Manual de Redaccion Jurisdiccional

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Sistema Bibliotecario de la Suprema Corte de Jvsficia de la Nación Catalogación PO C425 P&ez Vázquez, Carios P362m Manualde redacción jurisdiionai para la PrimeraSaIa/Cados PBrez Vázquez. - - México : Suprema Corte de Justicia de la Nacibn, DirecciónGeneral de la Coordinación de Compiie~bn y Sistematizaciónde Tesis, 2007. xvn. 157 p. 'Primera Sala" 1. LexiwlogiaJuridica2. Ortograliay redacdón-Metodología 1.t Primera sdicibn: noviembre de 2007 DR. O Suprema Corte de Justicia de ia Nadó" Av. José Maria Pino Su8rez. Núm. 2 C.P. 06065, MBxico D.F. Impreso en MBxiw Prilied in Mexim LZ dicon i olaein te orfa mn esivrioron ;> cargo 6a la Direccion General do la Cmrdinrican & Compiati6n y S~stematizdcwn de Tesis de la Suptema Corto da Juctira de L NaclCn

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Sistema Bibliotecario de la Suprema Corte de Jvsficia de la Nación

Catalogación

PO C425 P&ez Vázquez, Carios P362m Manual de redacción jurisdiionai para la Primera SaIa/Cados

PBrez Vázquez. - - México : Suprema Corte de Justicia de la Nacibn, Dirección General de la Coordinación de Compiie~bn y Sistematización de Tesis, 2007.

xvn. 157 p. 'Primera Sala"

1. Lexiwlogia Juridica2. Ortograliay redacdón-Metodología 1.t

Primera sdicibn: noviembre de 2007 DR. O Suprema Corte de Justicia de ia Nadó" Av. José Maria Pino Su8rez. Núm. 2 C.P. 06065, MBxico D.F.

Impreso en MBxiw Prilied in Mexim

LZ dicon i olaein te orfa mn esivrioron ;> cargo 6a la Direccion General do la Cmrdinrican & Compiati6n y S~stematizdcwn de Tesis de la Suptema Corto da Juctira de L NaclCn

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Manual de redacción jurisdiccional

para la Primera Sala

Centro de Consulta de Información Juridica

Biblioteca

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Primera Sala ~ i ~ i ~ t ~ joie uamoli COSS~O uíai

Pirridcnle

Ministro loré de ieiúr Giidiao Peiavo

segunda sala Mintsia Margarita Beatril 1.una Rainor

Pmiidenm

Mininio Sergio Salvador Aguim Anguano Ministro Maiiano Azuela GüiMn

Ministro José Fernando Franco Gonulel Salar Ministro Genaro David Gongora Pin>enici

Comité de Pebli<aciones y P~anodón Educativa M i n i m Guiiierrno l. Ori i i Mayagoilia

Ministro Mariano Arueia Günion Miniitra Margarita Beatriz Luna Rzrnor

. . Mira. Cielito Boiivur Galindo

»nnmrtiGenrm,,~ tiiru<dinnc,iiOn h CnrnP~,.Yi" y s , * ~ m r ~ , , c i B n *E 7.vi

Page 4: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Contenido

1. Tic~icns DE ESCRITIIPP.

l. ¿Quién es el lecto 3

2. Métodos de pre-escritura, escritura, lectura

y re-escritur 5

2. l . METODOS DC PRC-CSCRITU 5

A) Método lineal y método no lineal ....................... 6

2. l . l. Un caso particular el uso de la

10

2.2. M@ODOS DE ESCRITU / 1

Escritura de textos jurisdiccionales l i

2.3. M i i i o~os DE LECTU 15

2.4, MÉro~os DE E-ESCRITURA 18

A) Claridad y transparenci 19

B) Repeticiones 21

Page 5: Manual de Redaccion Jurisdiccional

C) Consistenci 23

D) Un caso especial: los identificadores

personale 24

E) Dos recomendaciones más 25

25

28

29

30

37

43

K) Ortografía ... .. 47

a) La ortograria de las palabras 49

b) Signos ortopráfícos

Las comillas 70

Las comilias y las iranscnpciones .................... 7 1

Corchetes y paréntesis 73

El guión corto y el gui6n largo .......................... 76

Page 6: Manual de Redaccion Jurisdiccional

L) Preferencias gramaticales 8 1

8 1

83

c) Voz pasiva vs. Voz activa 85

d) Enumeraciones 86

e) Selección de las palabras ................... ... ..... 93

11. RECOMENDACIONES EDITORIALES

l . Mayúscula 109

A) Los nombres propio 109

B) Las mayúsculas y los signos de puntuación ..... l l I

C) Otros usos de las mayúsculas 1 13

117

119

119

119

a) Repetición de citas 1 20

3.2. Citas bibliográiiw 121

1 24

A) Citas de tesis de jurisprudencia ..................... ...,... 124

B) Citas de tesis aisladas 126

C) Citas de sentencias 126

Page 7: Manual de Redaccion Jurisdiccional

3.4, Citas de documentos iegales 127

3.5, Citas de documentos administmtivos ........................ 129

4. Abreviaturas 131

5. Ledums recomendadas 133

135

141

Page 8: Manual de Redaccion Jurisdiccional

presentación

u na reflexión constante en reiación con tos órdenes

jurídicos consiste en saber cuándo es que de los

mismos cabe postular la calidad de modernos o,

todavía más, cuándo se está en posibilidad de sostener que

han entrado en una fase de modernización o salido de ella.

Un ejercicio de este tipo no constituye un mero divertimento,

pues a partir de las conclusiones que se adopten pueden reaii-

zarse operaciones tan diversas como la comparación con lo

acontecido en otros ámbitos, la calificación del orden jurídico

mismo respecto de aquellos parámetros que se considere si

son modernos o, inclusive, la calificación misma de las autori-

dades encargadas de la aplicación de sus nomas componentes.

En algunos momentos de la historia jurídica, la posibilidad de

cdificar o negar la calificación de un orden como "moderno",

constituyó un criterio central para el mantenimiento de su

eficacia o su modificación, siempre frente a quienes, con los

argumentos que en cada caso se hicieren valer, llegaron a

cWstionado.

Page 9: Manual de Redaccion Jurisdiccional

La importancia de lograr la apropiación de la expresión

"moderno' y con ella la posibilidad de calificar de ese modo la

propuesta propia o descalificar la ajena. necesariamente pro-

dujeron debates entre juristas y políticos, fundamentalmente.

La función asignada a ella permitía desde luego un posi-

cionamiento y la apropiación de una bandera simbólica, retórica

y pragmática de la mayor importancia: desde ella o con elia

podía descaliiicane al contrincante, además de obligado a de-

m o m r por qué el stotu quo, necesariamente insatisfactorio

para tantos, resultaba adecuado y por ello defendible. Algunas

de las mejores disputas juníicas y polfticastienen como trasfondo

esta condición. Las mismas, sin embargo, pueden dividirse en

varias modalidades, según los elementos fundamentales que

las deteminen. En algunos casos, pueden tratane de complejos

ejercicios de cambio al interior de una profesión (y ello por

infinidad de razones), como puede ser el caso de la interesante

disputa que actualmente se da en la Suprema Corte de los

E-dos Unidos entre los justices Kennedy y Scalia, primor-

dialmente, por el uso de derecho extranjem; en otras ocasio-

nes, la disputa se da entre los miembros de divenos grupos

sociales aun cuando se encuentren ariiculadas por sus corres-

pondientes juristas, como puede ser el caso de diversos siste-

mas federales y las fluctuaciones por considerar a lo central o

a lo local como expresiones de modernidad.

Debido a la amplitud de tiempos y situaciones históricas,

resulta complicado identificar siquiera cuáles son laz razones

Page 10: Manual de Redaccion Jurisdiccional

materiales pan, considerar a un orden como "moderno". Pi&n-

sese, por ejemplo, en lo que podía constituir tal nota de dife-

renciación o calificación en la Alta o Baja Edad Media, dentro

de !os diversos procesos nacionales de codificación habidos en

el siglo X!X o en el México actual.

Frente a este problema, cabe refomular la cuestión para

saber si en aquello que se denomina "proceso de moderniza-

ción" pueden llegarse a identificar algunas constantes formales,

Esta pregunta puede respondene en sentido afirmativo, si bien

general. Con independencia de la condición ideológica o polRica

que pueda subyacer a la discusión, pareciera que una nota

distintiva de la modernización de !os órdenes normativos tiene

que ver con las posibilidades de tacionalización normativa Esta

mención merece varias precisiones. Prrmetamente, la alusión

a la modernización puede tener que ver con el todo o las

partes del ordenamiento, como cuando el tema de discusión

tiene que ver con una sola o pocas materias o cuando tiene

que ver, en principio, con algunos de los órganos producto-

res de normas jurídicas (lo que enalmente redundaen d sistema

de .fuentes). En segundo lugar, por racionalización se ha enten-

dido la ordenacidn de diversos componentes del orden nonna-

tivo, iales como el sistema de fuentes. la capacidad explicativa

de Las nomias o su precisión o claridad, por ejemplo. En algunos

casos aquello a Lo que se denominó modernización tuvo que

ver con el inicio de la publicación de !os precedentes judicides,

Page 11: Manual de Redaccion Jurisdiccional

tal como lo puso de manifiesto Dawion en su célebre The

Oracles of rhe Low; el cambio de entendimiento de la función

conferida a un órgano, como aconteció con el Consejo Concii-

tucional francés a pairir de i 97 I ; ia regulación de una materia

mediante una nueva fuente, como acontece con prácticamente

cualquier proceso codificador o, por citar sólo un caso más, el

uso de nuevas formas de argumeri'iación judicial, como lo han

puesto de relieve Perelman o más recientemente Taruffo.

Vistos en conjunto, y haciendo abstracción de sus matices e

importancia estos ejemplos parecen tener como base común

el tratarse de ejercicios que abundaban en la mayor rac~onalidad

del orden jurídico: esto es, en el acrecentamiento de sus posi-

bilidades de conocimiento, reflexión, critica o divulgación. Algu-

nos ejercicios de modernización deben atribuine a la acción

de ciertos agentes sociales, visiblemente pero no de manera

exclusiva a los politicos. en tanto fonnalizadores legislativos

de muchas de las demandas sociales: en otros, sin embargo, a

los propios impulsos autoreflexivos de los operadores juníáicos

ordinarios (foro, jueces, academia), preocupados por mejorar

las condiciones de Iegkimidad de su quehacer o las condiciones

institucionales de funcionamiento de su objeto general de

w j o .

Et setialamiento de este &mo aspecto nos pTrmiie re-

kvmar amxa & @ qW m !OS aR0s mentes ia Pnmera

Page 12: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha hecho

p a n modernizar sus condiciones inriitucionales de funcio-

namiento a partir de las competencias constitucionales y legales

que tiene asignadas. Veamos algunos ejemplos, primeramente

administrativos y enseguida jurisdiccionales. Hace algunos años,

la Sala integró en la Circular Única la totalidad de las normas

reglamentarias mediante las cuales las ponencias y la secretaría

de acuerdos regulan su funcionamienfo. Este paso constituyó

un buen ejercicio de racionalización, en tanto que al ordenarse

y depurarse las normas, el ejercicio de competencias se realiza

en condiciones de mayor orden y consistencia. Un segundo

ejemplo relacionado con la administración tiene que ver con

la capacitación generalizada del personal de la Sala en compu-

tación y redacción. La razón de ello es la necesidad de estable-

cer las coridiciones mínimas para iniciar un proceso completo

de cambio en aquellas prácticas que ya no estimamosadecuadac.

En cuanto a los cambios relacionados con la actividad juris-

diccional. ha cobrado especial importancia el consistente en el

nuevo formato que de manera generalizada hemos adoptado.

Éste consta de varios elementos. Por una parte, en la formula-

ción de síntesis de las consideraciones hechas por Las partes, a

fin de superar el Viejo modelo de las largas transcripciones.

Con lo anterior, no se trata tan sólo de r e a i i i un cambio de

forma, sino comprometer al órgano ju~sdicciond en la d e -

rninación y comprensión de aquello que finalmente habrá de

Page 13: Manual de Redaccion Jurisdiccional

ser materia de su sentencia. Por otra parte, también se ha

modificado la forma de presentación de los argumentos. tanto

por su mayor conexión con las cuestiones sintetizadas para

delimitar la litis como por la manera misma de presentar los

elementos del fallo: se comienza con la formulación de la pre-

gunia concreta que resume el tema controvertido, para des-

pués ir avanzando en su análisis y consideración, Finalmente, se

ha hecho un esfuerzo importante en la redacción de todos los

elementos de la sentencia y la identificación de los diver-

sos "momentos" que la componen, esto úúimo mediante el

uso de divena tipografa, apartados y la correspondiente deno-

minación. Con todo !o anterior, la Sa!a desea presentar

de manera más clara todos sus elementos de juicio y, con ello,

mostrar mejor los pasos de sus decisiones a efecto de some-

tene a un más amplio escrutinio público.

ElMonuolque hoy presento tiene lafunción decomplemen-

tar las tareas emprendidas. No se trata tan sólo de la ela-

boración de reglas de redacción comunes para todos sus

integrantes, h que de suyo ya seda un buen avance, sino más

especificamente de la formulación de los elementos que de

manera común habrán de guiar la presentación de los argu-

mentos a desarrollar. Esta diferenciación puede parecer un

simple matiz, pero en realidad expresa una vocación co-

m6n par una m& completa m&vación de normas y hechos.

Page 14: Manual de Redaccion Jurisdiccional

garantía fundamental de los gobernados en términos de lo

previsto en el pánafo segundo del artículo 17 constitucional.

Igualmente, constituye un esfuerzo por establecer bases comu-

nes de presentación de los elementos de resolución que, en

general en nuestro país, a la fecha no han sido establecidos

de manera uniforme. Éste es un tema particularmente impor-

tante. Si analizamos lo acontecido en otros países encontra-

remos que existen formas ciertas y de aceptación generalizada

para identificar cuerpos normativos legislativos o jurispru-

denciales, así como para realizar las citas de las referencias

académicas. El grado de generalidad es tal. que las mismas son

utilizadas por e\ foro, la academia o la judicatura de manera

compartida, siendo de especial relevancia el Biue Book que

elaboran diversas universidades estadounidenses. Entre noso-

tros no existe tal cosa, sino que cada cual cita sus fuentes de

manera diversa, complicando con ello la posibilidad de realizar

dialogas continuados entre diversos adores jurídicos. En este

sentido, el deseo de la Sala es lograr en primer lugar que sus

integmtzs alcancen un grado importante de homogeneidad

en el uso escrko del lenguaje, la cita de las fuentes. el formato

de las sentencias y el modo de redacción de los proyectos,

principalmente sin embargo, también existe la aspiracidn de

que el mismo pueda servir como guía de trabajo para otros

órganos jurisdiccionales o en doos quehacer6 de la pfesión.

Nos ha parecido que de consolidase los avanceen esta mate-

Page 15: Manual de Redaccion Jurisdiccional

XVI Sumira Coitií ai jusiicia DE ! A Nnct6~

ña, podda iograrse cierta influencia y con ello un mejonmiento

común del cual estamos tan necesitados.

La estandatización de las formas como la que pretendemos

lograr con el uso generalizado dei Manual, no es en modo

alguno un fin en simismo. Su función final radicaen la posibilidad

de alcanzar ciertos niveles comunes y consistentes en la pre-

sentación escnta de las decisiones de la Sala. para a partir de

ahí desijnar el mayor esíueno en el estudio de fondo de los

asuntos, En la medida en que ciettos aspectos de un proceso

logren consolidarse y mantenerse, resutta factible ocuparse

de ellos en menor yado y, por lo mismo, ocuparse de otros

que por su variabilidad no pueden ser ordenados completa-

mente a efecto de lograr la estandarización mencionada,

La redacción primordial del Manual estuvo a cargo del

maestro Carlos Pérez, debido a sus conocimientos conjuntos

de derecho y letras Adicionalmente, es preciso reconocer el

d u e m hecho por secretarios de estudio y cuenta de las

diversas ponencias, especiaimente por Lorena Goslinga,

Roberto lara y Francisca Pou, asícomo por algui?os integrantes

de la Secretada de Acuerdos de la Sala. Todos ellos hicieron

comentxios puntuales a las pnmerasvwsiones de este trabajo.

Finalmente, me pame importante mencionar a los miniztras

in tqmtes &&a %a A ellos se d&e la k i s i ó n de m u%

Page 16: Manual de Redaccion Jurisdiccional

herramienta que en el futuro permitirá mantener las buenas

práaicas que han guiado nuestro trabajo colectivo e individual,

pero también abandonar todas aquellas que ya no resukan

adecuadas para cumplir con las funciones de tribunal consti-

tucional que tenemos asignadas.

Ministro José Ramón Cossío Díaz

Presidente de lo Primera Salo

de la Suprema Cone de justicia de lo Nación

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Page 18: Manual de Redaccion Jurisdiccional

ntes que nada. los escritores de la Suprema Corte de

Justicia de la Nación deben decidir quiénes son sus A lectores. La determinación de un lector afectará el

estilo seleccionado para desarrollar el texto. Así, ipara quién

hacen su trabajo los escritores de la Prirnera Sala de la Suprema

Corte de justicia de la Nación? ¿Escriben para leerse entre

ellos? ¿Escriben para que los lean otros escritores en la propia

SupremaCorte de justiciade la Nación? ¿Escriben para Wibunales

y juzgados inferiores? ¿Escriben para el público eri general,

incluso para aquellos que no tienen preparación jurídica alguna?

Es fundamental determinar quién es el destinalano de los

textos judiciales y, con ese ánimo. pueden hacerse algunas

recomendaciones. La Suprema Corte de Justicia de la Nación

es el máximo tribunal del país y es parte fundamental del Estado

Mexicano. Como tal, puede pensarse en muchar razones para

apoyar la idea de que la Suprema Corte de justicia de la Nación

debe escribir para que cualquiera la entienda. El argumento es

válido no sólo porque la Corte es un organisnro público que

Page 19: Manual de Redaccion Jurisdiccional

debe actuar con transparencia. El argumento también es válido

porque lostribunales y juzgados en general y la Suprema Corte

necesiian acercar su trabaio a los ciudadanos.

Considemr que el lector de la Primera Sala de la Suprema

Corte de juiticia de la Nación puede ser cualquier persona.

impone ya ciertas restricciones al tipo de mensajes que pueden

emiiirse por escritos de la misma. Los escritos de la Sala de-

ben buscar siempre la claridad, la precisión, la sencillez. Debe-

mos recordar que el derecho es un fenómeno comunicativo y si los textos de la Primera Sala de la Suprema Corte de justicia

de la Nación son oscuros, vagos, ambiguos y complicados,

quedaría claro que los lectores de los mismos no serían

los ciudadanos y posiblemente tampoco lo serían los propios

abogados y expertos en derecho.

Page 20: Manual de Redaccion Jurisdiccional

(II Métodos de pre-escritura, escritura, lectura y

re-escritura

D os son las cosas que debe saber cualquier escrior.

Por una parte, debe saber que escribir es un 06cio.

Por la otra, estar al tanto de que la escritura no es la

actividad que mejor se preste para la improvisación. Los escflto-

res son trabajadores como cualquier otro y, para tener los

mejores resultados posibles, es necesario que los mismos pro-

curen realizar su labor buscando el mayor éxito. El buen resul-

tado en materia de escritura se traduce en lograr textos que

se comuniquen con facilidad y que sean recibidos por los deni-

natarios con aprobación.

Ahora bien, si escribir es un oficio, lo cierto es que éste puede

planearse y ejecutarse con apego al plan. De hecho, entre los

escritores, la elaboración de una especie de plan de vuelo es

frecuente. En lo quesigue idenfmmos al p e s o de planea-

ción como el desarrollo de la pre-esdura.

Page 21: Manual de Redaccion Jurisdiccional

6 SUPRFNA CORTE m JUSTICIA DL LA N A C ~ ~ N

A) Método lineal y método no fineal

Al menos hay dos métodos que pueden servir para planear

un esuiro: el método lineal y el método no-lineal, mismos que

también se conocen como lluvia de ideas. Los modelos son

diferentes pero son sucesivos y parten del mismo principio.

El escritor debe identificar qué es lo que quiere decir. En el

caso de documentos que no son juflsdiccionales este proce-

dimiento se reduce a tratar de delimitar con mucha precisión

cu61 o cutíles son los asuntos que desarrollaría el texto. En el

caso de oficios y circulares esto es muy fácil de hacer y resulta

de mucha utilidad colocar en ia esquina superior derccha de

la página inicial, en la parte inferior de la fecha del documen-

to, la leyenda siguiente: "ASUNTO: . . .". La leyenda debe &re-

sarse en tina sola oración. En todo caso el texto de estos tipos

de documentos debe aju&rse al tema resumido.

En el caso de una resolución judicial esto puede traducine

como la delimitación de la controversia a resolver, en otns

palabras, la delimitación de \a iiiiiis. E\ funoonario encargado de

escribir el documento que contendrá el asunto debe delimi-

tar las preguntas juridicas que debe resolver, y bosquejar qué

etapas ahatfticas y argumentativas se usarán para contestadas.

En o t m palabras, fijar la l i i s puede entenderse como precisar

el tema cenml del &o,

Page 22: Manual de Redaccion Jurisdiccional

El método lineal obliga al escritor a establecer una lista de

asuntos que pueden considerarse como temas tentativos para

guiar el escrito. Los asuntos se derivan de los agravios y peticio-

nes hechas valer p w las partes. La idea central es lograr reducir

esa lista a la menor cantidad posible de cuestiones jurídicas

mediante aproximaciones sucesivas. Para lograrlo. existen dife-

rentes tknicas: hacer una pregunta y tratar de validarla: realizar

categorizaciones o. lo que es lo mismo, derivar de una idea

central tantas como sea posible relacionar con ella. En el caso

de los escritos jurisdiccionales el escritor deberá ir detemi-

nando por s i mismo el tema o los temas que mejor deiimitan

la controversia planteada. Para hacerlo. un método que puede

seguirse es hacer una pregunta que establezca el hilo conductor

de todo el escrito.

a) La Ley de Amparo no establece un plazo para

que el quejoso al que le ha sido concedida &

suspensión del acto reclamado en un amparo

directo. cumpla ciertos requisiros necesarios

para que dicha suspensión surta sus efectos.

b) El arriiculo 139 de la Ley de Amparo S&

que ias fu5ces de disuko

de cinco d&s para que al

Page 23: Manual de Redaccion Jurisdiccional

los requisitos que se le hayan pedido para

suspender el acto reclamado.

c) ¿Es posibleaplicar al caso concreto lo dispues-

to por el articulo 139 de la Ley de Amparo?

