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Ángel Ramos Castaño
Zoraida Patricia Gonzales
El sistema de salud en Colombia hace
parte del Sistema de Seguridad social de
Colombia regulado por el , bajo mandato
constitucional y delegado en parte al
sector priva gobierno, por intermedio
del Ministerio de la Salud y Protección
Social y del Ministerio de Trabajo.
El sistema de salud en el país está reglamentado
en el segundo libro de la Ley 100 de 1993
expedida por el Congreso de Colombia, la cual
estableció el Sistema de Seguridad Social en el
país y que además se ocupa de regular el sistema
de pensiones en el primer libro, de las
condiciones de trabajo en el tercer libro, y
dispone sobre servicios complementarios en el
cuarto libro, aspectos que se deben prestar con
sujeción a los principios de eficiencia,
universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y
participación.
Ley 1122 de 2007: "...realizar ajustes al SistemaGeneral de Seguridad Social en Salud, teniendocomo prioridad el mejoramiento en la prestaciónde los servicios a los usuarios.
Ley 1438 de 2011: tiene como objeto elfortalecimiento del Sistema General de SeguridadSocial en Salud, a través de un modelo deprestación del servicio público en salud que en elmarco de la estrategia Atención Primaria enSalud permita la acción coordinada del Estado,las instituciones y la sociedad para elmejoramiento de la salud
Ley 1562 de 2012:
por la cual se modifica el Sistema General
de Riesgos Laborales y se dictan otras
disposiciones en materia de salud
ocupacional
Propósito:
El propósito de la Política Nacional de
Prestación de Servicios de Salud es garantizar
el acceso, optimizar el uso de los Recursos y
mejorar la calidad de los servicios que se
prestan a la población.
ACCESIBILIDAD: Accesibilidad a los servicios
de salud, entendida como la condición que
relaciona la población que necesita servicios
de salud, con el sistema de prestación de
servicios.
EFICIENCIA: En esencia, el eje de eficiencia se
refiere a la obtención de los mayores y mejores
resultados, empleando la menor cantidad posible
de recursos.
CALIDAD: La calidad de la atención de salud se
entiende como la provisión de servicios
accesibles, equitativos, con un nivel profesional
óptimo que tiene en cuenta los recursos
disponibles y logra la adhesión y satisfacción del
usuario.
Este organismo, creado mediante la Ley 1122de 2007, sustituyó al CNSSS como organismode dirección del sistema de salud. Era unaunidad administrativa especial adscrita alMinisterio de la Protección Social compuestapor el Ministro de la Protección Social y elMinistro de Hacienda y Crédito Público o suviceministro y por cinco comisionados expertoselegidos por el presidente de la república. EstaComisión fue liquidada en diciembre de 2012 ysus funciones y competencias fueron asumidaspor el Ministerio de Salud y protección Social.
Es el organismo que formula, dirige ycoordina la política de inspección, vigilanciay control del sector salud y del sistemageneral de seguridad social en salud, ademásliquida y recaudar la tasa que correspondesufragar a las entidades sometidas a suvigilancia, autoriza la constitución ohabilitación de EPS e IPS, y supervisa elmonopolio rentístico de juegos de suerte yazar y de licores; así como a la oportuna,eficiente explotación, administración yaplicación del IVA cedido al sector saludentre otros.
EL ESTADO: actúa como ente de
coordinación, dirección y control. Sus
organismos son : El Ministerio de la Salud y
Protección Social, la Comisión de Regulación
en Salud (CRES) que reemplazó al Concejo
Nacional de Seguridad Social en Salud
(CNSSS) por la Ley 1122 de 2007, y
la Superintendencia Nacional de Salud que
vigila y controla a los actores del sistema.
LAS ENTIDADES ASEGURADORAS: Son entidadesprivadas que aseguran a la población, actúan comointermediarias y administradoras de los recursos queprovee el estado en forma de prima anualdenominada Unidad de Pago por Capitación -UPC-. Sonlas entidades promotoras de salud (EPS) y lasadministradoras de riesgos laborales (ARL).
LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD: sonlas instituciones prestadores de salud (IPS), son loshospitales, clínicas, laboratorios, etc. que prestandirectamente el servicio a los usuarios y aportan todoslos recursos necesarios para la recuperación de lasalud y la prevención de la enfermedad, losprofesionales independientes de salud (médicos,enfermeras/os, etc.) y los transportadoresespecializados de pacientes (ambulancias).
Subcuenta ECAT: Esta subcuenta subsana el
costo de las atenciones de las víctimas de
accidentes de tránsito a través del SOAT y las
víctimas de eventos catastróficos y terroristas.
Subcuenta compensación: Recauda el valor de
la compensación en el régimen contributivo,
entendiéndose como compensación el descuento
de las cotizaciones recaudadas por las EPS y
demás entidades obligadas a compensar
derivadas de los descuentos en salud y pensión
que se realizan a los empleados y empleadores.
Subcuenta solidaridad: Recauda los recursos
aportados por todos los actores del sistema
con destino al régimen subsidiado (una parte
<1,5 de la cotización a EPS> es aportada por
todas las personas afiliadas al régimen
contributivo).
Subcuenta promoción: Financia las
actividades de educación, información y
fomento de la salud y de prevención de la
enfermedad, las cuales se encuentran en el
Plan de Atención Básica – PAB.
Entidades promotoras de salud (EPS): su
función es organizar y garantizar, la prestación
de los servicios de salud que se encuentran en el
POS (Plan Obligatorio de Salud) y son las
responsables de la gestión de riesgos derivados
de la enfermedad general o no ocupacional.
