RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la...

17
“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES” 1 Res. 187/15 Buenos Aires, 07 de abril de 2015 Carrera Nº 20.960/13 VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Especialización en Salud Colectiva con orientación en Administración y Gestión en Servicios de Salud, con orientación en Auditoria Médica y con orientación en Salud Social y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Rosario, Facultad de Ciencias Médicas, que se dicta en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el informe del Comité de Pares, la respuesta a la vista de la institución y lo dispuesto por la Ley 24.521, las Resoluciones del Ministerio de Educación Nº 51/10 y Nº 160/11, la Ordenanza N° 045 CONEAU,, la Resolución N° 1143 - CONEAU - 12, y CONSIDERANDO: Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución. Por ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- NO HACER LUGAR a la solicitud de acreditación de la carrera de Especialización en Salud Colectiva con orientación en Administración y Gestión en Servicios de Salud, con orientación en Auditoria Médica y con orientación en Salud Social y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Rosario, Facultad de Ciencias Médicas, que se dicta en la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe. RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO: No hacer lugar a la solicitud de acreditación de carrera de Especialización en Salud Colectiva, con orientación en Administración y Gestión en Servicios de Salud, con orientación en Auditoria Médica y con orientación en Salud Social y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Rosario, Facultad de Ciencias Médicas, que se dicta en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Transcript of RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la...

Page 1: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

1

Res. 187/15

Buenos Aires, 07 de abril de 2015

Carrera Nº 20.960/13

VISTO: la solicitud de acreditación de la carrera de Especialización en Salud Colectiva

con orientación en Administración y Gestión en Servicios de Salud, con orientación en

Auditoria Médica y con orientación en Salud Social y Comunitaria, de la Universidad

Nacional de Rosario, Facultad de Ciencias Médicas, que se dicta en la ciudad de Rosario,

Provincia de Santa Fe, el informe del Comité de Pares, la respuesta a la vista de la institución

y lo dispuesto por la Ley 24.521, las Resoluciones del Ministerio de Educación Nº 51/10 y Nº

160/11, la Ordenanza N° 045 – CONEAU,, la Resolución N° 1143 - CONEAU - 12, y

CONSIDERANDO:

Los fundamentos que figuran en el Anexo de la presente resolución.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN

Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- NO HACER LUGAR a la solicitud de acreditación de la carrera de

Especialización en Salud Colectiva con orientación en Administración y Gestión en Servicios

de Salud, con orientación en Auditoria Médica y con orientación en Salud Social y

Comunitaria, de la Universidad Nacional de Rosario, Facultad de Ciencias Médicas, que se

dicta en la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe.

RESOLUCIÓN N°: 187/15

ASUNTO: No hacer lugar a la solicitud de

acreditación de carrera de Especialización en

Salud Colectiva, con orientación en

Administración y Gestión en Servicios de

Salud, con orientación en Auditoria Médica y

con orientación en Salud Social y

Comunitaria, de la Universidad Nacional de

Rosario, Facultad de Ciencias Médicas, que se

dicta en la ciudad de Rosario, Provincia de

Santa Fe.

Page 2: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

2

Res. 187/15

ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, archívese.

RESOLUCIÓN Nº 187 - CONEAU - 15

Page 3: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

3

Res. 187/15

EVALUACIÓN ANTERIOR DE LA CARRERA

Esta carrera fue evaluada anteriormente, y cada mención fue acreditada en forma

separada. Las tres orientaciones fueron acreditadas con categoría C. La Especialización en

Salud Colectiva con orientación en Administración y Gestión de Servicios de Salud fue

acreditada mediante Resolución CONEAU Nº 428/09, la Especialización en Salud Colectiva

con orientación en Auditoría Médica mediante Resolución CONEAU Nº 429/09 y la

Especialización en Salud Colectiva con orientación en Salud Social y Comunitaria fue

acreditada por Resolución CONEAU Nº 126/08. Las recomendaciones y observaciones

efectuadas en esa oportunidad fueron:

CRITERIOS RECOMENDACIONES / OBSERVACIONES

Normativa Se gestionen el reconocimiento oficial y la validez nacional

del título de la carrera que aquí se acredita.

