Tema 10. La organización y ordenación territorial de España

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1. Evolución histórica de la organización política de España.

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La organización político - administrativa es la división de un estado en divisiones territoriales con capacidad de autogobierno. Es el resultado de un largo proceso histórico.

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1.1 La antigüedad.

Hasta la conquista romana, el territorio estaba ocupado por diversos pueblos indígenas (celtas, íberos,...).

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Con el dominio romano (S. III a.C. – V d.C) se creo la división por provincias. Desde dos, en un primer momento, hasta siete, al final.

Se concibió el territorio como una unidad, Hispania

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Con los visigodos (S. V – VIII) se creo un estado independiente y unificado, con capital en Toledo. Se mantuvo la división romana pero la unidad territorial se fue el ducado.

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1.2 La Edad Media.

Con la invasión musulmana en el 711, se organizó el territorio en coras y se alternaron épocas en las que se administraban de forma centralizada y otras en las que eran independientes (taifas).

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Los cristianos que escaparon al dominio islámico en los territorios montañosos del norte peninsular, crearon en su avance reconquistador sus propios sistemas político-administrativos, que son el origen de la diferenciación regional actual (reino de Asturias y León, Portugal, Castilla, Navarra, Aragón, condados catalanes, etc.)

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En el siglo XIII quedaron individualizados cinco grandes conjuntos político administrativos en la península: el reino de Portugal, la Corona de Castilla, la Corona de Aragón, el reino de Navarra y el reino musulmán de Granada, último reducto del dominio musulmán en la península.

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1.3 La Edad Moderna.

Con los Reyes Católicos, los territorios peninsulares se unifican excepto Portugal (unión dinástica), aunque cada reino mantuvo sus propias estructuras político-administrativas y fiscales.

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Con los Austrias se mantuvo la unidad dinástica de los territorios peninsulares(monarquía hispánica), incluyendo Felipe II a Portugal, que logró independizarse con Felipe IV.

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Al morir sin descendencia directa el rey Carlos II de la dinastía de los Austrias (1700) se implantó en España la nueva dinastía de los Borbones. Esta nueva dinastía intentó uniformizar los distintos reinos hispánicos (Decretos de Nueva Planta). Todo el territorio de la monarquía se dividió en capitanías generales e intendencias (que darían lugar a las provincias), manteniendo Navarra y el País Vasco sus fueros.

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1.4 La organización contemporánea hasta 1978.

En el siglo XIX, en 1833 el ministro de Fomento Javier de Burgos realizó una nueva división provincial, que coincide prácticamente con la actual (49 provincias, que se convirtieron en 50 en 1927 al dividirse las islas Canarias en dos provincias).

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Las provincias vascas y Navarra perdieron parte de sus fueros como represalia por su participación en las Guerras Carlistas.

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Los sentimientos de pertenencia regional persistieron como pusieron de manifiesto el proyecto de estado federal defendido en la Primera República (1873-1874) y el desarrollo de movimientos regionalistas en Cataluña, País Vasco y Galicia, que pasaron a convertirse en movimientos nacionalistas, que defendían el reconocimiento de leyes regionales. diferentes.

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En la Segunda República (1931-1939) España se organizó como un Estado integral que permitía el reconocimiento de la autonomía de municipios y regiones, consiguiendo la aprobación de estatutos de autonomía Cataluña, País Vasco y Galicia. diferentes.

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Tras la Guerra Civil (1936-1939) se implantó la dictadura de Francisco Franco, creando un estado centralista, que abolió todos los estatutos de autonomía y reprimió los movimientos nacionalistas, que tras su muerte en 1975 lograron el restablecimiento de las autonomías bajo un estado descentralizado.

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2. La organización político – administrativa actual de España.

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2.1 Divisones político-administrativas.

La organización político – administrativa de España es propia de un Estado descentralizado, en el que la toma de decisiones se reparte en tres niveles territoriales: municipio, provincia y comunidad autónoma.

