REGLAMENTO DE DOCENTES - Universidad de …...Ciencias y Humanidades - UCH, tienen derecho a laborar...
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N° 099-2015-CU-UCH
RESOLUCIÓN
REGLAMENTO DE DOCENTES
DIRECCIÓNACADÉMICA
REGLAMENTO DE DOCENTES DE LA UCH
Versión: Nº 02-2015
Fecha de Actualización:
26/12/14
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TÍTULO I
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º El presente Reglamento tiene por finalidad normar el ingreso,
derechos y obligaciones, estímulos, faltas y sanciones de los docentes que
laboran en la Universidad de Ciencias y Humanidades – UCH, de conformidad
con la Ley Universitaria N°30220 y demás normas complementarias y
modificatorias, Estatuto, Reglamento General, y los demás en cuanto les
corresponda, y teniendo también como base legal los dispositivos que se indican
seguidamente:
a) Constitución Política del Perú.
b) Ley General de Educación - Ley N° 28044.
c) Ley Universitaria Nº 30220.
d) Decreto Supremo Nº 039-91-TR
e) Ley De Productividad y Competitividad Laboral-Decreto Supremo Nº 003-
97-TR
f) Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo. Nº 728, Ley de Formación
y Promoción Laboral-Decreto Supremo N° 002-97-TR
g) Reglamento de Ley de Fomento Al Empleo-Decreto Supremo Nº 001-96-
TR.
h) Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo
en Sobretiempo Decreto Supremo Nº 007-2002-TR
i) Reglamento Interno de Trabajo de la UCH
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j) La Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su
reglamento
k) Decreto Legislativo Nº 882
l) Estatuto de la Universidad de Ciencias y Humanidades – UCH.
Artículo 2º La docencia universitaria es una carrera reconocida por la Ley Nº
30220, amparada por la Constitución del Perú, contribuye conjuntamente con los
integrantes de la comunidad Universitaria al desarrollo integral del futuro
profesional y a crear una sociedad de dimensiones más humanas y una ciencia
al servicio de la sociedad, inspirado en los principios expresados en el artículo
N° 87 del Estatuto de la UCH.
Artículo 3º Para ejercer la docencia en la UCH, además del compromiso de
cumplir y hacer cumplir los fines y principios planteados en la Ley Universitaria y
el Estatuto y demás normas internas, deberá reunir los requisitos exigidos en los
mismos para cada clase y categoría de docentes.
Artículo 4º El personal docente que labora en la Universidad de Ciencias y
Humanidades - UCH, se acoge al régimen laboral de la actividad privada. Su
ingreso será por concurso.
CAPITULO II
DE LOS DEBERES Y DERECHOS
Artículo 5º Los docentes de la Universidad están comprendidos en el Régimen
de la actividad privada, Texto Único ordenado del D. L. N° 728, aprobado por
D.S. N° 003-97-TR, conforme a su naturaleza jurídica y a lo señalado en el Art.
6° del D.L. N° 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.
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Artículo 6º Del perfil del docente de la Universidad de Ciencias y
Humanidades.
a) Clara identificación con los valores y principios de la UCH y con la Visión
y Misión de la Universidad y su Facultad.
b) Compromiso con la sociedad a través de la búsqueda de soluciones
diferentes para la solución de sus problemas.
c) La búsqueda constante de la verdad y tolerante con ideas distintas o
contrarias a las suyas..
d) Compromiso con el estudiante, es decir con la docencia e investigación
en el aula, además de su responsabilidad en sus obligaciones
académicas.
e) Dominio de estrategias y técnicas didácticas, así como estrategias de
evaluación adecuadas a las necesidades y naturaleza de la especialidad
que dicta.
f) Dominio de gestión pedagógica, lo que le permite aportar a la mejora de
las herramientas técnicas de las asignaturas, como elaboración de
sílabos, mejora curricular y evaluación.
g) Dominio de los conocimientos del área a la que pertenece y por ende
dominio de las especialidades que enseña.
h) Capacidad superior en la comprensión y lectura especializada,
comunicación escrita y oral, razonamiento lógico y/o matemático, y de los
recursos de la informática.
i) Pensamiento crítico, creativo, científico y reflexivo. Capacidad para la
toma de decisiones y la solución de problemas.
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j) Cualidades personales de creatividad, dinamismo, flexibilidad y
tolerancia, capacidad de empatía, comunicación y trabajo en equipo.
Conducta asertiva. Crítica y autocrítica.
k) Estructura ética coherente e integridad moral.
Artículo 7º Los profesores que prestan servicio docente en la Universidad de
Ciencias y Humanidades - UCH, tienen derecho a laborar en el área para la cual
han sido designados y percibir una remuneración acorde con su responsabilidad,
condición y tiempo de dedicación. Los docentes pueden optar por el Sistema
Nacional de Pensiones o por el Sistema Privado de Pensiones.
