Reglamento DUEPS 2014

34
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creada por Ley Nro. 25265) DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y PROYECCIÓN SOCIAL HUANCAVELICA – PERÚ 2014 Aprobado con Resolución Nº ……………………..-R-UNH de fecha ……………….

description

Reglamento DUEPS 2014

Transcript of Reglamento DUEPS 2014

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA(Creada por Ley Nro. 25265)

DIRECCIN UNIVERSITARIA DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL

HUANCAVELICA PER

2014

Aprobado con Resolucin N ..-R-UNH de fecha .

UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA

DIRECCIN UNIVERSITARIA DE EXTENSIN PROYECCIN SOCIAL

Dra. ZEIDA PATRICIA HOCES LA ROSARectora

PhD. AGUSTIN PERALES ANGOMAVicerrector Acadmico

Msc. Ing. RICARDO ADOLFO CORTAVARRIA LINARESVicepresidente Administrativo

Dra. MARISOL SUSANATA TAPIA CAMARGO Directora Universitaria de Extensin y Proyeccin Social

Lic. Adm. LUZ ANGELICA HUAMAN OLARTE Secretaria de la DUEPS

EQUIPO RESPONSABLE

PhD. AGUSTIN PERALES ANGOMAVicerrector Acadmico

Dra. MARISOL SUSANATA TAPIA CAMARGO Directora Universitaria de Extensin y Proyeccin Social

Lic. Adm. LUZ ANGELICA HUAMAN OLARTE Secretaria de la DUEPS

CONTENIDOCAPITULO I. GENERALIDADES3CAPITULO II. BASES LEGALES3CAPITULO III. MODALIDADES DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL3CAPITULO IV. EXTENSIN UNIVERSITARIA5CAPITULO V. PROYECCIN SOCIAL7CAPITULO VI. DE LOS EJECUTORES Y ASESORES DE LOS GRUPOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL DE ESTUDIANTES Y EGRESADOS8CAPITULO VII. DE LOS EJECUTORES DE LOS GRUPOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL DE DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS9CAPITULO VIII. DE LOS BENEFICIARIOS DE LA EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL10CAPITULO IX. GENERACIN Y EVALUACIN DE PROYECTOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL.10CAPITULO X. DE LA EJECUCIN DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL12CAPITULO XI. DE LA PRESENTACIN DE LOS INFORMES FINALES13CAPITULO XII. DEL RECONOCIMIENTO Y CERTIFICACIN DEL TRABAJO DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL14CAPITULO XIII. DE LA EVALUACIN, INCENTIVOS Y SANCIONES15CAPITULO XIV. DISPOSICIONES FINALES16Anexo 1. Esquema de proyecto17Anexo 2. Esquema de informe de avance parcial19Anexo 3. Esquema de informe final20Anexo 4. Exigencias de redaccin de los proyectos e informes21

REGLAMENTO PARA TRABAJOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL

CAPITULO I. GENERALIDADESArtculo 1. El presente reglamento establece las normas que regulan el proceso de formulacin, ejecucin, supervisin y evaluacin de trabajos de Extensin Universitaria y Proyeccin Social. Artculo 2. Las normas que establece el presente reglamento, alcanza al personal docente, estudiantes, egresados y administrativos.Artculo 3. El Consejo Extensin Universitaria y Proyeccin Social (CEUPS) de la UNH., asume la responsabilidad como mximo rgano de gestin y evaluacin, monitoreo del financiamiento y ejecucin de los Proyectos

CAPITULO II. BASES LEGALESArtculo 4.El presente reglamento se sustenta en las siguientes disposiciones legales. Constitucin Poltica del Per Ley Universitaria No. 23733 Estatuto de la UNH Reglamento de Organizacin y Funciones de la DUEUPS. Ley N 28411, Ley General del Sistema del Presupuesto Ley N 28562, Ley que autoriza Crdito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ao fiscal 2005 Articulo 12. Ley N 3914, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ao Fiscal 2014. Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Legislativo N 29873, Ley que modifica el Decreto Ley N 1017. Decreto Legislativo N 822, Ley sobre el Derecho de Autor. Decreto Legislativo N 823, Ley de Propiedad Industrial. Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa de Remuneraciones del Sector Publico. Decreto Supremo N 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones. Decreto Supremo N 138-2012-EF, que modifica el Decreto Supremo 184. Normas Aplicables

