REESTRUCTURAN Págs. 7 - 8 GOBIERNO DIGITAL · Será responsable de coordinar, diseñar y...

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La Uruca, San José, Costa Rica, martes 1º de abril del 2008 ¢ 235,00 AÑO CXXX Nº 63 - 76 Páginas ANTE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL BTICINO GESTIONA EQUIPOS ELÉCTRICOS DE EMPOTRAR REFORMA INTEGRAL. Se estableció la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital como el ente responsable de la definición política de alto nivel en materia de gobierno digital. Será responsable de coordinar, diseñar y planificar las políticas públicas en esa esta área. PODER EJECUTIVO REESTRUCTURAN GOBIERNO DIGITAL DESTINO: EUROPA, EEUU Y TERCEROS MERCADOS PROCOMER IMPULSA LOS ALIMENTOS PROCESADOS Págs. 2 - 3 Págs. 7 - 8 Pág. 22 Foto con fines ilustrativos

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La Uruca, San José, Costa Rica, martes 1º de abril del 2008

¢ 235,00 AÑO CXXX Nº 63 - 76 Páginas

ANTE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALBTICINO GESTIONA EQUIPOS ELÉCTRICOS DE EMPOTRAR

REFORMA INTEGRAL. Se estableció la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital como el ente responsable de la definición política de alto nivel en materia de gobierno digital. Será responsable de coordinar, diseñar y planificar las políticas públicas en esa esta área.

PODER EJECUTIVO

REESTRUCTURAN GOBIERNO DIGITAL

DESTINO: EUROPA, EEUUY TERCEROS MERCADOSPROCOMER IMPULSA LOS ALIMENTOS PROCESADOS

Págs. 2 - 3Págs. 7 - 8

Pág. 22

Foto con fines ilustrativos

Pág 2 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

PODER EJECUTIVO

DECRETOSNº 34338-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7658, Ley de Creación del Fondo Nacional de Becas de 11 de febrero de 1997 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H de 9 de marzo de 2007 y sus reformas.

Considerando:I.—Que mediante la Ley Nº 7658, Ley de Creación del Fondo

Nacional de Becas, publicada en La Gaceta Nº 41 de 27 de febrero de 1997, se crea el Fondo Nacional de Becas como órgano de derecho público de máxima desconcentración, con personería jurídica instrumental, adscrito al Ministerio de Educación Pública, destinado a cumplir con los propósitos que se establecen en la misma ley y a realizar las operaciones prescritas en ella.

II.—Que mediante el oficio DE-001-2007 de 08 de enero de 2008, el Fondo Nacional de Becas solicita incrementar en ¢7.787.090.859,92 (siete mil setecientos ochenta y siete millones noventa mil ochocientos cincuenta y nueve colones con noventa y dos céntimos) el gasto presupuestario máximo fijado para el período 2008, con el propósito de continuar con el accionar institucional.

III.—Que con dichos recursos se pretende continuar el otorgamiento de becas a estudiantes de escasos recursos económicos, con criterio de oportunidad, transparencia y equidad, asegurar la permanencia en el sistema educativo de los estudiantes de bajos recursos por medio de este subsidio, mejorar la cobertura del programa de becas, optimizar los gastos operativos necesarios para la entrega de los beneficios, contar con un recurso humano capacitado y comprometido, implementar una estrategia de comunicación externa e interna y contar con procesos integrados eficientes y de calidad.

IV.—Que el Fondo Nacional de Becas, financiará el incremento solicitado con recursos propios, producto de transferencias provenientes del Gobierno Central (Ministerio de Educación Pública) y del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), recursos que ya fueron incluidos en el Presupuesto del período 2008.

V.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 22 de marzo de 2007 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2008, estableciéndose en el artículo 1° del citado decreto, el gasto presupuestario máximo del año 2008, para las instituciones cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

VI.—Que mediante el oficio STAP-CIRCULAR-0688-07 de 24 de abril de 2007, se comunicó al Fondo Nacional de Becas el gasto presupuestario máximo autorizado para el año 2008, por un monto de ¢18.212.000.000,00 (dieciocho mil doscientos doce millones de colones sin céntimos), el cual no contempla los gastos adicionales que el órgano requiere realizar.

VII.—Que el señor Ministro Rector del Sector Educativo, mediante el oficio DM-10415-12-07 de 06 de diciembre de 2007, avala la solicitud planteada por el Fondo Nacional de Becas.

VIII.—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado para el Fondo Nacional de Becas para el año 2008. Por tanto;

DECRETAN:Artículo 1°.—Modifìcase para el Fondo Nacional de Becas, el gasto

presupuestario máximo fijado para el año 2008, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 de 22 de marzo de 2007 y sus reformas, quedando el límite de gasto presupuestario en la suma de ¢25.999.090.859,92 (veinticinco mil novecientos noventa y nueve millones noventa mil ochocientos cincuenta y nueve colones con noventa y dos céntimos) para ese período.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República, al primer día del mes de

febrero del año dos mil ocho.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo

E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(O. C. Nº 02-2008).—C-37220.—(D34338-27283).

Nº 34412-MPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIAEn uso de las facultades que le confieren los incisos 3) y 8) del

artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política y artículo 25 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:1º—Que la Dirección General de Servicio Civil tiene su apertura en

los artículos 191 y 192 de la Constitución Política con la promulgación de un Estatuto de Servicio Civil.

2º—Que mediante Ley 1581 de fecha 30 de mayo de 1953 se materializa el Estatuto de Servicio Civil.

3º—Que el citado Estatuto de Servicio Civil cumple en el mes de mayo del 2008 cincuenta y cinco años de haber sido promulgado como un cuerpo jurídico regulador de las relaciones entre el Poder Ejecutivo y sus servidores.

4º—Que se hace necesario conmemorar el Cincuentenario. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1º—Declarar de interés público los cincuenta y cinco años de la conmemoración de la promulgación del Estatuto de Servicio Civil.

Artículo 2º—Para esta celebración podrán contribuir las dependencias del sector público y privado con recursos económicos en la medida de sus posibilidades, para la exitosa realización de esta actividad.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días

del mes de marzo del año dos mil ocho.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia,

Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 20818).—C-21160.—(D34412-26730).

Nº 34413-MPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIACon fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la

Constitución Política, los artículos 25, inciso 1), y 27, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:1º—Que desde la entrada en vigencia del decreto ejecutivo Nº 33147-

MP mediante el cual se creó la Comisión Intersectorial del Gobierno Digital y la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, ha sido evidente la necesidad de una redefinición del papel de cada una de esas instancias en procura de una mayor eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos.

2º—Que es de vital importancia la integración a la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital de varias instancias de gobierno y del sector privado, que han demostrado un alto nivel de compromiso con el tema.

3º—Que el papel de la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital debe enfocarse al diseño de las políticas y el establecimiento de los proyectos que deben realizarse en materia de Gobierno Digital.

4º—Que la Secretaría Técnica de Gobierno Digital debe desenvolverse como una unidad ejecutora de las decisiones de la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital.

5º—Que se impone el establecimiento de un canal directo de comunicación y seguimiento entre la Comisión y la Secretaría.

6º—Que el decreto ejecutivo Nº 33147-MP, requiere de una reforma integral para ajustarse a los nuevos requerimientos y necesidades en el desarrollo del proyecto general de Gobierno Digital. Por tanto,

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Decretos ............................................................................ 2DOCUMENTOS VARIOS ................................................ 7TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos ............................................................................. 23 Avisos .............................................................................. 23CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ....................... 23REGLAMENTOS ............................................................ 27INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ................ 29AVISOS ............................................................................. 33NOTIFICACIONES ........................................................ 72CITACIONES .................................................................. 75FE DE ERRATAS ............................................................ 75

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DECRETAN:La siguiente,

Reforma Integral del Decreto Ejecutivo Nº 33147-MPque Crea la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital

y la Secretaría Técnica de Gobierno DigitalArtículo 1º—Se reforma de manera integral el Decreto Ejecutivo Nº

33147-MP para que en adelante su texto se lea de la siguiente forma:“Artículo 1º—Créase la Comisión Intersectorial de Gobierno

Digital, en adelante denominada la Comisión, como un órgano de coordinación y definición política de alto nivel que diseña y planifica las políticas públicas en materia de gobierno digital.

Artículo 2º—La Comisión Intersectorial de Gobierno Digital estará integrada por:a) La Primera Vicepresidente de la República, quien la presidirá.b) El Ministro o Viceministro encargado de la Coordinación

Interinstitucional.c) El Ministro o Viceministro de Comercio Exterior.d) Ministro o Viceministro de Ciencia y Tecnología.e) El Presidente Ejecutivo o el subgerente de telecomunicaciones

del Instituto Costarricense de Electricidad.f) Un representante de uno de los Bancos Estatales del Sistema

Bancario Nacional.g) Un representante de la Fundación Omar Dengo.

Podrán asistir a las sesiones de la Comisión, con derecho a voz pero sin voto: El secretario de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, el o los asesores que designe la Comisión, representantes de otras instancias que determine la Comisión.

El banco estatal cuyo representante integre la Comisión de conformidad con el inciso f) de este artículo, será designado por la Primera Vicepresidente de la República.

Para su funcionamiento la Comisión se regirá, en lo que resulten aplicables, por las disposiciones de la Ley General de Administración Pública sobre los órganos colegiados.

Artículo 3º—Los representantes establecidos en los incisos f) y g) del artículo anterior serán designados por el jerarca respectivo, durarán en sus cargos dos años pudiendo ser designados por períodos sucesivos y ocuparán este puesto ad honorem.

Cada uno de los representantes establecidos en los incisos f) y g) deberán cumplir con los siguientes requisitos:a) Ser funcionarios de la institución que representen cuando se trate

de instituciones del Sector Público.b) Tener experiencia en el desarrollo de procesos relacionados con la

planificación e implementación de sistemas automatizados.c) Responsabilidad y disponibilidad en la ejecución de las tareas que

le competen a la Comisión.Artículo 4º—La Comisión designará un asesor principal, con

quien no establecerá ninguna relación de servicio o laboral y a quien la Comisión no podrá remunerar por ningún medio. No obstante, la Comisión procurará suscribir convenios de cooperación con instituciones del sector privado con el propósito de que le sean reconocidos por parte de éstas los honorarios que se determinen para el mismo. Este asesor principal tendrá dentro de sus funciones:a) Asesorar a la Comisión para el cumplimiento de sus fines.b) Requerir a la Secretaría Técnica de Gobierno Digital la

presentación de los informes de gestión anuales, así como los planes anuales de trabajo.

c) Dar seguimiento a los acuerdos de la Comisión.d) Servir de enlace con las instituciones del sector público y

privado relacionadas con el cumplimiento de los objetivos de la Comisión.

e) Colaborar con la Secretaría Técnica de Gobierno Digital en la definición de la estrategia de desarrollo de los proyectos aprobados por la Comisión.Artículo 5º—Corresponde a la Comisión:

a) Definir las políticas en materia de Gobierno Digital para las Instituciones del Sector Público.

b) Velar por la armonización y compatibilidad de las políticas institucionales con las políticas que establezca ella misma en materia de Gobierno Digital y adquisición de equipo de computación y software que realicen las instituciones del Sector Público.

c) Priorizar los servicios críticos de los habitantes.d) Caracterizar el modelo gobierno digital.e) Aprobar los proyectos a desarrollar en materia de gobierno

digital.f) Orientar a las instancias públicas competentes, en la definición

de estándares idóneos en materia de compra de equipo de computación y software que realicen las instituciones del sector público.

g) Definir los estándares de interoperabilidad, seguridad y usabilidad que faciliten la interconexión segura y amigable, necesarias para digitalización del Estado y la colaboración interinstitucional.

h) Coordinar con las demás instancias públicas y privadas para el cumplimiento de sus objetivos.

i) Aprobar los planes de trabajo de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital.Artículo 6º—Créase la Secretaría Técnica de Gobierno Digital

como órgano adscrito a la Presidencia de la República e instrumento ejecutor de las políticas, estándares y proyectos que defina la Comisión, responsable de incrementar la eficiencia y la transparencia en el sector público a través del uso estratégico de las tecnologías digitales con el fin de empoderar a los habitantes en el uso de servicios.

Artículo 7º—La Secretaría Técnica de Gobierno Digital tiene los siguientes objetivos:a) Procurar los servicios críticos de los habitantes, según la

priorización que de los mismos realice la Comisión.b) Incrementar la transparencia y el acceso a la información

gubernamental.c) Facilitar los mecanismos de ciudadanía activa en la interacción

con el Estado.d) Fomentar el acceso a las tecnologías digitales entre los

ciudadanos.e) Promover la utilización de tecnologías digitales para efectos de

simplificar trámites ante los entes de la Administración Pública y entre estos últimos.

f) Incentivar la eficiencia en la Administración Pública por medio del uso de las tecnologías digitales.

g) Velar por el modelo de gobierno digital que defina la Comisión y procurar su actualización.

h) Procurar el uso eficiente de los recursos gestionados por el Estado para sustentar los proyectos de gobierno digital.

i) Promover el cumplimiento de los estándares establecidos por la Comisión.

j) Colaborar con la Comisión en las tareas que ésta le asigne para el cumplimiento de sus objetivos.Artículo 8º—La Secretaría Técnica de Gobierno Digital estará

conformada por un Secretario, quien fungirá como coordinador general y será nombrado por el Presidente de la República; y los funcionarios de apoyo que sean necesarios.

El Secretario deberá rendir a la Comisión anualmente, o en el momento en que le sean requeridos, informes de su gestión. Corresponderá al Secretario elaborar y presentar ante la Comisión para su aprobación los planes anuales de trabajo.

Artículo 9º—Se declaran de interés público las actividades que realice la Secretaría de Gobierno Digital. La Administración Pública e instituciones privadas, dentro de sus posibilidades y el marco legal correspondiente, podrán brindar su ayuda para el mejor logro de los objetivos de la Comisión y la Secretaría.”Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República, San José, a los seis días del

mes de marzo del dos mil ocho.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia,

Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 51-2008).—C-78020.—(D34413-26308).

Nº 34419-SEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE SALUDEn uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3)

y 18) y 146 de la Constitución Política; 28, inciso 2) literal b) de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 1, 2, y 5 Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.

Considerando:1º—Que es función del Estado velar por la salud de la población,

a través del Ministerio de Salud como órgano competente para definir la política nacional de salud, la regulación, planificación y coordinación de todas las actividades públicas y privadas relativas a la salud; constituyendo dentro de los objetivos generales del Gobierno de la República el de mejorar los servicios y calidad de los mismos a través de las instituciones que conforman la Administración Pública.

2º—Que desde su creación en 1997, el Área de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs) del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (INCIENSA), ha tenido un crecimiento acelerado en sus funciones y responsabilidades, como respuesta a las demandas del cambiante perfil de salud de la población y a los requerimientos del Ente Rector.

3º—Que la coordinación técnica y administrativa de esta área sigue a cargo de un solo profesional, pese á atender eventos de diferente naturaleza, enfoque y estrategias de abordaje tales como enfermedades de origen infeccioso y las enfermedades crónicas no trasmisibles y las relacionadas con la nutrición.

4º—Que ante esta problemática, por medio del acuerdo CTD-INCIENSA-52-2007 de fecha 15 de mayo del 2007, el Consejo Técnico del INCIENSA, aprueba la propuesta Organizacional del Instituto, al ser necesaria una reforma que permita mejorar la eficacia y la eficiencia de

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la Institución para el cumplimiento de la misión, al redistribuir la carga, de trabajo así como ordenar la producción institucional, de acuerdo con la naturaleza de los eventos que atiende.

5º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 26656-S del 20 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero de 1998, el Poder Ejecutivo emitió el “Reglamento General del Instituto de Investigación y enseñanza en Nutrición y Salud”, el cual se hace necesario y oportuno modificar. Por tanto,

DECRETAN:

Reformas al Reglamento General del InstitutoCostarricense de Investigación y Enseñanza

en Nutrición y SaludArtículo 1º—Refórmase los artículos 34, 35 y 36 del Decreto

Ejecutivo N° 26656-S del 20 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 36 del 20 de febrero del 1998 “Reglamento General del Instituto de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud”, para que de ahora en adelante se lean como sigue:

“Artículo 34.—El Área de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs), se dividirá en dos áreas: Área de Enfermedades Trasmisibles y Área de Enfermedades no Trasmisibles. Cada una será coordinada por un profesional, con nivel de Maestría en Salud Pública o área afin, con capacitación en planificación y gestión de proyectos y con reconocida experiencia en el ámbito de la investigación, enseñanza y transferencia de información en salud. Estas Áreas estarán conformadas de la siguiente manera:1) El Área de Proyectos y Centro de Referencia (CDRs) de

Enfermedades no Trasmisibles estará conformada por los siguientes centros nacionales de referencia, grupos especializados y unidades de. apoyo:a. Centro Nacional de Referencia de Química Clínica.b. Centro Nacional de Referencia de Micro nutrientes.c. Centro Nacional de Referencia de Salud Oral.d. Centro de Registro de Enfermedades Congénitas.e. Investigadores Especializados en Alimentación y Nutrición.f. Centro de Información y Comunicación (CIC).g. Dependencia Jerárquica: Dirección General.Sus Funciones Generales serán:a.- Dirigir, coordinar y asesorar en aspectos técnicos y

administrativos a las dependencias a su cargo, promoviendo un abordaje integral de los procesos de salud.

b.- Velar por el cumplimiento de las funciones sustantivas de las unidades a su cargo, el desarrollo integral entre éstas y la óptima utilización de recursos, promoviendo la colaboración laboral entre los diferentes grupos institucionales.

c.- Integrar y dar seguimiento a los planes anuales de trabajo (PAT) de las unidades a. su cargo.

d.- Promover y apoyar la consecución de alianzas y financiamiento con entes externos.

e.- Valorar, promover y recomendar la inclusión de nuevas líneas de trabajo y coordinar los Centros Nacionales de Referencia (CNRS), acorde con la realidad nacional e internacional.

f.- Organizar y participar en comisiones ad-hoc para la aprobación de perfiles de proyectos de investigación, generados en los centros nacionales de referencias de las unidades a su Cargo.

2) El Área de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs) de enfermedades trasmisibles, estará conformada por los siguientes centros nacionales de referencia y unidades de apoyo:a.- Centro Nacional de Referencia de Bacteriología.b.- Centro Nacional de Referencia de Leptospirosis.c.- Centro Nacional de Referencia de Virología.d.- Centro Nacional de Referencia de Tuberculosis.e.- Centro Nacional de Referencia de Parasitología.f.- Unidad de Servicio al Cliente (USEC).g.-Unidad de Lavado y Esterilizado.h.- Centro de Sistemas de Tecnología de la Información.

3) Las Áreas de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs), dependen jerárquicamente de la Dirección General y sus funciones generales son:a.- Dirigir, coordinar y asesorar en aspectos técnicos y

administrativos a los centros nacionales de referencia de su respectiva Área, promoviendo un abordaje integral de los procesos de salud.

b.- Velar por el cumplimiento de las funciones sustantivas de los centros nacionales de referencia y de las unidades a su cargo y el desarrollo armónico entre ellos.

c.- Integrar y dar seguimiento a los Planes Anuales de Trabajo (PAT) de sus dependencias.

d.- Promover y apoyar la consecución de alianzas y financiamiento con entes externos.

e.- Valorar, promover y recomendar la inclusión de nueve líneas de trabajo, acorde con la realidad nacional e internacional.

f.- Organizar y participar en comisiones ad-hoc para la aprobación de perfiles de proyectos de investigación, generados en sus Centros Nacionales de Referencia.

Artículo 35.—El Área de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs) de enfermedades trasmisibles cuenta con el Centro de Sistemas de Tecnología de la Información que cumple las siguientes funciones:

a) Crear y mantener una visión de largo plazo en materia de sistemas y tecnología de la información recurriendo a estrategias que permitan obtener soluciones informáticas oportunas y costo/efectivas de acuerdo con los requerimientos, mareo de referencia estratégico del INCIENSA y los avances tecnológicos.

b) Crear, mantener y regular una infraestructura de Sistemas de Información y Tecnología de información adecuada al marco estratégico y a los procesos de producción científica y de apoyo financiero-administrativo del INCIENSA.

c) Brindar un servicio de soporte técnico y asesoría al usuario final para una óptima administración y utilización de los sistemas de información y de los recursos tecnológicos en el campo de la informática, para apoyar los procesos de producción científica y de apoyo financiero-administrativo.Artículo 36.—El Área de Proyectos y Centros de Referencia (CDRs)

de enfermedades no trasmisibles cuenta con un Centro de Información y Comunicación que cumple las siguientes funciones:

a) Asesorar en aspectos técnicos y suministrar a los investigadores del INCIENSA la información bibliográfica y documentación necesaria para lograr una óptima producción y calidad de los proyectos y escritos científicos.

b) Promover estrategias y ejecutar acciones de divulgación cíe la producción científico-te ica de la Institución.

c) Participar en procesos de capacitación, educación en salud y comunicación que se llevara cabo en la Institución.

d) Coordinar y ejecutar acciones que garantizan el uso racional riel espacio físico y equipo audiovisual para contribuir al desarrollo de las actividades científicas y educativas cíe la Institución.”Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días

del mes de febrero de dos mil ocho.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María

Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 47304).—C-69320.—(D34419-26731).

Nº 34422-GEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,Y SEGURIDAD PÚBLICA

En el uso de las facultades establecidas en el artículo 140, incisos 3), 8) y 18), artículo 146 de la Constitución Política; artículos 13, 25, inciso 1), 27, inciso 1), 28, inciso b) y 112, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública; artículos 8 y 15 de la Ley General de Control Interno y artículo 1 y 17 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:I.—Que la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad es

un órgano adscrito al Ministerio de Gobernación y Policía, el cual según lo estipulado en el artículo uno de la Ley Número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, actúa como un instrumento básico de organización de las comunidades del país, para lograr su participación activa y consciente en el desarrollo de Costa Rica.

II.—Que en virtud de la naturaleza de los servicios que presta DINADECO en el ámbito nacional, se requiere que sus funcionarios deban desplazarse a diferentes regiones del país, con el fin de cumplir las funciones que les han sido asignadas en el ejercicio de sus competencias y tendientes al fortalecimiento socioeconómico del país a través de estrategias de organización comunal

III.—Que DINADECO debe cubrir los viáticos y los gastos de transporte a sus funcionarios, cuando deban trasladarse fuera de su lugar de contrato de trabajo y de su residencia habitual.

IV.—Que en materia de gastos de viaje y de transporte, DINADECO se rige por el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, promulgado por la Contraloría General de la República (en adelante conocido como el Reglamento de la Contraloría), de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del mismo. No obstante, resulta necesario dotar a la Institución de legislación actualizada en materia de pago de viáticos y gastos de transporte para adaptarla a las nuevas circunstancias de DINADECO y en total concordancia con lo establecido por el Órgano Contralor. Por tanto,

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DECRETAN:

El siguiente,

Reglamento para el Reconocimiento de Viáticos y Gastosde Transporte a Funcionarios de la Dirección Nacional

de Desarrollo de la ComunidadCAPÍTULO PRIMERODisposiciones generales

Artículo 1º—Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:

a) Adelanto: Por adelanto debe entenderse la suma total estimada para los gastos de viaje que correspondan previo al período de la gira, de acuerdo con las tablas incluidas en el Reglamento de la Contraloría, así como los gastos de transporte cuando procedan.

b) DINADECO: Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.c) Centro de Trabajo: Dependencia, proyecto o lugar donde

habitualmente labora el funcionario.d) Funcionario: Servidor de DINADECO en propiedad o interino, ó

de una Institución Pública que preste sus servicios a DINADECO mediante la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional.

e) Liquidación: Acción de informar mediante el formulario respectivo, acerca de los gastos totales en que incurre funcionario al finalizar una gira.

f) Reglamento de la Contraloría: Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, promulgado por la Contraloría General de la República con base en lo establecido en el artículo 1 de la Ley Reguladora de Gastos de Viaje y Transporte de Funcionarios del Estado Nº 3462.

g) Residencia Habitual: Lugar donde permanentemente el funcionario desarrolla sus actividades familiares, sociales y culturales propias del ser humano.Artículo 2º—Ámbito de aplicación. El presente Reglamento establece

las disposiciones generales a que deberán someterse las erogaciones que, por concepto de gastos de viaje y de transporte (viáticos), deban realizar los funcionarios de DINADECO cuando en cumplimiento de sus labores deban desplazarse dentro o fuera del país. Dicha normativa será igualmente aplicable a todo funcionario que se ubique en calidad de préstamo en DINADECO mediante convenio de cooperación interinstitucional.

Artículo 3º—Concepto. Por viáticos debe entenderse aquella suma destinada a la atención de gastos concretos de hospedaje, alimentación y otros gastos menores, que DINADECO reconoce a sus funcionarios cuando éstos deben desplazarse en forma transitoria de su centro de trabajo con el fin de cumplir con las obligaciones de su cargo.

CAPÍTULO SEGUNDODe los viajes en el interior del país

Artículo 4º—De los pagos. DINADECO pagará a sus funcionarios los gastos que incluyen alimentación, hospedaje, transporte y otros cuando en el cumplimiento de las labores propias de su cargo o las que le asignen debidamente justificadas, tengan que viajar o desplazarse a lugares distintos de la ubicación del centro o sede de trabajo a que estén asignados.

Artículo 5º—Competencia para extender autorizaciones. Corresponderá al jefe inmediato dar las autorizaciones a los funcionarios y trabajadores que deban realizar viajes en el interior del país, con el visto bueno del Director de Área respectivo y del Director Nacional.

Artículo 6º—Formularios. Los formularios para “adelanto” y “liquidación” de gastos de viaje contendrán como mínimo las firmas del Interesado y de la persona que autoriza el viaje, según lo señalado en el artículo anterior.

La liquidación de los gastos de viaje, de transporte y de otras erogaciones conexas, deberá hacerse detalladamente en formularios diseñados para ese fin. En ellos se debe consignar, como mínimo, la siguiente información:

a) Fecha de presentación de la liquidación.b) Nombre, número de cédula de identidad y puesto ocupado por el

funcionario que realizó el gasto.c) Dirección, Departamento o Sección a la que pertenece el funcionario

que realizó el gasto.d) Logros de la gira, con indicación clara del tipo de gestión realizada.e) Monto adelantado ó por liquidar. f) Valor en letras del monto gastado.g) Lugares (localidades) visitados, fechas, horas y lugares de salida,

regreso y llegada.h) Firma y nombre del funcionario que realizo el viaje, del jefe

inmediato, el Director de Área, el encargado de verificación del contenido presupuestario, el Director Administrativo y el Jefe Financiero Contable, según corresponda.La información consignada en la liquidación de gastos de viaje y de

transporte tiene el carácter de declaración jurada, es decir, que ésta es una relación cierta de los gastos incurridos en la atención de asuntos oficiales.

Por otra parte, en el formulario de liquidación de gastos de viaje en el interior del país debe desglosarse el importe que corresponda a desayuno, almuerzo, cena y hospedaje. Asimismo, en el formulario de liquidación de gastos de transporte y otros gastos conexos deberá desglosarse, como

mínimo, la suma imputable a transportes, combustible y lubricantes, lavado y planchado de ropa y otras erogaciones debidamente justificadas y demostradas.

Artículo 7º—De las tarifas. El pago de viáticos se hará según las tarifas establecidas en el Reglamento de la Contraloría, a excepción de lo indicado en el artículo 10 del presente Reglamento.

Artículo 8º—De la incapacidad en una gira. Cuando el trabajador sea incapacitado durante la realización de una gira, por parte del Instituto Nacional de Seguros (INS) o de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), deberá suspender la gira en forma inmediata y DINADECO le cubrirá los gastos en que incurra hasta el regreso a su lugar de residencia. Si la incapacidad es por sólo un día y el trabajador puede continuar con la gira, DINADECO le reconocerá el pago de viáticos por ese día.

Artículo 9º—Naturaleza del viático. Queda entendido que todas las sumas que se paguen por concepto de viáticos, no constituyen salario, por lo que no se tomarán en cuenta para efectos de pago de prestaciones vacaciones o aguinaldo.

Artículo 10.—Excepción a la limitación territorial. Con base en lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de la Contraloría, DINADECO podrá reconocer el pago de viáticos a sus funcionarios, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria, cuando deban desplazarse de su centro de trabajo en forma transitoria y para el cumplimiento de sus funciones, dentro de un mismo cantón (excepto dentro de los cantones comprendidos en el área metropolitana, según la definición contenida en el artículo 16 de dicho Reglamento), en cuyo caso debe existir como mínimo una distancia de diez kilómetros entre dicho centro de trabajo y el lugar de destino. En este caso se pagará el cien por ciento de la tarifa establecida en el Reglamento de la Contraloría. Además de la distancia respecto del centro de trabajo, se deben tomar en cuenta la facilidad de traslado, la prestación de los servicios de alimentación y hospedaje y la importancia de la actividad a desarrollar, según corresponda. Como criterios de importancia para reconocimiento de viáticos según lo indicado líneas atrás se tendrán entre otros: actividades de promoción, asesoría y/o capacitación a organizaciones comunales; entrega, recolección, reparación, mantenimiento y/o valoración de activos muebles e inmuebles propios y/o sujetos de arrendamiento o préstamo, actividades de cooperación y/o coordinación interinstitucional, acciones de control y fiscalización, etc.

Artículo 11.—Residencia Habitual. En caso de que el lugar donde se realice la gira coincida con la residencia habitual del funcionario, éste no podrá cobrar los viáticos.

Artículo 12.—Gastos de transporte. Cuando un funcionario necesite utilizar los servicios de transporte público o colectivo para el cumplimiento de sus funciones de manera transitoria, ya sea transporte terrestre, marítimo, pluvial y/o aéreo, el pago se hará de acuerdo con la tarifa que haya autorizado el organismo regulador correspondiente, salvo en aquellos casos en que las tarifas no se encuentran establecidas por ningún ente regulador, en cuyo caso el funcionario deberá aportar comprobante del servicio recibido y del costo del mismo.

La utilización de los servicios de taxi se podrá hacer al inicio o a la finalización de la gira, siempre y cuando a esa hora no haya servicio público de autobús entre el centro de trabajo y la residencia del funcionario y viceversa, o bien la institución no cuente con vehículos propios disponibles para trasladar al funcionario. La utilización del servicio de taxi en estos casos excepcionales debe estar debidamente justificada y autorizada de previo por el jefe inmediato, Director Administrativo y el Director Nacional.

Artículo 13.—Reconocimiento de gastos de lavado y planchado de ropa. Cuando la permanencia fuera del lugar de contrato de trabajo sea por un lapso mayor de seis días continuos los funcionarios tendrán derecho a que, a partir del sétimo día, se les reconozca el importe de lavado y planchado de ropa.

Artículo 14.—No reconocimiento de gastos. Los servicios de transporte, alimentación, hospedaje, lavado u otros que los funcionarios reciban gratuitamente durante los viajes que realicen por el interior del país en cumplimiento de sus funciones no podrán ser cobrados por éstos, ya sea que los servicios los hayan recibido directamente de DINADECO a través de contrataciones de éste con terceros, o bien a través de otros Entes públicos o particulares.

Artículo 15.—Plazo para la presentación de cuentas. Una vez concluida la gira o misión de que se trate, dentro de los siete días hábiles posteriores al regreso a su sede de trabajo o a su incorporación a éste, el trabajador o funcionario deberá presentar la liquidación del viaje, utilizando el formulario correspondiente y debiendo hacer el reintegro respectivo en los casos en que proceda. Por vía de excepción, conforme lo permite el artículo 10 del Reglamento de la Contraloría, se podrá mediante resolución razonada de la Dirección Administrativa y cuanto se trate de funcionarios regionales cuya sede de trabajo se encuentre fuera de San José, presentar la liquidación de viáticos será de manera mensual, debiendo presentar la misma durante la primera semana de cada mes.

Artículo 16.—Del adelanto. El trabajador podrá solicitar al Departamento Financiero Contable el adelanto de viáticos; para tal efecto utilizará el formulario correspondiente. En ningún caso se hará un adelanto de viáticos al mismo trabajador que injustificadamente tuviere pendiente la liquidación de la gira anterior, aunque fuere absolutamente necesario realizar una nueva. La solicitud deberá contener como mínimo la información del funcionario que realizará el viaje, el motivo o fin, los lugares a visitar, el período estimado del viaje, el gasto estimado y las firmas del jefe inmediato, el Director de Área, el Director Administrativo y el Jefe Financiero Contable, según corresponda.

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Artículo 17.—Del pago por desayuno, almuerzo, cena y hospedaje. La suma a cobrar por concepto de desayuno, almuerzo, cena y hospedaje se hará de conformidad con las tarifas establecidas en el Reglamento de la Contraloría. Además, para esos efectos se observarán las siguientes reglas:

a) Desayuno: Se cubrirá cuando el viaje se inicie antes de o a las seis horas, y luego de finalizada ésta, cuando el trabajador continúe laborando hasta la finalización de la jornada ordinaria de trabajo.

b) Almuerzo: Se reconocerá cuando la partida se realice antes de las diez horas y el regreso sea después de las catorce horas. Podrá ampliarse el límite de partida hasta las once horas, siempre y cuando el regreso se produzca después de las quince horas y el trabajador haya laborado en forma continua antes de dicha partida.También se pagará si la salida ocurrió antes de las diez horas y el regreso se realizó entre las trece horas y las catorce horas, siempre y cuando el trabajador hubiese laborado en forma continua hasta la finalización de su jornada ordinaria de trabajo.

c) Cena: Se pagará cuando la partida se realice antes de las dieciséis horas y el regreso después de las diecinueve horas. Sin embargo, en casos especiales, podrá ampliarse el límite de partida hasta las dieciocho horas, siempre y cuando el regreso se produzca después de las veintiuna horas y el trabajador hubiese laborado en forma continua antes de su partida.

d) Hospedaje: Se pagará cuando el trabajador estuviere obligado a pernoctar en lugar distinto al de su residencia, en razón del viaje.Artículo 18.—Improcedencia del pago de viáticos. DINADECO

no pagará suma alguna por concepto de viáticos cuando proporcione los servicios por su propia cuenta o sean pagados por una institución pública o privada.

Artículo 19.—De la liquidación. La liquidación del adelanto para gastos de viaje deberá hacerse detalladamente en el formulario correspondiente. En cuanto al hospedaje será necesaria la presentación de la factura para la justificación de dicho gasto, según lo establecido en el Reglamento de la Contraloría. Todo formulario de liquidación deberá acompañarse del respectivo informe de gira el cual deberá contener al menos: fecha de la gira, funcionarios, origen de la gira, objetivo, acciones realizadas, soluciones y/o recomendaciones. Dichas disposiciones aplicarán igualmente en caso de que no se tramitara adelanto de viáticos previo, si no que, se realice la gira y posteriormente se le reintegren al funcionario los gastos en los que incurrió, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento y el Reglamento de la Contraloría.

En caso de darse algún sobrante con motivo de adelanto, éste deberá depositarse por parte del funcionario respectivo durante los siete días hábiles posteriores al regreso a su sede de trabajo, en la cuenta corriente dispuesta para el Fondo Auxiliar de Caja Chica, adjuntando el comprobante de depósito al formulario de liquidación.

CAPÍTULO TERCERODe los viajes al exterior

Artículo 20.—De los viajes al exterior. Los gastos de viaje al exterior se regirán por lo establecido en el Reglamento de la Contraloría.

CAPÍTULO CUARTODisposiciones finales

Artículo 21.—No reconocimiento para el cálculo de extremos legales. Los montos que se perciban por concepto de viáticos son un pago que DINADECO realiza para gastos del funcionario en el cumplimiento de sus funciones, según lo estipulado en el artículo 3 de este Reglamento, por lo que no serán computables para los cálculos de los extremos legales de cesantía, aguinaldo, vacaciones o diferencias salariales que deban reconocerse al funcionario al término de la relación laboral conforme a las normas que rigen la materia.

Artículo 22.—Normativa aplicable. En los supuestos no contemplados en el presente Reglamento, se regirá por lo establecido en el Reglamento de la Contraloría y sus reformas, cuyas disposiciones, en ambos casos, son de acatamiento obligatorio para las diferentes instancias de DINADECO y sus funcionarios.

Artículo 23.—Régimen disciplinario. El incumplimiento injustificado de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento y el Reglamento de la Contraloría, para efectos disciplinarios serán sancionados de conformidad con el Reglamento Autónomo de Servicio y Organización de DINADECO, el Estatuto del Servicio Civil y su Reglamento, el Código de Trabajo y demás disposiciones conexas. Además, si se girare suma alguna por concepto de viáticos en contravención a lo estipulado en el presente Reglamento, deberá ser reintegrada.

Artículo 24.—Emisión de instrumentos administrativos de gestión. La Dirección Administrativo- Financiera, podrá mediante resolución razonada emitir o aprobar instrumentos internos de gestión tales como: políticas, manuales, procedimientos metodologías, instructivos u otro, con el fin de mejorar las acciones realizadas, con base en el presente cuerpo normativo, el Reglamento de la Contraloría y/o el Reglamento General de Fondo de Cajas Chicas Decreto Ejecutivo Nº 32874-H según lo dispuesto en el artículo 17 de éste y en lo correspondiente a cancelación de viáticos por medio del Fondo Auxiliar de Caja Chica.

Artículo 25.—Vigencia. Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes

de febrero del años dos mil ocho.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación, Policía

y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 24155).—C-186240.—(D34422-26733).

Nº 34423-MTSSEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALEn uso de las potestades conferidas por los incisos 3) y 18) del

artículo 140 de la Constitución Política, 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y con fundamento en los artículos 81, 82, 83 y 97 del Código de la Niñez y Adolescencia y los artículos 14, 15 y 49 del Decreto Nº 29220-MTSS del 10 de enero del 2001 denominado Reglamento para la Contratación Laboral y Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolescentes.

Considerando:1º—Que Costa Rica ha ratificado la Convención sobre los Derechos

del Niño, ley 7184 del 18 de julio de 1990 vigente desde el 9 de agosto de 1990 y los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, en especial el Nº 138, Sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, ratificado por Costa Rica por Ley Nº 5594 del 11 de junio de 1974 y el Nº 182 sobre “La Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación”, ratificado el 10 de setiembre del 2001, comprometiéndose el país a la abolición efectiva del trabajo infantil y protección de las personas adolescentes trabajadoras.

2º—Que al entrar en vigencia el Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley Nº 7739 del 6 de enero de 1998, vigente desde el 6 de febrero de 1998, se prohíbe el trabajo de las personas menores de 15 años y se regula el trabajo de las personas adolescentes a través del “Régimen Especial de Protección para la Persona Trabajadora Adolescente”.

3º—Que el Código de la Niñez y Adolescencia, establece en sus artículos 4 y 5 “será obligación general del Estado adoptar las medidas administrativas, legislativas y presupuestarias y de cualquier índole, para garantizar la plena efectividad de los derechos fundamentales de las personas menores de edad”, por lo que toda acción pública o privada concerniente a ellos, deberá considerar su interés superior.

4º—Que el artículo 82 del mismo cuerpo normativo, establece la responsabilidad del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de coordinar con otras instancias públicas la protección de las personas adolescentes trabajadoras.

5º—Que el Decreto Nº 27516-MTSS del 9 de diciembre de 1998, vigente desde el 18 de ese mismo mes y año, dispone que es la Oficina de Atención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajador Adolescente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, conocida por las siglas OATIA, la encargada de dirigir la política y las acciones concretas en materia de Trabajo Infantil y Adolescente.

6º—Que mediante el Decreto Nº 29220-MTSS del 30 de octubre del 2000, vigente desde el 10 de enero del 2001, se aprueba el Reglamento para la Contratación Laboral y Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolescentes y se reitera la responsabilidad de la OATIA, al establecer que es “el órgano planificador, elaborador, ejecutor, fiscalizador, coordinador permanente de toda la política y acciones concretas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en materia de eliminación progresiva del trabajo infantil y protección a la persona adolescente trabajadora”. De igual manera señala que debe “Coordinar con las instancias públicas y privadas para la atención de aquellos adolescentes que requieran apoyo para el disfrute pleno de sus derechos de conformidad con las normas nacionales e internacionales”, así como “coordinar la aplicación de las políticas públicas en materia de trabajo adolescente con las diferentes organizaciones de la sociedad civil, empleadores y trabajadores”.

7º—Que el trabajo infantil y adolescente no puede prevenirse, erradicarse ni se puede brindar protección a las personas menores de edad trabajadoras sin un proceso que conlleve a acciones progresivas y coordinadas en el plano político, económico y social.

8º—Que de conformidad con el II Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección Especial de las Personas Adolescentes Trabajadoras: 2005-2010, parte de las estrategias para prevenir el trabajo infantil y adolescente y asegurar su derecho al desarrollo integral, se define el establecimiento de rutas críticas para la atención de esta población, mediante procedimientos ágiles y definición de compromisos que garanticen la coordinación interinstitucional de forma eficaz y eficiente.

9º—Que de acuerdo con el artículo 9 de la Ley Nº 8220 del 4 de marzo del 2002, Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, “ningún administrado deberá acudir a más de una instancia, entidad u órgano público, para la solicitud de un mismo trámite o requisito, que persigan la misma finalidad”.

DECRETAN:

El siguiente

Protocolo De Coordinación InterinstitucionalPara La Atención De Las Personas Trabajadoras

Menores De EdadCAPÍTULO I

Disposiciones GeneralesArtículo 1º—Ámbito de acción. Este protocolo interinstitucional

constituye el procedimiento de coordinación que toda dependencia pública en especial el Instituto Mixto de Ayuda Social, el Instituto Nacional de Aprendizaje, el Ministerio de Educación Pública , el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Patronato Nacional de la Infancia, la Caja Costarricense del Seguro Social, el Ministerio de Salud y en general las instancias públicas

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que tengan responsabilidades en materia de niñez y adolescencia, deben seguir para la atención inmediata de los asuntos relacionados con trabajo infantil y/o personas adolescentes trabajadoras y sus familias, que requieran de la atención y protección de sus derechos.

Artículo 2º—Para fines de este protocolo de coordinación interinstitucional se entiende por:

a) Atención inmediata: Toda acción administrativa que recibe un trato especial y consiste en asegurar una respuesta institucional prioritaria en el menor tiempo posible.

b) Condiciones de riesgo: Las labores descritas en la sección I y II del capítulo II del Reglamento para la Contratación Laboral y Condiciones de Salud Ocupacional de las Personas Adolescentes Decreto Nº 29220- MTSS del 30 de octubre del 2000, vigente desde el 10 de enero del 2001.

c) Instituciones: Instituto Mixto de Ayuda Social, Instituto Nacional de Aprendizaje, Ministerio de Educación Pública, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Patronato Nacional de la Infancia, Caja Costarricense de Seguro Social, Ministerio de Salud y demás instituciones Estatales.

d) Jefe responsable: funcionario/a de mayor rango en la oficina encargada.

e) Oficina encargada: Dependencia administrativa responsable de coordinar, al interno de su institución, la ejecución de las acciones que aseguren la protección integral y promuevan los derechos de los/as niños/as y los/as adolescentes trabajadores/as. Sin perjuicio de que luego se designen otras en su lugar, las oficinas encargadas en cada una de las instituciones a las que se refiere este Protocolo, son las siguientes: en el Instituto Mixto de Ayuda Social, las Gerencias Regionales; en el Instituto Nacional de Aprendizaje, la Subgerencia Técnica; en el Ministerio de Educación Pública, la Oficina de Atención de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes; en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la OATIA; y en el Patronato Nacional de la Infancia, la Presidencia Ejecutiva y las Oficinas Locales.

f) Trabajo adolescente: Aquel trabajo o actividad económica que es realizado por adolescentes mayores de 15 años y menores de 18 años, quienes están bajo un Régimen Especial de Protección, que les garantiza plena igualdad de oportunidades, de remuneración, trato en materia de empleo y ocupación

g) Trabajo infantil: Aquel trabajo o actividad económica que es realizado por personas menores de 15 años de edad, cualquiera que sea su condición laboral (trabajo asalariado, trabajo independiente, trabajo familiar no remunerado, y otros), que impida su desarrollo, restringiendo su participación y derecho a la educación, y causando perjuicios en su salud física, moral y espiritual. Se considerará igualmente trabajo infantil cuando el niño o niña lleve a cabo tareas domésticas excluyentes, equivalentes a una actividad económica.

h) Trabajo infantil y adolescente peligroso: Aquel trabajo o actividad económica realizada por personas menores de 18 años que por su naturaleza o por las condiciones en que se realiza, se caracterice como nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.Artículo 3º—Carácter prioritario de la atención de las personas

trabajadoras menores de edad. Las oficinas encargadas de las instituciones, deberán atender con prioridad los asuntos relacionados con trabajo infantil y/o personas adolescentes trabajadoras, dándole atención inmediata, expedita y efectiva a la solicitud.

Lo relacionado con trabajo infantil tendrá un trato preferente sobre aquellos otros que tienen que ver con trabajo adolescente, de la misma forma en que los asuntos relacionados con trabajo infantil y adolescente peligroso, tendrán ese mismo trato respecto de aquellos que se realizan en condiciones de no peligrosidad.

Artículo 4º—Obligaciones de la oficina encargada de la Institución remitente. La oficina encargada de la institución remitente, deberá:

a) Completar el “Instrumento de referencia interinstitucional Personas Menores de Edad Trabajadoras” que se anexa a este Decreto.

b) Anexar con el instrumento otra información pertinente relacionada con el caso.

c) Ejecutar las acciones que son responsabilidad de la institución, de ser necesario, se deberá ejercer acciones dirigidas a las familias de las personas menores de edad trabajadoras.

d) Brindar seguimiento a las acciones desarrolladas en la atención de los casos. El jefe responsable de la oficina encargada dentro de cada institución, informará en un plazo máximo de tres meses a la OATIA, los resultados de la intervención

e) Remitir al Jefe Responsable de la oficina encargada de otra(s) institución(es) el Instrumento de Referencia con toda la información requerida. Y en los casos necesarios con copia al Jefe Responsable de la oficina encargada de esa institución.

f) Mantener un registro de las referencias emitidas que posibilite brindar seguimiento a los casos y evaluar la respuesta institucional. Artículo 5º—Obligaciones de la oficina encargada de la institución

destinataria. La oficina encargada de la institución destinataria deberá:a) Identificar las acciones y brindar una atención inmediata, que

comprenderá, en caso de ser necesario, acciones dirigidas a las familias de las personas trabajadoras.

b) Comunicar a la OATIA y al Jefe Responsable de la oficina encargada de la institución remitente, el resultado de las acciones, en un plazo máximo de tres meses. En caso que no se cumpla el plazo de tres meses, se indicarán los motivos que ocasionen el retraso o la imposibilidad de llevarlas a cabo.Artículo 6º—Para una mejor coordinación, se anexa “Instrumento

de referencia interinstitucional. Personas menores de edad trabajadoras”, cuya utilización es obligatoria para la atención de esta población.

