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_.. ... REPUBLICA Dm NICARAGUA LAG.A CE T D_IARIO OFICIAL Dll'iectolr: PROFESOR mm.to NARV.Al!2 OARCIA. :A.dm1D18trador: a.IBTORD a HOOKER y REYES Tel6fono 3771 LXVIII Managua, D. N., Miércoles 28 de Octubre de 1964 No. 246 SUMARIO PODER LEGISLATIVO CONORESO NACIONAL f.DUCACION PUBLICA Der6gan1e Decreto• 1obre Certificado• de Maeatro1 • • , , , , • , , Pá¡. 3463 Enfermera Graduada • • • • • • 3463 Pen1lonu Vllallcl11 para Varlu Per1on11 Pág. 3457 Doctor en Derecho • , • • • • Profe1or1 de Educación Media , PODER EJECUTIVO 3163 3463 00Bl!RNACION Y ANEXOS Carla de Nacionallzeclón • ,· • . • HACll!NDA Y CRl!DITO PUBLICO Resguardo• Provl1lonalea • • • • • fmi1i6n de Chrqnea Aduanero• para Re· clamo• y , • • • • • franqulclu y ExEnclón a •Vicente Aran· da e Hijo• y Cia. Ltd1.• • • • • • fxrnclón de Impuesto a lntere1e1 Sobre a Banco• Extranjero• • • PODER LEGISLATIVO Cangreao Nacional 3459 e 3459 e 3460 3461 e 3462 MINISTERIO DI! f.CONOMIA Sección de Patentea de Nlcara¡na Vent11 de Patente. , , • • , • • , 3463 Marcaa de fábrica. • • , , • • . 3464 · SECCION IUDICIAL Remates ••.• , , , Titulo• Supletorio• • , • Terreno• Munlclpale. , • Sentencia de Divorcio • • Cltaclonea de Proce11do1 • , Declaratorlu de Heredero• , • 1 3465 e 3465 3468 e 3468 e 3469 e 3472 lla, Diputado Presldente.-Orlando Monte- negro M., Diputado Secretarlo.-César F. Acevedo Q., Diputado Secretarlo. Al Poder Ejecutivo.-Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.- Pensiones Vitalicias para Varias Vlctor Manuel Talavera, S. P.-Humberto Personas Castrlllo M., S. S.- Enrique Belll, S. S. El Presidente de la República, Por Tanto: Ejecúlese. - Casa Presiden- . clal,-Managua, D. N.,- dieciséis de Octubre a sus habitantes, . de mil novecientos sesenta y cuatro.-RENE Sabed. SCHICK, Preside11te de la República.-Lo· Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: renzo Ouerrtro, Ministro de la Gobernación. Decreto No. 1.001 La Cámara de Diputados y la Cámara del El Presidente de la Reptibllca, Senado de la República de Nicaragua, a sus habitantes, Sabed: Decretan: . Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: Arto. Pensión Mensual VI· Decreto No. 1.000 talicia de Córdobas (fS 200.oo) a La Cámara de Diputados y la Cámara del favor del Dr. AleJandro Solórzano Busta Senado de la República de Nicaragua mante, de la de en recono· Decrelan: ' cimiento a sus valiosos serv1c1os prestados a Arto. 1.-Conceder Pensión Mensual Vi· la Patria. ta licia de Ciento Cincuenta Córdobas .... ; . Arto. 2.-Esta erogación se imputará a la ((J 150.oo) a favor de la seftora Angela Ra· _ partida correspondiente del Ge· mfrez de Gutiérrez, de la ciudad de Masatepe, neral de Gastos Vigente y su.rt1rá sus efectos en reconocimiento a los importantes servi· a partir del dla de su publicación en •La clos prestados a la patria por su difunto pa· Gaceta,, Diaridt>ficial. dre don Llsandro Ramlrez, Dado en el Salón de Sesiones de la Cá· Arto. 2.-Esta erogación se Imputará a la mara de Diputado1.-Managua, D.N., 2 de parllda respectiva del Presupuesto Oeneral Septiembre de 1964.-Ramiro Granera Padi· de Gastos vigente y surtirá sus efectos a par· '' _f,t . ----··. >.-: ,. . . ·:-_. . . . . l r .. ""· . ' . ... ' f., . .j '' . '

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_.. ... REPUBLICA Dm NICARAGUA

LAG.A CE T D_IARIO OFICIAL

Dll'iectolr: PROFESOR mm.to NARV.Al!2 OARCIA.

:A.dm1D18trador: a.IBTORD a HOOKER y REYES

Tel6fono 3771

A~O LXVIII Managua, D. N., Miércoles 28 de Octubre de 1964 No. 246

SUMARIO

PODER LEGISLATIVO

CONORESO NACIONAL

f.DUCACION PUBLICA

Der6gan1e Decreto• 1obre Certificado• de Maeatro1 • • , , , , • , , Pá¡. 3463

Enfermera Graduada • • • • • • • 3463 Pen1lonu Vllallcl11 para Varlu Per1on11 Pág. 3457 Doctor en Derecho • , • • • •

Profe1or1 de Educación Media , PODER EJECUTIVO

• 3163 • 3463

00Bl!RNACION Y ANEXOS

Carla de Nacionallzeclón • ,· • . •

HACll!NDA Y CRl!DITO PUBLICO

Resguardo• Provl1lonalea • • • ~ • • fmi1i6n de Chrqnea Aduanero• para Re·

clamo• y De~oluclonu , • • • • • franqulclu y ExEnclón a •Vicente Aran·

da e Hijo• y Cia. Ltd1.• • • • • • fxrnclón de Impuesto a lntere1e1 Sobre Pr~1tamo1 a Banco• Extranjero• • •

PODER LEGISLATIVO

Cangreao Nacional

• 3459

e 3459

e 3460

• 3461

e 3462

MINISTERIO DI! f.CONOMIA

Sección de Patentea de Nlcara¡na

Vent11 de Patente. , , • • , • • , • 3463 Marcaa de fábrica. • • , , • • . • 3464 ·

SECCION IUDICIAL Remates ••.• , , , Titulo• Supletorio• • , • Terreno• Munlclpale. , • Sentencia de Divorcio • • Cltaclonea de Proce11do1 • , Declaratorlu de Heredero• , •

1 •

• 3465 e 3465 • 3468 e 3468 e 3469 e 3472

lla, Diputado Presldente.-Orlando Monte­negro M., Diputado Secretarlo.-César F. Acevedo Q., Diputado Secretarlo.

Al Poder Ejecutivo.-Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.-

Pensiones Vitalicias para Varias Vlctor Manuel Talavera, S. P.-Humberto Personas Castrlllo M., S. S.- Enrique Belll, S. S.

El Presidente de la República, Por Tanto: Ejecúlese. - Casa Presiden-. clal,-Managua, D. N.,- dieciséis de Octubre

a sus habitantes, . de mil novecientos sesenta y cuatro.-RENE Sabed. SCHICK, Preside11te de la República.-Lo·

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: renzo Ouerrtro, Ministro de la Gobernación. Decreto No. 1.001

La Cámara de Diputados y la Cámara del El Presidente de la Reptibllca, Senado de la República de Nicaragua, a sus habitantes,

Sabed: Decretan: . Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Arto. t.-C~nceder Pensión Mensual VI· Decreto No. 1.000 talicia de Doscient~s Córdobas (fS 200.oo) a La Cámara de Diputados y la Cámara del favor del Dr. AleJandro Solórzano Busta Senado de la República de Nicaragua mante, de la ciud~d de Gra~a~a, en recono· Decrelan: ' cimiento a sus valiosos serv1c1os prestados a Arto. 1.-Conceder Pensión Mensual Vi· la Patria. ta licia de Ciento Cincuenta Córdobas .... ; .

Arto. 2.-Esta erogación se imputará a la ((J 150.oo) a favor de la seftora Angela Ra· _ partida correspondiente del Pr~supuesto Ge· mfrez de Gutiérrez, de la ciudad de Masatepe, neral de Gastos Vigente y su.rt1rá sus efectos en reconocimiento a los importantes servi· a partir del dla de su publicación en •La clos prestados a la patria por su difunto pa· Gaceta,, Diaridt>ficial. dre don Llsandro Ramlrez,

Dado en el Salón de Sesiones de la Cá· Arto. 2.-Esta erogación se Imputará a la mara de Diputado1.-Managua, D.N., 2 de parllda respectiva del Presupuesto Oeneral Septiembre de 1964.-Ramiro Granera Padi· de Gastos vigente y surtirá sus efectos a par·

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3458 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

tir del dia de su publicación en cla Gaceta>, Diario Oficial,

Dado en el Salón de Sesione~ de la Cá· mara de Diputados.-Managua, D. N., 2 de Septiembre de 1964.-Ramiro Granera Pa· dilla, Diputado Presidente.-Orlando Mon· tenegro M., Diputado Secretario.-César f. Acevedo Q., Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.­Vfctor Manuel Talavera T., S. P.-Humber· to Castrillo M., S. S.-Enrique Belli, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., dieciséis de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro. - RENE SCHICK, Presidente de la Repúbllca.-lo· renzo Ouerrero, Ministro de la Gobernación.

El Presidente de la Reptíbllca, a sus habitantes

Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 999 la Cámara de Diputados y la Cámara del

Senado de la República de Nicaragua, Decretan:

Arto. lo.-Conceder Pensión Mensual Vi· talicia de Doscientos Córdobas (<i2 00.oo) a favor de la seftora Julia lópez v. de Gómez Miranda, de la ciudad de Granada, en reco· nacimiento a importantes servicios prestados a la Patria. . Arto. 2o.-Esta erogación se impu!ará a la Partida respectiva del Presupuesto General de Gastos vigente, y surtirá sus efectos a partir del dla de su publicación en cLa Ga· ceta>, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cá· mara de Diputados. Managua, D. N., 2. de Septiembre de 1904.-Ramiro Granera Pa· dilla, Diputado Presidente.-Orlando Mon· tenegro M., Diputado Secretario. -César f. Acevedo Q., Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.­Vfctor Manuel Tala vera T., S. P.-Humberto Castrillo M., S. S.-Enrique Belll, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., dieciséis de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.-RENE SCHICK, Presidente de la República.-lo· renzo Ouerrero, Ministro de la Gobernación.

El Presidente de la República, a sus habitantes

Sabed; . Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 998 la Cámara de Diputados y la Cámara del

Senado de la República de Nicaragua, Decretan:

Arlo. lo.-Conceder Pensión Mensual Vi· talicla de Cien Córdobas ((JlOO.oo) a favor

de la seftora Ester Malrena viuda de Ramf· rez, de esta ciudad, en reconocimiento a im· portantes servicios prestados a la Patria.

Arto. 2o.-Esta erogación se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto Ge· neral de Gastos vigente y surtirá sus efectos a partir del dia de su publicación en cla Ga· ceta•, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de 13 Cá· mara de Diputados. Managua, D.N., 2 de Septiembre de 1964. - Ramiro Granera Pa· dilla, Diputado Presldente.-Orlando Mon· tenegro, Diputado Secretario.-César F. Ace· vedo Q., Diputado Secretarlo.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.­Victor Manuel Talavera, S. P,-Humberto Castrillo M., S. S.- E~rique Belli, S. S. _,

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., dieciséis de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro. - RENE SCHICK, Presidente de la República.-lo· renzo Outrrero, Ministro de la Gobernación.

El Presidente de la República, a sus habitantes

Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 1017 La Cámara de Diputados y la Cámara del

Senado de la República de Nicaragua Decretan:

Arto. lo.-Conceder Pensión Mensual Vi· tallcia de Cien Córdobas ((J 100.oo) a favor del seftor jo~é Maria Espinoza Espinoza, de la ciudad de Jinotepe, en reconocimiento a importantes servicios prestados a la Patria. - .

