REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR · en equipo y aprendizaje basado en problemas...

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I. MUNICIPALIDAD OSORNO DEPTO.ADMINIST.EDUCACIÓN ESCUELA RURAL PICHIL REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR ESCUELA RURAL PICHIL OSORNO 2020

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I. MUNICIPALIDAD OSORNO

DEPTO.ADMINIST.EDUCACIÓN

ESCUELA RURAL PICHIL

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACION Y

PROMOCION ESCOLAR

ESCUELA RURAL PICHIL

OSORNO

2020

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INDICE

PRESENTACION

CAPITULO 1 PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1.- Identificación del establecimiento

Artículo 2.- Bases Legales de la Evaluación

Artículo 3.- Orientaciones del Proyecto Educativo Institucional

Artículo 4.- Organización Anual

CAPITULO 2 DE LA EVALUACION

Artículo 5.- Concepto de evaluación

Artículo 6.- Propósito formativo y sumativo de la evaluación

Artículo 7.- Evaluación de proceso, progreso y producto

Artículo 8.- Responsables de la evaluación

Artículo 9.- Principios que sustentan el enfoque evaluativo

Artículo 10.- Criterios para el diseño de estrategias de evaluación sumativa

y formativa

Artículo 11.- Instrumentos de evaluación

Artículo 12.- Reflexión pedagógica

CAPITULO 3 EVALUACION FORMATIVA

Artículo 13.- Concepto de evaluación formativa.

Artículo 14.- Propósito de la evaluación formativa

Artículo 15.- Evaluación diagnóstica o inicial

Artículo 16.- Estrategias de evaluación formativa

Artículo 17.- Técnicas de apoyo a las estrategias de evaluación formativa

Artículo 18.- La Retroalimentación como estrategia pedagógica

Artículo 19.- Evaluación Formativa: asignatura y Taller JEC Agroecológico

Artículo 20.- Talleres Extraprogramáticos

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CAPITULO 4 EVALUACION SUMATIVA

Artículo 21.- Concepto de evaluación sumativa

Artículo 22.- Evaluación Sumativa de avance

Artículo 23.- Evaluación sumativa de producto

Artículo 24.- Evaluación sumativa y calificación

Artículo 25.- Evaluación sumativa semestral y anual

Artículo 26.- Talleres JECD Agroecológicos y ponderación

Artículo 27.- De la inasistencia a evaluaciones sumativas

Artículo 28.- Calendario de evaluación sumativa

CAPITULO 5 DE LA CALIFICACION

Artículo 29.- Concepto de Calificación

Artículo 30- Propósito de la calificación

Artículo 31.- Expresión de la calificación

Artículo 32.- Cantidad de calificaciones y ponderación

Artículo 33.- Calificación con más de 50% del curso insatisfactorio

Artículo 34.- Criterios para definir la calificación final

Artículo 35.- De la calificación final anual

CAPITULO 6 PARTICIPACION Y COMUNICACIÓN

Artículo 36.- Importancia de comunicar formas, criterios y evidencia evaluativa

Artículo 37.- Comunicación al estudiante de formas, criterios y evidencia evaluativa

Artículo 38.- Comunicación a padres, madres y apoderados sobre formas, criterios

de evaluación y resultados

CAPÍTULO 7 NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES E INCLUSION

Artículo 39.- Necesidades Educativas Especiales Transitorias y Permanentes

Artículo 40.- Programa de Integración Escolar

Artículo 41.- Evaluación Diagnóstica inicial y características

Artículo 42.- Diagnóstico asociado a Necesidades Educativas Especiales

Artículo 43.- Diagnósticos asociados a NEE Transitorias y Permanentes

Artículo 44.- Adecuación Curricular

Artículo 45.- Responsabilidad de padres, madres y apoderados

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CAPITULO 8 DE LA PROMOCION

Artículo 46.- Concepto de Promoción

Artículo 47.- Requisitos de Promoción

Artículo 48.- Situaciones riesgo de repitencia

Artículo 49.- Situaciones especiales: estudiantes embarazadas

Artículo 50.- Situaciones especiales: eventualidad natural y humana

Artículo 51.- Situación Final y Certificado Anual de Estudio

CAPITULO 9 DISPOSICIONES FINALES

Artículo 52.- Consultas y reclamos

Artículo 53.- Situaciones no previstas

Artículo 54.- Modificación y actualización del Reglamento

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PRESENTACION

El Reglamento Interno de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar es un

instrumento técnico, normativo, administrativo y pedagógico, que establece

principios y procedimientos de la evaluación, los modos de calificar el aprendizaje

de los estudiantes y los criterios de promoción escolar, orientando los

procedimientos educativos del establecimiento, estableciendo un marco de

conducta entre los actores del proceso educativo, contribuyendo a elevar la calidad

y excelencia de la educación.

El presente documento es resultado del trabajo colaborativo entre directivos,

docentes, profesionales y técnicos que integran la comunidad educativa. Además,

reúne comentarios y aportes surgidos del trabajo en Red realizado entre

representantes de Unidad Técnico Pedagógica del Sostenedor y Jefes de Unidad

Técnico Pedagógica de establecimientos municipales de la comuna de Osorno,

Región de Los Lagos.

La Dirección del establecimiento, asesorado por la Unidad Técnico Pedagógica,

serán los responsables de supervisar el cumplimiento del presente Reglamento de

Evaluación, Calificación y Promoción Escolar por parte de los distintos actores

involucrados.

La Dirección hará entrega anual de una copia del Reglamento de Evaluación,

Calificación y Promoción Escolar a cada docente del establecimiento, a la Directiva

del Centro General de Padres y Apoderados y a las Directivas de Centro de Curso.

Su contenido será leído y comentado en reunión de Padres y Apoderados.

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CAPITULO 1

PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1.- Identificación del Establecimiento.

La Escuela Rural Pichil se ubica en el Km 14 Ruta U-55 y 1,5 km interior. Su

dependencia es municipal y administrada por el DAEM de Osorno. Cuenta con

JECD para todos los cursos y niveles y Programa de Integración Escolar.

Artículo 2.- Bases Legales de la Evaluación

El presente documento, tiene como base los siguientes cuerpos legales del

Ministerio de Educación: Decreto de Evaluación N° 67 de 09/11/2018, que establece

normas mínimas nacionales sobre evaluación, calificación y promoción escolar para

estudiantes que cursen educación básica y media en establecimientos

educacionales oficialmente reconocidos por el Estado; Decreto 481 del 10/02/2018

que establece las Bases Curriculares de la Educación Parvularia; Decreto N°

83/2015, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para

estudiantes con necesidades educativas especiales de Educación Parvularia y

Educación Básica; Resolución Exenta de Educación que aprueba Planes y

Programas de Estudio N° 2339 de 2016; Resolución Exenta de Educación que

aprueba Planes y Programas de Estudio N° 2960 de 2012; Resolución Exenta de

Educación que aprueba Planes y Programas de Estudio N° 169 de 2014; Resolución

Exenta N.º 72 del 20/01/2017, que aprueba Reformulación del Proyecto Pedagógico

de Jornada Escolar Completa Diurna desde NT1 a 8º año Básico, correspondiente

a la aplicación de Talleres agroecológicos, a contar del 1º de marzo de 2017.

Finalmente, se considera, la Ley General de Educación Nº20.370 del 12/9/2009.-

Artículo 3.- Orientaciones del Proyecto Educativo Institucional

El Proyecto Educativo Institucional presenta un SELLO AGROECOLOGICO.

La bajada curricular al aula se basa en un modelo holístico de enseñanza

aprendizaje que considera el trabajo práctico en terreno y lo curricular de cada

asignatura, concentrándose en una articulación agroecológica desde los Objetivos

de Aprendizaje de la Unidad, principalmente en las asignaturas de Ciencias

Naturales y Lengua Indígena, así como en actividades de aprendizaje de las

restantes asignaturas del plan de estudio, promoviendo prácticas inclusivas que

responden a las diferencias individuales de los estudiantes del establecimiento.

