RELATORIO DE IMPACTO...

38
RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL Adecuación Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental Decreto 453/13 y Modificatorio Decreto 954/13 RESPONSABLE: COLONIA LUZ Y ESPERANZA LOCALIZACIÓN: Loc. Luz y Esperanza, Distrito Dr. J. E. Estigarribia, Departamento de Caaguazú.

Transcript of RELATORIO DE IMPACTO...

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL Adecuación

Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental

Decreto 453/13 y Modificatorio Decreto 954/13

RESPONSABLE:

COLONIA LUZ Y ESPERANZA

LOCALIZACIÓN:

Loc. Luz y Esperanza, Distrito Dr. J. E. Estigarribia, Departamento de Caaguazú.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA", PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO,

PRODUCTOS DERIVADOS DE LA LECHE, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS

Y VIVIENDAS.

RESPONSABLE:

COLONIA LUZ Y ESPERANZA

LOCALIZACIÓN:

Loc. Luz y Esperanza, Distrito Dr. J. E. Estigarribia, Departamento de Caaguazú.

ANTECEDENTES

La Colonia Luz y Esperanza fue fundada en el año 1967 por un grupo de

inmigrantes provenientes de los Estados Unidos, profesantes de la fe evangélica

mennonita. Llegando a establecerse en una propiedad adquirida en el entonces conocido

como Campo 9 perteneciente al distrito de Juan Manuel Frutos, elevado a distrito en el

año 1981 como Dr. Juan Eulogio Estigarribia.

La finca que hoy ocupan es administrada por la Sociedad Civil Colonia Luz y

Esperanza a la que pertenece la propiedad, formada por un consejo administrativo cuyos

miembros son los habitantes del lugar. Esto quiere decir que las actividades desarrolladas

en el lugar son decididas por la sociedad, y al tener esta su reconocimiento como persona

jurídica, asume las responsabilidades que ello le genera.

La propiedad inicialmente adquirida era de una superficie de 2147 has 500 m2 de

las cuales fueron cedidas partes de las tierras a caminos, donaciones a personas, venta a

la cooperativa vecina, quedando finalmente tras la mensura judicial del año 2015 una

superficie de 2128 hectáreas 6719 m2 que hoy día son utilizadas por las familias miembro

de la sociedad civil.

La ahora propiedad de 2128 has 6719 m2 es utilizada por las 36 familias residentes

en el lugar para usos principalmente dado para la agricultura mecanizada, según datos

comunicados para la zafra 2016-2017 fueron sembradas aproximadamente 1100 has.,

siendo así ésta su actividad principal, mencionando que cada productor miembro de la

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

sociedad tiene una parcela de tierra autorizada para su uso, teniendo como agregado un

Silo de granos de capacidad de 1000 tn que es utilizado por los miembros. El segundo

principal rubro es la cría de ganado vacuno para producción de leche, hay que tener en

cuenta que en el contexto regional que se encuentra la colonia, la producción de leche es

un rubro de suma importancia, aparte de esto se tienen algunas cabezas de ganado vacuno

para producción de carne para auto abastecimiento del local, otros animales criados son

menores como cerdos y aves de corral. La leche, también es utilizada para producir

derivados artesanales de la misma como es el caso de una Heladería familiar que funciona

dentro de la Colonia.

Las sedes sociales con las que cuentan son una escuela, la iglesia, salón social y

cementerio. A la vez la Colonia cuenta con una fundación que ofrece servicios sociales y

para la cual se planea la construcción de un local que funcione como albergue, clínica y

casa para los objetivos de la misma cuyos detalles se presenta en apartados de este estudio.

El idioma utilizado entre los miembros es el inglés, parte de alemán, el español

adoptado del país y también algunos usos del guaraní. Su estilo de vida es basado en los

principios morales de su creencia religiosa, trabajando en comunidad, manteniendo sus

tradiciones.

El presente Estudio de Impacto Ambiental fue elaborado en sujeción a la Ley

294/93 y su nuevo Decreto 453/13, teniendo en consideración que la sociedad civil

contaba con declaración de impacto ambiental bajo la vigencia del Decreto 14281, hoy

derogado, habiendo presentado sus correspondientes documentaciones. Presenta un

enfoque actual de las actividades desarrolladas dentro de la colonia, definiendo su área

de influencia, describiendo el medio ambiente, determinando los impactos ambientales y

proponiendo un Plan de Gestión Ambiental para una utilización sostenible de los recursos

que se disponen.

Se señala como característica principal del proyecto, que se trata de una finca

productiva administrada por una sociedad civil, a cuyos miembros son asignados parcelas

para el desarrollo de las diferentes actividades productivas, y las viviendas familiares

están distribuidas espacialmente de acuerdo con esta asignación, funcionando al final

como una sola finca productiva.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

OBJETIVOS

Objetivos del Proyecto

Objetivo General

• Desarrollar actividades productivas, económicas y sociales en la finca en

beneficio de los miembros de la sociedad civil Luz y Esperanza, respetando y

promoviendo el uso sostenible de los recursos naturales y el medio ambiente.

Objetivos Específicos

• Utilizar las bondades de la tierra que se habita para la producción agrícola,

respetando las reglamentaciones legales que rigen la actividad.

• Realizar actividades de cría de ganado, principalmente para la producción de leche

y sus derivados, así como la cría de animales para auto consumo.

• Promover el bienestar social a través sedes comunitarias con que cuenta la colonia

como escuela, iglesia, cementerio, clínica, albergue, etc.

• Asegurar el bienestar y la calidad de vida de las familias que forman parte de la

colonia.

Objetivos del Estudio

Objetivo General

• Desarrollar el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto identificando los

Impactos ambientales del mismo, hacer mención a las acciones correctivas,

mitigadoras y/o compensadoras a ser implementadas en el tiempo y adecuar las

actividades a los requerimientos de la Legislación Ambiental vigente.

Objetivos Específicos

• Definir el Área de Influencia, identificando impactos generados y otros posibles

impactos pasivos, recomendando medidas correctoras, compensatorias,

mitigadoras o preventivas en un Plan de gestión y monitoreo.

• Describir las condiciones actuales que hacen referencia a los aspectos físicos,

biológicos y sociales en el Área de Influencia del Proyecto.

• Describir los distintos procesos que hacen referencia al aspecto operativo del

Proyecto.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• Analizar la influencia del marco legal vigente con relación a la implementación

del Proyecto y encuadrarlo dentro de las medidas indicadas.

• Elaborar un Plan de Gestión Ambiental para las acciones del Proyecto para

mitigar, controlar o compensar, cuando corresponda, los posibles impactos

negativos sobre el ambiente y permita cumplir las normativas legales e

institucionales vigentes.

AREA DEL ESTUDIO

Área de Influencia Directa:

Se define como Área de Influencia Directa al territorio donde pueden manifestarse

significativamente los efectos sobre los medios natural y antrópico, debidos a la

implantación y operación del proyecto. A los efectos del desarrollo del proyecto, se

delimita como área de influencia directa la superficie del inmueble donde se localiza la

actividad.

Área de Influencia Indirecta:

Se define teniendo en cuenta posibles interferencias del proyecto en el medio

físico y sociocultural de la zona . A los efectos del desarrollo del proyecto, se delimita

como área de influencia indirecta un área de 200 m alrededor del inmueble

ALCANCE DE LA OBRA

Descripción del Proyecto

AGROPECUARIO: La propiedad es utilizada por las 36 familias residentes en

el lugar para usos principalmente dado para la agricultura mecanizada, según datos

comunicados para la zafra 2016-2017 fueron sembradas aproximadamente 1100 has.,

siendo así ésta su actividad principal, mencionando que cada productor miembro de la

sociedad tiene una parcela de tierra autorizada para su uso, el segundo principal rubro es

la cría de ganado vacuno para producción de leche, hay que tener en cuenta que en el

contexto regional que se encuentra la colonia, la producción de leche es un rubro de suma

importancia, aparte de esto se tienen algunas cabezas de ganado vacuno para producción

de carne para auto abastecimiento del local, otros animales criados son menores como

cerdos y aves de corral, también algunos pobladores cuentan con estanques de

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

piscicultura familiar para autoconsumo donde realizan engorde de peces en estanques

para su consumo familiar una vez estén listos.

SILO: Cuenta con un Silo de granos de capacidad de 1000 tn que es utilizado por

los miembros de la comunidad.

PRODUCTOS DERIVADOS DE LECHE - HELADERÍA: La leche, también

es utilizada para producir derivados artesanales de la misma como es el caso de una

Heladería familiar que funciona dentro de la Colonia.

SEDES SOCIALES COMUNITARIAS: Las sedes sociales con las que cuentan

son una escuela, la iglesia, salón social y cementerio. A la vez la Colonia cuenta con una

fundación que ofrece servicios sociales y para la cual se planea la construcción de un local

que funcione como albergue, clínica y casa para los objetivos de la misma cuyos detalles

se presenta en apartados de este estudio.

