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Contrato número 66/16 Página 1 de 12 Secretaría de Planeación Administración y Finanzas DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Contrato 66/16 Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco; al día 01 uno del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis, ante los testigos que al calce firman, comparece por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el licenciado Salvador González Reséndiz, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, en lo subsecuente LA SECRETARÍA, y por la otra la empresa Alimentos Ledezma Sociedad de Responsabilidad Limitada representada en este acto por la Ciudadana Gabriela Esperanza Ledezma Barragán, a quien en lo sucesivo se le denominará EL PROVEEDOR, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: D E C L A R A C I O N E S: I.- Declara el representante de LA SECRETARÍA: a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 14 fracción LIX, LXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la cual se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el día 27 de veintisiete del mes febrero del año 2013 dos mil trece. Artículos 1, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco. b).- Comparece por conducto del Lic. Salvador González Reséndiz, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XI, 4 fracción II, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco c) Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Avenida Alcalde Número 1221 mil doscientos veintiuno, Colonia Miraflores, Zona Centro, C.P. 44270 de esta Ciudad. II.- Declara EL PROVEEDOR: a).- Que mediante la Escritura Pública número 2,283 dos mil doscientos ochenta y tres de fecha 20 veinte de Abril del año 2007 dos mil siete, pasada ante la fe del Licenciado Luis Fernando González Landeros, Notario Público Titular número 123 ciento veintitrés de Guadalajara, Jalisco, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Alimentos Ledezma”, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del estado de Jalisco bajo el folio mercantil electrónico número 35639*1 de fecha 08 ocho de Junio del año 2007 dos mil siete. b).- Que mediante la Escritura Pública número 4,635 cuatro mil seiscientos treinta y cinco de fecha 04 cuatro de Marzo del año 2013 dos mil trece, pasada ante la fe del Licenciado Luis Fernando González Landeros, Notario Público Titular número 123 ciento veintitrés de Guadalajara, Jalisco, mediante la cual se le otorga un poder a la C. Gabriela Esperanza Ledezma Barragán ”, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del estado de Jalisco bajo el folio mercantil electrónico número 35639*1 de fecha 15 quince de Marzo del año 2013 dos mil trece. c) Que la C. Gabriela Esperanza Ledezma Barragán, se encuentra facultada para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Representante Legal, tal y como lo acredita con la Escritura Pública cuyo número quedo asentado en el punto que antecede, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado. d).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, en: Lerdo de Tejada número 2177 dos mil ciento setenta y siete en la Colonia americana Guadalajara, Jalisco, C.P 44630 Teléfono: 33306446, 33304314. Correo electrónico: [email protected] Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes mediante la siguiente homo clave ALE070420SP9, (letras “A” “L” “E”, cero, siete, cero, cuatro, dos, cero, letra “S” “P” nueve), manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P17838 (letra P, uno, siete, ocho, tres, ocho) y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.

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Contrato número 66/16

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Secretaría de Planeación Administración y Finanzas DIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA

Contrato 66/16 Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco; al día 01 uno del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis, ante los testigos que al calce firman, comparece por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el licenciado Salvador González Reséndiz, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, en lo subsecuente LA SECRETARÍA, y por la otra la empresa Alimentos Ledezma Sociedad de Responsabilidad Limitada representada en este acto por la Ciudadana Gabriela Esperanza Ledezma Barragán, a quien en lo sucesivo se le denominará EL PROVEEDOR, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S: I.- Declara el representante de LA SECRETARÍA: a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 14 fracción LIX, LXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la cual se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el día 27 de veintisiete del mes febrero del año 2013 dos mil trece. Artículos 1, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco. b).- Comparece por conducto del Lic. Salvador González Reséndiz, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 1, 2, 3 fracciones VIII, X, XI, 4 fracción II, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, y de conformidad con lo que disponen los Artículos 4, 7, 13, 22, 33, 51 y 104 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco c) Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Avenida Alcalde Número 1221 mil doscientos veintiuno, Colonia Miraflores, Zona Centro, C.P. 44270 de esta Ciudad.

II.- Declara EL PROVEEDOR:

a).- Que mediante la Escritura Pública número 2,283 dos mil doscientos ochenta y tres de fecha 20 veinte de Abril del año 2007 dos mil siete, pasada ante la fe del Licenciado Luis Fernando González Landeros, Notario Público Titular número 123 ciento veintitrés de Guadalajara, Jalisco, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Alimentos Ledezma”, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del estado de Jalisco bajo el folio mercantil electrónico número 35639*1 de fecha 08 ocho de Junio del año 2007 dos mil siete. b).- Que mediante la Escritura Pública número 4,635 cuatro mil seiscientos treinta y cinco de fecha 04 cuatro de Marzo del año 2013 dos mil trece, pasada ante la fe del Licenciado Luis Fernando González Landeros, Notario Público Titular número 123 ciento veintitrés de Guadalajara, Jalisco, mediante la cual se le otorga un poder a la C. Gabriela Esperanza Ledezma Barragán ”, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del estado de Jalisco bajo el folio mercantil electrónico número 35639*1 de fecha 15 quince de Marzo del año 2013 dos mil trece. c) Que la C. Gabriela Esperanza Ledezma Barragán, se encuentra facultada para contratar y obligarse a nombre de su representada en su carácter de Representante Legal, tal y como lo acredita con la Escritura Pública cuyo número quedo asentado en el punto que antecede, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado. d).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, en: Lerdo de Tejada número 2177 dos mil ciento setenta y siete en la Colonia americana Guadalajara, Jalisco, C.P 44630 Teléfono: 33306446, 33304314. Correo electrónico: [email protected] Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes mediante la siguiente homo clave ALE070420SP9, (letras “A” “L” “E”, cero, siete, cero, cuatro, dos, cero, letra “S” “P” nueve), manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P17838 (letra P, uno, siete, ocho, tres, ocho) y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.