CAPITULO III. MODALIDADES DE LA RESPONSABILIDAD SOCIALArtculo 5.La funcin de responsabilidad social de la Universidad se cumple en (02) dos modalidades especficas, que pueden ser libremente elegidas o realizadas por los docentes, estudiantes, egresados y administrativos de la Universidad. Extensin Universitaria Proyeccin Social Artculo 6.La Extensin Universitaria es una funcin bsica de la Universidad que tiene por finalidad, propiciar y establecer procesos permanentes de interaccin e integracin con las comunidades para asegurar su presencia en la vida socioeconmica y cultural del pas, orientado a ofrecer alternativas de solucin de problemas y necesidades de los grupos de inters La Extensin Universitaria comprende actividades de educacin permanente a travs de cursos seminarios y dems programas destinados a la difusin de conocimientos, intercambio de experiencias, tendiendo a procurar el bienestar general y la satisfaccin de necesidades de la sociedad. Artculo 7.Proyeccin Social es el proceso orientado a la articulacin de la universidad con sociedad, que puede ser formal o informal hacia la comunidad local, regional o nacional a travs de presentaciones culturales: conferencias, danzas, exposiciones representaciones teatrales emisiones radiales siempre y cuando estn dirigidos a la comunidad extrauniversitaria. La prestacin de servicios a sectores marginados deber ser sin fines de lucro; Artculo 8.Criterios de actuacin de la Extensin Universitaria y Proyeccin Social de la Universidad son: POLTICAS DE EXTENSIN Y PROYECCIN SOCIALCooperativo.La Universidad disear y desarrollar, de manera cooperada entre sus diferentes unidades, propuestas que respondan a las demandas que le hagan los contextos local, regional y nacional.Articulacin.En la Universidad la Extensin Universitaria y Proyeccin Social, se vincula con la formacin pertinente y con la investigacin, a partir de la sistematizacin y transferencia de las experiencias logradas por las unidades acadmicas, y valida acciones interdisciplinarias conjuntas que evidencian la dinmica de los programas acadmicos y el fortalecimiento de las cadenas curriculares.Calidad.Los programas y proyectos de Proyeccin Social y Extensin Universitaria debern garantizar el cumplimiento de los estndares y condiciones definidos en el Sistema de Gestin de Calidad del CONEAU y de la Universidad.Impacto.Los programas y proyectos prevern y medirn su impacto, de acuerdo con los objetivos establecidos para el sistema y, su concrecin en el plan estratgico de la Universidad.Interculturalidad.La Extensin Universitaria y Proyeccin Social se dirigirn prioritariamente a fortalecer la identidad de los huancavelicanos y su desarrollo como regin, el respeto a las diferentes culturas regionales y locales y su incorporacin en la sociedad global.Enfoque comunitario.La Extensin Universitaria y Proyeccin Social privilegian el enfoque comunitario, al priorizar el trabajo con organizaciones comunitarias, el reconocimiento de los saberes propios, la identificacin de las potencialidades comunitarias, el respeto por la autonoma y la concertacin para la intervencin, en la perspectiva de la promocin y fortalecimiento de las expresiones comunitarias.Artculo 9.Las lneas de accin de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, son las siguientes:Educacin y Desarrollo HumanoGestin y Liderazgo Empresarial. En esta lnea se inscribirn los programas y proyectos que estn orientados a la promocin de la salud, educacin, convivencia, a la constitucin de redes de paz, y a la promocin de las capacidades humanas.Prevencin y Promocin de la Salud.En esta lnea se inscribirn los programas que realicen actividad de prevencin de la enfermedad y promocin de la salud.Ingeniera para el Desarrollo.En esta lnea se inscribirn los programas y proyectos que aporten y construyan, que coadyuven con el desarrollo del departamento y del pas a travs de acciones de ingeniera en las diferentes escuelas.

CAPITULO IV. EXTENSIN UNIVERSITARIAArtculo 10.La Extensin Universitaria es una funcin bsica de la Universidad estn orientados a contribuir a la divulgacin de conocimientos investigaciones y otras labores del quehacer universitario.Artculo 11.En la modalidad de extensin universitaria, el proyecto tendr una duracin mnima de dos semestres acadmicos.Artculo 12.Dentro de esta modalidad de Extensin Universitaria podemos considerar las siguientes: Capacitacin Tcnica y la Formacin profesional. Difusin y publicaciones Extensin universitaria culturalArtculo 13.La Capacitacin Tcnica y la Formacin profesional comprenden dos niveles de accin: Programas de capacitacin: Los programas de capacitacin tienen una duracin no menor de dos semestres o su equivalente a 40 horas. Los programas de formacin profesional Tcnica en carreras cortas o especializacin se desarrollaran en periodos mayores a 180 horas lectivas cada evento.Artculo 14.La formacin y capacitacin tcnica que son organizados y administrados por las Facultades, se basaran en un proyecto aprobado por Consejo de Facultad. Estos programas son autofinanciados. Las Facultades proporcionaran el personal docente, laboratorios y talleres que se requieren.Artculo 15.Cuando la Formacin y Capacitacin Tcnica requiera de especialistas que la Universidad no puede ofrecer, se procede al contrato de personal externo, por servicios profesionales y periodos fijos.Artculo 16.El uso de los recursos econmicos generados por esta modalidad de Formacin y Capacitacin Tcnica, corresponden a los objetivos sealados en el Proyecto inicial; no podr, ser usados en gastos no programados.Artculo 17.Las actividades de difusin y publicaciones, pueden ser: Difusin radial, TV y otros. Consultorio Universitario. Ferias universitarias. Programas de asesoramiento. Publicacin de libros, revistas, folletos textos y otros. Realizacin de seminarios, debates, conversatorios y otros.Artculo 18.Los documentos elaborados como parte del cumplimiento de actividades de Extensin Universitaria (libros, boletines, textos, revistas y otros) sern sometidos a evaluacin antes de su publicacin. Para tal se designara una Comisin en nmero de tres, siendo dos especialistas en el rea y un especialista en lingstica.Artculo 19.La Extensin Cultural es una actividad que contribuye a forjar la identidad nacional, los avances y aportes de la cultura universal; asimismo, comprende acciones de recopilacin, revaloracin y difusin de los valores culturales regionales y nacionales, as como, el fomento de la creacin de nuevas formas de expresin cultural, que contribuye al fortalecimiento de una identidad nacional, sobre la base de nuestras propias races histricas e incorporando los avances y aportes de la cultura universal.Artculo 20.La Extensin Cultural tiene por finalidad el desarrollo de una cultura en forma y en contenido regional y nacional de carcter cientfico y democrtico que responde a la realidad histrica de nuestros pueblos.Artculo 21.La extensin cultural se realiza a travs de la conformacin o participacin en los grupos de Extensin Universitaria Cultural y pueden ser los siguientes: Centro cultural Universitario (CECUNH) Talleres de danza y msica (TADMUNH) Tuna Universitaria Teatro Universitario Banda de msica Coros Universitarios Orquesta de cmaraCuyas actividades podrn ser:1. Festival de danzas2. Encuentro de tunas3. Festival segn calendario de das de reconocimientos: Agua, Papa, Biodiversidad4. Centro y desarrollo de competencias profesionales: Salud, legal, Imagen, Educacin y EmpresarialArtculo 22.En esta modalidad los estudiantes de las distintas Escuelas Acadmico Profesionales sin excepcin se inscribirn a partir del primer semestre acadmico y debern permanecer en dicha actividad por lo menos cuatro semestres acadmicos.Artculo 23.Los Grupos de Extensin cultural presentaran sus informes despus de cada actividad donde se presenten, informes parciales al trmino de los 02 semestres y el informe final al trmino del cuarto semestre.Artculo 24.Los Grupos de Extensin cultural contaran con instructores que pueden ser docentes, no docentes o estudiantes que dominan la disciplina, se aceptara el voluntario de los egresados que hayan participado en las reas correspondientes.Artculo 25.Los Grupos de Extensin Cultural que representen a la Universidad en eventos de competencia, ser acreditado por la DUEPS-UNH basndose en una evaluacin previa; nadie puede atribuirse el derecho de representacin a ttulo personal.Artculo 26.Cada Grupo de Extensin Cultural, se regir por su Reglamento Interno, con la asesora y supervisin de la DUEPS.Artculo 27.En el caso de la participacin de la banda, la solicitud ser presentada a la DUEPS 10 das antes del evento y con el cumplimiento del compromiso de la donacin das antes de la presentacinArticulo 28.La finalidad de los Grupos de Extensin cultural, es promover y reafirmar nuestra identidad cultural, partiendo de la diversidad cultural, promoviendo a la vez la investigacin, sistematizacin, proteccin y apoyo en la preservacin del medio ambiente, promocin y difusin de la cultura viva.Artculo 29. Los Grupos de Extensin Cultural interfacultativos son dependientes de la DUEPS y los grupos de Extensin cultural de una Facultad dependern del Centro de Extensin y Proyeccin Social; estar a cargo de un presidente o Director de acuerdo a su organizacin.Artculo 30. Cada Grupo de Extensin Cultural realizara convocatorias para nuevos integrantes de acuerdo a las vacantes programadas en forma anual, pudiendo cada grupo estar conformado por 30 integrantes como mximo, con excepcin de la Banda de Msica y Coros Universitarios quien podr conformar de acuerdo a su requerimiento.Artculo 31. Los Grupos de Extensin cultural, tiene el derecho y deber de trabajar, con gestin autnoma siendo totalmente autnomos en sus decisiones y acuerdos tomados.