Artículo 7º—Rige a partir de su publicación.Dado en la Presidencia de la República a las 10 horas del 12 de

febrero del 2008.ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—Francisco Morales Hernández,

Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—(Solicitud Nº 15293).—C-76515.—(D34423-26726).

DOCUMENTOS VARIOS

COMERCIO EXTERIORPROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR

AVISOADDÉNDUM AL CONTRATO DE OPERACIONESSUSCRITO ENTRE PROCOMER Y PRODUCTOS

FLORIDA S. A.Entre nosotros, Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica,

institución pública de carácter no estatal, creada por Ley de la República de Costa Rica Nº 7638, cédula jurídica Nº 3-007-196350, en lo sucesivo denominada PROCOMER, representada en este acto por el señor Martín Zúñiga Morales, mayor, casado una vez, economista, portador de la cédula de identidad Nº 4-130-219, vecino de Heredia, en su condición de Gerente General con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma con poder suficiente para estos efectos, y la empresa Productos Florida S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012259, en lo sucesivo denominada La Beneficiaria, representada en este acto por el señor Alberto David Gurdián Bond, mayor, casado una vez, licenciado en administración de empresas, cédula de identidad Nº 1-688-736, vecino de San José, en su condición de Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma con poder suficiente para estos efectos, hacemos constar que hemos convenido en suscribir el presente Addéndum al Contrato de Operaciones de conformidad con el artículo 19, inciso ch) de la Ley de Régimen de Zonas Francas Nº 7210 de 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, en lo sucesivo denominada la Ley, y el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX; addéndum que tiene por objeto adecuar el Contrato de Operaciones, al contenido del Acuerdo Ejecutivo Nº 238-2007 de fecha 20 de junio del 2007, en lo sucesivo denominado el acuerdo, de conformidad con las siguientes disposiciones:

Considerando:I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 95-2000 de fecha 1º de

agosto del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 166 del 30 de agosto del 2000; modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 181-2001 de fecha 4 de junio del 2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 163 del 27 de agosto del 2001; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 277-2001 de fecha 16 de agosto del 2001, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 179 del 18 de setiembre del 2001; por el Acuerdo Ejecutivo Nº 327-2003 de fecha 28 de abril del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 146 del 31 de julio del 2003; y por el Acuerdo Ejecutivo Nº 266-2005 de fecha 16 de junio del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 163 del 25 de agosto del 2005; a la empresa Productos Florida S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012259, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante nota presentada el 14 de mayo del 2007, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Productos Florida S. A., solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Productos Florida S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 30-2007 de fecha 6 de junio del 2007, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 238-2007 de fecha 20 de junio del 2007, el Poder Ejecutivo aprobó la solicitud de la citada empresa y estableció en el artículo tercero de dicho acuerdo, que la compañía debía suscribir un Addéndum al Contrato de Operaciones. Por tanto, convenimos:

Con base en la Ley de Régimen de Zonas Francas Nº 7210 y sus reformas, el Reglamento a la citada Ley y el Acuerdo Ejecutivo Nº 95-2000 de fecha 1º de agosto del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 166 del 30 de agosto del 2000, y sus reformas, se acuerda modificar, en lo conducente, el Contrato de Operaciones, para que en lo sucesivo la cláusula que se indica se lea de la siguiente manera:

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“Primera: De la actividad de La Beneficiaria.La Beneficiaria operará fuera de Parque Industrial, en Heredia

cien metros al norte del CENADA. Se dedicará a la producción de puré de banano, jalea de banano, esencia de banano y jugo de piña, extracto de café, premezcla extracto de café con sirope, licor de café, bebida de café con leche, pulpas y jugos, y frutas frescas en rodajas congeladas, para ser exportados a Europa, Estados Unidos de América y otros terceros mercados, bajo la clasificación de empresa procesadora de exportación, de conformidad con el inciso a) del artículo 17 de la Ley de Régimen de Zonas Francas. Para modificar su ámbito de actividad, La Beneficiaria deberá solicitar la autorización respectiva a PROCOMER, quien recomendará al Poder Ejecutivo la reforma del acuerdo en ese sentido, en los casos en que fuere necesario.”En todo lo que no ha sido expresamente modificado por el presente

addéndum, se mantiene lo dispuesto en el Contrato de Operaciones y sus reformas.

Leído lo anterior, en señal de conformidad firmamos en dos tantos con valor ambos de original, en la ciudad de San José, el 23 de julio del 2007.

Martín Zúñiga Morales, PROCOMER.—Alberto David Gurdián Bond, La Beneficiaria.—1 vez.—(26109).

EDUCACIÓN PÚBLICADIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOAVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 75, título Nº 794, emitido por el Liceo de Poás, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Herrera Siles Jonathan. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de febrero del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(24229).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad en Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 10, título Nº 486, emitido por el Liceo Nocturno Lic. Alfredo González Flores, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Ramírez Vargas Aleidy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(24257).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título Nº 142, emitido por el Liceo Dr. José María Castro Madriz, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Hidalgo Sibaja Manuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diez del mes de marzo del dos mil ocho.—Asesoría Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(24434).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 87, Título N° 2780, y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el Tomo 1, Folio 432, Título N° 6460, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Mayorga Zumbado Ingrid Karina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, 11 días del mes de marzo del 2008.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—(24669).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1º, folio 9º, título N° 30, emitido por el Colegio Técnico Profesional La Gloria, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Guillen Mata María Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de febrero del 2008.—Departamento de Pruebas de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(24943).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27, título Nº 309, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Johnson Murrel Marcela Edith. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Nº 21895.—(25522).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 163, título Nº 1177, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil dos, a nombre de Artavia Picado José Pablo. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son Cajas Picado José Pablo. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—Nº 21898.—(25677).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 145, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Jiménez Dávila Laura. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de febrero del 2008.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—Nº 22166.—(25678).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Tíulo de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 61, título N° 1040, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Centeno Miranda Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, los veinticinco días del mes de febrero del dos mil ocho.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(26069).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 53, título Nº 496, emitido por el Liceo de Poás, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Elizondo Vega Jeannette. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil ocho.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(26167).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 137, título Nº 1087, emitido por el Colegio El Carmen, en el año dos mil cuatro, a nombre de Bermúdez Villalobos Diana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(26227).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Autogestión de Maquila R.L., siglas COOPEYIRETH R.L., acordada en asamblea celebrada el 20 de noviembre del 2007. Resolución 1451.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.Consejo de Administración:Presidenta: Inés Ramos RamosVicepresidenta: Yamileth Morales MoralesSecretaria: Damaris Corrales RamosVocal 1: Wendy Pérez RamosVocal 2: Juana Guzmán RuizSuplente 1: Vanesa Rosales MuñozSuplente 2: Gerente: Rosa María Ureña Carrillo

San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 21798.—(25523).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 9

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADOPUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 24.471.—Zeneida Vindas Valverde, cédula de identidad número 1-401-584, mayor, casada una vez, oficios domésticos, con domicilio en: ochocientos metros oeste de la escuela, Bella Vista, Pejibaye, Pérez Zeledón, San José, solicita el registro de: L B 5 como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 30 de enero del 2008.—(23493).

Nº 75.232.—José Evelio Calvo Acuña, cédula de identidad número 1-469-591, mayor, soltero, agricultor, con domicilio en: mil quinientos metros al oeste de la escuela, Villa Bonita, Barú, Pérez Zeledón, San José, solicita el registro de:

1 UK

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 4 de marzo del 2008.—(23495).

Nº 82.203.—Ganadería J. Madrigal & Sucesores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-085422, ubicada en Avenida segunda, calle veintinueve, Nº 21 S, diagonal a KFC, Bº La California, Catedral, San José, representada por el señor Madrigal Herrera Johnny, conocido como Johanny, cédula de identidad Nº 6-098-323, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en la finca El Trébol, frente a Condominio Las Laderas, San Francisco, Heredia, Heredia. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 11 de febrero del 2008.—Nº 21107.—(23563).

Nº 22.799.—Óscar Eduardo Jiménez Arredondo, cédula de identidad Nº 1-888-701, mayor, casado una vez, médico, con domicilio en: doscientos metros al sur y ciento veinticinco metros al oeste de Cortel, San Ramón, San Ramón, Alajuela, solicita el registro de: E 7 B, como marca de ganado, que usará preferentemente en Piedades Sur, San Ramón, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 19 de febrero del 2008.—Nº 21200.—(23564).

Nº 49.206.—Bustos Ríos Isidro, cédula de identidad Nº 5-155-629, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio: 2 kilómetros al norte de la escuela Santa Marta, Batán, Matina, Limón, solicita el registro de: I B 6 como marca de ganado, que usará preferentemente en 2 kilómetros al norte de la escuela Santa Marta, Batán, Matina, Limón. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 27 de febrero del 2008.—Nº 21289.—(23565).

Nº 108.440.—Cerdas Quesada María del Rocío, cédula de identidad Nº 3-246-741, mayor, soltera, abogada, con domicilio: 300 metros este, Plaza Cristal, Condominio Don Carlos II, apartamento 6, Curridabat, Curridabat, San José, solicita el registro de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Santa Cruz, Turrialba, Cartago. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 11 de enero del 2008.—Nº 21358.—(23566).

Nº 75.170.—Rojas Hernández Maximino, conocido como Máximo, cédula Nº 2-200-725, divorciado, ganadero, con domicilio un kilómetro al norte del Higuerón, Upala, Alajuela, solicita el registro de:

2 CP

como marca de ganado que usará preferentemente un kilómetro al norte del Higuerón, Upala, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 24 de enero del 2008.—(23688).

Nº 25.530.—Mora Álvarez Miguel Ángel, cédula Nº 2-404-153, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio frente al cementerio, San Fernando, Upala, Alajuela, solicita el registro de: A M 0, como marca de ganado que usará preferentemente frente al cementerio, San Fernando, Upala, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 21 de noviembre del 2007.—(23689).

Nº 108.287.—Manuel Lobo Chavarría, cédula Nº 5-0196-0867, mayor de edad, divorciado una vez, mecánico de bicicleta, con domicilio 80 m oeste del Hotel Cañas, Cañas, Guanacaste, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Cañas, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 9 de agosto del 2007.—(23712).

Nº 64.056.—Bolaños Rodríguez Rafael Gerardo, cédula Nº 2-506-269, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio 1 km al oeste de Escuela de Canalete, Upala, Alajuela, solicita el registro de: 4 B D, como marca de ganado que usará preferentemente en Canalete, Upala, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 3 de agosto del 2007.—(23714).

Nº 24.710.—Vargas Solís Jorge Antonio, cédula de identidad N° 2-215-102, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio: frente al Parque , Guadalupe , Pocora , Guácimo , Limón. Solicita el Registro de: P 1 W como marca de ganado que usará preferentemente en frente al parque, Guadalupe, Pocora, Guácimo, Limón. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 27 de febrero del 2008.—(23781).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALBernardo Vargas Mc Calllum, cédula Nº 1-473-659, mayor, casado,

médico, en concepto de apoderado especial de Alimentos Cook S. A., cédula Nº 3-101-232712, de Costa Rica, solicita la inscripción de: CHOCO CRISPS como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: productos alimenticios, especialmente preparaciones hechas con cereales de diversos sabores. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de abril del 2007, según expediente Nº 2007-0003059. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de agosto del 2007.—(22177).

Gastón Baudrit Ruiz, cédula 1-599-078, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado general de Johnson & Johnson, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EVOREL CONTI como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: un medicamento de prescripción médica para el tratamiento de la menopausia y la osteoporosis. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de noviembre del 2007, según expediente Nº 2007-0013839. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de noviembre del 2007.—(23178).

Marco Antonio Castro Alvarado, cédula Nº 9-029-085, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado general de Colegio de Abogados de Costa Rica, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir: servicios de actividades deportivas, esparcimiento cultural, educación, formación académica, cultural, actividades sociales. Reservas: de los colores negro, azul, blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio

del 2007, según expediente Nº 2007-0005946. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2007.—(O. C. Nº 6402).—C-42350.—(23213).

Marco Antonio Castro Alvarado, cédula Nº 9-029-085, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado general de Colegio de Abogados de Costa Rica, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a actividades deportivas, esparcimiento cultural, educación, formación académica, cultural, actividades sociales. Ubicado en San José, Zapote, 200 metros al oeste y 100 metros al norte de la rotonda de Las Garantías Sociales, Costa Rica. Reservas: de los colores negro, azul, blanco y rojo. No se hace reserva de la frase “REPÚBLICA DE COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante

este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2007, según expediente Nº 2007-0005947. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de octubre del 2007.—(O. C. Nº 6402).—C-42350.—(23214).

Pág 10 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Marco Antonio Castro Alvarado, cédula Nº 9-029-085, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado general de Colegio de Abogados de Costa Rica, de Costa Rica, solicita la inscripción de: COLEGIO DE ABOGADOS REPÚBLICA DE COSTA RICA, como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir: servicios de actividades deportivas, esparcimiento cultural, educación, formación académica, cultural, actividades sociales. Reservas: color negro. No se hace reserva de la frase “REPÚBLICA DE COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2007, según expediente Nº 2007-0005950. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2007.—(O. C. Nº 6402).—C-42350.—(23217).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN Sociedad Anónima, C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: CHEPEANDO como marca de fábrica y servicios, para proteger y distinguir: en clase 16: Revistas, impresos o similares, además de publicaciones periódicas, libros, periódicos, diarios, folletos, semanarios, gráficos y hojas impresas, litografía y toda clase de publicaciones en general. En clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2007, expediente Nº 2007-0005710. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de mayo del 2007.—(23463).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN Sociedad Anónima, C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: TOROS A LA TEJA como marca de fábrica y servicios, para proteger y distinguir: en clase 16: Revistas, impresos o similares, además de publicaciones periódicas, libros, periódicos, diarios, folletos, semanarios, gráficos y hojas impresas, litografía y toda clase de publicaciones en general. En clase 35: publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2007, expediente Nº 2007-0005709. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de mayo del 2007.—(23464).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN S. A., C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: PUPILAS como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2007, expediente Nº 2007-0005739. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de mayo del 2007.—(23465).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN S. A., C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: NUESTRO PERIÓDICO como marca de fábrica, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: Revistas, impresos o similares, además de publicaciones periódicas, libros, periódicos, diarios, folletos, semanarios, gráficos y hojas impresas, litografía y toda clase de publicaciones en general. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de marzo del 2007, expediente Nº 2007-0002040. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de agosto del 2007.—(23467).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN S. A., C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: CRECIENDO EN FAMILIA como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2007, expediente Nº 2007-0009541. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2007.—(23468).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN S. A., C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: CRECIENDO EN FAMILIA como marca de comercio, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: Revistas, impresos o similares, además de publicaciones periódicas, libros, periódicos, diarios, folletos, semanarios, gráficos y hojas

impresas, litografía, publicaciones impresas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2007, expediente Nº 2007-0009540. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2007.—(23470).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN S. A., C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: U-diversidades como marca de comercio, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: Revistas, impresos o similares, además de publicaciones periódicas, libros, periódicos, diarios, folletos, semanarios, gráficos y hojas impresas, litografía, una publicación periódica impresa. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2007, expediente Nº 2007-0009537. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2007.—(23471).

Jorge Robert Lara, cédula Nº 1-544-313, mayor, casado, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Nación GN S. A., C. J. 3-101-102844, de Costa Rica, solicita la inscripción de: U-diversidades como marca de comercio, en clase 0 internacional, para proteger y distinguir: En clase 35: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2007, expediente Nº 2007-0009536. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2007.—(23473).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Ebel International Limited, de Bermudas, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Productos cosméticos y de belleza, tales como maquillaje, perfumería y productos de cuidado e higiene personal y preparaciones cosméticas para el tratamiento facial y corporal. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de diciembre del 2007, expediente Nº 2007-0014653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de diciembre del 2007.—Nº 21091.—(23498).

Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, en concepto de apoderado generalísimo de Fenoglio S. A., de Costa Rica, solicita la inscripción de: ALIMIX ALIANSA como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: Suplemento vitamínico y mineral para complementar las necesidades nutricionales de los animales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014548. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21093.—(23499).

Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Fenoglio S. A., de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 31 internacional, para proteger y distinguir: Alimentos para vacas de alta producción. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de setiembre del 2007, expediente Nº 2007-0012304. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de setiembre del 2007.—Nº 21094.—(23500).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de White Beach Investments Group S. A., C. J. Nº 3-101-424553, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la explotación comercial de un hotel de playa, ubicado en Jacó, antiguo Hotel Mar Paraíso.

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 11

Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014552. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21095.—(23501).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Ebel International Limited, de Bermudas, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Productos cosméticos y de belleza, tales como maquillaje, perfumería y productos de higiene personal. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada

el 3 de diciembre del 2007, expediente Nº 2007-0014654. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de diciembre del 2007.—Nº 21097.—(23502).

Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ZINE como marca de fábrica y servicios, para proteger y distinguir: En clase 9: Teléfonos móviles, localizadores, radio transmisores-receptores, organizadores personales electrónicos, auriculares para uso con teléfonos móviles, micrófonos, parlantes, estuches para transportar teléfonos celulares y estuches con clip (para cinturón), software de cómputo y programas usados para transmisión o reproducción o recepción de sonido, luz, imágenes, texto, video o datos a través de una red de telecomunicaciones o sistema entre terminales y para mejorar, interactuar y facilitar el uso y acceso a redes de cómputo y comunicaciones; software de cómputo para comercio electrónico que permita al usuario hacer órdenes con seguridad y realizar pagos en el campo de las transacciones de negocios electrónicas a través de una red de cómputo global o red de telecomunicaciones; software de cómputo para juegos para teléfonos móviles; software de cómputo y programas para la administración y operación de dispositivos de telecomunicaciones inalámbricos; software de cómputo para enviar y recibir mensajes cortos y correo electrónico y para filtrar información no tipo texto desde los datos; cámaras digitales, cámaras de video; tarjetas para propósitos comunicativos, a saber, tarjetas de datos, tarjetas de módem, unidades de posicionamiento global, baterías, cargadores de batería, adaptadores de corriente, antenas. En clase 38: Servicios de telefonía inalámbrica y transmisión electrónica de datos y documentos a través de redes de comunicaciones y redes de cómputo globales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Nº 21099.—(23503).

Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MOTOPURE como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: Accesorios para teléfonos celulares, a saber, auriculares, audífonos, baterías, cargadores de batería y adaptadores de corriente. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014593. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Nº 21100.—(23504).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, abogada, apoderada especial Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: APEX como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de diciembre del 2007, expediente Nº 2007-0014651. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de diciembre del 2007.—Nº 21102.—(23505).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada generalísima de Grupo Papelero Scribe S. A. de C.V., de México, solicita la inscripción de: DUPLICADOR como marca de fábrica, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: Papel

para impresión y escritura; papel para fotocopiado; papel cubierto; papel para envoltura; papel china; papel para máquinas registradoras; formas continuas (rollos de papel); cartulinas y cartoncillos; libretas, cuadernos blocs para escritura. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2007, expediente Nº 2007-0010404. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21103.—(23506).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Kimberly-Clark Corporation, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KLEENEX CARE como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: Toallitas y pañuelos impregnados para uso personal, limpiadores, lociones y cremas faciales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014183. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de noviembre del 2007.—Nº 21104.—(23507).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: DRAVAFÓS como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: Baño garrapaticida y mosquicida para uso en bovinos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014553. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21105.—(23508).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: VITAMULT como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: Multivitamínico para todas las especies. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014556. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21106.—(23509).

Jorge Tristán Trelles, cédula Nº 1-392-470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DEXT como marca de fábrica, en clases 9, 38 internacional, para proteger y distinguir: En clase 9: Teléfonos móviles, localizadores, radio transmisores-receptores, organizadores personales electrónicos, auriculares para uso con teléfonos móviles, micrófonos, parlantes, estuches para transportar teléfonos celulares y estuches con clip (para cinturón), software de cómputo y programas usados para transmisión o reproducción o recepción de sonido, luz, imágenes, texto, video o datos a través de una red de telecomunicaciones o sistema entre terminales y para mejorar, interactuar y facilitar el uso y acceso a redes de cómputo y comunicaciones; software de cómputo para comercio electrónico que permita al usuario hacer órdenes con seguridad y realizar pagos en el campo de las transacciones de negocios electrónicas a través de una red de cómputo global o red de telecomunicaciones; software de cómputo para juegos para teléfonos móviles; software de cómputo y programas para la administración y operación de dispositivos de telecomunicaciones inalámbricos; software de cómputo para enviar y recibir mensajes cortos y correo electrónico y para filtrar información no tipo texto desde los datos; cámaras digitales, cámaras de video; tarjetas para propósitos comunicativos, a saber, tarjetas de datos, tarjetas de módem, unidades de posicionamiento global, baterías, cargadores de batería, adaptadores de corriente, antenas. En clase 38: Servicios de telefonía inalámbrica y transmisión electrónica de datos y documentos a través de redes de comunicaciones y redes de cómputo globales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2007, expediente Nº 2007-0014339. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de noviembre del 2007.—Nº 21108.—(23510).

Gabriel González Castro cédula de identidad Nº 1-785-620, mayor, casado una vez, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Insumos Agropecuarios SOS Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-436275, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 1 internacional. Para proteger y distinguir: Producto químico de propiedades ácidas formulado especialmente para la prevención o eliminación de piedra

de leche en equipos de ordeño automáticos o semiautomáticos. Reservas:

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se reservan los colores: blanco y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de enero del 2008. Expediente 2008-0000049. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de enero del 2008.—Nº 21109.—(23511).

Gabriel González Castro cédula de identidad Nº 1-785-620, mayor, casado una vez, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Insumos Agropecuarios SOS Limitada cédula jurídica Nº 3-102-436275, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 4 internacional. Para proteger y distinguir: Aceite hidráulico especial para bombas de vacío rotativas y de pistón. Reservas:

Se reservan los colores: blanco y rojo Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de enero del 2008 Expediente 2008-0000051. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de enero del 2008.—Nº 21110.—(23512).

Gabriel González Castro, cédula de identidad Nº 1-785-620, mayor, casado una vez, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Insumos Agropecuarios SOS Limitada cédula jurídica Nº 3-102-436275, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional. Para proteger y distinguir: Detergentes de espuma controlada formulando especialmente para el lavado de

equipos de ordeño. Reservas: se reservan los colores negro y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de enero del 2008. Expediente 2008-0000052. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de enero del 2008.—Nº 21111.—(23513).

Gabriel González Castro, cédula de identidad Nº 1-785-620, mayor, casado una vez, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Insumos Agropecuarios SOS Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-436275, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional. Para proteger y distinguir: Un detergente formulado para remoción de grasas y acumulaciones de mugre

en cualquier superficie de una lechería. Reservas: Se reservan los colores: negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de enero del 2008. Expediente 2008-0000054. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en al artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de enero del 2008.—Nº 21112.—(23514).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: DIFREMINE como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: Antihistamínico en bovinos, equinos, caninos y felinos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0014557 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21113.—(23515).

Marta Elena Rivas, cédula de residencia 103-200035536, de Costa Rica, mayor, divorciada, empresaria, solicita la inscripción de:

como nombre comercial. Para proteger y distinguir: restaurante dedicado a brindar servicio de venta de alimentos de pizza y pastas en general. Ubicados en Puntarenas, Garabito, Jacó, frente al Supermercado Frutastica y Herradura en el Centro Comercial Ocean Plaza. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados

en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de agosto del 2007 Expediente 2007-0011536. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de agosto del 2007.—Nº 21123.—(23516).

Javier Castegnaro Odio, cédula de identidad Nº 1-0517-0084, de Costa Rica, mayor, casado, administrador de empresas, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir: Acumuladores eléctricos para vehículos (baterías). Reservas: se reserva los colores: negro, blanco, rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de setiembre del 2007 Expediente 2007-0012468. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de setiembre del 2007.—Nº 21128.—(23517).

Javier Castegnaro Odio, cédula de identidad Nº 1-0517-0084, de Costa Rica, mayor, casado, administrador de empresas, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir: Acumuladores eléctricos para vehículos (baterías). Reservas: se reserva los colores: negro y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses

siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de setiembre del 2007. Expediente 2007-0012467 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la ley 7978.—San José, 12 de diciembre del 2007.—Nº 21129.—(23518).

María Teresa Solís Zamora, cédula de identidad Nº 1-407-239, mayor, viuda una vez, abogada, en concepto de apoderada generalísima de Igalca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-151303, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial. Para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a la consultoría y construcción en ingeniería y arquitectura. Ubicado en San José, Urbanización La Alameda, San Rafael de Montes de Oca, casa número nueve. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de

la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del 2007. Expediente 2007-0012653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de octubre del 2007.—Nº 21130.—(23519).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: SEFALAC como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: Antimastítico para vacas en producción de leche. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre, 2007 Expediente 2007-0014566 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre, 2007.—Nº 21131.—(23520).

Jorge Tristan Trelles, cédula de identidad Nº 1-0392-0470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Fenoglio S. A., de Costa Rica, solicita la inscripción de: ALIMIX ALIANSA como marca de fábrica, en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir: Alimento balanceado para complementar las necesidades nutricionales de los animales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0014549. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21133.—(23521).

Jorge Tristan Trelles, cédula de identidad Nº 1-392-470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Fenoglio S. A., de Costa Rica, solicita la inscripción de: ALISAL ALIANSA como marca de fábrica, en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir: Alimento balanceado para complementar las necesidades nutricionales de los animales. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0014551. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21135.—(23522).

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María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de DFO, LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FIT FARE como marca de servicios, en clase 43 internacional. Para proteger y distinguir: Servicios de restaurante. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de abril del 2007. Expediente 2007-0003124. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Nº 21136.—(23523).

María del Milagro Chaves Desanti cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Cinnabon Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: CINNABON como marca de fábrica, en clases 30, 29 y 32 internacional. Para proteger y distinguir: en clase 30: Productos de panadería para consumir en el establecimiento o fuera de él, pan, mezclas secas para panadería, y pasta (masa) refrigerada, especias, maíz para palomitas procesado sin reventar empacada para preparaciones en un horno microondas, palomitas de maíz reventadas, productos compuestos de palomitas de maíz reventadas, a saber, barras de palomitas de maíz glaseadas y queques de palomitas de maíz, confites, a saber, frágiles (brittle), praliné y dulce de azúcar y mantequilla (fudge), productos horneables en microondas, a saber, panecillos y galletas; productos horneados congelados, a saber, panecillos y galletas, mezclas secas para productos de panadería, barras alimenticias derivadas de cereal listo para comer, panes no perecederos, a saber, pan cuadrado, panecillos tipo bagel y pastelitos, helados, a saber, novedades de heladería, queques de helado, y trufas de helado; y palomitas de maíz reventadas, café. Para proteger y distinguir: En clase 29, bebidas a base de leche, bebidas de leche y yogurt, leche; yogurt, productos de lechería con exclusión de helados, leche helada y yogurt congelado, aderezos de frutas (toppings) y patés (spreads) a base de frutas. Para proteger y distinguir: En clase 32, bebidas no alcohólicas, a saber, bebidas suaves, jugos, bebidas de frutas, bebidas con sabor a frutas, agua potable embotellada y agua de manantial. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto Presentada el 6 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0014747. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Nº 21138.—(23524).

María del Milagro Chaves Desanti cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: FURAX 330 SC como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: Carbofuran utilizado como insecticida. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0014562. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21139.—(23525).

María del Milagro Chaves Desanti cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: HERBACLOR como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: Butaclor empleado como herbicida pre-emergente para el control de gramíneas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0014565. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21142.—(23526).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TRUECOMFORT como marca de fábrica, en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir: accesorios para teléfonos celulares, a saber, auriculares y audífonos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación Presentada el 6 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0014752. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Nº 21143.—(23527).

María del Milagro Chaves Desanti cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderado especial de Motorola Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RAPIDCONNECT como marca de fábrica, en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir: auriculares inalámbricos con micrófonos incrustados para usarse con dispositivos de telecomunicaciones. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0014753. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Nº 21144.—(23528).

María del Milagro Chaves Desanti cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Sanofi Aventis, de Francia, solicita la inscripción de: NATURETTI como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: Preparaciones farmacéuticas, suplementos alimenticios, sustancias dietéticas para uso médico, vitaminas, sustancias minerales para uso médico. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2007 Expediente 2007-0014754. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Nº 21146.—(23529).

María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Cinnabon Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MOCHALATTA CHILL como marca de fábrica, en clases 29, 32 internacional. Para proteger y distinguir: En clase 29, bebidas a base de leche, bebidas de leche, y yogurt, leche, yogurt, productos de lechería con exclusión de helados, leche helada y yogurt congelado, aderezos de frutas (toppings) y patés (spreads) a base de frutas. En clase 32: Bebidas alcohólicas, a saber, bebidas suaves, jugos, bebidas de frutas, bebidas con sabor a frutas, agua potable embotellada y agua de manantial. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0014750. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de febrero del 2008.—Nº 21147.—(23530).

María del Milagro Chaves Desanti 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Cinnabon Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clases 30, 29, 32 internacional. Para proteger y distinguir: En clase 30, productos de panadería para consumir en el establecimiento o fuera de él, pan, mezclas secas para panadería,

y pastas (masa) refrigerada, especies, maíz para palomitas procesado sin reventar empacada para preparaciones en un horno de microondas, palomitas de maíz reventadas, productos compuestos de palomitas de maíz reventadas, a saber, barras de palomitas de maíz glaseadas y queques de palomitas de maíz, confites, a saber, frágiles (brittle), praliné y dulce de azúcar y mantequilla (fudge), productos horneables en microondas, a saber, panecillos y galletas; productos horneados congelados, a saber, panecillos y galletas, mezclas secas para productos de panadería, barras alimenticias derivadas de cereal listo para comer, panes no procesados a saber, pan cuadrado, panecillos tipo bagel y pastelitos, helados, a saber, pan cuadrado, panecillos tipo bagel, y pastelitos, helados, a saber, novedades de heladería, queques de helado, y trufas de helado y palomitas de maíz reventadas, café. En clase 29, bebidas a base de leche, bebidas de leche y yogurt, leche, yogurt, productos de lechería con exclusión de helados, leche helada, y yogurt congelado, aderezos de frutas, y patés, (spreads) a base de frutas. En clase 32, bebidas alcohólicas, a saber, bebidas suaves, jugos, bebidas de frutas, bebidas con sabor a frutas, agua potable embotellada y agua de manantial. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0014748.—A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de febrero del 2008.—Nº 21148.—(23531).

María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Grape Technology Group Inc, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KGB como marca de servicios, en clase 35 internacional. Para proteger y distinguir: difusión de publicidad para terceros vía Internet. Reservas: Reclama prioridad Nº 77/205,868 del 24 de junio del 2007 en USA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0015016 A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de enero del 2008.—Nº 21149.—(23532).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Grape Technology Group Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KGB como marca de servicios, en clase 38 internacional. Para proteger y distinguir: Servicios de telecomunicación, a decir, transmisión de información mediante redes electrónicas de comunicación, servicios de telecomunicaciones a decir, servicios de acceso a telecomunicaciones, servicios de transmisión y recepción de información mediante vías de telecomunicación; intercambio electrónico de voz, información y graficas accesibles vía computadora y redes de telecomunicación; provisión de acceso multiusos para redes de información global de computadoras; servicios de café Internet, a decir, provisión de conexiones de telecomunicaciones para Internet en un ambiente de café, provisión de servicios de boletín electrónico en línea para transmisión de mensajes entre usuarios en un campo de interés general; transmisión de información mediante redes de comunicación electrónicas, a decir, transmisión de mensajes entre usuarios en un campo de interés general; servicios de correo electrónico; servicios de mensajes

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instantáneos; servicios de telefonía en Internet; comunicaciones mediante terminales computacionales; servicios de comunicación inalámbrica de banda ancha; servicios de telefonía móvil. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0015017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de enero del 2008.—Nº 21150.—(23533).

María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Grape Technology Group Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KGB como marca de servicios, en clase 42 internacional. Para proteger y distinguir: Servicios computacionales en la naturaleza de páginas Web con información caracterizada del usuario, perfiles e información personal; Provisión de software en línea no descargable para uso en el manejo y conservación de información y archivos sobre redes computacionales, Intranet e Internet; provisión de software en línea no descargable para la creación y conservación de sitios Web y boletín electrónico, diario personal en formato electrónico publicado abiertamente en Internet por la persona que lo crea (Blog); provisión de software en línea no descargable para la colaboración y seguimiento de revisiones de archivos; provisión de software en línea no descargable para otorgar y controlar acceso a archivos; provisión de software en línea no descargable para la conservación de calendarios individuales y de grupo; provisión de software en línea no descargable para la caracterización en línea de almacenamiento de documentos y base de datos; servicios de provisión de aplicaciones computacionales en línea de almacenamiento; servicios de provisión aplicaciones a decir, provisión de sitios Web y enlaces de sitios Web de información geográfica, imágenes de mapas, y rutas de viaje; provisión de software en línea no descargable para el rastreo, manejo y optimización de campañas publicitarias y promocionales y cálculo del retorno de la inversión en relación con los mismos; provisión de software en línea no descargable para el rastreo de tráfico de sitios Web, actividad de comercio virtual, lealtad al cliente, y conversión de tarifas para ventas; provisión de software en línea no descargable para optimizar la navegación en sitios Web; provisión de software en línea no descargable para el manejo, recopilación, monitoreo, y análisis de la Web, boletín electrónico, diario personal en formato electrónico publicado abiertamente en Internet por la persona que lo crea (blog) y otros sitios en línea de tráfico, preferencias de usuario y enlaces; diseño y desarrollo para terceros de software para el manejo, recopilación, monitoreo, y análisis de la Web boletín electrónico, diario personal en formato electrónico publicado abiertamente en Internet por la persona que lo crea (blog) y otros sitios en línea de tráfico, preferencias de usuario y enlaces; soporte técnico y servicios de asesoría computacional relacionados a todo lo antes mencionado; servicios de asesoría computacional. Reservas: Reclama prioridad Nº 77/205,868 del 14 de junio del 2007 en USA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2007. Expediente 2007-0015018. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de enero del 2008.—Nº 21152.—(23534).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-0626-0794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Diveco, S. A., de Guatemala, solicita la inscripción de:

como emblema. Pera proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la fabricación, venta y distribución de camas, colchones, muebles; tejidos y productos textiles; ropa de cama y mesa; vestuario, calzado y sombrerería referente a cama, como lo son, pijamas, pantuflas, gorritos de cama, cubridores de orejas. Ubicado en 48 Avenida 1-56 Zona 3, Municipio de

Mixco Colina del Rosario, Guatemala. Reservas: no tiene reservas, Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2007. Expediente 2007-0004043. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de diciembre del 2007.—Nº 21154.—(23535).

Jorge Tristan Trelles, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Empacadora Toledo S. A., de Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 29 internacional. Para proteger y distinguir: Pollo, carne de pollo, extractos de carne de pollo. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2007. Expediente Nº 2007-0015013. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de diciembre del 2007.—Nº 21155.—

(23536).

María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de We Speak English Construction S. A., cédula jurídica Nº 3-101-479246, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial. Para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a brindar servicios de construcción, tanto para la remodelación de todo tipo de edificaciones existentes como para la construcción de nuevas edificaciones. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2007. Expediente

2007-0015015. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la ley 7978.—San José, 14 de diciembre del 2007.—Nº 21156.—(23537).

Meilin Arleth Espinoza, cédula de identidad Nº 5-348-116, de Costa Rica, mayor, casada, ama de casa, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa en general, accesorios de bisutería, zapatos, productos de belleza, de higiene personal, artesanía, asimismo se dedicará al servicio de lavandería de ropa, cortinas, sábanas, paños. Reservas:

no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2007, según expediente Nº 2007-0014771. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Nº 21157.—(23538).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad Nº 1-0392-0470, mayor, abogado, en concepto de apoderado especial de Fenoglio S. A., de Costa Rica, solicita la inscripción de: ALISAL ALIANSA, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: suplemento vitamínico y mineral para complementar las necesidades nutricionales de los animales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, según expediente Nº 2007-0014550. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21171.—(23539).

Guido Granados Ramírez, cédula de identidad Nº 9-013-151, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado generalísimo de Canigou Inmobilier Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-470065, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a la venta de cigarros y puros de tabaco, cerillos y encendedores. Ubicado en San José, Montes de Oca, San Pedro, Condominio Mall San Pedro, Ofimall, 3º piso, Bufete Guido Granados y Asociados. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir

de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2007, según expediente Nº 2007-0003714. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de mayo del 2007.—Nº 21176.—(23540).

Guido Granados Ramírez, cédula de identidad Nº 9-013-151, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado generalísimo de Canigou Inmobilier Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-470065, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 34 internacional, para proteger y distinguir: cigarros y puros de tabaco, cerillos y encendedores. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2007, según expediente Nº 2007-0003713. A efectos de publicación, téngase en cuenta

lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de mayo del 2007.—Nº 21177.—(23541).

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Julián Antonio Batalla Gallegos, cédula de identidad Nº 1-554-258, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado generalísimo de Ligthhouse Hotel Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-28-0857, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento comercial dedicado a un condominio habitacional. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2007, según expediente Nº 2007-0005531. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de setiembre del 2007.—Nº 21203.—(23542).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: AGNA, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: carbendazim utilizado como fungicida. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, según expediente Nº 2007-0014564. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21226.—(23543).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad Nº 1-626-794, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Genfar S. A., de Colombia, solicita la inscripción de: PRENOFON, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: oxadizón utilizado como herbicida pre-emergente para el control de malezas de hoja ancha. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre del 2007, según expediente Nº 2007-0014560. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Nº 21228.—(23544).

César Boente Castells, cédula de residencia Nº 726-184347-004181, mayor, casado, economista, en concepto de apoderado generalísimo de Frutas de Exportación Frutex Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-114635, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado al cultivo, empaque y exportación de piña de calidad exportable y productos derivados de la piña. Ubicado en San José, San Pedro de Montes de Oca, de Pollos Kentucky 100

metros al este y 75 metros al sur, casa a mano derecha, “Casa Esqui-Vol”. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de setiembre del 2007, según expediente Nº 2007-0012459. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de setiembre del 2007.—Nº 21256.—(23545).

Alberto Umaña Blanco, cédula de identidad Nº 1-502-292, mayor, casado una vez, contador público, en concepto de apoderado generalísimo de Servicios Integrados de Exportación y Logística Sielsa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-301704, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 39 internacional, para proteger y distinguir: servicio de transporte, flete y carga, sea este terrestre, marítimo, aéreo, y almacenaje dentro y fuera del país, todo relacionado con la actividad bananera, actividad piñera y el comercio internacional. Reservas: no se hace reserva del globo terráqueo. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de setiembre

del 2007, según expediente Nº 2007-0012334. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de setiembre del 2007.—Nº 21257.—(23546).

Luis Esteban Hernández, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Gador S. A., de Argentina, solicita la inscripción de: ELAFAX, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: un antidepresivo. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2007, según expediente Nº 2007-0009418. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de setiembre del 2007.—Nº 21270.—(23547).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Dador S. A., de Argentina, solicita la inscripción de: GADOFEM, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: productos hormonales femeninos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2007, según expediente Nº 2007-0009416. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de setiembre del 2007.—Nº 21271.—(23548).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Those Characters form Cleveland Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 28 internacional, para proteger y distinguir: juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases, decoraciones para árboles de navidad. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2007, según expediente Nº 2007-0016110. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley

Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2007.—Nº 21272.—(23549).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Those Characters form Cleveland Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 28 internacional, para proteger y distinguir: juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases, decoraciones para árboles de navidad. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2007, según expediente Nº 2007-0016105. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2007.—Nº 21273.—(23550).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Federico Vélez González, de Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: vestuario, calzado y sombrerería. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2007, según expediente Nº 2007-0010455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de diciembre del 2007.—Nº 21274.—(23551).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Darío Guillermo Tani, pasaporte B 597522, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas con cereales, pan, bizcochos, tortas, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas, especias, hielos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la

primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del 2007, según expediente Nº 2007-0009746. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2007.—Nº 21276.—(23552).

Pág 16 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Darío Guillermo Tani, pasaporte B 597522, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: vestidos, con inclusión de botas, zapatos y zapatillas, camisetas, pantalonetas, pantalones, camisas de vestir, trajes de baño, jackets, abrigos, enaguas, fajones, blusas y ropa en general relativos a la disciplina del surf. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del 2007, según expediente Nº 2007-0009745. A

efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2007.—Nº 21277.—(23553).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Prosistemas Ltda., de Colombia, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: Aparatos e instrumentos científicos, instrumentos de control de enseñanza; soporte de registro magnético; equipo para el tratamiento de la información; maqueta. Reservas: no tiene reservas. Se

cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de diciembre del 2006, según expediente Nº 2006-0011271. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2007.—Nº 21278.—(23554).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula 4-155-803, mayor, casado una vez, abogado., en concepto de apoderado generalísimo de Grupo Auditorium de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-487499, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: un establecimiento comercial dedicado a la exhibición de películas cinematográficas, así como a brindar servicios de salas de cine. San José, cantón Santa Ana, distrito Pozos, del Auto Mercado, 500 metros al norte, sector comercial Vía Lindora, Edificio Vía Lindora, local Nº 3. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para

hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2007, según expediente Nº 2007-0014628. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Nº 21279.—(23555).

Luis Esteban Hernández Brenes, cédula Nº 4-155-803, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Digimed S. A., cédula jurídica Nº 3-101-499347, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 42 internacional, para proteger y distinguir: Servicios científicos y tecnológicos así como servicios de investigación y diseño relativo a ellos; en especial el diseño y desarrollo

software para uso en la medicina y las ciencias de la salud. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013459. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre del 2007.—Nº 21283.—(23556).

Randall José Calderón Rojas, de Costa Rica, mayor, casado, empresario, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de regalos y artículos de librería. Ubicado en Cartago centro, del almacén Pigo Pérez, veinticinco metros oeste, sobre avenida. Reservas: colores azul y celeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este

edicto. Presentada el 23 de enero del 2008, según expediente Nº 2008-0000530. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de enero del 2008.—Nº 21327.—(23557).

María Felicia Penrod Padilla, cédula de identidad Nº 9-076-565, mayor, divorciada, estilista canina, en concepto de apoderada generalísima de Petstudio Felicia Penrod, sociedad anónima, cédula jurídica Nº 3-101-434490, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 44 internacional. Para proteger y distinguir: Los servicios de peluquería canina y de servicios de cuidado de belleza e higiene para todo tipo de perros. Reservas: de los colores blanco, negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la

primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de diciembre del 2006. Expediente 2006-0011422. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de diciembre del 2006.—Nº 21356.—(23558).

Carlos Elizondo Vargas, cédula de identidad Nº 1-1073-241, mayor, soltero, abogado, en concepto de apoderado especial de Farmacia Express R X, Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-371705, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 44 internacional. Para proteger y distinguir: Servicios de farmacia en general, recibiendo consultas sobre productos farmacéuticos tanto en la misma farmacia como a domicilio. Reservas:

no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de junio del 2007. Expediente 2007-0007058. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de junio del 2007.—Nº 21368.—(23559).

Carlos Elizondo Vargas, cédula de identidad Nº 1-1073-241, mayor, soltero, abogado, en concepto de apoderado especial de Asociación Cámara Costarricense de Corredores de Bienes Raíces, cédula jurídica Nº 3-002-05142, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 16 internacional. Para proteger y distinguir: Una publicación (revista) brochures, flyers y folletos con contenido de correduría de

bienes raíces. Reservas: no se hace reservas del globo terráqueo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de agosto del 2007. Expediente 2007-0010682. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de octubre del 2007.—Nº 21369.—(23560).

Felipe Morice Fernández, cédula de identidad Nº 1-992-281, mayor, soltero, empresario, en concepto de apoderado generalísimo de Café Pikaluca S. A., cédula de identidad Nº 3-101-502898, de Costa Rica, solicita la inscripción de: KALÚ como nombre comercial. Para proteger y distinguir: un establecimiento comercial de cafetería, restaurante y tienda de venta de alimentos. San Ana, San José, Centro Comercial Momentum, Lindora, local número 28. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0014141. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de noviembre del 2007.—Nº 21400.—(23561).

Elkin Darío Vásquez Naranjo, cédula de residencia Nº 117000363236, de Costa Rica, mayor, casado una vez, comerciante, solicita la inscripción de: A.V.G ALMACÉN INNOVACIONES como nombre comercial. Para proteger y distinguir: Un establecimiento comercialización de materia prima y accesorios para bisutería en general, bisutería terminada y en proceso. Ubicado en San José, avenida segunda, diagonal al Banco Popular, edificio Las Arcadas, local uno y dos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de mayo del 2007. Expediente 2007-0005371. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,1 de octubre del 2007.—Nº 21401.—(23562).

Yanina Cordero Pizarro, cédula Nº 1-1051-816, mayor, abogada, en concepto de apoderada general de Gynopharm Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-235529, de Costa Rica, solicita la inscripción de: RADOSEL como marca de comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: productos farmacéuticos en general. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos

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para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013148. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de octubre del 2007.—(23706).

Olivia Brenes Antonini, cédula Nº 2-195-716, mayor, casada, médico psiquiatra, en concepto de apoderada general de Hospital Nacional Psiquiátrico Doctor Manuel Antonio Chapui y Torres, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir: revista científica y cultural (revista cúpula). Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de mayo del 2007, según expediente Nº 2007-0003735. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de febrero del 2008.—(23809).

