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  • N RESOLUCION REGISTRO SUMILLAS 1 005-2009-L Predios DESISTIMIENTO DEL RECURSO

    LimaPara que proceda aceptar el desistimiento en segunda instancia, se requiere que sea formulado por el presentante delttulo o la persona a quien ste represente, mediante escrito con firma legalizada notarial, antes de la expedicin de laresolucin respectiva.

    2 006-2009-L Personas JurdicasRECTIFICACIN DE RESOLUCIN EMITIDA POR EL TRIBUNAL REGISTRAL

    LimaLas resoluciones emitidas por el Tribunal Registral constituyen la ltima instancia administrativa registral. Slo procede larectificacin de errores materiales o aritmticos que se hubieran cometido en las mismas. No procede la modificacin delsentido de los considerandos o de la parte resolutiva.

    3 007-2009-L Predios PREEXISTENCIA DEL ACTO EN REGULARIZACIN

    Lima

    Cuando se solicita la inscripcin de regularizacin de fbrica en mrito de formulario registral FOR N 2, pero el prediono cuenta con bienes comunes, por lo que debe presentarse formulario de regularizacin FOR N 1, estamos ante undefecto subsanable, pues el ttulo en sentido material - la manifestacin de voluntad de regularizar la edificacin -, es defecha anterior al asiento de presentacin. En consecuencia, el ttulo no debe ser materia de tacha sustantiva.

    4 012-2009-L Predios DECLARATORIA DE FBRICA, REGLAMENTO INTERNO E INDEPENDIZACIONESLima Por intermedio de la presente Resolucin se procede a aceptar el desistimiento formulado por el apelante.

    5 015-2009-L Personas Jurdicas

    RECURSO DE APELACIN

    Lima Debe tenerse por no presentado el recurso de apelacin que contiene datos falsos del abogado que lo autoriza.6 021-2009-L Predios IMPROCEDENCIA DE RECTIFICACIN DE RESOLUCIN

    Lima Solamente procede la rectificacin de una resolucin expedida por el Tribunal Registral si se ha incurrido en error materialo aritmtico.

    7 022-2009-L Personas JurdicasMPROCEDENCIA DE REINGRESO AUTOMTICO

    Lima La existencia de un ttulo anterior que contenga el acto previo necesario para la inscripcin del ttulo materia de calificacinno implica que deba procederse a la suspensin del asiento de presentacin del ttulo posterior.

    8 023-2009-L Predios RESOLUCIN DE CONTRATO

    CallaoLa carga que contiene la clusula resolutoria expresa por la cual el titular registral del predio no puede efectuartransferencias a favor de terceros dentro de un periodo determinado, no constituye impedimento para el acceso al Registrode la transferencia que efecte el titular registral, ni de la resolucin del contrato por ejecucin de la clusula, siendo queen este caso, quedar enervada la transferencia.

    9 024-2009-L Predios IDENTIFICACIN DEL PREDIO OBJETO DE LA TRANSFERENCIA

    LimaNo se requerir aclaracin con relacin al predio que es objeto de la transferencia cuando de la informacin consignada enel ttulo presentado pueda inferirse que, no obstante la discrepancia existente con la partida registral, se trata del mismopredio.

    10 025-2009-L Predios RECTIFICACIN DE ASIENTO

    LimaSi el Registrador cerr una partida por haber considerado que fue expropiada toda el rea que corra inscrita en sta,siendo trasladada a otra partida registral y, el rea de Catastro precisa que no toda el rea fue materia de expropiacin,procede rectificar el asiento de cierre, para sealar que se trata de un cierre parcial y no total.