Descripción del Medio Ambiente

CLIMA: El clima que predomina es el templado, con abundantes lluvias. La

máxima media es de 31 °C en verano y en invierno puede llegar hasta los 0 °C, es una de

las mejores zonas para la agricultura del país.

MEDIO FÍSICO: El proyecto está ubicado al oeste de la Cordillera de Caaguazú

por lo que físicamente tiene rasgos más característicos de la formación Alto Paraná, esta

cordillera atraviesa el departamento de norte a sur dentro de ella se encentra las sierras

que la conforman San Joaquín, Tajao Paú, Carayaó y Caaguazú, hacia el oeste las

formaciones son de origen fluvial y glaciar del carbonífero, con suelos de areniscas y

tilitas.

La geomorfología de la zona se caracteriza por sucesión de valles, intercalados

con tierras elevadas de orientación norte – sur. En el norte son tierras bajas con extensos

campos de pastoreo. Al este, los terrenos son altos con bosques raleados y yerbales

naturales.

El suelo es explotado para la agricultura. Un importante arroyo atraviesa la

propiedad. Por el distrito cruzan varios arroyos, y otros nacen en él como el arroyo “La

Esperanza” (antiguamente Zanja Pypuku), que desemboca en al arroyo Jhu, (Campo 10),

Zanja Pyta, arroyo Pastoreo (Campo 2), Guyraungua y finalmente al Río Monday. En el

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

río Monday desembocan otros arroyos como el Arriero Ykua, Tatakua i, Mbaya, Mbubue.

En el Monday desembocan el arroyo Torín e Hilario Cue. En el arroyo Jukyry

desembocan los arroyos Zanja Pe, Ybu, Yacu. El Arroyo Jukyry desemboca en el Río

Yguazú (Hoy embalse de la represa del Yguazú) que bordea la Colonia Bergthal

ofreciendo un hermoso paisaje que aún no está siendo explotado como recurso turístico.

En este lago desembocan los arroyos Patiño, Lobory, Jaguary y el arroyo Ta´ytetu dentro

del distrito de Dr. Juan Eulogio Estigarribia. En síntesis, todos los arroyos que surcan

hacia el norte desembocan en el arroyo Yukyry o al lago Yguazú y los que corren al sur

son afluentes de los ríos Guyraungua o Monday

MEDIO BIOLÓGICO: En la propiedad se encuentra una importante reserva de

remanente de bosque, de la ecorregión del bosque atlántico del Alto Paraná, en el habitan

algunas especies de fauna y flora silvestre, especies de árboles nativos y ejemplares de

monos, reptiles, mamíferos menores, roedores y aves pueden observarse dentro del

mismo. Mientras que las áreas habitadas cuentan con animales domésticos, de producción

y mascotas.

MEDIO SOCIO ECONÓMICO: en su ubicación geográfica se encuentra en el

distrito de Dr. Juan E. Estigarribia una zona dedicada a varios rubros como:

Agricultura: se cultiva trigo, soja, avena, girasol, algodón, mandioca, poroto, maíz,

sandía, melón, maní, batata, y algunas especies hortícola en pequeñas cantidades. Se

puede clasificar en dos zonas bien diferenciadas en cuanto a explotación agrícola: colonos

menonitas -y algunos paraguayos- dedicados a cultivos mecanizados y a gran escala de

trigo, soja, sorgo, maíz, girasol y avena. Los productores se dedican en el ámbito

empresarial de 50 a 1.000 ha y el rendimiento promedio del trigo orillan entre 2000 kg/ha,

soja produce 2400 kg/ha y algodón 1600 kg/ha. Y colonos paraguayos, con cultivos en

pequeñas escalas (monocultivo) a un promedio de 3 a 5 ha y preferentemente siembran

algodón y productos de subsistencia como maíz, mandioca, maní, zapallo, batata, melón,

sandía y otros. / Ganadería: igual que la agricultura, se divide en dos tipos de

explotaciones ganaderas bien diferenciadas. Las pequeñas explotaciones, de colonos

paraguayos, con vacas lecheras para su consumo familiar y sus bueyes para fines de

trabajo. Los menonitas poseen explotaciones medianas (20 cabezas) y gran densidad (500

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

cabezas por explotación) con fines de comercialización en las industrias lácteas ubicadas

en sus mismas colonias. / Industrias: los intensos bosques fueron dejando espacio a una

moderna infraestructura agrícola, forestal y ganadera, convirtiéndola actualmente en una

competitiva ciudad industrial, principalmente la industria láctea, de balanceados, molinos

harineros e industria de alimentos en general.

En el distrito se industrializa soja, trigo, maíz, girasol, sorgo, madera y otros rubros./

Servicios: están instalados más de una decena de entidades financieras, nacionales y

multinacionales. En cuanto al comercio, se caracteriza por su independencia comercial.

El consumidor puede encontrar en esta comunidad todas las gamas de productos y por

sobre todo a precios accesibles. Tampoco se descuidan las comunicaciones y la hotelería.

Consideraciones Legislativas y Normativas

DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY

En lo referido a la protección del Medio Ambiente cabe destacar, que es considerada

desde la Constitución Nacional, donde en su:

- Art. 7 dice que todos los habitantes de la república tienen derecho a vivir en un

ambiente saludable; Constituyen objetivos prioritarios de interés social la

preservación, la conservación, la recomposición y el mejoramiento del ambiente,

así como su conciliación con el derecho humano integral. Estos propósitos

orientarán la legislación y la política gubernamental pertinente.

- Art. 8 de la Protección Ambiental: “Las actividades susceptibles de producir

alteración ambiental serán reguladas por la Ley. Asimismo, ésta podrá restringir

o prohibir aquéllas que califique peligrosas.

Se prohíbe la fabricación, el montaje, la importación, la comercialización, la

posesión o el uso de armas nucleares, químicas y biológicas, así como la

introducción al país de residuos tóxicos. La Ley podrá extender esta prohibición

a otros elementos peligrosos; asimismo, regulará el tráfico de recursos genéticos

y de su tecnología, precautelando los intereses nacionales.

El delito ecológico será definido y sancionado por la Ley. Todo daño al

ambiente importará la obligación de recomponer e indemnizar”.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

A partir de esto se puede considerar que cualquier actividad que atente contra el

equilibrio ecológico de los ecosistemas y por consecuencia directa contra las personas,

que son parte integrante del medio ambiente será pasible de sanciones que están

estipuladas en normativas legales específicas relacionadas a todas las actividades

productivas. En este sentido el gobierno ha establecido una Política Ambiental Nacional

por medio de leyes, reglamentos y normas para cada sector productivo; que se suman

una serie de convenios, acuerdos y declaraciones internacionales que el Poder Ejecutivo

ha firmado, los cuales en la mayoría de los casos han sido ratificados por el Congreso

Nacional tomando automáticamente fuerza de ley.

LA LEY 1561/2000, CREA EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, EL

CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA SECRETARÍA DEL

AMBIENTE.

- En su Artículo 12º, Inciso “N” promueve el control y la fiscalización de las

actividades tendientes a la explotación de los Recursos Naturales, autoriza el uso

sustentable de los mismos y la mejoría de la calidad ambiental.

- Por medio del Artículo 14º de la misma Ley se constituye en la Autoridad de

Aplicación de la Ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto

Reglamentario 14.281/96.

- En su Capítulo IV el Artículo 23º establece a la Dirección General de Control de

la Calidad Ambiental como división componente de las actividades y proyectos

de Evaluación de Impacto Ambiental.

LEY N° 294/93 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

- Art. 1°. Declárese obligatoria la Evaluación de Impacto ambiental. Se entenderá

por Impacto Ambiental, a los efectos legales, toda modificación del medio

ambiente provocada por obras o actividades humanas que tengan como

consecuencia positiva o negativa, directa o indirecta, afectar la vida en general, la

Biodiversidad, la calidad o una cantidad significativa de los recursos naturales o

ambientales y su aprovechamiento, el bienestar, la salud, la seguridad personal,

los hábitos y costumbres, el patrimonio cultural, los medios de vida legítimos.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

- Art. 2°. Se entenderá por Evaluación de Impacto Ambiental a los efectos legales,

el estudio científico que, permita identificar, prever y estimar impactos

ambientales en toda obra o actividad proyectada o en ejecución.