Steven Jack Aronson Fletcher, cédula de residencia Nº 175-80597-8471, mayor, casado una vez, economista, en concepto de apoderado generalísimo de Asociación Pro Sostenibilidad de Parques Nacionales de las Siete Provincias (Pro-Parques), de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como emblema, para proteger y distinguir: un establecimiento dedicado a desarrollo e impulso en la conservación y sostenibilidad de los parques nacionales de Costa Rica, reservas y áreas protegidas. Reservas: de los colores: verde olivo, verde limón, blanco, gris, lila azul, gris y celeste. No hace reserva del símbolo ®. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de junio

del 2007, según expediente Nº 2007-0006083. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de junio del 2007.—(24225).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Pan-American Life Insurance Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: servicios relacionados con los seguros tales como servicios prestados

por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados, y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: de colores: azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2007, según expediente Nº 2007-0003628. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de abril del 2007.—(24238).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Pan-American Life Insurance Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: servicios relacionados con los seguros tales como servicios prestados

por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados, y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2007, según expediente Nº 2007-0003629. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de setiembre del 2007.—(24239).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Distribuidora Agrícola Guatemalteca Sociedad Anónima, de Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir: vehículos, aparatos de locomoción terrestre, maquinaria industrial y agrícola. Reservas: de los colores: blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados

a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2007, según expediente Nº 2007-0002429. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de marzo del 2007.—(24240).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Distribuidora Agrícola Guatemalteca Sociedad Anónima, de Guatemala, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas, plaguicidas e insecticidas. Reservas: de los colores: blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2007, según expediente Nº 2007-0002428. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de marzo del 2007.—(24241).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de GCC L.L.C., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir: servicios de hoteles en condominio, servicios de hotel, servicios de complejo hotelero, servicios de spa, específicamente prestando hospedaje temporal y comidas a los clientes del spa de salud o de belleza, restaurantes, bares, servicios de restaurante y bar. Reservas: prioridad en USPTO, julio 11, 2006, Nº 78/926,965. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, según expediente Nº 2006-0010492. A efectos

de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo del 2007.—(24242).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de GCC L.L.C., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 44 internacional, para proteger y distinguir: servicios de salud de tipo spa para la salud y el bienestar del cuerpo y mente ofrecido en los complejos de salud, servicios de salud de tipo spa, específicamente, servicios para el cuidado cosmético del cuerpo. Reservas: prioridad en USPTO, julio 11, 2006, Nº 78/926,965. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, según expediente Nº 2006-0010490. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el

artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de octubre del 2007.—(24243).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de GCC L.L.C., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: cosméticos y preparaciones para el cuidado de la piel, específicamente, humectantes para la cara, cuerpo, manos y pies, exfoliantes para cara, cuerpo, manos y pies, tonificadores para cara, cuerpo, manos y pies, astringentes para caras, cuerpo, manos y pies, polvos no medicados para cara, cuerpo, manos y pies, lociones para la piel para después de la ducha, limpiadores de piel, esmalte para uñas, quita-esmalte para las uñas, jabón de manos, jabón para el cuerpo, perfume, colonia, agua de colonia, rimel, rubor, sombras para ojos, lápiz labial, brillo labial, maquillaje, removedor de maquillaje, crema para ojos, cremas para afeitar, geles para afeitar, lociones y geles

para después de afeitar, desodorante y antitranspirante de uso personal, lociones para la piel, aceites esenciales de uso personal, preparaciones para el bronceado, preparaciones para factores de protección solar, preparaciones para bloqueadores solares, preparaciones para el cuidado y la estilización del cabello, específicamente, champús, acondicionadores, lacas, geles, mousses y tónicos, productos de baño, específicamente, sales de baño no medicadas, cristales de baño, aceites de baño, cápsulas de baño, geles de baño, burbujas para baño (productos que al llegar a la habitación de un hotel se encuentren con la marca del hotel para uso del huésped). Reservas: prioridad en USPTO el julio 11, 2006, Nº 78/926,922. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, según expediente Nº 2006-0010489. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de octubre del 2007.—(24244).

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Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de GCC, L.L.C, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: Servicios de arrendamiento, alquiler, administración de condominios, apartamentos, villas y hogares residenciales, arrendamiento, alquiler y administración de condominios apartamentos villas y hogares residenciales en complejos vacacionales organizados en comunidades, servicios de corredores de bienes raíces. Reservas: Prioridad en USPTO, julio 11, 2006, Nº 78/926,965. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010488. A efectos de publicación, téngase

en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre del 2007.—(24245).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de GCC, L.L.C, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir: Servicio de casinos, específicamente servicios de apuestas y juegos, entretenimiento en vivo, específicamente actuaciones en vivo de bandas musicales y espectáculos de comedia en vivo, servicios de club nocturno, servicios de club se salud, específicamente prestación de instrucción y equipo en el campo del ejercicio físico, servicios de clubes esparcimiento, específicamente club campestre y servicios de golf, prestación de facilidades deportivas y recreacionales, organizar y dirigir conferencias educacionales, organizar y dirigir espectáculos de entretenimiento, tales como, actos de comedia, actos de danza, actos teatrales, obras,

producciones de escenario, espectáculos de magia espectáculos artísticos de actuación, agencias de reservación teatral, específicamente, reservación de entradas al teatro, a la ópera o a conciertos (servicios complementarios de la oferta de productos atractivos para sus huéspedes). Reservas: prioridad en USPTO, julio 11, 2006, Nº 78/926,965 del 11 de julio del 2006 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010487. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre del 2007.—(24246).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de GCC, L.L.C, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir: Servicios de hoteles, hoteles en condominio, servicios de hotel, servicios de complejo hotelero, específicamente prestando hospedaje temporal y comidas a los clientes del spa de salud o de belleza, restaurantes, bares, servicios de restaurante y bar. Reservas: se reserva prioridad Nº 78/926,922 del 11 de julio del 2006 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2006, expediente Nº 2006-0010486. A efectos de publicación, téngase en cuenta

lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de octubre del 2007.—(24247).

Robert Christian Van Der Putten Reyes y Silvia Gómez Pacheco, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Industrial de Snacks Sociedad Anónima, de Nicaragua, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, pastelería y confitería, helados, comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, pimienta, salsas, hielo y encurtidos. Reservas: colores negro, azul, amarillo, rojo, café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18

de julio del 2001, expediente Nº 2001-0005445. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de julio del 2007.—(24248).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Pan-American Life Insurance Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: Servicios relacionados con los seguros, tales como servicios prestados por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados

y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2007, expediente Nº 2007-0003623. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de abril del 2007.—(24249).

Jorge Arturo Gómez Gutiérrez, cédula Nº 2-419-693, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Pan-American Life Insurance Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: Servicios relacionados con los seguros, tales como servicios prestados por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: de

colores azul y naranja oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2007, expediente Nº 2007-0003627. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de abril del 2007.—(24250).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Químicos y Lubricantes Sociedad Anónima, de Guatemala, solicita la inscripción de: AMANSADOR como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: Productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas, plaguicidas e insecticidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2007, expediente Nº 2007-0002162. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de marzo del 2007.—(24251).

Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula Nº 1-1045-697, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Pan-American Life Insurance Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PALIC como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir: Servicios relacionados con los seguros, tales como servicios prestados por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2007, expediente Nº 2007-0003624. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de abril del 2007.—(24252).

Federico Salazar Boza, cédula Nº 1-834-302, mayor, casado, ingeniero civil, en concepto de apoderado generalísimo de Constructora Eliseo Vargas & Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-119069, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento dedicado a la prestación de servicios de construcción en todas sus áreas. Ubicado en San José, de la rotonda de la Bandera, 600 metros oeste, Oficentro Holland House, Oficinas de Constructora Eliseo Vargas y Asociados. Reservas: no tiene reservas.

Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de setiembre del 2007, expediente Nº 2007-0012143. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de setiembre del 2007.—(24254).

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Édgar Odio Rohrmoser, cédula Nº 1-831-587, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Andrés Sánchez Aguilar, cédula Nº 1-1128-016, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial, para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a bienes raíces, capacitaciones de negocios y cómputo, comercialización de equipos de domótica y sistemas para parqueos, servicios de coordinación de negocios y transporte de equipo de metrología. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2007, expediente Nº 2007-0009888. A

efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de setiembre del 2007.—(24300).

Fernando Alfaro Chamberlain, cédula de identidad Nº 1-693-790, mayor, casado una vez, abogado, en concepto de apoderado especial de Centenario Internacional, S. A., cédula jurídica Nº 3-101-010979, de Costa Rica, solicita la inscripción de: THE SPIRIT OF THE PARADISE como señal de propaganda. Para proteger y distinguir: la promoción de ron de la marca Ron Paradise, exp. 2006-1366. Reservas: traducción “El espíritu del Paraíso”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2007. Expediente 2007-0005348. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,18 de mayo del 2007.—(24301)

Enrique Pérez Vargas, cédula de identidad Nº 2-237-622, de Costa Rica, mayor, casado, comerciante, solicita la inscripción de: OCTEN TENORIO como nombre comercial. Para proteger y distinguir: local comercial destinado a la gastronomía en general, dentro de la cual se incluye la elaboración y venta de comidas nacionales y extranjeras; así como la venta de toda clase de bebidas, también nacionales y extranjeras. Ubicado en Moravia Verde de Guatuso, Alajuela, 300 metros al oeste de la escuela. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2007. Expediente 2007-0013612. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de octubre del 2007.—(24427).

Claudio Donato Monge, cédula de identidad Nº 1-563-139, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Defreico Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460974, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 39 internacional. Para proteger y distinguir: Servicios de transporte, embalaje, y almacenaje de mercancías; organización de viajes. Reservas: de los colores gris, naranja y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0013696. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de noviembre del 2007.—

(24452).

Claudio Donato Monge, cédula de identidad Nº 1-563-139, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Defreico Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460947, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de servicios, en clase 37 internacional. Para proteger y distinguir: Servicios de construcción, reparación, servicios de instalación. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0013695. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo

dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de noviembre del 2007.—(24453).

Claudio Donato Monge, cédula de identidad Nº 1-563-139, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado generalísimo de Defreico Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460974, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 19 internacional. Para proteger y distinguir: materiales de construcción no metálicos; tubos

rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas, monumentos no metálicos. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0013688. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de noviembre del 2007.—(24454).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Sakata Seed America Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 31 internacional. Para proteger y distinguir: semillas de flores y vegetales, plantas, material propagador, almácigos, plantas pequeñas, estacas, vegetales y flores cortadas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de junio del 2007. Expediente 2007-0005832. A efectos

de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1º de junio del 2007.—(24455).

Maria del Pilar López Quirós 1-1066-601, mayor, soltera, abogada, en concepto de apoderada especial de Honduras Fosforera S. A., de Honduras, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 34 internacional. Para proteger y distinguir: Fósforos y cerillas. Reservas: de los colores amarillo, rojo, blanco, verde y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto Presentada el 6 de julio del 2007. Expediente 2007-0009891. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la ley 7978.—San José, 20 de julio del 2007.—(24456).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado apoderado especial Made in Japan Systems Inc., de Canadá, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios. Para proteger y distinguir: En clase 29: alimentos preparados como entradas orientales que comprenden una o más de arroz, fideos, vegetales y/o carne o mariscos. Para proteger y distinguir: En clase 43: servicios

de restaurantes, servicios de restaurantes para llevar. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2007. Expediente 2007-0003539. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio del 2007.—(24457).

Maria del Pilar López Quirós, cédula de identidad Nº 1-1066-0601, mayor, soltera, abogada, en concepto de apoderada especial de José Abraham Valarezo Sánchez, pasaporte Nº 0919664904, de Ecuador, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 3 internacional. Para proteger y distinguir: Un gel analgésico antiinflamatorio con bálsamo de noni, copaiba y dulcamara. Reservas: de los colores blanco, verde, amarillo, naranja, azule y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2007. Expediente 2007-

0009873. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2007.—(24458).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado general de The Clorox Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 5 internacional. Para proteger y distinguir: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y

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para improntas dentales; desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de octubre del 2007. Expediente 2007-0012988. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el articulo 85 de la ley 7978.—San José, 11 de octubre del 2007.—(24459).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de The Clorox Company, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 16 internacional. Para proteger y distinguir: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; artículos de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos (pegamentos) para la papelería o la

casa; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas para embalaje (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés. Reservas: no tiene reservas Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre del 2007. Expediente 2007-0013243. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de octubre del 2007.—(24460).

Claudio Donato Monge, cédula de identidad Nº 1-563-139, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Defreico Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460974, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 6 internacional. Para proteger y distinguir: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos;

construcciones transportables metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases, minerales. Reservas: de los colores gris, naranja, azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2007. Expediente 2007-0013687. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la ley 7978.—San José, 2 de noviembre del 2007.—(24461).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Syngenta Limited, de Reino Unido, solicita la inscripción de: DRAGÓN TRIPLE PODER como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones para destruir animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas, pesticidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013592. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de octubre del 2007.—(24462).

Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Syngenta Limited, de Reino Unido, solicita la inscripción de: DRAGÓN TRIPLE ACCIÓN como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones para destruir animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas, pesticidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013591. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de octubre del 2007.—(24463).

Harry Zurcher Blen, cédula Nº 1-415-1184, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la inscripción de: CENTRIC como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: insecticidas para usar en la agricultura, horticultura y forestales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013484. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de octubre del 2007.—(24464).

Harry Zurcher Blen, cédula Nº 1-415-1184, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Novartis AG, de Suiza, solicita la inscripción de: BREEZHALER como marca de comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones farmacéuticas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013323. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de octubre del 2007.—(24465).

Harry Zurcher Blen, cédula Nº 1-415-1184, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Eveready Battery Company Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: QUATTRO TITANIUM PRECISION como marca de fábrica, en clase 8 internacional, para proteger y distinguir: máquinas de afeitar y navajas para afeitar. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013296. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de octubre del 2007.—(24466).

Harry Zurcher Blen, cédula Nº 1-415-1184, mayor, casado, abogado, en concepto de apoderado especial de Bticino S.P.A., de Italia, solicita la inscripción de: MAS-N BAR 630, como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: tablas y armarios para distribución de energía eléctrica; montajes para distribución de energía eléctrica; montajes para distribución de energía eléctrica con cables y cajas de distribución. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013297. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de octubre del 2007.—(24467).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-0532-0390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Gloria S. A., de Perú, solicita la inscripción de: ARUBA, como marca de fábrica, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir: cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013242. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de octubre del 2007.—(24468).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Gloria S. A., de Perú, solicita la inscripción de: CARDINAL, como marca de fábrica, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir: cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013241. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de octubre del 2007.—(24469).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Farmamedica S. A., de Guatemala, solicita la inscripción de: CARDIO VITAL, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos fungicidas, herbicidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de octubre del 2007, según expediente Nº 2007-0013140. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de octubre del 2007.—(24470).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-535-390, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Syngenta Limited, de Reino Unido, solicita la inscripción de: NIMBUS, como marca de fábrica, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir: químicos utilizados en agricultura, horticultura y forestal; adyuvante, aceites minerales y agente humectantes, todos para uso de agricultura y horticultura. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de setiembre del 2007, según expediente Nº 2007-0012384. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de setiembre del 2007.—(24471).

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PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de nombre Nº 56827Que el señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, en

concepto de apoderado especial de Dollfus-MIEG & CIE. Solicitó a este Registro se anote la inscripción del Cambio de Nombre, otorgado por Dollfus-MIEG & CIE. de Francia por el de Dollfus MIEG & CIE-DMC de Francia. Solicitud presentada a las 15:07 del 22 de febrero 2008; con respecto a la marca la Marca de Fábrica DMC (DISEÑO) en Clase 23, Registro Nº 67105, inscrita el 12 de diciembre, 1986. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Ana Cecilia Calvo Astúa, Registradora.—1 vez.—(24832).

Cambio de nombre Nº 53896Que el señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, en

concepto de apoderado especial de Fonterra Brands Limited; solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Fonterra Brands Limited de Nueva Zelandia por el de Fronterra TM Limited de Nueva Zelandia. Solicitud presentada a las 11:46 del 26 de febrero, 2008; con respecto a la marca de Fábrica FONTERRA (DISEÑO) en Clase 29, Registro Nº 136015, inscrita el 26 de noviembre, 2002. Publicar en la Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta la dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—José Fabio Gamboa Godínez, Registrador.—1 vez.—(24833).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICASAVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Natación Acuática Cariari, con domicilio en la provincia de Heredia, La Asunción de Belén. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Salud, procesos fundamentales de desarrollo en la práctica de la natación. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Montserrat Hidalgo Badilla. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 573, asiento: 66613, adicional 574-76967.—Curridabat, 21 de febrero del 2008.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(26301).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓNAVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 4-155-803, vecino de San José, Sanmak Industria de Máquinas, S. A., de Brasil, solicita el Modelo de Utilidad denominada DOSADOR POR BANDAS ALIMENTADORAS CON FLUJO DE LA PRODUCCIÓN AJUSTABLE.

Se refiere el presente modelo de utilidad a un nuevo dosificador, a ser utilizado en máquinas seleccionadoras electrónicas de granos, por los colores de los granos, para los más variados productos granulados diversos. El dosificador es comprendido por una máquina dosificadora, compuesta de una tolva para acondicionamiento de los granos a ser seleccionado, con motor de accionamiento de la estera alimentadora, que dirige y conduce los granos para la canaleja transportadora y alimentadora. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación

Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 09/07, cuyo inventor es José Evandro Dos Santos. La solicitud correspondiente lleva el número 9666, y fue presentada a las 10:52:06 del 17 de enero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(25297).

La señora(ita) María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, portadora de la cédula de identidad número 1-626-794, vecina de San José, Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada AGENTE TERAPÉUTICO PARA DIABETES.

La presente invención provee un agente para la prevención o el tratamiento de diabetes, que está asociado con menor cantidad de efectos secundarios tales como aumento de peso corporal, acumulación de adipocitos, hipertrofia cardíaca y similares y que contiene un compuesto representado por la fórmula: en donde cada símbolo es como se define en la especificación, o una de sus sales o uno

de sus profármacos. La memoria descriptiva, reinvindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/44, cuyo(s) inventor(es) es(son) Hidenori Abe, Takeshi Wakabayashi, Kentarou Rikimaru. La solicitud correspondiente lleva el número 9753 y fue presentada a las 08:37:12 del 22 de febrero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Karina Arrieta Rodríguez, Registradora.—Nº 21627.—(25509).

El señor Federico Rucavado Luque, mayor, abogado, cédula Nº 1-839-188, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Elli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PROFÁRMACO DE AMIDA DE GEMCITABINA, COMPOSICIONES Y EL USO DEL MISMO. La presente invención se refiere a profármacos novedosos de amida de gemcitabina, composiciones de los mismos y métodos para su uso. La memoria descriptiva, reinvindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07H 19/073, cuyo(s) inventor(es) es (son) David Michael Bender, David Michael Remick. La solicitud correspondiente lleva el número 9139 y fue presentada a las 13:10:33 del 22 de mayo de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de enero de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 21840.—(25510).

El señor Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 1-908-006, en su condición de apoderado de Immunogen Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MÉTODOS PARA PRODUCCIÓN DE ANSAMITOSINAS. Un proceso de fermentación a gran escala de una cepa productora de ansamitocina altamente productiva. Un método para aislar ansamitocinas crudas. Un método para purificar ansamitocinas. La memoria descriptiva, reinvindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C12P 17/18, cuyo(s) inventor(es) es (son) Cynthia Kuo, Gram S. Byng, Wayne C. Widdison. La solicitud correspondiente lleva el número 9228 y fue presentada a las 14:42:51 del 04 de julio de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de noviembre de 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 21841.—(25511).

El señor Federico Rucavado Luque, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 1-839-188, vecino de San José, Elli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada POTENCIADORES DE RECEPTORES DE DEL GLUTAMATO.

La presente invención se refiere a compuestos de fórmula I: composiciones farmacéuticas de los mismos, y métodos para usar los mismos, procesos o preparación de los mismos e intermediarios de los mismos. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/04, cuyo(s) inventor(es) es (son) Thomas Daniel

Aicher, Dana Rae Benesh, María Jesús Blanxo-Pillado, Guillermo S. Cortez, Todd Michael Groendike, Albert Khilevich, James All-En Knobelsdorf, Jeffrey Michael Schheryantz, Frederik Pehr Marmsater, Tony Pisal Tang. La solicitud correspondiente lleva el número 9140, y fue presentada a las 13:11:21 del 22 de mayo de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de enero de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 21842.—(25512).

El señor Federico Rucavado Luque, mayor, abogado, cédula Nº 1-839-188, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Eli Lilly And Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR DE GLUCAGON, PREPARACIONES Y USOS TERAPÉUTICOS. La presente invención describe compuestos novedosos de la fórmula I o sales farmacéuticamente aceptables de los mismos los cuales tienen actividad antagonista del receptor de glucagón o actividad agonista inversa, así como métodos para usar estos compuestos e intermediarios y métodos para preparar tales compuestos. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 333 /24, cuyo(s) inventor(es) es (son) Mark Donald Chappell, Scott Eugene Conner, Allie Edward Tri.Pp, Guoxin Zhu. La solicitud correspondiente lleva el número 9304, y fue presentada a las 14:33:03 del 10 de agosto de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de enero de 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 21843.—(25513).

Pág 22 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

El señor Federico Rucavado Luque 1-839-188, en su condición de apoderado de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE VEGF-R2 Y MÉTODOS. La presente invención se refiere a compuestos que son inhibidores de VEGF-R2 de la fórmula y a métodos para usar estos compuestos. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 471/04, cuyo(s) inventor(es) es (son) David Anthony Barda, Timothy Paul Burkholder, Joshua Ryan Clayton, Yan Hao, Perry Clarl Heath, James Rober Henry, John Monte Knobeloch, David Mendel, John Alexander Mclean, David Michael Remick, Mark Eward Rempala, Zhao- Quing Wang, Yvonne Yee Mai Yip. La solicitud correspondiente lleva el número 9331, y fue presentada a las 13:00:05 del 22 de agosto de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de noviembre de 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 21845.—(25514).

El señor Federico Rucavado Luque, 1-839-188, en su condición de apoderado de Eli Lilly and Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIÓN MEJORADA DE UN INHIBIDOR DE AGREGACIÓN DE PLAQUETAS DE TIENQPIRIDINA. La presente invención se refiere a una formulación mejorada de un compuesto de fórmula I, procesos de manufactura y métodos para usarlo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4365, cuyo(s) inventor(es) es(son) Jeffrey Arthur Bick, David Brian Dziennik, Tamara Beth Edelman, Peter Lloyd Oren, Robert Louis Ternik. La solicitud correspondiente lleva el número 9573, y fue presentada a las 14:52:38 del 6 de diciembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de diciembre de 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 21846.—(25515).

El señor Federico Rucavado Luque, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 1-839-188, vecino de San José, Icos Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS ÚTILES PARA INHIBIR’CHK1. Los compuestos de urea substituidos útiles en el tratamiento de enfermedades y condiciones relacionadas a daño o lesiones del ADN en la replicación de ADN se describen. Los métodos para la fabricación de los compuestos y sus usos como agentes terapéuticos, por ejemplo, en el tratamiento de cáncer y otras enfermedades caracterizadas por los defectos en la replicación de ADN, segregación de cromosomas, o división celular, también se describen. La memoria descriptiva, reinvindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 403/12, cuyo(s) inventor(es) es(son) Frank Díaz, Francine S. Farouz, Edward A. Kesicki, Hua Chee Ooi, Alexander Rudolph, Frank Stappenbeck, Eugene D. Thorsett, Adam Wade Cook, Kimba L., Fischer, John Joseph Guadino, Ryan C. Holcomb. La solicitud correspondiente lleva el número 9395 y fue presentada a las 13:39:38 del 26 de setiembre de 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de enero de 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 21847.—(25516).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEl señor Alonso Castro Monge, mayor, abogado, cédula Nº 1-880-

534, en su condición de apoderado especial de Bticino S.P.A., de Italia, solicita el Modelo Industrial denominada APARATOS ELÉCTRICOS PARA MONTAJE EN LA PARED, EMPOTRABLES.

Aparatos eléctricos de empotrar, en particular la parte de éstos que queda visible después del montaje. Tal parte incluye una placa sustancialmente rectangular con los lados mayores rectilíneos y con los lados menores curvos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 13/03, cuyo inventor es Fabricio Fabrizi.

La solicitud correspondiente lleva el número 6788, y fue presentada a las 08:57:00 del 15 de octubre de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de diciembre de 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(24510).

El Alonso Castro Monge, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-880-534, vecino de San José, Bticino S.P.A., de Italia, solicita el Modelo Industrial denominada TAPA PARA APARATO ELÉCTRICO CON UNA ABERTURA GRANDE.

Este modelo se refiere a una tapa cobertora para aparatos eléctricos con una abertura grande en el centro. La tapa es sustancialmente rectangular, con todos sus lados rectilíneos, sus esquinas ligeramente curvas y su superficie ligeramente biselada. La abertura presenta una forma sustancialmente rectangular, con sus lados rectilíneos y esquinas ligeramente curvas, donde sus lados mayores se encuentran perpendiculares con los lados menores de la tapa referida. La memoria descriptiva,

reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 13/03, cuyo inventor es Fabricio Fabrizi. La solicitud correspondiente lleva el número 7475, y fue presentada a las 08:25:42 del 10 de setiembre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(24511).

El señor Alonso Castro Monge, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 1-880-534, vecino de San José, Bticino S.P.A., de Italia, solicita el Modelo Industrial denominada TAPA PARA APARATO ELÉCTRICO CON UNA O DOS ABERTURAS.

Se refiere a una tapa cobertora para aparatos eléctricos con una o dos aberturas. La tapa es sustancialmente rectangular, con todos sus lados rectilíneos, sus esquinas ligeramente curvas y su superficie ligeramente biselada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 13/03, cuyo inventor es Fabricio Fabrizi.

La solicitud correspondiente lleva el número 7477, y fue presentada a las 08:24:56 del 10 de setiembre de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(24512).

AMBIENTE Y ENERGÍAINSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 12770-P.—Basco S. A., solicita concesión por 0.05 litros por segundo del pozo RG-813, en La Garita, Alajuela, para uso en oficinas. Coordenadas, latitud 218.650 / longitud 505.050, Hoja Río Grande 34454-IV. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de enero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21552.—(25524).

Expediente Nº 12818P. Oasis Inversiones Latinoamericanas S. A. y otra, solicita concesión de 2,75 lps del pozo GO-52, efectuando la captación en finca en Paquera, Puntarenas, para uso agropecuario, consumo humano-riego y turístico. Coordenadas 213.400 / 342.210 hoja Golfo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21554.—(25525).

Expediente Nº 12815P. Ana Bolena Aguamarina Veintiuno S. A., solicita concesión de: 1,5 lps del pozo AR-18, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tilarán, Tilarán, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 281.625 / 428.050 hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21555.—(25526).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 12837-P.—Corporación Canadiense de Hotelería S. A., solicita concesión por 0.05 litros por segundo del pozo GO-99, en Paquera, provincia de Puntarenas, para uso doméstico y riego. Coordenadas: latitud 212.325 / longitud 433.500, hoja Golfo 3245-IV. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de marzo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(26122).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 23

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil-Departamento CivilOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 14107-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas quince minutos del doce de febrero del dos mil ocho. Benilda Vargas Alfaro, mayor, casada, cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y cinco-quinientos ochenta y seis, vecina de Sarchí, Valverde Vega, Alajuela; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento... en el sentido que la fecha de nacimiento es “veintisiete de abril de mil novecientos cuarenta y nueve”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a las partes interesadas con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión y hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 22173.—(25680).

AVISOSSECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalizaciónRita Lissette Batres Pivaral, mayor, soltera, maestra de preescolar,

guatemalteca, cédula de residencia Nº 240-127438-001532, vecina de San José, expediente Nº 2986-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 21 de diciembre del 2007.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(26242).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONESOBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDADCONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2008CD-000022-DO

Interconexión alcantarillado sanitario San Francisco-Zapote en elproyecto: Mejoramiento de la ruta nacional 204, sección:

Intersección ruta nacional 215-Intersección rutanacional 211 (Zapote-San Francisco)

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la contratación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas, de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 17 de abril de 2008 en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Asimismo, se estará efectuando reunión de preoferta el día 8 de abril del 2008 a las 10:00 horas, en el sitio del proyecto.

Los interesados en participar deberán adquirir los documentos de contratación a partir de la fecha indicada en esta invitación a participar; en la Unidad de Proveeduría y Suministros del CONAVI, previo depósito no reembolsable por la suma de tres mil colones (¢3.000,00) a favor del CONAVI, en la cuente corriente Nº 001-215447-1 del Banco de Costa Rica y la entrega del recibo de depósito correspondiente.

San José, 27 de marzo del 2008.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Luis Gerardo Leiva Mora, Jefe a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 19564).—C-12560.—(27864).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA REGISTRO NACIONALLICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000008-00100

Compra e instalación de generador para el sistemaeléctrico de emergencia del Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional, invita a participar en la licitación de referencia para la cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 29 de abril del 2008. El cartel correspondiente se encuenta disponible en Comprared en la página de Internet www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 26 de marzo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 49453).—C-7940.—(27812).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICALICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000014-01

Compra hasta doscientos (200) sistemas de potencia ininterrumpida(ups) de dos (2) kva de potencia, con entregas por

demanda para un periodo de tres añosLa Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá

ofertas por escrito, a las 10:00 horas del 16 de abril del 2008, para la “Compra hasta doscientos (200) sistemas de potencia ininterrumpida (ups) de dos (2) kva de potencia, con entregas por demanda para un periodo de tres años.”

El pliego de condiciones puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

La Uruca, 27 de marzo del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Pub. Nº 2005-2008).—C-7940.—(27813).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000015-01Compra hasta cien (100) proyectores multimedia, con entregas

por demanda para un periodo de dos añosLa Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá

ofertas por escrito, a las 14:00 horas del 16 de abril del 2008, para la “Compra hasta cien (100) proyectores multimedia, con entregas por demanda para un periodo de dos años”.

El pliego de condiciones puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

La Uruca, 27 de marzo del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(Pub. Nº 2007-2008).—C-7940.—(27814).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000030-PCAD

Construcción de un local para ser arrendado al Banco Popular,con el fin de instalar una oficina de negocio bancario

en la localidad de Florencia de San CarlosEl Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y

de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública Nº 2008LN-000030-PCAD. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la sede central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 25 de abril del 2008.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nº 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio metropolitano, con un horario de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m. a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 26 de marzo del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(27395).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

DR. RAÚL BLANCO CERVANTESOFICINA DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-HBC2202Abarrotes, pastas y mezclas para fresco

(Por periodo de un año con posibilidad de tres prórrogas)La Oficina de Compras del Hospital Nacional de Geriatría

y Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes con autorización de la Administración General, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas del día 28 de abril del 2008.

Las bases del concurso están a disposición de los oferentes en la Oficina de Compras, sótano norte del Hospital de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 12:00 m. d., o en la dirección electrónica http//www.ccss.sa.cr.

El cartel tiene un costo de ¢240,00 (doscientos cuarenta colones exactos).

San José, 25 de marzo del 2008.—Lic. José María Romero Jiménez, Subadministrador General.—1 vez.—(27344).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000028-PROV

Adquisición de servidor de base de datosEl Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en

la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 30 de abril del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

Pág 24 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Requerimiento: Adquisición de servidor de base de datos.Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán

adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 27 de marzo del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-9920.—(27855).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000031-PROVAdquisición de herramientas manuales

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 29 de abril del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Adquisición de herramientas manuales.Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán

adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 27 de marzo del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-9920.—(27856).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000033-PROVServicio de limpieza de oficinas, bodegas, patios

y aulas de la DTDEP en el Plantel de ColimaEl Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en

la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 30 de abril del 2008, en la Proveeduría de este Instituto. Sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Servicio de limpieza de oficinas, bodegas, patios y aulas de la DTPEP en el Plantel de Colima.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 27 de marzo del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-11240.—(27857).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000035-PROVAdquisición de escaleras de varios tipos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 30 de abril del 2008, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: Adquisición de escaleras de varios tipos.Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán

adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 27 de marzo del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-9920.—(27858).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-ARESEP

Adquisición de hardware, software y servicios profesionalespara la implementación de Microsoft Exchange

La Proveeduría de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del 29 de abril del 2008, para la “Adquisición de hardware, software y servicios profesionales para la implementación de Microsoft Exchange”.

Las especificaciones técnicas y las condiciones generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser accesadas en la página de la ARESEP, www.aresep.go.cr., en la opción la institución, proveeduría, servicios, contrataciones, licitaciones.

Para mayor información pueden llamar al teléfono 220-0102, extensión 150-151, o a los correos electrónicos [email protected], [email protected].

San José, 25 de marzo del 2008.—Jorge Romero Vargas, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 20249).—C-9260.—(27811).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008-00002-01Limpieza y mantenimiento de vías, alcantarillado pluvial

y áreas públicas de los distritos de Mercedes, San Franciscoy Ulloa del cantón central de Heredia

La Proveeduría Municipal invita a los diferentes proveedores a participar del siguiente concurso de contratación. Los interesados favor apersonarse al Departamento de Proveeduría Municipal ubicado en el costado oeste del Liceo de Heredia para la acepción del cartel, cuyo costo será de ¢20.000,00 y podrá ser retirado a partir de la presente publicación.

Se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del miércoles 7 de mayo del 2008, y posterior se hará el acto de apertura de las mismas.

Heredia, 26 de marzo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal a. í.—1 vez.—(27847).

MUNICIPALIDAD DE BELÉNLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-01

Contratación de servicios de limpieza en los edificios municipalesLa Municipalidad de Belén, invita a participar en la Licitación

Abreviada Nº 2008LA-000002-01, “contratación de servicios de limpieza en los edificios municipales”.

La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de la misma será el día 23 de abril del 2008, hasta las 10:00 horas, solo se tomará en cuenta el reloj de la Unidad de Bienes y Servicios.

La apertura será realizada en las oficinas centrales de la Municipalidad de Belén, en la misma fecha y hora antes señaladas.

Las especificaciones técnicas y condiciones generales, pueden retirarse en la Unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, sita costado este del templo católico de San Antonio de Belén, en los altos de zapatería Michell.

El costo del cartel es de ¢1.000,00 (Mil colones con 00/100).San Antonio de Belén, Heredia, 27 de marzo del 2008.—Área

Administración Financiera.—Alexander Venegas Cerdas, Director a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 24569).—C-9920.—(27861).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000006-01Contratación de notarios públicos para la realización de estudios

registrales, confección e inscripción de escrituras públicasy otros actos notariales en apoyo a la Dirección Jurídica

y que requiera la Municipalidad de BelénLa Municipalidad de Belén, invita a participar en la Licitación

Abreviada Nº 2008LA-000006-01, “Contratación de notarios públicos para la realización de estudios registrales, confección e inscripción de escrituras públicas y otros actos notariales en apoyo a la Dirección Jurídica y que requiera la Municipalidad de Belén”.

La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de la misma será el día 24 de abril del 2008, hasta las 10:00 horas, solo se tomará en cuenta el reloj de la Unidad de Bienes y Servicios.

La apertura será realizada en las oficinas centrales de la Municipalidad de Belén, en la misma fecha y hora antes señaladas.

Las especificaciones Técnicas y Condiciones Generales, pueden retirarse en la Unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, sita costado este del templo católico de San Antonio de Belén, en los altos de zapatería Michell.

El costo del cartel es de ¢1.000,00 (Mil colones con 00/100).San Antonio de Belén, Heredia, 27 de marzo del 2008.—Área

Administración Financiera.—Alexander Venegas Cerdas, Director a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 24569).—C-9920.—(27862).

ADJUDICACIONESCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN PENSIONESCONCURSO Nº GDP-LP-01-2006

Contratación de notarios externos para la formalizaciónde escrituras constitutivas de créditos hipotecarios

La Dirección Financiera Administrativa de la Gerencia División Pensiones de la CCSS, comunica a los interesados en el presente concurso, que por acuerdo de la Junta Directiva, en artículo 2º, de la sesión Nº 8234, celebrada el 13 de marzo del 2008, se resuelve adjudicar de la siguiente manera:

Ítem único: Contratación de notarios externos para la formalización de escrituras constitutivas de créditos hipotecarios.Nº Nº oferta Oferente1 01 Luis Alberto Sáenz Zumbado2 09 Lindy Viviana Acuña Benavides3 15 Albán Sing Villalobos4 16 Andrea Valverde Barahona5 19 Amado Hidalgo Quirós

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 25

Nº Nº oferta Oferente6 20 Mario Alberto Sánchez Hernández7 25 Lucía Odio Rojas8 26 Marvin Josué Villagra López9 38 Edgar Alberto Arroyo Quesada10 41 Óscar Arias Valverde11 42 Noemy Zulay Línkemer Fonseca12 44 Guillermo Sandí Baltodano13 46 Jorge Iván Calvo León14 47 Anabelle López Delgado15 48 José Rafael Vargas Zúñiga16 49 Jimmy Enrique Ramos Corea17 51 Javier Alberto Acuña Delcore18 52 Ever Vargas Araya19 55 Juan Luis Vargas Alfaro20 56 Nidia Odalisca Shadid Gamboa21 62 Mario Alberto Ortiz Mazza22 70 Azarías Barrantes Delgado23 71 Silvia Gómez Pacheco24 73 Randall Quirós Bustamante25 76 Sandra María Monge Rodríguez26 79 Gerardo Mora Salas27 80 Óscar Vargas Jiménez28 82 Guillermo Salas Campos29 85 Livia Meza Murillo30 87 Sergio Leiva Urcuyo31 89 Álvaro Gallardo Jiménez32 90 Stanley Muñoz Sánchez33 95 Humberto Ignacio Piedra Hernández34 96 Sonia Madrigal Fernández35 97 Josefa Pastora Rodríguez36 99 Guillermo Azuola Valls37 100 Guillermo Salas Brenes

El expediente respectivo se encuentra a disposición para cualquier consulta en la Dirección Financiera Administrativa, Gerencia División Pensiones, CCSS, 2° piso, del edificio Jorge Debravo, de 8:30 a. m. a 12 m. d. y de 2:00 p. m. a 4:00 p. m.

Esta Administración aclara que la posición de los oferentes en el cuadro de adjudicación obedece al orden de presentación de ofertas, por lo que deberá tenerse en cuenta el orden establecido según la calificación otorgada por la Comisión de Análisis Técnico, para los efectos que se requiera.

Garantía de cumplimiento: deberá rendirse por la suma de ¢300.000,00; según lo estipulado en el cartel de licitación, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, con vigencia de 16 meses.

San José, 25 de marzo del 2008.—Dirección Financiera Administrativa.—Lic. Gustavo Picado Chacón, Director.—1 vez.—(27851).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDADLICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000013-PROV

Contratación de servicios de seguridady vigilancia Región Huetar Norte

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación pública nacional, arriba mencionada, que la Subgerencia Administrativa Institucional, mediante nota 5001-0344-2008 del 25 de marzo de 2008, acordó readjudicar la licitación pública nacional Nº 2007LN-000013-PROV de la siguiente manera:A: Seguridad Alfa S. A.—(Oferta Nº 1).

Contratación servicios de seguridad y vigilancia para cubrir instalaciones ICE ubicadas en la Región Huetar Norte.

Monto mensual: ¢21.415.679,10.Monto anual: ¢256.988.149,20.Período: 1 año.Plazo de inicio: No mayor a ocho días hábiles a partir de la notificación

de la orden de servicio.Período del contrato: Un año prorrogable por períodos iguales hasta

completar cuatro años.Modalidad y forma de pago: Efectivo 30 días contra presentación de

facturas, previa autorización del administrador del contrato.Garantía de cumplimiento: 10% del valor total adjudicado con

una vigencia mínima de 17 meses a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 27 de marzo del 2008.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-18500.—(27815).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOSY ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000018-PRICompra 2.000.000 kilogramos de Sulfato de Aluminio

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante acuerdo de junta directiva Nº 2008-123, se adjudica la Licitación Pública Nacional 2007LN-000018-PRI “Compra 2.000.000 kilogramos de Sulfato de Aluminio” a:COPRODESA a nombre de Metalquímica S. A.—(Oferta Nº 1). Unidad de Precio PrecioPosición medida Cantidad Descripción unitario $ total $

1 Kilogramo 2.000.000,00 Sulfato de Aluminio Granulado 0.378 756.000,00 Valor total DDP 756.000,00

Monto total adjudicado $756.000,00 (Setecientos cincuenta y seis mil dólares con 00/100).

Condiciones:Precios: Firmes, definitivos e invariables.Forma de pago: Letra Bancaria contra entrega del producto según el

artículo 18, inciso e) del cartel.Plazo de entrega: 500 toneladas 30 días después de notificado el

pedido al proveedor, para lo cual el adjudicatario tendrá un plazo de 30 días naturales para completar esta primera entrega. Las restantes entregas deberán hacerse durante la primera semana de cada mes: Se entregarán 300 toneladas con intervalo de 2 meses hasta completar la totalidad adjudicada, o de acuerdo con las necesidades institucionales.

Lugar de entrega: En la bodega del Plantel de Guadalupe y en la planta alta de Tres Ríos, en cuyo caso se notificará al adjudicatario con dos semanas de anticipación el lugar designado.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.San José, 27 de marzo del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic.

Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(27787).

AVISOSJUNTA ADMINISTRATVA DEL SERVICIOELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

LICITACIÓN Nº 2007LA-000021-01Mantenimiento de aires acondicionados

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados en la Licitación arriba mencionada que la Líder de la UEN de Apoyo de JASEC mediante oficio Nº 89-UEN-A-2008 acordó adjudicarla de la siguiente manera:

A la Oferta Nº 1 presentada por Multisa S. A., mantenimiento preventivo y correctivo de todos los equipos de aire acondicionado que posee JASEC en las diferentes instalaciones (56 unidades a la fecha) con un plazo de un año prorrogable por tres períodos iguales, la estimación económica del contrato es $7.418,00 que al tipo de cambio vigente de ¢497,91 equivale a ¢3.693.496,38. Forma de pago transferencia bancaria a 30 días según servicios brindados y cronograma o plan de trabajo.

Cartago, 27 de marzo del 2008.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(Solicitud Nº 11022).—C-7940.—(27816).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE CARRILLO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000004-01Alquiler de recolector de basura para el servicio de recolección

y acarreo de desechos sólidos generados por el cantónCarrillo hacia el vertedero municipal de Liberia

La Alcaldía resuelve: Adjudicar parcialmente la oferta de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000004-01, “Alquiler de recolector de basura para el servicio de recolección y acarreo de desechos sólidos generados por el cantón Carrillo hacia el vertedero municipal de Liberia”, a favor de la empresa Recolectora Ambiental de Basura Sociedad Anónima por un monto de veinte millones de colones exactos. Notifíquese.

Filadelfia, 25 de marzo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 6408).—C-9920.—(27817).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OROLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-01

Adquisición de materiales para la construcción de un tanqueen concreto para almacenamiento de agua potable, con

capacidad de 500 metros cúbicos, para el acueductode la ciudad de Miramar, Montes de Oro

La Municipalidad de Montes de Oro, resuelve adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000001-01, al señor Josué Rolando Cruz Mora, cédula de identidad Nº 2-607-676, por un monto de ¢25.081.385,00; (veinticinco millones ochenta y un mil trescientos ochenta y cinco colones con 00/100).

Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(27416).

Pág 26 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-01Contratación de mano de obra para la contratación de un tanque

en concreto, para almacenamiento de agua potable, concapacidad de 500 metros cúbicos, del acueducto

de la ciudad de Miramar, Montes de OroLa Municipalidad de Montes de Oro, resuelve adjudicar la Licitación

Abreviada 2008LA-000002-01, al señor Juan Gerardo Arroyo Alvarado, cédula de identidad Nº 6-153-272, por un monto de ¢21.780.000,00; (veintiún millones setecientos ochenta mil colones 00/100).

Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria Municiapl.—1 vez.—(27417).

FE DE ERRATASAGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIOLICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000003-07

Compra e instalación de compresor pararefrigeración tipo tornillo

La Proveeduría del PIMA en aplicación del artículo 87 del Reglamento a la Ley General de Contratación Administrativa, comunica al público en general que se ha ampliado el periodo para la adjudicación de la Licitación Abreviada 2008LA-000003-07, por un plazo de 20 días hábiles adicionales al plazo originalmente reservado para este fin. Esta decisión se toma en virtud de la complejidad resultante del análisis de las ofertas presentadas en este concurso.

Heredia, 26 de marzo del 2007.—Firma ilegible.—1 vez.—(27351).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONALLICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000006-00100

Compra de equipo de cómputo para el Registro NacionalLa Proveeduría General del Registro Nacional, avisa a todos los

interesados en la licitación antes mencionada, que por recurso de apelación presentado ante la Contraloría General de la República, la fecha de apertura se traslada para el día 18-4-08 a las 9:00 a. m.

Las demás condiciones permanecen invariables.San José, 26 de marzo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—

Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 49456).—C-7940.—(27818).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROSLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-1080006-UL (Modificaciones)

Vehículos de extinción de incendio y de rescateSe comunica a los interesados en la presente contratación, cuyo

invitación a participar se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 46 del cinco de marzo del 2008, las siguientes modificaciones al pliego de condiciones:

1. Capítulo I Aspectos Técnicos, Aparte I Descripción del Requerimiento, Inciso J Caja de cambios y Q Panel de instrumentos del sistema de Bombeo, del Renglón Nº 01. deberán leerse de la siguiente manera:J. Caja de cambios:

Debe leerse:1. De acción automática, diseñada para vehículo pesado y acorde con la

relación peso-potencia ofertada, fabricada y diseñada especialmente para unidades extintoras, configurada para que al acoplar el sistema de bombeo, entre directa y automáticamente la velocidad recomendada por el fabricante, y operar en óptimas condiciones el sistema de bombeo.Q. Panel de instrumentos del sistema de bombeo:

Debe leerse:d) El Sistema de Espuma, debe ubicarse en un área debidamente

diferenciada del panel de instrumentos del sistema de bombeo, todos los controles del sistema de espuma, el indicador del nivel de espumógeno en el tanque y estarán la placa metálica con los porcentajes de dosificación según la descarga y porcentaje de aplicación del espumógeno (1, 3 y 6 por ciento) y el resumen de las instrucciones en idioma español.

2. Capítulo I Aspectos Técnicos, Aparte I Descripción del Requerimiento, Inciso M Chasis, numeral 3 del Renglón Nº 02. deberá leerse de la siguiente manera:

M. Chasis:Debe leerse:

3. El vehículo contará con un cabrestante (wincher) eléctrico o mecánico, debidamente instalado en la parte frontal, el que debe tener capacidad de arrastre directo y sin utilizar aparejos, igual o superior a 10.000 kg, con mando manual y cable extraflexible del tipo aeronáutico, con una longitud mínima de 20 metros. El cable deberá tener una resistencia equivalente a la capacidad del cabrestante más un 25%.

3. Capítulo I Aspectos Técnicos, Aparte I Descripción del Requerimiento, Inciso F Sistema de freno auxiliar tipo hidráulico, del renglón Nº 02, deberá eliminarse en su totalidad dicho inciso:Eliminar en su totalidad:

F. Sistema de freno auxiliar tipo hidráulico: El vehículo, adicionalmente, debe estar provisto de un sistema de freno auxiliar compatible con la caja de cambios. Del tipo retardador hidráulico, aplicado a la barra de transmisión o a la caja de cambios, con una capacidad de frenado suficiente para el vehículo ofrecido totalmente cargado. Dotado de un control manual, para ser accionado desde la cabina del conductor, con no menos de 4 escalas de frenado y con sistema de enfriamiento con agua (Si es a la barra) por medio de intercambiador de calor debidamente instalado en el vehículo. Indicar características del sistema ofrecido y aportar catálogo.Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.Departamento Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—

1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-35000.—(27850).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALCENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DR. HUMBERTO ARAYA ROJASCONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2008CD-000030-2203

Acarreo de desechos sólidos hospitalariosLa Unidad de Compras con autorización de la Dirección Médica, les

comunica que se amplía la apertura del siguiente concurso: Contratación Directa Nº 2008CD-000030-2203, acarreo de desechos sólidos hospitalarios. La fecha y hora máxima para recibir ofertas será el 7 de abril del 2008 a las 10:30 a. m horas.

