SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

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Viedma, 28 de octubre de 1996 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 Precio Ejemplar del día: $ 1,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO XXXVI EDICION DE 22 PAGINAS Nº 3411 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial y Talleres Gráficos Tel. (0920) 22862 - 23512 Fax 0920-30404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 22) SECCION ADMINISTRATIVA LEYES —— La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de L E Y : Artículo 1º.- Los bienes objeto de decomisos, secuestros o hallazgos en causas penales sustanciadas en los tribunales provinciales, sobre los que no se hayan acreditado derecho por persona alguna, quedando sujetos a lo normado en la presente Ley. Art. 2º.- Cuando la causa penal esté concluida por sentencia definitiva firme, previo a su remisión al archivo general, el Juez interviniente obtendrá testimonio de las partes pertinentes de la causa y las remitirá al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería que por turno corresponda, a cuya disposición pondrá los bienes decomisados. Recepcionadas las actuaciones por el Juez, se dará vista a la Fiscalía de Estado para que tome la intervención que corresponda e impulse el proceso. A su pedido, se dispondrá la venta en pública subasta de los bienes a que se refiere el artículo 1º, mediante martillero público designado por sorteo. Los fondos obtenidos se depositarán en una cuenta judicial a nombre del tribunal y como perteneciente a los autos. Art 3º.- Transcurridos seis (6) meses desde la fecha del depósito sin que se haya registrado reclamo alguno de las cosas subastadas, las sumas obtenidas serán destinadas y transferidas en un veinte por ciento (20%) al Fondo de Reequipamiento y Modernización de la Policía Provincial, en un cuarenta por ciento (40%) a la Secretaría de Acción Social y el cuarenta por ciento (40%) restante al Consejo Provincial de Salud Pública, para el mantenimiento de los hospitales e instalaciones sanitarias existentes en la Línea Sur. Art. 4º.- Las cosas perecederas podrán ser subastadas durante la sustanciación de la causa o bien entregadas a la Secretaría de Acción Social para su distribución en el marco de los planes asistenciales vigentes. Las cosas o bienes de interés científico o cultural, serán entregados a entidades sin fines de lucro de amplio reconocimiento en la materia de que se trate. Art. 5º.- Los bienes o cosas fuera del comercio y carentes de interés científico o cultural, serán destruidos mediante auto fundado y en presencia de autoridad judicial. Art. 6º.- La provincia podrá adquirir los bienes a subastarse, en igualdad de condiciones con los restantes oferentes, pudiendo compensar los créditos fiscales con el precio de venta. Art. 7º.- Los recaudos para la realización de la subasta y la inscripción registral de los bienes, cuando correspondiere, serán los previstos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia. Art. 8º.- Esta Ley es complementaria de la Nº 2319. El Código de Procedimientos en Materia Penal será de aplicación supletoria a lo normado por la presente. Art. 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los diecinueve días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y seis. Ing. Bautista J. Mendioroz, Presidente Legislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario. ––– Viedma, 10 de octubre de 1996. Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese. Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto Rodolfo de Bariazarra, Ministro de Gobierno, Trabajo y Asuntos Sociales. DECRETO Nº 1739 Registrada bajo el número tres mil treinta y uno (3031). Viedma, 10 de octubre de 1996. Jorge José Acebedo, Secretario General de la Gobernación. –oOo– La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de L E Y : Artículo 1º.- Créase el área natural protegida “Valle Cretácico”, con el fin de conservar una muestra representativa, de estratos del período cretácico, conteniendo restos fósiles de la fauna y flora de esa antigüedad. Art. 2º.- En función del artículo 1º de la presente, sus límites serán: al norte y noroeste, el límite con la Provincia del Neuquén sobre el río Limay y el Embalse Ezequiel Ramos Mexía; al este, la ruta provincial Nº 241 y al suroeste, el camino vecinal que une la localidad de Cerro Policía con Loma Atravesada (I.G.M., carta Nº 3969, actualizada en 1983). Estos límites quedarán sujetos a lo que resulte de las necesidades que exprese el plan de manejo para garantizar los objetivos de conservación del área. Art. 3º.- La autoridad de aplicación del sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas, creada por la Ley Nº 2669, coordinará con los organismos provinciales vinculados al manejo integral del área y con los pobladores locales, la elaboración del plan de manejo para la misma y su correspondiente categoría. Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los nueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis. Ing. Bautista J. Mendioroz, Presidente Legislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario. ––– Viedma, 22 de octubre de 1996. Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín Oficial y archívese. Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Horacio Yamandú Joulia, Ministro de Economía. DECRETO Nº 1792 Registrada bajo el número tres mil treinta y tres (3033). Viedma, 22 de octubre de 1996. Jorge José Acebedo, Secretario General de la Gobernación. –oOo– La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de L E Y : Artículo 1º.- Sustitúyese el inciso b) del artículo 5º de la Ley Nº 1857, por el texto siguiente: “Proponer al Poder Ejecutivo la declaración de desastre de aquellas zonas de las que se previere que no podrán rehabilitarse con las medidas que acuerda la mera declaración de emergencia agropecuaria. La declaración de emergencia no será requisito previo para la declaración de desastre.” Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese. Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los nueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis. Ing. Bautista J. Mendioroz, Presidente Legislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

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Viedma, 28 de octubre de 1996

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

Precio Ejemplar del día: $ 1,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO XXXVI EDICION DE 22 PAGINAS

Nº 3411SECRETARIA GENERAL DE LA

GOBERNACIONDirección de Boletín Oficial

y Talleres GráficosTel. (0920) 22862 - 23512 Fax 0920-30404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 22)

SECCION ADMINISTRATIVA

LEYES

——

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Los bienes objeto de decomisos,secuestros o hallazgos en causas penales sustanciadasen los tribunales provinciales, sobre los que no sehayan acreditado derecho por persona alguna,quedando sujetos a lo normado en la presente Ley.

Art. 2º.- Cuando la causa penal esté concluida porsentencia definitiva firme, previo a su remisión alarchivo general, el Juez interviniente obtendrátestimonio de las partes pertinentes de la causa y lasremitirá al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Mineríaque por turno corresponda, a cuya disposición pondrálos bienes decomisados. Recepcionadas lasactuaciones por el Juez, se dará vista a la Fiscalía deEstado para que tome la intervención que correspondae impulse el proceso. A su pedido, se dispondrá laventa en pública subasta de los bienes a que se refiereel artículo 1º, mediante martillero público designadopor sorteo. Los fondos obtenidos se depositarán enuna cuenta judicial a nombre del tribunal y comoperteneciente a los autos.

Art 3º.- Transcurridos seis (6) meses desde la fechadel depósito sin que se haya registrado reclamo algunode las cosas subastadas, las sumas obtenidas serándestinadas y transferidas en un veinte por ciento (20%)al Fondo de Reequipamiento y Modernización de laPolicía Provincial, en un cuarenta por ciento (40%) ala Secretaría de Acción Social y el cuarenta por ciento(40%) restante al Consejo Provincial de Salud Pública,para el mantenimiento de los hospitales e instalacionessanitarias existentes en la Línea Sur.

Art. 4º.- Las cosas perecederas podrán sersubastadas durante la sustanciación de la causa o bienentregadas a la Secretaría de Acción Social para sudistribución en el marco de los planes asistencialesvigentes.

Las cosas o bienes de interés científico o cultural,serán entregados a entidades sin fines de lucro deamplio reconocimiento en la materia de que se trate.

Art. 5º.- Los bienes o cosas fuera del comercio ycarentes de interés científico o cultural, serándestruidos mediante auto fundado y en presencia deautoridad judicial.

Art. 6º.- La provincia podrá adquirir los bienes asubastarse, en igualdad de condiciones con losrestantes oferentes, pudiendo compensar los créditosfiscales con el precio de venta.

Art. 7º.- Los recaudos para la realización de lasubasta y la inscripción registral de los bienes, cuandocorrespondiere, serán los previstos en el CódigoProcesal Civil y Comercial de la Provincia.

Art. 8º.- Esta Ley es complementaria de la Nº 2319.El Código de Procedimientos en Materia Penal seráde aplicación supletoria a lo normado por la presente.

Art. 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losdiecinueve días del mes de setiembre de milnovecientos noventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––Viedma, 10 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto

Rodolfo de Bariazarra, Ministro de Gobierno, Trabajoy Asuntos Sociales.

DECRETO Nº 1739Registrada bajo el número tres mil treinta y uno

(3031).Viedma, 10 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.–oOo–

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Créase el área natural protegida “ValleCretácico”, con el fin de conservar una muestrarepresentativa, de estratos del período cretácico,conteniendo restos fósiles de la fauna y flora de esaantigüedad.

Art. 2º.- En función del artículo 1º de la presente,sus límites serán: al norte y noroeste, el límite con laProvincia del Neuquén sobre el río Limay y el EmbalseEzequiel Ramos Mexía; al este, la ruta provincial Nº241 y al suroeste, el camino vecinal que une lalocalidad de Cerro Policía con Loma Atravesada(I.G.M., carta Nº 3969, actualizada en 1983).Estos límites quedarán sujetos a lo que resultede las necesidades que exprese el plan de manejopara garantizar los objetivos de conservación delárea.

Art. 3º.- La autoridad de aplicación del sistemaProvincial de Areas Naturales Protegidas, creada porla Ley Nº 2669, coordinará con los organismosprovinciales vinculados al manejo integral delárea y con los pobladores locales, la elaboración delplan de manejo para la misma y su correspondientecategoría.

Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––

Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Horacio

Yamandú Joulia, Ministro de Economía.

DECRETO Nº 1792Registrada bajo el número tres mil treinta y tres

(3033).Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.–oOo–

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Sustitúyese el inciso b) del artículo5º de la Ley Nº 1857, por el texto siguiente:

“Proponer al Poder Ejecutivo la declaraciónde desastre de aquellas zonas de las que sepreviere que no podrán rehabilitarse con lasmedidas que acuerda la mera declaración deemergencia agropecuaria. La declaración deemergencia no será requisito previo para ladeclaración de desastre.”Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y

archívese.Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la

Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

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2BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Horacio

Yamandú Joulia, Ministro de Economía.

DECRETO Nº 1793Registrada bajo el número tres mil treinta y cuatro

(3034).Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.–oOo–

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Establécese en la Provincia de RíoNegro, la “Fiesta Provincial del Puestero y la Familia”,que se realizará anualmente en la primera quincenadel mes de enero, en la localidad de Luis Beltrán.

Art. 2º.- Los actos de diversa índole, culturales,sociales y deportivos, deberán contribuir a laparticipación del puestero de campo y su familia y alreconocimiento de su actividad.

Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto R. de

Bariazarra.DECRETO Nº 1794

Registrada bajo el número tres mil treinta y cinco(3035).

Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.–oOo–

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- El funcionamiento de institutos,academias, centros deportivos, clubes, gimnasios ytodo otro tipo de establecimiento, sin perjuicio de sudenominación, tanto público como privado, destinadoa la práctica y/o enseñanza de actividades físicas ydeportivas en forma organizada y programada,quedarán sujetos a las disposiciones de la presente Ley.

Art. 2º.- La Dirección de Deportes de la Provinciade Río Negro o el organismo que la reemplace, será elórgano de aplicación de la presente Ley.

Art. 3º.- El funcionamiento de todoestablecimiento, a los efectos de tener la autorizacióncorrespondiente, debe contar con la dirección y/osupervisión técnica de un profesional con título demaestro o profesor en educación física, instructor oentrenador nacional, técnico nacional en la diferentescategorías o ser idóneo en la especialidad, reconocidopor la Federación respectiva inscripta en la Direcciónde Deportes o de Salud de la provincia o equivalentedel orden nacional.

Art. 4º.- La Dirección de Deportes de la provinciacreará un Registro de Autorización Deportiva, a losefectos de inscribir a toda institución que haya sidoautorizada para ejercer las actividades descriptas enel artículo 1º. Para realizar el presente trámite serárequisito indispensable contar con la habilitaciónmunicipal correspondiente.

Art. 5º.- Dichos establecimientos deberán prevenirtodo daño que pudiera producirse en la salud de losdeportistas, en razón de las características ycondiciones propias de la actividad desarrollada en elestablecimiento.

Art. 6º.- Todo establecimiento deberá exhibir enlugar visible:

a) Título habilitante del profesional a cargo.b) Constancia de inscripción en el Registro de

Autorización Deportiva.Art. 7º.- Los establecimientos autorizados tienen

prohibido:a) Desarrollar actividades deportivas y afines para

las que no estuvieran autorizados.b) La venta y/o suministro de medicamentos,

productos nutricionales y compuestosfarmacológicos.

Art. 8º.- La iniciación de toda actividad física odeportiva en estos establecimientos, deberá estaravalada por la presentación de un certificado médicode aptitud que habilite al inscripto a realizarla, enfunción de la actividad y la edad, cuya validez será deun (1) año.

Los establecimientos serán responsables del usode máquinas, elementos y/o trabajo físicoindiscriminado que afecten negativamente la salud oel desarrollo físico.

Art. 9º.- Todo establecimiento con lascaracterísticas especificadas en el artículo 1º, queestuviera funcionando, tendrá un plazo de diez (10)meses para ajustarse a lo normado en la presente Ley.

Art. 10.- Sin perjuicio de otras responsabilidades,los establecimientos que incurran en incumplimientoparcial o total de la presente norma, estarán sujetos alas siguientes sanciones:

a) Apercibimiento.b) Multa.c) Inhabilitación temporaria.d) Clausura.Art. 11.- La autoridad de aplicación de la presente

establecerá por la vía reglamentaria, los alcances delas sanciones detalladas en el artículo precedente, asícomo los mecanismos de control.

La Dirección de Deportes de la provincia ejerceráel poder de policía, el que podrá ser delegado a losmunicipios que adhieran mediante convenio y reúnancondiciones y capacidad necesaria para realizarlo.

Art. 12.- Los ingresos que se registren poraplicación de las sanciones, serán destinados a lapromoción del deporte comunitario en el nivel mu-nicipal o provincial.

Art. 13.- La autoridad de aplicación dará la másamplia publicidad a la presente norma y sureglamentación y podrá convenir, con los municipios,los mecanismos que faciliten el Registro deAutorización Deportiva, así como la fiscalización delcumplimiento de la presente.

Art. 14º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––

Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto R. de

Bariazarra.

DECRETO Nº 1795Registrada bajo el número tres mil treinta y seis

(3036).Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Facúltase al Instituto de Planificacióny Promoción de la Vivienda (I.P.P.V.), a reemplazar laretención del cinco por ciento (5%) de cada certificado,como garantía de obra por el importe equivalente enCertificados de Deuda de la Provincia de Río Negro(CEDERN).

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto R. de

Bariazarra.DECRETO Nº 1796

Registrada bajo el número tres mil treinta y siete(3037).

Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.–oOo–

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Otórgase a favor de la señora AntoniaBaffigi Viuda de Arias, LC. Nº 9.963.737, domiciliadaen Viedma, en su condición de madre del ex Intendentede la ciudad de Viedma y ex Legislador provincial Dr.Angel Cayetano Arias, una pensión vitalicia conformelo previsto por Resolución Nº 10/90 de estaLegislatura.

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto R. de

Bariazarra.DECRETO Nº 1797

Registrada bajo el número tres mil treinta y ocho(3038).

Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.–oOo–

La Legislaturade la Provincia de Río Negro

Sanciona con Fuerza deL E Y :

Artículo 1º.- Los contingentes o grupos deestudiantes que tengan como destino turístico,vacacional o recreacional el territorio de la provincia,estarán a cargo de un “Coordinador de TurismoEstudiantil”, cuyos deberes y obligaciones seestablecen por la presente.

Art. 2º.- El Coordinador de Turismo Estudiantil,designado por la agencia de viajes donde se contrateel tour, será el encargado responsable del grupo, desdeel momento de la partida del lugar de procedencia,

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3BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

sin perjuicio de cualquier otra persona o personas aquienes los estudiantes o sus representantes legalesles hayan encomendado el cuidado del contingente.

Art. 3º.- El coordinador deberá trabajar para unaagencia de viajes debidamente habilitada conforme ala presente ley. Toda agencia de viajes que contratecon un grupo de estudiantes está obligada a contratartantos coordinadores especialista como grupos ocontingentes estudiantiles operen simultáneamente.

Es obligación de la agencia de viajes y elcoordinador, cumplir y hacer cumplir tanto a los gruposestudiantiles como a los prestadores de servicios, lasreglamentaciones turísticas vigentes y los contratosque se firmaren con el prestatario del servicio.

Art. 4º.- Será obligación del coordinador:a) Excluir del grupo a todo integrante del

contingente que se constituyera en un riesgopara sí mismo, para el resto o para la prosecuciónnormal del tour, sin que el excluido tengaderecho a reclamo alguno.Los contratos que celebren las agencias de viajescon los grupos estudiantiles, contemplarán estafacultad de la agencia y/o el coordinador.

b) Hacer cumplir las restricciones o prohibicionesa los integrantes menores de edad delcontingente estudiantil sobre la compra oconsumo de bebidas alcohólicas y/o sustanciasde las denominadas “peligrosas”.

c) Impedir la entrega de bebidas alcohólicas y/osustancias peligrosas a los menores de edad. Enestos casos, podrá requerir el auxilio de la fuerzapública.

d) Denunciar ante la autoridad competentecualquier caso de ebriedad y consuo desustancias de las denominadas peligrosas, porlos mayores que participen o acompañen algrupo estudiantil.

e) No consumir bebidas alcohólicas y/o sustanciasde las denominadas “peligrosas”, durante eltiempo que dure el viaje.

f) Impedir que los grupos estudiantiles alteren elmedio ambiente y el ámbito urbano que visitan,instándolos a lograr una convivencia armónicaentre población, ambiente y otras modalidadesturísticas.

g) Informar al contingente sobre el medio ambienteque visita y la necesidad de su preservación.

Art. 5º.- Son requisitos para ejercer la función deCoordinador de Turismo Estudiantil:

a) Tener como mínimo veintiún (21) años de edad.b) Acreditar buena conducta mediante certificado

expedido por la Policía provincial.

c) Aptitud psicofísica determinada por exámenmédico.

d) Habilitación otorgada por la Secretaría deTurismo de la provincia.

Art. 6º.- La Secretaría de Turismo de la provinciatendrá a su cargo la capacitación y el otorgamiento delos carnet habilitantes. Para ello se exigiráobligatoriamente:

a) Participar de un curso no inferior a quince (15)días dictado por el órgano de aplicación en laciudad receptiva a este segmento turístico, cuyocontenido será fijado por la reglamentación.

b) Aprobar la evaluación por medio de un exámenteórico-práctico.

Art. 7º.- La habilitación otorgada por la Secretaríade Trusimo provincial, deberá renovarse cada dos (2)años, debiendo reunirse los requisitos establecidos enel artículo 6º inciso b).

Art. 8º.- El contenido de los cursos a dictar, deberácontemplar:

a) Toda la información necesaria en relación a losderechos y obligaciones que importen a lasagencias, prestadores, coordinadores ycontingentes, previo y durante la prestación delservicio.

b) Conocimiento básico sobre las reglamentacionesturísticas vigentes.

c) Conceptos básicos en relación a los distintosmodos de obrar del coordinador y su grupo, ensituaciones normales y en aquellas denominadas“de riesgo”.

d) Capacitación e información teórico-prácticasobre primeros auxilios, botiquines básicos,traslados de emergencias, códigos para llamadosde urgencia, etc.

e) Conceptos sobre conductas a seguir por elcoordinador al frente del grupo: dentro de loscircuitos y espacios naturales que se visiten oatraviesen; sobre riesgos y cuidados a adoptarfrente a las distintas condiciones geográficas,meteorológicas, etc. que puedan ser propias dela zona a visitar; comportamiento delcontingente en la vía pública; conocimientoacerca de penas y castigos según inconductasy/o desmanes de los grupos estudiantiles.

f) Nociones básicas a nivel teórico-práctico en todolo referente a la oferta de excursiones que selleven a cabo dentro de los circuitos provincialesy/o regionales, con el fin de experimentar lasactividades que se desarrollan en los predios

dedicados a tal fin, del grado de riesgo yseguridad que cada recreación pudiese presentary del cuidado integral que cada área deberevestir.

g) Nociones básicas de psicología juvenil yconceptos generales sobre capacidad deconducción de grupos numerosos.

Art. 9º.- Las sanciones por incumplimiento a lodispuesto en la presente ley, son:

a) Agencia de viajes: Se hará pasible de multasque se fijará en el equivalente al valor de 1.000a 10.000 litros de nafta súper, que el efecto seutilizará como unidad de medida.

b) Persona que coordina: Inhabilitación temporariao permanente para obtener matrícula decoordinador en la provincia.

Art. 10.- Será autoridad de aplicación de esta leyla Secretaría de Turismo de la Provincia de Río Ne-gro.

Art. 11.- Lo recaudado en concepto de multas serádestinado al fondo de la Secretaría de Turismo paradistribuir en partes iguales al control y fiscalizacióndel turismo estudiantil y a la promoción turística de laProvincia de Río Negro.

Los municipios podrán adherir a la presente norma,a cuyos efectos se celebrarán los convenios respectivosque respeten las jurisdicciones priorizando ycompatibilizando acciones comunes.

Art. 12.- El Poder Ejecutivo reglamentará lapresente en el término de sesenta (60) días.

Art. 13º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo yarchívese.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de laProvincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a losnueve días del mes de octubre de mil novecientosnoventa y seis.

Ing. Bautista J. Mendioroz, PresidenteLegislatura.– Prof. Roberto L. Rulli, Secretario.