Los talleres JECD se trabaja con módulos de aprendizaje, la enseñanza curricular

involucra plantas y animales en el ámbito de la diversidad ecológica y la educación

sustentable. Estos talleres son realizados por docentes técnico agrícola y/o

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veterinario y la acción pedagógica que involucra trabajo colaborativo entre docentes

de asignaturas y equipo PIE.

Los Talleres JECD desde NT1 a 4to básico corresponden a:

Taller Huerto Escolar: implica el diseño, implementación y mantención de

un huerto escolar donde se cultiva de manera biointensiva diversos

vegetales, mediante actividades prácticas en terreno, trabajo en equipo y

aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.

Taller Crianza de Aves: orientado a la crianza de aves para la producción de

huevos, la creación y mantención de un gallinero escolar y el uso de su

excremento para compost, desde actividades prácticas en terreno, trabajo

en equipo y aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.

Los Talleres JECD de 5° a 8° básico son:

Taller Agrícola: implica diseño, implementación y mantención de un huerto

escolar al aire libre y/o invernadero donde se cultiva de manera biointensiva

diversas plantas (vegetales, hortalizas, flores) empleando el compost como

fertilizante, realizando actividades prácticas en terreno, trabajando en equipo

y mediante el aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.

Taller Pecuario: orientado en una primera etapa a la crianza de aves para la

producción de huevos, la creación y mantención de un gallinero escolar y el

uso de su excremento para compost, desde actividades prácticas en

terreno, trabajo en equipo y aprendizaje basado en problemas y/o proyecto.

Se ha introducido la crianza de conejos y, se proyecta incluir otro tipo de

ganado, según las necesidades observadas en la escuela.

Taller Sistemas de Riego: se espera que los estudiantes aprendan a regar y

drenar empleando técnicas de riego (gravitacionales/aspersión) según las

necesidades de los cultivos, las condiciones del terreno y el clima, la

protección del medio ambiente y las medidas de seguridad necesarias, que

permita mejorar la productividad de los cultivos y proteger el recurso hídrico

para una agricultura sustentable. Realización de actividades teórico-

prácticas, trabajo en equipo y aprendizaje basado en problemas y/o

proyectos.

El PEI de la Escuela Rural Pichil busca promover e instalar buenas prácticas en

sustentabilidad agroecológica que fomenten conductas amigables y de respeto con

el medio ambiente y mejorar la calidad de vida de los estudiantes y sus familias.

Paralelamente, procura dotar a la escuela con recursos educativos que permitan

innovar en las estrategias de enseñanza y aprendizaje, contextualizando las

prácticas pedagógicas al entorno geográfico y cultural en el que se encuentra inserto

el establecimiento, es decir, espacio rural en una comuna y región agrícola y

ganadera.

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VISION: Una escuela rural agroecológica, que entrega a la sociedad personas

integras, con conciencia ecológica, conocimientos y diversas habilidades, que les

permitan enfrentar con éxito la enseñanza media científica humanista y/o técnica e

insertarse como agentes de cambio socio cultural.

MISION: La Escuela Rural Pichil promueve una enseñanza holística para el logro

de aprendizajes, por medio de una educación inclusiva y sustentable, apropiándose

de los saberes culturales del entorno, haciendo suyo los principios de una gran

familia.

Artículo 4.- Organización Anual

El Año Escolar, funcionará con régimen semestral, de acuerdo a las fechas que

determine el Calendario Escolar del Ministerio de Educación de la Región de Los

Lagos. Las vacaciones de invierno se harán efectivas, coincidiendo con el receso

de invierno definido por el Ministerio de Educación.

El establecimiento, podrá solicitar al Ministerio de Educación modificaciones

relacionadas con las fechas de inicio y término de clases, cambios de actividades,

suspensiones y recuperaciones de clases cuando se requiera. Con ese calendario,

el docente elaborará el cronograma de clases y las evaluaciones que aplicará

durante el año.

Toda situación de evaluación, calificación y promoción escolar, de los estudiantes

desde NT1 a Octavo Básico, quedará resuelta dentro del año escolar

correspondiente.

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CAPITULO 2

DE LA EVALUACION

Artículo 5.- Concepto de Evaluación

La evaluación, será entendida como el: “Conjunto de acciones lideradas por los

profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan

obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar

decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los

procesos de enseñanza”. (Decreto 67/2018)

Los estudiantes, serán evaluados en todos los niveles y asignaturas del plan de

estudio o Taller JECD agroecológico, No existiendo la eximición.

Artículo 6.- Propósito Formativo y Sumativo de la evaluación

El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse

formativa o sumativamente.

- Evaluación formativa. La evaluación cumple un propósito formativo cuando

se utiliza e integra a la enseñanza para monitorear y acompañar el

aprendizaje de los estudiantes, es decir, cuando la evidencia de su

desempeño se obtiene, interpreta y usa por docentes y estudiantes para

tomar decisiones acerca de los siguientes pasos para avanzar en el proceso

de enseñanza-aprendizaje.

- Evaluación sumativa. La evaluación cumple un propósito sumativo cuando

entrega información acerca de hasta qué punto los estudiantes lograron

determinados objetivos de aprendizaje luego de un determinado proceso de

enseñanza. Se utiliza para certificar los aprendizajes logrados,

comunicándose, generalmente, mediante una calificación.

El propósito formativo y sumativo de la evaluación, no son excluyentes, y en el caso

de las evaluaciones sumativas, también pueden usarse formativamente, es decir,

puede permitir aclarar objetivos de aprendizaje y retroalimentar la enseñanza y el

aprendizaje, haciendo ajustes en la planificación, en caso que los estudiantes no

aprendan lo que se esperaba y requieran abordarlo nuevamente antes de seguir

adelante con otros aprendizajes.

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Artículo 7.- Evaluación de progreso, proceso y producto

La evaluación, también se puede diferenciar, según su objeto, pudiendo distinguirse

tres aspectos a evaluar:

- El proceso de aprendizaje: aspectos que reflejan cómo los estudiantes van

aprendiendo, por ejemplo, entregar productos a tiempo, participar en clases,

etc.

- El progreso del aprendizaje: referido al avance que tiene un estudiante

respecto de su propio aprendizaje.

- El producto o logro de aprendizaje: aquello que los estudiantes logran

saber o hacer.

Artículo 8.- Responsabilidad de la evaluación

Del docente. - Actor educativo en quien recae la primera responsabilidad del

proceso de evaluación, pues, es quien planifica, diseña, implementa,

desarrolla y evalúa el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Del estudiante. - Se espera que construya conocimiento y pueda, según su

grado de desarrollo cognitivo y emocional comprender su propio proceso de

aprendizaje y reconocer las fortalezas y posibilidades de mejora, asumiendo

la responsabilidad y el desafío que este proceso presenta.

De los padres, madres y apoderados. – Encargados de acompañar, apoyar

y guiar a sus hijos e hijas en hábitos de estudio, promoviendo la

responsabilidad y autonomía, para el logro de aprendizajes. Además, deben

brindar el soporte afectivo y emocional a sus hijos o hijas, para que ellos

puedan asumir, satisfactoriamente, los desafíos que el proceso educativo

presenta y considerar las recomendaciones y sugerencias de profesores y

jefe de UTP para que los estudiantes logren los aprendizajes esperados.

Del equipo directivo. - Son los agentes responsables de la supervisión

general del proceso de evaluación en el establecimiento, en el sentido más

amplio del término; esto es, orientar, asesorar, colaborar en todos los

procedimientos y actuaciones asociadas con la evaluación.

Del Director/a.- Asesorado/a por el equipo técnico-pedagógico y/o consejo

de profesores, es quien asume la responsabilidad última de la evaluación en

la aplicación correcta del marco normativo dentro de las disposiciones que

dicta el Ministerio de Educación, resolviendo en situaciones no contempladas

en el reglamento y proponiendo las modificaciones necesarias para la

actualización y el mejoramiento de la evaluación en el establecimiento.

