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â ti *72 i Serve o« Postalo* NaCiOrjaío» SA NtT 900.0G2917*9 D0MO96AS6 D2d09 wa kil: I ü Nombre/ Razón Spelai Al.CADIA Dt. VAufeoUPAR - SÜCRFTARIA DE lj (ACIENOA DirocelómCARREf* 5 # 15-69 Ciudad:VA;.L£DUf AR Oc pa rtamonto .'CÉSAR Código Postal Envío:RN83S9¡983C3CO TMmi - lledupar Avanza SECRETARIA DE HACIENDA '* ,aí§¡85^_. COD SH-FR-044 TESORERIA V01 - 07/2015 RESPUESTA PETICION 200001387 lledupar, Mayo 01 de 20)7. Nombro/ Razón Social: LUCiiA MADRID MUftOZ D>rocc>6n:TRANS\ C¡udad:VALLEDUPA Departamento: CKSAR O FICIO No. S-2017-HC-Ol 638. Código Postsi Focha Pro-Adi 04/10/2017 1C :S6 Mfl kitipcruj Uc Jd d t fj 200001 availed upar, Cesar. E. S. M. * or(a): ¡ JILA MADRID MUÑOZ. ansversal 18B No. 29 - 31. Júmero celular: 311-6436266. REF: Respuesta a Derecho de petición. En atención a su solicitud recibida en este despacho, procedemos a darle respuesta al derecho de petición, de conformidad a los siguientes presupuestos: Luego de revisada su petición de prescripción de impuesto Prediai Unificado vigencias 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 010403140013000, le notificamos que no se le puede acceder a sus pretensiones, como quiera que con la solicitud de prescripción no adjuntó ningún documento que la acredite como propietaria, heredera, poseedora o representante legal del predio relacionado anteriormente, en razón a que el predio de la referencia aparece en el sistema de Información tributaria del Municipio de Valledupar, a nombre de ASOCIACION PROVIVIENDA DE VALLEDUPAR y no a nombre de la peticionaria, y en caso dado de ser propietaria, deberá acreditarlo documentalmente ante el ente municipal. Es preciso informarle a la contribuyente que no basta con sola la presentación de la solicitud, pues en la misma hace relación a los documentos que se deben adjuntar para dar trámite a la solicitud de prescripción, en caso de ser Representante Legal de la ASOCIACION PROVIVIENDA DE VALLEDUPAR, deberá acreditarlo con la Cámara de Comercio y documento de identidad o en su defecto con los documentos pertinentes. Aunado a ello, tampoco sería procedente entrar a resolver la petición de prescripción presentada, por cuanto la solicitud no se encuentra firmada, y es un requisito legal, tal y como lo establece la Ley 1755 del 30 de junio de 2015. En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole en consecuencia, una respuesta ciara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Atentamente, SAUL MARTINEZ ARREDONDO Tesorero Municipal. Proyecto. MERLY JOHANNA REVISO EUANA MINDIOLA ECHEVERRI APROBO: SAUL MARTÍNEZ AREDONDO CARGO: ABOGADA CONTRATISTA CARGO: PROFESIONAL UNIVERSITARIO CARGO: TESORERO MUNICIPAL Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.co Valledupar - Cesar

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â t i*72 iServe o« Postalo* NaCiOrjaío» S A NtT 900.0G2917*9 D0MO96AS6D2d09

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-lledupar Avanza SECRETARIA DE H A C IE N D A

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COD SH-FR-044 TESORERIA V01 - 07/2015

RESPUESTA PETICION

200001387 lledupar, M ayo 01 de 2 0 )7 .

Nombro/ Razón Social:LU C iiA MADRID MUftOZ

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C¡udad:VALLEDUPA

Departamento: CKSAR

OFICIO No. S-2017-HC-Ol 638.

Código Postsi

Focha Pro-Adi04/10/2017 1C:S6 Mfl k itipcru j Uc Jd d t f j

200001 availed upar, Cesar. E. S. M.

* or(a): ¡JILA MADRID MUÑOZ.

ansversal 18B No. 29 - 31. Júmero celular: 311-6436266.

REF: Respuesta a Derecho de petición.

En atención a su solicitud recibida en este despacho, procedem os a darle respuesta al derecho de petición, de conform idad a los siguientes presupuestos:

Luego de revisada su petición de prescripción de impuesto Prediai Unificado vigencias 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 010403140013000, le notificamos que no se le puede a cced e r a sus pretensiones, com o quiera que con la solicitud de prescripción no adjuntó ningún docum ento que la acredite com o propietaria, heredera, poseedora o representante legal del predio relacionado anteriormente, en razón a que el predio de la referencia ap arece en el sistema de Información tributaria del Municipio de Valledupar, a nombre de ASOCIACION PROVIVIENDA DE VALLEDUPAR y no a nombre de la peticionaria, y en caso dado de ser propietaria, deberá acreditarlo docum entalm ente ante el ente municipal.

Es preciso informarle a la contribuyente que no basta con sola la presentación de la solicitud, pues en la misma h ace relación a los documentos que se deben adjuntar para dar trámite a la solicitud de prescripción, en caso de ser Representante Legal de la ASOCIACION PROVIVIENDA DE VALLEDUPAR, deberá acreditarlo con la Cám ara de Com ercio y docum ento de identidad o en su defecto con los documentos pertinentes.

Aunado a ello, tam poco sería procedente entrar a resolver la petición de prescripción presentada, por cuanto la solicitud no se encuentra firmada, y es un requisito legal, tal y com o lo establece la Ley 1755 del 30 de junio de 2015.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted p lanteada fue resuelta, dándole en consecuencia, una respuesta ciara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular.

Atentam ente,

SAUL MARTINEZ ARREDONDOTesorero Municipal.

Proyecto. MERLY JO H A N N AREVISO EUANA MINDIOLA ECHEVERRI APROBO:

SAUL MARTÍNEZ AR ED O ND OC A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

C arrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 w w w .va lle d u p a r-ce sa r.a o v.c oV a lle d u p a r - C esar

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SECRETARIA DE HACIENDA A L C A L D ÍA

D E V A L L E D U P A R

COD SH-FR-044 V01 -07/2015 1r RESPUESTA PETICION ......................................... 1

ELMILIA

15 3. SARA

Oficio. S-2017-HC-5275

alledupar - Cesar, 9 de octubre de 2017

eñoraALOMINO PUPO SARA EMILIA

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 12 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente PALOMINO PUPO SARA EMILIA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 010409600043901.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante ¡a resolución No.20172401399 fechada 21 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 de! Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o -d e p re s c r ip c ió n d e ía a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e i m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i í id a d e s p a r a e l p a g o , p o r ía a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTACarrera 5 Nw

C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

>69 ^KlMfcK PisO leí, 5842300 www.vaiieaupgr-cesar.aov.co Vailedupar - Cesar

CARGO: TESORERO

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SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L

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ALCALDÍA DE VA LLED U PA R

| CO D SH-FR-07? V01 “ 10/2015

] Prescripción

RESOLUCION 20172401399 FECHA: Septiembre 21 de 2017

'POR M EDIO DE LA CUAL SE DECIDE UNA S O LIC ITU D DE PRESCRIPCION"

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE VALLEDUPAR, EN USO DE COMPETENCIA PARA DECRETAR PRESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DEL ACUERDO 031 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

CONSIDERANDO.

Que de conformidad con el artículo 447 dei Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en consonancia con lo establecido en los artículos 817, 818 y 819 del Estatuto Tributario Nacional, ia acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescriben en el término de cinco (05) años contados a partir de ia fecha en que la obligación se hace exigible.

Que el (la) contribuyente PALOMINO PUPO SARA EMILIA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 42491529de VALLEDUPAR, solicita en su condición de propietaria del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-0960-0043-901, se decrete la prescripción del pago del Impuesto Predial Unificado vigencias 2011

Por disposición expresa del artículo 59 de la Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (E TN ), el cual reza:

"A r tíc u lo 59 . P ro c e d im ie n to t r ib u ta r io te r r ito r ia l. Los d e p a rta m e n to s y m u n ic ip io s a p lic a rá n lo s p ro c e d im ie n to s e s ta b le c id o s en e l E s ta tu to T r ib u ta r io N a c io n a l, p a ra la a d m in is tra c ió n , determinación, d iscu s ió n , co b ro , d e vo lu c io n e s , ré g im e n s a n c io n a to r io in c lu id o su im p o s ic ió n , a lo s im p u e s to s p o r e llo s a d m in is tra d o s . A s í m is m o a p lic a rá n e l p ro c e d im ie n to a d m in is tra t iv o de co b ro a la s m u lta s , d e re c h o s y d e m á s re c u rs o s te rr ito r ia le s . E l m o n to de las sa n c io n e s y e l té rm in o de a p lic a c ió n de lo s p ro c e d im ie n to s a n te r io re s , p o d rá n d is m in u irs e y s im p lif ic a rs e a c o rd e con la n a tu ra le z a de sus tr ib u to s , y te n ie n d o en cu e n ta la p ro p o rc io n a lid a d de e s ta s re s p e c to d e l m o n to de io s im p u e s to s ".

Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria la existencia dei título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que la contenga de manera clara, expresa y exigible, conforme ¡o señala el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

”P res tan m é r ito e je c u t iv o : 1. Las liq u id a c io n e s p r iv a d a s y su s c o rre cc io n e s ; c o n te n id a s en la s d e c la ra c io n e s tr ib u ta r ia s p re s e n ta d a s , desd e e l v e n c im ie n to de la fe ch a p a ra su cance lac ión . 2. Las liquidaciones oficiales ejecutoriadas. 3. Los d e m á s a c to s de la A d m in is tra c ió n de Im p u e s to s d e b id a m e n te e je c u to r ia d o s , en io s cu a le s se f i je n s u m a s líq u id a s de d in e ro a fa v o r d e l fìsco n a c io n a l. 4. Las g a ra n tía s y ca u c io n e s p re s ta d a s a fa v o r de la N a c ión p a ra a f ia n z a r e l p a g o de las o b lig a c io n e s tr ib u ta r ia s , a p a r t i r de la e je c u to r ia d e l a c to de ia A d m in is tra c ió n q u e d e c la re e l in c u m p lim ie n to o e x ig ib ilid a d de la s o b lig a c io n e s g a ra n tiz a d a s . 5. Las s e n te n c ia s y d e m á s d e c is io n e s ju r is d ic c io n a le s e je c u to ria d a s , q u e de c id a n so b re las d e m a n d a s

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www .vailedupar-cescir.qov.cQVaüedupar - Cesar

Valledupar Avanza ^Alcali («Municipal '■ i”

SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L

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ALCALDÍA DE VALLED UPAR

C O D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

Efectivamente, la Administración Municipal liquidó Impuesto Predial Unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-0960-0043-901, ubicado en la C 4A 23A 15 de esta ciudad, mediante las liquidaciones oficiales Nros. 20132042861 de Mayo 06 de 2013,20136130356 de Mayo 03 de 2013,201611036745 de Octubre 11 de 2016 por las vigencias 2013,2011,2012,2014,2015,2016; sin embargo, se pudo constatar que no se realizó la notificación de las liquidaciones oficiales, tal y como lo ordena el artículo 257 del Acuerdo 031 de 2014, para ello se transcribe el artículo en mención:

"N o tif ic a c io n e s : Los re q u e r im ie n to s , a u to s q u e o rd e n e n in sp e cc io n e s tr ib u ta ría s , e m p la z a m ie n to s , c ita c io n e s , tra s la d o s de ca rgos , re s o lu c io n e s en que im p o n g a n sanc ione s , liq u id a c io n e s o fic ia le s y d e m á s a c tu a c io n e s a d m in is tra tiv a s p ro fe r id o s p o r la A d m in is tra c ió n T r ib u ta r ia M u n ic ip a l d eb en n o tif ic a rs e de m a n e ra e le c tró n ic a , p e rs o n a lm e n te o a tra v é s de la re d o fic ia I de c o rre o s o de c u a lq u ie r s e rv ic io de m e n s a je r ía e sp e c ia liza d a d e b id a m e n te a u to r iz a d a p o r ¡a a u to r id a d c o m p e te n te , c o n fo rm e a lo e s ta b le c id o en lo s a r tíc u lo s 5 6 5 , 5 6 6 -1 ,5 6 9 y 5 7 0 d e l E s ta tu to T r ib u ta r io N a c io n a l".

Aunado a ello, el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por el artículo 45 de la Ley 1111 de 2006, estableció las formas de notificación de las actuaciones de la Administración de Impuestos, así:

"Los re q u e r im ie n to s , a u to s q u e o rd e n e n in s p e c c io n e s o v e r if ic a c io n e s t r ib u ta ría s , e m p la z a m ie n to s , c ita c io n e s , re s o lu c io n e s en que se im p o n g a n sanc ione s , liquidaciones oficiales y d e m á s a c tu a c io n e s a d m in is tra tiv a s , d e b e n n o t if ic a rs e de m a n e ra e le c tró n ic a , p e rs o n a lm e n te o a tra v é s de la re d o fic ia l de c o rre o s o de c u a lq u ie r s e rv ic io de m e n s a je r ía e sp e c ia liza d a d e b id a m e n te a u to r iz a d a p o r i a a u to r id a d c o m p e te n te .

Las p ro v id e n c ia s q u e dec id a n re c u rs o s se n o t if ic a rá n p e rs o n a lm e n te , o p o r e d ic to s i e l c o n tr ib u y e n te , re sp o n sa b le , a g e n te re te n e d o r o d e c la ra n te , no c o m p a re c ie re d e n tro d e l té rm in o de los d ie z (1 0 ) d ías s ig u ie n te s , c o n ta d o s a p a r t i r de la fe ch a de in tro d u c c ió n a l c o rre o d e l a v iso de c ita c ió n . En es te e v e n to ta m b ié n p ro c e d e la n o t if ic a c ió n e le c tró n ic a / . . . / "

La notificación de las decisiones oficiales es un elemento esencia! del derecho fundamental al debido proceso, pues de esta manera se dan a conocer a los administrados. Además, mientras los actos de la Administración no se notifiquen, no producen efectos y tampoco son oponibles a los destinatarios.

Conforme a lo anterior, es claro que la obligación de la administración municipal no se limita a enviar por correo a la dirección correcta, pues debe verificar que la diligencia de notificación por correo resulte efectiva, esto es que sea entregada al contribuyente en la dirección que haya suministrado, teniendo, en cuenta que su finalidad es enterarlo de las actuaciones que expide en su contra para que pueda ejercer su derecho de defensa oportunamente. Lo anterior por cuanto de acuerdo con la norma no se tiene por cumplida la diligencia de notificación por ese medio con el solo envío de la copia del acto, sino con su entrega, para que se cumpla tal finalidad.

Carrera 5 N° 15-Ó9 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valledupar-cesar.qov.coValledupar - Cesar

Postole» lo» SA 0£0917-9 1 DCJSC95A5SI Unra Ut 01 800U 111 Mo

h s s b e s s ìb ìNombre/ Razón Social ALCAOIA DE VALLEDUPAR - SECRETALA DE Hfï

Oirccclón:CARRERACIENDA 5 # 15-69

Ciudad:VALLEDUPAR

Oopartamonto;CES/ kR0001387Código Postal 2 C

Ertvío:RN841102575CO

E S E S SJombre/ Razón Social;U3A LLK MANDON DONADO

>ircceién:CL22 16 - 3¿ s. SIMON OUVARiudad.-VALLEDUPAR

spartamento: CESAR

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Va lie d u i a r Ava n z ar i * . . T j i i. i r . \ . ¡A I ; ü J d i Ij M u n i t i l a !

SECRETARIA DE H A C IE N D A

ALCALDIA DE VALLED UPAR

C O D SH-FR-044 V0T -0 7 / 2 0 1 5

GESTION DIRECTIVA

Valledupar, Septiembre 28 del 2017.

SE Ñ O R A .ADA LUZ MANDON DONADO.Calle 22 No 16-30

O FIC IO NO S-2017-HC -5179

Barrió Simón Bolívar Número celular: 318 -4 0 2 1 210. Valledupar, Cesar.

REF: Respuesta a derecho de petición.

Cordial saludo, doctor Ada.

Teniendo en cuenta lo manifestado en eí derecho de petición, esta sectorial se permite informar !o siguiente:

1.- Verificado el sistema de Información Tributaria del Municipio de Valledupar, se pudo constatar que aparece registrado a su nombre el predio identificado con referencia catastral No. 010201570007000, ubicado en la K 16 22 26 de esta ciudad.

2.- La dependencia encargada ordenó el embargo y retención de los dineros que tuviere el contribuyente A D A LU Z M AN D O N DONADO.depositados en cuentas corrientes, de ahorros, C D T , fiducias o a cualquier otro título, depositados o que se llegare a depositar en esa entidad en todo el país, por encontrarse en mora en et Impuesto Predial Unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 010201570007000.

3.- La Tesorería Municipal de Valledupar, tiene la facultad de iniciar proceso Administrativo de Cobro Coactivo contra las personas y/o contribuyentes que se encuentren en mora en el pago de Impuesto Predial Unificado, decretando medidas cautelares sobre cuentas bancadas e inmueble de propiedad de los deudores.

4.- El artículo 837 del Estatuto Tributario Nacionat, estableció que las medidas preventivas se podrían decretar “Previa o simultáneamente con. el mandamiento de pago, el funcionario podrá decretar el embargo y secuestro preventivo de ¡os bienes del deudor que se hayan establecido como de su propiedad.

Para este efecto, los funcionarios competentes podrán identificar tos bienes del deudor por medio de las informaciones tributarias, o de las informaciones sum inistradas por entidades públicas o privadas, que estarán obligadas en todos los casos a dar pronta y cumplida respuesta a la Administración, so pena de ser sancionadas a i tenor del articulo 651 literal a )1'.

REVISO ELABORO A P R O B ÓEliana Leonor M índiola Echevem Eliana Leonor M indíola Echevem Saúl Martínez A rredo ndo

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valiedupar-c8sar-qQv.coValledupar - Cesar

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SECRETARIA DE HACIENDA

GESTION DIRECTIVA

ALCALD IA DE VA LLED Ü PA R

V01 -07/2015

par, 22 de Septiembre de 2017

OFICIO No: S-2017-HC-005133

i Tran. crtn Uc de njr ïOOCîlDQ .''I' fÙTKKiKUJ BÉwfVWiflDfliïî

JAVIER ARDILA CORZOm m m v .wra/Mii ¿OC 34ABIS i 85Ciudad,

REF: Respuesta a Derecho de Petición

En atención a su solicitud recibida en este despacho, procedemos a darle respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

Luego de revisada su petición en la que solicita copias integras dei proceso de cobro coactivó seguido en contra del predio a nombre de MARIO JAVIER ARDILA CORZO, es preciso manifestarle que el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina de Jurisdicción Coactiva Municipal previsto en nueve (09) folios establecido de la siguiente manera:

1. Liquidación Oficial N° 20136138915 fechado el 03 de Mayo de 2013 comprende las vigencias 2009 al 2012 (folio 1).

2. Liquidación Oficial N° 20132054437 fechado el 06 de Mayo de 2013 de vigencia 2013 (folio 2).

3. Certificado de Notificación Personal N° 20132054437 mediante la empresa de mensajería SERVIEFiCAZ (folio 3).

4. Constancia de firmeza y ejecutoria de liquidaciones oficiales fechado el 27 de Agosto de 2013 (folio 4).

5. Resolución de Embargo fechado el 29 de Septiembre de 2016 (folio 05 - 06).

6. Resolución de Prescripción N° 20172400809 fechado el 27 de Junio de 2017 (folio 07 - 08).

7. Respuesta a la solicitud de Resolución de Prescripción N° 20172400809 fechado el 07 de Julio de 2017 (folio 09)

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole en consecuencia, una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular.

SAUL MARTINEZ ARREDONDOTesorero Municipal

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.vaiiedupar-cesar.qov.co Vaiiedupar - Cesar

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Carrera 5 No. 15 -69

MUNICIPIO DE VALLEDUPAR ALCALDIA MUNICIPAL

Nit. 800.098.911-8 SECRETARIA DE HACIENDA MUNCIPAL JEFATURA DE RECAUDO MUNICIPAL

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Acuerdo 034 de 22 de diciembre de 2008

LIQUIDACION OFICIA!

0201361389-FECHA DE EXPEDK

03/05/2013de Recaudo Municipal de la Secretaria de Hacienda del Municipio de Valledupar, en uso de tas facultades Legales conferidas por el artículo 66 de la Ley 383 de 1997, los Artículos 2. 31 wlittldel do 034 de 22 de diciembre de 2008, y las conferidas por el Alcalde Municipal mediante Decreto 000023 de 11 de enero de 2012, mediante este acto de Liquidación Oficial determina para:pl§fl|s)

penodo(s) gravabie(s) anteriores a 2013, el valor del IM PUESTO PREDIAL UNIFICADO, conforme a las variables y datos que se describen a continuación:

A. IDENTIFICACION D EL PREDIO1. REFERENCIA CATASTRAL 01-05-0164-0001-000 2. DIRECCION DEL PREDIO C 20C 34ABIS1 85B. INFORMACION SO BRE EL AREA DEL PREDIO3. AREA DEL TERRENO (M2) 158 4. AREA CONSTRUIDA (M2) 54 5. MATRICULA INMOBILIARIA .C. CLASIFICACION Y TARIFA6. USO RESIDENCIAL 7. ESTRATO 2 BA JO 8. CLASE PREDIOS URBANOSD. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL LP.U9. APELLIDOS Y NOMBRES ! RAZON SOCIAL 10. IDENTIFICACION

ARDILA CORZO MARIO-JAVIER TIPO C NUMERO 000077193437Año - Concepto Base Gravable Impuesto Tarifa Saldo Año - Concepto Base Gravable Impuesto Tarifa Saldo!

2009-Pred2009-Corp2009-Bom2010-Pred 2010-Corp

aloraciones

iperosal>rac¡ones

2010-Bomberos2011-Predial2011-Corporaciones2011-Bom¿eros2012-Pred¡¡al 2012-ConXiraciones 2012-Bomberos

2.944.0002.844.0002.844.00012.870.00012.870.00012.870.00013.256.00013.256.00013.256.00013.654.00013.654.00013.654.000 000ooo

75,6324,2663,98251,48019,3052,57453,02419,8842,65154,61620,4612,731000ooooo

28/10001.5/1000,05/14/10001.5/1000.05/14/10001.5/1000.05/14/10001.5/1000.05/1

95,1805,0504,760

59,48922,0842,975

82,09229,6284,103

69,99725,053

3,50100oooooo

TO TA L VIGENCIAS ANTERIORES CAPITAL 866,962 INTERESES 195,986 TO TA L 1,062,948Intereses de mora calculados a fecha: 03/05/2013 , con una tasa de 31.13 % (EA)

FECHAS LIMITE DE PAGO VALOR TOTAL DEUDA DESCUENTO VALOR A PAGAR16 DE ABR IL A 31 DE MAYO DE 2013 719,614 113,178

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013 733,394 116,221

Contrainterpone:

a presente liquidación oficial procede el recurso de reconsideración, el cual deberá •¿e dentro del mes siguiente a la notificación de esta Liquidación Oficial en los términos

de los Artículos 301 y siguientes del Acuerdo 026 de 2012.

