Revista LE mayo 2012

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www.rbc.com.pa EDICIÓN MAYO 2012 LEGISLACION & ECONOMIA 4 Hace falta un liderazgo político. 5 Creación del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP). 7 Caricatura Política. 8 Ley de Fondo de Ahorro de Panamá y modifica la Ley 34 de 2008, sobre responsabilidad social fiscal. 13 Fallo de la Corte Suprema de Justicia, pone en riesgo los ecosistemas existentes en el área protegida del Distrito de Donoso. 22 Fallo que suspende provisionalmente la Resolución AG-0072-2009, por medio de la cual se declara como área protegida el humedal de Bahía de Panamá. 25 ¿Deben los encargados del Ejecutivo ser considerados como expresiden- tes?

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Revista Legislacion y Economia mayo 2012

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www.rbc.com.pa EDICIÓN MAYO 2012

LEGISLACION & ECONOMIA

4 Hace falta un liderazgo político.

5 Creación del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP).

7 Caricatura Política.

8 Ley de Fondo de Ahorro de Panamá y modifica la Ley 34 de 2008, sobre responsabilidad social fiscal.

13 Fallo de la Corte Suprema de Justicia, pone en riesgo los ecosistemas existentes en el área protegida del Distrito de Donoso.

22 Fallo que suspende provisionalmente la Resolución AG-0072-2009, por medio de la cual se declara como área protegida el humedal de Bahía de Panamá.

25 ¿Deben los encargados del Ejecutivo ser considerados como expresiden- tes?

Colaboradores en esta Edición

José Javier Rivera

Giovana del C. Miranda

Guillermo A. Salazar N.

Rafael Fernández Lara

Maybé M. Mendieta

Alessandra Ocálagan

Lisbeth P. Martéz

Ailen del C. Galván

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José Javier Rivera Giovana del C. Miranda

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ÍndiceEditorial 4Hace falta un liderazgo político

Pluma Invitada 5Creación del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP)

Normas Legales de Interés 8Resumen de la Ley de Fondo de Ahorro de Panamá y modifica la Ley 34 de 2008, sobre responsabilidad social fiscal.

Nuevas reformas al Código Fiscal.

Amplían listado de países exentos de requisito de visa para ingresar a nuestro país.

Regula Expedición de Certificado de Trabajo Marítimo y declaración de conformidad laboral martítima.

Crean gabinete logístico.

Consulta, Doctrina y Jurisprudencia 12Los municipios son compententes para sancionar por desarrollar en un inmueble, actividades distintas al Có-digo de Zona.

Resumen del fallo de la Corte Suprema de Justicia, pone en riesgo los ecosistemas existentes en el área protegida del Distrito de Donoso.

Resumen del fallo que suspende provisionalmente la Resolución AG-0072-2009, por medio de la cual se de-clara como área protegida el humedal de Bahía de Pa-namá.

Política 25¿Deben los encargados del Órgano Ejecutivo ser consi-derados expresidentes de la República?

Índices de precios al consumidor.

Fitch Ratings elogia buen desempeño de la economía panameña.

El valor de las exportaciones nacionales fue de B/.52.9 millones en enero 2012.

Economía Mundial 30Desacelaración global emperora: Europa cae mientras EE.UU. y China se frenan.

El desempeño a nivel mundial de la logística comercial disminuyó en medio de la recesión y de acontecimien-tos importantes.

A pesar de la desaceleración en 2012, Asis-Pacífico continuará siendo polo de crecimiento de la economía mundial.

Basura electrónica ahora es un negocio rentable.

Notas de Actualidad 36El Banco Mundial insta a los gobiernos a pensar en for-ma ecológica para un crecimiento inclusivo.

América Latina y el Caribe, recibió 153.000 millones de dólares de inversión extranjera directa en 2011.

Desempleo en América Latina a la baja.

Integración Comercial 42Panamá y Estados Unidos firman Acuerdo de Coope-ración Ambiental vinculado al Tratado de Promoción Comercial entre ambos países.

Entra en vigor TLC con Perú.

Integración de Panamá a SIECA ayudará a lograr la Unión Aduanera

Caricatura 7Tema político

Economía Panameña 27

En estos meses, el Ministerio de Economía y Fi-nanzas ha estado revisando las cifras de creci-miento estimado de la economía al presente año, y si bien los organismos gremiales, locales y las instituciones multinacionales estiman ese

crecimiento entre 7% y 7.5%, el MEF ha hecho una correc-ción para estimar un crecimiento equivalente al 10%.

En Europa sin embargo, las realidades son distintas y estas naciones presentan altos índices de desempleo, restricción en el gasto público generalizado, poca confianza de los in-versionistas sobre el futuro del euro, y en general, el clima es propio de una desaceleración económica.

En los Estados Unidos, al inicio del último tramo de la cam-paña electoral, se percibe una mejoría en la confianza del consumidor, una mínima reducción en los niveles de desem-pleo y una economía que está dependiendo de la inversión pública.

Regresando a nuestro país, si bien es cierto que el gobierno ha exacerbado la inversión pública y se presenta un panora-ma laboral favorable, no es menos cierto que estamos asis-tiendo a una turbulencia marcada por un incremento en el costo de la canasta básica, una serie de reclamaciones labo-rales muchas de las cuales culminan en paros y huelgas tanto en el sector público, como en el privado y una evidente mo-lestia en la circulación vehicular especialmente en la ciudad de Panamá y vías de acceso.

En el campo político, las desavencias entre los antiguos alia-dos (Panameñistas, Cambio Democrático y Molirena) están ocasionando una actividad de confrontación y de descalifi-cación que polarizan los medios de comunicación y por ende aumenta la temperatura del país.

Los desatinos frecuentes de la Asamblea de Diputados, han provocado una baja confianza de la población en este Órga-no del Estado, al cual se le ve como un lugar cuya producti-vidad es muy baja.

En fin de cuentas, no parece existir a nivel político un am-biente de sensatez, sino de controversia, aún cuando hacen falta dos años para las elecciones.

Las reformas constitucionales preparadas por el grupo de notables están distantes de las expectativas del Órgano Eje-cutivo, y por lo tanto parece que van a permanecer engaveta-das. Igual suerte, correrá el paquete de reformas electorales, porque las elecciones que fueron objetos de extensas discu-siones de una comisión convocada por el Tribunal Electoral no encajan en las agendas de la asamblea de diputados, la cual ha querido transformarlas y ello ha provocado el recha-zo de la población.

Cabe entonces preguntarse, como manejar el crecimiento económico frente al empobrecimiento en el sector político y a la turbulencia de la población que percibe dos realidades a saber:

1. Que sus ideales de una profunda transformación institu-cional no se han cumplido; y.2. Que la oferta política, por lo menos a nivel presidencial, no llena las expectativas que la democracia que el país se ha plan-teado para el próximo quinquenio.

En los gremios profesionales, empresariales y laborales también se puede advertir que en lo laboral no hay relevo, en lo gremial pa-recen prevalecer ciertos intereses sectoriales y hasta personales; y en lo profesional todavía se requiere mas cohesión para articular proyectos que tengan rango de agenda país.

Es evidente entonces que existe un vacío en la conducción de la nave del Estado y que la población no identifica un liderazgo polí-tico en este momento. Esta situación tiene dos aristas; una positiva porque demuestra que el país sigue convencido de la alterabilidad en el poder y una que puede resulta negativa, si en función de los acontecimientos que se están viviendo, se produce una frustración tal que provoque el surgimiento de una figura que erija como una especie de mesías y provoque los resultados que estamos viendo en naciones vecinas.

Amanecerá y veremos…

Editorial

HACE FALTA UN LIDERAZGO POLÍTICO

Por: José Javier Rivera

Legislación & Economía - Mayo 20121. 4

El gobierno nacional ha creado mediante la Ley 38 de 5 de junio de 2012 el Fondo de Ahorro de Panamá (FAP), publicada en la Gaceta Oficial N° 27050-A del miércoles 6 de junio de este mismo año.

Este Fondo se constituye con la totalidad de los recursos que mantenía el Fondo Fiduciario para el Desarrollo, creado en el año 1995 y que era un fondo del ahorro de todos los panameños luego de las privatizaciones par-ciales de las empresas eléctricas y de telecomunicacio-nes estatales que existieron hasta esa fecha, por lo que se puede decir que no es una novedad la creación del FAP pues ya había un fondo de ahorro de todos los pa-nameños.

Se sustenta la creación del FAP en que servirá para uti-lizar el ahorro nacional en caso de que se declare una emergencia nacional o que ocurra una desaceleración de la economía a tal nivel que sea necesario utilizar re-cursos del ahorro nacional para reactivar las actividades económicas.

Estos dos puntos también podían ser atendidos con la anterior ley del Fondo Fiduciario para el Desarrollo, en-tonces la creación del FAP, en su esencia lo que buscaba son otros objetivos como es una autorización adicional para aumentar el déficit fiscal del Sector Público No Financiero, es decir la posibilidad legal de aumentar el Gasto Gubernamental más allá de lo que se había com-prometido el actual gobierno a respetar con una dispen-sa anterior apoyándose en la tragedia que sufrió nuestro país con las inundaciones en Bayano en el año 2010.

Elevar el déficit fiscal hasta el 2.9% del Producto Inter-no Bruto nominal de este año es permitir sobregirarse en el gasto mucho más allá de lo que anteriormente ya tenía autorizado, por tanto es sólo aumentar más gastos, tomando en cuenta que la economía nacional tiene un buen ritmo de crecimiento y no sólo como consecuen-cia de los aportes del gobierno, sino que se realiza con la participación de todos.

Otro aspecto que se presenta en la Ley 38 es que se deja por fuera de ella, el compromiso de depositar en el fon-do recién creado los recursos que se puedan obtener de la privatización de las actuales acciones de las empresas mixtas de electricidad o telefonía que actualmente exis-ten, incluso se deja por fuera del fondo el producto de la venta de las áreas revertidas de lo que fue la Zona del Canal, todos estos recursos, de ocurrir las ventas antes mencionadas engrosarían los fondos de la caja común del Estado y no pasaría a ser parte del ahorro nacional, lo cual significa que el gasto gubernamental se podría incrementar en muchos millones más.

Resulta contradictorio crear un fondo de ahorro au-mentando el gasto, por lo que se puede afirmar que sólo se está creando un fondo de ahorro con los ahorros de períodos anteriores y con lo que se puedan generar en períodos futuros a partir del año 2015, más no con los aportes que se generen durante el período presidencial 2009-2014, durante este período no se producirán aho-rros, como ya viene ocurriendo desde el año 2009 en donde volvimos a tener déficit fiscal cuando en los años anteriores se habían logrado superávit.

Pluma Invitada

CREACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE

PANAMÁ (FAP)Por: Guillermo A. Salazar N.

Legislación & Economía - Mayo 20121. 5

Se ahorra con los esfuerzos de otros y con los compro-misos que haces de los esfuerzos que realicen las futuras administraciones, sin embargo ahora se gasta más.

Esta Ley 38 viene a autorizar la utilización del ahorro anterior para cubrir deuda gubernamental que se viene generando a ritmo extraordinario, misma que recibió el actual gobierno en niveles de 10,972 millones de bal-boas, con las nuevas dispensas se proyecta que alcance los 15,981 millones de balboas para finales del año 2014, es decir que creando el fondo de ahorro aumenta la deuda pública en un 50% en este período presidencial. Esto sin incluir los compromisos que se han adquirido con los proyectos llave en mano que se incorporarán a la deuda pública después del año 2014, como aparece en el numeral 3 del Artículo 5 de la comentada Ley.

Entonces no es sólo para cuando ocurriese una decla-ración de estado de emergencia o cuando se produjese una desaceleración de la economía a niveles no vistos en varios años, sino para poder pagar parcialmente la creciente deuda pública que se está adquiriendo, a pesar del crecimiento económico que venimos logrando.

Debo recordar que se el PIB sigue creciendo a los ritmos que se han obtenido el monto de la deuda que se pueda generar por la autorización de sobregiro mediante el dé-ficit gubernamental será mayor, dada la autorización de proporcionalidad establecida en esta Ley 38.

Ya durante la administración Moscoso y la administra-ción Torrijos se pudo utilizar parte del ahorro nacional para atender inversiones o daños producto de situacio-nes de emergencia nacional, tomando del Fondo Fi-duciario para el Desarrollo, esto demuestra que no era necesario cambiarle el nombre al Fondo para atender estas situaciones si se presentaran. Aún así el Fondo Fi-duciario para el Desarrollo al año 2010 contaba con un capital superior a los 1,200 millones de balboas y había aportado más de 1,100 millones de balboas como rendi-mientos al Tesoro Nacional.

La nueva Ley 38, ley del ahorro, autoriza nuevos gastos para la administración del Fondo de Ahorro, como la adquisición de un seguro catastrófico, una nueva ins-tancia administradora del Fondo, que no se le presentan límites en los costos administrativos ni en el costo del

seguro autorizado, con lo cual se puede incurrir en más gastos. Un fondo de ahorro para gastar ahora, eso es lo que se ha promulgado.

Tampoco permite el FAP invertir los ahorros en instru-mentos emitidos en Panamá, con lo que se impulsa que los ahorros de Panamá se inviertan en las actividades que se generen fuera de Panamá, el ahorro de los pana-meños para que financien actividades económicas fuera de Panamá, lo que resulta en una extraordinaria contra-dicción, con el ahorro de los panameños financiemos a otras economías.

Por todo lo anterior y muchos otros detalles que por espacio no comentamos hoy, la Ley 38 del ahorro nacio-nal no promueve el ahorro ni la inversión en Panamá, aumenta el gasto y facilita el déficit fiscal, una Ley que no ahorra sino que gasta más y compromete a las actua-les y futuras generaciones.

Se sustenta la creación del FAP en que servi-rá para utilizar el ahorro nacional en caso de que se declare una emergencia nacional o que ocurra una desaceleración de la economía a tal nivel que sea necesario utilizar recursos del ahorro nacional para reactivar las activi-dades económicas.

Pluma Invitada

Legislación & Economía - Mayo 20121. 6

Caricatura: Alexander E. Cedeño

1. 7 Legislación & Economía - Mayo 2012

El proyecto de Ley 483 “Que crea el Fondo de Ahorro de Panamá y dicta otras disposicio-nes”, fue presentado ante la Asamblea Na-cional por el señor Ministro de Economía y Finanzas, Frank De Lima, el día 21 de mayo

de 2012. Con la entrada en sesiones extraordinarias por parte de la Asamblea Nacional de Diputados solicitadas por el Ejecutivo, uno de los temas que fueron agendados para ser tratados fue el proyecto en mención.

El propósito de la implementación de esta Ley que crea el Fondo de Ahorro de Panamá conlleva una serie de objetivos los cuales mencionados dentro de su proyecto de ley son:

1) Establecer un mecanismo de ahorro a largo plazo para el Estado panameño;

2) Establecer un mecanismo de estabilización, para ca-sos de estado de emergencia y desaceleración económi-ca;

3) Disminuir la necesidad de recurrir a instrumentos de deuda para atender las circunstancias descritas an-teriormente; y

4) Complementar los objetivos anteriores, mediante una regla de contención de déficit para el Sector Público No Financiero mediante la Ley 34 de 2008, y sus poste-riores modificaciones y reglamentaciones.

Dentro del Primer Debate, el cual se llevo a cabo por medio de dos sesiones, se presentaron diversas modi-ficaciones al proyecto por parte de la sociedad civil, el Partido Revolucionario Democrático y el Colegio de Economistas, de las cuales se aprobaron las siguientes:

• Elartículo2semodificóparcialmente,paraadi-cionar en el concepto de Deuda Pública Neta del Sector No Financiero, el valor presente de los contratos llave en mano.

• Elparágrafotransitoriodelartículo10,semodi-ficó de forma parcial, para variar la forma de escogencia de los Directores de la Junta Directiva. Igualmente fue corrida su numeración por lo que este artículo se en-cuentra enumerado como 11.

