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REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES Pág. 1 de 35 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL BANCO DE MATERIALES S.A.C. INDICE Titulo Primero. GENERALIDADES. Capitulo I: Del Contenido y Alcance. Capitulo II: De la Aprobación. Titulo Segundo. NATURALEZA, FINALIDAD Y OBJETIVOS DEL BANMAT. Capitulo I: De la Naturaleza y Finalidad. Capitulo II: De los Objetivos. Título Tercero. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA BASICA DEL BANMAT. Capitulo I: De la Estructura Organizativa Titulo Cuarto. FUNCIONES Y FACULTADES Capitulo I: Del Directorio. Capitulo II: De la Presidencia del Directorio. Capitulo III: Del Órgano de Control Institucional. Capitulo IV De la Gerencia General. Capitulo V: De la Gerencia Legal. Capítulo VI: De la Gerencia de Informática y Planeamiento. Capitulo VII: Del Departamento de Imagen Institucional Capitulo VIII: De la Gerencia de Administración y Finanzas. Capítulo IX: De la Gerencia de Inversiones y Colocaciones. Capitulo X: De la Gerencia de Recuperaciones. Capitulo XI: De la Gerencia Técnica. Capitulo XII: De la Gerencia de Proyectos Especiales.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL

BANCO DE MATERIALES S.A.C.

INDICE

Titulo Primero. GENERALIDADES.

Capitulo I: Del Contenido y Alcance. Capitulo II: De la Aprobación.

Titulo Segundo. NATURALEZA, FINALIDAD Y OBJETIVOS DEL BANMAT. Capitulo I: De la Naturaleza y Finalidad. Capitulo II: De los Objetivos.

Título Tercero. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA BASICA DEL BANMAT.

Capitulo I: De la Estructura Organizativa Titulo Cuarto. FUNCIONES Y FACULTADES

Capitulo I: Del Directorio. Capitulo II: De la Presidencia del Directorio. Capitulo III: Del Órgano de Control Institucional. Capitulo IV De la Gerencia General. Capitulo V: De la Gerencia Legal. Capítulo VI: De la Gerencia de Informática y Planeamiento. Capitulo VII: Del Departamento de Imagen Institucional

Capitulo VIII: De la Gerencia de Administración y Finanzas. Capítulo IX: De la Gerencia de Inversiones y Colocaciones. Capitulo X: De la Gerencia de Recuperaciones. Capitulo XI: De la Gerencia Técnica. Capitulo XII: De la Gerencia de Proyectos Especiales.

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Título Primero GENERALIDADES. Capítulo I: Del Contenido y Alcance. Artículo 1°.- El presente Reglamento, es el documento de gestión que establece la estructura orgánica del Banco de Materiales S.A.C. y las funciones principales de sus órganos de dirección, control, asesoría, apoyo y de ejecución. Artículo 2° .- Las disposiciones contenidas, en el presente Reglamento, se aplican a todas las unidades organizativas del Banco de Materiales. A efectos de la aplicación de este Reglamento, el Banco de Materiales S.A.C. se denominará BANMAT. Capítulo II: De la Aprobación. Artículo 3°.- El presente Reglamento ha sido aprobado por el Directorio en Sesión No. 08 del día 12 de Abril del 2007,

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Titulo Segundo NATURALEZA, FINALIDAD Y OBJETIVOS DEL BANCO DE MATERIALES. Capitulo I: De la Naturaleza y Finalidad. Artículo 4°.- El BANMAT creado por Ley N° 23220; modificada por ley N° 26903, complementada por Ley N° 26963 y de acuerdo a sus Estatutos aprobado mediante Decreto Supremo Nº005-2001-PRES, es una empresa de servicios organizada bajo la Modalidad de Sociedad Anónima Cerrada que se rige por la Ley N° 24948, Ley de Actividad Empresarial del Estado, sus modificatorias y Reglamento, así como por la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades y por la Ley 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad empresarial del Estado (FONAFE). Artículo 5°.- El BANMAT tiene como finalidad colaborar con el desarrollo integral de la comunidad urbana y rural, realizando actividades de promoción, ejecución y/o aprovisionamiento de recursos, bienes y servicios, para la edificación y mejoramiento de la vivienda básica mínima, de las habilitaciones urbanas, de la infraestructura urbana y rural, de la infraestructura productiva y de servicios. Capitulo II: De los Objetivos Artículo 6°.- El BANMAT tiene los siguientes objetivos: a) Apoyar a la población en la edificación y mejoramiento de su vivienda básica mínima, priorizando la

atención de la población con menores recursos económicos. b) Apoyar a la población en el mejoramiento de habilitaciones urbanas, infraestructura urbana y rural e

infraestructura de servicios. c) Proveer y/o facilitar a los prestatarios el aprovisionamiento de insumos, materias primas, materiales,

maquinarias, equipos y demás componentes, impulsando el uso de recursos de la región. d) Ofrecer y/o facilitar el adiestramiento, asistencia técnica, apoyo y servicios tecnológicos,

complementarios a los programas de Vivienda. e) Desarrollar Programas y Proyectos, promoviendo los sistemas de Vivienda Progresiva y de Vivienda

Básica. f) Realizar procesos operativos y administrativos eficientes y eficaces, con vocación de servicio al

usuario y compromiso con el desarrollo del país. g) Desarrollar programas de crédito para la construcción masiva de viviendas en el marco del “PLAN

NACIONAL DE VIVIENDA”. h) Facilitar los medios que permitan el acceso a una vivienda digna de la población de menores

recursos, fortaleciendo y promoviendo la demanda. i) Apoyar y promover el desarrollo de soluciones habitacionales con uso de sistemas constructivos no

convencionales que ofrezcan una vivienda digna a los menores costos, acordes con la capacidad adquisitiva de la población.

j) Reforzar la participación profesional y de las empresas del ramo en los procesos de ejecución de los créditos para garantizar un producto de calidad en favor de la población.

k) Promover el cumplimiento de las normas legales vigentes, durante la ejecución de los créditos, coordinando activamente con los Municipios para el crecimiento ordenado y equilibrado en las ciudades.

l) Promover la participación activa de las Municipalidades y Organizaciones Comunitarias ubicadas en zonas de extrema pobreza para viabilizar obras de infraestructura básica que mejoren su entorno habitacional y condiciones de vida, a través del Programa de mejoramiento integral de barrios.

m) Desarrollar otras operaciones establecidas en su Estatuto. Artículo 7°.- El BANMAT tiene su domicilio legal en la ciudad de Lima; para el desarrollo de sus actividades puede establecer Sucursales, Agencias, designar representantes y operar en cualquier lugar del territorio nacional.

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Titulo Tercero ESTRUCTURA ORGANICA DEL BANMAT Capitulo I: De la Estructura Orgánica. Artículo 8°.- La estructura Orgánica del BANMAT se representa en el organigrama anexado y comprende los siguientes órganos: 1. ORGANOS DE DIRECCION.

1.1. Directorio 1.2. Presidencia del Directorio 1.3. Gerencia General

2. ORGANO DE CONTROL. 2.1. Órgano de Control Institucional.

2.1.1. Departamento de Auditoria de Gestión 2.1.2. Departamento de Auditoria Financiera

3. ORGANO DE ASESORIA. 3.1. Gerencia Legal

3.1.1. Departamento de Asuntos Judiciales 3.1.2. Departamento de Asesoría Legal

3.2. Departamento de Imagen Institucional 4. ORGANOS DE APOYO.

4.1. Gerencia de Informática y Planeamiento 4.1.1. Departamento de Informática 4.1.2. Departamento de Planeamiento

4.2. Gerencia de Administración y Finanzas. 4.2.1. Departamento de Logística 4.2.2. Departamento de Recursos Humanos 4.2.3. Departamento de Contabilidad y Finanzas 4.2.4. Departamento de Operaciones 4.2.5. Sucursales

5. ORGANOS DE LINEA. 5.1. Gerencia de Inversiones y Colocaciones

5.1.1. Departamento de Inversiones y Colocaciones 5.1.2. Departamento de Riesgos

5.2. Gerencia de Recuperaciones 5.2.1. Departamento de Recuperaciones 5.2.2. Departamento de Control y Ejecución de Garantías

5.3. Gerencia Técnica 5.3.1. Departamento de Evaluación de Proyectos y Licitaciones 5.3.2. Departamento de Supervisión de Proyectos 5.3.3. Departamento de Liquidación de Proyectos

5.4. Gerencia de Proyectos Especiales 5.4.1 Departamento de Desarrollo y Participación Social 5.4.2 Departamento de Ingeniería

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Titulo Cuarto FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES. Capitulo I: Del Directorio.

Artículo 9°.- El Directorio es el máximo órgano de dirección del BANMAT, sus facultades y atribuciones las ejerce de conformidad con el Estatuto Social. Capitulo II: De la Presidencia del Directorio. Artículo 10°.- El Presidente de Directorio ejerce la representación oficial del BANMAT y es de su competencia proponer, coordinar y ejecutar la política institucional que establece el Directorio, en armonía con lo dispuesto en el Estatuto Social respectivo. Tiene las obligaciones y atribuciones siguientes: a) Presidir las sesiones del Directorio. b) Velar por el cumplimiento de los fines y objetivos sociales de la institución. c) Ejercer la representación oficial del BANMAT. d) Convocar a las sesiones de Directorio. e) Proponer al Directorio, coordinar y ejecutar la política del BANMAT. f) Ejercer las demás atribuciones que le confiere el Estatuto, la Junta General y el Directorio. Capítulo III: Del Órgano de Control Institucional. Artículo 11º.- El Órgano de Control Institucional es encargado de efectuar la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión de la entidad, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes, mantiene dependencia jerárquica con el Directorio y su Presidencia, así también, técnica, funcional y administrativa con la Contraloría General de la República. El Órgano de Control Institucional tiene como misión promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la Entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales. Son funciones del Órgano de Control Institucional: a) Asesorar y proponer al Directorio, aspectos en materia del Sistema Nacional de Control. b) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la Entidad, sobre la base de los

lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control y el control externo por encargo de la Contraloría General.

c) Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la Entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General. Alternativamente, estas auditorias podrán ser contratadas por la entidad con Sociedades de Auditoria Externa, con sujeción al Reglamento sobre la materia.

d) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones del Banmat SAC, que disponga la Contraloría General, así como, las que sean requeridas por el Titular de la Entidad.

e) Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel del Banmat SAC con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control

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interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior.

f) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como, al Titular de la Entidad, Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción y FONAFE.

g) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones del Banmat SAC, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la Entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

h) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre los actos y operaciones de la Entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.

i) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General. j) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la Entidad, como resultado de las

acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos.

k) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de la Entidad.

l) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la Entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta.

m) Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente por la Entidad.

n) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General.

o) Efectuar la supervisión, vigilancia y verificación de la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado.

p) Formular oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y eficiencia de la Entidad en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos, así como los procedimientos y operaciones que emplean en su accionar, a fin de optimizar sus sistemas administrativos, de gestión y de control interno.

q) Impulsar la modernización y el mejoramiento de la gestión pública, a través de la optimización de los sistemas de gestión y ejerciendo el control gubernamental con especial énfasis en las áreas críticas sensibles a actos de corrupción administrativa.

r) Propugnar la capacitación permanente de los funcionarios y servidores públicos en materias de administración y control gubernamental.

s) Exigir a los funcionarios y servidores públicos la plena responsabilidad por sus actos en la función que desempeñan, identificando el tipo de responsabilidad incurrida, sea administrativa funcional, civil o penal y recomendando la adopción de las acciones preventivas y correctivas necesarias para su implementación.

t) Emitir como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes.

u) Brindar apoyo técnico al Procurador Público o al representante legal de la Entidad, en los casos en que deban iniciarse acciones judiciales derivadas de una acción de control, prestando las facilidades y/o aclaraciones del caso, y alcanzando la documentación probatoria de la responsabilidad incurrida.

v) Realizar otras funciones que le sean asignadas por la Presidencia del Directorio. Artículo 12º.- El Órgano de Control Institucional, tiene las siguientes facultades y atribuciones:

a) Libre acceso a todas las Gerencias, Oficinas, Departamentos, Sucursales y Agencias de la Institución

a efectos de realizar el trabajo de evaluación, de acuerdo a las Acciones de Control contenidas en el Plan Anual de Control y otras que encomiende la Presidencia, el Órgano Superior de Control, el FONAFE y el Ministerio del Sector.

