Comercial general leo

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PROGRAMA DERECHO COMERCIAL PROGRAMA DERECHO COMERCIAL 1. El Comercio y el Derecho Comercial 2. Evolución Histórica del Derecho Mercantil 3. Fundamentos Constitucionales del Derecho Mercantil 4. Fuentes del Derecho Comercial 5. El Comerciante 6. Actos Mercantiles 7. Cámaras de Comercio 8. El registro Mercantil 9. Contabilidad Mercantil 10. La Empresa y el Establecimiento de comercio 11. Constitución de empresa 12. Derecho de la Competencia y del consumidor 13. Contratos mercantiles

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PROGRAMA DERECHO COMERCIALPROGRAMA DERECHO COMERCIAL

1. El Comercio y el Derecho Comercial 2. Evolución Histórica del Derecho Mercantil 3. Fundamentos Constitucionales del Derecho

Mercantil 4. Fuentes del Derecho Comercial 5. El Comerciante 6. Actos Mercantiles 7. Cámaras de Comercio 8. El registro Mercantil 9. Contabilidad Mercantil 10. La Empresa y el Establecimiento de comercio 11. Constitución de empresa 12. Derecho de la Competencia y del consumidor 13. Contratos mercantiles

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BIBILIOGRAFIABIBILIOGRAFIA◦Lecciones de derecho Mercantil (Luis

Gonzalo Baena C. Univer Externado).◦Derecho Mercantil Colombia parte

General de Jose Ignacio Narvaez.◦Curso de derecho Comercial Jesus

Angel Linares Vesga◦Contratos Mercantiles Jaime Alberto

Arrubla Paucar.

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El Comercio y el Derecho El Comercio y el Derecho Mercantil.Mercantil.

1. El Comercio.

2. Factores Económicos.

3. Concepto Derecho Comercial

4. Características del Derecho Comercial

5. Termino Mercantil.

6. Código de Comercio

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EL COMERCIOEL COMERCIO

• Siempre ha existido. (Intercambio)• Operaciones de compras y de ventas.• Intercambio de bienes y servicios con animo

de lucro.• Actividades del hombre en sociedad implican

intercambio y comercialización.• Lucro de la mano con desarrollo de la

sociedad.• Evolución actual de la humanidad

(Hipermercados, multinacionales, industrialización, consumo masivo).

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Factores EconómicosFactores Económicos

1. La Producción

2 .La Distribución Factores Económicos

3. La Utilización

4. El Consumo

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Concepto Derecho Concepto Derecho comercialcomercial

- Incorporación del comercio en la norma jurídica.

- Economía y derecho de la mano.- Conjunto de normas que contemplan y

reglamentan el acto de comercio y la profesión de quienes ejecutan dichos actos, esto es los comerciantes.

- Conjunto de disposiciones legales que se aplican a los comerciantes y a los actos de comercio.

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Características del derecho Características del derecho comercialcomercial

1. Derecho Especial: Rige para comerciantes (empresarios y actos de comercio.

2. Derecho Profesional: Comerciante o empresario ante la ley rango profesional. Art 10 C. Co.

3. Origen Consuetudinario: Nace de la costumbre. Nace en los actos públicos, uniformes y reiterados que con el correr del tiempo fueron imponiendo los comerciantes.

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4. Tiende a la internacionalización: Actividad mercantil. (pactos y tratados internaciones). Pacto Andino Decision 486.

a. Organismos internacionales: - UNCITRAL (Comisión de las N U para el D m/til

Internacional)- OMC (Organización mundial del comercio)- OMPI (Organización Mundial de la propiedad

Intelectual).- Convención de las naciones Unidas sobre

compraventa internacional de mercaderias hecha en Viena 1980, y aprobada en colombia por la Ley 518 de 1999. (La lex Mercatoria).

5. La Globalización: Unificación de Mercados. Tecnología y comunicaciones.

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Concepto término MercantilConcepto término Mercantil- Viene del latín “MERX” (Mercadería)

y comprende todo aquello que es susceptible del tráfico o comercio.

Aspectos a tener en cuenta:1. Aspecto Económico: (Producir,

distribuir, consumo). En busca de Lucro. (Demanda, oferta y Mercado).

2. Aspecto Jurídico: Relación entre Productores, distribuidores y consumidores. (Código de comercio y normas complementarias).

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Naturaleza del derecho Naturaleza del derecho comercial.comercial.

1. Se ubica dentro del derecho Privado2. Es autónomo, aunque nace del

derecho civil.3. Se caracteriza por ser especial aplica

a empresarios y los actos o actividades mercantiles.

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Derecho comercial y Derecho comercial y derecho civil.derecho civil.

1. Principales Diferencias.Derecho Comercial Derecho CivilDerecho especial Derecho GeneralDerecho Profesional No ProfesionalOrigen consuetudinario Norma EscritaEvolución rápida Evolución lentaAplicación Preferente2. Similitudes:- Proceden del derecho privado- Principios y modalidades aplicables Art 822 C Co.- Capacidad para contratar- Autonomia de la voluntad de las partes Art 1602 del C.

C.- La igualdad para las partes

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HISTORIA DEL DERECHO HISTORIA DEL DERECHO COMERCIALCOMERCIAL

1. Primeros comerciantes: • Egipcios (trueque).• Siglo VII A de C comercio marítimo en el Asia (Fenicios)• Código marítimo de la antigua Grecia.

2. Roma: no existió derecho comercial.• Pueblo romano agricola• Economía basado en la esclavitud• Comercio practicado por peregrinos no considerados

ciudadanos• Existía poco desarrollo de la actividad del comerciante

como profesión• Normas legales existentes, cobijaban múltiples situaciones

y se adaptaban fácilmente a la actividad privada.