Artículo 8º Los profesores tienen derecho a que se respeten los
procedimientos legales y administrativos en todo acto de la vida institucional
universitaria.
Artículo 9º Los Docentes de la UCH tienen las siguientes obligaciones:
a) Respetar y hacer respetar el estado social, democrático y constitucional
de derecho.
b) Ejercer la docencia con rigurosidad académica, respeto a la propiedad
intelectual, ética profesional, independencia y apertura conceptual e
ideológica.
c) Generar conocimiento e innovación a través de la investigación rigurosa
en el ámbito que le corresponde, si su labor está vinculada directamente
a la investigación, o promoverlo a través de la cátedra si su vinculación es
indirecta.
d) Perfeccionar permanentemente su conocimiento, capacidad docente y
realizar labor intelectual creativa.
e) Brindar tutoría y consejería a los estudiantes para orientarlos en su
desarrollo profesional y/o académico, respetando su libertad en el
conocimiento de sus derechos y deberes establecidos por la constitución
y las Leyes vigentes.
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f) Participar de la mejora de los programas educativos en los que se
desempeña.
g) Presentar informes sobre sus actividades en los plazos que le sean
requeridos.
h) Respetar y hacer respetar las normas internas de la universidad.
i) Observar conducta digna, ética y moral asumiendo un trato cortés y
respetuoso con toda la Comunidad Universitaria.
j) Otros que establezca el estatuto, el reglamento de docentes y las demás
nomas internas dictadas por los órganos competentes.
Artículo 10º Es responsabilidad funcional de los docentes desarrollar la
Estructura Curricular, actualizar y contemporizar los contenidos curriculares de
las diversas asignaturas, aplicando estrategias para dinamizar el proceso de
ejecución curricular, debiendo para ello, añadirse, dentro de otras las tareas
siguientes:
a) Elaborar y presentar oportunamente el Syllabus de la asignatura o
asignaturas que están bajo su responsabilidad.
b) Planificar, coordinar, desarrollar y evaluar el desarrollo de sus sesiones
de aprendizaje de la (s) asignatura (s) bajo su responsabilidad, o el
asesoramiento en el laboratorio.
c) Preparar la secuencia de cada sesión de aprendizaje programada en
concordancia con el Perfil Profesional a lograr y con las Unidades
Didácticas teniendo absoluta libertad para ello.
d) Preparar y aplicar el material didáctico pertinente para cada sesión de
aprendizaje o de trabajo pedagógico; potenciando y dinamizando con el
uso estratégico de las TICs.
e) Mantener su integridad moral, su honestidad y justicia al evaluar el
aprendizaje del alumno.
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f) Evaluar en forma permanente el proceso de formación del estudiante
utilizando correctamente técnicas, criterios e instrumentos acordes a la
naturaleza del tema o de las asignaturas a su cargo.
g) Elaborar módulos, separatas o guías didácticas que sean necesarias para
complementar y/o reforzar el proceso de E/A.
h) Someterse a los procesos de evaluación permanente que la universidad
programe sin previo aviso y en tiempo real.
i) Participar y colaborar en las comisiones de actualización de los Syllabus
y/o Programaciones Curriculares.
j) Elaborar un Banco de preguntas por cada Unidad Didáctica, aplicarlos y
reforzar los vacíos y deficiencias de aprendizaje detectado.
k) Preparar el Banco de Preguntas por cada periodo parcial de estudios, así
como del examen final, sustitutorio y evaluación de aplazados.
l) Participar en resguardar la disciplina de los alumnos en el local,
informando a la instancia correspondiente sobre actos de indisciplina para
la corrección o sanción de la falta cometida.
m) Participar, colaborar en la programación y ejecución de las actividades de
Responsabilidad Social Universitaria, así como en actividades que se
convoque.
Artículo 11º Los Docentes de la UCH tienen los siguientes derechos:
a) El ejercicio de la libertad de cátedra en el marco de la Constitución Política
del Perú, La Ley 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento
General.
b) Ser Designado en las instancias de dirección institucional que regula el
Estatuto - UCH.
c) La promoción en la carrera docente.
