Rentas 3 Ra. Categ 2009

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Rentas de Tercera Categoría PROFESOR: CPC: PAULINO BARRAGAN ARQUE IMPUESTO A LA RENTA 1

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TRIBUTACION - RENTAS DE TERCERA CATEGORIA 2009 UNMSM

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Rentas de Tercera Categoría

PROFESOR: CPC:PAULINO BARRAGAN ARQUE

IMPUESTO A LA RENTA

1

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RENTA NETA IMPONIBLE

Renta Neta de Fuente Peruana

Gastos Deducibles

Gastos No Deducibles

Compensación de Pérdidas Tributarias

Renta Neta de Fuente Extranjera

2

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Determinación de la Renta Neta Imponible

Art. 20º del TUO de la L.I.R.

_

3

=

Devoluciones

Ingreso Bruto

Ingreso Neto

_

Costo Computable

Renta Bruta=

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Art. 37º, 51°, 51-A° del TUO de la L.I.R.

_

4

=

Renta Bruta

Gastos

Renta Neta deFuente Peruana

Determinación de la Renta Neta Imponible

Fuente Extranjera

Renta Bruta _

Renta Neta de Fuente Extranjera

Gastos

Fuente Peruana

=

Renta Neta + +

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5

Vs.Tributario Según

EEFF

Art. 33º del Reglamento de la L.I.R.

Del Resultado de la Renta Neta de Fuente Peruana

Renta Neta

A fin de conciliar ambos

resultados

La Renta Neta Tributaria no es necesariamente es igual al Resultado del Ejercicio, ello debido a que los EEFF

son elaborados en arreglo a Principios contables.

Se realizan Adiciones y Deduccionesal Resultado del Ejercicio según EEFF

Renta NetaDeduccionesAdiciones

Tributario

Resultado del Ejercicio

Resultado del Ejercicio

Según EEFF

Tributarios

+ _ =

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Determinación de la Renta Neta Imponible

+

Art. 50° y 51º del TUO de la L.I.R. y Art. 29°-A del Reglamento

Renta Neta deFuente Peruana

Renta Neta de Fuente Extranjera

Renta Neta

• Pérdida Tributaria de Ejercicios Anteriores• Inversión en la Amazonía

Renta Neta

=

_

Renta Neta Imponible

Pérdida

Si es positivo

Si es negativo

Solo positiv

a

6

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Art. 37º y 44° del TUO de la L.I.R.

RENTABRUTA

( - )

GASTOS NECESARIOS

( - )

GASTOS VINCULADOS CON LA GENERACIÓN DE GANANCIA DE

CAPITAL

7

Renta Neta deFuente Peruana

Renta Neta de Fuente Peruana

=

Principio de CausalidadCriterio de DevengadoRequisitos formalesGastos deducibles

• Con límite• Sin límite

Gastos no deducibles

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Primer y último párrafo del Art. 37º del TUO de la L.I.R.

GastoRelación

Causa – Efectocon:

Generación de rentas gravadas

MantenimientoDe la fuente

Se cumplirá con el principio de causalidad, aún cuando no se logre la generación de la renta.

8

Generación de ganancias

de capital

DebenCumplir conCriterios de:Normalidad

RazonabilidadGeneralidad

DebenCumplir conCriterios de:Normalidad

RazonabilidadGeneralidad

Deducción del gasto: siempre que no esté expresamente prohibido

Principio de Causalidad

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Primer y último párrafo del Art. 37º y Art. 44° inciso j) del TUO de la L.I.R.

Elementos concurrentes

para calificar un desembolso como gasto deducible

Elementos concurrentes

para calificar un desembolso como gasto deducible

Que sea necesario para producir y/o mantener su fuente generadora de renta.

Que sea necesario para producir y/o mantener su fuente generadora de renta.Que no se encuentre expresamente prohibido por la ley.Que no se encuentre expresamente prohibido por la ley.

Que se encuentre debidamente acreditado (con comprobantes de pago u otros documentos autorizados).

Que se encuentre debidamente acreditado (con comprobantes de pago u otros documentos autorizados).

Que el gasto cumpla con el criterio de normalidad, razonabilidad y generalidad.Que el gasto cumpla con el criterio de normalidad, razonabilidad y generalidad.

9

Principio de Causalidad

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Art. 57º del TUO de la L.I.R. y Marco Conceptual de las NICs Párrafo 22

Criterio de loDevengado

Los efectos de las operaciones otros hechos se reconocen cuando se producen y no cuando se cobran o pagan.

GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

COMPROBANTES DE PAGO POSTERIORES AL EJERCICIO.

DIFERIMIENTO DE RESULTADOS – EXCEPCIÓN AL CRITERIO DE LO DEVENGADO.

10

Criterio de lo Devengado

Page 11: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 57º del TUO de la L.I.R.

GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES

COMPROBANTES DE PAGOS POSTERIORES AL EJERCICIO

CONDICIONES

Imposibilidad de conocerlo durante el ejercicio en que se devengó.

No otorgue ningún beneficio fiscal.

Se provisione y pague en el ejercicio en se va a deducir (posterior a su devengo)

Si el comprobante de pago es recibido después del cierre del ejercicio en que se ha devengado pero antes de la presentación de la Declaración Jurada Anual. ¿ Puede la empresa deducir el gasto ?

11

Criterio de lo Devengado

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Art. 57º y 63° del TUO de la L.I.R.

COMPROBANTES DE PAGOS POSTERIORES AL EJERCICIO

Si el CDP es recibido en fecha posterior a dicha declaración

¿ Podía el contribuyente deducir un gasto devengado en el ejercicio , pero cuyo comprobante no tiene al momento de hacer la DD.JJ. Del Impuesto a la Renta ?

DIFERIMIENTO DE RESULTADOS

Los costos o gastos no se imputarán en el ejercicio en que se devenguen

CONDICIONES

SE TRATE DE UNA EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN O SIMILAR.

