Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS...

54
Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales (Comunicación Pública y Reproducción) 2013

Transcript of Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS...

Page 1: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales (Comunicación Pública y Reproducción)

2013

Page 2: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

PREAMBULO

1) DERECHO DE REPRODUCCION PARA LA COMUNICACIÓN PÚBLICA En todos aquellos epígrafes de las presentes TARIFAS GENERALES de AGEDI en los que no se especifique la tarifa correspondiente al derecho de reproducción para la comunicación pública, cuando ésta sea autorizada expresamente, se entenderá que aquella equivale al 35 por ciento de la establecida en ese mismo epígrafe para el derecho de comunicación pública. 2) REVISION DE LAS TARIFAS DE TANTO ALZADO Las tarifas de tanto alzado contenidas en las presentes TARIFAS GENERALES de AGEDI, serán revisadas anualmente y quedarán modificadas en la misma proporción en que haya variado el índice general del coste de la vida en el año precedente -conjunto nacional-, denominado Indice de Precios al Consumo (IPC), que publique el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que haga sus veces. La revisión se entenderá realizada de forma automática, sin necesidad de realizar comunicación alguna al obligado al pago, dado que las variaciones del IPC son de público y general conocimiento. Se tomará como base para cada revisión, la cantidad que el obligado al pago viniere satisfaciendo o le hubiere correspondido satisfacer en el período inmediato anterior. AGEDI se reserva la facultad de no modificar la cuantía de las tarifas consignadas en determinados epígrafes que por su significación cultural u otras causas así lo aconsejaren. 3) REDUCCION PARA ENTIDADES CULTURALES Las entidades culturales que carezcan de finalidad lucrativa, gozarán de una reducción de hasta un 25% sobre las presentes TARIFAS GENERALES, al amparo de lo que se establece en el apartado b) del número 1 del artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (R.D.L. 1/1996, de 12 de abril).

Page 3: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

INDICE RADIODIFUSION Página COMUNICACIÓN PÚBLICA Y REPRODUCCIÓN Emisión inalámbrica - Epígrafe 1. Emisoras de televisión de difusión inalámbrica ........................................................................... 1 - Epígrafe 2. Emisoras de televisión por vía inalámbrica con señal codificada ................................................ 5 Transmisión por cable - Epígrafe 3. Emisoras de televisión por cable ............................................................................................... 10 Emisión vía satélite - Epígrafe 4. Emisoras de televisión de emisión vía satélite con señal codificada ........................................... 15 - Epígrafe 5. Emisoras de televisión de emisión vía satélite con señal no codificada ...................................... 17 Servicios multicanales temáticos - Epígrafe 6. Servicios multicanales temáticos con señal codificada .............................................................. 19 - Epígrafe 7. Servicios multicanales temáticos con señal no codificada ......................................................... 20 EJECUCION PÚBLICA COMUNICACIÓN PÚBLICA HOSPEDAJE Y HOSTELERIA - Establecimientos Hoteleros ............................................................................................................... 22 - Hostales y Pensiones ......................................................................................................................... 23 - Alojamientos no Hoteleros ................................................................................................................ 24 - Bares, cafés, cafeterías, restaurantes y similares ............................................................................... 25 - Temporada ........................................................................................................................................ 26 - Bares musicales, Disco bares ............................................................................................................ 27 - Salas de baile, de fiesta, variedades, discotecas y similares ............................................................... 28 TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS - Aeropuertos ...................................................................................................................................... 29 - Estaciones de Autobuses, Ferroviarias, etc........................................................................................ 30 - Compañías Aéreas ............................................................................................................................ 31 - Compañías Ferroviarias .................................................................................................................... 32 - Compañías Marítimas ....................................................................................................................... 33 - Compañías de Autobuses .................................................................................................................. 34 SUPERFICIES COMERCIALES Y DE TRABAJO - Establecimientos Comerciales y de Servicios .................................................................................... 35 - Grandes Almacenes y otras Empresas de Gran Superficie ................................................................ 36 ACTOS ORGANIZADOS POR: - Ayuntamientos .................................................................................................................................. 37 - Asociaciones Culturales, Deportivas y Recreativas .......................................................................... 38

Page 4: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

VARIOS - Bingos ............................................................................................................................................... 39 - Recintos e Instalaciones Deportivas .................................................................................................. 40 - Parques de Ocio ................................................................................................................................ 41 - Muestras y Exposiciones................................................................................................................... 42 - Espectáculos en Teatros, Cines, Plazas de Toros, Pabellones y otros locales habilitados a tal fin .................................................................................. 43 - Desfile de Modelos ............................................................................................................................ 45 - Salas de Exhibición Cinematográfica ................................................................................................ 46 - Mítines .............................................................................................................................................. 47 - Gimnasios, Escuelas de Baile y similares .......................................................................................... 48 REPRODUCCIÓN - Reproducción para servicios de ambientación musical en lugares públicos ...................................... 49

Page 5: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

1

RADIODIFUSIÓN

EMISION INALAMBRICA EPIGRAFE 1. UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI POR EMISORAS DE TELEVISION DE DIFUSION INALAMBRICA 1. La autorización que se conceda bajo este epígrafe faculta a realizar las siguientes

operaciones con los vídeos musicales del repertorio de AGEDI:

A) En concepto de comunicación pública:

a) Emisión o difusión inalámbrica de vídeos musicales por medio de la televisión y en programas propios de la entidad.

b) Retransmisión o difusión inalámbrica, por el citado medio, de vídeos

musicales contenidos en programas emitidos lícitamente por otra entidad de televisión.

c) Transmisión por cable, de forma simultánea e íntegra y dentro del ámbito

territorial en el que se lleve a cabo la emisión, de vídeos musicales difundidos en sus propios programas por la entidad.

d) Incorporación de las emisiones de la entidad a un programa dirigido hacia

un satélite que permita la recepción de dicha emisión a través de otra entidad de televisión o de transmisión por cable, siempre que esta última entidad cuente a su vez con la autorización expresa de AGEDI.

e) Confección de copias de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por

los propios medios de la entidad y para sus propias emisiones inalámbricas, al objeto de realizar, por una sola vez, la operación prevista en el apartado a).

B) En concepto de reproducción:

a) Grabación de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por los propios medios de la entidad y para sus propias emisiones, sin limitación en cuanto al número de utilizaciones de tales grabaciones.

b) Confección de copias de las grabaciones mencionadas en el apartado

anterior para su envío por cualquier medio a otras entidades de televisión, con vistas a su sola utilización en las emisiones de las destinatarias, siempre que estas últimas entidades cuenten con la autorización expresa de AGEDI.

Page 6: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

2

2. Este epígrafe no autoriza:

a) La utilización publicitaria de los vídeos musicales, salvo aquellos respecto de los cuales haya sido autorizada expresamente tal utilización por los productores.

b) La emisión de programas, propios o retransmitidos, por medio de satélite

que permita su recepción directa.

c) La difusión por televisión de ejecuciones públicas organizadas por terceros y no exceptuadas legalmente del derecho del productor.

d) La difusión o cualquier otro tipo de explotación de los vídeos musicales del

repertorio de AGEDI a través de Internet y demás redes telemáticas.