CAPITULO V. PROYECCIN SOCIALArtculo 32. Proyeccin Social es el proceso orientado a la articulacin de la sociedad y la universidad, brindar los servicios profesionales a la comunidad, dependiendo de los objetivos del proyecto, mediante la prestacin de servicios y la transferencia de la tecnologa, con el fin de consolidar la produccin; teniendo una duracin mnima de seis (06) meses.Artculo 33. La DUEPS-UNH crea y mantiene actualizado un Banco de Oferta Tecnolgica que contiene la ficha tcnicas de las posibilidades de servicio cientfico tcnico que ofrecen las distintas carreras profesionales de la Universidad. El Banco de Oferta Tecnolgica puede ser tambin utilizado para prestacin de servicios remunerados cuando la institucin solicitante se comprometa.Artculo 34. El convenio o la carta de intencin especifican las funciones, atribuciones, derechos y obligaciones de ambas instituciones; as como, los costos mnimos en insumos que debe cubrir la institucin solicitante.Artculo 35. Las organizaciones solicitantes debern acreditar a uno o ms representantes, sealando domicilio legal, para las coordinaciones durante el tiempo que dure el trabajo.Artculo 36. Los trabajos de Proyeccin Social desarrollada en las comunidades, requiere de la firma de un convenio cuando se trata de proyectos de gran envergadura y de una carta de compromiso o intencin, cuando se trata de proyectos especficos y puntuales.Artculo 37. La captacin y destino de las rentas producidas por las actividades en Proyeccin Social son reglamentados por un Reglamento Interno elaborado por el mismo grupo.Articulo 38. Se debern articular la investigacin con los proyectos de proyeccin social a ofertar servicios profesionales, que a la vez permitirn desarrollar competencias profesionales.