- Art. 7°. Se requerirá EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL para los

siguientes proyectos de obras o actividades públicas o privadas.

a) Los asentamientos humanos, las colonizaciones y las urbanizaciones,

sus planes directores y reguladores;

b) La explotación agrícola, ganadera, forestal y granjera;

c) Los complejos y unidades industriales de cualquier tipo;

d) Extracción de minerales sólidos, superficiales o de profundidad y sus

procesamientos;

e) Extracción de combustibles fósiles y sus procesamientos;

f) Construcción y operación de conductos de agua, petróleo, gas,

minerales, agua servida y efluentes en general;

g) Obras hidráulicas en general;

h) Usinas y líneas de transmisión de energía eléctrica;

i) La producción de carbón vegetal y otros generadores de energía así

como las actividades que lo utilicen;

j) Recolección, tratamiento y disposición final de residuos urbanos e

industriales;

k) Obras viales en general;

l) Obras portuarias en general y sus sistemas operativos;

m) Pistas de aterrizaje y sus sistemas operativos;

n) Depósitos y sus sistemas operativos;

o) Talleres mecánicos, de fundición y otros que sean susceptibles de causar

efectos en el exterior;

p) Obras de construcción, desmontes y excavaciones;

q) Actividades arqueológicas, espeleológicas y de prospección en general;

r) Producción, comercialización y transporte de substancias peligrosas;

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

s) La introducción de especies exóticas, la explotación de bosques nativos,

de flora y fauna silvestre, la pesca comercial, y

t) Cualquier otra obra o actividad que por sus dimensiones o intensidad

sea susceptible de causar impactos ambientales.

- Art. 10°. Una vez culminado el estudio de cada Evaluación de Impacto

Ambiental, la Autoridad Administrativa expedirá una Declaración de Impacto

Ambiental, en la que se consignará, con fundamentos:

• Su aprobación o reprobación del proyecto, la que podrá ser simple

o condicionada; y,

• La devolución de la Evaluación de Impacto Ambiental para

complementación o rectificación de datos y estimaciones; o, su

rechazo parcial o total.

• Toda Evaluación de Impacto Ambiental quedará aprobada sin más

trámite, si no recibiera su correspondiente Declaración en el

término de 90 (noventa) días.

- Art. 11°. La Declaración de Impacto Ambiental constituirá el documento que

otorgará al solicitante la licencia para iniciar o proseguir la obra o actividad

que ejecute el proyecto evaluado, bajo la obligación del cumplimiento del Plan

de Gestión Ambiental y sin perjuicio de exigírsele una nueva Evaluación de

Impacto Ambiental en caso de modificaciones significativas del proyecto, de

ocurrencia de efectos no previstos, de ampliaciones posteriores o de

potenciación de los efectos negativos por cualquier causas subsecuente.

- Art. 13°. En caso de duda sobre la veracidad de la información proporcionada

en la Evaluación de Impacto Ambiental, la Autoridad Administrativa, por

Resolución fundada, podrá efectuar inspecciones, verificaciones, mediciones

y demás actos necesarios. Asimismo, podrá verificar la correcta

implementación del Plan de Gestión Ambiental por los medios idóneos que

estime conveniente.

- Art. 14°. Toda ocultación deliberada o falsedad de datos contenidos en la

Evaluación de Impacto Ambiental, así como las alteraciones en la ejecución

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

del proyecto, cometidas con el objeto de transgredir obligaciones previstas en

esta Ley, serán sancionadas con al cancelación de la validez de la Declaración

de Impacto Ambiental y la inmediata suspensión de la obra o actividad.

Ley 422/73 FORESTAL

• Art. 1: “ Declarase de interés público el aprovechamiento y el manejo

racional de los bosques y tierras forestales del país, así como también el de

los recursos naturales renovables que se incluyen en el régimen de esta Ley.

Declarase así mismo, de interés público y obligatorio la protección, la

conservación, mejoramiento y acrecentamiento de los recursos forestales”.

• Art. 42: Todas las propiedades rurales de más de veinte hectáreas en zonas

forestales deberán mantener el veinte y cinco por ciento de su área de bosques

naturales. En caso de no tener este porcentaje mínimo, el propietario deberá

reforestar una superficie equivalente al cinco por ciento de la superficie del predio.

Resolución Nº 001/94: POR LA CUAL SE ESTABLECEN NORMAS PARA LA

PROTECCION DE LOS BOSQUES NATURALES DE PRODUCCION.

CONSIDERANDO: Lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley 422/73 FORESTAL y

los artículos 3º, 5º, 7º y 11º del Decreto Nº 18.831 de fecha 16 de diciembre de

1.986, que establecen normas de protección al medio ambiente.

EL DIRECTOR DEL SERVICIO FORESTAL NACIONAL

RESUELVE:

• Art. 1º establézcase que el veinticinco por ciento (25 %) de bosques naturales, a

que hace referencia el Artículo 11º del Decreto Nº 18.831/86, deberá estar

conformado por una masa boscosa continua y compacta. Dicha masa forestal

podrá ser manejada para fines de producción.

• Art. 2º Las Franjas boscosas de cien metros de ancho mínimo a establecerse entre

parcelas agro pastoriles, indicados en el ARTÍCULO 6º del Decreto Nº 18.831/86,

no serán contabilizados como parte del veinte y cinco por ciento (25 %) de los

bosques a conservarse, a que se alude en el artículo precedente.

• Art. 3º Los bosques en galerías no serán objeto de desmontes, ni contabilizados

como parte del veinte y cinco por ciento (25 %) del área de conservación, por ser

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

considerados bosques de protección, según lo establecido en el artículo 6º de la

Ley Forestal 422/73.

• Art. 4º El incumplimiento de las normas establecidas en la presente resolución,

dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en la Ley Forestal 422/73.

• Art. 5º Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Decreto Nº: 18.831/86: "POR EL CUAL SE ESTABLECEN NORMAS DE

PR0TECCION DEL MEDIO AMBIENTE”.-

• Art.3º.- A los efectos de la protección de ríos, arroyos, nacientes y lagos se deberá

dejar una franja de bosque protector de por lo menos 100 (cien) metros a ambas

márgenes de los mismos que podrá incrementarse de acuerdo al ancho e

importancia de dicho curso de agua.

• Art.5º.- Prohíbase los desmontes en terreno con pendientes mayores de 15%. En

terrenos con pendientes menores al 15% y mayores al 5% dedicado a cultivos

agrícolas deberán realizarse prácticas conservación de suelos a fin de evitar la

erosión.

• Art.6º.- Prohíbase los desmontes sin solución de continuidad, en superficies

mayores de 100 (cien) hectáreas, debiendo dejarse entre parcelas, franjas de

bosque de 100 (cien) metros de ancho como mínimo.

• Art.7º- En las parcelas donde se hayan realizando desmontes mayores a los

establecidos en el presente Decreto se deberá proceder a su reforestación en forma

inmediata con el fin de alcanzar a mediano y largo plazo las condiciones

establecidas en el Artículo 6º.

LEY 716/96 “DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE”,

- En su Art. 1º establece que la misma protege el medio ambiente y la calidad de

vida humana contra quienes ordenen, ejecuten o en razón de sus atribuciones

permiten o autoricen actividades atentatorias contra el equilibrio del ecosistema,

la sustentabilidad de los recursos naturales y la calidad de vida humana.

- El Art. 9º determina que los que realicen obras civiles en áreas excluidas,

restringidas o protegidas, serán castigados con seis meses a dos años de

penitenciaría y multa de 200 a 800 jornales mínimos legales para actividades no

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

especificadas, los que en el caso de nuestro emprendimiento no ocurre, ya que el

Plan de Control Ambiental prevé todas las medidas de mitigación, prevención y/o

compensación necesaria para adecuarse a las generales de la Ley en materia

Ambiental.

LEY Nº 2524/04

• DE PROHIBICIÓN EN LA REGION ORIENTAL DE LAS ACTIVIDADES DE

TRANSFORMACIÓN Y CONVERSIÓN DE SUPERFICIES CON

COBERTURA DE BOSQUES. -

• ARTICULO 2º.- a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, y por

un periodo inicial de dos años, se prohíbe en la región oriental, realizar actividades

de transformación o conversión de superficies con cobertura de bosques, a

superficies destinadas al aprovechamiento agropecuario en cualquiera de sus

modalidades., o a superficies destinadas a asentamientos humanos.-

• ARTICULO 3º.- a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, y

por un periodo de dos años, queda prohibida la emisión de permisos, licencias,

autorizaciones y/o cualquier otra modalidad de documento jurídicamente valido,

que ampare la transformación o conversión de superficies con cobertura de

bosques nativos, a superficies destinadas al aprovechamiento, agropecuario en

cualquiera de sus modalidades, O a superficies destinadas a asentamientos

humanos. -

Ley 1848/01: QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL ARTICULO 2º DE LA LEY

816 DEL 20 DE AGODTO DE 1.996 “QUE ADOPTA MEDIDAS DE DEFENSA

DE LOS RECURSOS NATURALES”

Resolución Nº 401/02. : POR LA CUAL SE APRUEBA LA NORMA AMBIENTAL

GENERAL CONTEMPLADA EN EL MARCO DE LA LEY 294/93 DE

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.