SE TRATE DE UN CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN.

EL RESULTADO DEL CONTRATO CORRESPONDA A MÁSDE UN EJERCICIO GRAVABLE.

12

Criterio de lo Devengado

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Art. 25º Inc d) del Reglamento L.I.R. y Art. 4° y 5° de la Ley Nº 28194.

• Obligación formal: el contribuyente que pretenda deducir el gasto o costo de adquisición, deberá efectuar el pago de contraprestaciones (precios) desde S/. 5,000.00 ó $ 1,500.00, mediante los medios de pago regulados.

• Medios de Pago: Depósitos en cuentas, giros, transferencias de fondos, órdenes de pagos, tarjetas de débito y crédito expedidas en el país y cheques con la cláusula “no negociable”, “intransferibles”, “no a la orden” u otra equivalente.

BA

NC

AR

IZA

CIÓ

NB

AN

CA

RIZ

AC

IÓN

13

Requisitos formales para la deducción del gasto

Modificatoria D.Leg. 975 vigente a partir del 01.01.2008 Los Montos para utilizar Medios de Pago son: Desde S/. 3,500.00 ó $ 1,000.00

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Art. 25º Inc. d) del Reglamento L.I.R. yArt. 8° de la Ley Nº 28194. 14

• No es aplicable cuando la contraprestación de la empresa, teniendo un valor económico, se satisface con medios distintos al dinero (trueques o permutas, pagos en especies o compensaciones).

• Se mide en función al valor de la operación por pagar, es decir, a lo facturado.

• En caso no utilizarse medios de pago estando obligado, la empresa perderá el derecho a deducir gastos, costos créditos, efectuar compensaciones, ni a solicitar devoluciones de tributos, saldos a favor, reintegros tributarios, entre otros.B

AN

CA

RIZ

AC

IÓN

BA

NC

AR

IZA

CIÓ

NRequisitos formales para la

deducción del gasto

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Primera Disposición Final del D. Leg. N° 940 Sistema de Pagos de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central - Régimen de Detracción

15

• En las operaciones sujetas al SPOT, quienes se encuentren obligados a efectuar la detracción podrán deducir los gastos y/o costos en cumplimiento al criterio de lo devengado del IR.

• Dicha deducción no será considerada válida en caso se incumpla con efectuar el depósito respectivo con anterioridad a cualquier notificación de la SUNAT respecto a las operaciones involucradas en el SPOT, aún cuando se acredite o verifique la veracidad de éstas.

DETR

AC

CIO

NES

DETR

AC

CIO

NES

Requisitos formales para la deducción del gasto

Page 16: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44º inciso j) del TUO de la L.I.R. , el Art. 25º inciso b) del Reglamento, y Art. 4° del Reglamento de Comprobantes de Pago

REQ

UIS

ITO

S D

E L

OS

CO

MP

RO

BA

NTES

D

E P

AG

O

REQ

UIS

ITO

S D

E L

OS

CO

MP

RO

BA

NTES

D

E P

AG

O

16

•Los gastos y/o costos deben estar debidamente sustentados con comprobantes de pago emitidos conforme al Reglamento de Comprobantes de Pago.

•Comprobantes de pago generales: Facturas, recibos por honorarios, boletas de venta, liquidaciones de compra, tickets o cintas emitidas por máquinas registradoras.

Requisitos formales para la deducción del gasto

Page 17: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44º inciso j) del TUO de la L.I.R. , el Art. 25º inciso b) del Reglamento, y Art. 4° numeral 6. del Reglamento de Comprobantes de Pago

• Comprobantes de pago autorizados: Aquellos que permiten deducción del Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas Aquellos que sólo permiten deducción del Impuesto a la Renta. Aquellos que no permiten deducción tributaria alguna.

• Excepción: Gastos que de acuerdo al Art. 37° no requieren ser sustentados con comprobantes de pago.

• Los comprobantes de pago emitidos por sujetos calificados como No Habidos no son deducibles, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio haya cumplido con levantar tal condición.

17

REQ

UIS

ITO

S D

E L

OS

CO

MP

RO

BA

NTES

D

E P

AG

O

REQ

UIS

ITO

S D

E L

OS

CO

MP

RO

BA

NTES

D

E P

AG

O

Requisitos formales para la deducción del gasto

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Ultimo párrafo del Art. 37°del TUO de la L.I.R. y Art. 21° inc. p) del Reglamento

Y no se puedan imputar

directamente

18

Cuando los Gastosinciden

conjuntamente enRentas Gravadas,

Exoneradas é Inafectas

- Se deducirá en forma proporcional al gasto directo imputable a las Rentas Gravadas:

Gasto Común x Gasto Directo de Rentas Grav. Total Gasto

Porcentaje = Total Rentas Brutas Gravadas . Total Rentas Brutas Gravadas, Exoneradas e Inafectas

Gasto Común x Porcentaje

Gastos que inciden en Rentas Gravadas, Exoneradas e Inafectas

- De no poder aplicarse dicho método, se aplicará un porcentaje a los gastos comunes, obtenido de:

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Gastos Deduciblesa) Gastos sujetos a límiteb) Gastos no sujetos a

límite

19

Page 20: Rentas 3 Ra. Categ 2009

- Según Código Tributario Intereses

Deudas

Partes vinculadas

- Sólo es deducible el exceso de los ingresos por intereses exonerados.

- Son deducibles los intereses si el Endeudamiento no excede de 3 veces el Patrimonio Neto al cierre del Ejercicio anterior.

- El exceso no es deducible

Fraccionamiento

Art. 37° inc. a) Ley I. Renta y Art. 21° inc. a) del Reglamento20

Originados por la constitución, renovación y cancelación de deudas destinadas a generar rentas gravadas

a) Con límite: Cargas Financieras

Page 21: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Titular EIRL,Accionista oSocios de PJ,y Familiares

Directores de S.A

- Se pruebe que trabajan en el negocio.