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    11 026-2009-L Predios REGULARIZACIN DE LA DECLARATORIA DE FBRICA PREVISTA EN LA LEY N 27157

    Lima

    En mrito a la Ley Orgnica de Municipalidades N 27972, las edificaciones levantadas con posterioridad al 20 de julio de1999 y hasta el 31 de diciembre de 2003 slo podrn acogerse al procedimiento de regularizacin de declaratoria defbrica establecido en la Ley N 27157 -ampliada sucesivamente mediante la Ley N 27972 y 28437-, cuando la firma delos intervinientes en el FOR haya sido certificada con anterioridad al 31.12.2005; sin embargo, tratndose de obrasejecutadas antes del 21.7.1999, la Ley N 27157 no ha establecido un plazo lmite para su regularizacin, por tanto podrnacogerse registralmente las solicitudes de regularizacin de edificaciones cuando dicho formulario haya sido extendido conposterioridad al 31.12.2005.

    12 027-2009-L Predios CADUCIDAD DE MEDIDA CAUTELAR

    LimaNo procede cancelar por caducidad el embargo inscrito durante la vigencia del texto original del Art. 625 del CdigoProcesal Civil, que no haba cumplido an el plazo de caducidad previsto en dicha norma a la fecha en que entr en vigorla Ley N 28473.

    13 028-2009-L Predios MUTUO

    CaeteEn el caso de mutuo con garanta hipotecaria, el acto materia de inscripcin lo constituye la hipoteca, por lo que noprocede la calificacin del mutuo. En ese sentido no corresponde exigir la intervencin del cnyuge del acreedor.

    14 033-2009-L Predios ANOTACIN DE DEMANDA DE PRESCRIPCIN ADQUISITIVA DE DOMINIO

    Lima

    En caso de anotacin de demanda de prescripcin adquisitiva de dominio respecto de un predio inscrito dentro de un reade mayor extensin, a fin de determinar la compatibilidad con el derecho inscrito, se requiere los planos que permitan alrea de Catastro determinar que el predio materia de litis se encuentra inscrito en la partida en la cual se ordena laanotacin.

    15 041-2009-L Personas NaturalesNULIDAD DE RESOLUCIN DEL TRIBUNAL REGISTRAL

    Lima No procede la declaracin de nulidad de una resolucin emitida por el Tribunal Registral cuando no se ha incurrido en losvicios del acto administrativo enumerados en la Ley 27444.

    16 042-2009-L Predios RECTIFICACIN DE ERROR DE CONCEPTO

    LimaNo constituye obstculo para la rectificacin de un error de concepto -respecto a la titularidad de un predio- que se hayainscrito transferencias de dominio, si el ttulo modificatorio es otorgado por los actuales titulares registrales de las partidasinvolucradas.

    17 043-2009-L Predios IMPROCEDENCIA DE HIPOTECA LEGAL

    LimaNo procede la inscripcin de hipoteca legal que garantizan obligaciones que se presumen extinguidas en aplicacin delsegundo prrafo del artculo 3 de la Ley N 26639.

    18 045-2009-L Predios ACLARACIN O RECTIFICACIN DE DOCUMENTOS PRIVADOS

    Lima

    En virtud del artculo 7 de la Ley N 27755, a partir del 16.06.2004 (fecha de unificacin del Registro de Predios), hanquedado derogadas tcitamente las disposiciones legales que establecan inscripciones en mrito de documentos privadoscon legalizacin de firma. Sin embargo, s procede la inscripcin en mrito a dichos documentos, si fueron otorgadosdurante la vigencia de las normas derogadas. En el caso que se requiera efectuar una rectificacin de dichos documentosprivados, sta se efectuar en mrito a una escritura pblica aclaratoria, o formulario registral de ser el caso.

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    19 046-2009-L Predios MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR E IMPROCEDENCIA DEL BLOQUEO

    ChinchaLas medidas cautelares de no innovar que buscan mantener la situacin de una hipoteca no constituyen obstculo parainscribir los actos traslativos de dominio. No procede anotar un bloqueo despus de transcurrido el plazo a que se refiere elartculo 103 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios si no se ha presentado dentro del mismo plazo elacto definitivo.

    20 048-2009-L Personas JurdicasREQUSITOS DEL ESTATUTO DE UNA ASOCIACIN.

    Lima

    El artculo 82 del Cdigo Civil ha establecido cules son los requisitos mnimos que debe contener el estatuto de unaasociacin; siendo uno de ellos la constitucin y funcionamiento del consejo directivo, debiendo entenderse que elfuncionamiento implica expresar las atribuciones de cada miembro cuando se ha asignado un cargo distinto a cada uno deellos.