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Artículo 9.- Principios que sustentan el enfoque evaluativo

El Reglamento de Evaluación, Calificación y Promoción Escolar de la Escuela Rural

Pichil, recoge los siguientes principios de evaluación emanados del Decreto

67/2018:

1. Evaluar aprendizajes definidos en el Currículum Nacional y aquellos

elementos que forman parte del sello institucional del establecimiento, que

consideran conocimientos, habilidades y actitudes, es decir, lo que dicen,

escriben, hacen y crean.

2. Claridad desde el inicio del proceso de aprendizaje, respecto de qué es lo

que se espera que los estudiantes aprendan y los criterios que permiten

evidenciar los progresos y logros de esos aprendizajes.

3. La retroalimentación como parte fundamental de cada proceso evaluativo.

4. Los procesos y situaciones de evaluación deben motivar a los estudiantes a

seguir aprendiendo.

5. El diseño de las experiencias de evaluación debe orientarse a que los

estudiantes pongan en práctica lo aprendido en situaciones relevantes para

ese aprendizaje.

6. No toda evaluación debe conducir a una calificación. Sin embargo, la

calificación, siempre conlleva un proceso de evaluación y debe ser una forma

precisa de representar el logro de los aprendizajes y su comunicación a los

estudiantes, sus familias, apoderados y a otros docentes, para apoyar el

aprendizaje.

7. Se debe calificar solamente aquello que los estudiantes efectivamente han

tenido la oportunidad de aprender mediante las experiencias de aprendizaje

que el docente haya realizado con ellos.

8. Enfoque inclusivo, que considera que todos los estudiantes son diferentes y

presentan necesidades educativas que pueden ir variando a lo largo de su

trayectoria escolar, siendo necesario diversificar las experiencias de

aprendizaje, empleando diversas formas de evaluar, que consideren las

distintas características, ritmos y formas de aprender, necesidades e

intereses de los estudiantes.

9. Participación del estudiante en los procesos de evaluación, generando

instancias en que ellos puedan involucrarse, al elegir temas sobre los cuales

les interese realizar una actividad, sugerir la forma en que presentarán a otros

un producto o generando experiencias de auto- y coevaluación que les

permita desarrollar su capacidad para reflexionar sobre sus procesos,

progresos y logros de aprendizaje.

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10. Las planificaciones y oportunidades de aprendizaje, deben considerar

espacios para evaluar formativamente el aprendizaje, retroalimentando e

incluyendo acciones de monitoreo del aprendizaje, reflexionando y tomando

decisiones oportunamente.

11. La evidencia de los aprendizajes, debe usarse para analizar continuamente,

y ajustar, cuando se considere necesario, las planificaciones y estrategias

pedagógicas.

12. Se requiere evaluar los aprendizajes de diferentes formas y en distintas

oportunidades, permitiendo que las conclusiones que se formulen sean

sólidas, y las decisiones tomadas sean más confiables y justas.

Artículo 10.- Criterios para el diseño de estrategias de evaluación sumativa y

formativa

El diseño de las estrategias de evaluación debe estar alineadas con aprendizajes

fundamentales, que motiven a los estudiantes para seguir aprendiendo, ya que a

partir de sus resultados se toman decisiones pedagógicas y se definen

calificaciones. Para que la evaluación, como herramienta pedagógica, pueda

fortalecerse y apoyar el aprendizaje de los estudiantes, la escuela Rural Pichil,

promueve los siguientes criterios de calidad:

a) Alineamiento con los aprendizajes centrales y relevantes de la asignatura

presentes en el curriculum.

b) Evidencia evaluativa variada y suficiente, utilizando distintos agentes

evaluativos y diferentes formas de evaluar a los estudiantes. Lo primero

(agentes evaluativos) se refiere a levantar información a través de

heteroevaluación (docente evalúa a los estudiantes), autoevaluación

(estudiante se evalúa a sí mismo) y coevaluación (estudiante/s evalúa a sus

pares o grupo). Las diferentes formas de evaluar, implican: análisis de casos,

resolución de problemas o situaciones complejas, portafolios, bitácoras o

cuadernos de campo, pruebas o controles con distintos tipos de preguntas,

evaluaciones de desempeño como demostraciones, representaciones

teatrales, juegos de roles, simulaciones, interpretaciones musicales,

presentaciones de investigaciones, de productos artísticos o técnicos, etc.

c) Evaluar a los estudiantes en su mayor amplitud posible, considerando el

proceso, progreso y logros, identificando dónde están en sus aprendizajes e

ir adecuando la enseñanza a sus necesidades, calificando solo aquellos

logros de aprendizajes que los estudiantes han tenido oportunidad para

aprender, aquello que se ha intencionado y trabajado durante los procesos

de enseñanza-aprendizaje.

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d) Diseño de evaluación que incorpore contextos auténticos que muestre al

estudiante el sentido, la relevancia o la utilidad del aprendizaje, y se motive

por seguir aprendiendo, proponiendo situaciones de aprendizaje semejantes

a la vida real, que les permita emitir juicios e innovar, pues, para enfrentar la

complejidad de las situaciones reales se requiere poner en práctica

habilidades analíticas, prácticas y creativas, además, actitudes y valores.

Esta forma de evaluar es fundamental para desarrollar su capacidad de

transferencia, es decir, su habilidad para aplicar los aprendizajes en

contextos diferentes a los cuales fueron aprendidos.

e) Evaluaciones diversificadas que respondan a las necesidades y

características de los estudiantes de modo que puedan mostrar lo que han

aprendido, desde un enfoque inclusivo de valoración de la diversidad, que

permita transitar desde una noción de diferenciación de la enseñanza y de

la evaluación, referida a estudiantes con necesidades educativas especiales,

a una noción de diversificación, que considera la diversidad presente en la

sociedad e inherente al aula, abordando lo que necesitan todos los

estudiantes, considerando su multiplicidad de intereses, niveles de

aprendizaje, formas de aprender y características –culturales, sociales,

emocionales.

Artículo 11.- Instrumentos de evaluación.

La evaluación formativa y sumativa deberá contar con instrumentos de evaluación

diversificados, que permitan la medición objetiva de los aprendizajes esperados,

siendo fundamental que el docente haga uso de:

pauta de observación

rúbrica

escalas de apreciación

lista de cotejo

tabla de especificaciones

Artículo 12.- Reflexión pedagógica

La reflexión pedagógica, permite acordar y reflexionar sobre criterios de evaluación

y evidencias evaluativas centrales en cada asignatura, favoreciendo

la mejora continua de las prácticas docentes, facilitando espacios para la toma de

decisiones sobre el proceso, progreso y logro de los estudiantes, basado en

evidencia.

La reflexión pedagógica al interior de la unidad educativa, se realizará a través de,

los siguientes espacios formales de interacción y análisis:

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Consejo de profesores semanal con foco pedagógico en conjunto con

Dirección, UTP, coordinadora PIE, equipo agroecológico, docentes y

profesionales de educación de apoyo a los procesos de enseñanza-

aprendizaje.

Trabajo colaborativo entre equipo pedagógico PIE y docente de asignatura

respectiva.

Trabajo colaborativo entre UTP y docentes asignatura y PIE.

Trabajo colaborativo entre docentes equipo agroecológico.

El énfasis de la reflexión pedagógica estará dado en los procesos evaluativos,

considerando su pertinencia, suficiencia, variedad, diversificación, capacidad para

motivar a los estudiantes y promover aprendizajes, y ajustarlos en función de esa

reflexión. Además, será una instancia para analizar y ajustar la planificación en

función de la evidencia obtenida.

