecolgico en otra nacin distante.

    El trmino de medio ambiente se incorpor y se oficializ en la lengua espaola, en 1984 y

    es un concepto caracterizado por connotaciones filosficas y polticas que determinan su

    conveniencia de mantenerlo y utilizarlo en la actualidad, en diferentes pases del mundo.

    En el contexto de este anlisis, consideramos oportuno hacer referencia a algunos apuntes

    de la legislacin de nuestro pas donde; por ejemplo, en la ley n0 20/97, sobre el Ambiente,

    promulgada por la Asamblea de la Repblica de Mozambique, en octubre de 1997, en su

    artculo 1, se define el Ambiente como: "... el medio en que el Hombre y otros seres viven e

    interactan entre s y con el propio medio, e incluye: el aire, la luz, la tierra y el agua;

    los ecosistemas, la biodiversidad y las relaciones ecolgicas; toda la materia orgnica e

    inorgnica; todas las condiciones socioculturales y econmicas que afectan a la vida de lascomunidades..." , lo que demuestra la dimensin y accin humanas, as como el enfoque y

    la funcin transformadora en la economa y la sociedad para el desarrollo sostenible que

    considere la proteccin ambiental.

    Es propsito de este trabajo hacer la reflexin de los problemas del medio ambiente en

    cuanto a sus orgenes, desarrollo y agudizacin, como fenmenos de trascendencia univer-

    sal desde el punto de vista del materialismo dialctico e histrico. Se pretende, igualmente,

    valorar la influencia de la Revolucin Cientfico-Tcnica en el deterioro del medio ambien-te.

    En el trabajo, se utiliza un enfoque geogrfico en la bsqueda de medidas para los proble-

    mas antes mencionados, por considerarse que la asignatura de Geografa tiene entre

    otras ciencias, acumulados conocimientos acerca del medio ambiente natural, las particula-

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    ridades locales de la economa y de la vida de las poblaciones, pudiendo integrarlos en la

    esfera de los subsistemas de Geografa Fsica y Econmica, como asignatura

    del currculo escolar.

    El desarrollo de la educacin ambiental, como uno de los procesos vitales para contribuir asolucionar la crisis del medio ambiente, constituye una dimensin de la educacin integral

    de todos los ciudadanos. Es por ello que va a depender, en gran medida, de la organizacin,

    coherencia y capacidad institucional de los sistemas educativos en que se desarrolle la edu-

    cacin ambiental, para alcanzar su integracin en todas las instituciones (docentes, cientfi-

    cas, culturales, comunitarias) orientadas a ese fin.

    Se patentiza en este trabajo las posibilidades que tiene el estudio del medio ambiente, para

    contribuir a la formacin en los estudiantes de la concepcin cientfica del mundo y de unacomprensin de los problemas del medio ambiente, del desarrollo sostenible y de la necesi-

    dad de la educacin ambiental en todos los niveles de la enseanza y la vinculacin con la

    sociedad.

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    UNIDAD II

    ANLISIS EN TORNO A LA POLTICA PBLICA Y LAS

    INSTITUCIONES DE PROTECCIN DEL MEDIO AM-

    BIENTE EN EL PAS

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    Existen muchos problemas ambientales que han dejado al planeta cada vez, ms deteriora-

    do. Estos a su vez guardan estrecha relacin con otros problemas econmicos y sociales, y

    s bien es cierto que se ha hablado de la naturaleza, y de su preservacin desde hace muchas

    dcadas, slo fue hasta 1987 cuando el entonces presidente del Banco Mundial, Sr. Barbero

    B. Contable, exhort de forma general a todas las naciones a hacer un esfuerzo real para

    cooperar en la conservacin del entorno natural mundial. En su discurso llevado a cabo en

    Washington D. C., dijo lo que se presenta a continuacin:

    "Tenemos conocimiento de que los recursos bsicos de la Tierra, el aire y el agua, sobre los

    que se sustenta la supervivencia del planeta, estn amenazados. Pero el esfuerzo comn

    para resolver los problemas comunes del mundo requiere de cierto grado de coordinacininstitucional y una dosis de voluntad poltica, que el hombre invierte ms frecuentemente

    en destruir que en preservar".

    Tomando como referente lo anterior, se puede dilucidar que desde ese entonces el discurso

    para la preservacin de los recursos naturales cambi en aras de entrelazar esfuerzos y res-

    ponsabilidades al determinar que los recursos naturales dan vida a la dinmica completa del

    desarrollo y crecimiento econmico, as como de la misma globalizacin.

    El medio ambiente y el desarrollo son conceptos que no se miran por separado dentro del

    contexto actual de la economa. El medio ambiente tiene que ver con el desarrollo econ-

    mico, y este ltimo ha afectado y afecta el medio ambiente. En los pases andinos, como en

    cualquier pas, el modelo de desarrollo adoptado determina en cierta medida cmo el sector

    productivo se interrelaciona e influye en el medio ambiente y los recursos naturales. As,

    los modelos proteccionistas y globalizacin de la economa andina han afectado y afecta,

    este ltimo, a nuestros recursos naturales. Los pases andinos poseen un patrimonio naturalenvidiable; sin embargo, su aprovechamiento no ha sido el ms adecuado y nos encontra-

    mos ad portas de una crisis de disponibilidad de recursos naturales. El futuro est determi-

    nado por el manejo que se le est dando al medio ambiente; es responsabilidad de todo el

    bienestar de las futuras generaciones.

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    Por otro lado, la formacin de tratados internacionales para controlar o regular aspectos

    referentes a la ecologa y el entorno ambiental, comenz con mayor fuerza en el transcurso

    de la Segunda Guerra Mundial, cuando se vislumbr la magnitud de las afectaciones que

    podra causar el ser humano, no solamente a una regin del planeta en particular, sino a la

    totalidad de ste.

    Los problemas medioambientales pueden clasificarse por sus contenidos o temas especfi-

    cos de la siguiente forma: Cambio Climtico Global, Agotamiento del Ozono Estratosfri-

    co, Cambio de la Cubierta de las Tierras y Desertificacin, Deforestacin, Conservacin de

    la Diversidad Biolgica, Contaminacin Transfronteriza del Aire, Los Ocanos y sus Re-

    cursos Vivientes, Comercio/Industria y el Ambiente, Dinmica de la Poblacin (donde porejemplo se enmarcan los asuntos de la seguridad alimentaria).

    Amrica del sur es una de las regiones de mayor biodiversidad del planeta, posee una sor-

    prendente diversidad de ecosistemas acuticos, marino-costeros y terrestres presentes tanto

    en el Ocano Pacfico como en el Mar Caribe, incluyendo manglares, estuarios y arrecifes,

    adems de desiertos, sabanas y una gran variedad de bosques como los pluviales del Choc,

    las selvas hmedas amaznicas, los bosques de niebla, los valles secos interandinos, ecosis-

    temas de alta montaa como los pramos, las punas, los humedales, y la Patagonia austral.

    Las estadsticas arrojan que por ejemplo, slo la subregin andina concentra ms del 20%

    de la biodiversidad de todo el planeta, el 10% del agua dulce del mundo y el 35% de la su-

    perficie boscosa de Amrica Latina y el Caribe.

    Actualmente, el medio ambiente de la regin sufre grandes presiones a causa del incre-

    mento de los grandes cultivos comerciales, de las considerables inversiones industriales y

    mineras (legales e ilegales), del crecimiento urbano y de la construccin de infraestructuras

    pesadas (particularmente de carreteras). La persistente deforestacin, cuyo ritmo ha bajado

    un poco, la disminucin de la calidad de las aguas, de los suelos y del aire, as como la pr-

    dida de biodiversidad natural y cultivada, son los indicadores de esta evolucin negativa

    que afrontan los pases del subcontinente en trminos ambientales.

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    Dentro de este espacio geopoltico se manifiestan y operan un conjunto de variables am-

    bientales interdependientes e interconectadas, cuya relacin permite elaborar un cuerpo de

    anlisis geopoltico y prospectivo; este conjunto de variables ambientales se caracteriza por

    su interdependencia en el plano poltico, econmico, diplomtico, socio-cultural, ambiental

    y estratgico. Las variables que hasta el momento son posible identificar obedecen a ciertas

    dinmicas que ubican a la regin en el centro del debate global actualmente, tales como: la

    seguridad alimentaria vs. Los biocombustibles, la falta de negociaciones en bloque frente al

    tema del cambio climtico, proteccin de reas protegidas (especialmente de la Amazonia),

    proteccin de cuencas hidrogrficas (Especialmente de los acuferos), crecimiento y desa-

    rrollo econmico vs. Desarrollo Sostenible.

