Reglamento LEO

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Capítulo I SOBRE EL MOVIMIENTO ESTUDIANTIL LEO Artículo 1°: De la denominación El Movimiento Estudiantil que se constituye tiene como denominación: LÍDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS, fue fundado y constituido con el propósito de participar por medios democráticos, en los asuntos públicos de la Universidad Nacional de Cajamarca, dentro del marco del Estatuto de la Universidad, la Ley Universitaria y la Constitución Política del Perú. Tiene duración indefinida. Su denominación abreviada es LEO. Artículo 2°: De la Misión LEO está constituido por estudiantes de las todas Escuelas Académicos Profesionales de la Universidad Nacional de Cajamarca, enfocados en una lucha continua con fines de defender y optimizar los derechos esenciales, reales y legítimos del estudiantado. Artículo 3°: De la Visión Ser una organización estudiantil forjadora de una cultura en la que prevalezcan los valores que permitan la participación e inclusión del movimiento estudiantil en la defensa por los derechos esenciales del estudiantado, a los fines de alcanzar la transformación y el desarrollo pleno de la universidad como ente generador de ideas pluralistas con la participación colectiva y coordinada con los tres estamentos de la Universidad.

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reglamento LIDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS (UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA)

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Capítulo I

SOBRE EL MOVIMIENTO ESTUDIANTIL LEO

Artículo 1°: De la denominaciónEl Movimiento Estudiantil que se constituye tiene como denominación: LÍDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS, fue fundado y constituido con el propósito de participar por medios democráticos, en los asuntos públicos de la Universidad Nacional de Cajamarca, dentro del marco del Estatuto de la Universidad, la Ley Universitaria y la Constitución Política del Perú. Tiene duración indefinida. Su denominación abreviada es LEO.

Artículo 2°: De la MisiónLEO está constituido por estudiantes de las todas Escuelas Académicos Profesionales de la Universidad Nacional de Cajamarca, enfocados en una lucha continua con fines de defender y optimizar los derechos esenciales, reales y legítimos del estudiantado.

Artículo 3°: De la VisiónSer una organización estudiantil forjadora de una cultura en la que prevalezcan los valores que permitan la participación e inclusión del movimiento estudiantil en la defensa por los derechos esenciales del estudiantado, a los fines de alcanzar la transformación y el desarrollo pleno de la universidad como ente generador de ideas pluralistas con la participación colectiva y coordinada con los tres estamentos de la Universidad.

Artículo 4°: De los Objetivos LÍDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS tiene como objetivos:

a) Participar, colaborar y propiciar la organización del Movimiento Estudiantil que luche por la conquista de una educación inclusiva, gratuita y de calidad.

b) Luchar por el respeto y la profundización de la autonomía universitaria.

c) Luchar por la defensa de los derechos estudiantiles y favorecer las relaciones entre los diferentes gremios universitarios a nivel local, regional y nacional.

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d) Establecer nexos que vinculen las luchas estudiantiles de manera mancomunada con los combates populares por la defensa, profundización y perfeccionamiento de la Democracia.

e) Auspiciar toda actividad que estimule el desarrollo académico del estudiante universitario y generar con ello que este sea una referencia importante para el ámbito local, regional y nacional.

f) Contribuir al desarrollo y formación de un estudiante con mentalidad crítica y alta sensibilidad social, que permita estrechar la unidad del Movimiento Estudiantil con el pueblo en general.

g) Participar, colaborar y propiciar el desarrollo del arte y la cultura en todas sus manifestaciones, dentro y fuera del ámbito universitario.

Artículo 5°: Del ámbito.Líderes Estudiantiles Organizados tiene como ámbito de acción a la Universidad Nacional de Cajamarca con todas sus sedes y alcanza a todos sus implicados.

Artículo 6°: Del domicilioLEO tiene su domicilio oficial dentro del campus de la Universidad Nacional de Cajamarca, ubicada en la Av. Atahualpa 1050, cuidad de Cajamarca.

Capítulo IIAFILIADOS, DEBERES, DERECHOS Y DESAFILIACIÓN

Artículo 7°: De los afiliadosSon afiliados del Movimiento Estudiantil LÍDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS, los estudiantes que se encuentren debidamente inscritos en el Padrón General de Afiliados.