Arto. 2o.-Esta erogación se imputará a la Partida respectiva del Presupuesto Gene· ral de Gastos vigente y surtirá sus efectos a partir del dra de su publicación en cla Ga· cela>, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cá­mara de Diputados. Managua, D. N., 2 de Septiembre de 1964.-Ramiro Granera Pa· dilla, Diputado Presidente. -Orlando Mon· tenegro M., Diputado Secretario.-César f, Acevedo Q., Oiputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.­Vfctor Manuel Talavera T., S. P.-Humber· to Castrillo M.,-S. S.-Enrique Belll, S. S.

Por tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., dieciséis de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.- RENE SCHICK, Presidente de la República.-lo· renzo Querrero, Mlnlstrq de la Gobernación.

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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 3459

cEI Presidente de la República, a sus habitantes,

Sabed: " Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 1018 La Cámara de Diputados y la Cámara del

Senado de la República de Nicaragua,

Decretan: Arto. 1.-Conceder Pensión Mensual Vi·

tallcia de Cien Córdobas (CJ 100.00) a favor del seftor Evaristo Urcuyo, de la ciudad de León, en reconocimiento a importantes ser· vicios prestados a Ja Patria.

Arto. 2.-Esta erog1tción se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto Ge­neral de Gastos y surtirá sus efectos a partir del dfa de su publicación en cla O aceta•, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cáma· ra de Diputados. ~ Managua, D .. N., 2 de Septiembre de 1964.-Ramiro Granera Padl· lla, Diputado Presidente.-Orlando Monte· negro, Diputado Secretario.-César f. Ace· vedo Q., Diputado Secretario.

Al ·Poder Ejecutivo.-Cámara del Senado. Managua, D.N., 13 de Octubre de 1964.­Vfctor Manuel Talavera T., S. P.-Humber· to Castrillo M., S. S.-Enrique Belli, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presiden· cial. Managua, D. N., dieciséis de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.-RENE SCHICK, Presidente de la República.-Lo· renzo Ouerrero, Ministro de la Goberna-ción.> •

PODER EJECUTIVO

Gobernaci6n y Anexo•

forme la Constitución de Honduras, también son considerados hondurenos los centro· amnicanos que lleguen a su territorio y es· tablezcan en él su domicilio.

Por Tanto: De conformidad con los Artos. 18, Ordi,

nal 4) y 195, Ordinal, 11) de la Constitución· y 4, Ordinal 5) de la Ley Creadora de los Ministerios de Estado.

Se Declara: Unico. -Que la "seftora Maria Mercedes

Siwady de Giocoman, de calidades conoci­das, es ciudadana nicaragüense al tenor del Art. 18, Ordinal 4) de nuestra Constitución, y extiéndasele certificación de la presente para que le sirva de suficiente ate~tado.

Comuníquese.-Casa Presidencial.- Ma· nagua, D. N., 20 de Octubre de 1964.-RE· NE SCHICK.-EI Ministro de la Goberna· ción.-Lorenzo Oue1 re ro.

Hacienda y Cr6dito P~blico

Resguardos Provisionales

Senor, 22 de Agosto de 1964.

Oficial Mayor del Ministerio de Hacienda y C. P.,

Don Oilberto Barrios,

Su Despacho:

Senor Oficial Mayor:

De la manera más atenta le comunico a usted, que el dfa de ayer se recibió en este despacho procedente de la Fiscalla General de Hacienda, los siguientes Resguardos:

1)-Resguardo Provisional No. 125 ·-F., extendido por los senores P. J. Frawley & ------------=======- Cfa. Ltda., hasta por la suma de .......•..

Carta de :Sacionalizaci6n

N9 1710 El Presidente de la República,

Vista la solicitud de la senora Marra Mer· cedes Siwady de Oiacoman, mayor de edad, casada, de oficios domésticos, de este domicilio, y nacida en Vlllanueva, Hondu· ras, relativa a que se le

1 conceda Carla de

Nacionalización de la República de Nicara· gua, por razón de que siendo de otro pafs de la América Central, goza del privilegio de ser considerada nicaragüense al tenor del Arto. 18, Ordinal 4) de la Constitución.

Considerando: Que está justificado el hecho de que la

peticionaria es de origen hondureno, como lo comprueba con los atestados legales rea pectivos, y está asimismo justificado que con·

US$ 500.00, con vencimiento el 9 de Agosto de 1965, el cual cubre la fidelidad del Seftor Clifford C. Hooker Reyes, Administrador del Diario Oficial cla Oaceta>.

2)-Resguardo Provisional No. 127-F., extendido por los senores P. J. Frawley & Cia. Ltda., hasta por la suma de ......... . US$1.000.00, con vencimiento al 15 de Ju· lio de 1965, el cual cubre la fidelidad de la Senara Emperatriz Largaespada Largaespa· da, quien desempefta las funciones Encarga· da del fondo Rotativo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Sin más por el momento, tengo el gusto de suscribirme del Senor Oficial Mayor, con muestras de mi más distinguida considera· clón y aprecio.-Atentamente.-A/ejandro Martfnez Talavera, Secretarlo de la Sección de Probidad.

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3460 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

Emisión de Cheques Aduaneros para Reclamos y Devoluciones

'No. 34

El Presidente de la República, en uso de sus facultades,

Acuerda:

Primero: Aulorfzase al Recaudador General de Aduanas para emitir cheques con cargo a la cuenta cFondos para reclamos y devoluciones. hasta por valor total de Nueve Mil Seiscientos Trece Córdobas y Cincuenta y Nueve Centavos (<i 9.613.59), conforme el siguiente detalle: Reclamo

No. Póllza No. Reclamante: Córdob11:

10925 249481 Managua

10934 6362 Managua

10941 5786 Managua

10951 827 P. S.

10952 7146 Managua

Lyonel E. Aguilar, Tenerra Bataan e/o. Pedro Santamarfa Lola. Managua <i 166. 75 Desmotadora San José e/o. Pedro Sanlamaría Lola. Managua 45. 64 Enrique y Alejandro Chamorro e/o. Alfredo Gó· mez A. Managua 57. 26 Litografla Robelo S. A. e/o. Compaftia de Cabo· taje y Estibadores Nicaragüense, S. A. Managua 74. 05 Desmotadora .de Productores, S. A. e/o. Compa· ftfa de Cabotaje y Estibadores Nicaragüense, S. A. Managua 111 . 30

10955 7497 Cto.

10956 8297 Cto.

J. Alfonso Garcfa H. Tenerla •Los Leones• e/o. Suc. César Delgadillo, S. A. Corinto 385. 35 Enrique Perelra S. A. e/o. Suc. César Delgadillo, S. A. Corinto 923. 88

10959 6817 Managua

10966 22249 Cto. 10987 6589 Managua

Lltograffa Robelo, S. A. c/o. Suc. de César Del· gadillo, S. A. Managua 101. 22 Alfonso Ltanes y Cia. Ltda. Managua 949. 41 M. Ciernen de Stadthagen c/o. Servicio Aduana!

10988 19267 Clo. Nicaragüense. Managua 160. 44 Carlos Granera Agullar c/o. Granera y Padilla. Managua 247. 80

10915 7119 Managua

10293 18647 Managua

10796 1717 S. J. Sur

10826 114 El Bluff

Sociedad Venezolana de Electrificación C. A. c/o. E. Palazlo y Co. Ltda~ Managua 21.00 Ellas Argeftal, Managua, D. N. c/o. Fernando Pena Miranda. Managua 31. 74 César Guerrero y era. Ltda. Managua, e/o. E. Palailo y Co. Ltda. S. J. Sur / 353.92 Esso Standard Oil, S. A. Ltda. Managua e/o. Pedro Joaqurn Bustamante O. El Bluff 3. 332. 30

10832 514 P. Somoza Julio Martinez, Managua, D. N. 825. 85 108~2 1999 S. J. Sur

10865 5857 Managua

Hammer y Steln era. Ltda. Managua e/o. Alfre· do Gómez A., Managua, D.N. 100.59 Caldera Industrial S. A. Managua, c/o. J .. Vassa· 111 y C.o. Managua, O. N. 58.17

10875 19860 Managua

10877 6452 Corinto

Comercial Farmacéutica, S. A. Managua, c/o. Alfredo Gómez A., Managua, D.N. 216.06 Banco Central de Nicaragua, Managua c/o. Suc. César Delgadillo, S. A. Managua, D. N. 54. 66

10889 3618 Managua Embajada del Japón, feria Industrial japonesa, c/o. E. Palazlo y Co. Ltda. Managua, D. N. 281. 44

10895 7621 Corinto 10902 4702 Managua

Esso Standard Oil, S. A. ltda. Managua, D.N. 88. 16 Manuel J. Hlguero y Co. -l.tda., Suc. e/o, Pedro Santamarla Lola, Managua, D. N. 609. 63

10910 250328 Managua 10942 Rep. No. 8 El Esp.

Osear Meller c/o. Cruz Lorena S. A. Managua 38. 76 Alberto Kellermann, Managua, D. N. c/o. Alfre· ..,.,. do Gómez A., Managua, D. N. , 378. 21

TOTAL.,,,,,,,,, {f 9.613,59

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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 3461

Segundo: Los cheques deberán ser. refrendados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Tercero: Autorizase al Tribunal cJe Cuentas para devolver a los interesados las Pólizas y Facturas Consulares correspondientes a estas devoluciones, dejando el Tribunal constancia de los pormenores de los documentos devueltos. .

Comunf quese.--Casa Presidencial.-Managua, D. N., a los trece dfas del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.-(f) RENE SCHICK, Presidente de la Repúbllca.-(f) Ramiro Sacasa Ouerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Franquicias y Exención a "Vicf.nte ,,, Aranda e Hijos y Cia. Ltda"

No. 44

Ei Presidente de la República, En uso de las facullades que le confieren

la Ley de Protección y f stfmulo al De sarro· llo Industrial de 20 de marzo de 1958; el De· creto Legislativo No. 494 del t • de abril de 1960¡ y el Decreto No. 3-L de 12 de abril de 1962.

Vistos: Primero: . La solicitud de la firma e Vicen·

te A randa e Hijos y & Cta. Uda.•, para que de conformidad con las leyes citadas, se clasifique su Planta Industrial que tiene ins· talada en la ciudad de Managua, y que dedi· ca a la producción de Ladrillos Finos, Co· rrientes, de Terrazzos y Tubos de Cemento.

Segundo: La Resolución del Ministerio de Economla de fecha 23 de Septiembre del corriente ano, en la que se clasifica dicha Planta-previo dictamen de la Comisión Consultiva de Desarrollo Industrial-, como Conveniente de Industria Establecida de lns· talación Nueva. Clasificación que fue acep· lada por el senor Vicente Aranda en su cali· dad de Representante Legal de la menciona­da sociedad, en acta suscrita ante el Oficial Mayor del Ministerio de Economfa el dfa 23 de Septiembre del ano en curso.

Considerando: · Que esa Planta da ocupación a obreros y

empleados nicaragüenses¡ que produce ma· feriales de construcción de buena calidad y a precios bajos; que con las nuevas amplia· ciones que realizará, mejorará la calidad de sus productos y evitará gastos en divisas al sustituir las importaciones de arUculos simi· lares.

Por Tanto: De conformidad con las disposiciones le·

gales antes citadas, Decreta:

Arlo. t•.-Otorgar a la firma •Vicente A· randa e Hijos y & Cta. Ltda.•, exclusiva· mente en lo que se refiere a la mencionada Planta descrita en su solicitud, que tiene ins· talada en la ciudad de Managua; Franquicia aduanera y exención del pago de derechos

por visación consular, por una sola vez y por el término de un ano, para la importación · de bienes que se requieran para completar las Instalaciones de su Planta, tales como: motores, maquinarias, equipos, herramien· tas, · implementos, repuestos y accesorios, asf como el instrumental de laboratorio ne­cesario para la manufactura y control de ca· lidad de los productos.

