Informe Gestion de Personas Sistema de Remuneraciones (1) LISTA

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INSTITUTO PROFESIONAL AIEP “Sistema De Remuneraciones” Nombres: - Edel Maillanca - Teresa Mansilla - Jessica Mancilla - Karina Velásquez Carrera: Técnico en administración de empresas mención finanzas- recursos humanos Sede:

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INSTITUTO PROFESIONAL AIEP

“Sistema De

Remuneraciones”

Nombres: - Edel Maillanca- Teresa Mansilla- Jessica Mancilla- Karina Velásquez

Carrera:Técnico en administración de empresas mención finanzas- recursos humanos

Sede:Puerto Montt

Profesor del módulo:Francisco Castro Dolcino

Puerto Montt, Mayo, 2011

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Índice

Resumen 3Introducción 4Fundamentación del informe 5Objetivos del informe 6Metodología 7Desarrollo del informe

¿Qué son las remuneraciones? 8 ¿Qué constituye una remuneración? 8 Conceptos básicos de la remuneración 9 Liquidación y pago de remuneraciones 10 Ingreso mínimo mensual 11 Formato Liquidación 12 Ejemplo 1 de liquidación 13 Explicación correspondiente 14 Ejemplo 2 de liquidación 16 Explicación correspondiente 17 Los honorarios 19 Formato boleta de honorario 20 Ejemplo de boleta de honorario 21

Conclusiones 22Consideraciones finales 23BIBLIOGRAFIA 24

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Resumen

Como resumen del presente informe se puede mencionar; que el sistema de

remuneraciones que existe en el día de hoy es el que tiene su emanación

respectiva de la relación convenida en un contrato de trabajo entre dos partes, un

empleador y otra de un trabajador, la que se realiza de acuerdo a la ley (código del

trabajo), en donde existe las bases para poder conceptualizar y calcular este tipo

de sistemas. Por otra parte este tema pretende profundizar y ejemplificar el

proceso respectivo de remuneraciones y honorarios, tanto para comprensión de

los demás como a nivel de grupo. Con esto se pretende dar a conocer los

alcances de cálculo de remuneraciones y como es el procedimiento básico del

cálculo de los honorarios.

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Introducción

Como presentación de este informe se dará a conocer los aspectos característicos del

sistema de remuneraciones en donde se indagará en los conceptos y definiciones

respectivas en las que se podrá responder a dos preguntas las que son las bases para

realizar este informe ¿Qué es? y ¿Cómo se calculan? Además con esto se pretende dar

información clara de los procedimientos a seguir para el cálculo de éste, que están

presentes en cada empresa que existe en Chile. Es importante destacar que los

propósitos de este trabajo serán profundizar en este tema y también de acuerdo a ello

presentar un ejemplo de remuneraciones y honorarios.

Además de esto en las remuneraciones serán enfocadas en todo lo que tiene que ver con

las gratificaciones, los sueldos en sí, los bonos y los honorarios ya mencionados

anteriormente.

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Fundamentación

Se puede decir que el sistema de remuneraciones es muy importante de abordar e

indagar, ya que es un fenómeno que está presente en nuestra sociedad, es un término

que funda las bases de la relación laboral de cada persona que trabaja y que reviste ser

abordado debido a sus conceptos, características, etc. que se encuentran en la ley

(código del trabajo) destaca la relevancia de este informe en el ejemplo que se

presentará, para aplicar lo que se estipula acerca de este tema.

De todo esto se obtendrá más información, donde se podrá calcular una remuneración ya

sea una liquidación de sueldo u honorario la cual será detallada en cada paso de ésta.

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Objetivos del Informe

En el informe se puede decir que reviste en primer lugar como objetivo general el dar a

conocer y a su vez entender y explicar a través del presente informe el concepto

“remuneraciones”, tomando en cuenta todo lo que estipula el código del trabajo con

respecto a este tema.

Y por otra parte como objetivo específico es el entender el trabajo en sí para poder a su

vez explicarlo a través de un ejemplo práctico del cálculo de las remuneraciones tomando

en cuenta los adherentes que posee.