CO pí“V

MARIANO SEBASTIAN OJEDA MARTINEZJefe de Recaudo Municipal

Secretaria de Hacienda Municipal

SELLO O TIMBRE DE LA ENTIDAD RECAUDADORA

¡V A L L E D U P A R e n tre to d o s la e s ta m o s tra n s fo rm a n d o !MUNICIPIO DE VALLEDUPAR

Nit, 800.098.911-8 IM PUESTO PREDIAL UNIFICADO f

LIQUIDACION OFICIAL No. FEC H A DE EXPEDICI(

020136138915 )| 03/05/2013A. IDENTIFICACION DEL PREDIOREFERENCIA C ATASTR AL 01-05-0164-0001-000 DIRECCION DEL PREDIO C 20C 34ABIS1 85D. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL J.P.UAPELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL ARDILA CORZO MARIO-JAVIER IDENTIFICACION 000077193437 TIPO C i

K> 1 Olí(415)7709998015500(8020)020136138915(3900)00000000403942(95)20130531

16 DE ABRIL A 31 DE MAYO DE 2013 1 Eli i

VALOR A PAGAR 403,942

K> H(415)7709998015500(8020)020136138915(3900)00000000407789(96)20130628

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013

VALOR A PAGAR 407,789

MUNICIPIO DE VALLEDUPARNit. 800.098.911-8

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO jLIQUIDACION OFICIAL No. FEC H A DE EXPEDIClol ||||

020136138915 || 03/05/2013 1||||A. IDENTIFICACION DEL PREDIO - . _ 11|||REFERENC :iA C ATASTRAL 01-05-0164-0001-000 DIRECCION DEL PREDIO C 20C 34ABIS1 85 1 1D. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.U ~ ..................... « l i l iAPELLIDOv > Y NOMBRES / RAZON SOCIAL ARDILA CORZO M ARIO-JAVIER IDENTIFICACION 000077193437 TIFO C ¡ l i l i

K> o(415)7709998015500(8020)020136138915(3900)00000000403942(96)20130531

16 DE ABRIL A 31 DE MAYO DE 2013

K> l i l i415)7709998015500(8020)020136138915(3900)00000000407789(96)20130628

VALOR A PAGAR 403,942 l i l i

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013 H

VALOR A PAGAR 407,789 l i l i

DE V

t a »

A L C A ID IAL L E D U P A F ? www. va lledupar-cesar.gov.co

Carrera 5 No. 15 - 69

MUNICIPIO DE VALLEDUPAR ALCALDIA MUNICIPAL

Nit. 800.098.911-8

SECRETARIA DE HACIENDA MUNCIPAL JEFATURA DE RECAUDO MUNICIPAL

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADOAcuerdo 026 de 28 de diciembre de 2012

LIQUIDACION OFIClM 1 No.

0201320544:FECH A DE EXPEDI

06/05/2013

VIGENCIA 2013El Jefe de Recaudo Municipal de la Secretaria de Hacienda del Municipio de Valiedupar, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 6 , 34; Acuerdo 026 de 23 de diciembre de 2012, mediante este acto de Liquidación Oficial determina para el período gravable 2013 el valor del IMPUES"

UNIFICADO, conforme a las variables y datos que se describen a continuación:

IN

174 del ÍEOIAL

A. IDENTIFICACION DEL PREDIO1. REFERENCIA CATASTRAL 01 -05-0164-0001 -000 2. DIRECCION DEL PREDIO C 20C 34ABIS1 85 C.P.: OOOOOflB. INFORMACION SO BRE EL AREA DEL PREDIO3. AREA DEL TERRENO (M2) 158 4. AREA CONSTRUIDA (M2) 54 5. MATRICULA INMOBILIARIA .C. CLAS IFICACION Y TARIFA

6. USO PREDIO RESIDENCIAL 7. ESTRATO 2 BA JO 8. TARIFA 3/1000 9. % EXENC

D. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.U

10. APELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL 11. IDENTIFICACIONARDILA CORZO MARIO-JAVIER TIPO C NUMERO 0000771

E. LIQUIDACION OFICIAL DEL I.P.UFECHAS LIMITE DE PAGO

CON DESCUENTO 10%16 DE ABRIL A MAYO 31 DE 2013

SIN DESCUENTI01 DE JUNIO H ASTA 28 DE J l DE 2013

12. BASjE GRAVABLE (Avalúo Catastral)13. TARIFA14. VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL UNIFICADOF. PAGO

16. Más17. TOTA

15. Meros DESCUENTO POR PRONTO PAGOINTERESES DE MORAL A PAGAR

14,064,0003/100065,100

4,2000

60,900

VALOR A PAGARD ESC U EN TO DEL 10%

16 DE ABR IL A 31 DE MAYO DE 2013

60,900

SIN D ESC U EN TO 01 DE JU N IO H AS TA 28 DE JUNIOlI M I 3

>,029A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2013 EL CONTRIBUYENTE DEBERA PAGAR INTERESES MORATORIOS CAUSADOS POR CADA DIA CALENDARIO DE RETARDO A LA

INTERES VIGENTE AL MOMENTO DEL PAGO. (ART. 370 ACUERDO 026 DE 2012)

OE

Contra la pre dentro del mo: siguientes del

»ente liquidación oficial procede el recurso de reconsideración, el cual deberá interponerse i siguiente a la notificación de esta Liquidación Oficial en los términos de los Artículos 301 y Acuerdo 026 de 2012.

MARIANO SEBASTIAN OJEDA MARTÍNEZJefe de Recaudo Municipal

Secretaria de Hacienda Municipal

SELLO O TIMBRE DE LA ENTIDAD RECAUDADOR

¡V A L L E D U P A R e n tre to d o s la e s ta m o s tra n s fo rm a n d o !CONTRIBUYENTE

MUNICIPIO DE VALLEDUPARNit. 800.098.911-3 LIQUIDACION OFICIAL No.

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO | 020132054 \ 3 7 lfFECH A DE EXfi

06/05/2: ió n

A. IDENTIFICACION D E L PREDIOREFERENCIA CATASTRAL 01-05-0164-0001-000 DIRECCION DEL PREDIO C 20C 34ABIS1 85 VIGENCIA 20'D. IDENTIFI DACION D EL S U JE TO PASIVO DEL I.P.UAPELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL ARDILA CORZO MARIO-JAVIER IDENTIFICACION 000077193437

(-Ò

III If IMI

(415)7709993015500(8020)020132054437(3900)00000000060900(96)20130531

DESC U EN TO DEL 10% -1 6 DE ABR IL A 31 DE MAYO DE 2013

VALOR A PAGAR 60,900

K>(415)7709998015500(8020)020132054437(3900)00000000066029(96)20130628

SIN D ESC UEN TO - 01 DE JU NIO H A S TA 28 DE JU N IO DE 2013

VALOR A PAGAR 66,029

MUNMí #

IMPUÉ

DIPIO DE VALLEDUPARNit. 800.098.911-8 LIQUIDACION OFICIAL No. FEC H A DE EXPÍ U H ió n

ESTO PREDIAL UNIFICADO ¡ 020132054437 II 06/05/2(111 1A IDENTIFICACION D EL PREDIO ~ ~ ”REFERENCIA C ATASTRAL 01-05-0164-0001-000 DIRECCION DEL PREDIO C 20C 34ABIS1 85 VIGENCIA 201 ¡L). IDENTIFICACION D EL S U JE TO PASIVO DEL I.P.U "APELLIDOS y NOMBRES / RAZON SOCIAL ARDILA CORZO M ARIO-JAVIER IDENTIFICACION 000077193437 TI, 11 c

D ESC U EN TO DEL 10% « 16 DE ABR IL A 31 DE M AYO DE 2013

VALOR A PAGAR 60,900

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Remi t e pre 005 VDUPARMUNICIPIO DE... ZONA 5 PREDIALPREDIAL 27/05/13 12:07:48 80ARDILA CORZO MARIO-JAVIER n

20132054437C 20C 34A_BIS 1 85010501640001000VDUPAR

28533114231667

Firma y Sello

1 c M e < ü K ) o nCodigo Mensajero Codigo Devoluci Dn

NO

A l c a l d í a IÍ u o ¡ t i p t ¡

COD SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA

GESTION DIRECTIVA

ALCALDIA DE VALLEDUPAR

V01 -07/2015

Valledupar, 29 de Septiembre de 20Ì6

Señores: iBANCOLOMB1A - BANCO BBVA - BANCO AGRARIO DE COLOMBIA- BANCO DE BOGOTA - BANCO OCCIDENTE - BANCO DAVI VIEN DA - BANCO POPULAR - BANCO BCSC - BANCO COLPATR1A - BANCO AV VILLAS.E. S. D.

Cordía! Saludo.

Mediante ei presente comunico a usted, que este despacho ordenó el embargo y secuestro de los dineros de propiedad de los siguientes contribuyentes, depositados en cuentas corrientes, de ahorros, CDT, fiducias o a cualquier otro título, depositados o que se llegare a depositar en esa entidad en todo ei cois.

ReferenciaCatastral identificación Nombre Propietario djire soíi Mat inmobiliaria Total Cartera

010202400012000 49730965AARON LAMBRANO M ERCEDES­SOFIA K 6 20B 73 190-17410 $ 2.278.790

010300160015000 26933956 AARON PINTO ISABEL C 23 18D44 $4.088.103010402370019000 2146303 ABAD QUEVEDO JE S U S K 20 15 35 190-16378 $ 2.056.033010200890021000 49730127 AB DALA PEREZ LEDIS-YANETH C 20D N 6B 22 190-0070655 $ 1.569.313010404330016000 26939716 ABRIL * ILVA-ROSA C 18D 30B 52 190-21332 $2.621.243010205290024000 49783981 ABRIL ACEVEDO ANA-LIDIS D 25A 4J 20 190-0101314 $1.374.415 I010403300007000 13877301 ABRIL PARDO JORGE-EUECER C 19 30 25 190-0054533 $3.202.177

8910

010303820050000 49690779ABRIL QUINTERO MARIA- DOLORES K 27 65 19 190-81186 $ 2.202.041

010400130008000 49794985 ACERO RAMIREZ JUANA-ELVIRA D 20B 21 38 190-14195 $ 2.382.386010401270027000 49794985 ACERO RAMIREZ JUANA-ELVIRA D 17 23 35 190-52215 $1.920.489

11

12010414280011000 49769474

ACEVEDO AREVALO GRACIELA- BEATRIZ MZ D LO 11 190-111252 $ 1.160.341

010208870010000 42403749ACEVEDO CANTILLO ANA- BELISA C 33 A 27 190-75075 $ 2.246.989

13

14

010203100036000 22544693ACEVEDO CANTILLO MARIA- EDILMA C26 4G 100 190-0061095

010208620002000 77020528ACEVEDO GAMBOA LUIS- ONOFRE C 33 46 101 190-75322

'? 2.897.447

S 2.449.535

151617181920 21 22

010302580004001 49773150ACEVEDO JARABA NERIO- MARINA C 39 24 47 $2.860.517

010605280131901 49739532 ACEVEDO YANCE OSIRIS-IVETH C 2 37 S8 MZ F CS 9B $ 2.670.846010302880017001 26920488 ACONCHA MEDINA TENILDA K 25 35 156 $ 2.534.862010301220005000 26936044 ACOSTA * CARMEN-ROSA C 30 25 36 190-39633 $ 1.968.963010303200014000 8890023 ACOSTA * FELIPE-SANTIAGO K 19 58 105 $ 3.089.508010500510010000 1783258 ACOSTA * FERNANDO-JOSE K34B 18BIS 20 190-61624 $2.614.494010500440004000 12717766 ACOSTA * OSCAR K 34 18BIS 32 190-45048 S 2.281.235010401290024000 5008818 ACOSTA ACOSTA LORENZO D 17 24A57 190-6170 $ 1.231.935

2324

010206110029001 42491943ACOSTA BALDEBIANQUEZ JUANA C30A4D 101 $ 1.963.989

010408220020000 40976932 ACOSTA CABANA ROSA-LETICIA j C 6C 21A 58 190-48322 $ 3.284.873

25262728

310301940001000 49737813ACOSTA CASTILLO RUTH- MARINA K 19 42 03 190-108735 $ 3.478.672

310604540011000 49606393 ACOSTA DAZA NEIVIS-LUZ I MZ 36 LO 11 $1.138.560D10600900024000 49742374 ACOSTA DE-LA-CRUZ MILADIS C 6A 40 68 $2.248.610D10401910002001 22343988 ACOSTA DURAN ANA-ELMINA C 16C23 41 $2.471.039

29 10309650005000 36623559ACOSTA EL JU RE SAYURIS-DEL- CARMEN C 30C 28 53 190-110463 $ 1.211.638

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar- Cesar

Valledupar AvanzaAlcaldi» Municipal

SECRETARIA DE H A C IE N D A ;

M U N IC IP A L

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ALCALD ÍA DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 VOI - 10/2015

Prescripción

R ES O LU C IO N 20 172400809 FECHA: Junio 27 de 2017 "POR M ED IO DE LA CUAL SE D EC ID E UN A S O L IC IT U D DE P R ES C R IP C IO N "

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL M UNICIPIO DE VALLEDUPAR., EN USO DE COM PETENCIA PARA DECRETAR PRESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DEL ACUERDO 031 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

C O N S ID ER A N D O .

Que de conformidad con el artículo 447 deí Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en consonancia con !o establecido en los artículos 317, 818 y 819 del Estatuto Tributario Nacional, ¡a acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescriben en ei término de cinco (05 ) años contados a partir de ia fecna en que la obligación se hace exigibie.

Que e! (la) contribuyente ARDILA CORZO MARIO JAVIER, identificado(a) con cédula de ciudadanía No 77193437 de VALLEDUPAR, solicita en su condición de propietaria del predio identificado con referencia catastral No. 01 -05 -0164-0001-000, se decrete la prescripción del pago del Impuesto Predial Unificado. 2009,2010,2011,2012,.

Por disposición expresa del artículo 59 de la. Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (E TN ), ei cual reza: :

"Artículo 59. Procedim iento tributario territorial. Los departam entos y municipios aplicarán los procedim ientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la adm inistración, determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido su imposición, a los im puestos por ellos adm inistrados. Así mismo aplicarán el procedim iento adm inistrativo de cobro a las m ultas, derechos y demás recursos territoriales. E l monto de las sanciones y el térm ino de aplicación de los procedim ientos anteriores; podrán dism inuirse y sim plificarse acorde con ¡a naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos

Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria ía existencia del título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que la contenga de manera clara, expresa y exigibie, conforme lo señala ei artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

"Prestan m érito ejecutivo: 1. Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en las declaraciones tributarias presentadas, desde el vencim iento de la fecha para su cancelación. 2. Las liquidaciones oficíales ejecutoriadas. 3. Los demás actos de la Adm inistración de Im puestos debidam ente ejecutoriados, en los cuales se fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional. 4. Las garantías y cauciones prestadas a favor de la Nación para afianzar ei pago de las obligaciones tributarias, a

Carrera 5 NT 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valiedupar-cesar.aov.co

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Valiedupar Avanza ^A l c a l d i « M u n i í i p o ¡

SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L

m¡wví

ALCALD IA DE VA LLED U PA R

COD SH-FR-079 V01 - 10/2015

Prescripción

Como se puede observar, el término de prescripción de !a acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede !a exigíbilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20132054437 de Mayo 06 de 20 13,20 136 1389 15 de Mayo 03 de 2013, ía Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de ía referencia catastral No. 01 -05 -0 164 -00 01 - 000, correspondiente a las vigencias 2008 al 2013 de Mayo 06 de 2013,20136138915 de Mayo 03 de 2013,, notificada al predio el 27 de mayo de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro';¡dé las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo {artículos 817 y 818 del ETN ). Este término debe examinarse para cada títjlo ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para dedarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación %con ios mayores valores. 4. En el caso de ios actos adm inistrativos (sean del im puesto de industria v com ercio o del im puesto prediah, el térm ino de prescripción com ienza a correr desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente ARDILA CORZO MARIO JAVIER por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega ía prescripción de los periodos fiscaíes de los años2009,2010,2011,2012.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.vailedupar-cesar.aov.coValiedupar - Cesar

V a ü e d u p a r A van zau c «j t 4 I 4 U 4. n i t J

SECRETARIA DE HACIENDA ALCALDIA

DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 V01 - 07/2015RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-1870Vaüedupar, JULIO 07 DE 2017

Señor.ARDILA CORZO MARIO JAVIERMZ 34 CASA 13 ESQ URB VILLA DARIANAVALLEDUPAR. CESAR

SOPORTE DE ENTREGADO A:NOMBRE:_____FECHA:FIRMA:

REf: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por e! contribuyente. ARDiLA CORZO MARIO JAVIER..

En atención a !a solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 22 junio de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente ARDILA CORZO MARIO JAVIER en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de impuesto Predial Unificado vigencia.2009.AL 2012 a cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 0 )0 5 0 )6 4 0 0 0 )0 0 0 .

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución .No. S 20172400809 fechada 27 de junio de 2017 Je fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas .2009.2010.2011,2012. .Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. u& té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , por /a a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a toPor consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en ¡a fecha 13 de junio de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Seo otaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por ustea planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentom^ftje.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

r \ lW j p r o y e c t o , n id ia r o s a BRAVO REVISO; EUANA M lN D lO lA j APROBO: SAUL MARTINEZ ARREDONDO

/ / ¥ C A R G O ; A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O ; PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO !'Carrera 5 N°T5r5'9TRlMERTTSO Tel, 58ffZTOÜ www.vailedupar-cesar.aQv.coVaüedupar - Cesar

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COD SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

A LC ALD ÍA DE VALLEDUPAR

V01 -07/2015

Oficio. S-2017-HC-5280

Valledupar - Cesar, 9 de octubre de 2017

SeñorYEINER ENRIQUE JAIMES PÉREZKilometro 7 Vía Puerto López Casa Fiscal B11CANTON MILITARVALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 17 de agosto de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente YEINER ENRIQUE JAIMES PÉREZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2010-2011-2012. A cargo del predio identificado con referencia catastral. 010413050006000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401490 fechada 2 de Octubre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2010-2011-2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 de! Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r ía n o t i f ic a c ió n d e ! m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e i o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 17 de agosto de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDlOLA REVISO: ELIANA MINDlOLA APROBO iSAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

Carrera ¿ N "15-69 PRIMER"PISO Tel." 5842400"wwwTvdílédupar-cesar.aov.co'Valledupar- Cesar

CARGO: TESORERO

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SECRETARÍA d e h a c i e n d a M U N IC IP A L

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l l g g lALCALD ÍA

DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

sR ES O LU C IO N 20 172401490 FECHA: O ctubre 02 de 2017

POR M ED IO DE LA CUAL SE D EC ID E UN A S O L IC IT U D DE P R ESCR IP C IO N '

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL M UNICIPIO DE VALLEDUPAR, EN USO DE COM PETENCIA PARA DECRETAR PRESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DEL ACUERDO 031 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

C O N S ID ER A N D O .

Que de conformidad con el artículo 447 del Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en consonancia con lo establecido en los artículos 817, 818 y 819 del Estatuto Tributarlo Nacional, la acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescriben en el término de cinco (05 ) años contados a partir de la fecha en que la obligación se hace exigible.

Que el (la) contribuyente YEINER ENRIQUE JAIMES PEREZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No 77161532 de SAN DIEGO CESAR, solicita en su condición de REPRESENTANTE LEGAL DE SU MENOR HIJO JAIMES PULGARIN MANUEL SEBASTIAN propietaria del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-1305-0006-000, se decrete la prescripción del pago del Impuesto Predial Unificado.2010- 2011- 2012.

Por disposición expresa dei artículo 59 de la Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (E TN ), el cual reza:

"Artículo 59. Procedim iento tributario territorial. Los departam entos y m unicipios aplicarán ios procedim ientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la adm inistración, determinación. discusión, cobro, devoluciones, régim en san donato rio incluido su imposición, a ios im puestos por ellos adm inistrados. Así mismo aplicarán el procedim iento adm inistrativo de cobro a las m ultas; derechos y demás recursos territoriales. E l monto de las sanciones y el térm ino de aplicación de ios procedim ientos anteriores> podrán dism inuirse y sim plificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los im puestos

Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria la existencia del título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que la contenga de manera clara, expresa y exigible, conforme lo señala el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

”Prestan m érito ejecutivo: 1. Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en las declaraciones tributarias presentadas, desde el vencim iento de la fecha para su cancelación. 2 . Las liquidaciones oficiales ejecutoriadas. 3. Los demás actos de la Adm inistración de Im puestos debidam ente ejecutoriados, en los cuales se fijen sumas líquidas de dinero a favor dei fisco nacional. 4. Las garantías y cauciones prestadas

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISOTei, 5842400 www.valiedupcir-cesar.qov.coValiedupar - Cesar

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S E C R E T A R IA D E H A C I E N D A

M U N IC IP A L

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ALCALD ÍA DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20 132047096 de Mayo 06 de 2013,20136133611 de Mayo 03 de 20 13,201611039858 de O ctubre 11 de 2016 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01 -04 -1305-0006-000, correspondiente a las vigencias 2008 AL 2013 de Mayo 06 de 2013,20136133611 de Mayo 03 de 2013,201611039858 d6, notificada al predio el 25 de junio de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado. -

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del E TN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en -form a extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos (sean del im puesto de industria v com ercio o del im puesto prediaO, el térm ino de prescripción com ienza a correr desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente YEINER ENRIQUE JAIMES PEREZ por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción de los periodos fiscales de los años 2010,2011,2012.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tet, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

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CASA 30 8. VILLA

Ciudad:VAJ.LEDUPAF

Departamento: CES

Código Postal:

Fecna Prc-Admist2/1 0/201711:37:00

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ledupar Avanza

SECRETARIA DE HACIENDA

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ALCALDÍA DE VALLEDUPARt j 1 il t i Municipal

SH-FR-044 V01 -07/2015

.......... 1 RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5268

dupar - Cesar, 9 de octubre de 2017

aNC1ANA RUIZ SALCEDO

•> Casa 30 Villa Ligia VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por ei contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 12 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

iEi contribuyente DANANCIANA RUIZ SALCEDO en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 010500300001001.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401408 fechada 22 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA ¡a prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en e! artículo: 818 del Estatuto Tributario Naciona! en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL.TERMINO DE PRESCRIPCION. UEI té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , por la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDIOLA REVISO; ELIANA MINDIOLA APRO0O:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

Carrera S i\r ia-6y FklMER PISO le!. 68424ÜÜ www.valleaupar-cesar.aov.co'Vaüedupar- Cesar

CARGO: TESORERO

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Valiedupar Avanza HA l c o 1 d / e M u o i c J p j i

SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L

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ALCALDÍA DE VALLED UPAR

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

Efectivamente, la Administración Municipal liquidó Impuesto Predial Unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-05-0030-0001-001, ubicado en la K 33 18B 03 de esta ciudad, mediante las liquidaciones oficiales Nros. 20132052056 de Mayo 06 de 2013,20136137086 de Mayo 03 de 2013,201611042956 de Octubre 11 de 2016 por las vigencias 2013,2009,2010,2011,2012,2014,2015,2016; sin embargo, se pudo constatar que no se realizó la notificación de las liquidaciones oficiales, tal y como lo ordena el artículo 257 del Acuerdo 031 de 2014, para ello se transcribe el artículo en mención:

"Notificaciones: Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones tributarias, emplazamientos, citaciones, traslados de cargos, resoluciones en que impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones adm inistrativas proferidos por la Administración Tributaría Municipal deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente, conforme a lo establecido en los artículos 565, 566-1,569 y 570 de! Estatuto Tributario Nacional".

Aunado a ello, el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por el artículo 45 de la Ley 1111 de 2006, estableció las formas de notificación de las actuaciones de la Administración de Impuestos, así:

”Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o verificaciones tributarias, emplazamientos, citaciones, resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones oficia tes y demás actuaciones adm inistrativas, deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente.

Las providencias que decidan recursos se notificarán personalmente, o por edicto si el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, no compareciere dentro del término de ios diez (10) días siguientes, contados a partir de la fecha de introducción al correo del aviso de citación. En este evento también procede la notificación electrónica /.../"

La notificación de las decisiones oficiales es un elemento esencia! del derecho fundamenta! al debido proceso, pues de esta manera se dan a conocer a los administrados. Además, mientras los actos de la Administración no se notifiquen, no producen efectos y tampoco son oponibles a los destinatarios.

Conforme a lo anterior, es claro que la obligación de la administración municipal no se limita a enviar por correo a la dirección correcta, pues debe verificar que la diligencia de notificación por correo resulte efectiva, esto es, que sea entregada al contribuyente en la dirección que haya suministrado, teniendo en cuenta que su finalidad es enterarlo de las actuaciones que expide en su contra para que pueda ejercer su derecho de defensa oportunamente. Lo anterior por cuanto de acuerdo con la norma no se tiene por cumplida la diligencia de notificación por ese medio con el solo envío de la copia del acto, sino con su entrega, para que se cumpla tal finalidad.

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valleduDar-cesar.aov.coValiedupar- Cesar

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Servaos F ostates Nacionales S A NIT 900 062917-9 D C 2 5 C t& A 5 &

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r e m i t e n t eMombrry Razon Social A C A D IA 3 E VALLEDI P A R • SECRETARIA DE HACjll

Direcei6n:CARRERA

Ciudad ¡VALLEDUPAR

OcpnrtamentoîCES/

Código Postal^O

Envto:RN8411Q2235CO

D001387

DESTINATARINombro/ Razón Socla|l: KARINA PAO LA TEI □ TR O S

Dirocclón:MZ 94 CASA. GARUPAi. 4 ETAPA

CiudadíVALLEDUPAR

Departam ento: OES

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20 B.