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b) Libre disposición de los registros contables, archivos, libros de actas y demás documentos del BANMAT para el cumplimiento de sus fines.

c) Acceso a todos los actos relacionados con sus exámenes de auditoria y opinión, manteniendo independencia de criterio.

Artículo 13º.- Para el desarrollo de sus actividades, el Órgano de Control Institucional está conformada por los siguientes Departamentos: a) Departamento de Auditoria de Gestión b) Departamento de Auditoria Financiera Artículo 14º.- Departamento de Auditoria de Gestión

El Departamento de Auditoria de Gestión es un órgano de ejecución del Órgano de Control Institucional y por su naturaleza debe cumplir las siguientes funciones:

a) Formular y proponer al Órgano de Control Institucional el Plan Anual de Control relacionado con la

gestión y el cumplimiento de objetivos y metas del Banmat SAC. b) Velar por el cumplimiento del Plan Anual de Control tanto de su ejecución como de los plazos

establecidos. c) Supervisar los exámenes de su competencia establecidos en el Plan Anual de Control. d) Supervisar los informes de auditoria practicadas a las actividades de gestión del Banmat SAC. e) Supervisar y dirigir la elaboración de informes de acciones de control especiales dispuestas por la

Presidencia del Directorio, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, FONAFE y Contraloría General de la República.

f) Supervisar la ejecución del sistema de control interno y de gestión verificando la solidez, adecuación y aplicación, proponiendo su optimización, así como, la implementación de las recomendaciones resultantes de los exámenes de auditoria interna o de auditoria externa.

g) Coordinar y supervisar la verificación de las acciones en los exámenes de evaluación y calificación de la cartera de colocaciones e inversiones del Banmat SAC, así como, del nivel de riesgo proveniente de las operaciones de préstamos.

h) Evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas vigentes relacionadas con el desarrollo de las actividades financieras, administrativas y de gestión del Banmat SAC.

i) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas. Artículo 15º.- Departamento de Auditoria Financiera El Departamento de Auditoria Financiera es un órgano de ejecución del Órgano de Control Institucional y por su naturaleza debe cumplir las siguientes funciones: a) Formular y proponer al Jefe del Órgano de Control Institucional, el Plan Anual de Control relacionado

con los estados financieros y presupuestarios del Banmat SAC. b) Velar por el cumplimiento del Plan Anual de Control tanto de su ejecución como de los plazos

establecidos. c) Supervisar los exámenes de su competencia establecidos en el Plan Anual de Control. d) Supervisar los informes de auditoria practicadas a los estados financieros y presupuestarios del

Banmat SAC. e) Supervisar y dirigir la elaboración de informes de acciones de control especiales dispuestas por la

Presidencia del Directorio, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, FONAFE y Contraloría General de la República.

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f) Supervisar la ejecución del sistema de control interno, contable y financiero verificando la solidez, adecuación y aplicación, proponiendo su optimización, así como, la implementación de las recomendaciones resultantes de los exámenes de auditoria interna o de auditoría externa.

g) Evaluar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas vigentes relacionadas con el desarrollo de las actividades financieras y administrativas del Banmat SAC.

h) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas. Capítulo IV : De la Gerencia General.

Artículo 16º.- La Gerencia General es el órgano ejecutivo de mayor nivel jerárquico en la administración del BANMAT, depende del Directorio y su Presidencia. Le competen las siguientes funciones generales: a) Ejecutar y disponer el cumplimiento de las políticas y decisiones acordadas por el Directorio y la

Junta de Accionistas. b) Participar en las Sesiones de la Junta de Accionistas y de Directorio como secretario de directorio y

redactar las Actas correspondientes, pudiendo delegar esta función. c) Representar al BANMAT legal y administrativamente, en todos los actos públicos o internos en que

éste participe. d) Proponer al Directorio y dirigir la aplicación de planes, políticas, presupuesto, organización, y

objetivos empresariales, para el desarrollo y funcionamiento interno del BANMAT. e) Proponer al Directorio para su aprobación: condiciones generales de los programas de crédito;

Estructura Organizativa; Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Balances Económico Financieros; Informes de Gestión; Planes Operativos, Convenio de Gestión y Presupuestos Anuales; y Exoneración de Procesos de Licitación o Concursos de Precios, entre otros.

f) Aprobar los procedimientos o procesos operativos de los Programas de Crédito aprobados por el Directorio.

g) Aprobar la ejecución de los proyectos a ejecutarse con recursos del Fondo de Apoyo Social propuestos por el Comité respectivo.

h) Dirigir y supervisar los procesos administrativos, financieros y operativos del BANMAT en general. i) Disponer la coordinación e implementación de las medidas correctivas resultantes de las Auditorías

realizadas. j) Evaluar el logro de objetivos y el desempeño de las Gerencias a su cargo. k) Dirigir las acciones de mejora y rediseño de procesos del negocio, la calidad del servicio y de la

productividad empresarial. l) Dirigir y coordinar las relaciones de cooperación internacional e interinstitucional. m) Delegar las atribuciones necesarias para la mejor marcha de la institución. n) Dirigir la operación del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios o) Desempeñar otras funciones fijadas por el Estatuto Social y el Directorio. Artículo 17º.- El Gerente General responde ante el BANMAT por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones normadas en el Estatuto, Reglamento, Normatividad del BANMAT y la legislación bajo la cual se rige, así como también por dolo, abuso de facultades y negligencia grave. Artículo 18º.- El Gerente General tiene las facultades y atribuciones siguientes: a) Aprobar la contratación de personal administrativo y técnico, y resolver las promociones de los

trabajadores del BANMAT.

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b) Emitir disposiciones y normas internas que regulen el funcionamiento del BANMAT c) Solicitar a las Unidades Organizativas, informes, recomendaciones, propuestas y estudios para

optimizar el desarrollo y funcionamiento del Banco. d) Celebrar Convenios y Contratos en representación del BANMAT. e) Emitir normas internas que regulen el funcionamiento de los Programas de Crédito autorizados por el

Directorio. Capitulo V : De la Gerencia Legal Artículo 19º .- La Gerencia Legal es el órgano de asesoramiento del BANMAT y depende de la Gerencia General. La Gerencia Legal tiene las siguientes funciones: a) Formular y proponer las políticas, sobre aspectos jurídicos y legales del BANMAT SAC, así como las

normas de carácter legal y acciones judiciales necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos institucionales.

b) Asesorar a la Gerencia General y a las demás Unidades Orgánicas del BANMAT SAC, sobre el contenido y alcances de los dispositivos legales vigentes.

c) Interpretar, concordar y divulgar las normas legales de interés para la gestión institucional que se publiquen, debiendo absolver las consultas correspondientes.

d) Ejercer y/o supervisar el patrocinio de los procesos judiciales, los procedimientos administrativos o de otra índole en los que sea parte el BANMAT SAC.

e) Asesorar e informar oportunamente sobre asuntos jurídicos legales, y sus implicancias en el desarrollo de las funciones de las Unidades Orgánicas.

f) Elaborar y/o asesorar en la formulación de proyectos de normas legales, convenios, contratos y otros documentos afines, debiendo refrendar el documento correspondiente.

g) Atender los asuntos y trámites de carácter notarial y registral del BANMAT SAC. h) Proponer las políticas en materia de garantías y saneamiento legal inmobiliario, dirigiendo la

ejecución de las mismas. i) Brindar apoyo en el levantamiento de la información legal inmobiliaria que resulte necesaria para la

ejecución de los proyectos a su cargo. j) Llevar el archivo actualizado de la legislación vigente. k) Coordinar y ejecutar acciones de apoyo a la gestión de los órganos de la alta dirección, en las

reuniones de Directorio y de las Juntas Generales. l) Coordinar la implementación de las disposiciones dadas por el Directorio, Juntas Generales y Gerencia

General. m) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General. Artículo 20º.- El Gerente Legal, tiene las facultades y atribuciones siguientes: a) Refrendar con su firma los dictámenes, Informes y demás pronunciamientos de alcance jurídico-legal

que emita la Gerencia a su cargo. b) Participar en las negociaciones de los Convenios o Contratos que el BANMAT SAC deba celebrar y

aprueba con su visación correspondiente. c) Coordinar la implementación de las disposiciones del Directorio, Juntas Generales y Gerencia

General. d) Elaborar o analizar proyectos de normas, dispositivos, procedimientos jurídicos especializados y

documentos contractuales que le sean encargados, emitiendo opinión legal según corresponda. e) Interpretar, concordar y divulgar las normas legales de interés para el Banco, supervisando su

cumplimiento e implementando acciones correctivas y/o de mejora pertinentes.

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f) Interpretar y emitir opinión legal especializada sobre aspectos de carácter legal, como el alcance e implicancia de los convenios, contratos y otros sometidos a su consideración.

g) Asesorar e informar oportunamente sobre asuntos jurídicos legales, y sus implicancias en el desarrollo de las funciones de las Unidades Orgánicas.

h) Atender los asuntos y trámites de carácter notarial y registral vinculados a las funciones a su cargo.

i) Mantener actualizado el archivo de la legislación vigente. j) Ejercer las demás facultades y atribuciones, que en el ámbito de su competencia le encomiende o

asigne la Alta Dirección del BANMAT SAC. Artículo 21º.- Para el desarrollo de sus actividades, la Gerencia Legal está conformada por los siguientes Departamentos: c) Departamento de Asuntos Judiciales d) Departamento de Asesoría Legal Artículo 22º.- Departamento de Asuntos Judiciales El Departamento de Asuntos Judiciales es un órgano de ejecución de la Gerencia Legal, y por su naturaleza debe cumplir las siguientes funciones: a) Ejercer y/o supervisar el patrocinio de los procesos judiciales y/o procedimientos administrativos, en

los que sea parte el BANMAT SAC. b) Interpretar, concordar y divulgar las normas legales de carácter procesal o de carácter

administrativo de interés para el Banco, supervisando su cumplimiento e implementando acciones correctivas y/o de mejora pertinentes.

c) Emitir opinión en los asuntos de su competencia en los cuales corresponda al BANMAT SAC iniciar un proceso judicial o recomendar medidas correctivas que eviten acciones judiciales contra la empresa.

d) Disponer acciones para el control y seguimiento de los procesos judiciales que mantiene en trámite el BANMAT SAC.

e) Elaborar o analizar proyectos de normas legales, procedimientos y documentos en el ámbito de su competencia, emitiendo opinión legal según corresponda.

f) Interpretar y emitir opinión legal sobre aspectos de carácter legal, como el alcance e implicancias de convenios, contratos y otros documentos sometidos a su consideración en el ámbito de su competencia.

g) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Jefatura. Artículo 23º .- Departamento de Asesoría Legal El Departamento de Asesoría Legal es un órgano de ejecución de la Gerencia Legal. El Departamento cumple con las siguientes funciones: a) Proponer las políticas en materia de garantías y saneamiento legal inmobiliario, dirigiendo la

ejecución de las mismas. b) Llevar a cabo las acciones de saneamiento legal que resulten necesarias para el debido respaldo

hipotecario de los préstamos que otorgue el BANMAT SAC. c) Elaborar y/o asesorar en la formulación de proyectos de normas legales, directivas, convenios,

contratos y otros documentos afines, vinculados a los asuntos de garantías y saneamiento inmobiliario.