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Metodología

Para la realización del informe se recurrieron a las siguientes fuentes de información

secundarias (indirectas) la que fue principalmente la ley (del código de trabajo).

Las etapas que se realizaron para la realización del informe fueron las siguientes:

Primero se realizó la recopilación de toda la información posible que se pueda encontrar

con relación al tema por lo cual como grupo se distribuyó en ciertos aspectos de carácter

relevante que se debieran considerar en el trabajo, se recurrió principalmente al código

del trabajo en donde se obtuvo lo principal y la mayoría del informe

Luego se realizó la etapa de síntesis de toda la información que se tenía.

Los recursos que fueron empleados para la realización del informe fueron las siguientes:

Recursos humanos: esencialmente la participación de grupo de los 4 integrantes:

- Edel Maillanca

- Teresa Mansilla

- Jessica Mancilla

- Karina Velásquez

Recursos financieros: para poder realizar el informe se empleó recursos financieros

principalmente en la impresión de lo que fue éste.

Recursos tecnológicos: como recursos tecnológicos se utilizó a nivel de grupo:

- Notebook

- impresora

- Data

Este último recurso fue para poder dar a conocer el informe en sí al curso del tema

tratado.

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Desarrollo del Informe:

“Sistema de Remuneraciones”

¿Que son las remuneraciones?

Según el código del trabajo en el capitulo V, articulo 41. Estipula “Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo.”

Lo que quiere decir que las remuneraciones son el pago de dinero, que el empleador hace al trabajador a cambio de sus servicios, efectuado durante el mes en el que realizó el servicio hacia la empresa.

¿Qué constituye una remuneración?

De acuerdo al artículo 42 del código del trabajo, constituyen remuneración: El sueldo: entendido como el sueldo fijo. En dinero, pagado por periodos iguales

determinado en el contrato. El sobresueldo: consiste en él, la remuneración de las horas extraordinarias.

Para calcular se divide el sueldo mensual por 30, para obtener el monto del sueldo diario. El resultado obtenido se multiplica por 7, determinándose así el valor del sueldo convenido para la jornada ordinaria semanal. El producto obtenido se divide por la cantidad de horas pactadas para la jornada ordinaria semanal.Finalmente la cifra resultante, equivalente al valor de la hora ordinaria se incrementa en un 50%.Asimismo, para estos casos, puede obtenerse el valor de la hora extraordinaria del modo siguiente:Sueldo mensual del trabajador X 0,0077777 = valor hora extraordinaria.

Comisión: porcentaje sobre el precio de ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.

Participación: es una proporción de las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o solo una o más secciones o sucursales de la misma

Gratificación: corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. 

DESCUENTOS LEGALESSon los que tienen su origen en la ley y de acuerdo con lo establecido en el inciso 1° del Art. 58 del Código, el empleador está obligado a deducir de las remuneraciones:

DESCUENTOS PREVISIONALES: Son los montos en pesos que el Empleador debe descontar de la remuneración IMPONIBLE del trabajador como cotizaciones obligatorias:

- 10% de la Remuneración Imponible para su Cuenta de Capitalización Individual en la AFP.

Un porcentaje adicional, determinado por cada AFP y para su financiamiento, que incluye el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

A continuación una tabla de los respetivos porcentajes de cada AFP:

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AFP Cotización Activos (*)

 Capital 12,93%

 Cuprum 12,97%

 Hábitat 12,85%

 Plan Vital 13,85%

 Próvida 13,03%

 Modelo 12,63%

(*) Incluye Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) de 1,49% que es igual para todas las AFP.

- un 7% obligatorio para las prestaciones de salud, que se cancelan en FONASA o en la ISAPRE, según proceda

- Seguro de cesantía, (3% cuando es contrato a plazo fijo, por obra o faena y Cuando se trata de un contrato a plazo indefinido, en cambio, el trabajador debe aportar 0,6%, en tanto su empleador un 2,4%)

- Los impuestos. Específicamente se trata de los tributos establecidos por la Ley sobre el Impuesto a La Renta que graven las remuneraciones con el impuesto único al trabajo.

- Las cuotas sindicales.