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Código Postal:

Fecha Prc-Admis12/10/2017 11:37:00

Miti IruniíiQrtnltc do rarffiOl MlrrlIC liisMnfifrtln Ewraœ®

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SECRETARIA DE HACIENDA

JÊLl i s

ALCALDÍA DE VALLEDUPAR

i COD SH-FR-044 V01 - 07/2015

! RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5322

ledupar - Cesar, 10 de octubre de 2017

oraÍNA PAOLA TERNERA MOZO Y OTROS

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por eí contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 14 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente KARINA PAOLA TERNERA MOZO Y OTROS en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011-2012. A cargo dei predio identificado con referencia catastral No. 01-06-0007-0022-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401424 fechada 22 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011-2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la - a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e ! m a n d a m ie n to d e p a g o , por e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to ( .. .) -

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción intérpuesta en la fecha 14 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

PROYECTO. ELIANA MINDIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APRO£íO:$AUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA ! C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

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ALCALDÍA DE VALLED UPAR

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

R ES O LU C IO N 20 1724 014 24 FECHA: Septiem bre 22 de 2017 "POR M E D IO DE LA C UAL SE D EC ID E U N A S O L IC IT U D DE P R E S C R IP C IO N "

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL M UNICIPIO DE VALLEDUPAR, EN USO DE COM PETENCIA PARA DECRETAR PRESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DEL ACUERDO 031 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

C O N S ID ER A N D O .

Que de conformidad con el artículo 447 del Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en consonancia con lo establecido en los artículos 817, 818 y 819 del Estatuto Tributario Nacional, la acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescriben en el término de cinco (05)* años contados a partir de la fecha en que la obligación se hace exigible.

Que el (la) contribuyente KARINA PAOLA TERNERA MOZO Y OTROS, identifícado(a) con cédula de ciudadanía No 49608486 de VALLEDUPAR, solicita en su condición de propietaria del predio identificado con referencia catastral No. 01 -06 -0007-0022-000, se decrete la prescripción del pago del Impuesto Predial Unificado.2009.2010..2011. 2012 .

Por disposición expresa del artículo 59 de la Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (E TN ), el cual reza:

"Artículo 59. Procedim iento tributario territorial. Los departam entos y m unicipios aplicarán ios procedim ientos establecidos en el Estatuto tributario Nacional, para la adm inistración, determinación. discusión, cobro, devoluciones, régim en sandonatorio incluido su imposición, a ios im puestos por ellos adm inistrados. A sí mismo aplicarán el procedim iento adm inistrativo de cobro a las m ultas, derechos y dem ás recursos territoriales . E l monto de las sanciones y el térm ino de aplicación de ios procedim ientos anteriores, podrán dism inuirse y sim plificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los im puestos

Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria la existencia del título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que la contenga de manera clara, expresa y exigible, conforme lo señala el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

"Prestan m érito ejecutivo: 1. Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en ias declaraciones tributarias presentadas, desde el vencim iento de la fecha para su cancelación. 2. Las liquidaciones oficiales ejecutoriadas. 3. Los demás actos de la Adm inistración de Im puestos debidam ente ejecutoriados, en ios cuales se fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional. 4. Las garantías y cauciones prestadas

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

Valledupar Avanza ^A l c a i t l t o M u n i c i p a l

SECRETARIA DE H A C IE N D A

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ALCALDÍA DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobró se cuenta a partir de ¡a fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20132055842 de Mayo 06 de 2013,20 136 1398 84 de Mayo 03 de 2013,20 161 1045 576 de O ctubre 11 de 2016- la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01 -06 -0007-0022-000, correspondiente a las vigencias 2008 ai 2013 de Mayo 06 de 2013,20136139884 de Mayo 03 de 2013,, notificada al predio el 24 de junio de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiaJes quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del E TN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos fsean del im puesto de industria v com ercio o del im puesto prediaH, el térm ino de prescripción com ienza a correr desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente KARINA PAOLA TERNERA MOZO Y O TR OS por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción de los períodos fiscales de los años2009,2010,2011,2012.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

Carrera 5 N° Ì 5-69 PRIMER PiSOTel, 5842400 www.valiedupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

f i í V 1 SorwatQ» Pwt 1 T jr\ NacloruJesSJ W NJT 9C0.06291 1 # M \ DC25C9SA j j i Uroa Nal- 01 i

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REMITENTE1

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mbro/ Razón Sodai:S TILLA MENDOZA CARMEN .CIUA,occíón:CRA 21A 13B

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SECRETARIA DE HACIENDA

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A LC ALD ÍA DE VALLEDUPAR

I COD SH-FR-044 V01 -07/2015¡ RESPUESTA PETICION

Oficio. $-2017-HC-5365

sdupar - Cesar, 11 de octubre de 2017

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 11 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente CASULLA MENDOZA CARMEN CECILIA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-0921-0020-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.2017240138¿ fechada 20 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de ias vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011-2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o de p re s c r ip c ió n d e lo a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r lo n o t i f ic a c ió n d e í m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 11 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas.

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APR060:$AUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

“Carrera 5 W T 5 - 6 9 PRIMERTISOTeCC A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

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SECRETARIA DE HACIENDA

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A LC ALD IA DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 V01 -07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5184

jlledupar - Cesar, 10 de octubre de 2017

,enoraLILIANA DEL CARMEN IBARRA RAMÍREZ C 5 11-04 VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 14 de agosto de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente LILIANA DEL CARMEN IBARRA RAMÍREZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 03-01-0081-0004-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401425 fechada 22 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. UEI té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta ciara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAÜL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELI AN A MINDIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

‘Carrera 5C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

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Sombre/ RaJn So ;ia[ Ai-CAOJA DE VALLBOUPAR. SECRETARIA DE HACIENDA

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SECRETARIA DE HACIENDA

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A L C A L D IA D E V A L L E D U P A R

,COD SH-FR-044 V01 -07/2015 1ri RESPUESTA PETICION | 1

Oficio. S-2017-HC-5382

íedupar - Cesar, 11 de octubre de 2017iji

loraj\ILDA MARÍA SALAS GUTIÉRREZ ¡1 5 A - 62 _LEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 18 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente ESMÍ'LDA MARÍA SALAS GUTIÉRREZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 03-01-0016-0013-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401434 fechada 25 de septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011 y RECHAZADA las vigencias solicitadas 2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. "El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r t a n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 18 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ElIANA MIn DIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APRO&OlSAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

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Valledupar- Cesar

Valledupar Avanza mAlcaldi« Municipi

SECRETARIA DE H A C IE N D A

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ALCALD ÍA DE VA LLED U PA R

C O D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción decreta y rechaza

estarán conformados por las liquidaciones oficiales o actos administrativos ejecutoriados que determinen el valor del impuesto.

De conformidad con el procedimiento del Estatuto Tributario Nacional, el término que tiene la Administración para liquidar oficialmente el impuesto es de cinco (5^ años, tal y como lo consagra ei artículo 717 ibídem, LIQ UID ACIÓN DE AFORO, donde reza:

"Agotado el procedim iento previsto en los artículos 643, 715 y 716, la Adm inistración podrá, dentro de los cinco Í5) años siguientes a/ vencimiento del plazo señaiado para declarar, determinar mediante una liquidación de aforo„ la obligación tributaria al contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, que no ha va declarado"'. (Subrayado fuera de texto).

Que el Impuesto Predial Unificado y tos impuestos en los que no exista obligación de declarar, el término de cinco (5 ) años para liquidar el impuesto se cuenta desde la última fecha de plazo para pagar, de acuerdo con el respectivo calendario Tributario Municipal.

El impuesto predial se causa el primero (1 ) de enero de cada año, momento en el cual confluyen todos los elementos que dan origen a ía obligación tributaria, sin embargo su exigibilidad está sujeta al establecimiento de la fecha para su pago, de manera que es a partir de esta última que se cuenta el término para que la Administración constituya el título ejecutivo. En ausencia de calendario tributario se tomaría la fecha de causación para efectos de este término. Este'tema también fue abordado en la primera entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de ía acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IÓ N O F IC IA L No. 201611063263 de Diciembre 13 de 2016 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 03-01 -0016-0013-000, correspondiente a las vigencias2008,2009,2010,2011,2012, notificada al predio C 8 5 62; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

Valledupar Avanza ^A l c a l d i »

SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L

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ALCALD ÍA DE VALLED UPAR

C O D SH-FR-079 V01 ~ 10/2015

Prescripción decreta y rechaza

A R TIC U L O Q U IN T O : Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición conforme a io definido en e! acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en concordancia con el artículo 74 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011.

N O TIF IQ U E S E Y CUM PLASE

\ E U D E S D E JE S U SECRETARIO DE HA

FUENTES MEJIAe n d a Mu n i c i p a l

Consecutivo: 2017240X434.Proyectó:.

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valledupar-cesar.qov.coValledupar- Cesar

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SECRETARIA DE HACIENDA; A LC ALD ÍA

DE VALLEDUPAR

COD SH'FR-044 V01 -07/2015

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LENGUA (Oficio. S-2017-HC-5383

0 alledupar - Cesar, 11 de octubre de 2017

eñoraDIGNA ROSA TORRES LENGUA

:ódigoPostai oo44 ra 34 18 Bis 1 — 05 Urbanización Villa MiriamVALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 21 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente DIGNA ROSA TORRES LENGUA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 01-05-0044-0016-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante ¡a resolución No.20172401429 fechada 25 de septiembre de 2017, Je fue DECRETADA Ja prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011 y RECHAZADA las vigencias solicitadas 2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. "El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e ia a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e ¡a s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 21 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de tas Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

P R O Y E C T O . E L I A N A M I N D I O L A REVISO: EllANA MINDIOLA APR060:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

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SECRETARIA DE HACIENDA

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Oficio. S-2017-HC-53Ó4

ijdupar - Cesar, 11 de octubre de 2017

ora1ETA TAMARA LUZ MARINA isversal 39 A 18C-31 ÍLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 08 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:Eí contribuyente ARRIETA TAMARA LUZ MARINA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-0836-0010-000.

Luego de revisada su petición !e notificamos que mediante la resolución No.20172401389 fechada 20 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e 1o a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to '

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 08 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

>Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

P R O YECÌO . ELIANA MIN DIOLA - REVISO: ELIANA MINDIOLA APR060:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

Valledupar- Cesarf e f e

Valledupar Avanza HA l & o l d ’ o M u n i c i p a l '

SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L

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ALCALDÍA DE VA LLED U PA R

CODSH-FR-079 VOI -10/2015

Prescripción

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante ¡a L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20132041430 de Mayo 06 de 20 13,20 136 1291 51 de Mayo 03 de 20 13,20 171 1007 528 de Septiem bre 06 de 2017 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01 -04 -0836-0010-000, correspondiente a las vigencias 2008 al 2013 de Mayo 06 de 2013,20136129151 de Mayo 03 de 2013,, notificada al predio el 19 de junio de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la .acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del ETN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde ia fecha de presentación, en relación con ios mayores valores. 4. En el caso de Sos actos admtr.istratévcs fsean del im puesto de industria v com ercio o del im puesto prediaH, e! térm ino de prescripción com ienza a correr desde Ea fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente ARRIETA TAMARA LUZ MARINA por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción -de los periodos fiscales de los años 2008,2009,2010,2011.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

1 SorvicJo® stnls»Nationales J.A

. M T 900.0(5 017-0 í D G 2 S C 9 S A Í3

■¿W W ÍU JI'hombro/ Razón Socia; V.CADIA DE VALLEDLfPAR • 3L:CRETARlA DE HAC

)irecelón:CARRERA 5

:iudad:VALLEDUPAR

3opartam onto:CESA

Código Postal^O

Env¡o:RNS41873353CO

EMDA

# 15-69

R3001387

DESTINATARIONombro/ Rozón Socíat: FARIDYS G O M EZ Y O TR O S

Di«?ceión:C21B 34A ' 33

Valledupar Avanza ^ „¿ U j i d í 1 I J u l c i i i !

SECRETARIA DE HACIENDA

0S É f ïp g pA LC ALDÍA

DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 ............................ ~ ...... .... ■“ ..... ~ ' l V07 -07/2015 _|

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5370

Ciudad:VALLEDJPAK

Oopartamortto: C ESAR

Código Postal:Fecha Pro-Admisión:13/10/2017 11:34:37

Min Tr«ie,pnlJ)Ui;<JL,cirfía01][I2DDAjJ21]/CS/2DUM'ntu Km Wng íinn Entibo:

jpar - Cesar, 11 de octubre de 2017

S GOMEZ Y OTROSI10HB7 dii Q9/D3/7M ■ 34 A -33

VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.i

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, e! día 11 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente FARIDYS GÓMEZ Y OTROS en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 01-

[ 05-0061-0003-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401459 fechada 27 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estípula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e lo a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. EU AN A MINDIOLA REVISO: ELlANA MINDIOLA APKOBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

Valledupar - Cesar

©S3

I Servicios H'ctóaloí*y I NdCionalofc S: A

i NIT900.D07!fV/,-9 :3G2bCÇ)b AK>Uncu Nil: CI; «DM 111 710*72

ombro/ Ra/ón Social I CADI A I }!. VAi.l .l\t)Ul5AR - 1 C R tTA K ÍA Dii K A C IIM A

iirccción:CARKt ÍKA ¡> # 1 i-SS

:iudo d:V A U ¡:D J)JAR

)cpnrtamcrrto:CLSAR

iódigo Poaîal 20C031387

Envío:RNS<;337368'.CO

i m m m n rhombro/ Rayón Social: -tAMON GARCIA RINCON

Dirccciórt:C[ H 24 » . VU.IA ['I I ROSARIO

Ciudad:VAl.l.i OUf'AK

Departamento: CL SAR

Código Postai:Focha Pre-Admisión:1 8 /1 0 /2 0 1 7 10 :1 4 :1 Ó

M|n Inj^nru-lic dnnraTpUKr/l'il áA 7fl/Q^/7Q:'i'iK tosüii:"!« ï xíV'íí'

tídsjpai' AVíi SECRETARIA DE H A C IE N D A llfÜ B fJ

pOD SH-FR-044 | TESORERIA V01 -07/2015 I

‘ I " T I “ ~ J RESPUESTA PETICION .............. i

^ar, Cesa r- Octubre 17 de 2017

m ì c i a r in c ó n\ 41 24 VILLA ROSARIO - Cesar

OFIClO.No.S-2017-HC- 5410

REF. Respuesta a Petición 08 de Agosto de 2017.

En atención a la solicitud de la referencia, evad a a este despacho, donde solicita prescripción de acción de Cobro, de un bien, procedem os a darle respuesta de conform idad a los siguientes presupuestos:Luego de revisada la petición fechada,08 De agosto del año en curso, presentada ante este Despacho, m ediante la cual se eleva una solicitud de prescripción de la Acción de Cobro, del, predio con Referencia Catastral No, 010204440022001. Predio que a la fecha ap arece registrado en nuestro Sistema de información a nombre de !a Señora ,RINCON GARCIA ELVIRA y a la fecha de su solicitud no posee vigencias prescritas, solo a duda cuatro años de Impuesto predial unificado, y no opera la figura de la prescripción de la Acción de Cobro en ninguna de ellas. Por otro lado no posee M andam iento de Pago elaborado y/o constituido en contra del Propietario del Bíen.Es preciso informarle que no basta con la sola presentación de la solicitud, pues adem ás que no allegó ninguna docum entación al respecto que soporte los supuestos de hecho a los que hace referencia, debe tramitar ante ias entidades respectivas los tramites de titulación y reconocim iento de la propiedad sobre el bien, para que nuestra base de datos registre la información del nuevo propietario de ser así, y/o demostrar la calidad con que actúa, Propietario, Heredero, Poseedor, Representante legal, Conyugué, Apoderado, Usufructuario, entre otros, la sola presentación de la misma, no acredita Titulación y/o Derecho Real de Dominio del Bien, puesto que no se eleva a Escritura Pública de Venta, debidam ente Registrada ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, para que de esta forma ,se demuestre la calidad de propietario de! bien,.En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted p lanteada no fue resuelta, dándole en consecuencia, una respuesta c lara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO TESORERO MUNICIPAL

P f o y e c I c m ^ ^ ^ V O PICAZAREVISOELIANA MINDIOLA ECHEVERRI APROBO:

Saúl martineta arredondo

C A R G O : A B O G A C ÿ Ju E C O B R O C O A C TIV O C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

C arrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 w w w .vq ile d u p o r-ce s qr.qo v.coV alledupar - Cesar

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Sorvclob PostaJrt Naclonaie* S A N1TÎXÎ0.CC^17-Î D C »C ^ 5 A ü b L>f'iiû NmI' 01 bOÎO 1 210

«U TE N TE*!ü>rc/ Riütfn Social ADIA DE VALLEDUPAR - ¡RETARIA DE HACIENDA

,cctón:CARRERA 5 # 1S-69

dod:VAUEDUPAR

portamorrto:CHSAR

>dlgo Póstef¿?00001387wío:RN841ói 3512CO

>mbrc/ Ra7.6r» Sociali : l

Valledupar Avanza mA 1 ¿ - t ¿ f A r.f u n l & 1 o 6 l

SECRETARIA DE HACIENDA

if iS Él üALCALDÍA DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 V01 -07/2015

RESPUESTA PETICION

>mbro/ Ro7.6r» Social:;:.:o c e s a r d u a r te a r d il a

írocci6n:CRA 7 18A- 49

Oficio. S-2017-HC-5356i

ijupar - Cesar, 11 de octubre de 2017i

;¡udod:VAU-EDUPAR

>epartámcnto: CESAR'10 Po«talÆ 0p0011B8

'»Admisión:M;3Vl ^wro/M

I

! CÉSAR DUARTE ARDILA !-a 7 No. 18 A -49 1 DURAR. CESARi

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por ei contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 18 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente JULIO CÉSAR DUARTE ARDILA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011 -2012-2013-2014-2015-201 ó. A cargo del predio identificado con referencia catastral, No.01 -05-0048-0164-901.

Luego de revisada, su petición Se notificamos que mediante la resolución No.20172401398 fechada 21 de septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011 y RECHAZADA las vigencias solicitadas 2012-2013-2014-2015-2016. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. UEI té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 18 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente. t-

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. EL.(ANA MlNDlOLA REVISO: ELIANA MlNDlOLA APROBO:SAUL MARTINE2 ARREDONDO i||C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

C n rr¿rrHVNu mMbk piso lei. Ò8424UU www.vaiieduoar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

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H iII Servició« Porialos I Naclontilos S.A

MT BOO 062017.g \ D 0 2 5 0 9 S A S 5 I Linca Nal: 01 SOC0111 210 ' I

REMITENTENombra/ Razón SocialALCADIA DE VALUEDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

DiroccIón.’CARREftA 5 # 15-69

Ciu dad : VA'-UEDUPAR

DcpartamontOTCéSAR

Código Postal¿200001387 EnvIo:RN3418t73£57CO

Hedupar Avanza mujidia M u 4i u i ? <¡ r -

SECRETARIA DE HACIENDA

Af i i t !

ALCALDÍA DE VALLEDUPAR

:OD SH-FR-044 V01 -07/2015RESPUESTA PETICION

DESTINATARIONombro/ Razón Social: CARMEÍ'J’EDITH RIVERA CARAY

Dirccdón:CL 19C 1 SC - H 3

Oficio. S-2017-HC-5361

lupar - Cesar, 11 de octubre de 2017Ciudad:VALLEDlJPAR

Departamento: C ES A R

Código Postal:Fecha Pro-Admisión;13/10/2017 11:34:37

Mjh Irnitwrto Le de orea DTlICtlD dd 7Q/DS/2QII ui tip ^-c^-w~.nnnm <u no/nn/*?n<i

Í:N EDITH RIVERA GARAY 1>C Ì8 C - 143 í JPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por e l contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 07 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:El contribuyente CARMEN EDITH RIVERA GARAY en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-02-0132-0003-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No-20172401394 fechada 20 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la. prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r ia n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l -p a g o , por la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 07 de septiembre de ia presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO, ELlANA MINDIOLA REVISO: ELlANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

c :nrrern .S Nu í .v a v PRÍMFR PiSo Tel7~5842toú www.vaiieduoar-cesar.aov.coValledupar-Cesar

CARGO: TESORERO

*72¡ Senecio« f _

Tir i NacionBbB S.A. W a »0 E 2 9 ï7 .S D 0 2 5 0 9 S A K Un« H* 01 B0001112Î0

REMITENTE>mbre/ Razón Social •CADIA DE VAU.EOUPAR - ¡CRETARIA DE hWCJENDA

rccdiw C A R R ER A 5 # 15-63

JdadiVALLüDLPAR

partnm om o:CESAR

>dïg o Pastal:2 0 0 0 C 1 3 8 7

ivío:RNó41102261 CO

ESTINATARIOnbre/ Razón Social:3ES MANUEL QUINTO

>eción:CL 1SA 19 - 62 0. LO S 31COS

íad:VALLEOUPAR

lartamento: CESAR

áigo Postal ¿00001396 :ha Prc-Admisión:0/2017 11:37:00Transporta Uc do a rp , 0D02M tW 2H/B5/20UK Sis NbhWd hpnæs DJSS7 M B/tW m

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SECRETARIA DE HACIENDA A L C A L D IA

D E V A L L E D U P A R

~OD SH-FR-044 i V01 -07/2015 1ij

i . . . . .......

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5319

iupar - Cesar, 10 de octubre de 2017

MANUEL QUINTO 15a No. 19 - 62 Barrio Los Músicos DUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 14 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:El contribuyente EUDES MANUEL QUINTO en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012. A cargo de! predio identificado con referencia catastral No. 01-03-0061-0001-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401421 fechada 22 'de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011-2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 14 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que ¡a solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ËUANA MINDlOLA REVISO: ELIANA MINDlOLA APRObO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA___________ C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO _________________________

( :nrfern N'°~T5-59rPfciMb:k PISO Tel. ¿84^4UU www.vallequpar-cesar.aov.co~CARGO: TESORERO

Valledupar - Cesar

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IESSBS5BBÍNombro/ Rax»>*'£>ciü1 ALCADIA DE V&3.EDUPAR - SECRETARIA PE HACIENDAOlrocclóntCAfíR£RA 5 # 1W9

Ciudad:VAL LEDUPARDcpartam efrtoíCESAR

Código Ftístal ¡200001397

Envío:RN841873336CO

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i >H-FR-024

SECRETARIA DE HACIENDA

ALCALD IA DE VA LLED U PA R

V01 -06/2016

esar, octubre 09 de 2017.

Oficio No. S-2017-HC-5305.

E33EEE2EXNombro/ Raztin Social:L.nONEL GUERRERO BAQUERO

DiroccrómCRA 4 28 - 15

Ciu<Jad:VALLEOUPAR

Departamento: C ES A R

Código Postal *.20000?'' (

Focha Pro-Adfp’"" _12/10/2017 1"* __^ -o Ü E R R E R O BAQUERO.^ ^ -c a rre ra 4 No. 28 -1 5 .

Número celular; 350-2526025; 301-4415428.Valledupar, Cesar.

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REF: Respuesta a requerimiento de cumplimiento de fecha 21 de septiembre de 2017.

Cordial saludo, señor Guerrero.

Teniendo en cuenta to manifestado en el requerimiento de cumplimiento de fecha 21 de septiembre de 2017, esta sectorial se permite informar lo siguiente:

1.- Le notificamos que medíante !a resolución 201724012S0 fechada 09 de octubre de 2017, se rechazó la prescripción de los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012. Fundamentada esta decisión en el articulo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION.“El término de prescripción de la acción de cobro se interrumpe por la notificación del mandamiento de pago, por el otorgamiento de facilidades para el pago, por la admisión de la solicitud de concordato (...)“; lo que ocurrió al haberse notificado al predio las liquidaciones oficiales Nros. 20136105005 y 20132012977, el 30 de mayo de 2013.

2.- Lo que tiene como fundamento lo expresado en el artículo 59 de la Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (ETN), el cual reza:

“Articulo 59. Procedimiento tributario territorial. Los departamentos y municipios aplicarán los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la administración, determ inación. discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluido su imposición, a los impuestos por ellos administrados. Asi mismo aplicarán el procedimiento administrativo de cobro a las multas, derechos y demás recursos territoriales. El monto de las sanciones y el término de aplicación de los procedimientos anteriores, podrán disminuirse y simplificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos".