El cartel y las especificaciones técnicas para este concurso, se encuentran a la venta en la recepción de la Unidad de Compras. Los cupones para la adquisición del cartel, están a la venta en la caja chica de este centro. Valor del cartel ¢100,00. (Cien colones con cero céntimos).

San José, 26 de marzo del 2008.—Unidad de Compras.—Kattya Ortiz González, Jefa.—1 vez.—(27680).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOSLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000017-1142 (Aviso Nº 1)

Películas radiográficas de 20.32 x 25.40 cm(8 x 10 pulgadas) no interfoliadas

A los interesados en el presente concurso, se les comunica que la misma se prorroga para el día 8 de abril del 2008 a las 11:00 horas.

El resto del cartel permanece invariable.San José, 27 de marzo del 2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma

Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7940.—(27819).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000018-1142 (Aviso Nº 1)Películas radiográficas 35.56 cm x 35.56 cm

(14 x 14 pulgadas)Se les informa a todos los interesados en participar en este concurso,

que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el día 8 de abril del 2008 a las 12:00 horas.

Demás especificaciones se mantienen invariables.San José, 27 de marzo del 2008.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma

Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7940.—(27820).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONASUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENASLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-JUDESUR

Ampliación de plazo demarcación total de áreas deparqueos Depósito Libre Comercial de Golfito

La Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas (JUDESUR), comunica a todos los interesados en participar en la Licitación de referencia que se ha ampliado el plazo para recepción de ofertas hasta las 14:00 horas del día 10 de abril del 2008.

Adicionalmente, se les informa que se han efectuado aclaraciones al pliego cartelario. Asimismo, se les avisa que los términos de esas aclaraciones pueden retirarse en la Proveeduría de JUDESUR, comunicándose a los teléfonos 775-1811 y 775-0496, con la extensión 133. Fax: 775-1884.

Proveeduría.—Bach. Fresia Loáiciga Sánchez, Proveedora.—1 vez.—(27350).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 27

REGLAMENTOS

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONALREGLAMENTO DE CUENTAS POR COBRAR

DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA DELREGISTRO NACIONAL

Considerando:I.—Que conforme el artículo tercero de la Ley de Creación del

Registro Nacional Nº 5695, el Registro Nacional está dirigido por una Junta Administrativa que tendrá dentro de sus funciones generales, el preparar los proyectos de ley y dictar los Reglamentos internos necesarios para establecer las medidas de organización y marcha de sus dependencias en procura de su mejor desempeño.

II.—Que con el fin de garantizar una mayor eficiencia en las labores administrativas que realiza la Junta Administrativa del Registro Nacional, resulta necesario regular el procedimiento de cobro administrativo y judicial, respecto a las obligaciones pendientes de pago o vencidas, a favor de la Junta Administrativa del Registro Nacional, procurando de tal forma, el máximo aprovechamiento de los fondos públicos que la Junta Administrativa está llamada a custodiar como un buen padre de familia.

III.—Que conforme lo establece el artículo 3º siguientes y concordantes de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8244 y la Convención Interamericana Contra la Corrupción Ley Nº 7670 del 17 de abril de 1997, el funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público, así como administrar los recursos públicos con apego a principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.

IV.—Que conforme lo señalado en los artículos 8º y 10 de la Ley General de Control Interno Nº 8292 y el Manual de Normas Generales de Control Interno, la Administración activa, debe llevar a cabo una serie de controles internos para proporcionar seguridad en la protección y conservación del patrimonio público, contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal, exigir confiabilidad y oportunidad de la información, garantizar eficiencia y eficacia en las operaciones y cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico, para lo cual se deberán realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.

V.—Que en sesión ordinaria Nº 06-2008 celebrada el día siete de febrero del dos mil ocho, la Junta Administrativa del Registro Nacional en el ejercicio de sus funciones otorgadas por el artículo 3º, inciso e) de la Ley de Creación del Registro Nacional, Nº 5695 de 28 de mayo de 1975, aprueba por unanimidad el “Reglamento de Cuentas por Cobrar de la Junta Administrativa del Registro Nacional”. Por lo tanto, emite el siguiente:

REGLAMENTO DE COBRO ADMINISTRATIVOY JUDICIAL DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA

DEL REGISTRO NACIONALCAPÍTULO I

Del objeto y definicionesArtículo 1º—Objeto y ámbito de aplicación. El presente Reglamento

tiene como objeto establecer las normas de Cobro Administrativo y Judicial, así como la formalización de arreglos de pago, en todos los casos en los que la Junta Administrativa figura como acreedor de cuentas por cobrar contraídas con personas físicas o jurídicas.

Artículo 2º—Definiciones. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

a) Arreglo extrajudicial: Acuerdo entre las partes para la cancelación total o parcial de la obligación sin que medie la intervención del Juez, cuando el cobro se encuentre en la vía judicial.

b) Arreglo de pago: El acuerdo entre las partes (El sujeto pasivo y la Junta Administrativa del Registro Nacional) sea en la vía administrativa o judicial de cobro, en el que ambos convienen en que la deuda del primero sea cubierta en condiciones especiales, es decir en cuotas cuyos montos y plazos se establecen en este Reglamento.

c) Asesoría jurídica: Departamento de Asesoría Jurídica del Registro Nacional. Área responsable del proceso de cobro judicial una vez agotadas las diligencias de cobro administrativo y de arreglo extrajudicial.

d) Cobro administrativo: Toda gestión cobratoria realizada por el Departamento Financiero del Registro Nacional cuando así se requiera, tendiente a cobrar todas aquellas cuentas a favor de la Junta Administrativa del Registro Nacional. Esta gestión será siempre previa al planteamiento de la acción jurisdiccional correspondiente.

e) Cobro extrajudicial: Todas las gestiones de cobro realizadas por la Asesoría Jurídica, para la cancelación de las obligaciones vencidas, previo a iniciar la gestión judicial correspondiente.

f) Cobro judicial: Las diligencias de cobro coactivas tendientes a la máxima recuperación de los montos que se adeudan y que se realizan a través de la interposición de acciones judiciales planteadas en los Tribunales de Justicia, posterior al agotamiento de las gestiones de cobro administrativo, por parte del Departamento Financiero y la Asesoría Jurídica.

g) Cuentas incobrables: Aquellas obligaciones que no es posible recuperarlas ya sea por aspectos técnicos o legales.

h) Departamento Financiero: El Departamento Financiero del Registro Nacional.

i) Departamento de Transportes: El Departamento de Trasportes del Registro Nacional.

j) Dirección: Dirección Administrativa.k) Junta Administrativa: Junta Administrativa del Registro Nacional.l) Morosidad: La no cancelación oportuna de los montos cobrados

por la prestación de los diferentes servicios, así como aquellas obligaciones provenientes de un arreglo de pago incumplido.

m) Reglamento: El Reglamento de cuentas por cobrar de la Junta Administrativa del Registro Nacional.

n) Sujeto pasivo: La persona, física o jurídica, obligada al cumplimiento de la obligación vencida o pendiente de pago a favor de la Junta Administrativa del Registro Nacional.

CAPÍTULO IIGestión de cobro administrativo y judicial

Artículo 3º—La responsabilidad del proceso de gestión de cobro administrativo, recae en la Dirección Administrativa, por medio del Departamento Financiero, sin perjuicio de que otras áreas pertinentes de la misma participen de dicha gestión sea de forma directa a solicitud de la Dirección o bien a través de lineamientos o directrices normativas o administrativas sobre el particular.

Artículo 4º—La Dirección Administrativa, tendrá entre sus funciones de cobro administrativo las siguientes:

a) Registrar las cuentas por cobrar según sea el concepto, verificar los pagos y acreditar la existencia de saldos deudores de la misma.

b) Dirigir, coordinar y controlar las acciones de cobro administrativo en coordinación con el Departamento Financiero.

c) Prevenir administrativamente el cobro de las operaciones que presenten estado de morosidad, de conformidad con el plazo establecido por la Junta Administrativa.

d) Promover, formular y recomendar la aceptación o no de los arreglos de pago en sede administrativa con los sujetos pasivos, que así lo soliciten y cumplan con los requisitos que se estipulen para tal efecto, los cuales deberán ser aprobados por la Junta Administrativa.

e) Remitir a la Asesoría Jurídica, el expediente administrativo conformado al efecto referente a todas aquellas deudas de los sujetos pasivos morosos, en cuyo caso no haya sido posible el pago respectivo o bien la materialización de un arreglo de pago, a efecto que la Asesoría Jurídica diligencie el trámite de cobro judicial, una vez finiquitados los trámites previstos en este Reglamento.

f) Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y aplicar sus disposiciones ante un eventual incumplimiento u omisión del mismo.

g) Llevar y mantener un archivo de los expedientes administrativos de cada proceso administrativo que se tramite.Artículo 5º—La Asesoría Jurídica será la encargada de toda la

gestión de cobro judicial, respecto de la recuperación de los montos que se adeudan interponiendo las acciones judiciales correspondientes ante los Tribunales de Justicia, posterior al agotamiento de las gestiones de cobro administrativo. Además será responsable de formalizar con el apoyo del Departamento Financiero los arreglos de pago respecto de los montos que se encuentren en proceso de cobro judicial.

CAPÍTULO IIIDel proceso de cobro administrativo

Artículo 6º—El Departamento Financiero, por medio del Equipo de Tesorería, será el responsable directo de gestionar el cobro administrativo, utilizando la tecnología y medios pertinentes con eficacia y eficiencia, para lo cual, la instancia administrativa requirente de dicho cobro administrativo, deberá informar y remitir la documentación pertinente a la Unidad de Tesorería con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la deuda.

Artículo 7º—La gestión de recordatorio de cobro, por parte de la Unidad de Tesorería, se hará con quince días hábiles de antelación al vencimiento de la deuda, mediante un requerimiento de pago por escrito, Estos requerimientos serán comunicados vía correo, telegrama, personalmente, fax, correo electrónico o por cualquier otro medio que autorice la ley.

Artículo 8º—Transcurrido el plazo de quince días hábiles, indicado en el artículo anterior y sin que se cancele lo adeudado, se procederá por segunda y última vez a comunicarle por escrito al sujeto pasivo su obligación de pago, por encontrarse la deuda vencida, para lo cual se otorgará un plazo definitivo de quince días hábiles a efecto de ejecutar el pago.

Artículo 9º—Vencido el plazo otorgado en el segundo y último requerimiento de pago para cancelar la deuda y al no haberse cancelado ésta en tiempo y forma, el Departamento Financiero deberá informar a la Dirección Administrativa acerca de la gestión de cobro administrativo y ésta a su vez, emitirá el requerimiento cobratorio, adjuntando certificación de todo el expediente de cobro administrativo levantado al efecto y lo remitirá a la Asesoría Jurídica para el trámite del cobro judicial correspondiente, agotando así, la Dirección Administrativa el proceso de cobro administrativo.

Pág 28 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Artículo 10.—De previo a la remisión del expediente a la Asesoría Jurídica, para su trámite pertinente, el Departamento Financiero deberá cumplir con lo siguiente:

1. En caso de sentencia judicial firme, la cual ha sido de conocimiento del Departamento Financiero, dicha instancia, deberá remitir dicha sentencia ejecutoria ante el Departamento de Asesoría Jurídica, para los trámites pertinentes.

2. Remitir el expediente administrativo completo debidamente foliado.3. El Área Financiera deberá confeccionar un examen de costo beneficio

de la petición cobratoria judicial, para los casos de Declaratoria de Cuentas Incobrables, tal y como lo estipula el numeral 25 de este mismo cuerpo normativo, el cual será actualizado cada mes de enero del año siguiente, de conformidad con el IPC (Índice de Precios al Consumidor) del Banco Central de Costa Rica.

4. En el caso de las Municipalidades que adeudan un saldo en descubierto correspondiente al 3% por concepto de pago del Impuesto Territorial sobre Bienes Inmuebles, se debe enviar la información en donde conste los montos abonados por ese concepto y los intereses a la fecha de la solicitud.Artículo 11.—En caso de daños a vehículos institucionales de previo

a la remisión del expediente a la Asesoría Jurídica, para el trámite pertinente el Departamento de Transportes deberá aportar al expediente las facturas por reparación y mano de obra, así como un informe del tiempo en que el vehículo no pudo prestar el servicio para el que fue destinado.

CAPÍTULO IVDel proceso de cobro judicial

Artículo 12.—Recibido el requerimiento cobratorio y la certificación respectiva, la Asesoría Jurídica deberá interponer el proceso judicial ejecutivo, dentro del término de quince días naturales, salvo que por razones debidamente justificadas ameriten dicho planteamiento en un plazo mayor. En todo caso, la redacción del título ejecutivo se hará conforme la información más actualizada posible, en resguardo de los intereses patrimoniales de la Junta Administrativa.

Artículo 13.—En cuanto al planteamiento, dirección, consecución y finalización del proceso el o los abogados directores contarán con todas las facultades y obligaciones que al efecto confiere la legislación vigente. Los abogados de la Asesoría Jurídica, no podrán transar, conciliar o comprometer en arbitrio sin la autorización previa de la Junta Administrativa.

Artículo 14.—En toda demanda judicial se solicitará el embargo de bienes muebles e inmuebles si los hubiere, cuentas de ahorro y corrientes, cajas de seguridad y demás valores bancarios, derechos en general y acciones del deudor y sus fiadores o avalistas, estos dos últimos si los hubiere.

Artículo 15.—La Asesoría Jurídica informará tanto a la Dirección Administrativa como a la Junta Administrativa, acerca de los embargos decretados, señalamiento de fecha para remate, tomas de posesión de bienes rematados, sentencias firmes, así como cualquier otro acto cuya importancia requiera su comunicación. La comunicación respectiva se verificará dentro del plazo máximo de ocho días hábiles luego de notificada la actuación o resolución judicial correspondiente.

Antes de iniciar acciones en la vía judicial, el Departamento de Asesoría Jurídica, dirigirá al deudor nota de apercibimiento otorgando un plazo no mayor de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la misma, a fin de que cancele la deuda o presente oferta de arreglo de pago, la cual en caso de realizarse será sometida a la aprobación de la Junta Administrativa, independientemente del monto de la obligación.

Artículo 16.—La finalización anormal o anticipada del proceso de cobro judicial procederá cuando se haya formalizado un arreglo de pago a satisfacción de las partes y se hayan cancelado las costas personales y procesales generadas en razón del respectivo proceso ejecutivo. La Asesoría Jurídica suspenderá el proceso judicial hasta por dos meses, cuando así se lo solicite la Junta Administrativa o el Departamento Financiero, éste último por orden expresa de la Junta Administrativa, en el tanto se esté en estudio de una propuesta de arreglo de pago planteada por el deudor. La solicitud de suspensión será planteada al Juzgado correspondiente por ambas partes y en el término de la misma no se levantará ningún embargo que hubiese sido decretado.

CAPÍTULO VDe los arreglos de pago y recaudación de deudas

Artículo 17.—Procederá el arreglo de pago en toda gestión de cobro administrativo y/o judicial, en que el deudor moroso lo solicite, ante la Junta Administrativa, siempre que se encuentren debidamente legitimados para aprobar un arreglo o plan de pagos, con las garantías y demás condiciones que así se requieran para el caso en particular. No obstante la Junta Administrativa no podrá condonar ni intereses ni capital.

Artículo 18.—No procederá la formalización de arreglo de pago alguno, en relación con los montos provenientes de un arreglo de pago incumplido.

Artículo 19.—Procederá el arreglo de pago, en el tanto se cumplan los siguientes requisitos:

a) Cancelar el porcentaje de la deuda en estado de morosidad que determina la Junta Administrativa, pago que se imputará a intereses vencidos, por vencer y finalmente a capital.

b) Cancelar las costas procesales y personales irrogadas en relación con la prosecución del juicio, en caso de que las hubiere.

c) Constituir una garantía suficiente a juicio de la Junta Administrativa, que cubra el monto adeudado, más los intereses vencidos. En cuanto a la tasa de interés que rija respecto del arreglo de pago, será la misma definida por la Junta Administrativa, respecto de la morosidad y la tasa básica pasiva dictada por el Banco Central de Costa Rica.

d) Haber entregado los documentos solicitados por la parte acreedora, respecto de la formalización del arreglo de pago.Artículo 20.—Cuando haya un arreglo de pago en proceso de

formalización, el abogado actuando bajo requerimiento de la Junta Administrativa, podrá suspender en forma provisional el proceso hasta por el término de dos meses, sin que ello implique el levantamiento de los embargos practicados. Si dentro de ese plazo no se concretare la formalización del arreglo, el proceso judicial continuará su curso normal.

Artículo 21.—La terminación del proceso judicial a instancia del deudor, procederá solo cuando el mismo formalice arreglo de pago con la Junta Administrativa o cancele de forma total la deuda contraída.

Artículo 22.—Cualquier arreglo de pago, respecto de montos que se encuentren en proceso de cobro judicial se tramitará a través de la Asesoría Jurídica, misma que actuará bajo las instrucciones que se le giren al respecto por parte de la Dirección General en coordinación con la Junta Administrativa; lo anterior a efecto de que se incluyan en el mismo el importe de las costas procesales y personales causadas. Aquellos asuntos que no hayan sido presentados al Juzgado respectivo no generarán honorario alguno, salvo el reconocimiento por parte del deudor de todo aquel gasto en que se haya incurrido.

CAPÍTULO VICasos en que procede el procedimiento

ordinario administrativoArtículo 23.—El objetivo del Procedimiento Ordinario

Administrativo, es la verificación e instrucción de la verdad real de los hechos que se presumen garantizando al administrado el derecho al debido proceso y la defensa previa conforme al régimen jurídico de conformidad con los artículos 214, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de Administración Pública.

Artículo 24.—El Procedimiento Ordinario Administrativo, a solicitud de la Dirección Administrativa le corresponderá a la Asesoría Jurídica, siempre y cuando el Departamento Financiero haya realizado el cobro administrativo correspondiente de acuerdo con el presente Reglamento.

CAPÍTULO VIIDe la declaratoria de cuentas incobrables

Artículo 25.—El Área Financiera, de conformidad con lo establecido en el punto tercero del artículo décimo del presente Reglamento, al realizar el análisis de costo beneficio de la petición cobratoria judicial, deberá contemplar al menos, los siguientes factores de importancia:

a) Examen de la magnitud de la deuda.b) Existencia o inexistencia de bienes del deudor.c) Bienes sobregravados o gravados en exceso.d) Costo probable de la ejecución o bien de la interposición de las

acciones judiciales.Indicación de los obstáculos materiales con que se cuenta, tales como

deudor no localizable, deudor sin actividades, inexistencia de bienes, deudor en quiebra, documentos sustentorios erróneos. En estos caos y cuando así procediere la Asesoría Jurídica recomendará a la Junta Administrativa, conjuntamente con el Director General, que se declare la incobrabilidad de la deuda, atendiendo al escaso beneficio de su cobro en relación con los costos en que debe de incurrirse para llevar adelante la gestión.

Artículo 26.—El informe de incobrabilidad que se emita en estos casos, contendrá la siguiente información:

a) Identificación clara y precisa de la deuda y razones por las cuales deviene incobrable.

b) Monto de la deuda.c) Origen y naturaleza de la deuda.d) Gestiones de cobro administrativo realizadas.e) Identificación del deudor y antecedentes del mismo con la Junta

Administrativa.f) Garantías con que se cuenta.g) Estimación administrativa de incobrabilidad, si la hubiere.h) Planteamiento de las gestiones judiciales.i) Resultado de las acciones judiciales.j) Eventual solicitud de autorización para pedir la quiebra o la

insolvencia de la deudora o fiador o fiadores en los casos en que se cuente con indicios de esta medida podría constreñir el pago respectivo.Artículo 27.—Se consideran como obligaciones incobrables aquellas

que presenten algunas de las siguientes condiciones:a) Que habiéndose agotado todos los medios de localización, en sede

judicial exista imposibilidad comprobada para localizar y notificar el obligado.

b) Que la sucesión del obligado fallecido, en el caso de personas físicas, no posea bienes.

c) Que el obligado, persona jurídica, sea liquidado o disuelto judicialmente y no existiere más bienes a los cuales dirigirse.

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 29

d) Obligaciones en los que se ha transcurrido el plazo de la prescripción, según el documento base de la misma, y se determine la imposibilidad legal de realizar el cobro, así como las obligaciones declaradas prescritas en la vía judicial.

e) Obligación que una vez agotadas todas las gestiones de cobro por la vía administrativa, se considere que por el monto de lo adeudado, el costo administrativo de darle seguimiento por la vía judicial, es superior al valor real de la recuperación.

f) Cuentas para los cuales se ha realizado el proceso de cobro administrativo y judicial sin que se haya podido recuperar la deuda y se encuentren inactivas.

g) Cuentas para las cuales se ha gestionado el cobro judicial y se haya declarado judicialmente la prescripción del cobro.

h) En todos los casos la Administración deberá determinar la responsabilidad del funcionario, que dejare transcurrir los plazos de ley, para lograr el efectivo pago de las deudas.

CAPÍTULO VIIIDisposiciones finales

Artículo 28.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese. Acuerdo firme adoptado por la Junta Administrativa del Registro Nacional de la sesión ordinaria Nº 06-2008, celebrada en San José, el día siete de febrero del dos mil ocho.

Laura Chinchilla Miranda, Ministra de Justicia y Presidenta de la Junta.—1 vez.—(Solicitud Nº 44820).—C-189420.—(24779).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALPERIFÉRICA LA FORTUNA

AVISOPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Centro de Negocios), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Núñez Céspedes Juan Claudio, cédula Nº 2-170-271. Fecha Cupón FechaCertificado Nº Monto ¢ vencimiento número Monto vencimiento

16104860210014814 1.000.000,00 26/12/2007 - - -

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

8 de febrero del 2008.—Lic. Ruth Castro Sánchez, Coordinadora a. í.—Nº 21440.—(25535).

SUCURSAL EN NICOYAAVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, que la señora Méndez Jiménez Jovita, cédula Nº 05-0214-0730, licitado por motivo de extravío, reposición del certificado de depósito a plazo Nº 16100360210274182 por el siguiente monto: ¢12.000.000,00 (doce millones de colones netos), y con vencimiento el 20 de abril del 2007, se dejan sin efecto los cupones, para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

7 de febrero del 2008.—Lic. Wilfreddy Bertharioni, Gerente.—Nº 21537.—(25537).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICAVICERRECTORIA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-R-288-2008.—Diana Bolaños Sánchez, R-029-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1024-271, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Política y Administración Educativa, Universidad de Minnesota, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio.—San José, 19 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 112287).—C-14520.—(25403).

Nº ORI-R-286-2008.—Poblete Otero Francisco Javier, R-028-2008, costarricense, cédula de identidad 1-934-540, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Especialista en Cirugía General, Universidad de Santiago de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio.—San José, 19 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 112287).—C-14520.—(25404).

Nº ORI-R-282-2008.—Masís Cuevillas Alejandro, R-026-2008, costarricense, cédula de identidad 1-816-141, ha solicitado reconocimiento del diploma de Máster en Ciencias, Biología, Universidad de Missouri, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio.—San José, 19 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 112287).—C-14520.—(25405).

ORI-R-266-2008.—Varela Meléndez Alfonso, R-019-2008, costarricense, cédula de identidad 3-335-504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Biología, Área de Concentración en Biociencias Nucleares, Física Médica, Universidad del Estado de Río de Janeiro, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 112287).—C-14520.—(25406).

ORI-R-268-2008.—Jiménez Méndez José Miguel, R-020-2008, costarricense, cédula de identidad 9-071-186, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría Tecnológica, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Colegio de Postgraduados, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25407).

ORI-R-280-2008.—Luis Eduardo Álvarez Soto, R-025-2008, costarricense, cédula de identidad 1-958-865, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Administración Pública y Política Pública, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25408).

Nº ORI-R-272-2008.—Boza Oreamuno Yadira Vanessa, R-186-2007B, costarricense, cédula de identidad 2-494-735, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magíster en Ciencias Odontológicas, con Mención en Patología y Medicina Oral, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25409).

Nº ORI-R-284-2008.—Manfred Alonso Esquivel Monge, R-027-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 2-517-991, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Ciencias en Economía, Universidad de Essex, Inglaterrera. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25410).

Nº ORI-R-274-2008.—Henry Estupiñán Montaño, R-022-2008, colombiano, pasaporte CC-16500321, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogado, Universidad Santiago de Cali, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25411).

Nº ORI-R-276-2008.—Eliane Sandra Keller, R-023-2008, suiza, pasaporte F2102103, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciatura en Ciencias Económicas, Énfasis en Economía Política, Universidad de Zurich, Suiza. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25412).

Pág 30 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Nº ORI-R-278-2008.—Deyssler Humberto Murillo Rodríguez, R-024-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 2-556-027, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Biología, Área de Concentración en Biociencias Nucleares, Física Médica, Universidad del Estado de Río de Janeiro, Brasil. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25413).

Nº ORI-R-260-2008.—Calderón Romero Roberto José, R-016-2008, colombiano, residente permanente 117000689232, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, Universidad Autónoma del Caribe, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25414).

ORI-R-270-2008.—Rodolfo Andrés Guenchor García, R-021-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 1-955-791, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Ciencias de la Ingeniería, Universidad de Atacama, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25415).

Nº ORI-R-264-2008.—Elkin Alberto Higuera Álvarez, R-018-2008, colombiano, pasaporte CC74373692, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero de Sistemas y Computación, Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 20 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25416).

ORI-R-262-2008.—Martha Elvira Gómez Castro, R-017-2008, mexicana, pasaporte 06340021967, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio.—San José, 21 de febrero del 2008.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(Solicitud Nº 112287).—C-14520.—(25417).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICAVICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CIRE acuerda:El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación

de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 01-2008, artículo 4º, del 28 de febrero del 2008, ante la solicitud de Sandra Bardi pasaporte italiano A880439.

Acuerda:1. Reconocer el título de Licenciatura en Arquitectura, otorgado por el

Instituto de Arquitectura de Venecia de la República de Italia, Italia a la señora Sandra Bardi, pasaporte italiano A880439.

2. Reconocer el grado de Licenciatura.3. Equiparar el título de Licenciatura en Arquitectura otorgado por el

Instituto de Arquitectura de Venecia de la República de Italia, por el de Arquitecta que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4. Equiparar el grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto de Arquitectura de Venecia de la República de Italia, por el de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.Acuerdo firme.Cartago, 10 de marzo del 2008.—Departamento de Admisión

y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14425).—C-43580.—(24775).

CIRE ACUERDA:El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación

de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 01-2008, artículo 5º, del 28 de febrero del 2008 ante la solicitud de Judith Rosario Sovero Chávez, pasaporte peruano Nº 2670533.

ACUERDA:1. Reconocer el título de Arquitecto, otorgado por el Instituto Superior

de Arquitectura de Rostov del Don de la Federación de Rusia, a la señora Judith Rosario Sovero Chávez.

2. No reconocer el grado de Maestría.3. Equiparar el título de Arquitecto otorgado por el Instituto Superior

de Arquitectura de Rostov del Don de la Federación de Rusia, a la señora Judith Rosario Sovero Chávez, por el de Arquitecta que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4. Equiparar los estudios realizados por Judith Rosario Sovero Chávez, en el Instituto Superior de Arquitectura de Rostov del Don de la Federación de Rusia, con el grado académico de Bachillerato Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.Acuerdo firme.Cartago, 7 de marzo del 2008.—Departamento de Admisión

y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14424).—C-43580.—(24776).

CIRE Acuerda:El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación

de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos, y el artículo Nº 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión Nº 01-2008, artículo 3º, del 28 de febrero del 2008, ante la solicitud de Alberto Pablo Cacopardo, pasaporte italiano Nº B405950.

Acuerda:1. Reconocer el título de Arquitecto, otorgado por la Universidad

Nacional de Mar del Plata, Argentina, al señor Alberto Pablo Cacopardo, pasaporte italiano Nº B405950.

2. No reconocer el grado académico de Licenciatura, por no venir explícito en el diploma.

3. Equiparar el título de Arquitecto, otorgado por la Universidad Nacional de Mar del Plata, Argentina, al señor Alberto Pablo Cacopardo, pasaporte italiano Nº B405950 con el título de Arquitecto, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4. Equiparar el grado académico al de Licenciatura, que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.Acuerdo firme.Cartago, 11 de marzo del 2008.—Departamento de Admisión

y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14423).—C-43580.—(24777).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAAVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A Gerardo David Ruiz A., nicaragüense, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas con treinta minutos del catorce de febrero del dos mil ocho, que deja sin efecto resolución de las quince horas con treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil siete, que deja sin efecto abrigo temporal en albergue institucional. Asimismo, se ordena orientación, apoyo y seguimiento a la familia no menor a tres meses. A favor del niño Marcelo Ruiz Cisneros. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Expediente Nº 116-0031-2006.—Oficina Local de Alajuelita, febrero del 2008.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-4970.—(24794).

Al señor Stanler Carlos Salazar, se le comunica que por resolución de las trece horas con treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil ocho, se dictó medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Sterlin Caleth Salazar Araya, en la cual se ordenó su cuidado bajo la responsabilidad de la señora Lucila Araya Matarrita. Se le indica que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-7220.—(24795).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 31

A la señora Alejandra Cano Hernández, se le comunica la resolución de las trece horas con cincuenta minutos del veintiocho de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó medida de protección de cuido temporal con un plazo de seis meses, de la persona menor de edad Brandon Ismael Cano Hernández, a cargo de María Teresa Mendoza Somarribas. Trasladando el expediente al área integral para el debido seguimiento. Plazo: Para ofrecer recurso de apelación, cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-5420.—(24796).

A quien interese, se le comunica la resolución de las ocho horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se declaró en estado de abandono en vía administrativa a José Moisés y Luis Carlos ambos Araya Cordero, debido al fallecimiento de su madre Yamileth Araya Cordero y se depositaron bajo la custodia de Arlene Jiménez Araya. Plazo para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en subsidio tres días a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-4520.—(24797).

A quien interese, se les comunica la resolución de las 08:00 horas del 20 de febrero del 2008, que declaró en estado de abandono al niño Michael Andrés Vega Castillo, ordenando su depósito administrativo bajo la responsabilidad de la señora Jeannette Vega Castillo, con seguimiento institucional. Contra la presente resolución se podrá interponer el recurso de revocatoria con apelación en subsidio, dentro de los tres días siguientes a su firmeza. También se les advierte que deben señalar lugar para oír notificaciones, caso contrario las notificaciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local de Desamparados, 26 de febrero del 2008.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-5870.—(24798).

Comunica a los señores Juana Murillo Hernández y Guillermo González Navarrete, la resolución de la Oficina Local de Santa Ana de las nueve horas del día veintiuno de febrero del dos mil ocho, que ordena depósito administrativo de las personas menores de edad Karen María González Murillo y su pequeño hijo José Miguel González Murillo, en la alternativa de protección Casa de la Madre Soltera Adolescente, Casita San José, como medida de protección. Recurso: El de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Olga Myriam Boza Fernández, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 788).—C-6320.—(24800).

Debido a que el domicilio que consta en el expediente no corresponde al suyo y por desconocer el actual, se comunica al señor Luis Antonio Valle Mendoza, que en esta oficina se dictó la resolución administrativa de las nueve horas con treinta minutos del catorce de febrero del año dos mil ocho. Por medio de dicha resolución se ordenó el depósito administrativo de su hija Yirlany Isabel Valle Solano, en la Asociación Pro Ayuda a Niñas en Riesgo María Dominga Mazarello. Dicha resolución fue dictada con el fin de proteger la integridad física y emocional de la niña, debido a que aún con la intervención realizada por la Institución, persiste la conducta negligente por parte de su progenitora, señora Rocío Solano González, quien la expone a situaciones de alto riesgo, al respecto recientemente se cuenta con indicios importantes de que la niña ha sido víctima de abuso sexual. Se le confiere audiencia por tres días para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Se le indica que tiene el derecho de hacerse asesorar por abogado y técnicos de su elección, así como de consultar y fotocopiar las piezas del expediente administrativo número 118.00023-05, el cual permanecerá a su disposición en la Oficina Local de Santa Ana. Se le indica que contra dicha resolución procede el recurso de revocatoria que será resuelto por este órgano director y de manera subsidiaria el de apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, debiendo presentarlo ante la Oficina Local de Santa Ana, ubicada cuatrocientos metros oeste y ciento veinticinco sur de la Panadería Musmanni, en el cual debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones, de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o por cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se intenten sin éxito se tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para interponerlo: El recurso deberá ser presentado dentro de los tres días siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario Oficial por tres veces consecutivas.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Nelson Salazar Murillo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-15320.—(24801).

A Luis Alonso Quesada Bustamante, se le comunica la resolución de las ocho horas del quince de febrero del dos mil ocho, se dicta medida de protección a favor del niño José Andrés Quesada Ruiz, se ordena suspensión de régimen de visita. Contra dicha resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante La Presidencia Ejecutiva de la institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la Casa de Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas. El

cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Publíquese por 3 veces consecutivas. Exp. Nº 142-0034-99.—Oficina Local de Puriscal.—Lic. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-5870.—(24802).

Se comunica al señor Rafael Naranjo Rodríguez, que en el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Carlos dictó la resolución de las quince horas del día cinco de marzo del año dos mil ocho, aprobándose la solicitud de recomendación para obtener el pasaporte y salida del país de la adolescente Jeniffer Arleth Naranjo Aguilera. Se le concede al progenitor un plazo de tres días hábiles para que haga valer sus derechos. Contra la resolución procede el recurso de apelación, el cual será resuelto por la Presidencia Ejecutiva Patronato Nacional de la Infancia. Debiendo señalar lugar para recibir notificaciones. Expediente Nº 241-00009-2008.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 788).—C-4070.—(24803).

A Roberto Francisco Arrieta, se les comunica la resolución de las 10:00 horas del día 29 de febrero del año 2008, que dispone el abrigo temporal de sus hijas, en el Hogarcito de San Ramón. Recurso de apelación. Plazo: Dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidenta Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente Nº 243-00093-2007.—Oficina Local de Naranjo, 12 de febrero del 2008.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 788).—C-4070.—(24804).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZAl señor Rafael Antonio Vargas García, se le comunica la resolución

de las quince horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó medida de protección de abrigo temporal con un plazo de seis meses, de la persona menor de edad Paola Vargas Vega a cargo de la Asociación Casa Luz. Trasladando el expediente al área de protección para definir la situación socio-legal. Plazo para ofrecer recurso de apelación: cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-4520.—(24799).

A Carlos Enrique Vargas Araya, se le comunica la resolución de este despacho de las 12:00 horas del 29 de febrero del dos mil ocho, por medio de la cual se ordenó cuido provisional de Carlos Andrey, Luis Carlos y Karla Fabiola, Vargas Cháves con la señora Jessica Arroyo Jiménez. También ordenó la asistencia de la cuidadora y la joven Karla a participar en grupos de apoyo a la familia en este despacho y seguimiento a la situación familiar por parte de este despacho. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 243-00687-89.—San Ramón, 4 de marzo del 2008.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 788).—C-6770.—(24805).

A Mario Vargas Montero, se le comunican las resoluciones de este despacho de las 13:00 horas del 4 de marzo del 2008, por medio de la cual se ordenó elevar la apelación en contra de la resolución de las 8:00 horas del primero de febrero del dos mil ocho, que ordenó cuido provisional de Marlon Vargas Steller con la señora Olga Navarro Soto y otros. Plazo: tres días para hacer valer sus derechos ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y en San José. Pudiendo señalar número de fax para tal fin. Expediente Nº 244-00212-05.—San Ramón, 4 de marzo del 2008.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 788).—C-4970.—(24806).

Se le comunica al señor Gerardo Fallas Chaves que en la oficina local del PANI, de Los Chiles se dictó resolución de las once horas treinta y siete minutos del doce de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se dispuso medidas de protección en sede administrativa de cuido provisional a favor del joven Y.F.Q., se le concede al interesado un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-4970.—(24807).

Se le comunica a la señora María Eugenia Quirós Badilla que en la Oficina Local del P.A.N.I. de Los Chiles se dictó resolución de las once horas treinta y siete minutos del doce de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se dispuso medidas de protección en sede administrativa de cuido provisional a favor del joven Y.F.Q., se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Oficina Local de Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-5420.—(24808).

Pág 32 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Le comunica a la señora Zeneida Ojeda Taleno que en la oficina local del P.A.N.I. de Los Chiles se dicto resolución de las once horas treinta y siete minutos del quince de noviembre del año dos mil siete, mediante la cual se dispuso medidas de protección en sede administrativa de cuido provisional a favor de las niñas R.L.O. y otras, se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Oficina local Los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-5420.—(24809).

A Petrona Reyes Jarquín, se le comunica resolución de las once horas del día veinticinco de febrero del año dos mil ocho, que ordenó resolución de incompetencia territorial, en beneficio de la joven Bienvenida González Reyes. Recursos: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina local de Úpala, Guatuso, 25 de febrero de 2008.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-3170.—(24810).

A Guillermo Martínez Hernández, Se le comunica la resolución de las diez horas del veintiocho de enero de dos mil ocho, en la cual se resuelve 1). Bríndese por parte de trabajo social y psicología de esta oficina local orientación y apoyo para tratar la situación a nivel de grupo familiar e individual de la persona menor de edad Geremías Martínez Fallas. 2). Inclúyase a la citada persona menor de edad y a su familia al programa de atención del hogar Bíblico Roblealto. Contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de esta resolución ante el órgano director que la dicta para ante la presidencia ejecutiva de la institución. Debiendo señalar lugar para oír notificaciones. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese tres veces consecutivas. Expediente administrativo 144-00004-2008.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-9020.—(24811).

A Samady Salas Albán y Gilber Gerardo Sánchez Arias, se les comunica la resolución de esta Oficina Local, de las quince horas del dieciocho de febrero del dos mil ocho, donde se procedió a dictar medida de protección de abrigo temporal a favor del niño Steven Sánchez Salas en el Albergue del PANI en Turrialba. En contra de lo ordenado, se podrá interponer recurso de revocatoria con apelación en subsidio ante la Oficina Local Aquo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, Barrio Luján, de la casa Matute Gómez 200 metros sur, está ubicado en las antiguas instalaciones de la Dos Pinos, entre las siete y treinta horas y las dieciséis horas; dentro del término de tres días siguientes a la notificación. Siendo que los progenitores están ausentes, desconociéndose sus domicilios, se les notifica mediante publicación de edicto. Se advierte, que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones, dentro del perímetro jurisdiccional de esta Oficina Local. Expediente Nº 341-00069-2006.—Oficina Local de Turrialba.—Lic. Ana Lorena Salazar Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 788).—C-7220.—(24812).

Al señor Carlos Alberto Johnson Arroyo, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina, se le notifica la resolución administrativa de las quince horas del veintisiete de enero de dos mil ocho, dictada en favor de la persona menor de edad Juan José Johnson Cambronero, que ordena su inclusión en el centro educativo ciudad de los niños en Cartago hasta que el mismo termine con el programa que allí se desarrolla. Se remite también el expediente al Área integral para su seguimiento respectivo. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese tres veces. Expediente Nº 431-00473-08.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante legal.—(Solicitud Nº 788).—C-6770.—(24813).

A los señores Luis Fernando Esquivel y Grace Patricia Bolaños Villalobos, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina Local, se les comunica que por resolución de este despacho de las diez horas con treinta minutos del veintiséis de febrero del año dos mil ocho, se ordenó revocar la medida de depósito administrativo que se dictó a favor del joven Antohny Johan Esquivel Bolaños en la Asociación Bíblica Roblealto, en contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la oficina local de Heredia quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Ubicada en San José de Matute Gómez 150 metros al sur antiguo edificio de Dos Pinos entre las 7:30 a. m. y las 16:00 p. m., se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se advierte que se debe señalar lugar donde recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende la aplicación de las medidas de protección indicadas. Notifíquese.—Oficina local de Heredia, febrero del 2008.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788.—C-7220.—(24814).

A los señores Aracelly Bolívar Abarca y Heiner Calvo Torres, se les comunica la resolución administrativa de las nueve horas del día quince de enero del dos mil ocho. Mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el abrigo temporal de su hija Ashley del Carmen Calvo Bolívar en el Albergue Institucional de El Roble de Puntarenas. Por el plazo de seis meses que vence el día quince de julio del dos mil ocho garantía de defensa se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 231-00070-2003.—Oficina local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-6320.—(24815).

Al señor Freddy Cháves Mesén, se le comunica la resolución de las catorce horas del día once de diciembre del dos mil siete. Mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el abrigo temporal de su hijo Freddy Gerardo Cháves Steller en el albergue institucional de El Roble de Puntarenas. Por el plazo de seis meses que vence el día siete de junio del dos mil ocho. Garantía de defensa se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección. A tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00021-1999.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-6320.—(24816).

A la señora Kenyi Álvarez Leiva se le comunica la resolución de las nueve horas del día veintiuno de diciembre del dos mil siete, mediante la cual se otorgó como medida especial de protección el cuido provisional de sus hijas Diara Lidyan Sequeira Álvarez y Diery Jesús Maroto Álvarez en el hogar de su abuela materna Luz Marina Leiva Álvarez por el plazo de seis meses que vence el día veintiuno de junio del dos mil ocho. Se le hace saber a la señora Álvarez Leiva que debe acudir al IAFA para valoración y recibir tratamiento por su problema de consumo de bebidas alcohólicas. Garantía de defensa se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00052-2007.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-7220.—(24817).

A los señores Karla Vanessa Fernández Navarro y Frank Rojas Coronado, se les comunica la resolución de las quince horas del 27 de febrero del 2008, emitida por la Oficina Local de Osa, en la cual resolvió dictar declaratoria de adoptabilidad en sede administrativa a favor del niño Kevin David Rojas Fernández, mientras no se resuelva otra cosa en vía administrativa o judicial. Recurso: procede el recurso de apelación ante la Oficina Local de Osa, la cual lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada Barrio Lujan, antigua Cooperativa Dos Pinos, para oír notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de esta oficina local el cual es un kilómetro a la redonda, de lo contrario la resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para oposiciones: 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Osa, Ciudad Cortes, 28 de febrero del 2008.—Lic. Nury Barrantes Picado, Abogada.—(Solicitud Nº 788).—C-6770.—(24818).

A la señora Leonilia Alvarado Alba, se le comunica la resolución de las nueve horas y treinta minutos del 03 de marzo del 2008, emitida por la Oficina Local de Osa, en la cual resolvió corregir el error material que posee la resolución dictada por esta oficina de las quince horas del trece de febrero del dos mil ocho a favor del joven Wilberth Pérez Alvarado, mientras no se resuelva otra cosa en vía administrativa o judicial. Recurso: procede el recurso de apelación ante la oficina local de Osa, la cual lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada Barrio Lujan antigua Cooperativa Dos Pinos, para oír notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de ésta oficina Local el cual es un kilómetro a la redonda, de lo contrario la resolución posterior se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para oposiciones: 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto. Publicar tres veces.—Ciudad Cortes, 5 de marzo del 2008.—Lic. Nury Barrantes Picado, Abogada-PANI-Osa.—(Solicitud Nº 788).—C-6770.—(24819).

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A quien interese se le comunica la resolución de las trece horas del veintiséis de febrero del dos mil ocho mediante la cual se declaró en estado de abandono en vía administrativa a Luis Andrés Astúa Jiménez debido al fallecimiento de sus progenitores Rafael Ángel Astúa Montero y Claire Jiménez Madrigal y se depositó bajo la custodia de Maribel Astúa Jiménez. Plazo para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en subsidio tres días a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas, Representante Legal.—Nº 22125.—(25686).

A Douglas Mena Fallas, cédula 1-846-736, demás datos desconocidos, se le hace saber que mediante resolución de las doce horas con cuarenta y cinco minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho, se resolvió: “...Primero: Se ordena dar inicio al proceso especial de protección a favor de la persona menor de edad Escarleth Daniela Mena Sequeira, ubicándola bajo el cuido temporal de María Auxiliadora Molina Leiva, por un plazo máximo de seis meses el cual inicia el día de hoy y vence el veintisiete de agosto del dos mil ocho. Notifíquese lo anterior a los legítimos interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones de esta oficina, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiera. Contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante esta oficina local dentro de los cuarenta y ocho horas a partir de su notificación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución”.—Oficina Local de San José, Este.—Lic. María Elena Roig Vargas, Representante Legal.—Nº 22188.—(26047).

A Luis Reynaldo Téllez Tenorio, con demás datos desconocidos, se le hace saber que mediante resolución de las diez horas del cinco de marzo del dos mil ocho, se resolvió: “...Primero:... se dispone ordena el abrigo temporal a favor de las personas menores de edad Jeffry Téllez Martínez, Joselyn Téllez Martínez, Jean Carlo Téllez Martínez, Luis Humberto Téllez Martínez y Roberto Téllez Martínez, en el Albergue Aldeas S. O. S. Segundo: Dicha medida de abrigo temporal será por el plazo de tres meses a partir del siete de marzo del presente año venciendo el siete de junio del presente año... Notifíquese lo anterior a los legítimos interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones de esta oficina, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiera. Contra esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante esta oficina local dentro de los cuarenta y ocho horas a partir de su notificación, para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución”.—Oficina Local San José, Este.—Lic. Maria Elena Roig Vargas, Representante Legal.—Nº 22189.—(26048).

A Gustavo Díaz Rojas, se le comunica la resolución de esta oficina local de las quince horas del nueve de noviembre del dos mil siete, en la que se resolvió dictar medida especial de protección de orientación, apoyo y seguimiento temporal a favor de Ligia María Pérez Carranza y su hijo David Javier Díaz Pérez, con el objetivo de que se modifiquen algunos patrones de crianza acordes a derechos. Recursos y plaza: Proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidia los cuales deberán presentarse ante esta oficina local; asimismo, se le previene que debe señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetros administrativo de esta oficina local; sita 200 metros oeste de Servícentro Nicoya. Si no las resoluciones futuras se vendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas; el plazo para interponer los recursos será dentro de los tres días hábiles siguientes a la segunda publicación del presente edicto. (Publíquese por dos veces consecutivas). Expediente 543-00037-2007.—Oficina Local de Nicoya.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Representante Legal.—(Solicitud Nº 788).—C-2420.—(24820).