Plan de estudios Se garantice un nivel de conocimientos adecuado de los

ingresantes a la carrera.

Formación Práctica

Se suscriban convenios específicos con la Prov. de Entre

Ríos y la ciudad de San Nicolás (Prov. de Bs. As) a fin de

garantizar las prácticas.

Se mejore la comunicación entre los tutores y los

coordinadores.

Antecedentes y producción del cuerpo

académico

Se refuerce el plantel docente de Pasantía I con profesores

de mayor experiencia.

Seguimiento de alumnos

Se implementen mecanismos destinados a que los alumnos

culminen sus estudios.

Se determine con claridad la cantidad de alumnos de cada

orientación.

Acceso a bibliotecas

Se amplíen las conexiones a bibliotecas virtuales y se mejore

el equipamiento informático disponible para los alumnos de

la carrera.

Las observaciones y recomendaciones correspondientes a los criterios, formación

práctica, antecedentes y producción del cuerpo académico y acceso a bibliotecas se efectuaron

exclusivamente para la mención en Salud Social y Comunitaria.

De acuerdo con la información presentada por la carrera, se han realizado una serie de

modificaciones que a continuación se consignan:

CRITERIOS MODIFICACIONES

Normativa

Se presenta un convenio entre la Universidad y el Ministerio de Salud de la

Nación con el objetivo de establecer las condiciones de cooperación entre las

partes para el desarrollo del curso de posgrado y la financiación de las becas de

formación en Salud Social y Comunitaria.

Page 4: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

4

Res. 187/15

Seguimiento de alumnos

y graduados

Se establecen mecanismos de seguimiento de alumnos y se prevén modalidades

de seguimiento de graduados.

Page 5: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

5

Res. 187/15

I. INSERCIÓN, MARCO INSTITUCIONAL Y ESTRUCTURA DE GESTIÓN

Inserción institucional y marco normativo

La carrera de Especialización en Salud Colectiva con orientación en Administración y

Gestión en Servicios de Salud, con orientación en Auditoria Médica y con orientación en

Salud Social y Comunitaria, de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), Facultad de

Ciencias Médicas, se inició en el año 2004, en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe,

posee una modalidad de dictado presencial y de carácter continuo.

Se presenta la siguiente normativa: Resolución del Consejo Superior (C.S.) Nº 518/02

de Creación de la carrera; Resolución C.S. Nº 297/05 que aprueba el plan de estudios y el

reglamento de la carrera, Resolución del Consejo Directivo (C.D.) Nº 351/11 que designa al

Director y Vice director. Además, se presenta un convenio entre la Universidad y el

Ministerio de Salud de la Nación que tiene como objetivo el establecimiento de las

condiciones de cooperación entre las partes para el desarrollo del curso de posgrado y la

financiación de las becas de formación en Salud Social y Comunitaria.

En el informe original se advirtió que la denominación de la carrera no se corresponde

con las habilitadas para matricularse en el Ministerio de Salud de la Nación y la institución no

presenta la respuesta correspondiente del Ministerio de Educación (DNGU) a la consulta

sobre la pertinencia de la solicitud y el título a otorgar, de acuerdo con lo establecido en la

Resolución Ministerial Nº 160/11.

En ocasión de la respuesta la institución informa que en cuanto a la denominación de la

Carrera entiende que las competencias son aplicables a las especialidades multiprofesionales

definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce

como especialidades a “Salud Pública”, “Auditoría en Servicios de Salud”, y “Gestión de

Servicios de Salud”. Asimismo la Escuela de Graduados eleva una nota al Ministerio de

Salud de la Nación para efectuar la consulta sobre su pertinencia. También se presenta un

documento que indica que esta Carrera ha sido aceptada por el Colegio de Médicos de la 2da

circunscripción de la Provincia de Santa Fe.