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d) Supervisar la ejecución de los trámites notariales y registrales vinculados a las funciones a su cargo. e) Brindar apoyo en el levantamiento de la información legal inmobiliaria que resulte necesaria para la

ejecución de los proyectos a su cargo. f) Elaborar o analizar proyectos de normas legales, procedimientos y documentos en el ámbito de su

competencia, emitiendo opinión legal según corresponda. g) Interpretar, concordar y divulgar las normas legales de interés para el Banco en el ámbito de su

competencia. h) Interpretar y emitir opinión legal sobre aspectos de carácter legal, como el alcance e implicancias

de convenios, contratos y otros documentos sometidos a su consideración, en el ámbito de su competencia

i) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia Legal. Capítulo VI: De la Gerencia de Informática y Planeamiento Artículo 24º .- La Gerencia de Informática y Planeamiento es un órgano de apoyo y depende de la Gerencia General. La Gerencia de Informática y Planeamiento tiene las siguientes funciones: a) Dirigir, formular y evaluar el Plan Estratégico, Plan Operativo y Convenio de Gestión del BANMAT,

en coordinación con las Unidades Organizativas, informando a la Alta Dirección de la Institución, y a entidades como el FONAFE, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otras, cuando así lo requieran.

b) Proponer a la Alta Dirección del BANMAT la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones, acorde con los requerimientos de la Institución.

c) Formular y actualizar el Manual de Organización y Funciones, de acuerdo a la Organización y Cuadro de Asignación aprobado por BANMAT y autorizado por FONAFE.

d) Elaborar y actualizar, en coordinación con las Unidades Organizativas correspondientes, los Documentos de Gestión (Procedimientos, Directivas e Instructivas) del BANMAT a ser implementados, proponiendo su aprobación ante la Gerencia General.

e) Dirigir y supervisar la evaluación de los Estudios de Preinversión de los Proyectos del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios – MI BARRIO, acorde a las facultades delegadas por el Órgano Resolutivo del Sector; y de encontrarlos conforme, recomendar la declaración de viabilidad ante la Gerencia General.

f) Comunicar las estadísticas oficiales del BANMAT referidas a Colocaciones, Recuperaciones y Proyectos de Vivienda y aquellas que sean requeridas por la Alta Dirección del BANMAT y/o por el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; en base a la información emitida por las unidades organizativas correspondientes.

g) Dirigir y supervisar la formulación de los Informes Ejecutivos y/o Informes de Gestión de la Alta Dirección del BANMAT a fin de ser elevado al Directorio del BANMAT y las instancias respectivas.

h) Dirigir y supervisar los Informes dirigidos a la Contraloría General de la República, referido a la Acciones ejecutadas por el Titular de la Entidad, para Implementar las Recomendaciones emitidas por el Órgano de Control Institucional y/u Organo de Control externo.

i) Elaborar, ejecutar, evaluar y actualizar el Plan Estratégico de Tecnologías de Información anual, que contenga las políticas, planes, y programas informáticos del BANMAT.

j) Diseñar, desarrollar, implementar y evaluar la aplicación de los sistemas informáticos de la Institución, proporcionando el soporte técnico y capacitación a los usuarios en el manejo de los mismos.

k) Ejecutar y/o supervisar los mantenimientos preventivos y correctivos de los equipos de cómputo. l) Administrar la base de datos corporativa, disponiendo las medidas pertinentes para la

estandarización, seguridad, respaldo y recuperación de las bases de datos del BANMAT.

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m) Brindar apoyo en cuanto a los mecanismos de comunicación informática del BANMAT, como Infovía, redes de información, entre otros.

n) Brindar apoyo en el procesamiento de la información generada en las Sucursales y Agencias. o) Disponer las acciones que garanticen la consistencia, estandarización y seguridad de la información

a su cargo. p) Evaluar y optimizar el uso de los recursos tecnológicos informáticos, mejorando los procesos a su

cargo recomendando y/o disponiendo de ser el caso, las acciones preventivas y correctivas necesarias.

q) Implementar las recomendaciones del Órgano de Control Institucional, que correspondan al ámbito de su competencia, dentro de los plazos establecidos por la Gerencia General.

r) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General Artículo 25°.- El Gerente de Informática y Planeamiento tiene las siguientes facultades y atribuciones: a) Solicitar información a las Unidades Organizativas para la formulación del Planeamiento Estratégico,

Plan Operativo y Convenio de Gestión del BANMAT. b) Proponer a la Gerencia General el Plan Estratégico Institucional, el Plan Estratégico de Tecnologías

de Información con los respectivos indicadores de gestión del BANMAT, c) Proponer a la Gerencia General las Normativas que regulan la operatividad de la Institución. d) Ejercer las facultades que le otorgan las Normativas referidas al ámbito informático, desarrollo

organizacional y control de gestión. e) Coordinar con las Instituciones que regulan las actividades de Planificación, Presupuesto y

Estadísticas de las empresas del Estado. Artículo 26°.- Para el desarrollo de sus actividades la Gerencia de Informática y Planeamiento, está conformada por los siguientes Departamentos: a) Departamento de Informática. b) Departamento de Planeamiento.

Artículo 27º .- Departamento de Informática El Departamento de Informática es un órgano de ejecución de la Gerencia de Informática y Planeamiento. El Departamento de Informática cumple con las siguientes funciones:

a) Formular y Evaluar el Plan Estratégico de Tecnología de Información, proponiendo las políticas y normas referidas al ámbito informático, coordinando y estableciendo las prioridades para su ejecución.

b) Elaborar los estudios de factibilidad de los proyectos y requerimientos informáticos. c) Desarrollar, mejorar, e implantar el correcto funcionamiento de los sistemas informáticos,

verificando que cumplan las normas y estándares establecidos. d) Velar por la adecuada utilización, seguridad y conservación del software, hardware e

información del BANMAT, proponiendo las políticas informáticas correspondientes e) Efectuar el control de las licencias de software de propiedad del BANMAT y las actividades

relacionadas con el soporte técnico y mantenimiento del software instalado. f) Efectuar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo, de los equipos de computo

del BANMAT y efectuar el control de las garantías presentadas por los proveedores de equipos.

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g) Efectuar el control de la actualización de los equipos y sistemas operativos y de procesamiento automático de datos, recomendando modificaciones y ampliaciones de los mismos.

h) Dirigir los mecanismos de comunicación informática del BANMAT, como Infovía, redes de información, entre otros.

i) Brindar soporte, mantenimiento y monitoreo del cableado estructurado de datos, circuito eléctrico y UPS de la Sede Central.

j) Administrar la base de datos corporativa, disponiendo las medidas pertinentes para la estandarización, seguridad, respaldo y recuperación de las bases de datos.

k) Controlar los Backups de información, ubicados en la Sede Central y en la Bóveda externa contratada.

l) Cumplir oportuna y eficazmente con los trabajos de procesamiento de Datos, disponiendo para ello los controles de calidad y normas de seguridad correspondiente.

m) Supervisar los eventos registrados en la bitácora de Producción. n) Disponer la actualización de la información publicada en la Página Web Institucional del

BANMAT y el correspondiente Portal de Transparencia, de acuerdo a la información proporcionada por el Departamento de Imagen Institucional.

o) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia de Informática y Planeamiento.

Artículo 28º .- Departamento de Planeamiento El Departamento de Planeamiento es un órgano de apoyo de la Gerencia de Informática y Planeamiento. El Departamento de Planeamiento cumple con las siguientes funciones: a) Formular y evaluar el Plan Estratégico y Plan Operativo del BANMAT, en coordinación con las

demás Unidades Organizativas del BANMAT. b) Formular y evaluar el Convenio de Gestión que se suscribe con el FONAFE, en coordinación con

las Unidades Orgánicas del BANMAT. c) Dirigir la actualización de la Estructura Organizativa de la Entidad, y su correspondiente

Reglamento de Organización y Funciones, a solicitud del Despacho de la Gerencia de Informática y Planeamiento.

d) Elaborar y actualizar el Manual de Organización y Funciones de acuerdo a la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro de Asignación de Personal aprobado.

e) Dirigir y revisar la elaboración de los Informes Ejecutivos y/o de Gestión de la Alta Dirección, para ser elevados al Directorio y las instancias respectivas.

f) Supervisar y coordinar la evaluación de los Estudios de Pre-Inversión del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios – MI BARRIO, en el marco de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP.

g) Atender los requerimientos de Información de la Gestión Operativa del BANMAT que efectúa el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en coordinación con las diversas Unidades Organizativas; disponiendo la actualización de los aplicativos informáticos y la emisión de Informes físicos.

h) Consolidar y emitir las estadísticas oficiales del BANMAT, referidas a Colocaciones, Recuperaciones, Proyectos de Vivienda, entre otras acciones que ejecuta BANMAT, que son requeridas por la Alta Dirección y/o el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento.

i) Elaborar y analizar los proyectos de normas, directivas, procedimientos y documentos de gestión que contemplen los procesos operativos del BANMAT que le sean encargados, que serán ejecutados en coordinación con las áreas correspondientes

j) Disponer y coordinar la emisión de las comunicaciones de Gerencia General a los responsables de las Unidades Organizativas para la Implementación de Recomendaciones, luego de

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recepcionar los Exámenes Especiales formulados por el Órgano de Control Institucional y/o Auditores Externos; así como supervisar el proceso de seguimiento e implementación.

k) En coordinación con el Órgano de Control Institucional del BANMAT, formular los Informes a la Contraloría General de la República, respecto a las Acciones adoptadas por el Titular de la Entidad, para la implementación de las Recomendaciones derivadas de los Exámenes Especiales formulados por el Órgano de Control Institucional y/u Órgano de Control externo.

l) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia de Informática y Planeamiento.

Capítulo VII : Departamento de Imagen Institucional Artículo 29º .- Departamento de Imagen Institucional. El Departamento de Imagen Institucional es un órgano de asesoramiento que depende de la Gerencia General. El Departamento de Imagen Institucional tiene las siguientes funciones: a) Asesorar a la Presidencia del Directorio, a la Gerencia General y a las Sucursales en materia de

imagen institucional entre otros aspectos referidos a la política institucional, la promoción de los programas, etc.

b) Dirigir, ejecutar, supervisar, controlar e informar las acciones relacionadas con la publicidad, difusión y promoción del BANMAT.

c) Desarrollar, coordinar y promocionar los eventos y campañas auspiciados por la Institución. d) Preparar notas de prensa y comunicaciones institucionales, así como otras publicaciones del

BANMAT que determine la Gerencia General. e) Preparar entrevistas y conferencias de prensa con los diferentes medios de comunicación. f) Elaborar y editar la Memoria Anual Institucional. g) Elaborar y editar Boletines internos, materiales audiovisuales y otros medios de comunicación del

BANMAT. h) Dirigir y controlar las acciones para mantener las relaciones públicas inter-institucionales. i) Dirigir y supervisar el desarrollo de las acciones de protocolo respecto a los eventos realizados. j) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General. Capitulo VIII : De la Gerencia de Administración y Finanzas Artículo 30º.- La Gerencia de Administración y Finanzas es un órgano de apoyo encargado de planear, organizar, dirigir y controlar el aprovisionamiento oportuno y eficaz de los recursos humanos, logísticos y económicos, en apoyo a las diferentes unidades organizativas del BANMAT y a nivel nacional y depende de la Gerencia General. La Gerencia tiene las siguientes funciones: a) Formular el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, en coordinación con las demás Unidades

Organizativas del BANMAT. b) Ejecutar la adquisición de bienes, materiales y servicios, de acuerdo al Plan Anual de Adquisiciones

aprobado, coordinando su almacenamiento y distribución, acorde con los procedimientos establecidos.

