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~so[ución Jefatura[ N1' Q 9 _ 2 0 1 7 -MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGEO Lima, ; 04 MAYO 2017 Visto, el Informe 467-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-OAJ, el Memorándum Nº 2844-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, el Informe 232-2017- MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEP-MARG y el Informe Nº 025-2017-MINEDUNMGI- PRONIED-UGEO-EEP/DEAR; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 publicado en el diario oficial El Peruano el 1 O de enero de 2009, se creó el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Públicas Educativas Emblemáticas y Centenarias, autorizando al Ministerio de Educación a realizar contrataciones directas para la elaboración de expedientes técnicos, adquisición de bienes, servicios, ejecución de obras, consultorías y supervisión necesarias para la rehabilitación, remodelación y equipamiento de las instituciones educativas correspondientes a los colegios emblemáticos y centenarios del país; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0318-2010-ED, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 octubre de 201 O, se incorporan Instituciones Educativas Públicas al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, entre las cuales se encuentra la I.E. 16449 Eloy Soberon Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San Ignacio - Cajamarca; Que, con fecha 29 de marzo de 2012, el Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en adelante la Entidad, y el señor ODICIO ASA YAC NIXON FRANKLIN, en adelante el Revisor, suscribieron el Contrato ::s.,,..t- ---:9-'" º 0101-2012-ME/SG-OGA-UA-APS, derivado del Proceso Especial Nº 011-2012-ED/UE 108, para la: "Consultoría para la revisión de los expedientes técnicos de 08 IE emblemáticas, incluidas en la RM 318-2010-ED, según región siguiente: Cajamarca (08 IE): Zona 08" dentro de las cuales se encuentra incluida la I.E. Nº 16449 Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San Ignacio - Cajamarca; por el monto de S/ 715 848,75 (Setecientos Quince Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 75/100 Soles), y un plazo de ejecución de acuerdo a lo estipulado en los términos de referencia; Que, con fecha 14 de junio de 2012, la Entidad y el CONSORCIO CAJAMARCA, conformado por el señor MIGUEL DANTE CALVO MENDEZ y la empresa GUEVARA SANTILLAN INGENIEROS S.R.L., en adelante el Contratista, suscribieron el COJ1trato Nº 192-2012-ME/SG-OGA-UA-APS, derivado del Proceso Especial Nº 0020-2012- ED/UE 108, para la "Elaboración de Expediente Técnico para la Adecuación, Mejoramiento, Sustiiución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Nº 16449, Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San

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  • ~so[ución Jefatura[ N1' Q 9 _ 2 0 1 7 -MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGEO

    Lima, ; 0 4 MAYO 2017

    Visto, el Informe Nº 467-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-OAJ, el Memorándum Nº 2844-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, el Informe Nº 232-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEP-MARG y el Informe Nº 025-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEP/DEAR;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 publicado en el diario oficial El Peruano el 1 O de enero de 2009, se creó el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Públicas Educativas Emblemáticas y Centenarias, autorizando al Ministerio de Educación a realizar contrataciones directas para la elaboración de expedientes técnicos, adquisición de bienes, servicios, ejecución de obras, consultorías y supervisión necesarias para la rehabilitación, remodelación y equipamiento de las instituciones educativas correspondientes a los colegios emblemáticos y centenarios del país;

    Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0318-2010-ED, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 octubre de 201 O, se incorporan Instituciones Educativas Públicas al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, entre las cuales se encuentra la I.E. 16449 Eloy Soberon Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San Ignacio - Cajamarca;

    Que, con fecha 29 de marzo de 2012, el Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en adelante la Entidad, y el señor ODICIO ASA YAC NIXON FRANKLIN, en adelante el Revisor, suscribieron el Contrato

    ::s.,,..t----:9-'"º 0101-2012-ME/SG-OGA-UA-APS, derivado del Proceso Especial Nº 011-2012-ED/UE 108, para la: "Consultoría para la revisión de los expedientes técnicos de 08 IE emblemáticas, incluidas en la RM 318-2010-ED, según región siguiente: Cajamarca (08 IE): Zona 08" dentro de las cuales se encuentra incluida la I.E. Nº 16449 Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San Ignacio - Cajamarca; por el monto de S/ 715 848,75 (Setecientos Quince Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho con 75/100 Soles), y un plazo de ejecución de acuerdo a lo estipulado en los términos de referencia;

    Que, con fecha 14 de junio de 2012, la Entidad y el CONSORCIO CAJAMARCA, conformado por el señor MIGUEL DANTE CALVO MENDEZ y la empresa GUEVARA SANTILLAN INGENIEROS S.R.L., en adelante el Contratista, suscribieron el COJ1trato Nº 192-2012-ME/SG-OGA-UA-APS, derivado del Proceso Especial Nº 0020-2012-ED/UE 108, para la "Elaboración de Expediente Técnico para la Adecuación, Mejoramiento, Sustiiución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Nº 16449, Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San

