REMUNERACIONES (1)

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Actualizado Septiembre 2010 REMUNERACIONES, APORTES Y RETENCIONES 1) Concepto de Contrato de Trabajo Existe Contrato de Trabajo cuando una persona realiza la prestación de servicios a favor de otra, quien tiene la facultad de dirigirla mediante el pago de una Remuneración. El Contrato de Trabajo puede ser escrito o verbal. a) Personas intervinientes: Empleador, Patrón o Principal: Se llama así a la persona física o jurídica (Empresa) que requiere los servicios de un trabajador. Empleado, Trabajador o Dependiente: Es la persona física que se obliga a prestar servicios o tareas a favor de otra y bajo su dependencia, mediante el cobro de una remuneración. b) Tipos: Por lo general el Contrato de Trabajo no tiene un plazo de duración previsto y es por tiempo indeterminado. Existen otros con tiempo determinado: - Pasantía educativa: intervienen un empleador, una institución educativa y un estudiante mayor de 16 años. El plazo no podrá exceder de 4 años con un mínimo de 2 meses, con una jornada laboral de 2 horas como mínimo y un máximo de 8 horas (estos contratos pueden ser rentados o no). - Becas: son de carácter no remunerativo y se consideran contratos no laborales. - Contrato de aprendizaje: entre un empleador y un joven desempleado (de entre 15 y 28 años) con una duración mínima de 3 meses y máxima de 1 años. - Contrato de Plazo Fijo: su duración depende de plazos previstos por ciclos o temporadas (ejemplo: guardavidas, etc.) 2) Remuneraciones

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REMUNERACIONES, APORTES Y RETENCIONES

Actualizado Septiembre 2010

REMUNERACIONES, APORTES Y RETENCIONES

1) Concepto de Contrato de Trabajo

Existe Contrato de Trabajo cuando una persona realiza la prestacin de servicios a favor de otra, quien tiene la facultad de dirigirla mediante el pago de una Remuneracin. El Contrato de Trabajo puede ser escrito o verbal.

a) Personas intervinientes:

Empleador, Patrn o Principal: Se llama as a la persona fsica o jurdica (Empresa) que requiere los servicios de un trabajador.

Empleado, Trabajador o Dependiente: Es la persona fsica que se obliga a prestar servicios o tareas a favor de otra y bajo su dependencia, mediante el cobro de una remuneracin.

b) Tipos:

Por lo general el Contrato de Trabajo no tiene un plazo de duracin previsto y es por tiempo indeterminado.

Existen otros con tiempo determinado:

Pasanta educativa: intervienen un empleador, una institucin educativa y un estudiante mayor de 16 aos. El plazo no podr exceder de 4 aos con un mnimo de 2 meses, con una jornada laboral de 2 horas como mnimo y un mximo de 8 horas (estos contratos pueden ser rentados o no).

Becas: son de carcter no remunerativo y se consideran contratos no laborales.

Contrato de aprendizaje: entre un empleador y un joven desempleado (de entre 15 y 28 aos) con una duracin mnima de 3 meses y mxima de 1 aos.

Contrato de Plazo Fijo: su duracin depende de plazos previstos por ciclos o temporadas (ejemplo: guardavidas, etc.)

2) Remuneraciones

Es la suma con que una Empresa o comerciante retribuye a su Personal, en efectivo o especie.

Clases de Remuneraciones:

Bsica

Sueldo

por

tiempo

Jornal

Adicionales

Viticos, Horas Extras, Feriados

A destajo

por

Participacin en las utilidades

rendi-

Comisin, Gratificacin, Presentismomiento

Premios

Trabajo

otros

Propinas

Antigedad

motivos

Accidentes o Enfermedades Inculpables

Todo lo que es REMUNERACIN:

Tiene Aportes y contribuciones

Se tiene en cuenta para el Sueldo Anual Complementario (SAC) y para la Indemnizacin por Despido o para el salario por enfermedad o Accidente inculpable.

Conceptos NO REMUNERATIVOS

No se consideran remuneraciones bsicas, habituales y regulares. No estn sujetos a Aportes y contribuciones.

