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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS DOMINGOS Y FESTIVOS Número 59 Página 1 Lunes, 12 de marzo de 2007 EDITA Diputación Provincial de Valladolid DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958 (FRANQUEO CONCERTADO 47/3) INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA Administración del B.O.P. Avda. Ramón y Cajal s/n (Valladolid) B.O.P. consultas en: www.diputaciondevalladolid.es III.- ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Medio Am- biente y Desarrollo Sostenible. Servicio de Salud y Consumo. Sección de Procedimiento. Anuncio de li- citación para contratar mediante subasta las autoriza- ciones para ocupación de vía pública, durante la tempo- rada 2007 para instalación de puestos de venta de he- lados. Página 2. (Ref. 1856/2007) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras. Servicio de Planeamien- to y G.U. Sección de Planeamiento. Aprobación defi- nitiva del Estudio de Detalle en el APE 58, Ribera de Santo Domingo. Página 3. (Ref. 1817/2007) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras. Servicio de Planeamien- to y G.U. Sección de Planeamiento. Aprobación defi- nitiva del Estudio de Detalle de la parcela núm. 18 del Plan Parcial Villa del Prado. Página 13. (Ref. 1819/2007) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Servicio de Control de la Legalidad Urbanística. Sección de Licencias. Información pública de solicitudes de licencias ambien- tales relativas a los exptes. 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41. Página 17. (Ref. 1852/2007) AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA. Concejalía de Seguridad Vial y Ciudadana. Notifica- ción de denuncia a Alonso Petherbndge Adrieu Marc y otros. Página 17. (Ref. 1854/2007) AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA. Concejalía de Seguridad Vial y Ciudadana. Notifica- ción de resolución de expedientes sancionadores de tráfico a, Arranz Puertas Enrique y otros. Página 18. (Ref. 1843/2007) AYUNTAMIENTO DE ATAQUINES. Aprobación del proyec- to básico y de ejecución de la obra de reforma de la Plaza Mayor. Página 19. (Ref. 1889/2007) AYUNTAMIENTO DE BARCIAL DE LA LOMA. Información pública relativa a solicitud de licencia ambiental intere- sada por Luis Alberto y Fernando Fernández Cando. Página 19. (Ref. 1842/2007) AYUNTAMIENTO DE BARRUELO DEL VALLE. Aprobación inicial del presupuesto general ejercicio 2007. Página 19. (Ref. 1858/2007) AYUNTAMIENTO DE BOECILLO. Información pública rela- tiva a solicitud de licencia ambiental interesada por Cotesa. Página 20. (Ref. 1859/2007) AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO. Aprobación definitiva del presupuesto general ejercicio 2007. Página 20. (Ref. 1891/2007) AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO. Anuncio de convocatoria para ocupar el cargo de juez de paz titular y sustituto. Página 20. (Ref. 1887/2007) AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS. Información pública relativa a la solicitud de licencia ambiental a ins- tancia de Agropecuaria de Cuenca de Campos, S.L. Página 20. (Ref. 1886/2007) AYUNTAMIENTO DE FUENTE OLMEDO. Aprobación ini- cial del presupuesto general correspondiente al ejercicio 2007. Página 21. (Ref. 1841/2007) AYUNTAMIENTO DE FUENTE OLMEDO. Exposición públi- ca de la cuenta general del presupuesto correspondien- te al ejercicio 2006. Página 21. (Ref. 1839/2007) SUMARIO TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTA Suscripción anual ..................................60,00Ejemplar del día........................................0,60Ejemplar atrasado ....................................1,20(A estas tarifas se les aplicará el IVA vigente en cada momento)

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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS DOMINGOS Y FESTIVOS

Número 59 Página 1Lunes, 12 de marzo de 2007

EDITADiputación Provincial de Valladolid

DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958(FRANQUEO CONCERTADO 47/3)

INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA

Administración del B.O.P. Avda. Ramón y Cajal s/n (Valladolid)B.O.P. consultas en: www.diputaciondevalladolid.es

III.- ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Medio Am-

biente y Desarrollo Sostenible. Servicio de Salud yConsumo. Sección de Procedimiento. Anuncio de li-citación para contratar mediante subasta las autoriza-ciones para ocupación de vía pública, durante la tempo-rada 2007 para instalación de puestos de venta de he-lados.

Página 2. (Ref. 1856/2007)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo,Vivienda e Infraestructuras. Servicio de Planeamien-to y G.U. Sección de Planeamiento. Aprobación defi-nitiva del Estudio de Detalle en el APE 58, Ribera deSanto Domingo.

Página 3. (Ref. 1817/2007)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo,Vivienda e Infraestructuras. Servicio de Planeamien-to y G.U. Sección de Planeamiento. Aprobación defi-nitiva del Estudio de Detalle de la parcela núm. 18 delPlan Parcial Villa del Prado.

Página 13. (Ref. 1819/2007)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Servicio de Controlde la Legalidad Urbanística. Sección de Licencias.Información pública de solicitudes de licencias ambien-tales relativas a los exptes. 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y41.

Página 17. (Ref. 1852/2007)

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA.Concejalía de Seguridad Vial y Ciudadana. Notifica-ción de denuncia a Alonso Petherbndge Adrieu Marc yotros.

Página 17. (Ref. 1854/2007)

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA.Concejalía de Seguridad Vial y Ciudadana. Notifica-ción de resolución de expedientes sancionadores detráfico a, Arranz Puertas Enrique y otros.

Página 18. (Ref. 1843/2007)

AYUNTAMIENTO DE ATAQUINES. Aprobación del proyec-to básico y de ejecución de la obra de reforma de laPlaza Mayor.

Página 19. (Ref. 1889/2007)

AYUNTAMIENTO DE BARCIAL DE LA LOMA. Informaciónpública relativa a solicitud de licencia ambiental intere-sada por Luis Alberto y Fernando Fernández Cando.

Página 19. (Ref. 1842/2007)

AYUNTAMIENTO DE BARRUELO DEL VALLE. Aprobacióninicial del presupuesto general ejercicio 2007.

Página 19. (Ref. 1858/2007)

AYUNTAMIENTO DE BOECILLO. Información pública rela-tiva a solicitud de licencia ambiental interesada porCotesa.

Página 20. (Ref. 1859/2007)

AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO.Aprobación definitiva del presupuesto general ejercicio2007.

Página 20. (Ref. 1891/2007)

AYUNTAMIENTO DE CASTROVERDE DE CERRATO.Anuncio de convocatoria para ocupar el cargo de juezde paz titular y sustituto.

Página 20. (Ref. 1887/2007)

AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS. Informaciónpública relativa a la solicitud de licencia ambiental a ins-tancia de Agropecuaria de Cuenca de Campos, S.L.

Página 20. (Ref. 1886/2007)

AYUNTAMIENTO DE FUENTE OLMEDO. Aprobación ini-cial del presupuesto general correspondiente al ejercicio2007.

Página 21. (Ref. 1841/2007)

AYUNTAMIENTO DE FUENTE OLMEDO. Exposición públi-ca de la cuenta general del presupuesto correspondien-te al ejercicio 2006.

Página 21. (Ref. 1839/2007)

SUMARIO

TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTASuscripción anual ..................................60,00€

Ejemplar del día........................................0,60€

Ejemplar atrasado ....................................1,20€

(A estas tarifas se les aplicará el IVA vigente en cada momento)

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AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR. Anuncio relativo a la adjudica-ción del contrato para la gestión del servicio público deLa Residencia Juvenil Municipal.

Página 21. (Ref. 1855/2007)

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Informaciónpública relativa a solicitud de licencia ambiental intere-sada por Antonio Aja Morchón.

Página 21. (Ref. 1862/2007)

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Aprobación ini-cial del presupuesto general ejercicio 2007.

Página 21. (Ref. 1850/2007)

AYUNTAMIENTO DE LLANO DE OLMEDO. Exposición pú-blica de la cuenta general ejercicio 2006.

Página 21. (Ref. 1892/2007)

AYUNTAMIENTO DE LLANO DE OLMEDO. Informaciónpública relativa a la solicitud de licencia ambiental a, ins-tancia de Cesar Miranda Monedero.

Página 21. (Ref. 1883/2007)

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO. Aprobacióndefinitiva del presupuesto general ejercicio 2007.

Página 22. (Ref. 1866/2007)

AYUNTAMIENTO DE PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN.Anuncio de licitación para contratar las concesiones dequiosco-bar de Sacedón, plaza toros y parque jardinesde Castilla.

Página 22. (Ref. 1878/2007)

AYUNTAMIENTO DE PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN.Anuncio relativo a imposición y ordenación de contribu-ciones especiales para financiación de las obras “colec-tor de saneamiento”.

Página 23. (Ref. 1879/2007)

AYUNTAMIENTO DE QUINTANILLA DE ONÉSIMO. Infor-mación pública relativa a solicitud de licencia ambiental,interesada por Áridos Emilio Andrés, S.L.

Página 23. (Ref. 1830/2007)

AYUNTAMIENTO DE SERRADA. Exposición pública de lis-ta cobratoria del padrón de abastecimiento-alcantarilla-do-basura correspondiente al 4º trimestre de 2006.

Página 23. (Ref. 1840/2007)

AYUNTAMIENTO DE TRASPINEDO. Información públicarelativa a solicitud de licencia ambiental interesada porRubén Herrero Olmedo.

Página 23. (Ref. 1838/2007)

AYUNTAMIENTO DE VILLABRÁGIMA. Notificación en exp-te. de licencia ambiental AMB/12/07, por colindantes aClaudia Alonso Martín y otra.

Página 23. (Ref. 1888/2007)

IV.- ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 4.

Notificación de sentencia a Hababab El Moussaqui enjuicio de faltas núm. 694/2006.

Página 24. (Ref. 1786/2007)

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 1.Citación a Pastas Cabañas, S.A. en demanda núm.112/2007.

Página 24. (Ref. 1868/2007)

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 1.Citación a Construcciones y Rehabilitaciones Nuevasdel Norte, S.L. en demanda núm. 1212/2006.

Página 24. (Ref. 1869/2007)

2 12 de marzo de 2007

III.- ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Servicio de Salud y Consumo

Sección de Procedimiento

RESOLUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDREFERENTE A LA SUBASTA DE AUTORIZACIONES PARA

OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA, DURANTE LA TEMPORADA2007 PARA LA INSTALACIÓN DE PUESTOS DE VENTA

DE HELADOS (Expte n° 2.3.1.33.001/2007)

1.-Objeto del contrato.

El Ayuntamiento de Valladolid convoca subasta para otorgar au-torizaciones de ocupación de vía pública, durante la temporada delpresente año para la venta de helados, que comenzará el día si-guiente al de la adjudicación y finalizará el 31 de octubre.

2.-Oficina responsable de la tramitación.

Sección de Procedimiento. Servicio de Salud y Consumo.

Casa del Barco. García Morato, 11 bis.

983 42 62 12. [email protected].

3.-Examen de la documentación.

El Pliego de Cláusulas y anexos de la subasta se hallan de ma-nifiesto en la Sección de Procedimiento del Servicio de Salud yConsumo, situada en la Casa del Barco, García Morato 11 bis de8,30 a 14,30 horas, de lunes a viernes, hasta la finalización del pla-zo de presentación de ofertas.

Las bases aparecerán asimismo publicadas en la página web delAyuntamiento de Valladolid. www.ava.es.

Los gastos de estas publicaciones se repartirán entre los adjudi-catarios de forma proporcional hasta una cuantía máxima del 1% dela cantidad total por la que los diversos puestos queden adjudicados.

4.-Presentación de ofertas.

La presentación de ofertas optando a la subasta se efectuará enla mencionada Sección de Procedimiento, dentro de los quince dí-as siguientes contados a partir de la publicación preceptiva en elBOP. Si el último día del plazo recayera en festivo o sábado, el pla-zo se entenderá prorrogado hasta las 14,30 del inmediato día hábilposterior.

Todos los plazos que se señalan por días en este Pliego, salvoque expresamente se diga otra cosa, se entienden referidos a díasnaturales.

Las proposiciones se presentarán en la forma establecida en lascláusulas 8 y 9 del Pliego de Condiciones.

5.-Apertura de proposiciones.

Una vez concluido el plazo de presentación de proposiciones seconstituirá la Mesa de Contratación y calificará los documentos pre-sentados en tiempo y forma, a cuyo efecto, el Presidente ordenarála apertura de los sobres, con exclusión del relativo a la proposicióny el Secretario certificará la relación de documentos que figuren encada uno de ellos.

La Mesa se pronunciará sobre el resultado de la calificación ex-presando las proposiciones rechazadas y causas de inadmisión ylas proposiciones admitidas. Si observase defectos materiales en ladocumentación presentada concederá un plazo no superior a tresdías para que el licitador, o licitadores, lo subsanen.

A las doce horas del octavo día hábil siguiente al de finalizacióndel plazo señalado para la presentación de proposiciones, o del in-mediato siguiente si aquél coincidiera en sábado, la Mesa se pro-nunciará, en su caso, sobre la admisión o no de las proposicionescorrespondientes a la documentación cuya calificación hubiera da-do lugar a la observación de defectos subsanables y seguidamen-te, en acto público, que tendrá lugar en una Sala del Área de MedioAmbiente, a la apertura de los sobres que contengan las proposi-ciones admitidas.

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Valladolid, 1 de marzo de 2007.-El Concejal Delegado Generaldel Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Delegación delExcmo. Sr. Alcalde, Decreto 5805/2005), José Carlos Muñoz Mateo.

1856/2007

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

Servicio de Planeamiento y G.U.

Sección de Planeamiento

ESTUDIO DE DETALLE EN EL APE 58“RIBERA DE SANTO DOMINGO”

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 6 defebrero de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:

“Visto el expte. nº 21.748/05, promovido por D. Carlos RamosHernández, en representación de Sociedad Patrimonial de Terrenose Inmuebles, S.L., relativo al Estudio de Detalle en el APE 58 “Riberade Santo Domingo”; y atendido que:

1º) La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 16 dediciembre de 2005, acordó aprobar inicialmente dicho Estudio deDetalle en el APE 58 del PGOU, constituido como un sector de SueloUrbano no Consolidado, sin desarrollar, cuyas condiciones de orde-nación se regulan en el art. 191 del Plan General. El Estudio deDetalle, por tanto, está dirigido al desarrollo de este APE 58, de con-formidad con lo regulado en el art. 145.2 del PGOU.

La aprobación inicial se hizo conforme al documento incorpora-do al expediente como Anexo 2 (con fecha de visado 3 de agostode 2005), y determinadas prescripciones, puestas de manifiesto enlos informes municipales de 7 y 24 de octubre de 2005.

2º) Asimismo se acordó la apertura de un periodo de informaciónpública por plazo de un mes; llevado a cabo mediante la inserciónde anuncios en prensa local, BOP y BOCyL, durante el mismo se haformulado alegación por D. Federico López-Areal Monje, en repre-sentación de Construcciones Arranz Acinas, S.A. en un triple senti-do:

1º. Merma en la superficie de su parcela y modificación en la de-limitación del Sector entre la efectuada por el Estudio de Detalle yel PGOU;

2º. La zonificación contradice las prescripciones del PGOU; y

3º. Ausencia de coeficientes de ponderación entre los diversosusos residenciales.

Examinadas tales alegaciones, así como lo manifestado por elpromotor en su escrito de 30 de marzo de 2006, se ha emitido porel Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística informe de 9 demayo de 2006, en el que se pone de manifiesto:

1º. Será en la fase de gestión donde se aclaren superficies depropiedades y aprovechamientos correspondientes. Por otro lado,según los datos aportados por la Memoria del Estudio de Detalle, lasuperficie del Sector es de 67.704,63 m2, que se corresponde con48.534,07 m2 de SUNC, 15.874,23 m2 de SS.GG. y 3.296,33 m2 deviales correspondientes al Callejón de la Alcoholera.

En el acta de expropiación para la expropiación de la RondaInterior Sur, dicha finca matriz fue disminuida en su superficie comoconsecuencia de las expropiaciones en aproximadamente 1.407m2; como consecuencia se acepta como límite del Sector la líneade expropiación correspondiente, a efectos de ordenación.

2º. Existe una ligera discrepancia entre la normativa del PGOU(art. 191): altura máxima B+II en la zona Oeste y B+III en la zona Este,y las pautas de los planos de la Serie 1 para la zona Oeste: Resi-dencial y usos compatibles (B+III). En aplicación del art. 176 delRUCyL, en estos casos debe de prevalecer la Normativa sobre losplanos.

3º. Se ha requerido (Decreto de 10 de mayo de 2006) que se in-corporen al Estudio de Detalle los coeficientes de ponderación enrazón de los usos y tipología, justificando la propuesta que se efec-túe.

3º) Solicitados los informes preceptivos, regulados en el art. 153del RUCyL, no se ha emitido el correspondiente a la DiputaciónProvincial. El Servicio Territorial de Fomento ha comunicado su infor-me al Ayuntamiento fuera claramente del plazo legal (finalizó el plazoen febrero de 2006 y tuvo entrada en el Ayuntamiento en junio de di-cho año); en consecuencia y en aplicación del art. 153.3 de dichoReglamento, han de entenderse favorables. No obstante, y en cuan-

to al fondo del asunto, este informe del Servicio Territorial hace refe-rencia a: la necesidad de solicitar determinados informes sectoriales,la reserva del 10% de viviendas de protección pública, el estableci-miento de viarios con tráficos diferenciados, y que tanto el centro detransformación como el de mando de alumbrado estén ubicados enparcelas calificadas como Servicios Urbanos. Pues bien, las dos pri-meras objeciones han sido atendidas; el tema de los viarios se esti-ma conveniente dejarlo como está (aplicando el art. 358.7 del PlanGeneral); y la última prescripción se considera también atendible.

4º) Se ha presentado un Texto Refundido II del Estudio de Detalle(visado el 29 de septiembre de 2006), incorporado al expediente co-mo Anexo 3, para la aprobación definitiva. Por el Servicio dePlaneamiento y Gestión Urbanística se ha emitido con fecha 30 deoctubre de 2006, informe favorable sobre el mismo.

5º) Corresponde al Pleno Municipal la aprobación definitiva delEstudio de Detalle (art. 123.1.i de la Ley 57/2003), acuerdo que po-drá adoptarse por mayoría simple (art. 123.2 de dicha Ley 57/2003).

SE ACUERDA:

I. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en el APE 58“Ribera de Santo Domingo”, promovido por D. Carlos RamosHernández, en representación de Sociedad Patrimonial de Terrenose Inmuebles, S.L., conforme al documento incorporado al expedien-te como Anexo 3 y la prescripción de que tanto el Centro de trans-formación como el Centro de mando del alumbrado deben ubicar-se en parcela calificada como Servicio Urbanos.

II. Estimar o desestimar las alegaciones formuladas por D.Federico López-Areal Monje, en representación de ConstruccionesArranz Acinas, S.A., en el sentido indicado en el fundamento 2º deeste acuerdo.

II. Declarar que el presente acuerdo pone fin a la vía administra-tiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.”

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, signifi-cándole que contra esta resolución, que pone fin a la vía adminis-trativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante elPleno Municipal en el plazo de un mes o directamente recurso con-tencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del TribunalSuperior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses.En ambos casos referido plazo se computará a partir del siguientedía al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia y Boletín Oficial de Castilla y León – última inserción -.

En el supuesto de presentarse recurso de reposición no se po-drá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquelsea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaciónpor silencio.

Valladolid, 8 de febrero de 2007.-El Alcalde, P.D., El ConcejalDelegado, (Dto. nº 5.805 de 15/06/05), José Antonio García de Coca.

Estudio de Detalle en el APE 58 Ribera de Santo Domingo

RELACIÓN DE DOCUMENTOS

- Memoria.

- Anexos a la Memoria.

- Fichas.

- Anexo Infraestructuras.

- Documentación fotográfica.

- Documentación notarial, registral y catastral.

- Normativa.

- Estudio Económico.