• La modificación parcial realizada al numeral5, artículo 11, se hizo para establecer nuevos requisi-tos para formar parte de la Junta Directiva del Fondo, igualmente fue corrida su numeración por lo que este artículo se encuentra enumerado como 12.

• El Artículo 13, sufrió una modificación total,dándole una nueva estructura en cuanto a la forma y el fondo, introduciéndole causales de remoción y suspen-sión a los miembros de la Junta Directiva. Igualmente fue corrida su numeración por lo que este artículo se encuentra enumerado como 14.

RESUMEN SOBRE LEY DE FONDO DE AHORRO DE PANAMÁ (FAP) Y MO-DIFICA LA LEY 34 DE 2008, SOBRE RESPONSABILIDAD SOCIAL FISCAL

Por: Alessandra Ocalagan

NORMAS LEGALES DE INTERÉS

Legislación & Economía - Mayo 20121. 8

• Enrelaciónalartículo17,serealizóunamodi-ficación parcial en cuanto a la fecha de entrega del in-forme que debe presentar la administración del fondo. Igualmente fue corrida su numeración por lo que este artículo se encuentra enumerado como 18.

• Elartículo23semodificóparcialmenteparain-troducir nuevos requisitos en el numeral 4 en relación a la conformación de la Secretaria Técnica. Igualmente fue corrida su numeración por lo que este artículo se encuentra enumerado como 24.

• El artículo 34 del proyecto de ley semodificóparcialmente para reestructurar el contenido del pará-grafo referente al cálculo al Ajuste del Balance Fiscal del Sector Público No Financiero para efectos de los apor-tes de la Autoridad del Canal de Panamá que se estable-cen en el artículo 3 de la presente ley.

Normas Legales de Interés

Incorporadas las modificaciones aprobadas en Primer Debate, pasa el Texto Único de este Proyecto de Ley 438 con sus debidas modificaciones a Segundo y Tercer De-bate, donde una vez aprobado en estas etapas, pasa a ser sancionado por el Presidente de la República, hoy día Ley 38 de 5 de junio de 2012.

Tomando en cuenta que el texto originario del Proyecto de Ley 483, sufrió modificaciones de forma, más que de fondo del texto propio, hay que tomar en consideración que este proyecto de ley mantuvo fuertes críticas de di-versos sectores gremiales, políticos y civiles del país de-bido a la complejidad del tema y los asuntos puntuales que debían ser considerados en la creación de un fondo monetario como es el Fondo de Ahorro de Panamá, que será integrado por ingresos que deben tener reglamen-taciones discutidas con seriedad para llevar a cabo una mejor administración del mismo.

NUEVAS REFORMAS AL CÓDIGO FISCAL

Por: Maybé Mendieta

En días pasados se promulgó la Ley No. 28 de 8 de mayo de 2012 a través de la cual, nuevamente, se introducen cambios al Código Fiscal y a otras

disposiciones fiscales vigentes.

La Ley No. 28 de 2012, publicada en la Gaceta Oficial No. 27029-C de 8 de mayo de 2012, conlleva una serie de cambios en materia fiscal cuyos componentes más sobresalientes son los siguientes:

Código Fiscal:

• Aumentodecincuentabalboas(B/.50.00)enelmonto de la primera Tasa Única Anual a pagar por las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y cualesquiera otras personas jurídicas, nacio-nales o extranjeras domiciliadas en Panamá. De esta forma pagarán a partir de la fecha, B/.300.00 tanto en la primera tasa como en las tasas anuales subsiguientes. Igual es el caso de las fundaciones de interés privado cuya tasa sufre un aumento de cien balboas (B/.100.00),

pagando en consecuencia B/.350.00 al momento de su inscripción, así como también en los años subsiguien-tes.

• ModificacióndelRégimendeGananciadeCa-pital cuando la compraventa de bienes inmuebles esté dentro del giro ordinario de los negocios del contribu-yente.

• Enloscasosdegananciasobtenidasporlaena-jenación de valores, acciones, cuotas de participación, que constituyan renta gravable en la República de Pana-má se elimina el derecho a ceder el crédito fiscal deriva-do del adelanto del Impuesto sobre la Renta retenido al aplicar la tarifa del 10%.

• Con relación al Impuesto de Dividendos, sepermitirán las reducciones del capital por la parte que corresponda a la redención de acciones preferidas emi-tidas antes del 1 de enero de 2012 y que dichas reduccio-nes se realicen antes del 31 de agosto de 2012.

Legislación & Economía - Mayo 20121. 9

• SeautorizaalDirectorGeneraldeIngresosdelMinisterio de Economía y Finanzas la condoNación de morosidades de los bienes inmuebles de uso público, con independencia de que las fincas se encuentren ins-critas a nombre del promotor del desarrollo o de cual-quier otra persona, que sean traspasados a la Nación, al Municipio respectivo o a cualquier otra entidad pública con patrimonio propio autorizada por ley para recibir dichos bienes.

Otras Disposiciones Fiscales (Régimen de Intereses Prefe-renciales en algunos Préstamos Hipotecarios - Ley No. 3 de 1985, disposiciones relativas a los casinos - Decreto Ley No. 2 de 1998, empresas promotoras de vivienda): • Semodificaelpreciodecompraodeconstruc-ción de las viviendas que aplican para el tramo prefe-rencial en préstamos hipotecarios preferenciales.

• Se establece que, a partir del mes de abril de2012, los casinos completos, sala de máquinas tragamo-nedas del Hipódromo Presidente Remón pagarían a la Junta de Control de Juegos un porcentaje (18%) de los ingresos brutos de las máquinas tragamonedas Tipo “A” en forma mensual.

• Referentealaexoneracióndemejoras(LeyNo.6 de 2005) se aumentan los rangos de valor de las mis-mas, cuando se trata de mejoras para uso residencial.

Con la promulgación de la Ley No. 28 de 2012, tal como se puede apreciar, la normativa fiscal actual ha sido ob-jeto de importantes cambios en materias sensitivas para todos los contribuyentes.

AMPLIAN LISTADO PAISES EXENTOS DE REQUISITO DE VISA PARA IN-GRESAR EN NUESTRO PÁÍS

Con la aprobación del Decreto Ejecutivo No. 380 de 24 de mayo de 2012 que modifica la clasificación mi-gratoria los residentes de la República de Filipinas para ingresar a nuestro país deberán contar con una Visa Estampada, la cual deberán tramitar en la misión diplomática acreditada en su país o en el país más

cercano.

En este sentido, se modifica el listado de países que se encuentran exentos de la presentación de visa para ingresar en Panamá, dentro de los cuales podemos mencionar a: Angola, Armenia, Botsuana, Cabo Verde, Croacia, Co-moras, Islas Marshall, Kenia, Kiribati, Macedonia, Líbano, Madagascar, Maldivias, Mauricio, Montenegro, Samoa, Santo Tomé, Tonga, Tuvalu Vietnam entre otros.

Lo anterior implica, que los ciudadanos de estos países muchos de los cuales resultan un tanto desconocidos, no tendrán que tramitar una visa para ingresar a Panamá, lo que para ellos representa una ventaja migratoria y que esperamos para Panamá resulte igual de ventajoso.

Normas Legales de Interés

Legislación & Economía - Mayo 20121. 10

REGULAN EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE TRABAJO MARÍTIMO Y DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD LABORAL MARÍTIMA

La Dirección de Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá, mediante Resolución No. 106-25-DGMM de 4 de mayo de 2012 estableció los requisitos que deberán cumplir las Organizaciones Reconocidas para realizar las inspecciones a fin de expedir el Certificado de Trabajo Marítimo y la emisión de la Declara-

ción de Conformidad Laboral Marítima.

Se establece que toda Organización que previamente autorizada y que requiera que se le permita realizar una inspección para emitir los Certificados de Trabajo Marítimo y la Declaración de Conformidad Laboral deberán presentar una solicitud, acompañada de una serie de requisitos, que serán sometidos a la Comisión Consultiva, quien mediante informe elevara una propuesta de resolución ante el Director General.

Por otro lado, las organizaciones autorizadas para expedir el Certificado de Trabajo Marítimo (CTM) y la Declara-ción de Conformidad Laboral Marítima (DCLM) quedarán sujetas a lo dispuesto en el Reglamento que regula a las Organizaciones Reconocidas para efectuar inspecciones y expedir certificados estatuarios a las naves de la Marina Mercante Nacional y al Convenio Marítimo 2006.

La Resolución en comento se expide en atención al Convenio Sobre Trabajo Marítimo de 2006 especialmente al Título 5 sobre el Cumplimiento y Control de la Aplicación.

El Ministerio de Comercio e Industrias, emitió el Decreto Ejecutivo No. 90 de 18 de mayo de 2012, median-te el cual se crea el Gabinete Logístico como estructura político – administrativa interinstitucional con el propósito de captar información de los diferentes estamentos que permita identificar las fortalezas y defi-

ciencias con el fin de establecer un Plan Maestro e implementar la Estrategia de Desarrollo Logístico Nacional, tendiente a posicionar al país como un Centro de Desarrollo Logístico Internacional.

El objetivo principal del Gabinete será el de integrar los diferentes planes, programas y metas de los diversos entes gubernamentales, en coordiNación con el sector privado para la elaboración y ejecución del Plan Maestro, men-cionado en el párrafo que antecede.

Dentro de las atribuciones del Gabinete se encuentran las de: 1. Recibir o requerir de los diferentes estamentos, la información necesaria para elaborar el Plan Maestro, así como la Estrategia de Desarrollo Logístico Nacional. 2. Coordinar las actividades, avances y logros para la unificación del desarrollo de los esfuerzos de los estamen-tos gubernamentales con la finalidad de llevar a cabo una política nacional unificada en materia de logística. 3. Consultar con los diferentes estamentos públicos o privados para la elaboración e implementación de la Estrategia Nacional.

La estructura administrativa del Gabinete será integrada por un Nivel Ejecutivo; Nivel Coordinador; Nivel Opera-tivo y Nivel Consultivo, cada uno con diferentes atribuciones y funciones.

CREAN GABINETE LOGISTICO

Normas Legales de Interés

Legislación & Economía - Mayo 20121. 11

LOS MUNICIPIOS SON COMPETENTES PARA SANCIONAR POR DESA-RROLLAR EN UN INMUEBLE ACTIVIDADES DISTINTAS AL CÓDIGO DE ZONA

CONSULTA, DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA

La Procuraduría de la Administración mediante Consulta C-27-12 absuelve interrogante planteada por la Gobernadora de la Provincia de Panamá sobre si los municipios pueden sancionar a las personas, naturales o jurídicas, por desarrollar en un inmueble actividades distintas a las permitidas por el código de zona con-

cedido formalmente por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, y de ser afirmativa la respuesta, qué norma establece dicha falta y la competencia para atenderla.

Expresa la Procuraduría que la Ley 6 de 1 de febrero de 2006, que reglamenta el ordenamiento territorial para el desarrollo urbano y dicta otras disposiciones, señala en su artículo 6 que las autoridades urbanísticas son el Minis-terio de Vivienda y los Municipios, de manera tal que las autoridades urbanísticas tienen la facultad de imponer sanciones a las personas que cometan infracciones a la misma.

Este mismo instrumento legal le confiere al municipio la facultad de dictar acuerdos en materia de ordenamiento territorial y urbanístico a nivel local, con sujeción a las leyes, reglamentos y planes nacionales y regionales y señala que hasta tanto no se cuente con los planes aprobados a nivel local, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y los municipios aplicarán las leyes, los decretos, los acuerdos, las regulaciones, las reglamentaciones y las normas vigentes que rigen la materia urbanística en el territorio nacional o municipal.

Agrega la Autoridad, que el Concejo Municipal de Panamá en el acuerdo 116 de 9 de julio de 1996, el cual resulta concordante con la facultad prevista por la citada ley 6 de 2006, ya había establecido algunas regulaciones sobre la construcción, adiciones a estructuras, mejoras, demoliciones y movimientos de tierra en el distrito de Panamá.

En este sentido, se le confiere al alcalde la facultad para “ordenar el cese de toda actividad u operación en aquellas edificaciones de carácter comercial o industrial, que se encuentren ocupadas sin el respectivo permiso de ocupa-ción o que ejerzan una actividad diferente a los establecidos (sic) en las Normas de Desarrollo Urbano que regulan la zonificación y uso de suelo, planos registrados, permisos de construcción, permisos de ocupación, y/o que no reúnan los requisitos mínimos de seguridad exigidos.”

Concluye la consulta, indicando que el Municipio de Panamá, en su calidad de autoridad urbanística local, tiene competencia para sancionar a personas naturales o jurídicas por desarrollar actividades distintas a las permitidas por el código de zona concedido formalmente por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, de con-formidad con lo establecido en la ley 6 de 2006 y demás regulaciones o acuerdos sobre la materia.

Legislación & Economía - Mayo 20121. 12

ANTECEDENTES

La firma de abogados Morgan & Morgan en Representa-ción de Minera Panamá, S. A. (Antes Minera Petaquilla, S.A.) interpuso Amparo de Garantías Constitucionales en contra de la Resolución 0139-2009 de 4 de Marzo de 2009, expedida por la Ministra de Asuntos Relaciona-dos con la Conservación del Ambiente y Administra-dora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, el 8 de mayo de 2009 ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

El fallo estuvo bajo la ponencia del Magistrado Oydén Ortega y es de fecha de 18 de julio de 2011.

Claramente se determina la diferencia entre área prote-gida y área de zonificación de uso de suelo y las autori-dades que tienen la potestad de emitirlas.

También establece cual de los dos actos administrativos tiene como requisito la Consulta Ciudadana.

Resaltamos algunos aspectos importantes:

POSICIÓN DE LA AUTORIDAD DEMANDADA…

“En relación a la manifestación de la demandante re-lativa a que con la declaratoria del Distrito de Donoso como área protegida se le afecta gravemente el derecho de propiedad y esa afectación es extensible a los dere-chos mineros del Contrato Ley No. 9 de 26 de febrero de 1997, la autoridad demandada es del criterio que dicha afirmación no es cierta, debido a que el contrato de con-cesión en su cláusula vigésima primera establece que dicho contrato se regirá por las Leyes actualmente en vigor y que rijan en el futuro en la República de Panamá que le sean aplicables. Además, se le impone a la con-cesionaria la obligación de mantener en todo momento

una protección apropiada del medio ambiente del área dada en concesión y cumplir con las disposiciones le-gales y reglamentarias de aplicación general que estén vigentes en la República de Panamá.

En cuanto a la ausencia de consulta ciudadana antes de la emisión de la Resolución impugnada, la Autoridad Nacional del Medio Ambiente considera que tal posi-ción sería admisible siempre que el acto contenido en la Resolución No. AG-0139-2009 hubiese versado sobre los actos que taxativamente señala el artículo, es decir, los relativos a construcción de infraestructuras, tasas de valoración, zonificación y fijación de tarifas y tasas por servicios. Agrega el Director de la ANAM que la Resolución atacada en ningún momento varió la zoni-ficación.

En conclusión la autoridad demandada considera que está facultada para gestionar todo lo relacionado con la preservación del ambiente y sus diversos ecosistemas, motivo por el cual en caso de disconformidad lo que correspondía era agotar la vía gubernativa”.

ALEGATOS DEL ACCIONANTE

“En cuanto a la infracción del artículo 17 de la Consti-tución, considera el Accionante que dicha norma ha sido conculcada en concepto de Violación Directa por omisión, por haberse dejado de aplicar la norma que ga-rantizara la efectividad de los derechos y deberes indivi-duales y sociales de sus representados Minera Panamá, S.A. (antes Minera Petaquilla, S.A.), sin cumplir con el trámite de realizar un acto de participación ciudadana, antes de imponer sobre las fincas de su representada y de la concesión de la cual es titular, la zonificación de "áreas protegidas".

FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PONE EN RIESGO LOS ECO-SISTEMAS EXISTENTES EN EL ÁREA PROTEGIDA DEL DISTRITO DE DO-NOSO.

