Tercera Practica

4
FUNDAMENTOS DE LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS. COMO CONSTITUYO MI EMPRESA a) Como Persona Natural (Empresa Unipersonal). La ley considera persona natural a la persona física a la cual se le reconoce capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones. Cuando el propietario está registrado como persona natural es responsable en forma personal de sus compromisos, respondiendo con sus bienes por embargos o quiebras producto de obligaciones personales y de negocio. Este tipo de registro como persona natural es más sencillo y menos costoso. No es obligación el uso de estatutos. Minuta de constitución, inscripción de capital y no es obligación llevar contabilidad. b) Como Persona Jurídica Se entiende por persona jurídica a toda entidad a la que el derecho le reconoce existencia para la realización de determinados fines colectivos. Tiene la capacidad para contraer obligaciones y disfrutar derechos. La persona jurídica está compuesta de un conjunto de personas a las que la legislación reconoce personalidad jurídica propia, independiente de la que ostentan sus integrantes. En el acuerdo de voluntades deben estar claramente establecidos los objetivos de la sociedad, el tipo de sociedad, el aporte de capital en bienes dinerarios y/o no dinerarios, órganos que componen la sociedad, etc. Las personas jurídicas se pueden constituir balo las formas organizativas siguientes: b.1) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada E.I.R.L Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. En este tipo de sociedad la responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio aportado, en tal sentido usted como titular de la empresa no responde con su patrimonio personal ante alguna obligación de la empresa. No es posible la incorporación de uno o más socios hacerlo significa que esta empresa se transforme automáticamente en una sociedad mercantil, siéndole aplicable lo dispuesto por la ley de Sociedad vigente b.2) Sociedad comercial de Responsabilidad Limitada. S.R.L Es una forma societaria con un mínimo de dos (02) socios y un máximo de veinte (20). La responsabilidad de los socios está limitada a su aporte. El patrimonio personal de los socios no esta afecto. El capital esta dividido en participaciones iguales acumulables e indivisibles que no pueden ser incorporados en títulos valores ni denominarse acciones. b.3) Sociedad Anónima. La sociedad anónima es la sociedad capitalista por excelencia. Sus titulares tienen una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Esta forma jurídica no suele adoptarse cuando se trata de negocios de pequeñas y medianas dimensiones. Debido a que está sometida a un régimen más rígido; sin embargo por cuestiones de imagen o por el tipo de actividad que se va a desarrollar, muchas empresas se constituyen balo la forma de Sociedad anónima los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado. Las sociedades anónimas pueden ser: Sociedad Anónima Cerrada S.A.C Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por un mínimo de dos (2) y un máximo de veinte (20) accionistas. El patrimonio personal de los socios no esta afecto. Es una S.A.C la transferencia de las acciones está sujeta al derecho de preferencia de los demás accionistas, quienes tienen derecho a adquirirlas antes de que sean vendidas a un tercero que no es socio. Sociedad Anónima S.A.A Es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por títulos negociables. Posee un mecanismo jurídico propio orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad. Se constituye con un mínimo de 750 personas y no existe un límite máximo de socios. La transferencia de acciones no puede ser limitada por ningún concepto. La constitución de una S.A.A cuenta con mayores exigencias puesto que existe un control de la Comisión Nacional Supervisora De Empresas Y Valores – CONASEV-, organismo que se encarga de supervisar las actividades de la sociedad. Además cuenta con una auditoria externa anual. PROCESO DE FORMALIZACIÓN

description

trabajo

Transcript of Tercera Practica

FUNDAMENTOS DE LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS.