3. El importe de las tarifas correspondientes a este epígrafe es el siguiente:

a) En concepto de derecho de comunicación pública, tarifa base:

1.- Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) ……… 16,40 euros

2.- Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) …… 24,60 euros

3.- Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. 3,26 euros

La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada millón de habitantes de cobertura o fracción.

b) En concepto de derecho de reproducción, tarifa base:

1.- Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) ……. 5,74 euros

2.- Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) … 8,62 euros

3.- Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. 1,15euros La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada millón de habitantes de cobertura o fracción.

4. Para emisoras con cobertura menor de un millón de habitantes, las tarifas serán:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

– Hasta 150.000 habitantes: Normal …. 2,47 euros Largo …… 3,68 euros Extracto … 0,48 euros

Page 7: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

3

– De 150.001 a 300.000 habitantes: Normal …. 4,93 euros

Largo …… 7,38 euros Extracto … 0,99 euros

– De 300.001 a 500.000 habitantes: Normal …. 8,21 euros Largo …… 12,32 euros Extracto … 1,65 euros

– De 500.001 a 750.000 habitantes: Normal …. 12,32 euros Largo …… 18,45 euros Extracto … 2,47 euros

– De 750.001 a 1.000.000 habitantes: Normal …. 16,40 euros Largo …… 24,60 euros Extracto … 3,26 euros

La tarifa correspondiente se aplicará por vídeo y por pase.

b) En concepto de derecho de reproducción:

– Hasta 150.000 habitantes: Normal …. 0,86 euros Largo …… 1,31 euros Extracto … 0,15 euros

– De 150.001 a 300.000 habitantes: Normal …. 1,72 euros Largo …… 2,58 euros Extracto … 0,34 euros

– De 300.001 a 500.000 habitantes: Normal …. 2,88 euros Largo …… 4,31 euros Extracto … 0,58 euros

– De 500.001 a 750.000 habitantes: Normal …. 4,31 euros Largo …… 6,48 euros Extracto … 0,86 euros

– De 750.001 a 1.000.000 habitantes: Normal …. 5,74 euros Largo …… 8,62 euros Extracto … 1,15 euros

La tarifa correspondiente se aplicará por vídeo y por pase.

5. En caso de uso intensivo de vídeos musicales, la tarifa fijada en los apartados 3. a) y

4. a) anteriores, correspondiente al derecho de comunicación pública, gozará de las siguientes bonificaciones en cada escala de utilización anual:

Nº de vídeos Bonificación

Page 8: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

4

Los 1º 1.000 0% Del 1.001 al 2.000 5% Del 2.001 al 3.000 10% Del 3.001 al 4.000 15% Del 4.001 al 5.000 20% Del 5.001 al 6.000 30% Del 6.001 al 7.000 40% Del 7.001 al 8.000 50% Del 8.001 al 9.000 60% Del 9.001 al 11.000 70% Del 11.001 al 13.000 80% Del 13.001 al 18.000 90%

6. La tarifa fijada en los apartados 3. a), 4. a) y 5 anteriores por la comunicación

pública de vídeos musicales, en horario nocturno, es decir, el comprendido entre las 24:00 horas y las 08:00 horas, tendrá un descuento del 40%.

7. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en los números 3, 4, 5 y 6

anteriores sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente por cada canal, en función de su cobertura, las siguientes cantidades:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

– Hasta 150.000 habitantes: 56,36 euros – De 150.001 a 300.000 habitantes: 84,89 euros – De 300.001 a 500.000 habitantes: 121,99 euros – De 500.001 a 750.000 habitantes: 169,09 euros – Más de 750.000 habitantes: 216,19 euros

b) En concepto de derecho de reproducción:

– Hasta 150.000 habitantes: 19,74 euros – De 150.001 a 300.000 habitantes: 29,73 euros – De 300.001 a 500.000 habitantes: 42,69 euros – De 500.001 a 750.000 habitantes: 59,19 euros – Más de 750.000 habitantes: 75,65 euros

8. En el supuesto de que la entidad obtenga ingresos adicionales como consecuencia

de la dedicatoria y/o petición de vídeos musicales, ésta vendrá obligada a abonar a AGEDI, adicionalmente a las tarifas establecidas en los números anteriores, el 15 por ciento del total de los ingresos brutos obtenidos por dicho concepto.

Page 9: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

5

EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI POR EMISORAS DE TELEVISION POR VIA INALAMBRICA CON SEÑAL CODIFICADA, EN TODA O EN PARTE DE SUS EMISIONES. 1. La autorización que se conceda bajo este epígrafe faculta a realizar las siguientes

operaciones con los vídeos musicales del repertorio de AGEDI:

A) En concepto de comunicación pública:

a) Emisión o difusión inalámbrica de vídeos musicales por medio de la televisión y en programas propios de la entidad.

b) Retransmisión o difusión inalámbrica, por el citado medio, de vídeos

musicales contenidos en programas emitidos lícitamente por otra entidad de televisión.

c) Transmisión por cable, de forma simultánea e íntegra y dentro del ámbito

territorial en el que se lleve a cabo la emisión, de vídeos musicales difundidos en sus propios programas por la entidad.

d) Incorporación de las emisiones de la entidad a un programa dirigido hacia

un satélite que permita la recepción de dicha emisión a través de otra entidad de televisión o de transmisión por cable, siempre que esta última entidad cuente a su vez con la autorización expresa de AGEDI.

e) Confección de copias de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por

los propios medios de la entidad y para sus propias emisiones inalámbricas, al objeto de realizar, por una sola vez, la operación prevista en el apartado a).

B) En concepto de reproducción:

a) Grabación de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por los propios medios de la entidad y para sus propias emisiones, sin limitación en cuanto al número de utilizaciones de tales grabaciones.

b) Confección de copias de las grabaciones mencionadas en el apartado

anterior para su envío por cualquier medio a otras entidades de televisión, con vistas a su sola utilización en las emisiones de las destinatarias, siempre que estas últimas entidades cuenten con la autorización expresa de AGEDI.

Page 10: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

6

2. Este epígrafe no autoriza:

a) La utilización publicitaria de los vídeos musicales, salvo aquellos respecto de los cuales haya sido autorizada expresamente tal utilización por los productores.

b) La emisión de programas, propios o retransmitidos, por medio de satélite

que permita su recepción directa.

c) La difusión por televisión de ejecuciones públicas organizadas por terceros y no exceptuadas legalmente del derecho del productor.

d) La difusión o cualquier otro tipo de explotación de los vídeos musicales del

repertorio de AGEDI a través de Internet y demás redes telemáticas.

3. El importe de las tarifas correspondientes a este epígrafe es el siguiente:

a) En concepto de derecho de comunicación pública, tarifa base:

1.- Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) …….…31,17 euros

2.- Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) …….46,77 euros

3.- Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. 6,25 euros

La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada 100.000 abonados o fracción.

b) En concepto de derecho de reproducción, tarifa base:

1.- Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) ……….10,93 euros

2.- Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) …….16,36 euros

3.- Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. 2,19 euros La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada 100.000 abonados o fracción.