Las franquicias y exenciones a que se re· flere el párrafo anterior, solamente podrán otorgarse cuando los artfculos o productos que se pretenda· importar, sean indispensa· bles para la Planta de que se trata, no se pro· duzcan el el pafs en forma y cantidades que permitan adquirirlos en condiciones satisfac· torias y que los pedidos vengan directamen· te consignados:a1 Industrial favorecido o pa· ra notificarse a éste. El término para su apli· cación comenzará a contarse desde la fecha en que el impuesto, recargo o derecho, se hubiere causado por primera vez si no se hubiere otorgado su exención.

Para el uso de estas franquicias y exen! clones, la firma beneficiarla de este Decreto, deberá presentar al Ministerio de Economf a, lista de los bienes requeridos para comple· lar sus instalaciones en su referida Planta; y este Despacho las examinará; y tomando en cuenta la naturaleza y necesidades de la Planta, asf como de la composición de los productos que elabore, las aprobará, comu· nicando su Resolución que consigne las importaciones autorizadas, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ante quien la firma beneficiarla deberá solicitar en cada caso, las franquicias o exenciones respecli· vas. Las listas asf aprobadas, podrán ser -modificadas pesteriormente por una nueva resolución del Ministerio de Economfa, de conformidad con las necesidades de la Plan· ta. 1 Arto. 2.-La Planta Industrial a que sf' re­fiere este Decreto, queda sujeta a todas las disposiciones que impone el Capitulo IV de la citada Ley.

Arto. 3.-Este Decreto se dicta en el en· tendido de que está en armonia con todas las leyes en que se basa, que son las que ac· tualmente rigen el atatus de la industria que él favorece, aunque haya situaciones no pre· vistas en el texto del mismo.

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3463 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

Arto. 4.-Notiffquese a la firma Interesa· da el presente Decreto de Protección lndus· tria!, por medio del Oficial Mayor del Minis terio de Economfa, para que dentr~ del tér· mino de treinta dias a partir de su notifica· clón, exprese su aceptación en forma legal; y en caso afirmativo publfquue en •La Ga· ceta•, Diario Oficial.

Arto. 5. -Este Decreto comenzar4 a re· glr desde su public¡¡clón en cLa Gacela•, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, D. N., a los cinco dlas del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.-(f) RENE SCHICK, Presidente de· la República.-(f) jorge Armijo Mejfa, Vice Ministro de feo nomla.-(f) Ramiro Sacasa Ouerrero, Minls· tro de Hacienda y Crédito Púb!lco.

Exenci6n de Impuestos a Intereses Sobre Préstamos a Bancos Extranjeros

No. 38 El Presidente de la Repúb!lca,

en uso de sus f acuitad es, Considerandos

Que con fecha 5 de Octubre del corriente ano el Gerente de Comercial lnlernaclonal S. A., Don Dulllo Baltodano informó:

lo.-Que la Sociedad que representa sus· cribirá créditos rotativos renovables que le serán concedidos durante el ciclo contable comprendido entre e1·1 de octubre de 1964 al 30 de septiembre de 1965 con los Bancos Internacionales o fxlranjeros por les canti­dades y al tipo de interés siguientes: Wells f ar11to Bank, San f ranclsco California ..... . US$ 5 624 000 al 5 3/8 de interé~; Grace Na tional Bank of New York, US$3.108000 al 5 7/8 de¡interé~; Deutsch-Sudamerikanische B;1nk US$100.000 al 5 5/8 de inleré"; y Bank of América US$ 205 000 al 5 3/4 de Interés, para ser usados exclusivamente en habilitar a productores de café y algodón, completan· do de este modo la laba.r del Banco Nacio­nal y de otras instituciones Bancarias del pafs, lo cual es fundamental y beneficioso para la Economla del Pals, porque significa una ampliación del crédito agrlcola.

2o.-Que asimismo, esos créditos deven· garán un tipo menor del 7% anual liquida· dos de 80 a 90 dlas, renovables por Igual periodo los de 90 dfas.

3o.-Que los créditos de referencia los ha solicitado al extranjero, debido a que no le fue posible obtenerlos en el pals; y

4o. -Que con apoyo y de conformidad con el Arto. 14, lnc. j) de la Ley de Impues­to sobre la Renta; y Arto. 11, Jnc. d) de la

Ley Complementaria y Reglamentaria del l. R., solicita las instrucciones correspondlen· tes a fin de que el monto de los intereses que resulten de los préstamos relacionados no sean gravados con el Impuesto de Renta.

Considerando: Que la Ley Creadora del Impuesto· sobre

la Renta en su Arto. 14, lnc. j), autoriza al Poder Ejecutivo para que por medio de De· cretos o Acuerdos se ordene no considerar como ingresos constitutivos de renta los in· tereses devengados por préstamos consegui· dos en Bancos Internacionales o Extranjeros que sean destinados para el Fomento y des· arrollo agropecuario del pals, por un térmi· no no mayor de 5 anos, siempre que el tipo de interés no sea superior al 7°/0 anual.

Considerando: Que la solicitud del Gerente de Comer·

cial Internacional S. A., reúne los requisitos que la Ley prescribe y, a'1emás, es conve­niente, para la Economia del pals y el des· arrollo agropecuario, la consecución de eré· dltos que como el presente llenen el fin an· tes mencionado.

Por Tanto: De conformidad con lo expuesto y las dis

posiciones legales citadas,

Acuerda: UNICO: Se declaran exentos del lmpues·

to sobre la Renta los intereses del 5 3/8 y 5 7/8 respectivamente, que Comercial Interna· cional S. A.. deberá pagar a loo; Bancos: Wells f argo Bank, San francisco de Cali· fornia; Grace National Bank of New York; Deutsch-Sudamerikanische Bank y Bank of America por los préstamos antes expresa· dos, cuyo monto deber4 ser usado exclusl· va mente en habilitar a lo3 productores de ca· fé y algodón y para efectuar compras al con· lado en el periodo de tiempo comprendido entre el 1 de octubre del corriente ano y el 30 de septiembre de 1965.

La Dirección General de Ingresos vigilará que dichos préstamos se destint n para fines especificados, exigiendo los comprobantes pertinente~; y Pn caso que no se cumpliere eón lo aqul dispuesto, hará que el deudor pague el valor del Impuesto que dejó de percibir el Estado e informará al Ministro de Hacienda para la cancelación de la prerro­gativa que aquf se otorga.

Comunfquese. Casa Presidencial. Ma· nagua, D. N., a los veinte dlas del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro. (f) RENE SCHICK, Presidente de la Repú· blica.-(f) Ramiro Sacasa Ouerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Page 7: REPUBLICA Dm NICARAGUA D IARIO OFICIALQue está justificado el hecho de que la peticionaria es de origen hondureno, como lo comprueba con los atestados legales rea pectivos, y está

... ;

LA GACETA-DIARIO OFICIAL 3463

Educación Pública

Deróganse Decretos sobre Certificados de Maestr4's

CNº· 3 El Presidente de la República,

Considerando: Que por Decretos No. 1 de 15 de Agosto

de 1962, No. 2 de J 2 de Septiembre de 1962, No. 3 de 27 de Septiembre de 1962, se crea· ron Cursos de formación de nuevos maes· tros y de Profesionallzaclón del Magisterio en servicio;

Considerando: • Que el Gobierno se ha empenado en me·

jorar y ampliar los programas de formadón y Profesionalización del Magisterio, raión por la cual no deben continuar en vigencia los decretos de Certificado de Aptitud de Maes· tro de Educación Primaria;

Decreta: Unico:-Deróganse los Decretos de 28 de

Doctor en Oerecho No. 319

El Presidente de la República, Considerando:

Que el Br. Luis lván Zúnlga Mayorga, natural de Managua, Departamento de Ma· nagua, República de Nicaragua, solicita se le expida el Titulo de Doctor en Derecho, en virtud de presentar el correspondiente Diplo· ma librado por la Universidad Nacional Au· tónoma de Nicaragua, a los veintiséis dfas del mes de Agosto de mil novecientos sesen· ta y cuatro,

Acuerda: Extiéndase al mencionado Br. Luis lván

Zúnlga Mayorga, el Titulo de Doctor en De· recho, para que goce de todos los derechos y prerrogativas que las leyes le otorgan.

Comunfqnese. - Casa Presidencial.-Ma. nagua, D.N., 26 de Octubre de 1964. - RENE SCHICK.-El Ministro de Educación Públl· ca por la Ley, José Andrés Ruiz Palacios.

Octubre de 1938, de 17 de Julio de 1940 Y Profesor de Educaci6n Media su reforma de 7 de Agosto de 1941 que es· tablectn el Certificado de Aptitud de Maes· N9 317 tro de Educación Primaria. Este decreto El Presidente de la República, surte efecto de Ley a partir de esta fecha y Por Cuanto: de~e.rá ser publicado en cLa Gaceta,' Diario La se nora Yolanda Estrada Mayorga, na· Of1c1al. . . 1 tura! de Managua, Departamento del mismo

· Comunfquese.- Casa Pres1denc1al.-Ma· nombre República de Nicaragua solicita nagua, D. N., 21 de Octubre de 1964.-RE· se le expida el Titulo de Profesor d~ Educa· NE SCHICK, Presidente de la República.- clón Media en ta Especialidad de Ciencias

_ El Ministro de Educación Pública por la Sociales, ~n virtud de presentar el corres· Ley.-/osé Andrés Ralz Palacios•. pondiente Diploma, librado por la Universl·

dad Nacional Autónoma de Nicaragua, a los

Enfermera Graduada

No. 298 El Presidente de la República,

Por Cuanto:. La seflorila Loise Lucille Lewis Hlslop,

natural de Puerto Cabezas, Departamento de Zelaya, República de Nicaragua, ha cursado y aprobado las materias del Plan de Estudios de la Ensenanza de Enfermerfa y realizado satisfactoriamente el Examen General de Graduación.

Por Tanto: Le extiende el Tftulo de Enfermera, olor·

gado por la Escuela Nacional de Enfermerfa de esta Ciudad, para que goce de todos los derechos y prerrogativas que le conceden las Leyes y Reglamentos del Ramo.

Comuniquese.- Casa Presidencial.-Ma· nagua, D.N., 17 de Octubre· de 1964.-RE· NE SCHICK.-EI Ministro de Educación

1 Pública por la Ley.-/osé Andrés Ruiz Pa· lacios.

veinte dfas del mes Mayo de mil novecien· tos sesenta y cuatro.