–––

Viedma, 22 de octubre de 1996.Cúmplase, publíquese, dése al registro, al Boletín

Oficial y archívese.Dr. Pablo Verani, Gobernador.– Dr. Roberto R. de

Bariazarra.

DECRETO Nº 1798Registrada bajo el número tres mil treinta y nueve

(3039).Viedma, 22 de octubre de 1996.Jorge José Acebedo, Secretario General de la

Gobernación.

DECRETO Nº 842Viedma, 14 de junio de 1996.

Visto, el Expediente Nº 2.265-PDG-96, del registro del Ministerio deEconomía y Hacienda; y

CONSIDERANDO:Que a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, resulta

necesario adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el PresupuestoProrrogado 1995, vigente 1996;

Que el Artículo 22 de la Ley 2860 autoriza al Poder Ejecutivo a realizarmodificaciones dentro de los totales fijados en los Artículos 1ro. y 4to., debiendoen todos los casos comunicarlas al Poder Legislativo;

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º.- Modifícase el Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle obranteen Planilla Anexa Nº I, que forma parte del presente.

Art. 2º.- Modifícase el Financiamiento, Financiamiento Neto y Amortizaciónde la Deuda de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas Nros. II y V, queforman parte del presente.

Art. 3º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al detalleobrante en Planilla Anexa III, que forma parte del presente.

Art. 4º.- Modifícanse las Erogaciones Figurativas de acuerdo al detalle obranteen Planilla Anexa Nº IV, que forma parte del presente.

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economíay Hacienda.

Art. 6º.- Regístrese, comuníquese al Poder Legislativo, publíquese, tómeserazón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.– D. O. Pastor.

——oOo——

DECRETOS——

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4BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

PLANILLA ANEXA Nº I, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 842RECURSOS ADMINISTRACION CENTRAL

– En Pesos –

A F E C T A C I O N E S Total sinCONCEPTO TOTAL Total Municipios Otras Afectaciones

TOTAL RECURSOS (1 + 2) ............................................... 22.125.004,27 2.829,93 0,00 2.829,93 22.122.174,341. RECURSOS CORRIENTES........................................... 22.125.004,27 2.829,93 0,00 2.829,93 22.122.174,34

1. De Jurisdicción Provincial .......................................... 22.125.004,27 2.829,93 0,00 2.829,93 22.122.174,342. No Tributarios ......................................................... 22.125.004,27 2.829,93 0,00 2.829,93 22.122.174,34

1. Tasas y Tarifas .................................................... 2.829,93 2.829,93 0,00 2.829,93 0,0020. Fondo Mantenimiento Barrera Sanitaria ..... 2.829,93 2.829,93 0,00 2.829,93 0,00

2. Rentas y Utilidades ............................................. 22.122.174,34 0,00 0,00 0,00 22.122.174,3408. Ventas de Títulos. ......................................... 22.122.174,34 0,00 0,00 0,00 22.122.174,34

–––––

PLANILLA ANEXA Nº II, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 842 FINANCIAMIENTO

ADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS– En Pesos –

Administración OrganismosCONCEPTO TOTAL Central Descentralizados

4 - FINANCIAMIENTO ....................................................................................... 27.742.811,30 27.742.811,30 0,004.1. Financiamiento ........................................................................................ 27.742.811,30 27.742.811,30 0,00

3. Uso del Crédito .................................................................................... 27.742.811,30 27.742.811,30 0,003. 18 Uso del Créd. - C.E.D.E.R.N. .................................................... 27.742.811,30 27.742.811,30 0,00

–––––

FINANCIAMIENTO NETOADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

– En Pesos –Administración Organismos

CONCEPTO TOTAL Central Descentralizados

FINANCIAMIENTO NETO (4 - 5) ..................................................................... 26.881.811,30 26.881.811,30 20.000,004 – FINANCIAMIENTO ...................................................................................... 27.742.811,30 27.742.811,30 0,00

3. Uso del Crédito ........................................................................................... 27.742.811,30 27.742.811,30 0,005 – AMORTIZACION DE LA DEUDA .............................................................. 861.000,00 881.000,00 -20.000,00

1. Amortización de la Deuda Original ........................................................... 861.000,00 881.000,00 -20.000,00–––––

PLANILLA ANEXA Nº III, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 842

Carác- Pda. Pda. Subp. Finan- Finalter Prog. Ppal. Pcial. Proyecto Obra ciamiento Func. Código CONCEPTO Importe

1 0150.0 01 01 00 00 4.1.3.3.18 Planta Permanente. ................................................... 170.330,00 (1)1 0150.0 01 01 4.13.3.18 Planta Permanente .................................................... -2.500,00 (1)1 0162.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.500,00 (1)1 0150.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -8.500,00 (1)1 0171.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 8.500,00 (1)1 0150.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -8.000,00 (1)1 0160.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 5.000,00 (1)1 0162.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.000,00 (1)1 0261.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -38.000,001 0263.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -20.000,001 0261.0 01 02 Personal Temporario ................................................. 38.000,001 0263.0 01 02 Personal Temporario ................................................. 20.000,001 0171.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.000,00 (1)1 0225.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente ....................................................1.136.667,00 (1)1 0227.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.614,00 (1)1 0226.0 02 02 4.1.3.3.18 2-10 1 Servicios .................................................................... 10.000,00 (1)1 0228.0 02 02 4.1.3.3.18 2-10 1 Servicios .................................................................... 10.000,00 (1)1 0225.0 02 02 4.1.3.3.18 2-10 1 Servicios .................................................................... 10.000,00 (1)3 0337.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 3.840.793,00 (1)

06 02 4.1.3.3.18 Cred. Adicional p/Mejoras Salariales ....................... 18.281.381,34 (1)1 0420.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 30.568,00 (1)1 0421.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.692,00 (1)1 0422.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.051,00 (1)1 0423.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 13.290,00 (1)1 0424.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.626,00 (1)1 0425.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 6.411,00 (1)1 0426.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 9.600,00 (1)1 0427.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.592,00 (1)1 0428.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.296,00 (1)1 0429.0 01 01 00 00 4.1.3.3.18 00 Planta Permanente .................................................... 46.839,00 (1)

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5BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

Carác- Pda. Pda. Subp. Finan- Finalter Prog. Ppal. Pcial. Proyecto Obra ciamiento Func. Código CONCEPTO Importe

1 0430.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 36.062,00 (1)1 0433.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.739,00 (1)1 0420.0 02 02 Servicios .................................................................... -21.940,001 0428.0 02 02 Servicios .................................................................... 2.200,001 0421.0 02 02 Servicios .................................................................... 840,001 0423.0 02 02 Servicios .................................................................... 1.300,001 0425.0 02 02 Servicios .................................................................... 600,001 0426.0 02 02 Servicios .................................................................... 2.000,001 0429.0 02 02 Servicios .................................................................... 2.000,001 0424.0 02 02 Servicios .................................................................... 13.000,001 0435.0 05 02 4-50 1 Contrib. a Munic. y/o Entes Comunales .................. 55.000,00

04 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -55.000,0005 07 4-50 1 Ap. a Actividades Lucrativas ................................... 27.000,0005 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -27.000,00

1 0424.0 07 03 Bienes de Capital ...................................................... -1.800,0007 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 1.800,00

1 0420.0 02 02 Servicios .................................................................... -20.000,001 0428.0 02 02 Servicios .................................................................... 20.000,001 0425.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 255,00 (1)1 0427.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 1.680,00 (1)1 0428.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 600,00 (1)1 0423.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 7.920,00 (1)1 0424.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 850,00 (1)1 0425.0 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 1.530,00 (1)1 0427.0 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 2.520,00 (1)1 0428.0 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 3.304,00 (1)1 0433.0 02 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Servicios .................................................................... 795,00 (1)1 0420.0 09 03 Bienes Preexistentes ................................................. -1.500,001 0460.0 04 06 1-90 1 Aportes a Actividades no Lucrativas ........................ 1.500,001 0430.0 01 01 00 00 4.1.3.3.18 00 00 Planta Permanente .................................................... 36.393,00 (1)1 0433.0 01 02 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 1.200,00 (1)1 0420.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 10.847,00 (1)

02 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 836,00 (1)1 0421.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 7.752,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 397,00 (1)1 0422.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.811,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 676,00 (1)1 0423.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 12.001,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporaio .................................................. 1.385,00 (1)1 0424.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.249,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 278,00 (1)1 0425.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.597,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 514,00 (1)1 0426.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.131,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 266,00 (1)1 0427.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.544,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 135,00 (1)1 0428.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 16.686,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 3.624,00 (1)1 0429.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 11.356,00 (1)1 0430.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 27.304,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 7.277,00 (1)1 0433.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.337,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 126,00 (1)1 0434.0 01 01 00 00 4.1.3.3.18 00 00 Planta Permanente .................................................... 21.682,00 (1)1 0435.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 20.567,00 (1)1 0436.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 41.884,00 (1)1 0437.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 30.052,00 (1)1 0438.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 9.810,00 (1)1 0443.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 9.931,00 (1)1 0444.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.229,00 (1)1 0455.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 30.539,00 (1)1 0458.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.752,00 (1)1 0430.0 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 500,00 (1)1 0422.0 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 3.800,00 (1)1 0428.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.000,00 (1)3 0441.0 05 02 1.1.2.1.04 4-30 1 Contrib. a Municipios y Otros E. Comunales .......... 40.000,00 (2)

04 06 1.1.2.1.04 Aportes a Actividades No Lucrativas ....................... -25.000,00 (2)05 06 1.1.2.1.04 Aportes a Actividades No Lucrativas ....................... -17.500,00 (2)04 02 1.1.2.1.04 4-30 1 Contrib. a Municipios y Otros E. Comunales .......... 2.500,00 (2)

1 0501.0 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 5.000,00 (1)1 0504.0 01 01 4.13.3.18 Planta Permanente .................................................... 5.000,00 (1)1 0505.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 5.500,00 (1)1 0515.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.000,00 (1)1 0550.0 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 1.000,00 (1)1 0553.0 01 01 Planta Permanente .................................................... 15.500,00

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6BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

Carác- Pda. Pda. Subp. Finan- Finalter Prog. Ppal. Pcial. Proyecto Obra ciamiento Func. Código CONCEPTO Importe

1 0554.0 01 02 Personal Temporario ................................................. 7.000,0001 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 1.200,00 (1)

1 0547.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -35.000,001 0501.0 01 02 Personal Temporario ................................................. 12.500,001 0502.0 08 00 03 01 1.1.2.1.20 7-20 1 Compaña Sanidad Animal ........................................ 2.829,93 (3)1 0551.0 08 00 02 01 Terminación Edif. Poder Judicial Viedma ................ -800.000,00

01 02 1-10 1 Personal Temporario ................................................. 3.000,0001 01 Planta Permanente .................................................... -3.000,00

1 0501.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 31.692,00 (1)01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 1.715,00 (1)

1 0502.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 16.290,00 (1)08 00 03 01 4.1.3.3.18 Campaña Sanidad Animal ........................................ 4.735,00 (1)

1 0503.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 22.520,00 (1)08 00 02 01 4.1.3.3.18 Forestación Localidades Varias ................................ 358,00 (1)

1 0504.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 13.793,00 (1)08 00 01 01 4.1.3.3.18 7-20 1 Chacra Experimental Luis Beltrán ........................... 129,00 (1)

02 01 4.1.3.3.18 7-20 1 Desarrollo de Areas de Riego ................................... 280,00 (1)02 4.1.3.3.18 7-20 1 Asistencia a Productores ........................................... 179,00 (1)

1 0505.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 9.110,00 (1)08 00 01 01 4.1.3.3.18 Desarrollo Pesquero Integral ..................................... 1.998,00 (1)

1 0506.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 9.819,00 (1)1 0507.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.704,00 (1)

08 00 01 01 4.1.3.3.18 7-10 1 Obra Colonización Río Colorado ............................. 131,00 (1)04 4.1.3.3.18 7-10 1 Obra Colonización Valle Verde ................................ 131,00 (1)

1 0508.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 12.025,00 (1)08 00 03 01 4.1.3.3.18 Perforaciones............................................................ 364,00 (1)

1 0512.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 7.038,00 (1)1 0514.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.602,00 (1)1 0515.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 5.063,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 560,00 (1)1 0516.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.640,00 (1)1 0524.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 7.797,00 (1)1 0528.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.517,00 (1)1 0530.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 534,00 (1)1 0531.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 661,00 (1)1 0532.0 08 00 01 01 4.1.3.3.18 00 00 Control y Protección Reserva Faunística ................. 966,00 (1)1 0545.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 14.439,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 519,00 (1)1 0546.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 878,00 (1)1 0547.0 01 01 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 5.051,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 553,00 (1)1 0548.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 21.471,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 808,00 (1)1 0549.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 12.441,00 (1)1 0550.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 927,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 394,00 (1)1 0551.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.664,00 (1)1 0552.0 01 04 4.1.3.3.18 1-10 1 Servicios Extraordinarios ......................................... 622,00 (1)1 0553.0 01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 220,00 (1)1 0501.0 02 02 Servicios .................................................................... 1.517,001 0502.0 02 02 Servicioa ................................................................... -1.517,001 0601.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 53.447,00 (1)1 0601.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 11.978,69 (1)1 0601.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 25.526,00 (1)1 0601.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 30,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 2.700,00 (1)1 1101.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 12.000,00 (1)1 1101.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 10.339,00 (1)1 1401.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 30.000,00 (1)1 1401.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 31.002,00 (1)2 0320.0 08 00 01 04 1.1.2.4.28 Recupero Equipo DPA .............................................. 20.000,00 (4)2 0323.0 08 00 01 02 1.2.2.1.00 00 00 Ruta Integ. Regional Ruta 22 C. de Piedra .............. -525.000,00 (5)

04 01 1.2.2.1.00 Adquisición Equipos Viales ..................................... 525.000,00 (5)2 0323.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -8.863,86

01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 8.863,86 (1)08 00 02 01 Inv. y Gastos en Conserv. de la Red Vial .................. -162.767,64

02 01 4.1.3.3.18 Inv. y Gastos en Conserv. de la Red Vial .................. 162.767,64 (1)02 Serv. Balsas Prest. y Mant. Viviendas ...................... -8.214,2202 4.1.3.3.18 Serv. Balsas Prest. y Mant. Viviendas ...................... 8.214,22 (1)

03 01 Invers. y Gastos en Estudios y Proyectos ................. -12.934,5503 01 4.1.3.3.18 Invers. y Gastos en Estudios y Proyectos ................. 12.934,55 (1)

2 0325.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 70.972,00 (1)01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 10.179,00 (1)

2 0445.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 90.000,00 (1)01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 16.000,00 (1)

2 0447.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente ....................................................1.690.000,00 (1)

Page 7: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

7BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

Carác- Pda. Pda. Subp. Finan- Finalter Prog. Ppal. Pcial. Proyecto Obra ciamiento Func. Código CONCEPTO Importe

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 680.000,00 (1)2 0701.05 02 01 Bienes de Consumo .................................................. 300.000,002 0705.01 02 02 Servicios .................................................................... 100.000,002 0705.07 02 01 Bienes de Consumo .................................................. 50.000,002 0708.01 02 02 Servicios .................................................................... 40.000,002 0711.01 02 02 Servicios .................................................................... 150.000,002 0711.05 02 01 Bienes de Consumo .................................................. 50.000,002 0712.04 02 02 Servicios .................................................................... 50.000,002 0701.05 04 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -100.000,002 0701.06 04 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -240.000,002 0702.05 04 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -50.000,002 0704.05 04 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -50.000,002 0705.07 04 06 00 00 00 00 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. -350.000,002 0715.01 04 06 Ap. a Actividades no Lucrativas .............................. 50.000,002 0711.01 07 03 Bienes de Capital ...................................................... -2.000,002 0711.03 07 03 Bienes de Capital ...................................................... 1.000,002 0711.04 07 03 Bienes de Capital ...................................................... 1.000,002 0700.01 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 105.838,00 (1)2 0701.01 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 112.836,00 (1)2 0701.05 02 01 4.1.3.3.18 Bienes de Consumo .................................................. 85.309,00 (1)2 0705.01 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 46.000,00 (1)2 0706.01 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 17.500,00 (1)2 0711.01 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 24.982,00 (1)2 0713.01 08 00 01 02 4.1.3.3.18 5-90 1 Esc. Sec. Formación Agr. Viedma ............................ 34.000,00 (1)2 0718.03 08 00 01* 01* 4.1.1.2.38 5-20 1 Jardín de Infantes Nº 39 San C. de Bariloche .......... 455.000,00 (6)2 0718.03 04 06 4.1.1.2.38 Ap. a actividades no Lucrativas ............................... -455.000,00 (6)2 0700.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 64.531,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 30.955,00 (1)2 0701.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 261.273,00 (1)2 0702.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.047,00 (1)2 0703.01 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 9.150,00 (1)2 0704.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 48.160,00 (1)2 0707.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 6.118,00 (1)2 0708.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 48.833,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 4.895,00 (1)2 0709.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.454,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 3.542,00 (1)2 0711.01 01 01 4.1.3.3.18 Personal Permanente ................................................. 14.362,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 5.301,00 (1)2 0711.02 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 40.399,00 (1)2 0711.03 01 01 00 00 4.1.3.3.18 00 00 Planta Permanente .................................................... 2.157,00 (1)2 0711.04 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.942,00 (1)2 0711.05 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.810,00 (1)2 0714.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 947,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 672,00 (1)2 0714.02 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 515,00 (1)2 0714.05 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 2.223,00 (1)2 0714.06 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.477,00 (1)2 0701.01 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. -90.000,00 (1)2 0705.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -30.000,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. -16.000,00 (1)2 0706.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -180.000,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. -60.000,00 (1)2 0710.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -70.000,00 (1)2 0712.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -18.000,00 (1)2 0712.02 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -27.000,00 (1)2 0712.04 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -31.000,00 (1)2 0712.07 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -11.000,00 (1)2 0714.05 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -18.000,00 (1)2 0715.01 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -9.763,00 (1)2 1340.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -18.165,00

01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 18.165,00 (1)01 02 Personal Temporario ................................................. -1.716,0001 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 1.716,00 (1)

3 0337.0 06 01 A Clasificar ...............................................................22.122.174,343 0337.0 06 01 A Clasificar ............................................................... 212.661,271 0313.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 50.000,00 (1)

01 02 4.1.3.3.18 1-90 1 Personal Temporario ................................................. 10.000,00 (1)

(1) A Financiar con: CE.DE.R.N.-(2) A Financiar con: Fondo para Emergencia Social..-(3) A Financiar con: Fondo Mantenimiento Barrera Sanitaria.-(4) A Financiar con: Participación por Generación de Energía Hidroeléctrica.-(5) A Financiar con: Régimen de Coparticipación Vial.-(6) A financiar con: Pacto Federal Educativo.-(*) Prog. 2.0718.03 - Proyecto 01 - Obras Nuevas.-

Page 8: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

8BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

PLANILLA ANEXA Nº IV, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 842EROGACIONES FIGURATIVAS

REMESAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS– En Pesos –

CONCEPTO IMPORTE

3. OTRAS EROGACIONES ................................................................................................................................................................................... -212.661,271.1. Erogaciones Figurativas ............................................................................................................................................................................. -212.661,271.7. Contribuciones ........................................................................................................................................................................................... -212.661,27

5. Dirección Provincial de Vialidad ......................................................................................................................................................... -192.780,2711. Fiscalía de Investigaciones Administrativas ....................................................................................................................................... -19.881,00

–––––

PLANILLA ANEXA Nº IV, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 842EROGACIONES FIGURATIVAS

REMESAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS– CE.DE.R.N. –

CONCEPTO IMPORTE

3. OTRAS EROGACIONES * ................................................................................................................................................................................ 3.196.277,271.1. Erogaciones Figurativas * .......................................................................................................................................................................... 3.196.277,271.7. Contribuciones * ........................................................................................................................................................................................ 3.196.277,27

2. Consejo Provincial de Salud Pública ................................................................................................................................................... 2.476.000,003. Consejo Provincial de Educación ........................................................................................................................................................ 426.465,00 5. Dirección Provincial de Vialidad ......................................................................................................................................................... 192.780,2710. Dirección General de Rentas .............................................................................................................................................................. 81.151,0011. Fiscalía de Investigaciones Administrativas ....................................................................................................................................... 19.881,00

(*) CE.DE.R.N.–––––

PLANILLA ANEXA Nº V, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 842OTRAS EROGACIONES

EROGACIONES PARA ATENDER AMORTIZACION DE DEUDACLASIFICACION ECONOMICA Y POR OBJETO DEL GASTO

ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS– En Pesos –

Administración OrganismosCONCEPTO TOTAL Central Descentralizados

3 - OTRAS EROGACIONES............................................................................... 861.000,00 881.000,00 -20.000,0013. Amortización de la Deuda Original ......................................................... 861.000,00 881.000,00 -20.000,00

02. Con el Exterior (*) ............................................................................. 800.000,00 800.000,00 0,0003. Otras Deudas (**) .............................................................................. 81.000,00 81.000,00 0,0003. Otras Deudas (***) ............................................................................ -20.000,00 0,00 -20.000,00(*) Prog. 1.0551.0 (Creación Rentas Generales).(**) Prog. 1.0316.0 - 4.1.3.3.18 Creación CE.DE.R.N.(***) Prog. 2.0321.0 - 1.1.2.4.28 Part. por Generac. de Energía Hidroeléct.

—oOo—

DECRETO Nº 995Viedma, 10 de Julio de 1996.