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d) Participar en los proyectos de Investigación en la forma que regula el
Reglamento de la materia.
e) Participar en la iniciativa, desarrollo y ejecución de los centros de
producción de bienes y servicios que cree la Universidad o mantenga en
funcionamiento.
f) Beneficiarse de los convenios que suscriba la Universidad para la
capacitación y perfeccionamiento académico de sus docentes, en los
términos que regula el convenio.
g) Tener licencias con o sin goce de haber, de acuerdo a lo dispuesto por la
Ley Laboral de la actividad privada.
h) Tener licencia, a su solicitud, en el caso de mandato legislativo, municipal
o regional, y forzosa en el caso de ser nombrado Ministro o Viceministro
de Estado, Presidente de Región, conservando la categoría y clase
docente.
i) Tener año sabático con fines de investigación o de preparación de
publicaciones por cada siete (07) años de servicios en caso de ser
docente ordinario, previa evaluación del consejo directivo a propuesta del
Decano y siempre que haya disponibilidad económica y financiera de la
Universidad.
j) Gozar del periodo vacacional remunerado de acuerdo a ley y al régimen
docente que corresponda.
k) Gozar de incentivos a la excelencia académica.
l) Gozar de los beneficios previsionales conforme a ley y al régimen en el
que se encuentra inscrito el docente.
m) Otros que establezca el Estatuto, el Reglamento General y las demás
normas internas dictaminadas por los órganos competentes.
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Artículo 12º Los Docentes de la UCH cuidarán de no:
a) Usar el cargo con fines de lucro personal, percibir pagos u otros beneficios
fuera de ley.
b) Impedir o alterar el funcionamiento del servicio.
c) Causar intencionalmente daños materiales a la infraestructura, equipos y
mobiliario, usar o sacar bienes de la Institución para uso personal sin el
permiso correspondiente de la autoridad.
d) Concurrir al trabajo en estado de embriaguez, bajo influencia de drogas o
sustancias estupefacientes.
e) Mantener relaciones extra laborales con los (as) alumnos(as) de la
Universidad en donde se comprometa su objetividad y parcialidad en el
ejercicio de sus funciones.
Artículo 13º Los Docentes en servicio como contratados con consentimiento de
su superiores tienen derecho a licencia sin goce de haber hasta dos (02) días
por fallecimiento del cónyuge, padres e hijos, si el deceso se produce en el lugar
donde presta servicios y hasta por tres (03) días si el deceso o sepelio se
produjera en provincia distinta a su centro de trabajo, presentando
posteriormente la partida de defunción.
Artículo 14º Los Profesores en servicios nombrados o contratados tienen
derecho a licencia sin goce de haber, en los siguientes casos:
a) Por motivos particulares hasta por tres (03) días, acumulables dentro de
un semestre académico.
b) Por desempeño de comisión en función del servicio o por estudios que
tengan carácter multiplicador, para la carrera o institución hasta cinco (05)
días, previos los trámites correspondientes y con autorización de su
superior inmediato.
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CAPITULO III
DEL INGRESO, EVALUACIÓN, REQUISITOS MINIMOS
Artículo 15º La admisión a la Carrera Docente en la Universidad de Ciencias y
Humanidades se sujeta al Concurso de selección y evaluación que para el efecto
establece el Reglamento específico de la Universidad.
Artículo 16º El otorgamiento de la condición de Docente en la Universidad de
Ciencias y Humanidades se adquiere por Contrato o nombramiento según la
naturaleza de la plaza convocada a concurso y de acuerdo a las disposiciones
legales vigentes.
Artículo 17º Los requisitos para el ejercicio de la docencia universitaria en la
UCH están enmarcados dentro de los requisitos de la Ley Universitaria N° 30220:
a) El grado académico de Maestro para la formación en el nivel de pregrado.
b) El grado académico de Maestro o Doctor para maestrías y programas de
especialización.
c) El grado académico de Doctor para la formación a nivel de doctorado.
Los requisitos académicos para el ejercicio de la docencia descritos en el artículo
anterior, son requisitos mínimos, y no excluyen en ningún caso, poseer y
acreditar que también cuenta con el respectivo título profesional conferido por
una universidad del país, y si ha sido obtenido en el extranjero revalidado por
una universidad peruana o reconocido conforme a ley. Y, otros establecidos en
la Reglamentación específica de la UCH para tal efecto.
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Artículo 18º Los docentes son:
a) Ordinarios: principales, asociados y auxiliares.
b) Extraordinarios: eméritos, honorarios y similares dignidades que señale
cada universidad, que no podrán superar el 10% del número total de
docentes que dictan en el respectivo semestre.
c) Contratados: que prestan servicios a plazo determinado en los niveles y
condiciones que fija el respectivo contrato.
Artículo 19º Según el Régimen de dedicación los docentes ordinarios están:
a) A dedicación exclusiva, el docente tiene como única actividad
remunerada la que presta a la universidad.
b) A tiempo completo, cuando su permanencia es de cuarenta (40) horas
semanales, en el horario fijado por la universidad.
c) A tiempo parcial, cuando su permanencia es menos de cuarenta (40)
horas semanales.
CAPITULO IV
DE LA JORNADA LABORAL, ASISTENCIA, TARDANZAS E INASISTENCIAS
Artículo 20º La duración de la hora pedagógica es de cuarenta y cinco (45)
minutos.