En respuesta a la consulta efectuada por la Universidad al Ministerio de Educación

sobre la pertinencia del título que otorga esta carrera, la Dirección Nacional de Gestión

Page 6: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

6

Res. 187/15

Universitaria informa mediante nota que los títulos de la Universidad Nacional de Rosario de

Especialista en Salud Colectiva con orientación en Administración y Gestión en Servicios de

Salud y Especialista en Salud Colectiva con orientación en Auditoría Médica, se encuentran

ambos incluidos en la nómina de Sitios de Formación en Especialidades Multiprofesionales

reconocidas por R.M Nº 1337/11, sus egresados pueden certificarse en el Ministerio de Salud

como Especialista en Gestión de Servicios de Salud y Especialista en Auditoría de Servicios

de Salud, respectivamente. Sobre el título de Especialista en Salud Colectiva con orientación

en Salud Social y Comunitaria, la Comisión Asesora del Ejercicio de las Profesiones de Grado

Universitario en Salud se encuentra evaluando la posibilidad de incorporar una especialidad

multiprofesional en Salud Comunitaria. Por lo tanto, hasta tanto no sea reconocida, deberá

informarse a los alumnos que elijan esta orientación sobre esta situación.

La normativa contempla los principales aspectos para el funcionamiento de la carrera.

No se presentan los convenios específicos con las instituciones socio-sanitarias para el

desarrollo de la formación práctica de los alumnos.

Estructura de gestión y trayectoria de sus integrantes

La estructura de gobierno está conformada por un Director, un Vice Director y una

Comisión de Posgrado -integrada por 5 miembros-, todos ellos designados por el Consejo

Directivo de la Facultad de Ciencias Médicas, a propuesta de la Escuela de Graduados.

A continuación, se enumera la información presentada sobre la Directora y el Vice

director de la carrera:

Directora

Información referida a los títulos obtenidos

Estadística, Estadística especializada en Biología y

Especialista en Epidemiología, títulos otorgados por

la UNR; Especialista en Metodología de la

Investigación (Universidad Nacional de Entre Ríos.)

Información referida a los cargos que desempeña en

la actualidad

Profesora titular de la cátedra de Medicina Preventiva

y Social de la UNR.

Informa antecedentes en la docencia universitaria Sí.

Informa antecedentes en la gestión académica Sí.

Informa antecedentes en ámbitos no académicos Sí.

Page 7: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

7

Res. 187/15

Informa desempeño en centros de salud No.

Informa adscripción a organismos de promoción

científico-tecnológica.

Sí, a la categoría 2 del Programa Nacional de

Incentivos.

Informa participación en proyectos de investigación Sí.

Informa antecedentes en la dirección de trabajos

finales Sí.

Informa producción en los últimos 5 años

Sí. Ha efectuado 3 publicaciones en revistas con

arbitraje, 3 en medios sin arbitraje, 7 capítulos de

libro, 3 libros; ha presentado 4 trabajos en reuniones

científicas y ha participado de reuniones científicas

como panelista.

Informa haber integrado jurados de concursos

docentes y/o de tesis, ha sido convocado a instancias

de evaluación y/o acreditación de carreras, ha

conformado comités editoriales y ha participado en la

evaluación de becarios, investigadores, proyectos o

programas

Sí, ha integrado jurados de concursos docentes, ha

sido convocado a instancias de evaluación y/o

acreditación de carreras, ha conformado comités

editoriales y ha participado en la evaluación de

becarios, investigadores y proyectos o programas.

Vice director

Información referida a los títulos obtenidos Médico (UNR).

Información referida a los cargos que desempeña en

la actualidad

Profesor adjunto de la cátedra de Medicina

Preventiva y Social y Co responsable de la cátedra de

Epidemiología, ambos cargos en la Institución.

Informa antecedentes en la docencia universitaria Sí.