    21 049-2009-L Predios DISCREPANCIA DE NOMBRE DE CAUSANTE

    LimaSi el cnyuge suprstite declarado heredero en una sucesin es el mismo que aparece como cnyuge de la titular registral,se entiende que pese a la discrepancia de nombre entre la causante y la titular registral, stas son la misma persona.

    22 051-2009-L Personas JurdicasCOMIT ELECTORAL DE COLEGIO PROFESIONAL

    LimaLa designacin del Comit Electoral que conduce el proceso eleccionario del rgano de gobierno de un Colegio Profesionalno es acto inscribible, por lo que su acreditacin no puede ser acreditada como un acto con vocacin a inscripcin.

    23 052-2009-L Predios PROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACINLima

    El recurso de apelacin debe interponerse durante la vigencia del asiento de presentacin del ttulo, en consecuenciaresulta improcedente la apelacin de la tacha procesal emitida por vencimiento del asiento de presentacin del ttulo.

    24 053-2009-L Predios SUPUESTOS DE EXTINCIN POR CADUCIDAD DE HIPOTECAS CONSTITUDAS A FAVOR DE EMPRESAS DELSISTEMA FINANCIERO.

    LimaLas hipotecas constitudas a favor de una entidad del sistema financiero no estn sujetas al plazo de caducidad previsto enel artculo 3 de la Ley N 26639, salvo que el plazo de caducidad se haya cumplido antes del 10 de Diciembre de 1996,fecha en que entr en vigencia la Ley N 26702.

    25 054-2009-L Predios RECTIFICACIN DE RESOLUCINLima

    Mediante la Resolucin N 054-2009-SUNARP-TR-L se dispone rectificar en los extremos necesarios la Resolucin N 003-200-SUNARP-TR-L.

    26 055-2009-L Personas Jurdicas DENOMINACIN DE PERSONA JURDICALima No procede admitir la inscripcin de la constitucin de una asociacin cuya denominacin incluya el trmino "Sindicato".

    27 057-2009-L Predios PROCEDENCIA DE ANOTACIN DE SOLICITUD DE PRESCRIPCIN ADQUISITIVA NOTARIAL.

    Lima

    Procede anotar preventivamente la solicitud de prescripcin adquisitiva notarial en una partida donde consta inscrito unpredio, siempre que se acredite que ste se encuentra unicado en zona urbana mediante la presentacin de la certificacinmunicipal respectiva y se presentan copias certificadas de los planos a que se refiere el literal h) del artculo 5 de la Ley N27333.

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    28 058-2009-L Predios RECTIFICACIN DE ESTADO CIVIL

    HuaralNo procede rectificar el estado civil (de casado a soltero) de uno de los titulares registrales con la sola presentacin de loscertificados emitidos por la RENIEC, a fin de enervar la legitimidad de quien aparece como su cnyuge. Para ello serequiere adems la presentacin del documento rectificatorio (escritura pblica) suscrito por ambos titulares.

    29 067-2009-L Predios APELACIN IMPROCEDENTELima Es improcedente la apelacin contra una inscripcin.