Dispone que las figuras ambientales de aplicación del proceso de Evaluación de Impacto

Ambiental, conforme a estándares y niveles mínimos por debajo de los cuales no es

exigible la presentación de un EIA/RIMA, sean los siguientes tipos:

- Medidas de Protección Ambiental (MPA);

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

- Plan de Control Ambiental (PCA);

- Plan de Recuperación Ambiental (PRA);

- Plan de Gestión Ambiental (PGA);

- Estudio de Disposición de Efluentes (EDE).

Res. SFN Nº 1036/07 – MAG: “Por la cual se fiscalizan las propiedades rurales

superiores a 20 has. En forma conjunta con la Secretaría del Ambiente (SEAM) y la

Fiscalía Ambiental” (Art. 1º)

- Art. 2º: Establecer la recomposición del 25 % en todas las propiedades rurales de

más de 20 has. Que no tengan este porcentaje mínimo y que ha sido objeto de la

deforestación.

LEY 3556-08 DE PESCA Y ACUICULTURA

- Artículo 8°. Se constituye en autoridad de aplicación de la Ley de Pesca y

Acuicultura la Secretaría del Ambiente (SEAM), en los temas que conciernen a

su ámbito de competencia y en coordinación con el Ministerio de Agricultura y

Ganadería (MAG-VMG) y el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal

(SENACSA) a fin de establecer políticas nacionales de conformidad a las

características de las cuencas, de las subcuencas hidrográficas y lagos sobre el

desarrollo, la producción, el comercio e industrialización en los productos de la

acuicultura.

Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría del Ambiente (SEAM):

a) determinar las especies, tamaños, épocas y lugares de pesca, veda y el

volumen de captura de los peces, verificando su estricto cumplimiento;

b) establecer mecanismos para la protección de los ecosistemas vitales para

los peces y los lugares de desove;

c) llevar el registro general de pescadores;

d) otorgar licencias anuales;

e) disponer medidas de protección de las especies en peligro de extinción;

f) las demás que le otorga la Ley de Vida Silvestre;

g) supervisar y controlar el estricto cumplimiento de la aplicación de esta

Ley; y,

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

h) establecer las características, requisitos y condiciones de uso de las artes

de pescas y verificar su estricto cumplimiento.

- Artículo 17.- La pesca, con fines comerciales, será considerada a la que se realiza

con el fin de lucrar con la comercialización de los peces capturados, y está sujeta

a las normativas jurídicas comerciales respectivas vigentes.

RESOLUCIÓN 674/03 –SEAM, ESTABLECE:

• Recursos Pesqueros: las especies de peces que habitan temporal o

permanentemente las aguas del territorio nacional.

• Pesca toda acción de buscar o perseguir peces con el fin de capturarlos o matarlos.

• Acuicultura: la práctica de cría y cultivo de las especies de peces en estanques,

tanques, redes u otros medios,

• Especies Exóticas: especies de peces no nativas del país

• Procesamiento industrial: es el eviscerado, descamación, corte,

congelamiento, empaquetado, fileteado, ahumado, salado, embutido, enlatado,

etc., considerados todas estas en su conjunto o separadamente

• Pescador comercial: aquel que vive exclusivamente de esta actividad

para su subsistencia, no así aquellos que realizan actividades laborales

remuneradas y que ocasionalmente se dediquen a la pesca.

• Procesamiento: es toda actividad de modificación física o química del pescado

alterando sus condiciones originales al momento de la captura.

LEY Nº 96/92 DE VIDA SILVESTRE

Esta norma crea obligaciones respecto a las personas que desean desarrollar

proyectos o actividades que sean susceptibles de modificar las condiciones de equilibrio

ecológico de la vida silvestre y regula la protección y conservación de la flora y fauna

silvestre del país. Establece prohibiciones, normas de uso y condiciones generales de

aprovechamiento de los recursos biológicos en estado natural. En el presente caso, las

especies son criadas de manera controlada para su utilización comercial.

LEY 3239/07: DE LOS RECURSOS HIDRICOS.

- Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto regular la gestión sustentable e

integral de todas las aguas y los territorios que la producen, cualquiera sea su

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

ubicación, Estado físico o su ocurrencia natural dentro del territorio paraguayo,

con el fin de hacerla social, económica y ambientalmente sustentable para las

personas que habitan el territorio de la República del Paraguay.

- Artículo 28.- Previo a su realización, todas las obras o actividades relacionadas

con la utilización de los recursos hídricos deberán someterse al procedimiento de

Evaluación de Impacto Ambiental previsto en la Ley Nº 294/93 “EVALUACION

DE IMPACTO AMBIENTAL” y sus reglamentaciones. Quedan exceptuados de

esta obligación los usos relacionados con el ejercicio del derecho previsto en el

Artículo 15 de la presente Ley.

- Artículo 32.- El uso de los recursos hídricos o sus cauces sólo podrá otorgarse

mediante un permiso o una concesión. El permiso y la concesión serán los únicos

títulos idóneos para el uso de los recursos hídricos regulados por esta Ley, así

como sus cauces. Por lo tanto, queda prohibida la utilización de los cauces hídricos

y/o el vertido a estos sin contar con permiso o concesión. (…)

- Artículo 35.- Previo al otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental

emitida por la Secretaría del Ambiente (SEAM), la autoridad de los recursos

hídricos emitirá un certificado de disponibilidad de recursos hídricos, en la calidad

y la cantidad requerida por la actividad y en la zona de emplazamiento del

proyecto.

- Artículo 36.- Previo al otorgamiento de las Concesiones y los Permisos de uso y

aprovechamiento de los recursos hídricos se deberá estar en posesión de la

Declaración de Impacto Ambiental.

- Artículo 52.- La Secretaría del Ambiente (SEAM) será la Autoridad de

Aplicación de la presente Ley, hasta tanto se defina el marco institucional que se

encargará de aplicar todas las disposiciones de la presente Ley.

RESOLUCION Nº 2.194/07: POR LA CUAL SE ESTABLECE EL REGISTRO

NACIONAL DE RECURSOS HÍDRICOS, LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA

INSCRIPCIÓN EN EL MISMO Y PARA EL OTORGAMIENTO DEL

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD DE RECURSOS HÍDRICOS"

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA SECRETARIA DEL AMBIENTE

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

RESUELVE:

- Art. 1º.- Establecer el Registro Nacional de Recursos Hídricos (RNRH) de

conformidad a las disposiciones de la ley 3239/07 "De los Recursos Hídricos del

Paraguay".

- Art. 4º.- Los usuarios de recursos hídricos superficiales y subterráneos para fines

domésticos y de producción familiar básica que sean utilizados de manera directa

por el mismo, sin intermediación de ningún tipo, deberán estar inscriptos en el

Registro Nacional de Recursos Hídricos, al solo fin de su contabilización en el

Balance Hídrico Nacional. Los recursos referidos son de libre disponibilidad no

están sujetos a permisos ni concesiones ni impuestos de ningún tipo.

Otras leyes de Importancia citadas:

- LEY Nº 352/94 DE AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS

- LEY Nº 799/95 DE PESCA

- LEY Nº 123/91 QUE ADOPTA NUEVAS FORMAS DE PROTECCION

FITOSANITARIAS y sus RESOLUCIONES (SENAVE)

- LEY Nº 904 Y LEY Nº 234/93 COMUNIDADES INDIGENAS

- Ley Nº 3966/2010 “ORGANICA MUNICIPAL”,

IMPACTOS AMBIENTALES DEL PROYECTO

Determinación de los potenciales impactos del proyecto:

RECURSOS

FACTORES

IMPACTADOS

FACTORES Y

ACTIVIDADES QUE

PROVOCAN LAS

ALTERACIONES

IMPACTOS GENERADOS

TIPO DE

IMPACTO

S

-SUELO:

CARACTERÍSTI

CAS

FÍSICA,

QUÍMICA Y

BIOLÓGICA.

- PRÁCTICA DE LABOREO

DE SUELO EN ALGUNOS

SECTORES. (FALTA

AUMENTAR CANTIDAD

DE CURVAS DE

CONTENCIÓN, BARRERA

DE PROTECCIÓN

ANTIDERIVA EN LUGARES

LINDANTES CON

POBLACIÓN Y CALLES

PÚBLICAS)

-UTILIZACIÓN INTENSIVA

DE AGROQUÍMICO

-COMPACTACIÓN, EROSIÓN,

ACIDIFICACIÓN Y PÉRDIDA

PROGRESIVA DE LA

FERTILIDAD.

-SEDIMENTACIÓN Y

COLMATACIÓN DE ÁREA

BAJA.

- PÉRDIDA PROGRESIVA DE

CAPA LAMINAR DEL

SUELO

-ALTERACIÓN DE LA

COMPOSICIÓN, FÍSICA,

AMBIEN

TAL

NEGATI

VO.