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e).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato.

f).- Manifiesta que ha entregado a LA SECRETARÍA la Opinión del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales, vigente y en sentido positivo emitida por el Servicio de Administración Tributaria.

III.- Ambas partes declaran: PRIMERO.- Que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con RECURSOS FEDERALES DEL FONE (FONDO DE APORTACIONES PARA LA NOMINA EDUCATIVA Y GASTO OPERATIVO) y se origina con motivo de la INVITACION A POR LO MENOS TRES PROVEEDORES ITP07/2016 denominada “SUMINISTRO, ELABORACIÓN Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS PARA EL INTERNADO BEATRIZ HERNANDEZ DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN”, derivada de la Solicitud de Aprovisionamiento número 04/0049-00/2016 del que resultó adjudicado EL PROVEEDOR, lo anterior soportado mediante la Orden de Compra número 61637 (seis, uno, seis, tres, siete). Así mismo, se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones derivadas de las bases de dicho proceso de adquisición, en lo subsecuente LAS BASES. SEGUNDO.- Ambas partes se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- DE LA DEPENDENCIA. Las partes acuerdan que la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCO, en lo subsecuente LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato.

SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es que EL PROVEEDOR preste el servicio de SUMINISTRO, ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS PARA EL INTERNADO BEATRIZ HERNANDEZ DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, de conformidad a lo siguiente:

Suministro y elaboración de hasta 48,350 (cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta) raciones alimenticias consistentes en: desayunos, primer refrigerio, comida, segundo refrigerio y cena, de acuerdo al número de internos, administrativos y prefectos, en los horarios establecidos de lunes a viernes en días hábiles escolares, a partir del 1 primero del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis al 31 treinta y uno del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis en días hábiles de acuerdo al calendario escolar de la SEP y la Secretaría de Educación Jalisco. Dicho servicio incluirá la asistencia técnica necesaria que se requiera para el cumplimiento de su cometido sin costo adicional. EL PROVEEDOR deberá de contar con el siguiente personal para el internado: 1 un chef, 1 un cocinero, 4 cuatro auxiliares de cocina, 2 dos auxiliares generales, 1 un nutriólogo. El nutriólogo que deberá permanecer en el internado, ello por cuenta de EL PROVEEDOR sin que esto presente costo alguno adicional para LA SECRETARÍA. Este personal se deberá acreditar antes del inicio de operaciones con su currículo el cual será aprobado por el Director del internado. Así mismo en el caso del Nutriólogo, documento que acredite sus estudios relativos al puesto que va a desempeñar. EL PROVEEDOR deberá cubrir en todo momento la inasistencia de su personal por vacaciones, incapacidades, faltas, cursos, etc. El suministro de insumos necesarios para el otorgamiento del servicio deberá realizarse bajo contrato de calidad media superior a la existente en el mercado. Invariablemente todos los víveres deberán ser frescos y de marca registrada y calidad reconocida que cumpla con todos los requisitos de sanidad. La recepción de los alimentos, deberán realizarse en el interior del internado, en raciones individuales servidas a cada uno de los comensales, respetando rigurosamente las normas de seguridad establecidas en el mismo. La preparación de alimentos invariablemente se realizará en las instalaciones de la cocina del internado. Para efecto de lo anterior deberán considerarse los siguientes horarios para los alimentos, en el entendido de que los mismos podrán ser ajustados previa notificación en base a necesidades específicas del propio internado, dichos horarios establecidos deberán considerarse para que los comensales ingieran sus alimentos y no como inicio de la distribución de los mismos, por lo que deberán contemplar para los productos terminados, un tiempo previo de mínimo 30 minutos.