    30 068-2009-L Predios EFECTOS DE LANRESOLUCIN DE SUBDIVISIN

    Lima

    El ttulo que da mrito a la independizacin slo tiene como efecto la apertura de partidas registrales por cada nuevaunidad inmobiliaria; por tanto, no resulta el documento idneo para cambiar la nomenclatura inscrita de la va. En caso dediscrepancia del nombre de la va consignada en la resolucin con el antecedente registral, no corresponde formularobservacin, sino consignarse este ltimo. INDEPENDIZACIN DE PREDIO SUJETO A COPROPIEDAD La independizacin de un predio sujeto a copropiedad se efecta a favor de todos los copropietarios salvo que se hayaprocedido a la divisin y particin. El rea determinada que fue objeto de transferencia por uno de los condminos a favorde un tercero slo tiene efectos entre las partes. Para la independizacin de dicha rea a favor del adquiriente se requiereque en la divisin y particin se le adjudique dicho bien. El ttulo que da mrito a la independizacin slo tiene como efectola apertura de partidas registrales por cada nueva unidad inmobiliaria; por tanto, no resulta el documento idneo paracambiar la nomenclatura inscrita de la va. En caso de discrepancia del nombre de la va consignada en la resolucin conel antecedente registral, no corresponde formular observacin, sino consignarse este ltimo. La independizacin de unpredio sujeto a copropiedad se efecta a favor de todos los copropietarios salvo que se haya procedido a la divisin yparticin. El rea determinada que fue objeto de transferencia por uno de los condminos a favor de un tercero slo tieneefectos entre las partes. Para la independizacin de dicha rea a favor del adquiriente se requiere que en la divisin yparticin se le adjudique dicho bien.

    31 072-2009-L Predios EFECTOS DE LA DECLARACIN DE NULIDAD DEL ASIENTO INMATRICULADOR.Lima Declarada la nulidad del primer asiento de dominio, dicha nulidad se extiende tambin al primer asiento del rubro b), sobredescripcin del predio.

    32 077-2009-L PersonasJurdicasLEGITIMIDAD PARA CONVOCAR.

    La asamblea llevda a cabo en mrito a convocatoria efectuada por quien carece de legitimidad para dicho acto, deviene eninvlida. As, tratndose de la asamblea de regularizacin realizada al amparo del artculo 02 de la Resolucin N 202-2001-SUNARP-SN, la convocatoria compete al presidente (o integrante facultado segn estatuto) del ltimo consejodirectivo (no inscrito) cuya eleccin se reconoce, la cual necesariamente debe ser realizada dentro de su periodo de susfunciones.

    33 078-2009-L PrediosIca CADUCIDAD DE HIPOTECAS EN GARANTA DE OBLIGACIONES INDETERMINADAS.Para la cancelacin por caducidad de gravmenes que garanticen obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas,deber acreditarse fehacientemente el nacimiento de la obligacin, y como consecuencia de sta acreditacin se puedeverificar el transcurso del plazo de caducidad; de conformidad con lo establecido por el segundo prrafo del artculo 87 delnuevo Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.

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    34 079-2009-L Personas Jurdicas LEGITIMIDAD PARA CONVOCAR.An cuando se cuestione la inscripcin del ltimo presidente del consejo directivo, ste se encuentra legitimado paraconvocar a asamblea general de una asociacin, salvo que se trate de asamblea judicial o universal.

    35 080-2009-L PrediosIca NO PROCEDE INMATRICULACIN CUANDO EXISTE SUPERPOSICIN.El informe del rea de catastro es vinculante para el Registrador, siempre que se refiera a aspectos estrctamente tcnicos.En ese sentido, no puede inmatricularse un predio que conforme al informe del rea de catastro se superpone parcialmentecon un predio inscrito.

    36 081-2009-L Predios Lima CADUCIDAD DE HIPOTECA QUE GARANTIZA OBLIGACIN FUTURA O EVENTUAL.De conformidad al artculo 87 del actual Reglamento de Inscripciones de Registro de Predios, tratndose de inscripcionescorrespondientes a gravmenes que garantizan obligaciones futuras, eventuales, o indeterminadas, slo caducarn si seacredita fehacientemente el cmputo del plazo o el nacimiento de la obligacin, segn corresponda, y haya transcurrido elplazo de 10 aos, contado desde la fecha de vencimiento de la obligacin garantizada.

    37 082-2009-LPersonas Jurdicas

    RECTIFICACON DEL DIRECTORIO

    Lima La rectificacin de directorio no constituye acto inscribible38 084-2009-L

    PersonasJurdicas VIGENCIA DE PODER.

    LimaProcede expedir un certificado de vigencia de poder si ste se encuentra conforme al asiento obrante en la partida registral,pudiendo el Registrador dejar constancia en dicho certificado de alguna precisin o aclaracin que considere pertinente detal manera que dicho certificado refleje de manera fidedigna lo sealado en la partida correspondiente.