    Amrica del Sur es considerada la despensa de alimentos del mundo, el desafo de la regin

    en este tema ya no es la alimentacin nacional sino la produccin comercial para el me r-

    cado mundial, lo que ha degenerado una alta tasa de degradacin ambiental ligada a la

    expansin agrcola, que sumado a lo anterior, compite por los cultivos destinados a la gene-

    racin de biocombustibles. Se plantea de esta forma, uno de los debates que sern estudia-

    dos en la mesa de trabajo de la Tercera Cumbre Social: seguridad alimentaria vs. Biocom-

    bustibles, y la forma en que esta dualidad representa uno de los principales retos para la

    regin.

    Por otro lado, El cambio climtico en los pases de Amrica del Sur es un proceso innega-

    ble que afecta a las sociedades y a las economas, pero sobre todo a las poblaciones ms

    pobres de la regin, dejando como interrogante s es correcta la forma en que los Estados

    estn aplicando los preceptos bsicos del Desarrollo Sostenible? , ya que los aspectos socia-

    les que se deben cumplir en aras de un correcto desarrollo dicen que los beneficios y cos-

    tos deben distribuirse equitativamente entre los distintos grupos. Uno de los impactos ms

    preocupantes del cambio climtico tiene que ver con el retroceso de los nevados y su con-

    secuencia ms dramtica a futuro: la prdida de agua que afectar no slo el consumo hu-

    mano, sino la hidrogenara y la agricultura.

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    Otra caracterstica de la situacin planteada es que, histricamente los pases de Amrica

    Latina no se han presentado a las negociaciones sobre cambio climtico como un bloque,

    debido a que los impactos en la regin son muy variados y particulares dependiendo de la

    posicin geogrfica, y recursos naturales que cada pas posee, las propuestas que han avan-

    zado en algunos pases carecen de coordinacin y obedecen ms a los intereses particulares

    de cada pas. As, por ejemplo, Brasil impulsa el uso de biocombustibles, Ecuador por su

    parte hace una propuesta sui generis: el pago por emisiones evitadas que implica para ellos

    el pago por no desarrollar sus yacimientos de hidrocarburos.

    La dimensin geopoltica del problema ambiental se manifiesta como uno de los desafos

    que enfrenta la humanidad, razn por la que la Tercera Cumbre Social deber tener en

    cuenta los principales temas de la agenda global ambiental desde una perspectiva integrado-ra en aras de consolidar una misma agenda para todos los pases de la subregin, pues par-

    tiendo del punto que la proteccin de los recursos naturales es una responsabilidad compar-

    tida y su legado un desafo que se debe asumir frente a las condiciones actuales de creci-

    miento y de cambio, la regin se ve en la obligacin de revaluar su accionar frente a las

    polticas que ha vendi empleado, revaluar la implementacin de instituciones ambientales

    que existen hasta el momento y de definir una agenda ambiental mucho ms pragmtica

    que especifique el escenario geopoltico en el que se desenvolvern las polticas e institu-

    ciones involucradas con las dinmicas medioambientales.

    CONTEXTO INTERNACIONAL

    A nivel internacional existe un sinnmero de instrumentos, polticas y dems mecanismos

    que abordan los problemas del medio ambiente y del desarrollo sostenible. Sin embargo, la

    Organizacin de las Naciones Unidas- ONU, ha adoptado gran parte de la responsabilidad

    ambiental a nivel internacional.

    La mayor instancia que recoge y focaliza su trabajo en aras de la preservacin y mejora-

    miento del medioambiente es el Fondo Mundial para el Medio Ambiente- FMAM, fue es-

    tablecido en 1994, como uno de los principales mecanismos de financiacin del medio am-

    biente mundial. El mismo, ha asignado alrededor de $8.8 billones de dlares, suplementa-

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    rios a ms de $38.7 billones de dlares en cofinanciacin, para ms de 2.400 proyectos en

    ms de 165 pases en desarrollo y pases con economas en transicin.

    El Fondo para el Medio Ambiente Mundial -FMAM -The Global Envaronen Facilita (GEF)

    rene 179 miembros de gobiernos en asociacin con instituciones internacionales, organi-

    zaciones no gubernamentales y el sector privado con el fin de abordar temas ambientales,

    especialmente para financiar acciones tendientes a contrarrestar los efectos del cambio cli-

    mtico, la prdida de biodiversidad, la desertificacin, la degradacin de las aguas interna-

    cionales, la capa de ozono y los contaminantes. Estos proyectos representan un beneficio

    para el medio ambiente global al unir acciones locales, nacionales y globales para cumplir

    con los desafos ambientales globales y para promover hbitats sostenibles.

    El FMAM-GEF opera con la colaboracin de 10 agencias: El Programa de las Naciones

    Unidas para el Desarrollo - PNUD, El Programa de las Naciones Unidas para el Medio

    Ambiente -PNUMA, el Banco Mundial- BM, La Organizacin para la Alimentacin y la

    Agricultura -FAO, la Organizacin de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial -

    ONUDI, el Banco Africano para el Desarrollo, el Banco Asitico para el Desarrollo, el

    Banco Europeo para la Reconstruccin y el Desarrollo, el Banco Interamericano de Desa-

    rrollo -BID y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrcola, con el fin de proporcionar

    financiamiento nuevo y adicional en forma de donacin y en condiciones concesionarias,

    para cubrir los costos incrementales del o de los proyectos. El objetivo es lograr beneficios

    globales en seis reas focales: Cambio Climtico, Diversidad Biolgica, Aguas Internacio-

    nales, Agotamiento de la capa de ozono (bajo las polticas del Protocolo de Montreal), de-

    sertificacin y contaminantes orgnicos persistentes, estas dos ltimas reas focales fueron

    aprobadas durante la Segunda Asamblea del Fondo, en Beijing, China, en 2002.

    Adicionalmente, el FMAM-GEF fue luego seleccionado para servir como el mecanismo

    financiero para dos convenciones internacionales ms: La Convencin de Estocolmo sobre

    Contaminantes Orgnicos Persistentes (2001) y la Convencin de las Naciones Unidas para

    Combatir la Desertificacin (2003).

    Organizacin de las Naciones unidas- ONU

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    A nivel de las Naciones Unidas, existen varias instancias que se encargan de trabajar en pro

    de la problemtica medioambiental entre Programas Especiales, Comisiones Orgnicas,

    Convenios y Organismos Especializados, el primero que mencionaremos ser:

    El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Medio Ambiente pa-

    ra el Desarrollo)- PNUMA: Organismo de ejecucin del Fondo para el Medio Am-

    biente Mundial- FMAM que junto con el Banco Mundial y el Programa de las Na-

    ciones Unidas para el Desarrollo- PNUD, es el nico organismo cuya actividad

    principal es el medio ambiente.

    El PNUMA desempea un papel clase en apoyar a los pases para desarrollar y ejecutar losproyectos del FMAM que se ajustan a su ventaja comparativa. La ventaja comparativa del

    PNUMA dentro del FMAM ha sido definida como:

    Evaluaciones cientficas, vigilancia y alerta temprana

    Vinculacin de la ciencia a la poltica (creacin de capacidades y de actividades de

    apoyo) a nivel nacional, regional y mundial

    Innovacin, transferencia de tecnologa y barreras de elevacin

    Cooperacin regional y mundial

    Sensibilizacin, promocin y gestin del conocimiento

    El PNUMA a su vez, cuenta con programas especiales enfatizando su trabajo sobre el

    Cambio Climtico, Desastres y Conflictos, Ordenacin de Ecosistemas, Gobernanza am-

    biental, Sustancias Nocivas y, Eficiencia de Recursos.

    Adems de los programas especializados, las reas temticas en las que se focaliza el traba-

    jo del PNUMA se relacionan con la preservacin de la biodiversidad, la educacin ambien-

    tal, los problemas asociados a la pobreza y el medio ambiente, a la proteccin de la capa de

    ozono y adjunto a lo anterior se cuenta con el Fondo/ Divisin de Coordinacin del

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    El Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques

    El Convenio Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climtico

    La Convencin de las Naciones Unidas de lucha contra la Desertificacin

    Organizacin Meteorolgica Mundial

    Organizacin de Estados Americanos- OEA

    La OEA apoya a los Estados miembros en el diseo e implementacin de polticas y pro-

    yectos para integrar las prioridades ambientales en la mitigacin de la pobreza y los objeti-

    vos de desarrollo socio-econmico. Las acciones son implementadas a nivel hemisfrico,

    facilitando reuniones y conferencias internacionales sobre cuestiones clave del desarrollosostenible, as como actividades en el campo. La Organizacin lleva a cabo varios man-

    datos destinados a proteger la biodiversidad, fortalecer la legislacin ambiental, la gestin

    de recursos hdricos, aumentar la conciencia sobre el cambio climtico y promover la sos-

    tenibilidad, entre otros.

