RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 7?.t~ -2015 … · de Obras por Contrata y Encargo ......

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Cusca, GOBIERNO REGIONAL cusca ¿ ~:~-- Gobierno R egional -~~!E~ CUSC'-1 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL 7?.t ~ -2015-GR CUSCO/GR O 3 AGO 2015 C;Jm,n:-,nfJ-s iU.'2. to!í,. EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. VISTO: Informe 288 y 396-2015-GR CUSCO/GRI-SGEI de la Sub Gerencia de Estudios de Inversión de la Gerencia Regional de Infraestructura, Informe 023-2015-GR CUSCO/GGR-ORSL TPI/ ALT-EV/SCV-NGL-ENCM-FEL de los Evaluadores y Memorándum 1185-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Informe Técnico MFI CE 052-2015-GR CUSCO/GRPPAT/5 y Memorándum 178-2015-GR CUSCO-GRPPAT/SGPI de la Sub Gerencia de Programación de Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe 577-2015-GR CUSCO/GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura y Memorándum 611 -2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional 1132-2014-GR CUSCO/PR de fecha 18 de julio del 2014 se aprueba el Expediente Técnico de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca, Velil/e, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, con un presupuesto total de 5/. 2'089,442.65, la misma que se ejecutará por la modalidad de ejecución Presupuestaría Indirecta: Contrata; Que, con fecha 18 de diciembre del 2014, el Gobierno Regional Cusca convocó el Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía 415-2014-GR cusca derivada de la Licitación Pública 05-2014-GR CUSCO (1), para la "Contratación de la Ejecución de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, con el valor referencial de 5/. 1'812,030.09; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional 280-2015-GR CUSCO/GR de 26 de mayo del 2015, se resuelve Declarar de oficio la nulidad del Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía 415-2014-GR cusca derivada de la Licitación Pública 05-2014-GR cusca (1), para la Contratación de la Ejecución de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I . Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, retrotrayendo el proceso hasta la etapa de los Actos Preparatorios; Que, el Artículo 27° del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo modificado por el Artículo Único de la Ley 29873, establece "El órgano encargado de las contrataciones en cada Entidad determina el Valor Referencial de contratación con el fin de establecer el tipo de proceso de selección correspondiente y gestionar la asignación de los recursos presupuesta/es necesarios . .... Cuando se trate de proyectos de inversión, el valor referencial se establece de acuerdo al monto de inversión consignado en el estudio de preinversión que sustenta la declaración de viabilidad. Tratándose de obras, el Valor Referencial no puede tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses contados desde la fecha de determinación del presupuesto consignado en el Expediente Técnico."; concordante ello con lo establecido en el Artículo 16° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF modificado por el Artículo del Decreto Supremo 080-2014-EF que establece: "Para convocar a un Proceso de Selección, el valor referencial no puede tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses tratándose de etecución y consultorías de obras, ni mayor a los tres (3) meses en el caso de bienes y servicios. Para el caso de ejecución de obras que cuenten con expediente técnico, la antigüedad del valor referencial se computa desde la fecha de determinación del presupuesto 1

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Cusca,

GOBIERNO REGIONAL cusca ¿

~:~-- Gobierno Regional -~~!E~ CUSC'-1

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 7?.t~ -2015-GR CUSCO/GR

O 3 AGO 2015

C;Jm,n:-,nfJ-s iU.'2.to!í,.

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

VISTO: Informe Nº 288 y 396-2015-GR CUSCO/GRI-SGEI de la Sub Gerencia de Estudios de Inversión de la Gerencia Regional de Infraestructura, Informe Nº 023-2015-GR CUSCO/GGR-ORSL TPI/ ALT-EV/SCV-NGL-ENCM-FEL de los Evaluadores y Memorándum Nº 1185-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Informe Técnico MFI CE Nº 052-2015-GR CUSCO/GRPPAT/5 y Memorándum Nº 178-2015-GR CUSCO-GRPPAT/SGPI de la Sub Gerencia de Programación de Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe Nº 577-2015-GR CUSCO/GRI de la Gerencia Regional de Infraestructura y Memorándum Nº 611 -2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusca;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1132-2014-GR CUSCO/PR de fecha 18 de julio del 2014 se aprueba el Expediente Técnico de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distritos de Livitaca, Chamaca, Velil/e, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 -QUELLOMARCA, con un presupuesto total de 5/. 2 '089,442.65, la misma que se ejecutará por la modalidad de ejecución Presupuestaría Indirecta: Contrata;