- 28 Planos.

MEMORIA

TEXTO REFUNDIDO II

ESTUDIO DE DETALLE

ÁREA DE PLANEAMIENTO ESPECÍFICO Nº 58 (A.P.E.- 58) DELP.G.O.U. DE VALLADOLID “RIBERA DE SANTO DOMINGO”

MEMORIA INFORMATIVA

1.-ANTECEDENTES Y OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE

El presente Estudio de Detalle se redacta por encargo de las en-tidades mercantiles:

12 de marzo de 2007 3

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“Sociedad Patrimonial de Terrenos e Inmuebles, S.L.” con domi-cilio en Madrid (Código Postal 28020), Calle Apolinio Morales, 17-9ºy C.I.F.: B- 83 73 02 18.

“Promociones y Construcciones, PYC, PRYCONSA, S.A.”, domi-ciliada en Madrid, Glorieta de Cuatro Caminos, 6 y 7, y con C.I.F. A-28158053.

“Construcciones Arranz Acinas S.A.”, domiciliada en Burgos(Código Postal 09004), Plaza de España número 1-1º.

El Área de Planeamiento Específico nº 58 (APE – 58), “Ribera deSanto Domingo” constituye un ámbito de Suelo Urbano NoConsolidado convenientemente delimitado en la DocumentaciónGráfica de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanade Valladolid para su Adaptación a la Ley 5/1999 (en adelanteP.G.O.U.)

La mercantil “Sociedad Patrimonial de Terrenos e Inmuebles,S.L.” es propietaria de 27.513,93 m2. de suelo urbano no consoli-dado dentro del A.P.E.-58 y de 9.155,41 m2. de Sistemas Generalesadscritos al mismo (total 36.669,41 m2), lo que representa el56,93263135341 % del total del ámbito del A.P.E.

La mercantil “Construcciones Arranz Acinas S.A.”, es propieta-ria de 13.116,78 m2. de suelo urbano no consolidado dentro delA.P.E.-58 y de 4.186,00 m2. de Sistemas Generales adscritos al mis-mo (total 17.302,78 m2), lo que representa el 26,86420849486 % deltotal del ámbito del A.P.E.

La mercantil “Promociones y Construcciones, PYC, PRYCONSA,S.A.” es propietaria de 7.903,36 m2. de suelo urbano no consolida-do dentro del A.P.E.-58 y de 2.532,82 m2. de Sistemas Generalesadscritos al mismo (total 10.436,18 m2), lo que representa el16,20316015173 % del total del ámbito del A.P.E.

El Art. 145 de la Normativa del P.G.O.U. identifica cada una deestas áreas como “Sector” en terminología “LUC y L”, es decir, y pa-ra el presente caso de Suelo Urbano No Consolidado, un ámbito enel que establecer Determinaciones de Ordenación Detallada me-diante el correspondiente “Estudio de Detalle”.

El Art. 172 de la Normativa del P.G.O.U. incluye al APE. 58 entrelas que se encuentran sin desarrollar, señalándose en el Art. 191,tanto los parámetros aplicables de Ordenación General (caracterís-ticas del sector en relación con el modelo territorial previsto para to-do el término municipal), como las pautas a seguir y condiciones asatisfacer, por la Ordenación Detallada que se proponga para el sec-tor.

Así pues el objeto del presente Estudio de Detalle no es otro queestablecer la Ordenación Detallada del Sector A.P.E.-58 (“Ribera deSanto Domingo”) del P.G.O.U. de Valladolid, verificando el cumpli-miento de los parámetros de ordenación general asignados alSector, en relación con el modelo territorial previsto en el propioP.G.O.U. y ajustando dicha ordenación detallada a unas pautasigualmente señaladas por el Plan General.

Una vez Aprobado Definitivamente el presente Estudio deDetalle, la urbanización y edificación de los terrenos incluidos en suámbito requerirá de la correspondiente Gestión Urbanística median-te Actuación Integrada.

2.-NORMATIVA URBANÍSTICA DE APLICACIÓN

Es de aplicación en la presente figura de planeamiento la siguien-te normativa:

- Art. 17 y 18 de la Ley 5/1.999 de Urbanismo de Castilla y León(“LUCyL”).

En función de lo indicado en estos artículos el Estudio de Detalledeterminará las parcelas en las que los propietarios podrán materia-lizar el aprovechamiento que resulte de aplicar a los terrenos el 90% del Aprovechamiento Medio del Sector, correspondiendo el 10 %restante al Ayuntamiento de Valladolid como administración actuan-te, mediante cesión gratuita libre de cargas de urbanización.

- Art. 18.3 de la Ley 5/1.999 de Urbanismo de Castilla y León(“LUCyL”).

3.- En suelo urbano no consolidado, los propietarios deberán:

a) Costear la totalidad de los gastos de urbanización necesariospara que las parcelas resultantes de la nueva ordenación alcancenla condición de solar, a excepción de los correspondientes a siste-mas generales, y en su caso, ejecutar las obras correspondientes.

b) Ceder gratuitamente al Ayuntamiento los terrenos reservadosen el planeamiento para dotaciones urbanísticas públicas, incluidos

los destinados a sistemas generales, en su caso, así como los te-rrenos aptos para materializar el aprovechamiento que exceda delcorrespondiente a los propietarios, ya urbanizados.

c) Proceder a la equidistribución o reparto equitativo de los be-neficios y cargas derivados del planeamiento, con anterioridad al ini-cio de la ejecución material del mismo.

d) Edificar los solares en las condiciones que señalen el planea-miento y la licencia urbanísticos.

- Art. 45 de la Ley 5/1.999 de Urbanismo de Castilla y León (“LUCy L”).

En función de este artículo el Estudio de Detalle ha de ajustarsea los parámetros de ordenación general establecidos previamentepor el P.G.O.U., estableciendo las determinaciones de ordenacióndetallada según lo dispuesto en el Art. 42 de la propia “LUCyL” aldisponer Valladolid de Plan General de Ordenación Urbana.

- Art. 42 de la “LUCyL”

En función de lo indicado en este artículo el Estudio de Detalleestablecerá las siguientes determinaciones:

a) Calificación, entendida como la asignación pormenorizada deuso, intensidad de uso y tipología edificatoria, para cada parcela, obien por manzanas u otras áreas homogéneas.

b) Regulación detallada de los usos, la intensidad de uso y la ti-pología edificatoria asignados, así como de las demás condiciones,características y parámetros de la urbanización y la edificación.

c) Previsión de los sistemas locales, o conjunto de dotacionesurbanísticas al servicio de los ámbitos objeto de ordenación deta-llada, indicando al menos para cada uno de sus elementos no exis-tentes su carácter público o privado, sus criterios de diseño y eje-cución y el sistema de obtención de los terrenos para los de carác-ter público.

d) Relación de los usos del suelo y en especial las construccio-nes e instalaciones que se declaren fuera de ordenación por su dis-conformidad con las determinaciones del Plan General.

e) Señalamiento de plazos para el cumplimiento de deberes ur-banísticos.

f) Delimitación, cuando proceda, de áreas de tanteo y retracto.

Igualmente determinará:

1.- Una reserva mínima de 15 m2. de terreno por cada 100 m2.construibles en el uso predominante para su destino tanto al siste-ma local de Espacios Libres Públicos como al sistema local deEquipamientos.

2.- Un mínimo de dos plazas de aparcamiento, al menos una deellas de uso público, por cada 100 m2. construibles en el uso pre-dominante.

3.- Delimitación de Unidades de Actuación para la gestión urba-nística señalando, de forma indicativa, el sistema de actuación másadecuado.

- Art. 36 de la “LUCyL”

En función de este artículo el Estudio de Detalle no podrá con-tener determinaciones de las que resulte una densidad superior a 70viviendas ó 10.000 m2. construidos en el uso predominante (conponderación al mismo de los demás usos) por hectárea de terrenoexcluida la superficie del sector reservada para Sistemas Generales.

- Art. 86 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León “RUCy L”.

Este artículo del Reglamento desarrolla y completa los correlati-vos de la “LUC y L” y para el presente caso ha de satisfacerse:

a) Índice de Variedad de Uso.

Al menos el 10 % del aprovechamiento del Sector debe desti-narse a usos compatibles con el predominante entre los cuales pue-de incluirse la edificación de viviendas con protección pública.

b) Densidades máximas y mínimas.

La máxima no superará 70 viv./ha. (Art. 36 de la “LUCyL”) y lamínima no debe ser inferior a 40 viv./ha.

c) Índice de Variedad Tipológica.

No es obligatorio plantear un determinado porcentaje de apro-vechamiento destinado a tipologías edificatorias diferentes de lapredominante.

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d) Índice de Integración Social.

La ley 13/2005 de 27 de diciembre de Medidas Financieras mo-difica el artículo 3.c del art. 86 del Reglamento de Urbanismo deCastilla y León estableciendo una reserva obligatoria mínima de vi-viendas con protección pública de al menos el 10% de la edificabi-lidad residencial de cada Sector, en suelo urbano no consolidado,en municipios con Plan General de Ordenación Urbana.

- Art. 191 de la Normativa P.G.O.U.

Este artículo señala tanto los parámetros aplicables deOrdenación General (características del sector en relación con elmodelo territorial propuesto para todo el término municipal) comolas pautas a seguir y condiciones a satisfacer por la OrdenaciónDetallada que se proponga, señalándose textualmente:

1.- Ordenación general:

a) Uso global: Residencial CJ, con mínimo de Ciudad Jardín 40 %.

b) Índice de Edificabilidad Absoluta: 0,30 m2./m2. sobre elSector excluidos Sistemas Generales.

c) Sistemas Generales incluidos: los señalados en Plano deOrdenación de la Serie 1.

2.- Pautas y condiciones para la ordenación detallada:

a) Solución de máxima permeabilidad viaria y visual hacia el par-que de ribera.

b) Altura máxima B+II en la zona Oeste y B +III en la zona Este.

c) Arbolado y dotacional público al Este del Sector, de protec-ción respecto a la zona de Uso Especial.

d) Límite de edificación sin superar la cota inundable.

- Art. 130 de la Normativa P.G.O.U.

El Art. 130 b fija las condiciones para el Uso Global ResidencialCiudad Jardín (“CJ”) definiendo lo que ha de entenderse como “edi-ficación aislada” y determinando que al menos el 80 % de la super-ficie de parcelas lucrativas se destine a esta tipología.

b) Residencial Ciudad Jardín (Residencial CJ): Mínimo porcenta-je de los usos básicos residenciales sobre la edificabilidad total: 60%; máximo 90 %. Mínimo porcentaje de superficie de parcela lucra-tiva en tipología de “edificación aislada”: 80 %. Se entiende por ti-pología de “edificación aislada” la que cumpla simultáneamente lassiguientes determinaciones:

i) Mínimo porcentaje de edificabilidad residencial en esta tipolo-gía destinada a vivienda unifamiliar: 20 %.

ii) La altura máxima de las edificaciones será 4 plantas (B+III), ex-cepto en los sectores o ámbitos en que se fijen en estas Normas oen Plano otras alturas diferentes.

iii) La distancia mínima de las edificaciones a cualquiera de loslinderos de la parcela no será inferior a 3 metros.

iv) Las edificaciones que se propongan tendrán una máxima lon-gitud de fachada de 50 metros.

v) La separación entre edificaciones, incluso dentro de la mismaparcela, será igual o superior a la altura de fachada de la que tengamayor altura.

vi) La ocupación de la edificación sobre parcela será, como má-ximo del 30 %.

vii) Los espacios no edificados de parcela deberán arbolarse oajardinarse al menos en un 60 % de su superficie.

- Otros artículos de la Normativa P.G.O.U.:

El Art. 137 señala los servicios urbanos a incluir en el sector.

El Art. 138 especifica los requisitos exigibles a la red viaria delsector señalando a este respecto que la superficie de calzadas y

aparcamiento en dicha red viaria no deberá ser superior al 50 % dela superficie total destinada a viario.

El Art. 139 fija entre 0,5 y 1 el número mínimo de plazas de apar-camiento en superficie de viario por cada 100 m2. construibles enel uso predominante.

El Art. 141 fija el Aprovechamiento Medio de este tipo de secto-res de Suelo Urbano No Consolidado en un máximo de 1 m2/m2. ElAprovechamiento Medio se obtendrá dividiendo el aprovechamien-to lucrativo total del Sector entre su superficie total conforme a lassiguientes reglas:

- Entre los aprovechamientos a considerar se incluirá el corres-pondiente a dotaciones privadas y se excluirá el correspondiente alas públicas.

- Los aprovechamientos de los diferentes usos se ponderarán aluso predominante del sector.

- De la superficie total del sector se deducirán las ocupadaspor dotaciones públicas ya existentes tanto generales como loca-les.

Los Arts. 356 y siguientes determinan los parámetros dimensio-nales del viario que se proponga.

3.- LOCALIZACIÓN Y SUPERFICIES

El A.P.E.- 58 ocupa los terrenos situados entre la Ronda InteriorSur, junto al puente de la Hispanidad al Oeste (limite de expropia-ción), el Callejón de la Alcoholera al Sur, el Sistema General deEspacios Libres (EL05) en suelo rústico en la margen izquierda delrío Pisuerga al Norte (límite del Dominio Público Hidráulico) y los te-rrenos de la fábrica de Levaduras al Este.

Las superficies del Sector y los Sistemas Generales Adscritos almismo son las siguientes:

- Superficie del Suelo urbano no consolidado: 48.534,07 m2.

- Superficie de los Sistemas Generales adscritos: 15.874,23 m2.

TOTAL: 64.408,30 m2.

La parte del Callejón de la Alcoholera que limita con el A.P.E.-58,con una superficie de 3.296,33 m2., se ha incluido dentro de su ám-bito, a efectos de urbanización y conexión de las infraestructuras, loque nos da un total de superficie del Sector de 67.704,63 m2., delos cuales 51.830,40 m2. constituyen el “Sector neto” y 15.874,23m2. es superficie de los Sistemas Generales adscritos.

4.- ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

Actualmente existen tres propietarios dentro del ámbito delSector incluidos los Sistemas Generales adscritos:

- “Sociedad Patrimonial de Terrenos e Inmuebles, S.L.” es pro-pietaria de las parcelas catastrales nº 3899710 y 3899712 con unasuperficie total dentro del A.P.E. de 36.669,34 m2. que representa el56,93263135341 % del total (1).

- “Construcciones Arranz Acinas, S.A.”, es propietaria de la par-cela catastral nº 3899702, con una superficie total dentro del A.P.E.de 17.302,78 m2. lo que representa el 26,86420849486 % del Sector(1).

- “Promociones y Construcciones, PYC, PRYCONSA, S.A.”, espropietaria de la finca catastral nº 3899701 con una superficie totaldentro del A.P.E. de 10.436,18 m2. lo que representa el16,20316015173 % del Sector (1)

La parte del Callejón de la Alcoholera incluida en el A.P.E. tieneuna superficie de 3.296,33 m2. y es propiedad del Ayuntamiento deValladolid que la obtuvo a título gratuito por lo que no da derechosedificatorios.

El desglose por propiedades del suelo urbano no consolidado yde los Sistemas Generales adscritos es el siguiente:

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(1) El porcentaje de propiedad dentro del A.P.E. se ha calculado excluyendo la superficie del Callejón de la Alcoholera que no tiene derechos edificato-rios.

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5.- TOPOGRAFÍA Y USOS ACTUALES

Los terrenos dentro del ámbito del A.P.E.-58 tienen una pendien-te hacia el río Pisuerga del 5 % aproximadamente en la zona edifi-cable, pendiente que se hace más pronunciada en la zona de losSistemas Generales adscritos.

El subsuelo de dicha zona es el típico de las terrazas del río, conuna capa de tierra vegetal superficial, una subcapa de gravas de po-tencia variable apta para cimentar sobre ella y una capa más pro-funda de arcillas muy compactas. Se está realizando actualmenteun Estudio Geotécnico para determinar con más exactitud la natu-raleza y resistencia del terreno en el ámbito del A.P.E.

Las parcelas catastrales nº 3899702 y 3899712 no están actual-mente cultivadas y no tienen edificación alguna.

La parcela nº 3899701 está ocupada en parte por una viviendade tres plantas de altura y una edificación de una planta adosada ala parcela nº 3899710 destinada también a vivienda y un cobertizode una planta.

La parcela catastral nº 3899710 tiene una serie de edificacionesdentro de la misma:

- Una vivienda unifamiliar de dos plantas de altura.

- Una nave de una planta destinada a almacén.

- Una nave de dos plantas destinada a usos agrícolas.

- Una nave de 1 planta adosada a la parcela nº 3899701 desti-nada a cuadra de ganado.

- Un depósito de agua asociado a un pozo y una caseta de bom-bas.

- La vegetación existente en el Sector, aparte de los jardines delas dos viviendas que se encuentran en bastante mal estado de con-servación, se concentran en la zona clasificada como SistemaGeneral de Espacios Libres, donde el arbolado es bastante denso.

En el plano 07 “Estado actual de terrenos y edificaciones. Topo-gráfico. Coordenadas UTM” se refleja tanto las edificaciones exis-tentes en el ámbito del Estudio de Detalle como las característicasde la vegetación, señalándose la ubicación de 6 árboles de porteque se mantienen con la ordenación propuesta y las pendientes delterreno en base a 7 perfiles transversales al Callejón de la Alcoholeraque limita el ámbito.

En concreto, y en lo referente a características naturales del te-rreno, se señala:

- SUELO: Terreno típico de terrazas de río con pendiente aproxi-mada del 5 % en descenso hacia el cauce, capa de tierra vegetalsuperficial, subcapa de gravas de potencia variable y capa más pro-funda de arcillas compactas.

- HIDROGRAFÍA: La zona no presenta cursos de agua que aflu-yan del cauce del Río Pisuerga.

- VEGETACIÓN: Teniendo en cuenta que la vegetación típica deribera se ubica exclusivamente en la zona de Sistemas Generalesadscritos al Sector y por lo tanto exterior al ámbito ordenado por elEstudio de Detalle, se señala que la vegetación existente está cons-tituida por terrenos mayoritariamente baldíos en los que únicamen-te cabe indicar:

* Zona de Matorral (brotes álamo blanco) en el área sudoeste desector.

* Presencia de 6 árboles de porte convenientemente señaladosen el plano 07 y que se mantienen con la ordenación propuesta (verplano 13). Estos árboles son:

1 Tejo.

1 Álamo blanco.

3 Cedros.

1 Castaño de Indias.

- PAISAJE: El paisaje actual es en definitiva el propio de terrenosbaldíos próximos a la ribera de un río y en el que la cercanía al ám-bito urbano propicio en su momento construcciones diseminadasrelacionadas con antiguas actividades agropecuarias de escasa en-tidad que se completaban con usos residenciales dependientes dedichas actividades, de manera que a efectos paisajísticos el ámbitoordenado no contiene más circunstancias dignas de mención que elcarácter anecdótico de 6 árboles de porte y el genérico de un terre-no en suave pendiente hacia la ribera, respetándose ambas circuns-tancias en la ordenación propuesta.

6.- DOTACIONES URBANÍSTICAS, INFRAESTRUCTURAS YOTROS USOS DEL SUELO EXISTENTES

Las dotaciones urbanísticas incluidas en el sector se limitan alviario e infraestructuras presentes en el Callejón de la Alcoholera yson las siguientes:

- Red Viaria: El único vial existente es el Callejón de la Alcoholeraque ocupa todo el límite sudeste del Sector y presenta pavimentode adoquín de hormigón en calzada y de baldosa igualmente de hor-migón en ambas aceras, resolviéndose el desnivel entre aceras ycalzada (aprox. 3 cm.) mediante bordillo biselado. La recogida deaguas pluviales se efectúa a través de sumideros con rejilla de ace-ro situados a lo largo del eje central de la calzada estableciéndosela oportuna pendiente transversal para facilitar dicha recogida deaguas.

En el tramo cercano a la Ronda Interior el vial se estrecha y es-tá pavimentado con aglomerado asfáltico en la calzada.