3.- Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria la existencia del título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que la contenga de manera clara, expresa y exigible, conforme lo señala el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

“Prestan mérito ejecutivo: 1. Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en tas declaraciones tributarias presentadas, desde el vencimiento de la fecha para su cancelación. 2. Las liquidaciones o ficiales ejecutoriadas. 3. Los demás actos de la Administración de Impuestos debidamente ejecutoriados, en los cuales se fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional. 4.Las garantías y cauciones prestadas a favor de la Nación para afianzar el pago de las obligaciones tributarias, a partir de la ejecutoria del acto de la Administración que declare el incumplimiento o exigibilidad de las obligaciones garantizadas. 5. Las sentencias y demás decisiones jurisdiccionales ejecutoriadas, que decidan sobre las demandas presentadas en relación con los impuestos, anticipos, retenciones, sanciones e intereses que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales’’. (Subrayado fuera de texto).

Aunado a ello, el artículo 829 del mismo estatuto señala que: -PPROYECTO REVISO APROBO

NOMBRE: MERLY MANRIQUE C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

NOMBRE: SAUL MARTINEZ ARREDONDO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

NOMBRE: SAUL MART1NE2 ARREDODNO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.co

Valledupar Avanza ^A l c a l d i li M i i n i c i p n l

SECRETARIA DE HACIENDA

ALCALD IA DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-024 V01 *-06/2016

“Se entienden ejecutoriados tos actos administrativos que sirven de fundamento al cobro coactivo: 1.Cuando contra ellos no proceda recurso alguno. 2. Cuando vencido el térm ino para interponer ¡os recursos. no se hayan interpuesto o no se presenten en debida form a. 3. Cuando se renuncie expresamente a los recursos o se desista de ellos, y 4. Cuando los recursos interpuestos en la vía gubernativa o las acciones de restablecimiento del derecho o de revisión de impuestos se hayan decidido en forma definitiva, según el caso'’. (Subrayado fuera de texto).

4.- Es claro, que en los impuestos en los que no existe obligación de declarar, como el Impuesto Predial Unificado en el Municipio de Valledupar, los títulos ejecutivos estarán conformados por las liquidaciones oficiales o actos administrativos ejecutoriados que determinen el valor de! impuesto.

5.- De conformidad con el procedimiento del Estatuto Tributario Nacional, el término que tiene la Administración para liquidar oficialmente el impuesto es de cinco (5) años, tal y como lo consagra el artículo 717 ibídem, LIQUIDACIÓN DE AFORO, donde reza:

uAgotado el procedimiento previsto en los artículos 643, 715 y 716, la Administración podrá, dentro de los cinco (5) años siguientes a l vencim iento del plazo señalado para declarar, determ inar m ediante una liquidación de aforo. la obligación tributaria af contribuyente. responsable, agente retenedor o declarante, gue no haya declarado”. (Subrayado fuera de texto).

>Que el Impuesto Predial Unificado y los impuestos en los que no exista obligación de declarar, el término de cinco (5) años para liquidar el impuesto se cuenta desde la última fecha de plazo para pagar, de acuerdo con el respectivo calendario Tributario Municipal.

6.- El impuesto predial se causa e! primero (1) de enero de cada año, momento en el cual confluyen todos los elementos que dan origen a la obligación tributaria, sin embargo su exigibilidad está sujeta al establecimiento de la fecha para su pago, de manera que es a partir de esta última que se cuenta ei término para que la Administración constituya el título ejecutivo. En ausencia de calendario tributario se tomaría la fecha de causación para efectos de este término. Este tema también fue abordado en la primera entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

1-.- Que mediante las liquidaciones oficiales Nros. 20136105005 y 20132012977 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 010205870003000, correspondiente a las vigencias 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, notificada al predio el 30 de mayo de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

8.- Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

9.- Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del ETN). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los mayores valores. 4. En el caso de los actos administrativos (sean del impuesto de industria v comercio o del impuesto predial), el término de prescripción comienza a correr desde la fechade ejecutoria del respectivo acto administrativo de determinación o discusión.

- rPROYECTO REVISO APROBONOMBRE: MERLY MANRIQUE C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

NOMBRE: SAUL MARTINEZ ARREDONDO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

NOMBRE: SAUL MARTINEZ ARREDODNO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.co

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Valledupar AvanzaA l c a l d i « M u n i c i p a l

SECRETARIA DE HACIENDA

ALCALD IA DE VALLED UPAR

CO D SH-FR-024 V01 -06/2016

10.- Se le informa a la peticionaria que el Municipio de Valledupar, repartió y notificó ai predio identificado con referencia catastral Nro. 010205870003000, las liquidaciones oficiales Nros. 20136105005 y 20132012977, correspondiente a Impuesto Predial Unificado vigencias 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013; lo que fue certificado por la empresa de Mensajería contratada por el Municipio de Valledupar SERVIEFICAZ DEL CARIBE; contra las liquidaciones relacionadas anteriormente, la contribuyente no interpuso recurso alguno, razón por la cual quedaron en firme y debidamente ejecutoriadas, tal y como quedó en la constancia de Firmeza y ejecutoria expedida por la Jefe de Recaudo Municipal de la época, Dra. GISSEL DAVILA AARON.

11.- Al no haberse recibido pago alguno por Impuesto Predial unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 010205870003000, la TESORERIA MUNICIPAL, inicio proceso Administrativo de Cobro Coactivo No. 20136420614, y para ello, libró mandamiento de pago No. 20130621867 de fecha 09 de diciembre de 2013 contra LEONEL GUERRERO BAQUERO, firmado por la Tesorera Municipal de la época, Dra. ELIBETH SALAS MENDOZA.

12.- Para mayor conocimiento dei peticionario, se le anexan los documentos que hacen parte del proceso Administrativo de cobro coactivo relacionado anteriormente, así:

a. 1.- Liquidaciones oficiales Nros. 20136105005 y 20132012977, donde e! MUNICIPIO DE VALLEDUPAR, liquidó Impuesto Predial Unificado vigencias 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 010205870003000. Se anexan dos (2) copias.

b. Se allega un (01) folio, que corresponde a la colilla de envió y recibido de la mensajería SERVIEFICAZ DEL CARIBE de las liquidaciones oficiales Nros. 20136105005 y 20132012977 al predio de referencia catastral No. 010205870003000, donde consta que fueron recibidas, el 30 de mayo de 2013.

c. Un (01) folio, que corresponde a la constancia de ejecutoria y firmeza de las liquidaciones oficiales Nros. 20136105005 y 20132012977, donde la Jefa de Recaudo Municipal de la época, certificó que contra los anteriores actos administrativos no fue interpuesto recurso alguno, y a partir del 30 de julio de 2013, cobró ejecutoria y firmeza.

d. Dos (2) folio, que corresponde a la copia simple del mandamiento de pago No. 20130621867 de fecha 9 de diciembre de 2013, donde consta que el contribuyente GUERRERO BAOUERO LEONEL adeuda al MUNICIPIO DE VALLEDUPAR Impuesto Predial Unificado vigencias 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 010205870003000.

e. Un (1) folio, que corresponde a copia simple de la resolución No. 20133007121 de fecha 09 de diciembre de 2013, donde se ordena el embargo de los dineros depositados en cuentas corrientes, de ahorro o a cualquier otro título a nombre del contribuyente GUERRERO BAQUERO LEONEL.

f. Un (1) folio que corresponde al citatorio de mandamiento No. 20132209835 de fecha 09 de diciembre de 2013, que no fue notificado.

13.- En cuanto a la notificación del mandamiento de pago, se le comunica a la peticionaria, que el MUNICIPIO DE VALLEDUPAR, se encuentra dentro del término legal para realizar notificación del mandamiento de pago, conforme á lo establecido en el artículo 817 del Estatuto Tributario Nacional, la “acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (05) años contados a partir de /.../, señalando el numera! 4, “la fecha de ejecutoria del respectivo acto administrativo de determinación o discusiónes decir, como la fecha de ejecutoria y firmeza dé los títulos ejecutivos que reposan dentro del Proceso Administrativo Coactivo (liquidaciones oficiales Nrosj 20136105005 y 20132012977), fue el 30 de julio de 2013, la dependencia encargada de dar trámite a los procesos Administrativos Coactivos, TESORERIA DEL MUNICIPIO DE VALLEDUPAR, tiene hasta el 30 de julio de 2018, pars realizar todas las gestiones pertinentes para obtener el pago de Impuesto predial Unificado, fecha que aún no h llegado y para ello se mandaran los citatorios respectivos.

PROYECTO REVISO APROBO

NOMBRE: MERLY MANRIQUE C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

NOMBRE: SAUL MARTINE2 ARREDONDO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

NOMBRÉ: SAUL MARTINEZ ARREDODNO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.co

A I c í 1 Ó I u Mu n i c i p a l

SECRETARIA DE

ALCALD IA DE VALLED UPAR

COD SH-FR-024 V01 -06/2016

14.- Se le comunica, que ¡a ALCALDIA DE VALLEDUPAR, dio apiicación a lo establecido en la ley 1819 de 2016, mediante el Acuerdo 001 de! 15 de marzo de 2017, aprobado por el Concejo de Valledupar “por medio del cual se adoptan unas condiciones especiales de pago para los sujetos pasivos, contribuyentes y responsables de los impuestos, tasas y contribuciones que se encuentran en mora por obligaciones correspondientes a los periodos gravables 2014 y anteriores" para ello se fe informa al peticionario que se cuenta con un descuento del 40% de descuento sobre el total de los intereses por las vigencias 2014 y años anteriores, desde el 01 de junio hasta el 28 de octubre de 2017.

15.- Analizado lo anterior, y en vista de la mora del contribuyente, la dependencia encargada ordenó el embargo y retención de los dineros que tuviere el contribuyente LEONEL GUERRERO BAQUERO depositados en cuentas corrientes, de ahorros, CDT, fiducias o a cualquier otro título, depositados o que se llegare a depositar en esa entidad en todo el país, por encontrarse en mora en el Impuesto Predial Unificado a cargo de! predio identificado con referencia catastral No. 010205870003000.

16.- La Tesorería Municipal de Valledupar, tiene !a facultad de iniciar proceso Administrativo de Cobro Coactivo contra las personas y/o contribuyentes que se encuentren en mora en el pago de Impuesto Predial Unificado, decretando medidas cautelares sobre cuentas bancarias e inmueble de propiedad de los deudores.

17.- El artículo 837 del Estatuto Tributario Nacional, estableció que las medidas preventivas se podrían decretar “Previa o simultáneamente con ei mandamiento de pago, el funcionario podrá decretar el embargo y secuestro preventivo de los bienes del deudor que se hayan establecido como de su propiedad.

Para este efecto, los funcionarios competentes podrán identificar los bienes del deudor por medio de las informaciones tributarias, o de las informaciones suministradas por entidades públicas o privadas, que estarán obligadas en todos los casos a dar pronta y cumplida respuesta a la Administración, so pena de ser sancionadas al tenor del artículo 651 literal a)".

18.- Es decir que la Administración Municipal, podrá decretar previamente al mandamiento de pago o simultáneamente medidas cautelares preventivas, tendientes a garantizar el pago de las deudas fiscales y en todos los casos las entidades públicas y privadas deberán acatar las órdenes de embargo y secuestro de bienes proferidas y comunicadas por los funcionarios del área de cobranzas.

19.- Así mismo, el artículo 839-1 ibídem, adicionado. Ley 6 de 1992, artículo 86, indica en el numeral 2 que “e/ embargo de saldos bancarios, depósitos de ahorro, título de contenido crediticio y de los demás valores de que sea titular o beneficiario el contribuyente, depositados en establecimientos bancarios, crediticios, financieros o similares, * en cualquiera de sus oficinas o agencias en todo el país se comunicará a la entidad y quedará consumado con la recepción del oficio. Al recibirse la comunicación, la suma retenida deberá ser consignada al día hábil siguiente en la cuenta de depósitos que se señale, o deberá informarse de la no existencia de sumas de dinero depositadas en dicha entidad1'.

20.- En busca de obtener el. pago de Impuesto Predial Unificado, la mencionada sectorial, ordenó el embargo de los dineros depositados que el contribuyente posea en cuenta corriente, de ahorro o cualquier otro título depositado o que se llegaren a depositar. Remitiéndose los oficios pertinentes a todas las entidades bancarias y/o financieras de la ciudad de Valledupar, Cesar.

21.- Las Disposiciones especiales que regulan los embargos a cuentas bancarias, está regulada en el artículo 837- í del E.T. Adicionado Ley 1066 de 2006, artículo 9, donde regula el “Limite de inembargabilidad", el cual reza:

“Para efecto de los embargos a cuentas de ahorro, librados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dentro de los procesos administrativos de cobro que esta adelante contra personas naturales, el límite de inembargabilidad es de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales

■ 7 ^PROYECTO REVISO APRO&O

NOMBRE: MERLY MANRIQUE C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

NOMBRE: SAUL MARTINEZ ARREDONDO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

NOMBRE: SAUL MARTINEZ ARREOODNO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

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Vaiiedupar AvanzaA l c a l d í a M u n i c i p a l

SECRETARIA DE HACIENDA

ALCALD IA DE VA LLED U PA R

COD SH-FR-024 VOI -06/2016

vigentes, depositados en la cuenta de ahorros más antigua de la cual sea titular el contribuyente. En el caso de procesos que se adelanten contra personas jurídicas no existe límite de inembargabilidad“.

22- Como puede observarse, la nueva disposición incorporó un tratamiento especial al que deben sujetarse las entidades financieras para cumplir ios embargos ordenados por la autoridades de cobro coactivo, cuando ellos recaigan sobre recursos o depósitos existentes en “cuentas de ahorro" o “cuentas bancarias” a nombre del deudor.

23.- En ese sentido, el inciso cuarto del artículo 837-1, adicionado por la Ley 1066 de 2006, estableció que los recursos objeto de la medida cautelar deben permanecer congelados en las cuentas donde se encuentren depositados, ya sea que se trate de una cuenta bancaria corriente o de una cuenta de ahorro, de las que sea titular el deudor de la entidad ejecutante en el proceso de cobro coactivo.

24.- Como corolario de lo anteriormente expuesto, podemos afirmar que desde la expedición de la precitada ley, la inmovilizaóión de los recursos embargados en las cuentas bancarias por disposición del funcionario de cobro coactivo, hoy es factible medíante su congelación por parte de la entidad financiera, hasta tanto el deudor hace uso de cualquiera de las alternativas de desembargo que le confiere la ley.

25.- El Municipio ofrece estímulos económicos para cubrir la deuda, ya sea por acuerdos de pago o pago total de la deuda, entonces el remedio idóneo en estos asuntos es limitar el monto del embargo, ya que no es posible levantar las medidas cautelares que reposan en contra del peticionario, por encontrarse en mora en el Impuesto Predial Unificado; siendo así, se le informa, que llegado a un convenio de pago o pago total, se le levantaran las medidas que reposan en su contra.

26.- Es claro que el MUNICIPIO DE VALLEDUPAR ha actuado conforme a lo ordenado en el Estatuto Tributario •Nacional, el cual da plenas facultades para embargar cuentas de manera preventiva, con el fin de obtener el pago de Impuesto Predial Unificado, por cuanto el Impuesto Predial Unificado grava los inmuebles que se encuentran ubicados en el Municipio del Cesar, y lo deben cancelar una sola vez al año los propietarios, poseedores, usufructuarios y/o heredero89/s, siendo claro que el contribuyente adeuda impuesto vigencias 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015; PERO SI LAS CUENTAS DEL CONTRIBUYENTE SON PENSIONALES, el Estatuto Tributario Nacional señala que para el desembargo de cuentas pensiónales se debe acreditar tal calidad; una vez el demuestre ante la administración que su cuenta es pensional, y se realice la petición correspondiente sobre desembargo, con certificado de entidad bancaria pensional, la TESORERÍA MUNICIPAL procederá a informar a la entidad bancaria la decisión adoptada.

27.- De igual forma se anexan dos (2) folios, que corresponden a la resolución No. 20172401520 de octubre 09 de 2017 “por medio de la cual se decide una solicitud de prescrípciónu.

De usted, atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO.Tesorero Municipal - Alcaldía de Vaiiedupar.

Se anexan en total diez (10) folios.

PROYECTO REVISO APROfcONOMBRE: MERLY MANRIQUE C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA

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MUNICIPIO DE VALLEDUPAR ALCALDIA MUNICIPAL

Nit. 800.098.911-8 SECRETARIA DE HACIENDA MUNCIPAL JEFATURA DE RECAUDO MUNICIPAL

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Acuerdo 034 de 22 de diciembre de 2008

LIQUIDACION OFICIAL

02013610500FECHA DE EXPEDICK

03/05/2013El Jefe de Recaudo Municipal de la Secretaria de Hacienda del Municipio de Vatledupar, en uso de las facultades Lépalos conferidas por el artículo 66 de la Ley 383 de 1997, los Artículos 2, 31 y 1

Acuerdo 034 de 22 de diciembre de 2008. y las conferidas por el Alcalde Municipal mediante Decreto 000023 de 11 de enero de 2012, medíanlo este acto de Liquidación Oficial determina para ef período(s) gravable(s) anteriores a 2013, el valor del IM PUESTO PREDIAL UNIFICADO, conforme 3 las variables y datos que se describen a continuación:

A .IDENTIFICACION DEL PREDIO1. REFERENCIA CATASTRAL 01 -02-0587-0003-000 2. DiRECCION DEL PREDiO K 4 28 15B. INFORMACION SO BRE EL AREA DEL PREDIO3. AREA DEL TERRENO (M2) 653 4. AREA CONSTRUIDA (M2) 490 5. MATRICULA INMOBILIARIA 190-77835C. CLASIFICACION Y TARIFA6. USO PREDIO RESIDENCIAL 7. ESTRATO

BA JO1 BAJO- 8. CLASE PREDIOS URBANOS

D, IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.U9. APELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL 10. IDENTIFICACION

GUERRERO BAQUERO LEONEL TIPO C NUMERO 000017118453Afio-,Concepto Base Gravable Impuesto Tarifa Saldo Año - Concepto Base.Gravabte .impuesto ...u-. Tarifa. Saldó:,

2006-Predial 2006-Corporaciones2005-Bombçros2006-lndupal2007-Predial 2007-Corporaciones 2007-Bombero$2007-tndupal2008-Predial 2008-Corporaciones 2O08-8omberos2008-lndupal2009-Predial 2009-Corporacioncs2009-Bomberos2010-Predi al 2010-Corporaclones

bomberos 'rediat

.-Cor jwac iones

3.326.0003.376.0003.326.0003.326.0003.459.0003.459.0003.459.0003.459.0009.231.0009.231.0009.231.0009.231.00057.137.00057.137.00057.137.00069.151.00069.151.00069.151.00071.226.00071.226.000

22,617-1,98966566523,5215,18969269262,77013,8-171,8171,847132,92627.5946,646265,85255,38813,293391.743106,839

7.2/10001.5/1000.06/1.06/17.2/10001.5/1000,06/1.06/17.2/10001.5/1000.06/1.06/18/10001.5/1000.06/15.5/10001.5/1000.05/15.5/10001.5/1000

30.8004.989

665665

30.8155,189

692692

79,23913,8471,8471.647

158.87932,7797,944

307,20963.36015.361

606.513 159,195

2011-Bomberos2012-Prodlal201 ¿-Corporaciones 2012-Bomberos

71.226.0007 3 .3 6 3 .0 0 073.363.00073.363.000

0 0 0 0 o o o o o o o o o o o o

1 9 ,5 8 7403,4971 1 0 ,0 4 5

2 0 ,1 7 500oooooooooooooo

.05/15.5/10001.5/1000.05/1

TO TA L VIGENCIAS ANTERIORES CAPITAL 1,889,233 INTERESES , 964,964 TO TAL 2,854,197Intereses dg mora calculados a fecha: 03/05/2013 , con una tasa de 31.13 > (EA)

FECHAS LIMITE DE PAGO VALOR TOTAL DEUDA DESCUENTO VALOR A PAGAR16 DE ABR IL A 31 DE MAYO DE 2013 3,693,580 462,698 2,23

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013 3,765,344 474,355 2,251

Contra la presente liquidación oficial procede el recurso de reconsideración, el cual deberá interponerse dentro del mes siguiente a ln notificación de esta Liquidación Oficial en los términos

de los Artículos 301 y slputenlos del Acuerdo 026 de 2012

\

M ARIAN O S E B A S T IA N O JE D A M ARTIN EZJefe de Recaudo Municipal

Secretaria de Hacienda Municipal

SELLO O TIM BRE DE LA ENTIDAD R ECAU D AD O R A

¡V A L LE D U P A R entre todos la estam os transform ando!

1MPUE

JICIPIO DE VALLEDUPAR Nit. 800 098,911-8 LIQUIDACION OFICIAL No. FECHA DE EXPEDIC

5 1 0 p r e d i a l u n i f i c a d o 020136105005 j 03/05/2013 111A. IDENTIFICACION DEL PREDIO ” ' " H FR EFERENCIA C A TA STR A L 01-02-0587-0003-000 DIRECCION DEL PREDIO K 4 28 15 ~ I l 11D. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.U 11]|APELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL GUERRERO BAQ U ER O LEO N EL IDENTIFICACION 000017118453 TIPO C

K)(415)7709999015500(8020)020136105005(3900)00000002230605(96)20130531

16 DE ABRIL A 31 DE MAYO DE 2013 l i l i

VALOR A PAGAR 2,230,605 i

K>(415)7709998015500(8020)020136105005(3900)00000002256330(96)20130628

y 01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013

2,256,330

MUI'

IMPUE

JICIPIO DE VALLEDUPAR 11Nit. 800.098.911-8 LIQUIDACION OFICIAL No. FEC H A DE E X P E D (C ld |lIl

biuHKtuiALUNiHCADü j 020136105005 H 03/05/2013 t ilA. IDtNTIFICACION DEL PREDIO ~ .REFERENCIA CATASTRAL 01-02-0587-0003-000 DIRECCION DEL PREDIO K 4 28 15 ¡f ||□. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.U ’ - — - i llAPELLIDOS Y NOMBRES ! RAZON SOCIAL GUERRERO BAQUER O LEO N EL IDENTIFICACION 000017118453 T iP O C ¡ I ]

K>(415)7709998015500(8020)020136105005(3900)00000002230605(96)20130531

16 DE ABRIL A 31 DE MAYO DE 2013

VALOR A PAGAR 2,230,605

.01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013

VALOR A PAGAR 2,256,330

A l c a l d í a d e V a l l e d u p a r www.vaHcdupar-cosar.gov.co

Carrera 5 No. 1 5 - 6 9

MUNICIPIO DE VALLEDUPAR ALCALDIA MUNICIPAL

N it. 8 0 0 .0 9 8 .9 1 1 - 8

SECRETARIA DE HACIENDA MUNCIPAL JEFATURA DE RECAUDO MUNICIPAL

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADOAcuerdo 026 de 28 de diciembre de 2012

LIQUIDACION OFICIA

c 020132012977F E C H A D E EX P ED IC

06/05/2013;

lo.

