REGLAMENTO ACADÉMICO Alumnos Antegrado...

40
REGLAMENTO ACADÉMICO Alumnos Antegrado 2014 TOULOUSE-LAUTREC INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Toulouse-Lautrec RM 860-85-ED, 24-Jul-85 / RD 907-2006-ED, 29-Dic-06 /RD 1106-2009-ED, 07-May-09 / RD 0182-2010-ED, 12-Feb- 10

Transcript of REGLAMENTO ACADÉMICO Alumnos Antegrado...

REGLAMENTO ACADÉMICO

Alumnos Antegrado

2014

TOULOUSE-LAUTREC INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

TECNOLOGICO PRIVADO

Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Toulouse-Lautrec RM 860-85-ED, 24-Jul-85 / RD 907-2006-ED, 29-Dic-06 /RD 1106-2009-ED, 07-May-09 / RD 0182-2010-ED, 12-Feb-

10

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

1

DIRECTORIO DE CONTACTOS TLS DIRECCIÓN GENERAL Silvia Campodónico [email protected] T. 617 2456 DIRECCIÓN DE DISEÑO Y DESARROLLO ACADÉMICO Karen Stiegler [email protected] T. 617 2495 DIRECCIONES ACADÉMICAS Coordinan el diseño de los programas académicos con la más alta calidad a nivel de diseño de cursos y selección docente; y orientan al alumno en su profesión. Diseño y Arquitectura de Interiores

Ada Kanashiro [email protected] T. 617 2441 Comunicaciones y Publicidad Carla Nuñez de la Torre [email protected] T. 617 2445

Diseño Gráfico, Publicitario, Web y Multimedia Felipe Cortazar [email protected] T. 617 2440 DIRECCIÓN DE CALIDAD EDUCATIVA Acompaña al docente en la implementación de las estrategias que fortalezcan y aseguren la calidad de nuestra oferta educativa. Mariza Ríos [email protected] T. 617 2206 AGENCIA DE TALENTOS Contacta a empresas con alumnos y egresados para realizar prácticas pre-profesionales o se empleen. Karla Pasco [email protected] T. 617 2423 DIRECCIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Percy Echevarría [email protected] T. 617 2477

ADMINISTRACIÓN ACADÉMICA Planifica, coordina, organiza y controla los servicios y registros académicos de TLS. Emite títulos, certificados, avances curriculares y constancias. Alex Fox T. 617 2434 [email protected]

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

2

Counter de Atención Atiende la ejecución de la programación de clases, el material didáctico y los recursos para el dictado de las sesiones de clases.

Coordinación Atención Docentes Desireé Ávila [email protected] T. 617 2435 Coordinación Atención Alumnos Janeth Flores [email protected] T. 617 2803 GESTIÓN DEL CLIENTE Centraliza la atención de consultas de alumnos y padres de familia, orientándolos correctamente en todos los procesos administrativos. Karla Álvarez [email protected] T. 617 2400 (430) T. 617 2400 (431)

T. 617 2400 (825) CENTRO DE INFORMACIÒN Y DOCUMENTACIÒN Selene Chávez [email protected] T. 617 2451 ADMISIÓN Y BIENESTAR ESTUDIANTIL Trabaja con el alumno para implementar estrategias que logren su mejor desempeño y rendimiento. Mariella Huayna [email protected] T. 617 2801 Coordinación de Orientación y Tutoría Rosa María Li [email protected] T. 617 2473 Coordinación de Vida Estudiantil Karla Acevedo [email protected] T. 617 2478 Coordinación de Admisión Pierina Espinoza [email protected] T. 617 2820

www.tls.edu.pe

2014

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

3

INDICE

TÍTULO I DEL ALUMNO ............................................................................ 5

CAPÍTULO 1 DEBERES DEL ALUMNO ................................................................ 5 CAPÍTULO 2 DERECHOS DEL ALUMNO .............................................................. 7

TÍTULO II MATRICULA ............................................................................... 7

CAPÍTULO 3 MATRÍCULA ............................................................................... 7 CAPÍTULO 4 DISPOSICIONES GENERALES ........................................................ 10

TÍTULO III REGIMEN ACADEMICO ........................................................ 13

CAPÍTULO 5 PLANES DE ESTUDIOS ................................................................ 13 CAPÍTULO 6 ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD ....................................................... 14 CAPÍTULO 7 EVALUACIONES......................................................................... 16 CAPÍTULO 8 CERTIFICACIONES MODULARES .................................................... 22 CAPÍTULO 9 ENTREGA O PUBLICACIÓN DE NOTAS ............................................ 22 CAPÍTULO 10 RECLAMOS .......................................................................... 23 CAPÍTULO 11 PROMOCIÓN DE CICLO ........................................................... 24 CAPÍTULO 12 ASPECTOS DISCIPLINARIOS DE LA INSTITUCIÓN ............................ 24 CAPÍTULO 13 CONSTANCIAS Y CERTIFICADOS ................................................ 27 CAPÍTULO 14 PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES .............................................. 27 CAPÍTULO 15 OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL ...................................... 29 CAPÍTULO 16 CEREMONIA DE GRADUACIÓN ................................................. 29

TÍTULO IV REGIMEN DE SERVICIOS ACADÉMICOS COMPLEMENTARIOS. 30

CAPÍTULO 17 CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN .......................... 30 CAPÍTULO 18 DELEGADOS ......................................................................... 32 CAPÍTULO 19 ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS ................................... 33

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

4

TÍTULO V REGIMEN ECONOMICO ........................................................... 33

CAPÍTULO 20 CLASIFICACIÓN PAGOS DE ALUMNOS ......................................... 33 CAPÍTULO 21 FORMAS DE PAGO ................................................................. 34 CAPÍTULO 22 FECHAS DE PAGO .................................................................. 34 CAPÍTULO 23 LUGARES DE PAGO ................................................................ 35 CAPÍTULO 24 REFINANCIAMIENTO .............................................................. 35 CAPÍTULO 25 INCREMENTO DE PRECIOS ....................................................... 35 CAPÍTULO 26 BECAS Y RECATEGORIZACIONES ............................................... 37 CAPÍTULO 27 RETIROS, ABANDONOS Y DEVOLUCIONES ................................... 37 CAPÍTULO 28 MORAS E INTERESES .............................................................. 38

TÍTULO VI NORMAS FINALES ................................................................ 38

CAPÍTULO 29 DISPOSICIONES TRANSITORIAS ................................................. 38 CAPÍTULO 30 DISPOSICIONES FINALES ......................................................... 38

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

5

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO ACADEMICO

La recepción del presente reglamento supone su lectura y comprensión, por lo que no se podrá alegar desconocimiento del mismo, y es de responsabilidad del alumno cumplir con las normas establecidas. Todo trámite o reclamo será realizado únicamente por el alumno.

TÍTULO I DEL ALUMNO CAPÍTULO 1 Deberes del Alumno

Artículo 1 Son deberes del alumno: a. Cumplir las disposiciones reglamentarias de la

Educación Superior, lo establecido en el presente reglamento y todas las normas que la institución establezca.

b. Cumplir con los compromisos académicos y económicos asumidos con la institución en los plazos establecidos.

c. Participar en forma responsable en las actividades educativas y otras auspiciadas por la institución, absteniéndose de intervenir en acciones político-partidarias dentro del mismo, en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres o que atenten contra la salud física o mental y otras actividades que desdigan de su condición de alumno en el Nivel de Educación Superior.

d. Cultivar las buenas relaciones interpersonales contribuyendo al mantenimiento de un clima institucional propicio.

e. No usar el nombre de la institución en actividades no autorizadas por la Dirección General.

f. Ser responsables del buen uso de las instalaciones, mobiliarios y demás bienes de la institución. De lo contrario, podrán ser sancionados de acuerdo a la magnitud de la falta, lo que no exime de la reparación respectiva.

g. Ser responsables del cuidado de sus pertenencias. La institución no se responsabiliza por la pérdida de las mismas.

h. Ingresar a la institución mostrando su carné TLS.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