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c) Supervisar y coordinar la administración de los bienes patrimoniales, alquiler de inmuebles, servicios públicos y licencias, a nivel nacional.

d) Supervisar y coordinar la administración de almacenes y mercaderías a nivel nacional. e) Dirigir y controlar las acciones de servicios generales, mantenimiento de equipos e instalaciones de

agua, electricidad y aire, mantenimiento de vehículos y otros. f) Dirigir las acciones para mantener actualizado, el archivo de proveedores que presentan sus ofertas de

bienes y servicios. g) Supervisar a nivel nacional el sistema de Proveedores Afiliados de bienes y servicios a en el BANMAT. h) Mantener información actualizada y centralizada sobre el mercado de bienes y servicios de interés del

BANMAT, a nivel nacional. i) Elaborar los Estados Financieros del BANMAT y del FONDO REVOLVENTE. j) Formular el Presupuesto Anual de BANMAT, así como los ajustes que correspondan de acuerdo a la

normatividad vigente. k) Elaborar los centros de costos y de beneficios de cada unidad organizativa y Sucursal. l) Formula el Presupuesto Anual de Personal, de acuerdo a las necesidades de recursos humanos del

BANMAT, coordinando con las demás Unidades Organizativas. m) Dotar de personal a las Unidades Organizativas del BANMAT, siguiendo los procesos de selección,

contratación e inducción de personal. n) Dirigir y controlar los planes y programas de desarrollo, capacitación y motivación del personal. o) Dirigir y controlar el proceso y pago de remuneraciones y compensaciones a nivel nacional. p) Dirigir y controlar el desarrollo de las acciones de bienestar, salud e higiene ocupacional. q) Planear, dirigir y controlar los sistemas de la seguridad integral del BANMAT. r) Dirigir y controlar los procesos de trámite y archivo documentario del BANMAT. s) Determinar la política contable del BANMAT, en función a la normatividad emanada por los

organismos rectores y lo dispuesto para las empresas del Estado. t) Dirigir y controlar el sistema de contabilidad del BANMAT, así como la formulación de los Estados

Financieros y el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias. u) Optimizar los procesos a su cargo; proponer las normas pertinentes, así como recomendar y/o

disponer las acciones preventivas y correctivas necesarias v) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General. Artículo 31º.- El Gerente de Administración y Finanzas tiene las siguientes facultades y atribuciones: a) Proponer a Gerencia General el Plan Anual de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios. b) Proponer a Gerencia General el Presupuesto Anual del BANMAT. c) Proponer el presupuesto anual de personal. d) Disponer la ejecución de inventarios físicos de los bienes y materiales del BANMAT. e) Evaluar al personal que postula al BANMAT y proponer a la Gerencia General a quienes reúnan las

mejores condiciones dentro de los perfiles establecidos. f) Aprobar el plan anual de capacitación del personal en coordinación con las demás Unidades

Organizativas del BANMAT. g) Participar en los Comités de Adquisiciones de conformidad con la Ley de contrataciones y

adquisiciones del Estado. h) Ejercer autoridad funcional en el ámbito de logística, recursos humanos, y contabilidad y finanzas en

las Sucursales a nivel nacional. i) Proponer los Perfiles de Puestos y la Escala Salarial del BANMAT, acorde con el Cuadro de

Asignación de Personal - CAP, aprobado y vigente. j) Proponer a la Gerencia General la actualización del Reglamento Interno de Trabajo. k) Proponer y coordinar todas las actividades relacionadas con la seguridad de los trabajadores,

instalaciones y bienes del BANMAT a nivel nacional. l) Proponer a Gerencia General el plan de gestión financiera del BANMAT.

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m) Autorizar el pago de las obligaciones de la Sede Central y supervisar los mismos en las Sucursales del BANMAT.

n) Girar y endosar cheques conjuntamente con los funcionarios autorizados hasta por el monto que autorice el Directorio.

Artículo 32º.- Para el desarrollo de sus actividades, la Gerencia de Administración y Finanzas está conformada por los siguientes Departamentos: a) Departamento de Logística. b) Departamento de Recursos Humanos. c) Departamento de Contabilidad y Finanzas. d) Departamento de Operaciones Artículo 33º.- Departamento de Logística El Departamento de Logística, es un órgano de ejecución de la Gerencia de Administración y Finanzas.

El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Formular el Plan anual de contrataciones y adquisiciones del BANMAT b) Ejecutar la adquisición de bienes, materiales y servicios, de acuerdo al Plan de adquisiciones

aprobado, coordinando su almacenamiento y distribución, acorde con los procedimientos establecidos.

c) Revisar y proponer las BASES para la adquisición de bienes, materiales, servicios, mediante procesos de adjudicación directa, licitación o concurso público.

d) Cautelar, proponer y supervisar el cumplimiento de las normas vigentes y las disposiciones que regulan la adquisición de servicios, implementado las acciones pertinentes.

e) Dirigir, supervisar y controlar, el desarrollo del proceso técnico de ingreso físico y custodia temporal de bienes.

f) Administrar la distribución, planes y asignaciones de equipos de telefonía móvil y radio troncalizado.

g) Programar y supervisar, el inventario físico general, mantener actualizado la base de datos y preparar documentos informativos de los bienes patrimoniales a nivel nacional.

h) Programar, supervisar y controlar los movimientos y destino final de bienes patrimoniales. i) Revisar y proponer las bases para la locación de servicios de limpieza, transporte y

complementarios mediante los procesos de adjudicación directa y/o concurso publico. j) Dirigir y controlar las acciones de servicios generales, mantenimiento de equipos e instalaciones

de agua, electricidad y aire, mantenimiento de vehículos y otros. k) Evaluar los costos y beneficios de los seguros del BANMAT y llevar el control de las pólizas

correspondientes. l) Dirigir y controlar el proceso de trámite y archivo documentario del BANMAT. m) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia. Artículo 34º.- Departamento de Recursos Humanos El Departamento de Recursos Humanos es un órgano de ejecución de la Gerencia de Administración y Finanzas. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Formular el presupuesto anual de personal, de acuerdo a las necesidades de recursos humanos

del BANMAT, coordinando con las demás Unidades Organizativas.

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b) Formular el plan anual de capacitación del personal en coordinación con las demás Unidades Organizativas.

c) Elaborar y actualizar el Manual de los Perfiles de funcionarios y trabajadores, el Reglamento Interno de Trabajo y establecer la Política Salarial del BANMAT en coordinación con la Gerencia General.

d) Ejecutar los procesos de reclutamiento, selección, contratación e inducción de personal, según los procesos establecidos.

e) Formular y mantener actualizado, el Cuadro de Asignación de Personal del BANMAT según las normas específicas del FONAFE.

f) Mantener actualizado el banco de datos de postulantes. g) Supervisar y verificar la elaboración de contratos de personal en sus diferentes modalidades en el

BANMAT. h) Custodiar y mantener actualizados los legajos personales de los trabajadores del BANMAT. i) Controlar la asistencia y permanencia de personal a nivel nacional. j) Elaborar la planilla de remuneraciones, vacaciones, beneficios, compensaciones, así como

liquidaciones de Beneficios Sociales del personal, proporcionando la información para el proceso contable correspondiente.

k) Efectuar la distribución del gasto de personal por centro de costo. l) Revisar los cálculos de impuestos y contribuciones sociales. m) Efectuar los trámites y el control correspondiente de la documentación referida al seguro médico del

trabajador por medio de ESSALUD o por las EPS. n) Proponer y supervisar el desarrollo de programas de bienestar social, dirigidos a promover la

prevención de problemas de salud en el trabajador, así como proponer lineamientos, estrategias y programas para la previsión y solución de conflictos laborales.

o) Elaborar estudios socio-familiares y sobre condiciones de trabajo del personal, proponiendo programas destinados a promover la motivación e identificación del trabajador con el BANMAT.

p) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia. Artículo 35º.- Departamento de Contabilidad y Finanzas El Departamento de Contabilidad y Finanzas, es un órgano de ejecución de la Gerencia de Administración y Finanzas. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Determinar la política contable del BANMAT, en función a la normatividad emanada por los

organismos rectores y lo dispuesto para las empresas del Estado b) Organizar, coordinar, registrar y controlar las operaciones contables del BANMAT. c) Elaborar, analizar y refrendar los Estados Financieros del BANMAT y del Fondo Revolvente. d) Asegurar el cumplimiento y aplicación de las normas tributarias y de control financiero-contable de su

competencia, implementando las acciones pertinentes. e) Establecer y coordinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y contribuciones sociales. f) Mantener actualizado y clasificado los archivos y registros de información y documentación contable

del BANMAT. g) Asesorar en asuntos contables y tributarios h) Dirigir y coordinar la ejecución y control del Presupuesto del BANMAT. i) Dirigir y supervisar el estudio de costos de las Sucursales del BANMAT j) Disponer y supervisar la realización de arqueos sorpresivos de Caja. k) Planear, dirigir y controlar el movimiento de fondos de tesorería, como transferencias, giro de

cheques, entre otros. l) Custodiar y mantener en vigencia los valores dejados en garantía de contrato o participación en las

diferentes modalidades de compra, por los proveedores de bienes y servicios.

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m) Emitir en forma diaria y oportuna, información relacionada con las operaciones y la situación de Caja, para la toma de decisiones.

n) Dirigir y supervisar el estudio de costos de las Sucursales del BANMAT o) Formular, controlar y evaluar el presupuesto anual general y analítico del BANMAT, acorde con las

disposiciones legales vigentes. p) Efectuar el análisis y evaluación permanente de las partidas, informando la situación y las

desviaciones respecto a la programación y los lineamientos de ejecución y control presupuestal, proponiendo las medidas correctivas correspondientes.

q) Desarrollar los estudios necesarios y proponer los lineamientos tendientes a la racionalización del gasto de la empresa para una correcta ejecución presupuestal.

r) Realizar el análisis de costos operativos y la rentabilidad empresarial. s) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia. Artículo 36º.- Departamento de Operaciones El Departamento de Operaciones, es un órgano de ejecución de la Gerencia de Administración y Finanzas. El Departamento de Operaciones cumple las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y apoyar el funcionamiento de las Sucursales del BANMAT, determinando

sus niveles de productividad y disponiendo las acciones pertinentes, coordinando con las áreas funcionales de la Sede Central que correspondan.

b) Coordinar y solicitar los reembolsos de fondos rotatorios, así como las transferencias no reembolsables requeridas por la Sucursales.

c) Coordinar con las áreas funcionales de la sede central el aprovisionamiento oportuno de materiales y recursos para las Sucursales.

d) Coordinar con las áreas funcionales de la Sede Central, las acciones de capacitación y evaluación del personal de las Sucursales.

e) Estudiar y proponer la factibilidad de la apertura o cierre de Sucursales o Agencias f) Supervisar las actividades necesarias para el funcionamiento inicial o el cierre de las Sucursales

o Agencias. g) Evaluar el rendimiento operativo de las Sucursales o Agencias. h) Disponer las acciones pertinentes que permitan optimizar el funcionamiento de las Sucursales o

Agencias. El Departamento de Operaciones para el cumplimiento de sus funciones cuenta con el apoyo de los Supervisores de Operaciones.

Artículo 37º.- Supervisores de Operaciones Los Supervisores de Operaciones, son los responsables de supervisar, coordinar y apoyar el funcionamiento administrativo de las Sucursales, a su vez son responsables también de apoyar la gestión administrativa de estas, coordinando con los órganos funcionales, la atención oportuna de sus requerimientos. Dependen jerárquicamente de la Gerencia Administración y Finanzas y funcionalmente de las Unidades Organizativas, de la Sede Central. Los Supervisores de Operaciones cumplen las siguientes funciones:

a) Proponer los planes y programas de gestión administrativa de las Sucursales. b) Evaluar el rendimiento operativo de las Sucursales y Agencias.

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c) Estudiar y proponer la factibilidad de la apertura y cierre de Unidades Organizativas descentralizadas (Sucursales y Agencias)

d) Planificar, organizar y dirigir las actividades necesarias para el funcionamiento inicial o el cierre de las Sucursales o Agencias.

e) Coordinar con las áreas funcionales de la sede central, la provisión oportuna de recursos para las Sucursales de su competencia.

f) Supervisar, coordinar y apoyar el funcionamiento de las Sucursales, determinando sus niveles de productividad y disponiendo las acciones pertinentes, coordinando con las áreas funcionales de la sede central que correspondan.

g) Verificar la implementaron de normas administrativas en las Sucursales, coordinando con las áreas funcionales de la sede central, y proponiendo las medidas que sean necesarias.

h) Proponer el mejoramiento de los procesos y actualización de normas administrativas, implementadas en las Sucursales.

i) Supervisar el cumplimiento de las normatividad administrativa vigente, implementando las acciones preventivas y correctivas en Sucursales.

j) Coordinar con la Gerencia de Recuperaciones, Gerencia de Inversiones y Colocaciones y las Areas Funcionales de la sede central correspondientes las campañas promocionales orientadas a la recuperación y colocación de prestamos.

k) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia. Artículo 38º.- Sucursales Las Sucursales tienen un Jefe que depende linealmente del Departamento de Operaciones y funcionalmente de las Unidades Organizativas de la Sede Central, como Gerencia de Administración y Finanzas, Órgano de Control Institucional, Gerencia Legal, Gerencia de Inversiones y Colocaciones, Gerencia de Recuperaciones y la Gerencia de Informática y Planeamiento, en el ámbito que les corresponda. Las Sucursales cumplen las siguientes funciones: a) Ejecutar las políticas y decisiones del Directorio, y las normativas del BANMAT. b) Proponer y ejecutar los planes y programas para el proceso de colocación, liquidación y recuperación

de los préstamos, así como el control y el seguimiento de la cuenta corriente de los prestatarios. c) Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con el funcionamiento técnico administrativo de la

Sucursal, informando a las respectivas Unidades Organizativas de la Sede Central. d) Solicitar a la Gerencia correspondiente la asignación y transferencia de fondos para el financiamiento

de los préstamos. e) Solicitar y coordinar con las áreas correspondientes, el aprovisionamiento directo de materiales en

los casos que sea necesario. f) Proponer a la Gerencia de Administración y Finanzas su requerimiento de recursos materiales y

humanos, así como las practicas y procedimientos aplicables. g) Representar al BANMAT, judicial y administrativamente en el ámbito de su jurisdicción. h) Realizar otras funciones afines que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas u otras

unidades organizativas, cada una en el ámbito de su competencia. Artículo 39º.- Los Jefes de las Sucursales son nombrados por el Gerente General a propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas. El Gerente General revoca también los nombramientos. Artículo 40º.- El Jefe de la Sucursal responde ante el BANMAT por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones normadas en los Reglamentos y Manuales del BANMAT, dolo, abuso de facultades y negligencia grave.

