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LICEO POETA VICENTE HUIDOBRO UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR AÑO 2017 – 2018 Unidad Técnico Pedagógica

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LICEO POETA VICENTE HUIDOBRO UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

ESCOLAR AÑO 2017 – 2018

Unidad Técnico Pedagógica

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Disposiciones Generales.

Las Disposiciones de este Reglamento sobre Evaluación, Calificación y Promoción

Escolar se aplicarán en el Liceo Poeta Vicente Huidobro de .Cartagena, desde 1º a 4º

Medio, de acuerdo a lo estipulado en los Decretos de evaluación 511 de 1997, Dcto. 112

de 1999 y Dcto. Nº 83 del 2001, adoptando el Régimen Semestral para el desarrollo de su

Proyecto Académico.

Este Reglamento se dará a conocer a los estudiantes, padres y apoderados en el

momento de la matrícula, así mismo se encontrará en la página web del liceo. La

Dirección del establecimiento velará por la correcta aplicación de este Reglamento por

parte de los Docentes, delegando en U.T.P. la supervisión de éste.

Este documento oficial se revisa, modifica y actualiza año a año, de acuerdo a las

necesidades detectadas; con la aprobación del consejo general de profesores y padres y

apoderados del establecimiento.

Evaluación.

La evaluación es un proceso permanente cuya finalidad es entregar información, que

permita tomar decisiones en forma oportuna, corrigiendo desviaciones de los objetivos y

cambiar prácticas pedagógicas cuando sea pertinente. Se consideraran los lineamientos

de evaluación que tienen los programas de estudios de a IV medio en la formación

científico humanista como en la técnico profesional. El Ministerio de Educación y la

Agencia de Calidad de la Educación velarán, de conformidad a la ley y en el ámbito de

sus competencias, por la evaluación continua y periódica del sistema educativo, a fin de

contribuir a mejorar la calidad de la educación. Ley Nº 20.370 Art.7

Artículo 1º:

a) Registro y Ponderaciones en el libro de clases de las distintas instancias de

evaluación

Cada profesor dejará establecido en cada curso el sistema de ponderaciones que

asignará a las diferentes instancias de Evaluación cuya cantidad (calificaciones)

dependerá de las hrs asignadas en el plan, evaluaciones de nivel, de proceso y

las adicionales que se suman en cada semestre, no debiendo exceder un máximo

de 10 notas.

Cada una de ellas quedarán registradas en el Libro de Clases, en los espacios

correspondientes a más tardar después de 15 días de realizada. Las evaluaciones

se registrarán con lápiz pasta, color azul y no deben llevar ninguna enmienda, de

necesitarse un cambio, éste será previamente autorizado por UTP.

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b) Desde 1er Año Medio a 4° Año Medio se considerará para todos las asignaturas;

Un informe para evaluar los objetivos actitudinales del Desarrollo Personal de los

estudiantes que se emitirá en términos cualitativos en cada semestre y al

finalizar el año escolar.

La escala de evaluación utilizada tendrá carácter edumétrico, referida al nivel de

logro de los aprendizajes de cada estudiante (lo que debe saber hacer el

estudiante y si su ejecución es igual o inferior al aprendizaje deseado) ; con ello se

establece que para el resultado de las calificaciones se utilizará como referencia

un estándar basado en el puntaje ideal fijado para la evaluación en cuestión y 60%

para la nota 4,0.La nota mínima será 1.0 y la máxima será de 7.0

Cualquier situación de evaluación que genere un conflicto será resuelta por un

comité de solución de conflictos, integrado al menos, por el profesor de la

asignatura involucrada, el profesor jefe y el Jefe de la UTP.

Artículo 2º:

A) De los procedimientos y estrategias para evaluar los aprendizajes de los alumnos

El profesorado, dentro del proceso educativo anual, deberá contemplar los siguientes

tipos de evaluación: Diagnóstico, de Nivel (Formativa), de Proceso, y

complementariamente, evaluaciones adicionales establecidas institucionalmente

además de la evaluación diferenciada, autoevaluación y co-evaluación.