    Asimismo, la OEA cuenta con las siguientes dependencias cuyas responsabilidades se iden-

    tifican de acuerdo a la materia que las atae como su nombre las asigna, tales dependencias

    son:

    Departamento de Desarrollo Sostenible

    Manejo Integrado de Recursos Hdricos

    Energa y Mitigacin del Cambio Climtico

    Gestin del Riesgo y Adaptacin al Cambio Climtico

    Biodiversidad

    Derecho Ambiental, polticas y gobernabilidad

    Mandato de Cumbres en Medio Ambiente y Gestin de Recursos Naturales, y Cam-

    bio Climtico: Consecuencias para el Medio Ambiente.

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    Desarrollar las estrategias existentes sobre biodiversidad y prevencin y atencin de

    desastres; poner en marcha iniciativas para la gestin de recursos hdricos y defini-

    cin e implementacin de planes de trabajo sobre cambio climtico.

    Desarrollar las capacidades comunitarias y nacionales para enfrentar los efectos delcambio climtico mediante acciones concretas.

    Promover proyectos de medicin del impacto de situaciones que afectan el ambiente

    de los pases andinos, basados en estndares internacionales.

    Ejecutar el proyecto sobre los efectos del cambio climtico en el retroceso de los

    glaciares.

    Fortalecer la gestin de prevencin y atencin de desastres en la Comunidad Andina

    mediante el Comit Andino de Prevencin y Atencin de Desastres (CAPRADE) y

    buscar recursos adicionales de cooperacin internacional.

    Fortalecer y promover la actividad permanente del Consejo de Ministros de Medio

    Ambiente y del Comit Andino de Autoridades Ambientales.

    Promover el intercambio de informacin sobre los procesos nacionales de zonifica-

    cin ecolgica, econmica y ordenamiento territorial.

    Parlamento Andino

    La labor parlamentaria se en materia ambiental se ha caracterizado por un gran acercamien-

    to de los Parlamentarios y las Comunidades que de alguna u otra forma se hayan visto afec-

    tadas por el detrimento del medio ambiente.

    Por nombrar algunos casos, el Parlamento Andino ha participado en:

    La audiencia pblica en el Pramo de San turban en el departamento de Santander-

    Colombia, para que este no fuera explotado por la multinacional minera Gestar.

    El Proyecto de Desintoxicacin de Plomo en la Sangre de la poblacin infantil de la

    ciudad del Cerro de Pasco en Per.

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    Se han realizado mesas de trabajo y conferencias para definir puntos en comn para

    participar en marcos multilaterales como el de la Cumbre de Rio+20.

    Carta Social Actual

    POLTICA AMBIENTAL EN EL PER

    MINISTERIO DEL AMBIENTE

    El Ministerio del Ambiente del Peres un ente ministerial creado el 13 de ma-

    yo de2008 mediante Decreto Legislativo N 1013. Su funcin es la de ser rector del sector

    ambiental, con la funcin de disear, establecer, ejecutar y supervisar la poltica nacional y

    sectorial ambiental. El actual Ministro del Ambiente es Manuel Pulgar Vidal.

    Posee dos Viceministerios:

    Desarrollo Estratgico de los Recursos Naturales

    Gestin Ambiental

    FUNCIONES

    Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la poltica na-

    cional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno1en el marco del siste-

    ma nacional de gestin ambiental3

    Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales por parte del Ministerio del

    Ambiente, los dems sectores y los diferentes niveles de gobierno; realizando fun-

    ciones de promocin, fiscalizacin, supervisin, evaluacin y control, as como

    ejercer la potestad sancionadora en materia de su competencia y dirigir el rgimen

    de fi socializacin y control ambiental y el rgimen de incentivos previsto por la

    Ley N 28611, Ley General del Ambiente.3

    Realizar seguimiento y monitoreo, respecto de los logros en las metas ambientales a

    nivel nacional, regional y local y tomar las medidas correspondientes.3

    http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1
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    Coordinar la implementacin de la poltica nacional ambiental con los sectores, los

    gobiernos regionales y los gobiernos locales.1

    Prestar apoyo tcnico a los sectores, gobiernos regionales y locales para el adecuado

    cumplimiento de las funciones ambientales.

    3

    Adems de una comisin consultiva y otra multisectorial ambiental. El primer ciudadano

    designado para ser el Ministro del Ambiente del Per es el ecologista Antonio Brick Egg.

    Las dems que seala la ley.

    1.Prospectiva Ambiental Nacional

    Actualmente, el organismo rector del sector ambiental es el Ministerio del Ambiente, crea-

    do mediante Decreto Legislativo N 1013 de fecha 13 de mayo de 2008, la cual se encarga

    de desarrollar, dirigir, supervisar y ejecutar la poltica nacional del ambiente. El objeto de

    dicho Ministerio es la conservacin del ambiente, de modo que se propicie y asegure el uso

    sostenible, responsable, racional y tico de los recursos naturales y del medio que los sus-

    tenta, permitiendo contribuir al desarrollo integral social, econmico y cultural de la perso-

    na humana, en permanente armona con su entorno, y as asegurar a las presentes y futuras

    generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado.

    La actividad del Ministerio del Ambiente comprende las acciones tcnico- normativas de

    alcance nacional en materia de regulacin ambiental, entendindose como tal el estableci-

    miento de la poltica, la normatividad especfica, la fiscalizacin, el control y la potestad

    sancionadora por el incumplimiento de las normas ambientales en el mbito de su compe-

    tencia, la misma que puede ser ejercida a travs de sus organismos pblicos correspondien-

    tes.

    El Per es uno de los pases adheridos al tratado internacional denominado Convencin

    Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico, la Comisin Nacional sobre el

    Cambio Climtico tiene como funcin general realizar el seguimiento de los diversos secto-

    res pblicos y privados concernidos en la materia, a travs de la implementacin de la Con-

    vencin Marco sobre el Cambio Climtico, as como l diseo y promocin de la Estrategia

    http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-RFOMINAM-3http://es.wikipedia.org/wiki/Ministerio_del_Ambiente_del_Per%C3%BA#cite_note-DL1013-1
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    Nacional de Cambio Climtico, cuyo contenido debe orientar e informar en este tema a las

    estrategias, planes y proyectos de desarrollo nacionales, sectoriales y regionales. Esta de-

    nominacin se da en conformidad a la Convencin Marco de las Naciones Unidas sobre el

    Cambio Climtico, con lo dispuesto en la Ley Nm. 29158 - Ley Orgnica del Poder Ejecu-

    tivo y el Decreto Legislativo Nm. 1013 - Ley de Creacin, Organizacin y Funciones del

    Ministerio del Ambiente.

    2. Marco Supranacional

    El marco supranacional no presenta cambios significativos que merezcan una mencin en

    este documento.

    3. Temas Relevantes de la Normativa

    Normatividad Nacional Ambiental

    La Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental (SEIA), establece que

    el SEIA es un sistema nico y coordinado de identificacin, prevencin, supervisin, con-

    trol y correccin anticipada de los impactos ambientales negativos, derivados de las accio-

    nes humanas expresadas por medio del proyecto de inversin.

    Esta norma incorpora la obligacin de todo proyecto de inversin pblica y/o privada que

    implique actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales ne-gativos, de contar con una certificacin ambiental, previa a su ejecucin. La certificacin

    ambiental es la resolucin que emite la autoridad competente aprobando el instrumento de

    evaluacin de impacto ambiental.

    3.1. Aguas

    Decreto Legislativo N 997 - Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricul-

    tura, mediante esta norma se crea la Autoridad Nacional del Agua, Organismo Tcnico Es-

    pecializado adscrito al Ministerio de Agricultura, la cual constituye el ente rector y mxima

    autoridad tcnico - normativa del Sistema Nacional de Gestin de los Recursos Hdricos, el

    mismo que es parte del Sistema Nacional de Gestin Ambiental.

    Ley N 29338, Ley de Recursos Hdricos, regula el uso y gestin de los recursos hdricos.