    39 093-2009-L Predios PROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIN.Tingo Mara El recurso de apelacin debe interponerse durante la vigencia del asiento de presentacin del ttulo, en consecuencia

    resulta improcedente la apelacin de la tacha procesal emitida por vencimiento del asiento de presentacin del ttulo.40 095-2009-L Predios CANCELACIN DE HIPOTECA POR EXTINCIN DE LA PERSONA JURDICA ACREEDORA.

    PucallpaLa extincin de la persona jurdica acreedora determina la extincin de la relacin obligatoria, lo cual conlleva la extincinde la garanta real constituda en garanta de la obligacin; por lo cual, es procedente la cancelacin de hipoteca basada en el supuesto de extincin del acreedor.

    41 096-2009-L Predios CADUCIDAD DE HIPOTECA QUE GARANTIZA OBLIGACIN FUTURA O EVENTUAL.

    Lima

    Tratndose de inscripciones correspondientes a gravmenes que garantizan obligaciones futuras, eventuales, ointederminadas, slo caducarn si se acredita fehacientemente el cmputo del plazo o el nacimiento de la obligacin,segn corresponda, y haya transcurrido el plazo de 10 aos, contados desde la fecha de vencimiento de la obligacingarantizada.

    42 104-2009-L Predios INDEPENDIZACIN DE LOTES DE URBANIZACIONES POPULARES.Lima Las independizaciones de las urbanizaciones populares tienen carcter definitivo, por lo que procede rectificar lasindependizaciones que fueron inscritas como provisionales.

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    43 105-2009-L Predios CADUCIDAD DE GRAVMENES.Lima En el caso de gravmenes que garantizan crditos a que se refiere el segundo prrafo del artculo 3 de la Ley N 26639, la

    inscripcin caduca a los 10 aos contados desde la fecha de vencimiento del crdito, siempre que sta puedadeterminarse del contenido del asiento o del ttulo.

    44 112-2009-L Predios DESISTIMIENTO.

    LimaPara que proceda aceptar el desistimiento en segunda instancia, se requiere que sea formulado por el presentante delttulo o la persona a quien ste represente, mediante escrito con firma legalizada notarial, antes de la expedicin de laresolucin respectiva.

    45 114-2009-L Sociedades OPOSICIN A LA INSCRIPCIN.Lima El desistimiento de la rogatoria formulado por persona no legitimada, implica oposicin a la inscripcin del ttulo, lo cual esimprocedente en el procedimiento registral.

    46 115-2009-LPersonas Jurdicas INEXACTITUD REGISTRAL.

    LimaSe entender por inexactitud del Registro todo desacuerdo existente entre lo registrado y la realidad extraregistral; cuandola inexactitud del Registro provenga de error u omisin cometido en algn asiento o partida registral se rectificar en laforma establecida en el reglamento.

    47 116-2009-L Predios RECTIFICACIN EN MRITO AL TTULO ARCHIVADO.

    ChinchaLas rectificaciones de errores materiales y de concepto que se realicen al amparo del procedimiento previsto en el Ttulo VIdel Reglamento General de los Registros Pblico, se extendern en mrito al mismo ttulo archivado que dio origen a losrespectivos asientos.

    48 117-2009-L Predios CANCELACIN DE HIPOTECA POR EXTINCIN DE LA PERSONA JURDICA ACREEDORA.

    HuancayoProcede la cancelacin de la hipoteca que garantiza una obligacin en favor de una persona jurdica una vez inscrita laextincin de esta ltima, en razn de haberse extinguido la obligacin garantizada y siempre que no se haya registrado lacesin de dicha hipoteca.

    49 118-2009-L ALCANCES DE MEDIDA CAUTELAR.Corresponde al juez aclarar los alcances de las medidas cautelares inscritas ante la falta de claridad de las mismas.

    50 119-2009-L Predios IMPROCEDENCIA DE RECTIFICACIN DE ASIENTO POR PROBLEMAS DE DUPLICIDAD DE PARTIDAS.