  • Ignacio - Cajamarca", por el monto de S/ 396 873,00 (Trescientos Noventa y Seis Mil Ochocientos Setenta y Tres con 00/100 Soles), y un plazo de prestación del servicio de ciento cinco (105) días calendario;

    Que, mediante Carta S/N, recibida por la Entidad el 16 de julio de 2012, el Contratista presentó el primer entregable, correspondiente al Anteproyecto Arquitectónico y Estudios Básicos;

    Que, a través del Oficio Nº 10083-2012-MINEDUNMGI-OINFE, recibido por el Contratista el 26 de diciembre de 2012, la Entidad en mérito del Informe Nº 1087-2012-MENMGI-OINFE-USOM-EP-PROYECTOS-APC, del Área de Estudios y Proyectos, le otorgó la conformidad correspondiente al primer entregable

    Que, mediante Documento C-12-2013-CJ, recibido por la Entidad el 14 de febrero de 2013, el Contratista presentó el segundo entregable, correspondiente al Proyecto a nivel de especialidades: Arquitectura, Estructuras Instalaciones Eléctricas e Instalaciones Sanitarias del Expediente Técnico acotado;

    Que, a través del Oficio Nº 10114-2013-MINEDUNMGI-OINFE, recibido por el Contratista el 12 de noviembre de 2013, la Entidad en mérito del Informe Nº 962-2013-MINEDUNMGI-OINFE-EP-PROYECTOS-ML YM, del Área de Estudios y Proyectos, le otorgó la conformidad correspondiente al segundo entregable;

    Que, mediante Carta Nº 002-2014, recibida por la Entidad el 29 de enero de 2014, el Contratista presentó el tercer entregable concerniente al expediente técnico completo, según los términos de referencia;

    Que, a través del Oficio Nº 3772-2014-MINEDUNMGI-OINFE, recibido por el Contratista el 24 de junio de 2014, la Entidad en virtud del Informe Nº 547-2014-MINEDUNMGI-OINFE-EP-PROYECTOS-MJS, del Área de Estudios y Proyectos, le otorgó la conformidad correspondiente al tercer entregable;

    Que, mediante Carta Nº 010-2014-NOA-CONSULTOR-ITEM 01-G.04, recibida por la Entidad el 10 de julio de 2014, el Contratista presentó el cuarto entregable, correspondiente a la presentación final del expediente técnico definitivo;

    Que, a través del Oficio Nº 539-2014-MINEDUNMGI-PRONIED, recibido por el Contratista el 06 de octubre de 2014, la Entidad en mérito del Informe Nº 015-2014-

    INEDUNMGI-PRONIED-UGEO-UEPR-MYM, del Equipo de Estudios y Proyectos le otorgó la conformidad correspondiente al cuarto entregable;

    Que, con Documento GW- 499-2015, de fecha 18 de agosto de 2015, el concesionario Electro Oriente, otorgo la conformidad técnica del proyecto Nº 17-2015 · relacionada al "Sistema de Utilización de Media Tensión 22,9kv- 30 - Institución Educativa Eloy Soberón - San Ignacio";

    Que, mediante el Oficio Nº 866-2015-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEP, de fecha 28 de agosto de 2015, se remite el expediente al -Equipo de Ingeniería y Obras, para la verificación de compatibilidad y control de calidad de la documentación técnica;

    Que, a través del Memorándum Múltiple Nº 065-2015-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO, de fecha 26 de noviembre de 2015, la Unidad Gerencial de Estudios y

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  • . Que, a través del Informe Nº 232-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-UGEO-EEP-MARG del 03 de mayo de 2017, que cuenta con la conformidad de la Coordinadora del Equipo de Estudios y Proyectos, la Especialista de dicho Equipo, concluyó que el expediente Técnico para la "Adecuación, Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Nº 16449 Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - Cajamarca", se encuentra conforme, obteniendo un valor referencial de S/ 30 292 985,83 (Treinta Millones Doscientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ochenta y Cinco con 83/100 Soles), con precios unitarios vigentes al 31 de enero de 2017, y con un plazo de ejecución de cuatrocientos veinte (420) días calendario, por otro lado; indicó que el proyecto se desarrollará dentro del polígono incluido dentro del perímetro inscrito según lo informado por la DISAFIL;

    Que, a través del Memorándum Nº 2844-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-. UGEO, recibido por la Oficina de Asesoría Jurídica el 03 de mayo de 2017, el Jefe de la