    Tiene por finalidad regular el uso y gestin integrada del agua, la actuacin del Estado y los

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    emisin de la Compatibilidad y Opinin Tcnica Previa Favorable por parte del SER-

    NANP, en forma previa al otorgamiento de derechos orientados al aprovechamiento de

    recursos naturales y/o a la habilitacin de infraestructura en NP de administracin nacio-

    nal y/o su Zona de Amortiguamiento (ZA) y en las reas de Conservacin Regional

    (ACR). Con esta modificatoria se busca evitar conflictos que se pudieran generar por su-

    perposicin de derechos de aprovechamiento de recursos naturales dentro de ANPs

    3.3. Biodiversidad

    Ley N 26839, Ley sobre la Conservacin y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad

    Biolgica, norma la conservacin de la diversidad biolgica y la utilizacin sostenible de

    sus competentes en concordancia con los artculos 66 y 68 de la Constitucin Poltica del

    Per y de los principios y definiciones del Convenio sobre Diversidad Biolgica que rigenpara los efectos de aplicacin de dicha ley. En el inciso h) del artculo 5 del mencionado

    dispositivo legal se establece que en concordancia con el artculo 68 de la Constitucin

    Poltica del Per el Estado promueve la incorporacin de tecnologas limpias que permitan

    mejorar la productividad de los ecosistemas, as como el manejo integral de los recursos

    naturales.

    Decreto Supremo N 068-2001-PCM, Reglamento de la Ley sobre Conservacin y Apro-

    vechamiento Sostenible de la Diversidad Biolgica, el Ministerio del Ambiente coordinacon autoridades e instituciones cuyas competencias, sin ser especficas en la materia, tienen

    impactos sobre la conservacin y aprovechamiento sostenible de la diversidad biolgica.

    Decreto Supremo N 004-2010-MINAM, Decreto Supremo que precisa la obligacin de

    solicitar opinin previa vinculante en defensa del Patrimonio Natural de las

    reas Naturales Protegidas, en el numeral 1.1 su artculo 1 establece que las entidades de

    nivel nacional, regional y local tienen la obligacin de solicitar opinin tcnica previa vin-

    culante al Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas por el Estado - SERNAP, en

    las actividades orientadas al aprovechamiento de los recursos naturales o a la habilitacin

    de infraestructura que se realicen al interior de las reas Naturales Protegidas.

    Ley 26821, Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales,

    dispositivo legal que tiene por objetivo promover y regular el aprovechamiento sostenible

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 28

    de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un marco adecuado

    para el fomento a la inversin, procurando un equilibrio dinmico entre el crecimiento eco-

    nmico, la conservacin de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de

    la persona humana.

    Ley N 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental, la cual tiene por

    objeto asegurar el ms eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades

    pblicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestin ambiental, el rol que

    le corresponde al Ministerio del Ambiente, y a las entidades sectoriales, regionales y loca-

    les en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus

    funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones,

    duplicidad, vacos o conflictos. En el artculo 2 se establece que el Sistema Nacional de

    Gestin Ambiental se constituye sobre la base de las instituciones estatales, rganos y ofi-

    cinas de los distintos ministerios, organismos pblicos descentralizados e instituciones p-

    blicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el. am-

    biente y los recursos naturales; as como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestin

    Ambiental, contando con la participacin del sector privado y la sociedad civil. Asimismo,

    establece que el ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las entidades pblicas se

    organiza bajo el Sistema Nacional de Gestin Ambiental y la direccin de su ente rector.

    Ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, modificado

    por el Decreto Legislativo N 1078, en su artculo 3 establece que no podr iniciarse la

    ejecucin de proyectos de inversin pblica, privada o de capital mixto, que impliquen ac-

    tividades, construcciones, que puedan causar impactos ambintales negativos significativos,

    ni actividades de servicios y comercio y ninguna autoridad nacional, sectorial, regional o

    local podr aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o habilitarlas si no cuenten

    previamente con la certificacin ambiental contenida en la Resolucin expedida por la res-

    pectiva autoridad competente. En el literal e) del artculo 5 del mismo dispositivo legal seestablece que para los efectos de la clasificacin de los proyectos de inversin que queden

    comprendidos dentro del SEIA, la autoridad competente deber ceirse a los criterios de

    proteccin de la diversidad biolgica y sus componentes: ecosistemas, especies y genes; as

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 29

    como los bienes y servicios ambientales y bellezas escnicas, reas que son centros de ori-

    gen y diversificacin gentica por su importancia para la vida natural.

    3.4. Campos Electromagnticos

    Decreto Supremo N 010-2005-PCM, que aprueba Estndares de Calidad Ambiental

    (ECAs) para Radiaciones No ionizantes, establece los niveles mximos de las intensidades

    de las radiaciones no ionizantes, cuya presencia en su calidad de cuerpo receptor es reco-

    mendable no exceder para evitar riesgo a la salud humana y el ambiente.

    Estos estndares se consideran primarios por estar destinados a la proteccin de la salud

    humana.

    3.5. Contaminacin del aireatmsfera

    El artculo 7 del Decreto Legislativo N 1013, Ley de Creacin, Organizacin y Funciones

    del Ministerio del Ambiente, establece dentro de sus funciones que es el organismo encar-

    gado de elaborar los Estndares de Calidad Ambiental y los Lmites Mximos Permisibles,

    los cuales deben contar con la opinin del sector correspondiente.

    Mediante Decreto Supremo N 003-2008-MINAM, se aprueban los Estndares de Calidad

    Ambiental para el Aire, estos ECA'S estn referidos a valores que no representen riesgo

    significativo para la salud de las personas ni al ambiente, siendo que el concepto de valorgua de la calidad del aire, desarrollado por la Organizacin Mundial de la Salud (OMS), se

    refiere al valor de la concentracin de los contaminantes en el aire por debajo del cual la

    exposicin no representa un riesgo significativo para la salud.

    Asimismo, se cuenta con el Decreto Supremo N 0742001-PCM, mediante el cual se apro-

    b el Reglamento de Estndares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire.

    3.6. Grupos tnicos

    Ley 28611, Ley General del Ambiente, en su artculo 126 establece que el Estado fomenta

    la investigacin, recuperacin y transferencia de los conocimientos y las tecnologas tradi-

    cionales, como expresin de su cultura y manejo de los recursos naturales.

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    El artculo 64 de la misma ley establece que, en el diseo y aplicacin de polticas pblicas

    relativas a la creacin, desarrollo y reubicacin de asentamientos poblacionales, en sus res-

    pectivos instrumentos de planificacin y en las decisiones relativas al acondicionamiento

    territorial y el desarrollo urbano, se consideran medidas de proteccin ambiental, en base a

    lo dispuesto en la presente Ley y en sus normas complementarias y reglamentarias, de for-

    ma que se aseguren condiciones adecuadas de habitabilidad en las ciudades y poblados del

    pas, as como la proteccin de la salud, la conservacin y aprovechamiento sostenible de

    los recursos naturales y la diversidad biolgica y del patrimonio cultural asociado a

    ellas. .

    El artculo 70 de la referida Ley, seala que en el diseo y aplicacin de la poltica am-

    biental y, en particular, en el proceso de ordenamiento territorial ambiental, se deben salva-

    guardar los derechos de los pueblos indgenas, comunidades campesinas y nativas recono-

    cidos en la Constitucin Poltica y en los tratados internacionales ratificados por el Estado.

    Las autoridades pblicas promueven su participacin e integracin en la gestin del am-

    biente.

    Asimismo el artculo 72 de la Ley N 28611, seala que, los estudios y proyectos de ex-

    ploracin, explotacin y aprovechamiento de recursos naturales que se autoricen en tierras

    de pueblos indgenas, comunidades campesinas y nativas, adoptan las medidas necesarias

    para evitar el detrimento a su integridad cultural, social, econmica ni a sus valores tradi-

    cionales. En caso de proyectos o actividades a ser desarrollados dentro de las tierras de po-

    blaciones indgenas, comunidades campesinas y nativas, los procedimientos de consulta se

    orientan preferentemente a establecer acuerdos con los representantes de stas, a fin de res-

    guardar sus derechos y costumbres tradicionales, as como para establecer beneficios y me-

    didas compensatorias por el uso de los recursos, conocimientos o tierras que les correspon-

    da segn la legislacin pertinente.

    Con la finalidad de asegurar una adecuada Participacin Ciudadana en los proyectos elc-

    tricos a realizarse, se aprob la Resolucin Ministerial N 223-2010MEM/DM, Linea-

    mientos para la Participacin Ciudadana en las Actividades Elctricas, los cuales sern

    desarrollados en el punto 3.10.

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    Por otro lado, debemos precisar que existe la Ley N 28736, Ley para la proteccin de pue-

    blos indgenas u originarios en situacin de aislamiento y en situacin de contacto inicial,

    esta Ley tiene por objeto establecer el rgimen especial de proteccin de los derechos de los

    Pueblos Indgenas que se encuentren en situacin de aislamiento voluntario o en situacin

    de contacto inicial, garantizando en particular, su derecho a la vida y a la salud, salvaguar-

    dando su existencia e integridad.