Artículo 8°: De la admisiónPara ser admitido como afiliado, el simpatizante suscribirá una Declaración Jurada de no pertenecer a otro partido, debiendo aceptar voluntariamente el ideario, declaración de principios, doctrina, programa, estatuto, reglamentos, así como los acuerdos del Movimiento, adhiriéndose al acta

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de fundación. Aceptado lo antes mencionado, se procederá de inmediato a su inscripción en el registro respectivo y a la expedición de su carné partidario.

Artículo 9°: De los deberes:

a) Participar en los diferentes comités de formación política ya sea a nivel general, de facultada y/o de Escuela.

b) Cumplir y respetar los estatutos, reglamentos, programas y acuerdos tomados en asamblea o por los comités, respetando siempre las jerarquías establecidas.

c) Cotizar y contribuir al sostenimiento económico del Movimiento, en forma periódica, para mantener la independencia económica del Movimiento LEO.

d) Desempeñar con fidelidad, responsabilidad y puntualidad, los cargos internos para los que sea elegido.

e) Desempeñar con fidelidad, responsabilidad y lealtad, un cargo gremial o de Gobierno a nombre del Movimiento.

f) No puede participar como invitado por otros movimientos a cargos gremiales o de Gobierno.

g) Promover permanentemente, la captación de nuevos afiliados.

h) Respetar las manifestaciones internas y externas de los compañeros y las compañeras y del partido LEO.

Artículo 10°: De los derechos

a) Participar en los debates y actividades del Movimiento.

b) Los afiliados a LEO tendrán derecho a participar en las actividades del Movimiento y en los órganos de gobierno y representación dentro de la Universidad Nacional de Cajamarca, a ejercer el derecho de voto, así como asistir a las correspondientes Asambleas, de

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acuerdo con lo que disponen estos Estatutos y los Reglamentos que lo desarrollen.

c) Hacer cumplir el Estatuto, los reglamentos, acuerdos y otros que emanen de los estamentos del Movimiento LEO.

d) Recibir información política veraz y de calidad, así como contribuir a transmitirla a otros afiliados y no afiliados.

e) Ejercer el derecho de crítica entendido como análisis y comentario de las actividades del Movimiento, de sus dirigentes y militantes con espíritu constructivo, tendiente a corregir errores y perfeccionar el trabajo futuro; respetándose con tolerancia las posiciones discrepantes dentro del Movimiento y fuera de él, bajo responsabilidad individual, sin afectar la imagen y la unidad de LEO.

f) Desafiliarse libremente del Movimiento, previa carta de renuncia, comprometiéndose a no denigrar la imagen de LEO y de ninguno de sus afiliados.

Artículo 11: De la desafiliación

Son causales de desafiliación y/o expulsión del Movimiento:

a. Por renuncia escrita.b. Por muerte.c. Por incumplimiento de los deberes señalados en el artículo 9, previo

acuerdo de la asamblea general.d. Intentar introducir política externa ajena a los objetivos del

movimiento.e. No acatar ni respetar lo estipulado en el Estatuto, los Reglamentos,

Declaración de Principios y decisiones de la asamblea de LEO.f. La expulsión y/o desafiliación se dará previo voto aprobatorio de la

mayoría absoluta de la mayoría de la asamblea general.

Capítulo III

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DE LA CONSTITUCIÓN DE LEO

Artículo 12°: De los miembros

Son miembros de LEO todos los estudiantes de la Universidad Nacional de Cajamarca que manifieste expresamente su voluntad de pertenecer a éste, que comparta y respete los propósitos e ideología del movimiento estudiantil, que participe del trabajo conjunto para alcanzar los objetivos planteados y que respete las normas y principios fundamentales en que se funda LEO.

Artículo 13°: De los aspirantes

El estudiante que aspire a ser miembro de LEO deberá reunir los requisitos señalados en el artículo precedente, los cuales serán verificados por la asamblea general.

Artículo 14°: De los militantes

Para ser militante de LEO se requiere:

- Manifestar expresamente su voluntad de querer ser militante de LEO.

- Ser un estudiante con integridad moral, con capacidad de trabajo y respeto por los derechos y valores consignados en LEO y en nuestra Constitución política.

- Debe ser miembro de LEO y estar comprometido con el movimiento para alcanzar la mejora de nuestra universidad y el respeto de los derechos estudiantiles.

- No haber cometido faltas leves o graves según lo establecido en el estatuto de LEO y de nuestra universidad.