. ~.~~ No* Es evidente que, d planear la selección de la idea central de un

texto jurírdicclonal, los conocimientos juridimr del ercritor son fun- 1 damentales e inrurtituibler. No er exagerado decir que la selección de !

laidea cenn'al del escrito preRguala mtaque habrá de seguir el mismo como texto judicial.

~p 2

Por su parte, el método no-lineal puede empleane para

desarrollar el tema o los temas que han sido seleccionados

como los que mejor representan la fomulación oracional de

la conmversia a resolver. El método funciona de la siguiente

manera Una vez que los temas han sido seleccionados, el

escritor procederá a establecer las razones que lo llevaron a

decidir que ése y no otros temas es el que mejor defiende

el ~ianteamiento de la litis.

Este paso es fundamental, puesto que esas razones son las

que irán definiendo la estructura del documento. En efecto,

las razones con \as cuales se va estructurando la delimitación

de la l i s , involucran el conocimiento de los hechos, los aiega-

tos de Las partes y la aplfcac~ón de normas jw'diidiú~s determinadas

a los hechos y a los alegaos Cabe &larque la detm~nacdn

Page 24: Manual de Redaccion Jurisdiccional

de las normas jurídicas concretas que pueden aplicarse para

resolver el caso es tentativa en esa etapa; sin embargo, también

orienta ¡a decisión tomada a! fina¡ para fundar la sentencia, Las

razones y los argumentos que sostienen el tema seleccionado

deben escribirse con dos o tres palabras "clave" que el propio

escritor identifique. En otras palabras, no es necesario de-

sarrollar cada uno de esos argumentos en oraciones largas y

complejas. La estructura que puede usarse para representar la

lluvia de ideas en el caso del ejemplo antes mencionado, es

la siguiente:

!Es porlble usar la analogía para

Es necesario señalar que existen diferentes maneras de

desarrollar ideas a partir de una idea centra. Por ejemplo, es

posible sujetar la idea que se considera central a una serie

de preguniaz y cuestionamientos. En este cazo, el esesair deberá

anotar una o más preguntas acerca de la idea central tratando

de atacar las razones que fundamenten el tema. Si el escritor

logra desvirtuar esas razones, el tema como tal no se iosüe-

ne. Qtra técnica consiste en anotar todas las consecuencias

Page 25: Manual de Redaccion Jurisdiccional

poibbis que puedan derivarse del tema entendido como idea

cerirrai. Esta tecnica es útii para construir argumentos jurídicos

en los cuales la causalidad es importante.

2.1.1. Un caso panicolar: el uso de la tipologia de Toulmin

De acuerdo con la tipología de Stephen Toulmin,' todo argu-

mento jurídico puede ser sisiematizado de ia siguiente manera:

En este caso, lo que llama la atencion es que, siguiendo

este modelo, pueden establecerse el tema (pretens~ón) que

surge a parirr de cierios hechos (bases) y las raronrs (respaldos

y garantías) que respaldan la pretensión Los escniores de la

Page 26: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Primera Sala pueden seguir este modelo y llenar cada uno de

los campos del mismo. Así, además de contar con la representa-

ción de la cadena argumenta1 del texto, podrán ir manipulando

expresivamnte los argumentos fijados en la misma

La inclusión de la propuesta de Toulmin en este Manual

pretende servir sólo como una orientación para ayudar al escri-

tor a organizar ia exposición de su argumento. Es necesario precisar que de nada siive seguir este modelo si al momento

de redadar el texto que ordena éste se oscurece precisamente

por falta de pericia lingüística.

Se puede tener el niejor argumento con una buena estruc-

tura y hacerlo fracasar o disminuir sensiblemente su eficacia al

momento de redadario por [alta de habilidades lógico-estrudu-

rales en el ámbito estricto de la redacción.

Una vez que el tema central ha sido identificado y las razones

que la apoyan han sido establecidas con claridad y brevedad.

se procederá a escribir el texto.

Escritura de textos jurisdiccionales

En el caso de textos junsdrccmnaks, la esdura del documento

comenzad a parttr de las razones que hayan sido Itstadas para

Page 27: Manual de Redaccion Jurisdiccional

delimitar la litis. Esas razones servirán para ir llenando los tres apartados que todo documento jurisdiccional debe tener: los resuttandos, los considerandos y los resolutivos.

En tos resultandos es recomendable privilegiar la utilización

de oraciones simples conjugadas en pmterito absoluto. Ade-

&s. la escritura de los resukandos debe ser lo mis objetiva posible. Los encargados de escribir una iesolución judicial

deben tratar de distinguir en su narración las palabras y oracio-

nes necesarias para relatar los hechos de aquellac que no cum- plen con ese propós'ito.

mRCER0. Tnhite del juicio de amparo. Por acuerdo de veintitrb de noviembre de dos

mil cinco el R-esidente del DecimoquintoTtibunal

C o l e d u en Materia Adminbmtb del Primer Cirwito. a quien por turno correspondió conocer

de ia damanda. la admitió a tnimite y mandó

@h eon el nnUmem DA. WEüii5. dei m i m año, e! Órgano

pcvr la MML c~vcedk5 ia

Page 28: Manual de Redaccion Jurisdiccional

listas de Seguros, en que se fundó la sentencia re-

clamada es violatorio del artículo 1 7 constitucional.

TERCERO. Trámite del juicio de amparo.

El catorce de diciembre de dos mil cinco, el Deci-

moquinto Tribunal Colegiado dictó sentencia

en el juicio identificado con el número 44012005.

El Tribunal consideró que el articulo 108, fracción

III, de la Ley General de lnstiruciones y Sociedades

Mutualistas de Seguros, es violatorio del artículo

17 de la Constitución mexicana.

Como puede verse, el primer pánafo del ejemplo es inne-

cesario. De hecho, puede consideme que todo !o establecido

en él, está implícito en ei segundo.

Por otra parte, a fin de demostrar la actualización

de la causa de improcedencia de referencia es ne-

cesario atender a los antecedentes siguientes:

a) Obra en autos a fojas quince, copia cert%&a

de la Constancia de Mayoría y Validez de la

Page 29: Manual de Redaccion Jurisdiccional

elección expedida por el Instituto Estatal Elec-

toral del Estado de Zacatecas, en la que consta

que fue electo como Presidente Municipal pro-

pietario, Rubén Estuardo Norrnan Ruiz, encre

otros, por et período comprendido del quin-

ce de septiembre de dos mil uno, al catorce

de septiembre de dos mil cuatro.

Además. con los antecedentes que siguen se de-

muestra la improcedencia del asunto:

a) Como muestra la copia certificada de la Cons-

tancia de Mayoría y Validez del Instituto Estatal

Electoral del Estado de Zacatecas, integrada a

los autos, Rubén Estuardo Norman Ruiz fue

eleao para ocupar el cargo de Presidente Mu-

nicipal propietario a partir del quince de sep-

tiembre de dos mil uno y hasta el catorce de

septiembre de dos mil cuatro.

En el caro de los considerandos. es necesario decidir cómo

se eiiructurarán las razones y argumentos que sostienen ia

resduc~ón En este *rrti&, es necesam dea~drr SI cada uno

de b s considera~idbs se 6cu@ de un a m n t o o SI todos

Page 30: Manual de Redaccion Jurisdiccional

los considerandos inteprán un solo argumento. En cualquiera

de los dos casos. es necesario que los argumentos se expresen

en oraciones simples conjugadas en presente.

Los resolutivos deberán derivarse de los considerandos.

En pariicular, debeián reflejar cuál es el núcleo de la contro-

versia que ha sido resuelta, es decir, cuál es el tema que ha

dado lugar al asunto y qué se ha resuelto.

2.3. MÉTODOS DE LECTURA

Todo escrito debe ser leido en su totalidad antes de ser pre-

sentado como versión deiinitiva. La adividad de escribir no

está completa sin lectura, Los escritores de cualquier texto

deben ser los primeros lectores de\ mismo. En otras palabras,

los escritores de los documentos judiciales deben considerar

la primera versión del documento que escriben como un

borrador.

La lectura del borrador debe realizarse en dos etapas.

En la primera el lector deberá volver a leer el texto con un

iápiz o pluma en la mano, puesto que la corrección del borrador

es mucho más ficil si los cambios se marcan al margen del

texto. En este sentido. las tachonaduras, las preguntas y los

comentarios al margen que puedan hacene al bomdor son

fundamentales para mejorarlo. Los papeles que contienen la

Page 31: Manual de Redaccion Jurisdiccional

determinación del tema del escrrlo y las razones que sostienen

esa determinación, deben usarse como guía para corregir el

texto. Ei escritor debe procurar que el texto sea fiel al tema

que fue seleccionado y que desarrolle las razones que sostienen

al mismo con claridad, sencillez y efectividad.

Al respecto, losTribunakv Colegiados en mención

adoptaron posiciones o criterios jurídicos discre-

pantes: pues el Tercer Tribunal Colegiado en

Materia Civil del Primer Circuito concluyó que

en todos los casos en que en un juicio civil se

demanda la nulidad de un matrimonio y, consecuen-

temente, la nulidad del acta rezpectiva, alegándose

irregularidades en la celebración del acto, verbi-

gracia, la suplantación de una persona, a fin de

que se integre debidamente la litis y pueda legal-

mente emitirse una sentencia, debe ser llamado a

juicio el Juez del Registro Civil, a fin de que éste

deduzca y pruebe lo que a su representación e

intervención en el acto corresponda y, en su caso,

puedadefender la legalidad del acto celebrado ante

su fe o, incluso, abanar su inexistencia o nulidad

(incluso cuando la nulidad no se hzga depender

de vicios formales aw%uidos al s e r v i i r público

referido).

Page 32: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Los Tribunales Colegiados adoptaron criterios

jurídicos discrepantes. El Tercer Tribunal Colegia-

do en Materia Civil del Primer Circuito concluyó

que cuando en un juicio civil se demanda la nulidad

de un matrimonio y, consecuentemente, la nuli-

dad del acta respectiva, bajo el argumenta de que

existen irregularidades en la celebración del acto

-por ejemplo, la suplantación de una persona-,

el juez del Registro Civil debe ser llamado a juicio

para que pruebe lo que le corresponda y opine

respecto a la legalidad, inexistencia o nulidad del

acto que se celebró ante él. Esto es necesario

para fijar correctamente la litis y emitir la sentencia

respectiva.

Una vez que el lector ha terminado de anotar las correc-

ciones al texto original. procederá a incluirlas en la nueva

versión del texto que está escribiendo. Es recomendable

guardar siempre todas las versiones de los documentos eia-

borados en respaldos electrónicos. puesto que, con el paso

del tiempo, correcciones que parecian evidentes pueden de-

jar de serio o. por el contrario. otras que parecían irrelevantes

son revaloradas.

Page 33: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Lasegundaetapa de la lectura del borrador implica la revi-

sión de un tercero. Las mejores documentos son aquelios que

han sido revisados por más ojos que los del escritor. En este

sentido, se recomienda ampliamente circular la nueva versión

del documento enire alguno o algunos de los compañeros de

ponencia con el fin de obtener su punto de vista. Cabe señalar

que esto puede llevase a cabo sin la necesidad de entregar al

nuevo lector todo el documento.

El autor del texto puede pedir que se revisen sólo las partes

o fragmentos del mismo que le causen más dificubdes expresi-

vas. Las lecturas hechas por terceros pueden orientase pregun-

tando a los mismos si el tema de! documento eirá expresado

con claridad o no. En otras palabras, debe preguntarse al lector

de la vesión corregida si el texto ha alcanzado el objetivo de

comunicar el tema que lo originó o no.

Antes de someter un pr.oyedo a discusión de la Sala, debe

revisase exhaustivamente por el proyectista, e incluso, pro-

curar la opinión de un tercero, a fin de hacer las correcciones

de redacción. de ortografía y propiamente jurídicas que sean

necesarias,

Una vez que las lecturas antes señalada se han llevado a cabo,

es neceuno que el lector vueka a reescnbir el documento

Page 34: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Para ello es in7portanle tener un registro de las observaciones

realizadas por el tercero, pues al sentarse a re-escribir el texto,

el lector deberá decidir si las observaciones del tercero son

pertinentes o no. En esta Última etapa, el texto debed ser

afinado en todos los aspectos; deberá ser revisado ortográ-

iica, sintáctica y argumentativamente, La etapa de re-escritura

puede ser útil para hacer el texto más claro y transparente.

En esta etapa, es pertinente tener presente las siguientes

recomendaciones:

A} Claridad y transparencia

En la medida en la que el texto logre ser entendido por más

personas. el mismo adquirirá claridad y accesibilidad. Los escri-

tores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deben

producir escritos que puedan ser leídos por cualquier persona.

Para hacerlos, es recomendable usar palabras cotidianas. usa-

das por todos. Por supuesto que esta recomendación no

significa que el lenguaje del derecho deba incluir vulgarismos

o malas palabras. El lenguaje claro es simplemente uno que

pueda ser considerado cercano a todos.

A continuación se presentan algunas de las frases que ha-

dicionalmente se encuentran en los escritos judiciales y que

no se encuentran en la vida cotidiana. En este sentido, una

recomendación útil para escribir con brevedad, es ia de tratar

Page 35: Manual de Redaccion Jurisdiccional

de conservar por escrito la brevedad y efectividad con la cual

elaboramos razonamientos y argumentos en nuestras conver-

saciones cotidianas. Lo importante es tratar de detectar las

palabras que sobran y para hacerio el escritor puede pregun-

tarse en cada palabra y oración "jes realmente necesario escribir

esto?, jagrega algo a la idea centrall, jaleja o distrae al lector

de la idea central?". La respuesta a esta pregune puede llevar

al escritor a internarre a uno de los temas centrales de la

escritura de cualquier texto: la pertinencia de la repetición.

De lo anterior, se advierte que si el funcionario

que promueve el juicio sobre cumplimiento de

los convenios de coordinación fiscal no cuenta

con facultades de representación de la entidad

fedentiva que lo promueve, el juicio será impro-

cedente de conformidad con las disposiciones

transcrita (sic). y procederá su sobreseimiento.

Por tanto, acorde a dicho criterio, en el que ya

se determinó que el Subprocurador de Asuntos

Penales y Juicios Sobre ingresos Coordinados de

la Rocuraduría Fiscal del Distrita Federal, no tiene

Facultades de represenación del msaito Federal

y al ser el mismo funcionario el que promueve

Page 36: Manual de Redaccion Jurisdiccional

este asunto, en representación de la aludida

entidad; como se dijo, sobrevino la causal de

improcedencia prevista en el articulo 19, fracción

VIII, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y

11 del Articulo 105 constitucional, en relación con

el articulo 12, último párrafo de la Ley de Coordi-

nación Fiscal; sin que sea el caso de presumir la

representación a su favor, pues el precitado articu-

lo 12 no prevé tal supuesto.

Nota: Lar expresiones subrayadas indican las ocasiones en lar cuales

el escritor ha explicado lar mones que fundamentan el sobrereimiento.

U análisis de estas expresiones puede ser muy 6til al llevar a cabo ia

revisión de la primera vamión del texto, puesto que esa labor ayudará

al escritor a tener una idea más ciara acerca de d6nde y cuántas veces

ha repetido ciertas idear y palabar claves, c6mo lar ha hilado para

resaltar ei tema, si son o no eficaces. El manejo de estar expresiones

puede ayudar al escritor a hacer más claro. menor rebuscado el texto. -. .. . . ..

6) Repeticiones

Por lo regular, las repeticiones esconden la faita de certeza o

seguridad respecto al desarrollo de la idea centd del texto,

En este sentido, cada vez que encontramos una repetición en

los textos que escribimos, es necewio mostrar cierto escepti-

cismo hacia ella: por lo regular repetir aleja al leitor del tema

central del texto.

Page 37: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Sin embargo, también es cierto que como herramienta

retórica, !a repetición es una hemmienta muy poderosa ayuda

a conemir e! énfásis. Ei énfasis puede ayudar al escritor a de-

sarrollar la idea centrai de¡ texto.

Con el fin de lograr repeticiones que vayan enfatilando e!

terna central del texto, pueden repetirse variar veces a lo largo

de¡ texto palabras o, incluso, oraciones completas.

SEGUNDO. Estudio del fondo del asunto. El presente incidente de inejecución de sentencía

ha quedado sin materia, toda vez que ei titular

del Juzgado Pr~mero en Morelos, por auto de fecha

cinco de abril de dos mil seis, consideró cumplida

la sentencia.

[. ..1 En el caso, si bien en un principio el juez de

Distrito habia declarado que la sentencia que

concedió el amparo de la Justicia de La Unión a la

parte quejosa no se había cumplido y ordenó

remitir los autos del expediente 92812005 al Tri- bunal Colegiado en turno del Decimoctavo Cir-

cuita de ias constancias de autos SS advierte que

por resolución de fecha ctnco de abril de dos mil

Page 38: Manual de Redaccion Jurisdiccional

seis, dicho organo jurisdiccional tuvo por cum-

plida la sentencia de amparo.

Nota: En erre caso, los corchetes indican una serie de párrafos

Intermedios entre el anuncia del rema centai del asunto y una

canclusi6n. De este moda, d texto parece sev circula? y el escrkor

puede, con mayor predrión, evaluar si todo lo que está ercrito entre ei anuncio y la conclusión -transcripciones, argumentos o hechos-

e5 realmente necararia o no.

C) Consistencia

La consistenda en un escrito es fundamental, Por ello es impor-

tantetener claro que ía consistencia puede darse en diferentes

planos, en distintos niveies, El escritor debe ser consistente

desde la voz narrativa que desarrollará e! dociimento, hasta el

uso de abreviaturas. Por ejemplo, cuando el escritor se refiera

a personas risicas o morales identificadas con nombres o razo-

nes sociales, e! escritor debe escoger una manera de referine

a las mismas y atenerse a esa decisión a lo largo de! escrito.

Así, por ejemplo, si e! s o i t o irwoiucraala Secretada de Hacien-

da y Crédito Público. el escritor deberá decidir si a lo largo del

escrito repetirá una y otra vez el nombre completo de esa

dependencia del Poder Ejecutivo Federal, utiliza& sólo la pala-

bra "secretaní o alguna otra expresión que s i m para parafra-

sear el nombre de esa depndencia del Poder Ejecutivo (véase

más adelante el apanadc dedicado ai uso de abreviatum)

Page 39: Manual de Redaccion Jurisdiccional

uos sauo!mo ua 'se~3auu! SFKIO!~~~~ +a wd sep

-amu uos anbune Snb se3ug~eu~ sqn2,wd owo2 ueuopuq

saiope~i~uap! sol .ugwo~ sa saj~uouad sFuope>#quap! ap

ugxz!jgn el '-m! sol ~od sopeioqeja ueas 'o!Kgi{ un uua samd

se1 iod sopeioqqa ueas 'sajep!pn! soiuauin-iop sol sopo~ u3

.muawn>op jap ouox la ~ejnpo~ e epnXe e!~uals!suo~ej 'ou>s!w!s~.aaj anb owaija

u03 auezue!l!uiq -e ioval je epnXe anb olsand aiuuqiodui! sa

e!xals!suo> el ap e!2uevodui! el .~~j.JapIJardui~-~ aiq!sodw! !m> sa anb 'soqixa soun8je ap u?!sadxa e1 ojue&a>aiqodwa

:asua>npwdeixuo2 ovaja un op!ua$eq -saiqwou ap ugpnig

-sns el aiue!paui ou!w~?i un o wqejed eun ap sauop!$ada~-

seJ!igpue sejnqtied ap osn la aiue!paw a!enZual la ia2anb

-!iua ap uopuaiu! ej anb sa axuesaiaiu! 01 'ose3 opox u3

- - .sepapuaiua ou apand ua!q 'soun

-»<au ra2anirol1 sopeaoqe rol >od uez!l<in as rauo!sa~dxa $=%a IPN el

ua euiq PI ap epeiulua ?ira ou anb euorrad ia!nblm> .,se!iuu@ ep

aiueiiadw! e,. ',,epzpuewap e~,,',;a~qewodse~ ni, :alqn~uodsa~ pep!Aouie

e! e ai.,!.iajeJ ap seru~aj saioaJaBp uair!xa 'omdwe ap so!->!!n! 1 sop -e~gsnl rawioju! 'repueuap sepnw ua anb SouiaqEr 'o!dwo!a ~od .rouis!w rol ap rrnualqep=!ldruo> pyu 1vw msq e opwoqelm uw anb 1ro2!p!~n[ soluauin3op $01 ap reldord uor anb EE.I~P!P~~ SeunHle ap epuair!xa el ueqdxa mjs-hjra~dxa repuaiqsuo>u! 'm!i>m ~a~nblena ua

e! Jexe>aJ sew ap wsa eJunN :eioN ~~~~ ----

Page 40: Manual de Redaccion Jurisdiccional

utilizadas en forma desordenada, sin ningún tipo de control,

El escritor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe

deteminar los identificadores que utilizará para referirse a las

partes, a los hechos que dieron lugar a la controversia, a alguna

ley, etcPrera.

E) Dos recomendaciones mas

Es necesario hacer dos recomendaciones. Primero, la lista de

identificadores debe ser limitada: el escritor debe utilizar una

lista acotada de identificadores. Además, el escritor debe pre-

ferir iden.tificadores que sean claros y comprensibles para el

lector De poco siwe referirse una y otra vez al '7mpetrante

de garantías" si el lector no podrá remitirse con facilidad al

referente del término.

F) Tono

El tono es importante en cualquier discurso. Para determi-

nar el tono en el cual se encuentra escnto un texto, debe

identificarse la reacción que el mismo produce en los lectores.

Así, cuando el lector siente alguna reacción haciael documento,

puede identiicar el tono con mayor.Facilidad. ia mejor prueba

de esto son aquellos escriios que provocan risa en el lector.

En esos casos, como en aquellos en los cuales el lector siente

rabia o indignación, puede creerse que el escritor ha producido

ese resukado intencionalmente.

Page 41: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Debemos hacer hincapie que, precisamente el

objetivo o propósito perseguido con la solicitud

de copias por parte de la quejosa, fue el de contar

con los elementos necesarios para poder fomu-

lar los argumentos en el recurso correspondiente.

luego si se le niega la expedición de copias o se le

impide el accesoal expediente, el derechoa inter-

poner el recurso puede considerarse letra muerta,

pues resultaría absurdo el establecimiento de un

recurso, si se desconocen las actuaciones sobre

las cuales versaría el motivo del mismo, obstaculi-

Jndose así su interposición.