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Artículo 41º.- El Jefe de la Sucursal o quién haga sus veces, tiene las siguientes facultades y atribuciones: a) Calificar las carpetas de crédito presentadas en la Sucursal. b) Aprobar los prestamos cuya línea de crédito fue aprobada por la Gerencia de Inversiones y

Colocaciones. c) Celebrar Convenios y Contratos en representación de BANMAT. d) Administrar los recursos financieros de la Sucursal. e) Aprobar las licencias y permisos del personal de la Sucursal, con cargo a dar cuenta a la Gerencia

de Administración y Finanzas. f) Dictar disposiciones internas que regulen el funcionamiento de la Sucursal, en armonía con la

normatividad vigente. g) Administrar el Presupuesto de la Sucursal, dando cuenta a los órganos del BANMAT, en lo que les

compete, tanto en aspecto Operativo, Financiero, de Logística, Personal, Legal, Informática, Publicidad y de Planificación.

h) Solicitar la cobertura de plazas vacantes proponiendo ternas de candidatos calificados para el cargo. Artículo 42º.- La Sucursal tiene la siguiente estructura orgánica: a) Área de Colocaciones b) Área de Recuperaciones c) Área de Apoyo Administrativo De los cuales cada área depende funcionalmente de la Gerencia de Inversiones y Colocaciones, Gerencia de Recuperaciones y la Gerencia de Administración y Finanzas respectivamente. Artículo 43º.- El Area de Apoyo Administrativo es el órgano de apoyo de la Sucursal, depende linealmente del Jefe de la Sucursal y funcionalmente del Departamento de Operaciones tiene las siguientes funciones: a) Formular la propuesta del Plan Anual de Adquisiciones de la Sucursal b) Ejecutar la adquisición de bienes, materiales y servicios, de acuerdo al Plan de Adquisiciones aprobado

para la Sucursal, coordinando su almacenamiento y distribución, acorde con los procedimientos establecidos.

c) Administrar la existencia de bienes en los Almacenes del BANMAT, efectuando los controles correspondientes (Inventarios).

d) Ejercer control sobre las empresas o proveedores que almacenan y entregan el material del Banco, así como las empresas transportistas que prestan servicios al BANMAT.

e) Mantener actualizado el Kardex de materiales (entradas y salidas), verificando las entregas de material efectuadas a los prestatarios y conciliando stocks.

f) Verificar las especificaciones de los materiales adquiridos, así como su cantidad y calidad. g) Solicitar y gestionar las transferencias del fondo revolvente para la colocación de préstamos. h) Girar, registrar los cheques y verificar la documentación sustentatoria para el pago de las

obligaciones de la Sucursal para su reembolso. i) Llevar el control y conciliación de las cuentas bancarias de la Sucursal. j) Clasificar, codificar, organizar y remitir la documentación financiera y contable de la Sucursal, a la

Sede Central. k) Analizar y controlar los pagos por leyes sociales y tributos. l) Llevar el control del Fondo operativo, solicitando los reembolsos correspondientes. m) Solicitar las transferencias de fondo operativo no reembolsables que se requieran justificándola.

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n) Ejecutar los procesos informáticos para el envío y recepción de información de la Sede Central, y coordinar todas las actividades comprendidas dentro de este ámbito, como actualización de programas, seguridad y consistencia de la información, entre otras.

o) Velar porque se respeten los niveles de seguridad en el acceso a los sistemas informáticos. p) Coordinar los requerimientos informáticos con el Departamento de Informática autorizados por el Jefe

de la Sucursal. q) Evaluar las necesidades de personal para el funcionamiento de la Sucursal a solicitud del Jefe de la

misma. r) Controlar la asistencia y vacaciones del personal, tramitar las solicitudes de licencias y permisos,

informando de ello a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Sede Central. s) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competencia, le asigne el Jefe de la

Sucursal Capitulo IX: De la Gerencia de Inversiones y Colocaciones. Artículo 44°.- La Gerencia de Inversiones y Colocaciones es un órgano de línea y depende de la Gerencia General, tiene como finalidad planificar, organizar, dirigir, ejecutar, coordinar, evaluar y supervisar las actividades relacionadas con las operaciones de inversión en el mercado financiero y operaciones crediticias, las acciones de gestión de riesgos asociados con estas operaciones, asimismo coordinar, organizar y controlar los Programas de Desarrollo Habitacional, con la finalidad de cumplir eficientemente con los fines, planes, objetivos y metas de la institución. La Gerencia tiene las siguientes funciones: a) Establecer las políticas de inversión de los recursos líquidos excedentes dentro del marco de los

límites establecidos por las normas vigentes. b) Proponer, ejecutar y evaluar el programa anual de créditos, de acuerdo a la disponibilidad de

recursos financieros. c) Proponer, ejecutar y evaluar las estrategias de los diferentes programas de colocaciones d) Proponer, ejecutar y evaluar las operaciones crediticias con las Instituciones Financieras

Intermediarias. e) Proponer, ejecutar y evaluar las operaciones crediticias de la Institución f) Evaluar el riesgo del crédito, autorizar las líneas correspondientes y asegurar la constitución de las

garantías establecidas en las condiciones generales establecidas. g) Proponer, ejecutar y supervisar el cumplimiento de las Inversiones pactadas con las Entidades

Financieras h) Planificar, coordinar y dirigir la promoción de los Proyectos de Desarrollo Habitacional – Programa

Techo Propio, con las Sucursales i) Coordinar con la Gerencia Legal el Saneamiento Físico Legal del Proyecto, en relación a la

independización de las Unidades Habitacionales. j) Coordinar con la Gerencia Técnica el avance de obra de los Proyectos de Desarrollo Habitacional k) Coordinar con el Fondo MIVIVIENDA, las acciones inherentes sobre la colocación de nuestra Oferta

Inmobiliaria. l) Coordinar con las Instituciones Financieras Intermediarias el financiamiento a los postulantes del

Proyecto. m) Desarrollar alianzas estratégicas con las Instituciones de Bienestar Social para la colocación de las

Unidades Habitacionales. n) Disponer y controlar los desembolsos de la canalización de recursos a las Instituciones Financieras

intermediarias. o) Controlar y dirigir los procesos concernientes a la asignación de las Unidades Habitacionales a los

beneficiarios. p) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General.

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Artículo 45°.- El Gerente de Inversiones y Colocaciones, tiene las siguientes facultades y atribuciones: a) Proponer a la Gerencia General las metas de colocaciones anuales b) Proponer a la Gerencia General la Política de Gestión de Créditos y Riesgos c) Proponer a la Gerencia General las modificaciones a las condiciones generales de los créditos. d) Promover con las áreas funcionales correspondientes las campañas promociónales orientadas al

otorgamiento de créditos e) Ejercer autoridad funcional en las Sucursales, en el ámbito de otorgamiento de créditos, efectuando

su supervisión desde su solicitud, aprobación, ejecución y liquidación. f) Dirigir y coordinar la capacitación, entrenamiento y evaluación del personal de la Gerencia, Jefes de

las Sucursales, Asistentes de Agencia y Asistentes/Auxiliares de Colocaciones, en lo concerniente al otorgamiento de créditos, así como en la constitución de garantías, registro y control de estas.

g) Elaborar y difundir las Estadísticas de operaciones crediticias e inversiones. h) Proponer la contratación de su personal incluido los Asistentes/Auxiliares de otorgamiento de

créditos de las Sucursales y Agencias. i) Promover, ejecutar y supervisar el programa de Techo Propio. j) Dirigir y supervisar la adjudicación de inmuebles transferidos a la institución. k) Aprobar conjuntamente con la Gerencia General las colocaciones de inversión de los excedentes de

liquidez disponibles asegurando la más alta rentabilidad, liquidez y seguridad. l) Aprobar conjuntamente con la Gerencia General las operaciones crediticias de los programas de la

institución, así como la canalización de recursos con las instituciones financieras intermediarias. m) Realizar otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia General. Artículo 46°.- Para el desarrollo de sus actividades la Gerencia de Inversiones y Colocaciones, está conformada por los siguientes Departamentos: a) Departamento de Riesgos b) Departamento de Inversiones y Colocaciones Artículo 47°.- Departamento de Riesgos El Departamento de Riesgos es un órgano de ejecución de la Gerencia de Inversiones y Colocaciones. Son funciones del Departamento de Riesgos: a) Proponer a la Gerencia de Inversiones y Colocaciones las políticas de Gestión de Créditos y Riesgos. b) Estudiar y proponer las modificaciones a las condiciones generales de los préstamos, acorde con la

política de Gestión de Riesgos del BANMAT c) Proponer nuevos Programas de Financiamiento. d) Proponer Directivas, Procedimientos, Instructivas relacionadas con los Programas de Financiamiento

del BANMAT e) Proponer, supervisar y evaluar el cumplimiento de las metas de créditos aprobados por la Sucursal. f) Evaluar las solicitudes de líneas de créditos calificadas por las Sucursales, sobre la base de la

normatividad vigente. g) Proponer a la Gerencia de Inversiones y Colocaciones la autorización de las líneas de crédito. h) Supervisar que las Sucursales cumplan con efectuar la formalización documentaria de los créditos

aprobados. i) Evaluación de las Solicitudes presentadas por las Instituciones Financieras intermediarias en el

marco del Convenio de Canalización de Recursos. j) Supervisar y analizar la gestión de riesgos de los créditos otorgados en el ámbito nacional k) Monitorear y evaluar el comportamiento de los créditos otorgados por Sucursal y por Asistente de

Colocaciones, a fin de determinar la calidad de los mismos para todos los Programas vigentes del BANMAT.

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l) Proponer y coordinar la capacitación y evaluación del personal del departamento, así como de los Asistentes y Auxiliares de aprobación de créditos en las Sucursales

m) Proponer los procedimientos y normas correspondientes al trámite registral de garantías hipotecarias. n) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia. Artículo 48°.- Departamento de Inversiones y Colocaciones El Departamento de Inversiones y Colocaciones es un órgano de ejecución de la Gerencia de Inversiones y Colocaciones. Son funciones del Departamento de Inversiones y Colocaciones: a) Ejecutar las inversiones de los recursos financieros excedentes en el mercado financiero. b) Investigar y evaluar alternativas de inversión en el mercado financiero. c) Negociar con las diferentes entidades financieras la colocación de los fondos excedentes. d) Verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas con las entidades financieras e) Informar sobre la Clasificación de los Bancos e Instrumentos Financieros otorgada por las principales

Clasificadoras de Riesgo. f) Revisar en forma diaria los saldos bancarios del BANMAT SAC a nivel nacional, evaluando y

proponiendo las alternativas de inversión según los excedentes de liquidez disponibles dentro del marco legal y regulatorio vigente.

g) Controlar y Supervisar la ejecución de los créditos aprobados. h) Disponer y controlar el inicio de ejecución y desembolsos de los créditos aprobados hasta su

liquidación. i) Proponer, supervisar y evaluar el cumplimiento de las metas de créditos liquidados por Sucursal. j) Disponer y controlar los desembolsos de la canalización de recursos a las Instituciones Financieras

intermediarias. k) Dar conformidad a las liquidaciones de los créditos adjudicados de inmuebles transferidos a la

Institución. l) Proponer y coordinar la capacitación y evaluación del personal del Departamento, así como de los

Asistentes y Auxiliares de otorgamiento de créditos en las Sucursales. m) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia. Artículo 49º.- El Área de Colocaciones es un órgano de ejecución de la Sucursal, depende linealmente del Jefe de la Sucursal y funcionalmente del Departamento de Inversiones y Colocaciones y del Departamento de Riesgos, tiene las siguientes funciones: a) Participación y responsabilidad directa en el proceso crediticio de la Sucursal, de acuerdo a lo

establecido por la Gerencia de Inversiones y Colocaciones. b) Proponer las metas de créditos aprobados y liquidados de la Sucursal en función al análisis

estadístico y socio-económico de la zona. c) Informar sobre los programas de créditos y sus características a los posibles prestatarios de

BANMAT. d) Efectuar la calificación del posible prestatario. e) Verificar la existencia del lote o inmueble y las construcciones realizadas en el inmueble materia del

préstamo. f) Revisar y calificar las carpetas de crédito, elevándolas al Jefe de la Sucursal solicitando la

aprobación del crédito, proponiendo el monto de la línea de crédito, el plazo para la recuperación del mismo y el monto de la cuota inicial correspondiente.

g) Formalizar el préstamo a través de la firma del Contrato por parte del prestatario y el Representante del BANMAT SAC.