Conceptos básicos de la remuneración

Para poder entender las partes que posee una remuneración podemos ver que existen una serie de conceptos que detallamos a continuación:

Sueldo base: es la remuneración que libremente acuerdan el empleador con el trabajador, la que no podrá ser inferior al ingreso mínimo legal, no obstante que al término del mes el trabajador deberá recibir una renta bruta equivalente, a lo menos, al ingreso mínimo. Lo habitual es que a partir del sueldo base se vayan incorporando otras prestaciones.

Sueldo bruto: se trata de la suma de todos los ingresos que durante el mes percibió el trabajador. Es posible que en su liquidación mensual este ítem aparezca “Total Haberes”.La cual es la suma del total imponible + los haberes no imponibles (colación o movilización)

Sueldo imponible: es la remuneración sobre la cual el empleador hará los respectivos descuentos de previsión y salud. Para ello se restarán del total de ingresos o sueldo bruto aquellas prestaciones que no constituyen remuneración, quedando así el sueldo imponible.

Sueldo líquido: es la suma que al final recibe el trabajador en forma “líquida” –es decir, el dinero que efectivamente va a su bolsillo- una vez que se han realizado los descuentos previsionales, tributarios y cualquier otro descuento que

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haya practicado el empleador (por ejemplo, uso del casino, póliza de seguro de vida, etc.)

Asignaciones, aguinaldos y otros beneficios imponiblesEn virtud de la autonomía de la voluntad contractual y de acuerdo a lo dispuesto en el Código del Trabajo, las partes pueden estipular los beneficios adicionales al sueldo que estimen conveniente, entre ellos:Aguinaldo de Fiestas Patrias y NavidadAsignación de antigüedadAsignación de casaAsignación de zonaBono de escolaridad, de vacaciones. Etc.

LIQUIDACION Y PAGO DE LAS REMUNERACIONES

La liquidación de las remuneraciones es el documento que registra tanto las sumas de dinero devengadas por el trabajador con motivo de la prestación de sus servicios como aquellas cantidades que pudieran corresponder a título de beneficios legales o contractuales y los descuentos o retenciones que el empleador está obligado a practicar periódicamente. En otras palabras, en la liquidación se incluye el total ganado, los descuentos y el total líquido que debe percibir el trabajador en cada período de pago.

Los Art. 54 al 56 del Código se refieren a la liquidación y pago de las remuneraciones y, en síntesis, establecen lo siguiente:

- Deben pagarse en moneda de curso legal en dinero efectivo, con excepción de las regalías o especias avaluables en dinero y estipuladas contractualmente. Excepcionalmente también, pueden pagarse remuneraciones en moneda extranjera a técnicos extranjeros.

- Pueden pagarse mediante cheques o vales vista bancarios a nombre del trabajador, siempre que este así lo solicite. También pueden efectuarse los pagos mediante depósitos en cuentas corrientes bancarias de los trabajadores y a través de sistemas de cajeros automáticos según lo expresan los dictámenes del trabajo.

- Deben pagarse con la periodicidad estipulada en el contrato, la que no puede ser superior a un mes.

- Deben pagarse en el lugar en que el trabajador presta sus servicios y en el día y hora que las partes acuerden. Si nada establece el contrato sobre día y hora de pago, las remuneraciones deben pagarse en día de trabajo, entre lunes y viernes y dentro de la hora siguiente a la terminación de la jornada del día en que corresponde efectuar el pago. El Art. 56 del Código solo permite que las partes acuerden días u horas de pago. En consecuencia, debe deducirse que las partes no pueden acordar un cambio de lugar de pago y éste debe efectuarse siempre en el lugar de trabajo.

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- Debe entregarse al trabajador, junto con el pago, un comprobante de liquidación de remuneraciones, con indicación de la forma de determinarlas, de las deducciones efectuadas y del monto pagado, y

- Deben darse anticipos quincenales tanto a los trabajadores por piezas, obra, o medida como en los de temporada, a menos que el contrato se establezca otro período de pago no superior a un mes.