CAPITULO VI. EJECUTORES Y ASESORES DE LOS GRUPOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL DE ESTUDIANTES Y EGRESADOS Artculo 39.Los proyectos de Extensin y Proyeccin Social sern presentados en dos oportunidades: al inicio de ciclo impar hasta dos meses de iniciado (debe llegar en este tiempo a la DUEPS)., en el ciclo par, hasta dos meses de iniciado. A excepcin de la Facultad de Ciencias Agrarias que se ajustaran las presentaciones de acorde a las campaas agricolas.Articulo 40. Son ejecutores de los trabajos de Extensin universitaria y Proyeccin Social los estudiantes, docentes, personal administrativo, y egresados que no hayan cumplido oportunamente con esta labor.Artculo 41. Los estudiantes participan en proyectos de extensin universitaria y de proyeccin social relacionados con el proyecto educativo. Los estudiantes estn obligados a cumplir con las actividades de Extensin Universitaria y Proyeccin Social en cualquiera de las modalidades a partir del V Ciclo Acadmico, excepto en la modalidad de Extensin Universitaria de tipo sociocultural, en las cuales pueden iniciarse desde el I Ciclo Acadmico.Artculo 42. Cuando los ejecutores pertenecen a una sola E.A.P. sern considerados como Grupos Monovalentes y dependern directamente del rea de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, estar conformado por 08 (ocho) integrantes como mximo y 02 (dos) integrantes como mnimo, asesorados como mximo por 02 (dos) docentes, excepcionalmente un estudiante podr ejecutar de manera individual su proyeccin social, previo anlisis y aprobacin del Consejo de Facultad.Artculo 43. Cuando los ejecutores pertenecen a dos o ms E.A.Ps., de una misma Facultad sern considerados como Grupos Polivalentes y dependern directamente del Centro de Extensin universitaria y Proyeccin Social, estar conformado por 10 (diez) integrantes como mximo y 05 (cinco) integrantes como mnimo, asesorados como mximo por 02 (dos) docentes. Artculo 44. Cuando los ejecutores pertenecen a dos o ms E.A.Ps., de diferentes Facultades sern considerados como Grupos Interfacultativos y dependern directamente del Centro de Extensin y Proyeccin Social de la Facultad en el que el nmero de ejecutores sea mayor o tenga mayor afinidad con el trabajo; y estar conformado por 12 (doce) integrantes como mximo y 08 (ocho) integrantes como mnimo, asesorados como mximo por 02 (dos) docentes, que pueden ser adscritos a diferentes departamentos acadmicos. Artculo 45. Los grupos de Extensin universitaria o Proyeccin Social, se organizaran con una Junta Directiva que comprende tres cargos: un Presidente, un Tesorero(a) y un Secretario(a). Salvo casos excepcionales.Artculo 46. Son funciones de los ejecutores: Elaborar el Proyecto y su reglamento interno, aperturar el libro de caja y actas previamente legalizadas antes de su uso, cumplir con responsabilidad y eficiencia la ejecucin del proyecto; presentar (02) dos informes parciales y el informe final. Artculo 47. Los asesores sern preferentemente docentes nombrados, por excepcin podr ser asesores, docentes contratados a Dedicacin Exclusiva y a Tiempo Completo, adscritos a un Departamento Acadmico y/o Facultad, quienes debern firmar un compromiso de cumplimiento de su labor. No podrn ser Asesores los Jefes de Practica de acuerdo a la Ley y Estatuto Universitario pero pueden ser considerados como colaboradores del proyecto. Artculo 48. Un docente podr asesorar como mximo a dos grupos de Extensin y Proyeccin Social simultneamente en cualquiera de las modalidades.Artculo 49. La nominacin de uno de los asesores puede ser a eleccin de los grupos; y el otro asesor ser nominado por el Jefe de Centro en forma equitativa entre los docentes.Artculo 50. Son funciones de los Asesores: Orientar en la elaboracin del Proyecto de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, monitorear el cumplimiento de las actividades programadas, elaboracin de informes parciales e informes finales, y estar presente en las labores y actividades programadas por el Grupo; el cual ser supervisado por los Jefes de Centros de las Facultades, el cumplimiento de la asesora ser reconocido una vez concluido el proyecto con acto resolutivo de cumplimiento valido para la evaluacin del desempeo docente.

CAPITULO VII. EJECUTORES DE LOS GRUPOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL DE DOCENTES Y ADMINISTRATIVOSArtculo 51. La labor de Extensin universitaria y Proyeccin Social de los docentes podrn ser cumplidos en grupos: Monovalentes, Polivalentes e Interfacultativos de acuerdo a los objetivos planteados en el proyecto aprobado.Artculo 52. El personal administrativo realizar la labor de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, como trabajo voluntario, sin comprometer el horario normal de trabajo diario que est obligado a cumplir.Artculo 53.Podrn realizar actividades de Extensin Universitaria y Proyeccin Social los docentes en un mnimo de (02) dos en los diversos tipos de grupos. CAPITULO VIII. BENEFICIARIOS DE LA EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIALArtculo 54.Son beneficiarios de la atencin de la Universidad a travs de Extensin Universitaria y Proyeccin Social; los centros pilotos institucionalizados como: Organizaciones urbanas, rurales y de base de los centros pilotos instituidos. Instituciones estatales y privadas como: educativas, salud, medio ambientales, municipales y otros. Instituciones de carcter social: asilo de ancianos, aldeas infantiles y otros. Organizaciones empresariales cuya capacidad econmica le permite financiar el costo del servicio; en este caso la Universidad ofrece la garanta de cumplimiento, calidad y precios competitivos con el mercado. Otros que requieran los servicios siempre y cuando cumplan los planes y objetivos de la DUEPS.Artculo 55.Es responsabilidad de la Universidad identificar las necesidades de la poblacin y considerarlos como beneficiarios. Y cuando lo requiera la comunidad, cumpliendo los procesos establecidos para este fin.Artculo 56.Si la poblacin requiere del servicio, debern solicitar especificando las actividades que se requiera realizar, debidamente fundamentadas. Artculo 57.El solicitante debidamente representado y la DUEPS. Firmarn una carta de compromiso o intencin, delimitando las obligaciones y atribuciones de ambos organismos. En proyectos de gran envergadura o cuando se compromete recursos econmicos de cualquier fuente de financiamiento, la accin de Extensin Universitaria y Proyeccin Social requiere la firma de un convenio firmado por el Rector.