    A travs del Decreto Supremo N 023-2011-EM publicado el 12 de mayo del 2011, se

    aprob el Reglamento del Procedimiento para la Aplicacin del Derecho de Consulta a los

    Pueblos Indgenas para las Actividades Minero Energticas, esta norma ha sido resultado

    del mandato dado por el Tribunal Constitucional dado hace poco menos de un ao cuando

    emiti la sentencia relacionada al recurso de agravio constitucional interpuesto por la Aso-

    ciacin Intertnica de Desarrollo de la Selva (AIDESEP). La consulta tiene la finalidad de

    llegar a un acuerdo entre el Estado y los pueblos indgenas respecto a las medidas del Sec-

    tor Minero Energticosealadas en dicho Reglamentoque sean susceptibles de afectar-

    los directamente.

    Asimismo, con fecha 07 de setiembre de 2011, se public la Ley N 29785 Ley del Dere-

    cho a la Consulta Previa a los Pueblos Indgenas u Originarios, reconocido en el Convenio

    N 169 de la Organizacin Internacional de Trabajo (OIT). Dicho dispositivo legal estable-

    ce que el derecho a consulta es la facultad de los pueblos a ser consultados en forma previa

    sobre las medidas legislativas o administrativas, en adelante las medidas, que puedan afec-

    tar directamente sus derechos colectivos, como su existencia fsica, identidad cultural, cali-

    dad de vida o desarrollo.

    3.7. Instrumentos e incentivos econmicos y tributarios ambientales

    Ley 28611, Ley General del Ambiente, establece en su artculo 36 que constituyen instru-

    mentos econmicos aquellos basados en mecanismos propios del mercado que buscan in-centivar o desincentivar determinadas conductas con el fin de promover el cumplimiento de

    los objetivos de poltica ambiental.

    Conforme al Marco formativo presupuestal tributario del Estado, las entidades pblicas de

    nivel nacional, sectorial, regional y local en el ejercicio y mbito de sus respectivas funcio-

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    nes, incorporan instrumentos econmicos, incluyendo los de carcter tributario, a fin de

    incentivar prcticas ambientalmente adecuadas y el cumplimiento de los objetivos de la

    Poltica Nacional Ambiental y las normas ambientales.

    El diseo de los instrumentos econmicos propicia el logro de niveles de desempeo am-biental ms exigentes que los establecidos en las normas ambientales.

    3.8. Licenciamiento y Autorizaciones

    Ambientales

    Del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental

    El Decreto Legislativo N 1078, Decreto que modifica la Ley N 27446, Ley del Sistema

    Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, establece en su artculo 3 que no podriniciarse la ejecucin de proyectos de inversin pblica, privada o de capital mixto, que

    impliquen actividades, obras, construcciones y otras actividades comerciales y de servicios

    que puedan causar impactos ambientales negativos significativos, ni ninguna autoridad na-

    cional sectorial, regional o local, podr aprobarlas, autorizarlas, permitirlas, concederlas o

    habilitarlas si no cuentan previamente con la certificacin ambiental contenida en la Reso-

    lucin expedida por la respectiva autoridad competente, esto en concordancia con lo esta-

    blecido en los artculos 15, 16 y 17 del Decreto Supremo N 019-2009-MINAM, Regla-

    mento de la ley N 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental.

    El Decreto Supremo N 029-2004-EM, Reglamento de Proteccin Ambiental en las Activi-

    dades Elctricas, establece que la Direccin General de Asuntos Ambientales

    Energticos es la competente para aprobar los Estudios de Impacto Ambiental en Activida-

    des Elctricas.

    Estudio de Impacto Ambiental (EIA), para la aprobacin de concesin definitiva, excepto

    para generacin con Recursos Energticos Renovables con potencia instalada igual o infe-

    rior a 20 MW, no se requiere contar con la Resolucin aprobatoria del Estudio de Impacto

    Ambiental del proyecto.

    3.9. Participacin Ciudadana

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    Resolucin Ministerial N 223-2010-1VIEMIDIVI, Lineamientos para la Participacin

    Ciudadana en las Actividades Elctricas.

    Del objeto, tiene por objeto establecer los lineamientos necesarios para el desarrollo de los

    procedimientos de Consulta y mecanismos de Participacin Ciudadana que son aplicablesdurante la tramitacin de procedimientos relacionados al otorgamiento de derechos elctri-

    cos, durante la elaboracin y evaluacin de los Estudios Ambientales. As como, promover

    una mayor participacin de la poblacin involucrada y de sus autoridades regionales, loca-

    les, comunales y entidades representativas, con la finalidad de conocer su percepcin, inter-

    cambiar opiniones, analizar observaciones y sugerencias, acerca de los aspectos ambienta-

    les y sociales relacionados con las actividades Elctricas a desarrollarse.

    Del mbito de aplicacin, son de aplicacin obligatoria a nivel nacional, para todas laspersonas y entidades pblicas o privadas involucradas en el proceso de participacin ciuda-

    dana desarrollados respecto de las Actividades Elctricas; el proceso de consulta y partici-

    pacin ciudadana comprende desde el otorgamiento de Concesiones Temporales, la elabo-

    racin y aprobacin de los Estudios Ambientales, as como durante el ciclo de vida de los

    proyectos, hasta el trmino de las actividades.

    De la Autoridad competente, es la entidad encargada de velar por el cumplimiento de las

    disposiciones contenidas en la normativa que regula las Actividades Elctricas, y que poseela potestad para emitir pronunciamiento a travs de actos administrativos, dentro del mbito

    de su competencia. Son autoridades la Direccin General de Electricidad, la Direccin Ge-

    neral de Asuntos Ambientales Energticos, as como los Gobiernos Regionales, de acuerdo

    a sus facultades establecidas por Ley.

    Mecanismos de Participacin Ciudadana, durante los procesos de elaboracin y evaluacin

    de los Estudios Ambientales tenemos como Mecanismos Obligatorios de Participacin

    Ciudadana a los Talleres Participativos y las Audiencias Pblicas; los Talleres Participati-vos estn orientados a establecer un dilogo entre el Estado, el Titular del Proyecto y la

    poblacin involucrada, con la finalidad de brindar informacin sobre el Proyecto de Inver-

    sin o las Actividades Elctricas, sus posibles impactos y las medidas de prevencin, con-

    trol, mitigacin u otras a adoptarse; en cuanto a las Audiencias Pblicas, son actos pblicos

    dirigidos por un representante de la DGAAE, en los cuales, se presenta el Estudio Ambien-

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    tal, registrndose las observaciones y sugerencias de los participantes, con la finalidad de

    incluirlas en la evaluacin del Estudio Ambiental.

    3.10. Residuos

    Ley N 27314 - Ley General de Residuos Slidos, establece en su artculo 31 que los Ins-

    trumentos de Gestin Ambiental o Estudios Ambientales establecidos para el desarrollo de

    proyectos de inversin, deben considerar necesariamente medidas para

    Prevenir, controlar, mitigar y eventualmente reparar los impactos negativos de los residuos

    slidos.

    Asimismo, el Cdigo Penal, establece en su artculo 306 y 307 penas para los que incum-

    plan las normas relativas al manejo de residuos slidos.

    3.11. Sanciones y delitos ambientales

    Ley N 29263, Ley que modifica diversos artculos del Cdigo Penal, Artculo 304 del

    Cdigo Penal, el cual establece que el que, infringiendo leyes, reglamentos o lmites mxi-

    mos permisibles, ' provoque o realice descargas, emisiones, emisiones de gases txicos,

    emisiones de ruido, filtraciones, vertimientos o radiaciones contaminantes en la atmsfera,

    el suelo, el subsuelo, las aguas terrestres, martimas o subterrneas, que cause o pueda cau-

    sar perjuicio, alteracin o dao grave al ambiente o sus componentes, la calidad ambiental ola salud ambiental, segn la calificacin reglamentaria de la autoridad ambiental, ser re-

    primido con pena privativa de libertad no menor de cuatro aos ni mayor de seis aos y con

    cien a seiscientos das-multa.

    Ley N 28611, Ley General del Ambiente, en su artculo 130 establece que la fiscalizacin

    ambiental comprende las acciones de vigilancia, control, seguimiento, verificacin y otras

    similares, que realiza la Autoridad Ambiental Nacional y las dems autoridades competen-

    tes a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y obligaciones establecidas en dichaley, as como en sus normas complementarias y reglamentarias.

    La autoridad competente puede solicitar informacin, documentacin u otra similar para

    asegurar el cumplimiento de las normas ambientales. Asimismo, la mencionada ley estable-

    ce que toda persona, natural o jurdica, est sometida a las acciones de fiscalizacin que

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 35

    determine la Autoridad Ambiental Nacional y las dems autoridades competentes. Las san-

    ciones administrativas que correspondan se aplican de acuerdo a lo establecido en Ley Ge-

    neral del Ambiente.