Artículo 15°: de las vocerías

Para ser vocero o vocera de LEO y formar parte de las comisiones de trabajo se requiere:

- Ser militante de LEO- Ser un estudiante con integridad moral, con capacidad de trabajo y

respeto por los derechos y valores consignados en LEO y en nuestra Constitución política.

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- Debe ser miembro de LEO y estar comprometido con el movimiento para alcanzar la mejora de nuestra universidad y el respeto de los derechos estudiantiles.

- No haber cometido faltas leves o graves según lo establecido en el estatuto de LEO y de nuestra universidad. En caso de tener faltas leves, el militante estará sujeto a lo que señala la asamblea de estudiantes.

Artículo 16°: de la asamblea

La asamblea general es la máxima instancia de elección de Líderes Estudiantiles Organizados y está integrada por los militantes de LEO. Las decisiones tomadas por la Asamblea General serán realizadas con la mayoría absoluta de sus miembros. La asamblea de estudiantes tiene las siguientes atribuciones:

- Aprobar el estatuto de Líderes Estudiantiles Organizados.- Aprobar los proyectos de trabajo presentados por LEO que estén

destinados a alcanzar el beneficio de toda la comunidad estudiantil.- Elegir a los voceros o voceras de las diferentes comisiones de trabajo

de LEO.- Revocar de sus funciones a los voceros y voceras de LEO.- Elegir a las autoridades representativas de LEO para participar en los

asuntos públicos estudiantiles de nuestra universidad.

Capítulo IV

REGLAS Y NORMAS DE LEO

Artículo 17°: de las normas

Las reuniones de LEO son de carácter obligatorio y se realizan conforme a lo establecido en el presente estatuto, ésta se realizará el primer jueves de cada mes a las 8:00 pm.

Las reuniones extraordinarias se aprobarán con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros presentes en la reunión anterior.

Las sanciones disciplinarias que dictamine LEO a través de la asamblea de estudiantes tiene la finalidad de contribuir con la formación de sus militantes. La gravedad de las sanciones serán establecidas según el tipo de falta que se haya cometido y respetando reglas mínimas derivadas de los principios de racionalidad y proporcionalidad.

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Las faltas se clasifican en leves y graves. Las faltas leves se clasifican en:

1. Provocar e incentivar el individualismo, protagonismo y beneficio propio.

2. No cumplir con las tareas asignadas o negarse a cumplir con las responsabilidades encomendadas sin justificación alguna.

3. Ausentarse continua e injustificadamente de las reuniones de LEO.

Las faltas graves se clasifican en:

1. Atentar contra la integridad física y moral de los estudiantes.2. Promover el conflicto y la división dentro de LEO.3. Valerse de las atribuciones encomendadas para alcanzar beneficios

propios contrarios a la ideología de LEO y de los derechos de los estudiantes.

Artículo 18°: de los valores

Los miembros de LEO, tanto aspirantes como militantes deben tener valores como el amor, compañerismo, solidaridad, igualdad, equidad, honestidad, lealtad, humildad, constancia, camaradería, respeto de las diferencias, respetar la democracia y los demás valores y principios consignados en la Constitución Política del Perú y demás normas que reglamentan la conducta humana para alcanzar la paz común y el bienestar general.

Capítulo VCÓDIGO DE ÉTICA

Líderes Estudiantiles Organizados reconoce y promueve el respeto de la dignidad de la persona y así como la defensa de su pleno desarrollo integral tanto de sus miembros como del estudiantado en general, además de lo establecido en el Artículo 18°.

Artículo 19°: de los principios fundamentales de Leo

FOMENTAMOS la cultura, la ciencia, el arte, y el deporte para el desarrollo holístico de los estudiantes y así contribuir a la anhelada acreditación de nuestra universidad y satisfacer las necesidades que la sociedad actual exija.

SOMOS UN MOVIMIENTO POLÍTICO DEMOCRÁTICO. Para nosotros el ejercicio pleno de la libertad solo es posible si está acompañado por el

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esfuerzo permanente y solidario que persigue la igualdad de los derechos. La auténtica democracia se construye mediante la participación organizada de los estudiantes. El régimen político democrático se basa en el respeto a la Constitución y la ley.