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El municipio es la entidad territorial básica. Está formado por uno o varios núcleos de población y el territorio dependiente de ellos. El gobierno y administración municipal corresponden al Ayuntamiento, formado por el alcalde y los concejales. Cada cuatro años, por sufragio universal, se eligen los concejales, que a su vez eligen al alcalde. Sus funciones son prestar servicios a los vecinos (como la recogida de residuos).

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La provincia es la entidad territorial subregional formada por una agrupación de municipios. El gobierno y administración provincial corresponden a la Diputación, compuesta por un presidente y diputados. Los diputados son elegidos por todos los concejales de la provincia, eligiendo estos a un presidente. Su función es coordinar servicios entre los municipios (por ejemplo la construcción de carreteras provinciales).

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La comunidad autómona es la entidad territorial regional formada por provincias limítrofes, territorios insulares o provincias con entidad regional histórica. Cada comunidad autónoma se haya regida por una ley suprema que es el estatuto de autonomía, donde se recogen las instituciones y capacidades de autogobierno de cada comunidad.

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Las capacidades, funciones o competencias están establecidas en el artículo 148 de la constitución, siendo traspasadas por el Estado central a la comunidad autónoma. Pueden ejercerse de forma exclusiva por la comunidad o compartida con el Estado central.

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Las comunidades autónomas pueden tener competencias políticas (instituciones propias), económicas, transportes, ordenación del territorio, educación, sanidad, asistencia social, cultura, deporte,… Las relaciones internacionales, el ejército, el control de fronteras, la economía exterior, el sistema monetario,.... son competencias exclusivas del Estado central.

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Las instituciones de una comunidad autónoma son: la Asamblea Legislativa o parlamento autonómico (elegido por sufragio universal cada cuatro años, elabora leyes, aprueba el presupuesto autonómico y controla al gobierno); el Consejo de Gobierno o gobierno autonómico formado por un presidente (elegido por el parlamento) y consejeros (elegidos por el presidente), que ejercen el poder ejecutivo a través de consejerías; y el Tribunal Superior de Justicia, máxima representación judicial en la comunidad autónoma.

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La coordinación entre la comunidad autónoma y el gobierno central es realizada por un Delegado del Gobierno, representante del Estado central en la comunidad autónoma elegido por el gobierno central.

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Respecto a la financiación de las comunidades autónomas hay dos modelos: el régimen común (basado en los ingresos propios y los tributos cedidos por el Estado – 50 % de IRPF; 50 % de IVA; 58 % de impuestos especiales; 100 % de impuesto a la electricidad) y el régimen foral (propio del País Vasco y Navarra, que permite la autofinanciación autonómica, al ser recaudados todos los impuestos por la autonomía y pactar con el Estado central la cantidad a pagarle mediante conciertos).

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Dentro del régimen común tienen un régimen fiscal especial por razones geográficas Canarias (donde se aplica el Impuesto Indirecto Canario) y Ceuta y Melilla (donde se aplica el no se aplica el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación).

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El Estado autonómico se basa en el principio de igualdad territorial y solidaridad, que pretende evitar los privilegios y discriminaciones fiscales, salariales o de seguridad social. Para compensar las desigualdades, existe un Fondo de Suficiencia que aporta dinero a las comunidades de régimen común con necesidades superiores a los ingresos y se lo cobra en caso contrario.

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Igualmente, existen unos Fondos de Compensación Interterritorial (FFCI) que aporta ingresos a las comunidades desfavorecidas.

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2.2 La formación del Estado de las autonomías.

La actual organización político-administrativa de España responde a las normas recogidas en la Constitución española vigente, aprobada en 1978, distinguiéndose dos etapas en la formación de las comunidades autónomas actuales.