DESAYUNO 7:00 HORAS REFRIGERIO 10:30 HORAS COMIDA 13:30 HORAS REFRIGERIO 16:45 HORAS CENA 19:00 HORAS

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EL PROVEEDOR será responsable de lo señalado anteriormente, por lo que cualquier modificación respecto al número de raciones y/o gramajes del menú patrón autorizado en las presentes bases, será decisión conjunta de la convocante y la Secretaría de Educación, así mismo como de la recuperación y limpieza de todo el equipo que se utilice para la preparación y consumo de los alimentos. EL PROVEEDOR deberá presentar al Director del internado para su aprobación el Menú Patrón, rico en variantes y nutrientes que cumpla con la cantidad mínima de kilo -calorías recomendada para dieta diaria en el consumo humano, no debiendo repetirse la preparación del menú cada mes. EL PROVEEDOR será responsable de la custodia permanente de los inventarios de materia prima que existan en los refrigeradores y almacén de la cocina del Internado, quedando sujetos a la revisión continua que ejerza la Dirección del Internado. Los Servicios proporcionados por EL PROVEEDOR serán supervisados por la Dirección del internado y en su caso, por la Secretaría de Educación y la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas; con el objeto de regular y observar el correcto cumplimiento del contrato generado en el presente Invitación a por lo menos Tres Proveedores, para la cual deberá entregar un informe mensual a la Coordinación Administrativa de LA DEPENDENCIA, donde detalle en forma diaria sus notas o pedidos del día mismos que estarán sujetos a la revisión y/o auditoria. LA DEPENDENCIA podrá asegurar y verificar gramajes de entrada contra lineamientos de medición según lo establecido en el Menú Patrón. EL PROVEEDOR también será responsable de la custodia de los stocks de la loza, existente en el internado que consistente en: platos extendidos, platos hondos, cucharas, vasos, tortilleros y jarras, así como los enseres, electrodomésticos y demás bienes que utilicen para suministrar el servicio, en el entendido de que deberán reponer aquellas que se dañen o extravíen, debiendo ser del mismo material y marca y durante toda la vigencia del contrato. Para efecto de lo anterior el proveedor firmará el stock inicial antes de comenzar la prestación del servicio. Los servicios proporcionados por EL PROVEEDOR serán supervisados por la Dirección del internado y en su caso, por LA DEPENDENCIA y LA SECRETARÍA; con el objeto de regular y observar el correcto cumplimiento del contrato generado en el presente proceso de adquisición, para lo cual deberá entregar un informe mensual a la Coordinación Administrativa de la Secretaría de Educación, donde detalle en forma diaria sus notas o pedidos del día, mismos que estarán sujetos a la revisión y/o auditoria de la Dependencia para asegurar y verificar gramajes de entrada contra lineamientos de medición en Menú Patrón, según lo establecido en contrato. EL PROVEEDOR deberá dotar a su personal de uniforme que consistirá en 2 camisas, 2 pantalones, 2 mandiles, (para auxiliares de cocina y auxiliares generales), 2 filipinas (para los chef y cocineros), 1 sudadera y 1 par de calzado apropiado, además de cubre boca y cubre pelo, sin cargo para el Gobierno del Estado. Los uniformes tendrán una reposición con una frecuencia no menor a 3 veces por año. Además deberá aplicárseles análisis-clínicos cada 6 meses, que incluyan: coproparasitoscópico en serie de tres, coprocultivo, exudado faringe y reacciones febriles, y con una vigencia no mayor a 3 meses, en un laboratorio acreditado por la Entidad-Mexicana de Acreditación (EMA). EL PROVEEDOR deberá proporcionar todos los artículos y material de limpieza así como los artículos (platos, vasos, cubiertos, servilletas1, etc.) necesarios para proporcionar el servicio, sin que esto represente un costo extra para el Gobierno del Estado. EL PROVEEDOR deberá proporcionar la totalidad del agua purificada apta para el consumo humano, en garrafones de 19 litros., de marca registrada y reconocida en el mercado, que se requiera tanto para la preparación de los alimentos, como para el consumo de los internos, administrativos y prefectos en todas y cada una de las áreas que así lo requiera dentro cada uno de los internados (dormitorios, salones, talleres, cocina, aéreas comunes etc.). En el caso de que el adjudicado EL PROVEEDOR deberá proporcionar los enseres o herramienta necesaria (basculas) para la medición diaria de la materia prima, esta se podrá retirar al término del contrato. EL PROVEEDOR se obliga a someter los alimentos preparados a un análisis bacteriológico con una frecuencia mínima mensual a cuatro productos seleccionados de forma aleatoria, ante un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA), para lo cual deberá tomar una muestra testigo diaria de cada servicio. El costo de estos análisis correrá por cuenta del adjudicado y además deberá presentar el original del resultado obtenido (solo para cotejo) al responsable del internado, a efecto de garantizar la buena calidad de los alimentos que se ofrecen, así como las condiciones salubres en las que deben prepararse los mismos, con una vigencia no mayor a 3 meses. Los mantenimientos preventivos y/o correctivos a las instalaciones, equipos, utensilios y demás herramientas que LA DEPENDENCIA proporcione para la prestación del servicio solicitado, oficinas, almacén, instalaciones de cocina, etc… correrá por cuenta de EL PROVEEDOR, así como la reparación o sustitución de aquellos artículos que así lo requieran para el buen funcionamiento de la operación (incluye pintura, limpieza de instalaciones, clasificación y retiro diario de desperdicio y basura generada en la cocina). EL PROVEEDOR deberá realizar fumigación de las instalaciones donde proporcione el servicio con una frecuencia mínima mensual, presentando a la Dirección de Internados copia de documento que acredite la realización del