6

i. Mostrar al personal de seguridad debidamente identificado el contenido de su mochila, maletín u otro a la entrada y salida de la institución.

j. Asistir a clases con los materiales y recursos necesarios.

k. Observar los comunicados y avisos que se publican en las vitrinas o paneles ubicados en TLS. La publicación presume su conocimiento por parte del alumno, por lo que no se puede alegar ignorancia de su contenido. Los comunicados referidos a cambios sustanciales en las condiciones pactadas, serán difundidos por medios electrónicos o impresos.

l. Revisar diariamente los mensajes recibidos en el buzón de correo electrónico asignado. El uso del correo electrónico de TLS es obligatorio para todo tema académico y administrativo. Las comunicaciones oficiales de las distintas áreas del Instituto son efectuadas a través de este medio. El envío de un correo presume su conocimiento por parte del alumno, por lo que no se puede alegar ignorancia de su contenido.

m. Respetar la ley de no fumar dentro de las instalaciones de la institución (incluye patios exteriores, baños y cafetería) y en el frontis de la Institución (Ley General 28705 para la prevención y control de los riesgos del consumo de tabaco y su reglamento Decreto Supremo Nº 015-2008-SA, del 4 de julio de 2008, art. 5°).

n. Brindar los trabajos finales seleccionados para las diferentes exposiciones y eventos dentro o fuera de la institución, siendo responsabilidad del alumno el recojo de estos en las fechas programadas.

o. Participar en las actividades académicas, deportivas y de proyección social convocadas por la institución. Las fotos y videos tomadas durante los eventos o diferentes actividades, se consideran propiedad de la institución, por lo que podrán ser publicados libremente en los medios de comunicación que se consideren convenientes.

p. Utilizar un lenguaje apropiado en las comunicaciones realizadas a través de cualquier medio.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

7

CAPÍTULO 2 Derechos del Alumno

Artículo 2 Son derechos del alumno: a. Recibir una formación académica de calidad. b. Recibir un trato respetuoso a sus iniciativas, creatividad,

libre expresión de sus ideas, para su pleno desarrollo personal y profesional.

c. Estar informado sobre su desempeño académico y sus evaluaciones a lo largo de todo el semestre académico, y recibir oportunamente sus prácticas, trabajos y otros elementos de la evaluación permanente, debidamente calificados.

d. Hacer uso de las instalaciones y servicios de la institución, de conformidad con las normas establecidas.

e. Exponer su versión de los hechos al ser sometidos a proceso disciplinario.

f. Recibir información oportuna sobre su desempeño académico, oportunidades de trabajo y de prácticas pre-profesionales.

g. Participar en las actividades, proyectos, viajes y programas nacionales e internacionales de la institución, previo cumplimiento de los requisitos y las condiciones de las convocatorias.

h. Todos los demás derechos que se establezcan en las leyes que rigen a las instituciones privadas de educación superior, en lo que sean aplicables.

TÍTULO II MATRICULA CAPÍTULO 3 Matrícula

Artículo 3 La matrícula a los Programas Académicos de TLS se

formalizará antes del inicio del semestre académico correspondiente, únicamente en las fechas definidas por TLS. 3.1 Previamente a la matrícula académica, los alumnos

deben confirmar, a través de la pre matrícula por internet su intención de permanencia en TLS, seleccionando la carga académica a llevar en el siguiente semestre y de acuerdo a las políticas establecidas. El no cumplimiento significa la pérdida del turno de matrícula descrito en el artículo 12 del presente reglamento. Se matriculará en el último turno de atención del día de su orden de prioridad.

3.2 Los traslados internos a una carrera afín podrán realizarse sólo hasta antes del inicio del tercer ciclo

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

8

según plan de estudios vigente, previa convalidación de estudios.

3.3 Los trámites de traslado interno y sus respectivas convalidaciones se formalizan antes de cada proceso de matrícula convocado por TLS.

Artículo 4 El alumno que no cumpla con el proceso de Pre-Matricula

deberá pagar el derecho que lo habilite para el proceso de Matrícula.

Artículo 5 Los alumnos que no hayan cumplido con los requisitos de

matrícula en la fecha prevista, perderán irremediablemente su derecho a matricularse.

5.1 El Instituto establece la fecha y costo del derecho de

matrícula extemporánea para aquellos alumnos que, luego de la fecha prevista, subsanen el cumplimiento de los requisitos de matrícula.

Artículo 6 Son requisitos de matrícula:

a. Haber confirmado su intención de matrícula a través de

la pre matrícula. b. No tener deudas pendientes con la institución, a nivel de

Cobranzas, Centro de Información y otros. c. Haber pagado el derecho de matrícula y la primera

cuota del semestre académico en vigencia. d. Firmar y presentar el Compromiso de Honor. e. Actualizar los datos de contacto del alumno. f. Presentar constancia de trabajo en caso lo amerite. g. Presentar carta poder simple en caso lo amerite.

Artículo 7 La matrícula es personal y de absoluta responsabilidad del

alumno. Cualquier otra persona que desee matricular a un alumno, que no sea él mismo, deberá contar con la debida autorización por escrito (Carta Poder).

7.1 Quien realice la matrícula por encargo del alumno, se

hará responsable de los horarios seleccionados y asignados, y no habrá lugar a reclamos ni cambio de los mismos.

Artículo 8 El alumno deberá matricularse obligatoriamente en los cursos pendientes de ciclos inferiores y/o cursos desaprobados. Si el alumno lleva cursos de diferentes ciclos, oficialmente se le considerará como un alumno del ciclo menor de los ciclos en los que está matriculado.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

9

El alumno sólo podrá matricularse en cursos de hasta dos (02) ciclos consecutivos, a excepción de traslados, quienes podrán matricularse en cursos de hasta tres (03) ciclos consecutivos, previa autorización de la Dirección Académica de la carrera a la que pertenece y sólo hasta nivelarse en su avance académico.

Artículo 9 Es condición de matrícula haber aprobado los pre-requisitos de

los cursos y matricularse en los co-requisitos, si los tuviera. Es responsabilidad del alumno conocer los pre-requisitos y co-requisitos de los cursos de su malla curricular.

Artículo 10 El alumno que haya desaprobado uno o más cursos deberá

llevarlos obligatoriamente en el semestre académico siguiente priorizando los del ciclo menor. El alumno está en la obligación de matricularse en los cursos que debe llevar por segunda o tercera vez.

Artículo 11 El alumno que debe llevar uno o más cursos desaprobados por tercera vez deberá matricularse como alumno no regular, hasta un máximo de 14 unidades académicas, priorizando los desaprobados. Además, tanto él como su apoderado deberán firmar una carta de compromiso donde ambos reconocen su situación de riesgo académico alto.

Artículo 12 El turno de la matrícula de los alumnos es determinado por el

promedio ponderado del último semestre y el ciclo al cual pertenece, y publicado en el módulo de consulta en las fechas que el Instituto determine. El no respetarlo puede generar la pérdida de cupos en los horarios deseados. Si el alumno llegó fuera de su turno de atención según su orden de prioridad, pasa inmediatamente a matricularse en el último turno del día adecuándose a los horarios que estén disponibles.

La calificación obtenida en la evaluación sustitutoria no se considera en el promedio final para establecer el orden de prioridad.

Artículo 13 No se aceptarán cruces de horario.

Artículo 14 El alumno podrá matricularse en el mismo curso máximo hasta en tres oportunidades. Cuentan los abandonos de curso, mas no serán considerados para este fin, los retiros de cursos.

Artículo 15 La matrícula implica la aceptación y el cumplimiento de las

normas de la institución y del presente reglamento. Cualquier

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

10

infracción podrá ser considerada como motivo para la anulación de la matrícula del curso objeto de la falta.

Artículo 16 Del Compromiso de Honor

A través del Compromiso de Honor, que se acepta durante el proceso de matrícula, el alumno se compromete a obtener un promedio ponderado semestral mínimo para mantener la actual escala de pagos.