Visto: La Ley de Ministerios Nº 2908, el Decreto Nº 1388/94, por el cualtramitó la reconversión del sistema de transporte de personal y carga liviana dela Administración Pública Provincial, y el Decreto Nº 7/96, que dispuso el depósitode los vehículos pertenecientes a dicha Administración, sus organismosautárquicos y Sociedades del Estado en dependencia policiales, y;

CONSIDERANDO:Que en el marco de los Decretos citados, se han reunido vehículos que forman

parte del parque automotor del Poder Ejecutivo y que por su estado de conserva-ción, mantenimiento y funciones a los que estaban afectados, pueden considerarseprescindibles para el cumplimiento de los fines esenciales a cargo del Estado;

Que en función de lo ordenado por el artículo 5º del Decreto Nº 1388/94, seefectuó el llamado a licitación pública Nº 87/94 para la venta de vehículos oficialesdados de baja, procediéndose mediante el Decreto Nº 535/95 a la adjudicaciónde los lotes vendidos;

Que no obstante la licitación efectuada, en aquella oportunidad quedaronautomotores que no pudieron ser adjudicados, a los que deben sumarse aquellosvehículos que desde el 22 de mayo de 1995 a la fecha están siendo dados de bajaen razón de la ejecución de las políticas de ordenamiento del parque automotorde la Administración General encargadas por el artículo 18 de la Ley Nº 2908 ala Secretaría General de la Gobernación;

Que dentro de las medidas a adoptarse en el marco de la reestructuración delEstado, se encuentra la venta de aquellos vehículos que, como se expresa en elprimer considerando del presente, resulten prescindibles, debiéndose a tal finseleccionar del parque automotor aquellos que posean su documentaciónactualizada;

Que, conforme con lo dispuesto por el Art. 181, inciso 1º de la ConstituciónPcial., el Gobernador es el jefe de la Administración Provincial y ejerce la repre-sentación oficial de la Provincia, pudiendo delegar determinadas funciones,resultando conveniente a los fines propuestos en el presente Decreto, facultar ala Secret. Gral. de la Gobernación para que adopte las medidas pertinentes parala regularización de la documentación particular de cada uno de los vehículosaludidos, como así también las relacionadas al cumplimiento de las normasadministrativas patrimoniales con el objeto de posibilitar su venta en un plazomáximo de ciento ochenta (180) días, y, efectuada la misma, la respectivatransferencia del dominio;

Que con el fin de posibilitar el acceso de todo ciudadano de la Provincia aparticipar de las ofertas, se estima conveniente efectuar la venta mediante elprocedimiento de licitación pública, ya que de esta forma no es necesaria lamovilidad física del oferente para concurrir al acto de la subasta pública;

Que existiendo una masa considerable de Certificados de Deuda de Río Ne-gro (CEDERN) en manos de particulares, es beneficioso a los efectos de facilitarsu circulación, la aceptación de los mismos como medio de pago, tamándolos asu valor nominal;

Que habiéndose determinado la inconveniencia de mantener en el patrimoniodel Estado los vehículos seleccionados, debe preverse el mecanismo de ventapara aquellos que no resulten adjudicados.

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1º.- Encomiéndase a la Secretaría General de la Gobernación la venta,en un plazo de ciento ochenta (180) días, de los vehículos oficiales por ella

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9BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

seleccionados, mediante el procedimiento de Licitación Pública, por lotesunitarios, y aceptando como medio de pago tanto moneda de curso legal comoCertificados de Deuda de Río Negro (CEDERN), tomando éstos por su valornominal.

Art. 2º.- La Secretaría General de la Gobernación deberá elaborar el Pliegode Bases y Condiciones de la Licitación Pública para la venta ordenada en elartículo anterior, debiendo asimismo, dictar, ejecutar y cumplir los actos necesariospara llevar adelante el proceso licitatorio antes mencionado.

Art. 3º.- Aquellos lotes que no resulten adjudicados de acuerdo con lo ordenadopor el artículo 1º del presente Decreto, deberán ser vendidos mediante elprocedimiento de subasta pública, fijando en tal caso la Secretaría General de laGobernación las formalidades y condiciones de la misma.

Art. 4º.- El presente Decreto será referendado por el Señor Ministro deGobierno, Trabajo y Asuntos Sociales.

Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al BoletínOficial y archívese.

VERANI - R.R. de Bariazarra.–oOo–

DECRETO Nº 1140Viedma, 22 de julio de 1996.

Visto, el Expte. Nº 2.508-PDG-96, del registro del Ministerio de Economía yHacienda, y;

CONSIDERANDO:Que a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, resulta

necesario adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el PresupuestoProrrogado 1995, vigente 1996;

Que el Art. 22 de la Ley 2860 autoriza al Poder Ejecutivo a realizarmodificaciones dentro de los totales fijados en los Arts. 1º y 4º, debiendo entodos los casos comunicarlas al Poder Legislativo.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Modifícase el Cálculo de Recursos, de acuerdo al detalle obranteen Planilla Anexa Nº I, que forma parte del presente.

Art. 2º - Modifícase el Financiamiento, Financiamiento Neto y Amortizaciónde la Deuda, de acuerdo a los detalles obrantes en Planillas Anexas Nros. II y V,que forman parte del presente.

Art. 3º - Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al detalleobrante en Planilla Anexa Nº III, que forma parte del presente.

Art. 4º - Modifícase las Erogaciones Figurativas de acuerdo al detalle obranteen Planilla Anexa Nº IV, que forma parte del presente.

Art. 5º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economíay Hacienda.

Art. 5º - Regístrese, comuníquese al Poder Legislativo, publíquese, tómeserazón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- D. O. Pastor.

–––––––

PLANILLA ANEXA Nº I, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 1140

CALCULO DE RECURSOSORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

– En Pesos –

CONCEPTO TOTAL I.DE.V.I.

I - RECURSOS ESPECIFICOS (1 + 2) ................................................................................................................ 26.756,46 26.746,461 - Recursos Corrientes ................................................................................................................................... 26.756,46 26.756,46

1. De Jurisdicción Provincial ..................................................................................................................... 26.756,46 26.756,462. No Tributarios .................................................................................................................................... 26.756,46 26.756,46

1. Tasas y Tarifas ............................................................................................................................... 4.671,89 4.671,8925. Canon de Riego ....................................................................................................................... 4.671,89 4.671,89

4. Otros Rec. No Tributarios ............................................................................................................. 22.084,57 22.084,5726. Otros Ingresos No Tributarios ................................................................................................. 22.084,57 22.084,57

–––––––

PLANILLA ANEXA Nº II, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 1140

FINANCIAMIENTOADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

– En Pesos –

Administración OrganismosCONCEPTO TOTAL Central Descentralizados

4 - FINANCIAMIENTO ....................................................................................... 252.600,00 252.600,00 0,004.1. Financiamiento ........................................................................................ 252.600,00 252.600,00 0,00

3. Uso del Crédito .................................................................................... 252.600,00 252.600,00 0,003. 18 Uso del Créd. - C.E.DE.R.N. ..................................................... 252.600,00 252.600,00 0,00

–––––––

FINANCIAMIENTO NETOADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

– En Pesos –

Administración Organismos

CONCEPTO TOTAL Central DescentralizadosFINANCIAMIENTO NETO (4 - 5) ..................................................................... 542.600,00 252.600,00 200.000,004 – FINANCIAMIENTO ...................................................................................... 252.600,00 252.600,00 0,00

3. Uso del Crédito ........................................................................................... 252.600,00 252.600,00 0,005 – AMORTIZACION DE LA DEUDA .............................................................. -2.000.000,00 0,00 -2.000.000,00

1. Amortización de la Deuda Original ........................................................... -2.000.000,00 0,00 -2.000.000,00

Page 10: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

10BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

PLANILLA ANEXA Nº II, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 752

Carác- Pda. Pda. Subp. Finan- Finalter Prog. Ppal. Pcial. Proyecto Obra ciamiento Func. Código CONCEPTO Importe

1 0150.0 01 01 00 00 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -3.127,00 (1)1 0157.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 3.127,00 (1)1 0150.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... -4.000,00 (1)1 0171.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 4.000,00 (1)1 0315.0 04 04 Otros Aportes del Gobierno Provincial .................... 14.000,00

07 03 Bienes de Capital ...................................................... -3.000,001 0319.0 02 02 Servicios .................................................................... -7.000,00

07 03 Bienes de Capital ...................................................... -4.000,001 0326.0 02 02 Servicios .................................................................... 35.000,001 0310.0 01 02 4.1.3.3.18 7-30 1 Personal Temporario ................................................. 2.000,00 (1)1 0311.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.000,00 (1)1 0314.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.000,00 (1)1 0314.0 01 02 4.1.3.3.18 Personal Temporario ................................................. 2.000,00 (1)1 0315.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 1.000,00 (1)1 0326.0 01 01 4.1.3.3.18 Planta Permanente .................................................... 2.000,00 (1)1 0424.0 02 02 Servicios .................................................................... -20.000,001 0420.0 07 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 10.000,00

07 02 Inversiones Administrativas ..................................... 10.000,003 0337.0 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 71.000,00 (1)1 0501.0 02 02 Servicios .................................................................... 336.549,043 0337.0 06 01 A Clasificar ............................................................... -336.549,043 0337.0 06 01 A Clasificar ............................................................... -968.000,001 0501.0 02 02 Servicios .................................................................... 968.000,001 0420.0 02 02 Servicios .................................................................... -3.500,001 0430.0 02 02 Servicios .................................................................... 3.500,001 0460.0 02 02 Servicios .................................................................... 4.000,001 0461.0 02 01 Bienes de Consumo .................................................. -2.000,00

02 02 Servicios .................................................................... -2.000,001 0420.0 01 02 Personal Temporario ................................................. -1.100,001 0433.0 01 02 Personal Temporario ................................................. 1.100,001 0419.0 07 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 3.220,001 0420.0 02 02 Servicios .................................................................... -6.500,00

07 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 12.424,8007 02 Inversiones Administrativas ..................................... 6.500,0007 03 Bienes de Capital ...................................................... -424,8009 03 Bienes Preexistentes ................................................. -12.000,00

1 0421.0 02 02 Servicios .................................................................... -9.220,0007 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 2.660,0007 03 Bienes de Capital ...................................................... -2.660,00

1 0422.0 02 02 Servicios .................................................................... -3.500,0007 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 3.500,00

1 0426.0 07 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 2.500,0007 02 1-90 1 Inversiones Administrativas ..................................... 5.500,0007 03 Bienes de Capital ...................................................... -2.000,00

1 0427.0 07 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 3.000,001 0429.0 02 02 Servicios .................................................................... -3.000,001 0433.0 02 02 Servicios .................................................................... -3.000,00

02 01 Bienes de Consumo .................................................. -1.000,0007 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 3.000,0007 02 1-90 1 Inversiones Administrativas ..................................... 1.000,00

1 0461.0 02 02 Servicios .................................................................... -10.000,0007 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 10.000,00

1 0419.0 01 01 Planta Permanente .................................................... 2.500,0001 02 Personal Temporario ................................................. -2.500,00

1 0427.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -700,0001 03 Asignaciones Familiares ........................................... 700,00

1 0433.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -4.000,0001 02 Personal Temporario ................................................. 4.000,00

1 0433.0 07 02 4.1.4.1.49 1-90 1 Inversiones Administrativas ..................................... 200,00 (2)07 03 4.1.4.1.49 Bienes de Capital ...................................................... -200,00 (2)

1 0434.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -5.000,0001 02 Personal Temporario ................................................. 16.000,0001 03 Asignaciones Familiares ........................................... -11.000,00

1 0437.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -35.500,0001 02 Personal Temporario ................................................. 40.000,0001 03 Asignaciones Familiares ........................................... -4.500,00

1 0438.0 01 01 Planta Permanente .................................................... -8.000,0001 03 Asignaciones Familiares ........................................... 8.000,00

1 0509.0 02 02 2.3.1.2.00 Servicios .................................................................... -150.000,00 (3)10 01 2.3.1.2.00 7-90 1 Aportes a Empresas Públicas .................................... 150.000,00 (3)

1 0548.0 07 01 1-90 1 Equipamiento............................................................ 18.000,0007 03 Bienes de Capital ...................................................... -16.000,0002 02 Servicios .................................................................... -2.000,00

2 0320.0 08 00 01 04 1.1.2.4.28 Recupero Equipos D.P.A. ......................................... 200.000,00 (4)

Page 11: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

11BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

Carác- Pda. Pda. Subp. Finan- Finalter Prog. Ppal. Pcial. Proyecto Obra ciamiento Func. Código CONCEPTO Importe

2 0321.0 08 00 06 01 1.1.2.4.29 Estab. Márgenes Alto Valle ...................................... 1.000.000,00 (5)08 00 06 02 1.1.2.4.29 Estab. Márgenes Valle Medio ................................... -700.000,00 (5)

03 1.1.2.4.29 Estab. Márgenes Valle Inferior ................................. -300.000,00 (5)2 0447.0 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 220.000,00 (1)

07 03 4.1.3.3.18 Bienes de Capital ...................................................... -50.000,00 (1)2 0527.01 02 01 1.1.2.4.26 00 00 Bienes de Consumo .................................................. 7.054,57 (6)

07 03 1.1.2.4.26 7-40 1 Bienes de Capital ...................................................... 4.230,00 (6)2 0527.02 02 01 1.1.2.1.25 Bienes de Consumo .................................................. 4.671,89 (7)

02 01 1.1.2.4.26 Bienes de Consumo .................................................. 10.800,00 (6)1 0427.0 02 02 4.1.3.3.18 Servicios .................................................................... 2.600,00 (1)3 0337.0 06 01 A Clasificar ............................................................... -35.000,00

————(1) A Financiar con: CE.DE.R.N.(2) A Financiar con: Rem. Ejerc. Ant. Fdo. Inst. de Asistencia a Presos y Liberados Ley 2343(3) A Financiar con: Recupero del Activo del Banco Pcia. de Río Negro(4) A Financiar con: Particip. por Generación Energía Hidroeléctrica(5) A Financiar con: Ingresos A.I.C.(6) A Financiar con: Otros Ingresos No Tributarios (IDEVI)(7) A Financiar con: Canon de Riego (IDEVI)

–––––––

PLANILLA ANEXA Nº IV, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 1140

EROGACIONES FIGURATIVASREMESAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

– CE.DE.R.N. –CONCEPTO IMPORTE

3. OTRAS EROGACIONES ................................................................................................................................................................................... 170.000,001.1. Erogaciones Figurativas ............................................................................................................................................................................ 170.000,001.7. Contribuciones .......................................................................................................................................................................................... 170.000,00

2. Consejo Provincial de Salud Pública .................................................................................................................................................... 170.000,00–––––––

PLANILLA ANEXA Nº V, QUE FORMA PARTE DEL DECRETO Nº 1140

OTRAS EROGACIONESEROGACIONES PARA ATENDER AMORTIZACION DE DEUDA

CLASIFICACION ECONOMICA Y POR OBJETO DEL GASTOADMINISTRACION CENTRAL Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

– En Pesos –Administración Organismos

CONCEPTO TOTAL Central Descentralizados3. OTRAS EROGACIONES ................................................................................ -200.000,00 0,00 -200.000,00

13. Amortización de la Deuda Original ........................................................... -200.000,00 0,00 -200.000,0003. Otras Deudas * .................................................................................... -200.000,00 0,00 -200.000,00

————(*) Prog. 2.0321.0 (1.1.2.4.28) Participación p/Energía Hidroeléctrica

–oOo–

DECRETO Nº 1522

Viedma, 10 de setiembre de 1996.Visto, el Expte. Nº 48.388-B-96, del registro de la

Subsecretaría de Recursos Naturales y EconomíaMinisterio de Economía y Hacienda;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

reglamentación de los Arts. 2º, 7º, 11 y 17 de la LeyNº 2966, mediante la cual se crea el Servicio dePrevención y Combate de Incendios Forestales(SPLIF);

Que la presente tiene carácter de urgente ante laproximidad de la campaña de mayor peligrosidad dedifusión de incendios forestales;

Que el servicio que se presta, se caracteriza porenfrentar fundamentalmente emergencias, lo cualmotiva un accionar continuo con el mismo nivel deprestación;

Que parte fundamental del combate de incendiosforestales, resulta el eficiente funcionamiento deherramientas mecánicas, telecomunicaciones ymóviles entre otros elementos;

Que en los casos de emergencia, calificables comode caso fortuito o fuerza mayor imprevisible,

corresponde, a fin de garantizar el servicio, determinarsistemas de contratación que permitan afrontar talescircunstancias;

Que el presente se dicta en uso de las facultadesprevistas en el Art. 18 Inc. 5) de la Constitución Pcial.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Apruébase la reglamentación de losArts. 2º, 7º, 11 y 17 de la Ley Nº 2966, que se detallanen Planilla Anexa a la presente.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Mtro. de Hacienda, a cargo del Mtrio. deEconomía.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- J. L. Rodríguez.–––

ANEXO AL DECRETO Nº 1522Reglamentación Arts. 2º, 7º, 11 y 17

de la Ley Nº 2966Artículo 2º - Fijar como sede administrativa del

SPLIF, la ciudad de San Carlos de Bariloche, pudiendoestablecer centrales de operación independientemente

de la misma y conforme cumpla con los parámetrosde eficacia establecidos.

Art. 7º - La instancia operativa se instrumentaránmediante convenios temporarios estableciendo en losmismos pautas de combate de Incendios Forestalesbajo la responsabilidad del SPLIF.

Art. 11. - La Comisión Administrativa podráconvenir acciones conjuntas tanto en prevención comoen materia de combate de Incendios Forestales, en sucondición de responsable jurisdiccional con institu-ciones o entidades del orden local, regional o nacionalque bajo esta premisa acepten colaborar y recibirmedios idóneos que requieran y disponga el SPLIF.

Art. 17. - La excepcionalidad de gastos imputablesa acciones de celeridad en la emergencia y siempreconforme al Art. 67 de la Ley Nº 847 y Art. 67 de suDecreto Reglamentario será fundada en elrequerimiento de la Jefatura del SPLIF y aprobada porla Comisión Administradora con por lo menos dostercios de sus miembros. Las erogaciones originadasen el cumplimiento de la presente Ley y la continuidadde la prestación del Servicio, se autoriza a ejecutarsecon carácter de excepción al Régimen de ContrataciónGeneral de la Provincia, fijándose montos equivalentesa los determinados en el régimen de la Ley Nº 286.

Page 12: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

12BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

DECRETO Nº 1532Viedma, 12 de setiembre de 1996.

VISTO: el Decreto Nº 995/96, la Ley Nº 2959 y suDecreto Reglamentario Nº 1187/96, la Ley Nº 3018,y;

CONSIDERANDO:Que el Decreto Nº 995/96 encomendó a la

Secretaría General de la Gobernación la venta de losvehículos oficiales por ella seleccionados;

Que de acuerdo a lo estipulado por el artículo 63ºdel Reglamento de Contrataciones de la Provincia,previo a la venta de cualquier bien propiedad delEstado, debe fijarse un valor base, para lo cual, y afalta de oficinas técnicas competentes, es necesariodesignar una Comisión Técnica Patrimonial para queefectúe tal tarea;

Que resulta conveniente destinar los recursos quese originen en la venta ordenada por el Decreto Nº995/96, al programa 3.0342.0, con finalidad 1,función 90, denominado “Crédito especial para darcumplimiento a la Ley Nº 2959” destinado al pago desentencias condenatorias contra el Estado Provincial,creado por el Decreto Nº 1187/96 reglamentario de laLey citada;

Que la Ley Nº 3018 faculta al Poder Ejecutivo afijar exenciones a las tasas establecidas en el artículo2º de la Ley Nº 2977 para aquellas operaciones deventa de bienes muebles registrables o no que el mismoefectùe, considerándose que en el presente caso resultaatendible eximir del sellado correspondiente, a lalicitación pública ordenada por el Decreto Nº 995/96;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1º.- El valor base de cada vehículo a servendido en cumplimiento de lo dispuesto en el DecretoNº 995/96, será fijado por una Comisión Técnica Pa-trimonial ad-hoc, que estará integrada por el Sr. JoséLapa, en representación de la Contaduría General dela Provincia, la Señora Myriam Castro enrepresentación de la Dirección General de Rentas, elCr. Mariano Oscar Giammona en representación dela Secretaría General de la Gobernación, y los SeñoresSilvio Marcos Aostri y Horacio Alberto Guzmán, enrepresentación de la Dirección de Talleres de laGobernación, quienes elevarán el acta correspondientea la Secretaría General de la Gobernación.

Art. 2º.- Destínense los recursos que se originenen la venta ordenada por el Decreto Nº 995/96 , alprograma 3.0342.0, con finalidad 1, función 90,denominado “Crédito especial para dar cumplimientoa la ley Nº 2959” destinado al pago de sentenciascondenatorias contra el Estado Provincial, creado porel Decreto Nº 1187/96, reglamentario de la Ley citada.

Art. 3º.- Exímese a la licitación pública a realizarseen virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 995/96,del sellado de pliegos respectivo, de acuerdo con lafacultad otorgada por el artículo 10º de la ley Nº 3018.

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado porlos Señores Ministro de Gobierno, Trabajo y AsuntosSociales, y de Hacienda.

Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tomese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.

VERANI - R.R. de Bariazarra - J.L. Rodriguez.–oOo–

DECRETO Nº 1630Viedma, 1 de octubre de 1996.