En resumen podemos decir que las liquidaciones están compuestas por:

Sueldo Base (No puede ser inferior al mínimo)+ Gratificación (Hasta un tope de $68.083 = 172.000*4,75 = 817.000/12 = $68.083.-)+ Horas Extras+ Bonos (definidos por la empresa) = TOTAL IMPONIBLE

+Bonos colación+Bonos movilización + Viático+asignación familiar (el empleador es un intermediario este beneficio lo entrega el Estado) = NO IMPONIBLE

Sueldo Bruto/ Total Haberes (Imponible + No Imponible)

DESCUENTOS:- AFP - Salud - Seguro Cesantía- otros (cuotas sindicales, aportes, etc.)Total DESCUENTOS

SUELDO BRUTO – DESCUENTOS = Sueldo Líquido (Total a percibir por el trabajador)

INGRESO MÍNIMO MENSUAL

La ley N° 20.449, publicada en el Diario Oficial el 03.07.2010, estableció en su artículo 1° los valores del ingreso mínimo mensual a contar del 1º de julio de 2010, quedando en $172.000 para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad. Para los mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad el monto del ingreso mínimo mensual quedó en $128.402 y para fines no remuneracionales quedó fijado en $110.950. Respecto de la remuneración mínima de los trabajadores de casa particular, es del caso señalar que a contar del 1º de marzo de 2011 su monto es igual al 100% del ingreso mínimo mensual, esto es, $ 172.000.-

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Liquidación de remuneracionesFecha:

Nombre: RUN: Cargo:

Detalle de remuneración

Imponible:

Sueldo Base: $Bono Asistencia: $ Bono Responsabilidad: $ Horas extraordinarias : $ Gratificación: $

Total imponible: $

Colación : $ Asignación familiar : $

Total no imponible: $

Total haberes: $

Descuentos:

AFP: $ Salud: $ Seguro cesantía : $ Impuesto Único: $

Total descuentos: $

Liquido a pagar: $

Certifico que he recibido de mi empleador Sr.: ____________________________________A mi total y entera satisfacción el saldo liquido indicado en la presente liquidación, sin tener cargo ni cobro posterior alguno que hacer, por los conceptos de esta liquidación.

Fecha:

_________________________ Firma del trabajador

Formato liquidación de remuneraciones

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Nombre: ………………………RUN: …………….Cargo: …………….

Liquidación de remuneracionesFecha: 30/04/2011

Descuentos:

AFP Cuprum (11,48%): $ 127.972.-Salud Isapre más vida: $ 78.032.-Seguro cesantía: $ 0

Impuesto Único: $ 19.875.-

Total descuentos: $ 225.879

Liquido a pagar: $908.864.-

Imponible:

Sueldo Base: $ 750.000.-Bono Asistencia: $ 100.000.-Bono Responsabilidad: $ 80.000.-Horas extraordinarias(20): $ 116.660.-Gratificación: $ 68.083.-

Total imponible: $ 1.114.743-

Colación : $ 20.000.-Asignación familiar: $ 0.-

Total no imponible: $ 20.000.-

Total haberes: $ 1.134.743.-

Certifico que he recibido de mi empleador Sr(a): ………………………………A mi total y entera satisfacción el saldo liquido indicado en la presente liquidación, sin tener cargo ni cobro posterior alguno que hacer, por los conceptos de esta liquidación.

Fecha: 30/04/2011

_________________________ Firma del trabajador

Detalle de remuneración

UF: 21.711,55UTM: 37.870

Ejemplo Liquidación de remuneraciones

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Sueldo base : 750.000.-Bono Asistencia : 100.000.- contratoBono responsabilidad : 80.000.-

Horas extraordinarias:

750.000 X 7 30

= 3.889- (1 hora ordinaria) X 1,50 45 (horas de trabajo) =

5.833.- (1 hora extraordinaria) X

Horas extraordinarias hechas en el mes (20) = 116.660.- monto liquidación

Gratificación:Sueldo base : 750.000.-Bono asistencia : 100.000.-Bono responsabilidad: 80.000.- suma = 1.046.660.- X 25 %Horas extraordinarias: 116.660.- = 261.665.-

TOPE: $ 68.083.-IMPONIBLE:Sueldo base : 750.000.-Bono asistencia : 100.000.-Bono responsabilidad: 80.000.- suma = 1.114.743.- total imponibleHoras extraordinarias: 116.660.-Gratificación : 68.083.-