Artículo 21º El personal docente desarrollará sus sesiones de aprendizaje de
acuerdo al horario establecido, asistiendo puntualmente a sus labores,
registrando su asistencia, hora de ingreso y de salida, así como asistir a las
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reuniones de trabajo convocadas por la Institución. El registro del control de
asistencia del docente, sustenta la formulación de la planilla de pagos.
Artículo 22º Tardanza es el ingreso al centro de trabajo después de la hora
establecida como inicio de labores en el día. El docente tendrá una tolerancia
de cinco (05) minutos para ingresar al aula asignada para el desarrollo de sus
sesiones de aprendizaje, pasados éstos se considera tardanzas. Las tardanzas
conllevan a los descuentos respectivos.
Artículo 23º Constituye inasistencia, la no concurrencia al centro de trabajo, el
retiro del docente antes de la hora de salida sin justificación alguna, la omisión
del control de asistencia.
Artículo 24º La inasistencia injustificada, no sólo da lugar a los descuentos
correspondientes, sino que la misma es considerada como falta de carácter
disciplinario sujeta a las sanciones dispuestas en el presente Reglamento y
dispositivos legales vigentes.
CAPITULO V
DEL REGIMEN DISCIPLINARIO, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES
Artículo 25º La Universidad otorga estímulos los docentes, según lo ameriten
las acciones realizadas por el docente. Para el efecto se acompañarán los
documentos que lo justifiquen y el informe técnico de la autoridad competente
que lo avala.
Artículo 26º Los estímulos de agradecimiento y felicitación se otorgarán a los
docentes, cuando la autoridad de la Institución o autoridades educativas
superiores conozcan las acciones excepcionales realizadas por el docente en
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beneficio de la formación profesional del (o los) estudiante (s), de la universidad
o de la comunidad. Estos estímulos podrán ser:
a) Oficio de felicitación.
b) Resolución del Rector de la Universidad.
Artículo 27º Constituyen faltas, el incumplimiento de los deberes y obligaciones
señalados en los Capítulos II y IV del presente Reglamento.
Artículo 28º Se consideran faltas graves.
a) Cuando el docente tenga sentencia judicial ejecutoriada por delito común.
b) Abandonar el cargo por más de tres días o veces consecutivas
injustificadamente y sin aviso a la Universidad.
c) El incumplimiento reiterado en la asistencia a sus clases, como en la
presentación de los documentos que le correspondan conforme a
dispositivos legales y normas de la Universidad.
d) El comportamiento inadecuado en el desempeño de sus funciones que
atente con la moral y las buenas costumbres.
Artículo 29º Las sanciones se aplicarán según la gravedad de la falta,
constituyendo agravante la reincidencia, siendo éstas las siguientes:
a) Amonestación verbal y escrita
b) Suspensión hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones.
c) Cese temporal sin goce de remuneraciones desde treinta y un (31) días
hasta doce (12) meses.
e) Destitución del ejercicio de la función docente.
Artículo 30º La aplicación de las sanciones establecidas en los incisos a) y b)
del Art. 25º del presente Reglamento, serán comunicados por escrito al
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interesado a fin de que pueda ejercer su derecho a defensa dentro del plazo de
48 horas a partir de la fecha de la notificación. Cumplido el plazo y después de
haberse comprobado el hecho materia de la sanción, la autoridad competente
expedirá la Resolución correspondiente.
Artículo 31º Las sanciones señaladas en los incisos c), d) y e) del Artículo 26
serán aplicada previo proceso administrativo.
Artículo 32º Para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo anterior, se
constituirá la Comisión de Procesos Administrativos que estará integrada por el
personal designado previamente, que la presidirá el Abogado de la Oficina de
Asesoría Legal de la Universidad.
Artículo 33º El Docente sometido a proceso administrativo será notificado con
él. correspondiente pliego de cargos o texto de la denuncia escrita a fin de que
pueda ejercer su derecho a defensa y presentar por escrito las pruebas o
informaciones de descargo dentro del término de quince (15) días hábiles a partir
de la fecha de la notificación
Artículo 34º La Comisión hará las investigaciones pertinentes, solicitará
informes y recibirá las manifestaciones respectivas, examinará las pruebas que
se presenten y elevará el Informe al Decano con las conclusiones y
recomendaciones del caso.
Artículo 35º El docente sancionado podrá interponer los recursos impugnativos
de apelación ante la Comisión de Procesos Administrativos. Los recursos
impugnativos interpuestos contra las resoluciones de separación temporal o
definitiva serán resueltos por la autoridad competente previo informe de la
Comisión de Procesos Administrativos.
Artículo 36º Las sanciones administrativas son independientes a las penas que,
en su caso, se impongan en el fuero judicial, así como las que se derivan de ella.
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La absolución en la vía penal dará lugar a la suspensión de la sanción en la vía
administrativa.
