Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

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CONCIENCIA FISCAL REVISTA ELECTRÓNICA FISCAL EDICIÓN No. 3 PARAISOS FISCALES Estados pierden 280.000 Millones de dólares cada año

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Revista Especializada en la Fiscalidad Nacional e Internacional, noticias aduaneras y tributarias, entrevistas y opiniones expertos en el area.

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CONCIENCIA FISCAL

REVISTA ELECTRÓNICA FISCAL EDICIÓN No. 3

PARAISOS FISCALES Estados pierden 280.000 Millones de dólares cada año

Page 2: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

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profesional en el área fiscal con el

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pan interpretar la norma y aplicar

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Msc. Luis Jiménez

Editor—Director

Teléfono: 0412-2799659

E-Mail: [email protected]

Twitter: @tributumxxi7

Page 3: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

INDICE

Msc. Luis Jiménez

Editor—Director

Lic. Lisaura Perez

Jefa de Redacción

Tributum XXI, C.A.

Creación y Desarrollo

editorial

TRIBUTUM XXI Asesoría Fiscal & Educación

Teléfono: 0412-2799659

E-Mail: [email protected]

Twitter: @tributumxxi7

Paraísos Fiscales

Editor

Nacionales

Internacionales

Tributum Tips

Tributum Municipal

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Opinión

Ático Jurídico

Page 4: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

La reciente crisis que ha impactado a los países de Europa y a los Estados Unidos,

y extendiéndose al resto de la comunidad internacional, ha puesto dentro de sus

líneas estratégicas de gobierno la necesidad de buscar mecanismos a los fines de

aumentar los ingresos de sus Fiscos a través de la aplicación de nuevos tributos o

mejorar la recaudación de los ya existentes.

Ello ha implicado que las Administraciones Tributaria comiencen a generar planes

para mejorar sus procesos de fiscalización y control, y a su vez un aumento

sostenido de su recaudación, dirigiendo dichos planes a las grandes corporaciones

internacionales que mantienen una alta movilización de capitales, los cuales

debería de tributar en sus países de origen.

Pero la realidad es otra, estas grandes

corporaciones internacionales están

colocando sus enormes capitales en

jurisdicciones donde la carga tributaria

es mínima o técnicamente nula,

dejando a un lado sus obligaciones

fiscales de contribuir con los gastos

públicos de sus países de origen,

presionando ello a las Administraciones

Tributarias a buscar mecanismos

legales para evitar esta situación.

Estas jurisdicciones son llamadas “Paraísos Fiscales” o centros offshore (En el

ámbito financiero se utiliza para referirse a empresas creadas en centros

financieros con un nivel impositivo muy bajo que generalmente se encuentran en

islas. Estas empresas son usadas para ocultar el propietario o beneficiario de

determinados bienes, por varios motivos) las cuales tienen como fin ofrecer a las

P A R A I S O S F I S C A L E S

Estados pierden 280.000 Millones de dólares cada año

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grandes corporaciones o personas con capacidad de movilizar sus capitales a

nivel internacional la posibilidad de cancelar un mínimo de impuestos o no

cancelarlo, para que dichas jurisdicciones sean atractivas para invertir estos

capitales en ellas.

Por supuesto, esto se puede catalogar como una competencia desleal o

degradante para los países en donde estas empresas generan su mayor cantidad

de ingresos y por lo cual no tributan, utilizando la planificación fiscal internacional y

artilugios jurídicos para realizar este tipo de actividad, aunque no se puede

catalogar como acto de evasión o elusión fiscal si pudiera verse como acto que van

en contra de la moralidad de la sociedad.

Este panorama internacional ha originado que el Grupo de los ocho (G8) que

agrupa a las grandes potencias como Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia,

Italia, Japón, Reino Unido y Rusia estén tomando cartas en el asunto, con el objeto

de masificar esfuerzo en conjunto para controlar estos tipos de actividades fiscales.

Por otra parte, la asociación de expertos Tax Justice Network estima que los

Estados pierden en todo el mundo al año hasta 280.000 millones de dólares en

ingresos fiscales debido a la evasión.

Los estudios estiman, a su vez, en más

de 20 billones de dólares el dinero

escondido en paraísos offshore, un ter-

cio del total de las fortunas que tienen

en sus cuentas los más ricos del

planeta.