Colación contrato: 20.000.- NO IMPONIBLEAsignación familiar: 0 1.114.743 + 20.000 = 1.134.743.-(IMPONIBLE) + (NO IMPONIBLE) = TOTAL HABERES

DESCUENTOS:

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AFP, ISAPRE = TOPE 60 UF: 21.711,55 X 60 = 1.302.693.-

AFP: 13,35% - 1,87% = 11,48% del imponible 1.114.743 =127.972.- monto liquidación

Isapre: 7% del tope o 4,2 UF = 91.182.- 7% del imponible 1.114.743 = 78.032.- monto liquidación

Impuesto único:

Imponible – descuentos provisionales (7% y AFP)= BIUT1.114.743. - 206.004 = 908.739.- UTM : 37.870

Ver tramo y luego BIUT X factor (0,05) = 45.437UTM X descuento (0,675) = - 25.562 = 19.875

Impto. único liquidación

AFP : 127.972.-Isapre : 78.032.- = 225.879.- total descuentosImpuesto único : 19.875

1.134.743. - 225.879 = 908.864HABERES – DESCUENTOS = TOTAL LIQUIDO

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Nombre: ………………………….RUN: ………………………….Cargo: ………………………….

Liquidación de remuneracionesFecha: 30/04/2011

Descuentos:

AFP Próvida (11.54) : $ 33.618.-Salud Fonasa (7%) : $ 20.392.-Seguro cesantía (0.6%): $ 1.748.-Horas no trabajadas (4): $ 3.568.-

Total descuentos : $ 59.326.-

Liquido a pagar: $ 251.994.-

Imponible:

Sueldo Base : $ 172.000.-Bono Desempeño : $ 30.000.-Bono Asistencia : $ 15.000.-Horas extraordinarias (12): $ 16.056.-Gratificación : $ 58.264.-

Total imponible : $ 291.320.-

Colación : $ 20.000.-Asignación familiar : $ 0.-

Total no imponible : $ 20.000.-

Total haberes : $ 311.320.-

Detalle de remuneración

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Sueldo base : 172.000.-Bono desempeño : 30.000.- contratoBono asistencia : 15.000.-

Horas extraordinarias:

172.000.- X 7 30

= 892.- (1 hora ordinaria) X 1,50 45 horas de trabajo =

1.338.- (1 hora extraordinaria) X

Horas extraordinarias hechas en el mes (12) = 16.056 monto liquidación

Gratificación:Sueldo base : 172.000Bono desempeño : 30.000Bono asistencia : 15.000 suma = 233.056 X 25 %Horas extraordinarias : 16.056 = 58.264

TOPE: $ 68.083IMPONIBLE:Sueldo base : 172.000Bono desempeño : 30.000Bono asistencia : 15.000 = 291.320Horas extraordinarias : 16.056Gratificación : 58.264

Colación contrato : 20.000.- NO IMPONIBLEAsignación familiar : 0

291.329 + 20.000 = 311.320IMPONIBLE + NO IMPONIBLE = TOTAL HABERES

DESCUENTOS:

AFP: 13,41% - 1,87% = 11,54% del imponible = 33.618 monto liquidación

Fonasa: 7% del imponible = 20.392.- monto liquidación

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Seguro de cesantía:0,6% del imponible 347.309: 1.748

Horas no trabajadas:

172.000.- X 7 30

= 892.- (hora ordinaria) 42 horas de trabajo X 4 (horas no trabajadas)

= 3.568

AFP : 33.618Fonasa : 20.392 = 59.326 total descuentosSeguro de cesantía: 1.748Horas no trabajadas: 3.568

311.320 - 59.326 = 251.994HABERES – DESCUENTOS = TOTAL LIQUIDO

Honorario

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El contrato a honorarios es una convención en virtud de la cual una parte se encuentra obligada a prestar servicios específicos, por un tiempo determinado a favor de otro, el que a su vez se obliga a pagar una cierta cantidad de dinero por dichos servicios. Este contrato no puede tener una duración superior al necesario para desarrollar la labor específica para la cual se celebró. Se rige por las reglas relativas al arrendamiento de servicios inmateriales, contemplados en el artículo 2006 y siguientes del Código Civil y se refiere a profesionales, técnicos o personas que prestan servicios con cierta autonomía.