Informa antecedentes en la gestión académica Sí.

Informa antecedentes en ámbitos no académicos Sí.

Informa desempeño en centros de salud No.

Informa adscripción a organismos de promoción

científico-tecnológica.

Sí, a la categoría 3 del Programa Nacional de

Incentivos.

Informa participación en proyectos de investigación Sí.

Informa antecedentes en la dirección de trabajos

finales Sí.

Informa producción en los últimos 5 años

Sí. Ha efectuado 11 publicaciones en revistas sin

arbitraje, 2 capítulos de libro, ha presentado1 trabajo

en un Congreso y participado de reuniones

científicas.

Informa haber integrado jurados de concursos

docentes y/o de tesis, ha sido convocado a instancias

de evaluación y/o acreditación de carreras, ha

conformado comités editoriales y ha participado en la

evaluación de becarios, investigadores, proyectos o

Sí, ha integrado jurados de concursos docentes y ha

sido convocado a instancias de evaluación y/o

acreditación de carreras.

Page 8: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

8

Res. 187/15

programas

La estructura de gobierno es adecuada para el correcto funcionamiento de la carrera. Del

análisis sobre las trayectorias de sus integrantes se advierte que acreditan formación

específica adecuada y pertinente al área de concentración de la carrera así como experiencia

en la gestión académica.

Conclusión

Por lo expuesto, se desprende que la carrera presenta el siguiente aspecto no

subsanado:

- No se presentan los convenios específicos con las instituciones socio-sanitarias

para el desarrollo de la formación práctica de los alumnos.

II. PLAN DE ESTUDIOS

Se consigna la siguiente información respecto del plan de estudios:

Plan de estudios

Aprobación del Plan de Estudios por Resolución del C.S. Nº 297/05

Especialización con orientación en Administración y Gestión de Servicios de la Salud

Tipo de actividad curricular Cantidad Carga horaria

Materias 12 470 horas

Actividades obligatorias de otra índole: Pasantías 2 200 horas

Carga horaria total de la carrera 670 horas

Especialización con orientación en Auditoria Médica

Tipo de actividad curricular Cantidad Carga horaria

Materias 11 450 horas

Actividades obligatorias de otra índole: Pasantías 2 200 horas

Carga horaria total de la carrera 650 horas

Especialización con orientación en Salud Social y Comunitaria

Tipo de actividad curricular Cantidad Carga horaria

Materias 16 610 horas

Actividades obligatorias de otra índole: Pasantías 2 500 horas

Carga horaria total de la carrera 1110 horas

Duración de las tres orientaciones de la carrera en meses reales de dictado (sin incluir el trabajo final): 24

meses (según el formulario electrónico de la Carrera)

Plazo para presentar el trabajo final, a partir de la finalización del cursado: 2 años.

Page 9: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

9

Res. 187/15

Dentro de la carga horaria total de la carrera se incluyen horas no presenciales: No, ninguna de las tres

orientaciones contempla horas no presenciales.

Organización del plan de estudios:

El plan de estudios aprobado por la Resolución del C.S. Nº 297/05 es estructurado para las 3 orientaciones.

Estas comparten un tronco común de materias compuesto por las asignaturas: Salud Pública y Colectiva,

Epidemiología I, Taller de Metodología I, Administración General, Atención Primaria de la Salud, Efectores

de la Red de Servicios, todas las cuales se cursan durante el primer año de la Carrera. En el mismo año todos

los estudiantes deben realizar una pasantía.

En el segundo año de la Carrera, los estudiantes que eligen la orientación en Administración y Gestión de

Servicios de la Salud deben cursar 7 asignaturas y efectuar una pasantía específica de la orientación. Aquellos

estudiantes que optan por la orientación en Auditoría Médica, deben cumplir con el cursado de 6 actividades

curriculares y efectuar una pasantía específica. Finalmente, los alumnos de la orientación en Salud Social y

Comunitaria tienen que cursar 10 materias y llevar a cabo una pasantía vinculada con la temática de la

mención.