4. Para emisoras cuyo número de abonados sea inferior a 100.000, las tarifas serán:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

– Hasta 10.000 abonados: Normal …. 3,12 euros Largo …… 4,68 euros Extracto … 0,62 euros

– De 10.001 a 20.000 abonados: Normal …. 6,24 euros Largo …… 9,35 euros

Page 11: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

7

Extracto … 1,26 euros

– De 20.001 a 30.000 abonados: Normal …. 9,35 euros Largo …… 14,04 euros Extracto … 1,85 euros

– De 30.001 a 40.000 abonados: Normal …. 12,46 euros Largo …… 18,73 euros Extracto … 2,50 euros

– De 40.001 a 50.000 abonados: Normal …. 15,58 euros Largo …… 23,39 euros Extracto … 3,12 euros

– De 50.001 a 60.000 abonados: Normal …. 18,73 euros Largo …… 27,59 euros Extracto … 3,77 euros

– De 60.001 a 70.000 abonados: Normal …. 21,83 euros Largo …… 32,73 euros Extracto … 4,37 euros

– De 70.001 a 80.000 abonados: Normal …. 24,94 euros Largo …… 37,40 euros Extracto … 4,99 euros

– De 80.001 a 90.000 abonados: Normal …. 28,07 euros Largo …… 42,10 euros Extracto … 5,63 euros

– De 90.001 a 100.000 abonados: Normal …. 31,17 euros Largo …… 46,77 euros Extracto … 7,43 euros

La tarifa correspondiente se aplicará por vídeo y por pase.

b) En concepto de derecho de reproducción:

– Hasta 10.000 abonados: Normal …. 1,08 euros Largo …… 1,65 euros Extracto … 0,24 euros

– De 10.001 a 20.000 abonados: Normal …. 2,19 euros Largo …… 3,26 euros Extracto … 0,44 euros

– De 20.001 a 30.000 abonados: Normal …. 3,26 euros Largo …… 4,91 euros Extracto … 0,64 euros

Page 12: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

8

– De 30.001 a 40.000 abonados: Normal …. 4,37 euros Largo …… 6,55 euros Extracto … 0,87 euros

– De 40.001 a 50.000 abonados: Normal …. 5,45 euros Largo …… 8,19 euros Extracto … 1,08 euros

– De 50.001 a 60.000 abonados: Normal …. 6,55 euros Largo …… 9,82 euros Extracto … 1,33 euros

– De 60.001 a 70.000 abonados: Normal …. 7,65 euros Largo …… 11,45 euros Extracto … 1,52 euros

– De 70.001 a 80.000 abonados: Normal …. 8,74 euros Largo …… 13,11 euros Extracto … 1,74 euros

– De 80.001 a 90.000 abonados: Normal …. 9,82 euros Largo …… 14,80 euros Extracto … 1,94 euros

– De 90.001 a 100.000 abonados: Normal …. 10,93 euros Largo …… 16,36 euros Extracto … 2,19 euros

La tarifa correspondiente se aplicará por vídeo y por pase.

5. En caso de uso intensivo de vídeos musicales, la tarifa fijada en los apartados 3. a) y 4. a) anteriores, correspondiente al derecho de comunicación pública, gozará de las siguientes bonificaciones en cada escala de utilización anual:

Nº de vídeos Bonificación Los 1º 1.000 0% Del 1.001 al 2.000 5% Del 2.001 al 3.000 10% Del 3.001 al 4.000 15% Del 4.001 al 5.000 20% Del 5.001 al 6.000 30% Del 6.001 al 7.000 40% Del 7.001 al 8.000 50% Del 8.001 al 9.000 60% Del 9.001 al 11.000 70% Del 11.001 al 13.000 80% Del 13.001 al 18.000 90%

Page 13: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

9

6. La tarifa fijada en los apartados 3. a), 4. a) y 5 anteriores por la comunicación

pública de vídeos musicales, en horario nocturno, es decir, el comprendido entre las 24:00 horas y las 08:00 horas, tendrá un descuento del 40%.

7. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en los números 3, 4, 5 y 6

anteriores sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente por cada canal, en función de su número de abonados, las siguientes cantidades:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

- Hasta 5.000 abonados................... 71,33 euros - De 5.001 a 10.000........................ 89,19 euros ... y así sucesivamente, añadiendo... 17,85 euros

a cada tramo de 5.000 abonados. b) En concepto de derecho de reproducción:

- Hasta 5.000 abonados................... 24,98 euros - De 5.001 a 10.000........................ 31,20 euros ... y así sucesivamente, añadiendo... 6,25 euros

a cada tramo de 5.000 abonados.

8. En el supuesto de que la entidad obtenga ingresos adicionales como consecuencia de la dedicatoria y/o petición de vídeos musicales, ésta vendrá obligada a abonar a AGEDI, adicionalmente a las tarifas establecidas en los números anteriores, el 15 por ciento del total de los ingresos brutos obtenidos por dicho concepto.

Page 14: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

10

TRANSMISION POR CABLE EPIGRAFE 3. UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI POR EMISORAS DE TELEVISION POR CABLE. 1. La autorización que se conceda bajo este epígrafe faculta a: A) La comunicación pública, por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento

análogo, de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI. Queda asimilada a la operación antes definida la comunicación pública de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI que se efectúe por vía inalámbrica, pero con destino exclusivo a los abonados a la empresa usuaria. B) En concepto de reproducción:

a) Grabación de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por los propios

medios de la entidad y para sus propias emisiones, sin limitación en cuanto al número de utilizaciones de tales grabaciones.

b) Confección de copias de las grabaciones mencionadas en el apartado

anterior para su envío por cualquier medio a otras entidades de televisión, con vistas a su sola utilización en las emisiones de las destinatarias, siempre que estas últimas entidades cuenten con la autorización expresa de AGEDI.

2. Este epígrafe no autoriza:

a) La utilización publicitaria de los vídeos musicales, salvo aquellos respecto de los cuales haya sido autorizada expresamente tal utilización por los productores.

b) La emisión de programas, propios o retransmitidos, por medio de satélite

que permita su recepción directa.

c) La difusión por televisión de ejecuciones públicas organizadas por terceros y no exceptuadas legalmente del derecho del productor.

d) La difusión o cualquier otro tipo de explotación de los vídeos musicales del

repertorio de AGEDI a través de Internet y demás redes telemáticas.

3. El importe de las tarifas correspondientes a este epígrafe es el siguiente:

a) En concepto de derecho de comunicación pública, tarifa base:

1.- Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) …….…31,17 euros

2.- Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) …….46,77 euros

Page 15: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

11

3.- Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. 6,25 euros

La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada 100.000 abonados o fracción.

b) En concepto de derecho de reproducción, tarifa base:

1.- Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) ………..10,93 euros

2.- Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) ……. 16,36 euros

3.- Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. 2,19 euros La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada 100.000 abonados o fracción.