………….

...

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

(FERTILIZANTES Y

PESTICIDAS).

-PRÁCTICAS AGRÍCOLAS

EN SECTOR ÁREA BAJA.

……………………….……….

………........

-MANTENIMIENTO DE

COBERTURA DE

SUELO. (ABONO VERDE)

-PRÁCTICA DE SIEMBRA

DIRECTA

QUÍMICA Y MICROBIANA

DEL SUELO.

-ALTERACIÓN DEL ESTADO

NATURAL DE LA ZONA

BAJA.

……..……………………………

……........

-DISMINUYE LA EROSIÓN.

-MANTIENE LA MATERIA

ORGÁNICA Y FERTILIDAD

PARA LOS CULTIVOS DE

RENTA.

AMBIEN

TAL

POSITIV

O.

-FLORA Y

FAUNA:

MACRO Y

MICRO

ORGANISMOS.

-ELIMINACIÓN DE

HÁBITAT POR LA

PÉRDIDA DE BOSQUES.

(RESERVA DE BOSQUE

NATIVO INSUFICIENTES),

FALTANDO A LAS

DISPOSICIONES DE LEY

422/73 FORESTAL.

-UTILIZACIÓN INTENSIVA

DE AGROQUÍMICO

(FERTILIZANTES Y

PESTICIDAS).

-Actividades propias de la

mecanización

agrícola.remoción y

compactación suelo

- FALTA DE PROGRAMA DE

DIVERSIFICACIÓN DE LA

PRODUCCIÓN.

…………………………………

….……..…

-MANEJO DE

AGROQUÍMICOS BAJO

LAS RECOMENDACIONES

TÉCNICAS.

-DESAPARICIÓN DE

ECOSISTEMAS Y DE

DIVERSAS ESPECIES

NATIVAS DE ANIMALES Y

PLANTAS MAYORES COMO

ALGUNOS MAMÍFEROS,

AVES, REPTILES ETC.

ALTERANDO LA CADENA

BIOLÓGICA Y ESPECIES DE

ÁRBOLES DE MADERAS

NOBLES CON EL LAPACHO,

CEDRO, INCIENSO ENTRE

OTROS.

-ALTERACIÓN DE LA

CANTIDAD Y DIVERSIDAD

DE LOS

MICROORGANISMOS DEL

SUELO BIÓTICO Y

ABIÓTICO.

-ESCASA MASA BOSCOSA.

…………………….……………

….…………

-DISMINUCIÓN DEL RIESGO

DE EFECTO PERJUDICIAL A

LOS CULTIVOS VECINOS, Y

FLORA NATIVA.

AMBIEN

TAL

NEGATI

VO.

……….....

AMBIEN

TAL

POSITIV

O.

-AGUA:

SUPERFICIAL

Y

SUBTERRÁNEO

.

-INSUFICIENCIA DE

BOSQUE NATIVO E

INEXISTENCIA DE

BOSQUE IMPLANTADO.

-UTILIZACIÓN INTENSIVA

DE AGROQUÍMICO

(FERTILIZANTES Y

PESTICIDAS).

…………………………………

..…..……

-DISMINUCIÓN DE ÁREA

VERDE

EVAPOTRANSPIRACIÓN.

-MAYOR COMPACTACIÓN,

MENOS INFILTRACIÓN DEL

AGUA DE LLUVIA.

-CONTAMINACIÓN CON

RESIDUOS (ELEMENTOS

QUÍMICOS) DE PESTICIDAS.

-CONTAMINACIÓN POR

EROSIÓN LAMINAR DEL

SUELO.

AMBIEN

TAL

NEGATI

VO.

……….…

AMBIEN

TAL

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

-UTILIZACIÓN DE

TANQUES CISTERNA

PARA EL TRANSPORTE DE

AGUA PARA LAS

PULVERIZACIONES.

- DERRAME DEL EFLUENTE

DEL LAVADO DE LOS

PULVERIZADORES EN

ÁREAS DE CULTIVO.

………………………………….

……………

- PREVENCIÓN DE

CONTAMINACIÓN DE

CAUCES DE AGUA CON

PESTICIDAS.

POSITIV

O.

PAISAJISMO:

COMPONENTE

S ESCÉNICA

NATURAL.

-DEFORESTACIÓN Y

CONVERSIÓN DE ALTO %

DEL INMUEBLE EN

TIERRA MECANIZADA.

-EROSIÓN.

-POLUCIÓN DE ARROYO.

-DESAPARICIÓN DE

ESPECIES SILVESTRES.

AMBIEN

TAL

NEGATI

VO

-AIRE:

EMISIONES

GASEOSAS Y

AERODISPERS

ANTES

-ACCIÓN POR LABOREO,

PULVERIZACIÓN CON

PESTICIDAS Y COSECHA

DE LOS CULTIVOS.

-DISMINUCIÓN DE LA

MASA DE BOSQUE.

-AUMENTO DE LA QUEMA

DE PETRÓLEO,

(COMBUSTIÓN

PRODUCIDA POR LAS

MÁQUINAS)

-CONTAMINACIÓN POR

POLVO DE TIERRA Y

MATERIA ORGÁNICA.

-CONTAMINACIÓN CON

NIEBLAS CON PESTICIDAS.

-DISMINUCIÓN DE LA

PRODUCCIÓN DE OXIGENO

(O2) Y AUMENTO

ANHÍDRIDO CARBÓNICO

(CO2).

AMBIEN

TAL

NEGATI

VO

-SOCIEDAD

LOCAL:

MEDIO DE

VIDA E

INFRAESTRUC

TURA

-PROBABILIDAD DE

ALCANZAR NIEBLAS DE

PESTICIDAS DURANTE LA

PULVERIZACIÓN A

POBLACIONES VECINAS Y

CALLES PÚBLICAS

LINDANTES AL INMUEBLE

CULTIVADO.

....................................................

.............

-GENERACIÓN DE DIVISAS.

-OCUPACIÓN DE MANO DE

OBRA.

-PAGO DE IMPUESTOS.

-PRODUCCIÓN DE

MATERIA PRIMA P/

INDUSTRIAS.

-INICIATIVA PARA

CUMPLIR CON LAS

LEGISLACIONES

AMBIENTALES.

-Probabilidad de contaminación

dérmica o respiratoria por

pesticidas.

......................................................

.............

-MEJORA LA CALIDAD DE

VIDA (SITUACIÓN

SOCIOECONÓMICA).

-MÁS RECURSOS

INSTITUCIONALES.

-GENERACIÓN DE EMPLEO

Y DIVISAS.

-PRODUCCIÓN

PERMANENTE Y RENTABLE.

-DISMINUCIÓN DEL RIESGO

OPERACIONAL.

AMBIEN

TAL

NEGATI

VO

.................

..

SOCIOEC

O-

NÓMICO

POSITIV

O.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

Descripción del impacto ambiental potencial, aspecto ambiental y el recurso afectado en el

funcionamiento del silo.

Actividad/Aspecto Ambiental Recurso

Afectado.

Impacto

Ambiental/Descripción

Calificación

cualitativa

Flujo vehicular debido al

funcionamiento del silo y la zafra

agrícola.

Calidad del

aire y ruido

Generación de polvo,

ruido y emisiones

gaseosas

Ambiental

negativo

SILO Los camiones con las materias

primas ingresan a las instalaciones y

son pesados en una báscula de

camiones con capacidad para 80

Toneladas y una longitud de 22 metros

y al mismo tiempo se recoge una

muestra del producto que transportan

para ser evaluada su calidad, mientras

se realiza el muestreo y la

comprobación de parámetros de

calidad el camión permanece

estacionado en los patios en el predio a

ocupar.

Calidad del

aire y

ruido, y

generación

de empleo.

Impacto negativo el

polvo que se levanta por

el transporte carga con

material y generación de

ruido por el paso de

vehículos.

Impacto positivo por la

generación de empleo en

el transporte de carga.

Impacto negativo,

grado de

perturbación

regular, de

importancia alta,

de extensión local

y de media

duración.

Impacto positivo,

grado de

perturbación

regular, de

importancia alta,

de extensión

extensible y de

permanente

duración.

Una vez que se comprueba que los

diferentes parámetros de calidad

reúnen todos los requerimientos se

autoriza a la descarga, para lo cual se

contará con una volteadora de

camiones con capacidad de 80

Toneladas y un tamaño de 22 metros

que se encuentra dentro de un cuarto

totalmente cerrado, este cuarto

contendrá dos sistemas de aspiración

de polvos mediante el sistema de

filtros de mangas, de esa manera

evitará perdida de producto en el

ambiente y polución.

Ruido y

seguridad

del

personal

Ruido generado por el

sistema hidráulico que se

utiliza para el volteo de

camión.