No* El fragnenro anterior, como cuaiquier escrito, tiene un tono.

Es claro que en el caro de los documentos escritos por funcionarios

judiciales, el tono intenta ser m&$ neutral, menor intensa incluso. Sin

embargo, codo escrito tiene un mno. En este caro, el tono ercá dado

por el usode izs expresiones "debamos hacer hincapW y "letra muerta".

En este aso. re t r a ~ de un párrafo conclusivo y el eacrimr intenra

dotarlo de contundencia y persuasión. La trarcripci6n anterior se puede

compararcon dos párrafos breve. de Amonio Machado, cuya efectividad

depende par completo del tono:

La Sociedad de las Naciones, ese organismo de

trágica Opereta o, si lo preferís, ese esperpento,..

L...]

Page 42: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Los profetas a la manen de Juan de Mairena (que

nunca tuvo la usuraria pretensión de acertar en

sus vaticinios) somos los primeros sorprendidos

cuando los hechos vienen a darnos la razón.

Como puede verse en el caso de los dos párrafos de

Machado, la utilidad del tono puede resumine de la siguiente

manera: el tono puede ayudar aJ escntor acontrolar la atención

del lector. Por lo regular, las sentencias y demás documentos

judiciales, no manlienen ia atención de los lectores que no

tengan un interés directo en el asunto que se ttata. Este es un

síntoma de que el tono no está siendo controlado por el escritor.

No es óbice a lo anterior, el hecho de que a foja

88 del cuaderno de amparo obre agregada una

constancia de fecha doce de marzo de mil nove-

cientos noventa y tres de la que se desprende

que el segundo visitador general de la Comisión

Estatal de Derechos Humanos, con fundamento

en el articulo 65 del Reglamento Interior del cita-

do organismo, informó al presidente de la citada

Comisión, la petición del representante de la aso-

ciación quejosa determinhdose que mr era el

de expedir las copias solicitadas &do que dicha

Page 43: Manual de Redaccion Jurisdiccional

expedición era una facultad discrecional, así como

que el solicitante no era el directamente quejoso

en el caso, toda vez que de dicha constancia no

se desprende que se haya ordenado su notifica-

ción al solicitante, ni que éste haya tenido cono-

cimiento de la misma, razón por la cual no le fue

posible impugnarla en el juicio de garantías, así

como tampoco puede considerarse que sea el fun-

damento del acuerdo reclamado.

Nota: En este caro, el tono impersonal deja de ser unavirtud. El tono

no contagia emoUOn alguna. por lo que no se logran efectos persuari-

vos. Este W o podría haber rerultador de esta hecho ron

mantener la atend6n. .- ~-

Exiite una razón más para defender la importancia que

tiene el poner atención en el tono que se le da a un escrito: el

tono detemina el estilo del escritor.

El estilo es la huella digital del escritor. Es frecuente escuchar

hablar del llamado "estilo judiciai". En realidad esta expresión

no tiene sentido. puesto que, al igual que con cualquier otro

escrito, cada escrito es irrepetible. En otras palabras, ningún

texto puede repaise, sólo puede p " r a k m o copiarse.

Page 44: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Es importante señalar que cada uno de los escritores de la

Suprema Corte de Jusiicia de la Nación ---al igual que otros

escitores- tiene un estilo propio, esto a pesarde que existan

reglas acerca de cómo estructurar los escritos o de cómo

escribir los párrafos de los documentos.

H) Oraciones

Las oraciones deben escribine siguiendo un modelo tradicionai.

Esto quiere decir que el orden de las partes de la oración es el

siguiente: sujeto-verbo-complemento. Al escribir debe inten-

tarse que cada oración contenga una idea claramente expresa-

da. En este sentido, es fundamental que el escritor valore cada

una de las palabras que va a utilizar para formar la oración.

El escritor debe ser cuidadoso con las palabras, desconfiar de

ellas. N o todas las palabras tienen el mismo valor. el mismo

peso. En otras palabras, no es exagerado decir que el escritor

debe escatimar las paiabm y seleccionarlas con mucho rigor.

El escritor debe preguntatse por qué seleccionó una palabra

como sustantivo y no otra, por qué un verbo y no otro, por

qué una desinencia verbal y no otra. En todo caso, la recomen-

dación general puede formularse de lasiguiente manera escribir

prefiriendo las palabras más simples sobre las más complejas y

las estniauras oracionales más sencillas sobre las más rebus-

cadas. Esa f a c i i i la escritura de los ~ h f o s del texto.

Page 45: Manual de Redaccion Jurisdiccional

1) Párrafos

Si las oraciones representan ideas, puede decirse que los pá-

rrdos son conjuntos de ideas. En este sentido. los párrafos

contienen argumentos y por lo mismo pueden ser considera-

dos como bien esctitos (cuando la transmisión del argumento

es exitosa) o mal escntos (cuando la transmisión del argu-

mento es defeciuosa). Ahora bien, un argumento puede estar

en un s6lo párrafo o puede extendeme a más de un párrafo.

Page 46: Manual de Redaccion Jurisdiccional

El escritor es el responsable de decidir si el argumento que

intenta desarrollar cabe o no en un pámfo. Él debe determi-

nar si la expresión del aigumento requiere más espacio o no.

De nuevo, debe mirar con desconfianza usar demasiados pám-

fos para tratar de explicar un solo argumento. Asimismo, debe

prestar atención para no mezclar en un solo párrafo dos argu-

mentos o más.

No existe una manera única de escribir pámfos. Sin embar-

go. todos los párrafos comparíen una misma naturaleza: son

la columna vertebral del escrito. No existe una extensión única

y detenninada para escribir pámfos. En todo caso, se reco-

mienda que los párrafos sean breves y no extensos, puesto

que la brevedad ayudará a mantener un mayor control del

texto y, por lo mismo, ayudará al autor a mantener el control

de las ideas que quiere comunicar.

El párrafo es una unidad de pensamiento que se construye

con la combinación de oraciones principales y secundarias.

También puede considerarse como una unidad de sentido

porque expresa información ordenada y coherente, Desde

un punto de vista textual, el párrafo se reconoce porque

empieza con mayúscula y termina con un punto y aparte.

A continuación se presentan algunas recomendaciones acerca

de la escritura de pdrrafos:

Page 47: Manual de Redaccion Jurisdiccional

ia primeraoración dei párrafo debe con*ener la idea cenmi

del mismo. Se recomienda que la redacción deesaoración

se realice en presente simple y en forma asertiva, sea como

afirmación o como negación.

Si ia primera oración contiene la idea ceniral del párrafo,

ias demis oraciones son secundarias y su papel es el de

fortalecer el sentido de la misma.

Puesto que las oraciones secundarias sirven para reforzar

el aserto establecido en la primera oración, no es necesario

re-escribir el nombre del sujeto gramatical de la oración

principal o del objeto de la misma.

Ahora bien, los párrafos son a un texto, lo que las oraciones

son al párrafo, Los párrafos de un escrito deben considerane

como una unidad que transmile un sentido c l m y unívoco. Para logrado, los párrafos pueden clasificarse de la siguiente manera:

Párrafo de ~nlcio. Este es el párrafo que abre el texlo y que

contiene la idea central del .texto.

La contradicúbn de tesis a resolver en esta oca-

sión, invokicra dos interpretaciones del arrícu!~ 14, párrafo tercero de la Co~stitwón.

Page 48: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Párraíos de desarrollo. Son los párrafos que desarrollan !a

idea central del texto. No hay un número deteminado de

párrafos a seguir para desarrollar una idea Sin embargo,

será el tipo de escrito el que deteminaci el tipo de párrafos

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Ma-

teria Administrativa del Primer Circuito, sostiene

que la labor del intérprete de la ley debe terminar

si el significado de la misma ha sido obtenido me-

diante una lectura literal.

En el caso de ¡os textos jurisdiccionales se combinan

difereMes tipos de textos. Así los resuitandos se componen

de párrafos dirigidos a dar información a contar la historia

de¡ asunto que se resueive. Puesto que los resuttandos

sirven para reportar hechos, se recomienda que cada uno

de los resuitandos se dedique a contar un antecedente

(procesal o histórico) y se escriban de acuerdo con ia

siguiente estructura

- Oración inicial

Oración u orariones secundasias.

Page 49: Manual de Redaccion Jurisdiccional

En el caso de la escriturade los considerandos, nos enfren-

tamos a la escritura de textos argumenttitivos, por lo cual

necesitan la exposición de una tesis, de argumenlos y

tal vez de ejemplos. Además de los considerandos dedi-

cados a la competencia y al análisis de cuestiones de

procedencia, una revjlución puede contener tantos consi-

derando~ como argumentos vaya a ~ i l i za r el escritor para

sostener sus conclusiones. En oWas palabras, no existe un

número único para escribir considerandos. En este sentido,

se recomienda ia estructura siguiente:

- Se escribirá primero el considerando que comiene el

análisis de la comoetencia.

El segundo considerando contiene el análisis de la

procedencia.

A partir del tercero, se recomienda seguir la siguiente

sub-estnictura para escribir cada considerando:

El pnrner pánafo de dezarolio debe contener una

pregunta retórica a la que debe segur la respuesta

razanada Esto puede ser muy útil para guiar el de-

carrolio de la c e m l dd texto

Page 50: Manual de Redaccion Jurisdiccional

De acuerdo con el articulo 14, párrafo tercero

de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, ¿la interpretación de la ley termina en

el momento en el que, a partir de una lectura

literal de la misma, se obtiene un significado?

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia

de la Nación, considera que no.

o Párrafos argumentativos que desarrollan la idea a

traves de los siguientes recursos: contraste de da-.

tos y /o argumentos (a favor / en contra, ventajas /

desveniajas. etc.) y evaluación.

Por su parte, el Segundo Tribunal Colegiado de

Circuito en Materia Administrativa del Tercer Cir-

cuito, sostiene que la interpretación literal de la

ley puede ser sólo el punto de entrada al signi-

ficado de la misma, por lo que la interpretación

de ia ley no termina en el sentido literal. (Argu-

mento a favor).

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Ma-

teria Administrativa del Primer Circuito, sostiene

Page 51: Manual de Redaccion Jurisdiccional

que la labor del intérprete de la ley debe terminar

si el significado de la misma ha sido obtenido me-

diante una lectura literal. (Argumento en contra).

Existen razones constitucionales p a n creer que

el articulo 14, phrrafo tercero de la Constitución

debe leerse como un discurso integral y coherente

y que, por lo mismo, las reglas de lectura esta-

blecidas en el mismo pan el caso de los juicios

del orden civil, no se excluyen unos a otros, sino

que se complementan. (Evaluación).

0 Párrafos que, en su caso, contienen ejemplos que

sirven para defender el argumento,

0 Párrafos conciusivos. Los párrafos conclusivos,

siguen ia estructura general de los párrafos exposi-

tivos: una o más oraciones principales y oraciones

secundarias.

A partir de lo anterior. se conduye que ia inter-

p ta~ ión de la ley no wzxwriamente termina

con la d%@wii @e un signif~ado clam a pflir

m l ecm rtd.

Page 52: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Los puntos resol&ivos se escriben a manera de párrafos

concIusiv0s.

Los coneaores

Los conedores son las pariículas lingüísticas que permiten cons-

truir oraciones, conservar el sentido del discuno enlazando

oraciones independientes y también estructurar un escrito en

párrafos.

Desde un punto de vista puramente oracional, entre los

conedores del primer tipo. encontramos fundamentalmente

a las preposiciones y a las conjunciones.

Desde un punto de vista discunivo, las oraciones pueden

enlazarse por medio de tres tipos de conjunciones en particular,

a saber las copulativas que tienen un efecto de adición posi-

tiva o negativa (y , ni), las advonativas que permiten enlazar

juicios contrarios de afirmación y negación que se encuentran

en dos oraciones diferentes ( pero. sino, mas, sin embargo,

etc.) y las consecutivas que permiten enlazar la relación de

causa y efecto entre dos juicios contenidos en dos oraciones

independientes (pues, portanto, por consiguiente, por lo tanto).

Asimismo, las oraciones pueden enlazarse por medio de repe-

ticiones de palabras, reproducciones pronominales de atgunas

de ellas (anáfom) o por supresión de elementos comunes

que pueden ser sujetos, atributos o complementos (elipsis).

Page 53: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Desde un punto de vista discunivo, ¡os párrafos también

se relacionan por medio de conectorcs. Fxiit<'n a) menos cuatro

tipos de conectores para relacionar párrafos:

Conectores de inicio: "Para iniciar", "De entrada", "El objetivo

de este escrito", "is intención es". etc.

Conectores para incluir un párrafo con un asunto nuevo:

"Además", "En relación con", "Puesto que", "En otro orden

de ideas". etc.

Conectores para remitir a otros pámfos: "A partir de lo

anterior", "ki', "Como hemos viste?, "Como se verá a con-

tinuación", "Como ha quedado seaiado". etc

Conectores de distribución. "Er, primer lugai", "Segundo",

"La tercera consideración", "En principio", "Finalmente", etc.

Coneaores conciuwvos: "Por lo tanto", "En resumen".

"En síntesis", "Recapitulando", "En conclusión", etc.

Existen muchas maneras de ordenar los párrsios de un

escrito.'. sin embargo, algunnas recomendaciones claves para es-

cribikios, son las siguierries:

a) La idea cty~trai dei argumento puede ser la pnmera

omción del pnmer p á m f ~ En &e caso, el lector resuita

Page 54: Manual de Redaccion Jurisdiccional

beneficiado puesto que, desde el principio, puede darse una

idea en relación con e¡ tema entorno al cual gira el argumento.

-1

I diros en ausencia del Secretario de

! Relaciones Weriores, inlerpusieron / recuno de revisión; por lo que el juei

1 del onocimienio ordenó ei erivio dcl i m u ~ o a l Tnbvnal Colegiado en Ma-

; teiria Penal del Primer Circuito. en l 1 !turno. ~~ .

b) Una ver que e¡ párrafo empiece a crecer excesivamente,

el escritor no debe dudar en reducirio tanto como sea necesa-

rio. De hecho. como técnica de re-escritura, es recomendable

que e¡ escntor divida los pánafos que a simple vista parezcan

demasiado largos y vuelva a leerlos para saber si el argumento

que contienen puede o no sintetirarse, hacerse más breve.

En este sent~do, la divis~ón de párrafos puede sewirle al escntor

Page 55: Manual de Redaccion Jurisdiccional

para ir guiando su propio escrito, para ir podando sus argu-

mentos y encontrar la mejor expresión posible.

Que no hacer: A prop6sito de ioi asuntos que por

%S caracterísucas amertan su atrac- ción por el M&irno Tribunai de Jus-

ticia de la Nación, en la exposición

de motivos, en lo5 dictarnenes de

com~iones y en los debates de la

Asamblea Legislativa, en antenores

nfomas se utilizaron las expresio-

i ner mar vanadas. entre eiiar, sobre-

j salen las rigu~entec juicio^ impor-

/tintes y trascendente<'. Tuicios de i cspeoai enbdad: "picior de singular

~5~gnif~ari6nro«al"."juicios de impor-

tancta y trascendencia". ')juicios de / ~mipnm;i;anicendenie purael me-

Qu8 hacen A propósito de los asuntos que por

sur caaderis?¡car amentan la atrac- ción por el M&lmo Tribunal de Jur- ticia de la Nacibn, en la exposición

de motivos, en los diadmenes de

comisiones y en los debates de la

Asamblea Legirlativa. en anteriores

reionas se utiIi%aron las expmsio-

nes mis variadas.

Entre esas expresiones sobresaien

la siguiiiites: "juicios imporliiiies y

trascendentes", "juicios de especial

entidad", Siiicios de singular si%"*-

caión rrcini., "juicios de importancia

j 6 s nacionar. "asuntar de pamcular y trascendencid', "juicios de impoi-

/trascendencia para lavida juridica de tancia tmrcendente para el interés

de caraaeisticas nacional? "asuntos de pariiculartrai- / en los que pue- tendencia para la vida jurídica de id i

se sigm con~e~~enc ia~ que aLaiM e%pecialesw. "$dos en los que pue- al mexicana: 'asuntos que dan quedar involuuador o de los

Pu& repercutir mis alla de los queserjganronsecu&q~eaiañan wkular-2. '=untos en al &do mexiiano'. "asuntos que

10s que ia Federaci6n erie intere- puedan repercutir mdr alld de los

sk<is. etc- h intcreies particularesares, aresas~ntos e% *~~ m exPrKXih. lm que la Fedemci6n esté ihtee-

Page 56: Manual de Redaccion Jurisdiccional

-~~- los Organos Legislativos que

y disc~liemn esas rehmar a

titución. así romo el Constituyente que ior Órganos legislativos que ini-

Permanente que lar yirohó, hubiera uamn y discutieron esas reformas a

querido reiialar a la Suprema Corte la Constitución. aríorno el Consti-

un marco rgido para determinar los casos en que procediera ejercer la

iacultwi de atracción, lo que preten- dieronfueprecisamente!oionio~o.

ejercer la facultad de atracción, sino / L.-- 1

c) Ahora bien, la tarea de dividir párrafos también debe

ser realizada con cuidado. El escritor debe estar consciente

de que la fragmentación del discurso en múitiples párrafos

puede oscurecerlo. En efecto, al separar el aróumento en varios

párrafos, el lector corre el riesgo de perder el sentido del

argumento mismo. Por eso, se recomienda que, cada uno de

los párrafos del escrito sea considerado como una unidad

expresiva, atendiendo a la tipologia de párrafos antes señalada.

d) Para escribir párrafos bien estructurados bien puede

seguirse un método: escribir de lo general a lo pariicular,

Asi, se sugiere que el escriior escriba, en lo posible, en forma

deductiva El método de escritura deductivo, puede ayudarlo

a mantener el orden del párrafo. Esta recomendación está

perfectamente en línea con un método de trabajo: reservar la

primera oración del texto para la idea iundarnemal. En d ~ d a d , muchos son los beneficios que se derivan para los ledore el

Page 57: Manual de Redaccion Jurisdiccional

establecer, desde el principio y en los terminos más generales

posibles, el tema fundamental del texio.

-. .~ ~~. . -- . Que no hacer: i Quá hacer:

Lasoliciiuddemodiliración dcjunr- .El Tnbunal Pleno de esta Suprema

prudenñafomuladnporeI Magiria- ! Cme de Justioa de la Nación. en su i do ~ieiaodm Sosa Oitir. integrante !aiilenor integractón. ai redver en 1 del %?do Tribunal Colegiado en / se.e.6" de catorce de noviembre

Matena Penal de¡ Segundo Circub- 'de mil novecientos noventa y uno

lo, es procedente, en tmnincx de Lo! ia Contcadbcctbn de Tesis 25190. / 1 1 dispuesto en el articulo 197, párrafo : smiqmó los alcances luddicos del :

i cuarto. dc la Ley de Ampam 'citado párrafo. bajo lar siguientes 1 ¡ / condderarioner: 1 El Tiibiinal Pleno de esta Suprema 1 ! Corte de justicia de la Nación. en su La wlicitud derndtBcacibn de ]wir : 1 ntcnor integiaribn, al resolver en ' pnidewia formulada por el Magistra- l 1 sesión de catorce de noviembre 'do Alejandro Sou Ortir. integrante ; l de mi! novecientos novcina y uno. :del Segundo Ttibunal Colegiado en :

l la Contradicción de Tesis 25/90 1 Materia Pcnai del Segundo Ciicui. j

¡ intemretó los alcances juridicoz del 1 M, es procedente. en t&nninor de lo

i citado párrafo. bajo las iiguicnies j dispuesto en el articulo 197. párrafo i consideraciones _i%?nob?!aLe~,d?-Am~?i? !

Nofa: La escrirun y la selección de párrafos ron hindamentales para i estructurar un temo. isr palabar fnrrmn ancionss y lar oranones

psmfos. b s s ia forma de e~cribir nuevas i d e e 1

tus. La RScrlnIra de panafa er f u n & d porque contribuye en h a m q imwmmce a expraar nuesoa pnminrro por arcrlto). an for-

ma esuururn&. En eaue %entido, !a dMtivi<tad dd wrim depa>& en 1 buana IWeMa de( c& quk el auUlr tsnga &e un pimfm. sobre

h msuaa do1 kumhnío.

Page 58: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Hemos señalado que las repeticiones son fundamentales para

ir construyendo el énfasis de un texto. El énfasis es fundamental

para transmitir la idea o las ideas fundamentales del texto.

El énfasis puede lograse apaf-tir de la repetición de palabras u

oraciones clave, pero también puede lograse por medio

de la demostración asertiva de argumentos a partir del uso de

locuciones adverbiales y locuciones conjuntivas que en muchas

ocasiones son utilizadas para presentar argumentos conse-

cuenciales, .tales como '*de aquí que", "bien que". "luego': "ya

que". "puesto que", "así que", etcétera.

La Constitución Política de los Estados Un~dos

Mexicanos establece que todos los hombres son

~guales ante la ley, sin que pueda prevalecer discri-

minación alguna por razón de nacionalidad, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o cir-

cunstancia personal o social, de manen que ios

poderes públicos han de tener en cuenca que

los pafftculares que se encuentren en la misma

situación deben ser tratados igualmente, sin pri-

vilegio ni favor. Así, el principio de igualdad se

configura como uno de los valores supenores dd

Page 59: Manual de Redaccion Jurisdiccional

orden jurldico, lo que significa que ha de servir

de criterio bisico para la producción normativa

y su posterior interpretación y aplicación, y si bien

es cierto que el verdadero sentido de la igual-

dad es colocar a los particulares en condiciones

de poder acceder a derechos reconocidos consti-

tucionalmente, lo que implica eliminar situaciones

de desigualdad manifiesta, ello no significa que

todos los individuos deban ser iguales en todo, ya

que si la propia Constitución protege la propiedad

privada, la libertad económica y otros derechos

patrimoniales, est& aceptando implícitamente la

existencia de desigualdades materiales y econó-

micas; es decir, el principio de igualdad no implica

que todos los sujetos de la norma se encuentren

siempre, en todo momento y ante cualquier cir-

cunstancia, en condiciones de absoluta igual-

dad, sinoque dicho principio se refierea la igualdad

iurídica, que debe traducirse en la seguridad de

no tener que soportar un perjuicio (o privarse

de un beneficio) desigual e injustificado. En estas

condiciones, el valor superior que persigue este

Principio consiste en evitar que existan normas

que, lkmadas a proyectarse sobre situaciones de

iguafdad de hectio, pmdUzkvi como efecto de su

a@icauón ka wpmsa de @aa &&taldad al generar

Page 60: Manual de Redaccion Jurisdiccional

un trato discriminatorio entre situaciones análo-

gas, o bien, propicien efectos semejantes sobre

personas que se encuentran en situaciones dispa-

res, l o que se traduce en desigualdad jurídica.