SOMOS UNA ORGANIZACIÓN QUE RECONOCE A LA POLÍTICA Y SU VEZ A LAS POLÍTICAS DEMOCRÁTICAMENTE CONCERTADAS COMO UN ÁMBITO PRIVILEGIADO DEL DESARROLLO EN NUESTRA UNIVERSIDAD. Un desarrollo que debe estar centrado en la persona humana y sus capacidades, en lo que somos y queremos ser. Un desarrollo para todos estudiantes de la Universidad Nacional de Cajamarca cualquiera sea su condición de género, etnia, religión, clase, edad. Reconocemos como objetivos básicos del desarrollo la búsqueda de la competitividad, la equidad. El desarrollo no es la tarea de un líder iluminado o de un grupo tecnocrático, es la tarea abierta y conjunta de todos los estudiantes de nuestra universidad.

SOMOS UN MOVIMIENTO POLÍTICO QUE CONSIDERA LA DEMOCRACIA INTERNA COMO UN PRINCIPIO ESENCIAL DE LA ORGANIZACIÓN. Ello implica la elección de los cargos, la aceptación de la existencia de tendencias, el respeto a la opinión individual expresada mediante la disensión pública y el ejercicio permanente de la crítica interna. El proceso de construcción institucional se caracterizará por la búsqueda creativa y experimental de las estructuras, mecanismos, modalidades e instancias de información, diálogo, consulta y decisión que promuevan y faciliten la participación de todos sus miembros. Líderes Estudiantiles Organizados promoverá y respetará la autonomía de las organizaciones y movimientos gremiales, y asumirá un estilo de trabajo abierto que incorpore el esfuerzo de simpatizante y amigos. En el futuro, una vez consolidada la organización, abrirá la elección de sus representantes al conjunto de la ciudadanía. Finalmente, nuestra organización creará ciertas estructuras autónomas encargadas de velar por el respeto de los valores éticos que inspiran nuestra práctica política y por el acatamiento de las normas internas que regulan la vida institucional.

SOMOS UNA ORGANIZACIÓN POLÍTICA QUE APUESTA FIRMEMENTE POR LA PARTICIPACIÓN E INTEGRACIÓN ESTUDIANTIL. Una organización que busca generar los espacios que permitan al estudiante formarse, tanto en la consolidación de sus valores, como en la práctica de la democracia y el desarrollo de sus habilidades. Asimismo, consideramos que su capacidad crítica característica, la nobleza de sus motivaciones políticas, y la fuerza para defender sus convicciones,

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son fundamentales para impulsar la renovación del quehacer político en la universidad.

SOMOS UN MOVIMIENTO DE CONCIENCIA PROGRESISTA: el movimiento se define como progresista en la medida que fomentará políticas tendientes a garantizar el respeto de las libertades individuales, la defensa de los derechos humanos, protección del medio ambiente, así como el derecho de todos los estudiantes de acceder a una educación de calidad, bienestar universitario, lo cual debe ser garantizado por la Universidad Nacional de Cajamarca.

SOMOS UN MOVIMIENTO PLURALISTA Y HUMANISTA. En consonancia con lo anterior el partido será una organización pluralista que no discriminará por razones de origen étnico, social, religioso, de género, opciones sexuales o discapacidad, etc. El partido tendrá como única y lógica condicionante para militar en él, la aceptación de su proyecto político, declaración de principios, programa, así como la manifestación declarada de sus miembros de trabajar activamente para la materialización de su proyecto y objetivos.

FOMENTAMOS LA ÉTICA Y LOS VALORES entre sus miembros y el entorno participando en la solución de conflictos tanto dentro de la Universidad como fuera de ella.

Capítulo VIESTRUCTURA ORGANIZATIVA

ARTÍCULO 20: La Junta directiva estará conformado por los siguientes cargos:

1. Presidente.2. Vicepresidente.3. Secretario.4. Tesorero.5. Secretario de deportes.6. Primer Vocal.7. Segundo Vocal.

Artículo 21°: de las comisiones de trabajo estarán formados por las siguientes comisiones y cumplirán los siguientes mandatos:

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1. Comisión de Organización. La comisión de organización estará conformada por cuatro (4) personas afiliadas y tienen como atribuciones y funciones las siguientes:

a.- Organizar, poner en funcionamiento, custodiar y administrar el Registro y Padrón Universitario de Afiliados al Movimiento.

b.- Organizar, proyectar y ejecutar eventos que sean de interés para los militantes del Movimiento.

c.- Coordinar y centralizar el Plan de Organización en coordinación con Junta Directiva del Movimiento.

d.- La comisión de organización trabajara mancomunadamente con la junta directiva y las respectivas secretarias para lograr los objetivos establecidos.

e.- Otras funciones que le asigne la Junta directiva.