- Red de Saneamiento:

Por el Callejón de la Alcoholera discurre un colector unitario de400 mm. de diámetro al que se prevé acometer con la Red deSaneamiento de fecales directamente desde las parcelas P.2, P.4,P.5, P.6 Y P.8. El saneamiento de fecales de la parcela P.7 acomete-rá por un colector de 400 mm. de diámetro a través de un pozo deregistro y tendrá en su inicio una cámara de descarga.

Estas acometidas se efectuarán mediante los correspondientesbombeos privados situados dentro de cada parcela, al resultar in-viable una acometida por gravedad dada la cota a la que se sitúa elcitado colector del Callejón de la Alcoholera con respecto a los te-rrenos del A.P.E.

El saneamiento de pluviales constituirá una red independiente dela de fecales y se realizará por gravedad hasta el colector de 2500mm. de diámetro existente junto al puente de la Hispanidad y quedescarga en el aliviadero C.M.I.

Red de Abastecimiento:

La red existente en el Callejón de la Alcoholera está constituidapor tubería de P.V.C. de diámetro 160 mm. en la mayor parte del re-corrido incluido en el sector, con presencia de un tramo de fundi-ción de diámetro 250 mm. en el extremo sudoeste.

- Red Eléctrica y Alumbrado:

Por el Callejón de la Alcoholera, y en la acera opuesta a la ac-tuación, discurre una línea de media tensión (13,2 Kv.) enterrada, de-nominadas MATERIAL FIJO, de la cual derivará la energía eléctrica,de acuerdo con las indicaciones recibidas de la empresa distribui-dora IBERDROLA, para poder abastecer al A.P.E. mediante la insta-lación del correspondiente Centro de transformación.

- Red de Telecomunicaciones:

Por el Callejón de la Alcoholera, y también por la acera opuestaa la actuación, discurre una red enterrada de telefonía a la que seránecesario conectar la red de telecomunicaciones del sector median-te arqueta con la consiguiente derivación.

- Red de Gas natural:

Existe una conducción de 160 mm. de diámetro en PEMD quediscurre enterrada por el Callejón de la Alcoholera. Se establecerándos puntos de conexión a la red en los extremos del trazado exis-tente en el sector.

Además del viario e infraestructuras correspondientes al Callejónde la Alcoholera, el resto de usos del suelo incluido en el sector haquedado definido en el apartado 5 de esta Memoria Informativa, se-ñalándose que se trata de terrenos actualmente baldíos ocupadospor construcciones diseminadas relacionadas con antiguas activi-dades agropecuarias de escasa entidad y que se completaban conusos residenciales dependientes de dichas actividades.

7.- DETERMINACIONES Y REPERCUSIONES DERIVADAS DELOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y PLA-NEAMIENTO APLICABLES

En la Memoria Vinculante del presente Estudio de Detalle se ha-ce mención a todo tipo de determinaciones y pautas derivadas delplaneamiento aplicable en el sector, pues es precisamente el ajustea dichas determinaciones y pautas lo que acaba definiendo la con-figuración propuesta para el mismo.

El sector no se encuentra afectado en la actualidad por el desa-rrollo de ninguna figura de planeamiento urbanístico anteriormentevigente.

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8.- ELEMENTOS A CONSERVAR, PROTEGER O RECUPERAR

En el Catálogo de bienes Protegidos del vigente Plan General nose incluye ninguna edificación existente en el sector. Por otra parteel Plan General no incluye entre sus determinaciones y pautas parael desarrollo del sector la necesidad de conservar proteger o recu-perar ningún elemento de la vegetación presente en el sector.

9.- DOCUMENTACIÓN FOTOGRÁFICA

Se incluye Documentación Fotográfica (63 fotografías) descripti-va del estado actual (edificaciones incluidas) de los terrenos inclui-dos en el sector. Se adjunta plano explicativo en el que se señalanlos puntos desde los que se han tomado las fotografías.

MEMORIA VINCULANTE

1.- SÍNTESIS DE LA PROPUESTA DE ORDENACIÓN

La ordenación que se propone para el A.P.E.- 38 del P.G.O.U.parte de la configuración de una red viaria en base al Callejón de laAlcoholera (limite Sur del Sector), un vial paralelo a éste y al río ycuatro viales perpendiculares a los anteriores. Tanto el vial paraleloal Callejón de la Alcoholera como el transversal situado en el lateralSudoeste del sector (además del propio Callejón de la Alcoholera yaincluido en el sistema viario público) tienen carácter de vías localescon inclusión de acera, calzada y zonas de aparcamiento, mientrasque el resto del viario tendrá carácter de coexistencia.

El viario transversal señalado así como la inclusión de dosEspacios Libres Arbolados (uno en continuidad con el existente enla urbanización “Valparaíso” y otro a modo de protección respectoa la zona de Uso Especial lindante con el sector) garantizan la má-xima permeabilidad viaria y visual hacia el parque de ribera(Sistema General) tal y como indica el Art. 191 de la Normativa delP.G.O.U.

La configuración señalada se ajusta igualmente a las siguientesindicaciones del P.G.O.U.:

- Se respetan las líneas de “Limite de Edificación” indicadas enlos planos de ordenación del P.G.O.U. y relacionadas con la “cotainundable” a la que se hace referencia en el Art. 191 de su Normativay el retranqueo mínimo de la edificación al Callejón de la Alcoholera.

- El ámbito Este del sector se ocupa con una Zona Arbolada (ex-tremo Este) y con una parcela para usos dotacionales públicos encumplimiento igualmente de lo señalado en el Art. 191 del P.G.O.U.

- Las alturas máximas de edificación en la ordenación propues-ta se ajustan a lo indicado en el Art. 191 del P.G.O.U. con “B+II” enla zona Oeste y B+III en la zona Este del Sector.

En el espacio comprendido entre el vial paralelo al Callejón de laAlcoholera y el Parque de Ribera (Sistema General al Norte delSector) se plantean dos parcelas destinadas a Equipamiento“Deportivo” Privado al aire libre sin especificar y a Espacio LibrePúblico (“Zona Verde”) además de una prolongación del viario pea-tonal hasta el límite del A.P.E.

En el límite Oeste del ámbito edificable se plantea una parceladestinada a Viviendas Unifamiliares.

En función de lo indicado en el Art. 292.3 de la Normativa delP.G.O.U. y teniendo en cuenta el Uso Global Residencial CiudadJardín señalado para el Sector con sus consiguientes mínimos de ti-pología de “edificación aislada” que a su vez conllevan un mínimode vivienda unifamiliar, se ha estimado conveniente plantear los si-guientes Usos Pormenorizados adaptados en sus condiciones deaplicación a las características específicas del Sector:

- RESIDENCIAL UNIFAMILIAR APE 58 (“RU APE 58”)

De creación específica para el sector atendiendo a los repartosde tipología residencial exigidos por el Uso Global ResidencialCiudad Jardín previsto para el sector con los condicionantes del Art.191 del P.G.O.U. y de aplicación en la Parcela 2 (P-2) de la ordena-ción propuesta.

- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR CIUDAD JARDÍN APE 58(“RPCJ APE 58”).

De creación específica para el sector atendiendo a los repartosde tipología residencial exigidos por el Uso Global ResidencialCiudad Jardín previsto para el sector con los condicionantes del Art.191 del P.G.O.U. y de aplicación en las Parcelas 4, 5, 6 y 8 (P-4, P-5, P-6 y P-8) de la ordenación propuesta. En la parcela 8 (P-8) sematerializará la reserva obligatoria de viviendas con algún tipo deprotección pública.

- USO ESPECIAL COMERCIO Y OFICINAS (UE).

Con las condiciones establecidas en el artículo 381 del P.G.O.U.y de aplicación a los usos compatibles obligatorios de las parcelas4, 5, 6 y 8 (P-4, P-5, P-6 y P-8) de la ordenación propuesta.

- EQUIPAMIENTO GENERAL PÚBLICO (Ga)

Con las condiciones establecidas en el Art. 383 de la Normativadel P.G.O.U. y de aplicación en la Parcela 7 (P-7) de la ordenaciónpropuesta

- EQUIPAMIENTO DEPORTIVO PRIVADO (Sc)

Con las condiciones establecidas en el Art. 385 de la Normativadel P.G.O.U. y de aplicación en las Parcelas 9 y 10 (P-9 y P-10) dela ordenación propuesta.

- ESPACIOS LIBRES (-a)

Con las condiciones establecidas en el Art. 386 de la Normativade P.G.O.U. y de aplicación en las Parcelas 1, 3 y 11 (P-1, P-3 y P-11) de la ordenación propuesta.

Con el fin de configurar una documentación gráfica mediante“centroides” que resulte concordante con la empleada por el PlanGeneral en Suelo Urbano Consolidado, el Estudio de Detalle con-templa igualmente el Uso Pormenorizado PATIO LIBRE (“PL”) conlas condiciones establecidas en el Art. 374 de la Normativa delP.G.O.U. y de aplicación en las parcelas 4, 5, 6 (P-4, P-5, P-6) de laordenación propuesta.

Con independencia de la justificación del cumplimiento de lasdeterminaciones tanto del P.G.O.U. como del “RUCyL” que se ex-presará en los apartados siguientes, se compone el siguiente cua-dro resumen de la actuación:

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(1) Destinada a Vivienda Protegida

Los usos pormenorizados asignados a las parcelas con edifica-bilidad lucrativa están en su totalidad destinados a la tipología“Residencial Plurifamiliar Ciudad Jardín APE 58”, excepto la parce-la nº 2 (P-2) que se destina a “Vivienda Unifamiliar APE 58” en cual-

quiera de sus tipologías (aislada, pareada o en hilera”). La edificabi-lidad destinada a Vivienda Unifamiliar APE 58 es la necesaria paracumplir con el porcentaje mínimo señalado en el artículo 130 de laNormativa del P.G.O.U. para el uso global “Ciudad Jardín” (el 20 %)

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en relación con el porcentaje mínimo de dicho uso global señaladoen el artículo 191 de la citada Normativa para el A.P.E. 58, el 40 %de la edificabilidad total del A.P.E.

Edificabilidad total del A.P.E.: 14.560,22 m2.

40 % S/ 14.560,22 m2.: 5.824,09 m2. (mínimo destinado a Resi-dencial Ciudad Jardín).

20 % S/ 5.824,09 m2.: 1.164,82 m2. (mínimo destinado a Vivien-da Unifamiliar).

El resto de las parcelas edificables se han destinado al uso por-menorizado Residencial en tipología plurifamiliar Ciudad Jardín APE58, cumpliendo los parámetros edificatorios señalados para el mis-mo en el artículo 130 de la Normativa del P.G.O.U.

El 10 % de la edificabilidad total del A.P.E. que debe destinarsea otros usos compatibles con el predominante se ha asignado co-mo edificabilidad mínima obligatoria destinada al Uso EspecialComercio y Oficinas a cada una de las parcelas con uso ResidencialPlurifamiliar Ciudad Jardín APE 58 (Parcelas P-4, P-5, P-6 y P-8) deforma que la suma de dichas edificabilidades mínimas obligatoriassea de 10 % de la edificabilidad total lucrativa del A.P.E.:

10 % S/ 14.560,22 m2. = 1.456,02 m2.

Dado que el índice de edificabilidad sobre superficie neta de par-cela es siempre inferior a la unidad en las parcelas residenciales plu-rifamiliares, el área de movimiento y condiciones de la edificaciónseñaladas en los planos de ordenación del Estudio de Detalle no esprobable que lleguen a ocuparse en su totalidad en los proyectosde edificación que desarrollen cada una de ellas, por lo que laOrdenación resultante de la propuesta del Estudio de Detalle serásimilar al plano de Imagen Final no vinculante que se adjunta.

2.- AJUSTE A DETERMINACIONES DE LA LEY 5/1.999 DE UR-BANISMO DE CASTILLA Y LEÓN (“LUC y L”)

El presente Estudio de Detalle satisface los requerimientos plan-teados por la “LUC y L” en los siguientes artículos:

2.1.- Artículos 17 y 18.

El Estudio de Detalle determina que el aprovechamiento corres-pondiente a los propietarios (90 % del total del sector) se materiali-ce en las Parcelas 2, 4, 5 y 6 (P-2, P-4, P-5 y P-6), destinándose laParcela 8(P-8) a la materialización del 10 % del aprovechamiento delSector que corresponde al Ayuntamiento de Valladolid como admi-nistración actuante.

2.2.- Artículos 42 y 45.

El Estudio de Detalle se ajusta a los parámetros de ordenacióngeneral establecidos previamente por el P.G.O.U. según se especi-fica en el apartado 4 de esta Memoria Vinculante.

Se establecen igualmente las siguientes determinaciones seña-ladas en el Art. 42 de la “LUC y L”.

1.- CALIFICACIÓN DE USOS DEL SUELO

Mediante asignación de Uso Pormenorizado a cada parcela de-finida en la ordenación propuesta con indicación para cada uso por-menorizado del Uso Básico que se considera “determinante”, y losque se consideran tanto “compatibles” como “prohibidos”.

En el Apartado 1 de esta Memoria Vinculante se señalan los UsosPormenorizados que se consideran en el Sector.

En el documento “Normativa” del presente Estudio de Detalle seseñalan los usos básicos “determinantes”, “compatibles” y “prohi-bidos” dentro de cada uso pormenorizado.

2.- REGULACIÓN DE USOS DEL SUELO

Mediante el señalamiento para cada parcela de las condicionesy parámetros que regulan la edificación y urbanización de las mis-mas fijando edificabilidad permitida (“intensidad de uso”) y modo dedisponer la edificación en relación con la parcela y el uso (“tipologíaedificatoria”).

Tanto en el documento “Planos” del presente Estudio de Detallecomo en “Normativa” se fijan los parámetros de edificabilidad, tipo-logía edificatoria, alturas, alineaciones y retranqueos que afectan acada parcela con su uso correspondiente.

3.- PREVISIÓN DE SISTEMAS LOCALES

El Estudio de Detalle identifica las siguientes parcelas destina-das al conjunto de dotaciones urbanísticas al servicio del sector(“sistemas locales”) con indicación de su carácter público o priva-do:

- Sistema Local de Espacios Libres Públicos:

Parcelas 1, 3 y 11 (P-1, P-3 y P-11) las tres con carácter públi-co.

- Sistema Local de Equipamientos:

Parcela 7 (P-7) con carácter público y Parcelas 9 y 10 (P-9 y P-10) con carácter privado.

- Sistema Local de Vías Públicas:

Parcela 12 (P-12) con carácter público que constituye la totali-dad del viario del sector.

Se verifica el cumplimiento de las reservas mínimas de terrenospara dotaciones, que serán:

- 15 m2. por cada 100 m2. construibles en el uso predominantepara el sistema local de espacios libres públicos.

- 15 m2. por cada 100 m2. construibles en el uso predominantepara el sistema local de equipamientos.

Para la aplicación de estos parámetros se ha considerado la to-talidad de la edificabilidad lucrativa del Sector, ya que el uso predo-minante del sector es el Residencial en cualquiera de los UsosPormenorizados asignados al mismo (90 %) y el 10 % restante es-tá destinado a otros usos compatibles con el uso ResidencialCiudad Jardín APE 58. En el cómputo de superficies a deducir de latotalidad del sector a efectos de aplicar el índice 0,30 m2./m2. fija-do por el P.G.O.U., se ha incluido la ocupada por el Callejón de laAlcoholera como infraestructura viaria existente.

Superficie Total Sector: 67.704,63 m2. (1)

Superficie SS.GG.: 15.874,23 m2. (2)

Superficie Callejón de la Alcoholera: 3.296,33 m2. (3)

Superficie neta del APE (1-2-3): 48.534,07 m2.

Edificabilidad P.G.O.U.: 0,30 m2./m2.

En función de estos datos la edificabilidad total a considerar se-rá:

0,30 m2./m2. x 48.534,07 m2. = 14.560,22 m2.

La aplicación de los parámetros anteriormente citados origina lassiguientes reservas mínimas para sistemas locales:

a) ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS:

14.560,22 m2. construibles

x 15 m2. terreno = 2.184,03 m2.

100 m2. construibles

El Estudio de Detalle destina las Parcelas 1, 3 y 11 (P-1, P-3 y P-11) a configurar el Sistema de Espacios Libre Públicos asignándo-les el uso pormenorizado “ESPACIOS LIBRES” (-a) y obteniéndoseuna superficie de:

P-1: ......................................3.159,40 m2.

P-3: ......................................1.841,35 m2.

P-11: ....................................4.004,95 m2.

TOTAL: ..................................9.005,70 m2.

Superándose ampliamente el mínimo exigible.

b) EQUIPAMIENTOS

14.560,22 m2. construibles

x 15 m2. terreno = 2.184,03 m2.

100 m2. construibles

El 50 % de la reserva mínima establecida deberá destinarse aEquipamientos de titularidad Pública, es decir, 1.092,01 m2.

El Estudio de Detalle destina las Parcelas 7, 9 y 10 (P-7, P-9 y P-10) a configurar el Sistema de Equipamientos asignándoles los usospormenorizados “Equipamiento General Público” (Ga) a la parcela 7y “Equipamiento Deportivo Privado” (Sc) a las Parcelas 9 y 10, ob-teniéndose una superficie de:

P- 7: ................................1.374,54 m2.

P- 9: ................................2.978,14 m2.

P-10: ..............................8.029,38 m2.

TOTAL: ..........................12.382,06 m2.

8 12 de marzo de 2007

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Superándose ampliamente el mínimo exigible tanto de la totali-dad de la reserva de suelo para Equipamientos, como de la reservade titularidad Pública, es decir 1.092,01 m2.

c) PREVISIÓN PLAZAS APARCAMIENTO

El número de plazas de aparcamiento a situar es de dos plazas,al menos una de ellas de uso público, por cada 100 m2. construi-bles en el uso predominante.

14.560,22 m2. construibles

x 2 plazas = 292 plazas

100 m2. construibles

de las cuales 146 plazas deberán ser de uso público.

El Estudio de Detalle sitúa 161 plazas de aparcamiento de usopúblico en la parcela destinada al sistema viario público.

La aplicación de las diferentes normativas en materia de accesi-bilidad y supresión de barreras exige las siguientes reservas deaparcamiento para personas con movilidad reducida:

- Art. 5.2. de la Ley 3/1.998 de Accesibilidad y Supresión deBarreras.

1 plaza por cada cuarenta, lo que obliga a situar al menos 4 pla-zas aptas para minusválidos.

- Art. 28 de la Ordenanza para Supresión de Barreras delAyuntamiento de Valladolid.

1 plaza por cada cincuenta, lo que obliga igualmente a situar almenos 4 plazas aptas para minusválidos.

El Estudio de Detalle sitúa 4 plazas de aparcamiento reservadaspara personas con movilidad reducida.

d) DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN

El Estudio de Detalle delimita una única Unidad de Actuacióncoincidente con el ámbito del APE (excluidos SS.GG.) y propone sugestión por el Sistema de Compensación a título indicativo.

4.- USOS, CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES FUERA DEORDENACIÓN

En aplicación del Art. 64 de la “LUCyL” la Aprobación Definitivadel presente Estudio de Detalle conlleva la declaración expresa de“fuera de ordenación” de todos aquellos usos emplazados en par-celas objeto de cesión tanto para su destino a los Sistemas LocalesPúblicos como para materializar el aprovechamiento que correspon-da al Ayuntamiento, permitiéndose únicamente sobre dichas parce-las las obras necesarias para la ejecución del planeamiento y las ex-cepciones citadas en el Art. 185.2 del “RUCy L”.

Asimismo se declaran expresamente fuera de ordenación todaslas edificaciones existentes en el ámbito del presente Estudio deDetalle por no ser acordes con el Planeamiento propuesto en el mis-mo.