- - - -- ~~~~~

Nota: h, este texto. existen di- expresiones que enfaiizan los argu- 1 1 mencos principales que el cexco quiere expresar. ldentficar 1s locu- 1 cenes que van construyendo el Anfssis del texto es muy útil para que el escritor domine el temo. Al conoce esa. locuciones el escritor

podia decidir con mayor kilidad si 1s oadones que re encuentan

entre ellas, pueden rnantenene, modificarse o suprimirre en atenci6n a los argumentos que se quieren tranrmirir. L .. p~

El énfasis del tema fundamentai de un escrito puede tam-

bién lograrse mediante aproximaciones. En este caso, el escritor

puede advertir0 sugerirai iector hacia dónde se dirige el texto,

cuál es ia ruta argumentativa que tomará y qué conclusión

puede obtenerse.

En todo caso, el autor debe ser cuidadoso. La repetición

excesiva de argumentos o conceptos puede conducir el escrito

a redundancias innecesarias, oscureciendo el texto y enredan-

do ai lector,

Los artículos contenidos en el capítulo 1, titulo

primero "De lar garantias individuales", de la

Page 61: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Constitución Federal, protegen los derechos sub-

jetivos del gobernado reconocidos por la ley

frente a los actos de las autoridades; por tanto,

de acuerdo con lo dispuesto por los párrafos

noveno y décimo del artículo 16 de nuestra Carta

Magna, para que se actualice la hipótesis de una

violación a la intervención de comunicaciones pri-

vadas, el acto mismo de la intervención de cual-

quier comunicación privada necesariamente debe

provenir de una autoridad y nunca de un particu-

lar, siempre que no se trate de materias de

carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral,

administrativo, ni en el caso de las comunicaciones

del detenido con su defensor; de manera que

como en la especie se trata de materia civil y, espe-

cialmente, no existió ningún acto de autoridad

federal mediante el cual se interviniera la comuni-

cación telefónica sostenida entre el quejoso y la

cónyuge del tercero perjudicado recurrente, sino

que tal intervención se llevó acabo por éste último

mediante la grabación realizada en el teléfono ins-

Qlado en su domicilio, es decir, en su propia línea

@lefónicñ, con el aparato comúnmente llamado

co raograbadora de recados, no es cierto

W5b',*Mm Bo k p b a d o c u m e n t a l de

&&* vea *la&t que oeeció el

Page 62: Manual de Redaccion Jurisdiccional

referido recurrente. as¡ como su recepción y re-

producción material, infrinja en perjuicio del que-

joso la garantía relauva a la inviolabilidad de ias

conversaciones privadas que consagra el artículo

16 de la Constitución Federal.

~- . . Nota: En erre texto la locucltin adversativa "siempre que no" causa

problemas porque incluye excepciones que no estaban consideadai

en e! pdmer párrafo. La locwión mencionada d i m e la atención del

lector de¡ tema principal del texto, el cual va en el sentido de defender

la inviolabilidad de lar comunicaciones privadas. La inclurión de era

locución es particularmente importante porque en ella descansa el

argumento central del texto: la inviolabilidad de las convarracio-

ner privadar es un principio constitucional que noopea en lar relaciones

entre particulares.

K) Ortografía

Sabemos que la ortografa es la parte de la gramática encargada

de regular la corrección en ia escritura de las palabras. En este

sentido, la ortograiia establece reglas y todo mensaje debe

ajustarse a ellas. Es !necesario señalar que la falta de espeto a

regias ortogáficas puede no ser muy importante para deter-

minar la eficacia del mensaje como producto de la comunica-

ción. Sin embargo, es cierto que la escritura de textos judiciales

debe buscar ser no sólo eficaz. sino también ilustrada. El uso

correcto de las reglas ortogr5iicas hace más sofisticado cual-

quier escriio, hace más elegante cualquier texto.

Page 63: Manual de Redaccion Jurisdiccional

ti aprendizaje de las regias ortogdficas es un proceso cons-

tante en el cual todo escritor debe considerarte un estudiante.

La ortografía se mejora no sólo teniendo siempre a la mano

un manual de ortografía sino también, tal como sucede con

la escritura en general, con la consulta y lectura detextos bien

escritos en español. La lectura de este tipo de textos puede

ayudar al escritor a aprender y comparar diferentes técnicas

exitow en el uso de las reglas orto-áficas. Leer a otros autores

ayudara al lector a entender que las oraciones pueden pun-

tuarse de diferentes maneras y que la ortografía de las palabras,

puede contribuir a otros fines retóricos.

Es necesario enfatizar que el uso coirecto de las regias

ort~giáficas no sigue un modelo único. Por el contrario, en

todo caso, el conocimiento de los signos de puntuación Y su uso correcto. puede entenderse como el mínimo necesario

para poder tener control sobre un escrito. Conocer las reglas

que rigen la ortografia es fundamental, porque las mismas

pueden contribuir en Forma importante a potenciar ia creati-

vidad expresiva del autor.

Como todas las reglas, las ortográficas pueden cambiar.

Sin embargo, por lo regular, los cambios ortoflcos lievan

tiempo, no se realizan rápidamente. Eso tiene una razón clara

detrás e\ +md& dc \as &as orio&kas eirá idmame&

ligado a la biograffi perswial. De hecho, q ~ n d e r ortopf ia

Page 64: Manual de Redaccion Jurisdiccional

es una tarea que no termina nunca y, por eso, el cambio de

reglas debe hacerse pausadamente, sin sobresaltos.

En nueslra lengua, las reglas ortoprjiicas se aplican a las

letras, a las palabras mediante la acentuación, a los signos de

puntuación. al uso de las mayúsculas y para resolver problemas

idiomáticos particulares.

a) La ortografía de los palabras

Por lo regular, las razones que sostienen la ortografía de las

palabras no están claramente determinadas o son discutibies.

La ortograíía responde a la evolución etimológica, morlológica

y fonológica de los vocablos y en gran medida está clara y

perfectamente determinada. Es por ello que su aprendizaje

depende de la memoria. Así, la mejor manera de distinguir

el uso de la c del uso de las, depende en buena medida de la

memoria del escritor

Ahora bien, existen palabras cuyas reglas ortográficas son

más dif i les de aprender que otras. Su dikuitad radica en que

su pronunciación es idéntica y no permite establecer una

diferencia clara entre un caso y otro. Ésta es la dificultad que

acompaña la escritura de las letras b y v. Mencionaré d l o

algunas reglas que siempre vale la pena tener presenle:

Page 65: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Se escribe con b, cuando la siguiente leira es consonarite.

Ejemplos: obsceno, subrogación, obviedad, sombra.

sobra, objeto, obstrucción.

Se escriben con b las palabras que empiezan con los sonidos

beo-, obo- y obu-, excepto las palabras vea, avocar (que

es una palabra propiamente jurídica) y algunos nombres

de aves.

Se escriben con b los ref fijos bi-, bis- y hiz-, que, básica-

mente, significan "dos veces". E&?, regla no sc aplica al sufijo

vice-, puesto que el mismo significa "en lugar de".

Se escribe v después de las letra consonantes b, d y n.

Ejemplos: subvaiuado, advertir, envés.

Se escriben con v las palabras que empiezan por la síiaba

di- seguida del sonido b, excepto dibujo y sus derivados.

Ejemplos: d¡,án, diversión, división, divorciar.

Se escriben con v todas las palabras derivadas de aquellas

que, a su vez, se escriben con v. Ejemplos: villa, villita,

vill~o:viejo,vejez,vear;to; diente,vaientón, valentonada.

La letra h puede escnbine antes que cualqurer vocal.

€1 hecho de que se cixnbaemvocales no cancela la pos~biii-

Page 66: Manual de Redaccion Jurisdiccional

dad de escribir diptongos. Algunas reglas en el uso de la h, son

las siguientes:

Todas las conjugaciones de los vehos que empiecen con

h en infinitivo, se escriben con h. Ejemplos: habitando.

hice. hablaré, halagado, etcétera.

Todas las palabras que empiezan con los diptongos ia, ¡e,

ue, y ui, se escriben con h. Ejemplos: hiena, hielo, huevo.

huérfano. Esta regla no se aplica a algunas palabras empa-

rentadas con las palabras hueco, huérfano, hueso y huevo

que no tienen diptongo en la primera sfiaba. Ejemplos: osamenta. óvalo, orfandad.

La h se usa intercalada en palabras derivadas del latín

haerere, que quiere decir "estar junto a", "estar unido a".

Ejemplos: adhesivo, coherencia. incoherencia.

La h puede ir antes de una consonanle al escribir palabras

indígenas. Ejemplos: Coyolxaulhqui. Cuauhlémoc.

Por lo regular, la escritura de las letrasg y j puede presentar

contratiempos. La explicación es que al escribine antes de las

vocales e, i, las dos lelras suenan como j. En ese caso. para

mantener el sonido go, go o gu, es necesario que se escriba

una u muda antes de e e i: gue. gui. Algunas de las reglas

Page 67: Manual de Redaccion Jurisdiccional

para distinguir la escritura de ambas letras se presentan a

continuación:

Se escriben con g casi todas las palabras que empiezan

con gene-, gen¡-, gest-. Ejemplos: gesta, gegión, género,

genio.

Casi siempre se escribe g delante de todas las consonan-

tes que no sean c o t. Las excepciones son palabras como

arácnido o técnica.

Para que la u suene en las sílabas gue y gui, es necesario

poner diéresis sobre ella. Ejemplos: güiro, pingüino,

ungüento.

También es frecuente enfrentar problemas al escribir las

letras i e y. Esto es asi porque el sonido de la vocal i. puede

representarse con ambas leim, En este caso es importante

recordar que la letra y tiene el sonido de la vocal i cuando

aparece sola, cuando aparece antes de una consonante o

cuando aparece al final de la palabra Veamos algunas de las

reglas.

Cuando el pnmersonido de la palabra es r y es segu~do por

otra vocal, por lo regular lar se convierte en y. Ejemplos:

m yeso, yogurt bp.

Page 68: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Se escribe i en las palabras agudas cuyo último sonido es i

en posición tónica Ejemplos: frenesí, recurrí, volví.

Se escribe y en las palabras agudas cuyo Último sonido es

i en posición átona. Ejemplos: buey, muy, ley, rey. En este

caso, las palabras más tradicionales de la lengua, al volver-

se plurales, añaden --es y mantienen la y. Ejemplos: bueyes,

leyes, reyes.

Es necesario señalar que en México, se presenta una ca-

racterística lingüística llamada yeísrno, que consiste en pronun-

ciar la 11 como si fuera y, lo que no permite distinguir, por

ejemplo, el sonido en la expresión calle, del sonido en la expre-

sión caye. Veamos algunasreglas que pueden usarse para lidiar

con este oroblema:

Las palabras compuestas o derivadas de aquellas que

incluyen o se escriben con y, se escriben con esa misma

letra Ejemplos: uruguayo. reyezuelo.

Las palabras que contienen la sfiaba -yec, se escriben con

y. Ejemplos: inyectar, proyecto.

Las palabras que teminan en -111n. -rllo, -ul/o y ulla, se

escriben con 11. Ejemplos: ardilla, ladrillo. bmlio. patmlla

Page 69: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Casi todas las palabras que empiezan con \as $fiabas fa-, fo-,

fi-, empiezan con 11. Ejemplos: falla, follaje, follón.

Todas las conjugaciones de los verbos que se escriben

con 11, se escriben con esa misma letra. Ejemplos: lloverá,

lloró, llegaste.

En el caso de las letras k y q, se puede senalar que rnu-

chas palabras se escriben indistintamente con una o con otra.

Ebmpfos, kiosco, quiosco, kilolitro, quilolitro, kurdo, curdo.

Por su parte, las palabras plurales de las palabras tenninadas

enc. quetengan mayortradición en el idioma, se escriben con

qu. Ejemplos: frac, fraques. Palabras que no son tan recientes

se escriben con c. Ejemplos: bistec, bistecs.

Las letras m y n se confvnden cuando aparecen antes de

una consonante. En este caso er importante recordar algunas

reglas bisicas

Siempn: se esuibe m delante de p y de b. Ejemplos: amparo, ámbar.

Se escnben con m final las palabras latlnas o extrarjeras

aumiadas en fambtwal. ~ p l o ~ c m ' m l u m , módem,

I h

Page 70: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Siempre se escriben delante de v. Ejemplos: convivencia,

inversión, converso.

En el caso de la ir, pueden recordarse un par de reglas:

Se escribe rr representando el sonido vibrante fuerte

(opuesto al sonido vibrante suave r), en los casos en los

que el mismo aparece entre vocales. Ejemplos: arrojado,

burro, carro.

Las palabras compuestas o los prefijos acabados en vocal

que se unan con palabras que empiezan por r, se escriben

con r r Ejemplos: antirrt.leccionista, contrarreforma.

surrealista, irreverencia.

Las palabras que empiezan por las dabas ab-/abs-, ob-lobs-

y sublsubs, se escriben con h. Ejemplos: abdicación, observar,

subsistemas. Sin embargo. algunas de ellas también se pueden

escribir sin la b para simplificarse. Ejemplos: obscuridad / oscuridad. substancia 1 sustancia, substraer, sustraer. En todos

los casos, ante la duda, el escritor podrá decidirse por el uso

más común.

Los signos de puntuacián son fundamentales porque &en-

tan al lector respecto de las pausas y la entonación del haMa. Asimismo, la puntuación sirve para

Page 71: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Organizar las ideas,

Marcar las voces de diferentes hablante8

Señalar planos disiintos que se insertan en un mismo texto,

tal como sucede cuando se cita a otros autores.

Los signos de puntuación existen para acercar a los lectores

al lenguaje usado por el escritor y, en buena medida, pueden

usarse para enmendar ambigüedades.

Esmuy importante seiialarque la puntuación juega un papel

fundamental en el estilo de un escrito. En realidad, cada escritor

decide con cierta libertad el fltmo y la entonación que quiere

darle a sus estriios. Asir algunos autores prefieren escribir con

frase5 largas. otros prefieren hacerio con fmes breves. Lo cierto

es que la puntuación debe ayudarle al escritor a expresar sus

ideas, razones, argumenios. Veamos cuáles son y cómo se usan

los signos de puntuación en nuestra lengua,

La coma Este signo señala variaciones en la entonación. La

coma sirve para indicar que el fono de la stlaba que la ante-

cede es ascendente. En algunas ocasiones señala la presencia

de toda una expresión que la sigue y que tiene un tono des-

cendente. A&m& la coma a@ a reflejar la estructura de

1% hases y permite que las par&+ de las mimas cumplan su

Page 72: Manual de Redaccion Jurisdiccional

función con más efeclividad. Una de las características del

llamado "estilo judicial" es el abuso de la coma. La coma es

uzada innecesariamente en muchas ocasiones; en otras, separa

oraciones que en realidad deberían estar separadas por punto

y seguido o punto y aparte. Si las oraciones se construyen de

un modo adecuadamente breve, muchas comas pueden supri-

mine. y ello añade agilidad y ligereza a la escritura.

Algunas de las reglas de utilización de la coma son las

siguientes:

A diferencia de lo que ocurre con frecuencia en los escritos

judiciales, la coma no debe usarse entre el sujeto y el verbo.

En la oración "El representante del Ministerio Público. alegó

que los argumentos eran infundados", la coma sobra. Igual-

mente, exige la commbre de poner coma entre locuciones

adverbiales y otros componentes de la frase cuando ello

es innecesario para la comprensión de lo que desea expre-

sarse. Esta práctica rompe innecesariamente el ritmo do

las frases y reduce la elegancia del escrito. Por ejemplo,

en la oración "el día veinte de enero, surtió efectos la noti-

ficación reíerida: la coma no es necesaria.

Las comas sirven para separar los elementos que confor-

man una enumeración simple, excepto el úkimo que siem-

pre iiá precedido por la conjunción y o la conjunción ni.

Page 73: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Eiemplo: "El menú es el siguiente: entrada sopa arroz plato fuerte y postre."

* Las comas sirven para separar una oración subordinada de

la principal. Ejemplos: "Por un margen estrecho, perdió

la elección". "Con su permiso, sefior presidente".

La coma separa al vocativo del resto de! enunciado.

Ejemplo: "Seliar ministro, tome asiento por favor".

" La coma se usa antes de las locuciones adve~ativas (pero,

sin embargo), siempre que eras locuciones introduzcan una frase breve.

E¡ punto. El punto sirve para sellalar el final de una oración

gramatical. fiepmswrta una pausa desde el punto de vista del

sonido del diwuno. La presencia del punto signiiica que la

entonación de la siiaba que lo antecede es descendente.

La letra que sfgue a un punto siernpe seescnbe con ma$scula. Para marcar el paso de una idea a otra, esto es, para separar iar diferWnes &+as argumeotah o expositivas de un escrito,

debe u= el punto y @ate De nuevo, hay que subrayar

qw uno de los rasgo5 del "estilo judicial" que más entorpecen la comprensión de k wsobciwes es ia ausencia de pun-

que contienen auténticos ia depuntos imposibi'tad

Page 74: Manual de Redaccion Jurisdiccional

correcto entendimiento de lo que se está expresando. y daña

la consistencia del escrito (no se mantiene la misma voz

narrativa en todo el fragmento, se entremezclan los sujetos y

se rompen las concordancias de los mismos con el verbo, se

diluye la ordenación temporal de los hechos narrados,

etcétera).

Veamos algunas de las reglas más significativas sobre el

uso del punto.

El punto y seguido se escribe al final de las oraciones.

El punto y aparte se escribe para separar diferentes psrra-

Tos. En el caso de los escritos de la Primera Sala de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación, los pámfos se

escribirán con espacio e n blanco entre ellos.

El último punto del texto se llama punto final

Se coloca un punto al final de las abreviaturas. Ejemplo:

"Está con nosotros el Lt. José Hemándel'.

A cont~nuactón se presenta un ejemplo de un texto en el

cual el punto y seguido fue usado incorrectamente y una pro- puesla para mejorar ese mismo texto:

Page 75: Manual de Redaccion Jurisdiccional

. . QuB no hacer:

to poria aciora [,..]. -- .. .

En este caso, S claro que el escritor debió usar el punto Y

coma para hacer la enumención Como veremos a conti-

nuación, al mencionar algunos usos del punto y coma, los

puntos y seguido no deben usarse para hacer listas o catálo-

gos de cosas parecidas

Page 76: Manual de Redaccion Jurisdiccional

El punto y coma. El punto y coma representa una pausa

que es mayor que la señalada por la coma y menor que la

señalada por el punto y seguido. Algunas de las reglas para

usarlo son las siguientes:

El punto y coma separa oraciones autónomas pero

relacionadas desde un punto de vida semántica. Ejemplo:

"Las noches eran largas: las tardes. cálidas".

Por lo regular, el punto y coma se pone antes de una locu-

ción adverjdtiva ("pero". "sin embargo"). cuando esa locución

introduce una frase larga.

Puede usarse para separar enumeraciones integradas por

elementos complejos. Ejemplo: "Las noches erantan lar-

gas que parecían eternas; tan cálidas, que no podía distin-

guirse el principio del fin".

La necesidad de escribir comas internas puede darle pistas

al escritor acerca de la complejidad de los elementos de la

enumeración.

A coniinuación se presenta un ejemplo claro de una faka

ortográfica denvada de la ausencia completa de punto y coma:

Del análisis de los articulas 189 y 199 de la Ley

Orgánica del Poder judicial de la Federación y 19

Page 77: Manual de Redaccion Jurisdiccional

de la Ley General del Sistema de Medios de Impug-

nación en Materia Electoral, destinadas a regir la

sustanciación de los juicios y recursos que compe-

ten a la Sala Superior del Tribunal Electoral, se

desprende que la facultad originaria para emitir

todos los acuerdos y resoluciones y practicar las

diligencias necesarias de la instrucción y decisión

de los asuntos, esta conferida a la Sala como órgano

colegiado, pero que, con el objeto de lograr la

agilización procedimental que permita cumplir con

la función de impartir oportunamente la justicia

electoral, en los breves plazos fijados al efecto, el

legislador concedió a los Magistrados electorales,

en lo individual, la atribución de llevar a cabo todas

las actuaciones necesarias del procedimiento que

ordinariamenw se sigue en la instrucción de la

generalidad de los expedientes, para ponerlos en

condiciones, jurídica y materialmente, de que el

órgano jurisdiccional los resuelva colegiadamente,

pem cuando éstos se encuentren con cuestiones

distintas a las ordinarias o se requiere el dictado

de resdaiciones o fa práctica de actuaciones que

implicar una modificaobn imponante en

a' W%D deJ pwe&mfento que se sigue regutar-

meimscos ~ñ~.mqWa decidir respecto a

Page 78: Manual de Redaccion Jurisdiccional

algún presupuesto procesal, en cuanto a la relación

que el medio de que se trate tenga con otros

asuntos, sobre su posible conclusión sin resolver

el fondo ni concluir la sustanciación, etciitera, la

situación queda comprendida en el hmbito general

del órgano colegiado, pan lo cual a los Magistrados

instructores sólo se les faculta para formular un

proyecto de resolución y someterlo a la decisión

plenaria de la Sala.

En este texto encontramos una conjunción advenativa

repetida ("pero"). En ambos casos, la ausencia de un punto y

coma después de las conjunciones se traduce en un error

ortográfico. Asimismo, las oraciones que siguen a las conjun-

ciones son muy iargas, lo que sugiere que ei texto podría

resolverse dividiendo el contenido en varias frases compie-

jas, separadas por puntos y comas. En todo caso, iniciar la

corrección del texto en ese sentido, hxía necesaria una correc-

ción aún mayor.

Un e~empio de enumeración compleja que aparece en

todas ¡as resoluciones dictadas por la Pnrnera Sala de ia

Suprema Corte lo encontramos en el llamado "considerando

de la competencib'. A continuación presentarnos un modelo

que puede onentar su redacción.

Page 79: Manual de Redaccion Jurisdiccional

i Acuerdo Renano 512Wl. publicado i en el Diana Oficial de la Feders- / cdn ei vcintinuwe de {unto de dos /mil una en vsnud de que se inter- '/ pno en contra de una mtencba dic. :lada en lawd~enoacwtfiuctonalde un lu,c?o de amparo ~ndtrerio, en el

Lo anterior, porque se trata de un ! recuno de revisión que fue inter-

puesto contra una sentencia dictada por on juez de Dinnto en la audicn- 1 cia constitucional de un juicio de / amparo. Si bien subsiste el problema;

de connitucionalidad del ai?ículo 48

/en f.eiac*bn con el punto Cuarto del cuarto del Acuerdo Plenario 512001.