CAPITULO IX. GENERACIN Y EVALUACIN DE PROYECTOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIAL.Artculo 58.Los proyectos pueden ser cursos de capacitacin, entre otras actividades realizadas en beneficio de la sociedad. Prestacin de bienes y servicios, promocin y difusin del arte y cultura, entre otras actividades realizadas en beneficio de la sociedad.Artculo 59.El cumplimiento de las actividades de Extensin Universitaria y Proyeccin Social tanto de docentes como de estudiantes y trabajadores no docentes, requiere de la inscripcin del proyecto, en cualquiera de las dos modalidades, la presentacin de informes parciales y entrega del informe final. Articulo 60.Cada Facultad determinaran Centros Pilotos para desarrollar proyectos de Extensin y Proyeccin Social.Articulo 61.Del 100 por ciento de proyectos a ejecutarse, el 30% debern ser proyectos de implementacinArtculo 62.La entrega de proyectos de los grupos monovalentes sern en nmero de 04 (cuatro) de los cuales el original ser remitido a la DUEPS adjuntando la resolucin del Decanato, de aprobacin respectiva, 01 (un) ejemplar se remitir al rea de EPS, 01 (un) ejemplar al CEPS respectivo, 01 (un) ejemplar para el Grupo Monovalente.Artculo 63.La entrega de proyectos de los grupos polivalentes sern en nmero de 03 (tres) de los cuales el original ser remitido a la DUEPS adjuntando su resolucin de aprobacin respectiva del Decanato, 01 (un) ejemplar se remitir al CEPS correspondiente y 01 (un) ejemplar para el Grupo Polivalente.Artculo 64.El proyecto comprender las siguientes partes (anexo ) como mnimo (presentado en espiralado).Artculo 65.La entrega de proyectos de los grupos interfacultativos sern entregados 01 (un) original que ser remitido a la DUEPS y tantas copias como facultades integre el grupo Interfacultativo para su remisin correspondiente a cada CEPS.Artculo 66.Requisitos para la inscripcin del proyecto.1. Solicitud dirigida al Jefe de rea o Jefe de Centro, segn el tipo de constitucin de grupo.2. Presentacin de ejemplares del proyecto:2.1. Grupo monovalente: 04 ejemplares espiralados2.2. Grupo polivalente: 03 ejemplares espiralados2.3. Grupo interfacultativo: Varia segn en nmero de facultades participantes3. Archivo digital en CD debidamente rotulado4. Resolucin de aprobacin del Proyecto5. Boucher por derecho de tramiteArtculo 67.Requisitos para la inscripcin del Informe Final.1. Solicitud dirigida al Jefe de rea o Jefe de Centro, segn el tipo de constitucin de grupo.2. Presentacin de ejemplares del informe final:2.1. Grupo monovalente: 04 ejemplares 2.2. Grupo polivalente: 03 ejemplares 2.3. Grupo interfacultativo: Varia segn en nmero de facultades participantes3. Archivo digital en CD debidamente rotulado4. Resolucin de aprobacin del Informe Final5. Boucher por derecho de tramiteArtculo 68.Procedimientos para la inscripcin y aprobacin del proyecto:a) El Presidente del grupo solicita al Centro de Extensin de extensin y Proyeccin Social o al rea de Extensin y Proyeccin Social de la Facultad la revisin de proyecto. Adjunta los requisitos.b) El Centro o rea de Extensin y Proyeccin Social de la escuela Acadmico Profesional o Facultad, registra el proyecto..c) El decano autoriza la emisin de la resolucin de designacin de asesor, jurados y aprobacin de proyecto.La revisin del proyecto ser segn:MonovalentePolivalenteInterfacultativo d) El secretario docente emite la resolucin entrega un ejemplar de la resolucin y proyecto al grupo, quienes deben iniciar la ejecucin del proyecto de extensin o proyeccin entrega un ejemplar de la resolucin al Centro de extensin universitaria y proyeccin social de la Facultad conjuntamente con un ejemplar del proyecto y el CD. El Centro de extensin universitaria y proyeccin social de la Facultad registra la aprobacin del proyecto en el SISTEMA y archiva la documentacin. Entrega a la DUEPS para su registroe) El proyecto revisado y corregido con el visto bueno del Jefe de rea es elevado al Centro de Extensin y Proyeccin Social en no mayor de 24 horas.f) El jefe de Centro con su visto bueno, lo remite al Decano solicitando su aprobacin va Resolucin del Decanato.

CAPITULO X. EJECUCIN DE LOS PROYECTOS DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIALArtculo 69.Se establece un sistema que realiza el seguimiento del avance de la ejecucin de los proyectos de extensin y proyeccin, desde su aprobacin hasta su finalizacin, para las medidas correctivas correspondientes y, cuando corresponda, la ejecucin de la inversin de la Universidad.Artculo 70.Los ejecutores debern de iniciar la ejecucin del proyecto a partir del da siguiente de la aprobacin con acto resolutivo del Decano. En caso de que un integrante se retire del proyecto deber de presentar su renuncia ante el grupo mediante una carta notarial, e informe a las respectivas instancias para su conocimiento y ser aprobado en consejo de Facultad.Artculo 71.En caso de presentarse algn obstculo en la ejecucin del proyecto; el grupo con el visto bueno del asesor (es) podr solicitar por nica vez una ampliacin en el cronograma, por un perodo no mayor de 06 (seis) meses, el que debe ser aprobado con una resolucin del Consejo de Facultad.Artculo 72.Ser responsabilidad del Presidente de los Grupos Interfacultativos, Polivalentes y Monovalentes, velar por el desarrollo del proyecto, as mismo informar oportunamente la suspensin o abandono de uno o ms integrantes (en caso de problemas de salud o reserva de matrcula), al Jefe del Centro de Extensin y Proyeccin Social de su Facultad; y en coordinacin con los asesor(es), deben elevar al Consejo de Facultad para su aprobacin; caso de no realizar, se proceder a la sancin de acuerdo al Reglamento de la DUEPS.Artculo 73.Los informes parciales, se presentaran cada 02 (dos) meses segn cronograma de actividades de grupo, en dos ejemplares, el cual ser remitido al rea o Centro de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, dependiendo del grupo de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, y otro al grupo de Extensin Universitaria y Proyeccin Social. La presentacin de Los informe parciales ser segn esquema (Anexo N. ).Artculo 74.El plazo mximo para la entrega del informe final ser (03) meses despus de haber concluido su labor de Extensin y Proyeccin Social debern ser remitidos a los JAEPS. Estos remitirn a los JCEPS, elevaran el informe final a la DUEPS, acompaado de la respectiva resolucin de Consejo de Facultad y con el visto bueno del Jefe del Centro. Considerando que la Resolucin podr ser emitida solo por el Decano.