Evaluación Diagnóstica: se entenderá por aquel tipo de evaluación que tiene como

objetivo el determinar la presencia o ausencia de habilidades, conocimientos

requeridos para la iniciación de un determinado aprendizaje. Ella se aplicará en

cada asignatura de Aprendizaje y en el transcurso de las primeras semanas de

clases de cada año escolar. Ella no será calificada y los resultados se expresarán

a través de conceptos (bajo B, medio bajo MB, medio alto MA, alto A.)

considerando los siguientes porcentajes

PRUEBA DE DIAGNÓSTICO

Nivel Bajo 0% 50%

Medio Bajo 51% 60%

Medio Alto 61% 80%

Alto 81% 100%

Esta evaluación servirá para determinar los niveles de aprendizaje en que se

encuentra el estudiante según la categorización que entrega el MINEDUC; en

Lenguaje, Matemática y Formación Ciudadana y para las otras asiganturas

establecidas en los planes de estudio.

En las otras asignaturas y módulos, cada profesor elaborará el instrumento

necesario para dicho diagnóstico y se aplicará a los estudiantes, previa revisión

desde UTP, quién considerará el uso y aplicación en ellas de un sistema de

clasificación de habilidades con niveles de exigencia.

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Evaluación (Formativa) de Nivel: es el tipo de evaluación que tiene por objetivo el

determinar el dominio o no de los objetivos de aprendizaje (O.A) establecidos en

las unidades de aprendizaje y en los programas correspondientes, ésta

evaluación se aplicará durante el mes de abril y junio. Se utilizarán tablas de

especificaciones para todas estas evaluaciones, considerando también

procedimientos como las rúbricas, pautas de cotejo, pautas de apreciación,

registros y observaciones diarias y directas, listas de cotejos, entre otros;

conocidos previamente por los estudiantes.

Este tipo de evaluación se expresará en calificaciones numéricas.

Evaluación de Proceso: se entenderá por el tipo de evaluación que tendrá por

objetivo el determinar el grado de logro de los objetivos de aprendizaje durante las

unidades de aprendizaje. Dentro del amplio espectro que otorgan las distintas

formas de evaluar se han determinado, entre otras, las siguientes; Informes orales

y/o escritos, individuales y/o grupales desarrollados en las asignaturas o módulos.

Proyectos de: Muestras, representaciones teatrales, científicos. Trabajo de

investigación, exposiciones, eventos musicales, artísticos, literarios, encuentros,

indagaciones científicas. Pruebas escritas, trabajos grupales, disertaciones,

debates, entre otras. , (incluso sin aviso previo).

Portafolios: Seguimiento de lo realizado en los cuadernos y carpetas de trabajo.

En EMTP la evaluación busca, especialmente ,evaluar competencias

(Conocimientos, habilidades y actitudes) que van adquiriendo los estudiantes

respecto a sus especialidades, para ello es fundamental no sólo verificar

productos, sino los procesos, porque un profesional debe saber cómo hacer su

actividad, de qué manera lo hace y sobre todo el por qué, contextualizando las

tareas.

La evaluación de las competencias exige que conozca lo que se necesita para

responder al perfil profesional requerido en el mundo del trabajo, tanto en términos de

actividades como a los criterios deseados y exigidos en el mundo de las empresas ,

los instrumentos y técnicas más adecuadas son los trabajos prácticos , proyectos

elaborados ,análisis de casos entre otros ya nombrados .

Evaluación acumulativo o Sumativa, tiene por objetivo dar a conocer el grado concreto

real del logro de los estudiantes respecto de los objetivos educativos .propuestos

inicialmente en el proceso enseñanza –aprendizaje.

Esta evaluación tiene por finalidad proporcionar antecedentes para la promoción y

calificación de los estudiantes.

Durante el semestre en todas las asignaturas o módulos deberán incluir trabajos de

investigación o presentación en forma obligatoria.

En cada evaluación escrita debe ser presentada a la UTP en función de las

habilidades de aprendizaje

En cada evaluación escrita se debe incluir un ítem de Comprensión Lectora.

Los ensayos Simce y PSU serán evaluados con una nota acumulativa al término de

cada semestre.