:que re neclam6 la mconrtnuciona- de la Ley Federal de Metmlogia Y

del lnbunal Reno. en su

.--.____-A

Page 80: Manual de Redaccion Jurisdiccional

el caso del punto, los dos puntos señalan el descenso de la

entonación de la sílaba anterior a ellos. A continuación se

presentan algunas reglas que deben seguirse para usar los dos

puni-os:

La letra que sigue a los dos puntos y seguido, debe ser

minúscula. La excepción se aplicará en el caso de que

se introduzcan citas de otros textos o una voz diferente a

la de la narración. Ejemplo: "Desconfío de la democracia,

ese curioso abuso de !a estadística". (Borges).

Una mayúscula siempre seguird a !os dos puntos y aparte.

Los dos puntos se escriben después de avisarle al lector

que viene una cita texlual. En este caso, si la cita textual es

de menos de tres renglones. se colocará entre comiilas.

inmediatamente después de los dos puntos. Si laciiatextual

es mayor a tres renglones, se colocará en un p h f o aparte.

sin comillas y con un margen tres centímetros mayor que

el margen establecido para el resto de ia página. En ambos

casos. se respetarb la primera letra del texto citado, sea

esta minúscula o mayúscula.

Lo5 dos puntos señalan la explicación paiticular, mediante

ejemplos, de la oración m& general que los antecede.

Ejemplo: "La ciudad etiaba en ~ i n a s : pilares tirados,

Page 81: Manual de Redaccion Jurisdiccional

automóviles vokeados, casas partidas, ni un alma en las

calles",

Se escriben dos puntos cuando se va a establecer una

enumeraci6n.

Los dos puntos siguen a una expresión que significa un

saludo. Ejamplo: "Querido Juan: te ruego que. ..".

Se ufan dos puntos cuando a una o más oraciones les sigue

otra que funciona como su conclusión. Ejemplo: "El ge-

neral w tenia remonlimientos porque no tenía memoria:

de poco sirven tos recuerdos en la gued'.

Los dos puntos deben usarce para marcar la palabra clave

de un documento judicial, Ejemplos "Certificam, "Resuebe?.

-.

S E R E S U E L V E

.-.--

Enestetex~ova% son widerrier Por una

WP: se C m U? mtx '.kfha& de la m& vtiimión del

Page 82: Manual de Redaccion Jurisdiccional

punto y coma: la presencia del pronombre personal "se", indica

la presencia del objeto indirecto de la palabra cortada por ese

signo ortográfico. Además, existe una injustificada separación

entre las palabras "se" y "resuelve*. En todo caso, lo más intere-

sante para efectos de este párrafo es reconocer que hacen

falta dos puntos después de la palabra "Resuelve".

Los puntos suspensivos. Al igual que en el caso de la coma,

la presencia de puntos suspensivos marca que la entonación

de la sílaba que los precede, es ligeramente ascendente. Los

puntos suspensivos señalan que el escritor ha decidido omkir

algunas cosas en su escfrto.

Algunas de las reglas en el uso de los puntos suspensivos.

son las siguientes:

Los puntos suspensivos nunca serán menos o más de ires.

Los puntos suspensivos sirven paratenninarenumeraciones

incompletas.

Se usan para susttuir palabras altisonantes o para señalar

palabras o expresiones implícitas, no escritas, que pueden

ser reconstruidas o encontradas por el lector.

Cuando una frase o texio se crte en forma parcial debido

a la supresián de alguna parte del mismo al intmr de la

Page 83: Manual de Redaccion Jurisdiccional

cita, los puntos seguidos se utilizarán entre corchetes.

En el caso en ei que el texto omitido de la cila sea breve y

pertenezca, en la versión original, a la misma oración O

al mismo párrafo, los corchetes se pondrán seguido. Si e!

texto omitido pertenece a otro párrafo, los corchetes

se pondrán aparte. Ejemplos:

La vida en la montafia e s dura, [.. .] n o se puede

siquien caminar.

[*..l En fin, y o no le recomiendo a nadie que intente

vivir ahi.

' Los puntos suspensivos sin corchetes van antes o después

de empezar una cita incomplela, no en medio de la frase

citada. Ejemplo: Entonces, Juan replicó: "...ni siquiera

estaba despierto cuando llegaste".

Se usan puntos suspensivos para establecer una pausa

proiangada y generar así expectativa en el !ector antes de

escribir algo sorpresivo o inesperado.

Page 84: Manual de Redaccion Jurisdiccional

En este caso, es claro que los puntos suspensivos no susii-

Qu& no hacer: hacer:

"Conrecuemerncnte, con fundornento Coniccucntemente. con fundamento

en el "oilinilo 20 "fkoición & de lo en el artículo 20. incción il, de la

Ley Reglomrntono "citodo. se debe Ley Regiameniaria citada, se debe

tuyen al punto y aparte que debe seguir a las comillas.

sobreseer en ei presente juido .." / r o b ~ ~ e r en el presente juicio ...

.. Que mo hacec Qué hacer:

verrias "consritusioooles ron constituiiooaies son improcedentes:

improcedentes:

VflL- En los dem¿s irornar en Vill. En los demás casos en que la

que1o"i~rocedencioreruhede improcedencia resulte de alguna

En toda caro, flor causale* de En iodo caso, las cauialei dc impro-

oficio. pL~--~p--~--~~~~

!

En el apartado siguiente se encontrarán algunas críticas

quelambién pueden hacerse al texto que se usa como ejemplo.

Ahora bien. para los efectos de esie apartado, basta mencionar

que la presencia de los tres puntos suspensivos antes de la

expresión "VIII" es completamente equivocada. En todo caso,

los tres puntos deben apamcer entre corchetes y una sola vez

en un párrafo anterior expresamente dedicado a ello. La pre-

sencia de los puntos suspensivos por unasola vez en un p M o

anterior, cumplida el objetivo de señalar siete fracciones que

han sido omitidas a propósito. Revisemos un ejemplo mas:

Page 85: Manual de Redaccion Jurisdiccional

. .-

mayo de dos miirres por u~nirnidad mayo dedosmilires. por unanimidad

de votos, el amparo en reviriún nú- de votos, ei amparo en revisibn nú-

rnero 19012W3-So. CM!. interpuesto mero i 9012003-50. Civii, interpuedo

En este caso, el uso de los puntos suspensivos es comple-

tamente injustificado. Se puede creer que los puntos sus-

pensivos se usan aquí para mantener la confidencialidad en

relación con algunos datos que son particularmente sensibles.

En casos como éste se recomienda al escriior hacer una síntesis

m65 que una cita textual.

Las comillas. Las comillas son el signo ortográfico formado

por la presencia de dos pares de comas altas ("'?. Las comillas

marcan el principio y el 6n de una cita textual o para enfatizar

palabras o eqmiones que el autor busca destacar. Las cornillar

simples 0, se usan siguiendo los mismos criierios anteriores

~ u ~ d o la frase que se c'b o se resaita se encuentra dentro de

O W que ya está enbecomillada. A cmkinuación se presentan

las reglas para el usa de las comiila,

Page 86: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Las comillas se usan para citar partes, capítulos o apartados

que forman parte de un texto más grande. En este caso. el

título de ese trabajo más grande se señaliza con itálicas.

Las comillas se usan para citar l'iteralmente algo que alguien

dijo o escribió, siempre y cuando esa cita no sea mayor a

tres renglones,

Las comillas también se usarán para señalizar aquellas pala-

bras o expresiones que se usan fuera de su sentido habitual.

Palabras usadas con ironía, sarcasmo, o doble sentido. se

entrecomillan.

Las comillas y las transcripciones. Aunque de acuerdo

con algunas prácticas editoriales no se debe usar comillas para

marcar la presencia de una cita extensa, la existencia del

Acuerdo plenario U ! 998, obliga a que, cuando los textos juris-

diccionales de la Suprema Corte de justicia transcriban otros

textos -por lo regular sentencias- se deberá poner comillas

de apertura al inicio de cada uno de los renglones que c o m

ponen la iranscripción. Aquí es necesario senalar que cuando

se transcciban otms textos judiciales, es necesario especificar

la ubicación de aquellas constancias que obran en los expe-

dientes, máxime que fungen como prueba toral para decidir

el punto iitigioso, en la que se precise además de la foja en

que obra en autos. también el tipo y número de expediente

Page 87: Manual de Redaccion Jurisdiccional

en que se halla dicha constancia. a fin de que se precise su

ubicación concreta, no quede duda de su existencia o sea

fácilmente identificable y consukable por las partes. A pesar

de \as regias establecidas en el Acuerdo plenario mencionado.

pueden hacerse algunos comentanos.

~ -. QuB hacec

7Y HE C H OS:--- ¡.- Con fecha ' !V. H E C H OS:

; TI~ino Federel. el oficio No.

/ '351 A-UCElP-l-Ao-0396 !'exp.?<Jience 137.1/5563 de fecho ! '20 iie ugorro de 2001 enviodo por '-el Dtreclw Generol Adjunto de

/ 'Cwniinacsbn con Entddder 1 ~Pmnpottones de h Unidad de

i 7ederoDviis de lo Seiietmb de 1 ' 'Haciendo y C&dtto PObItco, em!iido ;.en acotmtem a los t n ~ m c ~ o n e s

\"de¡ hc 00widCdme~~e5 PI'rorno 1 "frtuiar de dcha Unldal de

' Ywnitmidn, lo1 como se pude j*oPienLIi en d Dporta& a ande re /'!TWrto cap* o ese xnndor públko, /'en el que S c r t d k e 'De a r d o

1 10 rur ~ ~ ~ s : ijr¿Sdrnba en dxho Como munw XvM de

'F+*pnaipadoner: ' c m el c&h di b

no del Disirito Federal, el oiicio No. 1 35 I -A-UCEF-P-2-A-a-0346, expe-

dieme 137.1/5563 de fecha 20 del agosto de 2W3.enviado pord Direc- i tor Genetal Adjunto de Participa- cienes de la Unidad de Coordinaci6n , con Entidades FedeatimdeiaSem- 1 laría de Hacienda y Crediio Público. emiiido en acatamiento a las inrtmc- j ciones del Lic. David Colmenares % Páramo titular de dicha Unidad j de Coordioacibn, ial como se puede

apreciar en el apartado en donde se '

m m a copia a este seruidor púb6co0 en el que se establece "De acuerdo

a sus inruvccionei., preciSndose en dicho oScio como asunto .Aviso de pagode puih-ipacionecneC, comuni-

~ n d a e l c d ( & d e e ~ w p n

-&b?d de paRicipacb"es- comos-

Page 88: Manual de Redaccion Jurisdiccional

El párrafo transcnto a la izquierda de la página anterior,

muestra un abanico de prácticas que persisten a pesar de haber

desaparecido las razones que las justificaban. La ausencia de

pausas y la falta de una clara separación de ideas, paradóji-

camente unidas al uso indiscriminado de comas. complica

enotmemente la lectura y, consiguientemente, la comprensión

de lo expresado.

En el texto citado se observa el uso de tres guiones cortos

después de la palabra "Hechos:". Este uso es anómalo y debe

evitarse, Los tres guiones se han utilizado tradicionalmente en

los textos judiciales para separar expresiones que, en el escrito

cuyo contenido se transcebe, van separados por un punto y

aparte. Esta práctica, que en su momento podía obedecer

a una voluntad de ahorrar papel y tiempo a la hora de meca-

nografiar los escrkos, no tiene semido en un mundo en que el

uso de los procesadores de texto se ha generalizado y los

avances tecnológicos permken mantener la claridad en las-tms-

cripciones, sin que ello repercuta en un despilfarro de papel.

Corchetes y pdntesis. Los corchetes y los pdntesis

sirven para introducir en un texto expiicacionec y aclaraciones

Page 89: Manual de Redaccion Jurisdiccional

relevantes sobre la información más importante transmikida

por ese mismo texto, Algunas de las reglas de uso de estos

signos ortográficos son las siguientes:

Además de las reglas señaladas respecto de la relación

entre los corchetes y los puntos suspensivos, los corchetes

introducen aclaraciones o comentarios en una cita textual.

Ejemplo: "Una corredor [sic] resuttó herida en Pampiona".

Los corchetes son usados por quien escribe una citatextual,

para hacer mas clara esa cita. Ejemplo: "Le pegó [al balón]

sin fuerza".

- Los paréntesis marcan la presencia de explicaciones sobre

da%%. palabras extranjeras. autores, obras citadas, regio-

nes, paises. Ejemplo: "Uno a uno, el presidente señaló a

los backstobbers (traidores) que iniciaron la revuelta en

Roma jrexas)",

Los paréntesis se usan para imducir aclaraciones derivadas

de un texto principal. La diferencia con otms signos paren-

t&icos como la coma o los guiones largos, es que los

pdntesis permiten adiciones m& largas que pueden a

Su vez llevar signos de puntuación corno cualquier texto

indewiente qsmpto: "ALgu&rt dijo algum vez (m

reuterdo si ke un filbsofo o un un loco o un genio

Page 90: Manual de Redaccion Jurisdiccional

realidad poco importa ya- o lo recuerdo a medias)

que los signos de puntuación son m68 bien caprichosos",

Los paréntesis siwen para escribir una cifra en números

que previamente ha sido escrita en letra, Ejemplo: "Cien

pesos. ($100.00 M.N)".

Los parénlesis se usan para separa los números o las

letras que conforman una enumeración serial. Ejemplo: "l), 2), 3)".

A continuación se presentan algunos casos en los cuales

los paréntesa y los corchetes fueron usados inconectamente.

En este caso, es claro que el uso de la expresión "(sicy no

se ajusta a las reglas para el uso de corchetes y paréntesa

En este caso en concreto, el escntor debería haber encenado

en co~he tes la expresión, puesto que es una explicación que

él personalmente ~ntroduce al refenne a expreriones o datos

Page 91: Manual de Redaccion Jurisdiccional

proporcionados por alguien más. Revisemos ahora un ejemplo

del uso incorrecto de los paréntesis:

En este caso los paréntesis se usan incorrectamente. Esto

es así puesto que, en todo caso, el efecto explicativo puede

lograrse con guiones largos. Es posible afirmar que el error

se origina en la frase encerrada dentro de los paréntesis, ya

que la misma no tiene signo de puntuación alguno. Quizás lo

mejor es no poner parénwis ni giiiones, tal como se sugiere

en el recuadro.

Qué no hacer:

El guKn COI-to y el guión largo. El guión corto sirve para

zeRalarla presencia de una palabra compuesta por dos paiabm

diferentes El guión largo se usa para señalar la existencia de

una aclaración -a manera de paréntesis-, un inciso o para

señalar el inicio de un d i o , es decir, de m& de dos voces,

corresponda y, en ru caro. puedade-

fenderia lgdidad del acto celebrado

antesu feo, incluso, abonar su inexir

tencia o nulidad (incluso cuando la

nulidad no re haga depender de vicios formales atribuidos al servidor

correrponda. Esto, con el objeiivo de 1 que ei juez pueda no sólo defender

la legalidad del acto celebrado ante

él.sinotimbién abonaralainexisten-

cia o nulidad del mismo, iricluso

cuando la nulidad no dependa de

i 1 pGblico refeido). .-L vicios formales atribuidos a 61, 1 1

Page 92: Manual de Redaccion Jurisdiccional

distintas a las del narrador, que intercambian información.

A continuación se presentan algunas de sus reglas. Usando un

procesador de palabras, el guión largo puede escribirse opri-

miendo el teclado de la siguiente manera:

Ctrl + Alt +

El guión corto se utiliza para separar dos fechas que repre-

sentan el principio y el final de un periodo histórico detemi-

nado. Ejemplo: "La Revolución Mexicana (1 9 10- 19 17}".

El guión corto se utiliza para señalar la presencia de una

palabra compuesta que no tiene una larga tradición en el

idioma, El guión funciona como separador de las palabras

que integran la palabra compuesta. Ejemplo: ']urídico-elec-

torai". Cabe seRalar que en caso de palabras con mayor

tradición, el guión desaparece. Ejemplo: "estadounidense",

Los guiones no deben usarse después de ciertos prefijos.

Ejemplos: "lnconstitucionai", "Antidemocrático".

Los guiones no deben usarse después de la partícula ex.

Ejemplo: "Ex marido", "Ex funcionario". En este caso, entre

la partícula y la palabra sólo se coloca un espacio en blanco.

El guión corto no debe usarse después del punto situado

tns el número correspondiente a un resultando, un consi-

Page 93: Manual de Redaccion Jurisdiccional

derando o un resolutivo, o tras el número correspondiente

a un precepto legal. En estos casos el uso del punto es

más que suficiente; la adición del guión no responde a

regla orLogr4fica alguna y recarga innecesariamente el texto.

QUINTO,. En cumplimiento de dicho faiio federal, elsegundo Tribunal Uni-

conSn6 la resolución apelada.

tano del Décimo Segundo Circuito pronunci6 nueva sentencia en la que

SEMO, En contn de ese fallo el representante del acusado promovió el presente juicio de garantías.. . S~PTIMO- Dei andlisis de las cans-

tancias que integran la primera y la segunda instancia. se pone de mani-

conformidad con lo siguiente:

íiesto que se cumplieron todos los

1 principios del proceso judicial. de

- - Que iiacer:

contimó la resolución apelada. pronunció nuevarenter~¡a en laque

SEXTO. En cantr;i de ese fdlo el , representante del acusado promovió el presente juicio de garwtía5,..

S~PTIMO. Dei análisis de la5 cow-

rancias que integran ia primera y la

segunda instancia, se pone de mani-

confomidad con lo riyiente:

tiesto que se sumplicron todos los / principios del proceso judicial. de

l.- Se ratificó ia detención en ténni- i. Se ratificó la detención en iémi -

nosdel ailículo 16, pánafo seiio,

Umdor Mexicanos. Unidos Mexicanos.

hizo saber al quejoso:

acusación

Page 94: Manual de Redaccion Jurisdiccional

El guión corto se usa para separar números y I e t ~ que,

juntas, denotan ciertos documentos, instituciones, marcas

comerciales. Ejemplos: "El Fonnato F-5': "El G-8", "H-24".

..

1 ti nombre de su acusador y i) El nombre de su acusador y / de las penan% que declararon en de las personas que declanron en !

El guión largo se usa para indicar el inicio del dicho de cada

uno de los personajes que intervienen en un diálogo.

Ejemplo: "-Pero mira cómo has crecido-. dijo Juan".

SU contra.

3.- Se le designd iin defensorde oiicio.

4.- Se resolvió su situación juddica

dentro deltémino conditucional ... 5.- Cerrada la insvucción se celebró

!la audiencia de vina con asistencia

del Fiscal y del ddcnror: y

6.- En la scgunda instancia, re con-

cedió término a las partes para la

!impugnación del recurso o del efeito

\y p o z r r ~ i c r pweb iis...

El guión largo se utiliza para aclarar y precisar lo que dicen

los hablantes. Ejemplo: "-Pero mira cómo has crecido

-dijo, asombrada, la tía Rarnona-".

SU contra.

3. Se le designó un deienrordeoricio.

4. Se resolvió su situac.ción juddica

dentro del témino connituiional ... 5. Cerrada la instrucción se celebró

la audiencia de vista con aristencia

del Fiscal y del defensor y

6. En la segunda instan<-ia, se con-

cedi6 término a las parte para la

impugnadón del recuso o

,y pan oireccr pruebas ... . -. .. .

El guión corto se utiliza para encabezar cada uno de los

elementos de una lista, catálogo o relaoón Ejemplo:

Page 95: Manual de Redaccion Jurisdiccional

'Artículos de limpieza:

-Cloro.

-Escobas.

-Cubeta$."

Vale la pena mencionar que esie uso del guión corto puede

sustituirse con ks viñetas y los llamados "bullels" que m hem-

mientas comunes en cualquier procesador de palabras.

El guión largo se u6a para introducir en una oración otra

que funciona como un paréntesis aclaratorio. Ejemplo:

"La guerra en Nicaragua --la más sangrienta en toda Amé- rica Centra-, fue un malentendido".

El error más común en el uso de los guiones consiste en

usar guiones cortos para introducir oraciones aclaratorias.

A continuación se presenta un ejemplo:

Fohaeb7-- .-

liar a juicio a -, dicho címhada

Page 96: Manual de Redaccion Jurisdiccional

En este caso, es claro que la oración que se encuentra

dentro de los guiones largos es una explicación. Ahora bien,

puesto que la misma no es lo suficientemente larga como para

arneritar el uso de signos de puntuación interna, procedía usar

guiones largos para señalar la explicación, no guiones cortos.

Veamos un ejemplo del uso correcto del guión corto: "que en

la cláusula tercera del mencionado modelo del convenio

CFE-Suterm, se señala que.. .".

L) Preferencias gmrnaticales

La gramática otece al escritor una serie de posibilidades expi-e-

sivas. Es su responsabilidad decidir la ruta expresiva que seguirá.

En este sentido, debe tomar algunas decisiones propiamente

gramaticales al sentarse a escribir. A continuación se revisarán

algunas de las rutas que puede seguir.

a) Voz narrativa

Los escritores de la Primera Sala de la Suprema Corte de

justicia de la Nación, deben determinar con claridad cuál es la

voz namtiva que rrtilizarán. En este sentido el escritor debe

determinar con clandad la voz que dirigirá el discurso. Es im-

portarrte senalar que la voz namtiva tradicionalmente usa-

da por los tribunales es la tercera persona del singular

Page 97: Manual de Redaccion Jurisdiccional

("La Suprema Corte de justicia de la Nación considera").

En ocasiones, este uso de la tercera persona se modula

mediante el uso de un articulo demostrativo ("esta" "este",

etcétera) destinado a subrayar la identificación del escritor

con el cuerpo colegiado en nombre del cual argumenta y re-

suelve ("En otras ocasiones. esta Suprema Corte de justicia ha

considerado").