COMO CONSTITUYO MI EMPRESA

a) Como Persona Natural (Empresa Unipersonal).La ley considera persona natural a la persona física a la cual se le reconoce capacidad para ser sujeto de derechos y obligaciones. Cuando el propietario está registrado como persona natural es responsable en forma personal de sus compromisos, respondiendo con sus bienes por embargos o quiebras producto de obligaciones personales y de negocio. Este tipo de registro como persona natural es más sencillo y menos costoso. No es obligación el uso de estatutos. Minuta de constitución, inscripción de capital y no es obligación llevar contabilidad.

b) Como Persona JurídicaSe entiende por persona jurídica a toda entidad a la que el derecho le reconoce existencia para la realización de determinados fines colectivos. Tiene la capacidad para contraer obligaciones y disfrutar derechos. La persona jurídica está compuesta de un conjunto de personas a las que la legislación reconoce personalidad jurídica propia, independiente de la que ostentan sus integrantes.En el acuerdo de voluntades deben estar claramente establecidos los objetivos de la sociedad, el tipo de sociedad, el aporte de capital en bienes dinerarios y/o no dinerarios, órganos que componen la sociedad, etc.Las personas jurídicas se pueden constituir balo las formas organizativas siguientes:

b.1) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada E.I.R.LEs una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. En este tipo de sociedad la responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio aportado, en tal sentido usted como titular de la empresa no responde con su patrimonio personal ante alguna obligación de la empresa.No es posible la incorporación de uno o más socios hacerlo significa que esta empresa se transforme automáticamente en una sociedad mercantil, siéndole aplicable lo dispuesto por la ley de Sociedad vigente

b.2) Sociedad comercial de Responsabilidad Limitada. S.R.LEs una forma societaria con un mínimo de dos (02) socios y un máximo de veinte (20). La responsabilidad de los socios está limitada a su aporte. El patrimonio personal de los socios no esta afecto. El capital esta dividido en participaciones iguales acumulables e indivisibles que no pueden ser incorporados en títulos valores ni denominarse acciones.

b.3) Sociedad Anónima.La sociedad anónima es la sociedad capitalista por excelencia. Sus titulares tienen una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Esta forma jurídica no suele adoptarse cuando se trata de negocios de pequeñas y medianas dimensiones. Debido a que está sometida a un régimen más rígido; sin embargo por cuestiones de imagen o por el tipo de actividad que se va a desarrollar, muchas empresas se constituyen balo la forma de Sociedad anónima los accionistas no responden con su patrimonio personal, sino únicamente con el capital aportado.Las sociedades anónimas pueden ser:

Sociedad Anónima Cerrada S.A.CEs una persona jurídica de derecho privado, constituida por un mínimo de dos (2) y un máximo de veinte (20) accionistas. El patrimonio personal de los socios no esta afecto.Es una S.A.C la transferencia de las acciones está sujeta al derecho de preferencia de los demás accionistas, quienes tienen derecho a adquirirlas antes de que sean vendidas a un tercero que no es socio.

Sociedad Anónima S.A.AEs una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, en la que el capital social se encuentra representado por títulos negociables. Posee un mecanismo jurídico propio orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad.

Se constituye con un mínimo de 750 personas y no existe un límite máximo de socios. La transferencia de acciones no puede ser limitada por ningún concepto.La constitución de una S.A.A cuenta con mayores exigencias puesto que existe un control de la Comisión Nacional Supervisora De Empresas Y

Valores – CONASEV-, organismo que se encarga de supervisar las actividades de la sociedad. Además cuenta con una auditoria externa anual.

PROCESO DE FORMALIZACIÓN

COMO ME FORMALIZO SI DEDICO HACERLO COMO PERSONA NATURAL.Formalizarse implica realizar una serie de trámites en diferentes instituciones, existe un sistema organizado que ayuda a los empresarios a guiarse en la ejecución de cada uno de los 6 pasos que comprende la formalización:

PASO 1. INSCRIPCIÓN EN EL RUC.EL RUC (Registro Único De Contribuyentes) es un registro que contiene los datos de identificación y de las actividades económicas y obligaciones tributarias de los contribuyentes, así como los tributos administrativos y/o recaudados por la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración Tributaria). Es de uso obligatorio para cualquier gestión que se realice ante la Administración Tributaria y otras dependencias de la Administración Publica que la SUNAT establezca. Dicho número tiene carácter permanente y es de uso exclusivo de su titular.Requisitos para obtener el R.U.C.