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h) Verificar la constitución de las garantías, y la firma del Pagaré, disponiendo el archivo y custodia. i) Verificar el pago oportuno de la cuota inicial pactada y supervisar la ejecución de la línea de crédito,

entrega de materiales y prestación de servicios. j) Emitir las Ordenes de Entrega u Ordenes de Salida para la entrega de materiales a los prestatarios. k) Realizar inspecciones de control para evaluar a los proveedores de bienes y servicios, verificando

selectivamente el avance de las obras, el uso de los materiales entregados y la calidad de los mismos.

l) Liquidar el préstamo, según las normas y procedimientos establecidos, determinando las cuotas a pagar, de acuerdo a las condiciones pactadas originalmente.

m) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competencia, le asigne la Gerencia de Inversiones y Colocaciones.

Capitulo X . De la Gerencia de Recuperaciones Artículo 50º.- La Gerencia de Recuperaciones es un órgano de línea que depende de la Gerencia General y tiene como propósito, ejecutar el Programa anual de la Recuperación de la cartera del BANMAT (créditos otorgados por el BANMAT SAC., provenientes de carteras transferidas o de carteras en administración) y efectuar las operaciones de control y ejecución de garantías. Supervisando la gestión de recuperaciones en las Sucursales a nivel nacional y de coordinar las acciones correctivas y de mejora del desempeño. La Gerencia tiene las siguientes funciones: a) Proponer e implementar las políticas, planes y programas de Recuperaciones. b) Proponer las metas anuales para la recuperación de préstamos, y las estrategias adecuadas para el

logro de estas, en armonía con los objetivos y metas institucionales. c) Planear, organizar, dirigir y evaluar, el proceso de recuperación de los préstamos, de acuerdo a la

normatividad vigente.. d) Supervisar en las Sucursales la aplicación de las disposiciones emitidas por esta Gerencia y por las

áreas funcionales de la sede central en lo que involucre a las recuperaciones y/o al correcto registro, control y custodia y ejecución de las garantías. Proponiendo de ser necesario las modificaciones que estime pertinentes.

e) Controlar la implementación de acciones correctivas en las Sucursales en lo referido a la gestión de recuperaciones.

f) Dirigir y coordinar el adiestramiento y evaluación de los Gestores de Cobranza, Asistentes/Auxiliares de Recuperaciones, Asistentes de Agencias y Jefes de Sucursales que participan en la recuperación de préstamos.

g) Supervisar, coordinar y apoyar las recuperaciones en las Sucursales, determinando sus niveles de recuperaciones y evaluando su efectividad en las cobranzas así como la reducción de los índices de morosidad, disponiendo las acciones pertinentes, coordinando con las áreas funcionales de la sede central que se requieran.

h) Proponer preparar y ejecutar los procesos de reversión de adjudicaciones de inmuebles transferidos al BANMAT SAC.

i) Proponer y supervisar el cumplimiento de normas y mejoramiento de procesos, recomendando y/o disponiendo acciones preventivas y/o correctivas de su competencia.

j) Elaborar y difundir las estadísticas de Recuperaciones del BANMAT SAC. k) Realizar otras funciones afines que les sean asignadas por la Gerencia General. Artículo 51º.- El Gerente de Recuperaciones tiene las facultades y atribuciones siguientes: a) Proponer a la Gerencia General los planes y programas de gestión de Recuperaciones de la Gerencia. b) Proponer a la Alta Dirección las metas de recuperaciones anuales.

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c) Organizar, coordinar y supervisar la ejecución y control de la recuperación de prestamos. d) Dirigir y coordinar las campañas promocionales de recuperación de prestamos. e) Dirigir y controlar el proceso de evaluación y calificación de cartera de prestatarios morosos. f) Dirigir y coordinar los procesos de refinanciación y reestructuración de prestamos. g) Dirigir y coordinar los procesos de transferencia de cartera. h) Dirigir y coordinar los procesos de cobranza de cartera en administración. i) Proponer a la Gerencia General las ternas para el nombramiento de funcionarios y empleados de las

Oficinas descentralizadas con excepción de los Asistentes/Auxiliares de Colocaciones. j) Establecer el plan de visitas de supervisión de las Unidades Organizativas descentralizadas. Artículo 52º.- Para el desarrollo de sus actividades la Gerencia de Recuperaciones está conformada por dos Departamentos: a) Departamento de Recuperaciones b) Departamento de Control y Ejecución de Garantías

Artículo 53º.- Departamento de Recuperaciones El Departamento de Recuperaciones es un órgano de ejecución de la Gerencia de Recuperaciones, es la responsable de normar, controlar y apoyar la gestión de las recuperaciones de los préstamos otorgados por el BANMAT SAC, provenientes de carteras transferidas y de carteras en administración. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Proponer a la Gerencia de Recuperaciones las políticas y estrategias de recuperaciones. b) Formular y evaluar el funcionamiento del sistema de recuperaciones del BANMAT SAC. c) Evaluar la ejecución de las recuperaciones por Sucursales, proponiendo las medidas correctivas

pertinentes. d) Administrar y supervisar el servicio Aló BANMAT, implementando las acciones respectivas. e) Ejecutar los procesos de cancelación de deuda por fallecimiento, por enfermedad en fase terminal y

por discapacidad física y/o mental del titular del crédito, y demás contingencias, de acuerdo a la normatividad establecida. Emitiendo periódicamente las estadísticas al respecto.

f) Ejecutar los procesos especiales de reestructuración de deuda que se establezcan (Reestructurando el Techo Liviano, etc.)

g) Ejecutar las reducciones de saldo de deudas por siniestros de acuerdo ala normatividad vigente. h) Estudiar y proponer a la Gerencia de Inversiones y Colocaciones las modificaciones de las tasas de

interés y otros conceptos, acorde con la política de recuperaciones del BANMAT SAC. i) Estudiar y proponer las modificaciones a programas de reestructuración y/o refinanciación de

deudas, acorde con las políticas de recuperaciones del BANMAT SAC. j) Proponer y supervisar el desarrollo de normas y procedimientos que permitan incrementar las

recuperaciones en las Sucursales. k) Gestionar las cobranzas indirectas correspondientes a las recuperaciones (Descuento por planilla,

Cajas BANMAT, Interbank y Banco de la Nación). l) Realizar el análisis de la estadística de recuperaciones del BANMAT SAC. m) Proponer métodos de análisis, depuración y conciliación de las cuentas corrientes de los clientes

prestatarios. n) Realizar el seguimiento y evaluación de la gestión de transferencia de la cartera externa a nivel

nacional encargada al BANMAT SAC. o) Proponer a la Gerencia de Recuperaciones las reversiones de las adjudicaciones por incumplimiento

a cláusulas contractuales o por contraponerse a los reglamentos y/o las bases con las que fueron adjudicados.

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p) Evaluar el desempeño del personal del área de recuperaciones y del Jefe de la Sucursal en lo referente a su gestión de recuperaciones, informando a la Gerencia de Recuperaciones de los resultados, adjuntando las propuestas que ameriten según sea el caso.

q) Evaluar los resultados de los servicios que prestan los Gestores de Cobranzas, proponiendo las medidas pertinentes.

r) Proponer a la Gerencia de Recuperaciones los planes y programas de supervisión de las Operaciones relacionadas con las recuperaciones que se desarrollan en las Sucursales.

s) Ejecutar los programas de supervisión a las Sucursales a nivel nacional efectuando un control recurrente y concurrente de las operaciones relacionadas con las recuperaciones, evaluando el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y la correcta aplicación y control de los recursos asignados, informando a la Gerencia de Recuperaciones y recomendando las medidas correctivas pertinentes.

t) Formular y proponer a la Gerencia de Recuperaciones la modificación de procesos y procedimientos, como producto de las supervisiones efectuadas.

u) Formular y proponer a la Gerencia de Recuperaciones ratios de gestión de recuperaciones que permitan controlar comparativamente el desarrollo de estas a nivel nacional.

v) Analizar los ratios de gestión de recuperaciones y emitir diagnósticos sobre los avances operativos individuales y comparativos de las diferentes Sucursales a nivel nacional, alcanzándolos a la Gerencia de Recuperaciones.

w) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia de Recuperaciones. Para el cumplimiento de estas funciones el departamento de Recuperaciones cuenta con un Supervisor general de Recuperaciones y Supervisores Zonales de Recuperaciones. Artículo 54º.- El Area de Recuperaciones es un órgano de ejecución de la Sucursal, depende linealmente del Jefe de la Sucursales y funcionalmente del Departamento de Recuperaciones, tiene las siguientes funciones: a) Se encarga de ejecutar las políticas de recuperaciones fijadas por el BANMAT. b) Proponer las metas de recuperaciones de la Sucursal. c) Ejecutar las acciones de recuperación en el ámbito de la Sucursal. d) Ejecutar las campañas promocionales de recuperación de prestamos que se establezcan. e) Ejecutar los procesos de refinanciación y reestructuración de créditos de acuerdo a lo normado. f) Supervisar selectivamente la labor que desarrollan los gestores, evaluarlos y proponer las medidas

correctivas o preventivas pertinentes al Jefe de la Sucursal. g) Ejerce la cobranza de los créditos en el ámbito de la Sucursal, h) Coordina y supervisa la cobranza indirecta (descuento por planillas, Cajas BANMAT, Interbank,

Banco de la Nación, etc.). i) Coordina y supervisa la cobranza directa en ventanilla y la cobranza itinerante. j) Efectúa estudios para la implementación de nuevas zonas de cobranza itinerante. k) Desempeñar las demás funciones que en el ámbito de su competencia, le asigne el Jefe de la

Sucursal. Artículo 55º.- Departamento de Control y Ejecución de Garantías. El Departamento de Control y Ejecución de Garantías es un órgano de ejecución de la Gerencia de Recuperaciones. Encargado de la administración y control de la ejecución de las garantías que se encuentran en las diferentes etapas de la recuperación; así como de la correcta custodia de las garantías otorgadas por los clientes prestatarios en las Sucursales a nivel nacional. Cumple con las siguientes funciones:

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a) Registrar los distintos tipos de garantía que se constituyan evaluando su impacto en las

recuperaciones. b) Proponer a la Gerencia de Recuperaciones la titulización de garantías cuando competan como

herramienta de financiación, acorde con la política que para estos casos establezca el BANMAT SAC.

c) Proponer a la Gerencia de Recuperaciones los tipos de garantías a ser exigidas para los procesos de reestructuración de prestatarios morosos en coordinación con la Gerencia Legal.

d) Ejecutar el registro de los procesos de modificación de garantías. e) Proponer a la Gerencia de Recuperaciones los planes y programas de supervisión de las Garantías

constituidas en las Sucursales. f) Ejecutar los programas de supervisión a las Sucursales a nivel nacional efectuando un control

recurrente y concurrente referidos al registro, custodia, control y ejecución de garantías, evaluando el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y la correcta aplicación y control de los recursos asignados, informando a la Gerencia de Recuperaciones y recomendando las medidas correctivas pertinentes.