Page 6: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

Lo cierto es, que esta situación está

erosionando cada vez más los ingresos de los

Estados a través de la vía impositiva y en

especial a los países en vía de Desarrollo, los

cuales no tienen capacidad tecnológica ni

mecanismos en sus Administraciones

Tributarias para poder controlar las

inversiones que realizan sus contribuyentes

en estos países de baja imposición fiscal e

impactando drásticamente esta situación en las

inversiones sociales y en los gastos del funcionamiento de los referidos Estados,

los cuales se ven obligados a emitir deudas a través de bonos públicos para

obtener ingresos y así mantener su aparato burocrático, o por otro lado generan

una mayor presión fiscal hacia aquellos contribuyentes que no tienen la capacidad

de movilizar sus capitales a nivel internacional.

Luis Jiménez

Editor

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Asesoría Fiscal & Educación

TRIBUTUM XXI TRASMITIMOS EXPERIENCIA

Page 8: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

EL EMPRENDIMIENTO ESTÁ DE MODA EN ESPAÑA:

BENEFICIOS FISCALES RECIENTEMENTE APROBADOS

Muchas son las medidas aprobadas en los últimos tiempos en España para

fomentar el emprendimiento y la creación de nuevas empresas. Recientemente,

se ha aprobado la Ley 11/2013, de 26 de julio, de estímulo del crecimiento y de la

creación de empleo, cuyas medidas e incentivos fiscales resumiremos en las

siguientes líneas.

En primer lugar, la norma trata de fomentar la

creación de nuevas entidades, reduciendo el

tipo impositivo del Impuesto de Sociedades

durante el primer año al 15% (por la parte de

base imponible comprendida entre 0 y

300.000 euros) y al 20% por la parte restante

de base imponible.

Dicha medida será aplicable a las entidades constituidas a partir del 1-1-2013,

que realicen actividades económicas. No obstante, no se entenderá que hay inicio

de actividad cuando la misma se hubiera venido ejerciendo con carácter previo

por cualquier entidad vinculada (conforme al artículo 16 de la Ley del Impuesto de

Sociedades) a la sociedad recién constituida, y hubiera sido transmitida a esta por

cualquier título jurídico. Tampoco si la actividad fue ejercida durante el año

anterior por una persona física que ostente una participación en la nueva

sociedad constituida superior al 50%.

Page 9: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

En segundo lugar, la norma prevé también incentivos en el Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas, suprimiendo el límite actualmente aplicable a la

exención de las prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único.

Además, y en consonancia con las medidas aprobadas respecto al Impuesto de

Sociedades, establece una nueva reducción del 20% del rendimiento neto

positivo en el régimen de estimación directa (tanto normal como simplificada) de

IRPF, aplicable a los contribuyentes que inicien actividad (a partir del 1-1-2013) y

durante el primer período impositivo. Dicha reducción se aplicará sobre un

rendimiento neto máximo de 100.000 euros, no siendo de aplicación al importe

del rendimiento que supere dicho límite.

No obstante, será necesario para beneficiarse de esta reducción, no haber

ejercido actividad económica alguna en el año anterior a la fecha de inicio de la

nueva actividad.

En definitiva, el emprendimiento está de moda en España, y el Gobierno quiere

facilitar la creación de nuevas entidades. No obstante, se echa en falta una mayor

duración en el tiempo de los beneficios fiscales aprobados, ya que consideramos

que un solo año es quizá poco tiempo, para que una actividad económica iniciada

se consolide.

José María Salcedo Benavente. Abogado

Gran Vía Germanías, 25 - 12ª

46006 VALENCIA—ESPAÑA

Tfno: 96.3421200

Fax : 96.3107325

www.aticojuridico.com

Twitter: @Atico_Juridico

OPINIÓN

Page 10: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

NACIONALES

SANGUINO PRESENTARÁ REFORMA FISCAL ANTE EL

PARLAMENTO

El presidente de la Comisión de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional,

Ricardo Sanguino, (Psuv/Táchira), anunció que presentará al Parlamento una propuesta de

reforma fiscal para aumentar la recaudación de

impuestos, informó el parlamentario en un

comunicado de prensa.

Además, propondrá reformar algunas leyes

vigentes y normas tributarias para poder revisar

trimestralmente los precios de los bienes y

servicios, en aras de otorgar incentivos para

aumentar la producción nacional.

"Vamos a ir a una reforma fiscal, de carácter tributario, eso ya está en estudio, hay sectores

económicos en el país que tienen elevados niveles de excedente económico, beneficios y

utilidades. Mientras su nivel de tributación es muy bajo, eso lo estamos revisando y vamos

hacia allá", dijo Sanguino.