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Actividades de taller JEC (horas de libre disposición)

a) Las actividades de libre elección, talleres dentro del plan de estudio, se calificarán

de 1.0 a 7.0 y la evaluación está incorporada como una asignatura más. El

carácter de estas actividades será semestral y por ello una vez seleccionada,

sólo podrán cambiarse, considerando la excepción, aquellos que por motivos de

salud emergente no puedan realizar la actividad. Al inicio del segundo semestre

los estudiantes podrán optar por otro taller.

b) La cantidad de total de horas realizadas por el alumno no podrá ser inferior a dos

horas pedagógicas.

c) Cuando un estudiante no haya hecho uso de la elección de taller en la fecha

indicada, se le asignará uno considerando la disponibilidad de cupo existente a la

fecha en cuestión.

Artículo 3°

Evaluaciones adicionales: Son aquellas establecidas institucionalmente con la finalidad

de motivar una cultura de participación y compromiso de los estudiantes en un proceso

integrador que se desarrolla dentro y fuera de la institución, con prácticas reflexivas,

sistemáticas y autorreguladas.

a) Desfiles:

La participación y compromiso de los estudiantes por su formación integral será

evaluada y calificada con una nota que se registrará en cualquier asignatura del

Plan General del nivel correspondiente, a más tardar tres días después de

realizada la actividad. El profesor jefe es el encargado de registrarla en el libro de

clases luego de que informe el estudiante previamente al docente encargado de

la asignatura elegida.

Esta calificación podrá darse dos veces en el año y el estudiante deberá escoger

asignaturas distintas

b) Evaluación en Religión.

Las evaluaciones en la asignatura de Religión se registrarán semestralmente con un

concepto y una calificación equivalente incorporada , al final de cada semestre y

como evaluación final .La calificación final, a su vez, apoyará a otra asignatura del

plan general , la que será registrada por la profesora que imparta dicha asignatura

en otra del Plan general del nivel tales como; Lenguaje, Matemática, Ciencias

Naturales, Inglés o Historia .

No se permitirá la inclusión de dichas evaluaciones y sus calificaciones en ningún

módulo de las especialidades de la educación Técnica-Profesional.

La asignatura elegida no debe ser la seleccionada por desfile.

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Artículo 4°

a) De las formas de comunicar los resultados a los estudiantes, padres y/o

apoderados.

La comunicación de resultados a los estudiantes, padres y apoderados se realizará a

través de:

Una conversación de Evaluación entre estudiante y profesor.

Entrevistas personales con apoderados cuando corresponda o cuando se soliciten.

Informe intersemestral con calificaciones parciales.

Informe escrito de cierre de semestre, con observaciones extraídas de la hoja de

vida de cada estudiante y las apreciaciones de los profesores.

Certificado Anual de Estudios e Informe Anual de Desarrollo Personal y Social.

Artículo 5º.

a) Para determinar la calificación final de los estudiantes se aplicarán los siguientes

procedimientos.

El promedio semestral de cada asignatura se calculará con un decimal

aproximado.

El promedio anual se calculará con la sumativa de todas las asignaturas que se

impartan en cada nivel de enseñanza, con un decimal aproximado, considerando

para este efecto los promedios semestrales de la asignatura.

El promedio general anual en estos casos se registrará con un decimal con

aproximación.

Los profesores deberán entregar un temario que contenga los contenidos

contemplados en las pruebas de nivel c1 y c2 que se calendaricen a los

estudiantes con al menos 15 días anticipación.

Los talleres que se impartan dentro del plan de estudio, se desarrollarán durante el

año escolar y llevarán calificaciones semestralmente.

La aproximación de lo promedios se realizará a la centésima.

Artículo 6

a) De la Eximición de asignatura.

En el sub-sector de Idioma Extranjero (Inglés) podrán eximirse aquellos

estudiantes que pertenezcan al Proyecto de Integración, previo informe de la

Sicóloga (o) y Educadora Diferencial.

En el caso de Educación Física los estudiantes podrán eximirse de la actividad

física, previa sugerencia del especialista que realizó el diagnóstico. El estudiante

realizara evaluaciones escritas y ellas se traducirán en calificaciones semestrales

y anuales, dependiendo de cada persona y se basarán en el programa del nivel,

con un sistema de evaluaciones acordado entre el profesor de la asignatura y la

Unidad Técnica Pedagógica, con toma de conocimiento del apoderado.