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3. Edad Media: (476 y 1453)• Aparece el derecho comercial escrito (El Consulado del

Mar) y los Roles de Olerón• Costumbre se comprobaba mediante consulta a los

comerciantes, quienes la resolvian mediante dictamenes.

Corporaciones de Mercaderes: (de Comerciantes)• Dictaban su propio reglamenteo• Legislaban en amteria comercial• Dirimían conflictos entre comerciantes.• Desaparecen con la revolución Francesa

4. Edad Moderna: 1453 y 1789• Ordenanzas marítimas (Alemania)• Ordenanzas del Comercio (Francia)• Ordenanzas de la Marina• Ordenanzas de Bilbao (Codigo derecho mercantil español)

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5. Primeros Códigos:

a. El Código de Napoleon• Primer Codigo de comercio Ordando por Napoleón• Consagro el criterio Objetivo para determinar la calidad de

comerciante, antes criterio Subjetivo.• Acto de comercio como objeto del derecho comercial.

b. El Código Español 1829.• Combino los dos criterio subjetivo (Inscripción del

comerciante, y el Objetivo (Ejecución profesional del acto de comercio.

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HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL EN HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL EN COLOMBIACOLOMBIA

1. Antes del primer código:• Recopilación de Indias• La Novísima Recopilación• Ordenanzas de Bilbao hasta 1853.2. Primer Código 1853• Vigencia hasta 1858 pot rl Federalismo

3. Código de 18874. Código de comercio de 1971 (Actual)• Decisión 486 de 2000• Ley 22 de 1995• Ley 256 de 1996 competencia desleal• Ley 315 de 1996 arbitraje internacional• Ley 527 de 1999 Comercio electrónico• Ley 550 de 199 reactivación empresarial• Ley 1116 de 2006• Ley 258 SAS

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Estructura del Código de ComercioEstructura del Código de Comercio

1. De los Comerciantes y asuntos de comercio

2. De las sociedades Comerciales

3. De los Bienes mercantiles

4. De los Contratos y Obligaciones Mercantiles

5. De la Navegación

6. Procedimientos

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FUNDAMENTOS FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALESCONSTITUCIONALES

1. La propiedad privada

2. La libertad económica

3. La libre competencia

4. La iniciativa privada

5. La empresa como base del desarrollo

6. La dirección general de la economía a cargo del Estado

Arts. 58, 333 y 334.

Entre otros:• Libros de contabilidad (art 15)• Libre Asociación Articulo 38.

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FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO COMERCIALCOMERCIAL

Concepto Fuente:Los medios a través de los cuales se manifestaron las

disposiciones que primariamente regularon las relaciones nacidas de actos comerciales o mercantiles

Clases de fuentes: (art 1 y 2 del C. Co)a. Fuentes formales: Pilares de la legislación comercial,

obligatorias en sus preceptos que consagran:1. La Ley2. La Costumbre.b. Fuentes no Formales: Contribuyen al desarrollo y divulgación

uniforme, pero no tienen rango de obligatoriedad:1. La Jurisprudencia2. La Doctrina

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Fuentes Formales: (Ley comercial y la costumbre)

a. La ley comercial: Fuente Primogénita. Preceptos normativos, buscan regular los aspectos en materia comercial y se incluye los tratados internaciones.

Clasificación:

1. Norma imperativas: Obligatorias vinculantes.

2. Normas dispositivas: No dependen de la voluntad de las partes para su cumplimiento y exigibilidad.

3. Normas Supletivas: Se pueden aplicar en forma sustituta.

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b. LA COSTUMBRE: La repetición de hechos o actos, de manera constante y uniforme en un territorio determinado que termina aceptando tales actos o hechos con carácter de obligatoriedad.

Elementos de la costumbre:1. La conducta: Comportamiento.2. Repetición: Conducta repetitiva3. Convicción social: 4. No escrita: Ausencia de precepto escrito.

Art. 3. C. Co: Costumbre= Ley comercial si:a. No contrarié la ley, ni manifiesta ni tácitamente.b. Que los hechos que configuran la costumbre sean: públicos,

uniformes y reiterados.

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Funciones que cumple la Costumbre Mercantil

Función normativa: es la función más importante. Se presenta cuando la costumbre llena los vacíos de la ley regulando un determinado aspecto de la vida de los negocios.

Función interpretativa: la costumbre mercantil sirve para entender el sentido de algunas frases técnicas del Comercio y para interpretar los actos y contratos realizados por los comerciantes.

Función integradora: cuando una norma mercantil remite expresamente a la costumbre, de manera que ésta viene a complementar la norma.

Por ejemplo: el Código de Comercio dispone que, salvo costumbre o pacto en contrario, los gastos que ocasionen por la entrega de la cosa vendida, corresponden al vendedor y los de recibo al comprador. En este caso, existe una norma que nos remite directamente a la costumbre.

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Clasificación de la costumbre:

1. Según su contenido:a. Secundum legem (Interpretativa):Es aquella que está de

acuerdo con la Ley ó con sus preceptos.b. Preter Legem (Supletoria): Esta costumbre tiende a llenar los

vacíos que deja la legislación escrita y tiene validez si es general.

c. Contra Legem: La que es contraria a la Ley. No se aplica en Colombia.

2. Según su territorio:

a. Nacional: Rige en una determinada nación: Local Art 3 C.co y General .

b. Extranjera: Rige en otros países. (Art. 8)c. Internacional: Se refiere a prácticas y operaciones

internacionales de Comercio. (Art 7 y 9)

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Prelación en la aplicación de la costumbre:

1. La Costumbre Nacional Local2. La costumbre Nacional General3. La costumbre Extranjera4. La costumbre Internacional

Prueba de la costumbre mercantil:

1. Copia auténtica de dos decisiones judiciales definitivas que aseveren su existencia, siempre y cuando las providencias hayan sido proferidas dentro de los 5 años anteriores al hecho.