    Lima

    El supuesto del literal b) del artculo 81 del Reglamento General de los Registros Pblicos, se refiere a errores en ladigitacin o extensin del asiento, concretamente a la omisin de algn dato o circunstancia que, figurando en el ttuloarchivado, no se ha hecho constar en el asiento respectivo a pesar de su relevancia para efectos de la publicidad registralcorrespondiente. En tal sentido, no procede rectificar el rea de un predio al amparo de dicha norma, cuando la inexactitudse deba a un problema de superposicin o duplicidad de partidas. As, de haberse concluido el procedimiento de cierre departidas por oposicin, queda expedido el derecho de los interesados para demandar ante el rgano jurisdiccionalcorrespondiente la declaracin de cierre, cancelacin, invalidz o cualquier otra pretensin destinada a rectificar laduplicidad existente, salvo los supuestos comprendidos en las disposiciones complementarias 01, 02 y 03 de la Ley deN 27333.

    51 123-2009-L Predios RECTIFICACIN DE ASIENTO.Lima No procede rectificacin de asientos registrales cuando estos se encuentren conformes con los ttulos que les dieron

    mrito, tan slo procedera en base a ttulo modificatorio posterior o sentencia judicial que declare su invalidz.

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    52 125-2009-L Predios ADECUACIN DE REGLAMENTO INTERNO

    Lima

    En los casos de adecuacin u otorgamiento de reglamento interno de una edificacin se debe presentar de maneraconcurrente, el documento privado que contenga el reglamento interno con legalizacin notarial de firmas y la copiacertificada notarial del acta de junta de propietarios que haya adoptado el acuerdo de adecuacin o de otorgamiento delreglamento interno.

    53 126-2009-L Predios INDEPENDIZACIN DE BIENES DEL ESTADO

    Ica

    De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, tratndose de bienes del Estado ode Entidades con facultad de saneamiento, y salvo disposicin distinta, la independizacin podr realizarse en mrito adocumento otorgado por el funcionario autorizado acompaado del plano de independizacin suscrito por el profesionalcompetente en el que debe precisarse el rea, linderos y medidas perimtricas de cada uno de los predios resultantes y delrea remanente en su caso.SUPUESTO EXCEPCIONAL DE INDEPENDIZACINDe acuerdo con la Quinta Disposicin complementaria y final del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios,tratndose de independizacin de predios en los que no sea factible determinar el rea, los linderos o medidas perimtricasdel predio remanente, no se requerir el plano de ste. En estos casos, bastar con presentar el plano del rea materia deindependizacin visado por la autoridad competente, previa suscripcin por el verificador cuando corresponda.Corresponder al rea de catastro de la Oficina Registral competente determinar la imposibilidad a que se refiere el prrafoanterior.

    54 127-2009-L Predios PROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACION.Callao El recurso de apelacin debe interponerse durante la vigencia del asiento de presentacin del ttulo.

    55 128-2009-LPropiedadVehicular

    EXTINCIN POR CADUCIDAD DE PRENDA CONSTITUIDA A FAVOR DE UNA EMPRESA DEL SISTEMAFINANCIERO.

    Lima Las prendas constituidas a favor de una entidad del sistema financiero no estn sujetas al plazo de caducidad previsto enel artculo 3 de la Ley 26639, salvo que el plazo de caducidad hubiera transcurrido antes de la vigencia de la Ley N? 26702.

    56 129-2009-L Predios TRASLADO DE GRAVMENES EN LA DIVISIN Y PARTICIN DE UN BIEN.

    LimaLos gravmenes que afectan la cuota ideal de uno de los copropietarios de un bien deben trasladarse a todas las partidasregistrales resultantes de la divisin y particin de dicho bien, salvo que se acredite que sta se realiz en fecha anterior ala afectacin.

    57 130-2009-LPersonas Jurdicas FEDERACIN DEPORTIVA.

    No es exigible para la inscripcin de la eleccin de los miembros del Consejo Directivo de la Federacin Peruana Deportivade Basketball, que se acompae la resolucin que emite el IPD reconociendo a los nuevos miembros directivos electos.

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