Por: Lisbeth Martéz

Consulta, Doctrina y Jurisprudencia

Legislación & Economía - Mayo 20121. 13

Estima el Accionante que se ha infringido el artículo 32 de la Constitución, en concepto de Violación Directa por omisión, por emitir una Resolución en la que impo-ne zonificación de "área protegida", sobre las fincas de su representada, afectándose sus derechos como con-cesionaria Estatal, sin haber cumplido con el trámite legal de realizar un acto de participación ciudadana y sin haberle dado la oportunidad de ser oído previo a la emisión de tal decisión”.

Para finalizar, refiere el Accionante que se violó de manera directa por omisión, la garantía constitucional consagrada en el artículo 47 de la Constitución Política que establece que se garantiza la propiedad privada con arreglo a la Ley, sin más limitaciones que las estableci-das por la Ley, motivo por el cual es de la opinión que no podía el funcionario demandado a través de un acto administrativo imponer limitaciones a la propiedad.

CONSIDERACIONES y DECISIÓN DEL PLENO

Resulta palmario destacar que mediante Resolución No. AG-0139- 2009 de 4 de marzo de 2009, proferida por la Ministra en Asuntos Relacionados con la Conservación del Ambiente y Administradora General de la Autori-dad Nacional del Ambiente, se resolvió lo siguiente:

"Artículo 1. Declarar el área protegida de Donoso.

Artículo 2. Establecer como Categoría de Manejo, para la gestión administrativa y ambiental del área protegida de Donoso, la de Área de Usos Múltiples.

Artículo 3. Establecer como límites del Área Protegida de Donoso, los ambientes terrestres, fluviales, lacustres, y marino costeros ubicados en el Distrito de Donoso, provincia de Colón, colindante al Norte con el Mar Cari-be, al Sur con los distritos de la Pintada y Penonomé en la Provincia de Coclé, al Este con el distrito de Chagres, Provincia de Colón y, al Oeste con el distrito de Santa Fe, Provincia de Veraguas. La superficie total del área total protegida es de ciento noventa y cinco mil novecientos diecisiete hectáreas con seiscientos

cuarenta y siete metros cuadrados (195,917ha + 647m 2 ), de las cuales ciento setenta y siete mil sesenta cinco hectáreas con doscientos setenta y tres metros cuadrados (177,065ha + 273m2 ) corresponden a la superficie terres-tre de la misma, y dieciocho mil ochocientos cincuenta y dos hectáreas con trescientos setenta y cuatro metros cuadrados (18,852ha + 374m 2 ) corresponden a la super-ficie marina del área protegida de Donoso, comprendida dentro de los siguientes límites: Inicia en el punto Nº 1 ubicado en la desembocadura del Río Belén; con coorde-nadas 513854.709 Este y 982404.364 Norte se continúa aguas arriba de dicho río interceptando los siguientes los afluentes: río Caño, Belencillo, Sardina, Guayabal y la Qda. Chiquita, hasta llegar al Punto Nº 2 con coordena-da 529782.470Este y 966118.229 Norte (coincidente con el límite del Parque General de División Omar Torrijos); continuamos en dirección este con una distancia aproxi-mada de 4,877 metros hasta llegar al Punto Nº 3 con coor-denada 534412.634 Este y 966157.919 Norte; (coincidente con el límite del Parque General de División Omar Torri-jos); desde este punto se prosigue por el curso del Río Turbe, interceptando las Qda. Sin Nombre, Qda Vega y el Río Molejón, hasta su unión con el Río San Juan encon-trando el Punto Nº 4 con coordenadas 541265.275 Este y 971211.780 Norte; posteriormente se sigue aguas arribas del Río San Juan hasta donde le vierte sus aguas la Que-brada sin Nombre donde se encuentra el Punto Nº 5 con coordenadas 541331.421 Este y 969941.699 Norte; segui-mos en línea recta con rumbo Noreste, atravesando el Río Limón y la Qda. La Mona con una distancia aproximada de 7876.9 metros hasta llegar a la cima del Cerro Jagua con una cota aproximada de 158 m.s.n.n encontrando el Punto Nº 6 con coordenada 548941.012 Este y 971842.805 Norte; se continúa con dirección Sureste sobre el límite del Distrito de Donoso, con una distancia aproximada de 754.7 m encontrando el Punto Nº 7 con coordenada 549577.283 Este y 971431.746 Norte (Intersección del Río Moreno y el Río Coclesito); desde esta unión se continúa aguas abajo del Río Coclesito hasta la intersección con la Quebrada El Fraile encontrando el Punto Nº 8 cuya coor-denada es 549705.401 Este y 973474.110Norte; se prosi-gue aguas abajo del Río Coclesito hasta la intercepción con el Río Cascajal encontrando el Punto Nº 9 con coor-denada 550446.227 Este y 974453.130Norte; desde este punto se sigue aguas abajo del curso del Río Coclé del Norte hasta la intersección

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con el Río San Juan encontrando el Punto Nº 10 con coor-denada 550194.875 Este y 974955.870Norte; se continua aguas abajo del Río Coclé del Norte, interceptando las Qdas. Calabazo, San Antonio, Santa Lucia, Subidero, Co-raza, Botija, Juan Chan, Río Cuteva y Qda Victoria, hasta llegara la confluencia de la Quebrada Santa Isabel donde se encuentra el Punto Nº 11 con coordenada 549573.109 Este y 987444.994 Norte; de allí se continua aguas aba-jo del Río Coclé del Norte hasta llegar a la intersección con el Río Toabré donde encontramos el Punto Nº 12 con coordenada 551081.219 Este y 988278.484Norte; segui-mos aguas arriba del Río Toabre, interceptando las Qdas. Sargenta, El Pilón, Papayo, Tigre, Los Ticocles, hasta la confluencia con la Quebrada La Gloria donde encontra-mos el Punto Nº 13 con coordenada 563609.118 Este y 982391.131 Norte; se continúa aguas arriba del Río Toa-bré, interceptando las Qdas. Quita Frio, Nicaragua, Tor-tuga, Río de "U", hasta la confluencia del Río Tulú donde se encuentra el Punto Nº 14 con coordenadas 569628.331 Este y 979493.760 Norte; desde este punto se continúa en línea recta con dirección Noreste, sobre el límite del Dis-trito de Donoso, a una distancia aproximada de 10652.59 m atravesando el Río de "U" y la Qda La Encantada hasta encontrar el Río Caño Sucio encontrando el Punto Nº 15 con coordenada 577102.736 Este y 987021.630 Norte; de aquí continuamos en línea recta con dirección Noreste a una distancia aproximada de 9187.02 m, atravesando va-rias Qdas. Sin nombre, hasta encontrar el nacimiento de la Quebrada El Papayo donde encontramos el Punto Nº 16 con coordenada 584013.399 Este y 993576.127 Norte e; posteriormente se prosigue aguas abajo de la Quebra-da El Papayo hasta la confluencia del Río El Jobo donde se encuentra el Punto Nº 17 con coordenada 585569.318 Este y 992604.690 Norte; de aquí se continua aguas abajo hasta la intersección de Quebrada Sin Nombre cerca del Poblado Aguate donde encontramos el Punto Nº 18 con coordenada 586019.106 Este y 994033.531 Norte; se con-tinúa aguas abajo del Río El Jobo hasta la intersección con la Quebrada El Campano donde encontramos el Punto Nº 19 con coordenada 587209.718 Este y 996732.450 Norte; continuamos aguas abajo del Río El Jobo, interceptando las Qdas. La Tigra, La Tigrila y la Iguana, hasta la unión con el Río Indio donde encontramos el Punto Nº 20 con coordenada 588413.560 Este y 1001151.271 Norte; de este punto se sigue aguas abajo del Río Indio, interceptando la Qdas. Candillera, La Pólvora, Río La En

cantada, Qda. Torno, Sábalo, Torno Rompido y La Cede-ña; hasta la confluencia con la Quebrada Ventura donde encontramos el Punto Nº 21 con coordenada 588863.346 Este y 1011497.132 Norte; se continua aguas abajo del Río Indio, interceptando las Qda. Cajón, Río Chillar, y Membrillar, hasta su desembocadura (Río Indio) donde encontramos el Punto Nº 22 con coordenada 589146.799 Este y 1016091.033 Norte, (último punto en superficie terrestre) se continua en dirección Norte a una distancia aproximada de 2250 m donde encontramos el punto N° 23 con coordenada 589180.842 Este y 1018456.112 Nor-te, el cual está ubicado sobre la superficie marina; de allí se continúa sobre una línea de 87,893.751m, correspon-diente a un corredor de 2250m paralelo a la línea de costa sobre la cual se localizan los puntos N° 24 con coordenada 578981.255 Este y 1015743.964 Norte; N° 25 con coordena-da 568993.332 Este y 1012806.905 Norte; N° 26 con coor-denada 564998.163 Este y 1013045.045 Norte; N° 27 con coordenada 554930.867 Este y 1009764.006 Norte; N° 28 con coordenada 544532.844 Este y 1004842.447 Norte; N° 29 con coordenada 532997.125 Este y 998915.407 Norte; N° 30 con coordenada 525959.277 Este y 994430.437 Nor-te; N° 31 con coordenada 517624.985 Este y 984838.685 Norte; y el punto N° 32 con coordenada 513907.624 Este y 984547.624 Norte; de allí continuamos en dirección Sur hasta encontrar el Punto Nº 1 en la desembocadura del Río Belén con coordenada 513854.709 Este y 982404.364 Norte, origen de esta descripción.

Artículo 4. Establecer como zona de amortiguamiento del área protegida de Donoso, la franja de doscientos metros (200 m) alrededor del perímetro del área des-crita en el Artículo Tercero de la presente Resolución.Parágrafo: La zona de amortiguamiento del área pro-tegida se regirá por las disposiciones establecidas para el área protegida de Donoso en la presente Resolución hasta tanto se determine el uso de suelo de dicha zona en el respectivo Plan de Manejo.

Artículo 5. Establecer como objetivo general del Área Protegida de Donoso el mantener los procesos ecoló-gicos inherentes a los sistemas naturales y conservar su diversidad biológica, genética y cultural, así como, sus recursos para el uso sostenible.

Artículo 6. Establecer como objetivos específicos del

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Área Protegida de Donoso, los siguientes:

1. Conservar y proteger los ecosistemas existentes en el área, particularmente los bosques tropicales de tierras bajas y bosques pantanosos, para sostener y mantener la integridad y diversidad biológica, con especial inte-rés en las poblaciones de tapires, jaguares y guacamaya verde, entre otras.

2. Promover el desarrollo socioeconómico y cultural sostenible de las comunidades relacionadas al área pro-tegida, fomentando negocios e inversiones ambientales; prácticas de manejo racional de los recursos naturales renovables y actividades de autogestión, con la finali-dad de efectuar un aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y marino-costeros presentes en el área protegida.

3. Mantener la conectividad terrestre y acuática de los bosques de tierras bajas de Donoso con los bosques submontanos y montano, en las estribaciones, laderas y cimas de la cordillera central del Parque Nacional Santa Fe y del Parque Nacional General de División Omar To-rrijos Herrera, así como otras áreas aledañas, a lo largo de diferentes gradientes altitudinales.

4. Garantizar los servicios ambientales producidos con la protección de ecosistemas, reciclaje de nutrientes, mantenimiento de procesos de ciclos del agua y del oxígeno, absorción de elementos de contaminación, mantenimiento de bancos genéticos, recursos hídricos, paisajísticos y recreativos, particularmente, mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y hacer frente al cambio climático.

5. Promover actividades científicas, investigativas, eco-turísticas y/o educativas con énfasis en la conservación y protección de especies endémicas o en vías de extin-ción, presentes en el área.

6. Promover la participación ciudadana de manera ac-tiva y transparente en la gestión del área protegida, con el fin de que se reconozca que ésta área protegida con-tribuye al mejoramiento de la calidad de vida de todos los ciudadanos que viven dentro y fuera de los límites de la misma.

7. Garantizar el compromiso de desarrollar, de forma sostenible, actividades productivas con el consecuente cumplimiento de medidas de mitigación y compensa-ción de sus impactos negativos y la potenciación de sus impactos positivos.

Artículo 7. Considerar las tierras, bosques y aguas que se encuentren dentro de los límites señalados en el Ar-tículo Tercero de la presente Resolución, como parte del patrimonio natural del país.

Artículo 8. Advertir que las actividades que se realicen en el área protegida de Donoso deberán ser compatibles con la política de protección y conservación de los re-cursos naturales y culturales que se establece en la legis-lación vigente y en el Plan de Manejo del área protegida.

Artículo 9. Advertir que las personas con títulos de pro-piedad y derechos posesorios, que se encuentren dentro de los límites señalados por la presente Resolución, de-berán adoptar las disposiciones sobre uso de la tierra y otras medidas destinadas a proteger la vida silvestre, los suelos, el régimen hidrológico y demás funciones del área protegida.

Artículo 10. Prohibir dentro de los límites del área pro-tegida aquellas actividades incompatibles con los obje-tivos especificados en los Artículos Quinto y Sexto de la presente Resolución, en especial, las siguientes:

1. La remoción, tala, desmonte, quema, extracción y cualquier otra actividad que no cuente con los permi-sos correspondientes de la Autoridad Nacional del Am-biente.

2. La pesca, salvo la pesca artesanal o de subsistencia, debidamente autorizada por la Autoridad Nacional del Ambiente.

3. La recolección, captura, cacería, transporte y/o co-mercialización de especímenes de la fauna silvestre, excepto aquellos que cuenten con los permisos corres-pondientes emitidos por la Autoridad Nacional del Ambiente.

4. La entrada de nuevos ocupantes a los terrenos que

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conforman el área protegida, sin la debida autorización de la ANAM, previo análisis de caso.

5. El establecimiento de actividades que atenten contra la integridad ecológica y, los fines de conservación y uso sostenible del área protegida de Donoso.

6. Cualquier otra actividad que, en base a informes téc-nicos de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), pueda causar daños al área protegida de Donoso, a sus ecosistemas asociados o interferir con las acciones de manejo del área protegida.

Artículo 11. Advertir que toda actividad productiva, recreativa, educativa y científica que se realice dentro de los límites del área protegida de Donoso, deberá regirse según lo establecido en el Plan de Manejo y/o la norma-tiva de la Autoridad Nacional del Ambiente.

Artículo 12. Advertir que toda infraestructura, obra o proyecto a realizarse dentro del área protegida de Donoso, deberá regirse por el instrumento de gestión ambiental respectivo, conforme a lo establecido en la normativa vigente, así como con cualquier otro estudio que, de acuerdo al Plan de Manejo, se considere necesa-rio para determinar que la actividad a desarrollarse no afectará la continuidad de los procesos ecosistémicos que se desarrollan en el área.

Artículo 13. Advertir que todo aquel que ejecute actos en contra de la conservación y manejo sostenible de los recursos naturales, patrimoniales y la vida silvestre del área protegida creada mediante la presente Resolución o contravenga las disposiciones plasmadas en el presen-te documento, será sancionado de acuerdo a lo estable-cido en la legislación vigente.

Artículo 14. Establecer como parte integral de la pre-sente Resolución, el mapa descriptivo de los límites del Área Protegida de Donoso, el cual es Anexos a la mis-ma.

Artículo 15. La Autoridad Nacional del Ambiente ela-borará el Plan de Manejo del área protegida de Donoso en un plazo no mayor de dos años a partir de la promul-gación de la presente Resolución."

“De los hechos expuestos por el Accionante, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia advierte que la contro-versia surge con motivo de la expedición de una Reso-lución en la que a criterio del activador constitucional se impone una nueva zonificación de "área protegida", sobre las fincas de propiedad de la empresa Minera, que afecta sus derechos como concesionaria Estatal, sin ha-ber cumplido con el trámite legal de realizar un acto de participación ciudadana y por otro lo lado, al imponer limitaciones a la propiedad privada.

En cuanto al primer reclamo realizado por el apoderado judicial de la empresa Minera Panamá, S.A. (antes Mi-nera Petaquilla, S.A.), relativo a que se efectúo un cam-bio de zonificación en el área, lo cual afecta sus dere-chos como concesionario estatal, debemos destacar que no nos encontramos frente a un cambio de zonificación del área, sino ante una declaratoria de conservación y preservación de un área.