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servicio. Además de que el área de Servicio, preparación y distribución de alimentos deberá de estar limpia, sin rastros de grasa o suciedad, cuya limpieza deberá de correr a cuenta de EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR deberá establecer y mantener actualizados los mecanismos de control para garantizar ingresos de mercancía, inventarios, instrumentos de medición, etc., a disposición permanente de la Dirección del Internado. EL PROVEEDOR deberá presentar un Manual de Procedimientos de Operación Normal y de Contingencias, donde detalle técnicas de manejo del producto, así como de medición que garantice la utilización adecuada de los recursos en la, preparación y distribución de los alimentos, de acuerdo a dietas contratadas, técnicas de conservación y almacenamiento, sistema de rotación y utilización de materia prima. En el caso de que la situación económica del país lo justifique, con motivo de que el Índice Nacional de Precios al Consumidor excediera de un 10% anual en el rubro de alimentos, se podrá realizar una revisión de precios contratados, previa autorización de la Dirección General de Abastecimientos y de la Secretaría de Educación, siempre y cuando haya suficiencia presupuestal. La modificación o cambio de Menú debido a contingencias, deberá notificarse por escrito a la Dirección del Internado, para su análisis y sanción, pudiendo realizar dichos cambios únicamente si la Dirección considera que es procedente. EL PROVEEDOR será responsable única y totalmente del servicio, instalaciones y resguardo de los víveres, debiendo asumir la responsabilidad civil o penal que pudiera presentarse en caso de incumplimiento de las mismas. El Gobierno de Jalisco proporcionará a EL PROVEEDOR los servicios de energía eléctrica, agua corriente y gas, necesarios para la elaboración de los alimentos que se suministrarán para los internados y la limpieza de las instalaciones. Durante la vigencia del contrato, EL PROVEEDOR proporcionará un Menú especial que corresponderá al evento de Día del Niño y Fiestas Navideñas (posada), y deberá ser considerado como parte del servicio regular proporcionado, por lo que cualquier costo extra será responsabilidad del adjudicado. Este servicio deberá considerar al 100% de la población como parte del servicio regular proporcionado el cual deberá incluir (bebida gaseosa y pastelillo individual). EL PROVEEDOR antes de iniciar los servicios, contratará un seguro de “Responsabilidad Civil para el consumo de productos preparados o alimentos elaborados” de acuerdo a las condiciones generales presentada por AMIS (Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros) por un límite mínimo de suma asegurada de 300 trescientos días de salario mínimo general vigente en el DF, con el propósito que garantice la indemnización por daños parciales o muerte a terceros (considerándose terceros a personal administrativo, visitantes, demás personal que ingieran dichos alimentos) para todas las personas que ingieran alimentos o productos elaborados que sean consumidos, de acuerdo a las condiciones generales presentada por AMIS (Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros) por un límite mínimo de suma asegurada de 300 trescientos días de salario mínimo general vigente en el DF, para muerte por persona y en su caso de hospitalización será un monto igual Adicional para que se contemple en cubrir los gastos o la invalidez parcial o temporal que se pueda generar por persona y con una vigencia igual al término del contrato y acreditando el pago total por dicho termino. Dicho documento deberá ser entregado al director de los internados así como una copia a la convocante antes de iniciar la prestación de los servicios. CARACTERÍSTICAS DE MENÚ. OBSERVACIONES Y DISPOSICIONES DE ALIMENTACIÓN: El Menú variará de acuerdo a la temporada del año, respetando las características de Menú cada uno por un periodo de 30 y 31 treinta y un días (diferentes para cada uno de ellos) conteniendo los valores nutricionales, tablas calóricas, guías de nutrición y dieto-terapias autorizados por el Director del Internado, debidamente firmado por el nutriólogo responsable que haya asignado EL PROVEEDOR. Toda información de Menú para los internados deberá elaborarse en base a los valores nutricionales que marca la normatividad correspondiente para el desarrollo y cumplimiento del proceso que marca una dieta. Todos lo gramajes de los alimentos establecidos en el menú patrón deberán ser considerados en crudo. El concepto de fruta será y deberá presentarse en pieza individual por origen a comensal y no fruta proporcionada en corte (sandía, melón, papaya, etc.). De tener alguna variante por temporada, y si hubiese la necesidad de optar por fruta cortada, ésta se ingresará en un adicional del 25% mayor al gramaje del menú patrón para evitar insuficiencia por merma o mala calidad. En el ingreso de poste será variado su presentación de acuerdo al menú y será en una frecuencia de tres días a la semana. El servicio de distribución de alimentos en porción individual lo realizará personal que la Dirección del internado. Así mismo estarán encargados de recoger y lavar platos, vasos y cubiertos utilizados durante el desayuno, comida y cena. En los refrigerios como en el los postres del menú cíclico se deberá contemplar un gramaje de 80 gramos. NOTAS:

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CEREAL (ZUCARITAS, CORN POPS, FRUITLOOPS, CHOCOCRISPI O SIMILAR) en presentación individual de 42 gramos y de marca reconocida en el mercado. Los productos lácteos deberán ser entregados en envase original de la marca que se entregue y esta deberá ser reconocida en el mercado. PAN DULCE: se debe considerar en pieza de 80 gramos.

SEMANA 2

510

6 7 8 9 10

Desa

yunos

JUGO DE PIÑA LECHE LECHE JUGO DE NARANJA LECHE CON CHOCOLATE

FAJITAS DE POLLO EN SALSA ROJA

HUEVO CON SALCHICHA CEREAL AZUCARADO CUERNITO DE JAMON CON

QUESO HUEVO CON MACHACA

FRIJOLES REFRITOS

FRIJOLES REFRITOS PLATANO FRIJOLES REFRITOS

TORTILLLAS TORTILLAS PAN DULCE TORTILLAS

GELATINA DE LIMON

PAPAYA EN CUADROS ARROZ CON LECHE GELATINA DE PIÑA

Cola

ció

n

MELON PICADO CANTALUP

ZANAHORIA RALLADA CON LIMON COCTEL DE FRUTAS CON

GRANOLA YOGURT CON CEREAL FLAN

Com

ida CONSOME DE

TLALPEÑO SOPA DE MOÑO SOPA DE FIDEO CALDUDA SOPA DE ARROZ BLANCO SOPA CAMPESINA

FILETE DE PESCADO

EMPANIZADO SALPICON DE RES

FLAUTAS DE POLLO CON SALSA DE JITOMATE

CERDO EN SALSA VERDE ENCHILADAS VERDES CON POLLO

INTERNADO EDUCACIÓN

SEMANA 1

510

LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES

Desa

yunos

LECHE NATURAL LECHE CON CHOCOLATE JUGO DE NARANJA ATOLE CON LECHE DE SABOR LICUADO DE PLATANO

OMELLET DE CHAMPIÑONES

HUEVO A LA MEXICANA CHILAQUILES ROJOS CON

QUESO MOLLETES DE FRIJOLES CON QUESO

CHILAQUILES VERDES CON POLLO

FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS SALSA MEXICANA FRIJOLES REFRITOS