Por Tanto: Le extiende el Titulo de Profesor de Edu·

caclón Media, en la Especialidad de Ciencias Sociales, para que goce de todos los dere·

~~~~y R~~~~r~:~!~sª~duR~~~~nceden las Le·

Comunfquese.-Casa Presidencial.-Ma· nagua, O. N., 23 de Octubre de 1964.-RENE SCHICK.-El Ministro de Educación Públi­ca, ·por la Ley, ]osé Andrés Ruiz Palacios.

Minl1terio de Eoonomta

SECCION DE PATENTES DE NICARAOUA

Ventas de Patentes N9 9963-B/U Np 940458-· 5.40

Scherlng Aktlenge.elhchaft, de la ciudad de Ber· lfn, Alemania, por mi medio ofrece ea venta o tran­eacción los derechos adquirido• en Nicaragua, 10-bre 1u Patente de Invención No. 703, del dieciocho de Septiembre de mil novecientos cincuenta y nue­ve, sobre: •Procedimiento para la obtención de

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LA GACETA-DIARIO Oi'ICIAL

fl'rmamldlnas N, N'· Trhu1tltuld11•, 101 q11e no 1e hanl1bandonado1 uf como 101 productos el1bor1-do1 por medio de 101 mhmoa.

M•n1gua1 D. N., vtlntlclnco de Septiembre de mil novecientos sesenta y cuatro • .....ioaquln VljH Tardón.

3 1

N9 9964-B/U N9 9to457-· 5.40 Scherlng Aklleng~1elhch1fl de la ciudad de Ber­

lln, Alemania, por mi medio ofrece en venta o tran· ucclón 101 derecho• adquiridos rn Nlcua¡ua so­bre 1u Patente de Invención N9 674, del treinta de Mayo de 1059, sobre: •Procedimiento para la Ob­tención de nuevu Comblnaclone1 E1teróldlc11 Solubles en A¡u1•, 101 que no 1e han abandonado, ad como 101 producto• .elaborados por medio de 101 ml1mo1.

Manigua, Di1trlto Nacional, qulnee de Agosto de mil novecirnto1 1uenta y cuatro.-Joaqura Vij1I Tárdóo.

3 1

Marcas de Fábrica N9 9946-QIU N9 04045'i-t 18.60

Tabacalera Nlcaragüenae, S.A., de e&te domicilio, por medio de apoderado Dr. Joré Ignacio Bendafta l)ilva, abogado y de este domicilio, l(lliclta el regl1-tro de la marca de fáb1ica y comercio que con1i1tr en el nombre:

PREMIER

Marca que se emp'ea conforme con el modelo pre8'nhdo, para di1tlnguir: Clguro1, clg1rrl1101, muela para p!pu, tabaco para fumar o maacar, tabico manufactur1do o no, y todo• loa demb producto• lncluldo1 en la Clase 20, del Decreto No. 10 de 7 de enero de 1956.

Oyenae opo1lclonea, t!rmlno legal. Oficina de Patentes de Nicaragua. M1na¡ua, D.

N., velntltr!a de Octubre de mil novecientos 1eaeata y cuatro. - Julio Ricardo Agullar, Encargado de la Oficina de Patentea de Nlc.

3 1

Ns> 9903-8/U N9 939474- CS 9.40 Shell lnternatlonal Petroltum Company Llmited,

de Londrea, lngl1trrra, por medio de apoder1do1 sei\orea C1ldera 8r Comp1ny Llmltad1, Agentes de Marc11 de fibrlca y «.:omerclo de este domicilio, 1ollcltan el re¡htro de la marca de U.brlca y comer· clo que conalate·en la denominación:

AZODRIN

uquero101 y todoa 101 demás lncluldo1 en uta cla· 1e, Cl11e 8, del Decreto No. 10 de 7 de enero de 1956. .

Oyenu: opollclone11 término leg1l. Oficina de Patentes de Nicaragua. Managua, D.

N., 1el1 de Octubre de mil novecientos 1esenta y cuatro.-Juliin Bend1fta S., Comhionado de Paten­tes de Nlcara¡¡:ua.

3 1

Ns> 9016-8/U N9 939485-t 10.00 Colgate-Palmollve Company, de 101 f1tado1 Unl·

do1 de América, por medio de Ocator Oflclo10, Dr. Alrjaadro Cantón Montoy11 Abcgado y de este do· mlclllo, 1ollclta el regl1tro de 111 Muc11 de fibrtca y Comercio que con1i1ten en 111 denomlnaclonu:

ESPADA Para pr9te¡er y dl1!1ngulr: Todos 1111 producto•

com}>rtndldo1 ea la Cl11e 7, (Co1mético1, Perfumea y Preparaclonu para el Tocador); y

BARRBX . Para prote¡er y Jl1tlngulr: Todos 101 proi:luctt11

comprendido• en la Clase 9, (Producto• Medicina• In y farm1céullco1); y todo• lot producto• com­prendidoa en la Clue 7, (Cosmético•, Perfume1 y Preparaciones para el Tocador), del Decreto No. JO de 7 de Enero de 1956. SolH y aln dlltiatlvo1 upeclale1, marc11 que se emplran conforme con el modelo presentido.

Oyenae opoalclonea, término le1r1I. Mlnlalerlo de Economía, Oficina de Patentee de

Nlcar1gu11 Managua, D.N., once de Octubre de mil novectentoa se1enta y cuatro. - Julián Bendafta S., Comlalonado de Patentu de Nicaragua.

3 1

Ns> 9915-8/U N9 939484-· 7.60 Robuto Cutillo Baiberena, Industrial y de nte

domlcillo, aollclta el regl1!ro de 11 marca de fábrica y comercio que conalate en la denominacl6o:

Old Mac-Kay Sola y ala dl1tlntlvo1 e1pecl1lea, Marca que ae

emplea conforme con el modelo pre1entado1 para dl1tlngulr: Rone1 y llcore11 Cine 52, (Llcoret Alro­hóllco1)1 del Decreto No. 10 de 7 de enero de 1956,

Oyenae opo1tclone1, t!rmlno le¡al. Of;clna de Patente. de Nlcaragu1, Manigua, D.

N., treinta de Septiembre de mil novecientos aeaenta y cuatro.-Jullán Beodaih S., Comi1ion1d11 de Pa­tentea de Nicaragua.

3 1

N9 9967-8/U N9 040466-· 8.00 Ermlcenda Valle Zúnlga, negociante y del doml·

cilio, de la ciudad de M11aya, 1oliclta el regiltro de la Mare1 de fábrica y Comercio que con1i1te en la denominación:

"In terna tional" tola y aln dhtlotlvoi eapeclalea, marca que se em­plea conforme coa el modelo preeentado, para dit­tlngulr: Z1pato1 para c1ballero1, D1m11 y Nif101, Carter11 finas, Clue 42, (Vrstuar·o), del Decreto No. 10 de 7 de Enero de 1056.

Oyenae opo1lcionea, tErmino le¡al. Mlniaterio de Economía, Oficina de Patentea de

Nicaragua. Managua, D. N., velnti1El1 de Octubre de mil noveclento1 1eaenta y cuatro. - jullb Bendai\a S. Comisionado de Patentes de Nicaragua.

3 1 Sola y ain dlatlntlvoa eapeclale11 marca que ee

emplea conforme con el modelo presentado, para dl1tln!fUlr: Producto• quhnlco1 para uao en agricul­tura, horticultura y 1ilvicultura¡ lnaectlcldaa, larvl­clda1, funglcldaa y pe1llcidaa; preparaclonea para matar mal11 hierbas (matamalezaa) y deatrulr blcbo1

No. 9961-8/U No. 900461-CSi~.70 Laboratorio• lndu1trlale1 farmacéutico• Ecuato­

rl1no11 (L1boratorlo1 Life), de la ciudad de Quito,

j.

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LA. GACETA-DIARIO Oll'ICIAL 8465

República de Ecuador, por medio . de .apoderado Dr. Salvador Bultngo Aja, Abogado y de este do­micilio, 1ollclta el re¡latro de la Marca'l de Fábrica y Comercio que coushte en la denomlnaclóD:

Gluc-Gluc 1011 y 1ln dlstlntlvo1 upeclalu, marca que ae em­plea confor~e con el mcdelo preaenlado, para dl1-tingulr: Tcdcs 101 producto1 comprendido• en la clase 9, (Productos Medicinales y farmacéutico~), del Decreto No. 10 de 7 de enero de 1956.

Oyense e>poslclonu, término legal. Mini1terlo de Economfa. Oficina de Patente1 d~

Nicar1gu1 1 Mana11:ua, D. N., velntl1él1 de Octubre de mil noveclento1 1nenta y cuatro.-Jull'n Ben· dai'la S., Coml1lonado de Patento de Nlcara¡ua.

3 l

SECCION JUDICIAL Remates

N9 9907-8/U N9 901187-IJ 6 48 Once maftana dlecl1lete Noviembre próximo en­

trante 1ub11tará1e ute Juzgado rústica en Vera Cruz uta jurbdlcclón, ocho manzanu, limitada: Norte, Juana Lugo; Sur, calle pública; Oriente, Crl1tlna Ca· nale1 y Francl1co Lóper; Poniente, A1unclón López Ubleda.

Ejecución: Felipe Pella Mora contra Mode1ta l U• go López.

Bue: Mll 1elrclentc1 córdobas. Secretada Juzgado Civil Dhtrlto.-Rlv11, veinte

Octubre mil noveclento1 1eaentlcu1tro.-A. Jlménez Z.-Srlo.

3 2

N9 9926-8/U N9 937681-IJ 7.56 Tru de la tarde eela de Noviembre e1te arto 1u-·

baatarbe e1te Ju:rgado melor po1tor, finca rústica 11tuada •El 8ál11mo•, uta url1dlcclón, de qulnfen­taa veinticuatro var11 de frente, por do1clento1 nue­ve var11 de fondo, terreno proplot, con mejor .. y lindante: Norte, Clprlano Suárcz¡ Sur, Esteban An­¡ulo¡ Occldeotl', rfo Compaugua y Jerónlm'l Sná­rez; y Oriente, propiedad El Boaque•.

Valorada do1clento1 córdobas. N9 9914-8/U N9 939480-* 8.10 Ejecuta Raymunda Suárez Urb!na contra Juan Pa·

Cinco tarde diez Noviembre corriente ano aubas!a· blo '()onzáfez. raae local e1te De.pacho finca urbana Ba•rlo Cernen· Oyenae po1tura. terlo Nuevo e1ta ciudad, mide doce varu frente por juzgado Local únlco.-Muy Muy diecinueve de trelnthél1 y una tercia varu fondo, con 1lete plez11, Octubre de mil novcc!ento11e1enta y cuatro.-Fran· conltrucclón taquezal, linda: Norte, Julio L1flnde; claco Ouerrero.-Marco1 A. Madrlz.-Secretarfo. Sor, 1éptlm1 calle noroeate enmedlo, Raúl Arana _, . 3 2 Monlalván¡ Oriente, Hellodoro Arana¡ Occldentr, .-Julio Lallnde. Inscrita No.'.21006 follo• 251/272 To· N9 0948-8/U N9 030456-$ 8.50 mo 472 A1lento 13 Sección Hlpotec11 este Regl1tro Diez maihna doce noviembre próximo ncará•e Público. a 1ubaat1 predio 1ú.tlco dcrech:> de un tercio de

Ejecmlóo: José del Carmen Bengoechea contra do1 caballer(11 antlgu11 en 1ltlo San Antonio de sucesión Julio Oavlnet Bourbon. 111 Laj11, jurisdicción de Nagarote, D!!partamento · Avalúo: Treinta mil do1clento1 cincuenta córdo-, de León, lindante: oriente, hacienda y terreno• de

bu. · ! Soledad; La1 Caft11 y Nac11colo Viejo, poniente¡ Dado Ju1g1do Segundo Civil Distrito Mana2ua., La Cuchilla del madreado; no•tf', h1cle1td1 y terre­

velntluno Octubre mil noveclento1 aeaenticuatro.- no1 del Ouayabla¡ y Sur: hacienda San Joaqufo. H. O. Llbby.-Nap. Mollna M -Secretarlo. Jnacrlta No. 919, ulento 240., fo!lo 36 tomo 283 Re-

3 3 gl1tro de León.

N9 9910-8/U N9 884243-* 7.76 Tru de la lude, del once de Noviembre, 1ub11-

tar11e en este local, derecho de tlerr11 que afta en el Sitio de Je1ú1 Marra de Tatucarre, jurl1diecl6n de Ciudad Darfo de ute Departamento, que linda: Oriente, Sitio T<eomat11te¡ Occidente, Villa de San­ta Roaa; Norte, Sitio El Cuervo, y Sur, Valle Terra· nob1.

lnlere11do1 op6ngan1e término lrgal. Ejecuta: felipa Corea Lira a Manuel Corea Rfo1,

por • SOO.oo, Qulnfentoe Córdobu. Dado Juzgado Local Civil, Matagalpa, diecinueve

Octubre mil noveclento1 1e1enta ·y cuatro ...... fran­cisco Montenegro L.-C. A Hernánder.-Srlo.

E1 conforme.""'."C. A. Hernindez.-Secretarlo. 3 3

N9 9909-B/U N9 884242-· 8.20 ' Trea tarde catorce Noviembre corriente ano, 1u­