Entiéndase por "Área Protegida", como "un área defini-da geográficamente que haya sido designada o regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de conservación", tal como lo establece el artículo 2 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, de Río de Ja-neiro de 5 de junio de 1992”.

De igual manera, en la , por la cual se dicta la Ley Ge-neral del Ambiente y se crea la Autoridad Nacional de Ambiente, se define Área protegida como un "Área geo-gráfica terrestre, costera, marina o lacustre, declarada legalmente, para satisfacer objetivos de conservación, recreación, educación o investigación de los recursos naturales y culturales".

Mientras que se entiende que la "Zonificación de Usos del Suelo" consiste en determinar el conjunto de zonas en que se divide un sector de la ciudad, atendiendo a la intención de que en cada una de ellas se desarrollen determinados tipos de actividades o usos del suelo, con-cordantes con el grupo de política urbana previamente enunciado para cada sector urbano. Una zona se deli-mita a partir de un conjunto de parcelas continuas, edi-ficadas o no, para las cuales se plantea el desarrollo de cierto tipo de actividades armónicamente compatibles entre sí.

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El cambio de zonificación de un área es un tema que se encuentra regulado por la Ley No. 9 de 1973, por el cual se crea el Ministerio de Vivienda (MIVI), como la insti-tución que tiene, entre otras, las funciones de establecer, coordinar y asegurar de manera efectiva la ejecución de una política nacional de desarrollo urbano, así como de proponer normas y reglamentaciones sobre el desarro-llo urbano a nivel, nacional y de aplicar medidas para su cumplimiento. Para ello se crea dentro de la estructura de la Institución, la Dirección General de Desarrollo Urbano, a la que se le adscribe todo lo relacionado con las funciones de levantar, regular y dirigir los planos re-guladores, lotificaciones, zonificaciones y urbanizacio-nes, mapas oficiales, áreas de construcción, entre otros.

“Por lo tanto, la consulta prevista en el artículo 24 de la Ley No. 6 de 22 de enero de 2002, por el cual se dic-tan normas para la transparencia en la gestión pública y se dictan otras disposiciones en materia de Hábeas Data, sólo encuentra su vigencia en todos los actos de la administración pública que puedan afectar los inte-reses y derechos de grupos de ciudadanos, mediante las modalidades de participación ciudadana que al efecto establece la presente Ley. Estos actos son, entre otros, los relativos a construcción de infraestructuras, tasas de valorización, zonificación y fijación de tarifas y tasas por servicios.

En el caso especifico del Distrito de Donoso declarado como "zona protegida", esta declaratoria no supone un cambio de zonificación, por el contrario surge de la ne-cesidad de salvaguardar el patrimonio ecológico de esa región, situación que no es incompatible con el espíritu de nuestra Constitución Política, leyes, tratados inter-nacionales suscritos por nuestro país, incluso el Con-trato celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Pa-namá, S.A. (antes Minera Petaquilla, S.A.), todo lo cual impone la obligación de efectuar estudios de viabilidad ambiental, estudios de factibilidad en el área de conce-sión y otras actividades destinadas a la protección del medio ambiente”.

En ese sentido, debemos tener presente que la Resolu-ción N° AG-0139-2009 de 4 de marzo de 2009, encuen-tra su sustento en nuestra Constitución Política, en los

artículos 118 y 120, los cuales establecen lo siguiente:

"Artículo 118. Es deber fundamental del Estado ga-rantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en donde el aire, el agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del desarrollo adecuado de la vida humana".

"Artículo 120. El Estado reglamentará, fiscalizará y aplicará oportunamente las medidas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna terrestre, fluvial y marina, así como de los bos-ques, tierras y aguas, se lleven a cabo racionalmente, de manera que se evite su depredación y se asegure su pre-servación, renovación y permanencia".

Por otro lado, la Autoridad Nacional del Ambiente como entidad pública autónoma tiene entre sus princi-pios y lineamientos, los siguientes:

1….2…7. Incluir, dentro de las condiciones de otorgamiento a particulares de derechos sobre recursos naturales, la obligación de compensarecológicamente por los recur-sos naturales utilizados, y fijar, para estos fines, el valor económico de dichos recursos, que incorpore su costo social y de conservación.8…9. Destinar los recursos para asegurar la viabilidad eco-nómica de la política nacional del ambiente...“El Pleno de la Corte Suprema de Justicia no puede ob-viar que contrato de concesión minera celebrado entre el Estado y la empresa Minera Panamá, S.A. (antes Minera Petaquilla, S.A.), no excluye la obligación de proteger el medio ambiente, conforme lo previsto en la Cláusula Séptima que, contempla la obligación de la empresa de realizar actividades que protejan de manera apropieda-da el medio ambiente, cumpliendo con las disposicio-nes legales y reglamentarias de aplicación general que estén vigentes en la República de Panamá. Además, la empresa se compromete a financiar un programa de reforestación para aquellas áreas de la concesión en las cuales la empresa haya causado algún tipo de

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deforestación, sujeto al grado de deterioro que se haya causado a la naturaleza”.

En cuanto a la afectación de la propiedad privada ale-gada por el accionante, debemos destacar como aspecto de relevancia que si bien es cierto la empresa Minera Panamá, S.A. (antes Minera Petaquilla, S.A.), es propie-taria de unas determinadas hectáreas de terreno que se ubican en una porción del Distrito de Donoso; sin em-bargo, las minas poseen el carácter de "bien de domi-nio público" porque pertenecen al Estado, tal como lo reconocen diversos preceptos de nuestro ordenamiento jurídico.

A este respecto, el artículo 257 de la Constitución Po-lítica establece en su numeral 6º, que las minas y yaci-mientos de toda clase pertenecen al Estado y no podrán ser objeto de apropiación privada. Asimismo, el artícu-lo 254 del Código Fiscal expresa en su numeral 1º, que las minas y los yacimientos de toda clase pertenecen al Estado, con las limitaciones establecidas en la Constitu-ción; y el numeral 2 del artículo 329 del Código Civil, incluye a las minas dentro de la categoría de bienes de dominio público.

En consecuencia, las minas son bienes que pertenecen al Estado quien, en su condición de propietario, puede explotarlas en forma directa u otorgarlas en concesión a particulares, mediante el pago de los derechos que es-tablece la Ley.

“Por lo tanto, el que se haya declarado el Distrito de Donoso como una zona protegida, no afecta el derecho de la concesionaria, quien conforme la cláusula vigési-ma primera del Contrato Ley No. 9 de 26 de febrero de 2007, deberá regirse por las leyes actualmente en vigor y que rijan en el futuro en la República de Panamá que le sean aplicables, excepto en la medida en que tales leyes o disposiciones legales le sean contrarias o sean incon-sistentes o incompatibles con el contrato o no sean de aplicación general”.

PARTE RESOLUTIVA

“Sobre la base de los razonamientos expuestos en las lí-neas precedentes, la Corte Suprema de Justicia, Pleno,

administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NO CONCEDE la Acción de Am-paro de Garantías Constitucionales interpuesto por la Firma Forense Morgan & Morgan, en nombre y repre-sentación del señor Fernando Martínez, representante legal de Minera Panamá, S.A. (antes Minera Petaquilla, S.A.), contra la Resolución N° AG-0139-2009 de 4 de marzo de 2009, proferida por la Conservación del Am-biente y Administradora General de la Autoridad Na-cional del Ambiente”.

RESUMEN DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINIS-TRATIVO DE 27 DE ABRIL DE 2012.

DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NU-LIDAD INTERPUESTA POR EL LICENCIADO CARLO ROGNONI ARIAS EN REPRESENTACIÓN DE ELENO GONZÁLEZ GOVEA, PARAQUÉ SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN AG-139-2009 DE 4 DE MARZO DE 2009, DICTADA POR LA MINISTRA EN ASUNTOS RELACIONADOS CON LA CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE Y ADMINISTRADORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE.

Magistrado Ponente: Alejandro Moncada Luna.

El licenciado Carlo Rognoni Arias, actuando en nom-bre y representación del señor Eleno González Govea, solicito la suspensión provisional de los efectos de la Resolución AG-0139-2009 de 4 de marzo de 2004, dic-tada por la Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, dentro de la acción contencio-so administrativo de plena jurisdicción interpuesta para que la misma sea declarada nula.

La Sala ha considerado procedente la medida cautelar solicitada por la parte recurrente, contrario a lo que ha-bía establecido el Pleno de la Corte donde ya se había pronunciado sobre la misma resolución.

De manera sorprendente, este fallo va en contra de todas las jurisprudencias anteriores que establecían la conservación del medio ambiente como elemento prin-cipal, por encima de los intereses de los ciudadanos.

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Sin tomar en consideración el fallo del Pleno la Sala

Basándose en las facultades que le confiere la Ley 73 de 1943 en su artículo 33, que reza de la siguiente mane-ra: El Tribunal Contencioso – Administrativo, en pleno, puede suspender los efectos de un acto, resolución o disposición, si, a su juicio ellos es necesario para evitar un perjuicio notoriamente grave, por lo que le otorga la facultad discrecional para disponer la suspensión provi-sional del acto atacado de ilegal.

Fundamentando la decisión en el siguiente análisis:

• LapretensióndenulidaddelaResoluciónAG-0139-2009 de 4 de marzo de 2009, expedida por la Mi-nistra en Asuntos Relacionados con la Conservación del Ambiente y Administradora General de la Auto-ridad del Ambiente, se fundamenta en que la misma, al tratarse de un acto que puede afectar los derechos e intereses de los ciudadanos, pues declara el área prote-gida de Donoso, debió previo a su emisión, permitir la participación ciudadana como lo ordena el artículo el artículo 24 de la Ley 6 de 2002, a través de algunos de los mecanismos establecidos en el artículo 25 de la mis-ma excerta legal.

El artículo 24 de la Ley 6 de 2002 señala:

“Artículo 24. Las instituciones del Estado en el ámbi-to nacional y local, tendrán la obligación de permitir la participación de los ciudadanos en todos los actos de la administración pública que puedan afectar los intere-ses y derechos de grupos de ciudadanos, mediante las modalidades de participación ciudadana que al efecto establece la presente Ley. Estos actos son, entre otros, los relativos a construcción de infraestructuras, tasas de valorización, zonificación y fijación de tarifas y tasas por servicios”.

• Al hacer una revisión del acto demandado seaprecia que fue ampliamente motivado, haciéndose mención, entre otras cosas, de las acciones y estudios que se realizaron tendientes a la toma de decisiones de la declaratoria del Distrito de Donoso, Provincia de Co-lón, como área protegida.

• Seobservaigualmentequesehacemenciónaque dicha área hay colonización humana espontánea que realiza actividad agropecuaria de subsistencia, lo que implica la existencia de grupos de ciudadanos que pueden tener afectación por la actuación administrativa realizada esta situación es confirmada en el informe de conducta de la entidad, cuando señala que los recursos naturales de la región son usados por parte de la pobla-ción humana existente para actividades de ganadería y agricultura.

• Enelinformedeconductaremitidoporlaauto-ridad se observa la afirmación de que no se realizó este proceso de participación ciudadana , así como tampoco el informe técnico de la Dirección de Áreas Protegidas y vida Silvestre, que avale la creación del área protegida de Donoso.

Por lo que la Sala basándose en los preceptos anteriores concede la suspensión provisional de los efectos de la Resolución No. AG-0139-2009 de 4 de marzo de 2009 dictada por la Ministra de Asuntos Relacionados con la Conservación del Ambiente y Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente.

SALVAMENTO DE VOTO DEL MAGISTRADO VÍCTOR L. BENAVIDES P.

El magistrado Benavides salva su voto basándose en que la Autoridad Nacional del Ambiente para este tipo de causas (protección de vida silvestre), no requiere de una consulta ciudadana para establecer cuál área es conside-rada protegida por su importancia para la vida silvestre, que no busca más que proteger nuestra propia vida.

La Ley 41 de 1 de julio de 1998 le da la facultad a la ANAM de velar por los usos de los espacios en función de sus aptitudes ecológicas, sociales y culturales, su ca-pacidad de carga, el inventario de recursos naturales renovables y no renovables y las necesidades de desa-rrollo, en coordinación con las autoridades competen-tes. De igual manera, se precisa que las actividades que esta Autoridad apruebe, no deben perjudicar el uso o funci0on prioritaria de las respectivas áreas geográficas.Por lo tanto, establece que el artículo 75 de la mencio-nada ley, determina que el uso de los suelos debe ser

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compatible con la aptitud ecológica y que debe evitarse prácticas que contribuyan a la erosión, degradación o modificación de características, con efectos ambientales adversos. De igual manera el artículo 95 determina a la ANAM como la encargada de proteger los ecosistemas y la vida silvestre.

La ANAM es el ente encargado que rige esta materia, en un sentido especialísimo, a diferencia de los cambio de uso de suelo y cambio de zonificación, que si requieren de una consulta ciudadana previa, para su aprobación, y la Sala Tercero en innumerables precedentes.

Por último concluye expresando, que en el expediente no existe prueba aportada en esta etapa del proceso, que de-termine, mediante informes técnicos, que la protección del ambiente encausada con el acto administrativo impug-nado, sea en contraposición de la política local e internacional de protección de los diversos ecosistemas silvestres y cuya eliminación, no sea prioridad para la propia Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM).

REFLEXIONES SOBRE ESTE ÚLTIMO FALLO

Es importante señalar que a partir del 27 de abril del presente año, luego que la Sala emitiera esta resolución objeto de estudio, se suspende las medidas de protección y conservación de la zona.

Por lo que todo aquel que ejecute actos en contra de la conservación y manejo sostenible de los recursos naturales, patrimoniales y de vida silvestre del área protegida no podrá ser sancionado por la administración.

Por lo que podríamos decir, que nos encontramos frente a un perjuicio notoriamente grave en contra de nuestra naturaleza y sin ningún tipo de regulación jurídica que la ampare.

Esta ventana abierta que ha dejado la Sala Tercero de la Corte Suprema, pone en riesgo toda la evolución jurídica ambiental que hemos logrado en estos últimos años, que nos permite mantener un equilibrio entre el crecimiento del país y nuestro medio ambiente.

Finalmente, nos llama la atención cómo es posible que luego de que los Magistrados Alejandro Moncada Luna y Víctor L. Benavides P., firmaran un fallo donde el Pleno se pronuncia, diciendo que esta resolución no supone un cambio de zonificación sino que se declara una “zona protegida”, por lo que no requiere una consulta ciudadana, por el contrario reconoce la labor de la ANAM al tratar de salvaguardar nuestro ecosistema, que con el pasar de los años va sufriendo daños irreparables, omiten la opinión que había expresado el Pleno de la Corte y fallan de manera totalmente contraria a lo que se habían expresado meses anteriores.

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RESUMEN DEL FALLO QUE SUSPENDE PROVISIONALMENTE LA RESO-LUCIÓN AG-0072-2009 POR MEDIO LA CUAL SE DECLARA COMO ÁREA PROTEGIDA EL HUMEDAL BAHÍA DE PANAMÁ

Por: Ailen Galván

DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD INTERPUESTA POR EL LICENCIADO ARÍS-TIDES FIGUEROA EN REPRESENTACIÓN DE CONS-TANTINO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN AG-0072-2009 DE 11 DE FEBRERO DE 2009, DICTADA POR LA MINISTRA EN ASUNTOS RELACIONADOS CON LA CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE Y ADMINISTRA-DORA GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE.

Magistrado Ponente: ALEJANDRO MONCADA LUNA

CONSIDERACIONES PREVIAS

Antes de entrar al analizar el fallo de la Corte Suprema de Justicia – Sala de lo Contencioso Administrativo, es necesario reflexionar sobre el objeto de la Resolución AG-0072-2009, la cual determina lo siguiente:

Que la zona costera de la Bahía de Panamá se encuentra cubierta de vegetación natural como son los manglares, bosque inundable mixto, bosque inundable de palmas, así como, ciénagas y lagunas. Debido a la importan-cia ecológica y económica que representa para el país el área conocida como Humedal Bahía de Panamá, la misma, a petición de la República de Panamá, fue de-signada como Humedal de Importancia Internacional.