Aseguradoras de riesgos Laborales (ARL): son
las responsables de cubrir los eventos derivados
de riesgos ocupacionales o de trabajo y todo
empleador tiene la obligación de afiliar a sus
empleados a una ARL
Plan de Atención Básica
Plan Obligatorio de Salud
Seguro Obligatorio de accidentes de tránsito
Cobertura de riesgos laborales
Atención de eventos catastróficos
Existen dos formas de afiliación al sistema
mediante dos régimen, las cuales son:
el régimen contributivo.
el régimen subsidiado.
es un conjunto de normas que rigen la
vinculación de los individuos y las familias al
Sistema General de Seguridad Social en
Salud, cuando tal vinculación se hace a
través del pago de una cotización, individual
y familiar, o un aporte económico previo
financiado directamente por el afiliado o en
concurrencia entre éste y su empleador.
Según la ley todos los
empleados, trabajadores independientes y
los pensionados, deben estar afiliados al
Régimen Contributivo. La responsabilidad de
la afiliación del empleado es del empleador y
del pensionado es del Fondo de Pensiones.
En el caso de un empleado, el valor de lacotización es de 12% del salario mensual, 8%le corresponde pagarlo al patrono y 4% alempleado.
el trabajador independiente pagamensualmente 12% de sus ingresos como valorde la cotización.
el pensionado paga 12% de su ingresomensual.
El empleado, escoge la EPS que prefiera y se lo
comunica al empleador junto con los datos de
su familia. El pensionado, como viene de ser
empleado, seguramente se encontrará ya
afiliado a una EPS, tal y como debe hacerlo
todo empleado; al pasar de empleado a
pensionado su afiliación no se verá afectada.
En ese caso lo que debe hacer es informarle al
Fondo de Pensiones cuál es la EPS a la que éste
deberá entregar su cotización, que podrá ser la
misma a la que venía afiliado o bien en caso de
que haya decidido cambiarse.
Todo empleador tiene la obligación de afiliar
a sus empleados a una empresa
Administradora de Riesgos Profesionales -
ARP. Con esa afiliación se cubren todos los
gastos de salud que ocasionen los accidentes
o enfermedades que produzca su trabajo, así
como el pago de los días en que no pueda
trabajar a causa de ellos. La atención de los
accidentes o enfermedades será realizada
por la EPS a la que se encuentre afiliado
quien cobrará los gastos ocasionados a la
ARP.
Por el hecho de estar afiliado al RégimenContributivo tiene derecho a cuatro grandesbeneficios:
1. A recibir una amplia gama de servicios
2. A afiliar a su familia
3. A recibir un subsidio en dinero en caso deincapacidad por enfermedad
4. A recibir un subsidio en dinero en caso delicencia de maternidad.
El POS o Plan Obligatorio de Salud, es el
conjunto de servicios de salud que todas las
EPS, sin excepción, deben prestarles a todas
las personas que estén afiliadas al Sistema de
Seguridad Social en Salud por el Régimen
Contributivo.
Programas de prevención de enfermedades.
Urgencias de cualquier orden, es decir,
necesidades que requieren atención inmediata.
Consulta médica general y especializada en
cualquiera de las áreas de la medicina.
Consulta y tratamientos odontológicos
(excluyendo ortodoncia, periodoncia y prótesis).
Exámenes de laboratorio y Rayos X.
Hospitalización y cirugía en todos los casosen que se requiera.
Consulta médica en psicología, optometría yterapias.
Medicamentos esenciales en su denominacióngenérica.
Atención integral durante la maternidad, elparto y al recién nacido.
El pensionado no tiene derecho al pago de
subsidios por licencia de maternidad, ni por
incapacidad, ya que el pago de la pensión no
será interrumpida por ningún motivo. Sin
embargo en caso de vincularse nuevamente
al sistema como empleado o trabajador,
hacerlo a la misma EPS y en estos casos
podrá recibir los subsidios por incapacidad
por enfermedad general y si se da la
situación, las licencias de maternidad.
El Régimen Subsidiado es el mecanismo
mediante el cual la población más pobre, sin
capacidad de pago, tiene acceso a los
servicios de salud a través de un subsidio que
ofrece el Estado.
Los beneficios del POS que a partir del 1 de
julio de 2012 son los mismos que en el Régimen
Contributivo.
Exención de copagos si está clasificado en el
nivel I del Sisbén.
Se encuentran bajo la denominación de
vinculados o población pobre no asegurada
PPNA aquellas personas que no tienen
afiliación alguna al Sistema de Salud en
alguno de los dos regímenes subsidiado o
contributivo, estas personas pueden o no
estar identificadas por el SISBEN y su
atención médica se realiza a través de
contratos de prestación de servicios entre los
entes territoriales y las Empresas Sociales del
Estado E.S.E. que pueden ser de baja,
mediana y alta complejidad.
Se entiende por regímenes exceptuados
aquellos sectores de población que se siguen
rigiendo por las normas legales imperantes
en sistemas de seguridad social concebidos
con anterioridad a la entrada de la vigencia
de la ley 100 de 1993, o los que se regulen
en forma especial para los mismos.
Los miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
Los civiles del Ministerio de defensa.
Los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales delMagisterio.
Los servidores públicos de ECOPETROL y los pensionados de lamisma.
Miembros no remunerados de las Corporaciones públicas.