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CAPITULO 3

DE LA EVALUACION FORMATIVA

Artículo 13.- Concepto de Evaluación Formativa

La evaluación, tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza

para monitorear y acompañar el aprendizaje de los alumnos, es decir, cuando la

evidencia del desempeño de éstos, se obtiene, interpreta y usa por profesionales

de la educación y por los alumnos para tomar decisiones acerca de los siguientes

pasos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. (Decreto 67/2018)

Artículo 14.- Propósito de la evaluación formativa

El propósito primordial de la evaluación formativa es diagnosticar y monitorear el

proceso de aprendizaje de los estudiantes por lo que es fundamental su integración

en la enseñanza, entretejiéndose en los planes o secuencias de aprendizaje que se

planifiquen.

Artículo 15.- Evaluación diagnóstica

La evaluación diagnóstica, es un tipo de evaluación formativa que permite identificar

el lugar en el que se encuentra el estudiante en su trayectoria hacia el logro de

nuevos aprendizajes, obteniendo información de sus intereses, valoraciones,

concepciones y visiones e información sobre el nivel de desempeño respecto de

habilidades, es esencial para comenzar procesos de enseñanza y, fundamental

para ajustar la planificación previa en caso de considerarse necesario.

La evaluación diagnóstica de cada asignatura y taller, será aplicada al inicio del año

escolar y será calificada en base a porcentaje de logro, expresado de 100% a 0%.

Artículo 16.- Estrategias de evaluación formativa

Para promover el uso formativo de la evaluación durante la enseñanza, se

contemplan las siguientes estrategias de evaluación formativa, las que deberán ser

aplicadas durante el año escolar, sin excluir la posibilidad, que el docente, pueda

implementar otras que presenten pertinencia y contribuyan a verificar logros de

aprendizaje del estudiante.

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Estrategia Descripción

Compartir y reflexionar

objetivos de aprendizaje

y criterios de logro

Compartir y reflexionar con los estudiantes sobre los

objetivos de aprendizaje y los criterios de logro que

permitan describir cómo se ven dichos aprendizajes

cuando alcanzan el nivel de desarrollo esperado,

mediante el análisis conjunto de modelos y ejemplos

de desempeños de distintos niveles de logro, u otras

formas que les permitan desarrollar una noción clara

de lo que se espera que aprendan

Formular preguntas de

reflexión

Preguntas que fomentan la reflexión y discusión en

clases, que permita visibilizar los procesos de

pensamiento de los estudiantes, y a partir de esto ir

ajustando la enseñanza.

Actividades de

observación de

procedimientos y

desempeños

Realizar actividades que permitan observar los

procedimientos y desempeños que se busca

desarrollar, para ajustar la enseñanza a partir del

aprendizaje que se va evidenciando clase a clase.

Retroalimentación efectiva, oportuna y sistemática hacia los

estudiantes o entre ellos, resguardando espacios

para esto antes de las evaluaciones sumativas.

Auto- y coevaluación

Dar oportunidades de auto- y coevaluación de modo

que se desarrolle la capacidad de los estudiantes

para evaluar sus propios productos y desempeños,

fortalecer su autorregulación y su capacidad

analítica y crítica respetuosa en sus procesos de

aprendizaje.

Artículo 17.- Técnicas de apoyo al uso de estrategias de evaluación formativa

Para promover el uso formativo de la evaluación, se contemplan las siguientes

técnicas de apoyo al uso de estrategias de evaluación formativa en el aula, las que

deberán ser aplicadas durante el año escolar, sin excluir la posibilidad, que el

docente, pueda implementar otras que contribuyan a fortalecer este tipo de

evaluación:

Hacer uso de preguntas o parafraseo.

Hacer uso de modelos o ejemplos de distintos niveles de logro

Crear y emplear rúbricas que describan niveles de desempeño

Respuestas elegidas al azar

Participación simultánea

Pienso- converso- compartimos

Tickets de salida o de entrada

Nos destacamos

Señales de aprendizaje

Reflexiones de cierre metacognitivas

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Artículo 18.- Retroalimentación como estrategia pedagógica

Se entenderá la retroalimentación, como una estrategia fundamental del proceso

evaluativo, que asegura que cada estudiante tenga información relevante sobre su

proceso de aprendizaje, ayudándolo a progresar hacia o más allá de los objetivos

evaluados. Igualmente, permite que el docente profundice la reflexión sobre como

su práctica pedagógica influye sobre el progreso del estudiante y realice los ajustes

necesarios en función de esa reflexión.

Se priorizará las siguientes prácticas de retroalimentación pedagógica:

Describir logros y como se puede mejorar

Focalizarse en el trabajo o actividad

Enfocarse en la meta principal

Promover que se corrijan los errores de manera autónoma

Entregar la retroalimentación oportunamente

Usar varias formas de retroalimentación: escrita, oral, individual o grupal

Artículo 19.- Evaluación Formativa: asignatura y Taller JEC Agroecológico

El presente Reglamento Evaluación, contempla un mínimo de evaluaciones

formativas a realizar durante el año escolar, sin excluir la posibilidad que el docente

en función de criterios pedagógicos, centrados en el aprendizaje de los estudiantes,

pueda incrementarlas.

Se realizará una evaluación diagnóstica al inicio del año escolar en todas las

asignaturas del plan de estudios y en cada Taller JECD Agroecológico. Además,

una evaluación diagnóstica el inicio de cada unidad del Programa de Estudio de la

asignatura respectiva. En el caso de los Talleres JEC Agroecológicos, se aplicará

una evaluación diagnóstica al inicio de cada módulo de aprendizaje.

En el caso de la evaluación formativa, propiamente tal, se contempla al menos tres

evaluaciones formativas a nivel semestral en las asignaturas de Lenguaje y

Comunicación, Lengua Indígena, Inglés, Matemática, Ciencias Naturales, Historia,

Geografía y Ciencias Sociales, y dos evaluaciones formativas en Tecnología, Artes

Visuales, Música, Educación Física y Salud, Orientación, Religión y talleres JEC

Agroecológicos.

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Primero a Cuarto Básico

Asignatura

Unidad/ Módulo anual

Evaluación diagnostica

Evaluación formativa

I Semestre

II Semestre

I Semestre

II Semestre

Lenguaje y Comunicación 4 1 1 3 3

Inglés 4 1 1 3 3

Lengua Indígena 10 1 1 3 3

Matemática 4 1 1 3 3

Ciencias Naturales 4 1 1 3 3

Hia, Geo y Cs. Sociales 4 1 1 3 3

Tecnología 4 1 1 2 2

Artes Visuales 4 1 1 2 2

Música 4 1 1 2 2

Ed. Física y Salud 4 1 1 2 2

Orientación 2 1 1 2 2

Religión 10 1 1 2 2

Taller Huerto Escolar 4 1 1 2 2

Taller Crianza 4 1 1 2 2

Quinto y Sexto Básico

Asignatura/Taller

N° Unidades

anual

Evaluación diagnostica

Evaluación formativa

I Semestre

II Semestre

I Semestre

II Semestre

Lenguaje y Comunicación 4 1 1 3 3

Inglés 4 1 1 3 3

Lengua Indígena 10 1 1 3 3

Matemática 4 1 1 3 3

Ciencias Naturales 4 1 1 3 3

Hia, Geo y Cs. Sociales 4 1 1 3 3

Tecnología 4 1 1 2 2

Artes Visuales 4 1 1 2 2

Música 4 1 1 2 2

Ed. Física y Salud 4 1 1 2 2

Orientación 2 1 1 2 2

Religión 10 1 1 2 2

Taller Agrícola 4 1 1 2 2

Taller Pecuario 4 1 1 2 2

Taller Sistemas de riego 4 1 1 2 2

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Séptimo y Octavo Básico

Asignatura N° Unidades

anual

Evaluación diagnostica

Evaluación formativa

I Semestre

II Semestre

I Semestre

II Semestre

Lengua Castellana 7 1 1 3 3

Inglés 4 1 1 3 3

Lengua Indígena 10 1 1 3 3

Matemática 4 1 1 3 3

Ciencias Naturales 4 1 1 3 3

Hia, Geo y Cs. Sociales 4 1 1 3 3

Tecnología 4 1 1 2 2

Artes Visuales 4 1 1 2 2

Música 4 1 1 2 2

Ed. Física y Salud 4 1 1 2 2

Orientación 2 1 1 2 2

Religión 10 1 1 2 2

Taller Agrícola 4 1 1 2 2

Taller Pecuario 4 1 1 2 2

Taller Sistemas de riego 4 1 1 2 2

Artículo 20.- Talleres Extraprogramáticos

Los Talleres extraprogramáticos, serán obligatorios, se impartirán todos los viernes

entre las 14:10 y 15:40 y su evaluación será formativa. Se procurará que los

estudiantes a través de ellos, puedan desarrollar habilidades y actitudes que

contribuyan a su formación.