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A las estudiantes embarazadas se les suspenderá la actividad física, no el

sistema evaluativo de la asignatura, el que se realizará conforme al programa del

nivel, previo acuerdo entre la profesora y Unidad Técnica Pedagógica del liceo e

informe al apoderado.

En el caso de la no opción en Religión, los estudiantes permanecerán en la sala de

clases.

b) Situaciones Especiales:

En aquellos casos donde se tome la medida de alejamiento parcial por temas de

salud( previo conocimiento del diagnóstico del especialista) o conductuales graves;

(previo debido proceso) ,se realizará una calendarización especial con tareas y

pruebas por asignatura y/o módulo ,organizada por el profesor jefe y entregadas

desde UTP ,que el estudiante deberá presentar de vuelta en las fechas

estipuladas para las revisiones pertinentes .El apoderado deberá firmar la toma de

conocimiento

Se llevará un registro especial en UTP, de las entregas y devoluciones de todos

los materiales que se entreguen y los que sean devueltos.

.

Traslado de estudiantes de otro establecimiento:

Los estudiantes que provienen de un régimen de evaluación trimestral o semestral

y sus traslados se efectúen antes del término del primer o segundo semestre,

deberán rendir las evaluaciones que fije cada docente en su asignatura de

aprendizaje, hasta completar el número de calificaciones fijadas por el liceo en

cada asignatura.

Desde el momento del ingreso a nuestro liceo, el alumno o alumna será evaluado

según las disposiciones del presente Reglamento de Evaluación y Promoción.

c) Situaciones no previstas.

Las situaciones de Evaluación y promoción escolar no previstas en el presente

reglamento serán resueltas por las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación

respectivas dentro de la esfera de su competencia.

Artículo 7º.

a) Evaluación Diferenciada.

Entendemos por evaluación diferenciada a aquellos procedimientos evaluativos que

en forma temporal o permanente consideran, respetan y asumen al estudiante con

necesidades educativas especiales (NEE) ,desde su realidad individual , adaptando

y/o reformulando los instrumentos o modalidades de evaluación aplicada al grupo

curso , con el fin de lograr una adecuada evaluación a partir de la particularidad del

déficit o condición.

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Necesidades Educativas Especiales:

Se entenderá por Necesidades Educativas Especiales a la ayuda o recurso adicional

ya sea humano, material o pedagógico necesarios para conducir un proceso de

desarrollo y aprendizaje a aquellos estudiantes que lo requieren, para contribuir al

logro de los fines de la educación, el aprendizaje; pudiendo ser de carácter transitorio

o permanente.

Necesidades Educativas de carácter permanente.

Son aquellas barreras para aprender y participar , diagnosticadas por profesionales

competentes, que determinados estudiantes experimentan durante su escolaridad y

que demandan al sistema educacional la provisión de apoyos y recursos adicionales

o extraordinarios para asegurar su aprendizaje escolar; por lo general las NEE

permanentes se presentan asociadas a discapacidad visual ,auditiva, disfasia,

trastorno espectro autista , discapacidad intelectual y discapacidad múltiple.

Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorio.

Son dificultades que experimentan los estudiantes en algún momento de sus vida

escolar , diagnosticada por profesionales competentes que demanda al sistema

educacional , or una parte la provisión de apoyos y recursos adicionales o

extraordinarios por un determinado periodo de su escolarización para asegurar el

aprendizaje y la participación de éstos en el proceso educativo y por otra el desarrollo

de capacidades en el profesorado para dar respuestas educativas de calidad a los

diferentes estilos de aprendizajes , ritmos , habilidades e intereses que presentan los

estudiantes .Las NEE-T pueden presentarse asociadas a dificultades asociadas a

dificultades de aprendizaje , trastornos específicos del lenguaje , déficit atencional y

coeficiente intelectual limítrofe .

Se aplicará Evaluación Diferenciada para determinar el logro de los objetivos a

evaluar en aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE),

buscando favorecer a todos los estudiantes para que desarrollen al máximo sus

potencialidades.