La carga horaria total de la mención en Administración y Gestión de Servicios de la Salud asciende a 670

horas, (470 horas destinadas a asignaturas y 200 horas de pasantías). Por su parte, la orientación en Auditoría

Médica tiene una carga horaria total de 650 horas: (450 horas destinadas a materias y 200 horas de pasantías).

Por último, la carga horaria total de la mención en Salud Social y Comunitaria es de 1110 horas (610 horas

destinadas a asignaturas y 500 horas de pasantía).

En todos los casos, los estudiantes deben realizar un trabajo final integrador para graduarse.

Oferta propia de cursos del tramo electivo

informada por la institución (cantidad) No corresponde

Con respecto al plan de estudios, se observa que el diseño curricular de cada una de las

orientaciones se corresponde con el perfil del egresado propuesto, respectivamente. Se

comprueba que los objetivos y contenidos de las asignaturas son pertinentes. Asimismo, la

bibliografía informada en ocasión de la respuesta se considera suficiente y actualizada.

El plan de estudios está organizado en dos partes, un tronco común y los tramos

correspondientes a las distintas orientaciones. Respecto del primero, se evalúa positivamente

la adecuación de las asignaturas propuestas, ya que configuran un marco común a las

orientaciones ulteriores. Respecto del diseño curricular específico de cada orientación se

considera que, individualmente, las tres líneas están compuestas por asignaturas pertinentes y

suficientes.

Actividades de formación práctica

Page 10: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

10

Res. 187/15

Horas prácticas incluidas en la carga horaria

total de la carrera con mención en

Administración y Gestión de Servicios o en

Auditoría Médica

200 horas

Horas prácticas incluidas en la carga horaria

total de la carrera con mención en Salud

Social y Comunitaria

500 horas

Se consignan expresamente en la Resolución del C.S. Nº 297/05 de aprobación del Plan de Estudios: Sí.

En oportunidad de la respuesta la institución informa que las actividades prácticas que

desarrollan los alumnos comprenden, en el primer año común a todas las orientaciones, la

realización de un mapa conceptual, con la imagen que se formó acerca del significado de lo

aprendido en el año. A partir de este marco teórico – integrado - el alumno de posgrado debe

concurrir a espacios (efectores del primer nivel de atención u hospitales) observando en

primer lugar los aspectos del contexto que considere relevantes para el “espacio” elegido para

su pasantía.

Como metodología de evaluación se solicita un relato de situación, que debe contener

información relacionada con hechos, lugar, fecha, nombres si es factible, actores sociales y

situaciones planteadas durante el proceso.

Para dar por aprobada la pasantía, el estudiante debe acreditar con un escrito en donde

presente: un mapa conceptual, un relato de situación que contemple los aspectos

epidemiológicos, una primera mirada de la organización del efector, un diagnóstico

organizacional y una lista de problemas de la organización elegida.

La pasantía II prevista para la Orientación “Administración y Gestión en Servicios de

Salud” consiste en la realización de una lectura social que permite observar el contexto. El

objetivo aquí es profundizar el conocimiento de lo “local”, desarrollado en la pasantía

anterior. En esta instancia se recomienda repensar los entrecruzamientos entre:

descentralización – la gestión central – gestión local – para la construcción de la praxis en

Salud Colectiva. Teniendo en cuenta que las categorías analíticas que puede utilizar o pensar

son la reproducción social, la clase social, la producción económica, la cultura, la etnia y el

género, entre otras y es a partir de estas categorías que las especificidades individuales,

encuentran sus determinaciones explicativas y que el conocimiento epidemiológico en la

gestión debe buscar comprender el interior de las organizaciones con el fin de comprender la

Page 11: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

11

Res. 187/15

lógica en que toma de decisiones del gestor. Asimismo debe analizar los procesos de control

de gestión.