Impacto negativo,

de grado de

perturbación

regular, de

importancia alta,

extensión puntual

y de media

duración.

El producto descargado del camión es

transportado a los sitios de

almacenamiento a granel (silos para el

caso de granos), pasando primero por

un sistema de limpieza y separación de

desperdicios tales como palos, piedras

y materiales extraños, dependiendo del

tipo de producto irá a silos metálicos si

es granos.

Calidad del

aire.

Polvo que se retiene en

el sistema de transporte

de granos y harinas,

pastas y tortas.

Impacto negativo,

de escasa

perturbación, de

importancia

media, de

extensión puntual,

de duración media.

Almacenamiento en Silos: El proyecto

contempla en su fase inicial la

instalación de silos, se contempla dejar

Calidad del

aire.

Polvo que no es atrapado

en el sistema de filtros de

mangas o depuración.

Impacto negativo,

de escasa

perturbación, de

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

el espacio físico para el futuro de

duplicar esta cantidad dentro del

predio que van a ocupar.

importancia

media, de

extensión puntual,

de duración media.

Manejo de Desechos sólidos

domésticos NO peligrosos que son

atrapados en los filtros de manga o en

los sistemas de limpieza en general

durante la etapa de limpieza o de

mantenimiento.

Suelo. Inapropiada disposición

final del producto que es

retenido en los sistemas

de depuración instalados

en el sistema de

recepción y

almacenamiento.

Impacto negativo,

de escasa

perturbación, de

importancia baja,

de extensión local,

de duración media.

PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO

AREA AGROPECUARIA

Medidas de mitigación recomendadas para reducir el impacto sobre los factores

ambientales:

AIRE:

• Evitar las aplicaciones de agroquímicos en días de excesiva sequedad y fuerte

viento a los efectos de evitar contaminaciones a animales y seres humanos.

• Evitar deriva de los productos a ser utilizados con la calibración correcta de los

picos de los pulverizadores y en el momento oportuno.

• Mantener las áreas boscosas y reforestadas.

• Utilizar preferentemente productos de clase toxicológica III y IV.

• Utilizar productos químicos rápidamente biodegradables.

• Verificar de usar la dosis correcta y recibir el asesoramiento de un profesional

idóneo en el uso de agroquímicos.

SUELO:

• Mantener la cobertura de los suelos e implementar un sistema de rotación de

cultivos.

• Manejo de suelo con curvas de niveles de base ancha a fin de evitar la erosión

hídrica.

• Aplicar la tecnología de siembra directa, para mantener la cobertura del suelo e

implementar medidas de

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• fertilización inorgánica y orgánica a través de la siembra de abonos verdes y

aplicación de fertilizantes químicos en la dosis correcta.

• Utilizar variedades resistentes a las plagas y evitar uso indiscriminado de

agroquímicos.

• No utilizar el fuego como medida de control de malezas.

• Evitar la compactación del suelo y no realizar trabajos de campo cuando la

humedad del suelo sea alta.

• Implementar un plan de manejo de residuos, que debe contener métodos de

disposición y eliminación, además de capacitar y concientizar al personal del

correcto manejo de los mismos.

• Correcta disposición de envases y restos de envases de agroquímicos.

AGUA:

• Mantenimiento y conservaciones periódicos de las curvas de nivel para evitar la

colmatación de cauces hídricos y nacientes.

• No arrojar ningún tipo de contaminantes a fuentes de agua.

• Correcta disposición de desechos, contaminantes y de los envases de los

agroquímicos a ser utilizados.

• Ningún equipo pulverizador debe ser lavado en las fuentes naturales de agua.

• En ningún caso usar las fuentes de aguas naturales como alimentadores directos

de los pulverizadores (su abastecimiento deberá hacerse mediante tanques

abastecedores especiales).

• Contar con abastecedores de agua con todas las infraestructuras necesarias para la

captación y el abastecimiento para los vehículos y equipos de pulverizado con el

fin de evitar la contaminación de las aguas.

• Gestionar con la comunidad y otros productores la instalación de abastecedores

comunitarios.

• Implementar otras medidas de conservación del agua.

FAUNA Y FLORA:

• Evitar la cacería de animales silvestres en toda el área.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• Conservar las especies de árboles que puedan proporcionar alimento a la fauna

silvestre.

• No arrojar contaminantes a las fuentes de agua que puedan afectar a la fauna y en

especial la acuática.

• Establecer refugios compensatorios para la fauna.

• Utilizar lo agroquímicos sólo en caso de ser necesario.

• Reforestar franjas de protección y disponer de rompe vientos.

• Mantener la cobertura vegetal del suelo.

• Mantener y enriquecer la franja boscosa protectora del curso hídrico

SOCIEDAD:

• Incluir a la sociedad local en la ejecución de las actividades de productivas.

• Capacitar al personal en las normas de Siembra Directa y en el Manejo Integrado

de Plagas.

• Capacitar al personal en técnicas de Manejo Adecuado de Defensivos Agrícolas.

• Capacitar al Personal Sobre Manejo y Conservación de Recursos Naturales

Disponibles.

• No circular con vehículo con excesiva velocidad dentro de la finca para evitar

accidentes.

• Delimitar los horarios de trabajo para evitar fatigas de los operarios.

• Utilizar las luces encendidas para indicar máquinas en movimiento.

• Elaboración de un manual de procedimientos para la higiene, seguridad, riesgos

de accidentes.

• Indumentaria adecuada para el personal afectado al manipuleo de agroquímicos

(botas, delantales, guantes, protectores buconasales, oculares, etc

• Efectuar controles médicos y odontológicos de los obreros.

• Controles toxicológicos de obreros afectados al manipuleo de agroquímicos (c/ 6

meses)

• Instalar carteles indicadores para una educación ambiental (ej: no arrojar basuras,

se prohíbe la cacería, peligro de accidentes, peligro de incendios, usar elementos

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

protectores, normas de mantenimiento y reparación, precauciones de uso de

agroquímicos, antídotos, normas de procedimientos, etc).

AREA: SILO DE GRANOS

Manejo y disposición final de Polvos.

Actividad Costos Responsable Plazos

Limpieza diaria del local y

las entradas

1 jornal diario 1 Personal de limpieza Diario – Inmediato

Señalización de entradas para

camiones transportadores

10 jornales

totales

anualmente

Propietario Inmediato

En la tolva de descarga y la

zaranda: utilización de

equipos de seguridad. La

zona está preparada para la

generación de polvos.

_____ Personal encargado de

las operaciones del

local

Diario

La ventilación es una de las exigencias más importantes, ya que previene la acumulación

de polvo dentro del local. Conviene mantener el área libre de acumulación de restos de la

construcción, arena acumulada y prever mangueras conectadas a un tanque reservorio de modo a

paliar emergencias en épocas de sequías.

Manejo y disposición final de Residuos Sólidos.

Esta etapa se enfoca a reducir al mínimo la generación de los Residuos Sólidos dentro del

local. Presentándose la generación de aquellos estrictamente necesarios, proviniendo solo de

actividades permitidas en el lugar. Los residuos de envases de plaguicidas serán considerados más

adelante.

Actividad Costos Responsable Plazos

Prohibir el consumo de

alimentos dentro del local

______ Jefe operativo Inmediato

Limpieza diaria del local 1 jornal diario 1 Personal de

limpieza

Diario - Inmediato

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

Colocación de Basureros 2 jornales Propietario Inmediato

Manejo y disposición final de Efluentes Sanitarios y Pluviales.

Actividad Costos Responsable Plazos

El lugar no debe hallarse en

una zona con capa freática

alta, que podría ser propensa

a inundaciones estacionales

Incluido en los

costos de la

construcción

Propietario – Jefe de

obras

Inmediatos a la

construcción

tampoco en las

inmediaciones de un curso de

agua capaz de inundar las

zonas ribereñas en ciertas

temporadas del año.

Incluido en los

costos de la

construcción

Propietario – Jefe de

obras

Inmediatos a la

construcción

Prever canaletas externas Incluido en los

costos de la

construcción

Propietario – Jefe de

obras

Inmediatos a la

construcción

Medidas mitigatorias del Ruido.

Conforme a la propia legislación, esta actividad tiene entre sus objetivos prevenir la polución

sonora de la actividad

Actividad Costos Responsable Plazos

Prohibir el funcionamiento

de

maquinarias, motores y

herramientas sin las debidas

precauciones necesarias

para evitar la propagación de

ruidos, sonidos y vibraciones

molestos que

sobrepasen los decibeles

Señalizaciones =

10 jornales

Propietario – Jefe de

operaciones del local

Inmediato

Planilla de

control = 0.5

jornales

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

No sobrepasar los índices de

decibeles (70-85 DIA –

55NOCHE) – Conforme a las

disposiciones del art 9 de la

ley 1100

____ Propietario – Jefe de

operaciones del local

Inmediato

Sistema de seguridad contra incendios.