    OSINERGMIN, la Ley de Concesiones Elctricas ordena que las actividades de genera-cin, transmisin, distribucin y comercializacin de energa elctrica sean materia de su-

    pervisin y fiscalizacin, labor que es encomendada por las Leyes H 26734, 27332 y

    28151 al Organismo Supervisor de la Inversin en Energa y Minera - OSINERGMIN.

    En el Sector electricidad, el proceso de Supervisin y fiscalizacin se realiza a nivel nacio-

    nal y comprende a todas aquellas entidades que posean una concesin o autorizacin para

    desarrollar actividades de generacin, transmisin o distribucin elctrica.

    3.12. Suelos

    Decreto Supremo N 056-97-PCM, establece en su artculo 1 que los Estudios de Impacto

    Ambiental (EIAs) y Programas de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMAS), de los dife-

    rentes sectores productivos que consideren actividades y/o acciones que modifican el esta-

    do natural de los recursos naturales renovables agua, suelo, flora y fauna, previamente a su

    aprobacin por la autoridad sectorial competente requerirn opinin tcnica del Ministerio

    de Agricultura.

    Normatividad Ambiental Sectorial

    La autoridad sectorial competente en asuntos ambientales en el sector energtico es la Di-

    reccin General de Asuntos Ambientales Energticos (DGAAE) del Ministerio de Energa

    y Minas, dicha Direccin es el rgano tcnico normativo encargado de proponer y evaluar

    la poltica, proponer y/o expedir la normatividad necesaria, as como promover la ejecucin

    de actividades orientadas a la conservacin y proteccin del medio ambiente referidas al

    desarrollo de las actividades energticas, referidas a electricidad -e hidrocarburos; asimis-

    mo, promueve el fortalecimiento de las relaciones armoniosas de las empresas sectoriales

    con la sociedad civil que resulte involucrada con las actividades del Sector.

    En este sentido, la DGAAE evala y aprueba, segn sea el caso, los Instrumentos de Ges-

    tin Ambiental correspondientes, del sector energtico.

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    Asimismo, cabe mencionar que la Direccin General de Electricidad (DGE) del Ministerio

    de Energa y Minas, es el rgano tcnico normativo encargado de proponer y evaluar la

    poltica del Subsector Electricidad; proponer y/o expedir, segn sea el caso, la normatividad

    necesaria del Subsector Electricidad, en coordinacin con la DGAAE; promover el desarro-

    llo de las actividades de generacin, transmisin y distribucin de energa elctrica; y,

    coadyuvar a ejercer el rol concedente a nombre del Estado para el desarrollo sostenible de

    las actividades elctricas; asimismo, dentro de la DGE, se encuentra la Direccin de Conce-

    siones Elctricas, que es el rgano encargado de evaluar, informar, registrar y controlar el

    otorgamiento de derechos elctricos - Concesiones, Autorizaciones y Servidumbres - para

    desarrollar actividades de generacin, transmisin y distribucin de energa elctrica.

    Por otro lado, tenemos que el Ministerio de Energa y Minas (MEM), a travs de la Direc-

    cin General de Electrificacin Rural (DGER-MEM), tiene la competencia en materia de

    electrificacin rural de acuerdo a la Ley N 28749, "Ley General de Electrificacin Rural",

    en la ampliacin de la frontera elctrica en el mbito nacional, en coordinacin con los Go-

    biernos Regionales y Locales, y entidades pblicas y privadas dedicadas a estos fines, per-

    mitiendo el acceso del suministro de electricidad a los pueblos del interior del pas, como

    un medio para contribuir a su desarrollo econmico-social, mitigar la pobreza, mejorar su

    calidad de vida y desincentivar la migracin del campo a la ciudad.

    Sin embargo, debemos precisar que es la DGAAE la encargada de la evaluacin y aproba-

    cin de los Estudios Ambientales, referidos a proyectos elctricos, es decir, slo esta Direc-

    cin dentro del Ministerio de Energa y Minas, se encarga de la parte ambiental en materia

    elctrica; se hace esta aclaracin porque actualmente los Gobiernos Regionales tambin

    poseen facultades para evaluar y aprobar Estudios de Impacto Ambiental para actividades

    elctricas (referidas a distribucin elctrica cuya demanda mxima sea inferior a 30 MW).

    Ley N 29134, Ley que regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos tiene

    por objeto regular la identificacin y gestin de los pasivos ambientales del Subsector Hi-

    drocarburos, la responsabilidad y el financiamiento para la remediacin de las reas afecta-

    das por stos, destinados a su reduccin y/o eliminacin, con la finalidad de mitigar sus

    impactos negativos a la salud de la poblacin, al ecosistema circundante y a la propiedad.

    Mediante Decreto Supremo N 004-2011-EM, publicado el 19 de febrero de 2011, se apro-

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    b) La energa elica, solar, geotrmica, de biomasa y mareomotriz, se consideran fuentes

    de energas renovables as como la hidroelctrica cuya capacidad instalada no supere los 20

    MW (proyectos hidroelctricos de pequea escala) (Artculo 3).

    c) Los proyectos hidroelctricos de pequea escala no se incluyen en el lmite objetivodel 5 por ciento, por lo tanto este tipo de tecnologa se beneficiar con los incentivos de esta

    nueva legislacin, independientemente del porcentaje de su participacin en el consumo

    total nacional de electricidad (Artculo 2).

    d) Las energas renovables tendrn prioridad en el despacho diario, lo que significa que

    el COES considerar su costo de produccin variable como cero. Las plantas de energas

    renovables vendern su produccin energtica en el mercado spot (Artculo 5).

    e) Las plantas de energas renovables recibirn el precio marginal (spot) de la energa

    ms una prima en caso que el precio spot sea inferior a la tarifa, tanto la prima como la

    tarifa sern establecidas por OSINERGMIN (Artculo 5).

    f) La prima y la tarifa se calcularn teniendo en cuenta el tipo de tecnologa y otras ca-

    ractersticas de las instalaciones, y garantizarn una tasa de retorno de la inversin no

    menor a la estipulada en el Artculo 79, Decreto Ley 25844 de concesiones elctricas, que

    actualmente es del 12 por ciento.

    g) Las primas sern subastadas por OSINERGMIN (Artculo 7.1).

    h) El costo de transmisin para conectar la planta de energa renovable a la red interco-

    nectada, se considerar como parte del costo de inversin de la planta para el clculo de la

    prima (Artculo 7.1).

    i) Los costos incrementales se recuperarn mediante un recargo a los usuarios (Artculo

    7.2).

    3.14. Uso racional de la energa

    El 8 de septiembre de 2000, se dio la Ley de Promocin del Uso Eficiente de la Energa

    (Ley N 273452000) el cual fomenta el uso eficiente de la energa para asegurar el sumi-

    nistro de energa, proteger al consumidor, promover la competitividad y reducir el impacto

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 39

    ambiental. Adems seala las facultades que tienen las autoridades competentes para cum-

    plir con este objetivo.

    Con la publicacin del Decreto Supremo No. 053-2007-EM, mediante el cual se aprueba el

    Reglamento de la Ley de Promocin del Uso Eficiente de la Energa, el Gobierno dio elpaso final para la ejecucin de la Ley No. 27345. Esta norma tiene por objeto reglamentar

    las disposiciones para promover el uso eficiente de la energa en el pas, contribuyendo a la

    seguridad en el suministro de energa, mejorar la competitividad del pas, generar saldos

    exportables de energticos, reducir el impacto ambiental, proteger al consumidor y fortale-

    cer en la poblacin la toma de conciencia sobre la importancia del Uso Eficiente de la

    Energa.

    Se entiende como Uso Eficiente de la Energa la utilizacin de los energticos en las dife-rentes actividades econmicas y de servicios, mediante el empleo de equipos y tecnologas

    con mayores rendimientos energticos y buenas prcticas y hbitos de consumo.

    La nueva disposicin establece Programas Sectoriales de Uso Eficiente de la Energa e in-

    dica que en el Sector Residencial promover actividades para mejorar los hbitos de con-

    sumo y el uso de equipos eficientes, mediante la divulgacin de la informacin correspon-

    diente; evaluar anualmente el resultado de la modificacin de los hbitos de consumo a

    travs de encuestas y resultados estadsticos de consumo por segmentos y realizar peridi-camente campaas publicitarias, informativas y demostrativas para sensibilizar y concien-

    ciar a la poblacin.