baataráae m:jor po1tor propiedad urbana ubicada en Sébaco Departamento de Matagalpa, de tres cuar­tos de manzana ·de exten1lón, conteniendo uoa c11a de habitación de 1lete por cinco varaa, parede1 de embarro, piso natural, teju de barro, lindante: Oriente, Rfo de Sébaco; Occidente, Carretera Pana­mericana¡ Norte, puente de Sébaco y Rfo¡ y Sur, juan Roark.

Bue del Remate Ciento Ochenta Córdobaa. l!.jecuta Modeata López a Manuel Téllez. Oyen1e poatura1 término legal. Dado en el juzgado Local Clvll.-Matagalpa nue·

ve de Octubre de mil noveclento11e1enta y cuatro.­franco Montenegro L.-C. A. Hernández.-Srlo.

E1 conforme.-C. A. Hemindez.-Srlo. 3 2

Ejecución: Juicio Ejecutivo Singular. Demandante: Vilma S. de Moralea. Ejecutado Tomás Curlón. Bue: Un Mil Do1clento1 Cuarenta Córdobu. lota!: eate jurgatfo. Dado en el Juzgado Primero Civil del Distrito.

Managua, Dl1trlto Nacional, diecinueve de Octubre de mil noveclento1 1e1enta y cuatro. Enmendado­dlez-Vale.-José Erne1to 8endalla,-Noel Vlllavo. Srlo.

3 2

Títulos Supletorios N9 99~5-B/U N9 901285-·IJ 6.00

Ruperto Mendoza, 1ollclta Tftulo Supletorio rú•tl· ca e.ta jurlsdlccló'l, lind:., mide: norte, francl1co Mata, ciento cincuenta y cuatro var11; 1ur, Dám110 Ponce, ciento treinta varu; oriente, Euteblo Men­doza, setenta y 1lele varas¡ poniente, Juú1 Culillo, aeaenta y do1 varas.

Oponene legalmente. Secretarla Juzgado Civil Dl1trlto. Rlvas, veintiuno

Octubre mil noveclento1 seaenta y cuatro. - A. JI• ménez Z., Srlo.

3 1

N9 9957-8/U N9 922902- * 8.64 Amparo Ponce de Reye1, Ocotal, pide Ululo 1u­

pletorlo c11a y 1olar ubicado• barrio Lu Brl1a11

uta ciudad, c11a mide alele v.r11 largo por cinco ancho, con corredor y cocina, 1olar mide treinta y tre1 vara1 y una tercia por 101 rumbos norte y 1Ur, y velntldó1 var11 por 101 rumbos oriente y occi­dente, comprendido•: norte, mediando calle, c111 y 1olar de don Salvador P•guaga Moneada¡ 1ur, c111

1 ~

Page 10: REPUBLICA Dm NICARAGUA D IARIO OFICIALQue está justificado el hecho de que la peticionaria es de origen hondureno, como lo comprueba con los atestados legales rea pectivos, y está

f..

LA. GACB11'A-DIARIO OFICIAL

v solar ael'lorea Matute; oriente, 1olar ml1mo ati'lor Paguaga Moneada y ocridente, 1olar y ca11 de don Francl1co Almendairez Lovo.

Valóralo1 Dos Mil Córdobas. Opoalclonea término legal. Dado Juzgado Distrito. Ocotal, veinte Octubre

mil novecl,.nto1 1e1enta y cuatro.-T. R. Maldona­do.-Rey. Zúnllra, Srlo.

Conforme:-Reynaldo Zúnlga, Srlo. 3 1

N9 9953-B/U N9 901286- • 6.48 Leonel Oón¡ora Atarea, 1ollcit1 Ululo supletorio

flncca rú~tica en Escalantlllo, jurl1dlcclón Belén, ciento veinticinco hecláreu, limitada: norte, Jo1é Ignacio Oonzález¡ sur, Marcellno Marenco antes, hoy Rita Pozo; oriente, Jo1é lq;naclo Oonzilez; po­niente, juan Emilio Oóngor1, Laureano Pedroza antes, hoy Laureano López y Oregorio Oóngora.

Oponerme legalmente. Secretarla Juzgado Civil Dldrlto. Rivaa, vein­

ticuatro Octuhre mil novecientos 1e1enta y cuatro. -A. jlménez z., Srlo.

3 1

Nó 9954-B/U N9 901200 • 6.00 Edrulfa Vai1quez, 1ollcit1 titulo supletorio ca1a y

1olar pobl1elón de Cirden11, algulentea lindero•: oriente, Muta Garcfa; poniente y 1ur, calle pública¡ norte, Adolfo VbqueL

Opóngan1e término legal. Dado tuzgado Unlco del D11trlto. Rlv11, veinti­

cuatro de Octubre mil novecientos 1etent1 y cutro. -Armando Jlménez Z., Srlo.

3 1

, NQ 9952-B/U N9 897261-~ 8.40 C1llxto Obando Oarcf1, 1ollcita trtulo 1upletorlo

solar v casa situados comarca La Guayaba, f url1dlc­cl6n Teu1tepe, eate departamento, teniendo 1olar trece varas frente por cuarenta fondo, y c11a aeh var11 lugo por cudro y media ancho, techo tej11, solar linda: oriente, José y Arnoldo Valle¡ poniente, jo1é Valle y Presentación Ar1uz¡ norte, Tlburcl1 Alvarado; 1ur, Jo1é y Franclaco Valle.

Quien pretend1 algún derecho 1obre eato1 blenea opóng11e término leg1I.

D1do Juzgado Civil del Dletr:to. Boaco, treinta de Ago1to de mil novecientos 1eaenta y cuatro.-P. Bultrago Ch.-). Ouzmán G., Srio.

Ea conforme.-Boaco, tre1 de Octubre de mil no­veclento11esent1 y cuatro.-J. Guzmán O., Srlo.

3 1

No 9968-B/U N9 916040 - <J 5.88 Adán thav1rrl1 1 solicita Ululo aupletorlo, predio

1ú1tlco 1ltuado valle Monte San Juan, jurisdicción Po1oltega, exten1ión volntlcuatro manzanu, lindan· te: poniente, Ricardo Nlsalng, camino enmedlo¡ orlen· te, Clmino eomedlo, Carmela Herrera¡ norte, S1lva­dor Parajón¡ aur, Vlr2lllo Urblna.

lnttrt11do1 opónganse. Juzg•do Civil Distrito. Chlnandega, Octubre

veint11él1 mil noveclento1 aeaenta y cuatro.-Con· cepclón Oonzález, Srla.

3 1

N9 9912-B/U NQ 906216-* 7.75 Alejandro Gutlérrez Outlérru, 101lclta titulo au­

pletorlo, doa propled1dea rú1tlc11, eita f url1dlcclón, 1l2ufentea llndero1: a) oriente, Federico Gutlérrez, jo1é Ana jlmé11ez, camino enmedlo; poniente, Fer­nando Tapia, mediando camino¡ norte, Alejandro Gutlérrez, Federico Gutlérrez, otro1¡ sur, Manuel Rufz, C1mlno enmedlo; b) oriente, Diego Muñoz¡ poniente, Angelina Cano¡ norte, Bl1mark Alvarado, Diego Muiloz¡ 1ur, Cé1ar Outlérrez, mediando ca­mino.

Intervino Sfndlco Municipal. Opónganse legalmente,

Dado Juzgado Loc•I Civil. San Juan de Oriente, 1el1 Octubre mll noveclento11eeenta y cu1tro.-Hll· debrando Cano P.-811tazar Arhalo A., Srlo.

3 1

Ne;> 9906-B/U N9 901258-· 6.40 i:omál Hurt.do Tova!, 101icita tflutulo 1upletorlo

propiedad urbana en Popnyuapa, eata jurisdicción, de veinticuatro varas ancho 1eaenta y cinco fondo, e1to1 linderos: norte, propiedad Tomaaa Martfnez; 1ur, propled•d Manuel Rulz; oriente, propled1d An· tonla Esplno11: poniente, Plaza de Candelaria,

Opóng1nse leg1lmente. Dado Juzgado D11trlto. Riv11, diecinueve Octu­

bre mll noveclento1 1e1enla y cuatro.-.Corregldo­Hurtado.-Vale.-Luz M. Valle L., Srla.

3 1

Ne;> 9905-8/U N9 901191- • 6.64 Raf1el 81ltodano JlménPz, aoliclta tftulo 1upleto­

rio rú1tle1 jurl1dlcclón Tola, linda. mide: norte, qulnlentu treinta y ocho var11, Madelina C11tlllo, Torlblo G1rda; 1ur, qulnlent11 ochenta v1r11: J•­clnta Hurt1do1 quebrada enmedlo Salto Blanco¡ oriente, cuatroclent11 setenta y ocho var11, Maria Asunción Hurtado de Lacayo; nonlente, 1el1clentaa treinta var11, Manuel Palma y Fldellna Eaplnoza.

Oponerte legalmente. Secretarla Juzeado Civil Ohtrlto. Rlvu, trece

Ago1to mil r.oveclento1 1e1ent1 y cuatro.-Mol1é1 S. Cole, Srlo.

3 1

N9 9921-8/U N9 919379-(J 6 32 Miguel Selles Quintero, 1ollclta Ululo 1upletorlo

caH, 1olar, barrio San Antonio, eata ciudad, 1olar mide trelnlldó1 varas frenla, cuarentitré1 fondo, lin­dante: oriente, Antonio Rodr(gun:; occidente, me­diando calle, 1uce1lón Virginia Sellc1¡ norte, Fede­rico Torrea¡ 1ur, Dolores Parrales.

Op6ngan1e legalmente. · E1Um1lo Doa Mil Córdob11. Dado juzgado Civil Distrito. 1!1telf, veintidós

Octubre mil novcciento1 1eaenta y cuatro.-Vilma Ro11 Rulz, Srla.

3 1

N9 9920-8/U N9 933669-· 7.48 jofé Gutférrez Cé1pede1, aollclta trtulo 1upletorlo

fine• urbana e1ntón Veracruz, eata eludid, de treln· ta var11 en 101 rumbos norte y 1ur, de oriente a po­niente¡ por diez varas en los rumbos oriente y po­niente de norte a aur, llmltads: oriente, Slnforlano C1lero¡ poniente, María Slxta Rulz, calle¡ norte, Concepción Rulz, calle y 1ur, l1ldoro Calero.

Intervención Sfndlco Municipal. Oyese opo1lclón término legal. Juzgado Civil Dlatrlto. Muatepe, velntlnue~e

Septiembre mil noveclento1 aesenta y cuatro.-Dr. Edgar A. Solano L.-Carlos B. Rulz G., Srlo.

3 1

N9 9917-8/U N9 915905- t 6.40 Sucealón Rafael Martlnez Baldelomar, 1ollclta tf.

tulo 1upletorlo c11a 1 aolar barrio La Parroqui1, e1-t1 ciudad, llnd1nte, norte, Lol1 Martfnez y auceao­rea de Romero So111 calle enmedlo; 1ur, 1uce1orea Carmen Herradora; eate, Jo1é Adain Mutlnez, an­tes Ou1dalur.e Perelr1¡ oeatc, calle enmedlo 1uceao­res Bern1be a Garcfa.

lntere11do1 ooónitanse. juzgado Civil Dl1trlto, China ndeg1 1 veintiuno

Octubre mil noveclento1 1e1enta y cuatro.-Con· cepclón González G., Srl1.

3 1

N9 9925-8/U N9 910806- 4 7.00 José joaquln Ortlz, 1ollclta tftulo supletorio ur­

bana ubicada Loa Poclto1, Dlrlamba, siguientes lin­dero• y dlmen1iones: oriente, cuatro var11 Arturo

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LA. GACETA-DIARIO OFICIAL 8467

Tapia; poniente, catorce varu Marcial Roju¡ norte, clncuenticuatro varu Félix Pedro Floret; 1ur1 ocho varu Mufa del Pilar 8rlcefto.

Lo hubo de Alcaldla Muntclpal. Lo utlma Do1clen•o1 Córdobu. Interviene Sindico. lntere11do1 oponerte. Dado juzgado Local Civil. Dlrl1mb1, dieclnue •

ve Octubre mil novecientos 1uenta y cu1tro.-Pe· dro J. Pérez. -Pedro Mollna M., Srlo,

1!1 conforme.-Pedro Mollna Mendlela, Srlo. del Juzg1do Local Civil.

3 l

N9 9939- 8/U N9 939498 - 4' 6.60 Deni1 Gordillo, 1olicitl 1rriendo por diez año1 lo·

te terreno Municipal, coita Laguna Maaaya, e.ta fn· rfadicclón, mide ctncueotlcinco v1r11 cada lado, lln· da: orientr, Laguna, coita enmedlo; poniente, carre­tera a Nlndirf; nortr, lote arrendado Arnoldo Ramr­rez Eva; sur, lote arrendado juan Oarda Saldaila.

Quien cré11e con derecho opóngue término le­g1l.

Alcaldfa Munlcip1l.-M11atepe, 1el1 de Octubre de mil noveclento1 1uenta y cuatro.-Oerardo A Oaltln O. - Alcalde Municipal.- Leyla A. 8etrta L , Sri1. 3 1

N9 9938-8/U N9 019497-4' 6.110 Arnoldo Ramí1ez Eva, 1ollctta arriendo por diez

1fto1 lcte terreno Municipal coita La L1guna M11a­y1, cata jurl1diccfón, mide clncuentlclnco var11 ca­da lado, llmltado: oriente, la Laguna, coita en me­dio; poniente, carretera a Nlndirf; norte, lote 1ollcl­t1do Urlel Carruqullla; 1ur, lote Denla Oordl!lo,

Quien créase con derecho opóngue término le-gal. .

Alcaldía Munlclpal.-Muatrpe, cinco de Octubre de mil noveclenlo• 1t8'nla y cualro.-Oerardo A. Oaitán 0.-Alulde Municlpal.-Leyla A. 8etcta L., Srta. 3 1