Artículo 37º Las sanciones consideradas en los incisos d) y e) del Art. 26 no
impiden el otorgamiento de los beneficios sociales en los casos que corresponda.
Artículo 38º Procede la Resolución del Contrato de Trabajo:
a) A solicitud del interesado.
b) Abandono injustificado del cargo.
c) Incapacidad física o mental comprobada.
d) Aplicación de sanción disciplinaria.
e) Sentencia Judicial.
CAPITULO VI
DE LA EVALUACIÓN Y CAPACITACION DOCENTE
Artículo 39º La evaluación del Docente es integral, sistemático, continuo y
acumulativo. Valora la calidad profesional desde su desempeño académico, así
como en el conjunto de manifestaciones demostradas en el cumplimiento de sus
funciones. La evaluación posibilita la retención y/o la promoción a cargos
superiores.
Artículo 40º La evaluación del Docente, valora los diversos aspectos del
ejercicio de la docencia referente a su desempeño profesional, laboral,
capacitación y actualización docente, méritos y producción intelectual. Se aplica
a través de una planificación, organización, técnicas, normas y procedimientos
orientados a lograr objetividad, equidad y eficacia en su aplicación; es continua
porque permite valorar progresiva y permanentemente el proceso de la labor
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docente sin intermitencias temporales; y, es acumulativa porque al efectuar
nuevas valoraciones, los resultados se agregan a los ya obtenidos.
Artículo 41º La evaluación del desempeño de los docentes comprende:
a) Evaluación por parte de los estudiantes a través de dos encuestas por
semestre sobre el desempeño docente en el aula.
b) Evaluación del Currículo de vida.: Títulos y grados, estudios de
especialización, capacitación y actualización, trabajos de investigación
presentados, ponencias pedagógicas, tiempo de servicio y cargos
desempeñados.
c) Eficiencia en el servicio, asistencia, puntualidad, trabajos de
responsabilidad social, investigación de tipo académico.
d) Méritos como distinciones, resoluciones de felicitación, producción
intelectual, etc.
e) Participación activa en la mejora de sílabos, separatas. Guías, planes de
clase, cartel de alcances y secuencias, evaluación de aprendizajes y
separatas.
f) Participación en las reuniones de inducción y discusión sobre las mejoras
de la carrera.
g) Otras actividades que programe su facultad específicamente.
Artículo 42º La evaluación del desempeño docente por los estudiantes a través
de una encuesta tiene los siguientes criterios: a) Dominio del curso,
b) Preocupación por el desarrollo de los estudiantes; c) Comunicación horizontal
con todos los estudiantes; d) Evaluación constante; y e) Organización de la clase.
Esta encuesta se toma dos veces: a la quinta y a la decimoquinta semana de un
semestre.
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Artículo 43º La evaluación del docente estará a cargo de una comisión de
Evaluación designada por las autoridades académicas.
Artículo 44º Son atribuciones de la Comisión de evaluación del desempeño
docente:
a) Evaluar los aspectos considerados en el Art. N° 40 del presente
Reglamento,
b) Elaborar el Cuadro o Cuadros de Méritos de los docentes evaluados.
c) Informar a la autoridad académica sobre los resultados de la evaluación
para la información a los docentes evaluados.
d) Dictaminar los expedientes sobre reclamos de los resultados de la
evaluación con sujeción a lo normado.
Artículo 45º La evaluación del desempeño del docente está bajo
responsabilidad de la Dirección de la Escuela profesional quien tomará las
medidas convenientes para su cumplimiento y presentación oportuna al Decano
de la Facultad los Cuadros de Puntaje y ranking correspondientes. Este será el
responsable de hacer conocer a los evaluados, los resultados obtenidos y tomará
las medidas adecuadas según corresponda.
Artículo 46º La comisión de evaluación del desempeño docente es responsable
de los procesos de evaluación docente por semestre. Evaluará méritos,
deméritos y producción intelectual.
Artículo 47º La valoración de los factores de: Antecedentes Profesionales de
desempeño laboral del docente y de méritos, será consignada en Plan operativo
de la Comisión respectiva nominada.
Artículo 48º La capacitación y actualización docente se sujetará a las acciones
previstas en el plan operativo de la Oficina de Calidad y Acreditación
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Universitaria anual en armonía con las necesidades en éste aspecto de la
Unidades Académicas correspondientes.
Artículo 49º La Universidad a través de sus unidades académicas (Facultades,
Escuelas Académico profesionales, Departamentos Académicos, etc.) en
coordinación con la Oficina de Calidad y Acreditación Universitaria, promoverán
e incentivarán la capacitación y/o perfeccionamiento docentes en forma
permanente de acuerdo con sus intereses académicos y con sus planes de
desarrollo y funcionamiento.