Que, con fecha 18 de diciembre del 2014, el Gobierno Regional Cusca convocó el Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 415-2014-GR cusca derivada de la Licitación Pública Nº 05-2014-GR CUSCO (1), para la "Contratación de la Ejecución de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I .E.I. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, con el valor referencial de 5/. 1'812,030.09;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 280-2015-GR CUSCO/GR de 26 de mayo del 2015, se resuelve Declarar de oficio la nulidad del Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 415-2014-GR cusca derivada de la Licitación Pública Nº 05-2014-GR cusca (1), para la Contratación de la Ejecución de la Obra: "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, retrotrayendo el proceso hasta la etapa de los Actos Preparatorios;

Que, el Artículo 27° del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, Artículo modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 29873, establece "El órgano encargado de las contrataciones en cada Entidad determina el Valor Referencial de contratación con el fin de establecer el tipo de proceso de selección correspondiente y gestionar la asignación de los recursos presupuesta/es necesarios . . .. . Cuando se trate de proyectos de inversión, el valor referencial se establece de acuerdo al monto de inversión consignado en el estudio de preinversión que sustenta la declaración de viabilidad. Tratándose de obras, el Valor Referencial no puede tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses contados desde la fecha de determinación del presupuesto consignado en el Expediente Técnico. "; concordante ello con lo establecido en el Artículo 16° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF modificado por el Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 080-2014-EF que establece: "Para convocar a un Proceso de Selección, el valor referencial no puede tener una antigüedad mayor a los seis (6) meses tratándose de etecución y consultorías de obras, ni mayor a los tres (3) meses en el caso de bienes y servicios. Para el caso de ejecución de obras que cuenten con expediente técnico, la antigüedad del valor referencial se computa desde la fecha de determinación del presupuesto

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de obra que forma parte del expediente técnico. (. .. )"; por lo que considerando la fecha de aprobación del Expediente Técnico en el presente caso, el valor referencial del proyecto tiene una antigüedad mayor a los seis meses, por lo que en atención a las normas precedentemente señaladas, se hace necesario aprobar su actualización;

Que, conforme al numeral 27.2 del Artículo 27º de la Directiva Nº 001-2011-EF-68.01 Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directora/ Nº 003-2011 EF-68.01, las variaciones que no se enmarquen en los dispuesto en el numeral 27.1 conllevan a la verificación de viabilidad del PIP que consisten e en que el órgano que declaró la viabilidad o el que resulte competente, realice una nueva evaluación del PIP considerando las modificaciones que tendrá el PIP como requisito previo a la ejecución de dichas modificaciones;

Que, mediante Informe Nº 288-2015-GR CUSCO/GRI-SGEI de 27 de mayo del 2015, la Sub Gerencia de Estudios de Inversión de la Gerencia Regional de Infraestructura informa se ha procedido a la actualización del presupuesto del Expediente Técnico del Proyecto, debido a la antigüedad del presupuesto del Expediente Técnico y lo solicitado por la Oficina de Coordinación de Obras por Contrata y Encargo - OCOCE sobre actualización del valor referencial;

Que, mediante Memorándum Nº 1185-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI de 09 de junio del 2015, la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión remite la opinión CONFORMIDAD TÉCNICA a la actualización del presupuesto del Expediente Técnico "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I .. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, contenido en el Informe Nº 023-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/ALT-EV/SCV-NGL-ENCM-FEL de 08 de junio del 2015, por el que los Evaluadores luego de verificar la actualización de presupuesto del Expediente Técnico, dan cuenta que el presupuesto fue actualizado y corresponde al Expediente Técnico que ya tiene la respectiva Conformidad Técnica emitida con Informe Nº 238-2014-GR CUSCO/GGR­ORSLTPI/ ALT-EV de 25 de junio del 2014, con Código SNIP 213485, monto de perfil de 5/. 37'884,006.00 y fecha de aprobación de estudio de viabilidad el 09/08/2012, estableciendo la correspondiente estructura de Pie de Presupuesto;