- No excedan valor mercado.- El exceso será dividendo del

titular o socio.

- No exceda 6% Utilidad comercial del ejercicio antes del Impuesto a la Renta.

- El exceso será renta gravada del director.

Art. 37° Inc. m), n), ñ) y z) Ley I.Renta y Art. 19°-A Inc. b) y Art. 21° Inc. l) Reglamento

Personas conDiscapacidad

- Deducción adicional: Porcentaje fijado por D. S. N° 102-2004-EF. Procedimiento según R.S. 296-2004/SUNAT.

21

a) Con límite: Cargas de Personal

Remuneraciones

Page 22: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Titular EIRL,Accionistas oSocios de PJ y Familiares

Art. 37° Inc. n) y ñ) Ley I.Renta.Modificatoria D. Leg. N° 979 vigente a partir del 01.01.2008 22

Se pruebe que trabajan en el negocio.

a) Con límite: Cargas de Personal

Remuneraciones No excedan valor mercado. Aplicable a: - Titular de EIRL y sus familiares - Accionistas, participacionistas, socios o

asociados de PJ que califiquen como vinculados con el empleador en razón de:

> Control > Administración > Capital Así como sus familiares

El exceso será dividendo del titular o socio.

Page 23: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Porcentaje de personas con discapacidad que laboran para

el generador de rentas de tercera categoría calculado

sobre el total de trabajadores

Porcentaje de deducción adicional aplicable a las

remuneraciones pagadas por cada persona con discapacidad

Hasta 30%

Mas de 30%

50%

80%

Tope: 24 RMV por trab.

Tope para los trabajadores con menos de un año: 2 RMV

Art. 37° Inc. z) Ley I.Renta ; D.S. N° 102-2004-EF; R.S. N° 296-2004/SUNAT.23

a) Con límite: Cargas de Personal Personas con Discapacidad

Page 24: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Cargas dePersonal

•Gastos recreativos. Límites:

Art. 37° Inc. ll) y a1) Ley I.Renta

•Menores 18 años•Mayores 18 años incapacitados

24

a) Con límite: Cargas de Personal

• Que sean necesarios para sus funciones• No constituyan beneficio o ventaja patrimonial• Podrán ser sustentados con

Comprobante; o Planilla de movilidad, en cuyo caso éstos gastos no podrán exceder del 4% de la RMV diariamante por cada trabajador

• No se aceptara los gastos de aquellos a quienes la empresa les asigna movilidad.

•Gastos en Salud de hijos

Gastos de movilidad

de trabajador

es

•0.50% ingresos netos

•40 UIT

Page 25: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Gastos deRepresentación

Art. 37° Inc. q) Ley I.Renta y Art. 21° inc. m) del Reglamento

Son GR aquellos efectuados:• A fin de ser representada fuera de sus oficinas.• A fin de presentar una imagen. Incluye obsequios y agasajos a clientes.No son GR los gastos de viaje ni los gastos de propaganda

25

a) Con límite: Servicios de Terceros

Limites GR:• 0.50% ingresos brutos• 40 UIT

Page 26: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 37° Inc. w) Ley I.Renta y Art. 21° Inc. r) del Reglamento

Vehículos AutomotoresA2, A3 y A4

> Son deducibles los gastos en vehículos que: • Sean estrictamente indispensables; y• Se apliquen en forma permanente

> Aquellos gastos en vehículos destinados a dirección, representación y administración, serán deducibles con ciertos limites según los ingresos netos anuales.

26

¿ Cuales son los vehículos incluidos en dichas categorias?

Automoviles y Station Wagon:•Categoria A2........ De 1,051 a 1,500 cc•Categoria A3........ De 1,501 a 2,000 cc•Categoria A4........ Mas de 2,000 cc

a) Con límite: Gastos en Vehículos de las Categorías A2, A3 y A4

Page 27: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 21° Inc. r) Reglamento I. Renta

Ingresos netos anuales N° vehículosHasta 3,200 UIT 1Hasta 16,100 UIT 2Hasta 24,200 UIT 3Hasta 32,300 UIT 4

Mas de 32,300 UIT 5

27

- La UIT correspondiente al ejercicio gravable anterior - Los ingresos netos anuales devengados en el ejercicio gravable anterior, excepto enajenación de bs. act. fijo.

a) Con límite: Gastos en Vehículos de las Categorías A2, A3 y A4

Limites de vehículos destinados a dirección, representación y administración

Page 28: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Depreciación de Activos fijos

Art. 37° Inc. f), 38° y 40° Ley I.Renta y Art. 11° Inc. b) y 22° del Reglamento.

Desgaste Obsolescencia

Costo adquisición o producción + mejora permanente

Contabilizada en libros contables

• Tabla aprobada ó• Informe técnico

TASA

28

y

Si los bienes afectan parcialmente a la producción de renta, la depreciación se deducirá en la proporción correspondiente.

a) Con límite: Provisiones del Ejercicio

Page 29: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Tasas de depreciación aplicables

Art. 39° y 40° Ley I.Renta y Art. 22° Inc. b) Reglamento I. Renta

BIENES PORCENTAJE ANUAL DE DEPRECIACION

HASTA UN MÁXIMO DE1.Ganado de trabajo y reproducción, 25% redes de pesca.2. Vehículos de transporte terrestre 20% (excepto ferrocarriles), hornos general3. Maquinaria y equipo de actividades 20% mineria, petrolera y construcción, excepto muebles y equipos de oficina4. Equipos de procesamiento de datos 25%5. Maquinaria y equipos adquiridos 10%

despues de 01-01-1991

6. Otros bienes del activo fijo. 10%

29

Edificios y Otras Construcciones 3% anual

a) Con límite: Provisiones del Ejercicio

Page 30: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 43° Ley I. Renta y Art. 22° Inc. i) y 23° del Reglamento 30