Principales consecuencias:

a) El prestador de servicios es un trabajador independiente, por lo que no ingresa a la dotación de la empresa que lo contrata;

b) El honorario convenido queda gravado con el 10% del impuesto de la Renta que retiene o debe retener quien encarga el servicio;

c) Al no ser parte de la dotación de la empresa el prestador de servicios no puede sindicalizarse y negociar colectivamente;

d) No está protegido por el Ingreso Mínimo Mensual;e) No genera derecho a pago de sobretiempo, gratificación, feriado, indemnización

por años de servicios, protección a la maternidad y beneficios a los padres y madres trabajadoras y otros beneficios que la ley establece a favor de los trabajadores dependientes;

f) La seguridad social es voluntaria y las cotizaciones debe pagarlas directamente el prestador de servicios, atendida su condición de trabajador por cuenta propia;

g) No está protegido por el Seguro Social contra Riesgos del Trabajo y enfermedades de la ley N° 16.744.

Estas consecuencias para el trabajador es lo que lleva a sostener que, en muchos casos, esta modalidad es una forma "precaria" de relación laboral o incluso una relación laboral encubierta o simulada ya que según ha sostenido la propia Corte Suprema "...en derecho las cosas son según su real naturaleza y no según lo que las partes prediquen de ella...".Así ha quedado acreditado en diversos dictámenes de la Dirección del Trabajo y sentencias de los tribunales, en los que se establece, que a pesar de la existencia de un contrato a honorarios existe relación laboral, y se ha condenado al empleador a pagar los beneficios que adeudare. 

Formato Boleta de Honorario:

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Ejemplo de boleta de honorarios

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Fernando Oyarzun presta servicios a la empresa M & M cuyos honorarios son: Asesoría tributaria por 1.400.000; Asesoría Laboral por 800.000; y Asesoría contable por 655.000.Se pie calcular la boleta de honorario respectiva

ESTO SE AGREGO ¡!!!!

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LICENCIAS MÉDICAS:

¿Qué es una licencia médica?

Un documento que puede ser extendido por un médico cirujano, cirujano-dentista o

matrona, mediante el cual el profesional certifica que un trabajador se encuentra

incapacitado temporalmente para trabajar, prescribiendo reposo total o parcial, por un

lapso determinado, con el fin de atender el restablecimiento de su salud. durante cuya

vigencia podrá gozar de subsidio de incapacidad laboral(SIL) con cargo a la entidad de previsión, institución o fondo especial respectivo, o de la remuneración regular de su trabajo o de ambas en la proporción que corresponda

¿Qué plazos existen para presentar la licencia médica?

El trabajador del sector privado dispone de dos días hábiles contados desde el inicio de la

licencia médica, para presentarla a su empleador. Se debe contar como primer día de

plazo el primer día hábil con licencia médica.

El trabajador del sector público dispone de tres días hábiles contados desde el inicio de la

licencia médica para presentarla ante su empleador. Se debe contar como primer día de

plazo el primer día hábil con licencia médica.

El trabajador independiente debe tramitar directamente la licencia ante el organismo que

corresponda, entiéndase COMPIN o ISAPRE y dispone de los dos días hábiles siguientes

a la fecha de emisión de la licencia, siempre que esté dentro de su período de vigencia. 

¿Qué debe hacer el empleador con la licencia?

Completar los antecedentes relacionados con la propia individualización de la entidad

empleadora. Debe adjuntar información de la situación laboral y previsional del

empleador, junto con las remuneraciones y datos de éste si ha hecho uso

de licencias médicas en los 6 meses anteriores. El empleador deberá entregar el

formulario firmado dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la recepción, al

organismo competente (COMPIN, C.C.A.F. o ISAPRE) 

¿Desde cuándo se pagan los subsidios por incapacidad laboral?