Np 9917-8/U Np 9394911-4' 6.60 Margarita de López 1ollclt1 arriendo terreno Mu­

nlclp1l1 diez 1fto1 coila La¡una, e1t1 jurl1dlccfón, mide cincuenta metro1 por cada uno de 1u1 lado• dentro de esto1 lindrro1: oliente, la L1gun•; ponlen· tr, carretera a Nindhf; sur, lote Eduardo Waumer; norte terreno Munlclp1l.

Opón2ue término legal. Alcaldía Mun'clpal de Muatepe, dleci1ét1 de Oc­

tubre de mil noveclento11r1enta y cuatro.-Oerardo A. Oaitán 0.-Alcalde Munlclpal.-Leyla A. 8eteta L, Srla.

3 1

N9 9936-8/U NQ 930495-4' 6.63 Cario• Moneada, 1ollclta arriendo terreno Municl·

pal, diez 1801 coita Laguna esta f uri1dlcclón, mide cincuenta metro1 por cada uno de 1u1 lado11 dentro de e1to1 lindero•: oriente, la Laguna; poniente, ca­rretera a Nlndirf; 1ur, terreno Municipal 1 norte, E­duardo C11co Wusmcr.

Opóng11e término legal, Alcaldfa Municipal, M111tepe dlecl1lete de Octu­

bre de mil noveciento1 1ucnt1 y cuatro.-Oenrdo A. Oaitán 0.-Alcalde Munlclpal.-Leyla A. 8ctrta L., Srla.

3 1

N9 9935-8/U N9 939494-4' 6.50 Pedro Riv11 Varg11 101iclta arriendo por diez•­

fto1 lote terreno Municipal coita Laguna Muaya, cata juri1dicción mide treinta metros por cada lado, limitado: oriente, La Laguna, coita corre1pondlente en medio; poniente, carretera a Nlndlrf; norte y 1ur, terreno• Munlclpalu.

Quien créa1e con derecho opón1a1e término legal.

Alc1ldf1 Munlclp1l,-Ma11tepe, uno de Octubre de mil noveclento1 1e1enta y cu•tro.-Oerardo A. 011t4n 0.-Alcalde Munlclpal.-Leyla A. 8eteta L., Srla. 3 1

Np 9934-8/U N9 939493-t 6.50 Rubén Membreno 81lre1 1ollclta arriendo por

diez ano1 lote terreno Municipal coita Laguna, cata jurl1dlccl6n1 treinta metro• cada lado, limitado: orlen· te, LaRuna, co1t1 en medio; poniente, carretera Nln­dhf; norte, lote arrendado Solón Argüello Noguera; 1ur, lote solh:ltado Pedro Rlvu Vargu.

Quien créue con derecho, opóngue término le· gal.

Alcaldf1 Munlclpal.-Muatepe, diez de Octubre de mil novecientos 1e1ent1 y cuatro,-Oerardo A. Oaft'n 0.-Alcalde Munlclpal.-Leyla A. Beteta L., Sri•~

3 1

N9 9933-8/U N9 939492-4' 6.50 jo1é María Moneada: 1ollclta arriendo terreno

Municipal diez afto1 co1t1 L~guna cata furi1dicclón, que mide cincuenta metro• cada uno de 1u1 lado1 dentro de eato1 lindero•: oriente, la laguna; ponfen· te, carretera a Nlndlr(; 1ur, Abraham Ro11man y nor· te, Carlo1 Moneada.

Opón211e término legal. Alcaldfa Munlclp1l.-M11atepe, veintiuno de Oc­

tubre de mil novec:lento11e1enta y cuatro.-Oerardo A, Oaltán 0.-Alcalde Municlpal.-Leyla A. Beteta L., Srta.

3 1

N9 9932- 8/U N9 939491 - 4' 6.50 Abraham Ro11man 1ollcita arriendo terreno Mu­

nicipal, diez ano1, coita laguna e1ta f urildlcclón mi· de cincuenta metros por cada lado, dentro de e1to1 lindero1: oriente, ta leguna; poniente, carretera a Nlndfrf; sur, terreno Municipal y norte, lote del Dr. Jo1é María Moneada.

Opóngañ término leg1I. · Alc1ldfa Municipal. Muatcpe, veintiuno de Octu·

bre de mil noveclento1 1e1ent1 y cuatro,-Ocrardo A. Oaltán 0.-Alcalde Munlclp1J,-Leyl1 A. 8eteta L., Srla.

3 1

Np 9931- B/U N9 939490 - t 6.50 Raúl Latayo Montealrgre, 1ollclt1 arriendo p<'r

diez 11101 lote terreno Municipal, coita La Laguna M11aya, e1ta jurladlccfón, mide clncuentlclnco va­ru cada lado, linda: oriente, La Laguna, carretera a Nlcdirí en medio; poniente y norte, terreno• Munl· clp1le1; 1ur. lote arrendado Roberto Solóruno.

Quién créue con derecho, opóng11e término le-¡al. ,

Alcaldía Munlclpal.-Muatepe, nueve de Octubre de mil noveclento1 1e1enta y cuatro.-Oerardo A. Oaltán 0.-Alcalde Municlpal.-Leyla A. Beteta L., Srla. 3 1

N9 993D-8/U Np 939489-4 6.40 Cario• Villa Argüello, 1oliclt1 11rlendo por diez •

aft 1 lote terreno Munlclprl, coita Laguna, esta ju­rl1dlcclón, mide treinta metros cada lado, linda: o­riente, Laguna, coita en medie.; poniente, carretera a Nlndir(; norte, lote 1ollcltado Pedro Rivu Varg11; 1ur1 terreno• Munlclpalca.

Quién créue con derecho opóngue término le­gal.

Alcaldía Munlclpal.-M11atepe, sel1 de Octubre de mil noveclento1 sesenta y cuatro.-Oerardo A. Oaltln 0.-Alcalde Munlclpal.-Leyla A. 8eteta.L., Sri a.

3 1

N9 9:}29-8/U Np 939488-4' 6.40 Roberto Solóruno, 1oliclt1 arriendo por diez a-

1101 lote terreno Municipal coita Laguna de Ma117a,

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3468 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

esta jurl1dlcclón, mide clncuentlclnco var11 cada la· do, linda: oriente, La11un1, c1rreter11 Nlndlrf ea me· dio; poniente, terreno• Municipales; norte, lote 1011-cltado arriendo Raúl Lacayo Monte,ltgre; 1ur, lote 1olicitado Joaqufn Solórzano.

Alcaldía Munlclpal.-Muatepe, nueve de Octubre de mil noveciento1 1e1t!nta y cuatro.-Oerardo A. Oalhin 0.-Alcalde Munlclpal.-leyla A. Betct1, L., Srla.

3 1

N9 9028-B/U N9 939487- CS 6.50 laabel de Kruirer, 101iclta arriendo por diez 1fto1 lo·

te terreno Munlclpal, costa L1gun1 Mua ya, esta jurl•· dicción, mide cincuenta metros cada lado, limitado: oriente, Laguna, costa en m,edlo; poniente. carretera a Nlndlrf; norte, lote 1olicltado Cario• Mántlca; 1ur, terreno• Munlclpales.-Qulen cré11e con derecho, opóngase término lel!'al.

Alcaldía Munlclpal.-M11atepe, ael1 de Octubre de mil novecientos 1esentlcuatro.-Oerardo A. Oal­tin 0.-Alcalde Munlclpal.-Leyla A, Beteta L·Srla.

3 l

Terrenos Municipales N9 9941-B/U N9 939500-CS 6.70

Carlos Mántlca Abaunza, 1ollclta arriendo por diez afto1 lote terreno munlclpal, costa laguna Ma-11ya, esta jurisdicción, mide cincuenta metros cada lado, linda: oriente, la Laguna, coita enmedlo; poniente, carretera a Nlndlrf¡ norte, terrenos muni clp1le1; 1ur, lote 101lclt1do por Isabel de Krü¡~r.

Quien cré11e con derecho, opóng11e término le­gal.

Alcaldía Municipal. M&1atepe, ocho de Octubre de mil noveclento1 1esrnta v cuatro.-Oerardo A. Oaltán, Alcalde Munlclpal.-Leyla Bctete, Srla.

3 1

N9 9940-B/U N9 939499- CS 6.70 Dr. Benjamín C'"árcamo, solicita· arriendo terreno

municipal, diez afto1, coita Laguna, eda juri1dlc­ción, mide clncuen.ta melro1 cada lado dentro de 101 lindero• ale.: oriente, la Laguna, poniente, ca­rretera a Nlndlrf¡ sur, lote del Mavnr Enrique Ale­gría; norte, lote del Dr. Luis Robleto Oallo.

Op6nl!'11e término lellal. Alcaldfa Municipal de M11atepe, velnlldóa de

· Octubre de mll noveclento1 eeaenla y cuatro.-Oe­r1rdo O. Oaitán O., Alcalde Munlclpal.-Leyla Be­tet11, Srla.

lll9 Q945-B/U N9 940454- CS 6.90 Juan José Murlllo, solicita arriendo terreno muni­

cipal diez aflos, Costa Laguna, eata jurl1dlccl6n, que mide cincuenta metro• por cada uno de 1u1 lado1, dentro de esto1 llndero1: oriente, la Laguna; po­niente, carretera a Nlndlrí; 1ur, lote solicitado Dr. Lula Robleto Gallo; norte, lote de l1abel de Krüger.

Opón1?an1e término lel!'al. Alcaldla Municipal. Muatepe, quince de Octu·

bre de mil novecientos sesenta 'v cuatro.-Oerardo " A. Oaltán O., Alcalde Munlclpal.-Leyla Beteta L.,

Sri a.

' 3 1

No 9944-B/U N9 940453-CS 6.80 Lula Robletn Oallo, sollclta arriendo terreno mu·

nlclpal, diez afto1, co1tt L1guna, esta juri1dlcclón, que mide cincuenta metros por cada uno de 1u1 la· do1, dentro de eatoa linderos: oriente la Laguna; poniente, curetera a Nindlrl; 1ur, terreno munlcl· pal; norte, lotP. solicitado Juan José Murlllo.

Op6nuae término legal. Alcaldf1 Municipal. Muatepe, quince de Oclu·

bre de mll novecientos aeeenta y cu1tro.-Oerardo A. Oaltán O., Alcalde Municlpal.-Leyla Beteta L., Srta. 3 l

N9 9943-B/U No 990452-~ 6.70 Merced ea Prado de Shelby solicita arriendo por diez

1f101 lote terreno municipal, coatu de la Laguna Muaya, cata jurl1dlcclón, mide treinta metro• en cada lado, limitado: oriente, la Laguna, colla co­rrespondiente enmedlo; poniente, carretera a Nln­dlrf: norte y 1ur, terreno• municipales.

Quien crhae con dereco opóngase término legal. Alcaldf1 Municipal. Masalepe, veintinueve de

Septiembre de mil novecientos sesenta v cuafro.­Llneado-de-Vale.-Oerardo A. Oaltán, Alcalde Munlcipal.-Leyla A. Beteta, Srla.

3 t

N9 9942-B/U N9 940541- ~ 6.70 Eduardo Casco Wa1smer, 1ollcit1 arriendo terre­

no municipal, diez aft'l1, coita Laguna, esta juri1-dicclón, que mide cincuenta metros por cada uno de 1u1 ladoa, dentro de estoa linderos: oriente, la Lrguna; poniente, carretera a Nlndlrf; aur, lote de Carloa Moneada¡ norte, lote de Juan Angel López.

Op6n1r11e término legal. Alcaldía Municipal. Mautepe, dlecl1él1 de Oc­

tubre de mil noveclento1 1eaenta y cuatro.-Oerar· do A. Oaltán O., Alcalde Munlclpal.-Leyla A. Be· teta L., Srla.

3 1

Sentencia de Divorcio No. 9950-B/U No. 928286-t 7.50 Corte de Apelaciones. Sala de lo Civil.

león, las nueve de la maftana del veintiocho de Agosto de mil novecientos sesenta y cua· tro. Vistos .... Resulta .... Considerando .. Por Tanto: De conformidad con los Artos. 424, 436, 2046 Pr. y 90 lnco. 1 o. L. O. TT., los suscritos Magistrados dijeron: I) Por la causal de separación de cuerpos por más de cinco anos se declara disuelto el vinculo matrimonio civil contra(do por los seftores Silvlo Plchardo Vega y Blanca Adela Baca Boyes ante el juez Primero Local Civil de la ciudad de Managua a las diez y cuarenta y cinco minutos de la maftana del uno de Agosto de mil novecientos cuarenta y nueve inscrito al folio 399 Tomo 1 del Libro de Re· glstros de Matrimonios del Registro del Es· tado Civil de las Personas de Managua. 11) No hay costas. Asl se confirma la sen· tencla consultada. lnscrfbase esta sentencia en el Registro Público de Personas de este Departamento y en el del Estado Civil de las Personas de Managua, anotándose al margen de la partida de matrimonio corres· pondiente la cual queda cancelada, y publl quese esta resolución en el Diario Oficial •la Gaceta>. Ubrese la ejecutoria de ley. Cópiese, notiffquese y con testimonio con· certado de lo resuelto, vuelvan los autos al Juzgado de su procedencia.-Alberlo Ar· güello V.-Pedro Reyes M.-0. Areas Ro· jas.-Raúl Bermúdez B., Srio.>.