Asignaciones FamiliaresIndemnizacin sustitutiva de preaviso

Pago de Becas

Indemnizacin por vacaciones no gozadas

Indemnizacin por despidoGratificaciones no habituales

Beneficios sociales:

Servicio de comedor

Vales alimentarios

Vales de almuerzoProvisin de elementos escolares a los hijos y ropa de trabajo a los empleados

Reintegro de gastos mdicos, sepelio, guardera, salas maternales

Ticket Canasta

3) Aportes y Contribuciones

Aporte de los empleados: son las sumas de dinero con que contribuye el empleado al mantenimiento de las Instituciones. Son retenidas en la liquidacin de sus remuneraciones por el empleador. Son obligatorias.

Contribuciones de los Empleadores: son las sumas de dinero que la empresa debe abonar a las instituciones cuando tienen trabajadores en relacin de dependencia. Tambin son obligatorias.

CONCEPTO

ENTIDAD

A CARGO

RECAUDADORA

DEL

EMPLEADO

EMPLEADOR

Jubilacin

AFIP

11%

21% (1)

17% (2)

INSSJP

AFIP

3%

(*)

Obra Social

AFIP

2,70%

5,40%

ANSSAL

AFIP

0,30%

0,60%

Subsidios FamiliaresAFIP

(*)

Fondo Nacional AFIP

(*)

De empleo

Sindicato

Sindicato

Slo afiliados

--

Seguro de vidaCa de Seguros--

depende de cada

Obligatorio

ca. de seguros

ART

AFIP

--

depende de ART

Vales AlimentariosAFIP`

--

14% (3)

(1) Empresas de Locacin de Servicios y comercios que superen los $ 48.000.000.- de ventas anuales.

Corresponde a:

12,71% SIJP

1,63% INSSJP

5,55% ASIGN. FAMILIARES

1,11% FONDO NAC. EMPLEO

(2) El resto de las empresas.

Corresponde a:

10,17% SIJP

1,50% INSSJP

4,44% ASIGN. FAMILIARES

0,89% FONDO NAC. EMPLEO

(3) Corresponde al 14% sobre el importe de los Vales alimentarios nicamente.

SUBSIDIOS O ASIGNACIONES FAMILIARES

Son retribuciones adicionales para todos los trabajadores en relacin de dependencia, los jubilados y los beneficiarios del seguro de desempleo.

Escala de valores:

(A) Para remuneraciones de entre$ 100.- y$ 2.400.-

(B) Para remuneraciones de entre$ 2.401.-y$ 3.600.-

(C) Para remuneraciones de entre$ 3.601.-y$ 4.800.-DENOMINACINREQUISITOS

PAGO

IMPORTE

HIJO

por cada hijo soltero menorMENSUAL$ 220.-

(A)

de 18 aos a cargo.

$ 166.-

(B)

Hasta 24 aos si estudia.

$ 111.-

(C)

HIJO

Por cada hijo discapacitadoMENSUAL$ 880.- (A)

DISCAPACITADOsin lmite de edad

$ 660.- (B)

$ 440.- (C)

PRENATAL

Se cobra durante el embarazo

$ 220.-

(A)

Antigedad mnimade la esposa a partir del 3er.MENSUAL$ 166.-

(B)

3 meses

mes de gestacin y por un

$ 111.-

(C)

mximo de 9 meses.

AYUDA ESCOLARPor cada hijo que asista a en MARZO$ 170.-

ANUAL

Primaria, Media o Polimodal

nico monto

MATRIMONIOLo perciben ambos cnyuges nica vez$ 900.-

Antigedad mnimaaunque trabajen en el mismo

nico monto

6 meses

lugar, en el mes en que se casen.

NACIMIENTOSe abona al padre o a la madre nica vez$ 600.-

Antigedad mnimaen el mes del nacimiento del

nico monto

6 meses

hijo/a

ADOPCIN

Por la adopcin de un hijo por cada$ 3.600.-

Antigedad mnimamenor de 21 aos.