A María Patricia Chaves Vergara, ecuatoriana y a cualquier interesado, se les comunica que Olga Martha Rivera Granados, ha solicitado al Patronato Nacional de la Infancia, autorización para la salida del país de su representado Rainiero Alejandro Pérez Chávez, para viajar de paseo, con destino a Estados Unidos, en viaje de placer. Que ésta Oficina Local, mediante resolución de las 11:00 horas del 12 de marzo del dos mil ocho, inició el trámite a dicha solicitud y dentro de 8 días hábiles, contados a partir de la última publicación, dicha señora y quien tenga derecho e interés podrá manifestar su oposición o asentimiento a la solicitud indicada, en el entendido que de no hacerlo esta institución resolverá lo que mejor se ajuste al interés superior del niño. Publíquese este aviso, por dos veces consecutivas en La Gaceta y, además, por una vez, en un diario de circulación nacional. Deberán señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones y de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y Voto 11302-2002 de la Sala Constitucional. Se les hace saber, que contra le resolución antes citada proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio, siendo de conocimiento, el primero, de esta representación legal y el segundo de la Presidencia Ejecutiva de la Institución, y que deberán Interponer dentro del tercer día hábil, contado a partir del día hábil

inmediato siguiente de la última notificación a las partes. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero deberán ser ejercitados dentro del término señalado, bajo pena de inadmisibilidad. Expediente N° 111-00184-94.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Olga Marta Cabalceta Pérez, Representante Legal.—Nº 22091.—(25685).

AVISOSCONVOCATORIAS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROSY DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se les comunica que por error involuntario, en la publicación del Diario Oficial La Gaceta Nº 52 del jueves 13 de marzo del 2008, se indicó incorrectamente la fecha en la cual se realizaría la asamblea extraordinaria de representantes Nº 02-07/08-AER. En consecuencia, se deja sin valor y efecto legal alguno dicha convocatoria, y se procede a convocar nuevamente de la siguiente forma:

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROSY DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

Se les convoca a la asamblea extraordinaria de representantes Nº 02-07/08-AER del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, que se celebrará en primera convocatoria: el martes 8 de abril del 2008, a las 7:30 a. m., y en segunda y tercera convocatoria: el jueves 10 de marzo del 2008, a las 6:00 p. m. y 6:30 p. m., en las instalaciones del Colegio Federado.Orden del día:

1. Aprobación orden del día.2. Lectura y aprobación acta Nº 01-07/08-AOR.3. Conocimiento y aprobación propuestas de modificación al

Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del C.F.I.A.4. Reincorporación de miembros.

San José, 24 de marzo del 2008.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. 6109).—C-35660.—(27333).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZGRUPO EL LECHÓN S. A.

Se convoca a los socios de Grupo El Lechón Sociedad Anónima a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse en las oficinas administrativas del Grupo El Lechón S. A. sita calle 4, avenidas 3 y 5, Alajuela, edificio Leferpat S. A. a las 10:00 horas del día 19 de abril del 2008, a fin de conocer de los asuntos que indica el artículo 155 del Código de Comercio. El orden del día será el siguiente:

1. Informe de la Presidencia.2. Análisis y aprobación de estados financieros del año 2006-20073. Nombramiento de presidente, secretario, vocales 1, 2 y 3 para el

período 2006-2008.4. Ratificación del nombramiento de vicepresidente, tesorero, vocal 2 y

vocal 4 hasta diciembre 2007.5. Nombramiento de Fiscal para el período 2006 a 2008.6. Definir sobre la distribución de utilidades del período.7. Modificaciones al Pacto Social de la empresa8. Aumento del Capital Social de la Empresa9. Asuntos Varios.

a. Definir un contrato entre cada socio y las empresas para cada pedido de materia prima.

Si no hubiere el quórum requerido en la primera convocatoria, la asamblea sesionará válidamente en segunda convocatoria una hora después con el número de socios presentes. Se advierte que los asistentes deberán acreditar su calidad de socios.—Alajuela, 26 de marzo del 2008.—Rogelio Rodríguez Araya, Representante Legal.—1 vez.—(27031).

CORPORACIÓN PLAYA LAGARTO S. A.Se convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de

accionistas de Corporación Playa Lagarto Sociedad Anónima, que se celebrará en su domicilio social en el Bufete F.A. Arias & Muñoz, en el Centro Empresarial Forum, edificio C, oficina 1C1, Santa Ana, San José, en primera convocatoria a las 11:00 horas del 25 de abril del 2008 y en segunda convocatoria con el quórum presente a las 12:00 horas del 25 de abril del 2008. Los puntos a tratar en la asamblea son: 1) Aprobación del Acuerdo Maestro Conciliatorio firmado por Michael Manning, Katherine Geis, Alfred Irving Geis, Carlos Rodríguez Vargas, Corporación Playa Lagarto S. A. y Villaggio Silvestre S. A.; 2) Eliminación de la cláusula Quinta bis del pacto constitutivo de la compañía; 3) Autorizar el reembolso de los gastos incurridos por cuenta de la compañía a favor de los socios Michael Manning, Katherine Geis y Alfred Irving Geis; 4) Analizar y autorizar la forma de pago de futuros gastos de la compañía; 5) Autorizar la constitución de hipoteca de primer grado sobre la finca propiedad de la compañía; 6) Autorizar la solicitud de una línea de crédito revolutiva, la cual será garantizada por medio de una hipoteca de segundo grado sobre la finca propiedad de la compañía; 7) Cualquier otra moción por parte de los socios; 8) Autorización para protocolización del acta.— 18 de marzo del 2008.—Michael Manning, Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—(27042).

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CONDOMINIO PRADOS DEL ESTESe convoca a la I Asamblea Extraordinaria de 2008 del Condominio

Prados del Este, cédula jurídica Nº 3-109-135-293, a celebrarse en su domicilio en Lourdes de Montes de Oca, en el área común sur, entre sector D y E del condominio, contiguo portón sellado, el sábado 3 de mayo del 2008, primera convocatoria a las 8:00 a. m. y si no hay quórum de ley, se realizará la asamblea en segunda convocatoria a las 9:00 de la mañana con los condóminos que se presenten.

Agenda:1. Solución al problema de aguas residuales en el condominio.

Xinia Bustamante Castillo, Presidenta y Administradora.—1 vez.—Nº 22686.—(27069).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMOLa señora Lilliam Virginia Barrantes Mora, cédula Nº 302840401,

ha solicitado a MUCAP, la reposición del título valor Nº 412460, por un monto de ¢724.860,08, el cual fue emitido a su orden el día 27 de julio del 2007. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 12 de marzo del 2008.—Agencia Cartago Centro.—Lic. Enrique Martínez Solano, Jefe.—(24730).

GLOBAL BUSINESS SERVICES DE COSTA RICA LTDA.La empresa Global Business Services de Costa Rica Ltda., con

cédula jurídica 3-102-248970, informa por este medio que los siguientes documentos bancarios fueron extraviados, cheque número 159488 por el monto de ¢109.605,00 (ciento nueve mil seiscientos cinco colones) y cheque número 159489 por el monto de ¢156.450,00 (ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos cincuenta colones), ambos a favor del Banco de San José y emitidos por el Banco Citibank, por lo anterior de ser cobrados no se harán efectivos. En caso de requerir información adicional, por favor contactar a Juan Carlos Bonilla al teléfono 204-5711 o vía correo electrónico [email protected].—Frank Figueroa Cruz, Back Office Supervisor Latinoamérica.—(25305).

EUROPEAN FURNITURE IMPORTS SOCIEDAD ANÓNIMAEuropean Furniture Imports Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-

ciento uno-trescientos setenta y un mil ciento noventa y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: libro primero de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. José Rafael Cordero González, Notario.—(25310).

GRUPO GLORIS G.A.T. DE INVERSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMAGrupo Gloris G.A.T. de Inversión Sociedad Anónima, cédula jurídica

número 3-101-387535, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas asamblea de socios, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—(25349).

FINSA S. A.Finsa S. A., a solicitud de la señora Rosalind Massow Luger,

pasaporte americano Nº 431868756, solicita la reposición de sus certificados Nº 173 por 673 Acciones Preferidas Clase “C” y Nº 351 por 6500 Acciones Comunes de esta compañía, por pérdida de los mismos. Se escuchan oposiciones ocho días después de su publicación.—José Carlos Arce C., Vicepresidente.—(25375).

INMOBILIARIA FINSA S. A.Inmobiliaria Finsa S. A., a solicitud de la señora Rosalind Massow

Luger, pasaporte americano Nº 431868756, solicita la reposición de sus certificados Nº 75 por 1401 Acciones de esta Compañía, por pérdida de los mismos. Se escuchan oposiciones ocho días después de su última publicación.—José Carlos Arce C., Vicepresidente.—(25376).

CERROS VERDES DE MONSERRAT S. A.Yo, Jaime Peralta Lizano, cédula 1-692-375, en mi calidad de

Presidente y Representante legal de la plaza Cerros Verdes de Monserrat Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cinco mil seiscientos, solicito ante la Dirección General de Tributación, por este medio la reposición de los seis libros de la compañía por extravío de los mismos. Se emplaza por el término de ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oir objeciones.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. Ricardo Sossa.—(25944).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

INVERSIONES VÍQUEZ PACHECO LIMITADAInversiones Víquez Pacheco Limitada, cédula jurídica tres-ciento

dos-ciento sesenta y siete mil seiscientos ochenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: un libro diario, un libro mayor, un libro de inventarios y balances, un libro de actas de asamblea de socios y un libro de registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Fernando Víquez Salazar, Gerente.—( 21177).

YASISTER S. A.Se informa al público en general que se ha solicitado la reposición

de los certificados de acciones Nos. 4 y 5 por 6250 acciones comunes y nominativas cada uno de Yasister S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-242319, anteriormente denominada Nilad Ban S. A. Se expedirán los duplicados a los solicitantes, transcurrido un mes desde la última publicación de este aviso que ha de aparecer, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial La Gaceta y en uno de los diarios de circulación nacional, siempre y cuando no se le haya comunicado demanda alguna de oposición. Cualquier oposición se recibirá en el domicilio de la empresa, ubicado en San José, Curridabat, un kilómetro al este del Centro Comercial Plaza del Sol, oficinas color naranja con azul a mano derecha, en las instalaciones de Torneca.—San José, 29 de enero del 2008.—Álvaro González Fonseca, Presidente.—Luis Carlos Barquero Yamuni, Secretario.—Nº 21689.—(25538).

TEQNOS INFORMÁTICA S. A.Teqnos Informática S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-

377020, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario número uno, mayor número uno, e inventarios y balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Timothy I. Sanders, Representante Legal.—Nº 21585.—(25539).

TRANSCESA S. A.Transcesa S. A., cédula jurídica 3-101-73353, por este medio

comunica que los señores Leyla Aguilar Acuña, Rafael Villegas Aguilar y Víctor Hugo Villegas Aguilar, cédulas de identidad números 1-386-112, 1-760-378 y 1-922-478, respectivamente, han solicitado cada uno la reposición por extravío de su respectivo Certificado Accionario ante esta sociedad. Cualquier interesado que se considere afectado podrá presentar su oposición en el plazo de un mes contado desde la última publicación, en los términos del artículo 689 del Código de Comercio y demás normas aplicables. Las oficinas de la empresa están ubicadas en Barrio Cuba, 50 metros al sur del Liceo del Sur.—Gilberto Corrales Cordero, Presidente.—Nº 21589.—(25540).

INVERSIONES MERCASA AMERICANA S. R. L.Inversiones Mercasa Americana S. R. L., cédula jurídica 3-102-

315590 solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos números uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Cartago dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—(25621).

E NETWORK EUROPE SOCIEDAD ANÓNIMAE Network Europe Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-

389714, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de asamblea de socios N° 1, actas de consejo de administración N° 1 y registro de socios N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—Nº 21987.—(25690).

VITAMINAS Y MINERALES S. A.Vitaminas y Minerales S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-

008990, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición de los Libros número uno del diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—Nº 21992.—(25691).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 35

CENTRO NATURAL LA FUENTE S. A.Centro Natural La Fuente S. A., cédula jurídica 3-101-180162,

solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del libro de actas de asamblea de socios, de registro de accionistas y actas de junta directiva. Se oirán oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles. Flor Chacón Torres, cédula 1-554-595, apoderada generalísima.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—Nº 22006.—(25692).

ASESORÍA FINANCIERA ARCOSAsesoría Financiera Arcos, cédula jurídica Nº 3-101-295382 solicita

ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de actas de asamblea de socios, de registro de accionistas y actas de junta directiva. Se oirán oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles. Flor de María Chacón Torres, cédula Nº 1-554-595, apoderada generalísima.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Ana Graciela Alvarenga J., Notaria.—Nº 22007.—(25693).

DISTRIGAS SOCIEDAD ANÓNIMADistrigas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número

trescientos uno-doscientos setenta y un mil novecientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de actas de Asamblea General Nº 1, actas de Junta Directiva Nº 1 y Registro de Accionistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 21720.—(25936).

LUBRICENTRO ULATE SOCIEDAD ANÓNIMALubricentro Ulate Sociedad Anónima cédula jurídica Nº 3-101-

130982, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: (libro diario, libro mayor, libro inventarios y balances), quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Guillermo Ulate Piña, Gerente.—(25976).

SISTEMAS LÓGICOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMASistemas Lógicos Internacionales Sociedad Anónima, cédula

jurídica 3-101-135812 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventarios y balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, centro, donde se esta llevando a cabo el trámite de reposición dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Heredia, 17 de marzo del 2008.—Lilliana Montero Hernández.—(26082).

UNIVERSIDAD DE LAS CIENCIAS Y EL ARTE DE COSTA RICA

Ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de Título de Licenciatura en Contaduría Pública, por causa de extravío, emitido por la Universidad con fecha 20 de agosto del 2005, a nombre de Vivian Acuña Morales, portadora de la cédula de identidad Nº 6-229-974, inscrito en el tomo 27, folio 210, número 4484 del Consejo Nacional de Educación Superior Universitaria (CONESUP), y en el Registro de la Universidad de las Ciencias y el Arte de Costa Rica en el tomo 1, folio 236, número 4419. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante este Registro en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación.—San José, 11 de marzo del 2008.—Departamento de Registro.—Flérida Méndez Herrera, Registradora.—(26152).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COMPAÑÍA LIBERIANA TURISMO LOCAL S. A.Compañía Liberiana Turismo Local S. A., cedula jurídica 3-101

386688, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros, mayor inventario y balances, actas de consejo de administración, actas de asamblea de socios y registro de socios. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Eustacia Ramona Rojas Bojarin.—(23726).

ROGOMEL SOCIEDAD ANÓNIMARogomel Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-

095036, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Junta Directiva Uno y Registro de Accionistas Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Róger Varela Fernández.—(24633).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El suscrito Douglas Ruiz Gutiérrez notario público hace constar y da fe que mediante escrituras número ciento treinta y cuatro de las nueve horas del doce de marzo de dos mil ocho, se constituyeron ante esta notaría la sociedad ICG International Consultin Group. Es todo.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(24223).

Por escritura número noventa y tres otorgada ante mí, a las doce horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la empresa Boston Avalon Properties Sociedad Anónima.—Lic. Sagrario Padilla Velásquez, Notaria.—1 vez.—(24226).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 11 de marzo de 2008, se protocoliza acta de Asesorías de Mercadeo (ASEMOR) S. A., donde se nombra nueva junta directiva y al señor Guillermo Groisman Golstein como presidente.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—(24227).

Que por escritura número doscientos noventa y seis, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día diecinueve de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Gariuga Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y cuyo capital social es de diez mil colones, para que así sea publicado el respectivo edicto.—San José, 06 de marzo del 2008.—Lic. Miguel Gerardo Bravo Loría, Notario.—1 vez.—(24228).

Por escritura número ciento cuarenta y siete de las quince horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de sociedad denominada Cascada del Mar Segunda Etapa B Trece Sociedad Anónima,.—11 de marzo del 2008.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(24230).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de Ébano y Río Claro Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra subgerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24231).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de Mount Plesant Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra subgerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24232).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de Pacific Sierra Vista APC Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra subgerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las once horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24233).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de Cuotistas de Pacific Sunsites Properties EVC Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra subgerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24234).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de Ladera del Mar CRC Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra subgerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas treinta minutos del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24235).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de CR Equity Partners Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra gerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24236).

Pág 36 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Norma Montero Guzmán y Marijosue Chaves Montero, constituyen una sociedad anónima que será denominada conforme con el número de cédula jurídica que el registro le asigne. Domiciliada en San José. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años. Escritura número 27-4 otorgada a las 16:00 horas del 11 de marzo de 2008, otorgada ante la Notaría Ana Cecilia Heitman Ardon.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ana Cecilia Heitman Ardon, Notaria.—1 vez.—(24237).

Asamblea extraordinaria de cuotistas de OWTJO Estates Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reforma la cláusula sexta: de la administración. Sétima: de la representación. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra subgerente. Se otorgan poderes generalísimos sin límite de suma. Se incluye la cláusula octava bis: de la modificación de los estatutos. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—(24253).

Por medio de escritura otorgada a las 10:00 horas del día 11 de marzo del 2008, se protocolizó acta de la sociedad Grupo Motores Británicos GMB Sociedad Anónima, por medio de la cual se aumenta capital y se reforma el pacto constitutivo.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—(24258).

Por medio de escritura otorgada a las 10:00 horas del día 11 de marzo del 2008, se protocolizó acta la sociedad Patechece Internacional Ltda., por medio de la cual se modifica el pacto constitutivo y se otorga poder.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—(24259).

Por escritura otorgada hoy 11 de marzo del 2008, a las 08:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada 3-102-519576, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se modifican las cláusulas primera y octava de los estatutos, cambiando el nombre de la sociedad a Constructores Comerciales Santa Ana RJL Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombran gerentes.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—(24260).

Por escritura otorgada hoy 11 de marzo del 2008, a las 13:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada C Y C Desarrollos del Tercer Milenio Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(24261).

Por escritura otorgada hoy 11 de marzo del 2008 a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Corovode de Sur Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula tercera de los estatutos, se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(24262).

Por escritura número diecisiete-treinta y nueve, otorgada ante los Notarios Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las catorce horas con quince minutos del día once de marzo del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda, cuarta y sexta de los estatutos y se nombra gerente y subgerente de la compañía City Of Life Business Limitada.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Jorge González Roesch, Conotario.—1 vez.—(24264).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada L.C.A Wishiju Soluciones Internacionales Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: debidamente cancelado y aportado.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—(24270).

Ante esta notaría se constituyó la compañía Gramar Dos Mil Ocho S. A. Capital social: diez mil colones. Representante: Marvin Agüero Ramírez.—Alajuela, 16 de febrero del 2008.—Lic. Patricia Zamora Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(24278).

Por escritura 205 otorgada en esta notaría, a las 09:00 horas del 8 de marzo del 2008, la sociedad, Oro Ventures SRL, reforma la cláusula tercera de sus estatutos y nombra nuevo presidente.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(24289).

Por escritura 204 otorgada en esta notaría, a las 08:00 horas del 8 de marzo del 2008, la sociedad, Teva Oroco SRL, reforma la cláusula cuarta de sus estatutos y nombra nuevo presidente.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(24290).

Por escritura 203 otorgada en esta notaría, a las 07:00 horas del 8 de marzo del 2008, la sociedad, Detallistas Recreativos S. A., reforma la cláusula cuarta de sus estatutos.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(24291).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del once de marzo del año dos mil ocho, en San José, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, denominada NTEC, Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años a partir del once de marzo del dos mil ocho. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Fiero Erick Bergman Morea.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—(24292).

Por escritura otorgada en San José, a las once horas del dos de marzo del dos mil ocho, se constituyó ante esta notaría, la empresa que llevará por denominación social el número de cédula jurídica que de oficio le asigne el Registro Mercantil. Serge Lauriol, Presidente.—San José, 07 de marzo del 2008.—Lic. Ana Gabriela Badilla Zeledón, Notaria.—1 vez.—(24307).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de Condóminos del Condominio Villas Flamingo por la que se nombra administrador.—San José, 08 de marzo del 2008.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(24309).

Por escritura veintiocho, de las doce horas del doce de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada KC Pacific Energy Sociedad Anónima, que en español significa KC Energía del Pacífico Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: diez mil colones, correspondiéndole al presidente de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—(24310).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día cinco de marzo de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada TNR Investments Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula primera del pacto social.—Liberia, 05 de marzo del 2008.—Lic. Rommy Claros Baldares, Notario.—1 vez.—(24417).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del trece de marzo del dos mil ocho, se reformó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Arielita Central de Nueva York Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—(24418).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día once de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Solimez Soluciones en Importación y Exportación Limitada. Donde se acuerda reformar las cláusulas segunda y novena de los Estatutos.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(24419).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del trece de marzo del dos mil ocho, se reformó la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Inmobiliaria Natymau Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—(24420).

Por escritura otorgada ante mí hoy a las 14:55 horas, se constituye la sociedad denominada Estapar Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: Presidente y tesorero actuando individualmente.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—(24421).

En esta notaría en Alajuela, a las trece horas del doce de marzo del dos mil ocho, escritura número ciento veinticinco - cuatro, Virginia López Rojas, Maykool López Rojas y Kathlin López Rojas, constituyen V.K.M. Producciones Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años a partir de la fecha de la escritura de constitución. Domicilio social: Villa Bonita de Alajuela, frente al Cefof. Presidenta: Virginia López Rojas.—Lic. José Femando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24423).

En esta notaría en Alajuela, a las nueve horas del día nueve de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento veintidós, Alexander, Karla y María Teresa, todos apellidos Solís Rojas, constituyen La Perica Come Cocos Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años a partir de la fecha de la escritura de constitución. Domicilio social: Alajuela, Urbanización La Independencia, casa número H - siete. Presidente: Alexander Solís Rojas.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24424).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 16:40 horas del día 10 de marzo del 2008, se constituyó la compañía denominada Valbren Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Domiciliada en Chachagua de Peñas Blancas de San Ramón, Alajuela.—Alajuela, 10 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—(24428).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Avenida Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(24429).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 37

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad A Golden Sun Investment Group Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y se hacen los siguientes nombramientos: tesorero: Nathan John Schmidt; Fiscal: Daintry Bea Shantz y agente residente: Rosa Cortés Morales.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(24430).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la siguiente sociedad de responsabilidad limitada The Hypnotic Bear Creek Llc Limitada, con domicilio en Guanacaste, con objeto genérico, con plazo de noventa años, con capital social de diez mil colones y apoderado generalísimo. Gerente general: Sonia Elena Fonseca Seas.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(24431).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas con treinta minutos del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad The Meeting Place Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y se hacen los siguientes nombramientos: Tesorero: Ñathan John Schmidt; Fiscal: Daintry Bea Shantz y agente residente: Rosa Cortés Morales.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(24432).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Iguana Hill Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y se hacen los siguientes nombramientos: Tesorero: Nathan John Schmidt; Fiscal: Daintry Bea Shantz y agente residente: Rosa Cortés Morales.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—(24433).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del día 28 de febrero del 2008, se aumenta el plazo de la sociedad y se nombra Fiscal de la junta directiva, de la empresa denominada Ganadera Lluvias del Atlántico S. A.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—(24435).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta y siete otorgada en esta notaría a las diecinueve horas del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Grupo Veintidós Cero Tres Cincuenta y Siete Sociedad Anónima, con un capital social de quince mil colones exactos, dividido en tres acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una, que el señor Henry Fuentes Lain, es su presidente.—Lic. Ana Patricia García Salas, Notaria.—1 vez.—(24436).

Mediante escritura pública número ciento cincuenta y seis otorgada en esta notaría a las diecinueve horas del dos de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada E & E Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, que el señor Esteban Corrales Villalobos, es su presidente.—Lic. Ana Patricia García Salas, Notaria.—1 vez.—(24437).

En mi notaría por escritura número seis otorgada en San José a las doce horas del doce de marzo del año dos mil ocho, del tomo primero, se reforma junta directiva de la sociedad Tims Assessment Group Latinamerica Sociedad Anónima, y se nombra en el puesto de secretario, al señor Gustavo Adolfo Tafur Ocampo, quien es mayor, de nacionalidad colombiana, portador del documento de identificación de la República de Colombia número setenta y nueve millones trescientos noventa y nueve mil seiscientos cuarenta y seis- Bogotá, en el puesto de tesorera: a la señora Gloria Ocampo de Tafur, quien es mayor, de nacionalidad colombiana, portadora del documento de identidad de la República de Colombia, número treinta y ocho millones novecientos setenta y dos mil novecientos sesenta y dos Cali- Valle, y como fiscal, el señor Antonio José Tafur Ocampo, quien es mayor, de nacionalidad colombiana, y portador del documento de identidad de la República de Colombia número setenta y nueve millones novecientos cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y uno- Bogotá, quienes entran a servir a partir del día diez de diciembre de dos mil siete, según acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número uno, celebrada el día diez de diciembre de dos mil siete a las diez horas, participando la totalidad de las acciones, se aprueban y se declaran en firme por unanimidad.—San José, a las trece horas del 12 de marzo del 2008.—Lic. Cinthia Pérez Pereira, Notaria.—1 vez.—(24439).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las 15:00 horas del 10 de marzo de 2008, se constituye la sociedad de esta plaza Villa Vista del Pacifico NAJR Sociedad Anónima. Capital social: 16.000 colones. Representantes legales: presidente, vicepresidente, secretario, y tesorero.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Lorena Méndez Quirós, Notaria.—1 vez.—(24443).

Ante esta Notaría se constituyó la sociedad, Inversiones Naparo Anledri Sociedad Anónima, nombrando como apoderado generalísimo sin limitación de suma a, Jairo Luís García Rojano, cédula de residencia número: 117000511731. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—(24444).

La suscrita notaría pública hace constar que protocolicé el acta número veintidós de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Terminal Servicio de Furgones Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula sétima (De la Administración), la cláusula novena (De la Representación) y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—(24445).

La suscrita notaria pública hace constar que protocolicé el acta número treinta y nueve de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Negocios Urbanos Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula once (De la Administración) y se nombre nueva junta directiva y fiscal.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—(24446).

En escritura N° 3-162 otorgada a las 10:45 horas del 12 de marzo de 2008, tomo tres del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad BP- Thirty Five Bay Pelican Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(24447).

En escritura N° 3-159 otorgada a las 09:50 horas del 12 de marzo del 2008, tomo tres del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad PB Thirty Two Rainbow Parrot Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(24448).

En escritura N° 3-161 otorgada a las 10:30 horas del 12 de marzo de 2008, tomo tres del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad PB- Thirty Four Money Honey Creeper Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(24450).

En escritura N° 3-160 otorgada a las 10:10 horas del 12 de marzo de 2008, tomo tres del protocolo de esta notaría, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad PB- Thirty Three Morning Dove Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Andrea Fernández Cruz, Notaria.—1 vez.—(24451).

En escritura N° 134-17 otorgada a las 16:30 horas del 07 de marzo del 2008, tomo diecisiete del protocolo de este notario, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad PB-Fifteen Black Scooter Llc SRL.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—(24481).

En escritura N° 135-17 otorgada a las 16:40 horas del 07 de marzo del 2008, tomo diecisiete del protocolo de este notario, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad PB-Two King Bird Llc SRL.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—(24482).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura número ciento cuarenta y cinco, visible al folio setenta y seis vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, la sociedad denominada Río Samara J.M. Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en Alajuela, del Lubricentro Casstrol, cien metros al norte y veinticinco metros al oeste.—Alajuela, 11 de marzo del 2008.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(24483).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura número ciento veintiuno, visible al folio sesenta y cuatro frente del tomo cuarto de mi protocolo, la sociedad denominada Pequeño Auto, Pequeña Muchacha Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en Barrio San José de Alajuela, cincuenta metros al este del Bar Copa Blanca.—Alajuela, 11 de marzo del 2008.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(24484).

Mediante escritura número ciento ochenta y seis, de las 14:00 horas del cinco de marzo del año dos mil ocho, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Villaespesa Inversiones S. A., en la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales y el nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Silvia González Castro, Notario.—1 vez.—(24496).

Pág 38 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del doce de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad tres-ciento dos-quinientos diecinueve mil quinientos sesenta y seis srl, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—(24497).

Mediante escritura número ciento ochenta y siete, de las 15:00 horas del cinco de marzo del año dos mil ocho, ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad C.S. Capitán Sercal S. A., en las cuales se reforman las cláusulas primera, segunda cuarta y sexta de los estatutos sociales y el nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—1 vez.—(24498).

Por escritura número cuarenta y siete, otorgada ante notaría el día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, a las dieciocho horas con treinta minutos, se constituyó la sociedad Solstice Investments Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, 29 de febrero del 2008.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(24500).

Por escritura número cuarenta y seis, otorgada ante notaría el día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, a las dieciocho horas se constituyó la sociedad Bright Hill Properties Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: Presidente y secretario.—San José, 29 de febrero del 2008.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(24501).

Por escritura número cuarenta y tres, otorgada ante notaría el día seis de marzo del año dos mil ocho, a las ocho horas se protocolizó el acta número dos de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Waldport Inc. S. A., mediante la cual se modificó la cláusula cuarta de los estatutos sociales y se aumentó el capital social de la empresa.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(24503).

Por escritura número cuarenta y cinco, otorgada ante notaría el día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, a las diecisiete horas con treinta minutos, se constituyó la sociedad Turrubari Group Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: Presidente y secretario.—San José, 29 de febrero del 2008.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(24505).

Por escritura otorgada ente mí, hoy a las 14:00 horas se constituyó la sociedad denominada Tuetal de Marzo Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela centro. Plazo: 99 años. Objeto principal: el ejercicio del comercio en general. Capital: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Daniel Zamora Anchía.—Alajuela, 11 de marzo del 2008.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(24506).

Eduardo Ramón García Martínez y Francisco Enrique Chacón Quirós, constituyeron Compañía de Servicios Profesionales en Vigilancia y Seguridad Privada G. & M. Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las dieciocho horas del diez de marzo del año dos mil ocho.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—(24507).

Por escritura número ciento noventa, iniciada al folio cincuenta y nueve frente del tomo quince de mi protocolo, otorgada a las diecinueve horas del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyeron tres sociedades anónimas de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis.—Alajuela, 12 de marzo del 2008.—Lic. Rafael De La Peña Rojas, Notario.—1 vez.—(24508).

Por escritura número ciento noventa y uno, iniciada al folio sesenta frente del tomo quince de mi protocolo, otorgada a las diecinueve horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyeron dos sociedades anónimas de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis.—Alajuela, 12 de marzo del 2008.—Lic. Rafael De La Peña Rojas, Notario.—1 vez.—(24509).

En esta notaría en Alajuela, a las dieciocho horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento treinta y cuatro-cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Inversiones Jabu Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil trescientos ochenta y tres, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24513).

En esta notaría en Alajuela, a las dieciocho horas del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento treinta y tres-cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Rustic Nature Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y seis mil quinientos noventa y dos, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24514).

En esta notaría en Alajuela, a las diecisiete horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento treinta y dos- cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Rustic Land Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y siete mil once, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24515).

En esta notaría en Alajuela, a las diecisiete horas del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento treinta y uno-cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Rustic River Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24516).

En esta notaría en Alajuela, a las dieciséis horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento treinta-cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Rustic House Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y cuatro mil novecientos setenta y siete, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24517).

En esta notaría en Alajuela, a las dieciséis horas del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento veintinueve-cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de The Rainy Peak Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y ocho mil setecientos setenta y ocho, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24518).

En esta notaría en Alajuela, a las quince horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil ocho, escritura número ciento veintiocho- cuatro, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Hom Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - ciento treinta y seis mil seiscientos catorce, por la que se reforma la cláusula sexta, se revocan nombramientos y se hacen nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24520).

En esta notaría en Alajuela, a las catorce horas del doce de marzo del dos mil ocho, escritura número ciento veintiséis - cuatro, Hilda Benavides Jenkins e Inmobiliaria Hom Sociedad Anónima constituyen Koko Verde Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años a partir de la fecha de la escritura de constitución. Domicilio social: San José, Pozos de Santa Ana, de la iglesia católica quinientos metros al norte, Condominio Villa Verde. Presidenta: Hilda Benavides Jenkins.—Lic. José Fernando Saborío Jenkins, Notario.—1 vez.—(24521).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día doce de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Plycem Construsistemas Costa Rica Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Eduardo Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—(24528).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas del día diez de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Touchal Santa Ana Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula primera de los Estatutos.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Rafael Manzanares Murillo, Notario.—1 vez.—(24529).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día once de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria F G Graguz S. A., donde se acuerda la fusión con la sociedad Adeodatus S. A.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Andrés López Vega, Notario.—1 vez.—(24531).

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Ante el suscrito Notario Público, Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número dieciséis de fecha once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Petrotica Sociedad Anónima. Presidenta: Adriana Vargas Álvarez; con cédula identidad número uno-mil setenta y cuatro-quinientos treinta y ocho.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(24532).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cinco minutos del día once de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Adeodatus S. A., donde se acuerda la fusión de las sociedades Adeodatus S. A. e Inmobiliaria F G Fraguz S. A., se reforman las cláusulas quinta y segunda del pacto consultivo.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Andrés López Vega, Notario.—1 vez.—(24533).

Ante el suscrito notario público, Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número diecisiete de fecha once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Transportes Petrotica Sociedad Anónima. Presidenta: Adriana Vargas Álvarez; con cédula de identidad número uno-mil setenta y cuatro-quinientos treinta y ocho.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(24534).

Ante el suscrito notario público, Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número dieciocho de fecha once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad, Constructora Petrotica Sociedad Anónima. Presidenta: Adriana Vargas Álvarez; con cédula de identidad número uno- mil setenta y cuatro-quinientos treinta y ocho.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(24535).

ante el suscrito notario público, Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número diecinueve de fecha once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad, Multiservicios Petrotica Sociedad Anónima. Presidenta: Adriana Vargas Álvarez; con cédula de identidad número uno- mil setenta y cuatro-quinientos treinta y ocho.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(24540).

ante el suscrito notario público, Luis Alonso Salas Ross, mediante escritura pública número veinte de fecha once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad, Grupo Petrotica Sociedad Anónima. Presidenta: Adriana Vargas Álvarez; con cédula de identidad número uno- mil setenta y cuatro-quinientos treinta y ocho.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Salas Ross, Notario.—1 vez.—(24541).

Por escritura adicional otorgada ante esta notaría, se modifican las cláusulas 1a, 5a, 8a y 12a de la sociedad presentada al Diario del Registro al tomo 574, asiento 98829 la que se denominará Soluciones Integrales en Construcción S.O.I.N.C.O Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las once horas del trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—(24559).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día once de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Dragón Yellow Investments Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años, el presidente tienen la representación judicial y extrajudicial.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(24570).

En esta notaría a las 12:00 horas del 03 de marzo del 2008, mediante escritura número 66, se protocolizó acta, mediante la cual se sustituyó cláusula octava de los Estatutos de la compañía Q.A.C.S. Ecotimber Costarricense Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos setenta y tres, la cual se refiere a la administración de la sociedad, en donde se amplían los poderes al presidente.—Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—(24600).

Ante mi Notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Danny Arce Exportaciones e Importaciones Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo, escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del once de marzo del año dos mil ocho.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—(24601).

En esta notaría a las nueve horas del ocho de marzo del dos mil ocho, mediante escritura número sesenta y nueve, se constituyó la compañía cuya denominación será su número de cédula de persona jurídica asignada por el Registro Nacional más las palabras sociedad anónima. Domicilio: Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, dos kilómetros y medio al norte del Negocio Comercial Baterías del Norte. Objeto: la ganadería, el comercio, la industria, el turismo y bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones. Representado por tres acciones comunes y nominativas de cuatro mil colones cada una. Presidente: Óscar Humberto Soto Chacón, cédula número dos-dos cuatrocientos cincuenta y nueve-ciento dos, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—(24602).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día de hoy, se protocolizó un acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Yacomo Amp Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula sétima de su pacto social.—Puntarenas, Jacó, 7 de marzo de 2007.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(24604).

Mediante escritura número doscientos treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintiséis de febrero del 2008 se constituyó la empresa Euro Inversiones Milan Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: 99 años. Es todo.—Alajuela, 12 de marzo del 2008.—Lic. Miriam Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—(24622).

Mediante escritura numero doscientos veinticuatro otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, a las diez horas del trece de marzo del año dos mil ocho, se protocolizo asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Compañía de Ideas Val-Cot Limitada, en la cual se acordó por unanimidad reformar la cláusula quinta y nombrar nuevo gerente.—San José, diez horas del trece de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(24624).

Mediante escritura otorgada, ante el notario público, Randall Masís Ureña, número sesenta y dos del tomo ocho, otorgada a las once horas treinta minutos del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Centro Costarricense de Inglés Norteamericano Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Tibás, capital social: diez mil colones. Presidente: Berny Rodríguez Fernández, con facultades de apoderado generalísima sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Randall Masís Ureña, Notario.—1 vez.—(24625).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 11 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Tabash & Peña S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El presidente y el secretario, actuando conjunta o individualmente, serán apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(24628).

A las 14:00 horas del 11 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Teléfonos Portables Los Lagos Cinco L.Q.T. S. A., de esta plaza, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de la escritura constitutiva; se aceptan las renuncias que presentan la totalidad de la junta directiva y se nombran sustitutos; y se actualiza el domicilio social de la agente residente.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—(24629).

En mi notaría, a las quince horas del cinco de marzo del dos mil ocho, se constituyó Neotectónica Consultores Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, cinco de marzo del dos mil ocho.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—(24630).

El suscrito Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 79-13 otorgada en mi notaría, el día 13 de marzo del 2008, se constituyó Follajes La Selva S. A.—Alajuela, 13 de marzo del 2008.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(24631).

El suscrito Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 78-13 otorgada en mi notaría, el día 13 de marzo del 2008, se constituyó R & R Latin Music Promotions S. A.—Alajuela, 13 horas del 13 de marzo del 2008.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(24632).

A las 14:00 horas del 11 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Teléfonos Portables Los Lagos Cinco L.Q.T. S. A., de esta plaza, mediante la cual se El suscrito Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 79-13 El suscrito Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina Por escritura pública otorgada en la ciudad de San José, ante esta notaría de las 9:00 horas del 12 de marzo del 2008. Se protocoliza en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de Tennis Store Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula octava de la administración, se aceptan renuncias secretaria, tesorero y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ana Isabel Lee Quirós, Notaria.—1 vez.—(24634).

Por escritura pública otorgada en la ciudad de San José, ante esta notaría de las 10:00 horas del 12 de marzo del 2008, protocolizo en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de GBS Data Corporation Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula octava de la administración, se aceptan renuncias secretaria, tesorero y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Lic. Ana Isabel Lee Quirós, Notaria.—1 vez.—(24635).

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Por escritura pública otorgada en la ciudad de San José, ante esta notaría de las 8:00 horas del 12 de marzo del 2008, se protocoliza en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de Jemo y Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula octava de la administración, se aceptan renuncias secretaria, tesorero y del fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ana Isabel Lee Quirós, Notaria.—1 vez.—(24636).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 17:00 horas del 6 de marzo del 2008, protocolicé acta asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Alexseal Inc. S. A., según la cual se modifica la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombra presidente. Es todo.—San José, 7 de noviembre del 2008.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(24637).

Por escritura pública otorgada, en la ciudad de San José, ante esta notaría de las 16: 00 horas del 25 de febrero del 2008, los señores Roy Jiménez Quesada y Katherine Jiménez Romero constituyen la sociedad denominada Grupo Multiópticas GMO Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José. El presidente y secretaria ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—(24638).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, de las 10:30 horas del 12 de marzo del 2008, Darlene Lankford Connolly y Gary Allan Connolly constituyen la sociedad denominada Darcon Group Second Inc Sociedad Anónima, pudendo abreviarse Darcon Group Second Inc S. A. Con domicilio en la ciudad de San José. El presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—(24639).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, de las 10:00 horas del 12 de marzo del 2008, Darlene Lankford Connolly y Gary Allan Connolly constituyen la sociedad denominada Darcon Group One Inc Sociedad Anónima, pudendo abreviarse Darcon Group One Inc S. A. Con domicilio en la ciudad de San José. El presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—(24640).

Por escritura otorgada, a las dieciséis horas del doce de marzo del dos mil ocho, se nombran nuevos gerentes de la sociedad Inmobiliaria Chaparral Limitada Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento dos-doscientos veinticuatro mil setecientos veintinueve.—Alajuela, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Braulio Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(24642).

Ante este notario, se constituyó la sociedad denominada Gumabayco Constructores Sociedad Anónima, domicilio en La Granja de Palmares de Alajuela, Urbanización La Esperanza casa número quince. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones. Fecha de constitución: catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(24644).

Ante esta notaría, por escritura número 241-12 de las 8:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad amparada al Decreto Nº 33171-J, siendo la denominación social el número que se le asigne, objeto: comercio en general, capital íntegramente pagado y suscrito, 99 años.—Poás, 10 de marzo del 2008.—Lic. Mario Rivera Campos, Notario.—1 vez.—(24647).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres, otorgada en la ciudad de San José al ser las trece horas del 13 de marzo del dos mil ocho, se reforma la junta directiva, y se aumenta el capital social de la sociedad Mandalay Design Group Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(24650).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 15:30 horas del 29 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad: Transportes Moya Acuña Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado; apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(24651).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 17:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad: Inversiones Lorenzana Tellez S. A., capital suscrito y pagado; apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(24652).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 14:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Elrroldon Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado; apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(24653).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 14:30 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Micacharrito Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado; apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(24654).

Ante el notario: Fernando Mena Alvarado, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada: Babymede M.A.L.R Sociedad Anónima, cédula 3-101-472166, a las 12:00 horas del 14 de febrero del 2008, artículo primero: Se aprueba modificar la cláusula 7º del pacto social, la sociedad será administrada por una nueva junta directiva compuesta por tres miembros que serán: presidente: Randall Mejías Arias, cédula 6-304-214, secretaria: Diana María Lara Rojas, cédula 1-1112-587. Tesorero: Luis Avalo Collaso, pasaporte 14387552, fiscal: Enriqueta Ventura Pabón, pasaporte 214387553. Tercero: Reformar la cláusula 5º sobre el capital es la suma de 160.000, representado por 16 acciones comunes y nominativas de 10.000 mil colones cada una.—Grecia, 5 de marzo del 2008.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—(24655).

Por escritura 90 de las 10:00 horas del día 7 de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Crazy African Sociedad Anónima, donde se modifica pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(24661).

Por escritura 82 de las 10:00 horas del día 3 de marzo del dos mil ocho, Arnoldo Padilla Pacheco y Deborah Padilla Gordón constituyeron sociedad denominada Off Shore Transfer Agent O. T. A. Sociedad Anónima, capital social ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidente: Arnoldo Padilla Pacheco.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(24663).

Por escritura 85 de las 09:00 horas del día 4 de marzo del dos mil ocho, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada La Palma de San Juan Sociedad Anónima, capital social ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(24665).

Por escritura 87 de las 11:00 horas del día 5 de marzo del dos mil ocho, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Las Brisas de la Esperanza Sociedad Anónima, capital social ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(24666).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy James Earle Harvey y Wendy Rey Valverde constituyen Jahar Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S. A. Presidente: James Earle Harvey con plenos poderes. Capital social de: un millón de colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, etc.—San José, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Ricardo Guardia Vásquez, Notario.—1 vez.—(24667).

El suscrito notario da fe de que en su protocolo 4, al folio 155 vuelto, escritura pública N° 219, se constituyó la sociedad denominada CR BMW Imports S. A., domiciliada en San José, San Francisco de Goicoechea, frente a la Escuela Claudio Cortés Castro, cuyo presidente es Damián Aranguren Acuña, mayor, soltero, estudiante y corredor de bienes raíces, vecino de San José, costado oeste de la Plaza de Fútbol de Calle Blancos, portador de la cédula de identidad Nº 1-1202-593. Secretaria: Sofía Melania Acuña Durán, mayor, soltera, ingeniera industrial, vecina de San José, Guadalupe, costado este de la Escuela Claudio Cortés Castro, portadora de la cédula de identidad Nº 1-923-722 y la tesorera: Kathya Lucía Acuña Durán, mayor, divorciada dos veces, egresada de derecho, vecina de Goicoechea, San José, con la cédula de identidad Nº 1-630-598. Con un capital social de un millón de colones y un plazo social de cien años.—Lic. Eduardo Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—(24670).

El suscrito notario da fe de que en su protocolo 4, al folio 154 frente, escritura pública N° 218, se constituyó la sociedad denominada Odessaktres S. A., domiciliada en San José, Paso Ancho, 250 metros este, 100 metros norte y 75 metros este del Hipermás, cuyo presidente es Olexandr Ivanov, con un solo apellido en virtud de su nacionalidad ucraniana, mayor, casado en primeras nupcias, empresario, portador del pasaporte de ese país número AK 716361, secretario: Olexiy Ivanov, con un solo apellido en virtud de su nacionalidad ucraniana, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, portador de la cédula de residencia número 634-027025-0000061 y la tesorera: Valentyna Ivanova, con un solo apellido en virtud de su nacionalidad ucraniana, mayor, casada en segundas nupcias, empresaria, portadora de la cédula de residencia número 18040000241, todos vecinos de San José, Paso Ancho. Con un capital social de un millón de colones y un plazo social de cien años.—Lic. Eduardo Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—(24671).

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Por escrituras públicas números cero catorce, cero quince y cero dieciséis, todas-cero ocho, de las diez horas, diez horas y diez minutos y diez horas y treinta minutos, respectivamente, del doce de marzo de dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Iris Coast Industries Ltda., Jazmines Mágicos del Oriente Ltda. y Fonte de Mystic Ltda., en la que se modificó la cláusula primera del nombre, la segunda, del domicilio, se nombran gerentes y agente residente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(24680).

Por escrituras públicas números cero diecisiete-cero ocho, de las once horas del trece de marzo de dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, en la que se modificó la cláusula quinta del capital social de la compañía Genzyme Costa Rica S. A.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(24683).

Por escritura pública otorgada, en esta notaría, a las trece horas del día doce de marzo del año dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas la sociedad denominada Cuatro Salazares Sociedad Anónima, reformándose su pacto social.—Naranjo, Alajuela, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—(24686).

Otto Von Schroter Fallas y Caitlain Bell Hammond constituyeron ante mi notaría, Parque de Fósiles de Patarrá Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados, con capital de diez mil colones y sus apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y secretario.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—(24687).

Ante mi notaría, mediante escritura número noventa y cuatro, otorgada a las diecisiete horas del siete de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Venus del Nilo Ltda., capital social: diez mil colones.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—(24688).

Harold Castro Solano, Jairo Zapata Corrales, Ana Yancy Venegas y Francisco Alejandro Guerrero Calderón constituyeron ante mi notaría, Servicios Turísticos Akorpios Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados, con capital de doce mil colones y sus apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y secretario.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—(24689).

Pablo Mora Lobo y Emilia María Lobo Solano constituyeron ante mi notaría Inversiones Nahuel Huapi Sociedad, con domicilio en San José, Zapote. Capital de diez mil colones y sus apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y secretario.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carolina Madrigal Chavarría, Notaria.—1 vez.—(24692).

