Simulación Relativa por la CSJ de Justicia Colombiana

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República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Magistrado Ponente: ARTURO SOLARTE RODRÍGUEZ Bogotá, D.C., Treinta (30) de noviembre de dos mil once (2011).- Ref.: 05001-3103-005-2000-00229-01 Decide la Corte el recurso extraordinario de casación interpuesto por el demandado EDUARDO DE JESÚS RESTREPO VÉLEZ contra la sentencia dictada el 4 de marzo de 2009 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Civil, dentro del proceso ordinario que los señores AMPARO y OSCAR RESTREPO VÉLEZ, éste último sustituido por el señor EDUARDO RESTREPO ÁLVAREZ, promovieron en contra de la sociedad RESTREPO VÁSQUEZ & CÍA S. EN C., las señoras OLGA MARÍA DE

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Sentencia de Simulación relativa, de la Corte Suprema de Justicia, en donde analiza los fundamentos fácticos, jurídicos como probatorios que son determinantes al momento de identificar esta figura jurídica dentro de un determinado negocio jurídico

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Repblica de Colombia

Corte Suprema de JusticiaSala de Casacin Civil CORTE SUPREMA DE JUSTICIASALA DE CASACIN CIVIL Magistrado Ponente:ARTURO SOLARTE RODRGUEZBogot, D.C., Treinta (30) de noviembre de dos mil once (20).! "e#.: 0$00!303!00$!2000!0022%!0DecidelaCorteel rec&rsoe'traordinariodecasaci(ninter)&esto )or el demandado EDUARDO DE JESS RESTREPOVLEZcontra la sentencia dictada el * de mar+o de 200% )or elTrib&nal ,&)erior del Distrito -&dicial de Medell.n, ,ala Civil, dentrodel )roceso ordinario /&e los se0oresAMPARO1OSCARRESTREPO VLEZ, 2ste 3ltimo s&stit&ido )or el se0or EDUARDORESTREPOLVAREZ, )romovieronencontradelasociedadRESTREPO VSQUEZ & CA S. EN C., las se0oras OLGA MARADE LA CANDELARIA URIBE DE RESTREPO,MARCELARESTREPO URIBE1CLAUDIA RESTREPO URIBE, losHEREDEROSDETERMINADOSdelasse0orasMar.a4abriela"estre)o5s/&e+1Mar.a-oa/&ina"estre)o5i&dade6()e+,se0oresEDUARDODEJESS,ALBERTO1MARACLARARESTREPO VLEZ,1 losHEREDEROS INDETERMINADOSdelas citadas ca&santes. ANTECEDENTES. 7n el escrito con el /&e se dio inicio al litigio, /&eobra del #olio 80 al 89del c&aderno :o. , se solicit(, en esencia,/&e se declarara ;/&e la vol&ntad real de las )artes< contenida enlas escrit&ras )3blicas :os. *==8 de 0 de diciembre de %%9, 8%$de 3 de mar+o de %%8 1 $2= de = de mar+o de %%%, otorgadas,la )rimera, ante la :otar.a >nce de Medell.n, 1 las restantes ante la:otar.a :ovena de esa misma ci&dad, ;#&e la de trans#erir a t.t&lograt&ito 1 no oneroso< los bienes inm&ebles ena?enados mediantedic@os instr&mentos. Adicionalmente, losdemandantesreclamaron/&esedecretara la ;n&lidad de los actos reales, )or c&anto con estos seviola el )rece)to legal /&e dice /&e la donaci(n o trans#erencia at.t&lograt&ito, debeestar )recedidadelainsin&aci(nlga Mar.adelaCandelariaEribede"estre)o, Marcela"estre)oEribe1Cla&dia "estre)o Eribe, con#orme diligencia reali+ada el = de ?&niode 200 (#l. 23, cd ). 7l a&'iliar de la ?&sticia, en &so del trasladoconcedido, se o)&so a las )retensiones del escrito con el /&e se dioinicio a la controversia, se )ron&nci( de distinta #orma sobre s&s@ec@os 1 #orm&l( las ;e'ce)ciones de m2rito< /&e denomin( ;G#Haltade GlHegitimaci(n en la GcHa&sa )or G)Hasiva< 1 ;G#Halta de GiHntegraci(ndel GcHontradictorio