Los escritores de la Primera Sala pueden estar interesados

en usar la primera persona del plural cuando desean recalcar

el carácter colegiado de la resolución, o su voluntad de esta-

blecer un puente de continuidad con las posiciones adoptadas

por la Corte en el pasado, cuando sus integrantes no eran

los de ahora ('Como hemos tenido ocasión de reiterar en los

úitimos años, los municipios no están inermes frente a

actuaciones arbiirarias de otros poderes del estado.. .O). Com-

piementariamente+ el uso de latercera persona del singular, o

incluso de la tercera personadel plural, resultará útil para marcar

distancia frente a decisiones pasadas que no se comparten

("La Suprema Cotte sostuvo en aquella ocasión que no se

trataba de un problema de igualdad de género", "Los Ministros

señalaron que el amparo resuita improcedente en estos ca-

sos"). Se recomienda reservar- el uso de la primera persona

del singular para los documentos o resoluciones 8mados por

una sola ministra o m i n i (típicamenie se .tratará de deter-

mhados autos y oflcios, .p. de voias part'iculms).

Page 98: Manual de Redaccion Jurisdiccional

La selección de la voz narrativa, en cualquier caso, se deter-

mina por el uso del pronombre adecuado (yo, tú. nosotros,

ella, etcétera.).

b) Conjugaciones

r-

' Que no hacer:

TERCERO. CanridemOoner de los rolickuder. Los solicitudes para

que este Ako Tribunal ejerza la k u l -

tad de investigación prevista en el

párrafo segundodel ariículo 97 cons-

La conjugación de los verbos debe ser consistente. La con-

jugación de los verbos en el segmento de "resultandos" de

una sentencia (pasado simple o absoluto), debe ser consistente

como debe serio la usada en el apartado de "considerandos" y

"resolutivos" (presente simple o absoluto). Se recomiendaevitar

el uso de formas verbales y declinaciones que no sean nece-

sarias. Así, por ejemplo. se recomienda restringir el uso de

subjuntivos a aquellos casos en los que su uso sea necesario

para fortalecer un argumento. La utilización erónea de conju-

gaciones verbales tendrá el efecto de hacer más complicada la

recepción de¡ texto por parte de los lectores. Ejemplos: "Téngase por recibido", "Téngase por k z q a d a ' .

Qué hacer: 'TERCERO. Consideraciones de 1 los solicitudes LosFundamentos de

las solicitudes que se nos hacen para

ejercerlaiacuitad de investigacidn p-

vistaen eluticulo 97.p6nafosegundo de ia Constiiución. son los siguientes:

_. -2

Page 99: Manual de Redaccion Jurisdiccional

. .

legiado en Maiena Pend del Primer Circuito. Por ende, con fundamento en 1- di- por los a r t i ~ l o s 82

-

Page 100: Manual de Redaccion Jurisdiccional

c) Voz pasivo vs. voz octiva

Frecuentemente. los escritos judiciales mexicanos se escriben

en voz pasiva. La selección de esa forma de escribir puede

dificultar la recepción del texto por parte de los receptores

del mismo. Es necesario preferir la voz activa, porque esta voz

permite identificar con claridad al sujeto de la oración,

Ahora bien, en ocasiones las circunstancias imponen el uso

de la voz pasiva. Esto ocurre cuando no se conoce al agen-

te de la oración o cuando el que habla n o quiere señalarlo.

Lo que es cierto es que, fuera de esos casos, el español tiene

una preferencia por la voz activa sobre ia pasiva. Esio es así

porque la voz pasiva tiende a hacer más complejas las for-

mas verbales, a aiterar el orden sintáctico de las oraciones y a

converiir sustantivos en verbos. El uso de la voz pasiva hace

más complicada la comunicación escrita.

Cabe señalar que no constituye un obstáculo para

la práctica de las diligencias ordenadas en la pre-

sente resolución, la circunstancia argumentada por

la parte quejosa en el sentido de que las obras se

ejecutaron en conuavención a la suyx?nsi6n.

Page 101: Manual de Redaccion Jurisdiccional

En este caso, !a expresión "la circunstancia argumentada",

podría corregirse. Esto ayudaría a que el texto, ya en sí mismo

complejo, se vohiera más claro. En este sentido "la circunstancia

argumentada por La parte quejosa" podría reducirse a la

expresión "el argumento del quejoso".

~

Qué no hacer: !

se deduzcan de las necesarias pro-

videncias que a continuación se

--.-u.- J

Ya hemos senalado algunas características de las enumera-

ciones Ahora es importante establecer algunas reglas bástcas

para la elaboración de los documentos de los escntores de la

f'nmera Sala de la Suprema Corte de Jushcta de !a Nación,

que contengan enumeraciones:

Los encabezados de cada una de las tres partes que integran

una resolución (resuitandos. considecandos y resolutivos)

d&et%n escribine con rnayúscuias, seguidos por dos pun-

tos y aparle y ubicarre al centro de1 texto. La Primera Sala

puede explorsrr la h s i b ~ á d do cambiar es& denomi-

Page 102: Manual de Redaccion Jurisdiccional

naciones por otras más usadas en los tribunales constitu-

cionales contemporáneos; por ejemplo, en lugar de usar la

palabra "RESULTANDO, la sección correspondiente po-

dná tkulane "ANTECEDENTES", y en lugar de "CONSIDE-

R A N D O se podría hablar de "CONSIDERACIONES

JUR~DICAS", "FUNDAMENTOS DE DERECHO o expre-

siones similares, Cada uno de los apartados integrados en

las tres grandes partes estructurales de la resolución irán

encabezadas por númems ordinales escritos con leta ("PRI-

MERO", "SEGUNDO", etcétera.), y se iniciará la escritura

inmediatamente después del punto (no habrá punto y

aparte), Cada uno de dichos apartados puede ser subtitu-

lado por el escritor para indicar al lector su objeto o tema

central. Esos subtítulo^ iTán en letra minúscula y neg&a.

PRIMERA. Competencia La Primera Sala de

la Suprema C o rte...

L...] SEGUNDA. Delimitación de la litis en fa pre-

sente instancia

1-1 TERCERA. AIcance de b s derechos funda mentales involucradw. Paraanalizar y resolver

Page 103: Manual de Redaccion Jurisdiccional

la cuestión jurídica que centra el presente recurso,

es necesario ...

Todas !as numeraciones, listas o catálogos, deberán orde-

narse, sea cual sea su extensión. La numeración a seguirse

al interior de cada uno de esos apartados deberá desarro-

llase con un margen mayor que el resto del documento,

en p6mfos justificados y en el orden siguiente: números

romanos, númems arábigos, números arábigos con deci-

males. incisos con !&ras en minúscula, viñetas. Lo anterior

puede presenkrse en una forma más gráfica de la siguiente

manera:

Page 104: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Qué no hacer:

DEL PROYECTO:

l. Se actualiza la causa de imprnce-

Se determina que: dencia previna en la fracción Vlll del

ai<icuio 19 de la Ley Reglameniana.

la) En el caro, sobrevino la causa de Lo anterior re fundamenta en el cn.

improcedencia prevista en la aludida tenoemitido porel pleno al resolver.

fracción Vil1 del articulo 19 de la Ley

Reglamentaria. toda vez que el Pleno

de esta Suprema Corte de junicia de

b Naci6n. al resolver ei cuatro de no-

;viembre de das mil tres. por unani-

.: midadde nueve votos. el juicio sobre

Cumplimiento de las convenim de

coordinacidn fiscal 112001. pmmo-

/ ado poreipropio ~ub~mcuradorde

l ~ s u n t o r Penales y juicios Sobre

i Ingresos Coordinados de la Pmcu-

j raduria Fiscal del Distrito Fedemi. en

jrepresentaciún del Gobierno del i j Dirinto Fcdeml, detenninó sobre-

i leer en el juicio en atención aque si

8 el funcionano que pmmuweeliuicio

sobre cumplimiento de loscon~enios

jde coorrlinaübo Iixalno cuentacon

facultadez de representación de la

el cuatro de noviembre de dos m,!

Ves. el juicio sobre cumplimiento de / 10% convenios de ~oordinacdn hcal

l/200I. En esa ocasi6n el Pleno so- : 1

bresey6 ei juicio alegando que S, el i

ituncionario que piarnueve el ~uc io

sobre cumplimientode los Convenios: de cwiilinaci6n fiscal nocuenta con

facultades de reprentan6n de la ! entidadfederativaque lopmrnueve.

el juicio se% amprocedente de con- !

formidsd con el articulo 12 de la Ley

de Coordinac<dn F~scal y debeVd*

sobreseeme.

2. El Subprocurador de kuMos P e i nales yjuicim b b i e t ~ C m d < - ' 1 nados de la Pmcuradwa h%al 1

Di5trito F& no tiene facul<akr 1 entidad fedentiw que !e pmmueve.

el juicio será imp"edenie tk ron-

con d & ~ ~ + ~ & L q .

Page 105: Manual de Redaccion Jurisdiccional

. . . de improcedencia invocada'

su iebrcseimiento. ~dcmás . no se pjede presumir la

rcpresentacitm a su favor. pues el

ya se deteminó que e! Subpnicu-

mdor dc. Asuntos Pena i~ y juicirn

Sobre Ingresos Coordinados de !a Proiundun'a Fi~d del Distrito Fe- deiai. no tiene facultades de repm-

ieniaii6n dei DtSui,o Feden! y ai ser ei mismo funcionano el que promue-

veeskaiunio, en rrpresentaiiun de

ia a!udidaentidad: sobrevino la iausai de improcedencia invocada, sin que

sea el c m de presumir ia represen-

' tad6n a su favor pues d prc«iaddo 1 a- i2 no prevé tal supuesto:

Siempre que se usen números arábigo8 o romanos, éstos

serán seguidos por puntos, Cuando se usen letras del alfabeto,

éstas serán seguidas por incisos. A las viñetas y "bullets" no les

seguirán signos ortográiico~.

Cada uno de los signos que sigan a los números romanos,

serán colocados en la línea en la cual, dentro de la página, Se

ha coiocado el signo que rige al p h f o anterjor. La excepción

serán las viíietas o "buikts", ppuesio que esos skgnos se alinearán

con el párrafo !nmed!ato anterior a ellos

Page 106: Manual de Redaccion Jurisdiccional

La distancia entre el final del punto, del inciso, de la viñeta

o del "buliet" y el inicio del párrafo será el que establezca

automáticamente la computadora o, en su defecto, el que

resulte de teclear una solavez el tabulador. El escriior deberá

estar atento para man~tener la simetría en la alineación de los

párrafos.

Los números se usarán pan introducir conceptos o catego-

rías que puedan desprenderse de la categoria genérica señalada

por el número romano y que necesiten una explicación en sí

misma. Las letras se usarán para enlistar propiedades u objetos

que sean descritos mediante explicaciones concretas y que

sean representativos de las categorias genéricas y derivadas seña-

ladas con números.

En el caso de los incisos con letra minúscula, no se usarán

negritas. En los demás casos se usarán negritas.

Cuando se cite algún texto mayor a tres renglones, la ali-

neación del pámfo citado comenzará en donde quede el cur-

sor después de oprimir en dos ocasiones el tabulador a pariir

de la línea en la cual inicia el pánafo anterior al de la cita.

En todo caso, .todas las ciiar, y transcripciones deberán tener

el mismo m q e n .

Page 107: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Por lo demás, conviene tener en cuenta el sefia-

lamiento que hiciera el Magistrado Presidente del

Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer

Circuito, en el oficio de dos de febrero de dos

mil siete, en el siguiente sentido:

... manifestándole que el fallo recurrido no

contiene una decisión sobre la inconstitu-

cionalidad de una ley o la interpretación

directa de un precepto de la Constitu-

ción Federal, requisito indispensable para

la procedencia del recurso de revisión en

amparo directo, de conformidad con el ar-

ticulo 83, fracción V, de la Ley de Amparo.

fl articulo S", fracción V. de la Ley del IrnpuesW

sobre Tenencia o Uso de Vehiculos, vigente en el

dos mil cinco, establece que ". ..uatándose de

automóviles de más de diez afios modelo

anteriores at de aplicación de esta Ley, el impues-

to se pagar& a la tasa del O%...': mientras que el

articulo 15-C de h misma ley establece el me-

ankmu de cálculo para los vehículos que tengan de u w a nuevm aPk>s de a@ii&d.

Page 108: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Cuando sea necesario establecer una lista o catálogo a

partir de lo seiialado por una viñeta o "bullet", los pámfos

integrantes de la iista pueden separarse entre s i por párra-

fos en blanco o por vinetas con otro diseño.

Todos los párrafos se separarán por rengiones en blanco.

e) Selección de las palabras

Los escritores de la Primera Sala de la Suprema Corte de

justicia de la Nación deben poner un especial cuidado al esco-

ger las palabras que utilizarán para escribir sus textos. Algunas

recomendaciones pueden hacerse para alcanzar este objetivo:

El lenguaje del derecho no es diferente al lenguaje que usa

el resto de las personas. En este sentido, los profesionales

del derecho, aun en su trabajo cotidiano, son usuarios del

idioma que todos usamos. Por esto. pensar que el lenguaje

del derecho es un tipo de de lenguaje accesible sólo a

algunos iniciados, no es sólo un error sino una falsedad.

Page 109: Manual de Redaccion Jurisdiccional

-- ~

en téminos de ley, PO;/

anictilo 27 de la Ley de Amparo,

1 del reíendoquejoso, a traver del cual

\se desisten del recurro de reviri6n y

de la revisidn adhesiva. interpuestos

por lraac Meza Gei6nimo. - - - - - - -

i / A l respecto. con fundamento en lo

; ertableíido por el aniculo 25. fac- i ; cl6n l. de la Ley Orgdnica del Poder

i Iud~oal de la Federacsón. requiérase

[al quejoso Iauier Toms Felix. a Gn

deque rst*fiqueante la presencia del

WuanO lodsial adscnto a esía Pn- : m e o hkru e s c ~ n o d e d ~ ~ i s í i r n ~ o

j Y a Iradi Meza Gen)nmo. ratifique

N ante la Secretaria de Acuerdos de l . esta%m~raSaiaru escnto dedeus- ' timimto. apercibidos que de no ha-

i cedo. el cltado en pnmer t h i n o ai

/ rnome*o en que el Actumo judi.

I ciai se presente en el lugaida~fe se I !encuentra mterno. y al menc~ona. i i do en segundo lug~denwo &i t&-

WdeW&cc+npuwbapurir

deq"ewae f€€ t~~b l+~ -

c*de+perecnepmveWa~ew

W ~ ~ s u p m T r x i k d e deunitnimo. - - . - - . . . . . . . . . .

revisión y de la revisión adhesnia

Con fundamento en lo estsbleci-

do pare1 articulo 25, fracci6n 1, de la

Ley Orgánica del Poder judicial de i

la Federacidn. requiérase a javler

Torres Felix y a lsaac Meza jerónimo

para que ratifiquen rus escritos de!

desistimiento ante la presencia del 1 Actuario judicial adicnta a esta %la.

JavierTomi Félix deberá ratificar'

su eidt2 oiando el An i~ i i i o iudi-

clal se presente donde se encuentra

interno baac Mera Gerdniino debe- / r& hacedo demro de los ves 6.55 \

i siguientes a aquel en el quese le noti- : fique este aciierdo. En caso de no:

hacerioasi, losescrito5 mencionada:

no sed" tomado3 en onsideracio". 1

¡

Page 110: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Los escritores del derecho deben estarconcientes de que

todos sus documentos se escriben en español, no en un

lenguaje cenado, accesible sólo a iniciados y a expertos

del poder judicial. Todo escrito tiene un mayor o menor

grado de adorno verbal. Además de los signos de puntua-

ción, el tono del escrito determina el nivel de adorno del

tedo. En &e sentido la sintaxis usada, asícomo la selección

de adjetivos y adverbios, determina en buena medida la

simplicidad o la ornamentación del texto. La recomendación

es tratar de adornar el texto lo menos posible, puesto

que. por lo regular, los abogados identifican el adorno verbal

con un lenguaje distintivo del derecho. Esta identificación

es falsa. A continuación se presenta un ejemplo de un texto

que es difícil de seguir para cualquier ledor y la propuesta

de corrección del mismo:

i---.- ~ .. . . Que hacer:

ei demandado noqueda en i el que constael sido que

de objetar el docu- ,

Page 111: Manual de Redaccion Jurisdiccional

~.~ lo es oue no orohibe a lar o a & A ñ i 1 fomacateg6ricae indudable. que no ¡ lo hagan: por loquetal pncepio debe

internretaise en el %&o de que de ser indispensable si cabe la oferta

~-

El lector notará que en esta propuesta de redacción, se

eliminan expresiones como "en la especie', "al efecto" y "pues

si bien es verdad". Esas expresiones, que juegan la función de

conjunciones copulativas y adversativas, pueden considerar-

se como adornos que obligaron al escritor del texto aproducir

oraciones subordinadas complejas y. hasta cierto punto,

innecesarias, Una mención aparte merece la doble negación

que se encuentra al final del párrafo cftado, puesto que la

misma parece contradecir la conclusión que se presenta

ias palabras y expresiones más cortas, tienden a ser más

manejabies que palabras más extensas, Por ello, se reco-

mienda que, ante la duda, el escritor prefiera usar palabras

cortas y comunes a palabras extensas que, en muchas oca-

siones, pueden no existir o tener un significado diferente

al cignifrcado que el escritor pretende darles. Incluso puede

ser el caso que las palabras empleadas ya no se usen en la

lengua espailola En este caso, es necesario recordar que

muhhas paiabFas&mias pueden sersustituidas por prepo- siciones, pronombres o a M i o s Algunos ejemplos de

Page 112: Manual de Redaccion Jurisdiccional

estas palabns y expresiones. mismas que pueden encon-

trarse en muchos documentos escritos por profesionales

del derecho, podemos encontrar aigunas como "los ele-

mentos convictivos", "el impetrante de garantías", "por otra

parte, también", "contrato fundatoio", "máxime que", "en

tratándose".

' Una buena regla a seguir para escribir textos simples, es el

preferir, en la medida de lo posible, las palabras comunes,

el lenguaje llano. Los profesionales del derecho en México

tienden a pensar que la inclusión de palabras y oraciones

complicadas y rimbombantes en un texto reviste al mismo

de sofisticación. Nada más falso. Como ejemplos de esta

tendencia podemos encontrar los siguientes: "referido

ordenamiento", "el deposado", "la ilegalidad habida", "el

ateste", "los argumentos quedaron incontesles", "se cons-

tituyó en el domicilio': En muchas ocasiones, el uso de

expresiones más comunes, el uso de voz activa y la concor-

dancia en las conjugaciones, pueden resultar de utilidad.

-.--p..--.-..--- ~- Qué no hacer. Qué hacer:

Page 113: Manual de Redaccion Jurisdiccional

a si bien es cierto que el Derecho se expresa en lenguaje

.p.-.--. -. dejara insubsistente la resolución \desechara la n?soluci0n reclamada de

común también lo es que necesita de un mínimo de voca-

bulario t4cnico esencial para expresarse con exactitud,

como sucede en la medicina, la biología, etc. Mediante una

paráfrasis inteligente se pueden glosar, en la misma

sentencia. los párrafos de especial dificultad técnica.

reclamada de diecisiete de enero de

dos mil cinco dictada en d recurso

de revisión número SPPIRVlOll2OO5

y, erniiiera otra, en la que analirara

Los escritores de la Primera Sala de la Suprema Corte de

Justicia de la Nación deben privilegiar el uso de un estilo

directo y preciso. En otras palabras, las oraciones vagas o

confusas deben ser sustituidas por oraciones claras que

permitan el menor número de interpretaciones posibies.

En ocasiones, el use de este tipo de paiabrastambién pueden

crit icne en términos del apartado anterior. Entre algunos de Los ejemplos de las expresiones que deben evitarse, se

encuerriran los siguientes: "de esta guisa, es inconcuso

que el r e c u ~ de r n a m no ha luga?. "tomándose exigi-

ble: "se obsequiaron las prmbas", *& libelo de mérito", "el

CxUrrO C o ~ e r o O o ' , "el junsdicente: s o l i ~ o " ~

fecha i 7 de enero dc 2005. dicla- daer el recurso de revisibn número 1 SPPIRVIO 1 12005: por ia otra, para que ese funcionario emitiera una 1 la totalidad de loragtavioz que

so el recurrente y, con jurisdiccibn resolviera io choiorrerponda. derecho. -

Page 114: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Los escritores de la Primera Cala de la Suprema Corte de

Justicia de la Nación deben evitar el uso de clichés. Los

clichés son frases gastadas que empobrecen el texto.

Es preferible que el escritor, en un esfuerzo de creatividad.

desarrolle ideas y exprese argumentos en sus propias pala-

bras. Entre ejemplos de esie tipo de lugares comunes se

encuentran algunos como los siguientes: "se desprende

que': "eskr en aptitud". "en la parte conducente", "los

medios idóneos".

iPúe .o~ii

En el presenteasunto, de las constan-

Cia. de autos, en especial de la co*a

ccrtiiicada del oficio que ei presiden-

te de la Mesa Dirediva de la CSrnarn

de Senadores dingió al Secreta" de

Gobernación, quc obra a foja noven-

Es preciso afinar lo más posible el uso de los diferentes

conectores lingüísticos entre los que se encuentran las con-

junciones, las disyunciones y las conjunciones adversativas.

El uso correcto de estas partículas expresivas, se sigue de

un aprendizaje constante. En este sentido, los escrito-

res de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de

la Nación, deben leer constantemente textos de dta calidad

expresiva. A continuación se presenta un ejempk> de un

Qué hacer:

En este asunto, no seadvierte lanoti- 1 k v i o n d a oficio a l presidente

'de la Mcra Directdva de (a Cdrnara de Senado- al Secretano de Gober-

nación, cuya copia se encuentra en

!a foja noveita y nueve de !os autos

Page 115: Manual de Redaccion Jurisdiccional

texto en el que las oraciones no están adecuadamente

unidas:

--

rioson meros productos sociales del

-

En este caso. hay dos errores que deben resaltarse. El pri-

mem es que la exprezián "no sólo", por un lado, y la expresión 8, , sino tatnbiénl por ei otro, no comparan elementos sintádica-

me& equivalentes. En los casos en los que la longitud de la

frase complique el uso de estetipo de nexos, esmejar exp-

la @mera idea en una frase, utilizar el punto y seguido y expre-

sar la segunda idea en otra irase que empiece por la palabra

"ad-'. U segundo error se &cima con un uso incomcto

de la W i K i *y. p e l otm". Esto e-s asip~que en el p h f o

Page 116: Manual de Redaccion Jurisdiccional

citado hace falta el antecedente que seiiale la presencia de

una oración coordinada, es decir, hace falta la expresión

"por un lado". Sin esa expresión, lo que se escribe después de

"y por el otro", no puede entenderse a cabalidad.