Actividad Costos Responsable Plazos

Verificar el correcto estado de las instalaciones

eléctricas

2000

USD/anuales

Jefe de

operaciones del

local

Trimestral

En el exterior se deben colocar carteles bien

evidentes con advertencias

1000 USD Jefe de

operaciones del

local

Inmediato

Debe haber extintores (de polvo o dióxido de

carbono, no de agua), que deberán controlarse

regularmente

1000

USD/anuales

Jefe de

operaciones del

local

Inmediato

Disponer de agua estática o corriente 500 USD Jefe de

operaciones del

local

Inmediato

Disponer de cubos de arena o tierra 300 USD Jefe de

operaciones del

local

Inmediato

Se debe informar a la estación de bomberos de la

localidad de la existencia del local y de los peligros

100 USD Jefe de

operaciones del

local

Anual

Prever algún tipo de zócalo en la construcción del

local; estos zócalos también impiden que el agua

utilizada para apagar el fuego, que inevitablemente

será contaminada, contamine a su vez el vecindario

y, por consiguiente, el medio ambiente en general

1000 USD Jefe de

operaciones del

local

Inmediato

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

Medidas de Seguridad y Protección del Personal Operativo y Terceros.

Actividad Responsable Plazos

PROTECCION

GENERAL DEL

CUERPO

Los indumentos que se utilicen deben ser de

mangas largas, y cubrir la parte inferior del

cuerpo y las piernas.

También se debe usar calzado (botas o

zapatos) y algo para cubrirse la cabeza.

La ropa de trabajo, incluido el calzado, se

debe lavar con agua y jabón u otro

detergente después de cada día en que se

haya utilizado, y separadamente de otras

ropas.

El propietario

absorberá los

costos, pero cada

personal será

encargado de su

propia

seguridad. Antes

de cada

actividad.

Diario

PROTECCION

DE LAS

MANOS

Cuando se vierten o transfieren los granos

es necesario ponerse guantes de materiales

resistentes. (Los guantes de caucho nitrilo o

de neopreno). Casco protector y gafas de

seguridad.

El propietario

absorberá los

costos, pero cada

personal será

encargado de su

propia

seguridad. Antes

de cada

actividad dentro

del local

Diario

CALZADO

Las botas con punta de acero brindan

protección contra accidentes.

El propietario

absorberá los

costos, pero cada

personal será

encargado de su

propia

seguridad. Antes

de cada

actividad dentro

del local

Diario

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

PROTECCION

DE LOS OJOS

Se utilizarán anteojos de protección o

máscaras faciales para proteger los ojos de

las salpicaduras y cuando se transfieren

productos que generen polvo. Las máscaras

y gafas se han de lavar después del uso para

eliminar toda contaminación. También se

debe disponer de los elementos necesarios

para lavarse los ojos.

El propietario

absorberá los

costos, pero cada

personal será

encargado de su

propia

seguridad. Antes

de cada

actividad dentro

del local

Diario

DELANTALES

DE

PROTECCION

Los delantales o mandiles de PVC, caucho

nitrilo o neopreno, o bien los delantales

desechables realizados en materiales de

polietileno, proporcionan una protección

adicional adecuada para este tipo de

operaciones. El delantal debe cubrir la parte

delantera del cuerpo, desde el cuello hasta

las rodillas. Al igual que el resto de los

equipos de protección, los delantales se

deben lavar después del uso e inspeccionar

regularmente para cerciorarse de que no

estén dañados.

El propietario

absorberá los

costos, pero cada

personal será

encargado de su

propia

seguridad. Antes

de cada

actividad dentro

del depósito

Diario

AREA: PRODUCCION DE ALIMENTOS DERIBADOS DE LECHE

Gestión Integral para Residuos Sólidos

• Gestión de Residuos Sólidos generados en la Limpieza del local

- Actividades:

o Prohibir el consumo de alimentos dentro del local

o Limpiar diariamente el local

o Colocar basureros en las inmediaciones

o Retirar las basuras de los basureros al menos dos veces a la semana

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

o No mezclar residuos de limpieza con residuos de productos averiados o

vencidos, envases o bolsas que contengan agroquímicos

- Responsables:

o Limpiador del local

o Supervisor

• Gestión de Residuos Sólidos generados por el Personal Operativo

- Actividades:

o Prohibir el consumo de alimentos dentro del local

o Capacitar al personal en buenas prácticas ambientales dentro del local

o Controlar el comportamiento del personal dentro durante el desarrollo de

las actividades

o Prohibir el uso de elementos ajenos a las actividades propias de la

actividad

o Contar con sanitario para el personal

o Limpiar diariamente y retirar los residuos generados

- Responsables:

o El supervisor evaluará y controlará al personal, en tanto es responsabilidad

del personal velar por el cumplimiento de las medidas y la capacitación

queda a cargo del Consultor-Regente

o Se contará con una Lista de Chequeo

• Gestión de Residuos Sólidos generados por consecuencia de Productos

averiados y/o vencidos

- Actividades:

o Los recipientes vacíos en espera de ser eliminados se almacenarán en una

zona especial y segura del almacén de plaguicidas, a fin de garantizar que

nadie los robe o los utilice para otros fines.

o Los recipientes que contenían concentrados emulsionables o polvos

humectarles se deben enjuagar con agua varias veces.

o Posteriormente los recipientes se pueden limpiar con una mezcla de agua,

detergente y soda cáustica.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

o Las cajas de cartón no deben quemarse, ya que los productos de su

combustión podrían perjudicar los cultivos situados incluso a gran

distancia.

o El cartón, el papel se deben recoger y enviar, junto con los demás residuos,

a los centros de eliminación de desechos.

o Los recipientes de vidrio se deben romper; los tambores de acero, así como

los recipientes de metal y de plástico, se pincharán y aplastarán antes de

enviarlos a una localidad central para su eliminación por las autoridades

nacionales.

o En caso de que sea necesario desechar cantidades muy grandes habrá que

solicitar el asesoramiento profesional de los proveedores y de las

autoridades nacionales.

o Otra forma de deshacerse de los plaguicidas es devolverlos al proveedor,

o bien entregarlos a un especialista en eliminación de desechos tóxicos

designado por la autoridad nacional.

- Responsables:

o El responsable (Propietario), se compromete a emitir una lista actualizada

de forma semestral de los productos que está vendiendo.

o El Supervisor del Local (Jede operativo / encargado) será responsable de

verificar mediante una lista de chequeo el cumplimiento de las medidas

citadas.

o El Consultor/Regente realizará un compendio de la lista de chequeo y

elaborará un informe de manera semestral.

Gestión Integral de Emisiones Gaseosas

Identificación de Emisiones Gaseosas

Tipos de emisiones:

• Polvos

• Ruido

• Olores

Gestión Integral para Emisiones Gaseosas

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• Manejo de Polvos

- Actividades:

o La ventilación es una de las exigencias más importantes, ya que previene

la acumulación de polvo. Conviene mantener el área libre de acumulación

de restos de la construcción, arena acumulada y prever mangueras

conectadas a un tanque reservorio de modo a paliar emergencias en épocas

de sequías.

o Limpieza diaria del local y las entradas.

o Control del ducto de ventilación (ventilación en el techo y ventanas con

rejillas).

o Señalización de entradas.

- Responsables:

o El responsable (Propietario), debe disponer los recursos necesarios para la

correcta señalización y mantenimiento de la infraestructura del local.

o La limpieza queda a cargo del personal de Limpieza

o El Supervisor del Local (Jede operativo / encargado) debe guiar al personal

para el correcto mantenimiento de la ventilación y de los componentes del

plan de gestión

o El Consultor/Regente realizará una auditoría sobre la infraestructura de

manera semestral e informará al propietario sobre el estado y las

necesidades halladas.

• Manejo de Ruidos

- Actividades:

o Prohibir el funcionamiento de maquinarias, motores y herramientas sin las

debidas precauciones necesarias para evitar la propagación de ruidos,

sonidos y vibraciones molestos que sobrepasen los decibeles.

o No sobrepasar los índices de decibeles (70-85 DIA – 55NOCHE) –

Conforme a las disposiciones del Art 9 de la Ley 1100.

- Responsables:

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

o El Supervisor del Local (Jede operativo / encargado) controlará las

prohibiciones y llevará un registro de eventos no previstos que tengan

referencia al hecho.

• Control de Olores

- Actividades:

o Es necesario disponer de ventilación tanto en el techo como al nivel del

suelo (con rejillas para impedir la entrada de los pájaros y las ratas) a fin

de extraer los humos livianos, el aire caliente y los vapores pesados.

o Se debe de limpiar el local, retirando los productos que puedan generar

olores por desuso.

o Se debe mantener un aseo adecuado en el área de las duchas de emergencia

y lavatorios.

o Evitar la acumulación de aguas estancadas.