TORTILLLAS TORTILLAS PAN BOLILLO PAN BOLILLO

GELATINA DE UVA GUAYABA MELON CANTALU COCKTEL DE FRUTAS GELATINA DE FRESA

Cola

ci

ón

BOCADIN PEPINO CON CHILE Y LIMON PIÑA CON CHILE NIEVE DE VAINILLA ARROZ CON LECHE

Com

ida

ESPAGUETTI ROJO ARROZ BLANCO CON ELOTE ARROZ AMARILLO SOPA DE ESTRELLITAS SOPA DE ARROZ CON

ZANAHORIA

ALBONDIGAS FILETE DE PESCADO A LA

PLANCHA BISTECK EN SALSA DE TOMATE POLLO A LA PLANCHA

CROQUETAS DE ATUN CON SALSA DE JITOMATE

VERDURAS AL VAPOR ENSALADA DE LECHUGA CON

PEPINO Y JITOMATE CON LIMON

PAPAS A LA FRANCESA PURE DE PAPA

TORTILLAS GALLETA SALADA TORTILLAS TORTILLAS TORTILLAS

NARANJA GELATINA DE SABOR BOCADIN PAPAYA FLAN

AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR

Cola

ció

n

MEDIO SANDWICH DE CREMA DE CACAHUATE

UVAS GALLETAS DE AVENA ATE DE GUAYABA MANGO PICADO CON CHILE

Cena

JUGO DE MANZANA JUGO DE UVA LECHE JUGO DE MANGO

SANDWICH DE JAMON TACOS DORADOS DE PAPA CON

QUESO QUESADILLAS DE MAIZ ENFRIJOLADAS DE QUESO

ENSALADA DE LECHUGA CON TOMATE

ENSALADA DE TOMATE FRIJOLES REFRITOS SALSA A LA MEXICANA

POSTRE DE LIMON MANZANA PAN DULCE POSTRE DE LECHE

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ENSALADA DE NOPALES

FRIJOLES REFRITOS ENSALADA DE LECHUGA FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS

TORTILLAS TORTILLAS Y TOSTADA TORTILLAS

AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR

GOMITAS MANZANA GELATINA DE LIMON FLAN DUVALIN

Cola

ció

n

JICAMA CON LIMON Y CHILE

GALLETAS YOGURT PARA BEBER PAN TOSTADO CON

MERMELADA PLATANOS CON CREMA

Cena

LECHE CON CHOCOLATE

JUGO DE UVA JUGO DE MANZANA JUGO DE DURAZNO

MOLLETES CON QUESO

SINCRONIZADAS CON TORTILLA DE HARINA (JAMON Y QUESO AMARILLO)

SALCHICHAS A LA MEXICANA ENSALADA DE POLLO CON

VERDURAS

FRIJOLES

FLAN TORTILLAS GALLETAS SALADAS

GUAYABA GELATINA DE FRESA PAN DULCE

INTERNADO EDUCACIÓN

SEMANA 3

510

11 12 13 14 15

Desa

yunos

JUGO DE MANZANA LECHE NATURAL LECHE CON CHOCOLATE JUGO DE MANZANA LECHE CON CHOCOLATE

CHILAQUILES VERDES CON QUESO Y CREMA

OMELET DE JAMON ENCHILADAS DE QUESO ENFRIJOLADAS CON QUESO HUEVO A LA MEXICANA

FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS

PAN BOLILLO PAN TOSTADO TORTILLAS

GELATINA FRESA PLATANO MELON CANTALUP PAPAYA

Cola

ci

ón

COCTEL DE FRUTAS PAPAYA POSTRE DE LIMON GELATINA DE FRESA MAZAPAN

Com

ida

CONSOME TLALPEÑO ZANAHORIA SAUTE SOPA DE TALLARIN SOPA DE ARROZ CANARIO CONSOME DE VERDURAS

CICHINITA PIBIL HOT DOG CERDO EN PASILLA CON

VERDURAS BISTEC EN SALSA CON PAPAS CEVICHE DE PESCADO

FRIJOLES DE LA OLLA PAPAS A LA FRANCESA ENSALADA DE LECHUGA

TORTILLA TORTILLA TORTILLAS GALLETAS SALADAS

AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR

MANGO EN CUADRITOS PIÑA CHOCOLATE MELON CANTALUP

Cola

ció

n

HELADO DE FRESA ARROZ CON LECHE NARANJA CON CHILE CREPAS DE CAJETA JICAMA CON PEPINO

Cena

LECHE JUGO DE GUAYABA JUGO DE MANGO JUGO DE PIÑA

SINCRONIZADAS CON TORTILLA DE HARINA

(JAMON Y QUESO AMARILLO)