CAPITULO XI. PRESENTACIN Y APROBACIN DE LOS INFORMES FINALESArtculo 75.La entrega de informes finales de los grupos monovalentes sern en nmero de 04 (cuatro) de los cuales el original ser remitido a la DUEPS adjuntando la resolucin de aprobacin respectiva, 01 (un) ejemplar se remitir al rea de EPS, 01 (un) ejemplar al CEPS respectivo, 01 (un) ejemplar para el Grupo Monovalente.Artculo 76.La entrega de informes finales de los grupos polivalentes sern en nmero de 03 (tres) de los cuales el original ser remitido a la DUEPS adjuntando su resolucin de aprobacin respectiva, 01 (un) ejemplar se remitir al CEPS correspondiente y 01 (un) ejemplar para el Grupo Polivalente.Artculo 77.Los Grupos Culturales, presentaran en su informe final como mnimo de 15 certificados de participacin por cada integrante.Artculo 78.El informe se deber elaborar segn el esquema (anexo).Artculo 79.Los informes finales sern empastados de acuerdo a lo siguiente: Facultad de Ciencias de Ingeniera: Verde Facultad de Educacin: Marrn Facultad de Ciencias Empresariales: Azul Marino E.A.P. de Derecho y Ciencias Polticas: Negro E.A.P. de Obstetrcia: Guindo Facultad de Enfermera: Blanco Facultad de Ingeniera de Minas y Civil : Celeste oscuro Facultad de Ciencias Agrarias : Verde petrleo Facultad de Ingeniera Electrnica y sistemas: Azul elctrico Grupos Culturales: AzulArtculo 80.Procedimiento de aprobacin de informe final.a) El grupo solicita al Centro de la Facultad o rea de EAP la revisin de informe final de extensin universitaria o de proyeccin social para ello adjunta los requisitos.b) El Centro de Investigacin de la Facultad o el rea de la EAP registra el informe c) La revisin y aprobacin es de acuerdo a lo siguiente: Los informes finales de los grupos monovalentes sern revisados por el Jefe de rea respectiva y remitido al Jefe de Centro para su aprobacin; el mismo que deber elevar al Consejo de Facultad para su aprobacin mediante acto Resolutivo (de la Facultad de mayor numero de estudiantes que participa). Los Informes finales de los grupos polivalentes e Interfacultativos sern revisados y aprobados por el Jefe de Centro, el mismo que deber elevar al Consejo de Facultad para su aprobacin mediante acto Resolutivo, d) El Decano autoriza al secretario docente para su verificacin del expediente.e) El secretario docente deriva el expediente al Consejo de Facultad para su aprobacin del informe y propuesta de otorgamiento de certificado.f) El Decano distribuye el expediente de la siguiente manera: Archiva el expediente y un ejemplar como sustento de la resolucin Entrega un ejemplar de la resolucin e informe al grupo, quienes deben iniciar el trmite de certificacin del trabajo de extensin o proyeccin Entrega un ejemplar de la resolucin al Centro de extensin universitaria y proyeccin social de la Facultad conjuntamente con un ejemplar del informe y el CD. El Centro de extensin universitaria y proyeccin social de la Facultad registra la aprobacin del proyecto en el SISTEMA y archiva la documentacin. Entrega un ejemplar de la resolucin a la DUEUPS DE LA UNH conjuntamente con un ejemplar del informe y el CD. El Centro de extensin universitaria y proyeccin social de la Facultad registra la aprobacin del proyecto en el SIGU y archiva la documentacin.Artculo 81.Para ser remitidos al Consejo de Facultad la contra caratula debe contar con la aprobacin y visto bueno del Jefe del rea y Jefe de Centro de Extensin Universitaria y Proyeccin Social, as mismo para ser remitido al DUEPS debe adjuntar la respectiva resolucin del informe final.

CAPITULO XII. CERTIFICACIN DEL TRABAJO DE EXTENSIN UNIVERSITARIA Y PROYECCIN SOCIALArtculo 82.La certificacin por el cumplimiento de los trabajos de Extensin Universitaria y Proyeccin Social de docentes y trabajadores no docentes, con fines de evaluacin y promocin es atribucin de la DUEPS, previo informe de los Centros de Extensin Universitaria y Proyeccin Social correspondiente.Artculo 83.Los integrantes de los grupos, para obtener su certificado de haber realizado Extensin Universitaria y Proyeccin Social debern adjuntar los siguientes requisitos y el trmite es individual (el certificado ser enumerado y contendr el nmero de Resolucin): Solicitud dirigida al Director Universitario (sede central) y al jefe del centro de la facultad en el caso de las sedes de Acobamba, Lircay y Pampas. Una fotografa tamao carn (A colores con fondo blanco, con terno). Recibo de pago por derecho de certificacin y Recibo de pago por derecho de trmite.Artculo 84.Procedimiento para la obtencin de la certificacin1. Entrega de la solicitud adjuntando los requisitos2. En un lapso no mayor de tres das esta registrado, tanto el proyecto como el informe, ser expedido el certificado, cuando se contar con el sistema ser en un tiempo menor. El director o jefe segn el caso expide el certificado de haber realizado Extensin Universitaria y Proyeccin Social Articulo 85.En caso de las EAP de las sedes de Pampas, Acobamba y Lircay podrn expedir los certificados, previa verificacin con la DUEPS, hasta que se cuente con una base de datos propia o entre en funcionamiento el sistema de registro y evaluacin de los proyectos e informe de extensin y proyeccin social.