De acuerdo a lo estipulado por el Ministerio de Educación en su Decreto N° 170,

entenderemos la evaluación diferenciada como la aplicación de Procedimientos de

evaluación adecuados para atender a la diversidad de estudiantes existentes en

cualquier grupo curso.

La evaluación diferenciada utiliza una diversidad de métodos y procedimientos

claramente intencionados, de tal modo que permita al estudiante descubrir sus

propios modos de aprender, orientándolo hacia procedimientos que favorezcan el

desarrollo de estrategias de aprendizaje de carácter metacognitivo. (Pedagogía

Diferenciada).

El diagnóstico sólo compete al especialista (neurólogo, neuropsiquiatra, psicólogo,

psicopedagogo, fonoaudiólogo, etc.), del mismo modo las sugerencias y/o

estrategias sólo podrán ser indicadas por los profesionales del área .El liceo

cuenta con proyecto de integración a través del cual se diagnostican a los

estudiantes.

Detectada la situación el padre y/o apoderado deberá presentar la documentación

y trámites que a continuación se señalan:

-Audiencia del apoderado para entrega de diagnósticos.

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-El Liceo exigirá cuando corresponda la certificación de un médico,

psicólogo y/o psicopedagoga que diagnostique la dificultad de aprendizaje

de forma detallada.

-En los casos en que la causal sea un trastorno del desarrollo de la

personalidad o un cuadro reactivo (depresión, fobia, angustia extrema),

será exigible un psicodiagnóstico completo, realizado por psiquiatra o

psicólogo clínico, que incluya, en lo posible, pruebas proyectivas

(Roschard, Phillipson, u otras.).

-Posteriormente, la Dirección del Liceo luego de analizar estos

antecedentes determinará, cuando proceda:

1) La evaluación diferenciada o

2) Un régimen de evaluación normal.

Si la determinación es la primera opción, el liceo optará por dos formas de

evaluación diferenciada:

1) Una permanente referida a Trastornos de Aprendizaje Específico. Esta será

acreditada por el especialista mediante informe escrito.

2) Otra temporal, ya sea por salud, disfunciones familiares, viajes al extranjero/

o del extranjero y/o idiomáticas que dificulten cursar de forma regular un

subsector de aprendizaje.

La evaluación diferenciada no se refiere al cambio de objetivos planteados al curso

en cualquiera de los subsectores. Esta tiene relación con los procedimientos,

estrategias que se emplearán para cumplir los mismos objetivos. Del mismo modo

la aplicación de la evaluación diferenciada no implica la aprobación automática de

la asignatura ni del año académico.

La evaluación Diferenciada quedará registrada como tal en la UTP, con los

Especialistas del liceo (profesionales a cargo del Proyecto de Integración Escolar)

y Orientación.

Artículo 8°

Orientaciones Específicas.

a) Acciones que se considerarán en relación a la evaluación diferenciada:

Principalmente se promoverá la diversificación de estrategias metodológicas,

reconsiderando las unidades o temáticas que crean las dificultades.

Verificar si el problema se debe a irresponsabilidad o insuficiente acuciosidad en el

seguimiento en las clases o en el cumplimiento de los deberes propios de cada

estudiante.

El objetivo es que el estudiante comprenda lo que se le está preguntando y qué

debe contestar. Procurar indicaciones como: qué, cómo, por qué, explique, defina,

nombre, etc.

Cuidar la extensión de los instrumentos.

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Eliminar ítems que no se han trabajado en clases, previo a las evaluaciones y

temarios de contenidos y habilidades a evaluar, el estudiante deberá realizar

actividades de ensayo con el mismo tipo de preguntas , nivel de dificultad y

abstracción y por lo tanto ejercitar el trabajo con las mismas destrezas y / o

funciones cognitivas y estrategias de aprendizaje a través de guías trabajadas en

clases o llevadas la casa.

Eliminar preguntas que aparecen en otros ítems de la misma prueba, considerar

evaluaciones que tengan preguntas centradas en objetivos de mayor relevancia y

disminuir aquellos ítems que evalúan el mismo objetivo y/o habilidad.