Que el Estado promueve su conservación, protección y administración para el uso sostenible y el beneficio de las generaciones presentes y futuras, tomando en cuenta su valor ambiental, ecológico, genético, científico, esté-tico, recreativo, cultural, educativo, social y económico de sus ecosistemas y componentes, y es de interés na-cional por la protección que brinda a las poblaciones aledañas.

Por lo tanto, es necesario fortalecer las acciones de con-servación, protección, uso racional y manejo de los ecosistemas y especies que allí habitan, a través de su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

A continuación los aspectos más relevantes del Fallo en mención:

El licenciado Arístides Figueroa, actuando en nombre y representación del señor CONSTANTINO GONZÁ-LEZ RODRÍGUEZ, ha solicitado la suspensión pro-visional de los efectos de la Resolución No. AG-0072-2009 de 11 de febrero de 2009, dictada por la Ministra en Asuntos Relacionados con la Conservación del Am-biente y Administradora General de la Autoridad Na-cional del Ambiente, dentro de la acción contencioso administrativa de plena jurisdicción interpuesta para que la misma sea declarada nula.

El Lcdo. Figueroa sustenta dicha solicitud de esta me-dida cautelar basándose en que la pretensión de esta Resolución no es mas que la de “legalizar” de alguna manera tratamientos para los cuales, indefectiblemente, se requerían la adopción de los mecanismos de consul-ta ciudadana previstos en la ley. Por lo tanto, señala el Lcdo. Figueroa, se debe tener presente que no se han dispuesto ninguno de los mecanismos de participación ciudadana.

Es necesario señalar que el artículo 73 de la Ley 135 de 1943, modificada por la Ley 33 de 1946, dispone que el Tribunal Contencioso-Administrativo, en pleno, puede suspender los efectos de un acto, resolución o dispo-sición, si, a su juicio, ello es necesario para evitar un perjuicio notoriamente grave. Este precepto otorga una facultad discrecional a la Sala para disponer la suspen-sión provisional del acto atacado de ilegal, cuando sea necesaria la tutela judicial de los derechos que alega el

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afectado, por el prejuicio grave e irreparable que se le puede ocasionar.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

Como se ha manifestado, en fallos anteriores, que en las acciones de nulidad la suspensión provisional procede cuando el acto administrativo puede entrañar un per-juicio notoriamente grave a la integridad del ordena-miento jurídico, por ser manifiestamente incompatible con una norma jurídica de superior jerarquía, toda vez que la finalidad de este tipo de acción es la preservación del ordenamiento jurídico o la legalidad abstracta.

Podemos resumir que la pretensión de nulidad se fun-damenta en que la misma, al tratarse de un acto que puede afectar los derechos e intereses colectivos, pues declara como área protegida el Humedal de la Bahía de Panamá, debió previo a su emisión, permitir la partici-pación ciudadana como lo ordena el artículo 24 de la Ley 6 de 2002, a través de alguno de los mecanismos establecidos en el artículo 25 de la misma excerta legal.

El artículo 24 de la Ley 6 de 2002 señala:

“Artículo 24. Las instituciones del Estado en el ámbi-to nacional y local, tendrán la obligación de permitir la participación de los ciudadanos en todos los actos de la administración pública que puedan afectar los intereses y derechos de grupos de ciudadanos, mediante las modali-dades de participación ciudadana que al efecto establece la presente Ley. Estos actos son, entre otros, los relativos a construcción de infraestructuras, tasas de valorización, zonificación y fijación de tarifas y tasas por servicios.” (Lo resaltado es nuestro)

Según el fallo en mención, con respecto a la aplicabi-lidad de esta norma, la Sala ha estimado que el presu-puesto de participación ciudadana allí contemplado es necesario en toda actuación de la Administración Pú-blica, que implique una posible afectación a los intereses y derechos de la ciudadanía en general o grupos inte-resados, requiriéndose una comunicación a los mismo con el propósito de salvaguardar sus derechos. Mencio-na que por lo tanto, debe destacarse que el carácter de

esta norma es imperativo, por lo que se constituye en un requisito indispensable en el tipo de actuación des-crita. Y, que al hacer una revisión del acto demandado, se aprecia en su motivación que se hace mención de la importante función ecológica del área, así como del be-neficio que representa para la generaciones presentes y futuras, y del interés nacional por la protección que le brinda a las poblaciones aledañas; situación que implica la intervención de los derechos colectivos.

También se menciona el artículo 9 de la resolución de-mandada, que dispone sobre el uso de la tierra de las personas con títulos de propiedad y derechos poseso-rios que se encuentra dentro de los límites de lo que constituye el área protegida, lo que implica la posible afectación de los intereses y derecho de un grupo de-terminado.

RESOLUCIÓN

La Sala Tercera Contencioso-Administrativa de la Cor-te Suprema de Justicia, ORDENA la Suspensión Pro-visional de los efectos de la Resolución No. AG-0072-2009 de 11 de febrero de 2009, dictada por la Ministra en Asuntos Relacionados con la Conservación del Am-biente y Administradora General de la Autoridad Na-cional del Ambiente.

SALVAMENTO DE VOTO DEL MAGISTRADO VÍCTOR L. BENAVIDES P.

El magistrado Benavides expresa su desacuerdo ante el fallo que suspende la Resolución No. AG-0072-2009 de 11 de febrero de 2009 basándose en lo siguiente:

• LaAutoridadNacionaldelAmbiente(ANAM), para este tipo de causas (HUMEDALES), no requiere de una consulta ciudadana para establecer cuál área es considerada un HUMEDAL.

• Tomandoenconsideraciónelartículo22delaley 41 de 1 de Julio de 1998, que asigna a la ANAM, el velar por los usos de los espacios en función de sus aptitudes ecológicas, sociales y culturales, su capacidad de carga, el inventario de recursos naturales renovables y no renovables y las necesidades de desarrollo, en coor-

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dinación con las autoridades competentes. De igual ma-nera, se precisa que las actividades que esta Autoridad apruebe, no deben perjudicar el uso o función priorita-ria de la respectiva área geográfica.

• En el artículo 75 de la LeyNo.41 de 1998 se-ñala que debe evitarse prácticas que contribuyan a la erosión, degradación o modificación de características topográficas, con efectos ambientales adversos.

• EstamismaLeyensuartículo95,tambiénseña-la que es deber de la ANAM, proteger los ecosistemas y la vida silvestre, fijando como una prioridad en sus políticas la conservación de ecosistemas marinos con niveles altos de diversidad biológica y productividad, caso de arrecifes de coral, estuarios, HUMEDALES y otras zonas de producción y cría.

Por todas estas observaciones, podemos fundamentar que no se trata de un cambio de uso de suelo o cambio de zonificación, mas bien se trata de proteger los ecosis-temas y la vida silvestre, conservándolos; y la ANAM es el Ente que rige esta materia.

CONCLUSIÓN

A nuestra consideración, se ha hecho una mala inter-pretación de la norma, ya que el Artículo 24 de la Ley 6 de 2002 menciona actos de la administración públi-ca tales como, los relativos a construcción de infraes-tructuras, tasas de valorización, zonificación y fijación de tarifas y tasa por servicios. Por lo tanto, hacemos una aclaración del artículo señalando que no se trata de ningún tipo de construcción de infraestructura, ni de tasas de valorización ni mucho menos zonificación, ni ninguna de las anteriores mencionadas; se habla ex-presamente de DECLARAR ÁREA PROTEGIDA AL HUMEDAL BAHÍA DE PANAMÁ, y que el objetivo general de la misma es la conservación y protección de los ecosistemas existentes en el área protegida, fomen-tando el uso racional de los recursos naturales a fin de mantener procesos evolutivos y ecológicos, el flujo ge-nético y la diversidad de especies de flora y fauna silves-tre, que son la base de los bienes y servicios que estos ecosistemas nos ofrecen para beneficio de las presentes y futuras generaciones.

En cuanto al Artículo 9 de la resolución demandada, a la que hace mención el fallo objetivo de este presente escrito, podemos determinar que no existe posible afec-tación de los intereses y derechos de un grupo determi-nado, ya que lo que se pretende es concientizar a dicho grupo para la protección de estas tierras y así proteger la vida silvestre, los suelos, el régimen hidrológico y de-más funciones del humedal, que si bien analizamos, es para el propio beneficio del grupo y del ecosistema.

Al suspender provisionalmente la Resolución AG-0072-2009 queda totalmente desprotegida el área del Hume-dal Bahía de Panamá, ya que al no tener efecto jurídico, esta región está susceptible a cualquier acto que ponga en riesgo esta zona, porque las limitaciones decretadas por dicha Resolución prácticamente no existen desde el momento en que se resuelve el caso.

Por lo tanto, todos los esfuerzos conservacionistas lo-grados hasta la fecha quedan totalmente desvirtuados.

En cuanto al artículo 73 de la Ley 135 de 1943, modifi-cada por la Ley 33 de 1946, al que se hace mención en el fallo de la Corte, habla de la suspensión provisional del acto atacado de ilegal, siempre y cuando conlleve a un perjuicio grave e irreparable al afectado; pero si bien analizamos esta norma, este no es el caso, ya que no existe un peligro inminente al declarar un área pro-tegida, no se está realizando ningún tipo de edificación solo se está tratando de establecer los parámetros nece-sarios para la conservación y protección de los humeda-les, bosques tropicales, las especies de fauna y flora y los demás recursos naturales renovables que conforman el ecosistema, al igual que a las comunidades que habitan en esas zonas y su desarrollo socioeconómico y cultural.

Por todo lo antes expuesto, llegamos a la conclusión que no se requiere de una consulta ciudadana, ya que no se pretende realizar ningún cambio en la zonificación ni mucho menos construir en la misma, solo que se pre-tende declarar como un área protegida, ya que la misma tiene importantes funciones ecológicas como regulado-res de los regímenes hidrológicos y son un fundamental hábitat para especies de fauna en peligro de extinción.

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POLÍTICAPor: rafael fernández lara

¿DEBEN LOS ENCARGADOS DEL ÓRGANO EJECUTIVOSER CONSIDERADOS EXPRESIDENTES DE LA REPÚBLICA?

Los encargados de reemplazar a los Presiden-tes de la República, en sus ausencias tanto temporales como absolutas, han tenido di-ferentes denominaciones a lo largo del desa-rrollo de nuestro ordenamiento jurídico y las

cuatro Constituciones que hemos tenido, de 1904, 1941, 1946, 1972, los Actos Reformatorios de 1978, el Acto Constitucional de 1983 y la Reforma Constitucional de 2004.

Según la primera Carta Magna de nuestra incipiente República, expedida por la Convención Nacional Cons-tituyente y sancionada por la Junta de Gobierno Provi-sional de 1904, era función administrativa de la Asam-blea Nacional elegir en sesiones ordinarias y por un bienio, a un Primer, Segundo y Tercer Designados para que, en defecto del Presidente de la República, ejercie-ran el Órgano Ejecutivo, en su orden, y se les denomi-naba "Encargado del Poder Ejecutivo" (Art. 75 y 79). La Constitución Política de 1941, cuya vigencia inicia el 2 de enero de ese año, a semejanza de la primera Consti-tución, facultaba a la Asamblea Nacional de Diputados para la elección de tres Designados que en su orden sus-tituían al Primer Mandatario de la Nación en todas sus ausencias y, sin establecer un título especifico, se refería a los Designados como "Llamados a Ejercer la Presiden-cia". En esta misma Constitución de 1941, los "Secre-tarios de Estado" pasaron a denominarse Ministros de Estado y entre sus funciones estaba el reemplazar al Pri-mer Mandatario de la Nación y a los Designados en sus ausencias (Art. 116).

En la Ley Suprema de 1946 se cambia la denominación de los Designados, y se les llama VicePresidentes de la República, a ser elegidos por un período de cuatro años

por sufragio popular directo y por mayoría de votos, al igual que el Presidente de la República. De conformi-dad con el Art. 152, "el ciudadano que reemplace al Pre-sidente de la República tendrá el mismo título, la misma categoría y ejercerá las mismas atribuciones que éste".

Por su parte, en la Carta Magna de 1972, de acuerdo a la última y actualmente vigente Reforma de 2004, se elimina el cargo de Segundo VicePresidente de la Repú-blica. El Artículo 187 señala que los que reemplacen al Presidente en sus faltas temporales o absolutas reciben el título de "Encargado de la Presidencia de la Repúbli-ca". Ante la eventualidad de la ausencia del Presidente y del VicePresidente, un Ministro de Estado será elegido por mayoría de votos del Consejo de Gabinete, y su títu-lo será "Ministro Encargado de la Presidencia".

Habiendo visto a grosso modo las distintas denomi-naciones que le han dado las Constituciones del país a aquellos que reemplazan en sus ausencias al manda-tario de la Nación, independientemente de que hayan desempeñado esas funciones por pocos días, algunas personas son de la opinión que estos reemplazos les da condición de ser considerados como ExPresidentes de la República.

Otros consideran que no, argumentando, entre otras ra-zones, que los que se han encargado temporalmente de la primera magistratura de la Nación no fueron elegidos por el voto popular mayoritario para dicho cargo, sino para otro puesto, el de VicePresidente de la República, y sostienen que por lo tanto el hecho de reemplazar al Presidente en sus ausencias no le da jerarquía de Presi-dente, sino únicamente de Encargado de la Presidencia o cualquier otra designación dada a través de nuestras

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Cartas Magnas. Igualmente argumentan los últimos que debe hacerse una distinción entre los que fueron elegidos Presidente por voto popular directamente para dicha posición y aquellos que los reemplazaron por razones cir-cunstanciales. Tanto el Presidente como el VicePresidente tienen sus funciones específicamente detalladas.

Habiendo sopesado ambos argumentos, estimamos que a aquellos que reemplacen al Presidente en sus distintas ausencias debe acreditárseles el título de ExPresidentes de la República, con todos sus derechos, atribuciones, obligaciones y, a su muerte, su homenaje póstumo por parte del Estado. Independientemente de que no fueron elegidos para ese cargo, una vez toman posesión, sea de manera transitoria o por el resto del período, el Encargado asume todas y cada una de las obligaciones, deberes y derechos del titular, como nombrar y separar a los Ministros de Estado, coordinar la labor de la administración y los establecimientos públicos, objetar los proyectos de leyes por considerarlos inconvenientes o inexequibles, y todos los demás extensos poderes y responsabilidades consa-gradas en la Constitución Política.

Es por esto que tanto al Presidente como al VicePresidente se les exige cumplir con los mismos requisitos para ocupar dichos cargos, así como condiciones similares para tomar posesión de dichas posiciones, esto es, ante la Asamblea Nacional, la Corte Suprema de Justicia, y si no fuere posible, ante un Notario Público, y en defecto de este, ante dos testigos hábiles. Ante la falta absoluta del Presidente y del VicePresidente, el Ministro de Estado que es elegido por el Consejo de Gabinete por mayoría de votos y que recibe el título de Ministro Encargado de la Presidencia, también tiene la obligación de cumplir con los mismos requisitos que exige la Constitución para ser Presidente, por lo que también deben ser considerados ExPresidentes de la República, con los mismos derechos, deberes y obligaciones inherentes a su alta posición. Por ello, de acuerdo a nuestro criterio, los que reemplacen al Presidente en sus distintas ausencias, tienen la misma preeminencia al desempeñar todas y cada una de las funcio-nes y atribuciones que en un momento tenía el Presidente de la República.

Por otro lado, todo aquel que conoce a profundidad nuestra historia política reconoce que no ha habido criterios específicos para determinar quienes deben ser considerados ExPresidentes de la República; el juicio que se ha aplicado ha dependido sobre todo de un criterio político del gobierno de turno para determinar quienes deben ser considerados como tal. Prueba de ello es que en la Galería de ExPresidentes de la República en el Palacio Pre-sidencial, no aparecen algunos que provisionalmente se encargaron del ejecutivo, y otros que teniendo derecho a encargarse no se posesionaron del cargo y otros que sin tener derecho a ocuparlo lo hicieron y se les considera ExPresidentes de la República.