5.- PLAZOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE DEBERES URBANÍS-TICOS

El Estudio de Detalle señala un plazo máximo de ocho años, acontar desde la fecha de su Aprobación Definitiva, para el cumpli-miento de los deberes de Urbanización, Cesión, Equidistribución yEdificación conforme a lo indicado en el Art. 10.3 de la “LUCyL” yconcordante Art. 43.1 del “RUCyL”

6.- DELIMITACIÓN DE ÁREAS DE TANTEO Y RETRACTO

Para la presente Área de Planeamiento Específico (APE-58) elP.G.O.U. no ha hecho referencia a la delimitación de zonas en lasque las transmisiones onerosas de terrenos y demás inmuebles ten-gan que quedar sujetas al ejercicio de los derechos de tanteo y re-tracto, por lo que no procede la delimitación de Áreas de Tanteo yRetracto.

2.3.- Artículo 36

El Estudio de Detalle fija un máximo de 254 viviendas para el sec-tor, verificándose el cumplimiento de lo indicado en este artículo:

Superficie APE (excluidos SS.GG.): 4,8534 Has.

70 viv./Ha. x 4,8534 Has. = 339 viviendas (máximo permitido).

40 viv./Ha. x 4,8534 Has. = 195 viviendas (mínimo permitido).

Al fijar el Estudio de Detalle una edificabilidad total de 14.560,22m2. se verifica igualmente que esta densidad de edificación es infe-rior al límite establecido de 10.000 m2. construidos/Ha.:

14.560,22 m2./4,8534 Ha. = 3.000 m2./Ha.

3.- CUMPLIMIENTO DE LAS DETERMINACIONES DEL REGLA-MENTO DE URBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN (“RUCyL”)

En el presente apartado se justifica el cumplimiento del Estudiode Detalle de los parámetros recogidos en el “RUCyL” no especifi-cados previamente en artículos correlativos de la “LUCyL”. En con-creto, y dentro del Art. 86 del “RUCyL” se verifica:

3.1.- Índice de Variedad de Uso.

El Estudio de Detalle determina que 1.456,02 m2. de edificabili-dad se destinen al Uso Especial Comercio y Oficinas compatible conel predominante Residencial asignado al Sector, verificándose deeste modo el 10 % mínimo fijado en el Art. 86.2.d del “RUCyL”:

Edificabilidad Total: 14.560,22 m2. (1)

10 % S/ (1): 1.456,02 m2. (otros usos compatibles)

Esta edificabilidad (10 % del total) se reparte entre las parcelas,4, 5, 6 y 8 (P-4, P-5, P-6 y P-8) de la ordenación propuesta, seña-lándose en las fichas correspondientes la edificabilidad mínima des-tinada al Uso Especial Comercio y Oficinas asignada a cada una deellas.

Al uso pormenorizado especial Comercio y Oficinas hay que aña-dir la edificabilidad residencial destinada a vivienda con protecciónpública (10% del uso residencial del Sector que se materializará enla parcela 8 (P-8), 1310,42 m2).

3.2.- Densidades máximas y mínimas.

El Estudio de Detalle determina un máximo de 254 viviendas enel sector y un mínimo de 195 viviendas con lo que se verifica al cum-plimiento del Art. 86.3.a del “RUCyL”:

Máximo: 70 viv./Ha = 339 viviendas

Mínimo: 40 viv./Ha = 195 viviendas

4.- CUMPLIMIENTO DE LAS DETERMINACIONES DE LA NOR-MATIVA DEL P.G.O.U.

4.1.- Art. 130.b

El Estudio de Detalle establece que 13.104,20 m2. de edificabi-lidad (90 % como máximo de la total del sector) se destinen a usosbásicos residenciales en cumplimiento de lo indicado en este artí-culo y repartiéndolo entre las siguientes parcelas:

P- 2: ..................................1.164,82 m2. (12 viviendas máx.)

P- 4: ..................................3.168,30 m2. (64 viviendas máx.)

P- 5: ..................................3.356,57 m2. (67 viviendas máx.)

P- 6: ..................................4.104,09 m2. (85 viviendas máx.)

P- 8: ..................................1.310,42 m2. (26 viviendas máx.)

TOTAL: ..........................13.104,20 m2. (254 viviendas máx.)

El 10 % restante como mínimo de la edificabilidad lucrativa delSector (1.456,02) se destinará al Uso Especial Comercio y Oficinassegún el siguiente reparto.

P- 4: ....................................................................193,62 m2.

P- 5: ....................................................................205,00 m2.

P- 6: ....................................................................322,11 m2.

P- 8: ....................................................................735,29 m2.

TOTAL: ..............................................................1.456,02 m2.

El Estudio de Detalle determina que el aprovechamiento delSector se materialice en las parcelas 2, 4, 5, 6 y 8 (P-2, P-4, P-5, P-6 y P-8) lo que representa una superficie de terreno de:

P- 2: ..................................................................2.133,26 m2.

P- 4: ..................................................................4.036,21 m2.

P- 5: ..................................................................4.531,40 m2

P- 6: ..................................................................4.678,02 m2.

P- 8: ..................................................................1.410,31 m2.

TOTAL: ............................................................16.789,20 m2.

Al 100 % de esta superficie el Estudio de Detalle le asigna usospormenorizados y condiciones de edificación que implican su ma-terialización en tipología de “edificación aislada” (superior por lo tan-to al 80 % mínimo exigible en este artículo) pues se verifica:

12 de marzo de 2007 9

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a) La edificabilidad destinada a Vivienda Unifamiliar APE 58(Parcela 2) es de 1.164,82 m2. que representa el 20 % de los5.824,09 m2. de edificabilidad mínima en “Ciudad Jardín” exigible

por aplicación del Art. 191 de la Normativa del P.G.O.U. y conforme,

por tanto, al siguiente cuadro:

10 12 de marzo de 2007

b) La altura máxima fijada para las edificaciones no supera enningún caso el límite de 4 plantas (B+III) fijado en este artículo.

c) El Estudio de Detalle fija Áreas de Movimiento para las futurasedificaciones que ocupen las diferentes parcelas que verifican unadistancia mínima de 3 m. a cualquiera de los linderos de dichas par-celas.

d) Las edificaciones que se propongan tendrán una máxima lon-gitud de fachada de 50 metros.

e) La separación entre edificaciones, incluso dentro de la mismaparcela, será igual o superior a la altura de fachada de la que tengamayor altura.

f) La ocupación de la edificación sobre parcela será, como máxi-mo del 30 %.

g) Los espacios no edificados de parcela deberán arbolarse oajardinarse al menos en un 60 % de su superficie.

4.2.- Art. 133.1.b

En los proyectos de edificación que se desarrollen en el sectorse verificará que la altura de la edificación no superará la distanciaexistente entre fachadas a la misma calle o espacio libre.

4.3.- Art. 137

El Estudio de Detalle incluye la definición gráfica y escrita de lassiguientes redes: Saneamiento, Abastecimiento de Agua, Hidrantescontra incendios, Red de riego (con abastecimiento independientede la red de agua potable), Red de Gas Natural, Red de EnergíaEléctrica, Red de Alumbrado Público y Red de Telecomunicaciones.

4.4.- Art. 138

La Red Viaria del sector verifica lo indicado en este artículo. Enconcreto:

- No se incluyen manzanas continuas de dimensión superior a200 m.

- La red viaria del sector se jerarquiza en dos categorías.

1.- Vías locales (o calles) con plazas de aparcamiento anexas.

2.- Vías peatonales (de coexistencia) que garantizan la máximapermeabilidad viaria y visual hacia el parque de ribera.

Se estima que todo el viario del sector resulta adscrito al tipo “VíaResidencial” señalado en el Art. 356.2 de la Normativa del P.G.O.U.

- Se verifica el cumplimiento de reparto equitativo de viario exi-gible en este artículo por remisión del Art. 363. Es decir:

Calzadas: ................................................4.523,82 m2.

Aparcamientos: ......................................1.666,50 m2.

Subtotal: ..............................................6.190,32 m2.(1)

Aceras: ....................................................6.254,84 m2

Viales coexistencia: ................................1.208,29 m2.

TOTAL VIARIO: ..................................13.653,45 m2.(2)

Así pues, el viario destinado preferentemente a vehículos de mo-tor (1) es inferior al 50 % del total (2). En concreto:

Viario Vehículo Motor (preferente) = 45,34 % del Viario Total.

4.5.- Art. 139

Este artículo exige la presencia de entre 0,5 y 1 plazas de apar-camiento de uso público por cada 100 m2. construibles en el usopredominante para su ubicación en superficie del viario. Aplicandoesta exigencia a los 14.560,22 m2. construibles que prevé el Estudiode Detalle se obtiene:

14.560,22 m2.

Máximo: 1 x = 146 plazas 100 m2./plazas

14.560,22 m2.

Mínimo: 0,5 x = 73 plazas

100 m2./plazas

El Estudio de Detalle contempla 161 plazas que permiten esta-blecer un margen de 15 plazas para los posibles vados que se ori-ginen por la futura edificación de viviendas.

4.6.- Art. 141

Al fijar la propia Normativa del P.G.O.U. (Art. 191) un índice deedificabilidad Absoluta de 0,30 m2./m2. sobre el sector excluidos losistemas generales ya se obliga a que el Aprovechamiento Medio delsector sea inferior a 1 m2./m2. como indica este artículo.

4.7.- Art. 356 y siguientes

La Parcela 12 (P-12) definida en el presente Estudio de Detalleconstituye la Red Viaria del sector siendo toda ella “Vía Residencial”a los efectos del Art. 356.2 del P.G.O.U. y clasificándose en:

- Vías locales (o calles), con un único sentido de circulación encalzada de 6,20 m. de anchura (valor óptimo para dos carriles) y dosaceras arboladas de 3,5 m. de anchura, más aparcamiento en líneao en batería.

- Vías Peatonales (de coexistencia) con 8,00m. de anchura total.

El espacio de aparcamiento de vehículo se ajusta a lo indicadoen el Art. 359 tanto en las zonas de aparcamiento en línea (2,20 x4,50 m) como en las zonas de aparcamiento en batería (4,50 x 2,20m), verificándose en ambos casos 6,20 m. de anchura para la calza-da de maniobra.

En todas las aceras se ha previsto plantación de arbolado conuna anchura de 3,50 m. óptima según lo indicado en el Art. 360.1.del P.G.O.U.

El reparto equitativo se ha justificado al referirse al cumplimientodel Art. 138 pues es en este último donde se especifican los reque-rimientos necesarios para satisfacer dicho reparto equitativo (Art.363).

La Red Viaria proyectada permitirá satisfacer los requerimientosde accesibilidad de vehículos de emergencia a las edificaciones delSector pues permite disponer de espacios de maniobra ajustados alos parámetros del Art. 364.

El viario de anchura superior a 12 m. incluye el correspondientearbolado de alineación. Se han integrado en posición anexa a las zo-nas de aparcamiento los espacios necesarios para contenedores detodo tipo de residuos. Todo ello en cumplimiento de lo indicado enel Art. 366. del P.G.O.U.

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5.- FICHAS DE LAS PARCELAS RESULTANTES DE LA ORDE-NACIÓN PROPUESTA

Para cada una de las 12 parcelas resultantes de la ordenaciónpropuesta se ha elaborado una ficha en la que se refleja junto a sudescripción gráfica los parámetros urbanísticos que le son aplica-bles en función de las determinaciones del presente Estudio deDetalle.

TEXTO REFUNDIDO II

ANEXOS A LA MEMORIA

DETERMINACIÓN DEL APROVECHAMIENTO MEDIO DELÁREA DE PLANEAMIENTO ESPECIFICO Nº 58 (A.P.E.- 58) DEL

P.G.O.U. DE VALLADOLID “RIBERA SANTO DOMINGO”

En aplicación de lo indicado en el Art. 107 del vigente Regla-mento de Urbanismo de Castilla y León (“RUCyL”) se determina elAprovechamiento Medio del Sector A.P.E.- 58 conforme al siguien-te procedimiento:

1.-APROVECHAMIENTO LUCRATIVO A CONSIDERAR

El Aprovechamiento lucrativo a considerar está constituido porla suma de todos los aprovechamientos lucrativos del sector, exclui-da por lo tanto la edificabilidad correspondiente a dotaciones urba-nísticas públicas, previa ponderación al uso predominante de losusos compatibles considerados.

Correspondiendo la unidad a los usos residenciales propuestospara el sector (uso predominante) tanto en tipología unifamiliar co-mo plurifamiliar “Ciudad Jardín”, se mantiene este coeficiente (1,00)para los usos compatibles considerados (10 % de la edificabilidadlucrativa) ya que están incluidos en la edificabilidad máxima asigna-da en el Estudio de Detalle a cada parcela Residencial PlurifamiliarCiudad Jardín.

La edificabilidad residencial destinada a vivienda con algún tipode protección publica (vivienda protegida de la Comunidad deRégimen General) debe ponderarse con respecto a la vivienda libre,de forma que refleje la proporción entre el precio máximo de reper-cusión del suelo en la vivienda protegida con respecto al precio derepercusión estimado para las viviendas libres que pueden cons-truirse en el Sector.

Según el artículo 102 del Reglamento de Urbanismo de Castillay León los coeficientes de ponderación pueden oscilar entre un mí-nimo de 0.50 y un máximo de 2.00, correspondiendo al uso predo-minante la unidad. Dado que el uso predominante del Sector es elresidencial en vivienda libre, topología plurifamiliar, le corresponde aeste uso el coeficiente 1.00.

El precio máximo de repercusión por m2 de vivienda protegidade la Comunidad de Régimen General es el 25 % del modulo máxi-mo de venta que actualmente (septiembre de 2006) es de 1279,15euros/m2 es decir, 319,79 euros/m2 de edificabilidad.

Si asignamos el coeficiente 0.50 a la edificabilidad residencialdestinada a vivienda protegida de la Comunidad que es el limite mí-nimo establecido por el Reglamento de Urbanismo obtenemos unvalor de repercusión del suelo urbanizado para la vivienda libre delSector de 639,58 euros/m2 de edificabilidad en este uso, valor queadoptaremos por la limitación establecida por el Reglamento deUrbanismo, aunque es inferior al valor de mercado de la zona.

2.- APROVECHAMIENTO DEL SECTOR

2.1 Superficie Total a considerar:

La superficie total a considerar será la superficie total del Sectordeduciendo de la misma la correspondiente al Callejón de laAlcoholera como viario Público existente (única dotación públicaexistente en el Sector).

Superficie Total Sector: 67.704,63 m2. (1)

Superficie Callejón de la Alcoholera: 3.296,33 m2. (2)

Superficie Total a considerar (1-2) : 64.408,30 m2.

2.2 Edificabilidades:

Edificabilidad total del Sector: 14.560,22 m2

Edificabilidad Uso Especial Comercio y Oficinas (10%): 1.456,02m2

Edificabilidad residencial (90%): 13.104,20 m2

Edificabilidad residencial Vivienda Libre (90%): 11.793,78 m2

Edificabilidad Vivienda Protegida (10%): 1.310,42 m2

2.3 Aprovechamiento del Sector:

Coeficientes:

Vivienda Libre: 1.00

Vivienda Protegida: 0.50

Uso Especial Comercio y Oficinas: 1.00

Aprovechamiento Total, expresado en Unidades de Aprovecha-miento (UA):

13.249,80 x 1 + 1.310,42 x 0,5 = 13.249,8 + 655,21 = 13.905,01U.A.

3.- APROVECHAMIENTO MEDIO

El Aprovechamiento Medio del sector se obtiene dividiendo elAprovechamiento lucrativo Total (13.905,01U.A.) por la SuperficieTotal de reparto que ha de considerarse según el apartado anterior(64.408,30 m2).

13.905,01 U.A.

A.M. = = 0,2159 U.A./m2.

64.408,30 m2.

Así pues se verifica el cumplimiento de lo indicado en el Art. 141de la Normativa del P.G.O.U. al ser este índice menor que 1,00m2./m2.

Valladolid, septiembre de 2006.-El Arquitecto, Jesús ManuelGómez Gaite.

TEXTO REFUNDIDO II

NORMATIVA

ORDENANZAS DEL ESTUDIO DE DETALLE DEL A.P.E.- 58“RIBERA DE SANTO DOMINGO” DEL P.G.O.U. DE VALLADOLID

CAPÍTULO 1.- NATURALEZA, ÁMBITO Y ALCANCEDEL ESTUDIO DE DETALLE

Artículo 1.- Por encargo de las entidades mercantiles: “SociedadPatrimonial de Terrenos e Inmuebles, S.L.”, “Promociones yConstrucciones, PYC, PRYCONSA, S.A.” y “Construcciones ArranzAcinas S.A.”; se ha procedido a la elaboración del presente Estudiode Detalle sobre el A.P.E.-58 “Ribera de Santo Domingo” del PlanGeneral de Ordenación Urbana (P.G.O.U.) de Valladolid.

Artículo 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo136.2.b del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (“RUCyL”),y al constituir el A.P.E.-58 un Sector de Suelo Urbano No consolida-do, se redacta la siguiente Normativa que incluye todas las determi-naciones sobre regulación de los usos y tipologías edificatorias per-mitidas.

Artículo 3.- El ámbito de aplicación de estas Ordenanzas coin-cide con la superficie de Suelo Urbano sometida a ordenación porel presente Estudio de Detalle, apareciendo correctamente delimita-do en la documentación gráfica (planos) de la presente propuestade Estudio de Detalle.

Artículo 4.- ALCANCE NORMATIVO DE LA DOCUMENTACIÓN

1.- El Estudio de Detalle contiene la documentación exigida enel Art. 136 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León(“RUCyL”) para los sectores de Suelo Urbano No consolidado y laseñalada igualmente en el Art. 13.2. de la Normativa de laModificación del Plan General de Valladolid para su Adaptación a laLey 5/1.999 (en adelante P.G.O.U.).

2.- Todos los documentos, escritos y gráficos que forman parteintegrante del Estudio de Detalle son vinculantes y tienen el mismovalor y eficacia jurídica, excepto cuando en alguno se establezca ex-presamente lo contrario (e.j.: plano de imagen final).

3.- En el supuesto de que existieran contradicciones entre losdistintos documentos, dichas contradicciones serán resueltas por laAdministración actuante en base al conjunto de la documentacióndel Estudio de Detalle y a las finalidades y objetivos que éste pre-tende alcanzar.

Artículo 5.- En todos aquellos aspectos no regulados específi-camente por las presentes ordenanzas serán de aplicación lasNormas Urbanísticas y Ordenanzas de la Edificación y Uso del Suelodel P.G.O.U. de Valladolid (BOP nº 48 de 27 de Febrero de 2.004) ydemás Reglamentos y Ordenanzas Municipales.

Artículo 6.- El presente Estudio de Detalle una vez aprobado de-finitivamente tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de su revisión

12 de marzo de 2007 11

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o modificación de acuerdo con lo establecido en la Ley 5/1.999 deUrbanismo de Castilla y León para la revisión y modificación de losinstrumentos de planeamiento.

Artículo 7.- Todo el ámbito territorial incluido en este Estudio deDetalle se encuentra clasificado como Suelo Urbano No Consoli-dado por el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Valla-dolid.

El uso y destino urbanístico pormenorizado y el aprovechamien-to específico de cada una de las parcelas incluidas en el área deaplicación de estas Ordenanzas serán los definidos en los planos deordenación, en los artículos de estas ordenanzas que les sean deaplicación y demás documentos de este Estudio de Detalle.

Artículo 8.- la Aprobación Definitiva del presente Estudio deDetalle conlleva la declaración expresa de “fuera de ordenación” detodos aquellos usos emplazados en parcelas objeto de cesión tan-to para su destino a los Sistemas Locales Públicos como para ma-terializar el aprovechamiento que corresponda al Ayuntamiento, per-mitiéndose únicamente sobre dichas parcelas las obras necesariaspara la ejecución del planeamiento y las excepciones citadas en elArt. 185.2 del “RUCyL”.

Asimismo se declaran expresamente fuera de ordenación todaslas edificaciones existentes en el ámbito del presente Estudio deDetalle por no ser acordes con el Planeamiento propuesto en el mis-mo.