Original y copia de su documento de identidad. Recibo de agua, luz, teléfono fijo, televisión por cable última

declaración jurada del predio o autoevalúo.Si el trámite lo hace una persona autorizada, adicionalmente presentara, además:

Original y copia de su documento de identidad. Carta poder legalizada ante el notario público o autenticada por un

fedatario de la SUNAT

PASO 2. AUTORIZACIÓN DE PERMISOS ESPECIALES.Algunas actividades requieren autorización de los sectores previa a la obtención de la licencia municipal de funcionamiento y después de su inscripción en el RUC. Estas actividades pueden ser:

Actividad industrial Actividades comerciales y de servicios Actividades turísticas Servicio de transporte terrestre, interprovincial e internacional Actividades vinculadas a la salud Actividades agroindustriales.

PASO 3. INSCRIPCIÓN DE TRABAJADORES EN ESSALUD.

PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA1.- Inscripción en el R.U.C 1.- búsqueda y reserva del nombre2.- Autorización de permisos especiales

2.- Elaboración de la minuta de constitución

3.- Inscripción de trabajadores en ESSALUD

3.- Elaboración De La Escritura Publica

4.- Autorización y legalización del libro de planillas.

4.- Inscripción en el Registro e Personas Jurídicas.

5.- Autorización de la licencia Municipal de Funcionamiento 5.- Inscripción en el R.U.C

6.- Legalización del libro de Actas y de Contabilidad.

6.- Inscripción de trabajadores en ESSALUD7.- Autorización de permisos especiales8.- Autorización y legalización del libro de planillas.9.- Autorización de la licencia Municipal de Funcionamiento10.- Legalización del libro de Actas y de Contabilidad.

ESSALUD, es la institución pública al servicio de la seguridad social en salud en el Perú. Los trabajadores, son inscritos en ESSALUD por el empleador con la sola presentación del programa de Declaración Telemática –PDT, en el caso de que sean 4 o más trabajadores o con los Formulación de registro Nº402(en cualquier banco) si con menos de 4 El libro de planillas se lleva a la zonal de ESSALUD correspondiente para la inscripción en el Registro patronal.

PASO 4. AUTORIZACIÓN Y LEGALIZACIÓN DEL LIBRO DE PLANILLASLas planillas de pago son un registro contable obligatorio con el que se deben contar todos los empleadores que tengan a su cargo uno o más trabajadores, cuya principal finalidad es brindar al trabajador elementos que le permita comprobar su relación laboral con la empresa, su remuneración y demás beneficios que le son pagados. Estos libros son adquiridos en las librerías. El empleador debe registrar a sus trabajadores en las planillas dentro de las 72 horas de inicio de la prestación de servicios, cualquiera sea la forma de contrato laboral. Estos pueden ser:

Contrato a tiempo indeterminado. Contrato sujeto a modalidad. Contrato a tiempo parcial.

PASO 5. AUTORIZACIÓN DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO.La licencia de funcionamiento es una autorización de apertura de establecimiento, un permiso, que otorga la municipalidad a toda empresa antes de iniciar sus actividades.Obtener la licencia de funcionamiento es importante porque:

1. Cuidar la legalidad de los establecimientos y la seguridad, ya que no permite establecimientos que realice actividades prohibidas por la ley o potencialmente riesgosos.

2. Vela por el cumplimiento de las reglas de zonificación. Cada distrito o provincia tiene designados los lugares donde se pueden establecer ciertos tipos de negocio.

Las Municipalidades Distritales Y Provinciales son las autoridades competentes para otorgar la Licencia de Funcionamiento, así como de controlar su funcionamiento de acuerdo a lo estipulado en ellas.

Los requisitos para obtener la Licencia de Funcionamiento son:

Licencia De Funcionamiento

ProvisionalLicencia De Funcionamiento Definitiva

1. Certificado de zonificación y compatibilidad de uso.

2. Fotocopia simple del comprobante de información registrada o ficha RUC.

3. Declaración jurada de ser micro o pequeña empresa

1. Solicitud de licencia de funcionamiento.2. Certificado de zonificación y compatibilidad

de uso3. Copia de RUC.4. Copia de título de propiedad o documento

equivalente que acredite la propiedad o copia del contrato de alquiler.