2. Certificación de la Cámara de Comercio correspondiente al lugar donde rija, en donde se acredite la práctica de la costumbre que se pretende demostrar.

3. Testimonios de por lo menos cinco comerciantes idóneos, inscritos en el registro mercantil, que den cuenta razonada de la costumbre.

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c. LA JURISPRUDENCIA:

Conjunto de providencias, decisiones judiciales y de tribunales Especializados, en donde dichos fallos permiten nutrir y suplir vacios de algunos ordenamientos.

Jurisprudencia Reiterada 3 decisiones uniformes dadas por la CS de J como tribunal de casación, sobre un mismo punto de derecho constituye doctrina probable y los jueces podrán aplicarla en casos análogos.

d. LA DOCTRINA:

Comprende todos los estudios, obras jurídicas, tratos de literatura legal. Aquí lo tratadistas y doctrinantes plantean sus posiciones en materia de interpretación de la ley.

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Nivel Jerárquico de las fuentes del derecho Comercial

1. La Ley Comercial

2. La Analogía de las normas comercial

3. La costumbre

4. La ley Civil

5. La Jurisprudencia

6. La Doctrina

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EL COMERCIANTE O EMPRESARIOEL COMERCIANTE O EMPRESARIO

Lo define el Art. 10 C. Co.“Toda persona que profesionalmente se ocupa de actividades

mercantiles es Comerciante sin que para ello deba distinguirse si es persona natural o jurídica, o si está o no constituida como empresa. La Calidad de Comerciante se adquiere no por ser empresa, sino porque como empresa se ocupa de Actos Mercantiles”.

“Empresario es la persona… que se sirve de una empresa para realizar en nombre propio una determinada actividad económica”.

No Comerciante:Art 11 C. Co: Personas que ocasionalmente o accidentalmente

llevan un negocio, actividades u operaciones por la ley como de naturaleza comercial.

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Categorías de empresarios comerciales o Categorías de empresarios comerciales o mercantiles.mercantiles.

1. Empresario Individual: Persona Física individualmente.

2. Empresario Social: 2 o mas personas hacer aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes susceptibles de ser valorados económicamente.

3. Sociedades por acciones Simplificadas: Ley 1258 de 2008.

4. Empresa Unipersonal de responsabilidad limitada

5. Empresarios colectivos: Carecen de personalidad jurídica, sociedades accidentales (asociación o cuenta en participación) y las sociedades de hecho.

6. Patrimonio autónomos: No personalidad Juridica.

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La Calidad de comerciante se adquiere:La Calidad de comerciante se adquiere:1. Por la Capacidad: (Art 12 C.Co.)Quienes son Capaces?Que sucede con los menores adultos?Los impuberes, dementes y sordomudos son incapaces?

Consecuencias de la incapacidad: Para los absolutos y los relativos? (Art 18 del C. Co)

2. Por el Ejercicio de la Actividad mercantil:

a. Habitualidad en la ejecución del Acto comercial. (Ocupación pública, habitual y estable)

b. Sujeto vinculado actividades, operaciones o empresas mercantiles.

c. Dependencia económica en relación con la actividad.

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Criterios para determinar la calidad de comerciante:

a. Formal o Subjetivo: Inscribe en el registro mercantil.b. Material o Objetivo: Comerciante la persona que

profesionalmente ejecuta actos-

Cual aplica en Colombia?

Presunción del ejercicio del comercio: (Art 13 C. Co,)

Inhabilidad para ejercer el comercio: (Art 14 , 15 y 16 C.Co)

Perdida de la calidad de Comerciante: (Art 17 c.co)

Deberes de los comerciantes (Art. 19 del C. co)

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Auxiliares del empresario Mercantil:

a. Auxiliares Dependientes: Prestan colaboración al empresario mercantil de modo permanente, desde el interior de la empresa u organización. Subordinación o dependencia. Actúan en nombre y por cuanta del empresario vinculados por contrato de trabajo.

b. Auxiliares Independientes: No subordinación o dependencia o jerarquica del empresario. Son verdaderos empresarios y su actividad es poner su organización a disposición del empresario representado.

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El Acto de ComercioEl Acto de Comercio

Definición de Acto de Comercio:

“Es Acto de Comercio toda operación que ejecutándose sobre mercancías, o sea sobre las producciones de la naturaleza o de la industria, tiene por objeto alcanzar alguna ganancia comercial destinada a su vez, por medio de actos semejantes, a obtener nuevos beneficios”

- Código de Napoleón: Criterio Objetivo y subjetivo.Actos mercantiles Art 20 del C. Co:

1. Absolutamente Mercantiles: Mercantiles en si mismos, dada su naturaleza independientemente de las personas que lo ejecutan. (Numerales 5 a 9).

2. Relativamente mercantiles (o Mixtos): (Art. 22 del C. Co).3. Actos Mercantiles por relación: (por comerciante o por

cualquier persona).

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Actos No Mercantiles: (Art 23 del C . Co)

1. La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente y la enajenación de los mismos o de los sobrantes.

2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por el autor.

3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público.

4. Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales furtos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituyan por sí misma una empresa.

5. La prestación de servicios inherente a las profesiones liberales.

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La Empresa Mercantil:

Art 25 del C. Co.“Toda Actividad económica organizada para la producción,

transformación, circulación, administración o custodia de bienes ó para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio”.

Dos instituciones: La Empresa y el Establecimiento de Comercio.

Establecimiento de Comercio: Es el Medio.La Empresa: Es el Fin.

A través del establecimiento de comercio, el comerciante desarrolla su actividad de lucro e intermediación.

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La Empresa:

1. Organización de factores de producción: Capital y trabajo.

2. Su objeto: Producir, distribuir, comercializar bienes o servicios.

3. Fin: Obtener lucro.

Elementos de la empresa:

1. La empresa como tal

2. El empresario

3. Actividad colectiva: Obtención del beneficio económico.

Fundamento constitucional art 333 de la C. Nacional.