g) Dirigir controlar y supervisar las labores tendientes al saneamiento de la documentación sustento de créditos, su adecuado almacenamiento y custodia a nivel nacional.

h) Dirigir controlar y supervisar la custodia de Contratos, títulos valores y registros de constitución de garantías a nivel nacional.

i) Establecer los procesos de actualización de información de los clientes prestatarios en la base de datos correspondiente, tendientes a minimizar el acceso a los documentos sustentos de crédito para la obtención de información.

j) Control de ejecución de garantías emitiendo las estadísticas respectivas a nivel nacional. k) Formular y proponer a la Gerencia de Recuperaciones la modificación de procesos y procedimientos

de administración garantías y recuperaciones, como producto de las supervisiones efectuadas. l) Apoyar en labores de revisión y conformidad de procesos operativos de competencia de la Gerencia

Recuperaciones. m) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia de Recuperaciones. Capítulo XI . De la Gerencia Técnica

Artículo 56º.- Gerencia Técnica es un órgano de ejecución dentro de la estructura orgánica del BANMAT, encargado de dirigir y desarrollar la elaboración de estudios, proyectos, la ejecución de obras de los proyectos desarrollados por el Banmat, la coordinación para el desarrollo de las obras de los Convenios de Financiamiento de los Programas de Crédito del Banmat asignados a la Gerencia Técnica y otros que les sean encargados; depende de la Gerencia General. La Gerencia Técnica tiene las siguientes funciones: a) Proponer a la Gerencia General, la implementación de nuevos programas de crédito y las

condiciones generales para su aprobación por el Directorio, en coordinación con la Gerencia de Inversiones y Colocaciones.

b) Dirigir la evaluación técnica permanente de los Programas de Crédito de Vivienda Básica y otros encargados a la Gerencia Técnica y Programa de Desarrollo Habitacional en que participe el BANMAT SAC.

c) Promover los programas de crédito a su cargo y asesorar a los Grupos organizados de la población y a los Promotores de Vivienda, para el financiamiento de proyectos de los Programas de Vivienda Básica, Generación de Oferta Inmobiliaria, Mi Mercado, etc.

d) Dictaminar y/o supervisar los estudios técnicos correspondientes a los diferentes proyectos a cargo de la Gerencia.

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e) Diseñar y proponer a la Gerencia General las bases técnicas y administrativas para la selección y ejecución de nuevos programas, proponiendo sus características, condiciones y sus beneficios en coordinación con la Gerencia de Inversiones y Colocaciones.

f) Evaluar e informar sobre los requerimientos de recursos necesarios para el desarrollo de nuevos programas y proyectos.

g) Revisar y solicitar a la Gerencia General la aprobación de los estudios, proyectos y expedientes técnicos elaborados por la Gerencia Técnica.

h) Revisar y elevar la propuesta de procesos para la elaboración de estudios y ejecución de obras para su incorporación en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Banmat.

i) Proponer a la Gerencia General la designación de los Comités Especiales para llevar a cabo los procesos de selección de estudios, obras y consultoría.

j) Dictar las políticas de control y supervisión para la ejecución de las obras de los proyectos piloto de vivienda, de desarrollo habitacional y otros a cargo de la Gerencia Técnica.

k) Revisar e informar a la Gerencia General para su aprobación o denegatoria las solicitudes de ampliación de plazo, pago de adicionales y deductivos, designación de las Comisión de Recepción de Obras, etc. necesarios durante la ejecución de los contratos a su cargo.

l) Coordinar la ejecución de los Convenios de Financiamiento de Proyectos de los programas de crédito a cargo de la Gerencia Técnica, así como, revisar e informar sobre los desembolsos solicitados de los Programas de Crédito a su cargo.

m) Solicitar a la Gerencia General autorice el pago de las obligaciones derivadas de los contratos a su cargo y el desembolso para los proyectos de los Convenios de Financiamiento con cargo a las líneas de crédito aprobadas.

n) Revisar y solicitar a la Gerencia General la aprobación de las liquidaciones de los contratos de estudios, obras, supervisión elaborados por la Gerencia Técnica.

o) Revisar y tramitar a la Gerencia de Inversiones y Colocaciones la liquidación técnica de desembolsos que elabora la Gerencia Técnica de los proyectos ejecutados de acuerdo a los convenios de financiamiento de los programas de crédito encargados a la Gerencia Técnica.

p) Coordinar con la Gerencia de Administración y Finanzas la conciliación contable de los pagos realizados de los contratos por estudios, obras y consultoría y de los desembolsos de los proyectos ejecutados de los Programas de Crédito a su cargo.

q) Prestar apoyo técnico y elaborar informes sobre diversos aspectos solicitados por las diferentes unidades administrativos del Banmat.

r) Revisar y opinar en el ámbito de su competencia sobre los diversos proyectos de normas internas del Banmat: procedimientos, instructivas, directivas, etc.

s) Preparar informes solicitados por la Gerencia General sobre aspectos diversos vinculados a la labor institucional.

t) Coordinar con la Gerencia Legal para la elaboración y suscripción de los contratos para la elaboración de estudios, ejecución de obras y consultoría.

u) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General. Artículo 57º.- El Gerente Técnico tiene las facultades y atribuciones siguientes: a) Dirigir, coordinar y supervisar las labores a cargo de la Gerencia Técnica, para el cumplimiento de

sus responsabilidades y de las metas asignadas. b) Proponer a Gerencia General en coordinación con la Gerencia de Inversiones y Colocaciones; los

proyectos a ejecutarse respecto a los Programas de Vivienda Básica, Proyectos Integrales de Desarrollo Habitacional, Proyectos Pilotos y otros programas que se encuentran bajo su responsabilidad.

c) Proponer a Gerencia General cuando lo considere conveniente la implementación de nuevos proyectos y programas de crédito y por tanto sus condiciones Generales de Crédito, en coordinación con la Gerencia de Inversiones y Colocaciones.

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d) Dirigir la evaluación permanente de la implementación de Proyectos de los Programas de Crédito del BANMAT y proponer las modificaciones necesarias para mejorar los procesos operativos.

e) Coordinar y dirigir los programas de control de los contratos suscritos por el Banmat para la elaboración de estudios, ejecución de obras y de consultoría.

f) Coordinar y dirigir la administración de los Convenios de Financiamiento para la ejecución de los proyectos de los Programas de Crédito a su cargo.

g) Elaborar y proponer a la Gerencia General cuando se considere necesario Convenios de Cooperación Interinstitucional para el mejor desarrollo de los programas de crédito, en coordinación con la Gerencia Legal.

h) Otros que la Gerencia General le encargue. Artículo 58º.- Para el desarrollo de sus actividades, la Gerencia Técnica está conformada por los siguientes Departamentos:

a) Departamento de Evaluación de Proyectos y Licitaciones b) Departamento de Supervisión de Proyectos. c) Departamento de Liquidación de Proyectos.

Articulo 59º.- Departamento de Evaluación de Proyectos y Licitaciones El Departamento de Evaluación de Proyectos y Licitaciones es un órgano de ejecución de la Gerencia Técnica. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Revisar, evaluar y dictaminar el cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos de los

proyectos presentados para financiamiento del Banmat, de los diferentes programas de crédito encargados a la Gerencia Técnica.

b) Elaborar con personal de planta estudios, proyectos y expedientes técnicos de proyectos que le sean encomendados.

c) Evaluar técnicamente los nuevos programas y proyectos especiales que sean priorizados por el BANMAT.

d) Elabora los términos de referencia para la elaboración de proyectos y estudios que hayan sido priorizados y autorizados.

e) Coordinar y administrar los contratos suscritos para la elaboración de proyectos y expedientes técnicos de proyectos de competencia de la Gerencia Técnica.

f) Proponer las bases técnicas y administrativas para la ejecución de nuevos Programas y proyectos proponiendo sus características, condiciones y sus beneficios.

g) Elaborar informes periódicos sobre los avances de la elaboración de estudios y proyectos. h) Entregar al Departamento de Supervisión de Proyectos, la documentación de los proyectos cuyo

financiamiento haya sido aprobado por el Comité de Colocaciones, en cuanto se hayan cumplido los requisitos establecidos para el inicio de las obras.

i) Propone y solicita por intermedio de la Gerencia Técnica la designación de los Comités Especiales para cada uno de los procesos y les presta todas las facilidades para el cumplimento de sus funciones.

j) Preparar los expedientes técnicos de contratación para los procesos de selección de estudios y obras.

k) Asesorar al Comité Especial sobre la documentación y el expediente técnico de los proyectos para los procesos de licitaciones o concurso público que tenga programado ejecutar el BANMAT.

l) Elaborar y proponer para su aprobación los procesos de selección que deberá convocar el BANMAT y solicita que estos procesos sean incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del BANMAT.

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m) Coordina con la Gerencia Legal la elaboración y suscripción de los contratos de ejecución de los proyectos u obras.

n) Coordinar y solicitar por intermedio de la Gerencia Técnica la asignación presupuestal correspondiente para llevar adelante los procesos.

o) Preparar informes periódicos sobre los avances de los procesos de licitación. p) Supervisar el cumplimiento de los cronogramas de realización de los procesos. q) Entregar al Departamento de Supervisión de Proyectos, la documentación de los ganadores de los

procesos convocados para la ejecución de obras y cuyos contratos hayan sido suscritos. r) Elaborar informes de carácter técnico sobre diversos aspectos de competencia de la Gerencia

Técnica. s) Entregar al Departamento de Liquidaciones, al término de su ejecución, el acerbo documentario

necesario de los Contratos de Consultoría para la elaboración de estudios y proyectos, a efectos de su liquidación.

t) Otras funciones que le encargue la Gerencia Técnica. Articulo 60º.- Departamento de Supervisión de Proyectos El Departamento de Supervisión de Proyectos es un órgano de ejecución de la Gerencia Técnica. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Administrar los Convenios de Financiamiento de los Programas de Crédito a cargo de la Gerencia

Técnica, durante el proceso de ejecución de las obras; informando sobre la conformidad de las solicitudes de desembolso por anticipos y valorizaciones, concordantes con los avances de las obras y pronunciándose sobre las solicitudes presentadas por los grupos organizados o por los Contratistas Promotores sobre diversos aspectos del desarrollo de las obras.

b) Administrar los contratos de ejecución de obra y los contratos de supervisión suscritos por el Banmat y que son de competencia de la Gerencia Técnica, informando sobre la conformidad de las solicitudes de pagos por anticipos y valorizaciones por avance de obra y pronunciándose además sobre las solicitudes de ampliaciones de plazo, adicionales, consultas y todo aquello referido al cumplimiento de los contratos según la normatividad vigente.

c) Dirigir y coordinar la ejecución de obras por administración que sean autorizadas por la Gerencia General.

d) Proponer a la Gerencia Técnica la designación de los profesionales que serán responsables de la coordinación de las obras.

e) Proponer a la Gerencia Técnica la designación de Inspectores de Obra, cuando así se requiera. f) Proponer a la Gerencia Técnica la designación de los profesionales responsables para la ejecución

de las obras por administración. g) Mantener el acerbo documentario de las obras y contratos en ejecución debidamente organizados. h) Elaborar programas para la adecuada Supervisión de avance de los proyectos de competencia de la

Gerencia Técnica. i) Informar periódicamente los avances de las diferentes obras en ejecución. j) Solicitar a la Gerencia Técnica la designación de las Comisiones de Recepción de Obras, coordinar

con ellas y ofrecerles el apoyo necesario para el cumplimiento de su misión. k) Al término de las obras entregar al Departamento de Liquidaciones, el acerbo documentario de los

Contratos de Obra, de Supervisión y de las obras por administración para su liquidación. l) Al término de las obras de los Programas de Crédito entregar al Departamento de Liquidaciones, el

acerbo documentario para que se formule la liquidación técnica de los desembolsos. m) Tiene a su cargo el Registro de Afiliación de Asistentes Técnicos del Banco de Materiales. n) Realizar otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Técnica.