5. Copia de la Escritura Pública de constitución.

6. Informe favorable de Defensa Civil.7. Pago por derecho de trámite.8. En el caso de autorización y/o certificación

del sector competente según actividad.9. Algún otro documento requerido por la

Municipalidad.

PASO 6. LEGALIZACIÓN DEL LIBRO DE ACTAS Y LIBROS CONTABLES.

Toda empresa formal requiere de un Libro de Actas que registre los acuerdos y decisiones tornadas, y los libros y registros de contabilidad donde se anotan los movimientos económicos de la empresa.

Estos deben ser legalizados por Notario Público y estar a disposición de las autoridades pertinentes, por lo que se deberán tener siempre al día y debidamente llenados Requieren de la firma de un contador público colegiado.

COMO FORMALIZO SI DESEO HACERLO COMO PERSONA JURÍDICA.

PASO 1. BÚSQUEDA Y RESERVA DEL NOMBRE.

Uno de los primeros trámites que una persona debe de hacer para constituir su empresa, además de definir la modalidad o sociedad empresarial que adoptara, es reservar el nombre que se le requiere poner a esta, verificando que no haya un

nombre similar en el mercado, pues con este nombre y posteriormente con la marca de la empresa ésta se posicionara.

PASO 2. ELABORACIÓN DE LA MINUTA DE CONSTITUCIÓN.La Minuta De Constitución Es La Partida De Nacimiento De La Empresa. En este documento se detalla:

Para que se forma la empresa. Donde va a operar, cuál será su domicilio legal. Quienes la componen, cual es el nombre y los datos de los socios que

conforman la empresa. Los aportes efectuados, el capital que cada uno de los socios invierte

en la empresa; sea en dinero, bienes muebles o inmuebles. Su capital, cuanto es el monto de capital social con el que se

constituye la empresa. Como se tomaran los acuerdos. Como se va a repartir las ganancias que genere la empresa. El estatuto que regirá la vida de la empresa. La forma de organización que adoptara. Y las propuestas de desarrollo.

PASO 3. ELABORACIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA.

Es el documento que elabora el notario para inscribir la empresa en Registros públicos. Para su elaboración el notario requiere de los siguientes documentos:

Minuta de constitución de la empresa incluyendo una copia simple Pago de los derechos notariales

a) Si el trámite se realiza de manera particular, el monto a pagar será la tarifa establecida por el notario.

b) Si este trámite se realiza a través de PRODAME – MTPE, podría acceder a una tarifa social reducida debido al convenio con el Colegio de Notarios.

PASO4. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Una vez otorgada la escritura pública de constitución, el notario o el titular de la empresa tiene que realizar la inscripción de la empresa en la superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP para su inscripción en el registro de personas jurídicas.

El registrador de la SUNARP tiene un plazo de 07 días útiles para calificar el titulo. En caso de que la escritura haya sido observada, se tendrá que subsanar el inconveniente dentro de los 35 días de presentada a Registros Públicos.Luego de calificar el titulo la SUNARP le entregara; una constancia de inscripción y copia simple del asiento registral. Cada una de estas personas jurídicas tiene requisitos específicos, así como un derecho de tasa a pagar para su inscripción en la SUNARP

La diferencia se da en cuanto a la inscripción en el RUC, en el caso de una persona jurídica:

Los requisitos son: Original y copia del documento de identidad del representante legal Recibo de agua, luz, telefonía fija, televisión por cable, o de la última

declaración jurada de predio o autoevalúo. Testimonio de la Escritura Pública De Constitución Inscrita En Los

Registros Públicos, Original Y Fotocopia En el caso de la declaración de establecimientos (s) anexos (s):

original y copia de uno de los documentos que sustentan el domicilio del local anexo.

Actividad: elabora una minuta de constitución de una micro o pequeña empresa con tu grupo de trabajo.

Registrada su empresa en la SUNARP, deberá seguir los mismos pasos que una persona natural