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CAMARAS DE COMERCIOCAMARAS DE COMERCIO

Origen:- Marsella hacia el año 1599. Reunión de Comerciantes,

manufactureros y marinos Mercantes)- Nació como institución privada.- En Colombia en sus inicios fueron asociaciones privadas de

libre creación-

* Ley 111 de 1890

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ESTABLECIMIENTO DE COMERCIOESTABLECIMIENTO DE COMERCIODefinición:- Art 515 del C.co. “Un conjunto de bienes organizados por el

empresario para realizar los fines de la empresa”.- Es objeto de derechos.- El empresario es el sujeto de derecho que en desarrollo de la

empresa posee la titularidad de los componentes del establecimiento, quedando vinculado por las obligaciones surgidas de dicha titularidad.

Elementos integrantes: (art 516 del C. co)- Bienes materiales como el mobiliario y las instalaciones.- Bienes intangibles o inmateriales como la enseña, el nombre

comercial y las marcas de productos y servicios.

Ejemplos; Los almacenes, las bodegas, las fábricas, las tiendas, las factorías, los hoteles.

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ESTABLECIMIENTO DE COMERCIOESTABLECIMIENTO DE COMERCIOCaracterísticas principales:

1. Unidad Económica: Todos los elementos que lo conforman forman un todo.

2. Pluralidad de bienes: Es la totalidad de bienes integrantes del establecimiento. Heterogeneos y va desde el mobiliario, las instalaciones, marcas. Good Will.

Protección legal a la unidad economica que forma el establecimiento art. 517:

- Enajenación debe realizarse en bloque o en su estado de unidad económica.

- Transmisión de establecimiento. (pluralidad de bienes productivos, bienes idóneos para la explotación económica.

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OPERACIONES CON OPERACIONES CON ESTABLECIMIENTO DE COMERCIOESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

1. ENAJENACIÓN:- En bloque o como unidad económica.Requisitos:a. Debe constar por escrito (Escritura publica o documento

privado autenticado.b. Contrato debe inscribirse en el registro mercantil para darle

publicidad y hacerlo oponible a terceros,c. Si incluye inmuebles. (escritura publica)

Obligaciones Enajenante y adquirente:a. Art 528 del c.co. Y 529 c.co.b. 531 del c. co.c. 530 del c.co.d. Sustitución patronal.

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OPERACIONES CON OPERACIONES CON ESTABLECIMIENTO DE COMERCIOESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

2. ANTICRECIS:- Se entrega al acreedor una cosa mueble e inmueble,

corporal o incorporal, para que se pague con sus frutos

Caracteristicas:

a. Deudor anticrético está obligado a ejercer actividades de control sobre el establecimiento, no pierde la calidad de comerciante.

b. Acreedor anticrético debe conservar en buen estado el establecimiento y administrarlo para generar los frutos a fin de abonarlos a su crédito.

c. Acreedor debe pagar impuestos que graven el bien, deduciendo su importe de valor de los frutos, o repetir al deudor si no son suficientes.

d. Deudor y acreedor son solidariamente responsables por los negocios relacionados con el establecimiento de comercio.

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OPERACIONES CON OPERACIONES CON ESTABLECIMIENTO DE COMERCIOESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

3. USUFRUCTO:- Facultad de gozar de una cosa ajena durante cierto tiempo

determinado. Ya sea por testamento, donación y otro acto entre vivos.

4. LA PRENDA:- Dar en garantía un establecimiento de comercio, sin que el

deudor se desprenda de la operación.- Debe constar por escrito e inscribir en el registro mercantil - Debe contener identificación de las partes, valor,

vencimiento e intereses pactados, identificar los bienes gravados con la prenda y el sitio donde deben permanecer.

- Si lo anterior no se indica el registro es ineficaz e inoponible a terceros.

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OPERACIONES CON OPERACIONES CON ESTABLECIMIENTO DE COMERCIOESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

3. ARRENDAMIENTO:

Normas contenidas entre el art. 518 y 523. de Carácter imperativo.

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FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA1. CONTRATO DE SOCIEDAD:

Art 98. c. co “Por el contrato de Sociedad dos o más personas se obligan se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa ó actividad social.

La sociedad, una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados”

Excepción: Ley 1258 de 2008 (Sociedad por acciones simplificada) “La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes”.

La sociedad puede ser civil o comercial (Art. 100 del C. Co.)

Page 43: Comercial general leo

FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA2. CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE SOCIEDAD:a. Es un contrato de colaboración: Desde la Constitución los

socios están enmarcados por el lucro y la distribución de utilidades.- Sentido de ayuda y la colaboración se forma desde la unión de los aportes de los socios para formar el capital social y el esfuerzo de todos va en busca de los objetivos propuestos.

b. Es un contrato Plurilateral: Es un contrato con pluralidad de asociados, aunque puede ser unipersonal en el caso de la sociedad por acciones simplificada.

c. Es un contrato Principal: Porque subsiste por sí sólo, sin necesidad de otra convención.

d. Es un contrato Oneroso: El socio se grava en su patrimonio cuando aporta, y recibe un beneficio utilidad y la sociedad se grava en el reparto de utilidades, pero se beneficio con los aportes de los socios.

e. Es un contrato Solemne: Requiere de formalidades: A. La escritura pública y la inscripción de la escritura en el registro mercantil que lleva a la cámara de comercio.

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FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA3. REQUISITOS DEL CONTRATO DE SOCIEDAD.

A. De fondo: - Consentimiento- Capacidad- Objeto lícito- Causa Licita.

b. De forma: - La Escritura Publica- La inscripción de la misma en el registro mercantil de la

Cámara de comercio.

Excepción La Sociedad por acciones simplificada se constituye por documento privado y surge la persona jurídica con posterioridad a la inscripción en el registro mercantil.