Artículo 9.- UNIDADES DE ACTUACIÓN

El presente Estudio de Detalle define los límites de una únicaUnidad de Actuación cuya modificación podrá realizarse conformea lo indicado en el Art. 58.3.b de la Ley 5/1.999 de Urbanismo deCastilla y León.

Artículo 10.- PARCELACIONES

Toda parcelación se regirá según lo indicado en los Arts. 309, 310y 311 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (“RUCyL”) ylos que resulten de aplicación de la Normativa del P.G.O.U. deValladolid.

Artículo 11.- Aprobado definitivamente el presente Estudio deDetalle podrá presentarse el Proyecto de Actuación en elAyuntamiento de Valladolid, conforme a lo establecido en el Art. 75y siguientes de la Ley 5/1.999, por quienes estén habilitados paraoptar a la condición de urbanizador.

CAPÍTULO 2.- CONDICIONES DE USO

Artículo 12.- El P.G.O.U. de Valladolid asigna al ámbito territorialdel A.P.E.-58 el Uso Global “Residencial Ciudad Jardín”. En la orde-nación prevista en el presente Estudio de Detalle se han tomado co-mo base los Usos Pormenorizados previstos en el P.G.O.U. adapta-dos a las condiciones específicas que el propio P.G.O.U. ha previs-to para el Sector, quedando definidas en los siguientes epígrafes lascondiciones relativas a cada uno de los seis usos pormenorizados(incluido “Viario y Comunicación”) que se plantean. La definición delos Usos Básicos y sus niveles queda remitida a la fijada en el Art.297 del P.G.O.U.

Artículo 13.- Uso Pormenorizado RESIDENCIAL UNIFAMILIARAPE 58 (“RU APE 58”)

- Uso determinante: Vivienda en tipología unifamiliar (mín. 100%).

- Usos prohibidos: El resto.

Artículo 14.- Uso Pormenorizado RESIDENCIAL PLURIFAMI-LIAR CIUDAD JARDÍN APE 58 (“RPCJ APE 58”)

- Uso determinante: Vivienda en tipología de edificación perime-tral “aislada” (mínimo 70 %) que denominamos ResidencialPlurifamiliar Ciudad Jardín APE 58. las condiciones de la edificaciónson las señaladas en la ficha de cada parcela destinada a este usoy cumplen con las señaladas en el artículo 130.b de la Normativa delP.G.O.U., apartados II al VII, donde se detallan las condiciones deluso global “Residencial Ciudad Jardín”.

- Otros usos obligatorios: Los usos básicos determinantes deluso pormenorizado Especial Comercio y Oficinas definido en el ar-tículo 381 del P.G.O.U.: Comercio y Servicios, Oficina, Hospedaje,espectáculo y reunión y hostelería señalándose en la ficha de cadaparcela la edificabilidad mínima que deberá destinarse a este uso.

- Usos prohibidos:

a) Industria, niveles 1, 2, 3 y 4

b) Almacén, niveles 2 y 3

c) Taller, nivel 2

d) Gasolinera

Artículo 15.- Uso Permitido EQUIPAMIENTO GENERAL PÚBLI-CO (“Ga”)

- Uso determinante: Colectivo General (mínimo 70%). Se admi-ten, además: Residencial, para las personas que prestan o recibenel servicio, según los casos; garaje y estacionamiento, deportivo, re-creo, ocio y expansión, y parque y jardín. Se admite uso comercialhasta el 2 % de la superficie construida total.

- Usos prohibidos: El resto.

Artículo 16.- Uso Pormenorizado ESPACIOS LIBRES (“-a”).

- Usos determinantes: Parque y jardín, Deportivo no privativo, yOcio, Recreo y Expansión. Superficie ocupada mínima: 80%.

Admite, además: hostelería, espectáculo y reunión, colectivos,deportivo. El uso comercial es admisible cuando se trate de quios-cos en régimen de concesión.

No se permite el viario destinado al tránsito de vehículos y trans-porte de mercancías; sin perjuicio del acceso para residentes, y elpaso de vehículos de emergencias y servicios públicos.

- Usos prohibidos: El resto.

Artículo 17.- Uso Permitido EQUIPAMIENTO DEPORTIVO PRI-VADO (“SC”)

- Uso determinante: Deportivo (mínimo 70%).

Admite, además: garaje y estacionamiento, ocio, recreo y expan-sión, parque y jardín, y hostelería. El residencial, sólo vinculado a lacustodia de las instalaciones (o residencia temporal de los deportis-tas).

- Usos prohibidos: El resto.

Artículo 18.- Uso Permitido VIARIO Y COMUNICACIÓN (sin si-gla)

- Uso determinante: Viario y Comunicación de uso público.Superficie ocupada mínima 50%.

Incluye en su ámbito zonas estanciales de recreo, expansión yespacios arbolados.

Admiten, además: parques y jardines, recreo, ocio y expansión,deportivo y la presencia, en determinados supuestos, de aparatoselevadores adosados a edificios existentes.

- Usos prohibidos: El resto.

CAPÍTULO 3.- CONDICIONES DE EDIFICABILIDAD YEDIFICACIÓN

Artículo 19.- En el presente capítulo se recogen las definicionesy condiciones generales de aplicación en la ordenación del Estudiode Detalle. En lo no previsto en los artículos siguientes se atenderáa lo establecido en el Capítulo V del Título V de la NormativaUrbanística del P.G.O.U.

Artículo 20.- EDIFICABILIDAD

La edificabilidad define la cantidad de edificación asignada poreste Estudio de Detalle, a cada uno de los predios incluidos dentrode su ámbito de aplicación.

La edificabilidad de cada parcela es la establecida en la MemoriaVinculante del Estudio de Detalle, en las fichas pormenorizadas decada parcela y en los planos de ordenación, definida por la superfi-cie edificable y las condiciones de edificación.

Artículo 21.- ÁREA DE MOVIMIENTO

Se entiende por Área de Movimiento de una parcela aquella par-te de la misma en que debe situarse obligatoriamente la edificaciónsobre rasante que corresponde a la edificabilidad de dicha parcela.

El Área de Movimiento de cada parcela edificable será la delimi-tada para la misma por las alineaciones interiores y exteriores, tal ycomo éstas aparecen grafiadas en el Plano de Ordenación.

Artículo 22.- ORDENACIÓN DE VOLÚMENES

Los planos de ordenación y de red viaria determinan con preci-sión las alineaciones y rasantes de todos los terrenos incluidos ensu ámbito de aplicación y contienen la ordenación de volúmenes deedificación a situar sobre dichos terrenos.

Las alturas señaladas tienen el carácter de máximas admitién-dose alturas inferiores a las mismas.

12 12 de marzo de 2007

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En la parcela destinada al uso EQUIPAMIENTO GENERALPÚBLICO corresponde al Ayuntamiento fijar una edificabilidad enfunción del uso concreto al que se destine y de los criterios contem-plados en el art. 446 del P.G.O.U. para zonas de “Equipamiento”(EQ).

Artículo 23.- Las condiciones de edificación aplicables a las par-celas resultantes de la ordenación se corresponden con las fijadaspor el P.G.O.U. de Valladolid para el suelo urbano (Art. 433), tenien-do en cuenta que para los usos pormenorizados específicamentedefinidos por el presente Estudio de Detalle (“ResidencialUnifamiliar” y “Residencial Plurifamiliar Ciudad Jardín”) las Condi-ciones de Edificación son las que se definen en estas Ordenanzasy en las fichas pormenorizadas de cada parcela resultante.

1.- VIVIENDA UNIFAMILIAR APE 58 (“VU APE 58”).

El Estudio de Detalle determina convenientemente los paráme-tros de edificabilidad y altura, así como el área de movimiento, ne-cesarios para fijar las características específicas de las edificacio-nes materializables en las parcelas señaladas con esta condición.Son admisibles Viviendas Unifamiliares “Aisladas”, “Pareadas” y “EnHilera” conforme a los siguientes parámetros de implantación enparcela:

TIPOLOGÍA AISLADA PAREADA EN HILERA

PARCELA mínima (m2) 300 200 150

FRENTE mínimo (m) 12 9 6,5

OCUPACIÓN máxima (%) 35 50 60

RETRANQUEO según según según

mínimo a vial (m) plano plano plano

Las alturas vienen definidas por plantas con el alcance señaladoen normativa del Plan General (Art. 396)

2.- EDIFICACIÓN PERIMETRAL CIUDAD JARDÍN APE 58 (“EPCJAPE 58”).

El Estudio de Detalle determina convenientemente los paráme-tros de edificabilidad y altura, así como el área de movimiento, ne-cesarios para fijar las características específicas de las edificacio-nes materializables en las parcelas señaladas con esta condiciónLas alturas vienen definidas por plantas con el alcance señalado ennormativa del Plan General (Art. 396).

Además debe cumplir:

1.- La distancia mínima de las edificaciones a cualquiera de loslinderos de la parcela no será inferior a 3 metros.

2.- Las edificaciones que se propongan tendrán una máxima lon-gitud de fachada de 50 m.

3.- La separación entre edificaciones, incluso dentro de la mis-ma parcela, será igual o superior a la altura de fachada de la quetenga mayor altura.

4.- La ocupación de la edificación sobre parcela será, como má-ximo del 30 %.

5.- Los espacios no edificados de parcela deberán arbolarse oajardinarse al menos en un 60 % de su superficie.

3.- EQUIPAMIENTO (“EQ”).

Según artículo 446 de la Normativa del P.G.O.U.

4.- ÁREA DEPORTIVA PRIVADA (“SP”).

Según artículo 447 de la Normativa del P.G.O.U.

5.- ESPACIOS LIBRES (“ - -“).

Según artículo 448 de la Normativa del P.G.O.U.

6.- VIARIO Y COMUNICACIÓN (sin sigla).

Según artículo 450 la Normativa del P.G.O.U

CAPÍTULO 4.- EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN

Artículo 24.- Se establece una única Unidad de Actuación coin-cidente con el ámbito territorial del Estudio de Detalle. Las basestécnicas y económicas para la gestión de la ordenación que esta-blece el Estudio de Detalle se recogerán en el correspondienteProyecto de Actuación en el que se propondrá un sistema de los re-cogidos en el Art. 74 de la Ley 5/1.999 para el desarrollo de las ac-tuaciones, que lógicamente será el de Compensación.

Artículo 25.- La aprobación del Proyecto de Actuación, con sucorrespondiente reparcelación, por parte del Ayuntamiento de Valla-

dolid producirá los efectos señalados en el artículo 77 de la Ley5/1.999 de Urbanismo de Castilla y León y en concreto la transmi-sión al Ayuntamiento, en pleno dominio y libres de cargas, graváme-nes y ocupantes, de los terrenos que deben ser objeto de cesión,para su afectación a los usos previstos en el planeamiento y su in-corporación al Patrimonio Municipal de Suelo, en su caso.

Artículo 26.- La tramitación del Proyecto de Urbanización en elque se definan técnica y económicamente las obras necesarias pa-ra la ejecución material de las determinaciones de planeamiento in-cluidas en este Estudio de Detalle se realizará conforme a lo indica-do en el Art. 95 de la Ley 5/1.999 y en el artículo 18 del P.G.O.U.

Valladolid, septiembre de 2006.-Las Propiedades, Sociedad Pa-trimonial de Terrenos e Inmuebles S.L., Arranz Acinas S.A., Prycon-sa, S.A., El Arquitecto, J.M. Gómez Gaite.

1817/2007

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA, E INFRAESTRUCTURAS

Servicio de Planeamiento y G.U.

Sección de Planeamiento

ESTUDIO DE DETALLE EN LA PARCELA 18 DEL PLANPARCIAL DEL SECTOR IA - 18 VILLA DEL PRADO

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 6 defebrero de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:

“Visto el expediente nº 50.435/06, promovido por D. EduardoRodrigo Aragón, relativo al Estudio de Detalle de la parcela 18 delPlan Parcial “Villa del Prado”; y atendido que:

1º) La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 27 deoctubre de 2006, acordó aprobar inicialmente dicho Estudio deDetalle, conforme al documento incorporado al expediente comoAnexo 1. Se promueve el presente Estudio de Detalle sobre la cita-da parcela, considerada como Suelo Urbano Consolidado (al habersido aceptadas por el Ayuntamiento las obras de urbanización co-rrespondientes a la fase en la que se encuentra enclavada la parce-la), con el objeto de modificar las determinaciones de ordenacióndetallada, disminuyendo el ámbito calificado como EdificaciónPerimetral y ampliando el calificado como Patio Libre, manteniendoel resto de los parámetros urbanísticos.

2º) Asimismo se acordó la apertura de un periodo de informaciónpública por plazo de un mes, llevado a cabo este mediante la inser-ción de anuncios en prensa local, BOP y BOCyL, durante el mismono se ha formulado alegación alguna.

3º) Se han solicitado los informes preceptivos regulados en el art.153 del RUCyL, no teniendo constancia de que se hayan emitido niel correspondiente al Servicio Territorial de Fomento ni el de laDiputación Provincial, por lo que hay que entenderlos favorables, se-gún la norma citada.

4º) Corresponde al Pleno Municipal la aprobación definitiva delEstudio de Detalle (art. 123.1.i de la Ley 57/2003), acuerdo que po-drá adoptarse por mayoría simple (art. 123.2 de dicha Ley).

SE ACUERDA:

I. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela 18del Plan Parcial “Villa del Prado”, promovido por D. Eduardo RodrigoAragón, conforme a la documentación incorporada al expedientecomo Anexo 1.

II. Declarar que el presente acuerdo pone fin a la vía administra-tiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.”

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, signifi-cándole que contra esta resolución, que pone fin a la vía adminis-trativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante elPleno Municipal en el plazo de un mes o directamente recurso con-tencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del TribunalSuperior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses.En ambos casos referido plazo se computará a partir del siguientedía al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia y Boletín Oficial de Castilla y León - última inserción -

En el supuesto de presentarse recurso de reposición no se po-drá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquelsea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaciónpor silencio.

12 de marzo de 2007 13

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Valladolid, 8 de febrero de 2007.-El Alcalde P.D., El ConcejalDelegado (Dto. nº 5.805 de 15/06/05), José Antonio García de Coca.

MEMORIA

INSTRUMENTO: ESTUDIO DE DETALLE

SITUACIÓN: PARCELA PB-18, P.P. VILLA DEL PRADO. (VALLA-DOLID)

PROPIEDAD: VALLEHERMOSO DIVISIÓN PROMOCIÓN S.A.U.

MEMORIA VINCULANTE

1.- COHERENCIA DE LA PROPUESTA CON LAACTIVIDAD URBANÍSTICA PÚBLICA

Se presenta el Estudio de Detalle en la Parcela 18 del Plan ParcialVilla del Prado, con el propósito de proceder a la modificación de al-gunas de las determinaciones de la ordenación detallada vigentesdesde la aprobación definitiva de Modificación Puntual del Sector18, (Villa del Prado) en su parcela 18, aprobada por el Excmo.Ayuntamiento de Valladolid en Pleno en sesión de 5 de abril de 2005.

El Estudio de Detalle es el instrumento de planeamiento de de-sarrollo adecuado para modificar las determinaciones de ordena-ción detallada, según se señala en el art. 131.b RUCyL, al actuar so-bre una parcela sita en un Sector de suelo urbano, (no consolidado),que cuenta con urbanización terminada en todo el sector y recibidapor el Ayuntamiento de Valladolid el 6 de abril de 2006.

La modificación que se propone ha de ser coherente con los ob-jetivos generales de la actividad urbanística pública, (art. 132.3.aRUCyL) y en este sentido ha de indicarse que el señalamiento denuevos parámetros de edificación dentro de la parcela, referidos alfondo de un nuevo área de movimiento, que son los afectados porel presente Estudio de Detalle, no entran en contradicción con losobjetivos generales que persigue el ordenamiento urbanístico gene-

ral del municipio, recogidos en el PGOU/04, ni con el ModeloTerritorial propuesto. La actividad urbanística pública no se ve so-cavada en sus objetivos generales, sino al contrario reforzada en losprincipios que persigue, pues como quedará demostrado en lasconclusiones del presente documento, se van a favorecer por ejem-plo; las condiciones de exteriorización, soleamiento y confort en lasviviendas que se proyecten; la ampliación del espacio libre dentrode la parcela y; la recuperación en la medida de lo posible con lanueva ordenación, de la composición volumétrica que inspiró el PlanParcial, lo que redunda en la mejora del uso del suelo de acuerdo alinterés general y a la función social de la propiedad, y la mejora dela calidad y el espacio urbano proyectado.

2.- IDENTIFICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN PORMENORIZADA DELAS DETERMINACIONES MODIFICADAS

El presente documento tiene como objetivo la modificación de laordenación del área de movimiento dentro de la parcela, mantenien-do la altura máxima, el uso, la edificabilidad, las alineaciones obli-gatorias y otros parámetros ya determinados en el Plan Parcial.

La propuesta, por tanto, varía únicamente la distribución de lasáreas uniformes y la ocupación de la parcela, ofreciendo una opciónde ordenación del área de movimiento, que dentro de múltiples al-ternativas posibles, supone un mejor ajuste al volumen máximo per-mitido, en términos de edificabilidad, (15.315m2.e) y número máxi-mo de plantas, (B+V) parámetros que no se modifican, y un aumen-to de la superficie de Patio Libre, PL. Se propone una ubicación di-ferente del volumen previsto en el Plan Parcial y también en el de suposterior Modificación Puntual, o lo que es lo mismo, un cambio delárea de movimiento definido en ellos.

La Modificación Puntual del Sector 18, Plan Parcial Villa delPrado en su Parcela 18, aprobada establece las siguientes determi-naciones de aplicación a la parcela 18

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PARCELA SUPERFICIE m2 EDIFICABILIDAD ALTURA OCUPACIÓN VIVIENDAS USOS TIPOLOGÍA

m2.e M MAX SUELO APROX.

18 5.973,47 15.315 20,25 4.352,58 139 R3-PL EP-PL

(B+V)

ORDENACIÓN PROPUESTA CON EL ESTUDIO DE DETALLE

Se determina ahora un anillo calificado como EP en todo el pe-rímetro, solo abierto en el lado Oeste y ajustado en su fondo enaquellos lados de la parcela donde la geometría obliga a una distan-cia entre volúmenes construidos que permita dar cumplimiento alart. 133.1.b del PGOU/04 que señala:

b) Relación ancho/alto: La altura total de la edificación no podrásuperar la distancia existente entre fachadas a la misma calle o es-pacio libre.

Es oportuno señalar ahora la limitación que supone el plantea-miento que se arrastra desde la anterior Modificación de 05.04.05,con la determinación tan estricta del área de movimiento, definidade forma gráfica y acotada. Realmente los parámetros que apare-cen en la ficha del Plan Parcial, junto con el cumplimiento del ante-rior artículo del PGOU/04 citado, serian suficientes para poder esta-blecer una ordenación volumétrica conforme a las determinacionesde la ordenación detallada, pero la necesidad de realizar esteEstudio de Detalle para cambiar los parámetros definidos gráfica-mente en la Modificación vigente, hacen preciso concretar el área demovimiento a uno de los muchos posibles, atendiendo a criterios de

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interés público y mejora de la calidad de vida en la opción propues-ta, en comparación con la anterior.

EJEMPLOS DE OTRAS ÁREA DE MOVIMIENTO POSIBLES

En este sentido la mejora no ofrece duda. Se pretende con unaalteración del fondo del área de movimiento, mejorar la tipología re-sidencial de las viviendas, permitiendo el diseño de viviendas pa-santes desde la alineación exterior, que da frente al viario, a la par-cela interior que limita con la zona de espacio libre de uso privado.La regularización del fondo del área de movimiento, a una crujía de13 metros, para toda la parcela permite una menor ocupación de lasfachadas exterior e interior por cada unidad de vivienda y por tantoun mejor reparto del paramento, para un mayor número de vivien-das con fachada a ambos lados. Por otro lado las crujías entre 12 y15 metros, permiten una mejor optimización y distribución de las es-tructuras portantes del edificio, el aprovechamiento más racional delsubsuelo para los garajes, con unos ratios de ocupación óptimosque reducen el área de excavación y mejoran por tanto, el índice depermeabilidad en el interior de la parcela.