Es recomendable prevenir, en la medida de lo posible,

el uso de palabras o expresiones consideradas parte de la

jerga judicial. La razón es simple: la jeea judicial puede

conducir al error o a la confusión al lector que no esté

familiarizado con ella. Algunos ejemplos de este t ipo

de palabras o expresiones son: "convictiva", "autos", "toca",

"fojas", "corrió traslado", "debidamente", "instrumentos nor-

mativos", "dispositivo constitucional", etcétera,

Algunas formas de escribir que se han desarrollado en el

mundo anglosajón con el fin de evitar la carga de género

que normalmente afecta a los documentos, empiezan a

incorporarse en alguinos escritos en México. Así. por ejem-

plo. entre los textos que circulan entre las organizaciones

no gubernamentales, por ejemplo, no es exiraño encontrar

expresiones corno"ami@ o "compañer@s: con las cuales

se pretende dejar claro que el mensaje se dirige a ind'iduos

de ambos sexos.

Si el escritor considera que esta forma de escribir es más

bien infonnal. puede intentar conseguir los mismos i e s u W s

Page 117: Manual de Redaccion Jurisdiccional

por otra vía Por ejemplo, es perfectamente válido que cuando

no se sabe a ciencia cierta el género al que pertenece el desti-

natario del discurso o cuando e! mismo es nairado en tono

impenonai, el discurso prefiera el femenino. En cualquier caso,

el escritor debe estar consciente de que esta fonnade escribir

que privilegia la neutralidad de género o que busca atenuar la

masculinización del discut.io, es una forma de escribir que está

justificada y que apenas se abre paso en México.

El uso de frases en iaiín debe reducine al máximo. Es cierto

que para muchos profe5ionaies del derecho. el uso de frases

en latín representa una formaelegante y educada de hablar

Para muchos profesionales del derecho, el iiso del latín

adorna o mejora. automáticamente, el estilo del texto.

Sin embargo, existe una razón clara que puede desvirtuar

este argumento.

En ocasiones, las &as en latín pueden parecer completa-

mente innecesarias puesto que, tal como ocurre frecuen-

temente ai usarse esa lengua, el hablante o el escritor necesita

explicar lo que el aforismo o la locución quiere decir. Ahora

bien, es necesvio precisar que el empleo acertado de una lo-

cución latina es capaz de sintetizar en toda su potencia y

concisión, la potencia argumentativa o el argumento iun-

damenial de un texto. Par supuesto que la ixución empleada

Page 118: Manual de Redaccion Jurisdiccional

(puesta en cuncvas) deberá traducirse inmediatamente. Si algo

caracteriza a la lengua latina en su uso junídico es su claridad y

concisión.

Por lo regular, el uso de preposiciones es uno de los temas

más problern~ticos de la expresión de toda lengua. En rea-

lidad, el uso correcto de las preposiciones implica la

presencia de un hablante o de un escritor educado y cono-

cedor del idioma. Al igual que el caso de palabras corn-

plicadas desde un punto de vista ortográfico, el uso de

preposiciones sólo puede perfeccionarse mediante la prác-

tica y la lectura de textos correctamente escritos. En este

sentido, el uso correcto de las preposiciones, requiere un

aprendizaje constante. A continuación se presentan algunas

de las preposiciones y modos adverbiales que resultan más

problemáticas:

No debe escribirse

en base a

en mi concepto

con relación a

sin en cambio

más sin en cambio

respecto a

de conformidad con

en comento

Debe escribirse

con base en

en mi opinión

en relación con 1 a

sin embargo

sin embargo 1 pero

respecto de

conforme a

examinada

Page 119: Manual de Redaccion Jurisdiccional
Page 120: Manual de Redaccion Jurisdiccional

C on motivo de la cantidad de textos producidos por

los escritores de la Primera Sala, la presentación de

algunas recomendaciones editoriales es muy impor-

tante. ta idea de contar con criterios editoriales mínimos puede

ayudar a hacer los textos de la Sala más homogéneos.

Page 121: Manual de Redaccion Jurisdiccional

as mayúsculas se usan para enfatizar una palabra. A con- L tinuación se presentan algunas regias para su uso:

A) Los nombres propios

La letra con la que empieza un nombre propio o sustantivo

que designa a una persona, un lugar, ente, etcétera., se escribe

con mayúscula para enfatizar la palabra. Recordemos que los

nombres propios sirven para identiiicar personas, lugares, insti-

tuciones sin necesidad de algún otro término deteminante.

Veamos algunas reglas:

a) Los nombres propios. los nombres de ciudades y países, e

inciuso los apodos con los que se conoce a alguna persona,

se escriben con mayúscula Asimismo, se escnben con

mayúscula aquellos nombres propios con los que se hace

referencia a la divinidad.

b) Un caso especial se presenta con el nombre de lugares

que empiezan con un articulo. En ese caso las prirnerar,

Page 122: Manual de Redaccion Jurisdiccional

ietras de todas las palabras del nombre, comienzan con

mayúscula. Ejemplo: La Habana, San Francisco, LOS Ángeles,

San Luis Potosí, etcétera.

c) Otro caso interesante se presenta en los apeiiidos compues-

tos. En ese caso, sólo cuando el apellido aparezca en la

oración sin nombre de pila, se utilizará la mayúscula. Ejem-

plo: "Habló con De la Rosa", "Habló con Luis de la Rosa".

d) Se usan mayúsculas para escribir las primeras ietras de los

sustantivos y adjetivos que componen los nombres de

instituciones, entidades, partidos políticos, empresas, calles,

expendios, etcétera. Ejempios: "La Presidencia de la Repú-

blica", "La Secretaría de Relaciones Exteriores", "Comisión

Federal de Telecomunicaciones". "Club Deportivo

Universidad".

e) Se usan mayúsculas para escribir la pnmerd palabra de ¡os

titulos de libros, discos, obras artísticas, etcétera. E]emplos:

"Libertad bajo palabra", "Poesía vertical", "Introducción al

estudio del derecho', "Derecho fiscal', "El juicio de ampad',

Veinte cumbias y otros &itosS.

9 Los nombres de Las festividades y días feciivos se escriben

C m mayí>scula kjmplos. Semana Santa, Día de la Inde-

pendencia. No& Buena, Di2 del Trabajo, etcétera.

Page 123: Manual de Redaccion Jurisdiccional

g) Los nombres de zonas geográficas se escriben con

mayúsculas. Ejemplos: Latinoamérica, América del Sur, el

Oriente, África del Norle.

h) Los nombres de los grandes acontecimienios históricos

y los de los meses de fechas importantes se escriben con

mayúsculas. Ejemplos: la Independencia mexicana, la Guem

de los pasteles, el 16 de Septiembre de 18 10. el 2 de

Julio de 2006, etcétera.

1) Se usan mayúsculas en la primera letra de los nombres de

revistas y periódicos. Ejemplos: "Boletín judicial", "Semanario

Judicial de la Federación", "Letras Libres", "La jornada".

j) Cuando los números romanos se usan para hacer referencia

a personas, acontecimientos o citas bibliográficas, se escri-

ben siempre con mayúsculas. Ejemplos: LuisXIV, tomo IV,

XL ILegisIatura del Honorable Congreso de la Unión.

6) Las mayúsculos y los signos de puntuación

Las mayúsculas se usan para marcar el inicio de una b e o de

una oración. En este caso, las regias son bastante claras:

a) La letra inicial de un escrito siempre se escribe con

mayúscula

Page 124: Manual de Redaccion Jurisdiccional

b) Todas las palabras que siguen a un punto se escriben con

mayúscula.

c) Se pone mayúscula en las letras iniciales de las palabras

que siguen a los dos puntos, siempre y cuando esas pala-

bras sean parte de una crtatextual, un decreto, una resolu-

ción o una caria. Es importante señalar que, en el caso de

los dos puntos, las minúsculas se usan cuando la palabra

que los sigue tiene una continuidad sinládica con lo que

se encuentra antes de los dos puntos, cuando es parte de

una argumentación casual, cuando es parte de una enu-

meración explicativa o es parte de una relación. Ejemplos:

Entonces dijo: 'Vete y no vuelvas". "1.0s cajones están arre-

glados por prendas: calcetines, calzones, camisas". "Basta

de perder el tiempo: vengo a matarte".

d) Las palabras que siguen a los signos de interrogación y de

admiración, se escriben con mayúsculas. En ese caso, el

signo de puntuación incluye el punto que marca el final de

la frase; por ello es siempre incorrecto coiocar un punto

adicional. detrás del signo de puntuación). Ejemplo: ''¿Cuál

es, entonces, ei daño que el recurrente no puede ser for-

zado a soportar? A juicio de e a Primera Sala.. ."

Page 125: Manual de Redaccion Jurisdiccional

C) Otros usos de las rnoyúsculas

Las mayúsculas pueden usarse cn casos diíerentes a los ya

apuntados. Veamos algunos de ellos:

a) Las mayúsculas se usar, para referirse a autoridades o per-

sonas que tienen un cargo o puesto, siempre y cuando el

nombre propio de esas personas no aparezca en el texio.

Ejemplos: "El Presidente de la República", "ia Secretaría

de Estado", "El jefe del gobierno José Luis Rodríguez

Zapatero", "El primer ministro Anthony Blair", "el juez John

Roberts". Siempre, entonces, que en la resolución judicial

se haga referencia a una persona mediante la expresión

de su cargo concreto (esto es, siempre que esa referen-

ciadebafuncionar como nombre propio) deberán utiliza~e

mayúsculas, mientras que si la referencia es genérica (en

función de nombre común). deberán utilizarse minúsculas.

Cuando la referencia sea en plural, se utilizann las minúscu-

las. Ejemplos: "el Presidente Municipal de Buenavista", pero

"a su juicio, se trató de una estrategia del presidente muni-

cipai para evitar que los partidos de oposición denunciaran

lo sucedido", "el presidente municipal sosiiene que lo seña-

lado por las autoridades demandadas es radicalmente

inexacto" y "los gobernadores de los estados expresaron

vehementemente su desacuerdo': "El juez Segundo de lo

Familiar del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco",

Page 126: Manual de Redaccion Jurisdiccional

pero "el juez de distrito negó el amparo por las razones que a continuación se sintetizan": "el Director de Mercados

de la Delegación Coyoac&n". pero "cuando ello ocurrió,

el director de mercados ya habla abandonado la sesión

plenaria".

b) Se escriben mayúsculas al iniciar palabras o apelatbvos abre-

viados que pueden ser formales o profesionales y que se

usan para dirigirre a alguien. Ejemplos: "Sra,". "Dra.", "Sr.". "Lic." "Dr.". "Mtra.". "M. en C

c) Los mienlbros de una profesión o área del conocimiento.

usan mayúsculas para referirse a ellas. Ejemplos: el Dere-

cho, la Filosotia, la Literatura, la Arquitectura, la Geologia, etcétera.

d) Se escnben con mayúscula las palabras que designan a

instituciones o entidades cuando se usan en singular como

nombres propios y no como generos. Serán excepción a

esta regia aquellos casos en los que la mayúscula es nece- saria para eliminar ambigüedades.

Ejemplos: el Estado de M&rco i los estada de la Federa- ci6n; el Chbwm snexkmo 1 Ilosgobiemoc de Arnénca: la

% W d e ~ d e % & I l a s ~ d e f r n a n -

.m de 10s ertadm; 'el Muniupro de (ian Juan Gu~~hicovr

Page 127: Manual de Redaccion Jurisdiccional

argumenta", pero "El municipio actor sostuvo en sus ale-

gatos"; "el Estado de Oaxaca argumenta que los estados

fedorados son financiados por vías directas e indirectas",

pero "el estado demandado no aportó pruebas en ese

sentido"; "la Suprema Corte sostuvo que dicho precepto

es inconstitucionai". pero "este alto tribunal no se ha pro-

nunciado acerca de la proporcionalidad de la sanción": '&a

Suprema Corte no detecta contradicción alguna". pero "no

es labor de esta corte pronunciarse al respecto".

Por lo que se reiiere a los nombres de los asuntos. o tipos

de asunto, y a las disposiciones normativas, se seguirán reglas

análogar, Ejemplos: "la Ley Federal de Transparencia y Acceso

a la Información no contiene regla alguna al respecto", pero "la

ley impugnada en la presente instancia es inconstitucionai'i

'k1-i la Contradicción de Tesis 3412006-PS se resolvió adecuada-

mente la cuestión", pero "el tema a dilucidar en la presente

contradicción de tesis': "el criterio sentado en el Amparo en

Revisión 2312004 entrd en conflicto con la postura citada",

pero "en este amparo en revisión la cuestión no ha sido plan-

teada" y "en los amparos en revisión 2212001, 567312006 y

190 112007 la conclusión fue la contraria'; "la Constitución esta-

bkce en su artículo I " que nadie puede ser discriminado por

razón de edad", pero "tedo ello estará condicionado a lo que

establezca la constitución de cada entidad fede&'.

Page 128: Manual de Redaccion Jurisdiccional

En cuanto a la excepción: "el Estado mexicano"/ "el estado

del asunto"; "La Consiitución mexicana"/ "la constitución de la

sociedad anónima".

Page 129: Manual de Redaccion Jurisdiccional

D e conformidad con lo señalado por el Acuerdo

plenario 2/1998, se recomienda que las reglas

tipográiicas que a continuación se enlistan, sean utili-

zadas en los documentos escritos en la Primera Sala de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación:

A) Fuente: Arial.

B) Número de fuente: 15

C) Interlineado: En genera3 se utilizará 1.5

D) Negritas: El escritor utilizará negritas cuando desee

resaltar alguna palabra, frase, expresión o párrafo. Se reco-

mienda ser consistente en el uso de las negritas y evitar

subrayar o usar itálicas con el mismo fin.

E) TamaAo de papel: Los escriitos y resoluciones de la

Primera Sala de la Suprema Corte deju;iicia de la Nación

deberán hacerse en hojas tamaño oficio.

Page 130: Manual de Redaccion Jurisdiccional

F) Márgenes: Los márgenes de los documentos er;cntos en

la Primera Sala de la Suprema Corte de jusiicia de la Nación,

deben seguir lo señalado en el Acuerdo plenario 21 998.

G) Impresiones: Los documentos se imprimirán a doble

cara, para evttar un uso exagerado de papel.

Page 131: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Citas

as citas son usadas para apoyar, comparar, contradecir

o dar más información en relación con el tema que el L escritor está desarrcilando. A continuación se presenta

una serie de reglas generaies que pueden usarse al tener en

mente la función principal que cumplen los sistemas de cita-

ciones, Asimismo, se establecen una serie de recomendacio-

nes para citar materiaies bibliográficos y judiciaies, iegaies y

administrativos,

Tanto ¡as citas bibliográiicas como las citas jurisprudenciales

pueden dar lugar a la existencia de algunos eiemenios comu-

nes. A continuación revisaremos algunos de elios:

A) Netas a pie de pógina

Las ndras a pie de página reflejan la forma en la cual se usa la cta. Psi, en ia nota a pre de p á p a debe si la cfb se

Page 132: Manual de Redaccion Jurisdiccional

usa para reforzar, comparar, replicar o dar más información

respecto de los argumentos que se presentan en el texto.

Para hacerlo, pueden usarse las siguientes expresiones al inicio

de la nota a pie de página. "De acuerdo con", *Puede compa-

rarse", "En contraste", "En este sentido".

Es importante senalar que las notas a pie de páginatambién

pueden cumplir una función parentética. En este sentido, las

notas a pie de página pemiten que el escritor agregue algunos

argumentos más que brevemente le ayuden a apuntalar los aigu-

mentos que va desarrollando en su propio texto.

El número que señala la presencia de una nota a pie de

página, deberá ponerse después del signo ortográfico que

seRaie el fin de la oración. En el caso de oraciones coordinadas

entre las cuales no haya signo de puntuación, el número se

colocará al final de la última palabra de la oración que provoque

la presencia de la cita.

Cuando un texto que ha sido citado una vez, vuelve a citarse

se estará a las siguientes reglas:

Si la nueva c b aliexto ya citado se realiza en la siguiente

nota a pie de página se utilizará la expresión "ibid." seguida

Page 133: Manual de Redaccion Jurisdiccional

de una coma y el número de página o páginas que ocupan

la nueva cita.

Si la nueva cita no aparece en una nota a pie de página

inmediatamente posteriora la cita origina¡, tendrá lasiguiente

rorma:

Apellido del autor, nombre de la obra (iibro, articulo, opi-

nión, etcetera.), número(s) de página(s).

Nunca se utilizarán las expresiones "Op. cit," o "ibiiiern.".

Las citas bibliográficas sirven para hacer referencia a argumen-

tos, razones, réplicas u opiniones que han sido publicadas

en libros, revisas, ensayos, periódicos o en cualquier medio de

divuigación escrito. Para ¡os efectos de esie manual, las citas

bibliográficas se dividirán en dos partes: las citas de libros y

la citas de otros materiales. entre ¡os que se incluyen, funda-

mentalmente, artículos, ensayos, opiniones verbales y conferen-

cias magisirales.

A) Las citas de libros seguirán el siguiente formato:

Apellidos. Nornbm de pila, TItulo del iibm, Ciudad de la

edición: Edttorial, año de publicación, página(s) que se c'kan.

Page 134: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Larios, Rogelio y Witker, Jorge, Metodología Jurí-

dico, México: MacGraw-Hill / UNAM, 1997, pp.100-101.

En este ejemplo existen varias reglas que vale la pena

mencionar:

a) Los apellidos y nombres de los coautores, se escribirán

por orden alfabético y estarán unidos por la conjunción

'Yy". Si ios autores son más de dos. se utilizarán comas para

hacer una enumeración aIfaMtica.

b) Cuando el libro haya sido publicado por más de una edito-

rial, ias editoriales se incluirán en la cita por orden a!Fabético

y serán separadas por rayas diagonales.

C) Cuando la cita abarca más de una página de ia obra citada,

se usará la abreviatura"pp:'. Cuando !a cita se refrera a una

sola página se usará únicamente la letra "p.".

d) Las citas de ensayos o artículos que sean parte de un libro

seguidn el siguiente fomato:

Apellidos, nombre de pila, Título del artículo o ensayo",

en apell~do y nombre del ed&or o coordinador de la obra

Page 135: Manual de Redaccion Jurisdiccional

seguido de la abreviatura "coord." (para el caso de que

haya un coordinador) o "comp." (para el caso de que haya

un compilador), Título del libro, ciudad de la edición: editorial,

año de publicación, páginas que contienen el artículo.

ensayo o se citan.

Pereda, Carlos, "Sobre la retórica" en Herrera

L.. María (coord.) Teorjas de lo interpretación.

Ensayos sobre Filosofia, Arte y Literatura, MQxico:

CONACYT 1 UNAM, 1998, pp. 103- 124, p. 1 10.

e) Las citas de opiniones verbales, conferencias o ponencias

se citarán de la siguiente manera:

Apellidos, nombre de pila, Yitulo de la opinión, conferencia

o ponencia", opinión o conferencia o ponencio presentodo

en, lugar, día, mes y año.

Dworkin, Ronald, "From justice in robes to iustice

for hedgehogs", Con&rencia magisEa1 presentada

en eflnsfiíuto de Jn=d@mlu~ñas de lo U W , Ciudad de México, 23 de noviembre de 2006.

Page 136: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Muchos de los escritos de la Primera Sala de la Suprema Corte

de Justicia de la Nación, citan documentos judiciales. Por io

reguiar, los documentos que involucran esas citas son tesis de

jurisprudencia o tesis aisladas. Tal como sucede con otras, las

citas a documentos judiciales deben explicitane en una nota a

pie de página. A continuación, estableceremos algunas reglas

para cada uno de esos casos:

A) Citas de tesis de jurisprudencia

La referencia a una tesis junspnidenc~al. en las cuales el escntor

puede o no poner el rubro de la misma, deberá seguir el for-

mato siguiente:

a) La letra "P" indica que se trata de una tesis plenaria y las

expresiones "la." y "la." que son tesis de la Primera Sala y

La Segunda Sala respectivamente. Con este uso es innece-

sano escribir enunciado como: "emitida por la Primera Sala

de la Suprema Corte de Justicia de la Nación".

b) El uso de números arábigos, indica que se trata de una

tesis de j t r i y x u w i U UM de númews mmanos indica

que se -bata de UM t&s ajsbda

Page 137: Manual de Redaccion Jurisdiccional

C) En seguida se indicará que el criterio está publicado en el

Semanario judicial de la Federación uiilizando laabreviatun

"SJF". Si se trata del Semanario judicial de la Federación y su Gaceta se usará la abreviatura "SIFG".

d) La época del semanario se pondrá en letras minúsculas:

"novena época".

e) El torno se indicará en minúscula: "tomo IV".

f) El mes y la expresión página se pondrán en minúscula"diciem- bre de 1998, "página 223".

g) Las cláusulas de la cita, están separadas por varias comas y un punto y seguido. El punto y seguido es necesario para

introducir la nota explicativa al final de la cita.

h) La nota explicativa no se enfatirará usando negritas o subra-

yados; tampoco se escribirá en cu~ivas.

A pariir de las reglas sefialadas. se presenta al siguiente

ejemplo ficticio:

P. la., SJFG, novena época, tomo IV, diciembre

1998, página 223. Los métodos de interpretación

de la Constitución deben ser aquellos que resal-

ten los valores constitucionales que interesaban

al Constituyente.

Page 138: Manual de Redaccion Jurisdiccional

6) Citas de tesis aisladas

Para el caso de las tesis aisladas, la notación será casi la misma.

La diferencia será que al inició de la cita se escribirá la expre-

sión "A,".

C) Citas de sentencias

Cuando el escritor de la Primera Sala quiera citar una sentencia

o parte de una sentencia. deberá seguir casi el mismo formato

que se utiliza para citar una teiis. Esto es así porque en el caso

de las sentencias o de partes de sentencias. las mismas pueden

ser unánimes o por mayoría. En estos casos, los escritores de

la Primera Sala de la Suprema Corte deberán escribir, alguna

de las siguientes expresiones: "Su." (cuando se trate de una deci-

sión tomada por unanimidad) o "Sm." (cuando se trate de una

decisión tomada por mayorfa).

Asimismo, es posible que el escritor de la Primera Sala

quiera referirse al voto concumrste o d voto particular emitido

por uno o más ministros. En este caso, el escnior deberá iniciar

la cita escribiendo alguna de las siguientes expresiones: 'VC.".

(cuando se =te de un documento que contenga un voto

concurrente) o "para el caso de la expresión 'Vp." (cuando se

irate de un voto particular).

Page 139: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Citar la Constitución y a las leyes que se derivan de ella, fonna

parte del trabajo cotidiano que llevan a cabo los escritores de

la Primera Sala de la Suprema Corte de justicia de la Nación.