Si no se considera adecuado reconocer como Ex Presidentes de la República a aquellos que asumieron bajo la sombra de irregularidades electorales o en tiempos anómalos de nuestro escenario político, posiblemente un gran número de ellos no aparecerían como encargados del órgano ejecutivo, ya que desafortunadamente los anales de nuestra historia dan cuenta de hechos insólitos en cuanto a este tema. Lo justo para todos sería que se aplicara un criterio específico y único para considerar a quienes sí y a quienes no, se les debe considerar ExPresidente de la República.

Política

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Fuente: Pág. Web CGRP

Para enero-marzo de 2012, el Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE), medido en términos de la serie original, creció 9.18 por ciento, comparado con igual período del 2011. Los sectores que presentaron mayor

incidencia para la economía del país fueron: transpor-te, almacenamiento y comunicaciones; construcción; hoteles y restaurantes; explotación de minas y canteras; actividades comunitarias, sociales y personales; electri-cidad y agua; comercio; intermediación financiera, ad-ministración pública y salud privada. El resto de las ac-tividades presentaron una incidencia positiva, pero en menor proporción, con excepción de la pesca, que con-tinúa mostrando limitaciones para el período referido.

Las operaciones del sector transporte y las comuni-caciones siguen mostrando un desempeño favorable, principalmente, por el movimiento de contenedores medidos en TEU´s del Sistema Portuario Nacional, el transporte aéreo, las telecomunicaciones y el tránsito de naves y toneladas netas desplazadas por buques de alto calado, que transitaron por el Canal de Panamá, así como el realizado en las operaciones por vía férrea.

Los sectores de construcción, explotación de minas y canteras e inmobiliario mantuvieron un buen ritmo, de-bido a la ejecución de inversiones públicas, incluido el desarrollo de grandes obras de ingeniería civil y el apor-te de la construcción desarrollada por el sector privado.

Las actividades de servicios en hoteles y restaurantes presentaron tasas positivas, principalmente, por la ma-yor entrada de turistas, excursionistas y sus gastos co-

rrespondientes.

La prestación de servicios de diversión y esparcimiento reportaron aumentos, básicamente, de los ingresos pro-venientes del número de las apuestas realizadas en salas de juegos de suerte y azar, sobresaliendo las mesas de juegos, máquinas tragamonedas tipo A y las actividades del Hipódromo Presidente Remón.

La producción de electricidad y agua presentó resultado positivo, atribuible al incremento en la generación de energía térmica e hidráulica. Así mismo, fue positivo el consumo de electricidad y la facturación de agua pota-ble.

Las actividades comerciales presentaron tasa positiva, tanto en el comercio mayorista, como el minorista, fa-vorecidas por el incremento en ventas de combustibles y vehículos nuevos.

La industria manufacturera registró aumento en acti-vidades como la elaboración de productos alimenticios (los cárnicos), bebidas alcohólicas, actividades de ela-boración de productos no metálicos y las de edición e impresión; por el contrario, disminuyeron los produc-tos de metal, papel, plásticos, químicos y textiles.

El sector agropecuario mostró una incidencia menor en la economía; no obstante, se registró un desempeño favorable, principalmente, en actividades como la cría de aves de corral, ganado vacuno y porcino, cultivos de cereales como el arroz y el maíz, entre otros. También, se registró un buen comportamiento en cultivo de hor-talizas como el ñame y el otoe.

economía panameña

INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR

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Otros sectores que aportaron al crecimiento de la economía durante el período compilado fueron: la enseñanza privada y los hogares con servicio doméstico. La actividad pesquera continuó reportando una tasa negativa, prin-cipalmente, por la disminución en la captura de especies orientadas a la exportación.

Economía Panameña

FITCH RATINGS ELOGIA BUEN DESEMPEÑO DE LA ECONOMÍA PANAMEÑA

Fuente MEF

La calificadora de riesgo internacional Fitch Ratings elogió el buen desempeño de la eco-nomía panameña, afirmando la calificación de riesgo de la República de Panamá en BBB, manteniendo la perspectiva en estable.

En un comunicado oficial, Fitch Ratings elogió como el fuerte desempeño económico ha llevado a que el ingre-so per cápita de Panamá, llegue a los niveles de países con calificación BBB.

“La institucionalización del dólar y la solidez del sec-tor financiero han contribuido a la estabilización ma-

croeconómica. La rápida reducción de la deuda como porcentaje del PIB, impulsada por un crecimiento ro-busto y déficits fiscales moderados, también apoyan la calificación”.

La ejecución oportuna del Plan Estratégico del Go-bierno continúa impulsando las proyecciones de creci-miento a corto y mediano plazo, actuando como una herramienta anti-cíclica que sienta las bases para la sos-tenibilidad de los indicadores macroeconómicos utili-zados para evaluar el nivel de riesgo del país.

“El crecimiento promedio de 8.9% en los últimos 5 años, supera ampliamente la media de 2.9% que tienen los países con igual calificación. Se espera que la tendencia

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de crecimiento por encima de la media, sea apoyada durante los dos próximos años, por la expansión del Canal y el fuerte plan de inversión pública. Sin embargo, tienen que calibrarse cuidadosamente las políticas económicas para mitigar preocupaciones sobre un posible sobrecalentamiento de la economía.” dijo Lucila Broide, Directora del Grupo Soberano de América Latina para Fitch.

Según el comunicado de la calificadora, los déficits fiscales de Panamá son manejables en el corto plazo debido al fuerte crecimiento económico por el que atraviesa el país. Igualmente menciona como el buen acceso al financia-miento ante organismos multilaterales, para financiar los proyectos de inversión, minimiza el riesgo ante situacio-nes externas negativas que pudiesen cerrar el acceso al crédito del país.

El reporte también reconoce la iniciativa y los beneficios de crear el Fondo de Ahorro de Panamá, cuyo objetivo principal es precisamente el de coadyuvar a la consolidación fiscal a largo plazo, mejorando las perspectivas de riesgo de Panamá.

“Fitch reconoce que la expansión del Canal proveerá a Panamá de una oportunidad fiscal única. Una implementa-ción exitosa de la Ley para establecer un fondo que, de manera prudente, permita ahorrar los ingresos procedentes del Canal expandido, fortalecería el marco fiscal del país”.

Economía Panameña

EL VALOR DE LAS EXPORTACIONES NACIONALES FUE DE B/.52.9 MILLONES EN ENERO 2012

Fuente MEF

En enero del 2012, el valor de las exportacio-nes, excluyendo la de la Zona Libre de Co-lón, totalizó B/. 52.9 millones, unos B/.2.7 millones o 5.4% más que igual periodo del año anterior, revela un informe de la Direc-

ción de Análisis Económico, del Ministerio de Econo-mía y Finanzas, apoyándose en cifras del Instituto Na-cional de Estadística y Censo, de la Contraloría General de la República.

Destaca que las exportaciones se centralizaron en pro-ductos del reino animal y vegetal, piedras preciosas y desperdicios de metales comunes. Los productos con mayores ventas fueron: banano (B/.7.93 millones), oro (B/. 7.67 millones), desperdicios de hierro y acero (B/.3.67 millones), cobre (B/.2.11 millones) y carne de bovino congelada (B/.2.11 millones).

El estudio del MEF, enfatiza que el oro fue uno de los productos con mayor dinamismo; las ventas de este año superaron en 55.8% las del año pasado, con destino

a Canadá. El banano fue el más alto en los últimos 5 años, tanto por el aumento de las cantidades exportadas como por las mejoras en las cotizaciones en el mercado internacional.

Señala que las exportaciones de chatarra metálica de hierro, acero, cobre y aluminio sumaron B/.8.5 millo-nes, con destino a China, Corea del Sur y Estados Uni-dos. También, sobresalieron las ventas de carne de bo-vino, que se envío mayormente a Taiwán, Costa Rica y El Salvador, aprovechando las ventajas que ofrecen los Tratados de Libre de Comercio que se suscribieron con estos países.

Cabe destacar que las exportaciones de pescado como los salmónidos (B/.3.45 millones), y así como de subproductos de otras variedades marinas como la harina de pescado (B/.0.87 millón) continuaron bajas. También disminuyeron las exportaciones de medica-mentos (B/.0.7millòn), café ( B/.0.65 millón) y piña (B/.0.6 millón).

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economía mundial

DESACELERACIÓN GLOBAL EMPEORA: EUROPA CAE MIENTRAS EE.UU. Y CHINA SE FRENAN

Fuente América Economía

Las mayores economías del mundo avanzan con tropiezos o simplemente se están contra-yendo, con la producción fabril china y es-tadounidense apenas creciendo, y los pode-rosos países manufactureros de Europa que

caen aún más en el fango, según sondeos divulgados el viernes.

En Reino Unido, la actividad manufacturera se contrajo a su mayor ritmo en tres años el mes pasado, dado que la desaceleración económica global golpeó la demanda por sus productos.

"No es un buen augurio para el segundo trimestre. Hay un montón de incertidumbre y riesgo en el mercado de la zona euro, y esto está afectando las mentes en las ma-nufactureras", comentó Sian Fenner, macroeconomista global de Lloyds Banking Group.

"Esto podría comenzar a filtrarse hacia la confianza en Estados Unidos, aunque al momento Estados Unidos está resistiendo razonablemente bien, y hay señales preocupantes de China", agregó.

Pero los datos del viernes se sumaron a las señales de que la recuperación de Estados Unidos estaría tamba-leando, profundizando una corriente vendedora en el mercado accionario esta semana debido en gran par-te al creciente pánico por la crisis de deuda de la zona euro.

Los empleadores estadounidenses crearon solo 69.000

empleados en mayo, la mitad de los esperados y la me-nor cifra en un año, mientras que los datos de los dos meses anteriores también fueron revisados a la baja.

En esa línea, la actividad manufacturera en la mayor economía del mundo se desaceleró más de lo previsto el mes pasado, pese a que sus pedidos treparon a un máxi-mo de más de un año.

El Instituto de Gerencia y Abastecimiento (ISM por sus siglas en inglés) dijo que su índice sobre la actividad fa-bril estadounidense bajó a 53,5 en mayo desde 54,8 de abril, aunque logró mantenerse por encima del nivel de 50, lo cual apunta a crecimiento en el sector.

Estas cifras se agregan a los dolores de cabeza que debe enfrentar el presidente Barack Obama y refuerzan las justificaciones para que la Reserva Federal decida una nueva ronda de estímulo monetario.

Las acciones, el euro, la libra y las monedas vinculadas al crecimiento cayeron tras los flojos datos, aunque la mayoría mostró algunos signos de repunte.

El Indice de Gerentes de Compra (PMI por su sigla en inglés) de Manufacturas de la Zona Euro bajó a 45,1 en mayo desde 45,9 en abril, ligeramente por encima de una lectura preliminar pero marcando su nivel más bajo desde junio del 2009.

El indicador ha estado por debajo de 50, marca que di-vide el crecimiento de la contracción por 10 meses. En la misma línea, el índice de producción cayó a 44,6 des-de 46,1 en abril, también su nivel más bajo desde junio

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del 2009.

Según datos previos de Francia y Alemania, las dos ma-yores economías de Europa, sus sectores manufacture-ros se contrajeron a su mayor ritmo en casi tres años. En el primer trimestre, solo la fortaleza alemana evitó que la zona euro cayera en recesión.

Las fábricas de Italia se contrajeron por décimo mes consecutivo, mientras que en España el PMI cayó por debajo del de Grecia y reportó la menor cifra de los paí-ses consultados.

La noticia en Reino Unido, vinculada inexorablemente a la surte de la zona euro, fue un poco mejor.

La economía británica está enredada en su segunda re-cesión en dos años y su PMI se hundió a 45,9 el mes pasado, su menor lectura desde mayo del 2009 y la se-gunda peor caída en los 20 años de historia del sondeo. Analistas esperaban una caída más modesta a 49,8.

El deterioro económico de la zona euro llevó a más de un tercio de los economistas consultados por Reuters esta semana a decir que el BCE recortará las tasas de in-terés desde su mínimo histórico del 1,0 por ciento antes de fin de año para apuntalar al crecimiento.

"Los fundamentos ciertamente justifican un recorte de tasas pronto. Sin embargo, el BCE podría mantener algo de pólvora en la reunión de la próxima semana y es-perar al resultado de las elecciones griegas -y el futuro de la unión monetaria- para cambiar su postura", dijo Annalisa Piazza de Newedge.

Grecia, que desató el caos financiero que amenaza al bloque, tiene prevista una segunda elección clave en tres semanas, la que podría definir si se mantiene como miembro de la zona euro.

Recientes sondeos de Reuters a administradores de fon-dos, economistas y operadores del mercado monetario han sugerido que la golpeada economía seguirá siendo miembro del bloque de 17 naciones en el 2014.

Las caídas en dos indicadores del sector manufacture-

ro de China fueron particularmente preocupantes para los inversionistas que esperan que la segunda economía global -principal motor del crecimiento del mundo en los últimos años- repunte, pese al golpe generado por la crisis europea y la debilitada economía estadounidense.

Analistas esperan que el crecimiento económico de China se desacelere a un 7,9 por ciento en el segundo trimestre, la primera cifra por debajo del 8 por ciento desde el 2009, una cifra que podría presionar a las auto-ridades a que intenten con nuevos estímulos.

"Lo que es realmente preocupante son los nuevos pedi-dos que han comenzado a contraerse y los inventarios, que han empezado a subir a un ritmo inusualmente rá-pido", comentó Dariusz Kowalczyk, economista senior y estratega de Credit Agricole CIB en Hong Kong.

El índice oficial de gerentes de compra de China -que cubre a las empresas más grandes del país, en general respaldadas por el estado- cayó más de lo previsto a 50,4 en mayo, la lectura más débil de este año y por debajo del máximo de 13 meses registrado en abril, con la pro-ducción en su menor nivel desde noviembre del 2011.

El PMI manufacturero de HSBC para China, que cubre a las empresas privadas más pequeñas, retrocedió a 48,4 desde 49,3 en abril -su séptimo mes seguido bajo 50- con el sub-índice de empleo en 48,1, su nivel más bajo desde marzo del 2009.

El sector manufacturero de India se comportó mejor, ya que las fábricas mantuvieron su tasa de expansión en mayo, por una mayor producción y pese a un menor aumento de los pedidos a nivel doméstico. El PMI ma-nufacturero indio de HSBC, que se ha mantenido sobre 50 por más de tres años, se situó en 54,8 en mayo desde 54,9 en abril.