Que, mediante Memorándum Nº 178-2015-GR CUSCO-GRPPAT/SGPI de 10 de julio del 2015, la Sub Gerencia de Programación de Inversiones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informa que el registro solicitado sobre modificaciones en la fase de inversión del PIP 213485 "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las l. E.I.. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Co/quemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca '~ ha sido atendido y registrado satisfactoriamente en el Banco de Proyectos del MEF mediante Informe Técnico MFI CE Nº 052-2015-GR CUSCO/GRPPAT/SGPI y el Formato SNIP F-16 Registro de Variaciones en la Fase de Inversión;

Que, con Informe Nº 577-2015-GR CUSCO/GRI de 17 de julio del 2015, la Gerencia Regional de Infraestructura remite el expediente de Aprobación de Presupuesto Modificado por Actualización de Precios del Expediente Técnico "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, alcanzado por la Sub Gerencia de Estudios de Inversión con Informe Nº 396-2015-GR CUSCO/GRI-SGEI de 16 de julio del 2015, que además afirma que el expediente técnico se encuentra conforme a las normas que regulan la ejecución de obras públicas por contrata, la normatividad de Contrataciones Públicas y la Directiva Nº 009-2003-GR CUSCO/PR Normas para la Formulación y Aprobación de Estudios de Inversión a nivel Expediente Técnico Detallado;

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Cusca;

En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, inciso d) del Artículo 21º e inciso a) del Artículo 41º de la Ley Nº 27867

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Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, el Artículo Único de la Ley N° 30305 "Ley de Reforma de /os Artículos 191 °, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes";

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Presupuesto Modificado por Actualización de Precios del Expediente Técnico de la Obra "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo II de las I.E.I .. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusco" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, con cargo a la Función 22 Educación, Programa Funcional 047 Educación Básica, Sub Programa Funcional 0103 Educación Inicial, Programa 000 Sin Programa, Proyecto 2.229653 "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Educativos de Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I. Creadas los años 2011-2012 de /os Distritos de Livitaca, Chamaca, Veli/le Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" - I. E.I. 56339 Quellomarca, con un Presupuesto Total de 5/. 2'116,456.20 (Dos Millones Ciento Dieciséis Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 20/100 Nuevos Soles), por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, que se ejecutará por la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta: Contrata.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER, que el proyecto "Instalación, Mejoramiento y Ampliación de Serv. Educativos del Nivel Inicial Escolarizado Ciclo JI de las I.E.I.. Creadas los Años 2011 - 2012 de los Distrito de Livitaca, Chamaca, Velille, Ccapacmarca y Colquemarca de la Provincia de Chumbivilcas - Cusca" I.E.I. 56339 - QUELLOMARCA, tiene un Presupuesto Total de con un Presupuesto Total de 5/. 2'116,456.20 (Dos Millones Ciento Dieciséis Cuatrocientos Cincuenta y Seis con 20/100 Nuevos Soles), por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, bajo la modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta: Contrato, contando con el siguiente pie de presupuesto:

DESCRIPCIÓN

COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES FIJOS GASTOS GENERALES VARIABLES UTILIDAD (10%) SUB TOTAL I.G. V. (18%) VALOR REFERENCIAL GASTOS DE SUPERVISION EXPEDIENTE TÉCNICO GASTOS ADMINISTRATIVOS (ORSL TPI) GASTOS DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO (OCOCE) GASTOS DE EVALUACIÓN GASTOS DE LIQUIDACIÓN Y TRANSFERENCIA PRESUPUESTO TOTAL

5/. 5/. 5/. 5/ . 5/. 5/. S/. 5/. 5/. 5/. 5/. 5/. 5/. 5/.

MONTO INVERSIÓN

1 '177,561.43 10,838.58

240,229.82 117,756.14

1 '546,385.97 278,349.47

1 '824, 735.44 107,618.68

68,930.62 28,417.69 26,403.69 30,342.20 30,007.88

2'116,456.20

ARTÍCULO TERCERO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional a los órganos técnicos administrativos de la Sede del Gobierno Regional Cusca.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

ING. EDWIN LICONA LICONA GOBERNADOR REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

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