16.1 En las carreras profesionales y profesionales técnicas

bajo el sistema de asignaturas, el promedio ponderado mínimo para mantener la actual escala de pagos es de doce y medio (12.5)

16.2 En las carreras profesionales técnicas bajo el sistema modular, el promedio ponderado mínimo para mantener la actual escala de pagos es de catorce (14.0)

Artículo 17 Del seguro contra accidentes

El seguro contra accidentes es requisito indispensable de la matrícula. El Instituto otorga al alumno el seguro contra accidentes en cada semestre académico en que éste se matricula, con una vigencia semestral.

Artículo 18 De la constancia de trabajo

Si el alumno trabaja o realiza prácticas pre-profesionales, debe presentar en cada proceso de matrícula la constancia de

trabajo consignando: Horario de trabajo, puesto que desempeña, nombre y sello de la persona que firma junto con sus datos de contacto y cargo respectivo, para establecer la tolerancia de asistencia a clases, según lo indicado en el artículo 34 del presente reglamento.

CAPÍTULO 4 Disposiciones Generales

Artículo 19 Retiro y abandono de curso

19.1 Un alumno podrá solicitar retiro de cursos hasta el último día hábil de la semana 15 del semestre en el que se

encuentra matriculado, según el calendario académico.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

11

19.2 El alumno sólo puede retirarse una vez de cada curso. 19.3 El retiro de un curso no alterará la condición de alumno

regular, lo que significa que tampoco se alteran las obligaciones económicas asumidas en el semestre en que se realiza el retiro.

19.4 El retiro de un curso no será considerado como desaprobado, ni entra al cómputo del promedio ponderado.

19.5 El retiro de curso no anula los efectos de una sanción. 19.6 El retiro de un curso con co requisitos, exige el retiro de

los co requisitos. 19.7 Las solicitudes de retiro deberán ser presentadas por

escrito en el Counter de Atención alumnos. Previa verificación de Administración Académica, se informará el resultado al alumno.

19.8 La institución establece y comunica al inicio de cada semestre el costo del trámite de retiro de curso.

19.9 Si el alumno no se retira oficialmente, y abandona el curso, se considera como desaprobado con nota cero (00), y esa nota entra al cómputo del promedio ponderado. Adicionalmente, el curso abandonado se contabilizará como curso llevado.

19.10 El abandono de un curso no alterará la condición de alumno regular, lo que significa que tampoco se alteran las obligaciones económicas asumidas en el semestre en que se declara el abandono.

Artículo 20 Retiro de semestre

Por causas debidamente acreditadas por escrito mediante solicitud presentada en el Counter de Atención Alumnos, un alumno matriculado podrá retirarse del semestre hasta el último día hábil de la semana 16 del semestre en el que se

encuentra matriculado, previa verificación del área de Bienestar Estudiantil y Cobranzas.

20.1 Los alumnos comprendidos en el acápite anterior no

serán considerados desaprobados en los cursos en que hubiesen estado matriculados. El alumno podrá hacer efectivo su retiro de semestre solamente hasta en dos oportunidades, no pudiendo ser en el mismo ciclo.

20.2 El retiro de semestre no implica la anulación de las obligaciones pendientes de pago a la fecha en que se solicita el retiro.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

12

Artículo 21 Retiro de la institución

El alumno oficial que hubiese tomado la decisión de retirarse definitivamente de la institución y que por lo tanto, no tenga previsto reingresar en el futuro, deberá oficializar dicha situación por escrito en el Counter de Atención alumnos. En caso de no oficializar su situación, adquirirá la condición de abandono.

Artículo 22 Reserva de matrícula

Los alumnos oficiales que no vayan a matricularse en el siguiente semestre académico, podrán solicitar su reserva de matrícula por dicho semestre, a fin de mantener su condición de alumno de TLS. 22.1 Esta reserva de matrícula podrá otorgarse sólo por el

periodo de un año, pasado el cual deberá pagar el derecho de reingreso si desea continuar sus estudios en TLS.

22.2 El plazo para efectuar la reserva será hasta la semana previa a la matrícula del siguiente semestre.

22.3 La reserva de matrícula procede previo pago del derecho correspondiente.

Artículo 23 Reingresos

Los alumnos que hayan solicitado reserva de matrícula y deseen reincorporarse a la institución, deberán presentar en el Counter de Atención Alumnos su solicitud de reingreso. 23.1 No se convalidarán cursos llevados en otra organización

educativa a excepción de cursos llevados en el extranjero, previa evaluación del Comité Académico.

23.2 Si no se realizó la reserva de matrícula o ésta perdió vigencia, se debe pagar el derecho de reingreso.

23.3 La escala de pago que se asigne al alumno será la vigente equivalente a la que tenía cuando dejó sus estudios.

23.4 El plan de estudios del alumno reingresante será el vigente en el semestre de reingreso.

23.5 Según el tiempo transcurrido, el alumno puede ser sometido a evaluación para revalidar sus estudios.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

13

Artículo 24 Abandono

Los alumnos que se encuentren en condición de abandono son aquellos que no comunicaron, dentro de los plazos previstos por la Institución, y por escrito, su decisión de retirarse de la institución. El alumno deberá cumplir con los compromisos económicos adquiridos para todo el semestre (véase artículo 107); quedará en situación de desaprobado con nota cero (00) y se le contabilizarán como estudiados todos los cursos en los cuales se matriculó en ese semestre.

TÍTULO III REGIMEN ACADEMICO CAPÍTULO 5 Planes de Estudios

Artículo 25 Los Programas Académicos tienen definido el plan de estudios

que ofrecerá a sus alumnos. 25.1 Las carreras profesionales de 4 años, tienen una

duración de ocho (8) ciclos académicos. 25.2 Las carreras profesionales técnicas de 3 años, tienen

una duración de seis (6) ciclos académicos. Es potestad de la institución realizar las actualizaciones

necesarias de los planes curriculares que permitan mantener un perfil ideal del egresado.

Artículo 26 TLS ofrece diferentes metodologías que apuntan a la mejora

del proceso de enseñanza-aprendizaje, entre los que se encuentra la metodología TRAE (Trabajo Real Aplicado a la Empresa) y la Educación asistida por las TICs (Tecnología de la información y la Comunicación). En el sílabo de los cursos de cada plan de estudios indicará qué tipo de metodología se aplicará.

Artículo 27 El plan de estudios está conformado por cursos obligatorios comunes, obligatorios de especialidad y electivos. Asimismo, durante el desarrollo de la carrera, se ofrecen diversos talleres o seminarios que la Dirección Académica puede determinar como obligatorios.

Artículo 28 Si la Dirección Académica considera pertinente se ofrecerán cursos libres.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

14

Artículo 29 Plan de Estudios

29.1 Las carreras profesionales de 4 años se rigen por el

sistema de asignaturas. 29.2 Las carreras profesionales técnicas de 3 años pueden

regirse, tanto por el sistema de asignaturas como por el sistema modular.

Artículo 30 El número máximo de unidades académicas en los que un alumno puede matricularse por semestre es de 30 unidades académicas.

Artículo 31 La duración de un semestre académico es de 18 semanas, divididas en: 16 lectivas, 1 de evaluación final de trabajos y 1 de evaluaciones con jurado.

CAPÍTULO 6 Asistencia y Puntualidad

Artículo 32 Es responsabilidad del alumno llevar el control de sus inasistencias y tardanzas.

Artículo 33 La asistencia y puntualidad a clases es obligatoria en todos los cursos matriculados.

Un alumno incurre en inasistencia:

a. Cuando llega a la sesión de clases después del límite de tolerancia establecido.

b. Cuando se acumulan 3 tardanzas consecutivas o alternadas dentro del curso.

c. Cuando se retira del aula durante la sesión de clase.

Un alumno incurre en tardanza:

d. Cuando llega durante el límite de tolerancia establecido luego del inicio de la sesión programada.

Artículo 34 El límite de tolerancia establecido para no incurrir en inasistencia es de 10 minutos. Para el caso comprobado de los alumnos que trabajan, y sólo si la jornada de trabajo declarada lo justifica, el límite de tolerancia de la primera sesión de clase del día será de 30 minutos.