V IG E N C IA 2013El Jefe de Recaudo Municipal de la Secretaria de Hacienda del Municipio de Valledupar, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 6, 3¿l, 17

Acuerdo 026 de 28 de diciembre d « 2012, mediante eslo acto de Liquidación Ofidel detprminra pnrr? oí periodo grnvnbto 2013 el vnlor efol IM P U E S TO U N IF IC A D O , conforma s las variables y datos que se describen a continuación'

4 deltAL

A. IDENTIFICACION DEL PREDIO

1. REFERENCIA CATASTRAL 01-02-0587-0003-000 2. DIRECCION DEL PREDIO K 4 28 15 C.P.: 000000B. INFORMACION SO B R E EL AREA DEL PREDIO3. AREA DEL TERRENO (M2) 653 4. AREA CONSTRUIDA (M2) 490 5. MATRICULA INMOBILIARIA 190- 55C. CLASIFICACION Y TARIFA

6. USO PREDIO RESIDENCIAL 7. ESTRATO 1 BAJO-BAJO 8. TARIFA 2.5/1000 9. % EXENCIO! ID. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL l.P.U

10. APELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL 11. ID EN TIFIC A C IO N

GUERRERO BAQUERO LEONEL TIPO C

E. LIQUIDACION OFICIAL DEL l.P.U

NUMERO 00001711í 4FECHAS LIMITE DE PAGO

CON DESCUENTO 10%16 DE ABRIL A MAYO 31 DE 2013

SIN DESCUENTO01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUN E 2013

12. BASE GRAVABLE (Avalúo Catastral)13. TARIFA14. VA LO R D EL IM PU EST O PR ED IA L UNIFICADOF. PAGO

1 íT^snos DESCUENTO POR PRONTO PAGO16. Más INTERESES DE MORA17 . T O T A L A P A G A R

75,564,000 2.5/1000

, 311,796

18,9000

2 9 2 ,8 9 6

75,f 2

000000796

0,183,979

VALOR A PAGARD ESC U EN TO DEL 10%

16 DE ABRIL A .31 DE MAYO DE 2013292,896

SIN D ESC U EN TO 1 01 DÉ JUNIO HASTA.28 DÉ JUNIO

,979A PARTIR DEL 01 DE JUNIO DE 2013 EL CONTRIBUYENTE DEBERA PAGAR INTERESES MORATORIOS CAUSADOS POR CADA DIA CALENDARIO DE RETARDO A LA T,

INTERES VIGENTE AL MOMENTO DEL PAGO. (ART. 370 ACUERDO 026 DE 2012)

DE

Contra la presente liquidación oítcral procede el recurso de reconsideración, el cual deberé interponerse dentro del mes siguiente <=> Is notificación de esta Liquidación Oficial en los términos de los Artículos 301 y siguientes del Acuerdo 026 de 2012,

lVV'\ r*. -vV '

MARIANO SEBASTIAN OJEDA MARTINEZJefe de Recaudo Municipal

Secretaria de Hacienda MunicipalP B m í m — m

SELLO O TIMBRE DE LA ENTIDAD RECAUDADORA

¡V A LLE D U P A R entre todos la estam os transform ando!CO NTRIBUYENTE

<?> MUNICIPIO DE VALLEDUPARNit, 300 .098 .911-8

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADOLIQUIDACION OFICIAL No. FEC H A DE EX

020132012977 II 06/05/CIÓN

A. IDENTIFICACION DEL PREDIOREFERENCIA CATASTRAL 01-02-0587-0003-000 DIRECCION DEL PREDIO K 4 28 15 VIGENCIA 20 3;D. IDENTIFICACION DEL SUJETO PASIVO DEL l.P.UAPELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL GUERRERO BAQUERO LEONEL IDENTIFICACION 000017118453

(415)7709998015500(3020)020132012977(3900)00000000292896(96)20130531

'

(415)7709998015500(8020)020132012977(3900)00000000315979(96)20130628

D E S C U E N T O D E L 10 % .- 16 P E A B R IL A ,31 D E M A Y O D E 2013

VALOR A PAGAR 292,896Oo.u

SIN DESCU EN TO -01 DE JUNIO H ASTA 28 DE JU NIO DÉ 2013

V A L O R A P A G A R 315,979

MUNICIPIO DE VALLEDUPARNit 800.098 .911-8

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADOLIQUIDACION OFICIAL No. FECHA DE EX:

020132012977 II 06/05/22==E

CIÓN

A. IDENTIFICACION DEL PREDIOREFERENCIA CATASTRAL 01-02-0587-0003-000 ¡ DIRECCION DEL PREDIO K 4 28 15~ VIGENCIA 20D; IDENTIFICACION DEL SUJETO PASIVO DEL l.P.UAPELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL GUERRERO BAQUERO LEONEL IDENTIFICACION 000017118453

I(415)7709998015500(8020)020132012977(3900)00000000292896(96)20130531

\\ II I il

DESCUENTO DEL 10% -16 DE ABRIL A 31. DE MAYO DE 20.13

VALOR A PAGAR 292,896

SIN D ESC U EN TO -01 DE JUNIO H AS TA 28 DE JUNIO DE 2013.

Ouz<GÛ

315,979

Valledupar Avanza ^A I i a 1 d i a M u a i ¿ I jj o I

S E C R E T A R IA D E H A C IE N D A M U N IC IP A L

— —"j1 - J1 1 1 é

ALCALD ÍA DE VA LLED U PA R

COD SH-FR-079 VOI -10/2015Prescripción

la última fecha de plazo para pagar, de acuerdo con el respectivo calendario Tributario Municipal.

i El im puesto predial se causa el prim ero (1 ) de enero de cada año, m om ento en el cual confluyen todos los elementos que dan origen a la obligación tributaria, sin em bargo su exígibílidad está sujeta al establecimiento de la fecha para su pago, de m anera que es a partir de esta última que se cuenta el térm ino para que la

¡ Administración constituya el título ejecutivo. En ausencia de calendario tributario | se tom aría la fecha de causación para efectos de este térm ino. Este tem a tambiénI fue abordado en la primera entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaría dei la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Com o se puede observar, el térm ino de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto adm inistrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarías no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería dé'eficacia y legalidad.

j Que m ediante las L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S N ro s . 2 0 1 3 6 1 0 5 0 0 5 y2 0 1 3 2 0 1 2 9 7 7 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Im puesto Predial

| Unificado de la referencia catastral No. 010205870003000, correspondiente a lasvigencias 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, notificada al predio

j el 30 de m ayo de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por eltérm ino de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidam ente ejecutoriadas

j y en consecuencia prestan m érito ejecutivo, de conformidad con las disposicionesdel Estatuto Tributario Nacional antes citado.

| Conform e a la norm a, es claro-que ¡a acción de cobro de las obligaciones fiscales| prescribe en el térm ino de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva

declaración o acto adm inistrativo presta mérito ejecutivo (artículós 817 y 818 del E T N ). Este térm ino debe exam inarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunam ente, el térm ino comienza desde la fecha de vencim iento del plazo para declarar, fijado en el

* municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extem poránea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los m ayores valores. 4. En el caso de los actos a d m in is tra tivo s fsean de[ im p u e sto de in d u stria y co m e rc io o del im p u e sto p re d ia l), el té rm in o de p re scrip ció n

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledLJDar-cesar.qov.coValledupar- Cesar

l Sonraos Póstalos w I Nadu-nleo S A iy-KIMQ.0G2ai7-i

m j L|'\o« Na!. 01 aoog , 1

Nombro/ Razón SocialALCADIA DE VALLHDLíPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

D lrccdónrCARRERA 5 V 15-69

Cíudü<t:VAJ.LEDUFAK

DcpartamentoiCESAfi Código Postalr.'.i30001387

Envio:RN84110235000

Nombre/ Rozón Social:GELVE2 EMMA PEDRO ICNACIO

• CiroccióniDIAG. 19 24 - 49 a LOS FUNDADORES

CiudatCVALLEDUPAR

SECRETARIA DE HSíedupar Avanza

* u j t d U 1.1 U r. F c ¡ • J 'HACIENDA ALCALDÍA DE VALLEDUPAR

tOD SH-FR-044 V01 -07/2015RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5277

¿dupar - Cesar, 9 d e octubre d e 2017

orDepartamento; CESAR

.VEZ ROSA EM M A PEDRO IG N A C IO ^ T p ^ S S S 4140 gonal 19 No. 24 - 49 Fundadores 1l 1w , V r oL -LEDUPAR. CESAR

^ » airun BDIMII Jnl ZÍI/05/5UJI - W —r Fr~-íniTF)í¡7íí><rit!/(lR/Vill|

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por e¡ contribuyenre.

En atención a la solicitud d e prescripción recibida en este despacho, ei día 13 de septiembre d e 2017, se pro ce de a dar respuesta d e conform idad a los siguientes, presupuestos:

El contribuyente GELVEZ ROSA EM M A PEDRO IG N A C IO en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta depe nd e ncia solicitud d e prescripción d e Impuesto Predial Unificado vigencia 2008 al 2015. A ca rg o del predio identificado con referencia catastral. 010412510007000.

Luego d e revisada su petiejón le notificamos que m ediante la resolución No.207 72401403 fe ch ad a 21 d e Septiembre d e 2017, íe fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011-2012-2013-2014-2015. Fundam entada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en com ento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “El término de prescripción de la acció n de cobro se interrum pe por la notificación del m andam iento de pago , por el otorgam iento de facilidades para el pago , por la adm isión de la solicitud de concordato

Por consiguiente es imposible poder a c ce d e r a su solicitud d e prescripción interpuesta en la fecha 13 d e septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa d e acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden d e ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexam os fotocopias d e las Resoluciones m encionadas.

Anexo, co pia d e la Resolución y Oficio d e Notificación.

Atentam ente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. 6UANA MINDIOLA REVISO: ËLIANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

carrera s N* i 5-69 PkiMbk nSO TeL 58424UÜ www.vaiieaupar-cesa'r.áóv.có'Valledupar - Cesar

CARGO: TESORERO

Valledupar Avanza HA l c a l d í a M u n i c i p a l '‘“V -

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

J Í L•liwioft— «gviiv :«Ìli «tes#1 C T c

ALCALD ÍA D EV A LLED U PA R

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por io tanto e! procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20132046054 de Mayo 06 de 2 0 13,20 136 1326 94 de Mayo 03 de 2013,20161 1038 967 de O ctubre 11 de 2016 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01 -04-1251-0007-0Q 0, correspondiente a las vigencias 208 al 2013 de Mayo 06 de 2013,20136132694 de Mayo 03 de 2013, notificada al predio el 07 de junio de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del E TN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con jos mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos (sean del im puesto de industria v com ercio o del im puesto predial*), el térm ino de prescripción com ienza a correr desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente GELVEZ ROSA EMMA PEDRO IG NACIO por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción de los periodos fiscales de los años 2008,2009,2010,2011,2012,2013,2014,2015.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Te¡, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.co Valledupar - Cesar

H iSoruyo» Postale*

w 1 N u c lo n u io s S A NTT 900.062917*9

I 0C 2Ü G 95ASS I Unca Nut 01 8300111 211

NomJjfcy Razón Social ALCADIA DE VALLEOUPAR - SECRETARÍA DE HACIENDADirección: CAROPra S # 1 S -6 9

CiudadrVALLEDUPAR

Departamento: ~ ¿SAR Código Postal^OOOO' 387

Envío:RN8411 0232900

DESTINATARIONombro/ Razón Social;SOLIN MERCEDES QUINTERO MARTINEZ

Dli-occi6n:C 6 2 7 - 5 4

CiudodiVALLEDUPAR

Departamento: CESAR

alledupar Avanzai I l j ¡ i l . 1,1 u II i i ¡ J o I

ZOO SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

#m¡l'ila

A L C A L D IA D E V A L L Ë D U P A R

V01 -07/2015

Oficio. S-2017-HC-5312

ídupar - Cesar, 10 de octubre de 2017

oracódigoPostai¿?oooos3i8 ¡H MERCEDES QUIN TERO MARTÍNEZf'ccha Pre-Adnmsión: O "7 r a12/10/2017 11:37:00 .¿ / 0 4

Min Trcncpartu lie do ctrçi Q0D20D dnJ 2U/Q5/2DH \ P H I I P A P P F C A DWaERDi?Mnwfjír1aBDt]igB7¿1jQg/i2g/2Q>L.L.U r /AIX. L.O/"\J\ 0

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.i

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 22 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente SOLIN MERCEDES QUIN TERO MARTÍNEZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 01-04-1379-0021-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.2017240142¿ fechada 22 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o ., p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas ¡e informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ÉlIANA Ml N DI O LA. REVISO: ELIANA MINDIOLA APR060:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESOREROCarrera 5 n u PKiMtK rib o leí, 5tt4'¿4UU www.vaiiecaüoar-cesar.aov.co

V alledupar- Cesar

Valledupar Avanza HA l c a l d i « M t / v i í e l p f l l ' - ' f e-

SECRETARIA DE H A C IE N D A

M UN ICIP AL

s m:? w* / s i % L.% •

ALCALD ÍA DE VA LLED U PA R

CODSH-FR-079 V01 “ 10/2015

Prescripción

RESOLUCION 20172401426 FECHA: Septiembre 22 de 2017

"POR MEDIO DE LA CUAL SE DECIDE UNA S O LIC ITU D DE PRESCRIPCION"

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE VALLEDUPAR, EN USO DE COMPETENCIA PARA DECRETAR PRESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DEL ACUERDO 031 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

CONSIDERANDO.

Que de conformidad con el artículo 447 del Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en consonancia con lo establecido en los artículos 817, 818 y 819 del Estatuto Tributario Nacional, la acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescriben en el término de cinco (05) años contados a partir de la fecha en que la obligación se hace exigible.

Que el (la) contribuyente SOLIN MERCEDES QUINTERO MARTINEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 40799762de VILLANUEVA LA GUAIJIRA, solicita en su condición de propietaria del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-1379-0021-000, se decrete la prescripción del pago del Impuesto Predial Unificado vigencias 2009,2010,2011

Por disposición expresa del artículo 59 de ía Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (ETN ), el cual reza:

”Artículo 59. Procedimiento tributario territoriai. Los departamentos y municipios aplicarán los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario N a c io n a lp a ra la administración, determinación. discusión, cobro, devoluciones, régimen sandonatorio incluido su imposición, a ios impuestos por ellos administrados. Así mismo aplicarán el procedimiento administrativo de cobro a las multas, derechos y demás recursos territoriales. El monto de las sanciones y ei término de aplicación de los procedimientos anteriores, podrán disminuirse y sim plificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos".

Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria la existencia del título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que ía contenga de manera clara, expresa y exigible, conforme lo señala el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

"Prestan mérito ejecutivo: 1. Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en las declaraciones tributarias presentadas, desde el vencimiento de la fecha para su cancelación. 2. Las liquidaciones oficiales ejecutoriadas. 3. Los demás actos de la Administración de Impuestos debidamente ejecutoriados, en los cuales se fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional. 4. Las garantías y cauciones prestadas a favor de la Nación para afianzar el pago de las obligaciones tributarias, a partir de la ejecutoría del acto de la Administración que declare el incumplimiento o exigibilidad de las obligaciones garantizadas. 5. Las sentencias y demás decisiones jurisdiccionales ejecutoriadas, que decidan sobre las demandas

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar- Cesar

Valiedupar Avanza ¿|Aleólo it Municipal

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

© I t

ALCALDÍA DE VA LLED U PA R

C O D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

Efectivamente, la Administración Municipal liquidó Impuesto Predial Unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-1379-0021-000, ubicado en la C 6 27 54 de esta ciudad, mediante las liquidaciones oficíales Nros. 20132048515 de Mayo 06 de 2013,20136134886 de Mayo 03 de 2013,201711008721 de Septiembre 06 de 2017 por las vigencias 2013,2009,2010,2011,2012,2014,2015; sin embargo, se pudo constatar que no se realizó la notificación de las liquidaciones oficiales, tal y como lo ordena el artículo 257 de! Acuerdo 031 de 2014, para ello se transcribe el artículo en mención:

'*Notificaciones: Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones tributarias, emplazamientos, citaciones, traslados de cargos, resoluciones en que impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones adm inistrativas proferidos por la Administración Tributaria Municipal deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oftdai de correos, o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente, conforme a lo establecido en los artículos 565, 566-1,569 y 570 del Estatuto Tributario Nacional".

Aunado a ello, el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por el artículo 45 de la Ley 1111 de 2006, estableció las formas de notificación de las actuaciones de la Administración de Impuestos, así:

"Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o verificaciones tributarias, emplazamientos, citaciones, resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones adm inistrativas, deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de ¡a red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente.

Las providencias que decidan recursos* se notificarán personalmente, o por edicto si el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, no compareciere dentro del término de los diez (10) días siguientes, contados a partir de la fecha de introducción ai correo del aviso de citación. En este evento también procede la notificación electrónica /.../"

La notificación de las decisiones oficiales es un elemento esencial de! derecho fundamental al debido proceso, pues de esta manera se dan a conocer a los administrados. Además, mientras los actos de la Administración no se notifiquen, no producen efectos y tampoco son oponibles a los destinatarios.

Conforme a lo anterior, es claro que la obligación de la administración municipal no se limita a enviar por correo a la dirección correcta, pues debe verificar que la diligencia de notificación por correo resuite efectiva, esto es, que sea entregada al contribuyente en la dirección que haya suministrado, teniendo en'cuenta que su finalidad es enterarlo de las actuaciones que expide en su contra para que pueda ejercer su derecho de defensa oportunamente. Lo anterior por cuanto de acuerdo con la norma no se tiene por cumplida la diligencia de notificación por ese medio con el solo envío de la copia deí acto, sino con su entrega, para que se cumpla tal finalidad.

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei 5842400 www.vailedupQr-cesar.aov.coValiedupar - Cesar

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SeMftO* Porialoh hfaciorotos 5 A

■ NIT 900.062917-9 J DG 25 O 96 A 55 * Unaa Nal* 01 9000111 210

REMITENTENombro/ Rozón Social ALCAD1A DE VAU.EDUPAR - DECRETARIA DE HACIENDA

Dlrccción:CARRERA .■ # 1S-69

Ciudad :VALLEDUPAR

Do pártame nto:CESAf-

Código Postal¡200001387

E n v io :R N 8 4 1 102244CQ

DESTINATARIONombro^ Razón Social:YAMILE CONTRERAS OUARTE

Dïrccciôn:C 74 24 - 141

Ciu dad ¡VALlXDUPAR

Dcpáíjamonto: CESAR

Código Postai:Fecha Pre-Admisïôn:1 ?i10/201? 11:37:00

Wrv IrafiKportii Uc dn rarçiiflNKÛO\*r rr Un; Mi wifirin f jnr s ODB fW. P3 /Í19/20H

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<%■sdupar Avanza p .I ó I u M « (i i i i a a }

DD SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

A LC ALD IA DE V A L L E D UPAR

V01 -0 7 / 2 0 1 5

Oficio. S-2017-HC-5321

upar - Cesar, 10 de octubre de 2017

E CONTRERAS DUARTE >4-141DUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 14 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a ios siguientes presupuestos:

Ei contribuyente YAMILE CONTRERAS DUARTE en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-03-0989-0006-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401423 fechada 22 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , por e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 14 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de ias Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación. .

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELI AN A MIN DIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

.. r:ñrmrri * nu LVAV KKlMhK Pi^o lei. ótt424UU www.vaneauoar-cesar.aov.coVaüedupar - Cesar

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72!Sor^QíOB Postolo» Naclwoles S A NIT 900.0C2917-9

; DG 25 G 95 A 55 I Unea Nat ÔÛOO 1 1 1 210

REMITENTENombra/ Razón Social ALCADJA DE VALLEDUPAR • SECRETARIA DE HACIENDA

DirocciómCARRERA 5 #15-69

CiudadlVALLEDUPAR

De pa rtamo nto:CESAR

Código Postal:2Q0001387

Envio:RN&47745349CG

DESTINATARIONombro/ Rozón Social:ROSA MARIA RESTREPO PERTUZ

Dirección ¡DIACONAL. 10 No.22BIS- 27AB 34 IAS MARGARITAS

C¡udad:VALLEDUPAR

Dopartamento: CESAR

Código Posta!:

Fech a P ro -A d m isió n :7.5/10/2017 11:43:51

Wlrt Iranj ortiilic ijoojrgn 0ÜD2DD dol 2D/Ü5/2D4J MiaE fitjtj Mcnluiw E>anjail]13GB7 dol [S/H3/20II

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SECRETARIA DE HACIENDA

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A LC ALD ÍA DE VALLEDUPAR

} SH-FR-044 V01 -07/2015

RESPUESTA PETICION |

Oficio. S-2017-HC-5502

Dar - Cesar, 23 de octubre de 2017

ARIA RESTREPO PERTUZ3! 10 No. 228¡s - 274 B 34 Las MargaritasJPAR. CESAR

R2F: ¡ap u esta a sciicitud do prescripción presentado: por si contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 21 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente ROSA MARÍA RESTREPO PERTUZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-01-0242-0035-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401439 fechada 25 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacionai en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. "0 té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e ¡a a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to (.. J

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 21 de Septiembre de la presente anualidad. Le extendemos !a invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atenrament

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

ValleduparaY "& >

Cesart

PROYECTO. EUANA MINDlOLA REVISO: EUANA MINDlOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

% ¡\l Poataie»Wl* * Nadonalos S-A.| 4 f c ! NIT 000.002017-3^ J{ 00 25 O 05 A 66

w \ Uno» Nal: 01 8CO0 111 210

ire/ Raz6n Social DIA DE VALLEDUPAR- ¡ETAKlA DE HACIENDA

clófi íCARREPA 5 # 15-6S

artamento'.CESAR

Jigo P osta! 200001387

/ÎO-.RN847745675CO

S Ä W lus

occt^CA UETO N o.K -IS ’ 'GRANZA

Valledupar Avanza m«luNli Mi i Uih I L'

COD SH-FR-044

SECRETARÍA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

alledupar- Cesar, 23 de Octubre de 2017

SeñorOROZCO GONZÁLEZ JORGE LUÍS Calle 7D No. 22- 18 La Esperanza VALLEDUPAR. CESAR

p®Si!ALCALDIA

DE VALLEDUPAR

V01 -07/2015

Oficio. S-2017-HC-55Ì 7

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 05 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente OROZCO GONZÁLEZ JORGE LUIS en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012. A cargo deí predio identificado con referencia catastral. No. 01-04-0626-0009-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401374 fechada 19 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-201Ó-2011 y RECHAZADA las vigencias solicitadas 2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d 'esta a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r ¡a a d m is ió n d e ía s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to /...j".

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 05 de Septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO- ELIANA MlNDlOLA REVISO: ELIANA MlNDlOLA APROBOtSAUl MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESOREROCarrera s Nu I5-6V PKlMtR PISO i el. Ò0424UU www.valleduoar-cesar.aov .co

Valledupar - Cesar

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4 %!g I Scucloh PoeîuIçib ! \ tuonato* S.A.

T A MT900.0Q2î)17-3 / y , ÛQ2S095A55 J ^ 1 UnoB Mtil: 01 BOCO 111 2

REMITENTENombro/ Rozón Social ALCADIA DE VAU.BDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

Di rocci6n:CARRERA 5 # 1S-69

CludadiVALLfcDUPAR

Dopartamen«o:CESAR

Código Postal ¿00001387

Envto:RN847745763CO

DESTINATARIONombre/ Razón ¡¡ocla):PAULA MARGARITA CABANA

O Irceelón: MANGANA 43 CASA 24 HARRIO VILLA DAR!ANA

Cludad:VALLEDUPAR

Dcpartamontu: CESAR

Código Postal:Focha Pre-Admlsión:25/10/2017 11:43:51 Mlit transporta lie «i arp DHM dii 28/115/21)11u-dto— t— 1 .íiríOQ';jjn0/fl0/*jnn

par Avanza ^

SECRETARIA DE HACIENDA

l i S SP lp i j v'---—A L C A L D ÍA

D E V A L L E D U P A R

» SH-FR-044 1 V01 -07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5488

)Q( - Cesar, 23 de Octubre de 2017

tARGARITA CABANA 3 43 Casa 24 Barrio Viila Dariana IPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 05 de Octubre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente PAULA MARGARITA CABANA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012-2013-2014-2015-2016. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 00-01-0003-1044-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.2017240152¿ fechada 09 de Octubre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011 y RECHAZADA las vigencias solicitadas 2012-2013-2014-2015-201 ó. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION- “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e lo a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en ¡a fecha 05 de Octubre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerte los descuentos d e interés, q u e tiene d e re c h o .

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas.

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDJOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APR0B0:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

CARGO: ABOGADA CONTRATISTA CARGO: PROFESIONAL UNIVERSITARIO

carrera 5 15-69 PklMfcK m u leí, 5842400 www.vaiieaupar-cesar.aov.coValiedupar - Cesar

CARGO: TESORERO

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SECRETARIA DE HACIENDA

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A L C A L D IA D E V A L L E D U P A R

COD SH-FR-044 V01 -07/2015RESPUESTA PETICION

rr Oficio. S-2017-HC-5473

Valledupar - Cesar, 23 de octubre de 2017

SeñoraAMAYA TORRADO AURA ROSA K24B 52-03 VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 03 de Octubre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente AMAYA TORRADO AURA ROSA en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-03-0408-0008-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401517 fechada 06 de Octubre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 03 de Octubre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de ia Resolución y Oficio de Notificación.