Considerar cantidad de ítems, en casos necesarios, disminuir la cantidad de ellos y

de ejercicios que evalúen el mismo objetivo y/o habilidad cognitiva u otra.

La ortografía en la producción de textos no será considerada para descontar

puntaje, sin embargo los estudiantes deberán corregir los errores, al momento de

entregada la corrección y el instrumento de evaluación.

En los casos de evaluaciones de desarrollo, las preguntas deben apuntar a lo

relevante y permitir respuestas relativamente breves.

Modificar el tiempo para el logro de objetivos. Fraccionar la aplicación del

instrumento de evaluación , de acuerdo a los tiempos de ejecución eficaz del

estudiante , evitando la desmotivación, fatiga y frustración, se sugiere asignar

tiempos entre los 30 a 45 minutos , con intervalos de descanso aplicados en días

consecutivos.

Seleccionar los principales contenidos o ejes temáticos de la asignatura, para

establecer metas reales y factibles de alcanzar .por los estudiantes.

Otorgar más tiempo para que el estudiante responda evaluaciones sumativas

En pruebas escritas plantear los ítems con una formulación precisa y clara,

evitando la verbalización excesiva y vocabulario complejo.

Programar actividades pedagógicas alternativas.

Verificar adecuada comprensión de la tarea. Las instrucciones o preguntas de los

instrumentos de evaluación deben ser claros y precisos, de ser necesario,

incorporar aclaración de conceptos y/ o ejemplos que sean comprendidos

Apoyar el desarrollo de pruebas escritas, mediante la focalización y mediación de

aspectos trabajados equivocada o insuficientemente, especialmente en

estudiantes con presencia de impulsividad.

Realizar evaluaciones orales en el tratamiento de los estudiantes cuando exista

presencia de dificultades de lectoescritura.

Entregar material concreto de apoyo a las operaciones a nivel de cálculo

matemático, durante las evaluaciones o clases.

Planificar metas en conjunto con el alumno a corto plazo

Motivar al joven en la autorregulación de las exigencias, realizando nuevos

acuerdos con el profesor, de manera de incentivar el sentirse competente y con

espíritu de auto-superación.

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c) Tipos de evaluación diferenciada

Prueba de desarrollo o ensayo en los cuales el estudiante deba elaborar

respuestas integrando conocimientos.

Pruebas de selección múltiple.

Informes escritos u orales.

Observación del desarrollo de: relatos, disertaciones, graficación,

esquematización, dramatización, creación, etc.

Trabajos de investigación., individuales, en grupos.

Elaboración de mapas conceptuales.

Trabajo en laboratorios.

Elaboración de Proyectos, Exposición de ideas mediante: debates, foros, paneles,

entre otros.

Aplicación de la autoevaluación y co-evaluación, según corresponda.

Artículo 9°:

a) Cantidad de calificaciones

Los estudiantes deberán ser evaluados en todas las asignaturas y actividades de

aprendizaje del plan de estudio en períodos semestrales.

Las evaluaciones acumulativas serán producto de trabajos en clases, pruebas de

salidas culturales o alguna otra previamente especificada por el profesor.

La cantidad de evaluaciones y calificaciones registradas en el libro de clases no

podrá exceder el número de 10.

Artículo 10 °:

a) De la aprobación

Los resultados de las evaluaciones en cada uno de las asignaturas, módulos o

actividades de aprendizajes, para fines de registrarlas al término del año escolar,

se anotarán en una escala numérica de 1.0 a 7 hasta con un decimal. El 3.9 será

dirimido con una prueba especial, que considerará los principales objetivos del

segundo semestre académico en los casos de posible repitencia. La cual si es

aprobada reemplazará el promedio por nota 4.0, y si es reprobada se mantendrá

el 3,9.

La calificación mínima de aprobación será 4,0 para todas las asignaturas que se impartan

en cada nivel de enseñanza.

Artículo 11°:

Los(as) estudiantes(as) que no asistan a rendir una evaluación, deberán presentar

Certificado médico con el fin de justificar su inasistencia a la(s) evaluación(es) en

un plazo no superior a cuarenta y ocho horas(48) transcurridas desde la fecha de

aplicación del instrumento, luego de lo cual, podrá rendir su evaluación a la

primera clase, contando desde el día en que se incorpora al establecimiento por

término de su licencia médica.