Artículo 50º Los docentes están obligados a asistir a las actividades de
capacitación y actualización programadas semestral o anualmente, así como a
las reuniones de inducción que se dan a inicio de cada semestre académico,
siendo estos requisitos necesarios para la permanencia en el cargo y la
evaluación del docente contemplado en el presente Reglamento.
CAPITULO VII
CARGOS DIRECTIVOS DE LA INSTITUCION
Artículo 51º En cumplimiento de los dispositivos legales vigentes y la estructura
organizativa de Universidad de Ciencias y Humanidades los docentes están
obligados a participar de la administración, en la investigación y realización de
proyectos, responsabilidad social universitaria y en la producción de bienes y
servicios.
Artículo 52º Las responsabilidades, funciones y tareas de los docentes
integrantes en los órganos de la Estructura Orgánica de la Institución, están
normadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad de
Ciencias y Humanidades, y demás dispositivos legales vigentes.
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CAPITULO VIII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera. Los docentes de la Universidad de Ciencias y Humanidades, se
someterán, a las disposiciones emitidas en presente Reglamento.
Segunda. El Vicerrector Académico, el Decano, el Director de Escuela
Profesional y el jefe de la oficina de Personal según sea el caso, atenderán y
resolverán los casos no contemplados en el presente Reglamento, así como
expedirán las disposiciones necesarias para el mejor desenvolvimiento
académico administrativo y laboral de los docentes.
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ANEXOS
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Vicerectorado Académico
oficina de calidad y Acreditación /2016-I
Carrera Profesional: ………………………...……………………………………………..
Asignatura:……………...…………………………….……………………………………..
Docente:………….…….……………........……………..………………………….……..
Sección…………………… Turno:…………………. Fecha: …..….….……….
Marcar con una X el recuadro correspondiente:
6 4 2 0
Tota
lmente
de a
cuerd
o
Mayorm
ente
de a
cuerd
o
Parc
ialm
ent
e d
e a
cuerd
o
En
desacuerd
o
D1
A17 4
D2
A2 D3
A3 D4
A4
A5
A6
A7
B1
B2
B3
B4
C1
C2
C3
C4
C5
D1
D2
D3
D4
OBSERVACION:
Nombre del Evaluador : Firma:
V IR A C / OC A / 2 0 16 - I
Dra. LVA-2016-I
TABLA DE VALORACIÓN
Excelente
Bueno
Regular
Malo
Posee dominio cognitivo del tema
tratado
Utiliza estrategias motivacionales
Indaga saberes previos
Valora la opinion de los estudiantes
Promueve trabajo colaborativo
Malo
Ejemplifica con experiencias
profesionales o casos relacionados
Relaciona tema tratado con realidad
observable
Desarrolla conocimientos aplicados al
dominio de la Carrera
Respeta el horario asignado a su
cátedra
Su presentación personal
es adecuada
Fomenta un clima cordial
y de respeto
Evaluacion del desempeño docente
Aspecto
indic
adore
s
Cualidades Académica
Tiene predisposición para
absolver consultas
Demuestra valores y principios
Excelente
Aceptable
Valoración
Meto
dolo
gía
Conocim
iento
Actitu
d
Propicia el diálogo o debate
Promueve trabajos de Investigación
Realiza Evaluaciones de cierre de
sesión
TOTAL
VALORACIÓN FINAL DEL DESEMPEÑO DOCENTE
Regular
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FICHA DE EVALUACIÓN DEL PORTAFOLIO DOCENTE (Modelo A)
I. DATOS INFORMATIVOS:
1.- CARRERA PROFESIONAL: ..……………………………….………………………….…………..
2.- DOCENTE :………………………………………………………………………….…………….…..
3.- ASIGNATURA:……………………………………………CICLO:…………… TURNO: …….…..
4.- NÚMERO DE ALUMNOS: MATRICULADOS………………………………………..………….
5.- NÚMERO DE ALUMNOS ASISTENTES: …………………………………………..……………
II. ASPECTOS A EVALUAR:
1 DOCUMENTACIÓN
TIENE CUMPLE VALORACIÓN OBS SI NO SI NO B R D
- Sílabo
- Plan de clase.
- Horario del docente.
- Lineamientos Institucionales: Visión, Misión, Perfil de la Carrera.
- Cronograma de las actividades del semestre.
- Avance curricular.
- Registro Auxiliar de asistencia.
- Registro auxiliar de evaluación
- Copia de las prácticas calificadas (1)
- Copia de los exámenes parcial y final (1)
- Copia de materiales didácticos.
2 DESARROLLO CURRICULAR
TIENE CUMPLE VALORACIÓN OBS
SI NO SI NO B R D
- El trabajo asignado corresponde a las capacidades del curso.
-El avance del curso está dentro del tiempo programado.
-Los contenidos seleccionados son adecuados a la capacidad del curso.