4. Para emisoras cuyo número de abonados sea inferior a 100.000, las tarifas serán:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

– Hasta 10.000 abonados: Normal …. 3,12 euros Largo …… 4,68 euros Extracto … 0,62 euros

– De 10.001 a 20.000 abonados: Normal …. 6,24 euros Largo …… 9,35 euros Extracto … 1,26 euros

– De 20.001 a 30.000 abonados: Normal …. 9,35 euros Largo …… 14,04 euros Extracto … 1,85 euros

– De 30.001 a 40.000 abonados: Normal …. 12,46 euros Largo …… 18,73 euros Extracto … 2,50 euros

– De 40.001 a 50.000 abonados: Normal …. 15,58 euros Largo …… 23,39 euros Extracto … 3,12 euros

– De 50.001 a 60.000 abonados: Normal …. 18,73 euros Largo …… 28,07 euros Extracto … 3,77 euros

– De 60.001 a 70.000 abonados: Normal …. 21,83 euros Largo …… 32,73 euros Extracto … 4,37 euros

Page 16: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

12

– De 70.001 a 80.000 abonados: Normal …. 24,94 euros Largo …… 37,40 euros Extracto … 4,99 euros

– De 80.001 a 90.000 abonados: Normal …. 28,07 euros Largo …… 42,10 euros Extracto … 5,63 euros

– De 90.001 a 100.000 abonados: Normal …. 31,17 euros Largo …… 46,77 euros Extracto … 6,25 euros

La tarifa correspondiente se aplicará por vídeo y por pase.

b) En concepto de derecho de reproducción:

– Hasta 10.000 abonados: Normal …. 1,08 euros Largo …… 1,65 euros Extracto … 0,24 euros

– De 10.001 a 20.000 abonados: Normal …. 2,19 euros Largo …… 3,26 euros Extracto … 0,44 euros

– De 20.001 a 30.000 abonados: Normal …. 3,26 euros Largo …… 4,91 euros Extracto … 0,64 euros

– De 30.001 a 40.000 abonados: Normal …. 4,37 euros Largo …… 6,55 euros Extracto … 0,87 euros

– De 40.001 a 50.000 abonados: Normal …. 5,45 euros Largo …… 8,19 euros Extracto … 1,08 euros

– De 50.001 a 60.000 abonados: Normal …. 6,55 euros Largo …… 9,82 euros Extracto … 1,33 euros

– De 60.001 a 70.000 abonados: Normal …. 7,65 euros Largo …… 11,45 euros Extracto … 1,52 euros

– De 70.001 a 80.000 abonados: Normal …. 8,74 euros Largo …… 13,11 euros Extracto … 1,74 euros

Page 17: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

13

– De 80.001 a 90.000 abonados: Normal …. 9,82 euros Largo …… 14,76 euros Extracto … 1,94 euros

– De 90.001 a 100.000 abonados: Normal …. 10,93 euros Largo …… 16,36 euros Extracto … 2,19 euros

La tarifa correspondiente se aplicará por vídeo y por pase.

5. En caso de uso intensivo de vídeos musicales, la tarifa fijada en los apartados 3. a) y

4. a) anteriores, correspondiente al derecho de comunicación pública, gozará de las siguientes bonificaciones en cada escala de utilización anual:

Nº de vídeos Bonificación Los 1º 1.000 0% Del 1.001 al 2.000 5% Del 2.001 al 3.000 10% Del 3.001 al 4.000 15% Del 4.001 al 5.000 20% Del 5.001 al 6.000 30% Del 6.001 al 7.000 40% Del 7.001 al 8.000 50% Del 8.001 al 9.000 60% Del 9.001 al 11.000 70% Del 11.001 al 13.000 80% Del 13.001 al 18.000 90%

6. La tarifa fijada en los apartados 3. a), 4. a) y 5 anteriores por la comunicación

pública de vídeos musicales, en horario nocturno, es decir, el comprendido entre las 24:00 horas y las 08:00 horas, tendrá un descuento del 40%.

7. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en los números 3, 4, 5 y 6

anteriores sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente por cada canal, en función de su número de abonados, las siguientes cantidades:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

- Hasta 5.000 abonados................... 71,33 euros - De 5.001 a 10.000........................ 89,19 euros ... y así sucesivamente, añadiendo... 17,85 euros

a cada tramo de 5.000 abonados.

Page 18: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

14

b) En concepto de derecho de reproducción: - Hasta 5.000 abonados................... 24,98 euros - De 5.001 a 10.000........................ 31,20 euros ... y así sucesivamente, añadiendo... 6,25 euros

a cada tramo de 5.000 abonados.

8. En el supuesto de que la entidad obtenga ingresos adicionales como consecuencia

de la dedicatoria y/o petición de vídeos musicales, ésta vendrá obligada a abonar a AGEDI, adicionalmente a las tarifas establecidas en los números anteriores, el 15 por ciento el total de los ingresos brutos obtenidos por dicho concepto.

Page 19: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

15

EMISION VIA SATELITE EPIGRAFE 4. UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI POR EMISORAS DE TELEVISION DE EMISION VIA SATELITE CON SEÑAL CODIFICADA 1. La autorización que se conceda bajo este epígrafe faculta a: A) La comunicación pública de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI

mediante la radiodifusión vía satélite. B) En concepto de reproducción:

a) Grabación de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por los propios

medios de la entidad y para sus propias emisiones, sin limitación en cuanto al número de utilizaciones de tales grabaciones.

b) Confección de copias de las grabaciones mencionadas en el apartado

anterior para su envío por cualquier medio a otras entidades de televisión, con vistas a su sola utilización en las emisiones de las destinatarias, siempre que estas últimas entidades cuenten con la autorización expresa de AGEDI.

2. Este epígrafe no autoriza:

a) La utilización publicitaria de los vídeos musicales, salvo aquellos respecto de los cuales haya sido autorizada expresamente tal utilización por los productores.

b) La difusión por televisión de ejecuciones públicas organizadas por terceros y

no exceptuadas legalmente del derecho del productor. c) La difusión o cualquier otro tipo de explotación de los vídeos musicales del

repertorio de AGEDI a través de Internet y demás redes telemáticas. 3. El importe de las tarifas correspondientes a este epígrafe es el siguiente:

a) En concepto de derecho de comunicación pública, tarifa base:

1.-Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) …….… 31,17 euros

2.-Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) ……. 46,77 euros

3.-Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. …6,25 euros

La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada 100.000 abonados o fracción.

Page 20: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

16

b) En concepto de derecho de reproducción, tarifa base:

1.-Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) ……….. 10,93 euros

2.-Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) ……... 16,36 euros

3.-Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. … 2,19 euros La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada 100.000 abonados o fracción.

4. En caso de uso intensivo de vídeos musicales, la tarifa fijada en el apartado 3. a)

anterior, correspondiente al derecho de comunicación pública, gozará de las siguientes bonificaciones en cada escala de utilización anual: Nº de vídeos Bonificación Los 1º 1.000 0% Del 1.001 al 2.000 5% Del 2.001 al 3.000 10% Del 3.001 al 4.000 15% Del 4.001 al 5.000 20% Del 5.001 al 6.000 30% Del 6.001 al 7.000 40% Del 7.001 al 8.000 50% Del 8.001 al 9.000 60% Del 9.001 al 11.000 70% Del 11.001 al 13.000 80% Del 13.001 al 18.000 90%

5. La tarifa fijada en los apartados 3. a) y 4 anteriores por la comunicación pública de

vídeos musicales, en horario nocturno, es decir, el comprendido entre las 24:00 horas y las 08:00 horas, tendrá un descuento del 40%.

6. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en los números 3, 4 y 5

anteriores sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente, por cada canal, 410,24 € en concepto de derecho de comunicación pública y 143,59 € en concepto de derecho de reproducción.

7. En el supuesto de que la entidad obtenga ingresos adicionales como consecuencia

de la dedicatoria y/o petición de vídeos musicales, ésta vendrá obligada a abonar a AGEDI, adicionalmente a las tarifas establecidas en los números anteriores, el 15 por ciento del total de los ingresos brutos obtenidos por dicho concepto.