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Del mismo modo se aplicará el criterio antes mencionado en los casos de

inasistencias por situaciones de fuerza mayor: fallecimiento de familiar directo,

enfermedad del padre y/o apoderado, entre otros, con previo justificativo escrito u

oral por parte del apoderado del estudiante.

La certificación médica en caso de inasistencia a pruebas no podrá ser emitida por

un familiar directo.

En los casos en que el/la estudiante no se presente a rendir evaluaciones

calendarizadas para las asignaturas de su nivel, sin ningún tipo de justificativo, ya

sea certificado médico o justificativo escrito u oral del apoderado, deberá rendir la

evaluación pendiente el primer día de asistencia al establecimiento posterior a su

falta en que le corresponda la asignatura con evaluación no rendida. La evaluación

que rinda, será la misma que se aplicó al resto del nivel, pero con un 70% en el

nivel de exigencia para la nota 4.0

Si un estudiante fuera sorprendido entregando o recibiendo información al

momento de cualquier evaluación individual, se retirará la evaluación y se le

evaluará hasta donde hubiese trabajado.

Respecto de las entrega de trabajos será responsabilidad del estudiante hacerlos

llegar en la fecha determinada para ello, sobre todo si éstos han sido pedidos con

antelación.

El alumno tendrá derecho a que se le presente todo trabajo que haya sido objeto

de evaluación para cotejarlo con las pautas de corrección, con el fin de que se le

expliquen los criterios y procedimientos seguidos en su evaluación. Cualquier

reclamo sobre el procedimiento, contenido, escala, etc. deberá ser realizado en un

plazo no superior a cuarenta y ocho horas (48) transcurridas desde la fecha de

entrega del resultado de la evaluación. El reclamo posterior, no será considerado

para efectos de modificación de la calificación obtenida.

Una vez revisadas las pruebas con los estudiantes, estas les serán entregadas

posteriormente a la corrección y análisis de errores en la sala de clases.

Artículo 12°:

Promoción:

Serán promovidos todos los estudiantes que hubieran asistido a lo menos el 85%

de asistencia a las clases establecidas en el calendario anual.

La Dirección autorizará la promoción con porcentaje menor al exigido en los

siguientes casos:

Ingreso tardío al Colegio por enfermedad u otra causa debidamente certificada.

Ingreso tardío al Colegio por traslado.

Enfermedad prolongada durante el transcurso del año escolar, debidamente

certificada.

Ausencia por un período determinado por razones que lo ameriten.

Finalización del año escolar anticipado.

Otros casos debidamente calificados.

Para efecto de todas las causas antes mencionadas, el apoderado responsable

del estudiante deberá presentar una carta tipo a dirección, en la cual se apele a la

promoción del estudiante con porcentaje inferior de asistencia al requerido por ley

(85%) con al menos una semana de anticipación al cierre del año escolar.

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Artículo 13°:

Para la promoción de los estudiantes desde I hasta IV año de Enseñanza Media,

se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de las asignaturas,

módulos o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases.

Respecto del logro de los objetivos:

a) Serán promovidos los estudiantes que hubieren aprobado todos las asignaturas,

módulos o actividades de sus respectivos Planes de Estudio,

b) Serán promovidos los estudiantes desde I hasta II año Medio que no hubieren

aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de

logro corresponda a un promedio de 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

c) Igualmente serán promovidos los estudiantes de los cursos I y II año Medio que no

hubieren aprobado dos asignaturas o actividades de aprendizajes, siempre que su nivel

general de logro corresponda a un promedio de 5,0 o superior, incluidos los no

aprobados.

d) Serán promovidos los estudiantes de III y IV año Medio que no hubieren aprobado una

asignatura de aprendizaje o módulo, siempre que su nivel general de logro corresponda a

un promedio de 4,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la

calificación de la asignatura no aprobada.

e) Serán promovidos los estudiantes de III y IV año medio que no hubieren aprobado dos

asignatura de aprendizajes o módulos, siempre que su nivel de logro corresponda a

promedio de 5,0 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la

calificación de las dos asignaturas no aprobadas.