3 MATERIAL DIDÁCTICO
TIENE APLICA VALORACIÓN OBS SI NO SI NO B R D
- Prepara material necesario para su sesión.
- El material usado guarda relación con el tema tratado.
- Prepara material innovador para sus sesiones.
4 EVALUACIÓN TIENE APLICA VALORACIÓN
OBS SI NO SI NO B R D
- Toma en cuenta la asistencia
- Hace uso de su registro auxiliar
- En la evaluación considera los contenidos conceptual, procedimental y actitudinal
- Elabora instrumentos de evaluación de acuerdo a sus capacidades
TOTAL
PORCENTAJE
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IV. RECOMENDACIONES AL DOCENTE:
…………………………………………………………………………………………………………………. …………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………. ---------------------------------------------------------------------
COORDINADOR /O ASISTENTE DEL COORDINADOR DE FACULTAD
FICHA DE EVALUACIÓN DEL PORTAFOLIO DOCENTE (Modelo B)
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Semestre : _________________ Fecha: ____________
Docente : ______________________________________________
Asignatura: ____________________________________________
Seccion: Turno:
1 2 3 4 5
I.- Compromiso institucional(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
1.1 Presenta el portafolio docente 0
1.2
Tiene archivadas la Misión, Visión, Lineamientos,
Principios, Valores, Orientaciones del Ciclo
Académico. 0
1.3 Tiene sílabo de la signatura. 0
1.4
Tiene archivadas las sesiones o plan de enseñanza-
aprendizaje. 0
1.5
Tiene registro y archivo de evaluación de los
aprendizajes. 0
1.6
Tiene archivo de lecturas selectas, separatas, talleres,
guías de laboratorio, diapositivas, etc. 0
0
Comentarios y/o sugerencias con relación al portafolio docente docente:
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
Elaborado por Karina Vega Rosales
TOTALES
Instrumento de evaluación : Evaluación del portafolio docente
PROMEDIO
INDICADORESESCALA DE VALORACIÓN
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Semestre : _________________ Fecha: ____________
Docente : ______________________________________________
Asignatura: ____________________________________________
Seccion: Turno:
Semana :________________
1 2 3 4 5
I.-
Didáctica del proceso de enseñanza
aprendizaje(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
1.1
Propicia la confrontación de los saberes previos con
información nueva. 0
1.2 Relaciona el tema con la realidad y el contexto actual. 0
1.3
Selecciona adecuadamente un método didáctico en
base a la asignatura desarrollada. 0
1.4 Usa técnicas didácticas idóneas en clase. 0
1.5
Logra captar la atención de los estudiantes con los
métodos y técnicas didácticas empleadas. 0
1.6
Usa creativamente recursos didácticos conforme al
tema desarrollado en clase. 0
1.7
Cumple con la naturaleza de la asignatura (Teoría y/o
Práctica) 0
1.8 Fomenta la vocación profesional en función al tema. 0
1.9
Desarrolla el tema de acuerdo a lo planificado en el
silabo. 0
1.1
Crea un ambiente propicio para el aprendizaje,
practicando la relación horizontal con los estudiantes. 0
1.11
Promueve la intervención de los estudiantes con la
formulación de preguntas. 0
1.12 Las preguntas formuladas son claras y pertinentes. 0
1.13
Comenta adecuadamente la intervención de los
estudiantes 0
0
1 2 3 4 5
II Evaluación de los aprendizajes(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
2.1
Explica a los estudiantes los parámetros de los
instrumentos de evaluación a aplicarse. 0
2.2 Utiliza instrumentos de evaluación en clase. 0
0
INDICADORES ESCALA DE VALORACIÓN
TOTALES
PROMEDIO
INDICADORESESCALA DE VALORACIÓN
PROMEDIO
Instrumento de evaluación : Supervisión del desempeño docente
TOTALES
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1 2 3 4 5
IIIAplicación de las tecnologías de información
y comunicación (TIC) en proceso de E-A.(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
3.1
Utiliza la plataforma institucional, mediante el intranet,
uso de correo electrónico institucional para realizar
trabajos en línea con los estudiantes. 0
3.2
Maneja con propiedad las tecnologías de la información
y comunicación en los procesos de Enseñanza -
aprendizaje de la asignatura, como por ejemplo la
multimedia. 0
3.3
Utiliza el power point interactivo, ppt, prezi, videos,
entre otros para el desarrollo de su clase. 0
3.4
Motiva a los estudiantes el uso de las tecnologías de
información y comunicación para el desarrollo de sus
asignaturas. 0
0
1 2 3 4 5
IV Investigación formativa(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
4.1
Elabora material escrito para apoyar el aprendizaje del
estudiante. 0
4.2 Estimula la investigación formativa de los estudiantes. 0
4.3 Publica artículos científicos en revistas. 0
4.4
Se actualiza siguiendo estudios de diplomado,
seminarios, congresos, etc. En temas de la
especialidad. 0
0
1 2 3 4 5
V Conocimiento de la materia.(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
5.1
Muestra claridad y dominio de los contenidos de la
asignatura. 0
5.2 Da ejemplos que puedan ilustrar la parte teórica. 0
5.3
Presenta especializaciones, diplomados, etc. Sobre la
especialidad que dicta. 0
5.4
Vincula el desarrollo de su clase con el perfil del
egresado. 0
0
PROMEDIO FINAL 0
Comentarios y/o sugerencias con relación al desempeño docente:
__________________________________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________________________________
Elaborado por Karina Vega Rosales
TOTALES
INDICADORES ESCALA DE VALORACIÓN
TOTALES
PROMEDIO
INDICADORESESCALA DE VALORACIÓN
TOTALES
PROMEDIO
PROMEDIO
INDICADORESESCALA DE VALORACIÓN
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Consiste en realizar un acompañamiento al profesor responsable de la asignatura con el
objetivo de ayudarle a mejorar y/o mantener el nivel académico adecuado dentro del modelo
curricular que la Universidad de ciencias y Humanidades plantea.