La pasantía II prevista para la orientación “Auditoria Medica” consiste en 8 visitas

obligatorias. El alumno entrega al menos 6 informes que se evalúan cuantitativamente.

Se presenta una guía de trabajo, que de acuerdo a las características del lugar elegido

para la pasantía, el tutor conjuntamente con el coordinador harán las adaptaciones necesarias

para cumplir con los objetivos.

La pasantía II prevista para la orientación de Salud Social y Comunitaria consiste en

actividades en efectores del primer nivel de atención, organizados básicamente sobre tres

distribuciones: la espacial, el tiempo y de los roles y funciones. El Centro de Salud y el

hospital son organizaciones insertas en una comunidad con el objetivo fundamental de

promover y preservar la salud de la población bajo su responsabilidad y brindar atención en

caso de enfermedad. Los alumnos deben realizar un análisis sobre el área programática como

espacio – territorio, teniendo en cuenta las características de la población que asiste al centro

de salud y realizando un informe pormenorizado de sus necesidades, condiciones de vida y

características.

Teniendo en cuenta las aportaciones y aclaraciones informadas en la respuesta, se

advierte que si bien y en base al material adjuntado en esta oportunidad, mejoró la descripción

y justificación de las prácticas de pasantía pautadas (tanto para el primer año común, como

para las del segundo año con su enfoque más específico de cada orientación), no se especifica

cuáles son las instituciones donde se realizan las mismas, como tampoco se presentan los

convenios específicos para su desarrollo.

Asimismo, resulta conveniente intensificar la formación práctica a fin de que el

egresado adquiera las habilidades y destrezas previstas por los objetivos de la carrera.

No se presentan registros de actividades prácticas que permitan constatar el

cumplimiento de las actividades asistenciales y del cumplimiento de la carga horaria práctica

prevista para este tipo de actividades.

Requisitos de admisión

Para el ingreso a la Especialización con orientación en Administración y Gestión de

Servicios de Salud se requiere poseer título de Médico, Bioquímico, Psicólogo, Farmacéutico,

Page 12: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

12

Res. 187/15

Odontólogo, Licenciado en Enfermería o en Fonoaudiología. También pueden inscribirse

aquellos aspirantes con título de Contador, Licenciado en Economía o en Estadística, siempre

que demuestren un recorrido previo en el área.

En cuanto a la Especialización con orientación en Auditoría Médica se admiten

aspirantes con título de Médico, Bioquímico, Psicólogo, Odontólogo, Farmacéutico o

Licenciado en Enfermería o en Fonoaudiología, que acrediten no menos de 2 años de práctica

intensiva en su disciplina.

Finalmente, los postulantes a la carrera de Especialización con orientación en Salud

Social y Comunitaria deben poseer título de Médico, Bioquímico, Psicólogo, Licenciado en

Enfermería o en Fonoaudiología, que acrediten al menos 2 años de práctica intensiva en su

disciplina.

En todos los casos, los antecedentes de los aspirantes son analizados por la Comisión de

Posgrado, que decide sobre la admisión.

Los requisitos y mecanismos de admisión son adecuados si se tiene en cuenta cada

orientación independientemente. Sin embargo, se considera que una carrera única no debería

establecer diferentes opciones de requisitos de admisión para cada orientación.

Conclusión

Por lo expuesto, se desprende que la carrera presenta los siguientes aspectos no

subsanados:

1. No se especifica cuáles son las instituciones donde se realizan las actividades de

formación práctica como tampoco se presentan los convenios específicos para su

desarrollo.

2. No se presentan registros de actividades prácticas que permitan constatar el

cumplimiento de las actividades asistenciales y del cumplimiento de la carga horaria

práctica prevista para este tipo de actividades.