Kenneth Mora Díaz, y Randall Gabriel Luna Jiménez, constituyeron ante mi notaría, una sociedad anónima consignada de oficio por el registro de personas jurídicas de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno, con domicilio en Desamparados, con capital de diez mil colones y su apoderado generalísimo sin limitación de suma es el presidente.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carolina Madrigal Chavarría, Notaria.—1 vez.—(24693).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del once de marzo de dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la sociedad Fromto Comercial (C.R.) Sociedad Anónima, por medio de la cual se acordó reformar las cláusulas primera, tercera del pacto constitutivo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—(24710).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de Esfera Guiada Limitada, protocolizada ante los notarios públicos Juan Manuel Jiménez Ruiz, David Arturo Campos Brenes y Marianela Sáenz Alfaro, en escritura pública número dos - tres, de las doce horas treinta minutos del día diez de marzo de dos mil ocho, se reforma la cláusula segunda del domicilio de los estatutos de la sociedad y se nombran nuevos gerentes.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(24711).

Por escritura otorgada, ante la suscrita notaria, a las ocho horas del dieciocho de febrero del año dos mil ocho, se modificó la cláusula tercera de la sociedad Condominio Bosque Dorado del Madero Negro S. A.—San José, 10 de marzo del año 2008.—Lic. Pamela Meza Soto, Notaria.—1 vez.—(24713).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de Corporación Senderos De Jade S. A., protocolizada ante los notarios públicos Juan Manuel Jiménez Ruiz, David Arturo Campos Brenes y Marianela Sáenz Alfaro, en escritura pública número uno - tres, de las doce horas del día diez de marzo de dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda del domicilio y sexta de la representación de los estatutos de la sociedad y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(24717).

Mediante escritura número 154, de las ocho horas del día 12 de marzo del 2008, del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, tomo 1, con oficina en Heredia, Barrio Fátima, se procedió a la protocolización de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Abax Asesores S. A., cédula jurídica 3-101-497180 se nombro a secretario Allan Rodolfo Esquivel Sibaja, mayor, soltero, estudiante, cédula 1-1273-817, vecino de San José, Montes de Oca de San Pedro, 200 metros sur y 25 este de la Marsella, casa 134, tesorero Sergio Guzmán Lorz, mayor, soltero, ingeniero en computación, cédula 1-1134-422, vecino de Ciudad Colón Fiscal Olivia Carreras Herrero, mayor, casada una vez, cédula de identidad 1-1039-853, vecina de Cuidad Colón de Mora, y se modificó la cláusula novena: La sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por 3 miembros, socios o no, que duraran en sus cargos durante todo el plazo social, que serán: Presidente, secretario y tesorero. Correspondiendo la representación judicial y extrajudicial únicamente al presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma de manera individual salvo para transacciones mayores a 1 millón de colones y para disposición amplia de bienes, en cuyo caso, será necesaria la actuación conjunta de tanto el presidente y tesorero, según lo dispone el artículo 1253 del Código Civil, pendiendo otorgar poderes, sustituir este en todo o en parte, revocar sustituciones o hacer nuevas, conservando siempre sus facultades originales. Es todo.—Lic. David Gerardo Arrieta Carvajal, Notario.—1 vez.—(24721).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las doce horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Proactiva Internacional S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Roberto Bolaños Fonseca, Notario.—1 vez.—(24741).

En escritura autorizada por el suscrito notario, a las catorce horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de JCC Mercadeo Virtual S. A., mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto social.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Roberto Bolaños Fonseca, Notario.—1 vez.—(24742).

Por este medio aviso que se constituyó la sociedad Soluciones en Tecnología J y F S. A. Apoderados Generalísimos sin límite de suma, presidente: Francisco Rodríguez Núñez, secretaria: Jacqueline Velásquez Guzmán y tesorero: Francisco Rodríguez Velásquez. Escritura Nº 249 otorgada a las 10:05 a.m. del 28 de febrero del 2008.—Lic. Mauricio Espinach Montero, Notario.—1 vez.—(24821).

Por este medio aviso que se constituyó la sociedad Hi Tech Station S. A. Apoderados Generalísimos sin límite de suma, presidenta: Jacqueline Velásquez Guzmán, secretario: Francisco Rodríguez Núñez y tesorero: Francisco Rodríguez Velásquez. Escritura Nº 248 otorgada a las 10:00 a.m. del 28 de febrero del 2008.—Lic. Mauricio Espinach Montero, Notario.—1 vez.—(24822).

Por escritura de esta notaría, de las quince horas de hoy, se protocoliza acta de la compañía Señor y Señora Ese Diseño en Madera Exótica Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta.—Alajuela, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Ángel Solórzano Solórzano, Notario.—1 vez.—(24828).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito Notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Técnicos Ingeniería Y Construcción S.T.G. & C. S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusulas segunda y se adiciona cláusula décimo quinta al pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Federico Tinoco Brenes, Notario.—1 vez.—(24912).

Presente ante la notaria Rebeca Susana Araya Pérez, se constituyó la sociedad denominada Kalfutray Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones exactos, su presidente: Rafael Ángel Araya Cordero.—San José, veintidós de febrero del dos mil ocho.—Lic. Rebeca Susana Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—(24913).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del 12 de marzo del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Mercadeo Digital S. A., en la que se reformó la cláusula sexta del pacto social y se nombró nueva junta directiva.—San José, 13 marzo del 2008.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(24916).

Constitución de la sociedad anónima denominada Tenencias Asociadas Sociedad Anónima. Capital social: ¢1.000. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(24917).

Cambio de representación de la sociedad Alji Int Sociedad Anónima, y nombramiento de la junta directiva.—San José, 14 de marzo del 2008.— Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(24918).

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Cambio de representación de la sociedad Grupo Casa Canadá Sociedad Anónima, y nombramiento de la junta directiva.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(24919).

Constitución de la sociedad anónima denominada RI Piedras Mundiales Sociedad Anónima, capital social ¢10.000, plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(24920).

Constitución de la sociedad anónima denominada Estilistas Stylus del Este Sociedad Anónima, capital social ¢35.000, plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(24921).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, a las diecisiete horas del día doce de marzo del dos mil ocho, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Visual Synergy D.P.P. S. A., por la cual se reforma las cláusulas del domicilio, del consejo de administración y de la representación.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—(24924).

Los señores Ricardo Solano Sánchez y Mary Francis González Zúñiga, constituyen la sociedad denominada Corporación Automotora Solano S. A. La cual tendrá su domicilio en San José, Barrio Sagrada Familia, trescientos metros al este de la iglesia católica, local a mano izquierda esquinero. El capital social de la sociedad es la suma de mil colones y el objeto de la misma será sin limitación alguna a cualquier actividad comercial, científica, industrial, agraria, de turismo en general u otras que le produzcan retribución económica. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Ricardo Solano Sánchez. Escritura numero cuatro-quince, otorgada a las diecisiete horas treinta minutos del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Wayner González Arguedas, Notario.—1 vez.—(24937).

Por escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada a las once horas del dieciocho de febrero del dos mil ocho, Lucía Romero Bonilla y Jeannette Bonilla Esquivel, constituyen sociedad anónima denominada: Tierras de Mararena de CR Limitada, plazo social de cien años con domicilio en La Asunción de Belén, Heredia, con capital social de diez mil colones.—San José, catorce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—(24938).

Por escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada a las once horas del dieciocho de febrero del dos mil ocho, Lucía Romero Bonilla y Jeannette Bonilla Esquivel, constituyen sociedad anónima denominada: Sunray Valley Of CR Limitada, plazo social de cien años con domicilio en La Asunción de Belén, Heredia, con capital social de diez mil colones.—San José, catorce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—(24940).

Ante la suscrita notaria, se constituye Inmobiliaria Brunillo Sociedad Anónima, el doce de marzo del dos mil ocho, con domicilio en la ciudad de San José, Sabana Norte, setenta y cinco metros del Restaurante L Olivo, capital social de cien mil colones. Es todo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—(24941).

Por escritura número veintitrés, otorgada ante esta notaría, el día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, a las ocho horas cincuenta minutos y cinco minutos, se constituyó la sociedad Clovelly Inc S. A. Plazo noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(24948).

Por escritura número veinticinco, otorgada ante este notario, a las once horas del día cinco de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Propiedades Odemira Inc S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad y se nombró nuevo tesorero.—San José, cinco de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—(24949).

Por escritura número veintiuno, otorgada ante esta notaría, el día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos, se constituyó la sociedad Margalet Inc S. A. Plazo noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(24950).

Por escritura número veintidós, otorgada ante esta notaría, el día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, a las ocho horas cincuenta minutos, se constituyó la sociedad Helston Inc S. A. Plazo noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(24951).

Ante mí hoy, se constituyó la sociedad S.A.Y.RO. Inmobiliaria S.A., con el capital totalmente suscrito y pagado. Plazo 100 años. Presidente Óscar Saborío Saborío.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—(24955).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Erie Sociedad Anónima, donde se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, cambiando el domicilio social.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—(24956).

Ante mí hoy, se constituyó la sociedad Rosas de Rufi Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Patricia María Quesada González.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—(24957).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del veintiocho de agosto del dos mil ocho, Nicola Cerasoli Valdameri, cédula de residencia 138000056115, y Daniela Fogliani, cédula 13800000170, constituyen la sociedad denominada Inversiones Artemisia de Occidente Sociedad Anónima, con domicilio en Montezuma trescientos metros al sur de la escuela, frente al Hotel Los Mangos, Puntarenas. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la tendrá el socio y presidente de la sociedad, señor Nicola Cerasoli Valdameri.—Lic. German Eduardo Contreras Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 21407.—(24959).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Nortech Property Brokers S. A., en la que se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 21406.—(24960).

En mi notaría, a las 15:00 horas del 7 de marzo del 2008, en mi notaría, se protocolizó acta de la sociedad Hijos de Ronulfo Camacho S.A., por la cual se modifican las cláusulas primera sobre el domicilio y cuarta sobre el capital social.—Ciudad Quesada, 10 de enero del 2008.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 21409.—(24961).

José Luis Orozco Sibaja y Luzmilda Sibaja Orozco, fundan la sociedad Plaza Pocosol Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Luis Orozco Sibaja.—Santa Rosa de Pocosol, 11 de marzo del 2008.—Lic. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 21408.—(24962).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:25 horas del 7 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Trece de Diciembre Arrieta & Fonseca S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 7 de marzo del 2008.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 21412.—(24963).

En mi notaría, a las 11:00 horas del 28 de febrero del 2008, en mi notaría se constituyó la sociedad Transportes Sol-Ro S. A.; domicilio: Ciudad Quesada; capital social: ciento cincuenta mil colones. Representación: corresponde al presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 28 de febrero del 2008.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 21416.—(24964).

Se hace constar que mediante escritura número 226-8 de las 14:30 horas del 11 de marzo del 2008, se protocolizó acta de Esquivel y Echeverría Limitada, que es reforma de cláusula VI, revocación de cargos y nombramiento de gerente.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 21417.—(24965).

Mediante la escritura número 115-3, autorizada en mi notaría, al ser las 17:00 horas del día 10 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Goicoechea, Purral, Urbanización Kurú, casa trescientos cuarenta y cuatro, denominada Grupo de Servicios Mora-Vargas de San José Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢4.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Rosa María Herrera León, Notaria.—1 vez.—Nº 21421.—(24966).

Mediante la escritura número 48-3, autorizada en mi notaría, al ser las 10:00 horas del día 7 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Curridabat, Residencia Hacienda Vieja, Condominio El Corral, Apartamento E-treinta y dos, denominada Consorcio LM de Chinchilla Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢10.000,00, y una duración de 99 años.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. Fresia Mª. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—Nº 21422.—(24967).

Por escritura número noventa y nueve, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Grupo Royser Sociedad Anónima. Capital social nueve mil colones exactos, plazo social noventa y nueve años. Al presidente y vicepresidente le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar individualmente. Presidente Teodulo Camacho Chacón, cédula tres- trescientos dieciséis- trescientos noventa y ocho, y vicepresidente Marcos Camacho Tencio, cédula tres- doscientos setenta y ocho- cuatrocientos cincuenta y ocho.—Cartago, 12 de marzo del 2008.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 21423.—(24968).

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Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las catorce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Turísticas Mar-Alva S. A., celebrada en San José a las ocho horas del seis de marzo en curso, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, sétima y octava del pacto social, se designan directores, fiscal y agente residente, y se toma otro acuerdo.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 21424.—(24969).

Ante mi notaría, a las 16:00 horas de 11 de marzo del 2008, se reformaron las cláusulas: 3º y 5º y se nombró junta directiva de la sociedad anónima, denominada Corporación Huascaran del Prado S.A., presidenta: Lidieth Araya Hidalgo.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Farid Breedy G., Notario.—1 vez.—Nº 21425.—(24970).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Del Montesito M Y R Limitada. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las diecisiete horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho. Gerente: Mainor Martínez Rodríguez. Capital social: doce mil colones.—Lic. Óscar Corrales Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 21427.—(24971).

Mediante escritura número ochenta y seis - siete, otorgada el día primero de febrero del dos mil ocho, ante el suscrito notario se protocolizó el acta número tres de la sociedad Vallearriba Acarigua Once Uno A Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva y fiscal, se elimina la cláusula onceava del pacto constitutivo y agente residente.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 21428.—(24972).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada, con fundamento en el artículo segundo del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta uno J, del catorce de junio del dos mil seis. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las once horas del veintinueve de febrero del dos mil ocho. Gerente Juan Carlos Villalobos Umaña. Capital social: veinte mil colones.—Lic. Óscar Corrales Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 21429.—(24973).

Mediante escritura número ochenta y siete - siete, otorgada el día primero de febrero de dos mil ocho, ante el suscrito notario se protocolizó el acta número tres de la sociedad Vallearriba Achaguas Once Dos A Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva y fiscal, se elimina la cláusula onceava del pacto constitutivo y agente residente.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 21430.—(24974).

El día diez de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Gach Technology Computers And Networks Ltda.—Palmares, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 21431.—(24975).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada, a las once horas del día siete de marzo del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Corporación M.F Y F.M Tres Mil Sociedad Anónima.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 21432.—(24976).

El día once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Avícola Huevos del Diario Sociedad Anónima.—Palmares, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 21433.—(24977).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las ocho horas del día diez de marzo del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Corporación de Mercadeo Emotivo Sociedad Anónima.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 21434.—(24978).

El día once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Avícola Huevos del Día Sociedad Anónima.—Palmares, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 21435.—(24979).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del día 13 de marzo del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Veraca Sociedad Anónima. Presidente: Marcos Ramírez Garro.—San José, 13 de marzo del año 2008.—Lic. Huberth Salas Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 21436.—(24980).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del once de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Constructora Carcruz Limitada, con domicilio en Higuito de Desamparados, con un plazo de noventa y nueve años. Otorgada ante la notaria Maritza Muñoz Delgado.—Lic. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 21437.—(24981).

Por escritura otorgada ante mí, a 10:00 horas de 13 de diciembre del 2007, se constituyó Sueño en la Jungla Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily cincuenta metros al oeste del Banco Popular, oficina de Maximiliano Víquez, Corredores, Puntarenas, capital social: ¢10.000. Plazo 99 años.—Ciudad Neily, 29 de febrero del 2008.—Lic. Maximiliano Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 21439.—(24982).

Mediante escritura número 146 de las 14:30 horas del 11 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Los Reyes de la Baraja S. A., cédula jurídica 3-101-183462, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda del domicilio y sétima de la administración contenidas en el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 21441.—(24983).

Mediante escritura otorgada por el suscrito notario, a las nueve horas treinta minutos de hoy, se protocoliza acta de asamblea general de Servicios Estructurales Seesoft S. A., mediante la cual se reforma cláusula del domicilio social.—Liberia, veintiocho de febrero del dos mil ocho.—Lic. Carlos Chaves Araya, Notario.—1 vez.—Nº 21442.—(24984).

Mediante escritura número 111 del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima denominada S A C Servicios de Asesorías Contables de la Sabana Sociedad Anónima.—Guadalupe, 10 de marzo del 2008.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 21446.—(24985).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas dos minutos del diez de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad mercantil denominada Big Basin Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Curridabat, de la Universidad Fidélitas, trescientos metros al sur, casa número dos M.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Christian Ocampo Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 21447.—(24986).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Dar Noor S. A. Capital social suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Marielos Bogarín Chaves.—Lic. Henry Rodríguez Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 21448.—(24987).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil ciento diecinueve sociedad anónima, en la que se modificaron las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto social constitutivo.—San José, once de marzo de dos mil ocho.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 21449.—(24988).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Finca Agua Escondida Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula segunda del pacto social constitutivo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Humberto Barahona de León, Notario.—1 vez.—Nº 21450.—(24989).

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las quince horas del 9 de enero del año en curso, se constituyó la sociedad Il Betto del Pacífico S. A. Domicilio: La Garita de Alajuela. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: el ejercicio del comercio en forma general y amplia. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.— Cartago, 7 de marzo del 2008.—Lic. Javier Solano Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 21452.—(24990).

En la notaría del licenciado Marvin Alvarado Vega, Paso Canoas, se ha presentado a este despacho Ana Yancy Sequeira Bolívar, cédula Nº 6-294-458, para constituir sociedad anónima con el nombre de fantasía Macarcy S. A. Oficina del licenciado Marvin Alvarado Vega, ubicada en Paso Canoas centro, edificio amarillo segunda planta.—Paso Canoas, veintiséis de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Marvin Alvarado Vega, Notario.—1 vez.—Nº 21453.—(24991).

El suscrito notario Wayner Hernández Méndez, hace constar que en mi notaría se modificó el acta constitutiva de la sociedad Autumno Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del primero de octubre del dos mil siete. Es todo.—San Vito, veinte de febrero del dos mil ocho.—Lic. Wayner Hernández Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 21455.—(24992).

La suscrita notaria Maritza Araya Rodríguez, hace constar que en mi notaría se constituyeron las siguientes sociedades: 1-Importaciones Don Braulio Sociedad Anónima, a las quince horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil ocho; 2- Almupar Sociedad Anónima, otorgada a las dieciséis horas y diez minutos del once de enero del dos mil ocho; 3- Genciana de San Vito Sociedad Anónima, otorgada a las catorce horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil ocho. Igualmente en mi notaría se modificó el acta constitutiva de la sociedad Seed Bank Costa Rica Sociedad Anónima, escritura otorgada a las once horas del veintisiete de agosto del dos mil ocho. Es todo.—San Vito, tres de marzo del dos mil ocho.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 21458.—(24993).

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Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil ocho, se protocolizaron actas de asamblea de accionistas de la sociedad Bambú Maderas S. A., por medio de la cual se reformó la cláusula sexta del pacto de constitución.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 21459.—(24994).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del diez de marzo del dos mil ocho, se protocolizaron actas de asamblea de accionistas de la sociedad Grutas Mágicas S. A., por medio de la cual se reformaron las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto de constitución.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 21460.—(24995).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría se constituyó Villas del Payaso Sociedad Anónima. Es todo.— Firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las nueve horas diez minutos del día cinco de marzo del dos mil ocho.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 21462.—(24996).

La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo hace constar que ante esta notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad The Forest Heart S. A., domiciliada en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía, y se constituyó la sociedad anónima Panificadora Hermanos Murillo S. A., con domicilio en Las Parcelas de Ojote Agua de Ciudad Cortés, Osa.—Puntarenas, Ciudad Cortés, 10 de marzo del 2008.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 21463.—(24997).

Por medio de la escritura número treinta, otorgada ante la notaria Adriana Cordero Muñoz, compareciendo Omar Bolaños Rigioni, cédula de identidad número tres-trescientos cuarenta y ocho-quinientos sesenta y tres, Gioconda Alvarado Angulo, cédula número uno-mil nueve-cero cincuenta, José Francisco Alvarado Vargas, cédula uno-doscientos ochenta y nueve-trescientos veintinueve, constituyen sociedad anónima de esta plaza, cuya razón social es Famboal Sociedad Anónima.—San José, diez de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 21464.—(24998).

Por escritura otorgada a las nueve horas de hoy, se constituyó la sociedad que se denominará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno J, facultando al registro para que le asigne como nombre su número de cédula jurídica, más el aditamento Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor: Luis Diego Mena Muñoz.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—Nº 21465.—(24999).

A las 17:00 horas del día 12 de marzo del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Over The Ocean Limitada, celebrada en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficina uno, a las quince horas y quince minutos del veintiséis de julio del dos mil siete, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda del domicilio y octava de la administración.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—Nº 21466.—(25000).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 10 de marzo del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de cuotistas de la sociedad Legends & Myths OFCR Limitada, cédula jurídica 3-102-498925, mediante la cual se reformó la cláusula sétima y se adiciona la cláusula décima segunda a los estatutos de la sociedad.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 21467.—(25001).

A las once horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Chamaleon CRC S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—Nº 21468.—(25002).

Se hace constar que mediante escritura número ciento cuarenta y siete, de las ocho horas del siete de marzo del dos mil ocho, visible al folio noventa y cinco vuelto, del tomo diez del protocolo del notario público Carlos Guardia Gutiérrez, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Tropitransport CR S. A., en cuanto al capital social.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 21470.—(25003).

El suscrito notario licenciado Carlos Zárate Sequeira, da fe que los señores Demencia Geraldín Sandoval, cédula de residencia número 1-558001174005 y la señora Guadalupe Jiménez Sandoval, cédula de residencia número 1-55800663817, constituyeron una sociedad denominada JISA Sociedad Anónima, a los interesados se hace saber para que hagan hacer valer sus derechos. Es todo.—Puntarenas, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Zárate Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 21471.—(25004).

Que en escritura pública número veintitrés, otorgada ante la licenciada Selenia Guzmán Ruiz, se constituye la sociedad denominada La Gran Ciudad Maravillosa Sociedad Anónima, cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma son Greivin Galagarza Villarreal y Vilma Bojorges González. Es todo.—Puntarenas, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Selenia Guzmán Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 21472.—(25005).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del 11 de marzo del 2008 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad La Niña Azul S. A., cédula de persona jurídica 3-101-287867, modificándose las cláusulas primera, tercera, quinta y sexta y aumentándose el capital social.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 21476.—(25006).

A las 15:00 horas del día de hoy se constituyó en mi notaría la compañía Hotel Las Cabañitas Ltda. Se nombra gerente.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 21482.—(25007).

Eddy Bardowell Sanabria y Mercedes Lucía Scott Peters, constituyen compañía que se regirá por su número de cédula jurídica, figurando ambos como presidente y tesorero por su orden. Domicilio social: Limón centro, Costa Rica, barrio Santa Eduviges, 100 sur del templo católico. Capital social: cien mil colones. Plazo social cincuenta años. En la ciudad de Massapequa, New York, Estados Unidos de Norteamérica, a las 12:30 horas del 30 de diciembre del 2007, ante la notaria Viria Picado Rodríguez.—Lic. Viria Picado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 21483.—(25008).

Por escritura número ciento cincuenta y siete, otorgada a las diez horas del once de febrero del dos mil ocho, constituyeron la sociedad denominada CFC Computación Sociedad Anónima. Duración noventa y nueve años; presidente Carlos Francisco Corrales Arias. Domicilio Orotina de Alajuela, frente a Dinámica de Seguros.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 21484.—(25009).

Por escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada a las diez horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, constituyeron la sociedad denominada Taller Equipo Agrícola A.S.C. Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración noventa y nueve años; presidente Azarias Sibaja Castro. Domicilio San Ramón de Alajuela, Urbanización La Libertad, veinticinco metros al este y veinticinco metros al norte de primera entrada, alameda Los Claveles.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 21485.—(25010).

Marlon Sánchez Cortés, notario público hace constar que mediante escritura veintidós, de las once horas del seis de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de este domicilio denominada número de cédula jurídica que el Registro le asigne.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 21486.—(25011).

Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 14:00 horas del 10 de marzo del 2008, se constituyó la entidad social con domicilio en Vargas Araya de San Pedro de Montes de Oca, denominada A&K Asesorías Recreacionales S. A. Presidenta y apoderada generalísima sin límite sumario: Adriana María Piedra Zamora. Capital social: cincuenta mil colones.—San Ramón, 10 de marzo del 2008.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 21487.—(25012).

Mediante escritura número cinco-catorce, de las nueve horas del diecinueve de febrero del dos mil ocho se reforma la cláusula quinta del capital, de la sociedad F.I Stelmar Sociedad Anónima.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 21488.—(25013).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Arsinoe Property Brokers S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 21489.—(25014).

Ante mi notaría a las 12:00 horas del 12 de marzo del año en curso, protocolicé acta de la sociedad Distribuidora Mundial Industrial D M I S. A., donde se modifican cláusulas octava de los estatutos.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 21490.—(25015).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Consultores Tisser y T. S. Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente Enrique Paniagua Gutiérrez.—Barva de Heredia, tres de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 21491.—(25016).

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Ronny Jesús Alfaro Hernández, portador de la cédula de identidad número dos-quinientos ochenta y cinco-trescientos veintinueve y Randy Alfaro Hernández, con cédula número dos-seiscientos veinticuatro- ochocientos cuarenta y ocho, constituyen la sociedad denominada Almacén y Ferretería R y R S. R. L., domiciliada en La Virgen de Sarapiquí. Es todo.—Puerto Viejo de Sarapiquí, 12 de marzo del 2008.—Lic. Gerardo Alvarado Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 21492.—(25017).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, la sociedad distinguida por su número de cédula júrídica 3-101-492349, reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.— Santa Bárbara de Heredia, marzo del 2008.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 21493.—(25018).

Por acta de asambleas de socios del dos de marzo del dos mil ocho, se cambia tesorero y secretario de la junta directiva de la empresa Inmobiliaria Wehv Sociedad Anónima.—Grecia, 11 de marzo del 2008.—Lic. Karol Vanessa Gómez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 21494.—(25019).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas, treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil ocho, protocolización de acta de la sociedad Servicios de Asesoramiento Mecánico Sociedad Anónima, se modificó la cláusula sétima del acta constitutiva.—Lic. Ivonne Monge Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 21496.—(25020).

Por escritura otorgada a las trece horas, treinta minutos del diez del veintiséis de diciembre del dos mil siete, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada Valdan. Gerentes Karla Susana Soto Zamora y Jorge Eduardo Chavarría Alpízar.—Grecia, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 21497.—(25021).

Por escritura otorgada por mí, al ser las 17:00 horas del 7 de marzo de 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada P.R.A.I. Educación y Asesoría Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos ochenta y dos mil once, por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente, secretario, tesorero y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente la cláusula octava y décima del pacto constitutivo.—San José, al ser las 7 horas del 13 de marzo del 2008.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 21498.—(25022).

Por escritura 63-2, de las 15:00 horas del día 4 de marzo del 2008, se constituyó Rendon Ramírez VRC Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Se nombra junta directiva, fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 21500.—(25023).

Por escritura de las 10:00 horas del 11 de marzo del año 2008, se constituye la sociedad denominada Ace Entertaiment Sociedad Anónima, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 21501.—(25024).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del cuatro de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Inversiones Sierra Brunei Sociedad Anónima, en la cual se modifican las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 21502.—(25025).

Marco Tulio Granados Ortega, Héctor Granados Coto, constituyen sociedad anónima denominada Ferretería Granados MTG S. A., con domicilio en el distrito Dulce Nombre, Cartago, cuatrocientos metros sur de la Tienda Mary. Cuyo representante es: presidente Marco Tulio Granados Ortega, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago ante el notario Óscar Vinicio Solano Méndez.—Cartago, 7 de marzo del 2008.—Lic. Óscar Vinicio Solano Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 21504.—(25026).

Mediante escritura número ciento dos de las diez horas, treinta minutos del cuatro de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó el acta número nueve de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Hojas Verdes del Oeste S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento seis mil veintiocho, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, cuatro de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Sylvia Muñoz Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 21505.—(25027).

Por escritura número ciento setenta y uno, de las 11:00 horas del 12 de marzo del año 2008, visible a folio ciento setenta y dos vuelto del tomo tres del protocolo del notario Marcos Osvaldo Araya Díaz, procedí a protocolizar acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Vincenzi Lawyers CR S. A., en donde se modificaron la cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto al capital social que pasó a cien millones de colones; y la cláusula novena en cuanto a la administración de la compañía quedando presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Santa Ana, 12 de marzo del 2008.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21507.—(25028).

Ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Prometeo Villa Ciento Noventa y Uno Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio, se modificó la cláusula quinta del capital, se conoció de renuncia y se realizaron nuevos nombramientos.—Escritura otorgada en San José, a las 16:30 horas, del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 21508.—(25029).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma domicilio de Tres H Guácima S. A.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 21510.—(25030).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Hereitrisa S. A.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 21511.—(25031).

Por escritura otorgada ante mí se reforma objeto de Alesilvi C S S. A.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 21512.—(25032).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del trece de febrero del dos mil ocho los señores Jesús María Herrera Ugalde y Mireya Mayela Arroyo Fernández constituyen Familia Herrera Arroyo J J M Sociedad de Responsabilidad Limitada; con domicilio social en La Virgen de Sarapiquí de Heredia, doscientos metros al norte de la escuela. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Jesús María Herrera Ugalde.—La Virgen de Sarapiquí, trece de febrero del dos mil ocho.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—Nº 21515.—(25033).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas con treinta minutos del once de febrero del dos mil ocho los señores José Fonseca Aguilar y Adelaida Aguilar Fernández, constituyen Aserradero y Depósito Hermanos Fonseca A H F Sociedad Anónima, con domicilio social en Canoas de Alajuela, frente al Colegio Vocacional, casa de verjas color negro. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor José Fonseca Aguilar.—La Virgen de Sarapiquí, once de febrero del dos mil ocho.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—Nº 21516.—(25034).

A las doce horas del primero de marzo del dos mil ocho ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Corporación Bueno Duarte Amigos Sociedad Anónima; capital suscrito y pagado; domicilio San José, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 21517.—(25035).

A las once horas del once de marzo del dos mil ocho ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Olas Bonitas de Nosara Sociedad Anónima; donde se nombra nuevo presidente y tesorero.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 21518.—(25036).

La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número cincuenta y nueve visible al folio veintisiete vuelto del tomo dos de mi protocolo, se constituyó la sociedad Vadecri S. A. Sociedad Anónima. Es todo.—Al ser ocho horas del día once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 21519.—(25037).

A las once horas con diez minutos del once de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, de la sociedad The Jewel Of Nosara Sociedad Anónima, donde se nombra nuevo tesorero.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 21520.—(25038).

La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número cincuenta y uno visible al folio veintitrés vuelto del tomo dos de mi protocolo, se constituyó la sociedad Soluciones Globales Integrales S. G. I. S. A., Sociedad Anónima. Es todo.—Al ser ocho horas del día trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 21521.—(25039).

Por escritura número doscientos cincuenta y tres, otorgada el día de hoy, he protocolizado en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de las sociedades Compañía Nestlé Costa Rica S. A., y Novartis Consumer Health S. A., en las que se fusionan por absorción, prevaleciendo la primera y en consecuencia dejando de existir la segunda. Compañía Nestlé Costa Rica S. A., asume todos los derechos y obligaciones, activos y pasivos de la sociedad absorbida y modifica la cláusula quinta de su pacto social.—Heredia, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez González, Notario.—1 vez.—Nº 21522.—(25040).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituyó sociedad anónima denominada Proyecto Ogomo S. A. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 11 de marzo del 2008.—Lic. Mario Conejo Arias, Notario.—1 vez.—Nº 21523.—(25041).

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A las once horas con veinte minutos del once de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Agua Dulce de Nosara Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula novena y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 21524.—(25042).

A las once horas con treinta minutos del once de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación Vista del Cocoa Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula novena y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 21525.—(25043).

Por escritura pública número ochenta y ocho, otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la entidad Jardín Rosa Azul de Llano Grande de Cartago Sociedad Anónima. Representante judicial y extrajudicial: presidente y secretario, capital social totalmente pagado.—Cartago, diez de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Elizabeth María Campos Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 21529.—(25044).

La suscrita hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima El Sesteo Número Treinta y Tres S. A., cuyo presidente es el señor Arley Alvarado Quirós. Es todo.— San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Cindy Cascante C., Notaria.—1 vez.—Nº 21531.—(25045).

Mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de Lared Ltda., celebrada en Aserrí, San José, a las doce horas del cuatro de marzo del dos mil siete, debidamente protocolizada, se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales, relativa a la administración y se nombró gerente por nuevo período.—San José, 12 de marzo del 2007.—Lic. Ana Marina James Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 21534.—(25046).

Por escritura otorgada en Grecia a las dieciséis horas del diez de marzo del dos mil ocho, ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, comparecieron Ronal Zamora Acosta, Yorleny González Alvarado y constituyeron Compu Shop RZYG de Grecia Sociedad Anónima, el objeto: venta y distribución de equipo de cómputo, presidente el señor Ronal Zamora Acosta, con todas las facultades.—Grecia, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 21536.—(25047).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Depofit S. A. Capital social diez mil colones. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o individualmente.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 21539.—(25048).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Smark S. A. Capital social diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Vicepresidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 21540.—(25049).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada según el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Capital social diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 21541.—(25050).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada según el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Capital social diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 21542.—(25051).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada AC Depot Sucursal Liberia S. A. Capital social de un millón de colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 21543.—(25052).

Se comunica que mediante escritura número noventa y ocho de las diecinueve horas del cinco de marzo de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Rympreco Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y domiciliada en San Isidro de Coronado, San José. Es todo.—San José, doce de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rafael Ángel Morales Monge, Notario.—1 vez.—Nº 21545.—(25053).

Ante esta notaría, por escritura de las once horas del diez de marzo del año en curso, se nombró nuevo secretario y fiscal y se reformó la cláusula novena del pacto social de la sociedad Cahuita Beach E.V.G. S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil cuatrocientos cuarenta y uno.—San José, 10 de marzo del año 2008.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 21548.—(25054).

En esta notaría por escritura de las dieciséis horas del treinta de noviembre del año en curso, se constituyó la sociedad Inversiones Hernández Pérez de la Bajura S. A. Presidenta: Sandra Patricia Hernández Pérez.—San José, 30 de noviembre del año 2007.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 21549.—(25055).

Que por escritura número doscientos cinco, se constituyó la sociedad Gadea Distribuidores S. A. GADISSA. Presidente: Luis Fernando Gadea Agurcia.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—Nº 21551.—(25056).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Empresa de Servicios Públicos de Lomas del Mar S. A.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Leda P. Mora Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 21553.—(25057).

Por escritura otorgada ante nosotros, se constituyó la entidad Casa Orquídeas Playa San Josecito S. A. Capital social cien mil colones. Presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma. Lic. Gerardo Madrigal Campos y Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notarios.— Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 21557.—(25058).

Siroco Sociedad Anónima modifica las cláusulas segunda, sexta y octava de su acta constitutiva mediante escritura pública otorgada en esta notaría en el día de hoy.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—Nº 21558.—(25059).

Luis E. Brenes Fallas y Antonio I. Cruz González, constituyen la sociedad denominada Consolidadores Postales Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las nueve horas del seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 21559.—(25060).

En escritura número 207 del tomo 3 de mi protocolo, de las 9:00 horas del 1º de marzo del 2008, se protocolizó en lo conducente, el acta número veinte de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Laboratorio Central Juan Bautista Ortiz e Hijos Sucesores Limitada, realizada a las 19:00 horas del 12 de febrero del 2008; se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 1º de marzo del 2008.—Lic. Elizabeth Solano Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 21562.—(25061).

En escritura número 117 del tomo 4 de mi protocolo, de las 11:00 horas del 5 de enero del 2008, se protocolizó en lo conducente, el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Mitafilinda S. A., realizada a las 18:30 horas del 7 de agosto del 2007; se nombra nuevo presidente de la junta directiva por todo el plazo social. Lic. Elizabeth Solano Pacheco y Blanca Vanesa Quirós Maroto, Notarias.—San José, 6 de enero del 2008.—Lic. Elizabeth Solano Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 21564.—(25062).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Rocasa del <roble su Mejor Opción S. A., en asamblea extraordinaria acordó disolver la empresa. Todo lo anterior dentro de la asamblea extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día primero de febrero del dos mil ocho.—Palmares, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21567.—(25063).

Por escritura número ciento treinta y uno-ocho, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad TCMC Real Estate Sociedad Anónima, aumentando el capital social a cinco millones de colones.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 21595.—(25064).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Importadora de Calzado Karina S. A., en asamblea general extraordinaria acordó disolver la empresa. Todo lo anterior dentro de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día primero de febrero del dos mil ocho.—Palmares, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21568.—(25065).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Colegas de Palmares S. A., en asamblea general extraordinaria acordó disolver la empresa. Todo lo anterior dentro de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día primero de febrero del dos mil ocho.—Palmares, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21569.—(25066).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Importadora de Calzado ABBY S. A., en asamblea general extraordinaria acordó disolver la empresa. Todo lo anterior dentro de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día primero de febrero del dos mil ocho.—Palmares, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21570.—(25067).

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Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Comboyet LARF S. A., en asamblea general extraordinaria acordó disolver la empresa. Todo lo anterior dentro de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día dos de febrero del dos mil ocho.—Palmares, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21571.—(25068).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Poloclub de Palmares S. A., en asamblea general extraordinaria acordó disolver la empresa. Todo lo anterior dentro de la asamblea general extraordinaria de socios, celebrada en Palmares, el día primero de febrero del dos mil ocho.—Palmares, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21572.—(25069).

Por escritura otorgada ante mí, José Antonio Saborío Carrillo, notario público con oficina abierta en San José, a las catorce horas del once de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Sesa Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Tibás, Condominio Estancia Oeste, frente al diario La Nación, apartamento número uno. Capital: suscrito y pagado.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Antonio Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 21573.—(25070).

Ante mí, Sylvia Arias Ulate, notaria con oficina en Pavas, San José, Leo Miguel Guevara y otros constituyen sociedad anónima, el día siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Sylvia Arias Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 21575.—(25071).

Se constituye la firma de esta plaza Pitiayumi Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21576.—(25072).

Se constituye la firma de esta plaza Milano Picogarfio Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21577.—(25073).

Se constituye la firma de esta plaza Batará Lineado Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21578.—(25074).

Se constituye la firma de esta plaza Fiduciaria Valle Central Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21579.—(25075).

Se constituye la firma de esta plaza Pipra Mentalis Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21581.—(25076).

Mediante escritura otorgada a las quince horas del once de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Highland Tinamou S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno nueve cuatro nueve nueve, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Christopher Cunningham Smith, de único apellido en virtud de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte número uno cero cuatro tres cinco cero cero cero cinco.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21582.—(25077).

Mediante escritura otorgada a las quince horas del siete de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Ringed Kingfisher S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno seis ocho dos cero, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Allan Wayne Henderson, de único apellido en virtud de su nacionalidad Inglesa, portador del pasaporte número siete cero dos dos ocho nueve cero ocho seis.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21583.—(25078).

Ante mi notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Litiasis de Otacusta Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones, corresponde al presidente y a la secretaria la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con atribuciones de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Prado Salas, Notario.—1 vez.—Nº 21587.—(25079).

Ante esta notaría se protocolizó a las quince horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, ante la notaria pública Natalia Carolina Espinoza Chaves, acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad Atenas Racing Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos siete mil novecientos noventa y cuatro; celebrada a las trece horas del doce de febrero del dos mil ocho, reformándose la cláusula décima sexta sobre la junta directiva. Es todo.—Atenas, veintiocho de febrero del dos mil ocho.—Lic. Natalia Carolina Espinoza Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 21588.—(25080).

Por Escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil ocho, se modificó cláusula quinta de la sociedad denominada Inversiones Bahía de Bantry I B T. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, catorce horas y quince minutos del diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 21590.—(25081).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del veintiséis de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Ademar y Alina A y A e Hijos Sociedad Anónima. Domiciliada en Coopevega de Cutris de San Carlos, Alajuela, frente al cementerio. Presidente: Ademar Jesús Amador González, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, catorce horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 21592.—(25082).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada de conformidad con el Decreto tres tres uno siete uno-J, publicado el catorce de junio del dos mil seis, denominado como Reglamento para constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de personería jurídica como denominación social.—Guápiles, Pococí, a las 10:30 horas del 7 de marzo del 2008.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 21593.—(25083).

Ante esta notaria se constituyó la sociedad denominada de conformidad con el decreto tres tres uno siete uno-J, publicado el catorce de junio del dos mil seis, denominado como Reglamento para constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente del número de personería jurídica como denominación social.—Guápiles, Pococí, 10:55 horas del 7 de marzo del 2008.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 21594.—(25084).

Por escritura número ciento veintiocho-ocho se constituye la sociedad de esta plaza denominada Ticolombia Importaciones y Música Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidente: Luis Efraín Castaño Pareja, cédula de residencia uno uno siete cero cero cero nueve dos cero ocho tres uno.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 21596.—(25085).

Por escritura número ciento treinta-ocho se constituye la sociedad de esta plaza denominada Automotores Jiabfa Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidente: Carlos Augusto Duncan Daniels, pasaporte panameño catorce once dos setenta y cinco.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 21597.—(25086).

Los señores María Teresa Quesada Umaña y María del Rocío Saborío Quesada, constituyen la sociedad anónima denominada Comercializadora Las Delicias de San Juan. Capital: suscrito y pagado la suma de ¢4.000,00. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 17:30 horas del día 4 de marzo del año 2008.—Lic. Carlos Eduardo González Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 21598.—(25087).

Mediante escritura número noventa y uno, visible al folio ochenta y seis vuelto, del tomo primero del protocolo del notario Jorge Córdoba Umanzor, se constituyó la sociedad Deco Glass. L.E.A.H Sociedad Anónima. Presidente: Ana Laura Hidalgo Hidalgo, apoderada generalísima sin límite de suma. Plazo: 100 años. Capital social: ¢12.000,00.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Jorge Córdoba Umanzor, Notario.—1 vez.—Nº 21604.—(25088).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas con treinta minutos del doce de marzo del dos mil ocho, Sandra Masís Cubillo y José David Rojas Meléndez, constituyen la entidad Arbeiter Sociedad Anónima. Domiciliada en San Jorge de Upala, Alajuela, trescientos metros al este y un kilómetro y medio al sur de la Guardia Rural. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Sandra Masís Cubillo.—Ciudad Quesada, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 21605.—(25089).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de febrero del dos mil ocho, Elizabeth Rodríguez Herrera y Ana Victoria Herrera Hernández, constituyen la entidad Seguros Rodríguez Herrera Sociedad Anónima. Domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Cedral, calle San Lucas, cuatrocientos metro al noroeste y cien metros al norte del tanque de agua. Objeto: comercio e industria en general. Capital

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social: diez mil colones. Presidenta: Elizabeth Rodríguez Herrera.—Ciudad Quesada, veinticinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 21606.—(25090).

Mediante escritura de las quince horas del diecisiete de agosto del dos mil siete, Randall Arias Céspedes y Fanny Clemencia Portero Montero, constituyen la sociedad Estilos y Decoraciones Caribeñas S. A. Presidente, el primero. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: venta de artículos para el hogar en general el ejercicio del comercio., la industria, la agricultura, ganadería en general, etc.—Guadalupe, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 21607.—(25091).

Mediante escritura número doscientos cincuenta y cuatro-uno, otorgada a las doce horas del veinticinco de febrero del dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Mandioca Sociedad Anónima. Domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, seiscientos metros sur y cien metros oeste del Minae.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 21608.—(25092).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, decreto tres tres uno siete uno-J, del 29 de mayo del 2006, capital social debidamente pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando con junta o separadamente.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Ricardo Calvo Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 21609.—(25093).

El suscrito notario hace constar que el 7 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad Trébol Proyectos S. A. Presidente tiene la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Capital: suscrito y pagado.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº 21610.—(25094).

Por escritura otorgada en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de accionistas de las sociedades: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y cuatro sociedad anónima y cuatrocientos ochenta mil seiscientos quince sociedad anónima. Donde se modifica pacto social, en sus cláusulas primera, segunda, además se nombra nueva junta directiva, fiscal.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Mario José Piedra Montalbán, Notario.—1 vez.—Nº 21611.—(25095).

Ante esta notaría, mediante escritura setenta y siete, se protocoliza la asamblea general número dos extraordinaria de junta directiva, de la sociedad denominada Poro Langosta Estates Sociedad Anónima. En la cual se modificó la representación, la distribución del capital social y el domicilio. Es todo.—Quepos, a las quince horas, treinta minutos del veintiocho de diciembre del dos mil siete.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—Nº 21612.—(25096).

Por escritura otorgada ante el notario Héctor Manuel Fallas Vargas, en San José, a las quince horas, treinta minutos del quince de enero del dos mil ocho, Fabio Augusto Lemos Mejía y Alfredo Núñez Gamboa, constituyeron la sociedad denominada F. Lemos Capital Works Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 21615.—(25097).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones San Miguel del Sur Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cincuenta mil colones netos.—10 de marzo del 2008.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 21617.—(25098).

El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario público hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad E M V Consultores y Compañía Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Presidente: Eduardo Matamoros Villalobos, cédula de identidad Nº 6-164-025, a quien le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo sólo en forma conjunta o separada.—Lunes, 10 de marzo del 2008.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 21613.—(25099).

Mediante escritura Nº 56-7, de las 10:00 horas del 10 de marzo del 2008, se constituyeron 10 sociedades las cuales se les asignará nombre, según el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—Huacas, 10 de marzo del 2008.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—Nº 21618.—(25100).

Ante este notario a las nueve horas, treinta minutos del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Follajes de Chilamate Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 21619.—(25101).

Ante este notario a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Murillo Villegas Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 21620.—(25102).

Ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del día de hoy se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Sulayom del Este Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—San José, veintiocho de febrero del dos mil ocho.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 21621.—(25103).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del doce de marzo del presente año, se constituyó la sociedad denominada Deinest Capital S. A. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones. Presidente: José Pablo Mata Ferreto.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 21622.—(25104).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima. Presidente: Yoko Ishibashi. Capital social: dos millones doscientos cincuenta mil colones. Escritura otorgada a las 8:30 horas del 12 de febrero del 2008.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 21624.—(25105).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las quince horas del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó Global Telecom Inc. Sociedad Anónima. Cuyo domicilio es en San José. Con capital social de quinientos mil colones, suscrito y pagado y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, corresponde al presidente. Es todo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21628.—(25106).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Fairview Asset Company Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-469904. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21629.—(25107).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Taranaki Stock Capital Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-469624. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21630.—(25108).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Wombat Capital Investment Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-402027. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21631.—(25109).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Inversiones Cymaye J.M. del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-45934. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21633.—(25110).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Yosemite Asset Company Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-469626. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21634.—(25111).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Osaka Asset Company Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-461122. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21635.—(25112).