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El periodo preautonómico (1975-1978) se inició cuando tras la muerte del dictador Francisco Franco, el presidente del gobierno Adolfo Suárez concedió una autonomía provisional a Cataluña y después a otras trece regiones. De estas regiones, estaban excluidas las actuales La Rioja, Cantabria y Madrid. Las preautonomías adoptaron organismos propios, pero carecían de capacidad legislativa.

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El periodo autonómico (tras la aprobación de la Constitución de 1978) configuró el actual estado autonómico, que reconoció la unidad de la nación española dentro de una diversidad de nacionalidades. La Constitución dejó a las preautonomías el derecho de constituirse en comunidades autónomas, regulando solo las condiciones y proceso a seguir: se estipuló que las provincias que la formaran debían tener características comunes, estableciéndose el acceso a la autonomía por una vía rápida y otra limitada.

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La vía rápida fue recogida en el artículo 151 de la Constitución, permitiendo adquirir inmediatamente el mayor techo de competencias. Esta vía fue adoptada por Cataluña, País Vasco, y Galicia, que de acuerdo a la disposición transitoria segunda de la constitución como autonomías históricas sólo necesitaban el acuerdo por mayoría absoluta de sus órganos preautonómicos.

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Andalucía y Navarra también optaron por la vía rápida. Andalucía tuvo que contar con el acuerdo de todas las diputaciones provinciales, de las tres cuartas partes de los ayuntamientos y del respaldo popular en un referéndum. Por su parte, Navarra optó por reforzar sus derechos particulares (“Amejoramiento del Fuero”).

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El resto de comunidades accedió a la autonomía por la vía lenta del artículo 143 (que exigía cinco años para ir ampliando las limitadas competencias iniciales). Para ello tuvieron que contar con el acuerdo de todas las Diputaciones provinciales o la mayoría absoluta de sus órganos preautonómicos y de dos tercios de los ayuntamientos. Ceuta y Melilla recibieron el rango de municipios autónomos, y no tienen capacidad legislativa.

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3. Los desequilibrios territoriales.

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3.1 Causas e indicadores de las diferencias territoriales.

Existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos entre las comunidades autónomas y en el interior de cada una de ellas.

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Las causas o razones de estas diferencias se deben a elementos naturales (desigual distribución de recursos y diferentes condiciones naturales) y culturales (localización de actividades más dinámicas en cada momento histórico y en la actualidad).

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Los indicadores de los desequilibrios son diversos: el PIB o PIB per capita refleja la diversa capacidad productiva, la densidad de población muestra la distribución de la población, la renta bruta disponible en los hogares y el nivel de bienestar, que se mide por los servicios disponibles y la calidad ambiental.

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3.2 Evolución de los desequilibrios territoriales.

El origen de los desequilibrios actuales se sitúa entre 1850 y 1975 debido a la localización de la industria y, en menor medida, al desarrollo de los servicios (turismo).

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Las áreas más dinámicas fueron las periferias cantábrica y mediterránea (gracias a la industria), Madrid (donde a la industria se añadieron funciones terciarias propias de ser la capital política y financiera del país), y las áreas dinámicas surgidas en la década de 1960 como consecuencia de la difusión de la industria (eje del Ebro) o del turismo (islas Baleares y Canarias).

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Las áreas dinámicas concentraron el mayor crecimiento del PIB y del PIB per capita al atraer materias primas, fuentes de energía y capitales, recibieron inmigrantes del interior peninsular incrementando su densidad de población, e incrementaron la renta bruta disponible de los hogares y el nivel de vida.

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Las áreas menos dinámicas fueron el interior peninsular, donde se mantuvo el peso del sector primario y las industrias fueron escasas: el PIB y el PIB per capita creció a un ritmo menor, fueron áreas emigratorias que se despoblaron y envejecieron, y la elevación del nivel de renta familiar y la dotación de servicios fue menor.