Page 21: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

17

EPIGRAFE 5. UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI POR EMISORAS DE TELEVISION DE EMISION VIA SATELITE CON SEÑAL NO CODIFICADA 1. La autorización que se conceda bajo este epígrafe faculta a: A) La comunicación pública de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI

mediante la radiodifusión vía satélite. B) En concepto de reproducción:

a) Grabación de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI por los propios

medios de la entidad y para sus propias emisiones, sin limitación en cuanto al número de utilizaciones de tales grabaciones.

b) Confección de copias de las grabaciones mencionadas en el apartado

anterior para su envío por cualquier medio a otras entidades de televisión, con vistas a su sola utilización en las emisiones de las destinatarias, siempre que estas últimas entidades cuenten con la autorización expresa de AGEDI.

2. Este epígrafe no autoriza:

a) La utilización publicitaria de los vídeos musicales, salvo aquellos respecto de los cuales haya sido autorizada expresamente tal utilización por los productores.

b) La difusión por televisión de ejecuciones públicas organizadas por terceros y

no exceptuadas legalmente del derecho del productor. c) La difusión o cualquier otro tipo de explotación de los vídeos musicales del

repertorio de AGEDI a través de Internet y demás redes telemáticas. 3. El importe de las tarifas correspondientes a este epígrafe es el siguiente:

a) En concepto de derecho de comunicación pública, tarifa base:

1.-Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) …….…..16,40 euros

2.-Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) ……...24,60 euros

3.-Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. … 3,26 euros

La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada millón de habitantes de cobertura o fracción.

Page 22: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

18

b) En concepto de derecho de reproducción, tarifa base:

1.-Vídeos musicales de duración hasta 5 minutos (normal) ………….5,74 euros

2.-Vídeos musicales de duración superior a 5 minutos (largo) ……….8,62 euros

3.-Extractos de vídeos musicales de duración no superior a 60 seg. …1,15 euros La tarifa base se aplicará por vídeo, por pase y por cada millón de habitantes de cobertura o fracción.

4. En caso de uso intensivo de vídeos musicales, la tarifa fijada en el apartado 3. a)

anterior, correspondiente al derecho de comunicación pública, gozará de las siguientes bonificaciones en cada escala de utilización anual: Nº de vídeos Bonificación Los 1º 1.000 0% Del 1.001 al 2.000 5% Del 2.001 al 3.000 10% Del 3.001 al 4.000 15% Del 4.001 al 5.000 20% Del 5.001 al 6.000 30% Del 6.001 al 7.000 40% Del 7.001 al 8.000 50% Del 8.001 al 9.000 60% Del 9.001 al 11.000 70% Del 11.001 al 13.000 80% Del 13.001 al 18.000 90%

5. La tarifa fijada en los apartados 3. a) y 4 anteriores por la comunicación pública de

vídeos musicales, en horario nocturno, es decir, el comprendido entre las 24:00 horas y las 08:00 horas, tendrá un descuento del 40%.

6. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en los números 3, 4 y 5

anteriores sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente, por cada canal de cobertura nacional, 216,19 euros en concepto de derecho de comunicación pública y 75,65 euros en concepto de derecho de reproducción.

7. En el supuesto de que la entidad obtenga ingresos adicionales como consecuencia de la dedicatoria y/o petición de vídeos musicales, ésta vendrá obligada a abonar a AGEDI, adicionalmente a las tarifas establecidas en los números anteriores, el 15 por ciento del total de los ingresos brutos obtenidos por dicho concepto.

Page 23: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

19

SERVICIOS MULTICANALES TEMATICOS EPIGRAFE 6. UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI CON SEÑAL CODIFICADA EN SERVICIOS MULTICANALES TEMATICOS 1. La autorización que se conceda para la utilización de vídeos musicales definida en

este epígrafe, faculta a la entidad a realizar la reproducción que posibilite la incorporación de los vídeos musicales a un soporte que permita la posterior comunicación pública, excluidos, en cualquier caso, los servicios interactivos o de pago por visión (“video on demand”).

2. El importe de la tarifa mensual por canal, correspondiente a este epígrafe, será de

0,089184 euros por abonado, de los que 0,039241 corresponden a la autorización del derecho de reproducción.

No obstante, en el supuesto de que la entidad obtenga ingresos adicionales como consecuencia de la dedicatoria y/o petición de vídeos musicales, ésta vendrá obligada a abonar a AGEDI, adicionalmente a la tarifa establecida en el párrafo anterior, el 15 por ciento del total de los ingresos brutos obtenidos por dicho concepto.

3. En su caso, esta tarifa comprende la remuneración que, a favor de los productores

de grabaciones audiovisuales, establece el artículo 122.2 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

4. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en el número 2 anterior sea

inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente por cada uno de los canales las siguientes cantidades:

En concepto de derecho de comunicación pública, 249,71 euros En concepto de derecho de reproducción, 196,20 euros

5. Cuando la reproducción de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI y su

comunicación pública sean efectuadas por entidades distintas, la tarifa correspondiente a la autorización por la reproducción de aquellos consistente en la confección de copias de los mismos y su expedición a las entidades mencionadas en el presente epígrafe al exclusivo objeto de su comunicación pública, será de un 25 por ciento de los ingresos brutos obtenidos mensualmente como consecuencia de la reproducción efectuada para cada canal.

No obstante, cuando entre la entidad de reproducción y la de comunicación pública existan vínculos de participación accionarial o pertenezcan ambas a un mismo grupo empresarial o una de ellas ejerza control sobre la otra, la tarifa a aplicar a la entidad que lleve a cabo la reproducción será la prevista en el apartado 2 de este epígrafe, sin perjuicio, en todo caso, de lo establecido en el párrafo 4 b) de este epígrafe.

Page 24: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

20

Page 25: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

21

EPIGRAFE 7. UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI CON SEÑAL NO CODIFICADA EN SERVICIOS MULTICANALES TEMATICOS 1. La autorización que se conceda para la utilización de vídeos musicales definida en

este epígrafe, faculta a la entidad a realizar la reproducción que posibilite la incorporación de los vídeos musicales a un soporte que permita la posterior comunicación pública.

2. El importe de la tarifa mensual por canal, correspondiente a este epígrafe, será de

un 15 por ciento del total de los ingresos brutos obtenidos mensualmente por la entidad por dicho canal, correspondiendo el 6,6 por ciento a la autorización por el derecho de reproducción y el restante 8,4 por ciento al derecho de comunicación pública.

3. Para emisiones de ámbito local o autonómico, cuando el resultado de la aplicación

de lo dispuesto en el número 2 anterior sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la entidad deberá abonar mensualmente, en función de su cobertura, las siguientes cantidades por cada uno de los canales:

a) En concepto de derecho de comunicación pública:

Hasta 150.000 habitantes: 197,27 euros De 150.001 a 300.000 habitantes: 297,15 euros De 300.001 a 500.000 habitantes: 427,01 euros De 500.001 a 750.000 habitantes: 591,82 euros De 750.001 a 1.000.000 habitantes: 756,61 euros De 1.000.001 a 2.000.000 habitantes: 1.513,26 euros De 2.000.001 a 3.000.000 habitantes: 2.269,88 euros Más de 3.000.000 habitantes: 3.026,51 euros

b) En concepto de derecho de reproducción:

Hasta 150.000 habitantes: 155,00 euros De 150.001 a 300.000 habitantes: 233,48 euros De 300.001 a 500.000 habitantes: 335,50 euros De 500.001 a 750.000 habitantes: 465,01 euros De 750.001 a 1.000.000 habitantes: 594,48 euros De 1.000.001 a 2.000.000 habitantes: 1.188,98 euros De 2.000.001 a 3.000.000 habitantes: 1.783,46 euros Más de 3.000.000 habitantes: 2.377,96 euros

4. Para emisiones de ámbito nacional, cuando el resultado de la aplicación para un

determinado mes de lo dispuesto en el número 2 anterior sea inferior a 6.053,00 euros en concepto de derecho de comunicación pública y 4.755,92 euros en concepto de derecho de reproducción, la entidad deberá abonar dichas cantidades en concepto de tarifa mínima mensual.