    Unidad Gerencial de Estudios y Obras, otorgó la conformidad a lo informado por el Equipo de Estudios y Proyectos, por lo que solicitó la aprobación del Expediente Técnico indicado, por un valor referencial de S/ 30 292 985,83 (Treinta Millones Doscientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ochenta y Cinco con 83/100 Soles), con precios unitarios vigentes al 31 de enero de 2017, y con un plazo de ejecución de cuatrocientos veinte (420) días calendario;

    Que, mediante Informe Nº 467-2017-MINEDUNMGI-PRONIED-OAJ de fecha 04 de mayo de 2017, la Oficina de Asesoría Jurídica, luego de la revisión y análisis del expediente y de conformidad con lo informado por la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, en aplicación del artículo 16° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 12º de su Reglamento, recomendó aprobar el Expediente Técnico: "Elaboración de Expediente Técnico para la Adecuación, Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Nº 16449 Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio - San Ignacio - Cajamarca, por un valor referencial de S/ 30 292 985,83 (Treinta Millones Doscientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ochenta y Cinco con 83/100 Soles), con precios unitarios vigentes al 31 de enero de 2017, y con un plazo de ejecución de cuatrocientos veinte (420) días calendario;

    Que, el artículo 16° de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1341, establece que: "El área usuaria requiere los bienes, servicios u obras a contratar, siendo responsable de formular las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico, respectivamente, además de justificar la finalidad pública de la contratación. Los bienes, servicios u obras que se requieran deben estar orientados al cumplimiento de las funciones de la Entidad. Las especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico deben formularse de forma objetiva y precisa por el área usuaria; alternativamente pueden ser formulados por el órgano a cargo de las contrataciones y aprobados por el área usuaria. Dichas especificaciones técnicas, términos de referencia o expediente técnico deben proporcionar acceso al proceso de contratación en condiciones de igualdad y no tienen por efecto la creación de obstáculos ni direccionamiento que perjudiquen la competencia en el mismo. Salvo las excepciones previstas en el reglamento, en el requerimiento no se hace referencia a una fabricación o una procedencia determinada, o a un procedimiento concreto que caracterice a los bienes o servicios ofrecidos por un proveedor determinado, o a marcas, patentes o tipos, o a un origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertos proveedores o ciertos productos':·

    Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, y modificada con Decreto Supremo Nº 056-2017-EF establece: "(. . .) En el caso de ejecución y consultoría de obras, el valor referencial para convocar el procedimiento de selección no puede tener una antigüedad

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    CR,fso[ución Jefatura[ Nº Q -MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGEO

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    mayor a los seis (6) meses, contados a partir de la fecha de determinación del presupuesto de obra o del presupuesto de consultoría de obra, según corresponda, pudiendo actualizarse antes de la convocatoria. (. . .) En la contratación para la ejecución de obras, corresponde al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Técnico de Obra aprobado por la Entidad. Para obtener dicho monto, la dependencia de la Entidad o el consultor de obra que tiene a su cargo la elaboración del expediente técnico debe realizar las indagaciones de mercado necesarias que le permitan contar con el análisis de precios unitarios actualizado por cada partida y subpartida, teniendo en cuenta los insumos requeridos, las cantidades, precios o tarifas; además de los gastos generales variables y fijos así como la utilidad. El presupuesto de obra debe estar suscrito por los consultores de obra y/o servidores públicos que participaron en su elaboración, evaluación y/o aprobación, según corresponda. (. . .)";

    Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED, el cual depende del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación y asume la Unidad Ejecutora 108 del pliego 01 O Ministerio de Educación;

    Que, mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, de fecha 13 de enero de 2016, se aprobó el Manual de Operaciones del PRONIED, a través del cual se reguló la organización de dicho Programa su estructura funcional, las áreas que los componen y las funciones de las mismas;

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  • De conformidad con lo establecido en Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y modificatorias, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y modificatorias, Resolución Ministerial Nº 0393-2014-MINEDU, el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, Resolución Ministerial Nº 169-2017-MINEDU, Resolución Directora! Ejecutiva Nº 001-2017-MINEDUNMGI-PRONIED;

    SE RESUELVE:

    ARTÍCULO ÚNICO.- APROBAR el Expediente Técnico: "Adecuación, Mejoramiento, Sustitución de la Infraestructura Educativa y Equipamiento de la Institución Educativa Nº 16449 Eloy Soberón Flores, ubicado en el distrito y provincia de San Ignacio -San Ignacio - Cajamarca", por un valor referencial de S/ 30 292 985,83 (Treinta Millones Doscientos Noventa y Dos Mil Novecientos Ochenta y Cinco con 83/100 Soles}, con precios unitarios vigentes al 31 de enero de 2017, y con un plazo de ejecución de cuatrocientos veinte (420) días calendario.

    REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

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    de e,1udlo~ y Obras '·' PRONlt'!O