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20

CAPITULO 4

EVALUACION SUMATIVA

Artículo 21.- Concepto de evaluación sumativa

La evaluación sumativa, tiene por objeto certificar, generalmente mediante una

calificación, los aprendizajes logrados por los alumnos.

Artículo 22.- Evaluación sumativa de avance

La evaluación sumativa de avance, está referida a trabajos realizados en clases por

el/la estudiante durante el semestre; siendo todos parte de un registro de evidencia.

Igualmente, puede originarse, en un proyecto de aula que contemple etapas, cuyo

avance, progresión o desempeño será evaluado de manera sumativa y calificado.

El estudiante debe conocer desde el comienzo cuál serán la evaluación de avance,

las formas y criterios de evaluación y su expresión mediante un número, símbolo o

concepto, que formará parte de la evidencia que se ponderará o promediará.

Artículo 23.- Evaluación sumativa de producto

La evaluación sumativa de producto o resultado proviene directamente de

instrumentos de evaluación aplicados al estudiante al término de una unidad o

conjunto de objetivos de aprendizaje, lo que puede expresarse en una prueba

escrita, prueba oral, informe de proyecto y otros, en que se justifique un conjunto de

objetivos y/o habilidades.

Artículo 24.- Evaluación Sumativa y calificación

La evaluación sumativa de avance no debe superar el 40% de una calificación,

pues, el 60% restante corresponde a la evaluación sumativa de resultado.

La evaluación sumativa de avance puede corresponder a un informe, trabajo de

investigación, avance de proyecto de aula, entre otros. La prueba escrita, NO será

considerada como evaluación sumativa de avance.

El criterio para definir las evaluaciones sumativas son los aprendizajes a desarrollar,

para desde allí decidir qué desempeños serán los que de mejor manera mostrarán

el logro de dichos aprendizajes y que se convertirán en las mejores evaluaciones.

Las evaluaciones con mayor ponderación en una calificación final deben implicar

aplicaciones relevantes de los aprendizajes, para que los estudiantes puedan usar

lo que aprenden a través de, reflexiones personales, análisis de casos, resolución

de problemas, entre otras posibilidades. Con esto se logra que el aprendizaje sea

más profundo, significativo y transferible a situaciones fuera de la escuela, que

permita al estudiante encontrarle valor y pueda usarla para la vida, lo que requiere

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21

implementar actividades de aprendizaje que promuevan el desarrollo de este tipo

de aplicaciones e integraciones.

Artículo 25.- Evaluación Sumativa semestral y anual

El presente Reglamento, considera un mínimo de evaluaciones sumativas a realizar

durante el año escolar, contemplando la posibilidad que el docente en función de

criterios pedagógicos, centrados en el aprendizaje de los estudiantes, pueda

agregar otras.

Se realizará al menos cuatro evaluaciones sumativas de avance por semestre en

las asignaturas de Lenguaje y Comunicación/Lengua Castellana, Lengua Indígena

y Matemática.

En el caso de la evaluación sumativa de resultado se contempla al menos cuatro

evaluaciones formativas a nivel semestral en las asignaturas de Lenguaje y

Comunicación, Lengua Indígena, Inglés, Matemática, Ciencias Naturales, Historia,

Geografía y Ciencias Sociales, y dos evaluaciones formativas en Tecnología, Artes

Visuales, Música, Educación Física y Salud, Orientación, Religión y talleres JEC

Agroecológicos

El mínimo de evaluaciones sumativas anual, considerando evaluaciones de avance

y resultado correspondiente a cada nivel y asignatura son las siguientes:

Primero a Cuarto Básico

Asignatura

Unidad/

Módulo

anual

Evaluación sumativa

Avance Resultado

I

Semestre

II

Semestre

I

Semestre

II

Semestre

Lenguaje y Comunicación 4 4 4 4 4

Inglés 4 3 3 3 3

Lengua Indígena 10 4 4 4 4

Matemática 4 4 4 4 4

Cs. Naturales 4 2 2 3 3

Hia, Geo y Cs. Sociales 4 2 2 3 3

Tecnología 4 2 2 3 3

Artes Visuales 4 2 2 3 3

Música 4 2 2 3 3

Ed. Física y Salud 4 2 2 3 3

Orientación 2 2 2 2 2

Religión 10 3 3 3 3

Taller Huerto Escolar 4 3 3 3 3

Taller Crianza 4 3 3 3 3

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Quinto y Sexto Básico

Asignatura

Unidad/

Módulo

anual

Evaluación sumativa

Avance Resultado

I

Semestre

II

Semestre

I

Semestre

II

Semestre

Lenguaje y Comunicación 4 4 4 4 4

Inglés 4 3 3 3 3

Lengua Indígena 10 4 4 4 4

Matemática 4 4 4 4 4

Cs. Naturales 4 4 4 3 3

Hia, Geo y Cs. Sociales 4 4 4 3 3

Tecnología 4 2 2 3 3

Artes Visuales 4 3 3 3 3

Música 4 3 3 3 3

Ed. Física y Salud 4 3 3 3 3

Orientación 2 2 2 2 2

Religión 10 3 3 3 3

Taller Agrícola 4 3 3 3 3

Taller Pecuario 4 3 3 3 3

Taller Sistemas de riego 4 3 3 3 3

Séptimo y Octavo Básico

Asignatura

Unidad/

Módulo

anual

Evaluación sumativa

Avance Resultado

I

Semestre

II

Semestre

I

Semestre

II

Semestre

Lengua Castellana 7 4 4 4 4

Inglés 4 3 3 3 3

Lengua Indígena 10 4 4 4 4

Matemática 4 4 4 4 4

Cs. Naturales 4 4 3 3

Hia, Geo y Cs. Sociales 4 4 4 3 3

Tecnología 4 2 2 3 3

Artes Visuales 4 3 3 3 3

Música 4 3 3 3 3

Ed. Física y Salud 4 3 3 3 3

Orientación 2 2 2 2 2

Religión 10 3 3 3 3

Taller Agrícola 4 3 3 3 3

Taller Pecuario 4 3 3 3 3

Taller Sistemas de riego 4 3 3 3 3

Artículo 26.- Talleres JECD Agroecológicos y ponderación

Los Talleres JECD Agroecológicos, serán evaluados semestralmente con un

mínimo de 3 evaluaciones sumativas de avance y 3 de resultado. El resultado

semestral de cada Taller JECD, será ponderado con un máximo de un 30% a la

asignatura respectiva que se presenta en la siguiente tabla:

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23

Primer Semestre

TALLERES JEC

CURSO HUERTO

ESCOLAR

CRIANZA

DE AVES

AGRICOLA PECUARIO SISTEMA

DE RIEGO

1º Hia, Geo y

Cs. Sociales

Ciencias

Naturales

2º Lengua

Indígena

Ciencias

Naturales

3º Ciencias

Naturales

Lengua

Indígena

4º Ciencias

Naturales

Lengua

Indígena

5º Lengua

Indígena

Ciencias

Naturales

Hia,Geo y

Cs.soc

6º Lengua

Indígena

Lenguaje Ciencias

Naturales

7º Ciencias

Naturales

Lengua

Indígena

Matemática

8º Lengua y

Literatura

Ciencias

Naturales

Lengua

Indígena

Segundo Semestre

TALLERES JEC

CURSO HUERTO ESCOLAR

CRIANZA

DE AVES

AGRICOLA PECUARIO SISTEMA

DE RIEGO

1º Ciencias Naturales

Lengua

Indígena

2º Ciencias Naturales

Hia, Geo y

Cs. Sociales

3º Lengua Indígena

Ciencias

Naturales

4º Lengua Indígena

Ciencias

Naturales

5º Matemática Lengua

Indígena

Ciencias

Naturales

6º Hia, Geo y

Cs. Sociales

Ciencias

Naturales

Lengua

Indígena

7º Lengua

Indígena

Lengua y

Literatura

Ciencias

Naturales

8º Ciencias

Naturales

Lengua

Indígena

Matemática

Artículo 27.- De la inasistencia a evaluaciones sumativas

La inasistencia de un estudiante a una evaluación sumativa (prueba o disertación)

fijada con anticipación, deberá ser justificada por escrito o personalmente por el

apoderado al profesor de la asignatura respectiva, analizándose caso a caso la

situación, pudiéndose aplicar la evaluación cuando el estudiante se incorpore a

clases o bien, acordar con el apoderado y el estudiante una nueva fecha de

realización.

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24

En aquellas situaciones que exista alguna eventualidad, como: situaciones

familiares complejas, Certificado Médico o viaje, que impida al estudiante asistir a

la escuela, y, en consecuencia, realizar la evaluación en el tiempo contemplado, se

podrá recalendarizar la evaluación/es acordándose con el apoderado la fecha de

rendición.

En los casos antes señalados, la evaluación debe contener los mismos objetivos de

aprendizajes que la evaluación original y el mismo nivel de exigencia.

Artículo 28.- Calendario de evaluación sumativa

Calendarización semestral de evaluaciones sumativas considerando solamente

pruebas, disertaciones, entrega de trabajos y proyectos de aula.

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CAPITULO 5

DE LA CALIFICACION

Artículo 29.- Concepto de Calificación

La Calificación, será entendida como la “representación del logro en el aprendizaje

a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado

compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número, símbolo o concepto.”

(Decreto 67/2018)

La calificación, siempre conlleva un proceso de evaluación y debe ser una forma

precisa de representar el logro de los aprendizajes para comunicar esto a los

estudiantes, familias, apoderados y a otros docentes, para apoyar el aprendizaje.

Artículo 30.- Propósito de la calificación

El propósito principal de las calificaciones es certificar y comunicar el aprendizaje.

En línea con el enfoque evaluativo proveniente del Decreto 67/2018, se busca que

las calificaciones aporten información para apoyar el aprendizaje de los estudiantes

y no se reduzcan a registros con poco significado para ellos.

La calificación será consecuencia de la definición de cómo se planea evaluar los

aprendizajes, debido a lo cual, la conducta o la indisciplina del estudiante, NO será

calificada. En caso, que eso ocurra, la Dirección del establecimiento, faculta a la

Unidad Técnico Pedagógica y/o Convivencia Escolar para dejar nula esa

calificación.

Artículo 31.- Expresión de la calificación

La calificación en todas las asignaturas y talleres- excepto Religión y Orientación-

será expresada en porcentaje de logro, cuyo nivel mínimo de aprobación

corresponde el 60%, pudiendo incluirse, además, los siguientes conceptos y

símbolos cuya equivalencia está representada en la siguiente tabla:

CALIFICACION

%LOGRO

CONCEPTO NUMERO SIMBOLO

LETRA NIVEL

DESEMPEÑO NIVEL

APRENDIZAJE

100% Sobresaliente Muy Bueno

Adecuado

7,0 A

87%-99% Destacado 6,0- 6,9 B

74%- 86% Logrado Bueno Elemental

5,0- 5,9 C

60%-73% Parcialmente logrado

Suficiente 4,0- 4,9 D

40%- 59% Elemental

Insuficiente

Insuficiente

3,0- 3,9 E

20%- 39% Por lograr 2,0-2,9 F

0%- 19% 1,0- 1,9 G

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Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación, se expresarán

empleando los conceptos Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente(S) e

Insuficiente(I).

Artículo 32.- Cantidad de calificaciones y ponderación

El presente Reglamento de Evaluación, contempla para cada asignatura y taller

agroecológico, un mínimo de dos calificaciones por unidad, que deben incluir

evaluaciones sumativas de avance y resultado y, cuya ponderación – en cada caso-

no sobrepasará el 30% de la calificación final anual. Lo anterior, para evitar que

exista concentración en una o dos calificaciones que no sean representativas de los

aprendizajes centrales del curriculum o no den cuenta del progreso de los

estudiantes, procurándose de esta manera, que la calificación integre aspectos que

den cuenta de distintos niveles de comprensión y avance durante el año escolar.

En caso de realizar ajustes durante el año, estos deben basarse en argumentos

pedagógicos que se acordarán entre profesor/a de la asignatura respectiva,

educadora diferencial y jefe técnico-pedagógico debiendo informarse con

anticipación a los estudiantes.

Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación no incidirán en el

promedio final anual ni en la promoción escolar de los alumnos.

El presente cuadro representa lo antes señalado.

Asignatura con cuatro unidades y ponderación anual

Unidad Calificación Ponderación anual

Unidad 1 Calificación 1 15% a 25%

Calificación 2

Unidad 2 Calificación 3 15% a 25%

Calificación 4

Unidad 3 Calificación 5 15% a 25%

Calificación 6

Unidad 4 Calificación 7 20% a 30%

Calificación 8

TOTAL ANUAL 100%

Calificaciones por unidad

Calificaciones por unidad

Unidad 1 Unidad 2 Unidad 3 Unidad 4

Calif. 1 100% de la

unidad

Calif. 3 100% de la

unidad

Calif. 5 100% de la

unidad

Calif. 7 100% de la

unidad Calif. 2 Calif. 4 Calif. 6 Calif. 8

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Artículo 33.- Calificación con más del 50% del curso insatisfactorio

Si un curso obtiene un 50% + 1 de calificaciones insuficientes como resultado de

una evaluación sumativa, dicho resultado NO podrá ser registrado en el libro de

clases. El o la docente de asignatura y educadora diferencial, informarán a UTP,

para analizar las razones de este resultado y acordar las estrategias para el logro

de los aprendizajes y desarrollo de habilidades del estudiante. Estas estrategias

deberán ser distintas a las empleadas previamente, abordando los mismos objetivos

de aprendizaje.

Artículo 34.- Criterios para definir calificación final

Para definir la calificación final anual, se considera los siguientes criterios:

Relevancia. Dar mayor ponderación a evidencia que represente aprendizajes

más relevantes, que se deben enfatizar durante el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

Integralidad. Dar mayor ponderación a evidencia más integral por sobre

aquella más parcial o referida a aspectos específicos, es decir, evidencia que

represente el aprendizaje evaluado en su globalidad integrando sus distintas

dimensiones o que considere varios aprendizajes.

Temporalidad. En los casos en que el aprendizaje evaluado es progresivo,

dar mayor ponderación a las últimas evaluaciones, dado que el estudiante

podría evidenciar logros que representarían su nivel de aprendizaje de mejor

forma que en evaluaciones previas. No obstante, la evidencia recogida a

través de un único método y en un momento específico, no debe ser

ponderada con más del 30% de la calificación final anual.

Artículo 35.- De la calificación final anual

La calificación final anual, será expresada en nota de 1,0 a 7,0 corresponderá al

resultado de la ponderación de las calificaciones obtenidas durante el año en la

asignatura respectiva. Se expresará con un decimal y con aproximación en todas

las asignaturas del plan de estudios.