    Asimismo, promover la creacin de mecanismos financieros para la sustitucin de equipos

    de baja eficiencia energtica y promover el uso de tecnologas ms apropiadas en reas

    aisladas y remotas, e impulsar programas de sustitucin de fuentes de energa de baja efi-

    ciencia, en coordinacin con las Regiones.

    Indica que el Sector Pblico aprueba los criterios para la elaboracin de auditoras energti-

    cas que debern realizar las entidades pblicas cuya facturacin mensual por consumo de

    energa elctrica sea mayor de 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Las entidades de

    dicho sector utilizarn equipos eficientes que cumplan caractersticas tcnicas determinadas

    por el MEM.

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    En los departamentos donde se cuente con disponibilidad de Gas Natural Vehicular (GNV),

    los vehculos del sector pblico debern ser convertidos para el uso exclusivo o dual con

    GNV en funcin de las necesidades operativas de cada entidad.

    Elabora igualmente indicadores de consumo de energa para que sirvan de orientacin parael uso eficiente de la energa, y coordina con el Ministerio de Vivienda, Construccin y

    Saneamiento la incorporacin de criterios de uso eficiente de la energa en el Reglamento

    Nacional de Indicadores, de acuerdo a las zonas geogrficas y climatolgicas del pas.

    3.15. Sustancias qumicas

    La Ley General del Ambiente define el Estndar de Calidad del Ambiente (ECA) como la

    medida que establece el nivel de concentracin o del grado de elementos, sustancias o pa-

    rmetros fsicos, qumicos y biolgicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condicin

    de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al

    ambiente. El

    ECA toma en consideracin el grado de concentracin de contaminantes en los cuer

    pos receptores y constituye una referencia bsica para el diseo de las polticas pblicas y

    proyectos priva-

    dos. Segn el parmetro en particular al que se refiera, la concentracin o grado es

    expresado en mximos, mnimos o rangos.

    La determinacin de los ECA lleva a la determinacin de los Lmites Mximos Permisibles

    (LMP), el cual corresponde a la medida de la concentracin o del grado de elementos, sus-

    tancias o parmetros fsicos, qumicos y biolgicos, que caracterizan a un efluente o una

    emisin, que al ser excedida causa o puede causar daos a la salud, al bienestar humano y

    al ambiente. El LMP debe guardar coherencia entre el nivel de proteccin ambiental esta-

    blecido para una fuente determinada y los niveles generales que se establecen en los

    ECA. Los LMP, en el Per, estn tambin determinados por las capacidades tecnolgicasexistentes para reducir la concentracin de contaminantes en las emisiones

    Finalmente, y para lo cual se definen los ECA y

    los LMP, la legislacin Peruana crea la EVALUACIN DEL IMPACTO AMBIEN-

    TAL (EIA) que corresponde a la valoracin de los efectos

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    que un proyecto, de cualquier tipo, tiene en el ambiente. De esta manera no se otor

    ga la certificacin ambiental establecida mediante la Ley del Sistema Nacional de Ev

    aluacin del Impac-

    to Ambiental (EIA), cuando el respectivo EIA concluye que la implementacin de l

    a activi-

    dad implicara el incumplimiento de algn Estndar de Calidad Ambiental (ECA). L

    os Progra-

    mas de Adecuacin y Manejo Ambiental (PAMA) tambin deben considerar los Es-

    tndares de Calidad Ambiental (ECA) al momento de establecer los compromisos respecti-

    vos.

    Los Estudios de Impacto AmbientalEIA, contienen una descripcin del proyecto y de los

    efectos directos o indirectos previsibles del mismo en el medio ambiente fsico y social, a

    corto y largo plazo, as como la evaluacin tcnica de los mismos. Tales estudios deben

    indicar las medidas necesarias para evitar o reducir el dao a niveles tolerables (LMP). To-

    do estudio de EIA debe incluir un breve resumen del mismo para efectos de su publicidad.

    La ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental, LEY N 27446, esta-

    blece y regula todo el procedimiento para la elaboracin de la evaluacin del Impacto Am-

    biental, clasifica los riesgos ambientales y con base ello determina la clase de estudio que

    debe realizarse para un determinado proyecto.

    Por mandato legal, los EIA son procesos preventivos y se deben realizar antes de comenzar

    cualquier proyecto.

    a) Proteccin del aire

    Con base en lo ordenado por la Ley Orgnica para el Aprovechamiento Sostenible

    de los Recur-

    sos Naturales, y para proteger la salud, el Gobierno Peruano, a travs del Decreto

    Supremo 074 de 2001, estableci los estndares nacionales de calidad ambiental del aire y

    los lineamientos de estrategia para alcanzarlos progresivamente. Estos niveles o estndares

    se han o modificando a travs del tiempo.

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    De acuerdo al el Decreto Supremo N 074-2001-PCM, los Estndares de Calidad Ambien-

    tal para Aire establecidos para el Dixido de Azufre en el Decreto

    Supremo N 074-2001-PCM mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, los

    nuevos Estndares de Calidad Ambiental establecidos para el Dixido de Azufre aprobadopor el D. S. N 003-2008-MINAM entrar en vigencia a partir del primero de enero del

    2009 de acuerdo a la siguiente tabla:

    Estndares de Calidad Ambiental para el Dixido de Azufre

    Parmetro Periodo Valor

    g/m3

    Vigencia Formato Mtodo de

    anlisis

    Dixido

    de azufre

    (SO2)

    24 ho-

    ras

    80 1 de

    Enero de

    2009

    Media

    aritmtica

    Fluorescencia

    UV

    (mtodo

    automtico)24 ho-

    ras

    20 1 de

    Enero de

    2014

    El D.S. N 010-2005-PCM, Estndares de Calidad Ambiental para Radiaciones No Ioni-

    zantes, establece el Reglamento para la aplicacin de los Estndares de Calidad Ambiental

    para Radiaciones No ionizantes (RNl) y los lineamientos para no excederlos con el objetivo

    de proteger la salud ambiental, la calidad de vida de la poblacin y promover el desarrollo

    sostenible. Establece los niveles mximos de las intensidades de las radiaciones no ionizan-

    tes, cuya presencia en el ambiente es recomendable no exceder para evitar riesgo a la salud

    humana y el ambiente. Estos niveles mximos son mostrados en el cuadro siguiente:

    Valores Mximos de Exposicin a Campos Elctricos y Magnticos a 60 Hz

    Tipo de Exposi-

    cin

    Densidad de

    Flujo Magn-

    tico

    Intensidad

    de Campo

    Elctrico

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    En cuanto al monitoreo de la calidad de sedimentos, los parmetros o estndares adoptados

    en el Per, debido a que no existe legislacin nacional que establezca concentraciones de

    materia orgnica y sulfuros; as como tampoco existen valores lmites para las concentra-

    ciones de metales en sedimentos marinos, por ello, los resultados se comparar con los es-

    tndares recomendados por los Canadian Environmental Quality Guidelines (CEQGS).

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 45

    UNIDAD III

    HERRAMIENTAS DEL TRABAJO SOCIAL PARA LA PRE-

    SERVACIN DEL MEDIO AMBIENTE

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 46

    Participacin es una de las categoras profesionales que con mayor nfasis se han trabajado

    a lo largo del desarrollo del Trabajo Social. Mltiples son los enfoques y niveles sobre los

    que se ha discutido, sobre su potencial para desarrollar sociedades ms inclusivas y demo-

    crticamente participativas.

    No debe, por lo tanto, sorprendernos el debate que desde las Ciencias Polticas se

    ha dado en torno al tema de la construccin de ciudadana, tema que durante muchos lustros

    hemos potenciado como profesin, pero que se ha conceptualizado como participacin so-

    cial. Adems, no nos hemos concentrado tanto en una reflexin terica, sino en incentivar

    procesos de participacin social que colaboren con el desarrollo de la persona, grupos y

    comunidades.

    Durante diferentes momentos del siglo XX se vivieron interesantes expe-

    riencias de participacin social que se expandieron a lo largo del planeta. Podemos destacar

    el alza del movimiento obrero en el periodo de la gran depresin posterior a 1928, el mo-

    vimiento juvenil a finales de los 60 e inicios de los 70, y ms recientemente, los movimien-

    tos antiglobalizacin con una capacidad organizativa nunca antes vista.

    Una de las caractersticas de mayor relevancia al interior del movimiento antigloba-

    lizacin tiene que ver con la diversidad de agendas y temas de problematizacin de las or-

    ganizaciones que lo integran (De Paiva y otros, 2001): gnero, racismo, condonacin de la

    deuda externa, colonialismo, proteccin del medio ambiente, etc.

    Si bien una agenda temtica tan diversa implica problemas para poder conformar un

    movimiento unitario, s permite visibilizar que los efectos negativos de la globalizacin se

    materializan en varios campos, y que en todos existen iniciativas -no siempre coincidentes-

    orientadas a garantizar la participacin de la sociedad en la resolucin de estos problemas.