34.1 Para contar con este beneficio, el alumno debe

presentar durante el proceso de matrícula de cada semestre, una constancia de trabajo, que indique el horario de trabajo, puesto que desempeña, nombre y

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

15

sello de la persona que firma junto con sus datos de contacto y cargo respectivo.

34.2 Los alumnos que inician sus actividades laborales luego de iniciado el semestre, deberán entregar su constancia de trabajo y/o prácticas pre-profesionales en el Counter de Atención Alumnos, aplicándose el beneficio a partir de la fecha de entrega de la Constancia. La aplicación del beneficio no es retroactiva.

Artículo 35 Las justificaciones de inasistencias sólo son válidas para la presentación de trabajos siempre y cuando vengan acompañadas de la documentación sustentatoria correspondiente, que deberá entregarse al Counter de Atención Alumnos.

35.1 La justificación no anula la inasistencia justificada.

Artículo 36 Las solicitudes de justificación de inasistencias serán

presentadas al Counter de Atención Alumnos como máximo una (1) semana después del primer día de ausencia por el alumno o familiar, teniendo el plazo de una (1) semana para la presentación de trabajos luego de su reincorporación. 36.1 Fuera de los plazos indicados, ninguna solicitud será

recibida. Artículo 37 Si el alumno justificada o injustificadamente excede en una (1)

inasistencia el límite de inasistencias permitido en el curso; se le permitirá el ingreso a clases, la entrega de trabajos y exámenes, para que, de cumplir con los requisitos, pueda acceder a la evaluación sustitutoria, según lo establecido en el artículo 48 del presente reglamento. 37.1 De no rendir la evaluación sustitutoria o de no obtener

una calificación aprobatoria, le corresponderá la nota cero (00) que equivale a la condición de desaprobado por inasistencias (DPI).

Artículo 38 El alumno que justificada o injustificadamente excede en dos

(2) o más el límite de inasistencias permitido en el curso, no tendrá derecho a presentar trabajos finales, ni a presentarse a las evaluaciones, correspondiéndole la nota cero (00) que equivale a la condición de desaprobado por inasistencias (DPI). Esto no le impide su ingreso las sesiones de clase.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

16

Artículo 39 Desaprobado por inasistencias

El alumno que excede el límite de inasistencias permitido en un determinado curso o unidades didácticas, será desaprobado por inasistencias (DPI) con nota cero (00). El límite de inasistencias equivale al 30% establecido por el Ministerio de Educación.

39.1 El límite de inasistencias permitido en cursos de una (1) sesión por semana es de cuatro (4).

39.2 El límite de inasistencias permitido en cursos de dos (2) sesiones por semana es de nueve (9).

39.3 El límite de inasistencias permitido en cursos de tres (3) sesiones por semana es de catorce (14).

Artículo 40 Puntualidad en la entrega de trabajos

Es obligación del alumno entregar los trabajos puntualmente de acuerdo al cronograma establecido por el docente. De no cumplirlo, obtendrá la nota cero (00). 40.1 Se exime de esta obligación al alumno que tenga plazos

de entrega distintos a los establecidos según el artículo 36 del presente reglamento.

Artículo 41 Recuperación de clases

El sílabo y/o guía de aprendizaje de la asignatura es entregado a los alumnos el primer día de clases. Las clases programadas son dictadas en las fechas y horas previstas. Si por cualquier causa esta disposición no fuera cumplida, el docente, bajo su responsabilidad, debe recuperar la clase en los días y horas definidos por la institución dentro de las 2 semanas siguientes.

CAPÍTULO 7 Evaluaciones

La evaluación del alumno es permanente, y con especial énfasis en el aspecto actitudinal y en la calidad de la presentación como parte de la evaluación.

Artículo 42 Sistema de evaluación

42.1 En las calificaciones se utiliza la escala vigesimal.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

17

42.2 En las carreras profesionales y profesionales técnicas bajo el sistema de asignaturas, la nota mínima aprobatoria es de once (11).

42.3 En las carreras profesionales técnicas bajo el sistema modular, la nota mínima aprobatoria es de trece (13).

42.4 En el cálculo del promedio de notas, la fracción igual o mayor a 0.5 será redondeada al entero superior, a excepción del cálculo de la Nota Promedio del Curso (NPC) indicado en el artículo 44 inciso 44.10 del presente reglamento.

42.5 Si el alumno no se presentó a una de las evaluaciones, obtendrá la calificación de cero (00), salvo que lo haya justificado oportunamente mediante la solicitud de justificación de inasistencias según el artículo 35 del presente reglamento.

42.6 La evaluación tiene dos modalidades: Evaluación continua y Evaluación continua con jurado.

Artículo 43 Evaluación continua

Este tipo de evaluación está compuesta por tres notas

promedios que el docente programa a lo largo del semestre.

43.1 El sistema de evaluación continua contempla la siguiente ponderación de notas:

Promedio de Trabajos 1 (T1) : Peso 1 Promedio de Trabajos 2 (T2) : Peso 1 Promedio de Trabajo Final (T3): Peso 2

43.2 El promedio final (PF) de los cursos con evaluación

continua se obtiene calculando el promedio ponderado de T1, T2 y T3:

PF =

T1 + T2 + (2 x T3)

4

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

18

Artículo 44 Evaluación continua con jurado

44.1 Consisten en la exposición y fundamentación oral del trabajo final del semestre.

44.2 Las evaluaciones con jurado no podrán ser reprogramadas, ni tendrán opción de sustitutorio.

44.3 La evaluación del jurado es inapelable. 44.4 La nota de jurado no es reemplazable. 44.5 Las sesiones de jurado se ejecutan en determinados

ciclos según el siguiente cuadro:

Carreras por Área 1 2 3 4 5 6 7 8

Comunicaciones

Comunicación Audiovisual y Multimedia

Comunicación Audiovisual

Publicidad

Animación Digital

Interiores

Arquitectura de Interiores Diseño de Interiores

Diseño de Producto

Diseño

Dirección y Diseño Gráfico Dirección y Diseño Publicitario Diseño Gráfico

Diseño Web Multimedia

44.6 En los cursos con nota de jurado contemplados en el inciso 5 del presente artículo, el jurado estará compuesto por dos o tres miembros: docentes del programa y/o profesionales invitados especialmente, que evaluarán dichos trabajos según las normas establecidas y de acuerdo a rúbricas definidas por la Dirección Académica, en sesión de jurado.

44.7 En los cursos con nota de jurado no contemplados en el inciso 5 del presente artículo, el jurado estará a cargo del mismo docente que dicta el curso-sección y un profesional invitado. Los trabajos serán evaluados según las normas establecidas y de acuerdo a rúbricas definidas por la Dirección Académica, en la última sesión de clases.

44.8 Este tipo de evaluación está compuesta por tres notas promedios que el docente programa a lo largo del semestre, las cuales conforman la nota promedio del

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

19

curso, y la nota de jurado, que se programa en la última semana de cada semestre.

44.9 El sistema de evaluación continua con jurado contempla la siguiente ponderación de notas:

Para la obtención de la Nota Promedio del Curso (NPC) Promedio de Trabajos 1 (T1) : Peso 1 Promedio de Trabajos 2 (T2) : Peso 1 Promedio de Trabajo Final (T3): Peso 2 Para la obtención de la Nota Final del Curso (NF) Nota Promedio del Curso (NPC): Peso 2 Nota de Jurado (NJ): Peso 1

44.10 La Nota Promedio del curso (NPC) de los cursos con jurado se obtiene calculando el promedio ponderado de T1, T2 y T3:

44.11 En las carreras profesionales y profesionales técnicas

bajo el sistema de asignaturas, el alumno estará apto para la evaluación con Jurado si obtuvo una nota mínima de ocho (08) en la Nota Promedio del Curso (NPC) sin aplicar redondeo.

44.12 En las carreras profesionales técnicas bajo el sistema modular, el alumno estará apto para la evaluación con Jurado si obtuvo una nota mínima de diez (10) en la Nota Promedio del Curso (NPC) sin aplicar redondeo.