5. Cuando la reproducción de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI y su

Page 26: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

22

comunicación pública sean efectuadas por entidades distintas, la tarifa correspondiente a la autorización por la reproducción de aquellos consistente en la confección de copias de los mismos y su expedición a las entidades mencionadas en el presente epígrafe al exclusivo objeto de su comunicación pública, será de un 25 por ciento de los ingresos brutos obtenidos mensualmente como consecuencia de la reproducción efectuada para cada canal.

No obstante, cuando entre la entidad de reproducción y la de comunicación pública existan vínculos de participación accionarial o pertenezcan ambas a un mismo grupo empresarial o una de ellas ejerza control sobre la otra, la tarifa a aplicar a la entidad que lleve a cabo la reproducción será la prevista en el apartado 2 de este epígrafe, es decir, el 6,6 por ciento de los ingresos brutos que obtenga la entidad que haga la comunicación pública por cada canal, sin perjuicio, en todo caso, de lo establecido en el párrafo 3 b) de este epígrafe.

Page 27: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

23

EJECUCIÓN PÚBLICA

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

H O T E L E S T A R I F A S M E N S U A L E S Categorías * ** *** **** *****

Hasta 50 habitaciones ..... 33,35 € 33,35 € 40,04 € 46,71 € 53,37 € Por cada 25 habitaciones más o fracción.................... 3,32 € 3,32 € 4,00 € 4,67 € 5,33 €

Las presentes tarifas serán también de aplicación en Sanatorios, Clínicas y establecimientos similares, siendo equiparados estos establecimientos a hoteles de tres estrellas. Igualmente, a los efectos de la aplicación de estas tarifas, los establecimientos que se reseñan a continuación tendrán la siguiente equiparación:

Hoteles-Apartamentos Lujo ..... Hotel de 4 estrellas Hoteles-Apartamentos de 1ª..... Hotel de 3 estrellas Hoteles-Apartamentos de 2ª..... Hotel de 2 estrellas Hoteles-Apartamentos de 3ª..... Hotel de 1 estrella

Moteles de 1ª ................. Hotel de 3 estrellas Moteles de 2ª ................. Hotel de 2 estrellas Moteles de 3ª ................. Hotel de 1 estrella

Las presentes tarifas generales no cubren la utilización de los videos musicales del repertorio de AGEDI en servicios que tengan un precio independiente del precio de las habitaciones. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 28: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

24

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN HOSTALES Y PENSIONES Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen Con independencia de la categoría, el importe será de 33,35 € por cada mes o fracción. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 29: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

25

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ALOJAMIENTOS TURISTICOS NO HOTELEROS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

CAMPINGS TARIFAS MENSUALES Categorías 3ª 2ª 1ª Lujo

33,35 € 33,35 € 40,04 € 53,37 € Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 30: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

26

TARIFA POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN BARES, CAFES, CAFETERIAS, TABERNAS, RESTAURANTES Y SIMILARES I. Utilización con carácter secundario e incidental (1) Utilización de vídeos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen ....................................................... 15,91 € / mes II. Utilización con carácter necesario (2) Utilización de vídeos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen ........................... 31,80 € / mes (1) A efectos de la presente tarifa se entenderá por "secundario e incidental" todo uso del repertorio que, de cesar, no altera la naturaleza del establecimiento ni de su actividad. (2) A efectos de la presente tarifa se entenderá por "ambientación de carácter necesario" todo el uso del repertorio que, de cesar, altera la naturaleza del establecimiento y de su modo de explotación. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 31: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

27

TARIFA DE TEMPORADA PARA LA COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN BARES, CAFES, CAFETERIAS, TABERNAS, RESTAURANTES Y SIMILARES Utilización de vídeos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen ............................................ 63,61 € / temporada La presente tarifa sólo será de aplicación a locales que tengan actividad, ininterrumpidamente, durante un período máximo de cuatro de cada doce meses consecutivos. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 32: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

28

TARIFA PARA LA COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VÍDEOS MUSICALES EN BARES MUSICALES, DISCO-BARES, BARES DE COPAS, DISCO-PUBS Y, EN GENERAL, BARES ESPECIALES, SIEMPRE QUE NO SE CELEBREN BAILES NI SE DISPONGA DE ESPACIO HABILITADO A TAL EFECTO Utilización de vídeos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen .......................................................... 31,80 € / mes Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 33: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

29

UTILIZACION POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VÍDEOS MUSICALES EN SALAS DE FIESTA, DISCOTECAS, TABLAOS FLAMENCOS, SALAS DE VARIEDADES, Y ESTABLECIMIENTOS DE ANALOGA NATURALEZA. La autorización que se conceda bajo este epígrafe faculta al usuario a la comunicación pública, dentro del local o establecimiento para el que se haya solicitado la autorización, de los vídeos musicales de AGEDI. Las tarifas a aplicar son las siguientes:

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

POR CADA APARATO 1. Utilización de vídeos musicales de AGEDI por medio de aparato reproductor de televisión ...............

33,35 €/mes

2. Utilización de vídeos musicales de AGEDI por medio de pantalla gigante, “video-wall” o similar ....

200,20 €/mes

Page 34: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

30

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN AEROPUERTOS Para la fijación de las categorías de los aeropuertos se estará a la clasificación de aeropuertos que en cada momento establezca el ministerio correspondiente y que en la actualidad se contiene en la orden ministerial 1416 del 26 de junio de 1978 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (B.O. del Estado 30 de Junio de 1978). Las presentes tarifas se entienden exclusivamente para la utilización de vídeos musicales administrados por AGEDI en el área destinada al público, quedando exceptuadas, por tanto, aquellas dependencias que estén clasificadas como establecimientos comerciales independientes. Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

TARIFA MENSUAL Por cada aparato .................... 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 35: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

31

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ESTACIONES DE AUTOBUSES, FERROVIARIAS, MARITIMAS Y DE TRANSPORTES COLECTIVOS Las presentes tarifas se entienden exclusivamente para la utilización de vídeos musicales administrado por AGEDI, en el área destinada al público, quedando exceptuadas, por tanto, aquellas dependencias que estén clasificadas como establecimientos comerciales independientes. Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

TARIFA MENSUAL Por cada aparato ................ 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 36: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

32

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN COMPAÑIAS AEREAS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

TARIFA POR MES O FRACCION Por cada avión en servicio............. 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 37: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

33

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN COMPAÑIAS FERROVIARIAS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

TARIFA POR MES O FRACCION Por cada coche o vagón .............. 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 38: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

34

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN COMPAÑIAS MARITIMAS I. BUQUES DESTINADOS AL TRANSPORTE DE VIAJEROS EN ITINERARIOS REGULARES Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. TARIFA POR MES O FRACCION Por cada aparato instalado en las zonas de uso común de los pasajeros................ 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales. II. BUQUES DESTINADOS A CRUCEROS TURISTICOS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. TARIFA POR MES O FRACCION Hasta 50 camarotes .................. 46,71 € Por cada 25 camarotes más o fracción ………………………. 4,67 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 39: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