Por escritura Nº 224, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 12 de marzo del 2008, la compañía Corporación Autotransportes del Este Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-082621, modifica las cláusulas primera: de la denominación y del domicilio y quinta de la administración del pacto constitutivo.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Sergio Valverde Segura, Notario.—1 vez.—Nº 21636.—(25113).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas del diez de marzo del dos mil ocho, se reformó los estatutos de Vermilion Stock Capital Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-469668. Es todo.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 21637.—(25114).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 5 de marzo del 2008, se constituyó D.T.E. Windows and Doors S. A. El domicilio social será: Costa Rica, San José, Zapote de las Torres de Radio Columbia cincuenta metros al este, cien metros al sur, Bufete Umaña Soto

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y Asociados. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Laura Hernández Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 21639.—(25115).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 14:00 horas del día 6 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Coronado Advanced Technologies C.A.T. of Costa Rica S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Mario Naranjo. Secretario: Álvaro Riba Zeledón.—7 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 21645.—(25116).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 15:00 horas del día 6 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Solomon & Naranjo Development S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Mario Naranjo. Secretario: Álvaro Riba Zeledón.—7 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 21646.—(25117).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 9:00 horas del día 13 de marzo del 2008, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ventanas Rústicas S. A. Mediante la cual se reformó la cláusula sétima y cambio de presidente de la empresa.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 21648.—(25118).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 8:00 horas del día 13 de marzo del 2008, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Consultores Constructores Estructurales y Servicios Asociados CONCRESA S. A. Mediante la cual se reformó la cláusula segunda y cambio de junta directiva de la empresa.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 21649.—(25119).

Por escritura otorgada a las trece horas, treinta minutos del día doce de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general y extraordinaria de la sociedad denominada Composición y Descuento COMPODESA Sociedad Anónima. En la cual se reforma la cláusula octava del pacto y realizan nuevos nombramientos.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 21967.—(25120).

Por escritura número treinta y nueve, otorgada a las once horas del día once de marzo del dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de la sociedad 3-101-465922 s. a. Mediante los cuales se acordó reformar la cláusula sexta y se nombran presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 21969.—(25121).

Por escritura otorgada en la notaría del notario público Oscar Luis Trejos Antillón, Nº 218 del tomo 11, de las 13:00 horas del día 11 del mes de marzo del 2008, se protocoliza la asamblea de la sociedad denominada Reprasia Tica del Continente S. A.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Oscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 21962.—(25122).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas del siete de marzo del dos mil ocho, David Tigran Reuben Hatounian y Giselle Nicole Reuben Hatounian, constituyen la sociedad denominada ALC Abogados Sociedad Anónima.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 21656.—(25123).

En mí notaría, se ha constituido sociedad anónima denominada Donmar del General S. A. Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón. Presidente: Marvin Mora Guadamuz.—4-3-2008.—Lic. Ana Isabel Rodríguez Arguedas, Notaria.—1 vez.—Nº 21658.—(25124).

Según escritura Nº 271-22 del tomo de mi protocolo número veintidós se disolvió la sociedad Pisos Globales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-225492.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 21660.—(25125).

Ante esta notaría, y al ser las quince horas del tres de marzo del dos mil ocho, mediante escritura número ciento sesenta y ocho del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó la sociedad Supli-Papers del Chirripó Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Se nombró miembros de junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, cuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Eugenio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 21661.—(25126).

A las 12:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Tico Tejano Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tico Tejano S. A. El cual es nombre de fantasía, en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de manera conjunta, presidente: Wendell Lowell Perry de único apellido Perry en razón de su nacionalidad estadounidense, número de pasaporte cuatro tres cinco tres cuatro seis nueve nueve dos;

secretario: Jack Maurine Perry de único apellido Perry en razón de su nacionalidad estadounidense, número de pasaporte cuatro tres cinco tres tres cinco ocho nueve cinco. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: licenciada Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 21662.—(25127).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las trece horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de febrero del dos mil ocho, Álvaro Gerardo Mora Mata, Ericka Alexandra Mora Mata, constituyeron Las Cenizas Calipito Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de esta fecha. Presidente: Álvaro Gerardo Mora Mata.—Pérez Zeledón, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 21663.—(25128).

Por escritura Nº 116-3, del tomo 3 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad, a las nueve horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será Camily del General S. R. L.—San Isidro de El General, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 21664.—(25129).

Por escritura cuarenta-cuatro, otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Sueños e Ilusiones Resort S. A. Capital social: doscientos mil colones, representada por cuatro acciones nominativas de cincuenta mil colones cada una. Objeto: comercio en general, así como cualquier fin lícito. Domicilio: Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, un kilómetro al sur de Ferretería La Jungla. Presidente: Róger González Jiménez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.— Lic. Yesenia González Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 21665.—(25130).

Por escritura Nº 138-10, del tomo 10 de mi protocolo, otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, el día 12 de marzo del 2008, se constituyó la empresa denominada Osa Beach and Mountain S. A. Presidente: Elvin Campos Loría. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, segunda planta del Banco BAC San José. Plazo social: 99 años.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—Nº 21666.—(25131).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, quince minutos se constituye Facorbe del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A. que es nombre de fantasía. Domicilio: Las Mesas de Pejibaye de Pérez Zeledón. Objeto: la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: doce mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de esta fecha. Presidente: Yadith Beita Hinrich.—Pérez Zeledón, 4 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 21667.—(25132).

Por escritura Nº 121-3, del tomo 3 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad, a las catorce horas del tres de marzo del dos mil ocho, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social será Coffee Grounds S. R. L.—San Isidro de El General, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 21668.—(25133).

Mediante las escrituras que se dirá, todas del tomo 9 de mi protocolo, se constituyeron las empresas representadas por su gerente o su presidenta: María Gabriela Elizondo Alpízar, denominada Finca Las Montañas Verdes de Uvita S. A. Escritura Nº 96, visible al folio 103 vuelto. Finca Los Bástagos de Uvita S. R. L., escritura Nº 121, visible al folio 141 frente. El motivo de este edicto es la constitución de las empresas indicadas atrás.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 21670.—(25134).

A las doce horas del once de marzo del dos mil ocho, en mi notaría se constituye Propiedades Las Brisas & Cascadas de Morete Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento como Propiedades Las Brisas & Cascadas de Morete S.A.—Pérez Zeledón, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 21671.—(25135).

A las once horas del once de marzo del dos mil ocho, en mi notaría se constituye Jardinería La Flor de Morete Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento como Jardinería La Flor de Morete Sur S. A.—Pérez Zeledón, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 21673.—(25136).

A las once horas, treinta minutos del once de marzo del dos mil ocho, en mi notaría, se constituye Constructora La Costa del Pacífico del Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento como Constructora La Costa del Pacífico del Sur S. A.—Pérez Zeledón, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 21675.—(25137).

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Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 11 de febrero del 2008, se constituyó la entidad denominada Electro Costa J J M S. A. Presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente. Plazo: 90 años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón.—Lic. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 21676.—(25138).

Al ser las quince horas del seis de marzo del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada La Quinta Peña Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho, y se modificó el pacto constitutivo específicamente la cláusula octava del pacto constitutivo, por medio de escritura otorgada ante el notario Alexánder Elizondo Quesada.—San Isidro de Pérez Zeledón, seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Alexánder Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 21678.—(25139).

Constitución de sociedad anónima R Y M Investments S. A. Presidente y vicepresidente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Domiciliada en Cartago, ante el licenciado Salvador Vargas Solano, a las 17:00 horas del 20 de febrero del 2008.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Salvador Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 21679.—(25140).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 7 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Vaestra Assistant and Projects Development Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Cañas, Guanacaste, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ester Cecilia Solano Jérez, Notaria.—1 vez.—Nº 21682.—(25141).

Se deja constancia de que en esta notaría, Caribe Moab C.B.M. Sociedad Anónima, el día diez de marzo del dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las once horas, treinta minutos, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Frederique Nicole Bernadette Joly.—Lic. Vanesa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 21685.—(25142).

Se deja constancia de que en esta notaria, tres-ciento dos-quinientos trece mil setecientos cincuenta y dos sociedad de responsabilidad limitada, el día diez de marzo del dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las quince horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombran dos gerentes: Jonathan Emmanuel Rovick y Rebecca Lee Richmond.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 21687.—(25143).

Se deja constancia de que en esta notaria, Teocalli Caribe T.I.C Sociedad Anónima., el día diez de marzo del dos mil ocho, mediante escritura otorgada a las once horas, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Frederique Nicole Bernadette Joly.—Lic. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—Nº 21688.—(25144).

Ante mí, licenciada María Isabel Rodríguez Herrera, por escritura número ciento ocho, del tomo cinco de mi protocolo, de las once horas del catorce de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Z & B Inmuebles S. A. Cuyo capital social quedó suscrito y pagado y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, al señor Juan Guillermo Zeledón Bolaños.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 21690.—(25145).

Por escritura pública Nº 194 de las 11:00 horas del 22 de febrero del 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Desplegados Centroamericanos S. A., cédula Nº 3-101-286092, según la cual se aumenta el capital social hasta la suma de setenta y tres millones treinta mil colones.—Cartago, 4 de febrero del 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 21691.—(25146).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, se constituyó la compañía Los Altos de Playa Grande Sociedad Anónima.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 21692.—(25147).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho, se constituyó la compañía Grupo Los Altos de Vista Playa Grande Sociedad Anónima.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 21693.—(25148).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Cactus Two Forest Properties Sociedad Anónima. Presidente del consejo de administración: Tracy Hagan.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 21694.—(25149).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del cuatro de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Importaciones e Inversiones Soarin Sociedad Anónima. Domicilio social: San Ramón, de Alajuela. Objeto: industria, bienes raíces, agricultura, y comercio en general. Capital social: un millón de colones, íntegramente suscrito y pagado, representado por cien acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Presidente: Gerardo Mauricio Arias Ruiz, secretaria: Xiomara Bolaños Vásquez, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando únicamente en forma conjunta.—San Ramón, Alajuela, 4 de marzo del 2008.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 21704.—(25150).

Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada por Agbropecuaria Asirra A.I. Sociedad Anónima. En la que se modifica la cláusula sétima de los estatutos y se nombra nuevo miembro de la junta directiva.—San Ramón, 3 de marzo del 2008.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 21706.—(25151).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día quince de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Custodia y Administración de Valores del Oeste Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Terán Victory. Capital social: un millón de colones.—San José, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 21716.—(25152).

Por escritura número ciento noventa y cinco-veinte, protocolo veinte del notario Johnny Soto Murillo, se constituye Wallah S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cinco mil colones. Presidenta: Rebeca Soto Mora.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Johnny Soto Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 21717.—(25153).

Por escritura número ciento noventa-veinte, del protocolo veinte del notario Johnny Soto Murillo, se constituye Taller de Precisión Esquipulas S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cinco mil colones. Presidente: Javier Segura Hernández.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Johnny Soto Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 21718.—(25154).

Ante mi notaría, se constituye la sociedad Microsistemas Las Américas Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 21719.—(25155).

Ante el suscrito notario se protocolizó el día de hoy acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Sunnyland Corporation SC Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sexta del pacto social.—Diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 21721.—(25156).

En esta notaría, en escritura noventa visible al folio setenta y siete vuelto del tomo sexto, se registró, reforman las cláusulas segunda y sétima de la sociedad de nombre Santa Luisa Guadalupana S L G U A Sociedad Anónima. Domiciliada en Liberia, Guanacaste. Se hizo cambio de junta directiva.—Liberia, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Buck Ronald Calvo Canales, Notario.—1 vez.—Nº 21722.—(25157).

Por escritura Nº 18 de las 17:00 horas del 4 de marzo del 2008, se constituyó Eridano S. A. Domicilio en San José. Objeto: comercio en general, industria, turismo, ganadería, agricultura, transporte, asesoría, consultoría e inversión de capital. Plazo: 99 años. Apoderados: presidente y tesorero.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 21724.—(25158).

Mediante escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del siete de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Componentes Kirios Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años. Un capital social de diez mil colones y administrada por un presidente, secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marlene Villalobos Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 21725.—(25159).

La suscrita licenciada Sonia María Saborío Flores, notaria pública, hago constar que por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del veintinueve de febrero del dos mil ocho, se constituyó Hotel Playa Westfalia Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito por los socios.—San José, cuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Sonia María Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 21726.—(25160).

Ante esta notaría, a las ocho horas del día ocho de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Mercadeo y Conexión Uno Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma el pacto social, la cláusula segunda.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 21727.—(25161).

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Ante esta notaría, a las ocho horas del día siete de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Mercadeo y Conexión Uno Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma el pacto social, la cláusula sexta y se nombra junta directiva.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 21728.—(25162).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Davihola-Doce S. A. Domicilio: San José, Costa Rica. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Representante judicial: presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o individualmente. Se nombra agente residente.—San José, 3 de setiembre del 2008.—Lic. Olga María Bejarano Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 21729.—(25163).

Por escritura número ciento treinta y cuatro, ante esta notaría, a las 10:00 horas del 7 de marzo del 2008, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza Abarca y Barrantes S. A. Se reformó y aumentó el capital social y se nombró presidente y secretario.—11 de marzo del 2008.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 21730.—(25164).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Echo Across The Way Limitada. Se modifica la cláusula segunda del pacto social. Se revoca el nombramiento del actual gerente y se nombra nuevo gerente. Escritura otorgada a las ocho horas del diez de marzo del dos mil ocho.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 21734.—(25165).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 18:00 horas del 5 de marzo del 2008, se constituyó Photopro CR Limitada. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 21735.—(25166).

Por escritura otorgada en San José en mi notaría, a las doce horas del veinticuatro de febrero del dos mil ocho, Michael Thomas Spaargaren y John Perino, constituyen la sociedad denominada Diez Casa Mediterránea Costa del Sol Poniendo Limitada. Capital: cien mil colones. Domicilio: Esterillos de Parrita. Gerente: Michael Thomas Spaargaren.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 21737.—(25167).

Por escritura otorgada en San José, en mi notaría, en fecha treinta de enero del dos mil ocho, a las doce horas, Javier Sandoval Chaves y Fabiola Sandoval Cordero, constituyen la sociedad denominada Sesenta y Tres en Costa del Sol Poniente de Bejuco Limitada. Capital: doce mil colones. Domicilio: Esterillos de Parrita. Gerente: Javier Sandoval Chaves.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Mauricio Chaves Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 21738.—(25168).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 4 de diciembre del 2007, se constituyó A.P. Renta Equipos S. A.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 21740.—(25169).

A las diecisiete horas y treinta minutos del siete de marzo del dos mil ocho, se constituyó Turística Valvatico Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—Veintiséis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 21741.—(25170).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 6 de febrero del 2008, se constituyó Micaela La Soñada Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 12 de marzo del 2008.—Lic. Sylvia Eastwood Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 21745.—(25171).

El día de hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de la entidad Universal de Seguros S. A. Se nombra junta directiva y modifican cláusulas.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. María Luisa Salas Guadalupe, Notaria.—1 vez.—Nº 21746.—(25172).

Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó la sociedad Inversiones Vegga del Río Sociedad Anónima. Con domicilio en Grecia, Poró, doscientos metros norte de antigua almidonera. Fue nombrado como presidente: Gustavo Adolfo Vega Gómez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, asumiendo la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Grecia, a las 15:00 horas del 5 de marzo del 2008.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 21747.—(25173).

Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, ante el suscrito notario, se constituyó Inversiones Coto & Carmona Euromoto Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: comercio e industria en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, cinco de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—Nº 21748.—(25174).

Ante mí, a esta hora y fecha se modificó la sociedad Proyectos e Inversiones Vegga Sociedad Anónima. Con domicilio en Grecia, Poro, doscientos metros norte de la antigua almidonera. Actualmente denominada Soluciones Dentales de Occidente Sociedad Anónima. Fueron nombrados como presidente Leonardo Favio Muñoz Gómez, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, asumiendo la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Grecia, 14:00 horas del 5 de marzo del 2008.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 21749.—(25175).

Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó la sociedad Montajes Industriales Jacsa Sociedad Anónima. Con domicilio en Grecia, Puente de Piedra, Altos Peralta, del Súper La Parada, trescientos metros al sur. Fueron nombrados como presidente Willian Arley Carranza, secretario: Enrique María Varela Espinoza, tesorero: Eduardo Azofeifa Román, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo únicamente de forma conjunta y asumiendo todos la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—Grecia, 18:00 horas del 4 de marzo del 2008.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 21750.—(25176).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 8 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad anónima Talamanqueña Kaspata S. A. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: el señor Gilbert Blanco Salazar.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Álvaro Eladio Barboza Mena, Notario.—1 vez.—Nº 21751.—(25177).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy a las 17:00 horas, la sociedad tres-ciento dos-quinientos cuatro mil-cuatrocientos sesenta y cinco, protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula primera del pacto social.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 21752.—(25178).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy a las 10:00 horas, la sociedad Villa del Mar III, Doscientos Tres Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula segunda del domicilio, se reformó la cláusula décima de la administración.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 21753.—(25179).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy a las 12:00 horas, la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuatro mil-trescientos cuarenta y ocho sociedad anónima, protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula primera del nombre de la sociedad, se reformó la cláusula novena de la administración.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 21754.—(25180).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el 22 de febrero del 2008, a las 8:00 horas, la sociedad Cisneros y Cisneros Cisco de Costa Rica Sociedad Anónima. Protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 21755.—(25181).

Por escritura Nº 57, otorgada en Cartago, de las 19:15 horas del 10 de marzo del 2008, se protocolizan acuerdos de asamblea general de Tamarindo y Villareal B y V S. A. Modifica domicilio social, junta directiva, representación y nombra gerente.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—Nº 21756.—(25182).

Mediante escrituras ciento once, ciento doce, ciento trece, y ciento catorce se nombran personeros de junta directiva, y se modifica cláusulas de las sociedades Santarem JKR, Cudillero MST, MIRJU CF, Lareira PG, todas Sociedades Anónimas. Ante la notaria Giovanna Barrantes Esquivel del protocolo noveno.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 21758.—(25183).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del once de marzo del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas primera, tercera, quinta y sexta y se cambió la junta directiva de la sociedad denominada La Niña Azul S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y siete.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 21759.—(25184).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:45 horas del 27 de febrero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Togo S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-458593, modificándose la cláusula octava de la administración, cláusula duodécima y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21760.—(25185).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 27 de febrero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Restaurante Japonés Paseo de Las Flores S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-449859, modificándose la cláusula sexta de la administración, y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21761.—(25186).

Pág 52 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Agroindustriales Dekayen Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.— Lic. Olman Martínez Picado, Notario.—1 vez.—Nº 21762.—(25187).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:15 horas del 27 de febrero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Central de Personal Ichiban S. A., cédula de persona jurídico Nº 3-101-417416, modificándose la cláusula octava de la administración, cláusula duodécima, y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21763.—(25188).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 27 de febrero de 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Ambientales de Coronado S. A., cédula de persona jurídica 3-101-300050, modificándose la cláusula sexta de la administración y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21764.—(25189).

Mediante escritura número sesenta y siete, se protocolizó el acta número dos, de asamblea general extraordinaria de la sociedad Imprenta Carpi. Patio de los Torrentes Sociedad Anónima. Presidente: Carlomagno Picado Rodríguez.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 21765.—(25190).

Por escritura otorgada a las ocho horas del trece de marzo del dos mil ocho, se modificó la cláusula sétima en cuanto a la administración de la sociedad y se cambió la junta directiva de la sociedad denominada 3-101-471312 S. A., cédula jurídica 3-101-471312.—San José trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 21766.—(25191).

Mediante escritura número doscientos diecinueve, se protocolizó el acta número dos, de asamblea general extraordinaria de la sociedad B.C. Patio de los Torrentes Sociedad Anónima. Presidente: Helmut Dorsam Prestinary.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Rodríguez Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 21767.—(25192).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 12 de marzo de 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Recursos Humanos de Mercadeo y Proyección R H M P S. A., cédula de persona jurídica 3-101-348224, nombrándose nuevo secretario.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21768.—(25193).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 12 de marzo de 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Recursos Humanos Avanzados S. A., cédula de persona jurídica 3-101-347343, nombrándose nuevo secretario.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21769.—(25194).

En mi notaría al ser las 14:00 horas del 22 de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Seguridad De Protección Profesional El Shaddai Sociedad Anónima.—Lic. Irene Rodas Seas, Notaria.—1 vez.—Nº 21770.—(25195).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:20 horas del 27 de febrero de 2008 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad JRG Alimentos Procesados Mundiales S. A., cédula de persona jurídica 3-101-323617, modificándose la cláusula quinta de administración, cláusula doceava y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21771.—(25196).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:10 horas del 27 de febrero 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria socios de la sociedad Corporación Ichiban S. A., cédula de persona jurídica 3-101-404346, modificándose la cláusula octava de la administración, cláusula doceava y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21772.—(25197).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 27 de febrero 2008 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria socios de la sociedad Central JJ Sushi S. A., cédula de persona jurídica 3-101-383565, modificándose la cláusula sexta de la administración, cláusula doceava y nombrándose nueva junta directiva.—San José, 28 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 21773.—(25198).

Ante mí, Evelyn María Obando Pradella, notaria pública con oficina abierta en San José, calle veinticinco, avenidas ocho y diez, número ochocientos cincuenta y cuatro y de paso en San Pedro de Montes de Oca, se constituyó a las diez horas del once de marzo del dos mil ocho la sociedad Hierro Forjado Jireh S. A. Presidente: Jenny Von Schroter Fallas. Capital social: diez mil colones. Plano: noventa y nueve años.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—Nº 21774.—(25199).

Ante mí, Evelyn María Obando Pradella, notaria pública con oficina abierta en San José, calle veinticinco, avenidas ocho y diez, número ochocientos cincuenta y cuatro y de paso en San Pedro de Montes de Oca, se constituyó a las diez horas del once de marzo del dos mil ocho la sociedad Hierro Forjado Jireh S. A. Presidente: Jenny Von Schroter Fallas. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—Nº 21775.—(25200).

La suscrita Evelyn María Obando Pradella, notaria pública con oficina abierta en San José, calle veinticinco, avenidas ocho y diez, número ochocientos cincuenta y cuatro y de paso en San Pedro de Montes de Oca, da fe de que hoy doce de marzo se constituyó una sociedad anónima, en la cual se autoriza al Registro Nacional, la inscripción con el número de cédula jurídica, de igual manera se eligió como presidenta a la señora Silvia De La Fuente Enseñat. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—Nº 21776.—(25201).

Mediante escritura cuarenta y dos otorgada a las once horas del once de marzo del dos mil ocho, ante el notario público Julio Barquero Salazar, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria mediante la que se reforma el pacto social en su cláusula segunda y sexta a la sociedad Lakeboy Spokane S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos dos mil trescientos ochenta y cinco.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Julio Barquero Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 21777.—(25202).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día primero de febrero del año dos mil ocho se constituye la sociedad Sada Boos Costa Rica Sociedad Anónima.—Heredia, 10 de marzo del 2008.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 21778.—(25203).

A las 8:30 horas del 30 de enero de 2008 ante mí se constituyó la sociedad denominada Grupo Junkov Fernández Sociedad Anónima, domiciliada en San Rafael de Oreamuno Cartago, su objeto social será compraventa de bienes muebles e inmuebles, el plazo social es de noventa y nueve años, el capital social es la suma de noventa y nueve años, el capital social es la suma de cien mil colones, representante judicial y extrajudicial de la sociedad son el presidente, el secretario y el tesorero actuando separadamente.—Lic. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—Nº 21779.—(25204).

A las 15:00 horas del 28 de julio de 2007 ante mí se constituyó la sociedad denominada Estudios de Grabación Girasol S. A., domiciliada en Cartago, su objeto social será grabación, mezcla y masterización de música, producción de cuñas y jingles publicitarios, musicalización de documentales, grabaciones de conciertos y recitales y premasterización, el plazo social es de noventa y nueve años, el capital social es la suma de cien mil colones, representante judicial y extrajudicial de la sociedad es el presidente.—Lic. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—Nº 21780.—(25205).

Ante mi notaría se constituyó sociedad denominada Maucademia Central Sociedad Anónima, domicilio social será San Ramón de Tres Ríos, La Unión Cartago, de Kimberly Plaza, ciento cincuenta metros este.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 21787.—(25206).

La sociedad Comercial Govinda Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y cuatro mil, estando presente la totalidad de los accionistas, se toman los siguiente acuerdo: Primero: modificar totalmente el domicilio social de la sociedad el cual será en San José, ciento cincuenta metros sur del Colegio de Señoritas.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Denia Vargas Azofeifa, Notaria.—1 vez.—Nº 21788.—(25207).

Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciséis horas del día de hoy, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Copiarte Company S. A., mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, dieciséis horas cincuenta minutos del día once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Róger Guevara Vega, Notario.—1 vez.—Nº 21789.—(25208).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del siete de marzo del dos mil ocho, se nombra presidente y tesorero de la sociedad Prondine S. A.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Nº 21790.—(25209).

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Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Odonto Broce Espinoza Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado en letras de cambio. Plazo social: Noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Elvis Ariel Broce.—Santo Domingo de Heredia, 12 de marzo del 2008.—Lic. Luis Edgardo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 21795.—(25210).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del siete de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre es el número de cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional le asigne.—Tres Ríos, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 21796.—(25211).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del cinco de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre es el número de cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional le asigne Tres Ríos, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 21797.—(25212).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del trece de marzo de dos mil ocho, los señores Alicia Bello Varela y Zeidy Bello Varela, constituyen la sociedad que se denominará con el nombre de fantasía Námaste Sociedad Anónima. Domicilio: La provincia de Heredia, cantón primero Heredia, distrito segundo Mercedes Norte, o bien Heredia Mercedes Norte del Colegio Claretiano, cuatrocientos metros este y trescientos cincuenta metros norte. Presidenta Alicia Bello Varela.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 21799.—(25213).

Los señores: Deyanira Jiménez Vindas e Irma María Guerrero Mora, conforman la sociedad, que se denominará Deyaircriso Sociedad Anónima, presidenta: Deyanira Jiménez Vindas, mediante escritura otorgada en Puriscal ante el notario Álvaro Herrera Madrigal, a las catorce horas del cinco de marzo del año 2008, escritura número 64 del tomo de protocolo 48.—San José, 13 de marzo del año 2008.—Lic. Álvaro Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 21800.—(25214).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 13 de marzo de 2008, se protocoliza acta de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cinco mil novecientos sesenta y ocho s. a. Se modifica las cláusulas segunda y octava y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Se nombra como presidente al señor Claude Mangosio.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 21801.—(25215).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 13 de marzo de 2008, se protocoliza acta de la sociedad Industrias M.H S. A., en donde se modifica cláusula quinta del pacto social.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 21802.—(25216).

Secomsa M Y Q Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas. Escritura otorgada en Cartago, a las ocho horas del doce de marzo del dos mil ocho, ante el notario Ronald Gerardo Cerdas Rojas.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ronald Gerardo Cerdas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 21803.—(25217).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las catorce horas del diez de marzo del 2008, se reforman cláusulas del pacto constitutivo: segundo; quinto; octava; novena; se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, del pacto constitutivo de Businees Center S. A., cédula jurídica 3-101-289179.—Lic. José Arguedas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 21805.—(25218).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las doce horas del diez de marzo del 2008, se reforman cláusulas del pacto constitutivo: primera: que cambia nombre por Ju Famtobie S. A., segunda, vigésima, vigésima primera que nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, del pacto constituyó de la sociedad anónima 3-101-491077.—Lic. Leda Montoya Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 21806.—(25219).

Por escritura otorgada a las nueve horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima Distribuciones Trigueros Cortes Tricor Sociedad Anónima. Presidente: Arlex Trigueros Arteaga.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Víctor Manuel Rodríguez Rescia, Notario.—1 vez.—Nº 21807.—(25220).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ochenta y seis del once de marzo del presente año, se constituyó Ochoa Solórzano Hermanos Sociedad Anónima. Por los socios Gina Paola Ochoa Solórzano y Agilio Mateo Acuña Cordero. Plazo noventa y nueve años.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 21809.—(25221).

Flor de los Ángeles Cordero Araya y Carmen Cordero Araya, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Flojama S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 16:30 horas del día 3 de marzo del año 2008.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 21810.—(25222).

Ante esta notaría a las 14:00 horas del 11 de marzo del año 2008, se constituyó Mis. Etel S. A., cuyo plazo social es de 99 años, capital íntegramente pagado, representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin limite de suma a cargo del presidente y vicepresidente.—Limón, 12 de marzo del año 2008.—Lic. Ania Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 21812.—(25223).

Mediante escritura otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 26 de febrero del dos mil ocho, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal en la sociedad Go South Investments GTE Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-449326.—Guanacaste, 28 de febrero del 2008.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 21814.—(25224).

Mediante escritura otorgada ante este notario a las 9:00 horas del 4 de marzo del 2008. Se modifica la cláusula segunda del domicilio de la sociedad White Fence Real Estate Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-458845. Es todo.—Guanacaste, 4 de marzo del 2008.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 21815.—(25225).

Mediante escritura otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 4 de marzo del 2008. Se modifica la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sétima de la administración de la sociedad Hot Silver Inc Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos veintiocho. Es todo.—Guanacaste, 4 de marzo del 2008.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 21816.—(25226).

Mediante escritura otorgada ante este notario a las 8 horas 30 minutos del 28 de febrero del dos mil ocho, se modifica cláusula novena: De la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal en la sociedad Empresas Kitty CAt GTE Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-397693.—Guanacaste, 29 de febrero del 208.—Lic. Katherine Mourelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 21817.—(25227).

Protocolización acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Reingeniería Hídrica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración, el domicilio y se nombra nueva junta directiva.—San José, trece de marzo del dos mil siete.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—Nº 21818.—(25228).

Protocolización acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Pinos del Norte Santaneños Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración, el domicilio y se nombra nueva junta directiva.—San José, trece de marzo del dos mil siete.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—Nº 21819.—(25229).

Por escritura pública número ciento sesenta y siete, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada: Nabi-PF Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 17:00 horas del día 7 de febrero del año 2008. Presidente: José Luis Porras Rodríguez.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 21820.—(25230).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las catorce horas del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyeron diez sociedades anónimas, cuya denominación corresponde al número de cédula jurídica que asigna el Registro Público en la Sección Mercantil.—San José, a las catorce horas del doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Quirós González, Notario.—1 vez.—Nº 21821.—(25231).

Por escritura número veinte - dos otorgada en esta notaría el día once de marzo de dos mil ocho, a las doce horas, se constituyó la sociedad denominada B Flores Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Antonio Flores Baires.—Cartago, a las siete horas del once de marzo de dos mil ocho.—Lic. Paula Aragón Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 21825.—(25232).

Por escritura trescientos noventa y siete-diez ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos de la sociedad Grupo Casa Médica J Y K. S. A., realiza modificación de cláusula constitutiva de pacto social en cuanto al capital social el cual de ahora en adelante será la suma tres millones quinientos mil colones, escritura otorgada en Heredia, a las dieciséis horas del veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 21826.—(25233).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las nueve horas del diecinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó Telmex R y R Sociedad Anónima.—Naranjo, dos de enero del dos mil ocho.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 21827.—(25234).

Ante esta notaría a las doce horas del diez de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Delca Luigi Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 21828.—(25235).

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Por escrituras otorgadas ante este notario, a las quince horas, a las quince horas treinta minutos y a las dieciséis horas del doce de marzo de dos mil ocho, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las compañías Sunshine de Samara Wheler Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo; Rectángulo del Norte Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo; y Green Manglar de Samara Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, doce de marzo de dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 21830.—(25236).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario a las 15:00 y 15:15 del día 10 de marzo de 2008, se constituyeron las sociedades Shangai del Sur Oriente Medio J.G.M. S. A. y Gran Cerro de China y C.R.M.G.M S. A. y por escrituras otorgadas a las 9:00, 11:30 y 14:30 del día de hoy, se reforman los estatutos de las sociedades Super Bodega de Oriente S.B.O. S. A., Distribuidora El Oriente Importador CH. Y CR. S. A. e Inversiones Luz de Oriente Medio P C R S. A.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 21832.—(25237).

Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario en esta ciudad el día de hoy a las 15:00 horas, 15:10 horas y 15:20 horas, se constituyeron las sociedades de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno-J, artículo segundo, publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del dos mil seis. Respectivamente.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, notario.—1 vez.—Nº 21834.—(25238).

Por escritura ciento cincuenta otorgada a las siete horas del nueve de agosto del dos mil siete, ante el notario Fabián Azofeifa Arce, se constituyó la sociedad anónima Clalis Los Pistoleros Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—Nº 21835.—(25239).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Morales Castrillo, a las 9:30 horas del día 7 de marzo del 2008, Roberto José Artavia Cuadra y Gabriela Bejarano Aronne, constituyen la sociedad Midas A.C. Sociedad Anónima. El plazo social de la compañía será de cien años, y el presidente será Roberto José Artavia Cuadra, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—Nº 21837.—(25240).

Por escrituras otorgadas ante el notario público Andrés Morales Castrillo, a las 11:00, 11:15, 11:30, 11:45, 12:15 horas del día 25 de febrero del 2008, Mariela Solano Obando y José Pablo Sagot Rosabal, constituyen Leyton Orients del Sur S. R. L., Corporación Gerona, S. R. L., Dynamo Dresden S. R. L., Guingamp Corporation S. R. L. y Berlynas de Bersalles S. R. L., el plazo social de cada compañía será de cien años, el capital social de las compañías es la suma de mil doscientos colones y en todas el gerente será Mariela Solano Obando con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—San José, 29 de febrero del 2008.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—Nº 21838.—(25241).

Aura Nidia Aguilar Romero y Mariano Rodríguez Arias, constituyen Farmacias Rodríguez Aguilar RA S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diecinueve horas del día siete de enero del dos mil ocho.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 21839.—(25242).

Por escritura número catorce, del tomo treinta y ocho de mi protocolo, otorgada a las trece horas con quince minutos del once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Delaplaza Sociedad Anónima.—San Rafael de Heredia, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 21850.—(25243).

Por escritura número trece, del tomo treinta y ocho de mi protocolo, otorgada a las trece horas del once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Internet Service Provider Sociedad Anónima.—San Rafael de Heredia, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 21852.—(25244).

Yo, Emilia Ma. Marín Díaz, notaria pública con oficina en San José, hago constar que Carlos Alberto Angelé Martínez, cédula 1-1134-022, químico; Karla Chaves Corea, cédula 1-1121-046, arquitecta y Olga Martínez Calvo, cédula 1-329-838, abogada, todos de Aserrí, barrio Corazón de Jesús, frente a Bazar Mary, han constituido una compañía mercantil denominada Ángel del Mar S. A., con domicilio anterior, con el objeto de ofrecer servicios y asesorías en química pura. Capital social: 20.000 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Carlos Alberto Angelé Martínez. Plazo social: 90 años. Visible a los folios 64 frente a 65 vuelto; escritura número 100; tomo IV de mi protocolo.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Emilia Ma. Marín Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 21854.—(25245).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día de hoy, se constituye la sociedad Albefemai S. A.—Alajuela, 13 de marzo del 2008.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 21855.—(25246).

Por escritura número cincuenta y cuatro, del tomo once de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del doce de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Otoño Por Siempre MB Sociedad Anónima.—San José, doce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Mario Alberto Solano Campos, Notario.—1 vez.—Nº 21869.—(25247).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy ante esta notaría, se constituyó la compañía C.U.F.A. Financial Advisor Ltda., con domicilio en Playas del Coco. Su capital social será de veinte mil colones, y su representación recaerá sobre el gerente uno y gerente dos, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Guanacaste, primero de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ma. Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—Nº 21873.—(25248).

Ante este notaría se constituyó la entidad Build a Legacy LLC Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos. Domicilio social: Guanacaste, Carrillo. Gerente general: Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas, se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21873.—(25249).

Por escritura otorgada en esta ciudad, ante el notario Roberto Portilla Barrantes, a las 15:00 horas del 26 de diciembre del 2007, se constituyó Badilla y Epstein Juntos en Montelimar S. A. Capital social: cincuenta mil colones. Domicilio social: El Ceibo de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, un kilómetro al oeste de la escuela. Presidente, secretario, tesorero y vocal con facultades de apoderados generalísimos sin límite: Frederick de único apellido Epstein, Esteban Badilla Flores, Linda de único apellido Epstein, y Mario Badilla Flores.—San Isidro de El General, 11 de marzo del 2008.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 21874.—(25250).

Ante este notaría se constituyó la entidad Holiday at Home Corp. Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste. Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas, se constituyó mediante escritura número 117-11 de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21877.—(25251).

Ante este notaría se constituyó la entidad Trapped at the Sea Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste. Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas, se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21877.—(25252).

Ante este notaría se constituyó la entidad Octavarium Musical Investment Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste. Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas se constituyó mediante escritura número 117-11 de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21879.—(25253).

Ante este notaría se constituyó la entidad Hikes and Drives Incorporate Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste. Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21883.—(25254).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 118-II, de las 18:00 horas del 27 de febrero del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Proud Land Limitada en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo. Segundo: removió al gerente. Tercero: Se realizaron los siguientes nombramientos: Gerente: Mickael Todd (nombre) Mc Cuen (apellido).—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21884.—(25255).

Ante esta notaría se constituyó la entidad World Domination Enterprises Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste. Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente Residente: Laura Coto Rojas se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21886.—(25256).

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Ante esta notaría se constituyó la entidad Simple Better S. B Inc Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste, Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21888.—(25257).

Por escritura N° 61-22 otorgada ente mí hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de United Musaw Corporation S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social referente al domicilio.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Ricardo Jiménez González, Notario.—1 vez.—Nº 21889.—(25258).

Ante esta notaría se constituyó la entidad Hot Summer at the Sea Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste, Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21890.—(25259).

Ante esta notaría se constituyó la entidad The Hope of Coco Enterprises Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste, Carrillo, gerente general Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21891.—(25260).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del día dos de marzo del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria celebrada por Caribe Cocles C.R.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-497503, en la que se eligen nuevo presidente, vicepresidente, secretario y tesorero de junta directiva de la compañía.—San Ramón, 4 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Luis Agüero Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 21892.—(25261).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del doce de marzo del dos mil ocho, se modificó la cláusula sexta del pacto social de la empresa denominada Huna Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos doscientos diecisiete mil ochocientos ocho.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrés A. Pérez González, Notario.—1 vez.—Nº 21893.—(25262).

En escritura otorgada en esta notaría, a las 17:00 horas del día 15 de febrero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria celebrada por Dos Locos Perros Caribe L.P.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-497494, en la que se eligen nuevo presidente, vicepresidente, secretario y tesorero de junta directiva de la compañía.—San Ramón, 4 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Luis Agüero Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 21894.—(25263).

Por escritura otorgada en mi notaria a las 9:00 horas del 11 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Insanity Inc EMPM Sociedad Anónima, cuyo significado en español es: Insanidad Incorporada EMPM Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado íntegramente.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. José Gerardo Guillén Mora, Notario.—1 vez.—Nº 21897.—(25264).

Por escritura otorgada, ante el notario público Andrés Morales Castrillo a las 11:00 horas del día 13 de marzo del 2008, Peter Robert Christian Trappaud Saugaman y Gladis Vanesa Sancho Pérez constituyen la sociedad Proyectos Bioténicos Industriales (PBI) Costa Rica Sociedad Anónima. El plazo social de la compañía será de cien años y el presidente será Peter Robert Christian Trappaud Saugman, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—(25265).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del siete de marzo del año dos mil ocho, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Cincuenta Y Cuatro Mil Trescientos Diecisiete Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración nombrándose nueva junta directiva.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—(25266).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas de hoy, se constituyó la empresa Hacienda Machuca Sociedad Anónima. Presidente: Mario Rucavado Rodríguez. Domicilio: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(25267).

Ante mi, Siumin Vargas Jiménez, notario público con oficina en San José, se constituyó la sociedad que tendrá como su razón social el número que se le asigne a su cédula jurídica, seguido de la abreviatura S. A. de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Decreto

Ejecutivo tres tres uno siete uno - J. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Objeto: amplio. Representación: Presidente y secretario, actuando separadamente. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del trece de marzo del dos mil ocho.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—(25273).

Por escritura número siete otorgada ante el suscrito notario se constituye una compañía que se denominará según el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-jota del catorce de junio del año dos mil seis, igual que el número de cédula jurídica que les asigne el Registro de Personas Jurídicas sociedad anónima. Objeto: Comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: Íntegramente suscrito y pagado.—San José, catorce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Alfonso Guzmán Chaves, Notario.—1 vez.—(25274).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Alográfico S. A., mediante escritura otorgada a las catorce horas del diez de marzo del año dos mil ocho, presidente y secretaria actuando conjuntamente o separadamente con carácter de apoderados generalísimos sin límite de suma, teniendo que actuar de forma conjunta únicamente en los casos en que vendan, transformen, cambien, hipotequen, prenden, permuten o de cualquier otra forma enajenen bienes de la sociedad o comprometan a esta en la adquisición de deudas.—Alajuela, trece de marzo de dos mil ocho.—Lic. Óscar Porfirio Alfaro Prieto, Notario.—1 vez.—(25277).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Office Designs S. A., mediante escritura otorgada a las dieciocho horas quince minutos del tres de marzo del año dos mil ocho, presidente y secretaria actuando conjuntamente o separadamente con carácter de apoderados generalísimos sin límite de suma, teniendo que actuar de forma conjunta únicamente en los casos en que vendan, transformen, cambien, hipotequen, prenden, permuten o de cualquier otra forma enajenen bienes de la sociedad o comprometan a esta en la adquisición de deudas.—Alajuela, trece de marzo de dos mil ocho.—Lic. Óscar Porfirio Alfaro Prieto, Notario.—1 vez.—(25278).

Por escritura pública número setenta y cinco otorgada ante mi notaría, a las doce horas del cinco de marzo del dos mil ocho, se reformaron los estatutos de la sociedad 3-101-480288 s. a. Se reformó su denominación social, que pasó a ser Cedars Springs S. A.—San José, cinco de marzo de dos mil ocho.—Lic. Carlos Alejandro Ubico Durán, Notario.—1 vez.—(25279).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día trece de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hacienda El Nido de las Águilas S. A. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José, trece de marzo de dos mil ocho.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(25292).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día seis de marzo de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Meere Des Geldes S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos.—San José, seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(25293).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día catorce de febrero de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Bacaladilla Melva Ltda. Donde se reforman las cláusulas primera, segunda y novena del pacto social.—Liberia, diez de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rommy Claros Baldares, Notario.—1 vez.—(25294).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las doce horas del día diez de marzo de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Falco Resort Consultants Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se reforma la cláusula novena del pacto social.—Liberia, once de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rommy Claros Baldares, Notario.—1 vez.—(25295).

Mediante escritura número trescientos cincuenta y nueve, de las diez horas treinta minutos del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Real de Castilla CCP S. A., en la cual se reforma cláusula segunda del estatuto.—San José, diez de marzo de dos mil ocho.—Lic. Sinda Vanessa Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(25296).

Por escritura número treinta y uno-treinta y nueve, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero, a las dieciséis horas del día trece de marzo del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas primera, segunda, sexta y se nombra junta directiva y fiscal de la compañía Momentos Inolvidables Sociedad Anónima.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(25303).

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Ante esta notaría se constituyó la sociedad Servi-Rápidos de Puriscal - Mensajería y Mandados Sociedad Anónima con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, treinta y uno de enero del año dos mil ocho.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(25309).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del doce de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la empresa Media Fela Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, domicilio San José, La Uruca, setenta y cinco metros al norte del Taller Romero y Fournier, plazo noventa y nueve años, presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Heredia, 12 de marzo del año 2008.—Lic. José Rafael Cordero González, Notario.—1 vez.—(25311).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del doce de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la empresa Centa Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, domicilio en San Pablo de Heredia, quinientos metros al este y cien metros al sur del Centro Comercial Paseo de las Flores, Residencial Don Roberto, casa número treinta y cinco-A, plazo noventa y nueve años, presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Heredia, 12 de marzo del año 2008.—Lic. José Rafael Cordero González, Notario.—1 vez.—(25312).

Ante mí, José Cordero Chavarría, notario público, se constituyó la sociedad denominada Club Deportivo River Plate Nandayure Sociedad Anónima, el primero de octubre del año dos mil siete, con un plazo social de cien años y un capital social de doscientos cuarenta y un mil colones, domiciliada en Carmona de Nandayure, Guanacaste, doscientos cincuenta metros al norte de la plaza Sayo.—Nandayure, 12 de marzo del 2008.—Lic. José Miguel Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—(25313).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 23 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad Chefprofesor Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas, en especial la venta de publicidad, mercadeo, organización de eventos y enseñanza de las artes culinarias y la gastronomía. Capital social: diez mil colones.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(25316).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad C & C Conceptos e Innovaciones Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas, en especial la confección, diseño, fabricación de prendas, objetos de utilería, mantelería y uniformes para el sector gastronómico, automotriz y del hogar. Capital social: doce mil colones.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(25317).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 14 de marzo del 2008, se constituyeron 5 sociedades, cuya razón social, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, será el número de cédula jurídica que les asigne el Registro Público. Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas, en especial el desarrollo de proyectos inmobiliarios, urbanísticos y turísticos. Capital social: diez mil colones.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(25319).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Velas del Pacífico Sociedad Anónima, por un plazo social de 99 años, con un capital social de diez millones de colones exactos, representados por diez acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una.—Cartago, diez de marzo de dos mil ocho.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1 vez.—(25351).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 13 de marzo del dos mil ocho, se modificó las cláusulas quinta y novena de la sociedad denominada Universal Aviation Costa Rica Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos veintisiete mil seiscientos cuarenta y seis.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(25360).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 13 de marzo del dos mil ocho, se reformó las cláusulas quinta y sétima pacto social de la sociedad denominada Comercializadora Colotlan Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil setecientos catorce.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(25362).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 12 de marzo del dos mil ocho, se modificó las cláusulas segunda y décima primera de la sociedad denominada Río Montaña de Nosara Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y cinco mil ochocientos tres.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(25363).

Por escritura autorizada, a las once horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad Balzers Trust Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 21866.—(25544).

Constitución de sociedad denominada Servicios Múltiples Don Luis Sociedad Anónima.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 21867.—(25545).

Ante esta notaría, se ha otorgado escritura mediante la cual se constituye la sociedad denominada Transportes Blessing S. A., domiciliada en Alajuela, Canoas, cincuenta metros sur y cien este de la escuela, con un capital social de diez mil colones, que tiene como objeto el transporte en general, con un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ericka Masís Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 21881.—(25546).

Ante esta notaría, se constituyó la entidad Speed Way Boulevard Limitada, con el plazo social de 90 años, capital social: doce mil colones exactos, domicilio social: Guanacaste, Carrillo. Gerenta general: Alejandra Medina Morales. Agente residente: Laura Coto Rojas. Se constituyó mediante escritura número 117-II de las 17:00 horas del 27 de febrero del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 21882.—(25547).

Se hace saber que en mi notaría, a las dieciséis horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Inversiones El Jorco JB Sociedad Anónima.—14 de marzo del 2008.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—(25643).

Ante esta notaría, por escritura pública número cincuenta y siete de las quince horas del día trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza el acta número uno, modificando el acta constituida en la cláusula octava más cambio de junta directiva, de la sociedad A.T.P. Artropics S. A. Es todo.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 21899.—(25694).