III. CUERPO ACADÉMICO

El cuerpo académico se compone de 24 docentes:

Docentes Título de

Doctor

Título de

Magister

Título de

Especialista

Título de

Grado

Otros

Page 13: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

13

Res. 187/15

Estables: 23 6 3 8 6

Invitados: 1 1

Mayor dedicación en la institución 15

Residentes en la zona de dictado la

carrera

17

De acuerdo con los antecedentes informados, el plantel docente presenta las siguientes

características:

Áreas disciplinares en las que se han formado los docentes

Medicina Preventiva y

Social (3)

Administración (3)

Derecho (4)

Economía

Inmunología Clínica

Epidemiología (4)

Salud Pública (2)

Psicología

Gestión

Sociología

Ciencia Política (2)

Psiquiatría Infanto Juvenil

Cantidad de docentes con antecedentes en la dirección de tesis o trabajos finales 10

Cantidad de docentes con producción en los últimos 5 años 18

Cantidad de docentes con participación en proyectos de investigación 13

Cantidad de docentes adscriptos a organismos de promoción científico-

tecnológica

9

Cantidad de docentes con trayectoria profesional ajena al ámbito académico 18

La proporción de docentes estables e invitados se ajusta a la Resolución Ministerial de

estándares. Se observa que 18 de los 24 docentes tienen un nivel de titulación igual o mayor al

que otorga la Carrera.

Las trayectorias de los integrantes del plantel muestran que una amplia proporción de

ellos son docentes estables de la Universidad Nacional de Rosario, lo cual se valora

positivamente. La formación y titulación de los miembros del cuerpo académico en general

garantiza su adecuación a las funciones a cargo. Se considera que aquellos docentes que no

poseen título de posgrado poseen mérito equivalente. Aunque es deseable que se incremente

la proporción de docentes con título de posgrado.

Supervisión del desempeño docente

Page 14: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

14

Res. 187/15

Existen mecanismos de seguimiento del desempeño docente.

En el formulario electrónico de la Carrera se informa que se realizan reuniones

periódicas en las que se analizan las dificultades que se presentan en relación con el proceso

de enseñanza aprendizaje. Además, los Directores de la carrera pueden asistir a las clases y

registrar la opinión de docentes o alumnos acerca de las dificultades que surgen durante el

cursado. En base a estas opiniones se elaboran las estrategias para corregir los inconvenientes

identificados.

En este sentido, se sugiere complementar lo señalado con la implementación de

dispositivos formales, sistemáticos y regulares –cuatrimestrales, anuales-, que refuercen la

autoevaluación así como la valoración por parte de los alumnos de la carrera.

Conclusión

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

IV. ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN VINCULADAS A LA CARRERA

V. EVALUACIÓN FINAL / REQUISITOS PARA LA GRADUACIÓN

Características

La modalidad de evaluación final consiste en un trabajo final de carácter individual, que

debe estar vinculado con una problemática del campo de estudio elegido por el alumno. Tiene

como objetivo la aplicación y reflexión de los conocimientos adquiridos durante la carrera e

implica el planteo de un problema y un desarrollo pertinente desde la metodología científica.

Se presentaron las copias de 3 de trabajos finales completos, pero las respectivas fichas

no integran el formulario electrónico.

Total de actividades de investigación informadas 6

Cantidad de actividades vigentes a la fecha de presentación (y hasta el año anterior) 6

Participación de docentes de la carrera Sí

Participación de alumnos de la carrera Sí

Page 15: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

15

Res. 187/15

Respecto de la modalidad de evaluación final, se considera que debieran precisarse

mejor los atributos necesarios para que el trabajo final integrador sea aceptado para acceder a

la instancia de su defensa pública. El hecho de aceptarse como válidos, trabajos de

investigación, monografías, tesinas o proyectos, plantea dudas respecto de los criterios a partir

de los cuales se acepta la validez de los mismos. Mientras en alguno de ellos, la discusión

teórica presentada sobre el tema en cuestión es bastante sólida y bien fundamentada, en otros,

no se satisfacen criterios mínimos de aceptación en este sentido. Un aspecto en especial, que

en ninguno de ellos se ha desarrollado y debiera considerarse, es la revisión de la literatura

sobre el tema en cuestión, dado que si bien se apuesta a la presentación de un marco teórico

conceptual de referencia, no se profundiza en la búsqueda de trabajos de investigación con

base empírica –abundantes en el campo de la Salud Colectiva en América Latina- con los

cuales establecer un diálogo potencialmente fecundo.