CALIFICACIÓN
1: Deficiente (De 0 a 5)
2: Bajo (De 6 a 10)
3: Regular (De 11 a 14)
4: Bueno (De 15 a 18)
5: Excelente (De 19 a 20)
OBJETIVOS DE LA SUPERVISIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE
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Semestre : _________________ Fecha: ____________
Docente : ______________________________________________
Asignatura: ____________________________________________
Seccion: Turno:
1 2 3 4 5
I.- Area de desempeño: portafolio docente(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
1.1
Define la capacidad general y las capacidades
específicas o el objetivo general y los específicos a
lograr en el estudiante en la elaboración de la sesión
de clase. 0
1.2
Publica la sesión de clase oportunamente en el
intranet. 0
1.3
Elabora materiales didácticos conforme a la temática
del sílabo cada semana. 0
1.4
Muestra claridad en los temas elaborados en sus
materiales didácticos. 0
1.5
Difunde los materiales didácticos oportunamente en
el intranet. 0
1.6
Selecciona adecuadamente herramientas de
evaluación para las diferentes actividades académicas
(Exámenes, control de lectura, exposición,
monografías, ensayos, etc.). 0
1.7
Elabora instrumentos de evaluación acordes con la
asignatura. 0
1.8 Publica notas de los estudiantes oportunamente. 0
0
Comentarios y/o sugerencias con relación al intranet docente:
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
Elaborado por Karina Vega Rosales
ESCALA DE VALORACIÓN
TOTALES
PROMEDIO
INDICADORES
Instrumento de evaluación : Evaluación del intranet docente
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Universidad de Ciencias y Humanidades Página 28
Semestre : _________________ Fecha: ____________
Docente : ______________________________________________
Asignatura: ____________________________________________
Seccion: Turno:
1 2 3 4 5
I.- Compromiso institucional(De 0 a 5)
DEFICIENTE
(De 6 a 10)
BAJO
(De 11 a 14)
REGULAR
(De 15 a 18)
BUENO
(De 19 a 20)
EXCELENTE
1.1
Promueve los valores y principios institucionales en los
estudiantes durante la clase. 0
1.2
Ingresa puntual a clases y cumple con el horario
establecido. 0
1.3
Colabora con la revisión y actualización de los sílabos
al iniciar cada semestre. 0
1.4
Participa en las reuniones generales y las convocadas
por el Departamento Académico 0
1.5
Participa en las capacitaciones docentes organizadas
por la Facultad. 0
1.6
Participa en la estructuración de las técnicas e
instrumentos de evaluación en la Facultad. 0
0
Comentarios y/o sugerencias con relación al cumplimiento del compromiso institucional:
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
__________________________________________________________________________________
Elaborado por Karina Vega Rosales
TOTALES
PROMEDIO
INDICADORESESCALA DE VALORACIÓN
Instrumento de evaluación : Evaluación del compromiso institucional
REGLAMENTO DE DOCENTES DE LA UCH
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Fecha de Actualización:
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Elaborado: Dirección Académica
Revisado: Vicerrector Académico
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ENCUESTA DOCENTE
Indicadores ESCALA
1. Dominio del curso 5
2. Preocupación por el desarrollo de los estudiantes 4
3. Comunicación horizontal con todos los estudiantes 3
4. Evaluación constante 2
5. Organización de la clase 1
6. Puntuación final
LEYENDA
5 Completamente de acuerdo
4 De acuerdo
3 Ni de acuerdo / Ni en desacuerdo
2 En desacuerdo
1 Completamente en desacuerdo
Nota: la encuesta se toma de manera virtual.