Visto, el Expte. Nº 33.111-A-96, del registro delMinisterio de Gobierno, Trabajo y Asuntos Sociales,mediante el cual la asociación civil denominadaAsociación Esperanza, solicita la concesión de lapersonería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que en la constitución de la recurrente se han

cumplido los requisitos exigidos por el Decreto-LeyNº 162/58 y su Reglamentario 2.759/62 y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Que los fines que se propone dicha Institución sehallan comprendidos en la disposición del Art. 33 Inc.1º, Segunda Parte del Código Civil.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la asociación civil denominada“Asociación Esperanza”, constituida y con domicilioen San Carlos de Bariloche, Departamento Bariloche,de esta Provincia, el día 10 de julio de 1996 yapruébase su estatuto social obrante de fojas veintiséis(26) a treinta y cuatro (34) del expediente aludido.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y AsuntosSociales.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- R. R de Bariazarra.–oOo–

DECRETO Nº 1631Viedma, 1 de octubre de 1996.

Visto, el Expte. Nº 32.218-B-96, del registro delMinisterio de Gobierno, Trabajo y Asuntos Sociales,mediante el cual la asociación civil denominadaBiblioteca Popular del Barrio Luján, solicita laconcesión de la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que en la constitución de la recurrente se han

cumplido los requisitos exigidos por el Decreto-LeyNº 162/58 y su Reglamentario 2.759/62 y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Que los fines que se propone dicha Institución sehallan comprendidos en la disposición del Art. 33 Inc.1º, Segunda Parte del Código Civil.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la asociación civil denominada“Biblioteca Popular del Barrio Luján”, constituida ycon domicilio en El Bolsón, Departamento Bariloche,de esta Provincia, el día 28 de mayo de 1995 yapruébase su estatuto social obrante de fojasdiecinueve (19) a veinticuatro (24) del expedientealudido.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y AsuntosSociales.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- R. R de Bariazarra.–oOo–

DECRETO Nº 1632Viedma, 1 de octubre de 1996.

Visto, el Expte. Nº 32.808-C-96, del registro delMinisterio de Gobierno, Trabajo y Asuntos Sociales,mediante el cual la asociación civil denominada Centrode Jubilados y Pensionados de Mainqué, solicita laconcesión de la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que en la constitución de la recurrente se han

cumplido los requisitos exigidos por el Decreto-LeyNº 162/58 y su Reglamentario 2.759/62 y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Que los fines que se propone dicha Institución sehallan comprendidos en la disposición del Art. 33 Inc.1º, Segunda Parte del Código Civil.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la asociación civil denominada “Centrode Jubilados y Pensionados de Mainqué”, constituiday con domicilio en Mainqué, Departamento General

Roca, de esta Provincia, el día 22 de febrero de 1995y apruébase su estatuto social obrante de fojasveintinueve (29) a treinta y cuatro (34) del expedientealudido.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y AsuntosSociales.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- R. R de Bariazarra.–oOo–

DECRETO Nº 1633Viedma, 1 de octubre de 1996

Visto el Expte. Nº 32.707-C-96, del registro delMinisterio de Gobierno, Trabajo y Asuntos Socialesmediante el cual la asociación civil denominadaColegio Médico Zona Atlántica con personería jurídicaotorgada por Decreto del Poder Ejecutivo ProvincialNº 167 de fecha 26 de marzo de 1981, solicita laaprobación de la modificación introducida al estatutosocial; y

CONSIDERANDO:Que dicha reforma fue tratada en Asamblea Ge-

neral Extraordinaria de fecha 18 de diciembre de 1995y aprobada por la Dirección de Personas Jurídicasmediante resolución Nº 129 de fecha 4 de junio de1996.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Apruébase, en la forma de fojas quince(15) a diecisiete (17) del expediente aludido, la reformade los Arts. 1º, 2º, 7º, 12, 17, 18, 19, 20, 39, 50, 51 y52 del estatuto social de la asociación civildenominada: “Colegio Médico Zona Atlántica”, condomicilio en Viedma, Departamento Adolfo Alsina,de esta Provincia.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y AsuntosSociales.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- R. R de Bariazarra.–oOo–

DECRETO Nº 1634Viedma, 1 de octubre de 1996.

Visto, el Expte. Nº 62.868-D-96, del registro delex Ministerio de Gobierno, mediante el cual laasociación civil denominada Biblioteca Popular RucaHueney, solicita la concesión de la personería jurídica;y

CONSIDERANDO:Que en la constitución de la recurrente se han

cumplido los requisitos exigidos por el Decreto-LeyNº 162/58 y su Reglamentario 2.759/62 y que suestatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;

Que los fines que se propone dicha Institución sehallan comprendidos en la disposición del Art. 33 Inc.1º, Segunda Parte del Código Civil.

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la asociación civil denominada“Biblioteca Popular Ruca Hueney”, constituida y condomicilio en General Roca, Departamento del mismonombre, de esta Provincia, el día 5 de abril de 1995 yapruébase su estatuto social obrante de fojas cuatro(4) a ocho (8) del expediente aludido.

Art. 2º - El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y AsuntosSociales.

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.- R. R de Bariazarra.

Page 13: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

13BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

DECRETO Nº 1746Viedma, 16 de octubre de 1996.

Visto: la Ley Nº 3020; yCONSIDERANDO:Que mediante la citada ley se establece un impuesto

de emergencia a la propiedad, posesión o tenencia debienes inmuebles;

Que el artículo 6º de la norma referenciada, delegaen el Poder Ejecutivo la atribución de establecer, porvía reglamentaria, la forma y condiciones de pago delgrávamen;

Que asimismo, a fin de dar acabado cumplimientoa las obligaciones emergentes del artículo 3º de la leyde marras, esto es, garantizar la prestación de losservicios públicos esenciales a cargo del Estado Pro-vincial, priorizando los correspondientes a Salud,Educación y Acción Social, es necesario arbitrar losmedios para el ingreso de recursos líquidos.

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1º.- El pago del Impuesto de emergenciaestablecido por la Ley Nº 3020 deberá efectuarseexclusivamente en dinero.

Art. 2º.- La Dirección General de Rentas, comoautoridad de aplicación de la Ley Nº 3020, deberádictar las normas necesarias para la implementacióny adecuada percepción del grávamen.

Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado porel Señor Ministro de Hacienda.

Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI - J.L. Rodriguez.–oOo–

RESOLUCIONES–––

Provincia de Río NegroMinisterio de Hacienda

DIRECCION GENERAL DE CATASTROY TOPOGRAFIA

Resolución Nº 143/96Viedma, 17 de octubre de 1996.

Visto, el expediente Nº 168.147-C-96, en el quese ha incorporado reclamo referido a la valuacióncatastral del inmueble individualizado mediante lasiguiente Nomenclatura Catastral: DepartamentoCatastral 02, Circunscripción 1, Sección E, Manzana321, Parcela 11; y

CONSIDERANDO:Lo expuesto en la Nota Nº 44/96 del Area

Relevamiento de Accesiones, por la que se fundamentaun cambio en la valuación del inmueble citado;

Que es procedente la modificación de valuación,por aplicación del Artículo 5º Inciso e) de la Ley Nº1.464.

Por ello,El Director General de Catastro y Topografía

R E S U E L V E :1º.- Fijar como valuación catastral vigente para el

inmueble individualizado como DepartamentoCatastral 02; Circunscripción 1; Sección E; Manzana321; Parcela 11; la siguiente:

V. Tierra V. Mejoras V. Total02-1-E-321-11 $ 2.710,53 $ 0,00 $ 2.710,53

2º.- Informar al responsable de la parcela afectadapor la valuación modificada por la presente Resoluciónque, por razones de incorporación de talesmodificaciones a registros computarizados, es posibleque la valuación catastral anterior continúeapareciendo por cierto período en Padrones y recibosdel impuesto inmobiliario. No obstante el valorcatastral vigente es el fijado por esta Resolución.

3º.- Regístrese, comuníquese al responsable delinmueble, a la Direción de Catastro, a la DirecciónGeneral de Rentas, y Areas de la Repartición que

corresponda, publíquese en el Boletín Oficial a losefectos de contabilizar el plazo establecido por elartículo 11 de la Ley Nº 1.464 y cumpido archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General deCatastro y Topografía.

–oOo–

Provincia de Río NegroMinisterio de Economía

DIRECCION DE MINERIAResolución Nº 47/96

Viedma, 14 de octubre de 1996.Visto, las facultades conferidas a la Dirección de

Minería, Autoridad de Primera Instancia, por el art.281 de la Ley Nº 2.871; y

CONSIDERANDO:Que en la Resolución A.M. Nº 01/94 se han

omitido los precios correspondientes a las gúas dealgunos minerales;

Que la política de la Dirección de Minería respectoal valor de la guía, es la de mantener una relaciónacorde con el precio del producto, demanda delmercado y utilidades;

Que existen algunas empresas que poseenyacimientos en provincias vecinas y realizan eltratamiento del mineral en la provincia de Río Negro,pagando dos veces el valor de la guía por el mismomineral, en bruto y beneficiado;

Que en virtud de las atribuciones que le confierela Ley Nº 2.871, correspondiente dictar el pertinenteacto administrativo.

Por ello,La Autoridad Minera de Primera Instancia

R E S U E L V E :Mineral Valor de la Guía

Arcillas rojas $ 0,10/TnArcillas blancas en bruto $ 0,40/TnArcillas tratadas $ 0,20/TnBasalto $ 0,10/TnBentonita en bruto $ 1,00/TnBentonita tratada $ 0,50/TnCaolín en bruto $ 0,40/TnCaolín tratado $ 0,20/TnCalcita-Aragonita en bruto $ 0,20/TnCalcita-Aragonita tratada $ 0,10/TnCaliza en bruto $ 0,20/TnCaliza tratada $ 0,10/TnConchilla $ 0,10/m3Cuarzo $ 1,00/TnDolomita en bruto $ 0,30/TnDolomita tratada $ 0,15/TnDiatomita en bruto $ 0,40/TnDiatomita tratada $ 0,20/TnFluorita en bruto $ 1,00/TnFluorita tratada $ 0,50/TnGranito en bruto $ 0,40/TnGranito tratado $ 0,20/TnPiedra laja en bruto $ 0,25/TnPiedra laja aserrada $ 0,10/TnSal en bruto $ 0,25/TnSal industrializada $0,15/TnSulfato de sodio $ 0,40/TnYeso agrícola $ 0,10/TnYeso común en bruto $ 0,15/TnYeso tratado $ 0,10/TnToba en bruto $ 0,20/TnToba tratada $ 0,10/TnAluviones auríferos $ 0,10/TnAridos $ 0,10/m3Aridos en zona Andina $ 0,30/m3Perlita en bruto $ 0,40/TnPerlita tratada $ 0,20/TnMinerales de plomo $ 2,50/TnMinerales de zinc $ 5,00/TnMinerales de cobre $ 2,50/TnMinerales de manganeso $ 1,50/TnMinerales de hierro $ 2,00/TnMinerales de Wolframio $1,50/TnValor por talonario $ 3,50

Art. 2º.- Aquellas empresas que poseanyacimientos en provincias vecinas y realicen eltratamiento del mineral en la de Río Negro, deberánabonar la correspondiente guía de minerales (a la salidade planta), y su valor será del 30% del precioestablecido por la presente Resolución.

Art. 3º.- Derógase las Resoluciones A.M. Nº 1/94,35/94, 7/95 y todas las que se opongan a la presente.

Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese poruna vez en el Boletín Oficial, cumplido archívese.

Lic. Carmen Wagner, Directora de Minería,Autoridad Minera de Primera Instancia.– MarcelaPatricia Gaitán, Escribana de Minas.

–oOo–Provincia de Río Negro

MUNICIPALIDAD DE VIEDMAResolución Nº 34

Viedma, 17 de octubre de 1996.

El Secretario de GobiernoRESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar la reglamentación de los 7º,10, 11, 12, 13, 15, 16, 21 y 23 de la Ordenanza Nº3318, que como anexo forma parte de la presente.

Art. 2º - Registrar, tomar razón, publicar, pase a laDirección General de Seguridad e Higiene a susefectos. Cumplido, archívese.

Ing. José Luis Foulkes, Secretario de Gobierno.–––

Reglamentación Ordenanza Nro. 3318/96Capítulo I

Art. 7º - Inc. C.- De las licencias.1) Cuando el solicitante tenga en trámite el título

del automotor al momento de la solicitud, deberápresentar certificación donde conste lainiciación del mismo otorgada por elresponsable del registro del automotor. En talcaso la Dirección General de Seguridad eHigiene podrá otorgar un plazo de hasta treinta(30) días para su circulación como taxi.

2) Las fotocopias deberán ser autenticadas por Juezde Paz y/o Escribano Público.

3) Cuando se trate de un condominio en latitularidad del vehículo y la solicitud de licenciasea presentada por ambos titulares se exigirá elcumplimiento del Art. 7 Incs. a) y b).

Capítulo IIArt. 10. - Inc. 1.- Del botiquín de primeros auxilios:

Los elementos mínimos exigidos por la autoridadMunicipal son:

– Desinfectante– Agua oxigenada 10 vol.– Vendas– Tela adhesiva– Gasas– Apósito autoadhesivo (curitas)– Tijera– Guantes de látex descartables.No deberán portar medicamentos ni aun aquellos

de venta libre.

Capítulo IIIArt. 11. - Del reloj taxímetro.1) Definición: El reloj taxímetro deberá ser un

instrumento que permita medir exactamente ladistancia recorrida y tasarla de acuerdo a una tarifapreestablecida por Ordenanza Municipal vigente.

2) Ubicación: Se instalará a la altura del espejoretrovisor de los vehículos a la vista del pasajero.

3) Características Técnicas:a) Deberá ser electrónico en un cien por cien

(100%), excepto en el sistema de impresión delos ticket.

b) Deberá permitir incorporar nuevas funcionescon la utilización del software adecuado (lógicaflexible).

c) Diseño compacto con todas sus partes dentrode un mismo gabinete.

Page 14: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

14BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

d) Impresora incorporada.e) Capacidad de registrar e indicar al pasajero la

velocidad del automóvil.4) Condiciones de Operación:a) Deberá estar habilitado para trabajar con una

sola tarifa, precintado y con la certificacióntécnica según el Art. 12 de la Ord. 3318.

b) Se concede un plazo de ciento veinte (120) díaspara adecuarse a las características descriptasen la presente, el que se computará a partir dela vigencia.

Art. 12. -1) Los relojes deberá ser programados por

comercios habilitados a tal fin. El técnico responsablesellará el equipo con un precinto inviolable entregadopor el Municipio, asegurándose la imposibilidad deacceder libremente a los mecanismos de programación.

2) Para los relojes adquiridos fuera de la ciudadde Viedma por comercios no habilitados por laMunicipalidad, los mismos deberán ser igualmentecontrolados por los comercios habilitados al efecto,cumplimentando con lo prescripto por la Ord. 3318 yla presente reglamentación, dejando constancia de elloen la certificación técnica.

3) El comercio habilitado extenderá unacertificación técnica una vez verificado elfuncionamiento óptimo del instrumento conforme almodelo que se adjunta a continuación:

CERTIFICACION TECNICAResponsable técnico: ...........................................Marca y modelo del taxímetro: ............................Nº de serie: ...........................................................Rodado del automotor: ........................................Apellido y nombre del propietario: .....................Fecha de inspección: ............................................Nº de precinto: .....................................................Observaciones: .....................................................Dicho comercio deberá habilitar un registro de

certificaciones otorgadas a los efectos de un control,y en caso de extravíos proceder a emitir un duplicadoen el que deberá dejar su constancia de estacircunstancia.

4) Se entenderá por Comercio habilitado paracertificar técnicamente el funcionamiento de los relojestaxímetros, a aquel que además de cumplir con losrequisitos exigidos por la Dirección General deSeguridad e Higiene, para locales comerciales del ramoreúne los siguientes requisitos, a saber:

a) Presentar nota solicitando reconocimiento de sucomercio habilitado para tal fin.

b) Poseer un representante técnico responsable paradar cumplimiento a la normativa vigente.

c) Presentar certificación expedida por el fabricantey/o representante de distribuidores.

Art. 13. -1) Si no se cuenta con impresora se deberá emitir

una factura con los mismos datos descriptos en el Art.13 hasta que se adecúe según plazo previsto en el Art.11 punto 4, Inc. b) de la presente reglamentación.

Art. 15. -Obligaciones de los Conductores - Inc. d)1) La autoridad de aplicación a través de la

inspectoría podrá solicitar al conductor dar vista de ladocumentación original, y en caso de no poseerla enese acto, se le dará un plazo de veinticuatro (24) horas,mediante notificación del acta que se labrará a talefecto, para presentarla por ante la autoridadcompetente.

La autorización expresa de portar documentaciónen fotocopia, sólo es a los efectos de la verificaciónmunicipal sin oponerse esta norma a la obligatoriedaddel cumplimiento de la legislación nacional o provin-cial en esta materia.

Las fotocopias deberán contar con sello y firmaoriginales.

Art. 16. -Forma y modo en que los titulares de licencias

deberán presentar a los conductores:

1) Los propietarios de licencias deberán presentaral o los conductores al Departamento Tránsito pormedio de las planillas habilitadas para tal fin,acompañando las mismas con una foto carnetactualizada. La Municipalidad entregará unaidentificación de cada conductor la que deberá serexhibida en el cartificado de habilitación y ambos aestar a la vista y disposición del público usuario.

En caso de sustitución y/o incorporación de nuevoconductor deberá denunciarlo en un plazo no mayorde cinco (5) días.

2) El titular deberá llevar un registro donde consteel horario en que cumple funciones dicho conductor,al cual podrá tener acceso la autoridad competente yque estará depositado en el domicilio denunciado enla declaración jurada presentada oportunamente.

Art. 21.-Los automóviles afectados al servicio de taxi, serán

inspeccionados por la Dirección General de ServiciosPúblicos dependiente de la Secretaría de Obras yServicios Públicos Municipal conforme a lasespecificaciones y planillas que como anexo I formanparte de la presente reglamentación.

C) Estado técnicoLas deficiencias que comprometen la seguridad de

circulación y confort del pasajero que sean detectadasen el transcurso de la inspección y de evaluación de launidad por parte de la Autoridad Municipal,determinarán las medidas correctivas necesarias parasubsanar las anomalías de acuerdo a los siguientescriterios:

a) Prohibición de circulación del automóvil comotaxi, retirándosele reloj, barral con cartelidentificatorio y certificado de habilitación deacuerdo a las causales expresadas en el anexo I.

b) No aprobación de la inspección técnica, conobligación de realizar la reinspección en unplazo determinado de acuerdo a las causalesexpresadas en el anexo I.

c) Apercibimiento que implica subsanar la o lasdeficiencia/s detectada/s ante de la próximaverificación.

Los vehículos rechazados en la inspección técnicatendrán una segunda revisión donde se controlará quelas deficiencias observadas han sido subsanadas. Eltitular de la licencia para la segunda revisión podráconcurrir acompañado con un mecánico. Si fueranuevamente rechazado deberá solicitar nuevo turnode inspección abonando la tasa respectiva.

Art. 23.-Los titulares de licencia presentarán a la autoridad

de aplicación los comprobantes del pago del segurocorrespondiente a los tres meses subsiguientes a lafecha de presentación. No se computarán a esos efectosel mes en que se realiza la presentación cuando lamisma fuera posterior al día 15. Aplicándose estecriterio a partir del primero de enero de 1997.

Mientras dure el reempadronamiento y durante elaño en curso a los efectos de regularizar dichaexigencia, la autoridad de aplicación certificará lavigencia del mismo y exigirá una cobertura por unperíodo no menor a treinta (30) días.

Con relación al impuesto al automotor se deberápresentar el recibo correspondiente a la última cuotavencida.

–––

ANEXO IINSPECCION TECNICA

CONDICIONES GENERALESEl vehículo a inspeccionar deberá estar en perfectas

condiciones de higiene en lo que respecta a carrocería(interior y exterior), baúl, motor, chassis, etc.

1) Carrocería: Interior y ExteriorSe comprobará el estado general de chapa y

pintura, observando que no presenten partes flojas,sueltas aristas que puedan ocasionar daños a terceros.Se comprobará el correcto estado de sujeción de losguardabarros. El correcto estado sujeción y altura de

los paragolpes y defensas reglamentarias, su ubicacióny dimensiones, no pudiendo utilizarse elementosajenos que puedan ocasionar perjuicios a terceros.

Comprobación del buen funcionamiento de lossistemas de cierres de puertas, cristales y levantacristales, y estado de las trabas de seguridad.

Comprobación de la no existencia en los cristalesde calcomanías y de objetos adheridos que pudieranobstaculizar la visual.

Comprobación del buen estado de conservacióndel tapizado y funcionalidad del asiento trasero.

Comprobación de pintura reglamentaria deacuerdo a la normativa vigente.

2) Carrocería: InteriorComprobación del estado: caño de escape,

conexión de frenos y combustibles, abrazaderas ypérdidas de fluidos.

Comprobación del buen estado general deamortiguadores, pérdida de fluido y estado de.

Comprobación de sujeción del motor, caja, tanquede combustible, barras de torsión.

Comprobación de espirales y/o ballestas, bujes,tapas o tren de rebote.

Comprobación de elementos mecánicos de lacarrocería que se encuentren sueltos o sujetos demanera impropia.

3) Tren Delatero:Comprobación de rótulas, bujes, parrillas y

extremos, estado de cremallera y/o caja de dirección.

4) Frenos:Comprobación del correcto funcionamiento,

capacidad y balance del sistema, incluyendo el deemergencia.