QUESO GUISADO EN SALSA NUGETS DE POLLO TOSTADAS DE TINGA

FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS ENSALADA DE PEPINO

TORTILLA

MANDARINA MAZAPAN PAN DULCE GUAYABA

SEMANA 4

510

16 17 18 19 20

Desa

yunos

LECHE CON CHOCOLATE LECHE JUGO DE NARANJA LECHE JUGO DE UVA

SANDWICH DE JAMON CEREAL AZUCARADO HUEVO EN SALSA ROJA HOT CAKES CON MIEL MOLLETES CON QUESO

FRIJOLES REFRITOS SALSA MEXICANA

TORTILLAS

MANZANA PLATANO COCTEL DE FRUTAS PAPAYA GELATINA DE LIMON

Cola

ci

ón

YOGURT PARA BEBER GALLETAS DE AVENA CHOCOLATE MANGO CON CHILE BARRA DE AVENA

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Com

ida

CONSOME DE VERDURAS SOPA DE FIDEO SOPA DE TORTILLA SOPA DE ARROZ BLANCO CON

CHICHARO ESPAGUETTI

CHULETA DE CERDO NATURAL

RES CON CALABACITA Y ELOTE POLLO A LA JARDINERA PICADILLO A LA MEXICANA ¿? POLLO A LA PLANCHA

FRIJOLES DE LA OLLA FRIJOLES DE LA OLLA ENSALADA DE LECHUGA CON

TOMATE FRIJOLES ENSALADA DE LECHUGA Y PEPINO

TORTILLAS TORTILLAS TORTILLAS TORTILLAS TORTILLAS

AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR

NARANJA MANZANA MAZAPAN PIÑA CON CHILE LUNETAS

Cola

c

ión

PALANQUETA FLAN UVAS GALLETAS DULCES NIEVE DE FRESA

Cena

JUGO DE MANZANA JUGO DE NARANJA LECHE NATURAL JUGO DE PIÑA

ENTOMATADAS ENSALADA DE ATUN SINCRONIZADAS CON TORTILLA DE HARINA (JAMON Y QUESO

AMARILLO) TINGA DE POLLO

CHAYOTES AL VAPOR GUACAMOLE

TOSTADAS TOSTADAS

MELON CANTALUP PAN DULCE GUAYABA PAN DULCE

INTERNADO EDUCACIÓN

SEMANA 5

510

21 22 23 24 25

Desa

yunos

LECHE NATURAL JUGO DE UVA AVENA CON LECHE JUGO DE NARANJA LECHE CON CHOCOLATE

PAPAS A LA MEXICANA SALCHICHAS GUISADAS HOT CAKES CON MIEL HUEVOS ESTRELLADOS PAN TOSTADO CON MERMELADA

FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS FRIJOLES REFRITOS

TORTILLAS TORTILLAS BOLILLO

GUAYABA MELON PLATANO MANDARINA PAPAYA

Cola

ció

n

MEDIO SANDWICH CON CAJETA

CARLOTA DE LIMON YOGURT CON CEREAL GALLETAS DE AVENA COCTEL DE FRUTAS CON MIEL

Com

ida

SOPA DE ARROZ A LA JARDINERA

ESPAGUETTI VERDE SOPA DE ARROZ ROJO CREMA DE ELOTE CONSOME DE VERDURAS

CARNE EN SU JUGO PESCADO A LA PLANCHA COCIDO DE RES POLLO AL HORNO HAMBURGUESA

FRIJOLES VERDURAS SALTEADAS VERDURAS PURE DE PAPA PAPAS A LA FRANCESA

TORTILLAS TORTILLAS TORTILLAS TORTILLAS

AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR AGUA DE SABOR

GOMITAS PAPAYA MANZANA CHOCOLATE MAZAPAN

Cola

ció

n

PEPINO PREPARADO PALOMITAS NATURALES JICAMA CON CHILE NARANJA PALANQUETA

Cena

JUGO DE UVA LECHE CON CHOCOLATE JUGO DE GUAYABA LECHE CON CHOCOLATE

TACOS DE PAPA CON CHORIZO

ENTOMATADAS DE QUESO SANDWICH DE JAMON ENFRIJOLADAS DE POLLO

ENSALADA DE LECHUGA CON TOMATE

SALSA MEXICANA

DULCE DE TAMARINDO GELATINA DE UVA PAN DULCE GELATINA DE LIMON

MENU PATRON (GRAMAJES Y APORTACIÓN CALORICA)

PARA ALUMNOS DEL 6 a 9 AÑOS (283)

DESAYUNO CANTIDAD KCAL

BEBIDA 200 ml 123

GUISADO 90 g 170

GUARNICIÓN 35 g 65

TORTILLAS O BOLILLO 2 pza 90G. 128

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El servicio

FRIJOLES 35 g 44

FRUTA O POSTRE 80 g 100

630

COMIDA CANTIDAD KCAL

SOPA 200 ml. 60

GUISADO 110 g 200

GUARNICIÓN 35 g 65

TORTILLAS O BOLILLO 2 pzas ó 1 pza 90g 128

FRIJOLES 35 g 44

AGUA DE SABOR 500 ml. 115

POSTRE 80 g 100

712

CENA CANTIDAD KCAL

BEBIDA 200 ml. 123

GUISADO 90 g 170

GUARNICIÓN 35 g 65

POSTRE 80 g 100

458

KCAL POR DIA 1800

MENU PATRON (GRAMAJES Y APORTACIÓN CALORICA) PARA ALUMNOS DEL 10 a 13 AÑOS (297)

DESAYUNO CANTIDAD KCAL

BEBIDA 250 ml 150

GUISADO 90 g 170

GUARNICIÓN 40 g 70

TORTILLAS O BOLILLO 4 pza 90G. 256

FRIJOLES 35 g 44

FRUTA O POSTRE 80 g 100

680

COMIDA CANTIDAD KCAL

SOPA 200 ml. 60

GUISADO 130 g 220

GUARNICIÓN 40 g 74

TORTILLAS O BOLILLO 4 pzas ó 1 pza 90g 256

FRIJOLES 35 g 44

AGUA DE SABOR 500 ml. 110

POSTRE 80 g 100

864

CENA CANTIDAD KCAL

BEBIDA 250 ml. 154

GUISADO 90 g 170

GUARNICIÓN 40 g 70

POSTRE 80 g 100

494

2038 kcal por día

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DIA DEL NIÑO NAVIDAD (Posada)

COMIDA Hamburguesa Hot Dog

Pizza Tacos dorados

Tacos de guisado

Pozole Carne en su jugo Tacos al vapor

Lonchecitos tipo Gemma Tacos de guisado

POSTRE Dona Muffin

Pastelillo

Buñuelo Dona

Pastelillo

BEBIDA Agua de horchata Jugo de

naranja o manzana

Ponche Agua de horchata

Jugo de naranja o manzana

OTRO Bolo navideño individual (dulces)

anteriormente descrito deben de cumplir con las especificaciones ofertadas en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR respecto de LAS BASES motivo de la INVITACIÓN A POR LO MENOS TRES PROVEEDORES ITP07/2016 denominada “SUMINISTRO, ELABORACIÓN Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS PARA EL INTERNADO BEATRIZ HERNANDEZ DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, las cuales forman parte integral del presente contrato para todos los efectos legales a que haya lugar.