La propuesta renuncia a la posibilidad de ocupación de un áreade movimiento con fondos de 20m., coincidentes con el fondo má-ximo edificable establecido en el Plan Parcial. Es evidente que unacrujía de 20m dificulta el desarrollo de una vivienda con unas condi-ciones de confort y habitabilidad adecuadas a las costumbres de hoy.El reparto de la superficie en viviendas alargadas, con frentes de fa-chada estrechos da como resultado estancias muy profundas, pocosoleadas y sin una ventilación cruzada eficaz. Por otro lado se creancirculaciones largas que reducen los ratios de optimización entre laszonas estanciales y las de distribución, lo que repercute en el preciode la vivienda, pues estas tipologías consumen más metros que otrosmodos de distribución, para programas funcionales idénticos.

La alternativa en estos fondos de edificación esta en el uso dela doble crujía. Mediante la organización de la planta en núcleos deescalera que sirven a viviendas situadas a una y otra fachada, (ex-terior e interior), se logran tipologías residenciales de 10 metros defondo y extensas fachadas, lo que obliga a espacios circulantes alar-gados, paralelos a fachada, con iluminación y ventilación exclusivaa la orientación solar que corresponda, combinada muchas vecescon la existencia de un patio interior. Por otra parte, las condicionesde exteriorización que señala el artículo 303 PGOU/04, obligaría aldiseño en la parcela de un espacio de maniobra en torno a la facha-da interior, que reduce el espacio libre de parcela PL, sin posibilidadde adaptarlo para un uso estancial o de recreo, pues ha de perma-necer libre de mobiliario urbano.

Con las modificaciones propuestas en el presente Estudio deDetalle, se produce una manifiesta mejora de las condiciones departida para un proyecto arquitectónico armónico, lo que redundaen la calidad de las viviendas para disfrute de sus usuarios tanto in-dividualmente, como en el conjunto de la población residente. Se di-señan viviendas exteriores pasantes, con mejores ratios entre espa-cios servidores, (distribuidores y pasillos) y espacios servidos, (es-tancias de día y noche), lo que garantiza una vivienda mas sosteni-ble y equilibrada, y un conjunto de la promoción con menor densi-dad volumétrica, al reducir la ocupación de la planta, y un mejor es-pacio interior de uso privado, al existir mas distancia entre los volú-menes edificados.

2.1- DATOS DE LA FICHA ACTUAL.

PARCELA 18

SUPERFICIE DE LA PARCELA: 5.973,47m2.

EDIFICABILIDAD MÁXIMA - Nº VIVIENDAS APROX.: 15.315 m2- 139 viv. aprox.

CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y USOS: EP-R3 y PL-PL.(Edificación Perimetral y Patio Libre; Residencial 2 y Patio Libre). (Deacuerdo a Ordenanzas del Plan).

Cada uno sobre su área. Tipología: Vivienda Colectiva en Bloque.

OCUPACIÓN MAXIMA DE PARCELA: 4.352,58 m2

FONDO MÁXIMO EDIFICABLE: 20 m. en EP.

ALTURA MÁXIMA DE LA EDIFICACIÓN: 20,25 m en EP y 3,00 men PL; (De acuerdo al PGOU de Valladolid. Sólido capaz).

EDIFICACIÓN BAJO RASANTE: Permitida. (De acuerdo al PGOUde Valladolid).

APARCAMIENTOS MÍNIMOS: En el interior de las parcelas en unporcentaje mínimo de 1,5 plazas por cada 100 m2 construídos.

VUELOS MÁXIMOS: 0,70 m de acuerdo a Ordenanzas del Plan.

ALINEACIONES OBLIGATORIAS: De acuerdo al Plano de aline-aciones obligatorias del Plan.

VALLADO Y CERRAMIENTOS DE PARCELA: De acuerdo a Or-denanzas del Plan.

OTRAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA PARCELA: Resto:De acuerdo a Ordenanzas del Plan.

Se permite el cambio de uso hasta el 100% de usos terciarios(oficinas,… etc) y hoteleros.

2.2- FICHA GRÁFICA ACTUAL.

2.3- DETERMINACIONES MODIFICADAS.

Con la propuesta modificada se amplía el ámbito calificado conel uso pormenorizado PL, patio libre, y se reduce el ámbito califica-do con el uso pormenorizado EP, edificación perimetral, sin modifi-car la asignación de edificabilidad ni otros parámetros. Se mantienela alineación obligatoria en el lado Sureste y el lado Norte, y se dacumplimiento a artículo 133.1.b del PGOU/04, en el punto mas crí-tico, al establecer un arco de circunferencia que marca el límite des-de el área de movimiento apoyado en la alineación de la rotondaSureste, hasta el volumen que se apoya en el frente que da al ladoNorte.

12 de marzo de 2007 15

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La modificación de las determinaciones de ordenación detalladaque se propone en el presente Estudio de Detalle, es conforme conlo señalado en el art. 134.1 RUCyL, en relación con los artículos 101a 108 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León aprobadopor Decreto 22/2004 de 29 de enero.

2.4- DATOS DE LA FICHA MODIFICADA.

PARCELA 18

SUPERFICIE DE LA PARCELA: 5.973,47m2.

EDIFICABILIDAD MÁXIMA - Nº VIVIENDAS APROX.: 15.315 m2- 139 viv. aprox.

CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y USOS: EP-R3 y PL-PL.(Edificación Perimetral y Patio Libre; Residencial 2 y Patio Libre). (Deacuerdo a Ordenanzas del Plan).

Cada uno sobre su área. Tipología: Vivienda Colectiva en Bloque.

OCUPACIÓN MAXIMA DE PARCELA: 3.299,68 m2.

FONDO MÁXIMO EDIFICABLE: 20 m. en EP.

ALTURA MÁXIMA DE LA EDIFICACIÓN: 20,25 m en EP y 3,00 men PL; (De acuerdo al PGOU de Valladolid. Sólido capaz).

EDIFICACIÓN BAJO RASANTE: Permitida. (De acuerdo al PGOUde Valladolid).

APARCAMIENTOS MÍNIMOS: En el interior de las parcelas en unporcentaje mínimo de 1,5 plazas por cada 100 m2 construídos.

VUELOS MÁXIMOS: 0,70 m De acuerdo a Ordenanzas del Plan.

ALINEACIONES OBLIGATORIAS: De acuerdo al Plano de aline-aciones obligatorias del Plan.

VALLADO Y CERRAMIENTOS DE PARCELA: De acuerdo aOrdenanzas del Plan.

OTRAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA PARCELA: Resto:De acuerdo a Ordenanzas del Plan.

Se permite el cambio de uso hasta el 100% de usos terciarios(oficinas,… etc) y hoteleros.

2.5- FICHA GRÁFICA MODIFICADA

3.- ACREDITACIÓN DEL INTERÉS PÚBLICO. CONCLUSIONES

Las modificaciones de los instrumentos de planeamiento debenjustificar su conveniencia acreditando, entre otros aspectos, el inte-

rés público según señala el art. 169 RUCyL. En el presente docu-mento, dado que el ámbito de la actuación se circunscribe a unaparcela privada, habría que al menos, justificar que en la modifica-ción no ha de resultar dañado el interés general, si bien la modifica-ción presentada va más lejos, pues la actuación propuesta se reali-za de acuerdo al interés general y a la función social de la propie-dad, dentro de las condiciones establecidas en la normativa del PlanParcial Villa del Prado, las cuales no se modifican en ninguno de susparámetros.

Con el planeamiento vigente, si la propiedad de la parcela ejer-ciera su derecho a solicitar licencia urbanística, tratándose de unsuelo urbano no consolidado de uso residencial R3-PL y la licenciaun acto reglado, la volumetría, resultante de agotar la edificabilidadpermitida en la parcela dentro del área de movimiento señalado, su-pondría sin duda un mayor impacto, en el entorno urbano inmedia-to y en la propia parcela, por su resultado volumétrico de caráctermasivo con una escasa relación diferencial entre el vacío y el lleno,entre el espacio libre y el ocupado por la edificación.

ORDENACIÓN VIGENTE

ORDENACIÓN PROPUESTA

La entidad propietaria de la parcela, se plantea la modificacióndesde el interés general y no desde otro, si bien es cierto en estecaso, que aquél resulta inmanente a los intereses particulares, pero

16 12 de marzo de 2007

La modificación que se propone se resume de la siguiente forma:

P-18 Determinaciones según Determinaciones según

Villa del Prado Planeamiento Aprobado Modificación Propuesta

Superficie 5.973,47 m2 5.973,47 m2

Área Uniforme EP 4.352,58 m2 3.299,68 m2

Área Uniforme PL 1.620,89 m2 2.673,79 m2

Edificabilidad 15.315 m2.e 15.315 m2.e

Condiciones de Edificación y Uso EP-R3 EP-R3

PL-PL PL-PL

Altura máx. de Edificación EP (20,25m) EP (20,25m)

PL (3m) PL (3m)

Nº máx. de Plantas EP (B+V) EP (B+V)

PL (B) PL (B)

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a la vez trascendente e independiente de aquellos al considerar lanecesidad de proponer este Estudio de Detalle.

Renunciando a resultados inmediatos derivados del planeamien-to vigente, la propietaria presenta una propuesta nueva menos ma-siva, mas abierta y digna, que sin renuncia de su derecho de apro-vechamiento con las alturas permitidas y con un menor fondo delárea de movimiento, permita la realización de una propuesta arqui-tectónica que fomente un desarrollo sostenible comprometido conlas personas y con el conjunto de la población. La propuesta se ba-sa entre otras consideraciones menores en; la tipología de viviendapasante, cuyas ventajas acreditadas referidas a la doble orientacióno a la relación de las personas con el espacio público y el espacioprivado, por ejemplo, muestran el compromiso por la mejora de lacalidad de vida de la población; la mejora de los usos del suelo, allibrar más espacio interior en la parcela que permite fomentar las re-laciones de las personas en áreas de recreo y esparcimiento másgenerosas; la mejora de las condiciones ambientales, al reducir lahuella edificatoria posible racionalizando el uso del subsuelo y supermeabilidad etc.

4.- PROPIEDAD

El promotor del presente Estudio de Detalle, VALLEHERMOSODIVISIÓN PROMOCIÓN, S.A.U., es el propietario único de la parce-la 18 del Plan Parcial Villa del Prado, ámbito al que se ciñe el pre-sente documento, y está representada por D. Pablo AlonsoCarpintero con domicilio a efecto de notificaciones en Valladolid,Calle Miguel Íscar, 7, 2º Izda.

5.- PLANOS

Conforme a las determinaciones del art. 13 PGOU/04 se presen-tan la relación de planos necesaria para ilustrar y justificar el conte-nido y finalidad del documento.

ED.01 PLANO DE SITUACIÓN EN LA CIUDAD.

ED.02 ORDENACIÓN SEGÚN PLAN PARCIAL INICIAL.

ED.03 ORDENACIÓN VIGENTE.

ED.04 PLANO PARCELARIO JUSTIFICANTE DE LA PROPIE-DAD.

ED.05 FOTOGRAFÍAS Y PLANO DE LA SITUACIÓN ACTUAL .ORDENACIÓN Y ALINEACIONES RESULTANTES.

ED.06 ORDENACIÓN PROPUESTA.

ED.07 ACCESIBILIDAD EN EMERGENCIA. COMPARATIVO AC-TUAL Y PROPUESTO.

Por todo lo expuesto se solicita del Ayuntamiento de Valladolid,sean consideradas las anteriores argumentaciones y previa su esti-mación se informe favorablemente el presente Estudio de Detalledando traslado del oportuno expediente a las entidades vinculadas,según lo previsto en la legislación urbanística de la Comunidad deCastilla y León. En Valladolid, a dos de octubre de 2006

Eduardo Rodrigo Aragón.

Por Bentabol y Rodrigo, Arquitectos, S.L., (ilegible).

Pablo Alonso Carpintero.

Por Vallehermoso División Promoción S.A.U., (ilegible).

RELACIÓN DE DOCUMENTOS

MEMORIA

PLANOS

- 7 planos.

1819/2007

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

SERVICIO DE CONTROL DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA

Sección de Licencias

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 27.1 de la Ley dePrevención Ambiental de 8 de abril de 2003, se somete a informa-ción pública los siguientes expedientes de licencia ambiental, inco-ados a petición de los interesados que se citan y para las activida-des mencionadas, para que quienes se consideren afectados de al-gún modo por dichas actividades puedan examinarlos durante ho-ras de oficina en la Sección de Licencias de este Ayuntamiento yformular por escrito las observaciones pertinentes, todo ello en eltérmino de veinte días hábiles a contar del siguiente al de publica-ción de este anuncio:

1. Expediente n° 34/2007, iniciado por Cobalto 116-117, S.A.para Fabricación de carpintería de aluminio en el PP El Carrascalparcela E1.

2. Expediente n° 35/2007, iniciado por Renault España, S.A.para Nuevas líneas de cigüeñales y cárter cilindros en la CarreteraMadrid P.K. 185,100.

3. Expediente n° 36/2007, iniciado por Securitas Sistemas deSeguridad, S.A. para Sistemas electrónicos de seguridad y protec-ción contra incendios en la calle Cobalto parcela 93, nave 1.

4. Expediente n° 37/2007, iniciado por Torbi Renta, S.L. paraCentro médico de prevención y oficinas en la calle Manuel Azaña 15.

5. Expediente n° 38/2007, iniciado por Millarto, S.A. paraAlmacén y expedición de recambios para automoción en la calleBronce 18-20.

6. Expediente n° 39/2007, iniciado por Hertz España, S.A. paraAmpliación de actividad a lavadero aspiración de vehículos en la ca-lle Italia 10.

7. Expediente n° 40/2007, iniciado por Jorge Fernández Rodrí-guez para Venta de alimentación sin obrador en la Avenida deSegovia 78.

8. Expediente n° 41/2007, iniciado por Luis Manuel HernándezFolgado para Exposición y venta de pavimentos con vado en la ca-lle Panaderos 69.

Valladolid, 26 de febrero de 2007.-El Alcalde, P.D. El Concejal deUrbanismo (Decreto nº 5805, de 15 de junio de 2005), José AntonioGarcía de Coca.

1852/2007

ARROYO DE LA ENCOMIENDA

CONCEJALÍA DE SEGURIDAD VIAL Y CIUDADANA

Edicto de denuncias

No habiéndose podido practicar la notificación de la denunciaen el acto por la causa que se expresa en el boletín correspondien-te, e intentada sin efecto la notificación personal a cada uno de losdenunciados, en el domicilio o lugar adecuado a tal fin, de confor-midad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, ( BOE 27-11-1992), por el Edictose notifica a cada uno de los interesados que más abajo se indi-can:

I.- INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE.

Se ha incoado contra el titular del vehículo o en su caso contrael conductor responsable de la infracción en el plazo concedido alefecto en la notificación de la denuncia que ha dado lugar a este ex-pediente, siendo el Instructor del expediente, el concejal Delegadode Seguridad Vial y Ciudadana de este Ayuntamiento, cuyo titularactuará bajo el régimen de acusación establecido en los artículos 28y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y correspondiendo lacompetencia para la resolución del expediente al Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 38.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que seaprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial y Artículo 15.1 del Reglamento de 25 de febrero de1994, que actuará bajo el mismo régimen de recusación.

II.- ESCRITO DE ALEGACIONES.

Si no está conforme con la denuncia formulada dispone de unplazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publi-cación del presente Edicto, para que alegue cuanto considere con-veniente a su defensa y proponga o aporte las pruebas que estimepertinentes. El escrito se dirigirá al Sr. Alcalde Presidente, y el él de-be indicar los datos siguientes: el número de Boletín, la fecha de ladenuncia, y la matrícula del vehículo. Se presentará en RegistroGeneral del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, sito en laPlaza de España Nº 1, de Arroyo de la Encomienda.

III.- PAGO DE LA MULTA.

Transferencia bancaria, haciendo constar en el documento de in-greso los siguientes datos: número de boletín o expediente, la fechade la denuncia nombre y apellidos y matrícula del vehículo, abonan-do el importe de la sanción en las cuentas que se indican:

Caja Municipal, de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

En CAJA ESPAÑA oficina de Arroyo de la Encomienda.

12 de marzo de 2007 17

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El importe de la multa se reducirá en un 30% si se hace efecti-vo el pago dentro de los treinta días naturales siguientes a esta pu-blicación.

Si la infracción está tipificada como grave o muy grave podrá im-ponerse además la sanción de suspensión del permiso o licencia deconducir hasta tres meses. El pago producirá la conclusión y el ar-chivo del expediente. En el caso de las infracciones muy graves es-ta última sanción se impondrá en todo caso.

IV.- IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR.

En caso de no haber sino Vd. El conductor del vehículo, tiene eldeber de identificar expresamente el mismo en el plazo indicado pa-ra formular alegaciones, (quince días hábiles), comunicando nombrey apellidos, domicilio completo, DNI advirtiéndose que en el caso deincumplir esta obligación sin causa justificada, será sancionado co-mo autor de falta grave, con multa de 301 euros, de acuerdo con la

regulación establecida en el artículo 72.3 de la citada Ley de Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

V.- PLAZO MÁXIMO PARA LA RESOLUCIÓN Y LA NOTIFICA-CIÓN DE ESTE PROCEDIMIENTO: Un año. Efectos del silencio ad-ministrativo: caducidad.

Claves de identificación del Precepto infringido:

- LSV; Ley Sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Se-guridad Vial, aprobada por Real Decreto Legislativo 39/191990, de2 de marzo, (BOE nº 63, de 14 de marzo de 90).

- RGC; Reglamento General de Circulación, aprobado por RealDecreto 13/1992, de 17 de enero, (B.O.E Nº 27, de 31 de enero de1992).