5) Neumáticos:Comprobación del: estado, aspecto general y

profundidad del dibujo incluido el de auxilio.Comprobación del estado de las llantas y sus

elementos de fijación.

6) Sistema Eléctrico y de Iluminación:Comprobación del buen estado general del sistema

eléctrico comprobando el correcto estado y el buenfuncionamiento de los sistemas de: posición, frontaly trasero, giro, patente, freno de emergencia ydetención, marcha atrás, interiores y de tableros.

En el sistema de luces altas y bajas se comprobaráademás de su alineación e intensidad el estado de lallave de cambio alta-baja.

Se comprobará la luz indicadora de libre conectadoal reloj y el buen funcionamiento cartel libre bandera.

7) Bases de Escape y Nivel de Ruido:Se verificará la no sujeción de los márgenes

admitidos tanto en la emisión de partículas sólidas,hidrocarburos libres o monóxido de carbono, comoasí también la intensidad sonora.

8) Bocina, Accesorios de Seguridad Lava yLimpiaparabrisas:

Se verificará el estado y funcionamientoreglamentario de la bocina.

Existencia y condiciones de funcionamiento dematafuego (éste deberá tener grabado el Nro. dedominio del automóvil), balizas, espejos retrovisores,cinturones de seguridad, etc.

Existencia y condiciones de funcionamiento ycantidad previstos por fábricas, de loslimpiaparabrisas.

9) Equipamiento Reglamentario:Verificación de su correcto funcionamiento: de

barral, luz de libre y reloj taxímetro.En el reloj taxímetro se verificará la caída de ficha

por distancia recorrida y por tiempo de espera segúnOrdenanza vigente.

Page 15: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

15BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

10) Equipo de Gas G.N.C.):Se verificará anclajes, numeración del o los tubos,

instalación, número de regulador y vigencia delcertificado.

CondicionesEl vehículo a inspeccionar deberá estar en perfectas

condiciones de higiene en lo que respecta a carrocería(interior y exterior), baúl, motor, chasis, etc.

Criterios AplicadosLas causales del retiro de circulación serán las

siguientes:01- Chasis o falso chasis fisurado o roto.02. Caja de dirección floja o rota.03. Ejes fisurados.04. Cubiertas en mal estado, recapadas y/o sin

dibujo.05. Falta de cinturones de seguridad.06. Reloj taxímetro que no se ajuste a las tarifas

preestablecida.

2. Rechazo de la Inspección Técnica - Causales:

01- Ejes soldados.02- Puntas de ejes con juego excesivo.03. Pérdida de fluido de freno.04. Pérdidas de fluidos lubricantes (caja,

diferencial, motor).05. Campanas o discos de freno en mal estado.06. Falta y/o mal funcionamiento del freno de

emergencia.07. Flexibles en mal estado.08. Hojas de elásticos roto.09. Resorte de suspensión rotos o vencidos.10. Anclajes y funcionamiento deficiente de

amortiguadores.11. Falta de luces reglamentarias.12. Parabrisas, lunetas, cristales rotos o fisurados

que comprometan la visibilidad.13. Calcomanías u objetos adheridos en los

cristales, parabrisas o lunetas que obstaculicenla visula.

14. Paragolpes deficientes.15. Accionamiento de puertas deficientes o

faltantes.16. Pisos y/o pasaruedas en mal estado.17. Falta de extinguidor (éste deberá tener grabado

el Nro. de dominio del automóvil a verificar).18. Falta de botiquín.19. Falta de balizas.20. Falta de rueda de auxilio.21. Asientos en mal estado.22. Falta de higiene interior y exterior.23. Funcionamiento deficiente del sistema de

calefacción y ventilación.24. Aspecto exterior deficiente (chapa, pintura,

etc.).25. Falta de limpiaparabrisas.26. Sistema de escape en mal estado.

3. Suspensión de la Licencia:

Se suspenderá la licencia cuando:

1) Dado el tiempo prudencial para la reinspeccióntécnica y verificando en la misma que las deficienciasindicadas por la Autoridad Municipal al momento dela inspección no han sido subsidiadas.

2) Se comprueban modificaciones o adulteracionesen la documentación entregada una vez concluida lainspección técnica.

3) Se verifique que han sido cambiadas lascondiciones del vehículo luego de la inspección.

Sanciones: Serán las establecidas en la Ordenanzavigente.

–oOo–

LICITACIONES–––

Provincia de Río NegroDIRECCION DE SUMINISTROS

Licitación Pública Nº 37/96Por la locación de un inmueble en el Balneario

Las Grutas de con destino a la Secretaría de Turismo.Apertura: 8-11-96. – Hora: 11.

–––Licitación Pública Nº 39/96

Por la adquisición de equipos de computación, condestino a la Secretaría General de la Gobernación.

Apertura: 8-11-96. – Hora: 10.–––

Licitación Pública Nº 40/96Por la locación de un inmueble para la Residencia

Estudiantil, con destino a la Secretaría de Estado deAcción Social.

Apertura: 7-11-96. – Hora: 11.–––

Licitación Pública Nº 42/96Por la locación de un inmueble para depósito de

alimentos, con destino a la Secretaría de Estado y A.Sociales.

Apertura: 7-11-96. – Hora: 11.Pliegos y Consultas: En la Dirección de

Suministros, Alvaro Barros 641 Teléfono Fax 0920-23653 Viedma Río Negro.

–oOo–ESTADO MAYOR GENERAL

DEL EJERCITOComando Vto. Cuerpo de Ejército

Licitación Pública Nº 13/96Rubro del Acto Licitario: “Víveres Secos” (incluye

Leche e Polvo). Semestre: Enero/Junio ‘97Lugar donde pueden retirarse y/o consultarse los

Pliegos: Comando Vto, Cuerpo de Ejército(Departamento V Contaduría y Finanzas), sito enFlorida s/nº - Villa Floresta - Bahía Blanca (Pcia. deBuenos Aires).

Valor del Pliego: $ 2.000,00.Lugar de Presentación de las Ofertas: Comando

Vto. Cuerpo de Ejército (Departamento V - Contaduríay Finanzas).

Apertura: En el Comando Vto. Cuerpo de Ejército,el 12 de noviembre de 1996 a las 9 horas.

Licitación Pública Nº 16/96Rubro del Acto Licitario: “Pan y Pan Rallado”.

Semestre: Enero/Junio ‘97Lugar donde pueden retirarse y/o consultarse los

Pliegos: Comando Vto, Cuerpo de Ejército(Departamento V Contaduría y Finanzas), sito enFlorida s/nº - Villa Floresta - Bahía Blanca (Pcia. deBuenos Aires).

Valor del Pliego: $ 350,00.Lugar de Presentación de las Ofertas: Comando

Vto. Cuerpo de Ejército (Departamento V - Contaduríay Finanzas).

Apertura: En el Comando Vto. Cuerpo de Ejército,el 13 de noviembre de 1996 a las 12 horas.

–oOo–Licitación Pública Nº 17/96

Rubro del Acto Licitario: “Productos Cárnicos”.Semestre: Enero/Junio ‘97

Lugar donde pueden retirarse y/o consultarse losPliegos: Comando Vto, Cuerpo de Ejército(Departamento V Contaduría y Finanzas), sito enFlorida s/nº - Villa Floresta - Bahía Blanca (Pcia. deBuenos Aires).

Valor del Pliego: $ 2.150,00.Lugar de Presentación de las Ofertas: Comando

Vto. Cuerpo de Ejército (Departamento V - Contaduríay Finanzas).

Apertura: En el Comando Vto. Cuerpo de Ejército,el 13 de noviembre de 1996 a las 16 horas.

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EDICTOS DE MINERIA–––

Provincia de Río NegroMinisterio de Economía y Hacienda

DIRECCION DE MINERIASolicitud de mina vacante de Bentonita

denominada “Lago Pellegrini VI” ubicada en el Dpto.General Roca, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera hace saber que porexpediente número 21.029-M-96, la empresa TalcominSur Minerales S.A. solicitó la Mina de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini VI”, actualmenteinscripta como vacante. La zona solicitada ha quedadoubicada en los planos de Registro Gráfico dentro dela legua b, lote 8, Fracción A, Sección XXVI. Departa-mento General Roca, Provincia de Río Negro. LaborLegal: Se determinó a 3.100 metros con rumbo Norte88º 40' Oeste del punto IGM Lomas del Lago. Perte-nencia 1: De forma rectangular de 300 metros de ladocon rumbo Norte 0º 12' Oeste por 200 metros y ubicadade modo que su vértice Nor-Oeste se halla a 119,60metros con rumbo Norte 88º 40' Oeste y 128,25 metroscon rumbo Norte 0º 12'’ Oeste de la Labor Legal. Sup.6 has. Pertenencia 2: De la misma forma y rumbo quela anterior y ubicada de modo que su lado Sud coin-cide integramente con el lado Norte de la pertenenciaNº 1. Sup. 6 has. 25 de setiembre de 1996. Publíqueseen el Boletín Oficial por dos veces en el término dediez (10) días pudiendo deducirse oposiciones dentrodel plazo de veinte (20) días contados desde la últimapublicación y acredite el peticionante en el términode treinta (30) días desde la notificación de la presentehaber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.Comuníquese. Fdo. Lic. Carmen Wagner, Directorade Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia.–Marcela Patricia Gaitán, Escribana de Minas.

–oOo–Solicitud de Mina-Vacante de Bentonita

denominada “Lago Pellegrini IV”, ubicada en elDepartamento General Roca, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera hace saber que porexpediente número 21.030-M-96, la empresa TalcominSur Minerales S.A. solicitó la Mina de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini IV”, actualmenteinscripta como vacante. La zona solicitada ha quedadoubicada en los planos de Registro Gráfico dentro de

Page 16: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

16BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

la Legua b, Lote 8, Fracción A, Sección XXVI, Depar-tamento General Roca, Provincia de Río Negro.- La-bor Legal: Se determinó a 3.880 metros con rumboNorte 40'’ Oeste del punto IGM Lomas del Lago. Perte-nencia 1: De forma cuadrada de 300 metros de ladocon rumbo Norte 0º 00' Oeste por 300 metros y ubicadade modo que su vértice Sud-Este se halla a 19,80 m.al Este y 32,50 metros al Sud de la Labor Legal. Sup.9 Has. Viedma, 25 de setiembre de 1996.- Publíqueseen el Boletín Oficial por dos veces en el término dediez (10) días pudiendo deducirse oposiciones dentrodel plazo de veinte (20) días, contados desde la últimapublicación y acredite el peticionante en el términode treinta (30) días desde la notificación de la presentehaber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-Comuníquese.- Fdo.: Lic. Carmen Wagner, Directorade Minería. Autoridad Minera de Primera Instancia.-Marcela Patricia Gaitán, Escribana de Minas.

–oOo–Solicitud de Mina Vacante de Bentonita

denominada “Lago Pellegrini I”, ubicada en elDepartamento General Roca, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera hace saber que porexpediente número 21.028-M-96 la empresa TalcominSur Minerales S.A., solicitó la Mina de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini I”, actualmente inscriptacomo vacante. La zona solicitada ha quedado ubicadaen los planos de Registro Gráfico dentro de la Leguab, Lote 8, Fracción A, Sección XXVI, DepartamentoGeneral Roca, Provincia de Río Negro.- Vinculación:Se partió del punto IGM, denominado Lomas del Lagodesde donde con rumbo Norte 60º 28' Oeste semidieron 3.268 m., llegando de esta forma a la LaborLegal. La pertenencia de 300 metros de lado con rumboNorte 0º 00' Oeste por 300 metros y ubicada de modoque su vértice Nor-Este se halla 25 metros al Norte y25 metros al Este de la Labor Legal. Sup. 9 Has.-Viedma, 24 de setiembre de 1996.- Publíquese en elBoletín Oficial por dos veces en el término de diez(10) días pudiendo deducirse oposiciones dentro delplazo de veinte (20) días contados desde la últimapublicación y acredite el peticionante en el términode treinta (30) días desde la notificación de la presentehaber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-Comuníquese.- Fdo.: Lic. Carmen Wagner, Directorade Minería. Autoridad Minera de Primera Instancia.Marcela Patricia Gaitán, Escribana de Minas.

–oOo–

Solicitud de Mina Vacante de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini II”, ubicada en elDepartamento General Roca, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera hace saber que porexpediente número 21.027-M-96, la empresa TalcominSur Materiales S.A. solicitó la Mina de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini II”, actualmente inscriptacomo vacante. La zona solicitada ha quedado ubicadaen los planos de Registro Gráfico dentro de la Leguab, Lote 8, Fracción A, Sección XXVI, DepartamentoGeneral Roca, Provincia de Río Negro.- Labor legal:Se determinó a 3.665 metros con rumbo Norte 62º 34'Oeste del punto IGM Lomas del Lago. Pertenencia 1:De forma cuadrangular de 300 metros de lado conrumbo Norte 0º 00' Este por 300 metros, y ubicada demodo que su vértice Sud-Este se halla 52,60 metrosal Sud y 84,50 metros al Este de la Labor Legal. Sup.9 Has. Viedma, 25 de setiembre de 1996.- Publíqueseen el Boletín Oficial por dos veces en el término dediez (10) días pudiendo deducirse oposiciones dentrodel plazo de veinte (20) días contados desde la últimapublicación y acredite el peticionante en el términode treinta (30) días desde la notificación de la presentehaber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-Comuníquese.- Fdo.: Lic. Carmen Wagner, Directorade Minería. Autoridad Minera de Primera Instancia.Marcela Patricia Gaitán, Escribana de Minas.

Solicitud de Mina-Vacante de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini III”, ubicada en elDepartamento General Roca, Provincia de Río Negro.

La Autoridad Minera hace saber que porexpediente número 21.026-M-96 la empresa TalcominSur Minerales S.A. solicitó la Mina de Bentonitadenominada “Lago Pellegrini III”, actualmenteinscripta como vacante. La zona solicitada ha quedadoubicada en los planos de Registro Gráfico dentro dela Legua b, Lote 8, Fracción A, Sección XXVI,Departamento Gral. Roca, Pcia. de Río Negro.- LaborLegal: Se determinó a 3.360 metros con rumbo Norte58º 00' Oeste del punto IGM Lomas del Lago.Pertenencia 1: De forma cuadrada de 300 metros delado con rumbo Norte 0º 00' Este por 300 metros yubicada de modo que su vértice Sud-Este se halla 80,20metros al Este y 120,15 metros al Sud de la LaborLegal. Sup. 9 Has.- Viedma, 25 de setiembre de 1996.-Publíquese en el Boletín Oficial por dos veces en eltérmino de diez (10) días, pudiendo deducirseoposiciones dentro del plazo de veinte (20) díascontados desde la última publicación y acredite elpeticionante en el término de treinta (30) días desdela notificación de la presente haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- comuníquese.- Fdo.: Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería. AutoridadMinera de Primera Instancia.- Marcela Patricia Gaitán,Escribana de Minas.

–oOo–Solicitud para explotar una Cantera de Aridos

presentada por Patricia Lelia Sugosky, ubicada en elDepartamento General Roca, Provincia de Río Negro,Expte. Nº 20.089-M-95.

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico dentro de la Legua a, del Lote 21, Fracción B,Sección XXVI, Departamento General Roca, Provinciade Río Negro, a su vez lo hace en el Catastral E1, enel DC5-C06 y la parcela 5-06-260270.- Adopta formade trapecio irregular de aproximadamente 3,5 Ha. Sedefine por las siguientes coordenadas Gauss-Krügger:Vértice a (NO): X = 5.693.414,8305, Y =2.617.669,3721; Vértice B (SO): X = 5.683.087,1856,Y = 2.617.631,2651; Vértice C (SE): X =5.683.025,1222, Y = 2.617.738,6605; Vértice D (NE):X = 5.683.356,3901, Y = 2.617.740,7173.-Corresponde ordenar las publicaciones en la formaestablecida el Art. 130 de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 11/1/96.- Publíquese en el BoletínOficial por tres veces en el término de diez días yacredite el peticionante, en el término de quince díashaber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-Notifíquese.- Las oposiciones podrán deducirse dentrode los quince días siguientes al de la últimapublicación. Fdo.: Lic. Carmen Wagner, Directora deMinería. Autoridad Minera de Primera Instancia.

–oOo–Solicitud de Permiso de Cateo para las Sustancias

Minerales de la Primera y Segunda Categoría conexclusión de las comprendidas en Inc. 1º Art. 4º delCódigo de Minería e Hidrocarburos Fluidos, ubicadaen el Departamento San Antonio, Provincia de RíoNegro.

La Autoridad Minera le hace saber que por Expte.Nº 21.060-M-96 la empresa Ocobamba S.A. solicitóPermiso de Cateo. La zona peticionada ha quedadoubicada en el Lote 1 de la Fracción F de la ColoniaChilavert, Dpto. San Antonio. Afecta parte de laparcela 25-4-600600/580540/580640 y parte de lainmediata (al Este) sin nomenclatura. Adopta formacuadrada de 2.500 Ha. Sus vértices quedan definidospor las siguientes coordenadas Gauss-Krügger,Sistema Inchauspe. Vértice 1 (NO) = X 5381086,74Y 3552347,00 - Vértice 2 (NE) X = 5381086,74 Y3557347,66 - Vértice 3 (SE) = X 5376086,74 Y3557347,66 - Vértice 4 (SO) = 5376086,74 Y3552347,66.- Corresponde ordenar el registro ypublicaciones conforme al Art. 25 del Código de

Minería y formalidades prescriptas por el Art. 37 dela Ley Nº 2871. Registro Protocolar.- Fdo.: Ana M.Neimann.- Viedma, 3 de setiembre de 1996.-Regístrese. De acuerdo a lo previsto por el Art. 25 delCódigo de Minería y 37 de la Ley 2871: 1. Publíqueseel edicto correspondiente en el Boletín Oficial por dosveces en el término de diez días y acredite elpeticionante, dentro de los treinta días a contar desdela fecha de notificada la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- 2. Notifíquese de la solicitudefectuada a los propietarios superficiarios informadospor la Dirección de Catastro a fs. 10, en los domicilioscitados en el referido informe. Cuando la Direcciónde Catastro no pudiera determinar e informar sudomicilio (calle y número), o cuando el propietarioestuviera ausente del mismo la publicación será tenidacomo notificación suficiente.- Las oposiciones podrándeducirse dentro de los veinte días siguientes al de laúltima publicación o notificación en su caso.- Fdo.:Lic. Carmen Wagner, Directora de Minería. AutoridadMinera de Primera Instancia. Marcela Patricia Gaitán,Escribana de Minas.

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EDICTOS - IPPV–––

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION

Y PROMOCION DE LA VIVIENDAEl Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda intima al Sr. Miguel Angel Rodríguez (DU.Nº 13.134.195), a ocupar la Unidad Habitacionalidentificada como Ent. 26, P.P. Dpto. “E”correspondiente al Plan 300 Viviendas de la localidadde Sierra Grande, con el grupo familiar que motivó laadjudicación de la misma.- Plazo cinco (5) días. Casocontrario, ante negativa expresa o tácita se iniciarántrámites de desadjudicación y desalojo inmediato.-Fdo.: Lic. Sonia Mabel Pappático, Directora deAdjudicaciones del I.P.P.V.

–oOo–El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda intima al Sr. Ortiz Carlos Alberto a ocuparla Unidad Habitacional identificada como Casa Nº 05,correspondiente al Plan 52 Viviendas de la localidadde General Conesa, con el grupo familiar que motivóla adjudicación de la misma.- Plazo cinco (5) días.Caso contrario, ante negativa expresa o tácita seiniciarán trámites de desadjudicación y desalojoinmediato.- Fdo.: Lic. Sonia Mabel Pappático,Directora de Adjudicaciones del I.P.P.V.

–oOo–El Instituto de Planificación y Promoción de la

Vivienda intima al Sr. Capel, Héctor a ocupar laUnidad Habitacional, ubicada en calle Ortiz Nº 1177,correspondiente al Plan 217 Viviendas, de la localidadde Cipolletti, con el grupo familiar que motivó laadjudicación de la misma.- Plazo cinco (5) días. Casocontrario, ante negativa expresa o tácita se iniciarántrámites de desadjudicación y desalojo inmediato.-Fdo.: Lic. Sonia Mabel Pappático, Directora deAdjudicaciones del I.P.P.V.

–oOo–NOMINA PREADJUDICATARIOS

VIVIENDAS——

PLAN: 122 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: Villa Regina

Adjudicatarios de Dos DormitoriosQuintulen, Raúl Gerónimo ... DNI.16.366.773y Linares, Susana Ester .........DNI. 13.176.600Se informa que a partir de la presente publicación,

queda abierto el período de impugnaciones durantediez días corridos, y quienes consideren necesarioimpugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido alSr. interventor del I.P.P.V., invocando la causal quemotiva dicha impugnación, con aclaración de Apellidoy Nombre, Número de Documento y Domicilio.

Page 17: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

17BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

Lic. Sonia Mabel Pappático, Directora deAdjudicación I.P.P.V.

–––PLAN: 200 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: Allen

Adjudicatarios de Tres DormitoriosGómez, Antonio ....................DNI. 14.788.047y Salazar, Ana María ............DNI. 17.631.597Se informa que a partir de la presente publicación,

queda abierto el período de impugnaciones durantediez días corridos, y quienes consideren necesarioimpugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido alSr. interventor del I.P.P.V., invocando la causal quemotiva dicha impugnación, con aclaración de Apellidoy Nombre, Número de Documento y Domicilio.