SI LA LICENCIA MÉDICA TIENE UNA DURACIÓN DE 10 DÍAS O MENOS SE DESCUENTAN LOS TRES PRIMEROS Y SI LA DURACIÓN ES DE 11 O MÁS DÍAS SE PAGAN DESDE EL PRIMER DÍA.

HONORARIO:

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¿CÓMO SE USA UNA BOLETA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TERCEROS?

Podrán hacer uso de una boleta de prestación de servicios de terceros todas aquellas empresas obligadas a llevar contabilidad, tras la ocurrencia de operaciones que efectúen con particulares, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta N° 551, de 1975.Las situaciones en las que se podrá emitir esta documentación tributaria son las siguientes:

• Que quien preste servicios sea una persona natural con características análogas o similares a las de un oficio o, en su defecto, que realice servicios en los cuales prime una habilidad, esencialmente manual, y se hallen exentos del Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA), por estar mencionados en el artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

• Que dichos prestadores de servicios no se encuentren en condiciones de otorgar comprobantes oficiales (boletas de honorarios).

CaracterísticasLos requisitos y características de una boleta de servicios prestados por terceros son las siguientes:• Ser emitidas según las indicaciones de la Resolución Exenta Nº 551, de mayo de 1975.• Las boletas deben llevar Impreso: nombre o razón social del emisor, Rut, domicilio (tanto de la casa matriz como de las sucursales), giro o actividad.• Deben ser timbradas previamente en el SII con Numeración Única Nacional.• Deben emitirse en duplicado: la copia para el prestador del servicio y el original para el emisor, vale decir, el beneficiario del servicio. Los ejemplares extras o voluntarios deberán llevar impresa la siguiente leyenda: ""Copia no válida para efectos tributarios".• Indicar la fecha de emisión.• Contener el nombre completo, domicilio y número de Rut del prestador del servicio.• Indicar la naturaleza del servicio prestado, precio unitario y monto de la operación.• El impuesto del 10% retenido corresponde al Impuesto de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta que afecta al prestador del servicio, y, como tal, debe ser declarado por la empresa que lo retuvo, sin que pueda imputar contra él crédito alguno.• Esta documentación no debe ser emitida cuando el prestador del servicio es un contribuyente de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños industriales, talleres artesanales, etc.). Frente a esta situación, es el propio prestador del servicio quien debe emitir la correspondiente factura afecta a IVA.

Conclusiones

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Como conclusión del informe que se ha presentado se puede decir que el concepto de

remuneraciones es un hecho que involucra a toda nuestra sociedad considerando a

aquellas personas que día a día trabaja y que en un futuro próximo nosotros

enfrentaremos, en este tema se profundizó de acuerdo a lo que la ley a través del código

del trabajo estipula del como elaborar una remuneración y los requerimientos que debe

contener a su vez, también los conceptos que abarca. Lo cual se lograron a través de un

ejemplo práctico de este tema, en el cual se detalló cada paso para hacerlo de la forma

más clara posible de manera que sea fácil de entender para nuestros compañeros.

Consideraciones Finales

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Como consideración final del informe se puede decir que el principal provecho que tiene

es la explicación y la indagación acerca de todo lo que abarca las remuneraciones.

Por otra parte cabe señalar que gracias al desarrollo de la tecnología y junto con ello el

surgimiento de nuevos software computacionales es una opción para las empresas, ya

que con solo ingresar datos y una adecuada configuración permite el cálculo de las

remuneraciones de los empleados y así hacer menos trabajo y se ahorra más tiempo. Lo

que se puede mencionar con respecto a este tema es que es muy amplio ya que abarca

los datos del trabajador y empleador, el contrato, el trabajo diario, los descuentos por

salud y AFP.

Bibliografía

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Page 26: Informe Gestion de Personas Sistema de Remuneraciones (1) LISTA

Las fuentes de información para la elaboración del informe presentado fueron las

siguientes páginas de internet:

http://html.rincondelvago.com/codigo-del-trabajo-de-chile.html

(Él cual se descargó el código para luego indagar en el tema abordado.)

http://www.rsc-chile.cl/columnas/34-m-carolina-vargas-viancos http://www.economiaynegocios.cl/mis_finanzas/detalles/detalle_emp.asp?

id=294 http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60217.html

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