Economía Mundial

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Economía Mundial

EL DESEMPEÑO A NIVEL MUNDIAL DE LA LOGÍSTICA COMERCIAL DIS-MINUYÓ EN MEDIO DE LA RECESIÓN Y DE ACONTECIMIENTOS IM-PORTANTES

Fuente: Banco Mundial

Los avances en el desempeño de la logística comercial disminuyeron en los últimos dos años en medio de la recesión mundial. Sin embargo, según la última encuesta del Banco Mundial sobre logística comercial los países

que llevaron a cabo reformas agresivas continuaron con la mejora en su desempeño. Singapur figura con el mayor desempeño entre los 155 países incluidos en los Índices de Desempeño Logísti-co (LPI), que forman parte del informe Connecting to Compete 2012: Trade Logistics in the Global Economy (Conectarse para competir 2012: Logística comercial en la economía mundial). Países como Chile, China, India, Marruecos, Sudáfrica, Turquía y los Estados Unidos han mejorado su desempeño previo según el estudio que está basado en una encuesta exhaustiva a nivel mundial sobre el despacho de carga y transportes expreso internacionales. “La logística comercial es la clave para la competitividad económica, el crecimiento y la reducción de la pobre-za" comentó Otaviano Canuto, vicepresidente del Ban-co Mundial para la Reducción de la Pobreza y Gestión Económica (PREM). “Desafortunadamente, la brecha en términos de logística entre los países pobres y ricos continúa y la tendencia hacia la convergencia que se ex-perimentó entre los años 2007 y 2010 se estancó a causa de las situaciones como la recesión a nivel mundial y la crisis de la deuda europea y como consecuencia se des-plazó la atención de la reforma en materia de logística”. Según el LPI, las economías de ingreso alto están mejor ubicadas en la clasificación de logística, mientras que las economías con peor desempeño son países menos desarrollados y por lo general sin litoral, islas peque-ñas o Estados que salen de un conflicto. Sin embargo, el desempeño de la logística no se encuentra determina-do simplemente por el nivel de ingreso per cápita, dado

que gran cantidad de países pertenecientes a diferentes grupos de ingreso han alcanzado mejores resultados que sus pares. Sudáfrica, China y Turquía están entre los primeros en la categoría de países de ingreso mediano alto. En la co-rrespondiente a países de ingreso mediano bajo India, Marruecos y Filipinas se encuentran por encima de la media. Y Benin, Malawi y Madagascar figuran entre los países de ingreso bajo. “La infraestructura se destaca como el mayor motor de progreso en los países con mejor desempeño, seguido por las mejoras en los servicios de logística, aduana y gestión de fronteras” señaló Mona Haddad, directora sectorial del Departamento de Comercio Internacional del Banco Mundial. “Los países con mayor desempeño mantienen una estrecha cooperación entre los sectores público y privado y un enfoque integral en el desarrollo de servicios, infraestructura y logística eficiente”. La encuesta pone de manifiesto que mientras los ser-vicios de logística han mejorado en comparación con análisis anteriores, más del 90% de los encuestados in-dicaron su disconformidad con los servicios ferrovia-rios. En relación con la gestión de fronteras, las aduanas obtuvieron una puntuación más alta que cualquier otro organismo involucrado en el proceso, y quedaron reza-gados aquellos organismos responsables por los contro-les sanitarios y fitosanitarios. Una mejor logística es necesaria para reducir el precio de los alimentos y la huella de carbono Mientras que el precio de los alimentos ha alcanzado subas históricas, la encuesta también indica que la lo-gística es importante para la seguridad alimentaria. El transporte y la logística tienen un efecto directo en el precio y la disponibilidad local de alimentos a través del desempeño y la capacidad de adaptación de las cadenas alimenticias, especialmente en países de África y Orien-

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te Medio que dependen de manera significativa de la importación de alimentos. El transporte y la logística representan entre el 20% y el 60% del precio de los alimentos suministrados en países en desarrollo, particularmente en aquellos sin litoral o pobres. A modo de ejemplo, estos representan el 48% del costo del maíz importado por Nicaragua desde los Estados Unidos. El estudio, que por primera vez incluyó indicadores ambientales, también señala que la logística ecológica está ganando protagonismo en economías emergentes y de ingreso alto, un desarrollo de carácter positivo dado que la logística y las actividades relacionadas al trans-porte pueden representar hasta el 15% de las emisiones de dióxido de carbono generadas por el hombre. Los grandes proveedores de logística como DHL, FedEx, UPS y TNT, han aplicado iniciativas a nivel mundial para reducir su huella de carbono: optar por vehículos más competentes, hacer sus instalaciones más eficientes y ayudar a sus clientes a cuidar el medioambiente. El camino a seguir El LPI de 2012 indica las condiciones existentes para una logística eficiente. Todos los países con mejor des-empeño han desarrollado y mantenido el diálogo y una fuerte asociación entre los sectores público y privado; una excelente cooperación entre los encargados de for-mular la política, profesionales, administradores y aca-démicos y un enfoque integral en el desarrollo de servi-cios de transporte, infraestructura y logística eficiente. De acuerdo con el estudio, solo mediante el fomento de la cooperación entre los sectores público y privado y la consideración del impacto de todos los organismos en la cadena de suministro, un país puede obtener mejoras sostenibles en su capacidad de logística. Medidas del Banco Mundial que ayudan a mejorar la logística comercial •Proyectosrelacionadosconlalogísticaylafaci-litación comercial que constituyen cerca del 10% de la cartera general del Banco Mundial.

•Ejemplosdeestosproyectosincluyenreformasaduaneras, desarrollo comercial y regional, y proyectos sobre corredores. En África, por ejemplo, el Proyecto de Promoción del Comercio y el Transporte en África Oriental de US$300 millones mejoró la infraestructura del corredor y el principal paso fronterizo entre Uganda y Kenya en Malaba. El proyecto redujo el tiempo que lleva cruzar el paso fronterizo de tres días a tres horas entre 2006 y 2012. •ElServiciodeFacilitacióndelComercio:unaini-ciativa de asistencia técnica de US$50 millones finan-ciada mediante donaciones que ayuda a los países de ingreso bajo a mejorar sus proyectos de logística y la infraestructura relacionada con el comercio. •ElBancoMundialtambiéncolaboracon:

• Otros organismos internacionales involucra-dos en proyectos, entre ellos: los bancos de desarrollo regional, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), y la Organización Mundial de Aduanas. Todas estas instituciones son miembro de la Asociación Mundial para la Facilitación.

• Grupos regionales de países y foros como elForo de Cooperación Económica Asia Pacífico, el Mer-cado Común para África Oriental y Meridional (CO-MESA), y la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (ECOWAS), entre otros.

• Organizaciones privadas y empresas que pro-mueven las buenas prácticas, incluyendo la Internatio-nal Road Union y la Federación Internacional de Aso-ciaciones de Expedidores de Carga.

• ElForoEconómicoMundialparaanalizarelpo-tencial de las medidas acordadas de manera multilateral para impulsar la prestación de servicios de logística y la eficiencia de las cadenas de suministro a nivel mundial. Para la elaboración de sus indicadores de competitivi-dad el Foro también utiliza el LPI.

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Economía Mundial

Fuente: CEPAL

Asia y el Pacífico se enfrenta a otro año de desaceleración en el crecimiento como consecuencia de la caída de la demanda de sus exportaciones en los países emergentes y el aumento del costo de capital, sin embargo la región seguirá siendo un ancla de estabilidad económica mundial, según las últimas proyecciones de la Comisión Económica y Social para Asia y el Pacífico (ESCAP).

La volatilidad de los precios será otra gran preocupación para la región, donde se repite una tendencia de incre-mento de los precios de las materias primas a largo plazo, según el Estudio Económico y Social de Asia y el Pacífico 2012: búsqueda de la prosperidad compartida en una época de turbulencia y altos precios de las materias primas, publicado por ESCAP.

El informe estima que la tasa de crecimiento de las economías emergentes de la región se reducirá de 7.0 % regis-trado el año pasado a 6.5 % en el 2012, en comparación con un 8.9% durante 2010. Sin embargo, se prevé que la desaceleración del crecimiento ayudará a reducir la inflación en Asia y el Pacífico, que se estima pasará de 6.1 % en 2011 a 4.8% este año.

La reducción de la demanda en los mercados tradicionales de exportación de la región, resultado de la crisis de la deuda zona euro y la continua incertidumbre económica en los Estados Unidos de América, aunado a mayores costos de capital y políticas monetarias de algunas economías desarrolladas contribuirá a la desaceleración del crecimiento de Asia-Pacífico en 2012, señala ESCAP.

A pesar de la desaceleración, la región seguirá siendo la de mayor crecimiento en el mundo con un pronóstico de crecimiento para China de 8.6 %, mientras que para India se estima un crecimiento de 7.5% en 2012.

El estudio presenta una serie de retos políticos clave para Asia y el Pacífico entre los que destacan la necesidad de gestionar el equilibrio entre el crecimiento y la inflación, utilizar medidas de lucha contra la inflación más allá de la política monetaria, hacer frente a los flujos de capital y a una considerable volatilidad del tipo de cambio, mejorar las condiciones de trabajo y la igualdad de ingresos y enfrentar un crecimiento sin empleo y el desempleo mediante el fomento del consumo interno para que actúe como un motor del crecimiento y la productividad.

A PESAR DE LA DESACELERACIÓN EN 2012, ASIA-PACÍFICO CONTINUA-RÁ SIENDO POLO DE CRECIMIENTO DE LA ECONOMÍA MUNDIAL

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Fuente: América Economía

En un mundo tecnológico en el que a diario se desechan artículos electrónicos, el negocio del reciclaje no se ha quedado atrás y poco a poco se abre paso combinando la conciencia y la rentabilidad.

Para recalcar la importancia de esta labor de reciclaje, Isaías Sánchez, gerente de la empresa Recacel (Recicladora Centroamericana de Celulares y Electrónica), comentó que, de acuerdo con organismos

internacionales como la ONU y Greenpeace, la llamada basura electrónica es una “bomba de tiempo”.

“Estos desechos contienen metales y agentes químicos. Si no se dispone de ellos adecuadamente, al estar expues-tos a los elementos como la lluvia o el sol se desprenden e ingresan en el subsuelo, donde pueden contaminar las fuentes de agua”, explicó.

Sánchez dijo que el reciclaje de productos electrónicos es un campo todavía virgen -al menos en el país-, pero tiene gran potencial de crecimiento porque, a diferencia de otros desechos que no se aprovechan cabalmente, en el caso de los electrónicos se aprovecha casi el 100% de ellos.

“De la materia prima se crea materia prima nueva”, dijo Sánchez. Añadió que, por ejemplo, las placas de circuitos y los metales se funden y se fabrican nuevas. Dunia Baide, que trabaja en un centro de reciclaje, explica que tra-bajan con donaciones. Reúnen el equipo, lo clasifican, pesan y exportan a empresas que disponen de medios para recuperar los materiales valiosos.

Buena parte de este dinero se envía a organizaciones benéficas internacionales como la Organización Ruth Paz, que trabaja con niños quemados. De ahí que la oferta comercial no se esté aprovechando al máximo en este mo-mento, por lo que hay todavía un gran nicho por conquistar. Aunque por el momento en la ciudad no se trabaje con base en una retribución económica, Baide señala que eso no debe ser motivo para no contribuir con las tareas de reciclaje.

Celulares

Mejor suerte tiene el reciclaje de celulares. Bayron Cruz, administrador de un negocio que recicla estos aparatos, explica que su popularidad contribuye a que haya gran demanda de aparatos usados, que se pueden usar para ob-tener piezas de repuesto. “Vienen muchas personas a vender celulares viejos porque otra gente compra placas de circuitos y pantallas", explicó Cruz.

BASURA ELECTRÓNICA AHORA ES UN NEGOCIO RENTABLE

Economía Mundial

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Fuente Banco Mundial

El Banco Mundial emitió en el día de hoy un informe en el cual insta a los Gobiernos a pensar de manera ecológica a la hora de adoptar políticas de crecimiento, dado que puede ser inclusivo, eficiente, accesible y, so-

bre todo, necesario para sostener la expansión econó-mica en los próximos años. Presentado en la Cumbre Global de Crecimiento Eco-lógico en Seúl, Inclusive Green Growth: The Pathway to Sustainable Development (Crecimiento ecológico inclusivo: El camino hacia un desarrollo sostenible) traza un marco analítico que tiene en cuenta las limi-taciones del sistema marino, terrestre y atmosférico en planes para el crecimiento económico necesarios para seguir reduciendo la pobreza. El informe desmitifica la concepción de que el crecimiento ecológico es un lujo que la mayoría de los países no se puede dar: señala que los principales obstáculos son las barreras políticas, los comportamientos muy arraigados y la falta de instru-mentos financieros adecuados. "Se obtuvieron ganancias realmente notables en salud y bienestar social desde la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro, Brasil, de 1992, pero muchas veces el progreso causó degradación ambiental y agotamiento de recur-sos" comentó Rachel Kyte, vicepresidenta de Desarrollo Sostenible del Banco Mundial. "Las decisiones que se tomaron hoy comprometerán a los países a adoptar pa-trones de crecimiento que pueden ser sostenibles en el futuro o no. Se debe tener mucho cuidado para asegurar que las ciudades, caminos, fábricas y establecimientos

agrícolas estén diseñados y regulados de manera que se eleve el nivel de vida a la vez que se utiliza el capital na-tural, humano y financiero de manera eficiente." El informe incentiva a los Gobiernos a cambiar su enfo-que en materia de políticas de crecimiento para una me-jor medición no solo de lo que se está produciendo, sino también lo que se está consumiendo y contaminando en el proceso. Afirma que asignar valor a las tierras de cultivo, los minerales, los ríos, los océanos, los bosques y la biodiversidad, y otorgar derechos de propiedad, brindará a los Gobiernos, a la industria y a las personas suficientes incentivos para gestionarlos de una manera eficiente, inclusiva y sostenible. El Banco Mundial res-palda firmemente la incorporación del capital natural en las cuentas nacionales y buscará el compromiso de los países en la Cumbre de los Pueblos Río+20 el mes próximo. El Gobierno de Corea se comprometió a destinar US$40 millones para el fortalecimiento y expansión de la carte-ra de crecimiento ecológico global del Grupo del Banco aprovechando la experiencia satisfactoria de Corea."Dado que desde 2008 adoptamos como estrategia na-cional el crecimiento ecológico, nos complace asociar-nos con Grupo del Banco Mundial y compartir las ex-periencias y los conocimientos especializados de Corea" afirmó Jaewan Bahk, ministro de Estrategia y Finanzas. "La transición hacia el camino del crecimiento ecológi-co no es fácil. Es imperativo compartir los conocimien-tos prácticos y las capacidades para que los países en desarrollo salgan de los patrones de producción y creci-miento ineficientes y obsoletos."

notas de actualidad

EL BANCO MUNDIAL INSTA A LOS GOBIERNOS A PENSAR EN FORMA ECOLÓGICA PARA UN CRECIMIENTO INCLUSIVO

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En un evento de alto nivel que se realizó al margen de las Reuniones de Primavera del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional, los ministros de finanzas expresaron un mayor apoyo al concepto de crecimiento ecoló-gico inclusivo. El informe destaca cinco puntos principales: •Elcrecimientoecológicoesnecesario,eficienteyaccesible:esfundamentalparalograreldesarrollosostenible.

•Barreraspolíticas,normasycomportamientosarraigadosylafaltadeinstrumentosfinancierossonlosprinci-pales obstáculos para el crecimiento ecológico. Este crecimiento debe concentrarse en políticas e inversiones que se deben realizar en los próximos 5 a 10 años para evitar quedarse atascados en caminos no sostenibles, cambios de políticas perjudiciales y consecuencias costosas en salud pública.

• Elprogresorequieresolucionesmultidisciplinarias,quecombineneconomía,cienciaspolíticasypsicologíasocial para lidiar con limitaciones político-económicas, superar las normas sociales y comportamientos muy arrai-gados, y desarrollar las herramientas financieras necesarias.

•Elcrecimientoecológiconoesmonolíticoniestático:lasestrategiasvariaránsegúnlospaísesyaquereflejaránlos contextos, preferencias y bases de recursos locales. Todos los países, ricos y pobres, tienen la oportunidad de hacer que su crecimiento sea ecológico sin disminuir su ritmo.

•Elcrecimientoecológiconoesintrínsecamenteinclusivo,perosepuedediseñarparaquelosea.Aunqueunme-jor desempeño ambiental en general beneficiará a los más pobres y vulnerables, se deben diseñar cuidadosamente las políticas de crecimiento ecológico para maximizar los beneficios y minimizar los costos para ellos, particular-mente durante la transición.

"Existe una idea equivocada muy común de que los países pobres no pueden estimular el crecimiento sin degradar el medio ambiente y quemar las fuentes más baratas y sucias de energía: carbón, biomasa y, en ocasiones gas y pe-tróleo" comentó Kandeh Yumkella, director general de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial. "Esto no es verdad. Los países en desarrollo no replicarán los patrones de crecimiento de los siglos an-teriores, ni deben tratar de hacerlo. Necesitan crecer de una manera más inteligente, ecológica y rápida. El medio ambiente, los minerales y las materias primas son las principales fuentes de capital en los países pobres y, por lo tanto, deben protegerse rigurosamente y utilizarse con responsabilidad." "En este informe están planteados los argumentos decisivos que establecen que estimular el crecimiento econó-mico y mejorar el bienestar social y ambiental no tienen costos prohibitivos ni se excluyen mutuamente" agregó Yumkella. "‎Los países en desarrollo deben superar los obstáculos de políticas e instituir incentivos de inversión cuando toman decisiones de infraestructura y producción que tendrán consecuencias en generaciones futuras."

