RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE...

23
RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Transcript of RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE...

Page 1: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

RESOLUCIÓN Nº 4043/09

RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL

PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORESDE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICADE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Page 2: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

RESOLUCIÓN Nº 4043/09

INGRESO

TRAYECTORIA FORMATIVA

PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

Page 3: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

La permanencia son las condiciones académicas requeridas para continuar estudios en el nivel superior y son:

Acreditar al menos una unidad curricular (materia, asignatura, perspectiva, espacio) por año calendario

Renovar su inscripción como estudiante anualmente

Cumplir con el porcentaje de asistencia requeridos

Page 4: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

PERMANENCIA Y PROMOCIÓN

La promoción refiere a las condiciones de acreditación y evaluación de las unidades curriculares (materia, asignatura, perspectiva, espacio), régimen de calificación, de equivalencias y correlatividades:

La promoción se realiza por cada unidad curricular del plan de estudios

La evaluación comprende instancias de seguimiento a lo largo de la cursada y una instancia final de cierre

Calificación decimal: de uno a diez puntos, sin centésimos. Para acreditar cada unidad curricular, el estudiante deberá

obtener: en las materias con examen final, 4 o más puntos en las materias sin examen final, 7 o más puntos

Los estudiantes realizarán la inscripción para las instancias de acreditación por unidad curricular sin más límite que la correlatividad.

Page 5: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

DE LA MODALIDAD DE CURSADA

RÉGIMEN DE CURSADA PRESENCIAL

RÉGIMEN DEL ESTUDIANTE LIBRE

Page 6: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

RÉGIMEN DE CURSADA

PRESENCIAL

Requisitos: Asistencia al 60% de clases de las unidades

curriculares, a excepción de la Práctica Docente y Profesional

Asistencia al 80% de clases de Práctica Docente y Profesional

Aprobación de las instancias de evaluación previstas con 4 o más puntos para acceder a la acreditación con examen final

Aprobación de las instancias de evaluación previstas con 7 o más puntos para la promoción sin examen final

Page 7: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

RÉGIMEN DE CURSADA

PRESENCIAL

Los porcentajes de asistencia mencionados pueden ser reducidos si el C.A.I. considera justificadas las inasistencias por razones de salud, laborales y/o socioeconómicas. En estos casos el estudiante debe cumplimentar las actividades que indique el docente para regularizar su situación

Page 8: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

RÉGIMEN DE CURSADA

PRESENCIAL

CON EXAMEN FINAL

SIN EXAMEN FINAL

Page 9: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

CON EXAMEN FINAL

Son condiciones para obtener la acreditación con examen final:

Aprobación de la cursada. Aprobación de las unidades curriculares

determinadas como correlativas en los planes de estudio.

Aprobación de un examen final ante una comisión evaluadora presidida por el profesor de la unidad curricular e integrada por un docente más del Departamento. La nota de aprobación será de 4 o más puntos.

Page 10: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

SIN EXAMEN FINAL

Cada Departamento o Modalidad ofrecerá al inicio del ciclo lectivo, previo consenso entre el cuerpo de profesores, hasta un 30% de unidades curriculares del total de cada año con un sistema de acreditación sin examen final, fundamentando y explicitando exhaustivamente los criterios, formas y dispositivos a utilizar en estos casos. Las propuestas se considerarán en el C.A.I. el que avalará su implementación.

Para la acreditación sin examen final, los estudiantes deberán obtener un promedio final de calificaciones de 7 o más puntos. Los estudiantes que no alcanzaren dicha calificación y obtuvieren 4 puntos como mínimo, pasarán automáticamente al sistema de cursada con examen final.

Para que el estudiante curse la unidad curricular por este sistema, debe tener acreditado el examen final de la correlativa anterior al inicio del ciclo lectivo, de lo contario la cursará por el sistema de acreditación con examen final.

Page 11: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

CON EXAMEN FINAL

Mesas de Examen La institución organizará tres turnos

de acreditación final al año: Marzo Agosto Diciembre

Page 12: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

PROMOCIÓN CON Y SIN EXAMEN FINAL

El Equipo Directivo decidió que para las unidades curriculares con promoción sin examen final y con examen final, continúe vigente el siguiente sistema:

El docente debe cumplimentar la planilla anual de evaluación del alumno, por cada unidad curricular, en dos oportunidades: cuando finalizan ambos cuatrimestres: julio y noviembre

Los informes que presente en ambas oportunidades, son el promedio de todas las evaluaciones que se llevaron a cabo durante el cuatrimestre (trabajos prácticos, parciales, exposiciones orales, trabajos grupales, monografías, trabajos de indagación bibliográfica, etc.), y de las cuales una como mínimo por cuatrimestre debe ser escrita, individual y presencial.