Es conforme con su original. León, die· cinueve de Octubre de mil novecientos se­senta y cuatro. las diez de la maftana.­Raúl Bermúdez B., Secretario de la Sala de lo Civil de la Corte de Apelaciones de León.

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Citaciones de Procesados N9 1589

Por primera vez se cita y emJ>laza al procesado ausente Gumercindo Salaza.r Martinez, de calidades ignoradas en au­Jos, para que dentro del término de quin­ce díaz comparezca a este Despacho a de­fende~se en la ~a~s_a que se le sigue por el d.ehto de ho1JUc1dio por imprudencia te-meraria en · 1a niñita Concepción Ruiz ·

bajo los apercibimientos de declararlo n:. balde para todos los efectos legales, ele­var la causa a plenario y nombrarle de­fensor de oficio si no comparece. Se re­cue~da a los funcionarios públicos la obli­~ación en que están de capturar al de­hncuente; y a los particulares la de de­nunciar el lugar donde se oculte. Dado en el Juzgado para lo Criminal del Dis­trit?.-Juigalpa, tres de Agosto de mil no­vecientos sesenta y cuatro.-Mariano Pé­rez D.-Ante mí.-Fulg. Miranda M,:.._ Srío. ..

Es conforme.--Juigalpa, veintiuno de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.-Fulgencio Miranda Martínez.-Srio. -

1

N 9 1590 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Antonio Calderón Var­gas, de calidades ignoradas en autos, pa­ra que dentro del término de quince días comparezca a este Despacho a defenderse en la causa que se le sigue por ser el au­tor del delito de lesiones en la persona de Cresencio Antonio López Garcia de cali­dades conocidas en autos; bajo

1

los aper­cibimientos de declararlo rebelde para to­dos los efectos legales, elevar la causa a plenario y nombrarle defensor de oficio si no comparece.-Se recuerda a los fun­cionarios públicos la obligación en que están de capturar al delincuente; y a los particulares, la de denunciar el lugar don­de ~ oculte.-Dado en el Juzgado para lo Criminal del pistrito.--Juigalpa, tres de Agosto de mil novecientos sesenta y cuatro.-Mariano Pérez D.-Fulg. Miran­da M.-Srio.

Es conforme. Juigalpa, veintiuno de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y cua­tro.- Corregido.- denunciar.- Vale.­Fulgencio Miranda Martinez.-Srio.

1

N 9 .1591 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Mercedes Salazar de calidades ignoradas en autos, para 'que dentro del término de quince diaz com­parezca a este Despacho a defenderse en

la causa. que se le sigue por el delito de le~iones cometido en la persona de Santos Rlvas Lazo, de calidades conocidas en au­tos, bajo los apercibimientos de declararlo rebelde para todos los efectos legales, ele­var la causa a plenario y nombrarle defen­sor de oficio si no comparece.-Se recuer­d~ a los funcio1l;3-rios públicos la obliga­c1on en que estan de capturar al delin­cuente, y a los particulares, la de denun­ciar el liigar donde se oculte.-Dado en el Juzgado para lo Criminal del Distrito Juigalpa, Cuatro de Agosto de mil nove~ cientos sesenta y cuatro.- Mariano Pérez D.-Fulg. Miranda M.-Srio.

Es conforme .. Juigalpa, veintiuno de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y cuatro. -Fulgencio Miranda Martínez.-Srio.

1 ~

No 1592 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Claudio Marín de cali­dades ignoradas en autos, para q~e dentro del término de quince días comparezca a es­te Des~acho a defenderse en la causa que se le sigue como autor del delito de hurto en bienes del señor don Francisco Cristi­no Espinosa, de calidad.es conocidas en autos; bajo los apercibimientos de decla­rarlo rebelde para todos los efectos lega­les, elevar la causa a plenario y nombrar­le defensor de oficio si no comparece. Se recuerda a los funcionarios públicos la obl~gación en que están de capturar al delincuente; y a los particulares la. de denunciar el lugar donde se ocul~.-Da­do en el Juzgado para lo Criminal del Distrito.- Juigalpa, cinco de Agosto de mil novecientos sesenta y cuatro.- Maria­no Pérez D.-Fulg. Miranda Martínez M -Srio. · ·

Es conforme. Juigalpa, veintiuno de Oc· tubre de mil novecientos sesenta y cuatro. -Fulgencio Miranda Martínez.-Srio.

1

N° 1593 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Leoncio Rocha Saballos de veintiséis años de edad, soltero cho: fer y del domicilio de la comarca de El Quebrantadero ?-e ~sta jurisdicción, para que ~entro del termmp de quince dias com­parezca a este Despacho a defenderse en la causa que se le sigue por el delito de hurto en bienes de la señora doña María de la Cruz Rocha Saballos de calidades conocidas en autos; bajo los apercibimien­tos de declararlo rebelde para todos los efectos legales, elevar la causa a plenario Y nombrarle defensor de oficio si no com­parece. Se recuerda a los funcionarios

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34:70 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

públicos la obligación en que están de cap-· el lugar donde se oculte. Dado en el Juz­turar al delincuente; y a los particulares, gado para lo Criminal del Distrito. Jui­la de denunciar el lugar do~de se oculte. galpa, veinticuatro de Julio de mil nove­Dado en el Juzgado para lo Criminal del cientos sesenta y cuatro.- Mariano Pé­Distrito.-Juigalpa, veintiocho de Agosto rez D.- Fulg. Miranda Martínez.-Srio. de mil novecientos sesenta y cuatro.-Co- Es conforme. Juigalpa, veintiuno de Oc­rregido- oculte- Juigalpa- cuatro- Va- tubre de mil novecientos sesenta y cua­le.- Entre líneas- para todos los efec- tro.- Fulgencio Miranda Martínez.-Srio. tos legales- Vale.-Mariano Pérez D.- 1 Fulg. Miranda M.-Srio.

Es conforme. Juigalpa, veintiuno de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y cuatro. Corregido- plenario- oculte-. ~ale.­Fulgencio Miranda Martínez.-Sr10. 1

N9 1594 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Pedro González ~uñoz, de dieciocho años de edad, soltero, Jorna­lero y de este domicilio, para que dentro del término de quince días comparezca a este Despacho a defenderse en la .causa que se le sigue como autor d~l dehto . de hurto en bienes de doña Ceba Blandmo viuda de Tablada, de calidades conocidas en autos; bajo los apercibimientos de de­clararlo rebelde para todos los efectos le­gales, elevar la caus~ .ª p!enario y nom­brarle defensor de oficio s1 no comparece. Se recue1-da a k>s funcionarios públicos la obligación en que están ~e capturar al

·delincuente; y a los particulares, la de denunciar el lugar donde se oculte. Da­do en el Juzgado para lo Criminal del Distrito. Juigalpa, veinticinco de Julio .de mil novecientos sesenta y cuatro. Maria­no Pérez D.- Ante mí.- Fulg. Miranda M.,- Srio. . .

Es conforme. Juigalpa, vemtmno de Octubre de mil novecientos sesenta y cua­tro.- Corregido- declararlo- . Vale.­Fulgencio Miranda Martínez.-Sr10. 1

Nº 1595 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Silvestre Sánchez Her­nández de veintisiete años de edad, sol­tero ~gricultor, del domicilio de la co­mar~ de Cuscuas de la jurisdicción de la ciudad de Santo Domingo para que dentro del término de quince días comparezca a este Despacho a defende1:le en la ~ausa que se le sigue por los delitos de l~s1ones cometidos en las personas de Leonc10 Gar­cía Leiva y Juan Manuel Hemández Mo­rales, de calidades conocidas en autos; bajo los apercibimientos de declararlo re­belde para todos los efectos legales, ele­var la causa a plenario y nombrarle de­fensor de oficio si no comparece.-Se re­cuerda a los funcionarios públicos la obli­gación en que están de capturar al delin­cuente; y a los particulares la de denunciar

N9 1596 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente, Benito Robleto, de cali­dades ignoradas en autos, para que dentro del término de quince díaz, comparezca a este Despacho a defenderse en la causa que se le sigue por ser autor del delito de homicidio cometido en la persona de Fidel Vargas, de calidades conocidas en autos, bajo los apercibimientos de de­clararlo rebelde para todos los efec­tos legales, elevar la causa a plenario y nombrarle defensor de oficio si no compa­rece. Se recuerda a los funcionarios pú­blicos la obligación en que están de cap­turar al delincuente; y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en el Juzgado para lo Criminal del Distrito. Juigalpa, veinticuatro de Julio de mil novecientos sesenta "y cuatro.-Maria­no Pérez D.- Fulg. Miranda M.,- Srio.

Es conforme, Juigalpa, veintiuno de Octubre de mil novecientos sesenta y•cua­tro.-Fulgencio Miranda Martínez.-Srio.

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N9 1597 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente, Santos Lumbí, de die­ciocho años de edad, soltero, agricultor, del domicilio de la Comarca de San Ramón, de esta jurisdicción, para que dentro del término de quince días comparezca a es­te Despacho a defenderse en la causa que se le sigue por el delito de atentado a la autoridad del Juez de Mesta de dicha co­marca, el señor Coronado Gaitán Acevedo; bajo los apercibimientos de declararlo re­belde para todos los efectos legales, ele­var la causa a plenario y nombrarle de- .. fensor de oficio si no comparece. Se re­cuerda a los funcionarios públicos la obli­gación en que están de capturar al delin­cuente; y a los particulares, la de denun­ciar el lugar donde se oculte. Dado en el Juzgado para lo Criminal del Distrito. Juigalpa, veintitrés de Julio de mil nove­cientos sesenta y cuatro. Mariano Pérez D.- Fulg. Miranda M.,-Srio.