44.13 Los alumnos aptos para el jurado, luego de ser evaluados por el mismo, tendrán como nota final del curso (PF) la obtenida del cálculo del promedio ponderado de NPC y NJ:

44.14 Los alumnos no aptos para el Jurado, tendrán como nota final del curso la obtenida en la Nota Promedio del Curso (NPC).

PF = NPC

NPC =

T1 + T2 + (2 x T3)

4

PF =

(2 x NPC) + NJ

3

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

20

44.15 Los alumnos aptos que no se presentan a la evaluación con Jurado, obtienen cero (00) en la Nota de Jurado y tendrán como nota final del curso (PF) la obtenida en el cálculo indicado en el inciso 13 del presente artículo.

44.16 Se aplica redondeo solo en el cálculo del Promedio Final (PF).

44.17 Los alumnos que obtengan dieciocho (18) o más en el promedio de jurado, del curso con jurado correspondiente al último ciclo de su plan de estudios, podrán optar por la modalidad de titulación por excelencia.

Artículo 45 El promedio ponderado semestral (PPS), es el promedio de

calificaciones de un semestre académico, sumando la multiplicación de las calificaciones cursadas por el alumno, por el valor atribuido en unidades académicas en cada una de ellas y divididos por el total de éstas.

Para el cálculo del promedio ponderado semestral se excluirán

aquellos cursos en que el alumno formalizó el retiro correspondiente. Asimismo, se tendrá en cuenta el número entero resultante y la fracción centesimal sin redondear a la unidad inmediata.

Artículo 46 El promedio ponderado acumulado (PPA) es aquél que se

obtiene sumando la multiplicación de las calificaciones de todos los cursos llevados por el alumno, por el valor en unidades académicas atribuido a cada una de ellas y dividido por el total de éstas.

Para el cálculo del promedio ponderado acumulado (PPA) se

tendrá en cuenta el número entero resultante y la fracción centesimal sin redondear a la unidad inmediata.

Artículo 47 Aquellos alumnos que sean sorprendidos cometiendo una falta

grave contra la probidad académica (véase artículo 60, literal “f”), pueden recibir, según la magnitud de la falta, las sanciones detalladas en el artículo 61, inciso 61.1, literales “c”, “d”, “e” y “f” del presente reglamento.

Artículo 48 Evaluación Sustitutoria

48.1 Todos los alumnos de las diferentes carreras pueden rendir evaluación sustitutoria de los cursos no taller matriculados y de los cursos taller que se determinen según el inciso 6 del presente artículo.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

21

48.2 Los alumnos desaprobados por inasistencias (DPI), sólo participan si han excedido por una ( 01) falta el límite de inasistencias del curso y a su vez tienen como mínimo un promedio final de:

a. Trece (13), si el alumno pertenece a una carrera profesional o profesional técnica bajo el sistema por asignaturas.

b. Quince (15), si el alumno pertenece a una carrera profesional técnica bajo el sistema modular. Estos alumnos deberán obtener una calificación aprobatoria, demostrando que, a pesar de haber excedido el límite de inasistencias, tienen dominio del curso.

48.3 La calificación obtenida en la evaluación sustitutoria no se considera en el promedio final que determina el reajuste por el incumplimiento del Compromiso de Honor, señalado en el artículo 16 del presente reglamento.

48.4 La calificación obtenida en la evaluación sustitutoria reemplaza la menor nota del curso si se cumple que:

a. La calificación obtenida en la evaluación sustitutoria es mayor que la nota a ser reemplazada y el curso no ha sido desaprobado por inasistencias (DPI) o,

b. La calificación obtenida en la evaluación sustitutoria es aprobatoria y el curso ha sido desaprobado por inasistencias (DPI). En el caso de que la menor nota se repita en más de un promedio, se remplaza la última registrada.

48.5 En el caso de los cursos que tienen nota de evaluación con jurado (véase artículo 44), solo se podrá remplazar la menor nota entre el promedio uno y el promedio dos.

48.6 Las políticas de aplicación de cada evaluación sustitutoria son definidas y difundidas por las direcciones académicas, siendo potestad de estas determinar los cursos de taller aplicables a esta evaluación sustitutoria.

48.7 Los alumnos podrán rendir la evaluación sustitutoria, únicamente en la fecha y hora programada, según políticas de la institución, y previo pago de los derechos correspondientes.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

22

CAPÍTULO 8 Certificaciones Modulares

Artículo 49 Las carreras profesionales técnicas de 3 años bajo el sistema modular han sido diseñadas para proveer al mercado laboral de profesionales técnicos con competencias y capacidades para ocupar un puesto de trabajo específico. Es por ello que terminado cada módulo, el Instituto certifica las competencias alcanzadas por los alumnos correspondientes. 49.1 Es requisito indispensable que el alumno haya

culminado satisfactoriamente todas las unidades didácticas del módulo a certificar con una nota aprobatoria no menor a trece (13)

49.2 Es requisito indispensable que el alumno acredite haber realizado las horas de Práctica Pre – Profesionales, equivalentes al 35% del número total de horas del módulo educativo a certificar.

49.3 El alumno es responsable de registrar sus horas de práctica y realizar el seguimiento correspondiente en los formatos previamente solicitados a la Agencia de Talentos del Instituto.

CAPÍTULO 9 Entrega o Publicación de Notas

Artículo 50 Las notas de los diferentes promedios se publican en el módulo

de consulta del alumno en las fechas definidas por la Institución.

Artículo 51 Es derecho del alumno estar informado sobre su desempeño académico y sus evaluaciones a lo largo de todo el semestre académico, salvo que medien razones justificadas.

Artículo 52 Los resultados de las evaluaciones serán consultados según

cronograma, a través del módulo de consulta del alumno. Artículo 53 Las pruebas escritas, trabajos u otros que hayan sido

calificados serán entregados por el docente en las horas de clase.

En todos los casos, la entrega de resultados de exámenes y otras evaluaciones es personal. Los exámenes y/o trabajos no recogidos luego de la fecha establecida serán incinerados.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

23

CAPÍTULO 10 Reclamos Artículo 54 Revisión de Notas

El alumno podrá solicitar reconsideración de todas sus evaluaciones, a excepción de los jurados, mediante una solicitud presentada en el Counter de Atención Alumnos, en la semana posterior de la publicación de notas y al cierre de cada promedio. No proceden reconsideraciones a promedios anteriores.

La solicitud de reconsideración de notas se acepta sólo si hay error en la suma.

Las fechas de entrega de promedios están publicadas en los respectivos calendarios académicos.

Artículo 55 La solicitud presentada en el Counter de Atención a Alumnos deberá sustentar por escrito en qué aspectos concretos el alumno considera que debe ser revisado. Los reclamos efectuados directamente al docente, invalidan la posibilidad de reconsideración.

Artículo 56 Atención Alumnos tramitará la solicitud de reclamo al docente

respectivo, quien la evaluará y comunicará su decisión de rectificación o ratificación de nota. Atención Alumnos comunicará los resultados respectivos a las 72 horas. Los trámites efectuados en otras instancias diferentes a Atención a Alumnos no serán válidos para efectos de reconsideración.

Artículo 57 Los alumnos que hayan presentado tres solicitudes de reclamo injustificadamente, perderán su derecho a reclamo por el resto del semestre.

Artículo 58 Revisión de asistencias El alumno podrá solicitar la rectificación de asistencia a una

sesión de clases cuando haya estado presente en el aula y en el sistema figure como ausente. Counter de Atención Alumnos solicitará el informe al docente. Si procede, el cambio se comunicará a Administración Académica.

El alumno podrá realizar este trámite como máximo una (1) semana de haber ocurrido.

Después de este tiempo, no se rectificará ninguna

inasistencia.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

24

CAPÍTULO 11 Promoción de ciclo

Artículo 59 Serán promovidos al ciclo inmediato superior aquellos alumnos

que tengan como máximo un curso desaprobado y/o pendiente de ciclo inferior.