Page 13: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

PROMOCIÓN CON Y SIN EXAMEN FINAL

También el docente fijará las instancias de recuperación por cuatrimestre, sin necesidad de pasar las mismas al finalizar las clases como en el régimen anterior.

Page 14: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

PROMOCIÓN CON Y SIN EXAMEN FINAL

Si el alumno desaprueba o está ausente en las evaluaciones de un cuatrimestre, tiene derecho a la instancia de recuperación.

Si el alumno desaprueba o está ausente en las evaluaciones de los dos cuatrimestres recursa la materia.

Page 15: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

PROMOCIÓN CON Y SIN EXAMEN FINAL

Los profesores deberán entregar a los estudiantes, al iniciar el curso, el proyecto de la unidad curricular que dé cuenta de las instancias de evaluación previstas, con los correspondientes criterios de aprobación. Deberán realizar la devolución personal de los resultados obtenidos en las evaluaciones, especificando logros, dificultades y errores.

Page 16: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

RÉGIMEN DEL ESTUDIANTE LIBRE

Al inicio de cada ciclo lectivo el estudiante podrá inscribirse como libre hasta en un 30% de las unidades curriculares establecidas por año en el plan de estudios.

En los casos que los estudiantes hayan cursado una o más unidades curriculares con modalidad presencial y deban volver a cursar (recursar) en el ciclo siguiente, podrán optar por este régimen independientemente del porcentaje establecido.

Quedan exceptuados de este régimen los Espacios de la Práctica Docente y Profesional, Talleres, Seminarios, Ateneos.

La evaluación final tendrá una instancia escrita y una oral. Deberá aprobar la primera para pasar a la segunda. La calificación resultará del promedio de ambas y deberá obtener 4 o más puntos.

Page 17: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

DECISIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO

Si el alumno que se matriculó como libre al inicio del ciclo lectivo, no acreditó la materia hasta el turno marzo del ciclo lectivo siguiente, debe renovar su inscripción como alumno libre.

El alumno que se inscribió como libre al inicio del ciclo lectivo, puede rendir el examen final de la unidad curricular a partir del turno noviembre-diciembre del ciclo lectivo.

Page 18: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

DECISIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO

Para el supuesto que en una unidad curricular todos los alumnos se inscriban como libres, el profesor debe cumplir su carga horaria en el establecimiento, realizando las tareas que le indique el equipo directivo.

El alumno libre que quiera presenciar clases del docente a cargo de la unidad curricular, lo puede hacer como alumno oyente.

Page 19: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

VALIDEZ DE LA CURSADA DE CADA UNIDAD CURRICULAR

La aprobación de la cursada tendrá una validez de cinco años. Pasados dos años de la aprobación de la cursada, la evaluación final se ajustará al proyecto de la cátedra vigente al momento de la presentación del estudiante a rendir el examen final.

Page 20: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

EQUIVALENCIAS

Las equivalencias pueden comprender:

La unidad curricular completa (equivalencia total)

Parte de la unidad curricular (equivalencia parcial). En este caso se debe implementar un trayecto de actualización de saberes.

Page 21: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

EQUIVALENCIAS

Para la solicitud de reconocimiento, no podrá exceder los seis últimos años desde la fecha del examen final.

El alumno tiene hasta el 30 de abril para presentar la solicitud.

El docente hasta el 30 de mayo para emitir criterio.

Page 22: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

EQUIVALENCIAS

Funciones del docente: Analizar las expectativas de logro u

objetivos, contenidos, carga horaria y bibliografía de la unidad curricular a acreditar por equivalencia.

Emitir criterio, debidamente fundamentado, respecto del otorgamiento de la acreditación total o parcial o el rechazo de la solicitud.

Page 23: RESOLUCIÓN Nº 4043/09 RÉGIMEN ACADÉMICO MARCO JURISDICCIONAL PARA LOS INSTITUTOS SUPERIORES DE FORMACIÓN DOCENTE Y TÉCNICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

EQUIVALENCIAS

En caso de ser parcial, consignar los contenidos necesarios que permitan elaborar e implementar un trayecto de actualización. Deberá determinar la fecha de los trabajos indicados o los plazos para el cumplimiento de otras acciones complementarias y acordar una entrevista con el estudiante consignando día y hora.

Remitir a la Secretaría del Instituto (Prof. Karina Fernandez) toda la documentación de lo actuado.