Atentam*

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROVECTO. ELIANA MINDlOLA REVISO: ELIANA MINDlOLA , a PROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO liliC A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO III

Valledupar Cesar

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Valledupar Avanza pAlcaldía MuAJClpdl

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

iBlMfs *ALCALD ÍA

DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 VOI -10/2015

Prescripción

entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20 1320 243 74 de Mayo 06 de 2013,20 136 1148 59 de Mayo 03 de 2013,20 161 1020 392 de O ctubre 11 de 2016 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01 -03 -0408-0008-000, correspondiente a las vigencias 2008 AL 2013 de Mayo 06 de 2013,20136114859 de Mayo 03 de 2013,, notificada al predio el 17 de junio de 2013; contra Ja cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del E TN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos fsean dei im puesto de industria v com ercio o del im puesto prediaO, el térm ino de prescripción com ienza a correr desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente AMAYA TORRADO AURA ROSA por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción de los periodos fiscales de los años2009,2010,2011.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER'PISO Tei, 5842400 www.valleduDar-cesar.aov.coValledupar- Cesar

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I Ser\1cJoa Póstalas I Nâolonaba S A 1 NITBOO.OS2D17-9 i DÛ 25 O 36 A 55

Ure«N»1:O1«l0O1112tO

REMITENTE>mbrof Razón Social .CADIA DE VALLEDUPAR - ECRETTARIA DE HACIENDA

roccIórv.CAHRERA 5 # 15-69

iudad: VALLED UPAR

epartamontotCESAR

;6dlgo Postal:200001387

:.nvío;RN84774S255CO

d e s tin a ta r iolombre/ Raz6n Social: GONZALEZ OSPtNO RAFAEL W O N IO)irccci6n:CRA3A CASA 30 JRBANIZACION LOS COCOS

Ciudad:VALLEDUPAR

Departamento: CESAR

Código Postal:Fecha Pro-Admisión:2S/1 G/2017 11:43:51

Mln tiutipulaUr do carón I1IB2QI]

Valledupar Avanza p«AUilíJu UltllDil

SECRETARIA DE HACIENDA

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ALCALDÍA DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 VO I-07/2015RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-54Ó0

illedupar - Cesar, 23 de octubre de 2017

ñorFAEL ANTONIO GONZÁLEZ OSPINO a. 3 a Casa 30 Urbanización Los Cocos LLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 29 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente RAFAEL ANTONIO GONZÁLEZ OSPINO en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo de! predio identificado con referencia catastral. No. 01-02-0287-0005-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401492 fechada 04 de Octubre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de tas vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de fa Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ'ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MlNDlOLA 1 REVISO: aiA N A MtNDlOLA APROBOiSAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

Valledupar - Cesar

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Sùrytìo» F .Naclonaloa S.A NIT 900.062317-9

! 0025035A55 I Ufion Nat 01 8000 111 210

REM ITENTENombre/ Razón Social ALCADIA DE VALLEDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

Dif occ¡on:CARRERA 5 # 15-69

CfudadiVALLEOUPAR

Oo pa rtamo nto: CESAR

Código Postai¡200001387

Envfo:RN847745247CO

DESTINATARIONombre/ Razón Social: GONZALEZ OSRINO RA1" ANTONIO

Dirección: CRA "URBANIZAC'

dupar Avanza1 i U M « « 1 t j p *i J ^ '

SECRETARIA DE HACIENDA D E

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A L C A L D ÍAV A L L E D U P A R

)D SH-FR-044 V01 - 07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5459

/afiedupar - Cesar, 2 3 de octubre de 2 0 1 7

SeñorFoch. GONZALEZ OSRINO RAFAEL ANTONIO

Cra. 3 a Casa 3 0 Urbanización Los Cocos VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.f

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 2 9 de Septiembre de 2 0 1 7 , se procede a dar respuesta de conformidad a ios siguientes presupuestos:

El contribuyente GONZÁLEZ OSPiNO RAFAEL ANTONIO en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2 0 0 8 - 2 0 0 9 - 2 0 1 0 - 2 0 1 1 . A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 0 1 - 0 2 - 0 9 0 1 - 0 0 1 6 - 0 0 0 .

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401491 fechada 0 4 de Octubre de 2 0 1 7 , le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2 0 0 8 - 2 0 0 9 - 2 0 1 0 - 2 0 1 1 . Fundamentada esta decisión en e! artículo: 8 1 8 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ 5/ té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r ia n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de fa Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. EUANA MINDIOLA j REVISO: EUANA M lND IO lA ApROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO |

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA j C A R G O ; PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO |

Valledupar - Cesar

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721Solacios F Nacionales S.A.NIT 900.062917-9 DG 25 G 95 A 55 i Urws Nat 01 0000111 210

Nombro/ Rozón Social ALMADIA DE VALLEDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

Dirccci<m:CARRERA 5 # 15-69

C lu dad ¡VALLEDUPAR

Do parlamento: CESAR

Código Postai ¿20000138"

Envlo:RN846897422C

%Avanza s

SH-FR-044

Nombro^ Razón ?XIOMARA AJD^ RODRÍGUEZDirocciò'8AN P

SECRETARIA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

ALC ALDIA DE VALLEDUPAR

V01 -07/2015

Oficio. $-2017-HC-5467

Jedupar - Cesar, 19 de octubre de 2017

eñoraXIOMARA AIDETH PEÑA RODRÍGUEZ Carrera 33 No. 31-61 San Francisco VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, ei día 29 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente XIOMARA AIDETH PEÑA RODRÍGUEZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-03-0267-0015-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401498 fechada 05 de Octubre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en ei artículo: 818 de! Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION, “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r ru m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l pago, p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 29 de septiembre de ia presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas Je informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta ciara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA M INDIOIa ” i REVISO: ELIANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

Valledupar - Cesaroh.

S o rU C lo B P o s ü ío s 1 hbç»oniilm S A

R EM ITE N TENombre/ Razón Sociala l c a d ia d e v a lu e d u p a r . SECRETARIA DE j HACIENDA

Dirección: CARRERA 5 # 15-69

C ludad VALLEDUPAR

Do pa rta mo nto:CESAR

Código PostajSOOOOl 387

Envío:RN847745746CO

Nombro/ Razón Socr QELCANS 9ARRIO-

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SECRETARIA DE HACIENDA A LC ALD ÍA

OE VALLEDUPAR

/ SH-FR-044 V01 - 07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5486

;lledupar - Cesar, 23 de octubre de 2017

>eñoraDELGIANS BARRIOS MARLENE Calle 29 3 A -03 VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 04 de Octubre de 2017, se p r o c e d e o dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente DELGIANS BARRIOS MARLENE en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011-2012-2013. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-02-0592-0019-001.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401519 fechada 09 de Octubre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011-2012-2013. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e lo a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , por e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es” imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 04 de Octubre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

tEn este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atente

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELI AN A MINDlOLA REVISO: ELIANA MINDlOLA APRO£sO:SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

Valledupar - Cesar

it íj,Valledupar AvanzaA 1 e ó > d i » Municipal '

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

J f e .. L- JAwro» T ’ H rJc y . ; j

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ALCALDÍA DE VALLED UPAR

CO D SH -FR -0 7 9 VOI - 1 0 / 2 0 1 5

Prescripción

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20132013038 de Mayo 06 de 20 13,20 136 1050 63 de Mayo 03 de 20 13,201611011348 de Octubre 11 de 2016 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01-02 -0592-0019-001, correspondiente a las vigencias 2008 al 2013 de Mayo 06 de 2013,20136105063 de Mayo 03 de 2013, notificada al predio el 06 de junio de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de la notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscalesprescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectivadeclaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del E TN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con ios mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos fsean del im puesto de industria vcom ercio o del im puesto predial), el térm ino de prescripción com ienza acorrer desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente DELGIANS BARRIOS MARLENE por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción de los periodos fiscales de los años 2009,2010,2011,2012,2013.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO TeL 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

NTCGP1000

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Código Posta/:200001367Envfo;RNJ84774SS9SCQE -U JIJ^ .U p j----C O P « r ^ 2ÓnSo^ ‘CORREDOR salcs- ZDocc/dnrOP

í i f 1/parAvanza

0 SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

A LC ALD IA DE VALLEDUPAR

V01 -07/2015

Oficio. S-2017-HC-5507

Fe.25/1 u

% Fnwsk MftïïCfiusk.

Valledupar - Cesar, 23 de octubre de 2017

SeñoraCORREDOR SALCEDO LUZ MIRIAM Cra. 19 A2 No. 6D-36 VALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por e! contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 05 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente CORREDOR SALCEDO LUZ MIRIAM en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 01-04-0294-0011-000.

Luego de revisada su petición ie notificamos que mediante la resolución No.20172401378 fechada 19 de Septiembre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “£/ té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e lo a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de !as Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEt ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROVECTO. EUANA MINDlOLA REVISO: ELIANA MINDlOLA APROBOiSAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

“Carrera i N"Valledupar - Cesar^

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I S«mciob Postole«■ Nocional««» & J\.! NIT 000.002317-9 ! DC2S 095 A;55 I Uno« tot 01 3000111 210

Nombro/ Ro/òn Social ! ALCADIA OE VALLEDUPÀR - SECRETARIA DE HACIENDA

Dirección:CARRERA 5 #¡15-69

CiudadiVALLEDUPAR

Oepartamento:CCSAR

Código Posta)¿00001387

Env[o:RN84774S63SCO

Nombro/ Roz<mì Social: | CONZALEZ REYES MARIA DB. CARMEN !

Dirccclùn:MAN2ANA 12 CASA 4 IÎARRIO POPULANDIA

Ciu dad: VALLEDUPAR

Departamento: CESAR

Código Postal:

Fecha Pre-Admisión:25/10/201/11:43:51

MJti tareipertuUcdu-Jirpt»DD0213DL u . h r jincDi.una/

dupar AvanzaI tfí . Mui t l dMJ

}D SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA A LC ALD IA

OE VALLÊDUPAR

V01 -07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. $-2017-HC-5511

upar - Cesar, 23 de octubre de 2017

MEZ REYES MARIA DEL CARMEN ina 12 Casa 4 Barrio Populandia

-<CEDUPAR. CESAR

IREJF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por e! contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, e! día 08 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente GONZÁLEZ REYES MARÍA DEL CARMEN en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2011-2012-2013-2014. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-1327-0027-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401370 fechada 19 de Septiembre de 2017, ie fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2011-2012-2013-2014. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 de! Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p re s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r ¡a a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 08 de Septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaría para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas ie informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atent

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECÎO. ÊLIANA MIN DIOLA REVISO: ELIANA MINDlOLA APtfOeO:SAUl MAMINÊZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

T ' . n r r & r a S P I S O iel.~5842300~www.valledupar-cesar.aov.co_Valledupar - Cesar^

C A R G O : TESORERO

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REMITENTENombre/ Razón Social Al.CADIA DE VALLEDUPAR - : SECRETARIA DE HACIENDA |

Dirección: CARRERA 5 # 15-69

Cludad:VALL£DUPAR

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Código Postal¿00001387

Envio:RN847745600Coj

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SECRETARIA DE HACIENDA

'[JllALCALDÍA

DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 V01 - 07/2015RESPUESTA PETICION |

d e s tin a tà r ioNombre/ Rozón Social: ISORIANO BOHORQUEZ JULIO

Dirocclón:DIAGONAL 18C No 23-66

Ciudad ¡VALLEDUPAR

Departamento: CESAR

Oficio. S-2017-HC-5508

Código Postal 200004115Fecha Pro-Admisión:2S/10/2017 11:43:51

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¡edupar - Cesar, 23 de octubre de 20Ì 7

Lrj'IANO BOHORQUEZ JULIO JOSÉ i^onal Ì 8C No. 23 - 66 IlEDUPAR. CESAR

; i la c solicitud de prescripción- presentado por ei ccotrib'jycntí

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 04 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente SORIANO BOHORQUEZ JULIO JOSÉ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008-2009-2010-2011-2012. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-04-0080-0011-000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401372 fechada 19 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010-2011-2012. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 de! Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to i . . . )i *

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en !a fecha 04 de Septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de !a Resolución y Oficio de Notificación.

Atentar

SAUL MARTINES ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

Valledupar - Cesarf e

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PROYECTO. EUANA MINDlOLA REVISO: EUANA MlNDIOLA APROBO:SA(jL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

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R EM ITENTENombro/ Rozón Social ALCAOIA OE VALLEDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

OlrccciómCARRÉRA 5 #15-69

Ciudad: VALLEDUPAR

Depnrtómonto.-CESAR

Código Postai-.20000H

Envlo:RN8477453V

n rNombre/ Rozó^GAMARRAW

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dupar Avanza p|

:OD SH-FR-044

SECRETARIA DE HACIENDA

RESPUESTA PETICION

ALC ALDIA OE VALLEDUPAR

V01 - 07/2015

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Mía Iranu* MnC RdcMck

Oficio. S-2017-HC-5494

yalledupar - Cesan 23 de octubre de 2017

SeñoraGAMARRA MARTÍNEZ YURAN1S DEL CARMEN Calle 14 No. 13 A¿ra . 25 No. 49 - 45 Barrio Nuevo Milenio Í/ALLEDUPAR. CESAR

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 20 de Septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente GAMARRA MARTÍNEZ YURANIS DEL CARMEN en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2009-2010-2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-03-1020-0025-001.

Luego de revisada su petición !e notificamos que mediante la resolución No.20172401452 fechada 26 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2009-2010-2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e ¡a a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 20 de Septiembre de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, c opia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentar

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINÛIOLA REVISO: ELIANA MIN DIOLA APROBOSAUL MARTINEZ ARREDONOOC A R G O : AB O G A D A CONTRATISTA

Carrera 5 NC A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

5-69 PRIMER PiSO Tel, 5842400 www.vdlledupar-cesar.qov.co Valtedupar ~ Cesar

CARGO: TESORERO

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Valledupar AvanzaA I C 0 t d Í 0 M U A i C i p £ 1

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

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ALCALDIA DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Como se puede observar, el término de prescripción de )a acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20132028670 de Mayo 06 de 20 13,20 136 1187 17 de Mayo 03 de 20 13,201611022371 de Octubre 11 de 2016 la Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01-03 -1020-0025-001, correspondiente a las vigencias 2008 AL 2013 de Mayo 06 de 2013,20136118717 de Mayo 03 de 2013,201611022371, notificada al predio el 17 de junio de 2013; contra ia cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de ia notificación del acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción de cobro de las obligaciones fiscalesprescribe en el término de cinco (5 ) años' a partir de la fecha en que la respectivadeclaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del ETN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para las declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos (sean del im puesto de industria vcom ercio o del im puesto prediaO. el térm ino de prescripción com ienza acorrer desde la fecha de ejecutoria del respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente GAMARRA MARTINEZ YURANIS DEL CARMEN por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega ia prescripción de los periodos fiscales de los años2009,2010,2011.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

Carrera 5 N° ] 5-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.vailedupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

72 . NIT900.0G2917.9 i ooaoosAís j Ijnea Nat 01 eíOO 111 210

B j-M I--------Nombre/ Razón Social

VAU-EDUPAR - SECRfíTARfA DE HAC[EN0A

D/rccción:CARR£RA S # , ^ g

Ciudad.'VALLEDUPAR

Do pa rtamo nto: CESAR

Código Postal:200001387

Envío:RN84774518DCO

Nombro/ Razón Social:YANETH RODRIGUEZ G U U E N

Dirección:CALL£ J4B Nd ISA- 92 URB. SANTA ROSA

C¡udad:VAU.EDUPAR

Departamento: CESAR

Código Posta!200005935

Focha Pre-Adm isióir25/10/2017 11:43; 51Mhli

lledupar Avanzai i c u I J u M u i t J c í p a l

COD SH-FR-079

SECRETARIA DE HACIENDA

OFICIO

GESTION DIRECTIVA

A L C A L D I A D E V A L L E D U P A R

V O I -06/2016

edupar, 20 de octubre de 2017

or:E TH R O D R ÍG U E Z G U IL LE N14B N° 19a-92.Santa Rosa

Oficio N° S-2017-HC-5586

Vaíledupar-Cesar

Re i Recurso de Reposición.

Cordial saludo,

En atención al asunto de ia referencia, esta secretaría se permite comunicarle que mediante Resolución: S-2017HC-1695 del 18 de agosto de 2017, se resolvió recurso de Reposición presentado por usted.

Por lo anterior este Despacho por medio del presente notifica la mencionada Resolución.

Quedamos atentos a cualquier inquietud,

Atentamente, ^ —

\ A a,

S A U L M A R TIN E Z A R R E D O N D OTesorero Municipal.

PROYECTÓ REVISÓ APROBÓ

NOMBRE: NIMIA ROSA V E G A C A R G O : C O N TR A IS I A HACIENDA

NOMBRE: EUANA MINDIOLA C A R G O : PROFESlONAt UNIVERSITARIO

NOMBR: SAUL MARTINEZ CARGO:TESORERO

Carrera 5 N° 15-Ó9 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.vaileduDar-cesar.aov.co

O S:ss í .vNet = k' NTC&P1ÛOO

Valledupar Avanza ^A 1 c Lt I d i u f/¡ u i c i >] à •

SECRETARÍA DE HACIENDA

ALCALDIA DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-079 V O I -06/20U

RESOLUCION

RESOLUCION N° S-2017-HC-01695 Í>EL 18 DE AG O STO DE 2017

"POR M EDIO DEL CUAL SE RESUELVE RECURSO DE REPOSICION"

LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE VALLEDUPAR EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LA

LEY 1437 DE 2011, ACUERDO N“031 DE DlCiEMBRE 28 DE 2014, ESTATUTOTRIBUTARIO NACIONAL Y

CONSIDERANDO:Que mediante Resolución N° 20172401107 de agosto 14 de 2017, se rechazó la prescripción de la acción de cobro, por concepto del impuesto predial unificado de los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 a cargo de! predio de referencia catastral N° 010410500025000, ubicado en la C 14B 19a 92, de acuerdo con la solicitud presentada por la contribuyente YANETH RODRIGUEZ GUILLEN.

Que dentro del término de ley y cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, la señora YANETH RODRIGUEZ GUILLEN, interpuso recurso de reposición contra la citada Resolución suscrita por el señor Secretario de Hacienda Municipal.

Que según el Artículo 407 del Acuerdo 031 de 2014 para interponer este recurso, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1) Que se formule por escrito, con expresión concreta de los motivos de inconformidad. 2) Que se interponga dentro de la oportunidad legal. 3) Que se interponga directamente por el contribuyente, responsable, o agente retenedor o declarante, o se acredite la personería si quien lo interpone actúa como apoderado o representante. 4) Relacionar las pruebas que pretenda hacer valer. Y para el caso particular el recurrente cum ple con los requisitos.

Que éste Despacho es competente para pronunciase frente al recurso incoado contra la Resolución N° 20172401107 de agosto 14 de 2017, y por tanto así lo decidirá previas las siguientes consideraciones:

I ARGUMENTOS DEL RECURRENTE

Sustenta la señora YANETH RODRIGUEZ GUILLEN, identificado con cédula de ciudadanía 49735693 que accionó un Derecho de Petición ante la Secretaría de

PROYECTÓ: REVISÓ APROBO

NIMIA ROSA C A R G O : CONTRATISTA

NOMBRE: EUANA MINDlOLA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

NOMBRE; EUDES FUENTES M O A C A R G O : SECRETADO DE HACIENDA

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 w ww .valledupar-cesar.aov.CQ

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v2I S«fV1ClOb Poníale;

y 1 Nàioionnhi« S .A . NTT 300.06891/-S D 0 7 í » C 9 b A !*>I ine* Nal «xtf

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Nombre/ Ra/ón S0CÌ3Ja ; .cadi a ;>r. v a i ü -n u w * si-cm rrARiA¡íi-.iiAC»:Nn

Dircccj6n:CAIWi IRA S # 1 b -S9

Cludod:VAl.LH)UPAJ'

Dcpartamento:Ct' H

Código Postal^COOOl

Envlo:RN843373678C

387

0DESTINATARIO

Nombre/ Ra/.ón Social: YANÍT SANTANA CARD DMA

DireccióirCRA 41 7 C - &4 i ROCA

Ciudad:VAU.) TOPAR

Departamento: Ci SAK

Código Postal:2Q000'Focha Pro-Admisión:18/10/PC17 *0:15:10

Mili Tu w p w tn [Ir: du D rqu llT O O li ú M r SH '4i?j Mivajjnrin E ¡ro™« flllliW di I

1

r

SECRETARIA DE HACIENDA (ISSISI

[ COD SH-FR-044 TESORERIA V01 -07/2015

1 RESPUESTA PETICION |

531

¡edupar, Cesa r- Octubre 17 de 2017iilOR.

.NIT SANTANA CARDENAS ¿A 41 NO. 2C-04 Barrio la Roca

/alledupar- Cesar

OFICIO.No.S-2017-HC- 5409

?p/ií.un/in

REF. Respuesta a Petición 12 de Septiembre de 2017.

En atención a la solicitud de la referencia, evad a a este despacho, donde solicita prescripción de acción de Cobro, de un bien, procedem os a darle respuesta de conform idad a los siguientes presupuestos:Luego de revisada la petición fechada, 12 De Septiem bre del año en curso, presentada ante este Despacho, m ediante la cual se eleva una solicitud de prescripción de la Acción de Cobro, del, predio con Referencia Catastral No, 010602710001001 -010602710001000, Predio que a la fecha ap arece registrado en nuestro Sistema de información a nombre de la SeñorBLADIMIRO, Y EL MUNICIUPIO DE VALLEDUPAR y a la fecha de su solicitud no posee vigencias prescritas, soto a duda cuatro años de Impuesto predial unificado, y no opera la figura de ¡a prescripción de la Acción de Cobro en ninguna de ellas. Por otro lado no posee M andam iento de Pago .elaborado y/o constituido en contra del Propietario del Bien.Es preciso informarle que no basta con la sola presentación de la solicitud, pues adem ás que no allegó ninguna docum entación al respecto que soporte los supuestos de hecho a los que hace referencia, debe tramitar ante las entidades respectivas los tramites de titulación y reconocim iento de la propiedad sobre el bien, para que nuestra base de datos registre la información del nuevo propietario de ser así,'y/o demostrar la calidad con que actúa, Propietario, Heredero, Poseedor, Representante legal, Conyugué, Apoderado, Usufructuario, entre otros, la sola presentación de la misma, no acred ita Titulación y/o Derecho Real de Dominio del Bien, puesto que no se eleva a Escritura Pública de Venta, debidam ente Registrada ante ia Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, para que de esta forma ,se demuestre la calidad de propietario dei bien,.En este orden de ¡deas le informamos que la solicitud por usted p lanteada no fue resuelta, dándole en consecuencia, una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular.

SAUL MARTINEZ ARRrDONDO

u .iTESORERO MUNICIPAL

/i /) //A f / v Proyecto. NIDIA BRAVO PICAZA REVISOeilANA MINDIOLA ECHEVERRI APROBO: .

Saul modlnez arredondo( I Í jU g O : A B O G A D O DE C O B R O C O A C TIV O C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 w w w .vo lle d u o a r-c e sa r.a o v.coV ailed upar - Cesar

Servíaos Postato Noelonata* SA

_ NITWO.OG2917-Í I DOZ> Q9b Ai£*I Unra Nal. 01 WOO

REMITENTENombro/ Rozón Social ALCADIA DE VALLEOÜPAR SECRETARIA DE HACIENDA

Oírc«clón:CARRH^A 5 # 1i>-

C iudnd : VALLEDUKVv

Dopartomcnto:CESAR

Código Postal:2Ú0001 387

Envlo:RN8418T3472C C

DESTINATARIONombro/ Razón Social: KLHDlAZ ALVARO CELINO

Dirccción:CRA21 34 - 34

Ciuda<i:VALLEDUPAR

Dopartamonto: CESAR

alledupar AvanzaA i u u u t u fcUip

SECRETARIA DE HACIENDA

<ÉPS ilA LC ALD ÍA

DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-044 V01 - 07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5352

¿lledupar - Cesar, ì 1 de octubre de 2017

Código Postal 20001Fecha Prc-Admísión13/10/2017 11:34:37

Min Tnropcrn Üc du orflq DD02QH WlnC Ha-. Mnoynrl» Ewnsc DIIBB

io(3i nor.UIDIAZ ÁLVAREZ CELINO JOSÉ

Carrera 21 No. 34-34 VALLEDUPAR. CESAR

rREF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a ia solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 7 de septiembre de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente RUIDIAZ ÁLVAREZ CELINO JOSÉ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2006-2007-2008-2009-2010. A cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-03-0060-0013-000.