Se considerará caso especial, cuando la ponderación anual de una asignatura de

como resultado 3,94 o el promedio anual de un estudiante sea 4,44 o 4,94. Lo

anterior, en la medida que este resultado condicione la promoción o repitencia,

dándose la posibilidad de rendir una prueba especial, con carácter excluyente

respecto de la nota final obtenida, que requerirá a lo menos el 60% de logro y tendrá

un carácter aprobatorio, no superior a 4,0.

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CAPITULO 6

PARTICIPACION Y COMUNICACIÓN

Artículo 36.- Importancia de comunicar formas, criterios y evidencia evaluativa

Comunicar la evidencia Formativa es fundamental para monitorear y acompañar,

permitiendo la retroalimentación y el ajuste.

Comunicar evidencia Sumativa permite compartir información de los logros a los

docentes, estudiante y apoderados favoreciendo que todos se involucren y se

puedan establecer los desafíos.

Artículo 37.- Comunicación al estudiante de formas, criterios y evidencia

evaluativa

En cada asignatura del plan de estudios y Taller JEC Agroecológico, al inicio de

cada unidad, se comunicará al estudiante sobre los objetivos de aprendizaje y

habilidades a desarrollar, para que de esta manera tengan claridad respecto de los

que se espera que aprendan. Además, se informará sobre las formas de evaluación

formativa y sumativa y los criterios de evaluación respectivos.

En el caso de proyectos de aula, trabajos de investigación o disertaciones, el

estudiante deberá recibir al inicio de este, la pauta de evaluación respectiva. Al

tratarse de una prueba, los objetivos y contenidos, deben ser entregados al menos

con una semana de anticipación. Además, el estudiante debe ser informado de la

ponderación que cada evaluación sumativa.

Los resultados de evaluación deben ser entregados por el profesor a los estudiantes

en las sesiones de clases y dentro del plazo máximo de diez días hábiles posteriores

a la aplicación de la evaluación, siendo necesario que se analice los resultados con

el curso, detectando fortalezas y oportunidad de mejora individual y grupal y,

otorgando a los estudiantes la oportunidad para que planteen sus dudas e

inquietudes respecto de su rendimiento.

Artículo 38.- Comunicación a padres, madres y apoderados sobre formas,

criterios de evaluación y resultados

La escuela Rural Pichil, entregará al apoderado información sobre el aprendizaje de

los estudiantes, considerando la evidencia formativa y sumativa obtenida durante el

semestre y al término de él, haciendo uso de los siguientes medios:

- Información oral o escrita en reunión de apoderados

- Entrevistas de un docente, profesor jefe o directivo con el apoderado

cuando sea necesario.

- Informes de avance semestral en reuniones de padres y apoderados.

- Informe de término de semestre.

- Informe anual de evaluación y calificación

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CAPÍTULO 7

NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES E INCLUSION

Artículo 39.- Necesidades Educativas Especiales Transitorias y Permanentes

Un estudiante presenta Necesidades Educativas Especiales (NEE), cuando debido

a sus características individuales o de su contexto familiar, social o cultural, enfrenta

en la escuela barreras que le dificultan o impiden avanzar adecuadamente en su

proceso educativo, pudiendo presentarse de manera transitoria o permanente.

- Necesidades educativas especiales transitorias: cuando un estudiante

requiere apoyos especializados durante una etapa de su trayectoria escolar

que, sin embargo, al contar con las estrategias de aprendizaje adecuadas,

podrá llegar a desenvolverse sin mayores dificultades educativas.

- Necesidades educativas especiales permanentes: asociadas a un

determinado tipo de discapacidad motora, intelectual, sensorial o múltiple

que requerirá de apoyos especializados durante toda su trayectoria escolar

para favorecer su desarrollo y autonomía, pudiendo ser de mayor o menor

intensidad, dependiendo del tipo de dificultad que presenta, de sus fortalezas

o de las condiciones de su entorno familiar, escolar, cultural o social.

Artículo 40.- Programa de Integración Escolar

La Escuela Rural Pichil, cuenta Programa de Integración Escolar (PIE) desde NT1

a Octavo Básico, que en el marco de la Ley de Inclusión 20.845, adquiere un

enfoque inclusivo, procurando eliminar las barreras del contexto escolar y de

enseñanza, para educar a la diversidad de estudiantes, aportando recursos y

equiparando las oportunidades educativas, a través de la diversificación curricular,

la co- enseñanza y el trabajo colaborativo, persiguiendo los principios del Decreto

supremo de 170/99 a través de la diversificación curricular, la co- enseñanza y el

trabajo colaborativo, apoyándose con el Decreto 83/2015 para la ejecución de

adecuaciones curriculares para los estudiantes.

Artículo 41.- Evaluación diagnóstica inicial y características

Entre marzo y abril de cada año, profesionales de la educación y de la salud,

realizarán una evaluación diagnóstica inicial del estudiante y de su contexto, con el

propósito de establecer el tipo de dificultad o trastorno para acceder al PIE y los

requerimientos de apoyo educativo que presenta el estudiante, para participar y

aprender en el contexto escolar.

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30

La evaluación diagnóstica inicial tiene las siguientes características:

Integral: Considera información referida a las características, condiciones

individuales del estudiante y a su contexto educativo, familiar y comunitario,

que pudieran influir en su aprendizaje.

Interdisciplinaria: es realizada por profesionales del área psicoeducativa y de

salud, lo que permite contar con información obtenida desde distintos niveles

y ámbitos disciplinarios determinando así, los apoyos especializados que

requiere el estudiante para progresar en su desarrollo y aprendizaje.

Procedimientos, instrumentos y pruebas diagnósticas: corresponde a las

herramientas de observación y medición utilizadas por los evaluadores, para

obtener información acerca del estudiante y de su contexto, empleándose

para diagnosticar la discapacidad, trastorno o dificultad y, para definir los

apoyos educativos que requiere el estudiante.

Artículo 42.- Profesionales encargados evaluación de ingreso de estudiantes

al Programa de Integración Escolar (PIE)

Según el Decreto 170, participarán en el PIE los estudiantes que presenten

necesidades educativas especiales, ya sean de carácter transitorias como

permanentes. El diagnóstico del estudiante tiene un carácter interdisciplinario

participando profesionales del ámbito de la salud y de educación, abordando

diferentes dimensiones del estudiante.

El siguiente cuadro detalla el equipo de profesionales que debe participar del

diagnóstico de una misma necesidad, según lo establecido en el Decreto 170/99.

Diagnóstico Profesionales que emite el

diagnóstico de la

discapacidad o trastorno

Profesionales que indagan

sobre la salud general y/o el tipo

de requerimientos educativos

que presenta el estudiante.

Discapacidad

Auditiva

Médico Otorrinolaringólogo o Médico Neurólogo

Profesor de Educación Diferencial Profesor Ed. Básica

Discapacidad Visual Médico Oftalmólogo o Médico Neurólogo

Profesor de Educación Diferencial – Profesor Ed. Básica

Discapacidad

Intelectual Psicólogo

Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar Profesor de Educación Diferencial - Profesor Ed. Básica

Autismo Médico Psiquiatra o Neurólogo Psicólogo, Fonoaudiólogo, Profesor de Educación Diferencial

Disfasia Médico Psiquiatra o Neurólogo Psicólogo, Fonoaudiólogo, Profesor de Educación Diferencial - Profesor Ed. Básica

Discapacidad

multiple y

Sordoceguera

Médico Neurólogo u Oftalmólogo u Otorrino o Fisiatra

Psicólogo Profesor de Educación Diferencial- Profesor Ed. Básica

Trastorno de déficit atencional

Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar

Psicólogo y/o Profesor de Educación Diferencial o Psicopedagogo - Profesor Ed. Básica

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31

Trastorno especifico del lenguaje

Fonoaudiólogo Profesor de Educación Diferencial Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar - Profesor Ed. Básica

Trastorno especifico del aprendizaje

Profesor de Educación Diferencial o Psicopedagogo

Profesor de Educación Diferencial Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar - Profesor Ed. Básica

Coeficiente intelectual en el rango límite

Psicólogo Profesor de Educación Diferencial Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o Médico familiar - Profesor Ed. Básica

Artículo 43.- Diagnósticos de ingreso al Programa de Integración Escolar (PIE)

Según el Decreto 170, participarán en el PIE los estudiantes que presenten

necesidades especiales asociadas a los siguientes diagnósticos:

Diagnósticos asociados a NEE

Transitorias Permanentes

Trastorno de déficit atencional

Trastorno específico del

lenguaje

Trastorno específico del

aprendizaje

Rendimiento en pruebas de

coeficiente intelectual en el

rango limítrofe, con limitaciones

significativas en la conducta

adaptativa.