TERCERA.- DE LA ENTREGA. El servicio objeto de este contrato deberá suministrarse diariamente a partir del día 01 uno del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis y hasta el 31 treinta y uno del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, (solo los días hábiles escolares de acuerdo al Calendario Escolar de LA DEPENDENCIA), de lunes a viernes en días hábiles, dentro de los horarios establecidos, cinco veces al día (desayuno, refrigerio, comida, refrigerio y cena), conforme a lo establecido en el Anexo 1 de estas bases, en el Internado Beatriz Hernández, ubicado en calle Angulo No. 852 entre Juan N. Cumplido y Herrera y Cairo, en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, y en el Internado Valentín Gómez Farías, ubicado en calle Obreros de Cananea No. 1027 entre Juan Domínguez y Melitón Álvarez, Col. Constitución, en Zapopan, Jalisco.,

CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 01 uno del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis y hasta el 31 treinta y uno del mes de Diciembre del año 2016 dos mil dieciséis, a excepción de las garantías, las cuales seguirán surtiendo sus efectos hasta el término de su vigencia.

QUINTA.- DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio para el objeto de este contrato hasta por la cantidad de $2’366,829.20 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 20/100 Moneda Nacional) Impuesto al Valor Agregado incluido. Considerando lo siguiente:

Progresivo Cantidad (hasta por)

Concepto Precio Unitario Importe

1 48,350 Elaboración de Alimentos Desayunos para el Internado Beatriz Hernández

$10.51 $508,158.50

2 48,350 Elaboración de Alimentos Primer Refrigerio para el Internado Beatriz Hernández

$2.10 $101,535.00

3 48,350 Elaboración de Alimentos Comidas para el Internado Beatriz Hernández

$18.18 $879,003.00

4 48,350 Elaboración de Alimentos Segundo Refrigerio para el Internado Beatriz Hernández

$2.43 $117,490.50

5 48,350 Elaboración de Alimentos Cenas para el Internado Beatriz Hernández

$8.98 $434,183.00

Subtotal $2´040,370.00

IVA $326,459.20

Gran Total $2´366,829.20

El precio por servicio, impuesto al valor agregado incluido es de $48.96 (cuarenta y ocho pesos 96/100 Moneda Nacional.) Se entiende como ración el suministro de cada alimento (desayuno, comida o cena y refrigerio). Se entiende por un servicio: el suministro de las 3 tres raciones por persona más los dos refrigerios.

SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas realizará el pago a EL PROVEEDOR en Moneda Nacional, dentro de los 20 veinte días hábiles siguientes, contados a

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partir de la fecha en que sea presentada la facturación para el inicio de su validación en la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, en el inmueble ubicado en Prolongación Avenida Alcalde No. 1221, Col. Miraflores, Guadalajara, Jalisco, respectivamente de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas. Para el pago de parcialidades deberá presentar:

a) Original y 3 tres copias de la factura a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la calle Pedro Moreno No 281, Guadalajara Centro, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99, sellada y firmada por el responsable de LA DEPENDENCIA.

b) Orden de Compra (2 dos copias).

c) Anexo de Facturación y Entregas (2 dos copias)

d) 2 dos copias del Contrato.

e) 2 dos copias de la Garantía de cumplimiento del contrato por el 10% diez por ciento del monto total.

f) Oficio de recepción del servicio por LA DEPENDENCIA Para el pago de finiquito:

a) Original y 3 tres copias de la factura a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la calle Pedro Moreno No 281, Guadalajara Centro, Guadalajara, Jalisco, C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99, sellada y firmada por el responsable de LA DEPENDENCIA.

b) Original de la Orden de Compra

c) Original del Anexo de Facturación y Entregas (2 dos copias)

d) 2 dos copias del Contrato.

e) 2 dos copias de la Garantía de cumplimiento del contrato por el 10% diez por ciento del monto total.

g) Oficio de recepción del servicio por LA DEPENDENCIA

SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. La garantía del 10% del monto del contrato otorgada por EL PROVEEDOR en los términos de LAS BASES, deberá ser emitida a favor de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos, mala calidad en el objeto de este contrato, y/o por cualquier incumplimiento en las obligaciones en él establecidas, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco OCTAVA.- DE LA GARANTIA DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los servicios objeto de este contrato, en el entendido de que los prestará con la mejor calidad, diligencia y con personal calificado a efecto de cumplir con las especificaciones requeridas por LA SECRETARÍA. NOVENA.- DE LAS SANCIONES.- Se podrá cancelar el Contrato y podrá hacerse efectiva la Garantía de cumplimiento del Contrato en los siguientes casos:

a) Cuando EL PROVEEDOR no cumpla con alguna de las obligaciones estipuladas en el contrato.

b) Cuando hubiese transcurrido el plazo adicional que se concede a los proveedores, para corregir las causas de rechazos que en su caso se efectúen.

c) En caso de entregar servicios con especificaciones diferentes a las ofertadas, que por defectos,

o falta de calidad en general o por cualquier otro incumplimiento de las condiciones pactadas, la Comisión considerará estas variaciones como un acto doloso y será razón suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato y la cancelación total contrato, aun cuando el incumplimiento sea parcial e independientemente de los procesos legales que se originen.

DECIMA.- PENAS CONVENCIONALES. Estas se aplicarán de acuerdo a los casos y por los montos que a continuación se citan:

a) Cuando EL PROVEEDOR tenga un atraso de 10 diez a 20 veinte minutos en cada suministro de alimentos a los administrativos y operativos de los internados, de conformidad a los horarios y condiciones establecidas en el Anexo 1 de LAS BASES, se le aplicará una sanción del 10% diez por

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ciento del monto equivalente al día en que incurrió la falta, de 21 veintiún minutos en adelante se podrá optar por rescindir el contrato, independientemente del pago de los daños y perjuicios que se originen.

b) Cuando existan reportes documentados, elaborados por parte de LA DEPENDENCIA, en los que

se detecte que en tres ocasiones dentro de un período de treinta días naturales, se generó atraso en el suministro de alimentos y/o la calidad de los productos alimenticios no son los acordados, se aplicará una sanción equivalente al 10% diez por ciento del monto facturado en la semana en que cometió la falta por tercera ocasión, de 4 cuatro ocasiones incidentales en adelante se podrá optar por rescindir el contrato.