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FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA4. ANIMUS SOCIETATES.

Es el elemento subjetivo que es la decisión de los asociados de aunar aportes y esfuerzos para crear una sociedad; animus éste que se concreta en la escritura de constitución de la sociedad.

El animus Societates conlleva:

a. Un aporte, que puede ser en dinero, en especie o en industria

b. Un fondo común, que es la suma de los aportes o sea el capital social.

c. Un Beneficio Económico

d. Un Reparto de Utilidades.

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FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA4. ATRIBUTOS DE LA SOCIEDAD:a. El nombreb. El domicilio y el de las sucursalesc. La Capacidadd. El patrimonio (incluye el capital social)e. La representaciónf. La nacionalidad

5. LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA SOCIEDAD:

Una vez la sociedad otorgada la escritura publica y registrada ésta, es entonces una persona jurídica capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones.

De ser representada judicial y extrajudicialmente.

Es un ente distinto de los socios que la conforman.

Page 47: Comercial general leo

FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA4. ETAPAS SOCIALES:

a. Constitución:- La sociedad nace a la vida jurídica.- La escritura contiene las cláusulas legales y convencionales que

consagra el artículo 110 del Código de Comercio.

b. Funcionamiento: La sociedad desarrollo el objeto social.- La Asamblea General de Accionistas o Junta de socios- El representante Legal- La Junta directiva- El revisor fiscal.

c. Disolución: Primera fase de la terminación de una sociedad.- Esto significa que va a deshacerse o acabarse.- La sociedad todavía tiene capacidad como persona Juridica, pero esta

capacidad va encaminada a la liquidación Art 222. del C. Co.

d. Liquidación: Etapa final de la sociedad.

- El proceso busca el pago de los pasivos sociales y la distribución del remanente social entre los socios.

Page 48: Comercial general leo

FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA5. Clases o tipos de sociedad:

1. Colectiva

2. De responsabilidad Limitada

3. Anónima

4. Comandita

- Simple

- Por acciones

5. Por acciones simplificada

6. Empresa unipersonal de responsabilidad Limitada.

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DERECHO DE LA COMPETENCIA.DERECHO DE LA COMPETENCIA.

“Puede describirse como el conjunto de normas jurídicas que pretenden regular el poder actual o potencial de las empresas sobre un determinado mercado, en aras del interés público” (Alfonso Miranda Londoño).

Page 50: Comercial general leo

OBJETIVO DEL DERECHO DE LA OBJETIVO DEL DERECHO DE LA COMPETENCIACOMPETENCIA

Los empresarios a participar en el mercado.

Los consumidores para escoger libremente en el mercado.

El Estado para preservar el orden público económico.

Tutelar el derecho de:

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COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEALLEY 256 DE 1996LEY 256 DE 1996

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEALLEY 256 DE 1996LEY 256 DE 1996

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CAPÍTULO ICAPÍTULO I

Art. 1º. (Sin perjuicio de otras formas de protección) Garantizar la libre y leal competencia. Prohibir los actos y conductas de competencia

desleal. Remisión al Art. 10 bis del Convenio de París para la

Protección de la Propiedad Industrial de 1883, aprobado mediante la Ley 178 de 1994.

Los países de la Unión deberán otorgar a los nacionales de la unión una protección eficaz contra los actos constitutivos de Competencia Desleal.

OBJETOOBJETO

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ÁMBITOÁMBITOCOMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

OBJETIVOEn el mercadoCon fines concurrencialesIdóneo por mantenerse o incrementar la participación en el mercado de quien lo realiza o de un tercero.

SUBJETIVO

Comerciantes o participantes en el mercado

La aplicación de la ley no está sujeta a una relación de competencia entre el sujeto activo y pasivo.

TERRITORIALActos de competencia desleal cuyos principales efectos tengan lugar en el mercado colombiano.

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Dentro de los principios constitucionales de libertad de empresa, dentro de los límites del bien común y la competencia económica libre y leal, pero responsable.

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

INTERPRETACIÓN DE LA LEYINTERPRETACIÓN DE LA LEY

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Quedan prohibidos los actos de competencia desleal. Los participantes en el mercado deben respetar en todas sus actuaciones el principio de la buena fe comercial.

Cláusula general de prohibición (Art. 10 bis Convenio de París).

Constituye competencia desleal todo acto o hecho contrario a las sanas costumbres mercantiles, al principio de la buena fe comercial, a los usos honestos en materia industrial o comercial, o bien cuando esté encaminado a afectar o afecte la libertad de decisión del comprador o consumidor, o el funcionamiento concurrencial del mercado.

PROHIBICIÓN GENERALPROHIBICIÓN GENERAL

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

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ACTOS DE COMPETENCIA ACTOS DE COMPETENCIA DESLEALDESLEAL

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

APROVECHAMIENTO DEL ESFUERZO DE OTRO COMPETIDOR

Actos de confusión (Art. 10)Actos de engaño * (Art. 11)Actos de imitación * (Art. 14)Actos de explotación de la reputación ajena (Art. 15)Actos de violación de secretos (Art. 16)

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ACTOS DE COMPETENCIA ACTOS DE COMPETENCIA DESLEALDESLEAL

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

ATACAN A OTRO EMPRESARIO PARTICIPANTE EN EL MERCADO.

Actos de desviación de la clientela (Art. 8) Actos de desorganización (Art. 9)Actos de comparación * (Art. 13)Actos de inducción a la ruptura contractual (Art. 17)Actos de descrédito (Art. 12)

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ACTOS DE COMPETENCIA ACTOS DE COMPETENCIA DESLEALDESLEAL

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

QUE IMPIDEN EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL MERCADO

Violación de normas (Art. 18)Pactos desleales de exclusividad (Art. 19)

* El Juez podrá pedir de oficio al demandado que aporte las pruebas sobre la veracidad y exactitud de las indicaciones.