- Responsables:

o El Supervisor del Local (Jede operativo / encargado) controlará las

prohibiciones y llevará un registro de eventos no previstos que tengan

referencia al hecho.

o Durante las auditorías el Consultor/Regente deberá observar el

cumplimiento de las acciones y consultar sobre la percepción de olores al

personal y a vecinos del área.

Gestión Integral de Aguas Residuales

Identificación de los Efluentes líquidos generados

Tipos de efluentes líquidos:

• Efluentes Sanitarios

• Agua pluvial

Cauce receptor

La disposición de efluentes será realizado en fosas sépticas y canaletas de desagüe para

agua pluvial

Sistema de tratamiento a ser utilizado

Cámara séptica para efluentes sanitarios

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

Fosa anti derrame para emergencias

Gestión de Agua Pluvia y Cloacal

- Actividades:

o Por regla, al definir la localización del local, que el área no sea zona

inundable ni sea zona de capa freática alta.

o Contar con canaletas externas para guiar las aguas pluviales hacia afuera

del local evitando una posible inundación.

o Se debe contar con un eficiente mantenimiento de todos los conductos,

tuberías y canaletas, de tal forma a evitar acumulaciones u obstrucciones

en las mismas.

- Responsables:

o El Supervisor del Local (Jede operativo / encargado) controlará las

prohibiciones y llevará un registro de eventos no previstos que tengan

referencia al hecho.

o Durante las auditorías el Consultor/Regente deberá observar el

cumplimiento de las acciones.

PLAN DE MONITOREO

Monitoreo del Suelo:

El suelo sometido a las actividades agropecuarias será monitoreado, teniendo en cuenta:

• Cambios en el espesor del suelo.

• Contenido de materia orgánica.

• Propiedades fisicoquímicas del suelo

• Rendimiento de los cultivos.

• Localización, extensión y grado de compactación.

• Retención de humedad en las áreas agrícolas y con pendientes elevadas.

• La condición del suelo (es decir señales de mayor erosión, compactación, menor

fertilidad, etc)

• Realización de calicatas a modo de verificar los cambios en el suelo

Monitoreo del Agua:

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• Los cuerpos de aguas y sus fuentes de provisión deberán ser monitoreados,

previendo efectuar análisis constantes con el fin de determinar posibles

contaminaciones

• Característica fisicoquímicas: DBO5, DQO, oxígeno disuelto, temperatura, pH,

sólidos sedimentables, grasas y aceites, sólidos en suspensión, turbidez, PO4,

NO3, NO2.etc.

• Cambios en la estructura y dinámica poblacional de las comunidades acuáticas.

• Características de potabilidad y la no presencia de elementos patógenos y/o

tóxicos.

• Las fuentes de agua (su ubicación, condición, intensidad de uso y la condición de

la vegetación a su alrededor)

Monitoreo de las Maquinarias y Equipamientos Utilizados en la Finca:

• Se deberá centrar en el control del correcto funcionamiento y mantenimiento de

todo el equipamiento (maquinarias agrícolas, equipos de taller, rodados, etc) que

normalmente operan en la finca.

• Prestar especial atención a todos los equipos a fin de evitar desgastes excesivos o

roturas de piezas que podrían conducir a derrames de productos en el suelo

• El correcto y el normal funcionamiento de los equipos auxiliares, acoplados,

tanques, puesto de transformación, sistema eléctrico, provisión de agua,

equipamientos varios, constituyen un fin primordial para que los mismos no

sufran percances de algún tipo que podrían conducir a accidentes, incendios,

pérdidas de tiempo, bajos rendimientos y sobre todo pérdida de los productos y

materias primas y/o el deterioro parcial total de los mismos.

• Se debe controlar el cumplimiento preventivo y correctivo de toda la

instalaciones, de manera a minimizar riesgos de accidentes y siniestros.

• Se deberá efectuar un control periódico del sistema de prevención de incendio, de

las cañerías, , mangueras, bombas impulsoras, mantener la carga adecuada de los

extintores, renovando las cargas obsoletas.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• El proponente deberá auditar constantemente el estado general de las

indumentarias del personal, controlando que estén en condiciones seguras de ser

utilizadas en especial para los manejo de agroquímicos, sanitaciones pecuarias,

talleres, etc.

Monitoreo de los Desechos Sólidos:

• Disponerlos en recipientes especiales para su posterior disposición por medios

propios en un vertedero adecuado o por la recolectora municipal.

• El proponente debe tener por norma clasificar los cartones, papel, plásticos y otros

desechos ya que aquellos que son recuperables serán retirados por recicladores y

los no recuperables serán dispuestos por medios propios en un vertedero

adecuado.

• Los restos de materias primas pueden ser útiles a otras personas para su

reutilización, es importante cuidarlos y que los mismos se acopien adecuadamente

para su posterior salida..

• Auditar del cumplimiento de las normas de una eliminación segura de los

desechos sólidos.

• Monitorear periódicamente toda la finca a fin de retirar los resíduos que fueron

depositados por parte del personal o que acceden a al mismo, ya que el entorno

rápidamente se deteriorará si se toma el hábito de arrojar desechos en cualquier

parte del

• predio.

Monitoreo de los Efluentes Líquidos:

• Verificar los desagües de los sanitarios para que no sufra de colmataciones y que

las aguas negras no sean lanzadas directamente al suelo provocando olores

desagradables y molestosos.

• El sistema de desagües de efluentes de lavado, se deberá mantener y verificar

periódicamente para que no sufra de colmataciones y que aguas servidas no sean

lanzadas directamente al suelo provocando molestias y contaminaciones en el

entorno.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• Controlar la limpieza de las cañerías de drenaje y evitar que se arrojen

desperdicios o basuras a los sistemas de drenaje.

Monitoreo de Señalizaciones:

• Las señalizaciones se deben cuidar, con el fin de que los obreros, transeúntes o

cualquier otra persona lo adviertan, lo cumplan y respeten las indicaciones de los

mismos.

• Deberán estar ubicados en lugares estratégicos a fin de tener a la vista los

procedimientos a ser respetados.

• Las señalizaciones periódicamente deberán ser repintadas o llegado el caso a ser

reemplazados debido a su destrucción o borrado.

• Se deberá insistir al personal el respeto de las señalizaciones con el fin de evitar

accidentes.

Monitoreo del Manejo de Productos Fitosanitarios y Fertilizantes

• Inspeccionar el estado de los contenedores de sustancias tóxicas, reemplazar los

que están averiados, y darles una disposición temporal o final segura.

• Inspeccionar permanentemente, las fosas colectoras de derrames de sustancias

tóxicas y sus lixiviados, recuperarlos en contenedores seguros.

• Controlar el manejo seguro de los residuos sólidos (envases, bolsas plásticas,

barricas, pallets, residuos de sólidos absorbentes empleados para contener

derrames y sustancias obsoletas); de no disponer un sistema eliminación de

disposición final adecuado, deberá confinarse temporalmente en depósito

apropiado hasta tanto, se elimine con seguridad.

• Controlar la disposición segura de las mercaderías peligrosas en el área de

almacenamiento, colocando los lotes de sustancias combustibles alternando con

lotes de sustancias no combustibles; lotes de sustancias reactivas con las no

reactivas.

• Asegurar la rotación adecuada de la mercadería atendiendo su tiempo de vigencia.

• No mezclar los productos utilizados en la actividad pecuaria con los de la

actividad agrícola.

RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL – LEY 294/93 DE EVALAUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"COLONIA LUZ Y ESPERANZA"

PRODUCCIÓN AGROPECUARIA, SILO, SEDES SOCIALES COMUNITARIAS, HELADERIA,

PISCICULTURA Y ACTIVIDADES ANEXAS.

Dr. J. E. Estigarribia, Caaguazú, Paraguay.

• Controlar que el rotulado de las sustancias tóxicas sea correcto.

• Registrar los accidentes que ocurren, analizando las causas y tomar las medidas

correctivas pertinentes como medida de prevención para que no repitan.

Monitoreo del Personal de la Finca:

• Vigilar el estado de salud de los obreros, haciéndolos acudir a revisiones médicas

y odontológicas en forma periódica.

• Monitorear la salud de los operarios expuestos al manipuleo de sustancias tóxicas,

exigiendo a los mismos que acudan con la frecuencia requerida a centros

toxicológicos, como medida de prevención de enfermedades crónicas.

• Controlar la no ingestión de alimentos y el no fumar al manipular sustancias

peligrosas.

• Control del uso permanente y obligatorio de Equipos de Protección de Individual

(EPI).

EQUIPO CONSULTOR

Elaborado bajo la asesoría técnica de: Ing. Amb. Divina Beatriz Velázquez Rodríguez