    De manera especial, nos daremos a la tarea de poner nuestro nfasis analtico en el

    problema medio ambiental y su relacin con el tema de construccin de ciudadana, esto

    por cuanto lo ambiental ha sido uno de los temas que con mayor celeridad se ha posiciona-

    do en la agenda de diferentes actores (nacionales e internacionales) desde hace varias dca-

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 47

    das (Panayotou, 1994), y dichosamente en el mismo se han ido involucrando tambin las

    comunidades y otras organizaciones de base con las que nuestra profesin tiene una enorme

    familiaridad.

    LA DEGRADACIN AMBIENTAL COMO PROBLEMA SOCIAL

    En 1856 el Cacique Seatle escribi una conmovedora carta sobre los efectos que la

    presencia blanca le estaba acarreando al desarrollo de su pueblo, pero en particular el im-

    pacto negativo que sobre el medio ambiente implicaba esa prctica.

    La cosmovisin de las comunidades autctonas de Amrica propone una relacin espiritual

    entre la persona y el ambiente, derivado de ello se establece un sentido de pertenencia y

    respeto entre la persona y la naturaleza. El medio ambiente es considerado como una ma-

    dre.

    Para culturas como la juda, la romana o la griega (base cultural de los grupos humanos que

    invadieron y conquistaron Amrica a partir de 1492) la naturaleza tiende a verse como un

    instrumento al cual hay que dominar y explotar (Hedstrom, 1990).

    Este ltimo razonamiento est plenamente arraigado en las estructuras productivas del capi-

    talismo y en la misma concepcin dominante del progreso y del desarrollo.

    Desde la revolucin industrial a nuestros das, se ha acentuado de forma progresiva el dete-

    rioro del medio ambiente. La contaminacin en sus diferentes manifestaciones, el uso y

    destruccin indiscriminada de los bosques o los recursos marinos, la expansin demogrfi-

    ca y geogrfica de la humanidad, la inequidad en la distribucin de la riqueza son elemen-

    tos que de una u otra forma colabora con la destruccin progresiva de los recursos naturales

    y del mismo medio ambiente.

    Los indicadores en materia de destruccin del medio ambiente son esclarecedores: amplia-

    cin en el agujero de la capa de ozono, miles de hectreas de bosque tropical taladas

    anualmente, decenas de especies animales en inminente riesgo de desaparicin, destruccin

    generalizada de culturas con un amplio nivel de integracin con el medio ambiente, etc.

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    MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO SOCIAL 48

    Los diferentes enfoques de estudio sobre el medio ambiente abarcan dimensiones que van

    desde el componente ecolgico al econmico, o del social al poltico.

    En el pasado se insista en circunscribir el tema ambiental al estudio y proteccin de los

    recursos naturales. Hoy en da el trmino medio ambiente viene a abarcar tanto la cantidadcomo la calidad de los recursos naturales (sean renovables o no), as como el entorno am-

    biental (paisajes, agua, aire y atmsfera) en el que se desarrolla la vida de las personas y de

    otras criaturas (Panayotou: 1994).

    De hecho puede hablarse de una evolucin sustantiva en la medida que trminos como me-

    dio ambiente o ecologa, no formaban parte de las discusiones internacionales de la dcada

    de los 60 (Aportes: 1997), en la actualidad las discusiones y acciones alrededor del tema

    medio ambiental concentran una gran cantidad de recursos y esfuerzos, sean pblicos, pri-vados; individuales, colectivos o de la comunidad internacional Por qu?

    En primera instancia puede destacarse la enorme preocupacin por el nivel de degradacin

    que experimenta el medio ambiente como producto de las actividades humanas (Pa-

    nayotou). Esta degradacin est directamente relacionada con la calidad de vida de las per-

    sonas y las expectativas del desarrollo humano a futuro.

    A criterio de Panayotou una caracterstica sobresaliente de la problemtica medio ambiental

    est relacionada con su dimensin mundial; en este sentido, todo el planeta experimenta

    problemas ambientales en una gran diversidad de aspectos, sea expresado en la degradacin

    ambiental, en el diseo o implementacin de las polticas sobre este sector, o en la relacin

    entre actores y la prevalencia de los intereses de los mismos.

    Si bien el autor no descarta entre las causas de la degradacin ambiental el crecimiento

    econmico, es claro en indicar que el fenmeno debe ser entendido en relacin con varia-

    bles vinculadas a la deficitaria valoracin de los recursos naturales, la pobreza en los lla-

    mados pases del tercer mundo, los patrones de consumo y limitadas e inadecuadas polticas

    pblicas que no terminan de impulsar un desarrollo comprometido con la sostenibilidad.

    As las cosas, esa mundializacin de los problemas ambientales se expresa por igual en una

    "veloz deforestacin, la degradacin de cuencas, la prdida de diversidad biolgica, la esca-

    sez de agua y madera combustible, la contaminacin del agua, la excesiva erosin del sue-

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    lo, la degradacin de la tierra, el sobrepastoreo y la pesca abusiva, la contaminacin del aire

    y el congestionamiento urbano" entre otros (Panayotou).

    En segundo lugar y de manera totalmente conexa con el punto anterior tenemos la incorpo-

    racin de esta problemtica dentro de los derechos de los pueblos y de solidaridad (Zepeda,1997). Desde esta dimensin de estudio el medio ambiente "no se limita nicamente al

    concepto de naturaleza", sino que implica un fenmeno socio natural que abarca dimensio-

    nes econmicas, culturales, polticas y biolgicas.

    En este plano, los problemas medio ambientales dan cuenta de pases e inclusive sectores

    sociales que experimentan repercusiones ms severas, sea por los niveles de pobreza que

    experimentan o por relaciones precarias con el ambiente. Las manifestaciones de la degra-

    dacin ambiental son diferente entre "pases desarrollados" y "pases no desarrollados". Enlos primeros quizs el tema de los desechos resulte ser ms sensible que el de la deforesta-

    cin y contaminacin de ros en los pases latinoamericanos.

    Entender la problemtica ambiental desde esta perspectiva implica reconocer el derecho a

    participar en la bsqueda de soluciones no slo por parte del Estado, sino tambin de otros

    actores sociales que tienen intereses en la misma materia, y que incluso tienen posiciones y

    propuestas divergentes con el mismo.

    Un tercer elemento est asociado con la capacidad productiva y generadora de riqueza que

    se deriva de la relacin medio ambiente - sostenibilidad. Al ritmo actual de produccin y

    consumo, las expectativas de sostenibilidad del ambiente y de la misma produccin son

    cada vez ms reducidas (Fallas, 1992). En el fondo la amenaza que prevalece parece ir

    ms all de lo biolgico y social: la capacidad de produccin y acumulacin puede verse

    seriamente amenazada, tanto en las sociedades capitalistas como en las que no operan bajo

    esta filosofa econmica.

    Este ltimo elemento nos obliga a profundizar en un concepto que ya hemos seala-

    do varias veces a lo largo de este trabajo: sostenibilidad. En buena medida, a partir de la

    incorporacin del mismo en las discusiones medio ambientales se ha generado un mayor

    nivel de complejidad y polmica, no tanto por su contenido sino por su interpretacin y la

    forma como se operacionaliza en la prctica. Primero abordemos su conceptualizacin.

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    El concepto de sostenibilidad est asociado con el de desarrollo sostenible, trmino

    acuado en 1987 en el documento "Nuestro Futuro Comn" encargado por la Comisin

    Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de las Naciones Unidas (conocido tam-

    bin como Reporte Brundtland). En el mismo se entiende el desarrollo sostenible como el

    "desarrollo que satisface las necesidades del presente, sin comprometer la capacidad para

    que las futuras generaciones puedan satisfacer sus propias necesidades".

    Aunque pareciese que el trmino en si es preciso, su interpretacin es muy variada y

    en muchos casos se pone en funcin de los intereses de los sectores que realizan un aprove-

    chamiento desmedido del ambiente. Esa posibilidad de sostenibilidad se ha expresado en

    diversas polticas pblicas hacia el ambiente alrededor del mundo; sin embargo, los altos

    ndices de deforestacin, de contaminacin, de produccin de desechos entre otros, son un

    claro indicador que las polticas impulsadas aun no potencian la sostenibilidad.

    En sntesis, la degradacin medio ambiental amenaza tanto la existencia del medio ambien-

    te como de las personas que estn insertas en ste. Es un problema con una dimensin a

    escala planetaria que afecta procesos biolgicos, humanos y comerciales.

    Tanto Penayotou como Fallas coinciden en sealar que no