PROVIDENCIA QUE REGULAN EL NUEVO REGISTRO DE

INFORMACIÓN FISCAL (RIF) DIGITAL

El Servicio Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat) implementa la emisión

digital del Registro de Información Fiscal (RIF), de manera que las personas naturales y

jurídicas ya no tendrán la obligatoriedad de acudir a las sedes del organismo a efectuar ese

trámite.

La institución publicó en la Gaceta Oficial No. 40.214 la providencia que regula el RIF y allí se

indica que "el Seniat, previo cumplimiento de los requisitos, emitirá un comprobante digital del

RIF".

Page 11: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

NOTICIAS

EL SENIAT ALCANZA RECAUDACIÓN DE BS. 22,2 MILLARDOS

EN EL MES DE JULIO

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), alcanzó

una recaudación global de 22,2 millardos de bolívares durante el mes de julio, lo que

representa un cumplimiento de 137 por ciento de la meta establecida para ese período de

16,2 millardos de bolívares.

La información la suministró el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David

Cabello Rondón, tras la totalización de los recursos que ingresaron al Tesoro Nacional

durante este período, según los cálculos realizados por la Oficina de Estadística y Estudios

Económicos Aduaneros y Tributarios del organismo recaudador.

En el desglose de la recaudación de enero al 31 de julio de 2013, Cabello Rondón destacó

las tres principales fuentes de recaudación por parte del organismo, como son el Impuesto

Sobre la Renta (ISLR) con una generación global de ingresos de 40,1 millardos de bolívares,

Antes de este cambio, por la vía electrónica solamente se podía efectuar la inscripción así

como actualización del RIF, pues luego se tenía que ir a las dependencias del organismo a

presentar los requisitos (copia de la cédula, copia de las cédulas de las cargas familiares y

copia de un recibo de servicio público) para obtener el comprobante del registro fiscal.

En un comunicado, el superintendente nacional

tributario, José David Cabello, expresó que "las

personas naturales podrán reimprimir o renovar el

RIF en caso de extravío o vencimiento, desde la

comodidad de su casa, tantas veces como sea

necesario y las personas jurídicas pueden

reimprimir este documento mientras esté vigente y

sin modificación de dato alguno en su registro de

información".

La normativa destaca que los certificados actuales estarán vigentes hasta su fecha

de vencimiento, por lo que el contribuyente no tendrá que dirigirse al

Seniat a sustituirlo por el comprobante digital.

Se añade que "la validez y veracidad del comprobante podrá ser verificada a través del portal

fiscal (wwww.seniat.gob.ve)".

Fuente: El Universal

Page 12: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

NOTICIAS

el Impuesto al Valor Agregado (IVA) con 66, 4 millardos y los tributos aduaneros con 28.5

millardos de bolívares recaudados.

Especificó la máxima autoridad aduanera y tributaria del país que en el caso del IVA, lo

recaudado representa un cumplimiento de 125,8 por ciento, en comparación a la meta

establecida de 52,7 millardos de bolívares.

En lo que respecta al Impuesto Sobre la Renta (ISLR), Cabello Rondón detalló que frente

a los 31 millardos establecidos, lo recaudado supera lo estimado en 129 por ciento.

Igualmente, en materia de tributos aduaneros, lo recaudado registró un cumplimiento de

148,3 por ciento de la meta fijada para este tributo, estimada en 19,2 millardos de

bolívares.

Fuente: www.seniat.gob.ve

EL SENIAT Y EL MINISTERIO PÚBLICO SE UNEN PARA

ADJUDICAR BIENES RETENIDOS

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), bajo los

lineamientos del Superintendente José David Cabello Rondón, recibió a representantes del

Ministerio Público, quienes decidieron la disposición final de textiles, calzados y

electrodomésticos, entre otros productos contenidos en 224 expedientes vinculados a

causas que se siguen por presunción del delito de contrabando.

Mediante este procedimiento, y como parte del trabajo

mancomunado entre los organismos, el Ministerio Público

realizó la inspección judicial a las mercancías

almacenadas en la Aduana Principal de Maracaibo entre

los años 2000 y 2011 y una vez cerrada la investigación,

se faculta al SENIAT disponer del destino de las mismas.