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La crisis económica de 1975 acabó con la industria como principal factor de explicación de los desequilibrios, provocando cambios en los mismos. Las regiones industriales sufrieron una aguda crisis, especialmente visible en las centradas en sectores maduros (zona cantábrica) y menor donde las industrias eran más diversas (Cataluña).

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La regiones con menor peso industrial se vieron menos afectadas por la crisis, por centrarse su economía en el sector primario (Galicia, Murcia) o terciario (Madrid, Baleares y Canarias) o por tener un reparto más equilibrado de los sectores (Aragón, La Rioja, Valencia). En definitiva, la crisis de 1975 frenó la concentración espacial de la producción y población en las áreas más industrializadas.

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Con la reestructuración económica tras las crisis de 1975 la industria no es un factor que destaque en los desequilibrios territoriales actuales, debiéndose estos a la localización de los servicios avanzados, la innovación y la alta tecnología. La jerarquía espacial actual diferencia entre ejes de dinamismo, ejes de declive y espacios menos dinámicos.

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Las zonas dinámicas son favorecidas por los nuevos factores de desarrollo (Madrid, País Vasco, valle del Ebro, litoral mediterráneo norte e islas). En estas zonas, el porcentaje del PIB de los sectores punta y la I+D ha aumentado, siendo el PIB per capita, la renta bruta disponible por hogar y el nivel de vida mayor a la media nacional. La correlación entre población y PIB se ha reducido por la deslocalización.

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Las zonas en declive estaban muy especializadas en sectores industriales maduros o en crisis, lo que las perjudicó (Asturias, Cantabria). En estas zonas, el PIB crece por debajo de la media y el PIB per capita es inferior a la media, mientras que la población se estancó o retrocede. La renta bruta disponible por hogares y el nivel de vida es similar a la media, ya que partían de niveles altos.

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Los espacios menos dinámicos cuentan con mayor peso del sector primario y escaso desarrollo de industrias y servicios avanzados especializados (Castilla, Extremadura, Galicia, Murcia, Andalucía interior,…). Su PIB per capita y la renta bruta disponible de los hogares es inferior a la media, aunque ha aumentado el PIB en Murcia y Andalucía (gracias a la agricultura tecnificada y el turismo). La densidad demográfica es dispar entre el interior y el litoral, existiendo carencias de servicios.

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4. Las políticas de cohesión territorial.

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Frente a los desequilibrios territoriales existen políticas regionales. En España se iniciaron en la década de 1960 con los Planes de Desarrollo y continuaron a partir de 1986 marcadas por la adhesión a la Comunidad Europea, el deseo de cumplir el principio de solidaridad interterritorial establecido por la Constitución de 1978, y el desarrollo del estado de las autonomías.

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4.1 Política regional y de cohesión en la Unión Europea.

La política regional europea tradicional, iniciada en 1975 pretendía coordinar las políticas regionales de los estados miembros y corregir los desequilibrios entre regiones. Desde 2007 la nueva política regional busca reforzar la competitividad entre todas las regiones.

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La política regional busca tres objetivos: la convergencia, la competitividad regional y el empleo, y la cooperación territorial europea.

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Mediante la convergencia se intenta aproximar las regiones menos desarrolladas con las más avanzadas. La mayor parte de los fondos europeos de ayuda se dedican a la convergencia diferenciándose entre regiones de convergencia pura (con PIB per cápita inferior al 75 % de la media - Andalucía, Galicia, Extremadura y Castilla La Mancha -), y las regiones de convergencia de ayuda transitoria (regiones que tras la ampliación de la UE en 2004 tienen un PIB per cápita mayor al 75 % de la media - Asturias y Murcia -).

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También se propone mejorar la competitividad y el empleo de las regiones, recibiendo las regiones más dinámicas un 16 % de los fondos europeos. Se diferencia entre regiones de competitividad y empleo puras (con un PIB per cápita superior al 75 % de la media - Madrid, Cataluña, País Vasco,… -) y regiones de competitividad y empleo de ayuda transitoria (que antes de 2007 eran de las regiones menos desarrolladas - Castilla y León, Valencia y Canarias -).