- Ley 17/2005 de 19 de julio de Reforma del Texto Articulado dela Ley de Tráfico y Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

18 12 de marzo de 2007

APELLIDOS Y NOMBRE MATRÍCULA Nº EXPTE TIPO FECHA DENUNCIA P. INFRINGIDO IMPORTE

ALONSO PETHERBNDGE ADRIEU MARC C-6536-BMW 428/2006 GRAVE 22/11/2006 118 1 2A RGC 150 euros

ALVAREZ DE ANTÓN VENANCIO VA-0488-AK 479/2006 LEVE 19/12/2006 94 2 1J RGC 90 euros

AMO DE LA HOZ JESÚS 8507-FFN 488/2006 LEVE 21/12/2006 94 2 1J RGC 90 euros

CABO MATEOS AMALIA 9127-DMZ 458/2006 LEVE 05/12/2006 94 2 1D RGC 90 euros

CANO GARCÍA EMILIANO VA-3849-Z 498/2006 LEVE 28/12/2006 94 2 1K RGC 90 euros

DE LA VEGA MEILAND JUAN MIGUEL VA-9129-AD 367/2006 LEVE 07/10/2006 94 2 RGC 90 euros

FAST TIME S.L VA-8354-V 393/2006 LEVE 08/11/2006 92 2 1A RGC 60 euros

FERNÁNDEZ SANTIAGO JAIRO C-2121-BNF 504/2006 GRAVE 22/12/2006 42 1 1A LSV 150 euros

FERNÁNDEZ SANTIAGO JAIRO C-2121-BNF 507/2006 GRAVE 28/12/2006 42 1 1A LSV 150 euros

FUENTES RENEDO MIGUEL ÁNGEL 8551-BRF 497/2006 LEVE 27/12/2006 94 2 1D RGC 90 euros

GARCÍA GARCÍA EDUARDO 6121-DYT 40/2007 LEVE 25/01/2007 94 2 1D RGC 90 euros

GUTIÉRREZ MONCADA JESÚS VA-1247-L 415/2006 LEVE 14/11/2006 94 2 1D RGC 90 euros

JIMÉNEZ JIMÉNEZ DAVID 9336-BPC 39/2007 LEVE 25/01/2007 94 2 1D RGC 90 euros

LÓPEZ CILLANUEVA FERNANDO 0005-BFG 457/2006 LEVE 04/12/2006 94 2 1D RGC 90 euros

MENDIVE ZABALDICA JESÚS MAURICIO 0603-CHB 244/2006 LEVE 12/07/2006 94 2 1D RGC 90 euros

MUÑOZ NUÑEZ SILVIA 3707-CJB 243/2006 LEVE 12/07/2006 94 2 1D RGC 90 euros

NEIRA LÓPEZ CONCEPCIÓN CARMEN 8176-CRP 442/2006 LEVE 16/11/2006 94 2 1D RGC 90 euros

NIETO GONZÁLEZ JULIAN VA-4994-AB 365/2006 LEVE 18/10/2006 94 2 1J RGC 90 euros

NUÑEZ ABAD JORGE 4651-CNZ 446/2006 LEVE 29/11/2006 1 2 A LSV 90 euros

ORTEGA MANZANO HIPOLITO 2303-CGN 469/2006 LEVE 15/12/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PAVIMENTOS EPOLID SRL 0288-CTV 456/2006 LEVE 04/12/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PÉREZ DE LA FUENTE FRANCISCO JAVIER 0980-FGW 450/2006 LEVE 01/12/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PORRO PORRO MARCELINO HUMBERTO VA-9014-AJ 25/2007 LEVE 16/01/2007 171 1 1A RGC 60 euros

PRIETO GARCÍA MIGUEL ÁNGEL 1081-BPH 7/2007 LEVE 08/01/2007 94 2 1C RGC 90 euros

RESINA LÓPEZ MARÍA JOSE 9453-DMN 418/2006 LEVE 14/11/2006 94 2 1D RGC 90 euros

RIERA SÁEZ DE BURUAGA JAVIER ESTEBAN 3835-FBH 492/2006 LEVE 22/12/2006 171 1A RGC 60 euros

SOUSA CARABOLLOL MANUEL SEGUNDO 2893-DWY 464/2006 GRAVE 13/12/2006 3 1 2B RGC 300 euros

TOLA BELLO FRANCISCO 1769-FCH 406/2006 LEVE 13/11/2006 94 2 1K RGC 90 euros

TSVETANOV VANCHUKOV ROSEN 6769-DXB 435/2006 LEVE 22/11/2006 94 2 1D RGC 90 euros

VEGA GARCÍA LUIS MANUEL VA-8587-AD 468/2006 LEVE 15/12/2006 94 2 1C RGC 90 euros

Arroyo de la Encomienda, 1 de marzo de 2007.-El Instructor, Gumersindo Redondo Alejos.

1854/2007

ARROYO DE LA ENCOMIENDA

CONCEJALÍA DE SEGURIDAD VIAL Y CIUDADANA

Edicto de denuncias

No habiéndose podido practicar la notificación de la Resoluciónde la Alcaldía por la que se sanciona a los denunciados por proce-dimiento sancionador de trafico, habiéndose intentado al efecto lanotificación personal a cada uno de ellos, en el domicilio o lugar ade-cuado a tal fin, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE27-11-1992), POR EL EDICTO se notifica a cada uno de los intere-sados que abajo se indican:

I.- PAGO DE LA MULTA.

En el plazo de un mes a partir de la publicación de esta notifica-ción mediante:

Transferencia bancaria: haciendo constar en el documento de in-greso los siguientes datos: número de boletín o expediente, la fechade la denuncia nombre y apellidos y matrícula del vehículo, abonan-do el importe de la sanción en:

Caja Municipal, de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

En CAJA ESPAÑA oficina de Arroyo de la Encomienda.

Si la infracción está tipificada como grave o muy grave podrá im-ponerse además la sanción de suspensión del permiso o licencia deconducir hasta tres meses. El pago producirá la conclusión y el ar-chivo del expediente. En el caso de las infracciones muy graves es-ta última sanción se impondrá en todo caso.

II.- RECURSOS.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 52.1 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,contra la presente Resolución que agota la vía administrativa puedeinterponer recurso de Reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento

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acreedor, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publi-cación del presente edicto.

El recurso se entenderá desestimado si no ha sido resuelto en elplazo de un mes desde la fecha de su interposición. La Sanción im-puesta adquirirá firmeza en vía administrativa una vez haya recaídoresolución del recurso de reposición que, en su caso, se haya inter-puesto o haya transcurrido el plazo para su interposición sin que es-ta se haya producido.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de re-posición, se puede interponer recurso Contencioso-Administrativoante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, enel plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de lapublicación del edicto, cuando sea formulada de forma expresa, o

en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al que se hayade entender desestimado de forma presunta.

III- CLAVES DE IDENTIFICACIÓN DEL PRECEPTO INFRINGIDO:

- LSV; Ley Sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial, aprobada por Real Decreto Legislativo .39/191990,de 2 de marzo, (BOE nº 63, de 14 de marzo de 90).

- RGC; Reglamento General de Circulación, aprobado por RealDecreto 13/1992, de 17 de enero, (B.O.E Nº 27, de 31 de enero de1992).

- Ley 17/2005 de 19 de julio de Reforma del Texto Articulado dela Ley de Tráfico y Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

12 de marzo de 2007 19

APELLIDOS Y NOMBRE MATRÍCULA Nº EXPTE. TIPO FECHA DENUNCIA P. INFRINGIDO IMPORTE

ARRANZ PUERTAS ENRIQUE VA-4870-Z 427/2006 LEVE 20/11/2006 171 1A RGC 60 euros

BERMEJO LORENTE SUSANA 2590-CBB 385/2006 LEVE 2/11/2006 94 2 1D RGC 90 euros

BONAVITA JORGE LUIS M-0025-UY 299/2006 LEVE 17/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

CONTRERAS GARCÍA LINO 7998-CWV 368/2006 LEVE 19/10/2006 94 2 1D RGC 90 euros

CORRAL FERNÁNDEZ MIGUEL 1077-DNP 118/2006 GRAVE 14/03/2006 79 1 1A RGC 150 euros

CUESTA PALMERO DAVINIA 2893-CJK 151/2006 LEVE 21/04/2006 171 1A RGC 60 euros

DEL REY SÁNCHEZ OSCAR 3588-CSP 139/2006 LEVE 25/02/2006 39 2A LSV 90 euros

DINIZ FERREIRA IZAQUE GI-6340-AW 224/2006 LEVE 23/06/2006 94 2 1D RGC 90 euros

FERNÁNDEZ PISABARRO JOSE RAÚL VA-7478-AD 278/2006 LEVE 3/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

FERNÁNDEZ SANTIAGO JAIRO C-2121-BNF 328/2006 GRAVE 08/09/2006 118 1 2A RGC 150 euros

GALLO RODRÍGUEZ JUAN CARLOS VA-5515-AK 315/2006 GRAVE 01/09/2006 91 RGC 150 euros

GAMARRA GONZÁLEZ MARÍA 5556-FDD 337/2006 LEVE 13/09/2006 94 2 11C RGC 90 euros

GONZÁLEZ FUENTES SONIA 0387-CBV 256/2006 LEVE 17/07/2006 94 2 1D RGC 90 euros

LECHUGA GÓMEZ MARÍA DEL PILAR 0984-DPY 294/2006 LEVE 11/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

LOIS ELORZA DAVID 3579-BCS 240/2006 LEVE 10/07/2006 94 2 1D RGC 90 euros

LOZANO MIGUEL JUAN CARLOS 9658-DGW 343/2006 LEVE 15/09/2006 94 2 1J RGC 90 euros

MARTÍN MOSTAZA FRANCISCO JAVIER 9615-CJN 170/2006 LEVE 4/05/2006 94 2 1D RGC 90 euros

MATEO FERNÁNDEZ JOSE LUIS 8817-BJR 317/2006 LEVE 01/09/2006 171 1 1A RGC 60 euros

MELERO PLAZA JOSE JAVIER 9168-CTG 287/2006 LEVE 7/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

ORTEGA MANZANO VALENTIN PO-2633-AJ 307/2006 LEVE 29/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PALMERO MINGUEZ CARLOS 3245-DPP 296/2006 LEVE 16/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PASCUAL ARANGO JOSUE C-0975-BPB 216/2006 GRAVE 12/06/2006 118 1 2A RGC 150 euros

PÉREZ DE LA FUENTE FRANCISCO JAVIER S-0904-V 208/2006 LEVE 7/06/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PÉREZ RANERO MIGUEL M-4812-XF 241/2006 LEVE 11/07/2006 94 2 1D RGC 90 euros

PÉREZ RUEDA CIPRIANO VA-4467-AK 303/2006 LEVE 21/08/2006 94 2 1D RGC 90 euros

RUDIN EVA MARÍA 7783-BPP 274/2006 LEVE 27/07/2006 94 2 1D RGC 90 euros

SERRADA RODRÍGUEZ MARÍA ÁNGELES VA-3496-AD 297/2006 LEVE 17/08/2006 94 2 1J RGC 90 euros

VEGA LÓPEZ JORGE ROBERTO 5018-CGG 230/2006 LEVE 29/06/2006 171 1A RGC 60 euros

VIELBA REAL JULIO 6807-DPD 318/2006 LEVE 04/09/2006 94 2 1D RGC 90 euros

Arroyo de la Encomienda, 27 de febrero de 2007.-El Instructor, Gumersindo Redondo Alejos.

1843/2007

ATAQUINES

El Pleno de este Ayuntamiento en Sesión celebrada el día 1 demarzo de 2007, Aprobó el Proyecto Básico y de Ejecución, Reformade la Plaza Mayor de Ataquines” redactado por el Arquitecto DonJose Alberto González Durantez en representación de JAGD Arqui-tecto, S.L. con C.I.F. B-47.540.638, por un importe de 120,000 eu-ros, incluido en los Planes Provinciales de Cooperación para el ejer-cicio 2007.

El citado proyecto permanecerá expuesto al público por términode veinte días hábiles a partir de la publicación del presente anun-cio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los inte-resados pueden presentar las reclamaciones o alegaciones que es-timen oportuno.

Ataquines, 2 de marzo de 2007.-El Alcalde, Ricardo SánchezVara.

1889/2007

BARCIAL DE LA LOMA

Don Luis Alberto y Fernando Fernández Cando han solicitado deesta Alcaldía licencia ambiental al amparo de la Ley 11/2003, para

una explotación de para explotación de pollo de engorde en las par-celas 5.062-5.063 del polígono 5 y 5.081 del polígono 4 de Barcialde la Loma.

En cumplimiento del art. 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, dePrevención Ambiental de Castilla y León, se abre un período de in-formación pública de 20 días hábiles a contar desde el siguiente ala publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provin-cia, para el que todo el que se considere afectado por la actividadque se pretende ejercer, pueda hacer las observaciones pertinentes.

Barcial de la Loma, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde, MarianoCarbajo Huerta.

1842/2007

BARRUELO DEL VALLE

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebra-da el día 7 de febrero de 2007 se aprobó el presupuesto general pa-ra el ejercicio de 2007.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del RealDecreto Leg 2/2004 de 5 de marzo se expone al público durante elplazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horas de

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oficina, el expediente completo a efectos de que los interesados quese señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan exami-narlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento porlos motivos que se señalan en el apartado 2° del mentado artículo170.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen proyec-tadas operaciones de crédito con detalle de sus características ycon destino a la financiación de inversiones a ejecutar en el ejerci-cio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedan exa-minarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no sepresenten reclamaciones, el presupuesto se entenderá definitiva-mente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Barruelo del Valle, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde, AlejandroGarcía Descalzo.

1858/2007

BOECILLO

D. José Ramón Jiménez Iglesias, en nombre y representación deCENTRO DE OBSERVACIÓN Y TELEDETECCIÓN ESPACIAL,S.A.U., ha solicitado de esta Alcaldía licencia Ambiental para am-pliación de la actividad de consultoría multidisciplinar que abarca lossiguientes campos o materias: servicios informáticos, servicios detelecomunicaciones, servicios de captura de información por me-dios manuales, electrónicos, informáticos o telemáticos, serviciosde planificación urbanística, territorial, sectorial, y estratégica, ser-vicios relacionados con la teledetección, servicio de toma de datosy servicio de formación en la parcela 207 del Parque Tecnológico deBoecillo, Valladolid aportando para ello una Memoria Ambiental re-dactada por el Ingeniero Técnico Industrial D. Eliseo Antón Matíasvisada por su Colegio profesional el 20 de diciembre de 2006.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 27.2 de la Ley11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León,se abre un período de información pública de veinte días hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio para quetodo aquel que se considere afectado por la actividad que se pre-tende ejercer, pueda hacer las observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse duran-te las horas de oficina en la sección de urbanismo de esteAyuntamiento sito en la Plaza Condes de Gamazo, 1 de la localidad.

Boecillo, 27 de febrero de 2007.-El Alcalde, Fco. Javier EspinillaCalero.

1859/2007

CASTROVERDE DE CERRATO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169,3 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público el pre-supuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2007,resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

PRESUPUESTO DE GASTOS

Capítulo Denominación Euros

A) Operaciones Corrientes

1 Gastos de personal ............................................24.847,00

2 Gastos en bienes corrientes y servicios ............42.980,00

3 Gastos financieros....................................................205,00

4 Transferencias corrientes ....................................11.700,00

B) Operaciones de Capital

6 Inversiones reales ................................................42.000,00

7 Transferencias de capital ....................................16.146,00

8 Activos financieros ..........................................................—

9 Pasivos financieros................................................1.982,00

Total presupuesto de gastos ............................139.860,00

PRESUPUESTO DE INGRESOS

A) Operaciones Corrientes

1 Impuestos directos ..............................................33.000,00

2 Impuestos indirectos ................................................400,00

3 Tasas y otros ingresos ........................................14.960,00

4 Transferencias corrientes ....................................47.200,00

5 Ingresos patrimoniales ........................................10.700,00

Capítulo Denominación Euros

B) Operaciones de Capital

6 Enajenación inversiones reales........................................—

7 Transferencias de capital ....................................33.600,00

8 Activos financieros ..........................................................—

9 Pasivos financieros ..........................................................—

Total presupuesto de ingresos ..........................139.860,00

Asimismo y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo781/1986, de 18 de Abril, se publica la plantilla de personal de esteAyuntamiento, que es la que a continuación se detalla:

Personal Funcionario:

-Denominación del puesto: Secretaría-Intervención en régimende Agrupación.

Personal Laboral:

-Denominación del puesto: 1 Operario cometidos múltiples (Me-dia Jornada).

Contra la aprobación definitiva del presupuesto, puede interpo-nerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contardesde el día siguiente a la publicación de éste edicto, sin perjuiciode que puedan interponerse otros recursos.

Castroverde de Cerrato, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde, JoseLuis Suescun Millán.

1891/2007

CASTROVERDE DE CERRATO

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 dela Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de to-dos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se proce-derá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Salade Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León elnombramiento del cargo de Juez de Paz titular y su sustituto.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar enla Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, porescrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente ala publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia,acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Certificado de antecedentes penales.

c) Declaración jurada en la que se haga constar los siguientesextremos:

-Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

-Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

-Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psí-quicamente para la función judicial y que va a residir en esta locali-dad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superiorde Justicia.

-Que no está incurso en ninguna causas de incapacidad ni de in-compatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de laLey Orgánica del Poder Judicial.

Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la pre-sentación de documento idóneo que acredite los extremos anterio-res, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido in-currir.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las con-diciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causasde incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mis-mo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

Castroverde de Cerrato, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde, JoséLuis Suescun Millán.

1887/2007

CUENCA DE CAMPOS

Por la empresa “Agropecuaria de Cuenca de Campos, S.L.”, seha solicitado de esta Alcaldía licencia ambiental para legalizar la ac-tividad de nave almacén de productos agrícolas en la parcela 5131del polígono 7 de esta localidad.

20 12 de marzo de 2007

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En cumplimiento del art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, dePrevención Ambiental de Castilla y León, se abre un periodo de in-formación pública de veinte días hábiles a contar desde el siguien-te a la publicación de este anuncio para que todo el que se consi-dere afectado por la actividad que se pretende ejercer pueda hacerlas observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse duran-te las horas de oficina en la Secretaria de este Ayuntamiento.

Cuenca de Campos, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde, FaustinoGonzález Miguel.

1886/2007

FUENTE OLMEDO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebra-da el día 20 de febrero de 2007 se aprobó el presupuesto generalpara el ejercicio de 2007.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del RealDecreto Leg 2/2004 de 5 de marzo se expone al público durante elplazo de quince días, en la Secretaría General y durante las horasde oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan exa-minarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del ayuntamientopor los motivos que se señalan en el apartado 2° del mentado artí-culo 170.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen proyec-tadas operaciones de crédito con detalle de sus características ycon destino a la financiación de inversiones a ejecutar en el ejerci-cio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedan exa-minarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no sepresenten reclamaciones, el presupuesto se entenderá definitiva-mente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Fuente Olmedo, 20 de febrero de 2007.-El Alcalde, Ana CarmenPérez Rubio.

1841/2007

FUENTE OLMEDO

Formulada y rendida la Cuenta General del Presupuesto de estaEntidad Local, correspondiente al ejercicio de 2006, se expone alpúblico junto con sus justificantes y el informe de la Comisión Es-pecial de Cuentas durante 15 días (quince).

En este plazo y 8 (ocho) días más, se admitirán reparos y obser-vaciones que puedan formularse por escrito, los cuales serán exa-minados por dicha Comisión que practicará cuantas comprobacio-nes crea necesarias, emitiendo nuevo informe antes de someterlasal Pleno Corporativo para que puedan ser examinadas, y en su ca-so, aprobadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 212, nú-meros 2) y 3) del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales.

Fuente Olmedo, 27 de febrero de 2007.-La Alcaldesa, Ana Car-men Pérez Rubio.

1839/2007

ÍSCAR

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local se ha realizado la si-guiente adjudicación:

Objeto: Gestión del Servicio Público de la Residencia JuvenilMunicipal.

Régimen: Concesión.

Forma: Concurso en procedimiento abierto.

Fecha: 15.01.07

Empresa: Unión Temporal de Empresas, “Gestión Global Depor-te, Ocio y Salud, S.L., Cargómez, S.L. y Línea Empresa FBCYL, S.L.,Unión Temporal de Empresas acogida a la Ley 18/1982, de 26 demayo”.

Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en el art.93 del RDL 2/2000, de 16 de junio.

Íscar, 1 de marzo de 2007.-El Alcalde, Alejandro García Sanz.

1855/2007

LAGUNA DE DUERO

Por D. Oscar Castrillejo González, en representación de D. AntonioAja Morchón, se solicita licencia ambiental para instalación de “alma-cenamiento y distribución de productos envasados” en nave sita enlas parcelas 6 y 7 del Sector 13 “Las Lobas” de este municipio.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el art. 27 de la Ley11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León,se hace público, para que los que pudieran resultar afectados de al-gún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar,puedan formular las observaciones pertinentes en el plazo de vein-te días, a contar desde la inserción del presente edicto en el BoletínOficial de la Provincia, así como su exposición en el tablón de edic-tos del Ayuntamiento. Durante este período, los interesados tendrána su disposición el expediente para su examen y presentación delas alegaciones que estimen pertinentes.

Laguna de Duero, 1 de marzo de 2007-El Alcalde, B. Jesús ViejoCastro.

1862/2007

LAGUNA DE DUERO

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el pasado día 28de febrero actual, acordó aprobar inicialmente el PresupuestoGeneral, determinado por el Presupuesto de la Entidad Local y de-más documentación que lo integra y los estados de previsión degastos e ingresos de la Sociedad Anónima “El Prado Boyal” y de-más documentación que lo integra, para el ejercicio 2007.