Si el demandado no lo hace, el Juez podrá estimar que son falsas.

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1. Declarativa y de Condena:

Remover los efectos producidos por el acto

Indemnizar los perjuicios

ACCIONESACCIONES

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

2. Preventiva o de Prohibición:

Evitar una conducta que no se ha perfeccionado

Prohibir aunque no se haya producido daño alguno

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ACCIONESACCIONES

LEGITIMACIÓN ACTIVA:

Cualquier persona que participe o tenga interés de participar en el mercado cuyos intereses económicos resulten perjudicados o amenazados

Asociaciones de consumidores

Procurador general

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

LEGITIMACIÓNLEGITIMACIÓN

LEGITIMACIÓN PASIVA:

Proceden contra cualquier persona cuya conducta haya contribuido a la realización de la conducta constitutiva de competencia desleal.

Procede contra el empleador si es realizado por trabajadores u otros colaboradores

Page 61: Comercial general leo

ACCIONESACCIONES

2 años a partir de que el interesado tuvo conocimiento de la competencia desleal.Y en todo caso, en 3 años a partir de la realización del acto.

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

PRESCRIPCIÓNPRESCRIPCIÓN

Page 62: Comercial general leo

Trámite abreviado → Ley 962 de 2005, Art. 49. al entrar en vigencia ley 1395 de 2010 Proceso verbal.

DISPOSICIONES PROCESALESDISPOSICIONES PROCESALES

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

Competencia a elección del demandante

Especializados del Comercio o Civil del CircuitoSICDonde el demandado tenga

En el lugar donde se haya realizado el acto de competencia deslealACTO REALIZADO EN EL EXTRANJERO: Donde produzca sus efectos.

Domicilio

Establecimiento

Residencia habitual

Page 63: Comercial general leo

Los legitimados podrán pedirle al Juez que, con carácter urgente, decrete la práctica de diligencias para la comprobación de los hechos constitutivos de un acto de competencia desleal.

Si el Juez accede ordena prestar caución.

Practicada la diligencia preliminar de comprobación el Juez expedirá la certificación de las diligencias de comprobación, que el solicitante solo podrá utilizar para incoar la respectiva acción, en el término de 2 meses a partir de la fecha de la práctica de la diligencia de comprobación.

DILIGENCIAS PRELIMINARES DE COMPROBACIÓNDILIGENCIAS PRELIMINARES DE COMPROBACIÓN

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

Page 64: Comercial general leo

Comprobada la realización del acto de competencia desleal, el Juez, a instancia de la persona legitimada y bajo su responsabilidad podrá ordenar la cesación provisional del acto de competencia desleal y decretar las llamadas medidas cautelares que estime pertinentes.

MEDIDAS CAUTELARESMEDIDAS CAUTELARES

COMPETENCIA DESLEALCOMPETENCIA DESLEAL

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PROPIEDAD PROPIEDAD INTELECTUALINTELECTUAL

DERECHOS DE AUTOR PROPIEDAD

INDUSTRIAL

DERECHOS CONEXOS

Morales Patrimoniales NUEVAS

CREACIONESSIGNOS DISTINTIVOS

1. Patente de invención

2. Patente de modelo de utilidad pública

3. Patente de diseño industrial.

1. Marca

2. Lema comercial

3.Denominación de origen4. Indicaciones de procedencia geográfica

5. Nombre comercial

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PROPIEDAD PROPIEDAD INDUSTRIALINDUSTRIALDECISIÓN 486 DE 2000DECISIÓN 486 DE 2000

PROPIEDAD PROPIEDAD INDUSTRIALINDUSTRIALDECISIÓN 486 DE 2000DECISIÓN 486 DE 2000

Page 67: Comercial general leo

El Derecho Supranacional Andino es un El Derecho Supranacional Andino es un derecho preeminente, lo que implica:derecho preeminente, lo que implica:

1. Derecho de aplicación PREFERENTELa Decisión 486 de 2000 se aplica de preferencia a cualquier norma jurídica nacional.

2. Derecho de aplicación INMEDIATASe aplica inmediatamente en todos los países signatarios de la Comunidad Andina de Naciones.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

I. NORMATIVIDADI. NORMATIVIDAD

Decisión 486 de 2000 → Norma Supranacional Andina, vigente a partir de diciembre 1 de 2000.

Page 68: Comercial general leo

NUEVAS CREACIONES → Patente SIGNOS DISTINTIVOS

Marcas de productos y serviciosMarcas colectivasMarcas de certificaciónLema comercialIndicaciones de procedencia geográficaDenominaciones de origenNombre comercial

OTROS DERECHOSSecretos empresarialesCompetencia Desleal derivada de la infracción andina al régimen de Propiedad Industrial

PROPIEDAD INDUSTRIAL

II. LA DECISIÓN 486/00 II. LA DECISIÓN 486/00 COMPRENDE:COMPRENDE:

Invención

Diseño industrial

Modelo de utilidad pública

Page 69: Comercial general leo

1. El Tratado ADPIC: Derivado de la adhesión de Colombia a la OMC. Comprende las normas de propiedad industrial aplicables al comercio.