Notas de Actualidad

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Fuente: CEPAL

América Latina y el Caribe recibió 153.448 millones de dólares de inversión extran-jera directa (IED) en 2011, cifra que re-presenta 10% de estos flujos mundiales, según un informe presentado hoy por la

Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en Santiago, Chile.

Se trata del mayor monto de IED absorbido hasta ahora por la región, indica el estudio La inversión extranje-ra directa en América Latina y el Caribe 2011. En 2010 la región recibió 120.880 millones de dólares, mientras que en 2009 la crisis económica internacional hizo caer las entradas a 81.589 millones de dólares. El máximo histórico se había registrado en 2008, cuando los ingre-sos totalizaron 137.001 millones de dólares.

Los principales receptores de inversión extranjera di-recta en la región en 2011 fueron Brasil (66.660 millo-nes de dólares, que representan 43,8% del total de flujos a la región), México (19.440 millones de dólares), Chile (17.299 millones de dólares), Colombia (13.234 millo-nes de dólares), Perú (7.659 millones de dólares), Ar-gentina (7.243 millones de dólares), Venezuela (5.302 millones de dólares) y Uruguay (2.528 millones de dó-lares). De estos países, Brasil, Chile, Colombia, Perú y Uruguay alcanzaron récords históricos.

En América Central los ingresos de IED aumentaron 36% con respecto a 2010 y se destacan los montos per-cibidos por Panamá (2.790 millones de dólares), Costa Rica (2.104 millones de dólares) y Honduras (1.014 mi-llones de dólares). En el Caribe las entradas subieron 20% en comparación con el año anterior, liderando Re-pública Dominicana, con 2.371 millones de dólares.

"A pesar de la incertidumbre que todavía reina en los mercados financieros globales, las economías de Amé-rica Latina y el Caribe atrajeron importantes cantidades de inversión extranjera directa en 2011, montos que se

Notas de Actualidad

mantendrían altos en 2012", destacó la Secretaria Ejecu-tiva de la CEPAL, Alicia Bárcena.

En 2011, 46% por ciento de los ingresos netos de IED correspondieron a reinversiones de utilidades (el por-centaje restante se dividió entre aportes de capital y préstamos entre compañías), lo cual según el organismo refleja la confianza de las empresas transnacionales y las oportunidades de negocios en la región.

De acuerdo con el informe, esta tendencia, iniciada en 2002, se explica por la magnitud de los activos acumu-lados por las empresas transnacionales en la región, así como por el aumento de la rentabilidad de estos activos gracias al buen desempeño económico de los países y los altos precios internacionales de las materias primas exportadas.

Sin embargo, la CEPAL resalta al mismo tiempo otro fenómeno que ha cobrado gran relevancia a partir de 2004: la creciente repatriación de utilidades por parte de las empresas transnacionales que invierten en la región, hecho que recuerda que la IED no es un flujo unidirec-cional. "Las rentas de IED transferidas a los países de origen se han incrementado desde 20.000 millones de dólares anuales entre 1998 y 2003 hasta 84.000 millones de dólares anuales entre 2008 y 2010", apuntó Bárcena.

El documento señala además que la IED refuerza la es-pecialización productiva de América Latina y el Caribe. En 2011, 57% de la inversión extranjera directa recibida por América del Sur (sin Brasil) se dirigió al sector de recursos naturales, 36% a servicios y 7% a manufactu-ras. En cambio, 7,8% de la IED percibida por México, el istmo centroamericano y el Caribe se orientó a recursos naturales, 39,7% a manufacturas y 52,5% a servicios. En Brasil, los sectores de manufacturas y servicios recibie-ron 46,4% y 44,3%, respectivamente, mientras recursos naturales 9,2%.

"En este contexto, urge impulsar políticas para orien-tar la IED y aprovechar sus beneficios potenciales, entre

AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE RECIBIÓ 153.000 MILLONES DE DÓLARES DE INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN 2011

Legislación & Economía - Mayo 20121. 38

ellos, la transferencia de conocimiento y tecnología, y el incremento de capacidades locales mediante el fortale-cimiento de los sistemas nacionales de innovación, la creación de encadenamientos productivos, la capacitación de recursos humanos y el desarrollo del empresariado local", enfatizó la alta funcionaria de las Naciones Unidas.

Las inversiones en el extranjero de las empresas transnacionales latinoamericanas y caribeñas, conocidas como translatinas, bajaron a 22.605 millones de dólares en 2011 (en 2010 totalizaron 44.924 millones de dólares). Pese a esta caída, la CEPAL destaca que estas firmas continúan en etapa de expansión.

El descenso, según el organismo, se explica fundamentalmente por el comportamiento de Brasil, donde los prés-tamos netos desde las filiales en el extranjero a las casas matrices se incrementaron, a la vez que se redujeron los aportes de capital, lo que sugiere que las firmas brasileñas están invirtiendo más en su propio país.

Chile fue el país que más invirtió en el exterior en 2011 (11.822 millones de dólares), seguido por México (9.640 millones de dólares) y Colombia (8.289 millones de dólares).

Según el informe de la CEPAL, la Unión Europea (UE), como bloque, es el mayor inversionista en América Latina y el Caribe. En la última década, la UE invirtió en promedio 30.000 millones de dólares por año en la región, 40% del total recibido. Las inversiones europeas, que se han dirigido fundamentalmente hacia América del Sur, están ampliamente diversificadas y son muy importantes en varios sectores estratégicos, como energía eléctrica y banca.

Entre los principales inversionistas en 2011 se destacan Estados Unidos (18%), España (14%), la propia región latinoamericana y caribeña (9%) y Japón (8%), entre otros.

La CEPAL prevé que en 2012 las corrientes de IED hacia América Latina y el Caribe se mantendrán en niveles altos. No obstante, el organismo advierte que si la crisis en la eurozona adquiere mayores dimensiones se podría revertir la afluencia de inversiones, especialmente europeas.

Debido a esta incertidumbre, y a la atractiva posición de América Latina y el Caribe para las empresas transnacio-nales, el organismo proyecta que en 2012 las entradas de IED a la región variarán en un rango de entre -2% y 8% respecto de los ingresos de 2011.

Fuente Pág. Web OIT

Los mercados laborales de América Latina y el Caribe continuaron con su recuperación en 2011 y se espera que mantengan una tenden-cia positiva en 2012 con un nuevo descenso en el desempleo urbano hasta 6,5%, a pesar

de la incertidumbre generada por un contexto econó-mico internacional cada vez más complejo, según un informe conjunto de la CEPAL y la OIT.

En el nuevo número de su publicación conjunta Coyun-tura laboral de América Latina y el Caribe dado a cono-cer hoy, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) indican que la tasa de desempleo urbano descendió de 7,3% en 2010 a 6,7% en 2011, niveles no vistos desde comienzos de los años 90.

Para 2012 CEPAL y OIT estiman que habrá un creci-

DESEMPLEO EN AMERICA LATINA A LA BAJA

Notas de Actualidad

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miento económico regional levemente más bajo que en 2011, en el contexto de una economía mundial caracteriza-da por el enfriamiento de varios de sus principales motores económicos y una elevada incertidumbre relacionada, sobre todo, con las perspectivas de la Eurozona. Sin embargo, prevén un nuevo descenso de la tasa de desempleo, en un rango de hasta dos décimas porcentuales (a 6,5%).

Ambos organismos de Naciones Unidas agregan que también creció la proporción de los puestos de trabajo for-males que cuentan con protección social y bajó el subempleo, mientras que los salarios, tanto medios como míni-mos, aumentaron en términos reales, aunque moderadamente.

Por otra parte, el boletín indica que en los mercados laborales persisten importantes brechas y graves problemas de inserción laboral, sobre todo para las mujeres y los jóvenes, que continúan padeciendo niveles desfavorables de desempleo y de otros indicadores del trabajo.

Asimismo señala que persiste una redistribución desfavorable a los trabajadores de las remuneraciones con res-pecto al producto interno bruto (PIB) de los países, ya que durante el período de un crecimiento económico re-lativamente elevado entre 2002 y 2008, en 13 de ellos disminuye la participación de las remuneraciones en el PIB, mientras que aumenta solo en ocho países (de un total de 21 países con información disponible).

“La región necesita crecer más y mejor. Se requiere incrementar continuamente la productividad en América Latina y el Caribe como base de mejoras sostenidas del bienestar de la población y para reducir la brecha externa que separa a las economías de América Latina y el Caribe de las más avanzadas”, señalan Alicia Bárcena, Secretaria Ejecutiva de la CEPAL y Elizabeth Tinoco, Directora Regional de la Oficina de la OIT para las Américas, en el prólogo del documento.

Si bien durante el período entre 2002 y 2010 la región logró algunos avances, con un incremento anual de la pro-ductividad laboral de 1,5%, estos progresos están por debajo de los de otras regiones, como África subsahariana (+2,1%) y, sobre todo Asia oriental (8,3%, excluyendo Japón y Corea del Sur), muestra el informe. Además, en la mayoría de los países los salarios crecieron menos que la productividad.

Por lo tanto, la Secretaria Ejecutiva de la CEPAL y la Directora Regional de la OIT advierten que es imperativo reducir la desigualdad, por lo que urge reducir la brecha de productividad entre las empresas más modernas y la gran cantidad de empresas de baja productividad y estrechar el vínculo entre la productividad y los salarios.“Es relevante asumir este doble reto: avanzar en los incrementos de la productividad y fortalecer los mecanismos para una distribución de las ganancias correspondientes que estimule la inversión y fortalezca los ingresos de los traba-jadores y sus hogares”, indican Bárcena y Tinoco.

Notas de Actualidad

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Notas de Actualidad

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Fuente Pág. Web MICI

La Ministra y Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, Lucía Chandeck C., y el Encargado de Negocios de la Embajada de los Estados Unidos de Amé-rica en la República de Panamá, John Law,

firmaron hoy el Acuerdo de Cooperación Ambiental (ACA), Acuerdo Paralelo al Tratado de Promoción Co-mercial (TPC) entre ambos países.

En relación al Capítulo Ambiental del TPC, ambos paí-ses concluyeron el ACA; el que establece las modalida-des y formas de cooperación, el desarrollo del programa de trabajo por la Comisión de Cooperación Ambiental, que reflejará las prioridades de cada país, y la partici-pación del público en las actividades cooperativas am-bientales.

La firma del ACA constata el avance en el trabajo con-junto, de los Gobiernos de la República de Panamá y Estados Unidos de América, en la implementación del TPC. Resaltamos que este Tratado fue ratificado en la República de Panamá, a través de la Ley No.53 de 13 de diciembre de 2007, y por el Congreso de los Estados Unidos de América, el 12 de octubre de 2011.

En seguimiento a la firma del ACA, se tiene prevista una Visita Oficial de funcionarios del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, a la Repúbli-ca de Panamá, para el mes de mayo; con el propósito de reunirse con altas autoridades de la Autoridad Nacional del Ambiente para tratar el desarrollo del programa de trabajo del ACA.

El titular de la cartera de comercio señaló que: “el desa-rrollo económico y social y la protección ambiental son componentes interdependientes del desarrollo sosteni-ble, lo que se fortalecerá a la entrada en vigor del ACA y del TPC.”

Finalmente, la Ministra y Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, agregó que “con el Acuerdo de Cooperación Ambiental, los gobiernos de los dos países reiteran su voluntad política de reforzar y expandir sus relaciones de cooperación en materia de protección ambiental y de conservación de los recursos naturales, a fin de forjar una interacción efectiva para el logro de los objetivos y metas ambientales comunes.

PANAMÁ Y ESTADOS UNIDOS FIRMAN ACUERDO DE COOPERACIÓN AMBIENTAL VINCULADO AL TRATADO DE PROMOCIÓN COMERCIAL ENTRE AMBOS PAÍSES

integración comercial

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ENTRA EN VIGOR TLC CON PERÚ

El pasado 1 de mayo, entró en vigor el Tratado de Libre Comercio con Perú, que a juicio de las autori-dades abre una gran oportunidad para Panamá, al crearse un mercado más amplio y seguro para los bienes y servicios producidos, así como la atracción de inversiones y nuevas oportunidades de empleo.

Se ha indicado, que uno de los objetivo de este Tratado consiste en estimular la expansión y diversifi-cación del comercio entre los dos países, así como eliminar los obstáculos innecesarios al comercio y facilitar la circulación transfronteriza de mercancías y servicios.

El 26 de agosto de 2010 ambos países acuerdan iniciar negociaciones de un Acuerdo de Libre Comercio. Luego de cuatro rondas de negociación se concluyó un acuerdo que refleja el balance de intereses de Panamá y el Perú, tratado que fue firmado el 25 de mayo del 2011 y aprobado mediante la Ley No. 82 del 22 de diciembre de 2011.

Para el año 2010, Perú ocupó el lugar 30 de las exportaciones panameñas en el ranking a nivel mundial, entre tanto las importaciones de Panamá procedentes de Perú ocuparon el lugar 22.

De acuerdo a datos preliminares del año 2010, Panamá importó de Perú un total de B/.45.6 millones y exportó B/.1.5 millones.

Hasta junio de 2011, las exportaciones locales a esa Nación alcanzaron los B/.801,251 mientras que las importa-ciones llegaron a B/.29,500,073.

Las principales importaciones procedentes de Perú son láminas, hojas y tiras de plástico, conservas de pescado, caviar, cementos hidráulicos entre otros. Mientras, las exportaciones panameñas a ese destino se concentran en productos del mar frescos, refrigerados o congelados. Igualmente papel o cartón para reciclar y alcohol etílico sin desnaturalizar.

Las principales inversiones peruanas en Panamá, básicamente se concentran en banca y gastronomía (restauran-tes). Cifras oficiales revelan que la inversión directa de Perú en Panamá pasó B/.15.3 millones en el 2009 a B/.19.1 millones en el 2010.

Integración Comercial

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Fuente América economía

La unión aduanera de Centroamérica, incluyendo a Panamá, será uno de los primeros frutos de la incor-poración de este país a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), que se espera sea formalizado a finales de junio próximo en Honduras, dijo el director de Administración de Tratados del Viceministerio salvadoreño de Economía, René Salazar.

Tras participar en un encuentro ejecutivo, que organiza mensualmente la Cámara de Comercio de Panamá, Sa-lazar insistió en que la meta inicial de esa incorporación es lograr "la agilización del comercio y modernizar las aduanas" de la región, algo en lo que contribuirá Panamá dada su capacidad logística.

Aunque reconoció que no se puede adelantar cuánto tiempo tomará el proceso, la red de acuerdos comerciales en común y una tradición de intercambio en la región "van a permitir tomar decisiones que van a incrementar el comercio y acuerdos que nos permitirán estar plenamente integrados", reporta el periódico Panamá América.

Panamá suscribirá en la cumbre del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), de finales de junio próxi-mo en Honduras, un protocolo de adhesión a la Sieca que establecerá el calendario, con plazos y condiciones, "mediante los cuales se va a incorporar de manera gradual y progresiva" al organismo regional.

Por su lado, el director nacional de Negociaciones Comerciales Internacionales de Panamá, Luis Garrido, con-firmó que Panamá firmará el protocolo de adhesión a la SIECA en la cumbre de Honduras y recordó que ello es parte del proceso para la entrada en vigor del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea, cuya puesta en vigor se espera iniciar en enero de 2013.

INTEGRACIÓN DE PANAMÁ A SIECA AYUDARÁ A LOGRAR LA UNIÓN ADUANERA

Integración Comercial

Legislación & Economía - Mayo 20121. 44

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