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos asignaturas no

aprobadas se encuentran las asignaturas de Lenguaje y Comunicación y/o Matemática,

los estudiantes de III y IV año Medio serán promovidos siempre que su nivel de logro

corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se

considerará la calificación de las dos asignaturas de aprendizajes o asignaturas no

aprobadas. Los estudiantes de la educación TP no podrán reprobar ningún módulo de las

especialidades, ya que será causal para no realizar la práctica correspondiente, la que

deberá realizarse al año siguiente para optar a la aprobación a través de un

Artículo 14°:

La Dirección con el(o los) profesor(a)(es) respectivo(a)(s), y el Jefe Técnico

deberán resolver las situaciones especiales de Evaluación y promoción de los

estudiantes(as) de los distintos niveles. Entre otros, resolverán los casos de

estudiantes que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a Clases,

ausentarse por un determinado período de tiempo, finalizar el año escolar

anticipadamente u otras causas semejantes. (Servicio militar, certámenes

nacionales e internacionales en el área del deporte, la literatura, las artes y las

ciencias; becas, etc.).

Page 14: REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN … · Medio, de acuerdo a lo estipulado en los Decretos de evaluación 511 de 1997, Dcto. 112 de 1999 y Dcto. Nº 83 del 2001, adoptando el

LICEO POETA VICENTE HUIDOBRO UNIDAD TÉCNICA PEDAGÓGICA

No se autorizarán ausencias prolongadas de los estudiantes por viajes de turismo

durante el proceso, en caso de producirse esta situación, será responsabilidad de

los padres y/o apoderados y del alumno(a) asumir el reforzamiento

correspondiente.

Artículo 15°:

El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para ingresar y

permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. El Liceo no

discriminará en tales situaciones otorgando las facilidades para la continuidad de

los estudios de la alumna. (Ley 18.962, artículo 2º).

Las consideraciones al respecto están establecidas en el Reglamento Interno del

Liceo. No obstante lo señalado, los padres y/o apoderados deberán presentar un

certificado médico que avale su estado de salud compatible para efectuar las

actividades lectivas durante el período que corresponda.

Artículo 16°:

Respecto de las validaciones y correlaciones de estudios

El liceo desarrollara procesos de Validación y Correlación de estudios, según sea el

caso dentro del año lectivo. Dicho proceso será velado por la Unidad Técnica

Pedagógica, una vez que las solicitudes de matrícula provisoria sean recepcionadas por

secretaría de dirección. Siendo así, se establece un calendario de evaluación, se informa

al apoderado y estudiante de las pruebas que deberá rendir, entregándole material de

apoyo y el temario para su preparación.

La evaluación y la correlación deberán ser fijadas en un plazo máximo de tres semanas

para luego rendir las pruebas.

Los docentes examinadores serán asignados por la Unidad Técnica Pedagógica y

tomaran las evaluaciones después de la Jornada escolar. Los resultados se entregaran 3

días después y serán informados al estudiante y apoderado.

Una vez que el proceso de validación y/o correlación sea efectivo, se procede al llenado

de los formularios que envía el departamento provincial con los resultados obtenidos y los

datos del estudiante, son enviados por oficio al departamento provincial dejados en la

oficina de partes.

Si el resultado es favorable y el estudiante valida el nivel, será ingresado al libro y SIGE

para que sea matriculado de forma definitiva. Si el resultado de la validación no es

aprobada el estudiante terminara el año escolar en el nivel que se encuentra para así

validar el nivel que cursa.

Artículo 17°:

El presente reglamento será aplicado durante el año 2017 y evaluado a partir del

mes de noviembre de cada año escolar por los siguientes estamentos: Centro

General de Padres y Apoderados, Centro General de Estudiantes, Consejo

General de Profesores, UTP, Equipo de Gestión Escolar y Dirección del

establecimiento para considerar e incorporar las sugerencias, en el caso que

corresponda, de todos los estamentos involucrados en el proceso de aprendizaje

enseñanza.