3. Comisión de Comunicación e información.

El Secretario Nacional de Campaña y Movilización. Sus funciones y atribuciones son las siguientes:

a.- Elaborar y ejecutar los planes y estrategias políticas de posicionamiento partidario ante la comunidad nacional, a fin de buscar un mayor número de adeptos y alcanzar la opinión general favorable.

b.- Promover campañas destinadas a la definición y conocimiento general del Partido.

c.- Otras funciones que le asigne la junta directiva.

4. Comisión de Formación ideológica.

LÍDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS es un Movimiento Democrático, Universitario que tiene por objeto en la política Universitaria servir a los intereses de la misma.La Ideología de LEO es la Universidad Como Doctrina, cuyos principios y valores están consignados en los artículos 18 y 19 de este estatuto.

5. Comisión de Disciplina.

a.- Los afiliados, al inscribirse en el Movimiento, se adhieren al Acta de Fundación del Partido y aceptan libre y voluntariamente acatar y respetar el presente Estatuto, Ideario, Declaración de Principios, Reglamentos, Acuerdos y decisiones de los Órganos de Dirección y Ejecución del

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Movimiento.

b.- El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, así como el incurrir en algunas de las causales de expulsión contempladas en el presente Estatuto, origina una inmediata investigación y comparecencia en la asamblea y su debida aceptación de la sentencia dada en dicha asamblea.

C.- El Comité de disciplina y Ética es el órgano encargado de velar por la conducta de los afiliados de acuerdo al Ideario, Principios, Doctrina, Estatutos y demás Reglamentos aprobados por la asamblea general.

Está integrado por cuatro (4) miembros titulares, elegidos en la asamblea general, de los cuales uno de ellos desempeñará el cargo de Presidente.

6. Comisión de Administración y finanzas.

La comisión de administración y finanzas estará encargado por un miembro (1) tiene como atribuciones las siguientes:

a.- Dirigir la economía del Movimiento conjuntamente con el Tesorero.

b.- Formular un presupuesto por ciclo académico.

c.- Informar a la junta general, del movimiento económico y financiero cada vez que lo solicite la asamblea.

d.- Custodiar y llevar el registro de aportaciones y donaciones del Movimiento.

e.- Otras funciones que le asigne la junta general del movimiento.

Capitulo VIIPLAN DE ACCIÓN

a) Presencia y visibilidad de LEO en la Universidad: Ser un movimiento volcado hacia el estudiantado y que haga política efectiva en beneficio de éste. Actualmente los estudiantes no se sienten representados por sus respectivos gremios estudiantiles y buscan una alternativa que defienda sus intereses que son comunes para todos los nosotros; los estudiantes. LEO está llamado, en la Universidad Nacional de Cajamarca, a ser ese Movimiento de estudiantes que creen que se puede tener una Universidad más humanística, científica, competitiva, sustentable, con justicia y

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desarrollo, en donde prime y se dé prioridad a los derechos de la razón de ser de la Universidad; los estudiantes. Para lograrlo proponemos lo siguiente:

Fortalecer el trabajo de expansión con base en un diagnóstico de la problemática social, política y económica de la Universidad en general y de cada escuela en particular.

Articular un discurso propio y marcar una agenda política en la Universidad. Un discurso coherente y consistente en el tiempo que permita a los estudiantes identificar claramente nuestros objetivos.

Diseñar una ambiciosa agenda de presencia en las diversas actividades de la UNC, con una estrategia bien diseñada que permita posicionar nuestro mensaje y llegarle a todos estudiantes.

Crear redes sociales y establecer vínculos permanentes con líderes religiosos, sindicales y políticos. LEO debe ser un movimiento abierto a la pluralidad de ideas y no discriminador de ninguna índole.

Asumir una posición crítica frente a las gestiones de los gremios estudiantiles y autoridades de nuestro ámbito, exigiendo transparencia en sus acciones, toda vez que es la mayor demanda de los estudiantes.

Hacer presencia en las demandas y preocupaciones de los Estudiantes, a fin de lograr que éstos se identifique cada vez más con LEO y se vaya consolidando una masa crítica de apoyo al Movimiento que no dependa de coyunturas políticas o electorales.

Tener una comunicación y coordinación absoluta con nuestros líderes en cada Escuela Académico Profesional, a fin de mantener y fortalecer las bases de LEO.