CAPITULO XIII. EVALUACIN, INCENTIVOS Y SANCIONESArtculo 86.El sistema de evaluacin de las actividades de extensin universitaria y proyeccin social promueve la generacin de proyectos y contribuye a su formalizacin y posible financiamiento.Artculo 87.Los trabajos de Extensin Universitaria y Proyeccin Social realizadas sern materia de evaluacin al trmino del mismo. La Evaluacin estar a cargo de la dependencia inmediata de acuerdo al organigrama estructural. Artculo 88.La evaluacin comprende los siguientes aspectos: Cumplimiento de los objetivos y metas planteadas. Trascendencia de la actividad para los beneficiarios. Calidad del trabajo y actividades realizadas. Nivel de sustento Terico y Prctico. Asistencia regular a las labores programadas. Cumplimiento del presente reglamento. Segn los formatos de evaluacin preestablecidas (Anexos)Artculo 89.Los trabajos que sobresalgan por su calidad, su significacin para el desarrollo cultural de la regin o el desarrollo econmico social de la organizacin atendida o por la pulcritud del manejo tcnico cientfico o la trascendencia del logro respecto a su nivel de competitividad sern merecedores del reconocimiento por Resolucin emitida por el Decano o el Rector de la UNH, segn su importancia.Artculo 90.La interrupcin de la ejecucin de un proyecto deber ser informado inmediatamente, para evitar ser declarado en abandono. Los Jefes de Centros y reas de Extensin Universitaria y Proyeccin Social de las EAPs harn evaluacin al trmino de cada semestre declarando en abandono a los proyectos cuyo porcentaje de avance no llegue al 50% de lo programado para dicho perodo, o estn desfasados en su cronograma establecido.Artculo 91.Los proyectos que no aprueben la evaluacin sern sancionados de acuerdo a los siguientes criterios:a) El grupo cuyo avance en la evaluacin de proceso no alcance el 80% de lo programado deber reajustar su cronograma y ser sancionado con amonestacin por el Jefe rea o Centro de su Facultad; en caso de reincidencia ser amonestado por el Consejo de Facultad y/o la Direccin Universitaria de Extensin Universitaria y Proyeccin Social.b) El grupo cuyo proyecto ha sido declarado en abandono ser disuelto y sus miembros sancionados con la inhabilitacin para realizar labor de Extensin Universitaria y Proyeccin Social por dos aos acadmicos; debiendo informarse a las instancias pertinentes para conocimiento y dems fines.c) El estudiante, docente, administrativo, egresado y asesor(es) que no cumplan con las actividades programadas o infrinjan su Reglamento Interno del grupo, sern sancionados con la inhabilitacin para realizar labor de Extensin Universitaria y Proyeccin Social por espacio de dos aos acadmicos como mnimo por la respectiva instancia o DUEPS.Artculo 92.Cualquier acto indecoroso o inmoral ocasionado por los grupos de Extensin Universitaria y Proyeccin Social en perjuicio de las instituciones beneficiadas e imagen de la Universidad, sern sancionados con amonestacin, inhabilitacin o sometido a proceso disciplinario, segn la gravedad de la falta, solicitado por el Jefe del rea, Centro de Extensin Universitaria y Proyeccin Social y /o la DUEPS.Artculo 93.Las faltas no contempladas en el presente Reglamento sern sancionadas por el Consejo de Extensin Universitaria y Proyeccin Social.

CAPITULO XIV. DISPOSICIONES FINALESPrimera.La produccin intelectual de los estudiantes y docentes a travs de sus expresiones artsticas y culturales est normada y con procedimientos para su reconocimiento dentro de la Universidad y, cuando sea el caso, para gestionar su registro ante el INDECOPI u otros organismos internacionales.Segunda.Los proyectos e informes que no hayan sido concluidos en su ejecucin hasta su aprobacin del presente reglamento sern evaluados con el reglamento anterior.Tercera.Los casos no previstos en el presente Reglamento, ser resuelto por el Consejo de Facultad, de ser casos complejos por el Consejo Universitario.Cuarta.Quedan derogadas expresamente a partir de la vigencia del presente Reglamento, las normas legales que limiten, impidan o se opongan al cumplimiento del presente Reglamento. Quinta.El presente Reglamento entrar en vigencia a partir de la fecha de su aprobacin por el Consejo Universitario.