Adopcinnico monto

6 meses

LICENCIA PORSlo a la mujer durante laMENSUALRemuneracin

MATERNIDADlicencia por maternidad

habitual sin

Antigedad mnima(90 das)

descuentos

3 meses

LICENCIA

Cuando se produce el MENSUALRemuneracin

ESPECIAL

nacimiento de un hijo con durantehabitual sin

Sndrome de Down

6 mesesdescuentos

4) Formas de pago:

a) En efectivo.

b) Con cheques a la orden del empleado

c) Acreditando el importe en una cuenta bancaria o institucin oficial de ahorro.

d) En especie (alimentos, productos que el trabajador produce, vivienda), se fija un porcentaje mximo del 20%.

5) Plazos de Pago:

a) Remuneracin mensual: al vencimiento de cada mes calendario.

b) Remuneracin por da u hora: al vencimiento de cada semana o quincena.

La ley permite un plazo mximo de pago:

a) Mensual o Quincenal

4 das hbiles.

b) Semanal

3 das hbiles.

6) Jornada de Trabajo

La jornada de trabajo es todo el tiempo durante el cual el trabajador est a disposicin del empleador y no podr extenderse.

Menores de entre 14 y 18 aos6 hs. diarias y hasta 36 semanales.

Mayores de 18 aosDiurna

8 hs. diarias y hasta 48 semanales

Nocturna7 hs. diarias

(21 a 6)

Tareas insalubres

6 hs. diarias y hasta 36 semanales

Aprendices

hasta 40 hs. semanales

Los menores de 14 tienen prohibido trabajar

Entre una jornada y otra debe mediar una pausa no inferior a 12 hs.

7) Descanso semanal

El trabajador debe contar con un descanso semanal obligatorio.

Por ley este descanso semanal es desde las 13 hs. del sbado y hasta las 24 hs. del domingo, excepto que se trate de actividades especficas que impidan este descanso.

En este caso se debe ofrecer al trabajador descansos compensatorios de igual duracin.

8) Feriados nacionales

Son das pagos y no laborales, cuando el trabajador preste servicios en dichos das recibe un adicional del 100%.

1 de Enero

24 de Marzo

2 de Abril

Viernes Santo

1 de Mayo

25 de Mayo

20 de Junio

9 de Julio

17 de Agosto

12 de Octubre

8 de Diciembre25 de Diciembre

Das no laborables (optativos)

Los empleadores pueden decidir trabajar o no, en caso de no trabajar el empleado recibe la misma retribucin que si hubiera trabajado = JUEVES SANTO.

Se establecen das no laborables para los que profesen la religin juda (ao nuevo: 2 das, da del perdn 1 da), y para aquellos que profesen la religin islmica.

9) Licencias Especiales

Son das corridos y pagos

Nacimiento de hijo/a

2 das corridos

Matrimonio

10 das corridos

Exmenes

10 das por ao (no ms de 2 das por cada examen)

Fallecimiento- de cnyuge, concubina, hijos o padres: 3 das corridos. De hermano: 1 da.

Licencia por maternidad90 das corridos: 45 das antes del parto y 45 das despus del parto. No menos de 30 das antes del parto.

Por donacin de sangre1 da

Citaciones judicialesel o los das necesarios para acudir a la citacin judicial.

Licencia Anual Ordinaria (Vacaciones)

Deben iniciarse dentro del perodo del 1 de Octubre al 30 de Abril.

Las fija el empleador. No son compensables con dinero. Debe comenzar un Lunes.

ANTIGEDAD

LICENCIA

Mayor de 6 meses y menor de 5 aos

14 das corridos

Mayor de 5 aos y menor de 10 aos

21 das corridos

Mayor de 10 aos y menor de 20 aos

28 das corridos

Mayor de 20 aos

35 das corridos

Menor de 6 meses (contados al 31 de Diciembre)1 da por cada 20 trabajados

10) Sueldo Anual Complementario (SAC)

Se conoce con el nombre de Aguinaldo y es una suma adicional a la que tienen derecho los trabajadores en relacin de dependencia.

Se liquida y paga 2 veces en el ao

1 cuota = 30 de junio

2 cuota = 31 de diciembre

Se calcula como el 50% de la mejor remuneracin percibida en el semestre.