No obstante estas observaciones, los trabajos se adecuan a lo esperado para una carrera

de especialización; son integradores, focalizados en la práctica y realizados sobre realidades

del sistema de salud local.

Directores de evaluaciones finales

Los docentes que informan antecedentes en la dirección de trabajos finales son 10, esta

cantidad es suficiente.

Jurado

El jurado evaluador debe estar compuesto por 3 profesores o investigadores con

antecedentes suficientes, todos designados por la Comisión de Posgrado.

Seguimiento de alumnos y de egresados

Los ingresantes a la carrera, desde el año 2004 hasta el año 2012, han sido 513, de los

cuales los correspondientes a las cohortes que han cumplido con el plazo necesario para la

graduación suman un total de 403. Los graduados, desde el año 2004, han sido 115. La

duración total de la carrera desde el ingreso hasta la defensa del trabajo final es de: 4 años.

Se establecieron mecanismos institucionales de seguimiento de alumnos y están

previstas modalidades de seguimiento de egresados. Con esto se atiende una observación

realizada en la evaluación anterior de la Carrera.

Page 16: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

16

Res. 187/15

El número de alumnos becados en el año 2011 era de 13. Los alumnos de la Carrera de

que son docentes de la UNR son eximidos del pago del arancel. A su vez, los alumnos que

efectúan la orientación Salud Social y Comunitaria a partir del convenio con el Ministerio de

Salud de la Nación, no deben abonar el posgrado.

Con respecto a la evolución de las cohortes se puede afirmar que la tasa de deserción es

baja.

Por lo expuesto, la carrera se adecua a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº

160/11 en lo que hace a los aspectos incluidos en este núcleo de análisis.

VI. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Los alumnos disponen de las aulas y la sala multimedia de la Facultad.

La infraestructura y el equipamiento informados resultan adecuados para las actividades

previstas en la Facultad. No se adjuntan fichas de ámbitos de salud.

Los alumnos pueden acceder a la biblioteca del Círculo Médico de Rosario. Además la

Catedra de Medicina Preventiva y Social cuenta con una biblioteca cuyo fondo bibliográfico

consta de 156 volúmenes vinculados con la temática del posgrado y 18 suscripciones a

revistas especializadas. Además, se dispone de acceso a bases de datos o bibliotecas virtuales.

El acervo bibliográfico disponible según lo consignado en el formulario es adecuado.

Por lo expuesto, la carrera presenta el siguiente aspecto no subsanado:

- No es posible determinar la suficiencia de los ámbitos de práctica externos a la

Universidad.

CONCLUSIONES

Por todo lo expuesto precedentemente, se concluye que la carrera presenta los

siguientes aspectos no subsanados:

1. No se especifica cuáles son las instituciones donde se realizan las actividades de

formación práctica y por lo tanto se desconoce su infraestructura y equipamiento.

Page 17: RESOLUCIÓN N°: 187/15 ASUNTO - coneau.gov.ar · definidas por el Ministerio de Salud de la Nación en su resolución 1337/11 en la que reconoce como especialidades a “Salud Pública”,

“2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES”

17

Res. 187/15

2. No se presentan registros de actividades prácticas que permitan constatar el

cumplimiento de las actividades asistenciales y de la carga horaria práctica prevista

para este tipo de actividades.

3. No se presentan los convenios específicos con las instituciones socio-sanitarias

para el desarrollo de la formación práctica de los alumnos.

Asimismo, resulta conveniente intensificar la formación práctica a fin de que el

egresado adquiera las habilidades y destrezas previstas por los objetivos de la carrera.