CAPÍTULO 12 Aspectos disciplinarios de la institución Artículo 60 Faltas disciplinarias

Se consideran faltas disciplinarias, las siguientes:

a. Incumplir las disposiciones del presente reglamento y otras que la institución determine y comunique oportunamente.

b. Faltar el respeto a autoridades, personal administrativo, personal de servicios tercerizados y/o docentes, o injuriar de obra y/o palabra a algún miembro de la institución a través de cualquier medio.

c. Alterar la disciplina de la institución o actuar en forma discordante al orden que debe existir en un Centro de Estudios, o afectar con su conducta el prestigio de la institución en sus proximidades o en actividades promocionadas por la institución.

d. Dedicarse a actividades político partidarias dentro del Instituto y/o actividades externas.

e. Realizar actividades reñidas con la moral y las buenas costumbres.

f. Ejecutar actos contra la probidad académica, como plagiar, uso de clave, suplantar, adulterar exámenes u otros actos reprobables en beneficio propio o ajeno.

g. Ingresar a las instalaciones de la institución o a un evento organizado por ésta luego de haber ingerido bebidas alcohólicas, drogas y/o sustancias tóxicas.

h. Introducir, portar, consumir, distribuir o comercializar sustancias tóxicas dentro de los locales de la institución y/o en eventos externos organizados por ésta.

i. Utilizar armas de cualquier tipo en perjuicio de la integridad física de cualquier persona.

j. Cometer hurto en los bienes de la institución, de alumnos, docentes, miembros del personal o visitantes.

k. Dañar o destruir premeditadamente áreas u objetos dentro de la propiedad privada de la institución; y/o efectuar sabotaje en los bienes o servicios de la institución.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

25

l. Incurrir en falta contra la propiedad intelectual de otras personas, sea en la presentación de los trabajos propios a los cursos de su carrera, en concursos internos o externos, durante la realización de prácticas pre-profesionales o trabajos obtenidos a través de la Agencia de Talentos.

m. Utilizar el nombre de la institución donde estudia, en actividades no autorizadas por la Dirección General.

n. Utilizar los logos o símiles, frases y/o colores institucionales en actividades no autorizadas por la Dirección General.

o. Movilizar alumnos de la institución para eventos con fines personales.

p. Atentar directa o indirectamente contra la convocatoria, difusión y/o participación en actividades promovidas por la institución.

q. Usar inadecuadamente en aula los recursos informáticos (juegos en red, descarga de música, videos, etc.) o acceder a la red para fines lúdicos o de entretenimiento.

r. Utilizar las redes sociales de internet como un medio para desprestigiar o dar información falsa de la Institución.

s. Reincidir en faltas que hayan sido sancionadas con suspensión temporal.

t. Otras que la institución considere como faltas disciplinarias.

Artículo 61 Sanciones

61.1 Los alumnos se harán acreedores, según sea el caso, a las siguientes sanciones:

a. Llamada de atención. b. Amonestación escrita. c. Amonestación escrita y desaprobación con calificación

cero (00) en el curso. d. Suspensión de uno a diez días útiles (se remitirá copia

de la suspensión a la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana del Ministerio de Educación).

e. Suspensión por un semestre académico. f. Separación definitiva de la Institución.

61.2 Los alumnos sancionados tendrán derecho a presentar

su descargo en sesión de Tribunal de Honor.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

26

Artículo 62 Separación de la Institución

La Institución tipifica dos tipos de causales para la separación definitiva de un alumno: por motivos académicos y por motivos disciplinarios.

62.1 Académicos

Son separados por motivos académicos los alumnos que hayan desaprobado por tercera vez un mismo curso.

62.2 Disciplinarios

Los literales “e”, “f”, “h”, “i”, “j”, “k”, “s” declarados en el artículo 60 del presente reglamento, constituyen faltas graves y son causales de separación de la institución, salvo que el Tribunal de Honor identifique en un caso particular la concurrencia de circunstancias atenuantes que ameritan sólo sanciones menores.

Artículo 63 Tribunal de Honor

63.1 El Jefe de Servicios Académicos es el encargado de

convocar al Tribunal de Honor, el cual evaluará los casos y podrá aplicar las sanciones pertinentes. Las sanciones se aplicarán por medio de Resolución Directoral, donde serán detalladas con amplitud. La separación definitiva se ejecutará por Decreto Directoral.

63.2 El tribunal de Honor está conformado por las autoridades de la institución.

63.3 La amonestación puede ser privada o pública. La amonestación privada es una advertencia escrita al alumno, que le impone el Tribunal de Honor y la amonestación pública es una advertencia al alumno, que se exhibe en un lugar visible de la institución.

63.4 El Tribunal de Honor podrá determinar la separación definitiva por acciones que pudiera haber cometido el alumno, y que no estén contempladas en el presente reglamento.

La 63.5 La aplicación de la sanción no exime de la reposición o

reparación de los bienes dañados ni del pago de las indemnizaciones correspondientes.

63.6 La aplicación de la sanción no exime a la institución de tomar acciones legales, civiles y/o penales según sea el caso.

63.7 La Oficina de Administración Académica llevará un registro personal de cada alumno en el que se inscriben

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

27

las faltas disciplinarias cometidas y las sanciones aplicadas.

63.8 El Tribunal de Honor es la máxima autoridad en lo referente a asuntos disciplinarios, y sus decisiones son inapelables.

CAPÍTULO 13 Constancias y Certificados

Artículo 64 De las constancias y certificados

Los alumnos podrán solicitar constancia de estudios,

certificado oficial de estudios u otras constancias que requiera, en Counter de Atención a Alumnos, previo pago por el derecho de trámite correspondiente.

Artículo 65 De la constancia de egresados

Para ser considerado egresado en cualquier Programa Académico, se requiere:

a. Haber cumplido con el plan de estudios correspondiente

al Programa Académico. b. Demostrar conocimientos del idioma inglés a nivel

intermedio (válido para alumnos ingresantes a partir del semestre 2009-1 en adelante).

c. Participar en los talleres o seminarios gratuitos que la Dirección Académica determine como obligatorios para cada carrera.

d. Haber asistido durante toda su carrera, al menos a 8 seminarios o conferencias gratuitas organizadas por TLS (válido para alumnos ingresantes a partir del 2009-1 en adelante). En el caso de alumnos que estén cursando entre el 2do y el 5to ciclo, necesitarán haber asistido por lo menos a 4 seminarios o conferencias.

e. Haber cumplido con todas las obligaciones y compromisos contraídos con la institución.

f. Presentar una constancia de prácticas pre-profesionales equivalente a 360 horas como mínimo, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Constancias y Títulos.

CAPÍTULO 14 Prácticas Pre-Profesionales

Artículo 66 La institución promueve y facilita la realización de prácticas pre-

profesionales por parte de sus alumnos.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

28

Artículo 67 Para que un alumno tenga la calidad de egresado y pueda obtener el diploma de egresado que lo acredita como tal y pueda participar en la ceremonia de graduación, es obligatorio que haya efectuado no menos de 360 horas de prácticas pre-profesionales en actividades propias de la carrera.

Artículo 68 Los alumnos, a lo largo de su carrera, podrán realizar

actividades en nuestra Institución que se convaliden con horas de prácticas pre-profesionales, desempeñándose como:

a. Asistente de cátedra o Jefe de Práctica. b. Asistente y/o practicante de las diferentes áreas de la

institución. c. Participante en la elaboración de TRAES (trabajos

reales aplicados a la empresa)

Artículo 69 Los alumnos podrán buscar individualmente sus prácticas y/o recurrir a la Agencia de Talentos.

Artículo 70 Para obtener el título profesional a Nombre de la Nación que

otorga la Institución, es necesario que el alumno cumpla con el total de horas de práctica pre-profesional de acuerdo a Ley:

a. 720 horas, si culmina sus estudios bajo el sistema por

asignaturas. b. No menos del 35% del total de horas de cada módulo, si

culmina sus estudios bajo el sistema modular. A saber:

Carrera Plan

Modular Hrs.