Discapacidad auditiva

Discapacidad visual

Discapacidad intelectual

Autismo

Disfasia

Discapacidad múltiple y

sordoceguera.

Artículo 44.- Adecuación curricular

La adecuación curricular es la respuesta a las necesidades y características

individuales de los estudiantes, cuando la planificación de clases no logra dar

respuesta a las necesidades educativas especiales que presentan los estudiantes,

que requieren ajustes más significativos para progresar en sus aprendizajes para

asegurar su participación y progreso en el sistema educativo.

Tipos de adecuaciones

curriculares

Criterios

De Acceso

Presentación de la información

Forma de respuesta

Entorno

Organización del tiempo y horario

De Objetivos de Aprendizaje

Graduación del nivel de complejidad

Priorización de objetivos de aprendizaje y

contenidos.

Temporalización

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32

Enriquecimiento del curriculum

Eliminación de aprendizajes (en última

instancia)

Artículo 45.- Responsabilidad de padres, madres y apoderados

Los padres, madres y/o apoderados al matricular, deberán informar al

establecimiento, sobre las Necesidades Educativas Especiales transitorias o

permanentes que presenten sus hijos o hijas, lo que deberá ser respaldado con

informe médico o del especialista que corresponda (educador diferencial, psicólogo,

fonoaudiólogo, neurólogo, entre otros).

CAPITULO 7

DE LA PROMOCION

Artículo 46.- Concepto de Promoción

La Promoción, será entendida como la “Acción mediante la cual el alumno culmina

favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente superior o egresando

del nivel de educación media.” (Decreto 67/2018)

Artículo 47.- Requisitos de Promoción

En la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logro de los

objetivos de aprendizaje de las asignaturas del plan de estudio y la asistencia a

clases.

1) Respecto del logro de los objetivos, serán promovidos los alumnos que:

a) Hubieren aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudio.

b) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo

un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.

c) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo

un 5.0, incluidas las asignaturas no aprobadas.

2) En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los alumnos que tengan

un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario

escolar anual.

Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los

alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean

nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las

ciencias y las artes.

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El director del establecimiento, en conjunto con el jefe técnico-pedagógico

consultando al Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos

con porcentajes menores a la asistencia requerida.

Artículo 48.- Situaciones riesgo de repitencia

El establecimiento, a través del director y el equipo directivo, analizarán la situación

de alumnos que no cumplan con los requisitos de promoción o que presenten una

calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su

aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión

de promoción o repitencia.

Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida

en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del

estudiante, su padre, madre o apoderado. Esta decisión deberá sustentarse,

además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en

colaboración con el profesor jefe, otros profesionales de la educación, y

profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje

del alumno. El informe por cada alumno, deberá considerar, a lo menos, los

siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales:

1.- El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;

2.- La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los

logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la

continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

3.- Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación

de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado

para su bienestar y desarrollo integral.

El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en

la hoja de vida del alumno.

a) Decisión de promoción y acompañamiento: focalizado, intensivo y con

seguimiento para el año siguiente

b) Decisión excepcional de repitencia y acompañamiento: focalizado, intensivo

y con seguimiento para el año siguiente

El establecimiento deberá, durante el año escolar siguiente, arbitrar las medidas

necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico de los alumnos que, según

lo dispuesto en el artículo anterior, hayan o no sido promovidos. Estas medidas

deberán ser autorizadas por el padre, madre o apoderado.

Artículo 49.- Situaciones especiales: estudiantes embarazadas

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Se considerará como situación especial los casos de estudiantes embarazadas,

cuestión que no será un impedimento para ingresar y permanecer en el

establecimiento educacional. La escuela no discriminará y otorgará las facilidades

para que la alumna continúe sus estudios. Se requerirá que los padres y/o

apoderados presenten a la Dirección de la escuela un certificado médico que

explicite el estado de salud de la estudiante. Del mismo modo, se realizarán las

adecuaciones curriculares en caso que la estudiante, no pudiera asistir

regularmente a clases por razones de salud derivadas del embarazo.

Artículo 50.- Situaciones especiales: fenómenos naturales y humanos

En caso de ocurrir situaciones especiales, como sismos, inundaciones, siniestros,

paros y otros, que implique interrupción de clases de manera sistemática durante

un tiempo prolongado, se recalendarizará el año escolar y se realizará adecuación

curricular.

Dependiendo de la duración de la situación, se implementará lo siguiente:

- De 0 a 2 semanas: no habrá modificaciones curriculares. Solamente se

realizará recuperación de clases.

- De 3 a 8 semanas: Si la situación ocurre desde marzo a septiembre, se podrá

modificar el sistema semestral a trimestral, se priorizarán objetivos de

aprendizajes y habilidades de la asignatura respectiva. Además, los

estudiantes podrán optar por cerrar el semestre con las calificaciones

obtenidas a la fecha y/o rendir una prueba especial que tendrá una

ponderación de un 30% de la nota final.

En caso que el evento ocurra desde octubre en adelante, se podrá optar por

cerrar el año escolar con las calificaciones obtenidas a la fecha y/o rendir una

prueba especial.

Cabe destacar que lo anterior quedará sujeto a las orientaciones y normativa

emanada de la autoridad competente.

Artículo 51.- Situación Final y Certificado Anual de Estudios

La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término

de cada año escolar, debiendo el establecimiento, entregar un certificado anual de

estudios que indique las asignaturas del plan de estudios, con las calificaciones

obtenidas y la situación final correspondiente.

El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el establecimiento

educacional en ninguna circunstancia.

El Ministerio de Educación, a través de las oficinas que determine para estos

efectos, podrá expedir los certificados anuales de estudio y los certificados de

concentraciones de notas, cualquiera sea el lugar en que esté ubicado el

establecimiento educacional donde haya estudiado. Lo anterior, sin perjuicio de

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disponer medios electrónicos para su emisión según lo dispuesto en el artículo 19

de la ley N° 19.880.

Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo.

CAPITULO 8

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 52.- Consultas y reclamos

Al existir dudas respecto de evaluaciones y calificaciones, consultas, reclamos,

observaciones o comentarios sobre procedimientos evaluativos, el apoderado que

lo solicite seguirá los conductos regulares que establece el Reglamento de

Convivencia Escolar, en cuanto a funciones y deberes del personal interno.

Artículo 53- Situaciones no previstas

Las situaciones no previstas en el presente Reglamento de evaluación, Calificación

y Promoción Escolar, será resuelta por la Dirección del Establecimiento, asesorada

por la Jefe de Unidad Técnico Pedagógica y el Consejo de Profesores.

Artículo 54.- Modificación y actualización del Reglamento

El Reglamento deberá será comunicado a la comunidad educativa al momento de

efectuar la postulación al establecimiento o a más tardar, en el momento de la

matrícula.

El Reglamento deberá ser cargado al Sistema de Información General de Alumnos

-SIGE- o a aquel que el Ministerio de Educación disponga al efecto.

El presente Reglamento, se encuentra sujeto a ajustes y modificaciones durante el

Primer Semestre del año Escolar 2020. Las modificaciones y/o actualizaciones,

serán informadas a la comunidad escolar mediante comunicación escrita o por su

publicación en la página web del establecimiento.

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