Lic. Sonia Mabel Pappático, Directora deAdjudicación I.P.P.V.

–––PLAN: 200 Viviendas FO.NA.VI.LOCALIDAD: San Antonio Oeste

Adjudicatarios de Tres DormitoriosBustos, Rosa Zusana .............DNI. 11.860.933Se informa que a partir de la presente publicación,

queda abierto el período de impugnaciones durantediez días corridos, y quienes consideren necesarioimpugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido alSr. interventor del I.P.P.V., invocando la causal quemotiva dicha impugnación, con aclaración de Apellidoy Nombre, Número de Documento y Domicilio.

Lic. Sonia Mabel Pappático, Directora deAdjudicación I.P.P.V.

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SECCION JUDICIAL

EDICTOS–––

El Dr. Pablo Iribarren, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº 12, con siento en la ciudad de GeneralRoca, Provincia de Río Negro, Secretaría de la Dra.Ana María Curci de Sartor, cita y emplaza a HildaGraciela Beroiza Gómez último Ddo. conocido en Bº120 Viviendas Casa Nº 16 Colonia Valentina Sur deNeuquén, DNI. Nº 13.254.730, separada, instruida,ama de casa a que esté a derecho en estos autos Nº25523.95 “Veroiza Gómez Hilda Graciela..., en los quese investiga el delito de Infr. Art. 172 C.P. dentro delquinto día a partir de la última publicación delpresente, a fin de prestar declaración indagatoria, bajoapercibimiento de declararse su rebeldía en caso deincomparencia injustificada. Publíquese por cincodías. 7 de octubre de 1996.– Dra. Ana María Curci deSartor, Secretaria.

–oOo–El Dr. Guillermo Leskovar Garrigos, Juez a cargo

del Juzgado de Instrucción Nº 10 de la SegundaCircunscripción Judicial, con asiento en la ciudad deGeneral Roca, Río Negro, Secretaría de la Dra.Gabriela Silvia Labat, cita y emplaza por el términode cinco días a Julio Fabian Ramos, soltero, instruido,20 años de edad, empleado, DNI. Nº 24.889.712,nacido en Allen el 3-6-76, con último domicilioconocido en calle Llao Llao Nº 130 de Allen, a estar aderecho en la Causa Nº 18.048/95, caratulada “AyalaManuel Alfredo s/Dcia. Lesiones, Imp. Julio FabianRamos a los fienes de prestar declaración indagatoria–Ampliación–, bajo apercibimiento de ser declaradorebelde y ordenarse su inmediata captura. Fdo. Dr.Guillermo Leskovar Garrigos, Juez. Ante Mí: Dra.Gabriela Silvia Labat, Secretaria. Publíquese por cincodías. Secretaría, 7 de octubre de 1996.– Gabriela SilviaLabat, Secretaria.

–oOo–Juan Manuel García Berro, Juez a cargo del

Juzgado Correccional Nº 10 (por subrogancia),Secretaría Unica a cargo de Martín Juan D’Apice, enautos caratulados “Nicolas, Celso Rudecindo psa.

Hurto en Tentativa”, (Expte. Nº 82/94, notifica poreste medio a Celso Rudecindo Nicolas, con últimodomicilio conocido en Rivadavia y Neuquén de laciudad de San Carlos de Bariloche, de la Resoluciónque a continuación se transcribe: “En la ciudad deSan Carlos de Bariloche, a los 3 días del mes desetiembre de 1996. Vistos:... y Considerando:...Resuelvo: I) Declarar extinguida la acción penal porprescripción, en orden al Hurto en grado de tentativaque se le atribuyera a Celso Rudecindo Nicolas, yafiliado. II) Sobreseer totalmente en la presente causaal nombrado, de conformidad a lo normado por losArts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67 -Cuarto Párrafo- acontrario sensu, 162 y 42 del C. Penal; en función delos Arts. 307 Inc. 4º, 308, 332 y 370 del Código deRito. III) Protocolícese, notifíquese, regístrese, firmesearchivese. Fdo. Juan Manuel García Berro, Juez;Martín Juan D’Apice, Secretario.

–oOo–Mercedes Laplacette de Rezával, Juez de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial y de Minería Nº 5,con asiento en la ciudad de General Roca, SecretaríaNº 5, cita y emplaza por el término de treinta (30)días a herederos y acreedores de Dña. María ErmindaOrellana, a estar a derecho en autos caratulados:“Orellana María Erminda s/Sucesión” (Expte. Nº21.309-V-96). Publíquese por tres días. Secretaría, 7de agosto de 1996.– Mónica Baldoni, Secretaria.

–oOo–Por disposición de la Dra. Mercedes Laplacette de

Rezával, Juez a cargo del Juzgado Civil y ComercialNro. Cinco, Secretaría Nro. Cinco, Secretaría Cinco,de la Dra. Mónica Baldoni, de General Roca, RíoNegro, se cita y emplaza por treinta días a herederos yacreedores de Pedro Celestino Fontanetto, argentino,D.I.M. 2.064.331, para que comparezcan a hacer valersus derechos en autos: “Fontanetto, Pedro Celestinos/Sucesión” (Expte. Nº 21.519/V/96).- Secretaría, 9de octubre de 1996.- Mónica Baldoni, Secretaria.

–oOo–El Dr. Pablo Iribarren, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nro. Doce, con asiento en la ciudad deGeneral Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría dela Dra. Ana María Curci de Sartor, cita y emplaza aAlfredo Samuel Sánchez alias “Ciruja”, chileno, 62años, sin instrucción, último domicilio conocido encalle Sierra Grande, de Villa Regina, a que esté aderecho en estos autos Nro., en los que se investiga eldelito de Falso Testimonio Causa Nº 26310 “SánchezAlfredo Samuel S… dentro del quinto día a partir dela última publicación del presente, a fin de prestardeclaración indagatoria, bajo apercibimiento dedeclararse su rebeldía en caso de incomparenciainjustificada.- Publíquese por cinco días. 11 deoctubre de 1996.- Dra. Ana María Curci de Sartor,Secretaria.

–oOo–Enrique José Mansilla, Juez Letrado a cargo del

Juzgado Letrado Nº 1, de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería de la Tercera CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, con asiento enla ciudad de San Carlos de Bariloche, en autos: “VélezGerardo Alberto s/Sucesión” (Expte. Nº 662-146-96),que tramitan por ante el Juzgado de su cargo, SecretaríaNº 2, del Dr. Manuel Caferatta, sito en calle Villegas147 de la ciudad de Bariloche, cita, llama y emplaza aherederos y acreedores de Gerardo Alberto Vélez porel término de treinta (30) días.- Publíquense edictosen el Boletín Oficial y diario Río Negro.- San Carlosde Bariloche, setiembre 20 de 1996.- Manuel J.Caferatta, Secretario.

–oOo–Enrique J. Mansilla, Juez a cargo del Juzgado Civil

y Comercial Nº 1, de S. C. de Bariloche, Secretaría Nº1, sita por treinta días a los herederos y acreedores deMartín Torres en los autos: “Torres Martín s/Sucesión”(Expte. Nº 1158, Fº 142, Año 1995.- S. C. deBariloche, 23 de setiembre de 1996.- Manuel J.Caferatta, Secretario.

Susana Teresa Burgos, Juez a cargo del JuzgadoLetrado Nº 3 en lo Civil, Comercial y de Minería,Secretaría Nº 4, con asiento en la ciudad de GeneralRoca (RN), cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de doña Alvarez Diez María Rosa, enautos “Alvarez Diez María Rosa s/Sucesión”, (Expte.Nº 29.509-IV-1996). Publíquese por tres días. GeneralRoca, 19 de setiembre de 1996.– Cristina B. Macchi,Secretaria Subrogante.

–oOo–Fermín Donate, Juez de Primera Instancia en lo

Civil, Comercial y de Minería, a cargo del JuzgadoNº 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asientoen Viedma, Secretaría Nº 2 a cargo de la Dra. RosanaCalvetti, cita al señor Elías Victorio Curiqueo, (DI.Nº 14.458.927), para que tome intervención en autosy fiscalice la prueba a producirse en los términos delArt. 80 del C.P.C., por el término de cinco (5) días,bajo apercibimiento de designar al Defensor deAusentes para que lo represente en juicio, en autoscaratulados “Correa Gloria Zulema s/Beneficio deLitigar sin Gastos”, (Expte. Nº 0832-95-2). Publíquesepor dos (2) días. Viedma, 10 de octubre de 1996.–Rosana Calvetti, Secretaria.

–oOo–Fermín Donate, Juez de Primera Instancia en lo

Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de Viedma,Secretaría Nº 1, cita, llama y emplaza por el términode 30 (treinta) días a quienes se consideren con derechoa los bienes dejados por la causante, Leonor Rodríguez,a que se presenten a hacerlos valer en autos “RodríguezLeonor s/Suceción”, (Expte. Nº 279-96-1). Publíquesepor tres días. Viedma, 29 de abril de 1996.– Cecilia T.Cabello, Secretaria.

–oOo–Dr. Enrique Mansilla, Juez a/c. del Juzgado Letrado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y MineríaNº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de RíoNegro, Secretaría Nª 2, cita y emplaza por treinta díasa herederos y acreedores de doña Elvira o Elvira Brígitao Elvira Brigitta Roth en autos “Roth Elvira o ElviraBrigita o Brigitta s/sucesion Testamentaria”, (Expte.Nº 784-140-92). Publíquese tres días. San Carlos deBariloche, 22 de diciembre de 1992.– Jorge AlfredoSerra, Secretario.

–oOo–El señor Juez del Juzgado Nº 1 Secretaría Nº 2 de

la Tercera Circunscripción Judicial de Río Negro, citay emplaza a herederos y acreedores de don SantiagoMartello y de doña Saturnina Alastuay, por el términode treinta días a que se presenten en autos “MartelloSantiago y Alastuay Saturnina s/Sucesión”, (Expte.Nº 738-152-96), que se tramita por el Juzgado ySecretaría mencionados. Publíquese por tres días. S.C. de Bariloche, 3 de octubre de 1996.– ManuelCafferata, Secretario.

–oOo–El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,

Comercial y de Minería Nª 3 del Dr. Carlos Cuellar,Secretaría Nº 6 del Dr. Emilio Riat, sito en P. Juramento190 Bariloche, cita y emplaza por 30 días a herederosy acreedores de Alonso Jorge Luis en autos “AlonsoJorge Luis s/Sucesión”, (Expte. Nº 10.046-29-96). S.C. de Bariloche, 11 de octubre de 1996.– EmilioBernardo Riat, Secretario.

–oOo–Héctor Leguizamon Pondal a cargo del Juzgado

Correccional Nº 10, Secretaría Unica a cargo del Dr.Martín J. D’Apice notifica al señor Lorenzo Pedro Ceaque con fecha 23 de setiembre de 1996, se ha dictadola siguiente resolución. I) Declara extinguida la acciónpenal por prescripción de la acción en los presentesautos instruídos en orden al delito de incumplimientode los deberes de asistencia familiar y que se leendilgara a Lorenzo Pedro Cea, ya filiado.- II)Sobreseer totalmente en la presente causa en favor deLorenzo Pedro Cea de conformidad a lo normado porlos Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67 -cuarto párrafo- acontrario sensu del Código Penal y Art. 1º de la Ley

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18BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

Nº 13.944, en función de los Arts. 307 Inc. 4º, 308,332 y 370 del Código de Rito.- III) Protocolícese,notifíquese. Fdo. Héctor Leguizamon Pondal, Juez.Martín D’Apice, Secretario.– Claudia VictoriaBallestero, Secretaria.

–oOo–Juzgado de Instrucción Nº 2, Secretaría Nº 4, de

Bariloche, cita y emplaza por 30 días a contar desdela primera publicación del presente a Ana MaríaMoreira Santibañez, para que comparezca a estar aderecho por la causa que se le sigue por daño y robo,bajo apercibimiento de declararla rebelde. Publíquesepor 5 (cinco) días. Bariloche, 9 de octubre de 1996.–Martín Lozada, Secretario.

–oOo–El Dr. Sergio Víctor Cosentino, Titular del Juzgado

Civil de Primera Instancia Nº 7, con asiento defunciones en la ciudad de Cipolletti, Río Negro,Secretaría Nº 8, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos y acreedores de doña ArmandaPignotti de Saglietti a estar a derecho en los autos“Pignotti de Saglietti, Armanda s/Sucesión”, (Expte.Nº 5.598-VIII-96).– Publíquese por tres días.-Cipolletti, 18 de setiembre de 1996.- Alejandro Cabraly Vedia, Secretario.

–oOo–La Dra. Marisa N. Bosco, Juez Subrogante a cargo

interinamente del Juzgado de Primera Instancia en loCivil, Comercial de Minería y Penal Nº 30, SecretaríaCivil a cargo del Dr. Mario R. Yllera, de esta ciudad,cita y emplaza por 30 días para comparecer a herederosy acreedores de Hilario Carta, en autos “Carta, Hilarios/Sucesión”, (Expte. Nº 1.586-96). Publíquese por tresdías. Choele Choel, 23 de agosto de 1996.– MarioRoberto Yllera, Secretario.

–oOo–El Juezgado Civil Comercial y de Minería Nº 3, a

cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Nº3, Segunda Circunscripción Judicial de la Provinciade Río Negro con asiento en General Roca cita portreinta días a herederos y acreedores de doña Margaritadel Carmen Castillo en autos “Castillo Margarita s/Sucesión”, (Expte. Nº 29.732-III-96). El presenteedicto se publica por tres días en el Boletín Oficial.General Roca, 3 de octubre de 1996.– María delCarmen Villalba, Secretaria.

–oOo–El Dr. Pablo Iribarren, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº 12, con asiento en la ciudad de Ge-neral Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría de laDra. María Inés Lopetegui, cita y emplaza a AdrianDarío Oviedo, a que esté a derecho en estos Autos Nº26544.96.12.DS Oviedo Adrian Darío, en los que seinvestiga el delito de hurto con escalamiento y dañodentro del quinto día a partir de la última publicacióndel presente, a fin de prestar declaración indagatoria,bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en casode incomparencia injustificada. Publíquese por cincodías. 15 de octubre de 1996.– María Inés Lopetegui,Secretaria.

–oOo–El Dr. Pablo Iribarren, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº 12, con asiento en la ciudad de Ge-neral Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría de laDra. María Inés Lopetegui, cita y emplaza a EnriqueOviedo, a que esté a derecho en estos Autos Nº23712.94 Oviedo Enrique, en los que se investiga eldelito de Pta. Infr. Art. 292 y 296 del C.P. dentro delquinto día a partir de la última publicación delpresente, a fin de prestar declaración indagatoria, bajoapercibimiento de declararse su rebeldía en caso deincomperencia injustificada. Publíquese por cinco días16 de octubre de 1996.– María Inés Lopetegui,Secretaria.

–oOo–La Dra. Mercedes Laplacette de Rezával, Juez a

cargo del Juzgado Civil y Comercial Nº 5, SecretaríaNª 6, sito en Av. Roca 1047 de la ciudad de GeneralRoca, Provincia de Río Negro, cita y emplaza por diez

días a Carlos Padín y a herederos de Mario Giovine,para que se presenten a estar a derecho en autos “VeraOporto Victorino c/Giovine y Otros s/PrescripciónAdquisitiva, (Expte. Nº 21.407-VI-96), bajoapercibimiento de designarles al Defensor de Ausentespara que los represente. Publíquese edictos por dosdías en el Boletín Oficial. General Roca, 16 de octubrede 1996.– Richar F. Gallego, Secretario.

–oOo–Por disposición de la Dra. Mercedes Laplacette de

Rezával, Juez a cargo del Juzgado Civil y ComercialNº 5, Secretaría Nº 5 de la Dra. Mónica Baldoni deGeneral Roca, Río Negro, se cita al señor OsvaldoRuiz Díaz: argentino, hijo de Antonio Ruiz Díaz y deLucía Amaya, LE. Nº 8.415.683, por el término dediez días a fin de que comparezca a estar a derecho enautos caratulados “Nova Norma Noemí c/Ruiz Díaz,Osvaldo s/divorcio”, (Expte. Nº 21.344-V-96).Publíquese por dos días.- Secretaría, 15 de octubre de1996.– Mónica Baldoni, Secretaria.

–oOo–El Dr. Rubén Darío Norry, Juez a cargo del Juzgado

de Instrucción Nº 4, por Subrogancia Legal, de laSegunda Circunscripción Judicial de la Provincia deRío Negro, con asiento de funciones en 25 de Mayo880 1er. Piso de la ciudad de General Roca (R.N.),por el presente notifica a Carlos Arturo RojasSantander, sin sobrenombres, chileno, nacido enTemuco, el 25/12/76, hijo de Carlos Rojas Moreno yde María Angélica Santander, con último domicilioen establecimiento “El Maiten” de que en los autosNº 24.541/96/IV en los que se investiga la comisióndel delito de robo se ha dispuesto su notificación poredicto, debiendo presentarse en este Tribunal dentrodel tercer día de publicado el último edicto, bajoapercibimiento de decretarse su rebeldía yordenarse su captura (Art. 137 CPP). Fdo. Dr. WalterTabarez Guerrero, Juez; ante mi.: Dr. Julio Sueldo,Secretario.

–oOo–Víctor Ulises Camperi, Juez Titular a cargo del

Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería Nº 1, Secretaría Nº 1, de Ge-neral Roca, Río Negro, hace saber que en autoscaratulados “Medisur S.A. s/Cancelación deCheques”, (Expte. Nº 569-I-96); se ha dispuestoproceder a la cancelación de tres (3) cheques del Bancode Río Negro S.A., Suc. Gral. Roca Nº 00168218;00168219 y 00168220, correspondiente a la Cta. Nº050-04691-9 y cuyo titular es Medisur S.A. Publíquesepor 15 días. Secretaría, 15 de octubre de 1996.–Adriana M. Mariani, Abogada, Secretaria.

–oOo–El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1, SecretaríaNº 2 de la ciudad de General Roca, Río Negro, cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedores deAlejandro Raúl Belleggia, en autos caratulados“Belleggia Alejandro Raúl s/Sucesión”, (Expte. Nº29.296-IV-96). Publíquese por tres días en BoletínOficial. Secretaría, 24 de setiembre de 1996.– NormaJ. Balboa, Secretaria.

–oOo–Dra. Mercedes Laplacette de Rezával, Juez a cargo

del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería Nº Cinco con asiento en Ge-neral Roca, Secretaría Nº Cinco, cita al demandadoSr. Carlos Fernando Sendra por el término de Diezdías a estar a derecho en autos: Canil Juan Carlos c/Sendra Carlos Fernando s/Sumario (PosesiónVeinteañal). Expte. Nº 20.854-V-1995, bajoapercibimiento de designarsele Defensor de Ausentes.Secretaría, 20 de agosto de 1996. Publíquense por Dosdías.– Mónica Baldoni, Secretaria.

–oOo–El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de laPrimera Circunscripción Judicial de Río Negro, conasiento en la ciudad de Viedma, Secretaría Nº 6 a cargo

de la Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, cita, llamay emplaza por el término de treinta días que sepresenten a hacer valer sus derechos en autos “Zanotti,Francisco s/Sucesión”, (Expte. Nº 820-96-6).Publíquese por tres días. Viedma, 17 de octubre de1996.– Itziar Soly, Secretaria Subrogante.

–oOo–El Juzgado de la Primera Instancia en lo Civil,

Comercial y de Minería Nº 1 a cargo del Dr. VíctorUlises Camperi, Secretaría Nª 1 a cargo de la Dra.Adriana M. Mariani de General Roca, cita y emplazapor 30 días a herederos y acreedores de don AntonioAres (Expte. Nº 439-I-96), Ares, Antonio s/Sucesión.El presente edicto deberá publicarse por tres días enel Boletín Oficial. General Roca, 1 de octubre de1996.– Adriana M. Mariani, Secretaria.

–oOo–Sergio Víctor Cosentino, Juez a cargo del Juzgado

Letrado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 7,Secretaría Nº 8, de la ciudad de Cipolletti cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedores deManuel Arnoldo Gómez en autos “Gómez ManuelArnoldo s/Sucesión”, (Expte. Nº 5528-VII-1996).Publíquese por tres días. Cipolletti, 27 de agosto de1996.– Alejandro Cabral y Vedia, Secretario.

–oOo–El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil,

Comercial y de Minería de la Primera CircunscripciónJudicial, Juzgado Nª 3, Dr. Alejandro J. E. Moldes,con asiento en la ciudad de Viedma, cita, llama yemplaza a los herederos y acreedores de don TeófiloAngel y Eudocia Giacomelli, para que se presenten ahacer valer sus derechos en el término de treinta díasen los autos “Angel Teófilo y Giacomelli, Eudosia s/Sucesión”, (Expte. Nº 444-95-6). Publíquese por tresdías. Secretaría a cargo de la Dra. Sandra Filipuzzi deVázquez. Secretaría, 5 de octubre de 1996.– AlbertoF. Zarza, Secretario Subrogante.

–oOo–Dra. Susan Teresa Burgos, Juez del Juzgado

Letrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yde Minería Nº 3, Secretaría Nº 4, de esta ciudad, citapor el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de doña Rosa Cayuman, en autos“Cayumán Rosa s/Sucesión”, (Expte. Nº 28.893-IV-95). Publíquese por tres días. General Roca, 4 deoctubre de 1996.– Cristina B. Macchi, SecretariaSubrogante.