En el caso de que EL PROVEEDOR no preste el servicio de acuerdo a las especificaciones del Anexo 1 de LAS BASES y de su PROPUESTA presentada, por cualquier causa que no sea imputable a LA SECRETARÍA o a LA DEPENDENCIA, la Dirección de los internados, tendrá la facultad de levantar las actas circunstanciadas necesarias de las situaciones que generen el incumplimiento, mismas que deberán firmar el Chef o la persona que en ese momento se encuentre en calidad de encargado de la supervisión de los servicios por parte de EL PROVEEDOR, si éste se negara a firmar dicha acta, esta se redactara en su rebeldía ante la presencia de dos testigos, para los efectos legales correspondientes, y se enviara al correo electrónico del EL PROVEEDOR proporcionado en el Anexo 3 de LAS BASES, para conocimiento del mismo.

DÉCIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDAD PARTICULAR DEL PROVEEDOR.- EL PROVEEDOR responde de cualquier responsabilidad o reclamación planteada en contra de LA SECRETARÍA, derivada de actos o hechos realizados directa o indirectamente por personal del PROVEEDOR, así como cubrir a LA SECRETARÍA cualquier erogación que por tales conceptos tuviera que efectuar. Siempre que dichas responsabilidades se produzcan por culpa o negligencia del PROVEEDOR su personal o de terceros que este contrate, así mismo responderá ante LA SECRETARÍA de la realización de ilícitos por cualquiera de las personas antes señaladas o como resultado de actos realizados en contravención a instrucciones de LA SECRETARÍA, o que habiendo requerido consentimiento de esta última, no hubiere sido obtenido previamente en el caso de que LA SECRETARÍA, obligándose EL PROVEEDOR, a mantener libre de demandas, reclamaciones, juicios y quejas a LA SECRETARÍA, quedando dichas obligaciones amparadas con la fianza de cumplimiento y en caso de que LA SECRETARÍA tuviera que realizar el pago de concepto alguno, se le dará el tratamiento de crédito fiscal y se aplicarán las reglas que desprendan del código fiscal de la federación para tales casos.

DÉCIMA SEGUNDA.- ATRASO EN LA ENTREGA. Si en cualquier momento en el curso de la ejecución del contrato, EL PROVEEDOR se encontrara en una situación que impidiera la entrega oportuna del servicio por causas necesariamente justificadas, deberá notificar de inmediato por escrito a LA SECRETARÍA, de conformidad con el primer párrafo de la fracción tercera del artículo 21 del reglamento; las causas de la demora y su duración probable, solicitando en su caso prórroga para su regularización, mínimo 10 días naturales anteriores al vencimiento del plazo de entrega pactado en el contrato. La prórroga se gestionará ante la instancia que autorice el contrato. En caso de no ser contestada la prórroga o se conteste de forma negativa, se estará a lo señalado en la cláusula del contrato relativa a la penalizaciones por atraso en la entrega.

DÉCIMA TERCERA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación establecida en LA PROPUESTA y en el presente contrato, cuando los servicios objeto de este contrato sean de características inferiores a las solicitadas en el anexo de especificaciones de LAS BASES y/o cuando difieran de dicho anexo en perjuicio de LA SECRETARÌA. Este hecho será notificado de manera indubitable a EL PROVEEDOR, independientemente de hacer efectiva o no la fianza de garantía de cumplimiento del contrato. En caso de incumplimiento de las obligaciones de LA PROPUESTA, así como del contrato, además hacer efectiva la garantía de cumplimiento, y/o solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco. DECIMA CUARTA.- DE LA CESION. EL PROVEEDOR no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA.

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DECIMA QUINTA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el personal que contrate o emplee con motivo de la prestación de los servicios objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA, y/o entidad pública involucrada, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la ley federal del trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato. DECIMA SEXTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los servicios objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, ó por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En ambos casos se realizará el pago de los gastos generados hasta el momento que se notifique la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados. DECIMA SEPTIMA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA SECRETARÍA será la encargada de vigilar e inspeccionar que los servicios objeto del presente contrato cumplan con las especificaciones solicitadas en el anexo de especificaciones de LA SOLICITUD, teniendo las facultades para designar al personal que estime necesario para tal efecto. Sin perjuicio de lo anterior podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento. DECIMA OCTAVA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación. DECIMA NOVENA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en los ANEXOS de LAS BASES y LA PROPUESTA y para lo no previsto en los anteriores se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder. Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

LA SECRETARÍA EL PROVEEDOR

RUBRICA

Lic. Salvador González Reséndiz.

Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas

del Gobierno del Estado de Jalisco.

RUBRICA

C. Gabriela Esperanza Ledezma Barragán

Representante Legal de Alimentos Ledezma Sociedad de Responsabilidad Limitada.

TESTIGO TESTIGO

RUBRICA

Lic. Enrique Moreno Villalobos,

Director General de Abastecimientos de la Subsecretaría de Administración, Secretaría de

Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco.

RUBRICA

Lic. Ana Margarita Hurtado Torres,

Coordinador de Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno

del Estado de Jalisco.

La presente hoja de firmas forma parte del Contrato número 66/16 de fecha 01 uno del mes de Abril del año 2016 dos mil dieciséis, celebrado por el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y la empresa de ALIMENTOS LEDEZMA, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Amht /Xavier Acevedo