Fuente: www.seniat.gob.ve

Page 13: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

TRIBUTUM XXI Asesoría Fiscal & Educación

ESPECIALISTAS FISCALES

DISPUESTOS PARA

AYUDARTE

Page 14: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

TRIBUTUM XXI INTERNACIONALES

Arg e n t i n a

AFIP SUMÓ MÁS ESCÁNERES CON MÁS TECNOLOGÍA DE

ÚLTIMA GENERACIÓN

"Sumar tecnología es importante, como también hacer una inversión con los impuestos que

recaudamos, sobre todo para tener un comercio exterior seguro y transparente, para que la

carga de la Argentina siga llegando limpia al exterior", destacó el titular de la AFIP, Ricardo

Echegaray durante el acto de presentación de los nuevos escáneres.

La AFIP tendrá a fin de año 24 escáneres con

tecnología de vanguardia, continuando así con la

decisión estratégica de modernización de la gestión

de la Aduana y facilitando la circulación fluida y

segura de las mercaderías en el comercio

internacional.

"Es una de las herramientas de avanzada en el

mundo y la Argentina es pionera en este tipo de

control no intrusivo. Estos escáneres les permite a los agentes aduaneros tomar la decisión

de hacer un control físico sobre la carga. Esta tecnología hace 10 años no existía", resaltó

Echegaray.

En la adquisición de estos equipos, el Gobierno Nacional a través de la AFIP, realizó una

inversión de 88 millones de pesos. Estos escáneres, que permiten escanear hasta 120

vehículos por hora, poseen un sistema de alarma y corte automático de radiación ante la

presencia de personas que podrían ser afectadas por la transmisión de rayos X.

Cabe destacar que nuestro país, en reconocimiento a la gestión en materia aduanera, ha

sido elegido por la OMA como sede del "4to. Foro de Tecnología e Innovación", que se va a

llevar a cabo en la Ciudad de Buenos Aires del 11 al 15 de noviembre, aseguro Echegarry

Page 15: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

NOTICIAS

E sp a ñ a

INTERCAMBIO EURO-LATINOAMERICANO PARA LA MEJORA EN EL

CONTROL DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA

El Instituto de Estudios Fiscales de España y el Centro Interamericano de

Administraciones Tributarias, con apoyo de la FIIAPP, asesoraron en esta materia a

Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala y Paraguay

Seis países de América Latina han participado de una

visita de intercambio sobre el control de la manipulación abusiva

de los precios de transferencia. Dicha acción ha sido posible

gracias a la colaboración de la Administración Federal de

Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina, quien puso a disposición

su experiencia y las instalaciones de su sede central.

La referida actividad es un primer esfuerzo bajo la acción "Cumplimiento Voluntario de

las Obligaciones Tributarias" del área temática "Finanzas Públicas", cuyos resultados

motivarán nuevas actividades bajo las diferentes modalidades que ofrece el programa: visita

de intercambio, encuentro, asesoría especializada, curso, entre otras.

P e r ú SUNAT IMPLEMENTARÁ DRAWBACK VÍA WEB A

PARTIR DEL 2014

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)

informó que a partir del 2014, implementará la figura de la devolución de impuestos o

drawback vía web, o a través de Internet, para darle mayor celeridad al sistema.

"Se trabaja intensamente en una mejora de la plataforma informática y se ofrecerá a

partir del 2014, la facilidad del drawback web, lo que implicará que desde esa fecha las

solicitudes de las empresas se realizarán de manera electrónica dinamizando las

operaciones", indicó.

El superintendente nacional adjunto de Aduanas, Rafael García, destacó la

implementación del programa denominado Operador Económico Autorizado (OEA), que es

un operador de comercio internacional que forma parte de la cadena logística y es de

confianza para la Sunat.

Page 16: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

TRIBUTUM XXI INTERNACIONALES

Méx i c o

SE INTEGRAN MÁS CONTRIBUYENTES A LA

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

El Servicio de Administración Tributaria informo según comunicado 031/2013 que los

contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos en el año, deberán facturar

electrónicamente, a partir de 2014. No obstante, todos los contribuyentes pueden adoptar la

facturación electrónica, con independencia del nivel de ingresos que tengan.

Para facturar electrónicamente solo se requiere la Firma

Electrónica, tramitar un certificado de sello digital y utilizar el

servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o escoger

entre cualquiera de los Proveedores Autorizados de

Certificación que se pueden localizar en el Portal de Internet

del SAT.

La Factura Electrónica está transformando la forma de hacer

negocios en México. Los contribuyentes que la utilizan han

visto sus beneficios en materia de seguridad, disminución de

costos, optimización de controles internos, impulso de mejores

procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han

incrementado paulatinamente su uso.