Lo que se hace público por plazo de 15 días a partir de la inser-ción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante loscuales, se admitirán reclamaciones y sugerencias ante el Pleno, deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 169.1 del R.D. Legislativo2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril.

El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si du-rante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones con-tra el mismo.

Laguna de Duero, 12 de marzo de 2007.-El Alcalde, B. JesúsViejo Castro.

1850/2007

LLANO DE OLMEDO

Formulada y rendida la Cuenta General del Presupuesto de estaEntidad Local, correspondiente al ejercicio de 2006, se expone alpúblico junto con sus justificantes y el informe de la ComisiónEspecial de Cuentas durante 15 días (quince).

En este plazo y 8 (ocho) días más, se admitirán reparos y obser-vaciones que puedan formularse por escrito, los cuales serán exa-minados por dicha Comisión que practicará cuantas comprobacio-nes crea necesarias, emitiendo nuevo informe antes de someterlasal Pleno Corporativo para que puedan ser examinadas, y en su ca-so, aprobadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 212, nú-meros 2) y 3) del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales.

Llano de Olmedo, 27 de febrero de 2007.-El Alcalde, FermínHernández García.

1892/2007

LLANO DE OLMEDO

Por D. Faustino Luis y D. Cesar Miranda Monedero, se ha solici-tado de esta Alcaldía licencia de Ambiental y de apertura para la ex-plotación de ganado ovino de producción cárnica, en las parcelas99, 100 y 107 del Polígono 1 de este Municipio.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 8 de abril,de Prevención Ambiental de Castilla y León, la documentación seencuentra expuesta al público y se abre un periodo de informaciónpública por término de 20 días (veinte), para quienes se considerenafectados de alguna manera por la actividad que se pretende esta-blecer, puedan hacer las alegaciones y/o reclamaciones que estimenpertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse, duran-te las horas de oficina en la Secretaria de este Ayuntamiento.

Llano de Olmedo, 27 de febrero de 2007.-El Alcalde, FermínHernández García.

1883/2007

12 de marzo de 2007 21

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MEDINA DE RIOSECO

Aprobado definitivamente el Presupuesto General de este Ayun-tamiento para el ejercicio 2007, al no haberse presentado reclama-ciones en el periodo de exposición pública, de conformidad con lodispuesto en el articulo 169.3 del R.D. Legislativo 2/21004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales, se hace público dicho presupues-to definitivo, resumido por capítulos, tal y como a continuación sedetalla:

INGRESOS

Capítulo Denominación Importe en euros

A) Operaciones Corrientes

1.- Impuestos directos........................................................990.000,00

2.- Impuestos indirectos ....................................................250.446,78

3.- Tasas y otros ingresos ..................................................735.512,24

4.- Transferencias corrientes ..........................................1.348.163,45

5.- Ingresos patrimoniales ....................................................72.901,01

Total Operaciones Corrientes ....................................3.397.023,48

B) Operaciones de Capital

6.- Enajenación de inversiones reales ................................398.300,51

7.- Transferencias de capital ..............................................993.940,61

8.- Activos financieros ............................................................3.005,06

9.- Pasivos financieros ......................................................198.975,00

Total Operaciones de Capital ....................................1.594.221,18

Total Presupuesto de Ingresos ..................................4,991.244,66

GASTOS

A) Operaciones Corrientes

1.- Gastos de personal ....................................................1.715.526,78

2.- Gastos de bienes corrientes y servicios ....................1.297.923,95

3.- Gastos financieros ..........................................................30.000,00

4.- Transferencias corrientes ..............................................286.761,14

Total Operaciones Corrientes ....................................3.330.211,87

B) Operaciones de Capital

6.- Inversiones reales ......................................................1.529.180,01

7.- Transferencias de capital ................................................23.847,72

8.- Activos financieros ............................................................3.005,06

9.- Pasivos financieros ......................................................105.000,00

Total Operaciones de Capital ....................................1.661.032,79

Total Presupuesto de Gastos ....................................4.991.244,66

Asimismo, y conforme dispone el art. 127 del R.D. Legislativo781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundidode Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, sepublica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la quea continuación se detalla:

A) Plazas de Funcionarios

• Secretario ..................................................................1

• Interventor ................................................................1

• Técnico Medio-Tesorería ..........................................1

• Subescala Auxiliar ....................................................2

• Subescala Subalterna ..............................................1

• Policía Local ..............................................................4

Total............................................................................10

D) Plazas de Personal Laboral Fijo

• Arquitecto ..................................................................1

• Administrativo............................................................1

• Auxiliar Administrativo ..............................................5

• Oficial la ....................................................................5

• Peones ....................................................................15

Total............................................................................27

E) Plazas de Personal Laboral Temporal

• Técnicos Medios ......................................................5

• Administrativo............................................................2

• Auxiliar Administrativo ..............................................3

• Monitores ..................................................................8

• Oficial 1a ..................................................................2

• Peones ....................................................................22

• Otro Personal Laboral ............................................19

Total............................................................................61

Total............................................................................98

La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnadaante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos,formalidades y causas señaladas en el art. 170 y 171 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en laforma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Medina de Rioseco, 27 de febrero de 2007.-El Alcalde, ArtemioDomínguez González.

1866/2007

PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN

De conformidad con lo establecido en el R.D. Legislativo 2/2000,se convoca la siguiente licitación:

1. Entidad adjudicadora:

a) Ayuntamiento de Pedrajas de San Esteban.

b) Departamento de contratación.

c) Expediente nº 25/07.

2. Objeto del contrato:

a) Concesiones quioscos-bar de:

• Sacedon.

• Plaza Toros.

• Parque Jardines de Castilla.

b) Lugar de ejecución: Pedrajas de San Esteban.

c) Plazo de ejecución: seis años.

d) El contrato no comprende, en principio, la ejecución de obras.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4. Presupuesto base de licitación, importe total:

• Quiosco Sacedon: 3.000 euros.

• Quiosco Plaza de Toros: 12.000 euros.

• Quiosco Parque Jardines de Castilla: 12.000 euros.

5. Garantía única:

a) 1.000 euros para cada una de las tres concesiones.

6. Obtención de documentación e información:

a) Ayuntamiento de Pedrajas de San Esteban. C/ Pinar n° 1.47430.

b) Teléfono: 983605005. Telefax: 983625772.

c) Fecha límite: Hasta el día de la finalización del plazo de pre-sentación de ofertas.

7. Requisitos específicos del contratista:

a) No se exigen requisitos específicos, únicamente la capacidadpara contratar establecida en la LCAP.

8. Presentación de las ofertas:

a) De 10 a 14 horas (sábados de 10,30 a 12,30 horas) dentro delos 15 días naturales siguientes a la fecha de publicación de esteanuncio en el BOP. Si el último día del plazo es domingo o festivoen la localidad, se ampliará hasta el día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar: La prevista en la cláusula n° 16del Pliego de Condiciones.

c) Lugar de presentación:

• Ayuntamiento de Pedrajas de San Esteban

• C/ Pinar, 1.

• Pedrajas de San Esteban -47430-(Valladolid).

22 12 de marzo de 2007

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9. Apertura de las ofertas:

a) Ayuntamiento de Pedrajas de San Esteban.

b) C/ Pinar, 1.

c) Pedrajas de San Esteban -47430-(Valladolid).

d) El undécimo día siguiente a la finalización del plazo de presen-tación (si fuese sábado o festivo, se trasladará al día siguiente há-bil).

e) 13 horas.

10. Gastos de anuncios: no superiores a 1.000 euros.

Pedrajas de San Esteban, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde,José Luis Sanz Sanz.

1878/2007

PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de 22 de febrero de2007, con el quorum exigido en el artº. 47.3 del R.D. Legislativo2/2004, de 5 de marzo, acordó la imposición y ordenación deContribuciones Especiales para la financiación de la aportación mu-nicipal a las obras “Colector de Saneamiento en Pedrajas de SanEsteban”, de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Febrero ........................................................................83.086,74

b) Cantidad que el Ayuntamiento soporta ......................83.086,74

c) De la cantidad indicada en el apartado anterior

se financia con Contribuciones Especiales ....................74.778,07

d) Porcentaje de financiación con Contribuciones

Especiales sobre la aportación del Ayuntamiento ..................90%

e) Criterios de reparto: Metros cuadrados de superficie de las fin-cas afectadas por las obras

Lo que se hace público a efectos de que los interesados y afec-tados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones du-rante el plazo de 30 días hábiles a contar desde el siguiente a la pu-blicación de este anuncio en el B.O.P. y, en su caso, constituir laAsociación Administrativa de Contribuyentes a que se refiere el art°36 del TRLHL.

Si no se presentan reclamaciones en el plazo indicado, esteacuerdo se entiende definitivo y ejecutivo con todos los efectos.

Pedrajas de San Esteban, 28 de febrero de 2007.-El Alcalde,José Luis Sanz Sanz.

1879/2007

QUINTANILLA DE ONÉSIMO

D. Emilio Andrés Rebollo en representación de Áridos EmilioAndrés, S.L., ha solicitado de esta Alcaldía licencia para ejercer laactividad de extracción de arenas “El Hostal” en Parcela 53 delPolígono 2, Pago de El Hostal de Quintanilla de Onésimo y al mis-mo tiempo autorización de uso del suelo rústico, previo a la obten-ción de Licencia Urbanística.

Por lo que, a tenor de lo establecido en el artículo 27 de la Ley11/2003 de 8 de abril de Prevención Ambiental de Castilla y León, yartículo 25.2.b de la Ley 5/1999 de 8 de abril de Urbanismo en laComunidad de Castilla y León se hace público, para que todo aquélque pudiera resultar afectado de algún modo por la actividad y eluso del suelo que se pretende pueda ejercer el derecho a formularlas alegaciones u observaciones que considere oportunas en el pla-zo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación del presen-te Edicto.

Quintanilla de Onésimo, 26 de febrero de 2007.-El Alcalde,Antonio Castrillo Villamañán.

1830/2007

SERRADA

Por resolución de la Alcaldía de fecha 20 de febrero de 2007(nú-mero 7/2007) ha sido aprobada la lista cobratoria del Padrón deAbastecimiento-Alcantarillado-Basura del 4º trimestre de 2006.

Estará expuesta al público por espacio de un mes, pudiendo losinteresados proceder a su examen e interponer, si lo estiman opor-tuno, recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mesa partir del día siguiente al de la terminación del plazo de exposi-ción. Si transcurriera este plazo, no cabe más recurso contra la li-quidación, salvo la corrección de errores materiales y sin perjuicio

de los que procedan contra la notificación del cobro en vía de apre-mio. Y contra la resolución del recurso de reposición podrán inter-poner recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado corres-pondiente de Valladolid, en el plazo de dos meses a partir del día si-guiente al de recibo de la notificación de la resolución, si ésta es ex-presa, o en el plazo de los seis meses siguientes al de la produccióndel acto presunto, si no fuera resuelto expresamente. En todo casopodrán interponerse otros recursos.

El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efec-tos de lo dispuesto en el artº 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de di-ciembre, General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumpli-miento de lo establecido en el artº 14 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Simultáneamente y de conformidad con lo establecido en el artº88 del Rgtº General de Recaudación, se hace saber a los contribu-yentes que la cobranza de los recibos correspondientes que no es-tén domiciliados, en periodo voluntario, se realizará en las oficinasmunicipales durante los días hábiles comprendidos entre el 1 demarzo de 2007 y el 1 de mayo de 2007, en horas de oficina. Trans-currido el periodo voluntario se iniciará el procedimiento ejecutivode apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado Re-glamento General de Recaudación, con los recargos, intereses dedemora y costas que procedan hasta la fecha de ingreso de la deu-da tributaria.

Serrada, 21 de febrero de 2007.-El Alcalde, Luis Alonso Laguna.

1840/2007

TRASPINEDO

Por D. Rubén Herrero Olmedo se ha solicitado a esta Alcaldía li-cencia ambiental para la legalización de la explotación de ganadoporcino ubicada en C/ Molino nº 28 en el término municipal de Tras-pinedo (Valladolid).

En cumplimiento de lo establecido en la Ley 5/2005 de 24 de ma-yo de establecimiento de un régimen excepcional y transitorio paralas explotaciones ganaderas de Castilla y León, se somete a infor-mación pública el expediente, para que todos los que se pudieranconsiderarse afectados de algún modo por la mencionada actividadpuedan examinarlo en la Secretaría de este Ayuntamiento en hora-rio de oficina, y formular las observaciones pertinentes en el plazode veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publica-ción de este anuncio.

Traspinedo, 27 de febrero de 2007.-El Alcalde, Jesús BazánPuertas.

1838/2007

VILLABRÁGIMA

Notificación a Claudia Alonso Martín e Isidora Hernández de Lera

Resultando desconocido e ignorándose el lugar de notificaciónde Claudia Alonso Martín e Isidora Hernández de Lera se procede arealizar la notificación que a continuación se transcribe, relativa a ex-pediente LAMB 12/07 relativo a solicitud de licencia ambiental dePilar Pérez del Amo, mediante publicación en el Boletín Oficial de laProvincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento deVillabrágima, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 595 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre:

Anexo

Notificación a colindantes expedientes Licencia AmbientalAMB/12/O7

Solicitada licencia ambiental conforme a la Ley 5/2005, de 24 demayo, de establecimiento de un régimen excepcional y transitoriopara las explotaciones ganaderas en Castilla y León, por Pilar Pérezdel Amo (expte AMB/12/07) para explotación de ganado ovino, sitaen Pol. 103, Parc. 5.103 y en C/La Fuente s/n de Villaesper, en esteAyuntamiento se tramita el oportuno expediente.

Lo que se les comunica, en su condición de vecinos inmediatosal lugar de las instalaciones, en cumplimiento de lo previsto en el ar-tículo 7 de la Ley 5/2005, de 24 de mayo, de establecimiento de unrégimen excepcional y transitorio para las explotaciones ganaderasen Castilla y León, pudiendo, en el plazo de veinte días, presentarlas alegaciones que estime oportunas.

Villabrágima, 28 de febrero de 2007.-La Alcaldesa, Mª RosarioHernández López.

1888/2007

12 de marzo de 2007 23

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IV.- ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.-NÚMERO 4

Juicio de Faltas: 694/2006

Número de Identificación Único: 47186 2 0407448/2006

Procurador/a: Sin Profesional Asignado

Abogado: Sin Profesional Asignado

Representado: Hababab El Moussaqui

Edicto

D./Dña. Miguel Ángel Domínguez Rodríguez, Secretario del Juz-gado de Instrucción número 4 de Valladolid.

Doy Fe y Testimonio.

Que en el Juicio de Faltas n° 694/2006 se ha dictado la presen-te sentencia de fecha 27.2.2007, que en su encabezamiento y par-te dispositiva dice:

Encabezamiento:

En Valladolid, a veintisiete de febrero de dos mil siete.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Javier de Blas García, Magistrado-Juezde este Juzgado de Instrucción número 4, en juicio oral y Público,los presentes autos número 694/2006, seguidos por una falta deamenazas y contra el orden público, en la que son parte el MinisterioFiscal; en calidad de denunciante/es, policías nacionales 23170 y100233, Jorge Miguel Pérez Retamero y Oscar Fidel de CastroRodríguez; y en calidad de denunciado/os, Hababab El Moussaqui.

Parte dispositiva:

Que debo condenar y condeno a Hababab El Moussaqui, comoautor criminalmente responsable de la falta de amenazas y de la fal-ta contra el orden público, ya definidas, sin que concurran circuns-tancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena demulta de veinte días, por la primera, y de cincuenta días, por la se-gunda, a razón de una cuota diaria de 5 euros, lo que hace un totalde 350 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso deno satisfacer la multa, voluntariamente o por vía de apremio, de undía de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y al pa-go de dos tercios de las costas procesales; y debiendo absolver yabsolviéndole de la falta de deslucimiento de bienes inmuebles, condeclaración de oficio de otro tercio de las costas causadas.

Abónese al condenado para el cumplimiento de la pena impues-ta el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa, arazón de dos cuotas por cada día de privación de libertad, en su ca-so.

Contra esta resolución, cabe interponer Recurso de Apelaciónpara ante la Audiencia Provincial de esta ciudad, en el plazo de cin-co días, a contar desde su notificación.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Haba-bab El Moussaqui , actualmente en paradero desconocido, y su pu-blicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, expido lapresente en Valladolid a veintisiete de febrero de dos mil siete.-El/LaSecretario, Miguel Ángel Domínguez Rodríguez.

1786/2007

JUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.-NÚMERO 1

N.I.G.: 47186 4 0100119/2007

N° Autos: Demanda 112/2007

Materia: Ordinario

Demandado/s: Pastas Cabañas S.A.

Cédula de Citación

D./Dª. Carmen Olalla García, Secretario de lo Social número 1 deValladolid.

Hago Saber: Que por propuesta de providencia dictada en el díade la fecha, en el proceso seguido a instancia de D./Dª. Jesús DíazSalgado, Julita Caminero Rodrigo, Begoña Garrote Alarcia contraPastas Cabañas S.A., en reclamación por cantidad registrado conel n° 112/2007 se ha acordado citar a Pastas Cabañas S.A., en ig-

norado paradero, y cuyo último domicilio conocido es C/Avda. delCastilla n° 10 de 47160 Portillo (Valladolid) a fin de que comparezcael día 7 de enero de 2008 a las 11,30 horas de su mañana, para lacelebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio.

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Socialnúmero 1 sito en Plaza Rosarillo s/n NIF S4719002J debiendo com-parecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada,y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Citando al propio tiempo al representante legal de la empresa de-mandada para que en los indicados día y hora comparezca perso-nalmente al objeto de absolver posiciones en interrogatorio de par-te, advirtiéndole que de no comparecer ni alegar causa justa, se lepodrá tener por confeso.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban reves-tir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Pastas Cabañas S.A., se expide lapresente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Pro-vincia.

En Valladolid a veintitrés de febrero de dos mil siete.-El/La Se-cretario Judicial, Carmen Olalla García.

1868/2007

JUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.-NÚMERO 1

N.I.G.: 47186 4 0101285/2006

N° Autos: Demanda 1212/2006

Materia: Ordinario

Demandado/s: Construcciones y Rehabilitacione Nuevas delNorte, S.L.

Cédula de Citación

D./Dª. Carmen Olalla García, Secretario de lo Social número 1 deValladolid.

Hago Saber: Que por propuesta de providencia dictada en el díade la fecha, en el proceso seguido a instancia de D./Dª. AntonioRodríguez Peñas, Alejandro Muñoz Hernández contra Construccio-nes y Rehabilitacione Nuevas del Norte, S.L., en reclamación porcantidad, registrado con el n° 1212/2006 se ha acordado citar aConstrucciones y Rehabilitaciones Nuevas del Norte, S.L. en igno-rado paradero, y cuyo último domicilio conocido es C/Montes deOca n° 4 de Valladolid a fin de que comparezca el día 12 de noviem-bre de 2007 a las 9,30 horas de su mañana, para la celebración delos actos de conciliación y en su caso Juicio.

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Socialnúmero 1 sito en Plaza Rosarillo s/n NIF S4719002J debiendo com-parecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada,y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se sus-penderán por falta injustificada de asistencia.

Citando al propio tiempo al representante legal de la empresa de-mandada para que en los indicados día y hora comparezca perso-nalmente al objeto de absolver posiciones en interrogatorio de par-te, advirtiéndole que de no comparecer ni alegar causa justa, se lepodrá tener por confeso. Se requiere a la empresa demandada pa-ra que aporte la documental solicitada en la demanda,cuya copia seencuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de loSocial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban reves-tir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Construcciones y RehabilitacioneNuevas del Norte, S.L., se expide la presente cédula para su publi-cación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Valladolid a veintitrés de febrero de dos mil siete.-El/La Se-cretario Judicial, Carmen Olalla García.

1869/2007

24 12 de marzo de 2007

IMPRIME: Gráficas Ceyde impreso en papel reciclado