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Articulo 61º.- Departamento de Liquidación de Proyectos El Departamento de Liquidación de Proyectos es un órgano de ejecución de la Gerencia Técnica. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Recibir del Departamento de Supervisión de Proyectos, el acerbo documentario para la liquidación

de los contratos de ejecución de obra y supervisión. b) Recibir del Departamento de Supervisión de Proyectos, el acerbo documentario para la liquidación

de las obras ejecutadas por administración directa. c) Recibir del Departamento de Supervisión de Proyectos, el acerbo documentario para la liquidación

técnica de desembolsos de los proyectos de los Programas de Crédito a cargo de la Gerencia Técnica.

d) Recibir del Departamento de Evaluación de Proyectos y Licitaciones, el acerbo documentario para la liquidación de los contratos de consultoría para la elaboración de estudios y proyectos.

e) Liquidar los contratos de obra y de supervisión suscritos por el Banmat, de acuerdo con las normas de la Ley y Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y solicitar a través de la Gerencia Técnica su aprobación por Resolución de Gerencia General.

f) Elaborar la liquidación de las obras ejecutadas por administración y solicitar a través de la Gerencia Técnica su aprobación por Resolución de Gerencia General.

g) Elaborar la liquidación técnica de desembolsos de los proyectos de los diversos programas de crédito encargados a la Gerencia Técnica y remitirlo a través de la Gerencia Técnica a la Gerencia de Inversiones y Colocaciones.

h) Liquidar los contratos de consultoría para la elaboración de estudios y proyectos, de acuerdo con las normas de la Ley y Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y solicitar a través de la Gerencia Técnica su aprobación por Resolución de Gerencia General.

i) Elabora la liquidación de los proyectos FONAS y solicita su aprobación a través de la Gerencia Técnica.

j) Solicita al Departamento de Contabilidad y Finanzas, la información de desembolsos afectados al proyecto que se desea liquidar.

k) Organiza el archivo documentario de los proyectos liquidados, en base a los acervos recibidos. l) Realiza seguimiento para que el Contratista cumpla con entregar los documentos de término de

obra, como son: los planos de replanteo del proyecto y la declaratoria de fábrica o memoria descriptiva valorizada según corresponda, inscriban conjuntamente con los prestatarios la declaratoria de fábrica y de ser el caso realice la independización.

m) Otras funciones que le encargue la Gerencia Técnica. Capítulo XII . De la Gerencia de Proyectos Especiales

Artículo 62º.- La Gerencia de Proyectos Especiales, es un Órgano de ejecución dentro de la estructura orgánica del BANMAT y depende de la Gerencia General, tiene como finalidad planificar, organizar, dirigir, supervisar, ejecutar, coordinar y evaluar las actividades relacionadas con el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios –“Mi Barrio”, el Programa “La Canchita de Mi Barrio”, el Programa “La Calle de MI Barrio”, y demás proyectos sociales financiados con el Fondo de Apoyo Social – FONAS y con recursos provenientes de entidades y organismos externos al BANMAT. La Gerencia de Proyectos Especiales, tiene las siguientes funciones: a) Desarrollar las acciones de implementación de los Proyectos correspondientes a los Programas:

Mejoramiento Integral de Barrios – “Mi Barrio”, “La Canchita de Mi Barrio”, “La Calle de Mi Barrio”, otras acciones de ayuda social y atención de emergencias, financiado con el Fondo de Apoyo Social

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– FONAS; y recursos provenientes de entidades y organismos externos al BANMAT, desarrollando las actividades que permitan su promoción a nivel nacional. Asimismo ejecuta obras por administración directa, que le sean encargados por la Alta Dirección del BANMAT.

b) Inscribir y calificar las solicitudes de postulación al Bono de Mejoramiento Barrial, cuando sea el caso, velando por el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios.

c) Administrar los recursos correspondientes al Bono de Mejoramiento Barrial transferidos por el Vice Ministerio de Vivienda y Urbanismo que financian los proyectos de Mejoramiento Integral de Barrios.

d) Realizar el proceso de selección de los Barrios Urbano Marginales que cumplan con los criterios de elegibilidad del Programa “Mi Barrio”, elevando a Gerencia General el Reporte de los Proyectos seleccionados a fin que juntamente con el Vice Ministerio de Vivienda y Urbanismo, si correspondiese, se proceda a la aprobación respectiva.

e) Formular el Reporte de los Proyectos a cargo de la Gerencia, previamente seleccionados para la evaluación final de la Gerencia General y el Vice Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de ser el caso, y gestionar la publicación de la lista de las Asociaciones Municipales - Organizaciones Comunitarias (AMOC) beneficiadas con el Bono de Mejoramiento Barrial.

f) Orientar a las Municipalidades y Organizaciones Comunitarias en aspectos técnico, administrativo-financiero y de gestión comunal del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios, así como coordinar y ejecutar actividades de promoción del mismo.

g) Elaborar los términos de referencia, necesarios para los Procesos de Licitación o Concurso Público de los proyectos a cargo de la Gerencia; y asimismo, elaborar los estudios de preinversión, expedientes técnicos de acuerdo a la normatividad correspondiente.

h) Coordinar con la Gerencia Legal la elaboración y suscripción de los Contratos de Ejecución, Supervisión y Liquidación de Obra, Resoluciones, adendas a contratos y otros que se requieran en la ejecución de los Proyectos a cargo de la Gerencia.

i) Mantener una adecuada supervisión y monitoreo del avance y calidad de las obras, en coordinación con las Unidades Ejecutoras Municipales, según corresponda.

j) Establecer las políticas internas para la Administración de los recursos transferidos por instituciones y Organizaciones públicas o privadas externas al BANMAT, que financien los proyectos a cargo de la Gerencia.

k) Realizar, en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas, una adecuada administración contable de los recursos destinados a la ejecución de la obras, así como de los recursos transferidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, desembolsos de las municipalidades y de las rendiciones de gastos.

l) Programar y solicitar los recursos económicos para la ejecución de los proyectos a cargo de la Gerencia, coordinando con la Gerencia de Administración y Finanzas.

m) Revisar las Liquidaciones presentadas y elaborar el Informe Técnico de conformidad, coordinando con la Gerencia de Administración y Finanzas.

n) Realizar la evaluación ex - ante y ex - post de los beneficiarios de los Proyectos a cargo de la Gerencia, acorde a la normativas correspondientes.

o) Coordinar con la Gerencia General del BANMAT, el Vice Ministerio de Vivienda y Urbanismo, las Municipalidades y Organismos externos que tengan relación y/o participación en los proyectos a cargo de la Gerencia.

p) Mantener el archivo de la documentación que sustente todas las actividades de la Gerencia, considerando las etapas de cada Proyecto, a fin de facilitar la consulta y las auditorias pertinentes.

q) Implementar las recomendaciones que emita el Órgano de Control Institucional, que correspondan al ámbito de su competencia, dentro de los plazos establecidos por la Gerencia General.

r) Formular, aprobar, organizar y ejecutar las acciones de acompañamiento y promoción social necesarias para asegurar la sostenibilidad de los proyectos que se encuentren en su ámbito de acción.

s) Otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia General.

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Artículo 63º.- El Gerente de Proyectos Especiales tiene las siguientes facultades y atribuciones: a) Dirigir la ejecución y evaluación permanente de proyectos de los Programas de “Mejoramiento

Integral de Barrios”, “La Canchita de Mi Barrio”, “La Calle de Mi Barrio”, y proyectos realizados con financiamiento del Fondo de Apoyo Social –FONAS, asi como otro que le encargue la Alta Dirección, proponiendo las modificaciones y mejoras que sean necesarias.

b) Proponer a la Gerencia General los Proyectos a cargo de la Gerencia, que cumplan con los criterios de elegibilidad a fin de que se proceda a su aprobación, siguiendo la normatividad correspondiente.

c) Controlar y supervisar las obras que se ejecuten, proponiendo las modificaciones que sean necesarias para mejorar los procesos operativos.

d) Solicitar a la Gerencia General la conformación del Comité Especial de los Procesos de Selección a desarrollarse, pudiendo proponer a sus integrantes.

e) Solicitar los recursos económicos para la ejecución de los proyectos, coordinando con la Gerencia de Administración y Finanzas al respecto.

f) Proponer a la Gerencia General alternativas de captación de recursos para nuevos proyectos en los programas a cargo de la Gerencia

g) Dirigir las actividades de acompañamiento y promoción social a las organizaciones e instituciones beneficiarias de los programas y proyectos cuya ejecución sea responsabilidad de la Gerencia a su cargo.

Artículo 64º.- Para el desarrollo de sus actividades, la Gerencia de Proyectos Especiales está conformada por los siguientes Departamentos: a) Departamento de Desarrollo y Participación Social. b) Departamento de Ingeniería. Artículo 65º.- Departamento de Desarrollo y Participación Social El Departamento de Desarrollo y Participación Social es un órgano de ejecución de la Gerencia de Proyectos Especiales, que realiza las acciones de acompañamiento social en la ejecución de los proyectos. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Formular las políticas y programas de atención, promoción y desarrollo social de las organizaciones

e instituciones beneficiarias de los programas y proyectos ejecutados por la Gerencia de Proyectos Especiales.

b) Organizar, ejecutar y dirigir la acciones necesarias para el cumplimiento de los programas y proyectos de promoción y desarrollo social que se encuentren en el ámbito de acción de la Gerencia de Proyectos Especiales.

c) Monitorear, sistematizar y evaluar ex ante y ex post la acciones de carácter social realizadas por la Gerencia de Proyectos Especiales

d) Organizar eventos y actividades de análisis, difusión y divulgación de las experiencias de promoción y desarrollo social de organizaciones e instituciones sociales de base, para lograr el enriquecimiento de los programas institucionales.

e) Sensibilizar y promover la participación de las organizaciones barriales respecto a los Programas a cargo de la Gerencia de Proyectos Especiales.

f) Coordinar con las Municipalidades y Organizaciones Comunitaria, tomando contacto con la población, a fin de asistirlos en aspectos técnicos y de gestión comunal de los Programas, así como brindar les información.

g) Organizar, asambleas y reuniones con las organizaciones barriales, para fomentar su participación, en los distintos programas a cargo de la Gerencia de Proyectos Especiales.

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h) Coordinar actividades de promoción de los Programas, con el Departamento de Imagen Institucional. i) Gestionar la publicación de la lista de las Asociaciones Municipales, Organizaciones Comunales –

AMOC, beneficiados con el Bono de Mejoramiento Barrial. j) Participar en el proceso de evaluación de las solicitudes de postulación a los Programas a cargo de

la Gerencia, por parte de Asociaciones Municipales, Organizaciones Comunales, etc. k) Recopilar información referente al aspecto social de los pobladores de las comunidades barriales, y

sobre su nivel de organización, preparando los informes correspondientes para la Gerencia de Proyectos Especiales.

l) Evaluación de resultados de los impactos de los programas y proyectos. m) Coordinar permanentemente con el Dpto. de Ingeniería, el desarrollo de sus actividades. n) Realizar otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia de Proyectos Especiales. Artículo 66º.- Departamento de Ingeniería El Departamento de Ingeniería es un órgano de ejecución de la Gerencia de Proyectos Especiales, y es la encargada de los estudios previos, ejecución, supervisión y liquidación de obras a cargo de la Gerencia. El Departamento cumple las siguientes funciones: a) Supervisar la implementación de los proyectos y la ejecución de las obras. b) Revisar y evaluar los aspectos técnicos los proyectos a cargo de la Gerencia, acorde con la

normatividad correspondiente. c) Controlar el avance Físico-Financiero de las Proyectos a cargo de la Gerencia. d) Elaborar términos de referencia y proyectos de Bases de Licitación o Concursos a cargo de la

Gerencia. e) Elaborar los estudios de preinversión, expedientes técnicos y otros, de los proyectos, de acuerdo a la

normatividad correspondiente. f) Preparar la documentación de los proyectos para los procesos de licitación o concurso público que

tenga programado ejecutar el BANMAT. g) Revisar las liquidaciones de obras y elaborar el informe técnico de conformidad. h) Mantener un sistema de supervisión y monitoreo del avance y calidad de las obras. i) Coordinar permanentemente con el Dpto. de Desarrollo y Participación Social, el desarrollo de sus

actividades. j) Realizar otras funciones que le sean asignados por la Gerencia de Proyectos Especiales.

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