2. Convenio de París3. Convención Marcaria de Washington de

1929. Rige desde Alaska a la Patagonia, y regula temas de propiedad industrial de las Américas.

4. Tratado P.C.T. en materia de patentes → Permite solicitar una patente en Colombia y pedir reivindicación de dicho invento en los demás países signatarios del tratado PCT.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

III. OTRAS NORMASIII. OTRAS NORMAS

Page 70: Comercial general leo

Cumple una función distintivaDiferencia productos iguales de distintos fabricantes

PROPIEDAD INDUSTRIAL

IV. CONCEPTO DE MARCAIV. CONCEPTO DE MARCA

V. REQUISITOSV. REQUISITOS No todo signo distintivo tiene la aptitud para

constituirse en marca. Para que el signo pueda acceder a la categoría de

marca registrada, debe cumplir los siguientes REQUISITOS:

Page 71: Comercial general leo

1. SUFICIENTEMENTE DISTINTIVONO CUMPLEN ESTE REQUISITO:

1. SIGNO GENÉRICO: Responde a la pregunta ¿qué es?

2. SIGNO DESCRIPTIVO: Informa sobre las cualidades, condiciones, modo de uso. Responde la pregunta ¿cómo es?

3. ESCUDOS4. BANDERAS5. SIGNO: Que es igual, o similar hasta

el punto de confusión, con un signo ya registrado o previamente solicitado a registro, para los mismos productos o para productos con los cuales pueda presentarse riesgo de confusión.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

V. RequisitosV. Requisitos

Prohibiciones en interés general

Prohibiciones enInterés particular

Page 72: Comercial general leo

2. SUSCEPTIBLE DE REPRESENTACIÓN GRÁFICA

3. SIGNO PERCEPTIBLE POR LOS SENTIDOS

La decisión 486/2000 dispone que si el signo es suficientemente distintivo, es porque es perceptible por los sentidos.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

Page 73: Comercial general leo

1. MARCA NOMINATIVA O DENOMINATIVAConstituida por una palabra o un conjunto de palabras:

1. MARCA DE FANTASÍA: No tiene un significado en el idioma. Ej: REXONA

2. MARCA CAPRICHOSA: Tiene un significado en el idioma pero, aplicado a ciertos productos, resulta caprichosa. Ej: Águila Roja para café.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

VI. CLASES DE MARCASVI. CLASES DE MARCAS

Page 74: Comercial general leo

3. MARCA EVOCATIVA: No es propiamente el genérico ni el descriptivo, es muy cercana pero se debe ir un paso mental más allá. Ej: Chocomaní

4. MARCA EN OTROS IDIOMAS: Será tratada, en principio, como una marca de fantasía; salvo que dicha expresión haya adquirido significado propio para el común de las personas que hablan español. Ej: Sería irregistrable “Coffee” para distinguir café.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

VI. CLASES DE MARCASVI. CLASES DE MARCAS

Page 75: Comercial general leo

2. MARCA FIGURATIVA: Constituida por un símbolo, gráfico, diseño, o por el conjunto de dichos elementos.

3. MARCA MIXTA: Incluye la marca nominativa y la marca figurativa.

4. MARCA TRIDIMENSIONAL O PLÁSTICO: Consiste en una forma externa, generalmente del empaque del producto.

5. MARCA KiNÉTICA O EN MOVIMIENTO: Marcas con aspectos dinámicos.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

VI. CLASES DE MARCASVI. CLASES DE MARCAS

Page 76: Comercial general leo

Tratado de Niza de 1957.

REGLA DE LA ESPECIALIDAD MARCARIA:Las marcas están divididas en 34 clases de productos y 11 clases de servicios.El empresario debe registrar la marca de acuerdo a la categoría a la que pertenece el producto o servicio.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

VII. CLASIFICACIÓN VII. CLASIFICACIÓN MARCARIAMARCARIA

Page 77: Comercial general leo

MARCA NOTORIA: Es la famosa, la reconocida, la que está

en la mente del consumidor. La marca notoria ROMPE:

PROPIEDAD INDUSTRIAL

VII. CLASIFICACIÓN VII. CLASIFICACIÓN MARCARIAMARCARIA

LA REGLA DE LA ESPECIALIDAD MARCARIA → No requiere registro en varias clases sino que tiene PROTECCIÓN GENERAL.

Tiene protección allende las fronteras, sujeta a reciprocidad. REGISTRO COMUNITARIO → Solo se protege en el país de registro.

Page 78: Comercial general leo

1. Identificadora2. Indicadora del origen

empresarial3. Condensa el Good Will del

empresario4. Publicitaria

PROPIEDAD INDUSTRIAL

VIII. FUNCIONES DE LA VIII. FUNCIONES DE LA MARCAMARCA

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Existen 3 sistemas jurídicos:

PROPIEDAD INDUSTRIAL

IX. CÓMO SE ADQUIERE EL IX. CÓMO SE ADQUIERE EL DERECHODERECHO

1. Atributivo:

El USO no da derechos.

Sólo lo da el REGISTRO.

Derecho y registro son uno solo.

2. Declarativo:

Quien primero usa la marca es quien puede registrarla.

El primero en registrarla ostenta el derecho al uso exclusivo.

3. Mixto:

Solo el registro da derechos, pero para renovar la marca es necesario acreditar el uso.

Page 80: Comercial general leo

X. DERECHOS QUE CONFIERE EL X. DERECHOS QUE CONFIERE EL REGISTRO MARCARIOREGISTRO MARCARIOX. DERECHOS QUE CONFIERE EL X. DERECHOS QUE CONFIERE EL REGISTRO MARCARIOREGISTRO MARCARIO

1. POSITIVO:

Usar la marca en forma exclusiva.

Estampar empaques o productos con la marca.

Distinguir los productos con la marca.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

2. NEGATIVO:

Impedir a cualquier tercero, que sin consentimiento del titular, use en el comercio un signo idéntico o similar hasta el punto de confusión.

Page 81: Comercial general leo

XI. TÉRMINOXI. TÉRMINOXI. TÉRMINOXI. TÉRMINO

El término de duración es de 10 años, contados a partir de la fecha indicada en el título de registro.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

XII. RENOVACIÓN DE LA MARCAXII. RENOVACIÓN DE LA MARCAXII. RENOVACIÓN DE LA MARCAXII. RENOVACIÓN DE LA MARCA

La ley concede un término de 6 meses previos al cumplimiento de los 10 años para renovar la marca.También concede un periodo de gracias de 6 meses posteriores al cumplimiento de los 10 años.Una vez vencido ese término se produce la CADUCIDAD.