Se recomienda que, para contar con un sistema mis homog4-

neo de citaciones legales, los escritores de e& Sala utilicen las

veniones eiectrónicas de nuestras leyes que aparecen en for-

mato PDF en las páginas web de la Cámara de Diputados del

Congreso de la Unión y de los congresos locales en los esta-

dos de la República, A continuación se presenta el formato

que deberá usarse para citar documentos legales:

Abreviatura de !a Constitución o la Ley, artícuia. apartado,

cláusula o inciso (en su caso) párrafo, página(s).

CPEUM, 41.11, c) 2, pp. 26-27

La cita se refiere al segundo párrafo del inciso c) del p i d o

segundo del artículo 4 l de la Constjtitución Mexicana, que a la

1- señala:

LateyK&kcrh%spara l&lkm

a las eragaciones de los wsis

Page 140: Manual de Redaccion Jurisdiccional

campañas electorales; establecerá los montos rnáxi-

rnos que tendrán las aportaciones pecuniarias de

sus simpatizantes y los procedimientos para el

control y vigilancia del origen y uso de todos los

recursos con que cuenten y asimismo, señalará

las sanciones que deban imponerse por el incum-

plimiento de estas disposiciones.

Es importante señalar algunas cosas derivadas de io anterior

A) En virtud de la divenidad nominativa de nuestra legislación,

será necesario que el escritor escriba al menos una vez el

nombre completo del documento legal que está citando.

8) Al fina\ de este manual. como anexo al mismo, se encuentra

una propuesta de abreviatura de las leyes federales exis-

tentes. Sin embargo, esta lisia puede cambiartodo el tiempo y es imposible tener una lista definitiva de los nombres de

todas las leyes y conctituciones de los estados. En este sen-

tido una lista de abreviaturas deberá estar en construcción

permanente. Para los efectos de este manual, vale la pena

señalar que los nombres de las leyes se abreviaran a partir

de las letras en mayúscula que compongan los mismos

y que, en caso de repetición, se agregará la primera mi-

núscula que siga a la segunda mayúscula que se repita.

13 excepción aesta &a será el caso de las leyes que tengan

nombres muy extensor

Page 141: Manual de Redaccion Jurisdiccional

C) Cada vez que se cite un párrafo. deberá tenene en cuenta

que el párrafo con el que inicia el artículo, el apartado.

cláusula o inciso, es el primer párdo para efectos de ia cita

por lo que, en ese caso, no se escribirá coma en el segmento

correspondiente.

Una gran cantidad de documentos legales son escritos adminis-

trativos. Entre este tipo de documentos pueden mencionarse

algunos como los decretos, los acuerdos, las circulares y en

general las órdenes propiamente administrativas que emi-

ten diferentes autoridades. Ei formato para citar estos docu-

mentos administrativos será muy similaral que se ha propuesto

para otros documentos.

CSFP I 11150/ARQ102-427106, D.O.F., 1'. Mac, P.E.. 23- 1 1-2006.

En este caso, la tea presentada se puede expi~car de la

siguiente forma:

A) Se trata de una circuiar emitida por la Secretar% de la

Función Pública

Page 142: Manual de Redaccion Jurisdiccional

B) Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, sección

primera, edic~ón matutina, el día23 de noviembre de 2006.

Al igual que en el caso de las leyes federales, la diversidad

nominativa de los documentos administraiivos en México, hace

imposible contar con un catálogo terminado de los mis-

mos. En este sentido, se recomienda procurar hacer la citade

los mismos utilizando las letras iniciales de las palabras que

componen el nombre del documento a tratar. De hecho,

se recomienda que con la práctica se vaya integrando un catdogo

de abreviaturas que resuman órganos administrativos, docu-

mentos administr&ivos y medios de publicación oficial sean

en impreso o en ~nedio electrónico. Por lo pronto, algunas

abreviaturas, pueden ser las siguientes:

Reglamento: R.

Decreto: D

Acuerdo: A. Circular. C.

Informe: l.

Se sugiere que las citas se hagan a partir de la versión

electrónica del Diario Oficial de la Federación que aparece

publicada en la pagina web del Diario Oficial de la Federación.

Page 143: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Abreviaturas

A) El uso de abreviaturas en las resoluciones de la Primera

sala, está limitado por las previsiones de ¡os artículos 27 1 y 272 de! Código Federal de Procedimientos Civiles. El pri- mero establece que "las fechas y cantidades se escribirin

con letra", el segundo. que "en !as aauaciones judiciales no

se emplearán abreviaturas [. . . j".

Sin embaigo. es posible interpretar que lo que enápmhibi- do es el uso de expresiones cuyo referente no está explicitado

en el texto (por ejemplo, usar "SHCP'. sin explicar cuál es el siplilicado de esas srgfa4) y no la refrencia abreviada a expresio-

nes cuyo significado se aclara en un primer momento. Es reco-

mendable buscar una expresión que sea fácil de usar y que. al mismo tiempo, identifique plenamenteal reférente ((porejemplo,

en el cazo anterior podría escribine por primera y única vez "Secrelaríade Hacienda y Crédito Público" seguida del siguiente

paréntesis: "(en adelante. la secretada).

Ahora bien, a pesar deque el uso d e M a t u r a s Tal como

se propone en este Manual, debe tomarse a manera de suge-

Page 144: Manual de Redaccion Jurisdiccional

rencia, vale la pena señalar que el Código Federal de Proce-

dimientos Civiles no siempre se usa en forma supietofla en el trabajo de la Sala.

Además, muchas actuaciones jcidiciales de la de la Primera

Sala de la Suprema Corte de jusiicia de !a Nación. ya contienen

abreviaturas. Por ejemplo, cuando se.transcriben tesis juespni-

denciales o aisladas, se usan las abreviaturas que pemiten

identificar la procedencia y la calidad de las mismas.

B) En las citac a pide de página la prohibición de las abrwiaturas

tarnbien puede ser relajada (vease el apartado correspon-

diente a !as notas a pie de página).

Page 145: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Lecturas recomendadas

Alcina Franch.]uan y Blecua, jose Manuel, Gromóiico Espoiolo.

Barcelona Ariel, 200 l .

Beristáin. Helena, D~ccíonono <le Retonco y Poético. Mexico: Porrua. 2000.

Garner, Bryan A,, Legal Writing rn PIarn Englfsh. A Text with

Excercrses, Chicago: The University oí Chitago Press. 2001.

Gil1 Gaya, Samuel. Curso supenor de Srntoxls Esparioio. Barcelona:

Vox. 2503.

LeClercq, Tem, Gulde to Legal Wr~ttng Style. Nueva Y o k Aspen.

2004.

Plenéndez Pidal h a n . Manual de gromaíica hstóoca esporbk3.

Madrid: bpasa Calpe. 1999.

Salan, Lawrence M., The Longuogr ofjudges. Chi-: The Universfty of Ulicago Pnirr. 1993.

Page 146: Manual de Redaccion Jurisdiccional

necesario senalar que los libros de Garner, LeClerq y Salan

se refieren a la lengua y el sistema de derecho anglosajón. El lector

! deberátener estoen cuenta al poner en prácrica lo prercnto por dichos / manuales af redacrar en esoañol.

Page 147: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Abreviaturas 11. 4

Citas 11. 3

Cibs (reglas comunes) 11. 3. 3.1

Citas bibliográficas 11. 3. 3.2

Gtas de documentos admnistrat~vos 11. 3. 3.5

Citas de documentos legales 11. 3. 3.4

Citas de sentencias 11. 3. 3.3. C)

Cltas de tesrs aisladas Il. 3. 3.3.8)

Cias de tesis de jurispnidenca ¡l. 3. 3.3. A)

Gtar. judiuates 11, 3, 3.3

135

Page 148: Manual de Redaccion Jurisdiccional

136 svp~rna Conri os Jusiicih o i LA N a c i O ~

Claridad

Conectores

Conjugaciones

Consistencia

Énfasis

Enumeraciones

Escritura, Métodos de

Escritura de textos jurisdiccionales

Estilo

Identificadores personales

Lector

Lectura, Métodos de

Lecturas recoirendadas

Mayíxulas

Page 149: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Método lineal 1, 2,2.l, A)

Método no lineal (lluvia de ideas)

Nombres propios

Notas a pie de página

Oraciones

Ortografia (de las palabras)

Ortografía (signos ortográficos)

Ortografía (signos ortográficos

1 corchetes y paréntesis )

Ortografía (signos ortográficos 1 el guión corto y el guión larrjo)

Ortografía (signos ortográficos /

el punto)

1, 2, 2.1, A)

11% l . A)

11, 3, 3. l ., A)

1, 2. 2.4, W)

l. 2, 2.4. K)

1. 2, 2.4. K). a}

1, 2, 2.4, K). b)

1, 2, 2.4. K). b)

1, 2, 2.4. K). b)

Ortografía (signos ortogdf~cos I el punto y coma)

Page 150: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ortografía (signos ortográ(icos 1

las comillas)

Ortografía (signos ortográfcos 1

las dos puntos)

Ortografía (signos ortográficos 1 los puntos suspensivos)

Palabras, Selección de

Párrafos

Preferencias gramaticales

Pre-escritura, Métodos de

Repeticiones

Re-escritura, Métodos de

Tono

Toulrnin, Stephen (tipología de)

Page 151: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Voz

activa

narrativa

MANUAL DS RCDACCION IURIIOICCIOY~~ 139

Véase Claridad.

1, 2, 2.4, L), c)

1, 2, 2.4, L). a)

1, 2, 2.4. L), c)

Page 152: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Anexo Sugerencias para abreviar

leyes federales

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Código Civil Federal

Código de Comercio

Código de Justicia Militar

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales

Código Federal de Procedimientos Civiles

Código Federal de Procedimientos Penales

Código Fiscal de la Federación

Código Penal Federal

Estatuto de Cobiemo del Distrito Federal

Estatuto de las Islas Marías

Ley Aduanera

Ley Agraria

Ley de Adquisiciones, Amndamientos y Servicios del Sector Público

CPEUM

CCF

cc CJM

COFIPE

CFPC

CFPP

CFF

CPF

EGDF

EIM

LA

M g

Page 153: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley de Aeropuertos

Ley de Aguas Nacioiiales

Ley de Ahowo y Crédito Popular

Ley de Amnistía

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Ascensos de la Amada de México

Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Área Mexicanos

Ley de Asistencia Social

Ley de Asociaciones Agrícolas

Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público

Ley de Aviación Civil

Ley de Biosegur~dad de Organismos Genéticamente Modificados

Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones LCEC

ILey de Caminos. Puentes y Autotransporte Federal LCPAF

Ley de Caprtahzación del Procarnpo

Ley de Ciencta y Temologia

Ley de c-cio FMenw

WP

LAN

LACP

lAm

LAmP

LAAM

LAREFAM

LAS

LAf4

LARCP

LAC

LBOGM

LCP

L O

LCE

Page 154: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley de Concursos Mercantiles

Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de int?aestructura Hidráutica

Ley de Coordinación Fiscal

Ley de Desarrollo Rural Sustentabie

Ley de Desarolio Sustentable de la Cana de Azúcar

Ley de Disciplina del Ejérci.to y Fuerza Área Mexicanos

Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México

1.ey de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Ley de Energía para el Campo

Ley de Expropiación

Ley de Extradición lntemacional

Ley de Fiscalización Superior de la Federación

Ley de Fomento para !a Lectura y e! Libro

Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural

Ley de Información Estadística y Geográfica

LCM

LCMOPFIH

LCF

LDRS

LDEFAM

LDPAM

LEMEFAM

LEC

LE

LE1

LFSF

LFLL

LFAAR

UEG

Ley de ingresos de la Federación para el Ejercicio Fkcaf de 2006

Page 155: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley de InScituciones de Cr+diio

Ley de Inversión Extranjera

Ley de la Casa de Moneda de México

Ley de la Comisión Bancaria y de Valores

Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Ley de la Comisión Nacional para el Desanolio de los Pueblos Indios

Ley de la Comisión Reguladora de Energía

Ley de la Policía Federal Preventiva

Ley de la Propiedad Industrial

Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Ley de los Impuestos Generales de importación y de Exporiaciún

Ley de los Institutos Nacionales de Salud

Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Ley de Nacionalidad

Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Ley de Obraz Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Ley de Organizaciones Ganaderas

Ll C

LIE

LCMM

LCNBV

LCNDH

LCNDPI

LCRI

LPFP

LPI

LDPAM

LlGIE

1 INS

LSAR

LN

LNCM

LOPSRM

LOG

LP

Page 156: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley de Pianeación LPI

Ley de Premios, Estímuios y Recompensas Civiles

Ley de Productos Orgánicos

Ley de Protección al Ahorro Bancario

Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Nomas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional

Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros

Ley de Puertos

Ley de Recompensas de la Annada de México

Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares

Ley de Seguridad Nacional

Ley de Sistemas de Pagos

Ley de Sociedades de lnversión

Ley de Sociedades de Responsabilidad 1-imitada de Interés Público

Ley de Sociedades de Solidaridad Social

LPERC

LPO

LPAB

LPClNECDl

LPDUSF

LP

LRAM

LRCDN

LSN

LSP

¡.SI

LSRLIP

LSSS

Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado

Page 157: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley de Vías Generales de Comunicación

Ley de Vivienda

Ley del Banco de México

Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales

Ley del lmpuesto al Activo

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Ley del lmpuesto Especial sobre Producción y Servicios

Ley del Impuesto Sobre la Reni

Ley del Impuesto sobre Servicios Expresamente Declarados de interés Público por Ley. en los que intervengan Empresas Concesionarias de Bienes del Dominio Directo de la Nación

Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos

Ley del Instituto de Seguridad y Sewkios Sociaies de los Trabajadores del Estado

Ley del lnstiiuto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley de! Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de !os Trabajada

Ley del lnstiiuto Mexicano de la juventud

LVGC

LV

BM

1.DOFGG

LIA

LlVA

LIEPS

LISR

LlSEDlPL

LISTUV

LISSSTE

Page 158: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley del Instituto Nacional de las Mujeres

Ley del Mercado de Valores

Ley del Registro Público Vehícular

Ley del Seguro Social

Ley del Servicio de Adminismción Tributaria

Ley del Servicio de Inspección Fiscal

Ley del Servicio de Tesorená de la Federación

Ley del Servicio Exierior Mexicano

Ley del Servicio Militar

Ley del Servicio Postal Mexicano

Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Ley del Servicio Público de Eneqíí El6chica

LlNM

LMV

LRPV

LSS

LSAT

LClF

LSTF

LSEM

LSM

LSPM

LSPCAPF

Ley del Sistema Horario de los Estados Unidos Mexicanos LSHEUM

Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado LFVRSE

Ley Federal contra la Delincuencia Organizada LFDO

Ley Federal de Armas de Fuego y Explos~vos LFAFE

Ley Federal de Cinematograíia LFC

Ley Federal de Competencia Económica LFCE

Ley Federal de Cwreduría Pública LFSP

Page 159: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley Federal de la Defensorfa Pública

Ley Federal de Derechos

Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

Ley Federal de Instituciones de Fianzas

Ley Federal de juegos y Sorteos

Ley Federal de las Entidades Paraestatales

Ley Federal de los Derechos del Contribuyente

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Radio y Televisión

Ley Federal de Responsabilidad Pattimonial del Esiado

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

I IDP

LFD

LFFAROSC

LFlF

LFJS

LFEP

LFDC

LFPRH

LFPA

LFPC4

LFPC

LFKT

LFRPE

LFRASP

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Page 160: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley Federal de Sanidad Animal

Ley Federal de Seguridad Privada

Ley Federal de Telecomunicaciones

l c y Federal de Transparencta y Acceso a !a información Púbitca Gubernamental

Ley Federal de Turismo

Ley Federal de Variedades Vegetales

Ley Federal de! Derecho de Autor

Ley Federal del impuesto Sobre Automóviles Nuevos

Ley Federal del Mar

Ley Federal de¡ Trabajo

Ley Federal para el Control de Precursores Químicos. Productos Qutmtcos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tablelas y 1 o Comprimidos

Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal

Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

LFSA

LFSP

LFr

LFTAIPG

LFT

L N V

LFDA

LFISAN

LFM

LFT

LFCPQ

LffMAA

LFAEf3SP

LFPED

Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura

Page 161: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley Federal Sobre Metrología y Normalización LFSMN

Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos LFSMZAAH

Ley General de Aseniamientos Humanos LGAH

Ley General de Bibliotecas LGB

Ley General de Bienes Nacionales LGBN

Ley General de Cultura Física y Deporte LGCFD

Ley General de Derechos LingDlsticos de los Pueblos Indígenas LGDLPI

Ley General de Desarrollo Fo~sta l Sustentable LGDFS

Ley General de Desarrollo Social LGDS

Ley General de Deuda Pública LGDP

Ley General de Educación LGE

Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros LGISMS

Ley General de las Personas con Discapacidad LGPD

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédiio LGOAAC

Ley General de Población LGP

Ley General de Protección Civil LGPC

Ley General de Safud LGS

Ley General de k ~ e d a d e s Cooperativas LGSC

Page 162: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley General de Sociedades Mercantiles LGSM

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito LGTOC

Ley General de Vida Silvesti-e LGVS

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente LGEEPA

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral LGSMIME

Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombrs LGIMH

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Ley General que Esiablece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública LGEBCSNSP

Ley Minera LM

Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos LMEUM

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal LOAPF

Ley Orgánica de la Armada de México LOAM

Ley Orgánica de la Financien R u d LOFR

Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública LOLNAP

Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuvente L W D C

Page 163: Manual de Redaccion Jurisdiccional

1.ey Orgánica de la Procuraduna Genera! de la República

Ley Orgánica de la Univenidad Agraria Antonio Narro

Ley Orgánica de la Univenidad Autónoma Metropolitana

Ley Orgánica de ia Univenidad Nacional Autónoma de México

Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios

Ley Orgánica de los Tribunales Militares

Ley Orgánica de Nacional Financiera

Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

Ley Orgánica de !a Sociedad Hipotecaria Federal

Ley Orgánica del Barico del Ahorro Nacional y Servicios Financieros

ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior

Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos

Ley Orgánica del Banco Naciond del Ej&c¡to. Fuerza Área y Armada

LOPGR

LOUAAAN

LOUAM

LOUNAM

LOTA

LOTM

LONF

LOPMOS

LOSHF

LOBANSF

LOBNCE

LOBNOSP

Ley Orgbnica del Congreso General de los Estados Undos Mexicanos

Page 164: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Área Mexicanos

Ley Orgánica del instituto Nacional de Antropología e Historia

Ley Orgánica del instituto Politécnico Nacional

Ley Orgánica del Poder judicial de la Federación

Ley Orgánica del Semanario de Cultura Mexicana

Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administraiiva

Ley para Conservar la Neutralidad del País

Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micra. Pequeíia y Mediana Empresa

Ley para el Diálogo. la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas

Ley para el 1-mtatamiento de Meiiores Infractores, p a n el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal

Ley para la Comprobación, Ajuste y Crimputo de Servicios de la h a d a de México

LOCNCr

LOEFAM

LOINAH

LOIPN

LOPJF

LOCCM

LOTFJFA

LCNP

LDCMPME

LDCPDC

LTMI

Page 165: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos LCACEFAM

Ley para la Coordinación de la Educación Superior ICES

Ley para la Depuración y Liquidación de Cuentas de la Hacienda Pública Federal LDLCHPF

Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes LPDNNA

Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros LTOSF

Ley para Regular las Agrupaciones Financieras LRAF

Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia LRSIC

Ley que aprueba la Adhesión de México al Convenio Constitutivo del Banco de Desarrollo del Caribe y su Ejecución LAMCCBDCE

Ley que crea el Comité Administrador del Propma Federal de Construcción de Escuelas LCAPFCE

Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo de Apoyo Social para ex Trabajadores Migratonos Mexicanos LFFASTMM

Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo para el Fwialecimiento de Sociedades y Cooperativas del Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahonadores IFFFSCA

Page 166: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley que crea el Fondo de Fomento a la Industria y de Garantías de Valores Mobiliarios

Ley que crea el Fondo de Garantía y Fomento a la Agr!cultura, Ganadería y Avicultura

Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Aries y Literatura

Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano

Ley que crea la Univenidad Autónoma Chapingo

Ley que crea la Univenidad del Ejército y Fuerza Aérea

Ley que declara Reservas Mineras Nacionales los yacimientos de Uranio, Tono y las demás substancias de las cuales se obtengan lsótopos Hendibles que puedan producir Energía Nuclear

Ley que determina que respecto de los Impuestos de Importación y Exportación sólo sonprocedentes las Exenciones Consignadas en la Ley Aduanal

Ley que establece las Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento

Ley que establece Bases para la Ejecución en México. por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desan-0110

LFFIGVM

LFGFAGA

LINBAL

iANEM

LUAC

LUEFA

LRMN

LMCCAIF

Page 167: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley que establece las Normas Mínimas Sobre Readaplación Socia! de Sentenciados LNMSRSS

Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 de la Constitución Genera! de la República LRFVA76C

Ley Reglarnentaria de la Fracción Xlll Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos LRFXlllBABAl23C

Ley Reglamentaria de la Fracción XVlll del Artículo 73 Constitucional, en lo que se Refiere a la Facultad del Congreso para Dictar Reglas para Deteminar el Valor Relativo de la Moneda Extranjera LRFXVlIIA73C

Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Eztados Unidos Mexicanos LR4 105C

Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo LRA27CRP

Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear LRA27CMN

Ley Reglarnenlana del Artículo 59 Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el D i M o Federal LR45C

Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario LRSF

Ley Sobre Delitos de Imprenta LSDl

Page 168: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Ley Sobre el Contrato de Seguro

Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales LSEBHN

Ley Sobre Elaboración y Venta de Café Tostado

Ley Sobre la Aprobación de Tratados lntemacionales en Materia Económica

Ley Sobre la Celebración de Tratados

Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas

Ordenanza General de la Armada

Pt~supuesio de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2006

Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mex~canos

LSCS

SEVCT

LSATIME

LSCT

LSPCCS

OGA

Page 169: Manual de Redaccion Jurisdiccional

Esta obra ie teminó de irnpnrnir y en- cuadernar en noviembre de 2007 en los bllems de Editonal Color, S.A. de C.V., Naranjo niirn. 96-BIS, Col. Santa María la Ribera, Delegación Cuauht4moc, C.P. Offl00. M6Wco. D.F. Se utiliiarontipos Gil! Sansy A"al de7. 8, 10, l 1, 18. 30y 56.2 puntos. hedieón constade l ,WO ejern- plarer impresor en papel bond de75 gs.