Práctica

Animación Digital 2012 846

Arquitectura De Interiores 2013 1225

Comunicación Audiovisual 2013 853

Comunicación Audiovisual Multimedia 2013 1136

Dirección y Diseño Gráfico 2013 1136

Dirección y Diseño Publicitario 2013 1136

Diseño De Interiores 2009 949

2013 852

Diseño De Producto 2012 633

Diseño Gráfico 2009 984

2013 851

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

29

Diseño Web Multimedia 2009 984

Publicidad 2009 912

2013 852

CAPÍTULO 15 Obtención del Título Profesional

Artículo 71 El Título Profesional puede optarse a través de diversas

modalidades, especificadas en el Reglamento de Grados y Títulos.

Artículo 72 Diploma del Título Profesional

72.1 Una vez que haya aprobado el alumno, en cualquiera de sus modalidades, y a fin de recibir el diploma que acredite el otorgamiento del Título Profesional en la especialidad correspondiente, el egresado presentará en Counter de Atención Alumnos la documentación que señala el Reglamento de Constancias y Títulos. Para que el expediente proceda su trámite es requisito indispensable que tenga el 100% de la documentación requerida.

72.2 Los pronunciamientos de los jurados en los casos de opción a un Título Profesional, deberán necesariamente ceñirse a una de las siguientes alternativas:

a. Desaprobatorio b. Aprobatorio

72.3 La nota mínima aprobatoria en este caso es de trece

(13). 72.4 En caso de obtener calificación aprobatoria, el egresado

se hará acreedor al Título Profesional que hubiera lugar, previa elaboración del expediente correspondiente y el registro del título ante la autoridad del Ministerio de Educación.

CAPÍTULO 16 Ceremonia de Graduación

Artículo 73 Para participar de la Ceremonia de Graduación, se requiere

que los egresados cumplan con los siguientes cuatro requisitos:

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

30

a. Solicitar la Constancia de Egresado, para lo cual se debe adquirir el Certificado Oficial de Estudios por haber aprobado todos los cursos de la malla curricular de la carrera.

b. Sustentar el mínimo de 360 horas de prácticas pre-profesionales, a través de la constancia simple emitida para tal fin.

c. Estar al día en el pago de los derechos por matrícula, cuotas y de graduación

d. Abonar el derecho de graduación correspondiente.

TÍTULO IV REGIMEN DE SERVICIOS ACADÉMICOS

COMPLEMENTARIOS.

CAPÍTULO 17 Centro de Información y Documentación

Artículo 74 El Centro de Información y Documentación cuenta en una

colección especializada de libros, revistas, catálogos y material audiovisual en las diversas áreas de enseñanza de la institución, puestos a disposición de los usuarios.

Artículo 75 El Centro de Información y Documentación es el punto focal

para el acceso a la información proporcionando los servicios y recursos requeridos que promuevan y desarrollen las habilidades para la investigación y aprendizaje de nuestros usuarios.

Artículo 76 Para lograr sus objetivos, el Centro de Información y

Documentación ofrece un ambiente apropiado para los servicios de: consulta y referencia, lectura de sala, visionado de audiovisuales, Internet, boletines informativos, circulación de revistas, préstamo ínter bibliotecario, préstamo al salón de clases o por horas.

Artículo 77 El material de consulta está registrado en el catálogo de títulos y materias.

Artículo 78 Son usuarios del Centro de Información y Documentación: los

alumnos con matrícula vigente, los docentes, los egresados y el personal administrativo. Los alumnos se identificarán con el carné de la institución.

Artículo 79 El acceso a los ambientes y servicios del Centro de Información y Documentación solo será presentando el carné de la institución.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

31

Artículo 80 Son derechos de los usuarios:

a. Recibir la formación y orientación de usuario pertinente para el desenvolvimiento adecuado en el Centro de Información y Documentación.

b. Recibir información actualizada sobre novedades en el Centro de Información y Documentación, ya sea en material bibliográfico, electrónico, eventos, etc.

c. Tener la web del Centro de Información y Documentación actualizada.

d. Ser atendidos de manera eficiente y correcta por el personal del Centro de Información y Documentación.

e. Recibir pronta respuesta en sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios del Centro de Información y Documentación.

Artículo 81 Son deberes de los usuarios: a. El acceso a los ambientes y servicios de Centro del

Información y Documentación sólo será presentando el carné del Instituto, sin este documento el usuario no será atendido.

b. Mantener un comportamiento acorde a un ambiente de estudio.

c. Cumplir con los plazos de devolución establecidos d. Cuidar y respetar los ambientes asignados a cada tipo

de servicio, así como la colección y equipamiento por ser para uso de la comunidad.

Artículo 82 El Centro de Información y Documentación brinda los

siguientes servicios: a. Catálogo online: Permite las búsquedas y solicitudes

de los materiales a consultar. b. Préstamo de material: tenemos 03 tipos de préstamo: c. Lectura Interna: d. Préstamo por horas al salón e. Préstamo a casa: Libros especializados (02 días)

Obras literarias ( 07 días) f. Préstamos autorizados por tipo de usuario g. Los libros de etiqueta roja, tesis y audiovisuales son

prestados únicamente para lectura en sala. h. Servicio de internet: Cuenta con computadoras para

uso de este servicio. El uso de este servicio se debe reservar con anticipación y corresponde a 02 horas por usuario.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

32

i. Servicio de WiFi: Wireless Fidelity, podrán tener acceso a internet inalámbrico desde sus Laptops.

CAPÍTULO 18 Delegados

Artículo 83 Delegados de Curso

Las siguientes son responsabilidades del delegado de sección:

a. Informar sobre el avance de syllabus de los cursos de su ciclo y todo lo relacionado a sus clases.

b. Informar sobre las inasistencias y puntualidad de los docentes de su ciclo.

c. Recabar y/o entregar en el Counter de Atención a Alumnos cualquier publicación, informe, exámenes u otros documentos necesarios para el desempeño de su función.

Artículo 84 El delegado será elegido por su docente de curso durante la

primera semana de clases y no podrá desempeñar ésta función en más de una sección a la vez.

Artículo 85 Delegado TLS

Los delegados TLS son considerados agentes de comunicación, piezas claves dentro de los procesos académicos y de mejora ya que permiten tener una cercanía con el sentir del alumnado.

Bienestar Estudiantil por su parte es el nexo con los delegados.

Artículo 86 Las siguientes son responsabilidades del delegado TLS:

a. Representar responsablemente a los alumnos de su

ciclo y carrera. b. Asistir a las reuniones programadas por Bienestar

Estudiantil c. Participar en las comisiones de trabajo que sean

asignadas d. Participar en las actividades en las que se solicite su

participación e. Participar activamente en la organización, difusión,

convocatoria, ejecución y reuniones de planificación de los eventos realizados en beneficio de la comunidad estudiantil.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

33

f. Transmitir a sus compañeros de su ciclo y carrera los acuerdos y comunicaciones de la reunión de delegados TLS.

Artículo 87 El delegado será elegido por sus compañeros de sección

durante las dos primeras semanas de clases y desempeñará la función durante un año lectivo. La elección deberá realizarse dentro de un proceso de votación democrático, siendo ganador el candidato que tenga el 50% más uno del total de votos.

CAPÍTULO 19 Actividades culturales y deportivas

Artículo 88 TLS fomenta entre los alumnos la participación en actividades

sociales y recreativas, que complementen su formación integral a través del departamento de Bienestar Estudiantil.

TÍTULO V REGIMEN ECONOMICO CAPÍTULO 20 Clasificación pagos de alumnos

Artículo 89 Alumnos Regulares

La cuota de pago constituye el 100% del valor de la escala de pago asignada a las tarifas vigentes, siendo alumnos regulares aquellos cuya carga académica es mayor a 14 unidades académicas y sin exceder el máximo determinado en el artículo 30. La Unidad Académica es la unidad de medida interna establecida por TLS con criterios académico-administrativos que determinan el valor de un curso.

Artículo 90 Alumnos No Regulares y Libres

La cuota de pago se determina de acuerdo a la carga académica en que el alumno se haya matriculado y cubre hasta 14 unidades académicas. Solo podrá exceder este número de unidades académicas cuando el alumno esté cursando el último ciclo de estudios y esté por egresar, previa evaluación. El costo por cada unidad académica es de acuerdo a la escala de pago correspondiente y el monto podrá ser consultado en Caja.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

34

Artículo 91 Conceptos Libres

Son pagos de derechos académicos según tarifa vigente y se realizan en la Caja de la institución, salvo indicación contraria.