Page 82: Comercial general leo

XIII. CANCELACIÓNXIII. CANCELACIÓNXIII. CANCELACIÓNXIII. CANCELACIÓN

1. CANCELACIÓN POR NO USOConcedido el registro, el empresario tiene 3 años para usar la marca, vencido este término cualquier tercero que tenga interés puede pedir la cancelación por no uso.La carga de la prueba del uso recae en el titular del registro.Se debe probar que los productos han sido comercializados en la forma en que normalmente se comercializan dichos productos.Si no logra probar su uso, la marca será cancelada y a quien solicitó la cancelación se le otorga una prioridad de 6 meses para solicitar el registro.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

2. CANCELACIÓN POR VULGARIZACIÓNLa marca ha llegado ser el genérico para ese tipo de productos.

Page 83: Comercial general leo

XIV. NEGOCIOS SOBRE XIV. NEGOCIOS SOBRE MARCASMARCASXIV. NEGOCIOS SOBRE XIV. NEGOCIOS SOBRE MARCASMARCAS

1. CONTRATO DE CESIÓN DE MARCA:El titular transfiere el derecho real de dominio sobre la marca.La cesión deberá ser inscrita en la Oficina de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio para que surta efectos erga omnes.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

2. CONTRATO DE LICENCIA DE USO:El empresario permite que un tercero use la marca de la cual es titular, bien sea a título gratuito o a título oneroso.

Page 84: Comercial general leo

XV. PÉRDIDA DEL DERECHOXV. PÉRDIDA DEL DERECHOXV. PÉRDIDA DEL DERECHOXV. PÉRDIDA DEL DERECHO

1. Cancelación: Por no uso y por vulgarización.

2. Nulidad: Cuando el registro fue obtenido con fraude a la ley.

3. Renuncia voluntaria: Es admisible si no afecta a terceros.

La renuncia puede ser parcial o total.No está permitida la renuncia del derecho en estos casos:

1. La marca está EMBARGADA.2. Sobre la marca se ha otorgado LICENCIA

DE USO.

PROPIEDAD INDUSTRIAL

Page 85: Comercial general leo

ACCIONES POPULARESACCIONES POPULARES

Búsqueda previa

CONTENCIOSO

Presentación de la solicitud ante la SIC 15 días

ORDENA CORREGIR

ORDENA PUBLICACIÓN EN GACETA

No corrige

Sí corrige

Abono de la solicitud

XVI. PROCEDIMIENTOXVI. PROCEDIMIENTOXVI. PROCEDIMIENTOXVI. PROCEDIMIENTO

60 días

30 díasSin oposición

Con oposición

Examen de Fondo de la SIC

Concede

Niega

30 días pruebas

Concede

Niega

Reposición

Apelación

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Título de Registro

Ordena el pago de los derechos

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTOACCIONES POPULARESACCIONES POPULARES

Acción de Nulidad y Restablecimiento del derecho ante el Consejo de Estado

• Admisión• Fijación en lista• Notificación• Traslado

El Tribunal Andino de Justicia emite una SENTENCIA DE INTERPRETACIÓN PREJUDICIAL

Sentencia del Consejo de Estado Examen

de fondo de la SIC

Concede

Niega

Concede

Niega

Page 87: Comercial general leo

XVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓN

Publicada en la Gaceta de la Propiedad Industrial, pasan 30 días dentro de los cuales se pueden oponer terceros.La oposición puede tener diferentes CARACTERÍSTICAS:

PROPIEDAD INDUSTRIAL

1. EN INTERÉS GENERAL: Cualquier persona puede oponerse al registro alegando razones de índole general.

Page 88: Comercial general leo

XVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓN

PROPIEDAD INDUSTRIAL

2. EN INTERÉS PARTICULAR: Se refiere a un interés concreto de una persona determinada que alega que el signo es:

A. Similar a un signo previamente registrado o solicitado a registro, hasta el punto de confusión.

B. Para los mismos productos o productos conexos

CONFUSIÓN: Puede ser directa (productos) o indirecta (fabricante, distribuidor).

PUNTO DE CONFUSIÓN DIRECTO1) Marca nominativa vs. Marca nominativa

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XVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓN

PROPIEDAD INDUSTRIAL

1) Marca nominativa vs. Marca nominativasREGLAS PARA DETERMINAR LA CONFUSIÓN

1. Fonético - ¿Se escuchan igual?2. Gráfico - ¿Se escriben igual?3. Conceptual - ¿Significan lo mismo?

REGLAS PARA QUIEN EXAMINE LA CONFUSIÓN1. Visión en conjunto, sin fraccionar la marca2. Se analizan las semejanzas, no las diferencias3. Debe situarse en la posición del consumidor presunto4. Las marcas deben analizarse de manera alternativa o sucesiva mas no

simultánea.

Page 90: Comercial general leo

ProductosProductosProductos complementarios o

sustitutosCorresponden al mismo canal de

distribuciónLos medios de comunicación.

Page 91: Comercial general leo

XVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓNXVII. OPOSICIÓN

PROPIEDAD INDUSTRIAL

2) Marca nominativa vs. Marca gráfica: El riesgo de confusión vendrá dado por el tema CONCEPTUAL.

3) Marca nominativa vs. Marca Mixta: El examen va encaminado entre la parte nominativa de la parte mixta y el signo nominativo.

3. NACIONAL

4. ANDINA

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FORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESAFORMAS DE CONSTITUIR LA EMPRESA1. CONTRATO DE SOCIEDAD:

Art 98. c. co “Por el contrato de Sociedad dos o más personas se obligan se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa ó actividad social.

La sociedad, una vez constituida legalmente forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados”

Excepción: Ley 1258 de 2008 (Sociedad por acciones simplificada) “La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes”.

La sociedad puede ser civil o comercial (Art. 100 del C. Co.)