Anexo 1. Esquema de proyectoEl proyecto comprender las siguientes partes como mnimo Caratula:-Universidad Nacional de Huancavelica.- Centro de Extensin y Proyeccin Social de la Facultad de- rea de Extensin y Proyeccin Social de la E.A.P. de..(Solo para grupos monovalentes)- Logotipo de la UNH; logotipo de la Facultad y/o E.A.P. a la que est adscrito el proyecto.- Nombre del grupo: (monovalente, polivalente, interfacultativo)- La palabra PROYECTO- Titulo del proyecto.- Modalidad - Ejecutores- Asesor (es)Duracin del proyecto Fecha de inicio Fecha de termino Fecha de registroNDICE O SUMARIOI. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA1.1.Problemtica que da origen al proyecto.1.2.Objetivos generales y especficos, y metas que orienten el proyecto.1.3.Justificacin.II. MARCO TERICO2.1. Definicin de trminos bsicos.2.2. Sustento terico que respalde el PROYECTO III. METODOLOGA3.1. Modalidad: Extensin Universitaria y Promocin cultural, Formacin y Capacitacin Tcnica, Proyeccin Social y Transferencia Tecnolgica3.2. Lugar de ejecucin. Distrito Provincia Regin Departamento3.3. Breve resea del lugar o institucin a atender. 3.4. Beneficiarios (poblacin u organizacin a la que se apoyara3.5. Metodologa (descripcin detallada de los mtodos, tcnicas y procedimientos que se aplicara).3.6. Duracin del proyecto (Cronograma indicando los tiempos por cada actividad y tareas a cumplirse).IV. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS4.1. Recursos humanos- Ejecutores (cdigo de matrcula, apellidos y nombres, E.A.P., ciclo de estudios- Asesor (es) (sealando condicin, categora y dedicacin departamento acadmico).4.2. Presupuesto.4.3. Financiamiento.V. REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS.Actualizadas referidas al tema y segn estilo:- APA : Educacin, Salud, Empresariales y Derecho- VANCOUVER: Ingenieras.ANEXOSReglamento interno del grupo y otros

Anexo 2. Esquema de informe de avance parcialEl informe parcial comprende las siguientes partes:INFORME DE AVANCE PARCIAL DEL PROYECTO DE *El informe tiene carcter de declaracin jurada, para los fines del caso.Da/Mes/ao:I. DATOS GENERALES - Centro de Extensin y Proyeccin Social de la Facultad de- rea de Extensin y Proyeccin Social de la E.A.P. de..(Solo para grupos monovalentes)- Nombre del grupo: (monovalente, polivalente, interfacultativo)TITULO DEL PROYECTO- Modalidad

II. PARTICIPANTES Asesor (es): Ejecutores: Resumen del informe que incluye: origen o problemtica, objetivos, actividades, resultados, conclusiones y recomendaciones

III. DESCRIPCIN DETALLADA Y RESUMIDO DE AVANCE DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS SEGN CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PROPUESTO EN EL PROYECTO

IV. EVIDENCIAS ** Adjuntar evidencias segn el cronograma de actividades, caso contrario no se acepta el informe mensual.

Indicar los cambios realizados en el proyecto y el porqu:

FECHA:Nombre del responsable: FIRMA DEL RESPONSABLE

Anexo 3. Esquema de informe finalEl Informe Final comprende las siguientes partes:A) Caratula:-Universidad Nacional de Huancavelica.- Centro de Extensin y Proyeccin Social de la Facultad de- rea de Extensin y Proyeccin Social de la E.A.P. de..(Solo para grupos monovalentes)- Logotipo de la UNH; logotipo de la Facultad y/o E.A.P. a la que est adscrito el proyecto.- Nombre del grupo: (monovalente, polivalente, interfacultativo)- La palabra INFORME FINAL- Titulo del proyecto ejecutado.- Modalidad- Ejecutores - Asesor(es).Duracin del proyecto Fecha de inicio Fecha de termino Fecha de registroB) AGRADECIMIENTOC) DEDICATORIAD) PREMBULO (breve informe del asesor, indicando propsito del trabajo, lugar y beneficiarios, principales actividades, principales logros y rubrica del asesor)E) NDICE O SUMARIOI. PROBLEMTICAResumen del Informe: Origen o problemtica, objetivos, actividades, resultados, conclusiones y recomendaciones1.1. Problema o necesidad que origin el Proyecto.1.2. Objetivos generales y especficos, y metas logradas.II. MARCO TERICOIII. METODOLOGA3.1. Modalidad: Extensin Universitaria y Promocin cultural, Formacin y Capacitacin Tcnica, Proyeccin Social y Transferencia Tecnolgica3.2. Lugar de ejecucin. Distrito Provincia Regin Departamento3.3. Breve resea del lugar o institucin atendida. 3.4. Beneficiarios (poblacin u organizacin a la que se apoya)3.5. Metodologa Descripcin detallada de mtodos, tcnicas y procedimientos utilizados.3.6. Duracin del proyecto (Cronograma indicando los tiempos por cada actividad y tareas ejecutadas.IV. RESULTADOS4.1. Presentacin y anlisis de resultados. (Descripcin detallada de las actividades realizadas4.2. Conclusiones4.5. Recomendaciones o sugerencias.V. REFERENCIAS BIBLIOGRFICASANEXOSAnexo 4. Exigencias de redaccin de los proyectos e informes Deben presentarse en papel bond de tamao oficial (A4) de 80 o 75 gramos, impresos en ambas caras de la hoja y escritos a computadora con tinta negra para el texto y de color para las fotos u otras ilustraciones si fuese necesario. Presentar en lenguaje Microsoft Word para Windows, Letras: tipo Time New Romn tamao 12, para los ttulos, subttulos y prrafo. Mrgenes: el margen superior de 2,5 cm, la margen izquierda 3,0 cm, los mrgenes derecho e inferior de 2,0 cm. Espaciado entre lneas 1,5 y entre prrafos 2,0. Alineacin del texto: justificado. El nmero de pgina estar impreso en la parte inferior derecha a 1,5 cm del borde la hoja en letra Time New Romn tamao 10. Numerar todas las pginas Las tablas o cuadros, figuras (grficos, dibujos, esquemas) y fotografas deben estar colocadas en posiciones apropiadas y enmarcados dentro de los mrgenes del texto. Las tablas o cuadros deben llevar ttulos numerados en la parte superior (Ejemplo: Tabla 1.); las figuras y fotos deben llevar el ttulo en la parte inferior. En ambos casos se escribe tipo oracin. No se deben emplear notas al pie de pgina (pueden incorporarse al texto, entre parntesis si fuera necesario).