CAPÍTULO 21 Formas de pago

Artículo 92 Al contado

Se cancelará todo el semestre antes del inicio del mismo y sólo hasta la fecha de vencimiento prevista. Esta modalidad tiene el carácter de cancelatorio. Se aplicará un descuento por pronto pago según tarifario vigente.

Artículo 93 En cuotas

El alumno podrá acogerse a la modalidad de pago en cuotas fijas, según ejecución académica.

Será de entera responsabilidad del alumno conocer el calendario de pagos con las fechas de vencimiento precisas, las mismas que serán publicadas oportunamente en Atención Alumnos y Caja y consignadas en el calendario académico.

CAPÍTULO 22 Fechas de pago

Artículo 94 Las cuotas de pago se realizan según fechas indicadas en

cronograma y comunicadas por la institución un mes antes de la matrícula académica.

Todos los pagos estarán sujetos a moras, intereses y/o recargos según tarifario vigente, a partir del siguiente día calendario del vencimiento previsto.

Artículo 95 Los alumnos que no abonen los derechos correspondientes a

cada cuota, hasta la fecha de vencimiento programada, y habiendo realizado compromiso de pago, no podrán acceder al módulo de consulta de alumnos en línea y serán los únicos responsables de cualquier perjuicio que pudieran sufrir como consecuencia de ello.

Artículo 96 Los alumnos que tuvieran obligaciones monetarias vencidas

pendientes en cualquier dirección, departamento o servicio de la institución, al finalizar al semestre académico, no podrán formalizar matrícula ni ningún otro trámite académico o

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

35

administrativo salvo excepciones autorizadas por el área de Cobranzas.

Artículo 97 El incumplimiento del pago con la institución habiendo realizado compromiso, restringe el otorgamiento de los servicios de TLS.

CAPÍTULO 23 Lugares de Pago

Artículo 98 Los pagos de las cuotas únicamente deberán efectuarse en los Bancos oportunamente indicados por la institución.

En el caso que de manera excepcional se realice el pago de cuotas en la Caja de la institución, se añadirá un recargo adicional según tarifario vigente.

Los pagos por derechos académicos se realizan al contado en la Caja de la institución, salvo indicación contraria.

CAPÍTULO 24 Refinanciamiento

Artículo 99 El cambio de fechas en el vencimiento y/o ampliación de cuotas procede excepcionalmente y por sólo un semestre académico, siempre y cuando la situación económica familiar lo justifique, y previo sustento por escrito al área de Créditos y Cobranzas.

La solicitud de refinanciamiento debe solicitarse únicamente hasta dos semanas antes de la matrícula académica.

Los pagos de las cuotas se realizan de manera completa y no se aceptan amortizaciones.

No procede la matrícula de ningún alumno con deuda, salvo que sea autorizado por el área de Finanzas según política de financiamiento vigente.

CAPÍTULO 25 Incremento de Precios Artículo 100 Incremento por Rendimiento Académico

100.1 El incremento por rendimiento académico responde al

compromiso de Toulouse-Lautrec con la exigencia académica y la calidad de los profesionales que forma.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

36

100.2 En el caso de que el alumno no cumpla con tener un promedio de semestre mayor o igual al determinado para su carrera en el artículo 16, incisos 16.1 y 16.2 del presente reglamento, tendrá un reajuste fijo sobre el monto de su escala de pagos en el

siguiente semestre académico.

100.3 El recargo por rendimiento académico se cumple bajo los siguientes lineamientos:

a. Se determina al cierre de cada semestre y se aplica

desde el inicio del siguiente. b. No es acumulable para el alumno que haya tenido

recargo en semestres anteriores a su aplicación. c. Es de vigencia semestral. Por tanto, deja de aplicarse

en el siguiente semestre si el alumno cumple con tener un promedio de semestre mayor o igual al requerido.

Artículo 101 Por variables económicas

El Instituto normalmente hace ajustes anuales, incrementando el valor de las escalas de pago. Los ajustes anuales son debidamente comunicados a los alumnos y antes del inicio del semestre a partir del cual serán aplicados.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

37

CAPÍTULO 26 Becas y Recategorizaciones

Artículo 102 El otorgamiento de las becas y recategorizaciones constituye

una potestad de la Institución. Artículo 103 Becas Académicas

La institución otorga becas a la excelencia académica. Los requisitos y procedimientos para hacerse acreedor a una de éstas, están especificadas en el reglamento correspondiente.

Artículo 104 Becas Económicas

Entiéndase por Becas Económicas, al porcentaje de descuento sobre el valor de la escala, que se le otorga al alumno que lo solicita por uno o dos semestres de estudio, atendiendo la necesidad económica y sujeta al cumplimiento de las exigencias académicas descritas en el reglamento correspondiente. El beneficio dura máximo un año, al término del cual, el alumno debe solicitar la ayuda económica nuevamente.

Artículo 105 Recategorizaciones

El alumno tiene la potestad de solicitar un cambio en la escala asignada para lo cual tendrá que seguir el proceso correspondiente. Como resultado de este proceso puede mantener, bajar o subir su escala.

La solicitud de recategorización es recabada y presentada en el Counter de Atención Alumnos previo pago en Caja según tarifario, y según los plazos definidos por el área de Bienestar Estudiantil. El alumno puede pedir recategorización una vez por semestre.

CAPÍTULO 27 Retiros, Abandonos y devoluciones

Artículo 106 Retiros

El alumno que se retire del semestre puede hacerlo hasta el día 8 sin pagar la cuota que vence en dicho mes. A partir del día 9, debe pagar la cuota que vence en dicho mes.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

38

El alumno puede hacer el pago correspondiente a reserva de matrícula, lo que lo exonera del pago de reingreso hasta por un año.

Artículo 107 Abandonos

En el caso que el alumno no se retire oficialmente, quedará en calidad de deudor de todas las cuotas impagas

correspondientes al semestre en que se produjo el abandono, incluyendo la mora y los intereses corridos hasta la fecha de pago según las tasas que la institución fije en su oportunidad.

Artículo 108 Devoluciones

Las devoluciones sólo proceden en el caso que TLS no

otorgue el servicio programado o ante una reprogramación.

108.1 La devolución será el lunes de la siguiente semana a presentada la solicitud.

108.2 Los alumnos que se retiren de uno o más cursos durante el semestre, no tendrán derecho a devolución alguna y continuarán pagando la cuota pactada.

CAPÍTULO 28 Moras e intereses

Artículo 109 Todos los pagos estarán sujetos a moras, intereses y/o

recargos, a partir del siguiente día calendario del vencimiento previsto.

TÍTULO VI NORMAS FINALES

CAPÍTULO 29 Disposiciones Transitorias

Artículo 110 Todo hecho producido antes de la vigencia del presente Reglamento, así como los trámites y procedimientos que se encuentren en curso, se sujetan al presente Reglamento.

CAPÍTULO 30 Disposiciones Finales

Artículo 111 Modificación de Fechas y Plazos

Las fechas y plazos contenidos en el presente Reglamento, podrán ser modificados únicamente por la Dirección General.

IESTP Toulouse Lautrec – Carreras Profesionales y Profesionales Técnicas

39

Artículo 112 Interpretación y Modificación del Reglamento

El siguiente reglamento podrá ser interpretado, modificado o sustituido por acuerdo del Comité Académico y con la aprobación de la Dirección General.

Artículo 113 Documentación

Todo trámite académico y administrativo será por solicitud. El alumno es el único responsable de los documentos entregados (formatos, reglamentos, boletas de pago, solicitudes, entre otros) por la institución, ya que constituye la prueba fiel de haber efectuado determinado tipo de gestión.

Reglamento revisado y modificado: 28-FEB-2014

Reglamento aprobado: 28-FEB-2014 Comité integrado por: Dirección General, Dirección Diseño y Desarrollo, y Dirección de Servicios Educativos.