Realizar actividades socio-culturales, que nos permitan difundir y posicionar nuestro Movimiento, asimismo

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contribuirá a fortalecer los vínculos de amistad y trabajo entre los miembros de LEO y estudiantes en general.

Publicitar el Movimiento a través de Banners, volantes, mosquitos, pizarras, etc. A fin de difundir el movimiento.

b) Fortalecimiento de nuestra estructura y organización: LÍDERES ESTUDIANTILES ORGANIZADOS en la Universidad Nacional de Cajamarca necesita ser una organización fuerte, cohesionada, sólida y enfocada en resultados. Necesitamos operar de manera eficaz hacia nuestro interior, con un trabajo permanente y con objetivos claros. Nuestra estructura debe convertirse en una maquinaria al servicio del bien común y de los estudiantes. Para lograrlo proponemos lo siguiente:

Aumentar en calidad y cantidad el número de militantes. Llevar a cabo campañas de afiliación buscando a aquellos estudiantes que se identifican con nuestros principios e ideario.

Impulsar un sistema de formación y capacitación que permita que todos los militantes de LEO, tanto los nuevos como los que tienen más tiempo en el Movimiento, tengan acceso a herramientas que los transformen tanto en la inteligencia como en la voluntad.

Coordinación efectiva y mayor trabajo para fortalecer y profesionalizar a los Comités de base, mediante la descentralización de recursos y funciones, delimitando claramente sus responsabilidades y objetivos. Los Comités de base deben ser la punta de lanza del Movimiento en todas las demarcaciones.

Construir mecanismos y espacios de diálogo para la prevención de conflictos, a través de la mediación y conciliación interna, siempre respetando nuestra normatividad.

Aumentar y mejorar la comunicación. Nuestros militantes deben conocer las actividades que estamos llevando a cabo para poder participar y colaborar en ellas.

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Fomentar al máximo la participación política de las mujeres en el Movimiento y generar mecanismos de formación y capacitación para ellas.

Desde el primer día de su elección, el comité general del Movimiento se comprometerá a organizar el trabajo electoral conforme a las distintas tareas de campaña y tendrá a su cargo las siguientes labores:

o Estrategia Electoral.- Elaboración de planes de campaña, integración de comités de Campaña, definición de prioridades y uniformidad de criterios.

o Marketing.- Imagen, líneas de comunicación etc.

o Legal Electoral.- Representantes ante los Consejos de Facultad, Asamblea Universitaria, Federación Universitaria, Centros Federados y Comedor Universitario, así como la definición de las estrategias legales en cada caso (recolección de requisitos).

Capítulo VIIIDISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 23°: De la enmienda estatutaria de LEO:La enmienda estatutaria tiene como objeto la adición o modificación de uno más artículos sin alterar su estructura fundamental. La iniciativa de enmienda puede ser realizada por cualquier militante con el respaldo del 30% de firmas certificadas de los militantes.La iniciativa presentada será analizada por la Junta Directiva en un plazo de 5 días después del cual será sometido a votación, quedando aprobado por la mayoría absoluta de los votos favorables de los miembros de la Junta Directiva.Artículo 24°: De la reforma estatutaria del LEOLa reforma estatutaria tiene por objeto una modificación parcial del estatuto y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifique a la estructura y principios fundamentales del estatuto.La iniciativa de reforma puede ser realizada por cualquier militante con el respaldo del 40% de firmas certificadas de los militantes.

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La iniciativa presentada será analizada por la Junta Directiva en un plazo de 10 días después del cual será sometido a votación, quedando aprobado por la mayoría absoluta de los votos favorables de los miembros de la Junta Directiva.Artículo 25°: De la Creación de un Nuevo EstatutoPara la creación de un nuevo estatuto se deberá contar con el 90% de las firmas certificadas de los militantes de LEO. La propuesta de creación deberá presentarse a la Junta Directiva la cual será analizada en un periodo de 15 días. Aprobada la creación del nuevo estatuto, se nombrará una Asamblea Constituyente quien se encargará de la creación del estatuto en un plazo de 60 días. El proyecto será revisado y aprobado con la mayoría absoluta de los votos favorables de la junta directiva, la Asamblea Constituyente y los representantes de LEO de cada escuela, quedando

Capítulo IXDISPOSICIONES FINALES

Este estatuto empieza a regir al día siguiente de su aprobación en asamblea general.