De 2005 a junio de 2013, más de 830 mil contribuyentes han optado por el esquema

de facturación electrónica, quienes han emitido más de 7,570 millones de facturas

electrónicas.

Page 17: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

NOTICIAS

Urugu a y

COMERCIOS MOSTRARÁN EN SU VIDRIERA UN CÓDIGO

QR CON INFORMACIÓN SOBRE SUS IMPUESTOS

El 22 de julio comenzará a implementarse el uso obligatorio de

autoadhesivos con un código QR en locales comerciales. A través

del código el ciudadano podrá conocer si el comercio tiene o no

sus impuestos al día. Esta medida, diseñada por DGI y BPS,

comenzará en 2600 locales y su fin es promover el control desde

la sociedad para la evasión de los tributos. En 2012 Uruguay fue el

país con menor evasión de IVA de Latinoamérica.

El director general de Rentas, Pablo Ferreri, informó a la Secretaría de Comunicación

que esta iniciativa se enmarca en la política que lleva adelante la Dirección General

Impositiva (DGI) de utilizar las herramientas tecnológicas disponibles para brindar mejores

servicios y generar controles más eficaces.

Ch i l e

ALTA SATISFACCIÓN ENTRE LOS ACTUALES

Un 81% de los actuales usuarios del Sistema de Factura Electrónica gratuita que ofrece el

Servicio de Impuestos Internos (SII) están satisfechos con dicha aplicación. En el caso del

resto de los facturadores electrónicos la satisfacción con la facturación electrónica alcanza a

un 87%. En relación a la principal ventaja que les otorga el uso de esta herramienta, ambos

segmentos valoran principalmente la posibilidad de no tener que concurrir a timbrar facturas

a las oficinas del SII, además de la rapidez y la imagen de transparencia y credibilidad para

la empresa

Estas son algunas de las conclusiones del Estudio sobre Conocimiento y Percepción de la

Factura Electrónica (FE), adjudicado a una empresa especializada y que incluyó consultas a

más de 1.500 empresas.

USUARIOS DE FACTURA ELECTRÓNICA

Page 18: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

En la importación definitiva de bienes, el hecho

imponible en materia del impuesto al valor

agregado ocurre y por ende nace la obligación

tributaria, en el momento que tenga lugar el

registro de la correspondiente declaración de

aduanas.

Cuando los Dividendos provengan de empresas

dedicadas a la explotación de hidrocarburos y

actividades conexas será gravadas con una

retención del 50% en la fuente.

Las sanciones pecuniarias tributarias no son

convertibles en pena restrictivas de la libertad por

ser considerado en pena administrativa.

Quieres saber más, síguenos en Twitter @tributumxxi7 o en el hashtag #tributumtips

Page 19: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto
Page 20: Revista Conciencia Fiscal mes de Agosto

Los Municipios constituyen la unidad política

primaria de la organización nacional de la

Republica, goza de personalidad jurídica y

ejerce sus competencias de manera

autónoma, conforme a la ley. Posee la facultad

de elegir a sus autoridades, crear, recaudar e

invertir sus ingresos, con la finalidad de

impulsar el desarrollo social, cultural y

económico de las comunidades locales.

En la parte tributaria municipal nos

encontramos con los impuestos municipales, los cuales están distinguidos de la

siguiente manera:

1.- Impuestos sobre Actividades

Económicas

2.- Inmuebles Urbanos

3. Vehículos

4.- Espectáculos Públicos

5.- Juegos y Apuestas licitas

6.- Propaganda y Publicidad

Comercial

4.– Espectáculos Públicos

En este caso el hecho imponible lo constituye la realización de un espectáculo

público y el mismo nace con la asistencia del público, siendo la base de cálculo el

monto correspondiente a la boletería vendida, descontándose los impuestos

gravables contemplados en la jurisdicción del municipio.

5.– Juegos y Apuestas Lícitas

El hecho imponible del este impuesto es la realización de los juegos y apuestas

lícitas dentro de la jurisdicción del municipio. En tal sentido, los ingresos

generados por este tipo de actividad lo constituye la base imponible del referido

impuesto.

6.– Propaganda y Publicidad Comercial

El hecho imponible esta relacionado con la propaganda y publicidad comercial que

se realice a través de anuncios, avisos o imagen con fines publicitario, siempre

que sean visibles por el público o que sea distribuido de manera impresa en la vía

pública. La base imponible de la referida actividad son por los ingresos obtenidos

por concepto de la publicidad y propaganda comercial.

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