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La cooperación territorial europea, que recibe un 3 % de los fondos europeos, pretende mejorarse con proyectos de cooperación transfronteriza (entre España, Francia y Portugal), transnacional (con el Atlántico y el Mediterráneo) e interregional (con los países europeos).

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Hay tres fondos que financian la política regional europea, recibiendo España, a través del Marco Estratégico Nacional de Referencia, más de 35 mil millones de euros. El FEDER (Fondo Europeo para el Desarrollo Regional) financia inversiones destinadas a reducir los desequilibrios territoriales de todas las regiones; el FSE (Fondo Social Europeo) busca acabar con el desempleo; y el Fondo de Cohesión financia inversiones públicas en redes transeuropeas en países con un PIB per cápita inferior al 90 % de la media, superado por España en 2004.

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Como consecuencias de la política regional europea, España ha cedido parte de su soberanía a la UE, se ha favorecido la convergencia española con Europa y se han reducido los desequilibrios interterritoriales. Existen indicadores que muestran que las regiones españolas evolucionan mejor que la media europea respecto a demografía y transporte, pero están por debajo de la media en productividad, mercado de trabajo, o I + D + I..

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4.2 La política regional del Estado.

La Constitución española garantiza el equilibrio entre las regiones y la solidaridad. La política regional española fomenta un desarrollo regional equilibrado con los objetivos de: consolidar el crecimiento de las áreas más dinámicas (Madrid, Mediterráneo norte y valle del Ebro), detener el declive de la región cantábrica, impulsar el Mediterráneo sur, y apoyar al resto de regiones.

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Para conseguir estos objetivos se usan incentivos regionales, ayudas otorgadas a la inversión de las pequeñas empresas en ciertas zonas, especialmente a las pequeñas empresas. Según el PIB per cápita, la tasa de paro o las dificultades económicas se han establecido zonas de aplicación de los incentivos: regiones con un PIB per cápita inferior al 75 % de la media y regiones con un PIB per cápita superior al 75 % de la media (que reciben ayudas con intereses más bajos).

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Los sectores que se promocionan incluyen las industrias extractivas y transformadoras, las empresas agroalimentarias y de acuicultura, y las empresas de servicios a la producción y de ocio. En cuanto a los proyectos que se respaldan, destacan todos los que apuestan por ampliar, modernizar o crear nuevos establecimientos.

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Por su parte, los Fondos de Compensación Interterritorial, creados en 1980, incluyeron a todas las comunidades autónomas hasta 1990, recibiendo después las ayudas sólo las comunidades con una renta per cápita inferior a la media nacional, diferenciándose desde 2001 un Fondo de Compensación y un Fondo Complementario.

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4.3 La ordenación del territorio.

Para paliar los desequilibrios intrarregionales, las regiones analizan los factores que influyen en su desarrollo y planifican las actuaciones oportunas mediante la ordenación del territorio. Como objetivos pretende un desarrollo socioeconómico equilibrado y la organización integral coordinada del espacio, combinando políticas económicas sectoriales con la mejora de la calidad de vida y la preservación del medio.

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El instrumento básico para ordenar el territorio es elaborar un plan, para lo que se analiza la situación actual (problemas y potencialidades del terreno) y se desarrolla la planificación territorial (estrategias y actuaciones planteadas para alcanzar el objetivo), elaborando los gobiernos autonómicos Planes Territoriales Generales que se concretan en Planes Territoriales Parciales. Además se formulan planes a una escala mayor, estableciéndose una planificación en cascada (planes jerarquizados).

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En España la política de ordenación del territorio se inició en 1980, habiéndose desarrollado en el ámbito regional. No obstante, al estar implicados los ámbitos europeo, estatal y local, se busca la coordinación entre las diversas administraciones.