Bienesdepreciables

(excepto inmuebles)obsoletos o

fuera de uso

Depreciarse

Darse de baja

Acreditado con Informe Técnicodictaminado por

profesional competente y

colegiado

a) Con límite: Provisiones del Ejercicio

La inversión en bienes cuyo costo por unidad no sobrepase

¼ UIT puede deducirse como gasto

La inversión en bienes cuyo costo por unidad no sobrepase

¼ UIT puede deducirse como gasto

No es de aplicación si los bienes forman parte deun conjunto o equipo

Page 31: Rentas 3 Ra. Categ 2009

a) Con límite: Provisiones del Ejercicio

Art. 37° Inc. g) Ley I.Renta y Art. 21° Inc. d) del Reglamento

Amortizaciones

- Organización- Pre-operativos iniciales o de expansión.- Intereses devengados en período pre-operativo

En el primer ejercicio

31

Amortizarse en el plazo máximo de 10 años

Plazo puede ser variado con autorización de SUNAT

Page 32: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Viáticos

Transporte

• Límite General: Máximo el doble otorgado a funcionario del Gobierno Central.

• Alojamiento + movilidad: - Documentos del exterior, ó - DDJJ: Límite 30% del doble otorgado a funcionario del Gobierno Central.

• Se acredita con pasajes

Art. 37° Inc. r) Ley I.Renta y Art.21° Inc. n) del Reglamento 32

• Alojamiento• Alimentación• Movilidad

a) Con límite: Cargas Diversas de Gestión

Seanindispensables

Necesidad de viaje: acreditada

con la correspondencia o cualquier otra documentación

Gastos de Viaje

41

Page 33: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Entidades sin fines de lucro: beneficencia, asistencia social,

educación, culturales, científicas, artísticas, literarias, deportivas, salud, patrimonio histórico cultural indígena

Sector Público

Nacional(excepto

empresas)

Requisito: calificación previa del MEF, mediante Resoluc. Ministerial

Gastos por Donación

Art. 37° Inc. x) Ley I.Renta y Art. 21° Inc. s) del Reglamento

Límite a la deducción: 10% Renta Neta, luego de la compensación de

pérdidas

33

a) Con límite: Cargas Diversas de Gestión

Page 34: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Límite 1: 6% del monto acreditado con comp. de pago anotados en el Registro de Compras (monto total incluido impuestos)Límite 2 : 200 UIT

Sólo otorgados por contribuyentes del RUS

Gastos sustentados con Boletas de Ventas

o Tickets

Art. 37° Segundo párrafo e Inc. s) y Art. 21° Inc. ñ) y o) del Reglamento 34

a) Con límite: Cargas Diversas de Gestión

Arrendamientode predios

Es deducible el importe de arrendamientos que recaen sobre predios destinados a la actividad gravada.

Personas Naturales: Si el predio es casa habitación y genera renta, la deducción aceptada es 30% del alquiler y 50% de gastos de de mantenimiento

Page 35: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Cargas de

Personal

Servicios deSalud,

Culturales yEducativos

PerceptorRentas desegunda,

cuartao quinta categoría

• Pagados antes de presentar la DDJJ anual;o

• Hayan efectuado y pagado la retención.

Art. 37° Inc. l), ll) y v) Ley I.Renta , Art. 21° Inc. i),j) y q) del Reglamento yDécimo Cuarta Disposición Transitoria y Final D. S. N° 179-2004-EF

Aguinaldos,bonificaciones,retribuciones

• Vinculo laboral o cese; y

• Pagados antes de presentar la DDJJ anual

35

b) Sin límite: Cargas de Personal • Salud• Culturales• Educativos• Enfermedad• Salud de cónyuge

• Salud de concubino(a)

Page 36: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 37° Inc. b) y e), 51°-A y Art. 76° Ley I.Renta yArt. 39° Último párrafo Reglamento

Gastos o Costos a Favor de NoDomiciliados

Regalías, retribucionespor servicios,

asistencia técnica,cesión en uso ú otros

Deben abonar laretención en el mesen que se produzca el registro contable.

36

b) Sin límite: Servicios de Terceros

Gastos deCobranza

Que afecten Rentas Gravadas

Tributos

Son deducibles los tributos que recaen

sobre bienes o actividades productoras

de rentas gravadas.Pregunta:

¿Es deducible el ITF?

- Impuestos- Contribuciones- Tasas

Page 37: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Existencias

Art. 37° Inc. f) Ley I.Renta y Art. 21° Inc. c) Reglamento

Mermas Desmedros

Perdida cuantitativa

Destrucción anteNotario, comunicadoa SUNAT 6 días antes

De profesionalIndependiente,

Competente y Colegiado

Perdida cualitativa

INFORME

37

b) Sin límite: Provisiones del Ejercicio

Page 38: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Provisión porDeuda

Incobrable

Art. 37° Inc. i) Ley I.Renta y Art. 21 inc. f) del Reglamento

Deuda se encuentre vencida y se demuestre:• Dificultades financieras del deudor; o,• Morosidad del deudor ante acciones de cobro; o,• Protesto de documentos; o, • Inicio de procedimientos judiciales de cobranza; o• Hayan transcurrido más de 12 meses de vencido el crédito.Además, que figure discriminado en libro Inventario y Balances

No se reconocecomo deudaIncobrable

•Deudas entre partes vinculadas.•Deudas del sistema financieroafianzada con derechos reales.•Deudas con renovación oprorroga expresa.

38

b) Sin límite: Provisiones del Ejercicio

Page 39: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 37° Inc. i) Ley I.Renta y Art. 21° Inc. g) del Reglamento

• Se haya realizado las acciones judiciales de cobranza, salvo que sea inútil ejercerlas o la deuda sea menor a 3 UIT; o,• Deuda de domiciliados, condonada en vía de transacción, se deberá emitir una Nota de Abono a favor del deudor, quien lo considerara como ingreso gravable; o,• Crédito condonado o capitalizado por Junta de Acreedores Controlada en cuenta “Acciones recibidas con ocasión de un Proceso de reestructuración”.