35

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN VEHICULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA EN LINEAS REGULARES O DISCRECIONALES. Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. TARIFA POR MES O FRACCION Por cada vehículo ................... 14,72 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 40: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

36

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS NO INCLUIDOS EN EL SECTOR DE HOSTELERIA

Utilización de vídeos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. SUPERFICIE DEL ESTABLECIMIENTO

TARIFA MENSUAL

Hasta 200 m2 .......................................... 33,35 € De 201 a 500 m2 ..................................... 40,04 € De 501 a 1000 m2 ................................... 46,71 € De 1.001 a 2.000 m2 ............................... 53,37 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 41: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

37

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN GRANDES ALMACENES Y OTRAS EMPRESAS DE GRAN SUPERFICIES Utilización de vídeos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen Por cada establecimiento de la empresa cuya superficie sea superior a 2.000 m2, la tarifa mensual será de 59,44 euros. Para establecimientos de menor superficie, las tarifas a aplicar serán las establecidas en el epígrafe “Establecimientos comerciales y de servicios no incluidos en el sector de hostelería” de estas tarifas. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 42: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

38

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN FESTEJOS ORGANIZADOS POR AYUNTAMIENTOS, SIEMPRE QUE SE CELEBREN EN LA VIA PUBLICA O AL AIRE LIBRE, SEAN GRATUITOS Y LOS ACTUANTES NO PERCIBAN CONTRAPRESTACION ECONOMICA

Las presentes tarifas serán de aplicación igualmente en los actos organizados por Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales, Comisiones de Festejos, Asociaciones y Comunidades de vecinos, Colegios Universitarios, Colegios Mayores, Universidades, Casas de Cultura, Fundaciones y Cajas de Ahorro. Utilización de videos musicales mediante aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

TARIFA POR ACTO En municipios de hasta 500 habitantes........... 33,35 € De 501 a 1.000 habitantes.............................. 40,04 € De 1001 a 3.000 habitantes............................. 46,71 € De 3001 a 15.000 habitantes……………....... 53,37 € De más de 15.000 habitantes……………….. 60,08 €

En todas las capitales de provincia la tarifa a aplicar será de 105,35 €. Cuando estos actos gratuitos sean patrocinados por firmas o empresas con fines comerciales o publicitarios, serán de aplicación las anteriores tarifas incrementadas en un 100%. Para cualquier utilización de vídeos musicales administrado por AGEDI distinta de la aquí contemplada, se deberá satisfacer la tarifa establecida en su epígrafe correspondiente, haciendo mención expresa a las recogidas en el epígrafe “Espectáculos en teatros, cines, plazas de toros, pabellones deportivos, y cualesquiera otros recintos que se habiliten para tal fin”. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 43: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

39

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ASOCIACIONES DE CARACTER CULTURAL, DEPORTIVO Y/O RECREATIVO Y OTRAS DE ANALOGA NATURALEZA

Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. NUMERO DE SOCIOS TARIFA MENSUAL Hasta 300 socios..................................... 33,35 € De 301 a 600 .......................................... 40,04 € De 601 a 1.000 ....................................... 46,71 € De 1.001 en adelante .............................. 53,37 €

Esta tarifa se entiende de aplicación únicamente cuando la utilización del derecho se efectúe en la sede del domicilio social. Caso de celebrarse en locales públicos, se estará a la tarifa que para estos corresponda, según la modalidad. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 44: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

40

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN BINGOS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen.

BINGOS TARIFAS MENSUALES Categoría Especial A Especial B 1ª 2ª 3ª

76,77 € 66,75 € 53,37 € 46,71 € 33,35 €

La clasificación por categorías y aforos se determinará de conformidad con la autorización otorgada por el Ministerio del Interior, ratificada por la Delegación del Gobierno correspondiente.

Categoría Especial A: Aforo superior a 1.000 jugadores. Categoría Especial B: Aforo de 601 a 1.000 jugadores. Categoría Primera: Aforo de 251 a 600 jugadores. Categoría Segunda: Aforo de 101 a 250 jugadores. Categoría Tercera: Aforo hasta 100 jugadores.

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 45: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

41

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN RECINTOS E INSTALACIONES DONDE SE CELEBREN PRUEBAS O COMPETICIONES DEPORTIVAS Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. Recintos con capacidad hasta de 5.000 espectadores…………………………………... 100,09 € De 5.001 a 20.000 espectadores................................... 120,15 € De 20.001 a 50.000 espectadores................................. 140,14 € De 50.001 en adelante.................................................. 160,14 €

Las presentes tarifas se entienden exclusivamente por amenizaciones musicales. Si se utilizasen vídeos musicales administrado por AGEDI para la celebración esporádica de bailes o como parte integrante de un espectáculo, Empresa deberá satisfacer la tarifa establecida en el epígrafe “Espectáculos en teatros, cines, plazas de toros, pabellones deportivos y cualesquiera otros recintos o espacios que se habiliten para tal fin”.

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 46: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

42

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN PARQUES DE OCIO Tarifa aplicable a Parques acuáticos, Parques de Atracciones, Parques Temáticos y negocios de análoga naturaleza. Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. TARIFA MENSUAL Por cada aparato ................ 33,35 €

La presente tarifa se entiende exclusivamente por amenizaciones musicales. Si se utilizasen vídeos musicales administrado por AGEDI para baile, Empresa satisfará la tarifa que corresponda por Sala de Baile o Sala de Fiestas. De igual forma, si se utilizasen vídeos musicales administrados por AGEDI como parte integrante de un espectáculo, Empresa satisfará la tarifa establecida en el epígrafe “Espectáculos en teatros, cines, plazas de toros, pabellones deportivos, y cualesquiera otros recintos que se habiliten para tal fin”. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 47: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

43

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN MUESTRAS Y EXPOSICIONES INDUSTRIALES, COMERCIALES, AGRARIAS Y OTRAS DE ANALOGA NATURALEZA. Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. TARIFA MENSUAL Por cada aparato y mes o fracción. 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 48: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

44

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ESPECTACULOS EN TEATROS, CINES, PLAZAS DE TOROS, PABELLONES DEPORTIVOS Y CUALESQUIERA OTROS RECINTOS O ESPACIOS QUE SE HABILITEN PARA TAL FIN 1. Utilización de videos musicales en el interior o exterior del recinto.

Por el uso de vídeos musicales en esta modalidad antes, en los intermedios o al final de las representaciones o actuaciones, se abonará el 0,2% de los ingresos obtenidos en taquilla, previa deducción del IVA.

2. Celebración esporádica de bailes.

Por la utilización de vídeos musicales de AGEDI en bailes celebrados con carácter esporádico, tales como los que tengan lugar en la noche de fin de año, noche de Reyes y similares, se abonará el 2,5% de los ingresos obtenidos en taquilla, por cada baile, previa deducción del IVA. Los bailes-cena satisfarán el 1% sobre los ingresos brutos obtenidos por entradas, cubiertos y consumiciones, previa deducción del IVA.

3. Utilización de vídeos musicales de AGEDI como parte de un espectáculo.

Por la utilización de vídeos musicales de AGEDI como parte integrante de un espectáculo, se abonará: a) En concepto de derecho de comunicación pública, el 3,5% de los ingresos

obtenidos en taquilla, por cada espectáculo que se celebre, previa deducción del IVA.

b) En concepto de derecho de reproducción, el 1,2% sobre la misma base expresada en la letra a) anterior.

Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en los apartados a) y b) anteriores sea inferior a las cantidades que a continuación se indican, la empresa usuaria deberá abonar, por cada representación, 61,80 euros en concepto de derecho de comunicación pública y 21,74 euros en concepto de derecho de reproducción.

No obstante, en el caso de representaciones puramente teatrales en las que la utilización de vídeos musicales tenga un carácter distinto del establecido anteriormente, la tarifa a aplicar por el derecho de comunicación pública será del 1% de los ingresos obtenidos en taquilla, por cada espectáculo que se celebre, previa deducción del IVA. Cuando el resultado de la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior sea inferior a la cantidad que a continuación se indica, la empresa usuaria deberá abonar, por cada representación, 17,41 euros en concepto de derecho de comunicación pública.

Page 49: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

45

Con carácter general: - En relación con los ingresos obtenidos en taquilla, en el caso de venta de abonos que

den derecho a presenciar varios espectáculos, se computará como ingresos de cada uno de ellos la parte proporcional de los ingresos obtenidos, dividiendo el precio individual de cada abono por el número de espectáculos incluidos en el mismo.

- Si por cualquier circunstancia AGEDI no pudiera disponer del importe de los ingresos

mencionados en el apartado correspondiente, la tarifa se aplicará sobre el número de personas asistentes o, en su defecto, sobre el aforo concedido que figure en la licencia de autorización pertinente, tomando como base el precio individual de una entrada, previa deducción del IVA.

- Cuando los espectáculos se celebren con acceso gratuito del público y no condicionado

a exigencia previa alguna o cuando rijan precios de taquilla bonificados, subvencionados o notoriamente distanciados de los que habitualmente rijan en el mercado para espectáculos análogos, la tarifa se calculará mediante la aplicación del porcentaje correspondiente sobre el presupuesto de gastos necesarios para la celebración de dichos espectáculos.

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 50: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

46

DESFILES DE MODELOS EN CUALQUIER CLASE DE LOCALES Utilización de vídeos musicales musical administrado por AGEDI en pases de modelos. SUPERFICIE DEL LOCAL DESTINADO AL PASE DE MODELOS TARIFA POR SESION Hasta 200 m2 .............................................. 30,33 € De 201 a 500 m2.......................................... 45,48 € De 501 m2 en adelante .............................. 60,70 €

A los efectos de esta tarifa, cualquier tipo de intermedio o pausa entre desfiles dará lugar al comienzo de una nueva sesión. Cualquier intervención artística ajena al propio pase de modelos, se tarifará independientemente de acuerdo con la modalidad que corresponda. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 51: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

47

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN SALAS DE EXHIBICION CINEMATOGRAFICA

Utilización de videos musicales por medio de aparato mecánico o electrónico reproductor de imagen. TARIFA MENSUAL Por cada aparato y mes o fracción. 33,35 €

Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 52: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

48

TARIFAS POR COMUNICACIÓN PÚBLICA DE VIDEOS MUSICALES EN ESPECTACULOS QUE TENGAN LUGAR DURANTE LA CELEBRACION DE MITINES Y ACTOS POLITICOS La tarifa a aplicar para estos específicos espectáculos, independientemente de su duración y lugar de celebración será de acuerdo con la siguiente escala.

TARIFA POR ACTO

En poblaciones de hasta 3.000 habitantes.......................................... 12,16 euros De 3.001 a 15.000 habitantes............................................................. 18,18 euros De más de 15.000 habitantes.............................................................. 24,26 euros En todas las capitales de provincia la tarifa a aplicar será de 30,33 euros por acto. Las fiestas organizadas por partidos políticos quedan excluidas de este epígrafe, y serán tarifadas en cada caso de acuerdo con la modalidad que corresponda. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 53: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

49

TARIFAS PARA LA UTILIZACION DEL REPERTORIO DE AGEDI CON CARÁCTER NECESARIO EN GIMNASIOS, ESCUELAS DE BAILE Y OTROS ESTABLECIMIENTOS DE ANALOGA NATURALEZA

Utilización del repertorio musical en actividades tales como clases de baile, aerobic, gym jazz, etc.

SUPERFICIE DESTINADA A ESTAS UTILIZACIONES TARIFA MENSUAL

Hasta 50 m2 .............................................. 32,33 euros De 50 a 100 m2......................................... 54,95 euros De 100 a 150 m2....................................... 71,43 euros De 150 a 200 m2....................................... 87,95 euros De 200 a 250 m2....................................... 104,43 euros Por cada 50 m2 o fracción adicionales ......... 16,13 euros Por utilización de videos musicales con carácter secundario en otras zonas de estos establecimientos se deberá satisfacer, con independencia de esta tarifa, la establecida para “Establecimientos comerciales y de servicios no incluidos en el sector de hostelería”. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe se revisarán conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.

Page 54: Tarifas Generales para la Utilización de Vídeos Musicales ...€¦ · TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013 5 EPIGRAFE 2: UTILIZACION DE LOS VIDEOS MUSICALES DEL REPERTORIO DE AGEDI

TARIFAS AGEDI VIDEOS MUSICALES 2013

50

REPRODUCCIÓN

REPRODUCCION PARA SERVICIOS DE AMBIENTACION MUSICAL EN LUGARES PUBLICOS

1. La tarifa correspondiente a la autorización exclusivamente por el derecho de

reproducción consistente en la confección de copias de los vídeos musicales del repertorio de AGEDI con vistas a ofrecer un servicio de ambientación musical en lugares públicos, adaptado a las necesidades de las empresas usuarias de dicho servicio, será la siguiente.

1.1. Por cada video musical almacenado en la base datos central a partir de la cual se

obtienen las copias necesarias para la prestación del servicio, se abonarán 0,75 € por vídeo musical almacenado y por año.

1.2. Tanto por la carga inicial de vídeos musicales que se efectúe en el terminal que se

instala en el lugar público, como por cada actualización periódica de los vídeos musicales almacenados en dicho terminal, se abonará:

a) Para terminales instalados en los lugares públicos que contengan menos de 350

vídeos musicales almacenados, el 14,5% del total de los ingresos brutos mensuales que obtenga la empresa por la prestación del servicio.

b) Para terminales instalados en los lugares públicos que contengan 350 o más

vídeos musicales almacenados, el 17,5% del total de los ingresos brutos mensuales que obtenga la empresa por la prestación del servicio.

1.3. La aplicación de lo dispuesto en el apartado 1.2 anterior no podrá suponer, en

ningún caso, una tarifa mensual inferior a

a) 6,43 € por establecimiento con menos de 350 vídeos musicales almacenados en el terminal instalado, y

b) 14,21 € por establecimiento con 350 o más vídeos musicales almacenados en

el terminal instalado.

1.4. De forma análoga, las tarifas establecidas en este apartado se aplicarán a servicios de ambientación musical en los que se utilicen soportes físicos para la prestación del servicio.

2. La empresa que realice la reproducción deberá cumplir los requisitos que se estimen

oportunos a fin de evitar cualquier uso de los vídeos musicales distinto del contemplado en este epígrafe.

3. Las tarifas de tanto alzado previstas en este epígrafe, que antecede se revisarán

conforme al IPC general nacional, de acuerdo con lo previsto en el Preámbulo de estas Tarifas Generales.