–oOo–Dra. Susana Teresa Burgos a Cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil Nº 3, Secretaría Nº 3de Av. Roca 1047, General Roca, de la ciudad de Ge-neral Roca, cita por diez días a Hermenegildo Poncianipara que coparezca a estar a derecho en autoscaratulados “Guarino , Vilma Etelvina c/Ponciani,Hermenegildo s/Usucapión”, (Expte. Nº 29.278-III-96), bajo apercibimiento de designarle Defensor deAusentes. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.Av. Roca 1047, General Roca, 11 de octubre de 1996.–María del Carmen Villalva, Secretaria.

–oOo–Dra. Mercedes Laplacette de Rezával, a cargo del

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº 5,Secretaría Nº 5 de Av. Roca 1047 de la ciudad de Ge-neral Roca, cita por diez días a Franco Alberto, paraque comparezca a estar a derecho en autos caratuladosMunicipalidad de Villa Regina c/Franco Roque y Otross/Ejecutivo”, (Expte. Nº 20.136-V-94) bajoapercibimiento de designarle Defensor de Ausentes.Publíquese por dos días en el Boletín Oficial. Av. Roca1047, General Roca, 17 de octubre de 1996.– MónicaBaldoni, Secretaria.

–oOo–El Dr Guillermo Leskovar Garrigos, Juez a cargo

del Juzgado de Instrucción Nº 10 de la SegundaCircunscripción Judicial, con asiento en la ciudad deGeneral Roca, Río Negro, Secretaría del Dr. OscarAlberto Gatti, cita y emplaza por el término de cincodías a Marcelo Lorenzo Apablaza, argentino, soltero,

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19BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

instruído, 20 años de edad, metalúrgico, DNI. Nº24.331.860, nacido en Cipolletti el 13-3-75, con últimodomicilio conocido en calle Arenales Nº 1085 deCipolletti, a estar a derecho en la Causa Nª 18.301/95, caratulada: Toro, Néstor y Otros s/Ttva. Hurto,Daño, Atentado y Resistencia a la Autoridad a los finesde prestar declaración indagatoria, bajo apercibimientode ser declarado rebelde y ordenarse su inmediatacaptura. Fdo. Dr. Guillermo Leskovar Garrigos, Juez.Ante mí: Dr. Oscar Alberto Gatti, Secretario.Publíquese por cinco días. Secretaría, 22 de octubrede 1996.– Oscar Alberto Gatti, Secretario.

–oOo–El Dr. Carlos Marcelo Cuellar, Juez a cargo del

Juzgado Letrado en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. Tres, de la Tercera Circunscripción Judicial dela Provincia de Río Negro, con domicilio en Juramento190, 4º piso, Secretaría Actuaria Nro. Cinco, de laDra. Andrea Alberto, cita y emplaza a la Sra. HildaEster Albarracín. DNI. Nº 17.658.812 en los autoscaratulados: “Núñez Jorge c/Albarracín Hilda s/Divorcio” (Expte. Nº 11788-119-96) a contestardemanda, corriéndosele traslado de la misma por eltérmino de quince días, bajo apercibimiento dedesignársele Defensor de Ausentes para que larepresente.- Publíquense edictos por dos días en elBoletín Oficial y Radio Nacional Bariloche.- SanCarlos de Bariloche, 11 de octubre de 1996.- AndreaAlberto, Secretaria.

–oOo–El Juzgado de Instrucción Nº II, Secretaría Nº 4,

sito en Gallardo 362 de esta ciudad, notifica que enautos caratulados: “González, Jorge p.s.s. lesiones yamenazas” (Expte. Nº 486/96), cita y emplaza a JorgeGonzález con último domicilio conocido en Bº 84Viviendas, Sec. 2, Dpto. S, de esta ciudad, a fin deprestar declaración indagatoria, dentro del tercer día,bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenarsu inmediata captura.- Publíquese por tres días.- Fdo.:Juan Manuel García Berro. Ante mí: Martín Lozada,Secretario.-

–oOo–El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y

Correccional Nro. Dos, a cargo del Dr. Juan ManuelGarcía Berro, Secretaría Cuatro, del Dr. MartínLozada, de Bariloche, cita a Ariel Barrera a efectos deque comparezca dentro del quinto día de notificado aprestar declaración indagatoria, debiendo designarletrado defensor, bajo apercibimiento de declararse surebeldía y ordenarse su captura, de conformidad a lodispuesto por los Arts. 153 y sgtes. del CPP. -Publíquese por el término de cinco días.- MartínLozada, Secretario.

–oOo–La Dra. Silvia Baquero Lazcano, Juez a cargo del

Juzgado Correccional Nº 8, de la IIIa. Circ. Judicialcon asiento en la ciudad de San Carlos de Bariloche,Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Claudia VictoriaBallestero, hace saber al Sr. Alejandro MarioScandizzo que en los autos caratulados: “Vargas, Os-car p.s.a. receptación sospechosa” (Expte. Nº 44-8-96), mediante sentencia definitiva dictada por esteTribunal, se ha dispuesto lo siguiente: “///Carlos deBariloche, 27 de junio de 1995. Vistos: … yConsiderando: … Resuelvo: I) … II) Hacer entregadefinitiva a Alejandro Mario Scandizzo del efecto desu propiedad que le fuera entregado a fs. 34 de autosen el carácter de depositario judicial (Art. 491 -segunda parte - C.P.P.)…”.- Fdo.: Silvia BaqueroLazcano, Juez Correccional. Claudia VictoriaBallestero, Secretaria Correccional.

–oOo–El Dr. Carlos Marcelo Cuellar, a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y deMinería Nº 3 de la Tercera Circunscripción Judicialde la Provincia de Río Negro, con asiento en S. C. deBariloche, Secretaría Nº 5, a cargo de la Dra. AndreaAlberto, hace saber que se ha fijado como fecha parala Junta de Acreedores, en los autos “Felley Juan s/

Quiebra”, (Expte. Nº 8874-358-93) el día 6 dediciembre de 1996 a las 9 horas en Juramento 190, 4ºPiso, San Carlos de Bariloche, 22 de octubre de 1996.-Andrea Alberto, Secretaria.

–oOo–

REMATES–––

Dr. Sergio Víctor Cosentino, Juez a cargo delJuzgado Civil Nº 7, de Cipolletti (Río Negro),Secretaría Nº 8, a cargo del Dr. Alejandro Cabral yVedia, hace saber por tres (3) días que el MartilleroPúblico, Juan Carlos Stucchi (Tº I, Fº 3, Nº 3) y en losautos caratulados: “Banco Coopesur Cooperativo Ltdo.c/Bringas Celia Elvira s/Ejecutivo” (Expte. Nº 2366-8-1995), procederá a la venta en subasta pública,contado, mejor postor, efectivo o cheque certificadoexclusivamente, el 50% indiviso que le correspondepor ley a la Sra. Celia Elvira Bringas, del inmuebleque a continuación se individualiza: “Una fracciónde tierra con todo lo plantado, cercado, edificado yadherido al suelo, ubicado en la ciudad de Cipolletti(Río Negro), sito en la calle Tucumán 567 del barrioSanta Rosa, y que se designa como Lote 16, ManzanaB, con una superficie de 400 m2., con nomenclaturacatastral: 03-1-H-501-16, inscripta en el Registro dela Propiedad al Tº 884, Fº 18, Finca 92532, Matrícula7439” (cuyos datos ampliatorios obran en autos a fs.39/46) - Deudas e inhibiciones que posee: afectaciónhipotecaria (Fs. 21 en autos) por la suma de U$S2.120,52 (dólars), y en los autos: “Banco Francés delRío de la Plata S.A. c/Tortosa Raúl Ramón s/Ejec.Hipotecaria” (Expte. Nº 21053-6-1996) que tramitanpor ante el Juzgado Civil Nº 5 de Gral. Roca (RíoNegro) Secretaría Nº 6 y, por el presente juicio.-Deudas que posee: debidamente acreditada en autos(D.P.A.: $ 355,74 - Rentas: $ 61,00 - Municipalidad:$ 1.134,07).- Mejoras que tiene el inmueble: Ampliacasa de familia, planta alta y baja, con baños,habitaciones, garage, cocina, etc., etc. (informe obranteen autos a Fs. 50 vta.). Servicios de agua, luz, gas,cloacas y pavimento. Dicho inmueble se encuentrahabitado por la demandada y su grupo familiar. Selladodel Boleto de Compra Venta, y gastos de escritura sona cargo y responsabilidad del adquirente, quien deberáconstituir domicilio legal dentro del radio del Tribu-nal.- Base del remate: $ 22.500,00. Seña: 10%. Saldoal aprobarse el remate. Posesión previa orden judicialy pago del saldo de compra. Comisión: 3% a cargodel adquirente. Visita al inmueble: de 10 a 12 horasdel día fijado para el remate (4/11/1996).- Datos einformes: En el expediente.- Venta sujeta a aprobaciónjudicial.- Lugar y Fecha del Remate: El día 4 denoviembre de 1996 a las 12,30 horas en el Juzgado dePaz de Cipolletti (Río Negro), sito en calle Sarmiento360.- Publíquese por tres (3) días.- Secretaría, 1 deoctubre de 1996.- Alejandro Cabral y Vedia,Secretario.

–oOo–El Sr. Juez Letrado a cargo del Juzgado Nro. Cinco,

en lo Civil, Comercial y de Minería de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Ne-gro, con asiento en General Roca, Secretaría Nro. Seis,hace saber por tres días que en autos: “Banco del SudS.A. c/Brand Hnos. S.R.L. y Otros s/EjecuciónHipotecaria” (Expte. Nº 20.889 - año 1995), ha sidodesignado el Martillero Público Judicial Sr. JorgeAlberto Casalini, inscripto bajo el Nº 2, Fº 2, Lº I, condomicilio constituido en calle italia 1508, 1º P. of. 4,de General Roca, para que proceda a vender en públicasubasta Una fracción de tierra, con todo lo plantado,cercado, edificado y demás adherido al suelo, ubicadaen la Colonia y Dpto. Gral. Roca, individualizadacomo Parcela Once de la Chacra 007 de una Sup. de00 Ha. 57 a. 29 ca. Designación Catastral: 05-1-S-007-11 inscripto en el RPI al Tº 886, Fº 43, Fca. Nº162.188.- Condiciones: Base U$S 85.945,27 alcontado y al mejor postor, 10% de seña en el acto delremate, saldo al aprobarse. Remate sujeto a aprobación

judicial. Comisión: 3% a cargo del comprador a favordel Martillero.- Pago: Dinero efectivo.- Lugar y Fecha:En el local de remate del Martillero calle Viedma Nº86, de General Roca, el día miércoles 6 de noviembrede 1996 a las 10 horas.- Ocupación del Inmueble: Elmismo se encuentra ocupado por U.P.C.N. en sucalidad de inquilino, conforme constancia de autos,el que será desocupado en forma inmediata a la entregade posesión del inmueble al comprador.-Características del bien a subastarse: Se trata de unacasa quinta con quincho, casa, pileta de natación,cancha de fútbol, voley, tenis y parque con riego poraspersión.- Deudas: Inmobiliario al 30/8/96, $ 143.Municipalidad: No registra deudas al 28/8/96. Visitasdel Inmueble: El día anterior a la subasta en el horariode 9 hs. a 19 hs. Sellados de ley doce por mil, a cargodel comprador.- El comprador deberá constituirdomicilio dentro del radio del Tribunal.- General Roca, 17 de octubre de 1996.- Richar F. Gallego,Secretario.

–oOo–El Sr. Juez, Dr. Carlos M. Cuellar, a cargo del

Juzgado Letrado de Primera Instancia Nro. Tres, de laTercera Circunscripción Judicial, sito en PasajeJuramento 190, 4º piso, con asiento en esta ciudad deSan Carlos de Bariloche, Secretaría en lo Civil,Comercial y de Minería Nro. Seis, a cargo del Dr.Emilio Riat, hace saber por dos días, que conforme loordenado en los autos caratulados: “KromerGuillermina s/Sucesión Ab-Intestato” (Expte. Nº 2702-111-1989), la Martillera Pública Eliana G. Gagliani,Matrícula Profesional Nº 29, rematará el día 7 denoviembre de 1996, a las 18 horas en 20 de Febrero505, un inmueble con todo lo en el edificado, cercadoy demás adherido al suelo, identificado como: Lote 8del Lote Agrícola 19, individualizado según catastrocomo: 19-1-F-018-01, con una superficie de 5 Ha.,55 a. 55 ca. 7255 cm2., sito en Km. 20, Avda. ExequielBustillo, de S. C. de Bariloche, inscripto en el Registrode la Propiedad Inmueble al Tº 119, Fº 180, Finca14304. Estado de Ocupación: En el frente hay dosconstrucciones de madera, una muy antigua,aparentemente desocupada y la otra, de construcciónmás reciente, con un pequeño anexo de ladrillos, estaúltima, se encontraría ocupada por el Sr. Ricardo Jung,quien sería nieto de la Sra. Guillermina Kromer, segúnmandamiento practicado en autos y que constan en elExpte. Las deudas que afecten el inmueble seinformarán previo al inicio de la subasta.- Condicionesde Venta: $ 28.000, al contado y al mejor postor,quedando facultada la Martillera a percibir el 8% deseña y el 3% de comisión, a cargo del comprador, quiendeberá constituir domicilio en el lugar del asiento delJuzgado. Pago: Dinero efectivo.- El inmueble podrávisitarse con anterioridad a la subasta.- Comunicarsecon la Martillera interviniente en 20 de Febrero 505,San Carlos de Bariloche, o Tel. 26988. El compradordeberá hacerse cargo del importe del sellado de leyque corresponda por la compra.- Subasta sujeta aaprobación judicial.- San Carlos de Bariloche, 14 deoctubre de 1995.- Emilio Bernardo Riat, Secretario.

–oOo–El Dr. Enrique José Mansilla, Juez a cargo del

Juzgado Nº 1, en lo Civil, Comercial y de Minería dela IIIa. Circ. Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento en Villegas 145 de nuestra ciudad, hacesaber por dos días que en autos caratulados: MenéndezJuan A. c/Sucesión José Ezquerra s/Ordinario s/Inc.Ejec. Sent. (Expte. Nº 300-122-1996), el MartilleroPúblico, Roberto Meyer, Mat. 37 R.P.C. rematará eldía 14 de noviembre de 1996 a las 19 hs. en Quaglia238 local 03 Galería Vía Firenze, el inmuebledesignado catastralmente como 19-2-E-124-5-UF.2,ex Piyin-Piyin, ubicado en Mitre 467 de nuestraciudad, en el estado en que se encuentra. Base: $105.964, al contado y al mejor postor, quedandofacultado el Martillero a percibir el 8% de seña, 3%más IVA de comisión, y el 1,2% de Sellado Fiscal acargo del comprador, en efectivo y en el acto de la

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20BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

subasta. Estado de Dominio: A Fs. 89.- Estado deOcupación: Desocupado y con cartel “Se Alquila”. Elcomprador deberá fijar domicilio en el radio delJuzgado. Art. 579 CPCC. El saldo de precio se abonarádentro de los cinco días de notificada la subastaaprobada en el Banco de Río Negro S.A. El bien podrávisitarse dos días antes de 10 a 12 horas, acompañadocon el Martillero. Subasta sujeta a aprobación judi-cial.- San Carlos de Bariloche, 17 de octubre de 1996.-Dr. Manuel Cafferata, Secretario.

–oOo–

SECCION COMERCIOINDUSTRIA

Y ENTIDADES CIVILES

ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

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GAIA - S.R.L.El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial

y Minería del Juzgado Nro. 1 de Viedma, Dr. FermínDonate, de la Iª Circunscripción Judicial de R. Negro,ordena la publicación por el término de un (1) día enel Boletín Oficial según el Art. 10 de la Ley deSociedades Comerciales, de la inscripción del contratoconstitutivo de “Gaia S.R.L.”. Socios: Liliana InésLazcano Colodrero, argentina, DNI. 11.190.394,casada, mayor de edad, domiciliada en calle Zatti, deViedma; y María Isabel Mazzola, argentina, L.C.6.287.802, casada, mayor de edad, domiciliada en calleZatti, de Viedma.- Fecha de Constitución: 14 de abrilde 1994. Denominación: “Gaia S.R.L.”.- DomicilioLegal: Zatti 859, de Viedma.- Objeto Social: Prestarpor sí, por terceros o asociada a terceros, servicioseducativos en todos sus niveles, como asimismo cursosde capacitación o formación en las más diversas disci-plinas, mediante su incorporación a planes oficialesde jurisdicciones municipales, provinciales y/o nacio-nales. Duración: 50 años contados desde su inscrip-ción, pudiendo prorrogarse por voluntad de los socios.-Capital Social: pesos cinco mil ($ 5.000), dividido endiez cuotas iguales de $ 500 cada una y de un votopor cuota, suscripto de la siguiente manera: LilianaInés Lazcano Colodrero 7 cuotas (70%) y María IsabelMazzola 3 cuotas (30%).- Administración: A cargode Liliana Inés Lazcano Colodrero.- Cierre delEjercicio: 31 de diciembre de cada año.- Viedma, 18de octubre de 1996.- Rosana Calvetti, Secretaria.

–oOo–MADEBA - S.R.L.

El Dr. Enrique J. Mansilla, Juez de PrimeraInstancia a cargo del Juzgado Nº 1, de San Carlos deBariloche, hace saber que por instrumento privado defecha 11 de setiembre de 1996, se ha decidido lacreación de Madeba Sociedad de ResponsabilidadLimitada, cuyos datos se detallan: a) Socios: DanielEsteban Novoa, argentino, casado, nacido el 29/11/65, DNI. Nº 17.250.479, domiciliado en Diag. Capraro1531, Bariloche, comerciante; Gustavo FernandoMartínez, argentino, casado, nacido el 26/7/59, DNI.Nº 13.211.155, domiciliado en V. Ocampo s/nº, Alt.Av. Pioneros 4,600, Bariloche, abogado; JorgeAlejandro Pschunder, argentino, casado, nacido el 6/7/64, DNI. Nº 16.827.924, domiciliado en PasajeGuetiérrez 766, 1º piso, Dpto. “H”, Bariloche,abogado; y Carlos Alberto Artola, argentino, casado,nacido el 8/4/53, DNI. Nº 10.754.595, domiciliadoen Avda. Pioneros 3953, ingeniero; b) Denominación:Madeba S.R.L.; c) Domicilio legal: Mitre 660, 1º “A”,Bariloche; d) Duración: 99 años, desde la fecha de suinscripción en Reg. Público de Comercio; e) Objeto:Realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociadasa terceros dentro o fuera del territorio de la República,las siguientes actividades: a) Turística: Organizaciónde viajes, safaris y/o excursiones, la prestación deservicios y asistencia a turistas y la representación de

agencias de viajes; b) Mandataria: Ejercer larepresentación de toda clase de mandatos civiles ycomerciales; c) Inmobiliaria: La compraventa, loteos,permutas, fraccionamiento, administración y/o alquilerde inmuebles propios y/o de terceros, tanto en blockcomo por el sistema determinado por la Ley 13.512,sus modificaciones y/o concordantes; g) Comercial:Comercialización en el país y/o en el exterior de losbienes, productos y servicios obtenidos en cualquierade las etapas intermedias o finales. También laimportación, exportación, promoción, desarrollo yfomento de las ventas de mercaderías de todo tipo,productos, procesos y servicios, al contado o a plazo,concurrir y presentarse en licitaciones públicas oprivadas de cualquier naturaleza; f) Capital social: Sefija en la suma de $ 5.000, dividido en 100 cuotas de$ 50 valor nominal cada una, totalmente suscriptaspor cada uno de los socios, según detalle: Daniel E.Novoa, 85 cuotas; Gustavo F. Martínez, 5 cuotas; JorgeA. Pschunder, 5 cuotas; y Carlos A. Artola, 5 cuotas,integrado en un 25% en dinero en efectivo; g)Administración: La administración, representaciónlegal y uso de la firma social estará a cargo de ungerente, socio o no, por el término de tres ejercicios,siendo reelegibles; h) Ejercicio social: Cierre el 31 dediciembre de cada año; i) Gerentes: Sr. Daniel EstebanNovoa.- San Carlos de Bariloche, 22 de octubre de1996.- Manuel J. Cafferata, Secretario.

–oOo–MARISUR - S.R.L.

Por disposición del Sr. Juez Dr. José mansilla, acargo del Registro Público de Comercio de la IIICircunscrip. Judicial de la Provincia de Río Negro,ordena la publicación del Contrato Social de “MarisurS.R.L.”

1) Socios: Marisa Viviana Pellegrini, DNI. Nº20.370.691, argentina, soltera, comerciante, fecha denacimiento, 22 de agosto de 1968 y Enrique OmarZúñigas, DNI. Nº 12.225.745, argentino, soltero,comerciante, fecha de nacimiento 23 de noviembrede 1958.- 2) Fecha de Constitución: InstrumentoPrivado de fecha 27 de setiembre de 1996.- 3)Denominación: “Marisur Sociedad deResponsabilidad Limitada”.- 4) Domicilio Social:Simón Bolivar s/nº, de la localidad de El Bolsón, Pcia.de Río Negro.- 5) Plazo de Duración: Diez (10) añosa partir de la inscripción en el Registro Público deComercio.- 6) Objeto Social: La sociedad que seconstituye tiene por objeto realizar las siguientesactividades, sea por cuenta propia o de tercerosasociados la distribución de todo tipo de productos,alimenticios u otros, bebidas alcohólicas, y/oanalcohólicas, perecederos o no, mediante laprestación de servicios de fletes, sean éstos urbanoscomo interurbanos. 7) Capital Social: Es depesos seismil ($ 6.000,00), dividido en 60 cuotas iguales depesos cien cada una, suscriptas en su totalidad por lossocios en las siguientes proporciones: La socio MarisaViviana Pellegrni, cuarenta cuotas sociales por la sumade $ 4.000,00 y el socio Enrique Omar Zúñigas, 20cuotas sociales por la suma de $ 2.000,00.- El Capitales integrado en un 25% en dinero efectivo, los sociosse obligan a integrar el saldo en el plazo de dos añosdesde la inscripción de la sociedad en el RegistroPúblico de Comercio.- 8) Dirección y Administración:A cargo de la socio Marisa Viviana Pellegrini quientendrá a su cargo el uso de la firma social.- 9) Fechade Cierre de Ejercicio: 30 de abril.- Secretaría, 8 deoctubre de 1996.- Manuel J. Cafferata, Secretario.