Castigo por Deudas Incobrables

• Deuda haya sido provisionada; y

39

b) Sin límite: Provisiones del Ejercicio

REQ

UIS

ITO

S

Page 40: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 37° Inc. c) y u) Ley I.Renta

Gastos dePremios(dinero oespecie)

• Ofrecidos en general a los consumidores reales.

• Sorteo ante Notario Publico.• Cumpla normas legales sobre la materia: Decreto Supremo N° 006-2000-IN

Primas deSeguro

Cubra operacionesy riesgos sobre

bienes generadoresRenta gravada

30 % de prima,cuando la casa seusa parcialmentecomo oficina

Accidentes de trabajo de personal y lucro cesante

Persona natural

40

b) Sin límite: Provisiones del Ejercicio

Page 41: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Perdidas Extraordinarias

Art. 37° Inc. d) Ley I.Renta

Caso Fortuito Fuerza mayor

Hechos naturales

• Las perdidas no estan cubiertas por seguro; y• Se haya probado judicialmente el hecho delictuoso; o• Se acredite que es inutil ejercer la accion judicial.

Hechos del hombre

41

b) Sin límite: Cargas excepcionales

Page 42: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Gastos no deducibles

42

Page 43: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44°Inc. a) y f) Ley I.Renta

No se acepta los gastos de sustento delcontribuyente y sus familiares. (Ejemplos: gastos de alimentación, vehículos, educación, viajes, etc.).

43

Gastos No deducibles: Gastos personales y provisiones contables

No se aceptan las asignaciones por constitución de reservas o provisionesno admitidas por ley.

ProvisionesContables

Gastos Personales delContribuyente

Page 44: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44°Inc. j) Ley I.Renta y Art. 25° Inc. b) del Reglamento

• Deben estar sustentados con documentos emitidos en arreglo al RCP RS N° 007-99/SUNAT.

• No son deducibles aquellos comprobantes que de acuerdo al RCP no pueden ser utilizados para sustentar costo o gasto.

• No son deducibles los comprobantes emitidos por contribuyentes No Habidos, salvo que al 31 de diciembre del ejercicio hayan levantado tal condición.

44

• Excepción: se acepta el gasto si de acuerdo al Art. 37° de la Ley del I.R. se permite la sustentación del gasto con otros documentos.

Gastos No deducibles: Gastos sin sustento

Gastos sinSustento en

Comprobantes De Pago

Page 45: Rentas 3 Ra. Categ 2009

• No se conociera el gasto oportunamente• No implique beneficio fiscal• Provisionado y pagado en el ejercicio

Principios contables:

• Devengado• Correlación

Art. 57° Ley I.Renta

Gastos de ejerciciosanteriores

Sólo se aceptará si:

45

Gastos No deducibles: Gastos de ejercicios anteriores

Page 46: Rentas 3 Ra. Categ 2009

No son deducibles el IGV, IPM e ISC que grave el retiro de

bienes.

Art. 44° Inc. c) y k) de Ley I. Renta 46

Multas y Sanciones

• Código Tributario• Sector Público Nacional

No se considera:• Intereses por fraccionamiento tributario

Tributos

Gastos No deducibles: Multas, Sanciones y Tributos

Page 47: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44° Inc. g) y l) Ley I.Renta y Art. 25° Inc. a) del Reglamento.

Reorganización de empresas o no.

Excepción: Art. 104° num.1 Ley I.R.: Monto revaluado es renta gravable.

- Duración Limitada: aquellos cuya vidaútil está estimada por ley o naturaleza.

-Duración ilimitada: marcas, patentes, Procedimientos de fabricación, juanillos.

- En los intangibles aportados no se acepta el gasto.

47

Gastos No deducibles: Intangibles de duración ilimitada y

reevaluacionesIntangibles de

Duraciónilimitada

Reevaluaciones Voluntarias

Page 48: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Donacionesy

liberalidades

Tampoco son deducibles todo acto de liberalidad[excepto lo dispuesto por el Art. 37° Inc. x) ]

Art. 44° Inc. d) y e) Ley I.Renta

Bienes omejoras

permanentes

Mejoras permanentes:• Alargan vida útil • Mejoran la calidad de la producción• Reducen los costos

48

Formarán parte del costo del

activo

Gastos No deducibles: Donaciones y liberalidades y mejoras

permanentes

Page 49: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44° Inc. b) y h) y Art. 47° de Ley I. Renta

Se repara el exceso del porcentaje que usualmente se paga en dicho país.

49

-El Impuesto a la Renta grava el Resultado obtenido.

-No puede deducir el Impuesto a la Renta que haya asumido y que corresponda a un tercero.

Excepción: Si grava intereses por operaciones de crédito a beneficiarios del exterior.

Gastos No deducibles: Impuesto a la Renta y comisiones en el exterior

Impuesto a la Renta

Comisionesmercantiles en

el exterior

Page 50: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 44°Inc. m) Ley I.Renta y Art. 86° del Reglamento

También se considera a los países donde latasa del IR es 0% o menor en 50% a la tasa en Perú.

No brinde información Régimen tributario con beneficios

Beneficiados estén prohibidos operar en mercado local.

El país se publicite como paraíso

Gastos provenientesde paraísos

fiscales

Paises de baja onula imposición:Aruba, Hong Kong,Panama, Mónaco,Islas Caimán, etc.

y

50

Gastos No deducibles: Gastos de paraísos fiscales

Page 51: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Compensación de Pérdidas Tributarias

51

Page 52: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Objetivo de la compensación:

Compensación de Pérdidas Tributarias

Lograr que el Impuesto a la Renta se acerque a gravar, en el largo plazo, las utilidades netas de pérdidas, durante toda la vida comercial del negocio.

Lograr una mayor recaudación para el Estado en los ejercicios inmediatos, provenientes de las empresas con pérdidas y que opten por el Sistema b).