Es conforme. Juigalpa, veintidós de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y cuatro. -Fulgencio Miranda Martínez.-Srio.

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N" 1598 Por primera vez se cita y emplaza a los

procesados ausentes José Góm~z Reyes y Esteban Jiménez Lumbí, ambos de calida­des ignoradas en autos, para que dentro del término de quince días comparezcan a este Despacho a defenderse en la causa que se le sigue como autores del delito de lesiones que recíprocamente se infirie­ron; bajo los apercibimientos .de decla­rarlos rebeldes para todos los efectos le­gales, elevar la causa a plenario y nom­brarles defensor de oficio si no compare­cen. Se recuerda a los funcionarios Pú­blicosc la obligación en que están dé cap­turar a los delincuentes; y a los particu- · lares, la de denunciar el lugar donde se oculten. Dado en el Juzgado para lo Cri­minal del Distrito. Juigalpa, veinticinco de Julio de mil novecientos sesenta y cua­tro.- Mariano Pérez D.- Ante mí.- Fulg. Miranda M.-Srio.

Es conforme. Juigalpa, veintidós de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y cuatro.­FuJgencio Miranda Martínez.-Srio.

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NQ 1599 Por primera vez se cita y e~laza al

procesado ausente Mario López Alemán, de calidades ignoradas en autos, para que dentro del término de quince dias compa­rezca a este Despacho a defenderse en la causa que se le sigue como autor del de­lito de lesiones cometido en la persona de Gregorio Cano, de calidades conocidas en autos; bajo los apercibimientos de decla­rarlo rebelde para todos los efectos lega­les, elevar la causa a plenario y nombrar­le defensor de oficio si no comparece. Se recuerda a: los funcionarios públicos la obligadón en que están de capturar al delincuente; y a los particulares, la de denunciar el lugar donde se oculte. Da­do en el Juzgado para lo Criminal del Distrito. Juigalpa, veinticinco de Julio de mil novecientos sesenta y cua,tro.-Maria­no Pérez D.- Fulg. Miranda M.-Srio.

Es conforme. Juigalpa, veintidós de Octubre de mil novecientos sesenta y cua­tro.-Fulgencio Miranda Martínez.-Sfio.

NQ 1600

bimientos de declararlo rebelde, elevar es­ta causa a plenario y nombrarle defensor de oficio si no comparece. Se recuerda a las autoridades la obligación que tienen de capturar a dicho delincuente y a Jos particulares la de denunciar el lugar don­de se oculta. Dado en el Juzgado de Dis­trito para lo Criminal.

Matagalpa, Octubre diednueve de mil novecientos sesenta y cuatro. Angela Ri­zo C., Lydia Ma. Chavarría, Sría. Es con­forme, Matagalpa, Octubre veinte de mil novecientos sesenta y cuatro.-Lydia Ma. Chavarría L.-Sria.

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NQ 1601 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Tomás Rocha, de cali­dades ignoradas en autos, para que dentro del ttérmino de quince días comparezca a este Despacho a defenderse en la cau­sa que se le sigue por ser autor del de­lito de hurto en bienes de la señora Guada­lupe Esmeralda Suárez de Ruiz, de calida­des conocidas en autos; bajo los apercibi­mientos de declararlo rebelde para todos los efectos legales, elevar la causa a ple­nario y nombrarle defensor de oficio si no comparece. Se recuerda a los funcio­narios públicos la obligación en que están de capturar al delincuente; y a los particu­lares la de denunciar el lugar donde se oculte. Dado en el Juzgado pm-a lo Cri­minal del Distrito. Juigalpa, dieciocho de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro. Mariano Pérez D.- Fulg. Miranda M. Srio.

.Es conforme. Juigalpa, veintitrés de Octubre de mil novecientos sesenta y cua­tro.-Fulgencio Miranda Martínez.-Srio.

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N9 1602 Por primera vez se cita y emplaza a los

procesados ausentes Remigio Pérez Mar­tínez, de dieciocho años de edad, de la co­marca de Talpalguás; y Luis Mendoza González, de dieciséis años de edad, de la comarca de Bulún, ambos solteros, agri­cultores y de la jurisdicción de la ciudad de Santo Domingo, para que dentro del término de quince días comparezcan a es­te Despacho a defenderse en la causa que se les sigue por el delito de lesiones co-

Por primera vez cil? y emplazo al p:o- metido en las personas de Brígido Ojeda cesado Francisco Agu1rre de generales 1g- y Romualdo Pérez Ojeda, respectivamen­noradas para que dentro del término de te, ambos de calidades conocidas en autos; quince días comparezca a este Despacho a bajo los apercibimientos de declararlos re­defenderse en la causa que se le sigue por beldes para todos los efectos legales, ele­el delito de lesiones en la persona de Do- var la causa a plenario y nombrarles de­mingo Obando, mayor de edad, soltero, fensor de oficio si no comparecen. Se re­agricultor y del domicilio de Ciudad Da- cuerda a los funcionarios públicos la obli­rio1 de este Departamento, bajo aperci-4 gación en que están de capturar a los de-

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3472 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

lincuentes; y a- los particulares la de de­nunciar el lugar donde se oculten. Dado en el Juzgado para lo Criminal del Dis­trito. Juigalpa, treinta de Sep't.iembre de mil novecientos sesenta y cuatro.-Maria­no Pérez D. -Fulg. Miranda M.-Srio.

Es conforme. Juigalpa, vein,titrés de Octubre de mil novecientos sesenta y cua­tro.-Fulgencio Miranda Martinez.-Srio.

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N9 1603 Por primera vez se cita y emplaza al

procesado ausente Robustiano Galeano Centeno, de veintiocho años de edad, sol­tero, agricultor, y del domicilio de la Co­marca de Amerrisque, de esta jurisdic­ción, y Joaquín Galeano Silva, de calida­des ignoradas en autos, para que dentro del término de quince días comparezcan a este Despacho a defenderse en la causa que se. les sigue por el delito de lesiones que reciprocamente se infirieron; bajo los apercibimientos de declararlos rebeldes para todos los efectos legales, elevar .la causa a plenario y nombrarles defensor de oficio si no comparecen. Se recuerda a los funcionarios públicos la obligación en que están de capturar a los delincuentes; y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculten. Dado en el Juzgado para lo Criminal del Distrito. Juigalpa, veinticinco de Julio de mil novecientos se­senta y cuatro. Mariano Pérez D.- Fulg. Miranda M.-Srio.

Es conforme. Juigalpa, veintitrés de Oc­tubre de mil novecientos sesenta y cuatro. -Fulgencio Miranda Martínez.-Srio.

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No. 1586 Por primera vez ci_tQ. y emplazo al proce·

sado José Maria Granados, jornalero, casado, mayor de edad, y vecino de la Comarca Wi· rruca, de esta jurisdicción, por ser autor del delito de lesiones graves en la persona de Cándido López, de veintiocho anos de edad, soltero, jornalero y del mismo vecindario, para que dentro del término de quince dfas, comparezca a este despacho a defenderse en la causa criminal que se le sigue, bajo pena de declararlo rebelde, elevar esta causa a plenario y nombrarle defensor de oficio si no comparece.

Se recuerda a las autoridades la obliga· ción que tienen de capturar a dicho delin­cuente y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculte.

Es conforme. Boaco, veintiuno de Octu bre de mil novecientos sesenta y cuatro.

Dado en el juzgado de lo Criminal del Distrito de Boaco, a los veintiún dlas del mes

de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.-Mar. Miranda Matus juez de lo Criminal del Dlstrito.-Myrian L de Angulo, Sri a.

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Declaratorias de Herederos No. 9970-B/U No. 910714-<J 3.50 Zenella Isabel Pérez Zeledón de Carballtf,

mayor de edad, casada, oficios domésticos domicilio ciudad San Marcos, solicita declá: resele heredera única y universal, bienes, derecho~ y acciones, dejados al morir su pa· dre legrt1mo Silvestre Pérez Parrales, quien fue mayor de edad, casado, agricultor del domicilio ciudad San Marcos. Tiene suce· sión diferentes departamentos, debidamente inscritos.

Quién tenga derecho, opóngase término legal.

juzgado Civil Distrito. jlnotepe, veintiuno Agosto mil novecientos sesenta y cuatro.­Ignacio LcSpez Rivera.-Leónidas Sánchez ~~ '

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No. 9866-B/U No. 919337-<i 3 70 lldcfooso Lira Alburquerque, domicilio

La Trinidad, solicita ser declara-do heredero difuntos Miguel Mollna Toruno y Hercilia Lira Toruno, cesionarios de éstos según es· critura que conserva. Bienes: Veinticinco manzanas, lindante: Oriente, Norte, Isabel Moreno; Occidente, Sur, José León Bravo. Siete manzanas, lindante: Oriente, Pedro Jo· ya; 9ccidente, misma sucesión, camino en· medio; Norte, Isabel Moreno; Sur, Virgilio Molina. Dos manzanas, lindante: Oriente, Occidente, Sur, José León Bravo; Norte, primer lote.

Oyense oposiciones. Dado juzgado Civil Distrito. EsteH, die·

cinueve Octubre mil novecientos sesentlcua· tro.-G. Gutiérrez, Srlo.

No. 9919-B/U No. 890771-ci 4.14 Carlos Castillo Pérez, solicita se le declare

heredero de los derechos hereditarios en la sucesión de Salomé Marenco, consistente en una casita situada en la ciudad de Nandal· me, estos linderos: Oriente, casa y solar de Benito Ortega, calle de por medio; Poniente, solar de juan Pablo Marenco; Norte, solar de Ana Ouzmán; y Sur, casa y solar de 81· blana Rivera, calle de por medio; inscrita con el No. 4580, folio 41, tomo 46, Libro de Propiedades del Registro Público de este Departamento.

Quien se crea con derecho oponerse. juzgado Civil del Distrito. Granada, trece

de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro. - f co. J. Castillo G., Srio.

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