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CESION CUOTAS SOCIALES–––

VIA BARILOCHE - S.R.L.E. J. Mansilla, Juez a cargo del Registro Público

de Comercio de la IIIa. Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro, con asiento en San Carlos deBariloche, comunica según Art. 10 apartado b- de la

Ley 19.550, que: 1) Luis Osvaldo Martínez cede latotalidad de las cuotas sociales que le corresponden,que asciende a 500 y que están detalladas en el contratoconstitutivo de Vía Bariloche S.R.L. a los cesionarios,Sres. Roberto Guido Trappa, argentino, casado, comer-ciante, DNI. 10.357.923, domiciliado en Ruta 197,Km. 16,200, Pablo Noguez, Prov. de Bs. As., adquiere200 cuotas que ya era titular de 2350 cuotas socialescon lo que totalizaría 2550 y a Rolando C. Trappa,argentino, casado, comerciante, DNI. 12.260.837,domiciliado en Ruta 197, Km. 16,200, Oablo Noguez,Prov. de Bs. As. adquiere 300 cuotas que ya era titularde 2150 cuotas sociales con lo que totalizaría 2450;2) El precio de esta cesión se conviene en la suma de$ 110.000; 3) Queda como socio gerente y con el usode la firma social el Sr. Roberto Guido Trappa, en sucalidad de socio mayoritario de la empresa.- San Carlosde Bariloche, 16 de octubre de 1996.- Publíquese porun día.- Manuel J. Cafferata, Secretario.

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LA SETENTA Y CINCO - S.R.L.El Dr. Enrique José Mansilla, Juez a cargo del

Registro Público de Comercio de la IIIa.Circunscripción Judicial con asiento en San Carlosde Bariloche, ordena publicar por un día la cesión decuotas sociales de “La Setenta y Cinco S.R.L.”Sociedad inscripta en ese Registro bajo el Nº 1529 Fº18, Lº III Tº VIII, en las siguientes condiciones:Primero: El socio Iván Víctor Bonacalza, DNI. Nº18.674.960, casado, con domicilio en Tarija 606,Bariloche, cede y transfiere 50 cuotas sociales de valornominal $ 30 c/u y el socio Pilar Lavayén, DNI. Nº2.296.842, divoricada, con domicilio en Elflein 898,2º “D”, Bariloche, cede y transfiere 25 cuotas socialesde valor nominal $ 30 c/u. a los Sres. FernandoEnevoldsen, DNI. Nº 17.336.724, soltera, condomicilio en Ruiz Moreno 57, Bariloche, GuillermoCacciavillani, DNI. Nº 16.151.194, casado, condomicilio en Salta 587 3º “B”, Bariloche; y RodrigoJosé Breide, DNI. Nº 16.053.857 casado, condomicilio en El Maitén, Pcia. de Chubut, quienesaceptan en partes iguales abonando en efectivo por suvalor nominal.- Segundo: La cláusula quinta delEstatuto de “La Setenta y Cinco SRL”, quedará de lasiguiente manera: “…El capital social se fija en la sumade pesos tres mil ($ 3.000), dividido en cien (100)cuotas sociales de valor nominal pesos treinta ($ 30)cada una, suscriptas en su totalidad por los socios enlas siguientes proporciones: el socio Pilar Lavayén:veinticinco por ciento (25%), Fernando Enevoldsen:veinticinco por ciento (25%), Guillermo Cacciavillani:veinticinco por ciento (25%) y rodrigo José Breide:veinticinco por ciento (25%).- San Carlos deBariloche, Secretaría, 21 de octubre de 1996.- ManuelJ. Cafferata, Secretario.

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DISOLUCION SOCIEDAD–––

FARMACIA 3 DE OCTUBRE S.C.S.El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,

Comercial y de Minería Nº 3, Secretaría del RegistroPúblico de Comercio de la Segunda CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, hace saber quela firma “Farmacia 3 de Octubre S.C.S” ha solicitadola inscripción de la disolución dispuesta por laAsamblea General Extraordinaria según el Acta Nº 5,celebrada el día 22 de julio de 1993, habiéndosedesignado como liquidadores a los señores RicardoRossini (LE. Nº 5.513.563) y Raúl Alberto Rebay(DNI. Nº 12.382.844), y que la misma se encuentraen estado de liquidación que tramita en el (Expte. Nº93-RPC-año 1995) caratulado “Farmacia 3 de OctubreS.C.S. s/Insc. Disolución”. Publíquese por el términode un (1) día. General Roca, 11 de julio de 1996.–Cristina B. Macchi, Sec. Reg. Púb. de Comercio.

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21BOLETIN OFICIALViedma, 28 de octubre de 1996

ESCUELA DOS MIL - S.R.L.El Juez Enrique José Mansilla, de Primera Instancia

en lo Civil, Comercial y de Minería del Juzgado Nº 1,de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provinciade Río Negro, con asiento en San Carlos de Bariloche,a cargo del Registro Público de Comercio, ordena lapublicación por un día de la disolución de “EscuelaDos Mil Sociedad de Responsabilidad Limitada”.-Entre los Sres. Oscar Carlos Baruzzi, Juan AngelOlivieri, Justo Luis Olivieri, Enrique Kempel, PedroIván Klempa, Gustavo Andrés Mondo, Kevin Cándido,Robert William Vecchiet, únicos integrantes de“Escuela Dos Mil S.R.L.”, inscripta bajo el Nº 1606Folio 099/100, Libro III, Tomo VIII del RegistroPúblico de Comercio de la Tercera CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro. Primero: Darpor disuelta la sociedad a partir del 1 de mayo de 1996.Segundo: proceder a la inscripción de la disoluciónen el Registro Público de Comercio.- Tercero: Tomarcomo base el balance efectuado al 30 de abril de 1996.-Cuarto: Los libros de contabilidad y administración,respaldatorios, quedarán en poder de Justo LuisOlivieri, quien acepta dicha tenencia, designándoselecomo liquidador.- Bajo tales condiciones, losinscriptos dan por disuelta la razón social “EscuelaDos Mil S.R.L.”, a partir del 1 de mayo de 1996.-firmado de conformidad. Firmado.- Secretaría, a los3 días del mes de octubre de 1996.- Cristian TauAnzoátegui, Secretario.

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CONVOCATORIAS–––

COMISION VECINAL DE FOMENTO BARRIOSAN LUIS DE LOS LEONESAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, octubre de 1996.

De acuerdo con las disposiciones legales vigentesy el estatuto social, la Comisión Directiva Provisoriade la Comisión Vecinal de Fomento Barrio San Luisde los Leones, convoca a sus asociados a la AsambleaGeneral Ordinaria que tendrá lugar el próximo 9 denoviembre de 1996, a partir de las 18 horas, eninstalaciones de la Comisión Vecinal de Fomento deDina Huapi, ubicadas sobre la Ruta Nacional Nº 237,para tratar de conformidad el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Razones de la convocatoria fuera de término.2º - Lectura y consideración de la Memoria Anual,

Balance General, Cuadro Demostrativo de Ingresos yEgresos, Inventario e Informe de la Comisión Revisorade Cuentas, ejercicio cerrados el 30 de junio de 1994,30 de junio de 1995 y 30 de junio de 1996.

3º - Renovación total de la Comisión Directiva poracefalía del cuerpo. Elección por dos años de un Presi-dente, un Secretario, un Tesorero, dos Vocales titulares.Elección por un año, de dos Vocales suplentes.

4º - Designación de dos miembros titulares y unsuplente, todos por un año, para integrar la ComisiónRevisora de Cuentas.

5º - Tratamiento y fijación del valor de la cuotasocial para los socios de la entidad.

6º - Designación de dos asambleístas para firmarconjuntamente con Presidente y Secretario, el Actade la Asamblea.

Eduardo Tauro, Presidente.- Roberto Riffo,Secretario.

–oOo–

ASOCIACION“AMIGOS DE LO NUESTRO”Asamblea General Ordinaria

Viedma, octubre de 1996.Convócase para el día 20 de noviembre de 1996, a

Asamblea General Ordinaria de la Asociación“Amigos de lo Nuestro” en Rivadavia Nº 148 a las15,30 horas, para cumplimentar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos socios para refrendar

conjuntamente con el Presidente y Secretario, el Actade la Asamblea.

2º - Lectura y consideración del Acta anterior.3º - Razones del llamado a Asamblea, fuera de

término.4º - Consideración y aprobación del Balance Ge-

neral de Recursos y Gastos de los ejercicios 1994/1995,1995/1996 respectivamente, Memoria, Inventario eInforme de la Comisión Revisora de Cuentas en sutotalidad por terminación de su mandato, designaciónde dos asociados para controlar el acto eleccionario.

Proclamación de los más votados que alcanza a latotalidad de los componentes de: Comisión Directivay Comisión Revisora de Cuentas.

Elvira García Contín, Presidente.- Ricardo A.Destéfanis, Secretario.

–oOo–FEDERACION ODONTOLOGICA

DE RIO NEGROAsamblea General Ordinaria

Gral. Roca, octubre de 1996.En cumplimiento de lo establecido en nuestros

Estatutos Sociales, la Comisión Directiva de laFederación Odontológica de Río Negro, convoca a susasociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarseen su sede social sita en calle España 1208 de la ciudadde General Roca, el día 16 de noviembre de 1996 alas 9,30 horas, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Lectura y aprobación del Acta de Asamblea

anterior.2º - Designación de dos asambleístas para firmar

en forma conjunta con el Presidente y el Secretario.3º - Razones de la convocatoria fuera de término.4º - Lectura del Acta de Inspección de la Dirección

de Personas Jurídicas efectuado sobre los LibrosContables y Sociales de la Institución.

5º - Consideración de la Memoria, Balance Ge-neral, Estado de Resultado, Inventario General eInforme de la Comisión Revisora de Cuentascorrespondiente al XXVII Ejercicio Social cerrado el31 de diciembre de 1995. Destino de los resultadosdel ejercicio.

6º - Elección de siete (7) miembros titulares ycuatro (4) miembros suplentes para integrar laComisión Directiva en reemplazo de los actuales quefinalizan sus mandatos.

7º - Elección de dos (2) miembros titulares y dos(2) miembros suplentes para integrar la ComisiónRevisora de Cuentas en reemplazo de los actuales quefinalizan sus mandatos.

Dra. Zulema B. de Campasso, Presidente.- Dra.Claudia A. Sans, Secretaria.

–oOo–CLUB LOS PEHUENES

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, octubre de 1996.

De acuerdo al Estatuto Social y las disposicioneslegales vigentes, la Comisión Directiva del Club LosPehuenes convoca a sus asociados a la Asamblea Ge-neral Ordinaria que tendrá lugar el próximo 8 denoviembre de 1996, a partir de las 20,30 horas eninstalaciones de la Entidad, sita en barrio San Ignaciodel Cerro, altura Km. 7,500 de Avda. Los Pioneros,de esta ciudad, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Razones de la Convocatoria fuera de término.2º - Lectura y consideración de la Memoria Anual,

Balance General y Cuadro Demostrativo de Ingresosy Egresos, Inventario e Informe de la ComisiónRevisora de Cuentas del Ejercicio cerrado al 30 dejunio de 1996.

3º - Conformación de la Junta Escrutadora, segúnInc. 29 del Art. 17 del Estatuto Social.

4º - Elección por dos años por terminación demandato de los actuales, de la mitad de los miembros

titulares y suplentes para integrar la ComisiónDirectiva, de acuerdo al Art. 34 del Estatuto Social.

5º - Elección por un año de dos titulars y dossuplentes para integrar la Comisión Revisora deCuentas.

6º - Fijación del valor de la cuota social, para sociosde la entidad.

7º - Designación de dos asambleístas para firmarconjuntamente con Presidente y Secretario el Acta dela Asamblea.

Emilio Marpegan, Presidente.- Marta Luzzatto deMarpegan, Secretaria.

–oOo–ESCUELA DE IDIOMA ITALIANO

“DANTE ALIGHIERI”Asamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)Viedma, octubre de 1996.

La Comisión Directiva, en cumplimiento de lodispuesto por el Art. 27 del Estatuto Social, convocaa los Sres. Socios a la Asamblea General Ordinaria,fuera de término, a celebrarse el día 14 de noviembrede 1996, a las 19,30 horas, en la sede social para tratarel siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos socios para refrendar

juntamente con el Presidente y el Secretario el Actade la Asamblea.

2º - Lectura del Acta de la sesión anterior y suconsideración.

3º - Razones de la Convocatoria fuera de término.4º - Consideración de la Memoria, Inventario,

Balance Gral., Cuenta de Gastos y Recursos e Informede la Comisión Revisora de Cuentas, correspondientea los ejercicios vencidos al 31/12/94 y 31/12/95.

5º - Elección de ocho (8) miembros titulares y un(1) suplente para integrar la Comisión Directiva porel término de dos años. Elección de un (1) miembrotitular y un (1) suplente para integrar la ComisiónRevisora de Cuentas.

6º - Cualquier otro tema que proponga la Asamblea.Pablo Fumarola, Presidente.- Marta T. de Laudani,

Secretaria.–oOo–

INDUSTRIAS CIPOLLETTIAsamblea General Extraordinaria

Cipolletti, octubre de 1996.Convócase a los Sres. Accionistas de Industrias

Cipolletti S.A. a la Asamblea General Extraordinariapara el día 12 de noviembre de 1996 a las 15 horas, enla sede de la Sociedad, Tres Arroyos 569, de Cipolletti(R.N.), para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos asambleístas para firmar

el Acta, junto con el Presidente.2º - Análisis de la estrategia operacional de la

Empresa frente a la próxima temporada y decisionesa adoptar en consecuencia.

3º - Análisis de las alternativas frente a la situacióneconómica de la Empresa y decisiones a adoptar.

El Directorio–oOo–

COLEGIO DE MAGISTRADOS YFUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL

DE LA PROVINCIA DE RIO NEGROAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)Gral. Roca, octubre de 1996.

El Colegio de Magistrados y Funcionarios delPoder Judicial de la Provincia de Río Negro, convocaa sus asociados a la Asamblea General Ordinaria (fuerade término), que se realizará el día 15 de noviembrede 1996 a las 16 horas en el local sito en 25 de Mayoy España, 5º piso, de General Roca, con el objeto detratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Elección de un socio para presidir la Asamblea.2º - Razones de la Convocatoria fuera de término

(Art. 29 Estatutos Sociales).

Page 22: SECRETARIA GENERAL DE LA Nº 3411

22BOLETIN OFICIAL Viedma, 28 de octubre de 1996

3º - Lectura y consideración del Acta de laAsamblea anterior.

4º - Lectura del Acta de Inspección de la Deleg. dePersonas Jurídicas, efectuada sobre los Libros Socialesy Contables.

5º - Consideración de la Memoria, Inventario,Balance General, Cta. de Gastos y Recursos e Informede la Comisión Revisora de Cuentas, correspondientesa los Ejercicios cerrados al 30 de junio de 1995 y 30de junio de 1996.

6º - Consideración de los Informes que presentenlos Delegados Departamentales.

7º - Renovación total de Autoridades, a saber:a) Elección de cinco (5) miembros titulares para

integrar el Consejo Directivo con los siguientescargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario,Prosecretario y Tesorero, por finalización demandato y por el término de dos (2) años.

b) Elección de dos (2) miembros titulares paraintegrar la Comisión Revisora de Cuentas, por

finalización de mandato y por el término de un(1) año.

8º - Elección de dos socios, para refrendarconjuntamente con el Presidente y Secretario elActa de Asamblea.

Jorge Raimundo Bosch, Presidente.- Alvaro JavierMeynet, Secretario.

La Asamblea sesionará con quórum de la mitadmás uno de sus asociados, y tras una tolerancia detreinta minutos, sesionará con los miembros presentes(Art. 31 Estatutos).

–oOo–ORGANIZACION TURISTICA BARILOCHE

S.A.S. C. de Bariloche, octubre de 1996.

El Honorable Directorio de Organización TurísticaBariloche S.A., convoca a los Sres. Accionistas a:

1) Realizar el correspondiente canje de accionesen cumplimiento de los aumentos de capitaloportunamente dispuestos por la Asamblea Genera de

Accionistas. A tales efectos, teniendo presente elcarácter nominativo de las acciones a canjear, losbeneficiarios deberán acreditar la personería.

2) Ejercer el derecho de preferencia en los términosdel Art. 194 y sgts. de la Ley 19550 en relación con elaumento de capital por $ 45.999 dispuesto por laAsamblea de Accionistas del 27/9/96.-

Daniel Horacio Russomando, Presidente.Nota: Se recuerda a los Sres. Accionistas que

ambos derechos deberán ejercitarse en la sede socialde E. Fray 196, San Carlos de Bariloche; o Florida520, piso 1º, Of. 116, Capital Federal.

–oOo–

ACLARACION–––

En el Boletin Oficial Nº 3388, Págs. 7-8 dondefueron publicados los Decretos Nº 908 y 918/96.

Donde dice: Viedma, 26 Jul. 1996.Debe decir: Viedma, 26 Junio 1996.

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de laProvincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.

LEYES:3031-96.- Complemento Ley Nº 2319,

bienes objeto de dEcomisos,secuestros o hallazgos en causaspenales sustanciadas en los Tribunalesprovinciales ............................................ 1

3033-96.- Creando el área naturalprotegida “Valle Cretácico” ................... 1

3034-96.- Sustituyendo el inc. b) del Art.5º de la Ley Nº 1857 .............................. 1-2

3035-96.- Estableciendo en la Prov. deR.N. la “Fiesta Provincial del Puesteroy la Familia” .......................................... 2

3036-96.- Estableciendo normas defuncionamiento para todo tipo deestablecimiento destinado a la prácticay/o enseñanza de actividades físicas ydeportivas ............................................... 2

3037-96.- Facultando al IPPV, areemplazar la retención del 5% de cadacertificado como garantía de obra porel importe equivalente en CEDERN ..... 2

3038-96.- Otorgando a la Sra. AntoniaBaffigi Vda. de Arias, una pensiónvitalicia .................................................. 2

3039-96.- Estableciendo deberes yobligaciones para los Coordinadores de Turismo Estudiantiles ...................... 2-3

DECRETOS:842-96.- Modificando cálculo de

Recursos y Financiamiento,Financiamiento Neto y Amortizacónde la Deuda Adm. Central y Org.Descentralizados .................................... 3a8

995-96.- Encomendando a la SecretaríaGral. de la Gobernación la venta de los vehículos oficiales ........................... 8-9

1140-96.- Modificando Presupuesto Ge-neral de Gastos vigentes ........................ 9a11

1522-96.- Aprobando la reglamentaciónde los Arts. 2º, 7º, 11 y 17 de la LeyNº 2966 ................................................. 11

Impreso en los Talleres Gráficosdel Boletín Oficial

de la Provincia de Río Negro - Viedma

1532-96.- Designando Comisión TécnicaPatrimonial ad-hoc, para fijar el valorbase de cada vahículo a ser vendido, de acuerdo al Dto. Nº 995/96 ............... 12

1630-96.- Autorizando para funcionar comoPersona Jurídica a la “AsociaciónEsperanza” de S.C. de Bariloche ........... 12

1631-96.- Autorizando para funcionar comoPersona Jurídica a la “Biblioteca Popu-lar del Barrio Luján” con domicilio en El Bolsón .............................................. 12

1632-96.- Autorizando para funcionar comoPersona Jurídica a la Asociación Centrode Jubilados y Pensionados de Mainqué” .. 12

1633-96.- Aprobando reformas del Estatuto“Colegio Médico Zona Atlántica” condomicilio en Viedma.............................. 12

1634-96.- Autorizando para funcionar comoPersona Jurídica a la “Biblioteca Popu-lar Ruca Huerrey” con domicilio en lalocalidad de General Roca ..................... 12

1746-96.- Fijando que el pago del Impuestode Emergencia establecido por la Ley Nº3020 deberá efectuarse exclusivamente en dinero ............................................... 13

RESOLUCIONES ......................................13a15LICITACIONES .........................................15EDICTOS DE MINERIA ..........................15-16EDICTOS (I.P.P.V.) ....................................16NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS ..............................................16-17

SECCION JUDICIALEDICTOS ...................................................17a19REMATES..................................................19-20

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC...................................20CESION CUOTAS SOCIALES................ 20DISOLUCION DE SOCIEDAD ................20-21CONVOCATORIAS ..................................21-22ACLARACION ..........................................22AVISO BOLETIN OFICIAL...................... 22

PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial yTalleres Gráficos, Viedma; Delegación del Boletín Oficial en General Roca: 9 de Julio 911 - Tel/Fax: 31230; y en San Carlos de Bariloche: O'Connor 181, 1º piso (Dcción. de RegistroCivil) Tel/Fax: 28112.

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