52

Page 53: Rentas 3 Ra. Categ 2009

53

Sistemas

Sistema ASistema A

Sistema BSistema B

Límite: 4 Ejercicios

Límite: 50% Utilidad

En ambos sistemas se deberán considerar las rentas exoneradas a fin de determinar la renta neta compensable

Ejemplo: Renta Neta o Pérdida del Ejercicio S/. (10,000) (Pérdida) Rentas Exoneradas del Ejercicio 4,000 Pérdida Neta Compensable 6,000

Sistemas para compensar la Pérdida

Art. 50° del TUO de la L.I.R.

Page 54: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. a) del Reglamento

PARÁMETROSPARÁMETROS

El plazo de compensación es de 4 años.

El inicio del cómputo se inicia desde el ejercicio siguiente a su generación, seobtenga o no Renta Neta.

Transcurrido el plazo de 4 años, el saldo no compensado no puede arrastrarse a los ejercicios siguientes.

ORDEN DE PRELACIÓN

La compensación de las Pérdidas Tributarias

se inicia por la más antigua.

ORDEN DE PRELACIÓN

La compensación de las Pérdidas Tributarias

se inicia por la más antigua.

54

Sistemas para compensar la pérdida: Sistema A

Page 55: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Ejemplo 1:Supuestos:

- Se arrastra una pérdida de 15,000 generada en el 2005

2006 2007 2008 2009 2010

Renta Neta del ejercicio 1,000 1,200 950 1,500 1,800

Pérdidas de ejercicios anteriores (15,000) (14,000) (12,800) (11,850) 0

Renta Neta Imponible 1,800

Pérdida Neta Compensable (14,000) (12,800) (11,850)

Impuesto a la Renta (t=30%) 0 0 0 0 540

Cumplido los 4 años el saldo de pérdida (10,350) no puede arrastrarse más.

0 0 0 0

55

Sistemas para compensar la pérdida: Sistema A

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. a) del Reglamento

0

Page 56: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Supuestos:

- Se arrastra una pérdida de 5,000 generada en el 2005

2006 2007 2008 2009 2010

Renta Neta del ejercicio 1,000 1,200 (950) 2,900 1,800

Pérdidas de ejercicios anteriores (5,000) (4,000) (2,800) (3,750)

Renta Neta Imponible 950

(4,000) (2,800) (3,750)

Impuesto a la Renta (t=30%) 0 0 0 0 280

La aplicación de las pérdidas más antiguas permite absorber toda la pérdida del 2005

0 0 0 0

(850)

(850)

Saldo de pérdida del 2008

Pérdida Neta Compensable

56

Sistemas para compensar la pérdida: Sistema A

Ejemplo 2:

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. a) del Reglamento

Page 57: Rentas 3 Ra. Categ 2009

CO

NS

IDER

AC

ION

ES

CO

NS

IDER

AC

ION

ES

La compensación se efectúa anualmente contralas Rentas Netas de Tercera Categoría.

La compensación se debe realizar sólo hasta el50% de la Renta Neta Anual obtenida.

No existe plazo máximo para efectuar la compensación.

Los saldos no compensados se consideran Pérdida NetaCompensable del Ejercicio que podrá ser arrastrada.

Pérdida Neta Compensable del ejercicio se suma a laspérdidas netas compensables de ejercicios anteriores.

57

Sistemas para compensar la pérdida: Sistema B

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. b) del Reglamento

Page 58: Rentas 3 Ra. Categ 2009

2006 2007 2008 2009 2010

Renta Neta del ejercicio 8,000 9,000 (2,000) 16,000 8,000

Pérdidas de ejercicios anteriores (10,000) (6,000) (1,500)

Renta Neta Imponible 4,000 4,500 0 14,500 8,000 Impuesto a la Renta (t=30%) 1,200 1,350 0 4,350 2,400

(6,000) (1,500) 0

Supuestos:

- Tiene renta exonerada de 2,000 en el 2008

(1,500)

(1,500)

0Pérdida Neta Compensable

La renta exonerada (2,000) compensa toda la pérdida del 2008 (-2,000).

- Se arrastra una pérdida de 10,000 generada en el 2005

58

Sistemas para compensar la pérdida: Sistema B

Ejemplo:

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. b) del Reglamento

Page 59: Rentas 3 Ra. Categ 2009

EJE

RC

ICIO

DE L

A

OP

CIÓ

NEJE

RC

ICIO

DE L

A

OP

CIÓ

N

El contribuyente deberá elegir el Sistema a) ó b), en la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta del ejercicio en que se genera la pérdida.

En caso que el contribuyente se abstenga de elegir uno de los sistemas, la Administración Tributaria aplicará el sistema previsto en el inciso a) del Artículo 50º del TUO de la L.I.R.

Una vez elegido cualquiera de los dos sistemas, los contribuyentes se encuentran impedidos de cambiar de sistema; salvo que se hubiesen agotado las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores.

59

Rectificatoria del Sistema de Pérdidas

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. d) del Reglamento

Page 60: Rentas 3 Ra. Categ 2009

EJE

RC

ICIO

DE L

A

OP

CIÓ

NEJE

RC

ICIO

DE L

A

OP

CIÓ

N

En caso no existan pérdidas de ejercicios anteriores, el contribuyente podrá rectificar el sistema de arrastre de pérdidas elegido, para lo cual debe rectificar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

El plazo para efectuar dicha rectificatoria será hasta el día anterior a la presentación de la Declaración Jurada del ejercicio siguiente ó la fecha de su vencimiento, lo que ocurra primero.

No procede la indicada rectificación, si el contribuyente hubiere utilizado el sistema de compensación de pérdidas originalmente declarado en su Declaración Jurada Anual del Impuesto, en la Declaración Jurada de modificación del coeficiente de los pagos a cuenta del Impuesto.