Luego de revisada su petición íe notificamos que mediante la resolución No.20172401393 fechada 20 de Septiembre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008-2009-2010. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION, “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r Ja n o t i f ic a c ió n d e ! m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 7 de septiembre de la presente anualidad. Le extendemos ia invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle ¡os descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

I C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

Carreras [\r i5-¿y PRIMfcR PiSÓ Tel. 5842400 www.valleauDar-cesar.aov.co~Valledupar - Cesar

PROYECTO. ELlANA M INDIOLA REVISO: ELlANA MINDIOLA APROBO:SAUL MARTINÉ2 ARREDONDO

CARGO: TESORERO

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I Córvelo» Postal«^ { Nuclonule&SA

NH aOC.OC231/. j 1X3X>GK>A r I Jftpü <\ü|; 01 ¿*72

Nombre! Ra/ón SocialAl.CAOIA OH VAU HJIPAR S! CHI-TARI A d i : i« C U M l

Oircccíón:CAHRf:RA S # 1b'

Ciudad:VALLH)UPAK

Dcpartamcnto:CL:SAK

Código Postal^OOCOI

Env[o:RN843373695C

387

3DESTINATARIO

Nombre/ Rozón Social;: ; im a s f r a n c is c o hf. rna;

O Írcccró n :C l. 3 19D - 72

Ciuctad:VAl.l FiDUPAK

Departamento: Oí SAK

Código Postal:7DCCC1 Focha Pro-Admisión:t B/1C/R017 10:16:13

Mr. In irm u rt» l i . du ra ro » [líSiüDD dik W i j f IÍi k MfKj|tHu Fffniw i nr¡H[i7 6il

tíd«4p£ir Avan-íí» SECRETARIA DE HACIENDAt s»

tessffi .

COD SH-FR-044 | tESORERIA V01~ 07/2015 |

. 1 RESPUESTA PETICION | ............n

i dupar, Cesa r- Octubre 17 de 2017!iId r .¡AS FRANCISCO HERNANDEZ ARAUJO LUE 3 NO. 19D-22 iedupar- Cesar

OFICIO.No.S-2017-HC- 5411

MISAIs/irai

REF. Respuesta a Petición 27 de Septiembre de 2017.

donde a darle

En atención a la solicitud de la referencia, evad a a este despacho, solicita prescripción de acción de Cobro, de un bien, procedemos respuesta de conform idad a ios siguientes presupuestos:Luego de revisada la petición fechada, 27 De septiembre del año en curso, presentada ante este Despacho, m ediante la cual se eleva una solicitud de prescripción de la Acción de Cobro, del, predio con Referencia Catastral No, 010411460010000-010404960001000. Predio que a la fecha ap arece registrado en nuestro Sistema de información a nombre de INURBE ISNTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA .E INVERSIONES DEL ROSARIO LTDA y a la fecha de su solicitud no posee vigencias prescritas, solo a duda cuatro años de Impuesto predial unificado, y no opera la figura de la prescripción de la Acción de Cobro en ninguna de ellas. Por otro lado no posee M andam iento de Pago elaborado y/o constituido en contra del Propietario del Bien Es preciso informarle que no basta con la sofá presentación de la solicitud, pues adem ás que no allegó ninguna docum entación al respecto que soporte los supuestos de hecho a ios que hace referencia, debe tramitar ante las entidades respectivas los tramites de titulación y reconocim iento de la propiedad sobre el bien, para que nuestra base de datos registre la información del nuevo propietario de ser así, y/o demostrar la calidad con que actúa, Propietario, Heredero, Poseedor, Representante legal, Conyugué, Apoderado, Usufructuario, entre otros, la sola presentación de la misma, no acredita Titulación y/o Derecho Real de Dominio del Bien, puesto que no se eleva a Escritura Pública de Venta, debidam ente Registrada ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, para que de esta forma ,se demuestre la calidad de propietario del bien,.En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted p lanteada no fue resuelta, dándole en consecuencia, una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular.

i*t

í (TESORERO MUNICIPAL

/ / y j Proyecto. NIDIA BRAVO PICAZA REVISOELIANA MINDIOLA ECHEVERRI APROBO;Saul martlnez arredondo

/!^ j ü f o O : A B O G A D O DE C O B R O C O A C TIV O C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESOREROV

SAUL MARTINEZ ARREDONDO

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Te!, 5842400 w w w .vo H e d n o a r-ce sa r.a o v.o oV alledupar - Cesar

vA ‘^ \4, 1 %NÏCGP1000

<72Servicios Postaloa Nacionaíoa S A

J NlT90a0G29t7.9 ¡ DO 25 095 A $5 I Unsa Nal: 01 6000

REM ITENTENombre/ Razón Social ARCADIA DE VALLEDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

Diroeci6n:CARRERA 5 # 15-E 9

Cludad:VALl£DUPAR

Dcpartamonto.'CHSAR

Código Postal ¿00001

Envio:RN83W 59165CO

87

Valledupar Avanza

SECRETARIA DE HACIENDA

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A L C A L D ÍA D E V A L L E D U P A R

COD SH-FR 044 V()1 -07/2015 i

RESPUESTA PETICION 1........... .(

DESTINATARIONombro/ Rozón Social:MARTHA CECI U A MARTI NEfc LUQUEZ

Olrocclón:CL 11 27 - 26

Oiudad:VALLEDUPAR

Departamento: cesar jí ledupar, 02 de Octubre de 2017Código Postal ¿000

Fecha Pre-Admislórf10/10/2017 10:53:38

Mn Ironcpcrlu Uc dn oj a DDB2DQ dd ?l MitIC Rus faavrti bjnia DDSG7 bu

Oficio. S-2017-HC-5017

or.S ™ ^ THA CECILIA MARTINEZ LUQUEZCALLE UNO. 27-2Ó VAlL£Dí ;PAK*- CESAR

SOPORTE DE ENTREGADO A:NOMBRE:__________________FECHA:____ ,_______________

í _ _ _

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por e! contribuyente. MARTHA CECILIAMARTINEZ LUQUEZ.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, e! día 23 de Agosto de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente, MARTHA CECILIA MARTÍNEZ LUQUEZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia ,2008 -2009-2010-2011 -.2012.2013.2014.2015.2016. a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 0104063Ó0020000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución .No. 201722400494 fechada 03 de Mayo de 2017,le fue rechazada, ia prescripción de ias vigencias solicitadas- 2008-2009-2010.2011.2012.2013.2014.2015.2016. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “£/ té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e lo a c c ió n d e , c o b r o se in te r ru m p e p o r lo n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a toPor consiguiente es imposible poder acceder nuevamente a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 24 de mayo de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO TESORERO MUNICIPAL

P R O Y E C T O . E .M lN D lO L A REVISO: SAUL MTZ ARREDONDO A P R O B O : S A U L M A R T IN E Z A R R E D O N D O

C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESORERO MUNICIPAL

Cofrera 5 N ^ 5 r59rTOMERTTO'C A R G O : TESORERO

el', ,ó8424ÜÚ w w w .vaìiequpar-cesar.qov.còValledupar - Cesar

0 * 3t ir

<72I Soo oíob Postales ¡ teofonafos S.A. f MTS00.082D17-9 I DG25CS5A55 I Unça Nat 01 8000 111

u r nombro/ Raz6n Social -CADIA D E V A LLED U PA R - HCRETARtA D E HACIENDA

ro cc lón :C A RR ER A S # 15-69

uda<J:VALLEDUPAR

!partamento;CES/>TÎ

Sdigo Postal:20C001387

ivío:RN8394S9179CO

ESTINATARIOmbro/ Razón Social:DYS EDTHER JIMENEZ VEGA

eceión:CL 36 26 -103

idad:VALLEDUPAR

parca mentó: CESAR

»digo Postal:

cha Pro-Admisión:10/2017 10:53:38 n Tnrw pulB Uc át o rq ü QQ02DB ¿

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Valledupar Alanza iS

SECRETARIA DE HACIENDA

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AL CAI.. OI A U f V A l-L E O U f'A K

CO D SH-FR-044 L V01 -07/2015

RESPiJESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-5018Valledupar, 02 de Octubre de 201 /

Señor.LE DYS ESTHER JIMENEZ VEGA CALLE 36 NO. 26 103 MANUFUTA V AI.. L r D!' P A R - C r * A R

SOPORTE DE ENTREGADO A:NOMBRE:..._____

f F E C H A :____ ___ _ ............. .

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por ESI HER JIMENEZ VEGA .

c o n t r i b u y e n I es. L E I>Y S

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 1 I de Agosto de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a ios siguientes presupuestos:

E! contribuyente.LEDYS ESTMER JIMENEZ VEGA en su condición de PROPSE'IARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesio Predial Unificado vigencia ,2008 -2009-20 i0-2011-. a ca igo del predio identificado con referencia catastral No. 010302010030000.

Luego de revisada su petición le notificamos que medíanle la resolución .No. $i 20172400451 * fechada 25 de Abril de 2017,le fue rechazada, la prescripción de las vigencias solicitadas- 2008-2009-2010.201 I. Fundamentada esla decisión en el articulo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: IMTERRUPC1GN Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. UB término de prescripción de la acción de cobro se interrumpe por !a notificación del m/andan ¡ienlo de payo, pot el otorga! mentó de facilidades para o! pago, por la admisión de la so licitud de concordato Por consiguienle es imposible poder acceder nuevamente a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 24 de muyo de ia presente anualidad. Le extendernos Sa invitación respetuosa de acercoíse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por u;>ted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el partía

SAUL MARTÍNEZ ARREDONDO TESORERO MUNICIPAL

Kk’O ï tC U j fc'.Ml! fDlOLA REVISO: S.AIJl ív'.TC ARREDONDO

* .A R G O . IESORERO MUNIOIPA!

AMROoO. SAU1 MAK l ll-ifcí Ak'Ktil >CJNUO

R ütj; iES¿ >REk\ iC A k G O , t-'KOPÉSiONAi. LlNlVliRSlIAklOCarrera 5 N°'T5-69 PRIMER PISO TeL 5842-100 www. v d7l e diíno f c esa YgoY. r o

Valledupar Cesai¡Ci-I

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Valledupar Avanza ^A I c * 1 <) I a M v n 1 c I P * I

SECRETARIA DE H A C IE N D A M U N IC IP A L ALCALDIA

DE VALLEDUPAR

COD SH-FR-079 V01 - 10/2015

Prescripción

R E S O L U C IO N 2 0 1 7 2 4 0 0 4 5 1 FE C H A : A b r il 2 5 d e 2 0 1 7 "P O R M E D IO DE LA C U A L SE D E C ID E U N A S O L IC IT U D DE P R E S C R IP C IO N ”

EL SECRETARIO DE H A C IEN D A DEL M UNICIPIO DE VALLEDUPAR, EN USO DE C O M P E TEN C IA PARA DECRETAR RESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DE!. A C U E R D O 03! DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

C O N S ID E R A N D O .

Q u e d e co n fo rm id a d c o n el artículo 447 del A cu e rd o 031 del 29 d e d iciem bre de 2014, en con sonan cia c o n lo establecido en los aiticulos 81 7, 818 y 819 de! Esta lulo Tributario Nocional, lo a c c ió n de co b ro d e los obligaciones fiscales, prescriben en el lérmino de c in co (05) años c o n la d o s a parlir d e la fecha en qu e la obligación se h a ce exigióle.

Q u e el (la) con ltibuye nte LEDYS ESTHER JIMENEZ V E G A , idenfificadoja) c o n cé d u la d e ciu d a d a n ía N o 497Ó2421 de VALLEDUPAR, solicita en su con d ició n de propietaria del predio identificado co n referencia calostro! No. G i-03- 0201-0030-000, se d e crete la prescripción del p a g o del Impuesto Predial Unificado d e los años 2008, 2009, 2010,2011.

Por disposición expresa del arlículo 59 d e ta Ley 788 d e 2002 los D epartam entos y Municipios d e b e n aplicar los procedim ientos establecidos en el Estatuto Tribulario N aciona l (ETN), ef cual rezo:

“ A r t í c u l o 59. P r o c e d i m i e n t o t r i b u t a r i o t e r r i t o r i a l , i o s d e p a r t a m e n t o s y m u n i c i p i o s a p l i c a r á n lo s p r o c e d i m i e n t o s e s t a b l e c i d o s e n e l E s t a t u t o T r i b u t a r i o N a c i o n a l , p a r a l a a d m i n i s t r a c i ó n , determinación, d i s c u s i ó n , c o b r o , d e v o l u c i o n e s , régim en s o n c i o n o t o r i o i n c l u i d o s u i m p o s i c i ó n , a l o s i m p u e s t o s p o r e l l o s a d m i n i s t r a d o s , A s í m i s m o a p l i c a r á n e l p r o c e d i m i e n t o a d m i n i s t r a t i v o e l e c o b r o a l a s m u l l o s , d e r e c h o s y d e m á s r e c u r s o s t e r r i t o r i a l e s . E l m o n t o d e t a s s a n c i o n e s y e l l é r m i n o d e a p l i c a c i ó n d e io s p r o c e d i m i e n t o s a n t e r i o r e s , p o d r á n d i s m i n u i r s e y s i m p l i f i c a r s e a c o r d e c o n l a n a t u r a l e z a d e s u s t r i b u io s , y t e n i e n d o en c u e n ta t a p r o p o r c i o n a l i d a d d e e s t a s r e s p e c t o d e l m o n t o d e lo s i m p u e s t o s " .

Q u e p a ra po d er ejercer la jutisdicción c o a c tivo es necesaria ta existencia del título ejecutivo; la obligación del:>e conslar en un d o c u m e n to q ue la c o n te n g a d e m a ñero clara, expresa y exigíble, conform e lo señala el arlículo 828 del Eslalulo Tribulario N aciona l, el cual establece qu e :

" P r e s i ó n m é r i t o e j e c u t i v o : I . L a s l i q u i d a c i o n e s p r i v a d o s y s u s c o r r e c c i o n e s , c o n t e n i d a s e n l a s d e c l a r a c i o n e s t r i b u í a n o s p r e s e n lacios, desde e l v e n c i m i e n t o d e l a f e c h a p a r a s u c a n c e l a c i ó n . 2.Las liquidaciones oficiales ejecutoriadas. 3. L o s dem ás a c t o s d e l a A d m i n i s t r a c i ó n d e I m p u e s t o s d e b i d a m e n t e e j e c u t o r i a d o s , e n lo s c u a l e s s e f i j e n s u m a s l í q u i d a s d e d i n e r o a f a v o r d e l f i s c o n a c i o n a l . 4 . L a s g a r a n t í a s y caucion es p r e s t a d a s o favor d e l o N a c i ó n p a r a a f i a n z a r e l p a g o d e t a s o b l i g a c i o n e s t r i b u t a r i o s , a p a r t i r d e i a e j e c u t o r i a d e l a c t o d e l a A d m i n i s t r a c i ó n q u e d e c l a r e e l i n c u m p l i m i e n t o o e x i g i b i l i d a d d e l a s o b l i g a c i o n e s g a r a n t i z a d a s . 5 . l a s s e n t e n c i a s y d e m á s d e c i s i o n e s j u r i s d i c c i o n a l e s e j e c u t o r i a d a s , q u e d e c i d a n s o b r e l a s d e m a n d a s p r e s e n t a d a s e n r e l a c i ó n c o n lo s i m p u e s t o s , a n t i c i p o s , r e t e n c i o n e s , s a n c i o n e s e i n t e r e s e s q u e a d m i n i s t r a l a D i r e c c i ó n G e n e r a l d e i m p u e s t o s N a c i o n a l e s " . ( S u b r a y a d o f u e r a d e t e x t o } .

A u n a d o a ello, e! artículo 829 de! mismo esla lu lo señala que :

" S e e n t i e n d e n e j e c u t o r i a d o s io s a c t o s a d m i n i s t r a t i v o s q u e s i r v e n d e f u n d a m e n t o - a i c o b r o c o a c t i v o :1. C u a n d o c o n t r a e l l o s n o p r o c e d o r e c u r s o a l g u n o . 2 . Cuando vencido e! término para interponer /os recursos, no se fía van infero uesfo o no se presenten en debida forma. 3 . C u a n d o s e r e n u n c i e expresam ente o /os recursos o se d e s i s t a d e e i l o s , y 4 . C u a n d o lo s r e c u r s o s i n t e r p u e s t o s e n l a v i o g u b e r n a t i v a o i o s a c c i o n e s d e r e s t a b l e c i m i e n t o d e l d e r e c h o o d e r e v i s i ó n d e i m p u e s t o s se h a y a n d e c i d i d o e n f o r m a d e f i n i t i v a , s e g ú n e l c a s o ”. ( S u b r a y a d o f u e r a d e l e x t o ) .

Es claro, qu e en los impuestos en los q ue no existe obligación d e declarar, como el Impuesto Predial Unificado en el M unicipio d e V alledupar, los iítulos ejecutivos estarán conform ados por fas liquidaciones oficiales o actos administrativos ejecutoriados qu e delerm inen el valor del impuesto.

Carrera 5 N° i 5-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.co _ Valledupar - Cesar

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Va lledupar Avanza g¡|A J c ú 1 d j o M u n i c i p a l

SECRETARÍA DE HACIENDA MUNICIPAL

ALCALDÍA DE VALLED UPAR

COD SH-FR-07? V01 -10/2015

Prescripción

Efectivamente, !a Administración Municipal liquidó Impuesto Predial Unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-01-0309-0034-000, ubicado en ta K 16 7B 24 de esta ciudad, mediante las liquidaciones oficiales Nros. 20132004294 de Mayo 06 de 2013,20136097863 de Mayo 03 de 2013,201611003846 de Octubre 11 de 2016 por las vigencias 2013,2006,2007,2008,2009,2010,2011,2012,2014,2015,2016; sin embargo, se pudo constatar que no se realizó la notificación de las liquidaciones oficiales, tal y como lo ordena el artículo 257 del Acuerdo 031 de 2014, para ello se transcribe el artículo en mención:

"Notificaciones: Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones tributarias, emplazamientos, citaciones, traslados de cargos, resoluciones en que impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones adm inistrativas proferidos por la Administración Tributaría Municipal deben notifícarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debJdamente autorizada por ¡a autoridad competente, conforme a lo establecido en los artículos 565, 566-1,569 y 570 del Estatuto Tributario Nacional".

Aunado a ello, el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por el artículo 45 de la Ley 1111 de 2006, estableció las formas de notificación de las actuaciones de la Administración de Impuestos, así:

"Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o verificaciones tributarias, emplazamientos, citaciones, resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones adm inistrativas, deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente.

Las providencias que decidan recursos se notificarán personalmente, o por edicto si el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, no compareciere dentro del término de los diez (10) días siguientes, contados a partir de la fecha de introducción ai correo del aviso de citación. En este evento también procede la notificación, electrónica /.../"

La notificación de las decisiones oficiales es un elemento esencial de! derecho fundamenta! al debido procesó, pues de esta manera se dan a conocer a los administrados. Además, mientras los actos de la Administración no se notifiquen, no producen efectos y tampoco son oponibles a los destinatarios.

Conforme a lo anterior, es claro que la obligación de la administración municipal no se limita a enviar por correo a la dirección correcta, pues debe verificar que la diligencia de notificación por correo resulte efectiva, esto es, que sea entregada al contribuyente en la dirección que haya suministrado, teniendo en cuenta que su finalidad es enterarlo de las actuaciones que expide en su contra para que pueda ejercer su derecho de defensa oportunamente. Lo anterior por cuanto de acuerdo con la norma no se tiene por cumplida la diligencia de notificación por ese medio con el solo envío de la copia del acto, sino con su entrega, para que se cumpla tal finalidad.

Carrera 5 N° Ì 5-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valleduDar-cesar.aov.coValledupar- Cesar

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bîI S<KVClos Postiles • Nacionales S A

NIT 900.062917*9 ¡ DC25C95A55 I Linón NmL- Oí 8000 111 210

REMITENTEombre/ Razón SocialLCADIA DE VALL£DUPAR - ECRETARIA DE HACl ENDA

irccciôn:CARRERA S # 15-69

ludad:VALUiOUPAR

epartamento:CESAR

;ó digo Postal:2000Q138'

;nvio:RN84110252200

siænn m a B rlombre/ Ra^ón Social:ANETH ELVIRA TORRES SAN'

)irocc¡ón:MZ L CASA 478 B. N ELENIO5njdad:VALLEDUPAR

Departamento: CESAR

Código Postai:Fccha Pre-Admisión:12/10/2017 11:37:00

Win Transporto b c do corno UQ02QD da] 70. MhKtetfaoiriobpraEQDSndàia

/alledupar Avanza ^U u i t U i M l

SECRETARIA DE HACIENDA

p gA L C A L D ÍA

D E V A L L E D U P A R

COD SH-FR-044 V01 -07/2015

RESPUESTA PETICION

Oficio. S-2017-HC-528Ó

jlledupar - Cesar, 9 de octubre de 2017

snorate,ANETH ELVIRA TORRES SÁNCHEZ w\z L Casa 478 Nuevo Milenio VALIEDUPAR. CESAR \

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por «i-v.ontribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 17 de agosto de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a ios siguientes presupuestos:

El contribuyente JANJETH ELVIRA TORRES SÁNCHEZ en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de impuesto Predial Unificado vigencia 2008 a! 2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. 010310080008001.

Lu$go de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401489 fechada 2 de Octubre de 2017, le fue RECHAZADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008 al 2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION. “El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e l'a s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to ( ...) ”.

Por consiguiente es imposible poder acceder a su solicitud de prescripción interpuesta en la fecha 17 de agosto de la presente anualidad. Le extendemos la invitación respetuosa de acercarse a nuestra Secretaria para poder ofrecerle los descuentos de interés, que tiene derecho.

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta ciara, precisa, respetuosa y comprensible sobre e! particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDIOLA REVISO: ELIANA MINDIOLA APROBO.'SAUL MARTINEZ ARREDONDO

C A R G O : A Ô O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO

Carrera ¿ 15-69 PKiMhk kiSó leí. ¿8424UU www.valledupar-cesar.aov.coCARGO: TESORERO

Valledupar Cesar

raggi

Valledupar Avanza ¿ |A ( c ü l d i ^ W u r i i C i p ü <

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

ALCALDÍA DE VALLED UPAR

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

R ES O LU C IO N 20172401489 É e CHA: Octubre 02 de 2017 POR M ED IO DE LA CUAL SE D EC ID E U N A S O L IC IT U D DE P R ESCR IP C IO N '

EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL M UNICIPIO DE VALLEDUPAR, EN USO DE COMPETENCIA PARA DECRETAR PRESCRIPCION SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 452 DEL ACUERDO 031 DEL 29 DE DICIEMBRE DEL 2014, y

C O N S ID ER A N D O .

Que de conformidad con el artículo 447 del Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 2014, en consonancia con lo establecido en los artículos 817, 818 y 819 del Estatuto Tributario Nacional, la acción de cobro de las obligaciones fiscales, prescriben en el término de cinco (05 ) años contados a partir de la fecha en que la obligación se hace exigible.

Que el (la) contribuyente JANETH ELVIRA TORRES SANCHEZ, identificado(a) con cédula de ciudadanía No 39068248 de ARIGUANI EL D IFICIL MAGDALENA, solicita en su condición de p iy ie ta ria del predio identificado con referencia catastral No. 01-03 - 1008-0008-001, ^se decrete la prescripción del pago del Impuesto Predial Unificado.2008 al 2011.

Por disposición expresa del artículo 59 de la Ley 788 de 2002 los Departamentos y Municipios deben aplicar los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional (E TN ), el cual reza:

"Artículo 59. Procedim iento tributario territorial. Los departam entos y m unicipios aplicarán los procedim ientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la adm inistración, determinación. discusión, cobro, devoluciones, régim en sancionatorío incluido su imposición, a los im puestos por ellos adm inistrados. A sí mismo aplicarán el procedim iento adm inistrativo de cobro a las m ultas, derechos y demás recursosterritoriales. E l monto de las sanciones y el térm ino de aplicación de losprocedim ientos anteriores, podrán dism inuirse y sim plificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad deestas respecto del monto de los im puestos".

Que para poder ejercer la jurisdicción coactiva es necesaria la existencia del título ejecutivo; la obligación debe constar en un documento que ia contenga de manera clara, expresa y exigible, conforme lo señala el artículo 828 del Estatuto Tributario Nacional, el cual establece que:

"Prestan m érito ejecutivo: 1. Las liquidaciones privadas y sus correcciones, contenidas en las declaraciones tributarias presentadas, desde el vencim iento de Ja fecha para su cancelación. 2. Las liquidaciones oficiales ejecutoriadas. 3. Los demás actos de la Adm inistración de im puestos debidam ente ejecutoriados, en los cuales se fijen sumas líquidas de dinero a favor del fisco nacional. 4. Las garantías y cauciones prestadas

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.aov.coValledupar - Cesar

Valiedupar Avanza ^

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

ALCALDÍA DE VA LLED U PA R

CO D SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

entrega del Boletín de Apoyo a la Gestión Tributaria de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Como se puede observar, el término de prescripción de la acción de cobro se cuenta a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo.