60

Rectificatoria del Sistema de Pérdidas

Art. 50° del TUO de la L.I.R. y Art. 29° Inc. d) del Reglamento

Page 61: Rentas 3 Ra. Categ 2009

E J E M P L O

SE GENERA LA PÉRDIDAEjercicio 2004

Pérdida tributaria = (S/. 100,000)

Sistema elegido:Sistema A

Se ejerce opción víaDeclaración Jurada

Anual 2004

CÓMPUTO Y COMPENSACIÓN

Ejercicio 2005

Renta NetaDel ejercicio = 60,00

0Pérdida ejercicioAnterior (1er. año) =(100,000)

Ejercicio 2006

Renta NetaDel ejercicio = 150,000

Pérdida arrastrable(2do. año) = (40,000)

Renta Netadel Periodo = 110,000

S/.

NUEVA PÉRDIDA TRIBUTAR.

Ejercicio 2007

Sistema elegido:Sistema A

Se señala opción

vía DD.JJ. Anual 2007

Puede rectificar: 01 día antes de

Vcto. O presentación

D.J Anual 2008 opción vía DD.JJ. Anual 2007

61

Rectificatoria del Sistema de Pérdidas

Page 62: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 51-A° Ley I. Renta

Renta Bruta

62

_Gastos

Necesarios

=Renta Neta

Fuente Extranjera

Si inciden en Rentas de fuente peruana y rentas de fuente extranjera y no se pueda imputar directamente se distribuirá proporcionalmente.

-Nombre, denominación o razón social-Domicilio-Naturaleza u objeto de la operación-Fecha-Monto

Renta Neta de Fuente Extranjera

Se acreditarán con documentos en donde conste:

Se debe proporcionar traducción al castellano.

Page 63: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 51°-A de la LIR 63

Renta Neta de Fuente Extranjera

Salvo prueba en contrario, se presume que los gastos incurridos en el exterior

han sido ocasionados por rentas de fuente extranjera.

Page 64: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 29°-B del Reglamento 64

- Se deducirá en forma proporcional al gasto directo imputable a las Rentas de Fuente Extranjera:

Gasto Común x Gasto Directo de Rentas de Fuente Extranjera . Total Gastos D.de Rentas de F. Peruana y Extranjera

Porcentaje = Total Ingresos Netos de Fuente Extranjera . Total Ingresos Netos de Fuente Peruana y Extranjera

Gasto Común x Porcentaje

- De no poder aplicarse dicho método, se aplicará un porcentaje a los gastos comunes, obtenido de:

Renta Neta de Fuente Extranjera

Cuando los Gastos inciden conjuntamente en Rentas de Fuente Peruana y Extranjera y no se puedan imputar directamente:

Page 65: Rentas 3 Ra. Categ 2009

CÁLCULO Y PAGO DEL IMPUESTO

Tasa del Impuesto

Sistemas de Pagos a cuenta

Créditos contra el impuesto

Saldo a Favor o Impuesto a Regularizar

65

Page 66: Rentas 3 Ra. Categ 2009

66Art. 24°-A Inc g) y 55° del TUO de la L.I.R.

Renta Neta Imponible

Perceptores de rentas de tercera

categoría

Personas Jurídicas

x Tasa 30%

GENERAL

ADICIONAL

Disposición Indirecta deRentas de

Tercera Categoría

xTasa 4.1%

Tasas del Impuesto

= Impuesto a la Renta

= Impuesto a la Renta

Page 67: Rentas 3 Ra. Categ 2009

67

Art. 24°-A Inc g) y 55° del TUO de la L.I.R. *Modif. D. Leg. N° 979 vigente a partir del 01.01.2008

Se debe abonar dentro del mes siguiente de efectuada la disposición indirecta de la renta.

En el mes siguiente a la fecha que devengó el gasto. En el mes de enero del ejercicio siguiente.

Personas Jurídicas

ADICIONAL

Tasas del Impuesto

Disposición Indirecta deRentas de

Tercera Categoría

Tasa 4.1%

x = Impuesto a la Renta

De no ser posible determinar la fecha se abonará: *

Page 68: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 50º, 51°, 55º, 87° y 88º del TUO de la L.I.R. y Art. 52° del Reglamento

5ta. y 6ta. Disposición Comp. Ley 27037 Ley de Promoción de Inv. en la Amazonía

_

68

=

• Pérdida TributariaEjercicios Anteriores• Inversión en la Amazonía

Pérdida

Si es positivo

Si es negativo

Procedimiento para la Determinación del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

Renta Neta

Renta Neta Imponible

Renta Neta Imponible

• 30% 4.1%

Impuesto a la Renta

CRÉDITOS CONTRA EL IMP. A LA RENTA

xTasa

SALDO A FAVOR ó IMPUESTO A REGULARIZAR

_

=

=

Page 69: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 85° y 87° Ley I.Renta 69

Durante el año se van realizando pagos a cuenta:

Pago a cuenta EneroPago a cuenta Febrero

.....T o t a l P/A/C

Pago a cuenta EneroPago a cuenta Febrero

.....T o t a l P/A/C

• Impuesto a Pagar

• Saldo a Favor

Pagos a Cuenta del IR

Los P/A/C constituyen uno de los créditos con devolución del Impuesto a la Renta

Los P/A/C se deducen del Impuesto a la Renta del Ejercicio, constituyendo un crédito con devolución:

Impuesto a la Renta

CRÉDITOS =_

El sistema de P/A/C se determina en el DDJJ del mes de Enero

-Con devolución -Sin devolución

Page 70: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Sistema a)Coeficiente

Art. 85° Inc. a) Ley I.Renta y Art. 54° Inc. a) y b) del Reglamento

Son ingresos netos el total de los ingresos gravables devengados en cada mes, menos devoluciones, sinincluir el REI

Ingresos Netos del mes Coeficiente x

• Coeficiente= Impuesto Calculado Ingresos Netos Datos: Enero y febrero: Ejercicio precedente al anterior Marzo a diciembre: Ejercicio Anterior•El coeficiente se redondea a cuatro decimales.

Modificación •Balance al mes de Junio

Sistemas Pagos a cuenta: Sistema A

Page 71: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Sistema b)Porcentaje

El sistema b) Porcentaje se aplica a contribuyentes que: • Hayan iniciado actividades• No hayan tenido renta imponible en ejercicio anterior.• No puedan aplicar sistema a)

71

Ingresos Netos del mes x 2%

Son ingresos netos el total de los ingresos gravables devengados en cada mes, menos devoluciones,descuentos, sin incluir REI

Art. 85° Inc. b) Ley I.Renta y Art. 54° Inc. a) y c) del Reglamento

Modificación•Balance al mes de Enero y Junio •Balance al mes de Junio

Sistemas Pagos a cuenta: Sistema B

Page 72: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 85° Ley I.Renta y Art. 54° del Reglamento

• Los sistemas mencionados se aplican a contribuyentes del Régimen General del Impuesto a la Renta.

• Si el contribuyente no elige el sistema, SUNAT determinará el que le corresponda.

• Al modificar el coeficiente o porcentaje, el balance a Enero y/o Junio deberá constar en libro de Inventarios y Balances.

• En caso se modifique el sistema del porcentaje con la DDJJ del mes de Enero, se encuentran obligados a presentar la DDJJ del mes de Junio. En caso no presente, se aplicará el sistema del porcentaje.

• En caso el contribuyente no haya presentado las DDJJ anuales, SUNAT podrá determinar los P/A/C aplicando el porcentaje de 2% de los ingresos netos del mes.

72

Consideraciones Generales de los Pagos a cuenta

Page 73: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Se deberá tener en cuenta lo siguiente:

Art. 55° Reglamento del Impuesto a la Renta

• Solo se podrá compensar los saldos a favor originados por rentas de tercera categoría.

73

• Se tendrá en cuenta el siguiente orden al compensar: 1. Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) 2. Saldos a favor 3. Cualquier otro crédito

Créditos aplicables contra los Pagos a cuenta

Page 74: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 55° Reglamento del Impuesto a la Renta74

•El saldo a favor acreditado en la DDJJ del ejercicio precedente al anterior deberá ser compensado contra los pagos a cuenta del ejercicio, inclusive a partir del mes de enero hasta agotarlo. En ningún caso se podrá aplicar contra el anticipo adicional.

•El saldo del ejercicio anterior se podrá compensar contra los pagos a cuenta, cuyo vencimiento opere a partir del mes siguiente a aquel en que se presente la DDJJ donde se consignó dicho saldo.

Créditos aplicables contra los Pagos a cuenta

Se deberá tener en cuenta lo siguiente:

Page 75: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Créditos contra el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

El contribuyente generador de rentas de tercera categoría a efectos de determinar el Impuesto a la Renta a favor del fisco o el saldo a su favor, debe deducir del impuesto calculado los créditos a los que tiene derecho.

75

Page 76: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Créditos que se pueden aplicar

CRÉDITOS SIN DERECHO A

DEVOLUCIÓN

Crédito por Impuesto a la Renta de Fuente Extranjera

Crédito por Reinversión

Otros créditos sin derecho a devolución

Saldo a favor de Impuestos de ejercicios anteriores

Pagos a cuenta del impuesto

Impuesto percibido

Impuesto retenido

Otros créditos con derecho a devolución

CRÉDITOS CON DERECHO A

DEVOLUCIÓN

BL: Art. 88° del TUO de la L.I.R. 76

Impuesto a la Renta

SALDO A FAVOR óIMPUESTO A REGULARIZAR

Page 77: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Crédito por Impuesto a la Renta de Fuente Extranjera

Crédito por Reinversión

Otros créditos sin derecho a devolución

Saldo a favor de Impuestos de ejercicios anteriores

Pagos a cuenta del impuesto

Impuesto percibido

Impuesto retenido

Otros créditos con derecho a devolución

Art. 52º del Reglamento del TUO de la L.I.R.

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

77

Prelación en la deducción de créditos

Page 78: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 88º del TUO de la L.I.R. y Art. 58º del Reglamento

Finalidad Atenuar el efecto de la dobletributación sobre las rentasgravadas en dos países.

Req

uis

itos

del cr

éd

ito p

or

ren

tas

de f

uen

te e

xtr

an

jera

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El impuesto retenido en el exterior debe provenir de una renta que se encuentre gravada por lalegislación Peruana.

El impuesto pagado, sin importar su denominación, debe reunir las características propias de laimposición a la renta

Debe acreditarse el pago del Impuesto a la Renta en el extranjero con documento fehaciente.

78

Créditos por IR de fuente extranjera

Page 79: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 88º del TUO de la L.I.R. y Art. 52º Inc. d) del Reglamento

CRÉDITO POR RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA ES EL MENOR ENTRE:

RENTA DE FUENTE EXTRANJERA

X Tasa MediaVS

IMPUESTO A LA RENTA EFECTIVAMENTE

PAGADO

Cálculo de la Tasa Media:

TM =Impuesto Calculado

Renta Neta + Pérdida TributariaX 100

79

Créditos por IR de fuente extranjera

Page 80: Rentas 3 Ra. Categ 2009

Art. 87º del TUO de la L.I.R. y Art. 55º del Reglamento*Modificatoria D. Leg. N° 979 vigente a partir del 01.01.2008 80

IMPUESTO A REGULARIZAR

Momento de presentar la declaración – Plazo fijado

SALDO A FAVOR

- Solicitar la Devolución

- Aplicarlo contra los P/A/C cuyo vencimiento opere a partir del mes siguiente a la presentación de la DJ

Se considera válida la aplicación del saldo consignado en la declaración sustitutoria.*

Saldo a Favor o Impuesto por Regularizar

SALDO A FAVOR óIMPUESTO A REGULARIZAR