Que sin la determinación de las obligaciones tributarias no procede la exigibilidad de la acción de cobro, por lo tanto el procedimiento de prescripción para esta vigencia carecería de eficacia y legalidad.

Que mediante la L IQ U ID A C IO N E S O F IC IA L E S Nros. 20 132027867 de Mayo 06 de 20 13,20 136 1179 30 de Mayo 03 de 2013, ia Administración Tributaria Municipal liquidó el Impuesto Predial Unificado de la referencia catastral No. 01 -03 -1008-0008- 001, correspondiente a las vigencias 2008 AL 2013 de Mayo 06 de 2013/20136117930 de Mayo 03 de 2013,, notificada al predio el 17 de junio de 2013; contra la cual procedía recurso de reconsideración por el término de dos (2 ) meses contados a partir de ia notificación dei acto a la dirección del predio, tal y como se establece en el Estatuto Tributario Municipal.

Una vez notificados los actos y vencidos los dos (2 ) meses, no se presentó recurso de reconsideración, las liquidaciones oficiales quedaron debidamente ejecutoriadas y en consecuencia prestan mérito ejecutivo, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Tributario Nacional antes citado.

Conforme a la norma, es claro que la acción d£ cobro de las obligaciones fiscales prescribe en el término de cinco (5 ) años a partir de la fecha en que la respectiva declaración o acto administrativo presta mérito ejecutivo (artículos 817 y 818 del E TN ). Este término debe examinarse para cada título ejecutivo, así: 1. Para las declaraciones de industria y comercio presentadas oportunamente, el término comienza desde la fecha de vencimiento del plazo para declarar, fijado en el municipio para el respectivo año gravable. 2. En las declaraciones presentadas en forma extemporánea, desde la fecha de su presentación. 3. Para !as declaraciones de corrección, desde la fecha de presentación, en relación con los mayores valores. 4. En el caso de los actos adm inistrativos (sean del im puesto de industria v com ercio o del im puesto predial^, el térm ino de prescripción com ienza a correr desde la fecha de ejecutoria dei respectivo acto adm inistrativo de determ inación o discusión.

En consecuencia, frente a la solicitud de prescripción de la acción de cobro presentada por el (la) contribuyente JANETH ELVIRA TORRES SANCHEZ por concepto de Impuesto Predial Unificado, se niega la prescripción de los periodos fiscales de ios años2008,2009,2010,2011.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

Carrera 5 N° ] 5-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valiedupar-cesar.aov.coValiedupar - Cesar

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j SorvACloa Postalo»NaOlonalas S A MT 900.062317-9

¡ OC25C95A5S I Urna Nal'01 8000111

REMITENTENombro/ Razón Social M.CADIA DE VALLEDUPAR - SECRETARIA DE HACIENDA

Jlrocctón.-CARREftA 5 # í5-6s|

;iudad:VALLEDUf-'ÁR

5opartamento:CESAR

Código Postal¿20000139(7

Env¡o:RN83945S1.;eCO

jombraí Rozón Social: ÏOGEUO EMir-D PINEDA•a v e r n in a

>irscción:Cl 20 30« - 356

:¡udad:VALLEDUPAR

apartamento: CESAR

Código PostaI:20000430£

:echa Pro-Admisión:0/10/2017 10:53:38Min Irwîiûrtd lie dn cwy JZ S IM 2Í1 / IÍ

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9 2 S E S 9Nombro/ Razón Social ALCADIA DE VALLEDUPAR. SECRETARIA DE HACIENDA

Dlreeclón:CARRERA 5 # 15-69

Ciudad : VALLEDUPAR

Doj>artamonto:CESAR

Código Pos tal ¿00001387

Envío:RN839459l48CO

i/zanI"/TU

DESTINATARIpNombre/ Razón Social: ROGELIO EMIRO PINEDA PATERNI NA

Dlrocclón:CL 20 30A-66

Ciudad: VALLEDUPAR

Departamento: CESAR

Código Postal £200004306rocho Admisión:10/10/2017 19:39:47

Min 'nntpgn» l* du nirqri QDD2HD dal 2Q/0S/2Q1I MaiílC flot WflMpriri E^ms QHI3G7 diJ BS/09/70II

pSECRETA^IA DE HACIENDA

GESTION DIRECTIVA

ALCALDÍA DE VALLEDUPAR

V01 - 07/2015

e 2017

OFICIO No: S-2017-HC-005261

ÍERNINA

Ciudad,

REF

En

Respuesta a Derecho de Petición

En atención a su solicitud recibida en este despacho, procedemos a darle respuesta de conform idad a los siguientes presupuestos:

Ludgo de revisada su petición en ia que solicita copias integras del proceso de cobrqj coactivo seguido en contra del predio a nombre de ROGELIO EMIRO PINEDA PATERN1NA, es| preciso manifestarle que el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina de Jurisdicción Coactiva Municipal previsto en tres (03) folios establecido de la siguiente] manera:

1 Liquidación Oficia! N ° 020136124518 fechado el 03 de M ayo de 2013 com prende iasj vigencias 2008 al 2012 (folio 1 ).

Liquidación Oficial N° 020132035971 fechado e! 06 de M ayo de 2013 de vigencia 2013| (folio 2).

Liquidación Oficial N° 0201611030760 fechado el 11 de Octubre de 2016 de vigencia] 2014 al 2016 (folio 3).

este orden de ideas le informamos aue ¡a solicitud oor usted p lanteada fue resueltadándole en consecuencia, una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre epa ifticular.

Atentam ente,

SAUL MARTINEZ ARREDONDOTesorero Municipal

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tel, 5842400 www.valledupar-cesar.qov.coValledupar- Cesar

w w w .v a lle d u jM jv c e s w \ g o v .c o

Carrera 5 No. 15- 69

MUNICIPIO DE VALLEDUP <\F. ALCALDIA MUNICIPAL

Nit. 800.098.911-8 SECRETARIA DE HACIENDA MUNCIPAL JEFATURA DE RECAUDO MUNICIPAL

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO Acuerdo 034 de 22 dé diciembre de 2008

LIQUIDACION OFICIA!

0201361245FECHA DE EXPEDIC

03/05/2013El Jefe de Rec^i

Acuerdo 034.udo Municipal do la Secretaria do Hacienda del Municipio de Valledupar. en uso de las facultades Légalos conferidas por «¡ articulo 66 de la Ley 383 de 1997, los Artículos 2, 31 >

<jle 22 de diciembre de 2008, y las conferidas por el Alcalde Municipal mediante Decreto 000023 de 11 de enero de 2012, mediante este acto de Liquidación Oficial determina para periodo(s) gravable(s) anteriores a 2013, el valor del IM PUESTO PREDIAL UNIFICADO, co nforme g las variables y datos que se describen a continuación:

A. IDENTIFICACION DEL PREDIOM1. REFERENCIA CATASTRAL 01-04-0423-0014-000 2. DIRECCION DEL PREDIO C 20 30A 65

B. INFORMACION SO BRE EL AREA DEL PREDIO3. AREA DEL TERRENO (M2) 167 4. AREA CONSTRUIDA (M2) 283 5. MATRICULA INMOBILIARIA 190-70359C. CLASIFICACION Y TARIFA6. USO PREDIO RESIDENCIAL 7. ESTRATO 3 MEDIO-

BA JO8. CLASE PREDIOS URBANOS

D. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.U9. APELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL 10. IDENTIFICACION

PINEDA PATERNINA ROGELIO-EMIRO TIPO C NUMERO 70521195Año- Concepto

2008-Predial2008-Cofporacíone:2008-8omberos2008-lndupal2009-Prediai 2009-Corporaeiones2009-aomberoG2010-Predial 2010-Corporúctories2010-Bomberos2011-Predial2011-Corporaciones 201 l-8omt>eros2012-Predial 201.2-Corporac¡ones 2012-8oínb6ro5

BassGravabte

15513000 15513000 15513000 15513000 712140«) 7121<000 71214000 73350000 73350000 73350000 75551000 7S551000 75551000 77818000 77818000 77818000 0 0 o o

impuesto

105488232703103310322338846540111692567259308012836264429113327132212723631157271361800oo

Tarifa

7.2/10001.5/1000.06/1.06/15/10001.5/1000.05/13.5/10001.5/1000.05/13.5/10001.5/1000.05/13.5/10001.5/1000.05/1

Saldo Año-Concepto Base Gravatole Impuesto

1331652327031033103

2670035508513350

29668210647714833

40940018886120470

34906414295217452

000o

Tarifa ! Saldo

TOTAL VIGENCIAS ANTERIORES CAPITAL 2 7 5 20 8 4 INTERESES 9 7 0 79 8 TOTAL 3 7 2 2 8 8 2* Intereses de mora calculados a fecha: 03/05/2013 , con una tasa de 31.13 % (EA)

FECHAS LIMITE DE PAGO VALOR TOTAL DEUDA DESCUENTO VALOR A PAGAR16 DE ABR IL A 31 DE MAYO DE 2013 3,574,875 549,381 2,0

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013 3,639,347 562,854 2 ,0-

Contra la presante liquidación olida! procede el recurso de reconsideración, el cual deberá interponerse dent|ro del mes siguiente a la notificación de esta Liquidación Oficial en tos términos

de los Artículos 301 y siguientes del Acuerdo 026 de 2012.

\ J

A R IA N O S E B A S TIA N O JE D A M AR TINEZJefe de Recaudo Municipal

Secretaria de Hacienda Municipal" ........ ' ‘ a a S B E M B E E a m

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SELLO O TIMBRE DE LA ENTIDAD R ECAU DADO R A

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A. IDENTIFIC ACION DEL PREDIO

MUNICIPIO DE VALLEDUPARNit. 8 0 0 .09 8.91 1-8

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO j"LIQUIDACION OFICIAL No. '*k FEC H A DE EXPEDIC

020136124518 \\ 03/05/2013

REFERENCIA C A TA STR A L 01-04-0423-0014-000 DIRECCION DEL PREDIO O 20 35D. IDENTIFIC ACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.UAPELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL PINEDA PATERNINA ROGELIO-EM IRO IDENTIFICACION 70521195 TIPO C

K> lili(415)7709998015500(8020)020136124518(3900)0000000202425D(9S)20130531

16 DE ABRIL A 31 DE MAYO DE 2013

VALOR A PAGAR 2,024,250

(4 1 517709998015500(8020)020136124518(3900)00000002043013(96)20130628K>

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013

VALOR A PAGAR 2,043,013

MUNICIPIO DE VALLEDUPARNit. 8 00 .0 9 8 .9 1 1 -8 LIQUIDACION OFICIAL No.

IM PUESTO PREDIAL UNIFICADO |, 020136124518 1| 03/05/2013FEC H A DE EXPEDIClj

A. IDENTIFICACION DEL PREDIOR EFERENCIA C A TA STR A L 01-04-0423-0014-000 DIRECCION DEL PREDIO C 2 0 30A65D. IDENTIFICACION DEL SU JETO PASIVO DEL I.P.UAPELLIDOS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL PINEDA PATERNINA ROGELIO-EM IRO IDENTIFICACION 70521195 TIPO C

K>(4 1 5

16 DE ABRIL A 31 DE MAYO DE 2013

VALOR A PAGAR 2,024,2507709998015500(8020)020136124518(3900)00000002024250(96)20130531

L A

01 DE JUNIO HASTA 28 DE JUNIO DE 2013

4Vuìì&dnfiii ì\u

•WV/W.VilIíCarre

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d u par-cesar.gov.co ra 5 No. 1 5 - 6 9

A. IDEN1. R E F E R ENCIA C A T A S T R A L 01-04-00-00-0423-0014-0-00-00-0000 2 - d i r e c c i ó n d e l p r e d i o c 20 30A 65

3. D IR EC C IO N D E E N TR E G A

B. INFORMACION SOBRE CARACTERISTICAS DEL PREDIO

ALCALDIA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Nit. 800.098.911-8

SEC R ETA R IA DE HACIENDA MUNICIPAL JE FA TU R A DE R ECAUD O MUNICIPAL

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO

L ilQ Ü iD A C IO N O f iC lA L N o ,

201611030760

FECHA DE EXPEDICION13/10/2016

IFICACION DEL PREDIO

C 20 30A 65 R E F E R E N C IA A N TE R IO R Q1 -04-0423-0014-000

4. A R E A T E R R E N O (M2) 165 5. A R E A C O N S TR U ID A (M2) 283 M A TR IC U LA INM OBILIARIA 190-70359

C. CLAS IFICACION7. U S O PREDIO RESIDENCIAL ti. E S T R A T O 3 M E D IO -B A JO 9. c l a s e PREDIOS URBANOS

D, IDENTIFICACION DEL SUJETO PASIVO DEL I.P.U.10'. APELL IDOS Y N O M B R ES I R AZO N SO CIA L

PINEDA PATERNI NA ROGELIO-EM IRO

11. ID EN TIF IC A C IO N

TIP O C N U M ER O 000070521195

L0 Jefe de R unías do la secretarla da ha ci onda del Municipio da Valledupar, en uso da las facultades légalas conferidas por el articulo 66 de la ley 388 da 1997, loa artículos 3. 12, 171 del a cu urdo diciembre do 2012 y los artículos 2, 16, 248 del acuerdo 031 dul 29 de dlciembro da 2014 y las conferidas por « l alcalde Municipal mediante decreto 000012 del 00 de enero de 2016, median! Liquidación Oficial determina ul valor del impuesto PR EDIAL U N IFIC A D O , conforme a las vigencias, variables y datos qua se descrloen a continuación.

¡¡Vigencia Concepto Saldo Capitali Saido Intere^, Saldo Total| [Vigencia - Concepto Saldo Capitali Saldo Intcrod Saick

TO PREDIAL UNIFICADO’ASA AMBIENTAL

534.000 52.754160.06?

'ASA BOMBER1L15.812 . 175.874

26,700TO PREDIAL UNIFICADO

2.638 _29.338518 000 219.885

015-SOBRE -ASA AMBIENTAL 155.400737.885

’ASA 80MBERIL65.964

25.900TO PREDIAL UNIFICADO

10.994221.364

36.894

bi4-SOBFtETASA AMBIENTAL" 654.000 546,111 1.200.111

¡2014-SQBREtASA BOMBERIL150.875 JL25.985 276.860

32.700 ...2L227. 60.007;

A partir del p del acuerdo

rimero de Julio de cada vigencia, el contribuyente deberá pagar Intereses mora torios causados por cada día calendarlo de retardo a la tasa de Interés vigente, según lo establecido en )26 del 28 do diciembre do 2012 y al articulo 441 Ool acuerdo 031 de 2014.

JOHANA NATALI DAZA MÉSTREJefe dili Recaudos Municipal

Secretarla de Hacienda Municipal

V,

V,. V

cc , ^

FECHA LIMITE DE PAGO

mecanlca autorizada (Resolución No. 000148 del 09 de Septiembre de 2016). "SELLO o TiitfßR^DE ENTIDAD RECAUDADORAV * ,

VALOR DEUDA CAPITAL

31/10/2016 2,257,63730/11/2016 2,257,637

VALOR DEUDA INTERES ¡ pagar11'Ó67/,45o! 3,3:1 ,146,2§ 5K ^ "" 3,4í1,146,285!

Lo proaanta liquidación toc iura presta m ürlio o jocutivo y contra olla procedo oí rocurao do RECONSIDERACION , o l cuoi üobora in lo rp on o rw don ir o do ios dos ( í ) mosea aigutonloa 42la .í&(SíwJo Ja n o ilflcudon , «n too tûtm /nos d o í ncüüfdo 026 O t 2012 y 405, 394 y újglt, dul ucuofdo 031 dui 2Û14. Lou propalartene pObOudoru;; y miufrucíuurJo& d^ prodioa u&Jcudos un ta jurisdicción dol Municipio úa Vull^dujwr. OLlmv^NgliQou a pu$¿ir y pfbiúuntur 0uclutacl6n dii u n if ic o , ou c iníormldud con lo oüUblu^ido un ul urttculo 301 dot ucuordo 02tì cíu 2012 y 301 od acuurdû 031 dt>¡ 2014,

Y¡Los recursos públicos son sagrados!

i i !Wltfikjw/ fuaiv«'

ALCALDIA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Nit. 800.098.911-8

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

L1IQUIDACION OFICfAL No. FECHA DE EXPE

A. IDEN IFICACION DEL PREDIOC 201611030760

R E F E R E N C IA C A T A S T R A L 01-04-00-00-0423-0014-0-00-00-0000 D IR EC C IO N D E L PR EDIO C 20 30A 65

D. IDENTIFICACION DEL SUJETO PASIVO DEL I.P.U.APELLiD OS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL PINEDA PATERNINA ROGELIO-EM IRO IDENTIFICACION 000070521195 TIP< >

31 de Octubre de 2016

VALOR A PAGAR 3,32

30 de Noviembre de 2016

VALOR A PAGAR 3,40

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ALCALDIA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Nii. 800.098.911-8

SECR ETAR IA DE HACIENDA MUNICIPAL

LIQUIDACION OFICIAL No. FECHA DE EXPE Hc 2016T1030760 13/10/201

A. IDENTIFICACION DEL PREDIOR E F E R E N C IA C A TA S TR A L 01-04-00-00-0423-0014-0-00-00-0000 D IR E C C IO N D E L P R E D IO C 20 30A 65

D. IDENTIFICACION DEL SUJETO PASIVO DEL I.P.U.APELLID OS Y NOMBRES / RAZON SOCIAL PINEDA PATERNINA ROGELIO-EM IRO IDENTIFICACION 000070521195 TIP«

31 de Octubre de 2016

VALOR A PAGAR 3,32

30 de Noviembre de 2016

VALOR A PAGAR 3,40:

» ! Scredo» Poti'ulo:Maûienalm S A

¡ NIT 900 OG2S17-6 I DC 25 0 95 A S5 I UncaNaL 01 8003111 210

REMITENTE■ 'hombro/ Razón Social

jp ’ALCADIA OE VALLEDUPAR " SECRETARIA DE HACIENDA

D iro c c tó n :C A R R E R A 5 #15-65

C¡udad:VALLEDUPAR

Dcpartamonto:CESAR

Código Postal:2C0fY

Env[o:RNS4110254ÛC

387

O

ledupar Avanza ^■ ÍJ l í l i f.î < i b í i « V 4 J

SECRETARIA DE HACIENDA

f§§3ALC ALD ÍA

OE VALLEDUPAR

:OD SH-FR-044 ...........• .............................................." i V01 -07/2015T RESPUESTA PETICION

d estinatarioNombre/ Razón Social: ACOSTA PIMIENTA MARJBÈTH

DircccIómORA 5D 39 - 66

Ciudad ¡VALLEDUPAR

Departamento: CESAR

Codlgo Postal :20000¿231

Focha Pre-Admísíón:12/10/2017 11:37:00

Mh rnacpDrtF [Je de arrjn DQD21B áa

Oficio. S-2017-HC-5287

du par - Cesar, 9 de octubre de 2017

;ra)STA PIMIENTA MARIBETH ^O . 39 “

VALLEDUPAR. CESAR20/IMII

REF: Respuesta a solicitud de prescripción presentada por el contribuyente.

En atención a la solicitud de prescripción recibida en este despacho, el día 17 de agosto de 2017, se procede a dar respuesta de conformidad a los siguientes presupuestos:

El contribuyente ACOSTA PIMIENTA MARIBETH en su condición de PROPIETARIO, presentó a esta dependencia solicitud de prescripción de Impuesto Predial Unificado vigencia 2008 al 2011. A cargo del predio identificado con referencia catastral. No. 010204760025000.

Luego de revisada su petición le notificamos que mediante la resolución No.20172401481 fechada 2 de Octubre de 2017, le fue DECRETADA la prescripción de las vigencias solicitadas 2008 al 2011. Fundamentada esta decisión en el artículo: 818 del Estatuto Tributario Nacional en comento estipula: INTERRUPCION Y SUSPENSION DEL TERMINO DE PRESCRIPCION- “ El té rm in o d e p r e s c r ip c ió n d e la a c c ió n d e c o b r o se in te r r u m p e p o r la n o t i f ic a c ió n d e l m a n d a m ie n to d e , p a g o , p o r e l o to r g a m ie n to d e fa c i l id a d e s p a r a e l p a g o , p o r la a d m is ió n d e la s o l ic i tu d d e c o n c o r d a to

En este orden de ideas le informamos que la solicitud por usted planteada fue resuelta, dándole una respuesta clara, precisa, respetuosa y comprensible sobre el particular. Anexamos fotocopias de las Resoluciones mencionadas,

Anexo, copia de la Resolución y Oficio de Notificación.

Atentamente.

SAUL MARTINEZ ARREDONDO. TESORERO MUNICIPAL

PROYECTO. ELIANA MINDIOLA REVISO: EUANA MINDIOLA APROBO:Sa UL MARTINEZ ARREDONDO 11||¡

C A R G O : A B O G A D A CONTRATISTA C A R G O : PROFESIONAL UNIVERSITARIO C A R G O : TESOREROCnrrercT.S NT i5-6vTklMhK PLSÜ lei. 584Z4UU www.vaileciupar-cesar.aov.co

Valledupar - Cesarf c r

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rifeValledupar Avanza ^A i c o 1 d J o M u n i c i p a l

SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

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ALCALDI/ DE VALLED U

¡iPAR

COD SH-FR-079 V01 -10/2015

Prescripción

Efectivamente, la Administración Municipal liquidó Impuesto Predial Unificado a cargo del predio identificado con referencia catastral No. 01-02-0476-0025-000, ubicado en la K 5D 39 66 de esta ciudad, mediante las liquidaciones oficiales Nros. 20132010877 de Mayo 06 de 2013,20136103119 de Mayo 03 de 2013,201611009800 de Octubre 11 de 2016 por las vigencias 2013,2006,2007,2008,2009,2010,2011,2012,2014,2015,2016; sin embargo, se pudo constatar que no se realizó la notificación de las liquidaciones oficiales, tal y como lo ordena el artículo 257 de! Acuerdo 031 de 2014, para ello se transcribe el artículo en mención:

"Notificaciones: Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones tributarias, emplazamientos, citaciones, traslados de cargos, resoluciones en que impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones adm inistrativas proferidos por i a Administración Tributaria Municipal deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente, conforme a lo establecido en los artículos 565, 566-1,569 y 570 del Estatuto Tributario Nacional

Aunado a ello, el artículo 565 del Estatuto Tributario Nacional, modificado por el artículo 45 de la Ley 1111 de 2006, estableció las formas de notificación de las actuaciones de la Administración de Impuestos, así:

"Los requerimientos, autos que ordenen inspecciones o verificaciones tributarías, emplazamientos, citaciones, resoluciones en que se impongan sanciones, liquidaciones oficiales y demás actuaciones administrativas, deben notificarse de manera electrónica, personalmente o a través de la red oficial de correos o de cualquier servicio de mensajería especializada debidamente autorizada por la autoridad competente. *

Las providencias que decidan recursos se notificarán personalmente, o por edicto si el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, no compareciere dentro del término de los diez (10) días siguientes, contados a partir de la fecha de introducción al correo del aviso de citación. En este evento también procede la notificación electrónica /.../"

La notificación de las decisiones oficiales es un elemento esencia! del derecho fundamental al debido proceso, pues de esta manera se dan a conocer a los administrados: Además, mientras los actos de la Administración no se notifiquen, no producen efectos y tampoco son oponibles a los destinatarios.

Conforme a lo anterior, es claro que la obligación de la administración municipal no se limita a enviar por correo a la dirección correcta, pues^debe verificar que la diligencia de notificación por correo resulte efectiva, esto es, que sea entregada al contribuyente en la dirección que haya suministrado, teniendo en cuenta que su finalidad es enterarlo de las actuaciones que expide en su contra para que pueda ejercer su derecho de defensa oportunamente. Lo anterior por cuanto de acuerdo con la norma no se tiene por cumplida la diligencia de notificación por ese medio con el solo envío de la copia del acto, sino con su entrega, para que se cumpla tal finalidad.

Carrera 5 N° 15-69 PRIMER PISO Tei, 5842400 www.valleduDar-cesar.aov.coValledupar - Cesar