Ante esta notaría, por escritura pública número cincuenta y seis de las catorce horas del día trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza el acta número uno, modificando el acta constituidas en las cláusulas segunda y sexta más cambio de junta directiva, de la sociedad Distribuidora Comercial Discomer Omega S. A. Es todo.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 21900.—(25695).

Ante esta notaría, por escritura pública número cincuenta y cinco de las diez horas del día trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza el acta número dos, modificando el acta constituida en la cláusula segunda y cambio de junta directiva, de la sociedad Herramientas, Materiales y Tornillos (HEMATOR) S. A. Es todo—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 21901.—(25696).

Por escritura pública número cuarenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal, a las diecisiete horas del día tres de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Monte Vista D S Sociedad Anónima. Domicilio social: Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Melvin González Chaves.—Santa Cruz, Guanacaste, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 21902.—(25697).

Protocolización de acta de la compañía Bazar Grace S. A., según lacual se reforman las cláusulas sexta y sétima del pacto social constitutivo, se crea la cláusula decimocuarta y se hacen nombramientos en la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 21903.—(25698).

Mediante escritura número cuarenta y dos otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Textiles de la India Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones.—Alajuela, 11 de marzo del 2008.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 21904.—(25699).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Weichert Internacional Realty Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones.—Lic. Alonso Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 21905.—(25700).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy protocolicé acta de sesión de asamblea general de accionistas de la Sociedad Protectora de la Fauna y Flora Marítima de Mal País S. A. Se modificaron todas las cláusulas del pacto constitutivo.—San José, 3 de marzo del 2008.—Lic. Joaquín Bernardo Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 21906.—(25701).

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Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del diez de marzo del dos mil ocho, se constituyó una sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, seguido de Sociedad Anónima.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Evelyn Gourzong Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 21907.—(25702).

El día de hoy el suscrito notario público autorizado protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Agroindustrias Sureños S. A., celebrada a las ocho horas del día veinticuatro de enero del dos mil ocho, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y sexta del pacto social, se nombra secretario de la junta directiva.—San José, veinte de febrero del dos mil ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 21908.—(25703).

Por escritura otorgada ante mí a las 17:00 horas del día 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza [email protected] S. A.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—Nº 21909.—(25704).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza Instrumentación Analítica y Biotecnológica S. A.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—Nº 21910.—(25705).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocoliza acta de la sociedad Transportes Ibania S. A., por lo que se modifica la cláusula segunda del domicilio, la novena de la junta directiva para la representación conjunta del presidente y el secretario, se crea la decimotercera para la formación de un fondo de reserva legal, y la decimocuarta para la aplicación supletoria del Código de Comercio.—San José, 16 de febrero del 2008.—Lic. Cindy Bolaños Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 21911.—(25706).

La sociedad Acrisolado de Sol S. A., modifica la cláusula sexta del pacto social, mediante escritura de las 14:00 horas del día 10 de marzo del 2008, ante el notario público Alberto Baraquiso Leitón.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 21914.—(25707).

Ante esta notaría se constituyó la empresa Creación Turística Yaerbo Sociedad Anónima, otorgada por escritura número veinte-cuatro del tomo cuarto de mi protocolo, de las dieciocho horas del 12 de marzo del 2008.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Óscar Trejos Monge, Notario.—1 vez.—Nº 21916.—(25708).

Se constituye Inversiones Jiménez Bustos Sociedad Anónima, capital social: cincuenta mil colones, domicilio social: San Miguel de Barranca, cantón primero, provincia Puntarenas, presidente: Juan Rafael Jiménez Aguilar, secretario: Davis Arturo Jiménez Bustos.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 21917.—(25709).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las 10:00 horas, la sociedad Consorcio de Propiedades Jones Sociedad Anónima protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 21918.—(25710).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las 13:00 horas, la sociedad Indore Oil Company U.P. Sociedad Anónima protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 21920.—(25711).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las 12:00 horas, la sociedad Eco Arenas de Garza Sociedad Anónima protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 21922.—(25712).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy a las 11:00 horas, la sociedad Mini Golf del Pacífico Sociedad Anónima protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 21923.—(25713).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 22 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Ciru Dent Sociedad Anónima. Capital social: ¢.100.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio: San José, Barrio Escalante, calle 35, avenida 5, casa 500. Es todo.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—Nº 21925.—(25714).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría a las trece horas con treinta minutos de hoy fue constituida Bru.Ma Relais Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: Playas del Coco. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industrial y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con poder generalísimo.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 21926.—(25715).

Ante mí, se constituyó Casa Paris S. A., capital suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 21927.—(25716).

El suscrito notario hace constar que por escritura número ciento sesenta y nueve-cuatro, otorgada el día de hoy protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número cuatro de la compañía denominada Administración Arturo Mora Sociedad Anónima. Se reforma totalmente la cláusula tercera de los estatutos.—San José, a las siete horas treinta minutos del día veintidós de febrero del dos mil ocho.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—Nº 21929.—(25717).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada el día de hoy constituí la sociedad denominada Gemsy M & C de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio social: San Antonio de Desamparados. Plazo: noventa y nueve años. Objeto social: comercio en general. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretaria apoderados y representantes legales.—San José, a las ocho horas del día dieciséis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—Nº 21930.—(25718).

Ante esta notaría, en la escritura otorgada al ser las doce horas del veinticinco de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad P.K. Catorce Treinta y Nueve S. A. Es todo.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Roberto Carlo Castillo Araya, Notario.—1 vez.—Nº 21931.—(25719).

El suscrito notario hace constar que por escritura número ciento cincuenta y tres-cuatro, otorgada el día de hoy protocolizo acta de la compañía denominada Guatuban Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva, se reforma la cláusula sétima de los estatutos, se nombra agente residente y fiscal.—San José, a las diecinueve horas del día doce de febrero del dos mil ocho.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—Nº 21932.—(25720).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 146 otorgada a las 11:00 horas del 11 de marzo del 2008, se modifica el nombre de la sociedad en constitución Bronx Finance Group BFG Sociedad Anónima.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 21933.—(25721).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 147 otorgada a las 15:00 horas del 11 de marzo del 2008, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada V & L P M Veinticuatro Quince Sociedad Anónima.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 21934.—(25722).

Por escritura otorgada ante mí, a las horas del trece de marzo del dos mil ocho se constituyó la sociedad Valley of the Wheels Limitada. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 21935.—(25723).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del diez de marzo del dos mil ocho se reformó la cláusula sexta de la sociedad Green Coast Projects S. A.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 21936.—(25724).

Mediante escritura número doscientos catorce de las quince horas del día diecinueve de diciembre del dos mil siete, suscrita ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria, de la sociedad Instituto de Desarrollo Social Abra Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula sétima de la vigilancia, se adiciona la cláusula decimotercera del pacto social respecto al plazo de los nombramientos y se nombra un nuevo fiscal.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.— M.Sc. María Eugenia Murillo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 21937.—(25725).

Ante este notario, mediante escritura número doscientos diez de las diez horas de veintisiete de febrero del dos mil ocho, en que se constituyó la sociedad denominada Inversiones Avancari Sociedad Anónima. Es todo.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Néstor Solís Bonilla , Notario.—1 vez.—Nº 21938.—(25726).

Por escritura otorgada ante mí el licenciado Ernesto Azofeifa Cedeño, número 109, en mi tercer protocolo, a las 20:00 horas del 4-03-2008, se nombró nuevo presidente y secretario, de la sociedad nombre y número 3-101-509277 s. a., domicilio: San José, capital social: diez mil colones, presidente: Roberto Campos Benanbur.—4 de marzo del 2008.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 21941.—(25727).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del once de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Adachi de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio: San José.—Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—Nº 21942.—(25728).

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Por escritura número cuarenta otorgada a las trece horas con treinta minutos del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad FTB Abogados S. A., cuyo presidente es el señor Federico Tinoco Brenes.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 21943.—(25729).

Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforman las siguientes cláusulas sétima y segunda del pacto social de la sociedad Nativa Oso Caballo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres siete nueve cinco ocho cero.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 21949.—(25730).

Ante esta notaría se otorga escritura número doscientos siete, a las doce horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada P L Móvil Exteriores de Costa Rica Sociedad Anónima, plazo social: 99 años, capital: diez mil colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, tesorero y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta por lo menos dos y en forma individual tendrán facultades de apoderados generalísimos limitados a la suma de diez mil dólares. Es todo.—San José, quince horas del siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Paula Georgina Carol Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 21950.—(25731).

Ante esta notaría se otorga escritura número doscientos cuarenta, diecisiete horas del veintidós de febrero del dos mil ocho, en donde se reforma estatutos y se aumenta el capital de la sociedad denominada PB Móvil Publicidad de Costa Rica Sociedad Anónima. Es todo.—San José, quince horas del seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Paula Georgina Carol Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 21951.—(25732).

Por escritura otorgada ante mí, licenciada Ana Ligia Araya Leiva, a las diecisiete horas diez minutos del día veinticinco de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Barak Sociedad Anónima.—Turrialba, 7 de marzo del 2008.—Lic. Ana Ligia Araya Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 21952.—(25733).

Por escritura otorgada ante mí, licenciada Viriam Fumero Paniagua, a las quince horas del veintinueve de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Reyna y Carol Sociedad Anónima.—Turrialba, 5 de marzo del 2008.—Lic. Ana Ligia Araya Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 21955.—(25734).

Por escritura pública otorgada a las quince horas del día veinte de febrero del dos mil ocho, se constituyeron ante esta notaría las sociedades denominadas Monte Thaycres del Oeste Limitada.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Kenneth Muñoz Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 21957.—(25735).

Por escritura ciento ochenta y siete-cincuenta y tres, otorgada a las diez horas del catorce de febrero del dos mil ocho, ante el licenciado Olman Alberto Rivera Valverde; Héctor Luis Gamboa Naranjo y Marlen Fernández Segura, constituyen Gamfer Agrícola Sociedad Anónima.—Lic. Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 21961.—(25736).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Estratégicos Empresariales I C R Sociedad Anónima.—Cartago, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 21966.—(25737).

Por escritura otorgada a las quince horas del cinco de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Estructuras Metálicas Sazu D y D Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Orotina centro, Alajuela. Presidente: Dagoberto Salas Molina.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 21968.—(25738).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad Viviendas y Proyectos Habitacionales de Costa Rica VIPROHAB S. A. Domicilio: San José (avenida ocho, calles nueve y once, número novecientos sesenta y tres). Junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero. Se nombra fiscal y agente residente. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 21971.—(25739).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-quinientos veintidós mil ciento once s. a. Se modifican las cláusulas primera, segunda y quinta del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 21972.—(25740).

Ante esta notaría, los señores Leonardo Rojas Céspedes, cédula de identidad Nº 1-1264-0807 y Daniel Rojas Céspedes, cédula de identidad Nº 1-1205-0606, han comparecido para constituir la empresa Rocket Cartoons L.R.C. Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 20:00 horas del día 21 de febrero del 2008. Leonardo Rojas Céspedes ejerce la presidencia.—Lic. Gerardo Mora Salas, Notario.—1 vez.—Nº 21973.—(25741).

En esta notaría al ser las dieciséis horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima Inversiones Camada de Lobos Sociedad Anónima. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 21974.—(25742).

En esta notaría al ser las diecinueve horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima Los Salvadori Sociedad Anónima. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 21975.—(25743).

En esta notaría al ser las dieciocho horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima Porto Moniz Sociedad Anónima. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 21976.—(25744).

En esta notaría al ser las diecisiete horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima Desarrollos Quinta de Leme Sociedad Anónima. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 21977.—(25745).

Ante mí, Tatiana Arce Chaves, notaria pública, en escritura número seis, se constituye Servicios Agropecuarios Integrales del Oeste Limitada. Capital: cien mil colones. Plazo: cien años. Gerente general: Gabriela Gómez Chacón.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Tatiana Arce Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 21978.—(25746).

La suscrita notaria Ana María Flores Garbanzo, hace constar que los señores Max Castro Obando, Nancy Obando Salazar y Ana Vielka Castro Obando, vienen a constituir sociedad denominada Nanvi del Este S. A. Es todo.—Curridabat, 14 de marzo del 2008.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—Nº 21979.—(25747).

La suscrita notaria Ana María Flores Garbanzo, hace constar que los señores Max Castro Obando, Nancy Obando Salazar y Ana Vielka Castro Obando, vienen a constituir sociedad denominada Pamavi del Cuarenta y Seis S. A. Es todo.—Curridabat, 14 de marzo del 2008.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—Nº 21980.—(25748).

En mi notaría a las diez horas del día trece de marzo del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de LGC Soft Consulting Sociedad Anónima. Se nombra fiscal y agente residente.—Santa Ana, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 21982.—(25749).

En mi notaría a las nueve horas del día trece de marzo del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Profesionales de Cómputo Procom S. A. Se reforman cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo.—Santa Ana, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 21983.—(25750).

El suscrito notario, hago constar que mediante escritura pública cuatrocientos cuarenta, ante mí, en mi protocolo: misma otorgada, a las 14:30 horas del 13 de marzo del 2008, Roberto Francisco Vargas Pacheco, Kattia María Rojas Sánchez y Luis Diego Vargas Rojas, han constituido la sociedad denominada La Roca del Valle de los Palmares VR S. A. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: en la ciudad de Palmares, Alajuela, Zaragoza, Rincón, Calle Vásquez, doscientos metros oeste de Taller Rayma. Presidente: el socio Vargas Pacheco, cédula 2-419-334.—Palmares, 13 de marzo del 2008.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 21984.—(25751).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiséis de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Perfon de Calle Real S. A., presidente: José Mario Pérez Fonseca, con facultades de apoderado generalísimo.—Alajuela, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 21985.—(25752).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 13 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Freses Uno Cinco por medio de la cual se modifican las cláusulas 1, 6 y se nombra nueva junta directiva.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—Nº 21988.—(25753).

Por escritura otorgada por el suscrito Emersson Orozco Suárez, a las dieciocho horas del seis de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía tres-ciento uno-cinco cero uno cero ocho cero s. a., por lo que se reforman las cláusulas segunda y vigésima del pacto social, referente al domicilio y la representación.—Guanacaste, seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Emersson Orozco Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 21990.—(25754).

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Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina en San José, escritura otorgada a las 15:00 horas del 20 de 02 del 2008, se constituyó la S. A. Betancur y Rodríguez Beyro Sociedad Anónima, presidente: Alejandro G. Betancur Agudelo, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: San Pedro de Montes de Oca, del Banco Nacional 440 sur y 100 oeste, edificio Las Brisas, apartamento 3.—25 de 02 del 2008.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 21991.—(25755).

Ante mi notaría, mediante escritura número 326 de las 08:00 horas del 11 de marzo del 2008, se ha constituido la sociedad denominada Tectona Grandis Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Turrubares, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 11 de marzo del 2008.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 21993.—(25756).

Mediante esta notaría, al ser las diez horas del veinticinco de febrero del dos mil ocho se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Kof Latincentro S. A. en donde se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, veinticinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Rolando Laclé Castro y Lic. Allan Roberto Coto Jiménez, Notarios.—1 vez.—Nº 21994.—(25757).

En mi notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Gardner & Hart e Hijos S. A., con domicilio en la ciudad de Limón, objeto: Comercio, agricultura e industria en general. Presidente: Stadues Agusta Hart Hart.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notaria.—1 vez.—Nº 21996.—(25758).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituyen dos sociedades que llevarán como nombre el número de persona jurídica. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Sharon Sánchez Piltz. Escritura otorgada el día 12 de enero del 2008.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 22008.—(25759).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil trescientos uno sociedad anónima, en donde reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las catorce horas del día veintiséis de febrero del dos mil ocho.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 22011.—(25761).

Por asamblea de accionistas de la sociedad denominada One Thousand Foot Prints On The Sand S. A., reforma cláusula undécima y se nombra nueva presidenta.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 22015.—(25763).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 26 de octubre del 2007, se constituyó Vista del Valle S. I. G. de Pérez Zeledón S. A., domiciliada en Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 2 kilómetros al sur de la Carretera Interamericana, 100 años de plazo social, capital de diez mil colones suscrito y pagado. Presidente, es quien tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Francil Yolanda Herrera Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 22016.—(25764).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 26 de octubre del 2007, se constituyó Los Nuevos Horizontes V.P.Z. de San Isidro de El General S. A., domiciliada en Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 2 kilómetros al sur de la Carretera Interamericana, 100 años de plazo social, capital de diez mil colones suscrito y pagado. Presidente, es quien tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Francil Yolanda Herrera Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 22017.—(25765).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del trece de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada El Grupo de los Trece Sociedad Anónima. Reforma cláusula nueve del pacto constitutivo y nombramiento presidente y fiscal.—Trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 22021.—(25766).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Costa Rica Dos Go Sociedad Anónima. Reforma cláusula nueve del pacto constitutivo y nombramiento presidente y fiscal.—Trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 22022.—(25767).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José a las diez horas del diez de marzo del dos mil ocho, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada G.U.B.C. Rivers Extractions Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Zapote, de las torres de Radio Columbia cincuenta metros al oeste y ciento veinticinco metros al sur, edificio Don Erasmo. Es todo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Padilla Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 22023.—(25768).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las diez horas del día diez de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Madre Reina del Cielo Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Henry Morera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 22025.—(25769).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las catorce horas, se constituyó la sociedad Douglasclactor Sistemas de Computación Sociedad Anónima. Presidente: Randy Richmond Douglas Clayton.—San José, 4 de marzo del 2008.—Lic. Albert Joseph Robinson Herman, conocido como José Alberto Robinson Herman, Notario.—1 vez.—Nº 22026.—(25770).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las trece horas, se constituyó la sociedad Inversiones Adonijah Hermanos Sociedad Anónima. Presidente: Melvin Earl Douglas Walters.—San José, 4 de marzo del 2008.—Lic. Albert Joseph Robinson Herman, conocido como José Alberto Robinson Herman, Notario.—1 vez.—Nº 22027.—(25771).

En esta notaría a las doce horas del siete de diciembre del dos mil siete, en escritura número ciento dos, iniciada al folio cuarenta y seis frente del tomo dos del protocolo del suscrito notario, se constituye la sociedad anónima Norwal Caribbean Sociedad Anónima, presidente: Arnold Vargas Herrera, plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: oficinas centrales de O.L.M. S. A. en Puerto Limón, cantón central, distrito primero frente a la Mueblería Centro Hogar Mida S. A., capital social: diez mil colones.—Limón, 11 de marzo del 2008.—Lic. Jorge Munich Ayub, Notario.—1 vez.—Nº 22028.—(25772).

Por escritura número catorce, protocolo quince, otorgada ante mí, a las catorce horas del trece de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Teatro de la Rosa Sociedad Anónima.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 22032.—(25774).

Inviasa de Guadalupe Sociedad Anónima, cédula 3-101-227383, nombra secretario a Allan Alberto Mejías Solórzano, soltero, estudiante, cédula 1-1343-640, tesorera a Karen Vanessa Mejías Solórzano, casada una vez, administradora, cédula 1-1173-861. Escritura número 35, tomo diez.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 22035.—(25775).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 18:00 horas del 6 de marzo del 2008, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y nueve s. a., en la cual se acuerda modificar la cláusula primera, se nombra nuevo presidente de la junta directiva y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 22036.—(25776).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 17:00 horas del 7 de marzo del 2008, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Rossburn Investment Corporation S. A., en la cual se acuerda modificar las cláusulas primera y novena, se nombran nuevos presidente y secretario de la junta directiva y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 22037.—(25777).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las 18:00 horas del 7 de marzo del 2008, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Nublado Día de Octubre S. A., en la cual se acuerda modificar la cláusula segunda, se nombra nuevo presidente de la junta directiva y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de marzo del 2008.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 22038.—(25778).

El suscrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero, con oficina en Las Juntas, hace constar que se sustituyeron los miembros de la junta directiva y los poderes, de la compañía denominada tres-ciento uno-cinco cero seis nueve cero tres sociedad anónima, y que fue realizada conforme la escritura número ciento trece iniciada al folio setenta y cuatro vuelto, del tomo tercero, con fecha de las doce horas del jueves tres de enero del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 22039.—(25779).

Por escritura número treinta y cuatro, otorgada ante el suscrito notario institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las catorce horas del trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza en lo conducente los acuerdos tomados en la sesión ordinaria número cuatro mil quinientos veinticuatro del once de octubre del dos mil siete y la sesión ordinaria número cuatro mil quinientos veintiocho del primero de noviembre del dos mil siete, visibles en el acta número cuarenta de la asamblea general ordinaria de accionistas de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad Anónima, celebrada

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en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de las cuales se acordó modificar las cláusulas: novena: de la Administración de la sociedad y la décima: de la vigilancia, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Armando Rojas Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 22040.—(25780).

Por escritura número treinta y tres, otorgada ante el suscrito notario institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las trece horas del trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza en lo conducente los acuerdos tomados en la sesión ordinaria número cuatro mil quinientos veinticuatro del once de octubre del dos mil siete y la sesión ordinaria número cuatro mil quinientos veintiocho del primero de noviembre del dos mil siete, visibles en el acta número cuarenta y nueve de la asamblea general ordinaria de accionistas de Popular Valores Puesto de Bolsa Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de las cuales se acordó modificar las cláusulas: novena: de la administración de la sociedad y la décima: de la vigilancia, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Armando Rojas Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 22041.—(25781).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día 4 de marzo de 2008, se constituyó la sociedad Valeria Dos Mil Ocho S. A. Es todo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Yenny M. Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—Nº 22046.—(25782).

Por escritura número treinta y cinco, otorgada ante el suscrito notario institucional del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, a las quince horas del trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza en lo conducente los acuerdos tomados en la sesión ordinaria número cuatro mil quinientos veinticuatro del once de octubre del dos mil siete y la sesión ordinaria número cuatro mil quinientos veintiocho del primero de noviembre del dos mil siete, visibles en el acta número treinta y cuatro de la asamblea general ordinaria de accionistas de Popular Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, celebrada en las oficinas centrales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sito en San José, calle uno, avenidas dos y cuatro, en virtud de las cuales se acordó modificar las cláusulas: octava: de la administración; décima: vigilancia, del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Armando Rojas Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 22042.—(25783).

El suscrito Giovanni Salas Camacho, notario público, hace constar y saber que ante esta notaría se constituyó sociedad anónima, su respectiva denominación social será el número de cedula jurídica S. A., que el Registro le asigne, constituida por los socios y miembros de junta directiva que la administrará: presidente, Geovanny Agüero Jiménez, cédula: dos-seis nueve tres-cinco nueve uno, tesorero: Sidey Jiménez Quesada, cédula: nueve-cero ocho tres-siete siete ocho, secretaria: Katherine Hernández Arguedas, cédula: dos-seis nueve tres-cinco nueve uno, fiscal: Guillermo Fernández Villalobos, con cédula número: cinco-dos cuatro tres-dos cuatro uno, el capital de constitución diez mil colones y dos accionistas.—Marzo del dos mil ocho.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 22047.—(25784).

El suscrito Giovanni Salas Camacho, notario público, hace constar y saber que ante esta notaría se constituyó sociedad anónima, su respectiva denominación social será el número de cedula jurídica S. A., que el Registro le asigne, constituida por los socios y miembros de junta directiva que la administrará: presidente: José R. Jiménez García, cédula: dos cinco cero dos siete uno cero, tesorero: Johnny Álvarez Jiménez, cédula: cinco tres dos tres siete ocho cuatro, secretaria: Gerardina Jiménez García, cedula seis uno dos uno uno cuatro cero, fiscal: Ólger Núñez García, con cédula número: seis dos ocho cero cuatro uno dos, el capital de constitución diez mil colones y dos accionistas.—Marzo del dos mil ocho.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 22048.—(25785).

Por escritura otorgada a las diez horas del once de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Joro S. A.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 22058.—(25786).

Ante mi notaría se constituyó la sociedad Ferretería San Miguel Sociedad Anónima. Presidenta: Cecilia Espinoza Suárez, secretario: José Marvin Monge Espinoza, a quienes les corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: 100 mil colones suscrito y pagado. Domicilio: ciudad de Grecia, Alajuela, 125 metros sur del Palacio Municipal. Plazo: 99 años. Constitución: 14:00 horas del 7 de marzo del 2008.—Lic. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 22059.—(25787).

A las 18:00 horas del 28 de febrero del 2008, ante mi notaría, por escritura número: 208 se constituyó la sociedad Soluciones Constructivas Chaves y Aguilar S. A., capital social totalmente suscrito y pagado, plazo: 99 años, domicilio: Cartago, representante: presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Karys González Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 22062.—(25788).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 13 de marzo de 2008, se constituyó la compañía G & P Consultoría Nutricional Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 22066.—(25789).

Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Grupo Jar J & J Sociedad Anónima, mediante escritura número doscientos cuarenta y siete del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las quince horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil ocho. Capital social suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente y secretario.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 22067.—(25790).

Ante mí, Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, se constituyó Renta Equipos J & M Sociedad Anónima, mediante escritura número doscientos cuarenta y seis del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las trece horas con treinta minutos del cinco de marzo del dos mil ocho. Capital social suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Norma Sheyla Sotela Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 22068.—(25791).

La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta Notaría, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad: Exquisite Beauty S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía y se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades: Kamadeva XY S. A., con domicilio en San Rafael de Escazú, urbanización Los Laureles, de la entrada principal cuatrocientos metros al norte, cien al este, y veinticinco al norte; Amapolas del Campo S. A., con domicilio social en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía, y se constituyeron las siguientes sociedades anónimas: Home the Pacific South S. A., Golden Moments in the Sun S. A., ambas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 12 de marzo del 2008.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 22069.—(25792).

Por escritura de las 12:00 horas del 12 de marzo del 2008, la notaria Mercedes María Valle Pacheco, protocoliza acta según la cual, se modifica la cláusula novena y se aumenta el capital social de Desarrollos Ecológicos Siglo XXI S. A.—12 de marzo del 2008.—Lic. Mercedes María Valle Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 22070.—(25793).

José Antonio Morales Meza, mayor, casado dos veces, comerciante, cédula número tres-trescientos cincuenta-doscientos ochenta y cuatro y Maureen Chaves Portuguez, mayor, casada una vez, abogada, cédula número tres-trescientos treinta y ocho-seiscientos setenta, ambos vecinos de Ujarrás, Paraíso, Cartago un kilómetro norte de la escuela Ajenjal. Vienen a constituir la sociedad anónima denominada: Nickiger Sociedad Anónima escritura otorgada ante el licenciado José Ángel Piedra Vargas, mediante escritura pública número: trescientos setenta y cuatro visible a folio: ciento veintitrés frente, del tomo: veinticuatro. Publíquese el edicto de Ley.—Cartago, 11 de marzo del 2008.—Lic. José Ángel Piedra Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 22071.—(25794).

Por escritura otorgada ante mi Notaría al ser las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa individual de responsabilidad limitada denominada R Z C Abogados Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Lic. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 22072.—(25795).

Por escritura pública número cincuenta y dos otorgada ante esta Notaría a las diecinueve horas del día ocho de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Los Abelitos Sociedad Anónima. Presidente: Randal García Hernández.—Lic. Esteban Solano Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 22073.—(25796).

Protocolización de asamblea general de accionistas de Rostipollos Internacional Risa S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos. Escritura otorgada a las 15:00 horas del 8 de enero del 2008.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 22076.—(25797).

Por escritura otorgada ante mí, al ser las trece horas del día doce de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Light of Angels Limitada, siendo un nombre de fantasía pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda., que traducido al español significa Ángeles de Luz Limitada.—San José, trece de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Quesada Loría, Notario.—1 vez.—Nº 22077.—(25798).

Los señores Franklin Eduardo Binns Hidalgo, Nelly Quirós Durán y Natalia Binns Quirós, constituyen la sociedad denominada Servicios Quirós- Binel Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Guápiles de Pococí Limón al ser las ocho horas del tres de diciembre del dos mil siete.—Lic. Geiner Solano Dormond, Notario.—1 vez.—Nº 22078.—(25799).

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Los señores Walter Mantle Rowue, Steve Mantle Rowe y Mirna Mantle Rowe, constituyen la sociedad Nuevos Corales de Pococí Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Guápiles de Pococí Limón al ser las diecisiete horas del primero de marzo del dos mil ocho.—Lic. Geiner Solano Dormond, Notario.—1 vez.—Nº 22079.—(25800).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 19:00 horas de 11 de marzo del 2008, se constituyó Gamberi e Toro Sociedad Anónima. Objeto principal el alquiler de bodegas. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social de cien mil colones netos enteramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 22080.—(25801).

He constituido la sociedad anónima denominada Inversiones Magicofantásticas de Medellín R y C Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando individualmente, el señor Carlos Alberto Rayo Castro.—Puntarenas, 12 de marzo del 2008.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 22081.—(25802).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 10 de marzo del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Geología Aplicaciones Geoasa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-342434, modificándose el cargo de presidente de la junta directiva.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Wálter Muñoz Tuk, Notario.—1 vez.—Nº 22085.—(25803).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad de este domicilio, denominada Inversiones Mi Tierra Cien Fuegos S. A., que es nombre de fantasía. Objeto: comercio, la prestación de servicios en general, industria, agricultura y ganadería. Presidente, vicepresidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 22086.—(25804).

Mediante escritura otorgada ante la notaria pública Laura Zumbado Loría, en San José a las diez horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se protocoliza el acta de asamblea de socios de la empresa Crossroads Culture S. A. Se modifica la cláusula sexta de la administración, correspondiendo la representación al presidente y secretario conjunta o separadamente. Se agrega la cláusula decimoquinta, del agente residente. Es todo.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 22088.—(25805).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó la compañía Computest Servicios de Evaluación Automotriz Sociedad Anónima. Domicilio social en San José, Santa Ana. Capital social cien mil colones, la representación judicial y extrajudicial de la compañía seran ejercida por el presidente y vicepresidente actuando conjunta o separadamente.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Enrique Alonso Rojas Solis, Notario.—1 vez.—Nº 22089.—(25806).

Por escritura número veintinueve otorgada en esta notaría, a las ocho horas del catorce de enero del dos mil ocho, se constituye una sociedad anónima de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno. Domicilio: provincia: San José, cantón: Central, distrito: Mata Redonda. Plazo noventa y nueve años. Capital social cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 22090.—(25807).

Ante mi notaría por escritura número veinte-catorce, se constituyó sociedad cuya denominación será la que se le asigne como número de cédula jurídica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, Nº 33-1171-J: domiciliada: será en distrito sétimo: Belén de Nosarita; cantón segundo: Nicoya, provincia de Guanacaste, mil doscientos metros oeste del Templo Católico de Maquenco, carretera a Naranjalito, con un capital social de cien mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Con un plazo de noventa y nueve años. Su objetivo principal será el comercio, turismo, ecoturismo industria, así como la prestación de de todo tipo de servicios lícitos en general. La representación judicial y extrajudicial corresponderá únicamente al presidente con las facultades del 1253 del Código Civil.—Nicoya, 7 de marzo del 2008.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 22092.—(25808).

Mediante escritura otorgada a las trece horas del veintinueve de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Chorotega Bussines de La Bajura S. A. presidente Rubén Steve Medina Carrillo, capital veinticinco mil colones.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. José Ramón Medina Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 22093.—(25809).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Inversiones El Cedro del Sur INC Limitada con un capital social de diez mil colones.—Cartago, 13 de marzo del 2008.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 22094.—(25810).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con quince minutos del dieciséis de julio del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Construcciones Anbraca A.S Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con letras de cambio.—Tilarán, veintiocho de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Mario Enrique Delgado Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 22096.—(25811).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con cincuenta minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, en la ciudad de Tilarán, se constituye la sociedad denominada El Potro Blanco de La Altura Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con letra de cambio.—Tilarán, tres de marzo del dos mil ocho.—Lic. Laureana Herrera Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 22098.—(25812).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del trece de marzo del dos mil ocho, se protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres- ciento uno- quinientos doce mil seiscientos ochenta y tres sociedad anónima. Se reforma la cláusula undécima del pacto constitutivo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Humberto Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 22099.—(25813).

A las 8:00 horas del trece de marzo 2008, protocolicé actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de las sociedades Casuarina Brillante S. A. y Coralillo Grande S. A., celebradas en Santo Domingo de Heredia, en el hotel Bougainvillea a las diez horas y once horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, respectivamente, mediante las cuales se acuerda la fusión por absorción de ambas sociedades, siendo la sociedad prevaleciente Casuarina Brillante. La sociedad Casuarina Brillante S. A., reforma la cláusula quinta del capital y la cláusula segunda del domicilio.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 22100.—(25814).

Por escritura Nº 72, otorgada ante el suscrito Notario al ser las 17:00 horas del 4 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad anónima JV Recuperadores S. A. Plazo: 99 años. Presidente: José Enrique Chaves Solís; secretaria: Viria Rojas Quirós; ambos únicos apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Alejandro José Monge Ariño, Notario.—1 vez.—Nº 22101.—(25815).

Mediante escritura de las quince horas del cuatro marzo del año del dos mil ocho, Giovanni Zúñiga Ramírez y José Ángel Zúñiga Zúñiga constituyen la sociedad Z Graphics de Centroamérica S. A. Presidente el primero. Plazo social noventa y nueve años. Capital social cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto la producción de gráficos en general el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura, ganadería en general, etc.—Guadalupe, trece de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 22103.—(25816).

El suscrito notario hace constar que según escritura sesenta y cinco- cinco, folio treinta y uno frente del tomo cinco de mi protocolo, se ha constituido la sociedad anónima Genessi Networks Group Sociedad Anónima, donde figura como presidente, Pedro Corona Pérez, pasaporte mexicano número cero siete tres tres cero cero cuatro uno cinco cuatro tres, y secretario, Carlos Armando García Félix, pasaporte mexicano número cero siete tres dos cero cero cero ocho seis seis dos, domiciliada en San José, calle siete, número veinticinco norte, entre avenidas central y primera, edifico Lang Alvarado.—San José, cuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 22105.—(25817).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad La Casa del Tope S. A., capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto: turismo, comercio y la prestación de toda clase de servicios.—Liberia, 10 de marzo del 2008.—Lic. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—Nº 22106.—(25818).

Ante la notaría del licenciado Osvaldo Rodolfo Segura Esquivel, otorgada el 19 de diciembre del 2007, se constituyó la entidad denominada Acarreos D Y H Vientos del Norte Sociedad Anónima, domiciliada en El Silencio de la Suiza de Turrialba, Cartago. La representación recae en su presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Osvaldo Rodolfo Segura Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 22107.—(25819).

Por escritura otorgada ante esta Notaría en la ciudad de San José, a las nueve horas del catorce de marzo de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Borinquen RS Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos ochenta y siete mil cero cuarenta y tres, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos, relativa

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a la administración de la sociedad, se acepta la renuncia presentada por todos los miembros de la junta directiva y fiscal y en razón de ello se hacen los nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 22108.—(25820).

Ante la notaría del licenciado Osvaldo Rodolfo Segura Esquivel, otorgada el 07 de marzo del 2008, se constituyó la entidad denominada Fincas Las Colonias WDEF Sociedad Anónima, domiciliada en Las Colonias de La Suiza de Turrialba, Cartago. La representación recae en su presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Osvaldo Rodolfo Segura Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 22109.—(25821).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las nueve horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Pelileo RS Dos S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos noventa mil ciento sesenta y tres, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos, relativa a la administración de la sociedad, se acepta la renuncia presentada por todos los miembros de la junta directiva y fiscal y en razón de ello se hacen los nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, catorce de marzo de dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 22110.—(25822).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy O H Dos Mil Sociedad Anónima. Se reforma cláusula segunda y se nombra presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 4 de marzo del 2008.—Lic. Ligia María Zúñiga Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 22111.—(25823).

Por escritura otorgada ante esta Notaría en la ciudad de San José, a las diez horas del catorce de marzo de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Costa Ambar D.H.E.P. Cuatro S. A., cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos cincuenta y un mil ciento noventa y nueve, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos, relativa a la administración de la sociedad, se acepta la renuncia presentada por todos los miembros de la junta directiva y fiscal y en razón de ello se hacen los nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 22112.—(25824).

Por escritura otorgada ante esta Notaría en la ciudad de San José, a las diez horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Pueblo Real D.H.E.P. Seis S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos cincuenta mil novecientos cinco, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos, relativa a la administración de la sociedad, se acepta la renuncia presentada por todos los miembros de la junta directiva y fiscal y en razón de ello se hacen los nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 22113.—(25825).

Por escritura ochenta y dos, tomo uno, otorgada en esta Notaría a las doce horas del lunes diez de marzo del dos mil ocho, la empresa International Services and Directories Sociedad Anónima, modificó la cláusula sétima de su estatuto y nombró nueva junta directiva. Es todo. En fe de lo anterior firmo en San José, el lunes diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—Nº 22115.—(25827).

Por escritura otorgada en San José a las 13 horas del 16 de febrero del 2008, se constituye Distribuidor de Productos Químicos para la Industria DIDA S. A. Presidenta: Daniela María Muñoz Badilla.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 22118.—(25828).

Mediante escritura autorizada por esta Notaría, a las 11:00 horas del 12 de marzo del 2008, se protocolizó acta número 3 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Centro de Sueños S. A., de esta plaza, cédula de persona jurídica Nº 3-101-428097; por medio de la cual (i) reforma la cláusula 5ta del pacto social en cuanto al capital.—San José, 12 de mayo del 2007.—Lic. Manuel Antonio González Sanz, Notario.—1 vez.—Nº 22119.—(25829).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Asetec Agrícola de Centro América S. A. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, concretamente en San Isidro de Coronado urbanización Las Manolas casa número setenta y ocho. Presidente: Óscar Chaves Conejo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—1 vez.—Nº 22120.—(25830).

Por escritura otorgada ante la notaria Catalina González Ortega en la ciudad de Cartago a las doce horas del día trece de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Empresa Familiar de Bienes Raíces Rimozu Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Empresa Familiar de Bienes Raíces Rimozu S. A., plazo social: 99 años, capital social de cien mil colones suscritos y pagados. Domiciliada en Cartago, representada por Ana Lucrecia Zúñiga Solano y Ricardo Monge Zúñiga. En su condición de presidente y secretario respectivamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Cartago 13 de marzo del 2008.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 22122.—(25832).

Por escritura otorgada ante la notaria Catalina González Ortega en la ciudad de Heredia al ser las veinte horas de doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Interclima G.Y.N. Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Interclima G.Y.N. S. A. Plazo social: 99 años. Capital social de cien mil colones suscritos y pagados, domiciliada en Heredia, representada por Mauricio Nájera Quirós. En su condición de presidente_ con facultades de apoderado generalísimos sin límite de suma.—Heredia, 12 de marzo del 2008.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 22123.—(25833).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 17:00 horas del 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Puerta a La Vida Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 14 de marzo del 2008.—Lic. Jorge R. Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 22124.—(25834).

Escritura otorgada ante mí a las ocho horas quince minutos del trece de marzo del dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintidós mil quinientos sesenta y cinco sociedad anónima, reformó las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 22126.—(25835).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del trece de marzo de dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintidós mil novecientos ochenta y seis sociedad anónima, reformó las cláusulas primera y novena de los estatutos.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 22127.—(25836).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve de las nueve horas del trece de marzo del dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil quinientos treinta sociedad anónima reformó la cláusula la primera y segunda del pacto constitutivo.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 22128.—(25837).

Yo Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, a las catorce horas del ocho de marzo de este año, protocolicé acta de la sociedad Importadora Cerro Verde S. A., mediante la cual se reforma el plazo social.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Hugo Gerardo Cavero Araya, Notario.—1 vez.—Nº 22130.—(25838).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta Notaría y mediante escritura pública de las quince horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo G Sevan Internacional Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 22131.—(25839).

Que por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas treinta minutos del día veintinueve de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Yvoire Limitada, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas quinta y sexta del acta constitutiva.—San José, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº 22136.—(25840).

Que por escritura otorgada ante esta Notaría a las diecisiete horas del día siete de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la compañía J.Y. Villa Five Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reforma a la cláusula octava y cambio en junta directiva del acta constitutiva. San José.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 22137.—(25841).

Mediante asamblea general extraordinaria de Rivet of the Rain Forest Sociedad Anónima, celebrada en Uvita de Osa, Puntarenas, veinticinco metros este del cruce al centro de Uvita debidamente protocolizada, se reforma la cláusula sexta de la administración y representación del pacto constitutivo.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 22139.—(25842).

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Mediante asamblea general extraordinaria de Alexander del Sol Sociedad Anónima, celebrada en Sierpe, cantón de Osa de la provincia de Puntarenas, Rincón, novecientos metros norte de la Escuela debidamente protocolizada, se modificó los estatutos sociales, adicionando la cláusula décima primera relativo al agente residente y se nombra secretario y fiscal.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Pablo Masis Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 22140.—(25843).

El suscrito Notario hace constar que ante esta Notaría la empresa denominada 3-101-517149 sociedad anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-517149, realizó un cambio de junta directiva, nombrando como presidenta a la señora Constance Lynn Hanninen.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. José Martínez Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 22141.—(25844).

En asamblea general extraordinaria de accionistas de la Corporación Fapeve de Tres Ríos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-273465, celebrada en el domicilio de la compañía al ser las 20 horas del día 10 de enero del 2008, con la presencia de quienes son dueños de la totalidad del capital social, se prescinde del tramite de convocatoria previa y unanimidad se toman los siguientes acuerdos que se declaran firmes:…Primero: se reconoce y acepta la renuncia que en este acto presenta el secretario y tesorero de la junta directiva y se nombra como secretaria Mildred Pérez Vega, portadora de la cédula Nº 1-1333-840 y tesorero Esteban Pérez Vega, portador de la cédula Nº 1-1243-854, quienes presentes aceptan el cargo asignado.—Cartago, 10 de marzo del dos mil ocho.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 22142.—(25845).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Acabados y Pinturas M.A.M Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22145.—(25846).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Busy Boy Enterprice Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22146.—(25847).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Adrián Crane Enterprice Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22147.—(25848).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Busy Boy Investment Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22148.—(25849).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Snake’S House Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22149.—(25850).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Land of Rain and Dreams Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22150.—(25851).

Por escritura otorgada el día de hoy ante notaría, se constituye la sociedad denominada Busy Boy Corporation Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Lowell Crane.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Murillo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 22151.—(25852).

Ante esta notaría, con fecha veinticinco de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Grupo Servicios Gastronómicos S. A. Presidente: Andrey Alexander Agüero Diermissen. Capital social: doce mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Duración noventa y nueve años.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Luisa Soto Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 22152.—(25853).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Autos Únicos y Exclusivos Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste veintisiete de febrero del años dos mil ocho.—Lic. Gely Marcela Espinoza Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 22153.—(25854).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 08:00 horas del 11 de marzo del 2008, se constituyo la sociedad denominada Audióptica Sociedad Anónima. Capital social 50.000 colones. Domicilio: San José.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 22154.—(25855).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 09:00 horas del 11 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Clínica Médica Rohrmoser Sociedad Anónima. Capital social 50.000 colones. Domicilio: San José.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 22155.—(25856).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, sociedad anónima. Capital social 50.000 de colones. Domicilio: San José.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—Nº 22156.—(25857).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, sociedad anónima. Capital social 50.000 colones. Domicilio: San José.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—Nº 22157.—(25858).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 11:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro, sociedad anónima. Capital social 50.000 colones. Domicilio: San José.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—Nº 22158.—(25859).

La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día trece de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada JCRG Rinpoches Sociedad Anónima ante mi notaría escritura pública treinta y cuatro, visible al folio dieciséis frente del tomo décimo. Siendo apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Juan Carlos Rojas González, cédula de identidad número uno-setecientos sesenta y ocho-trescientos cincuenta y_ dos. Capital suscrito y pagado. Es todo.—Firmo en Heredia el trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 22159.—(25860).

Mediante escrituras números 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, otorgadas a las ocho, nueve, nueve y quince, nueve y treinta, nueve y cuarenta y cinco, diez y diez y quince horas respectivamente del siete de marzo del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de las sociedades de esta plaza: Costa Esterillos Estates Higeia Ciento Cuarenta y Dos S. A.; Costa Esterillos Estates Cerbero Ciento Cuarenta y Ocho S. A.; Costa Montaña Estates Lirio Cero Cero Seis S. A., Costa Esterillos Estates Cimifuga Cuatrocientos Uno S. A.; Costa Esterillos Estates Petasites Cero Setenta y Cuatro S. A.; Costa Montaña Estates Sandía Cero Diecisiete S. A.; Costa Montaña Estates Yuca Cero Cuarenta S. A.; respectivamente.—San José, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 22161.—(25861).

Mediante escritura número 69 del tomo 11 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 30 de julio del 2007, se constituye la sociedad Gasparinos de San Vito Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes: Eugenio Crotta Ambivieri y a Deily Gamboa Zúñiga.—San Vito de Coto Brus, 18 de febrero del 2008.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 22162.—(25862).

Ante mi, Gloria Melania Aguilar Plazaola, notaria pública, con oficina en San José, Curridabat, se constituyó la empresa Anguiroma Sociedad Anónima, con un capital social de veinte mil colones y un plazo social de cien años.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Gloria Melania Aguilar Plazaola, Notaria.—1 vez.—Nº 22163.—(25863).

Ante esta notaría a las doce horas treinta minutos del día siete de marzo del dos mil ocho, los señores Jorge Luis Álvarez Guerrero y Norma Zamora Badilla, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Álvarez Zamora Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Domicilio: Alajuela, en Aguas Claras, de la entrada de la torre ciento cincuenta metros al norte y ciento cincuenta metros al este, casa a mano izquierda color marrón con celeste.—Guayabo de Bagaces, Guanacaste, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Ugalde Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 22164.—(25864).

Ante mi notaría por la escritura número ciento setenta y tres-diecisiete, se realizó la protocolización de acuerdos de la asamblea de socios de la sociedad Ecosystematics Asesores S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 22165.—(25865).

Por escrituras Nos. 233, 234 y 235 de las 9, 10 y 11 horas del 9 de marzo del 2008, María Ester Arce Picado y Dominic Paul Rota, Enrique Rodríguez León y Víctor Cordero Porras, constituyen Smitty Securities S. A., Vaud Consulting S. A. y Josue y Padre S. A. Capital cien dólares. Presidentes: Dominic Paul Rota, Enrique Rodríguez León y Víctor Cordero Porras. Domicilio: San José.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 22167.—(25866).

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Por escritura Nº 133 de las 9:00 horas del 23 de agosto del 2007, Alberto Martínez Mata, Jessica Milena Leal Rodríguez, William Martínez Sandoval y Guido Laboranti, constituyen AMM Construcciones Modernas S. A., capital cien mil colones, presidente Alberto Martínez Mata, domiciliada en San José.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 22168.—(25867).

Por escritura otorgada a las diez horas del veinticinco de junio del dos mil siete, ante esta Notaría, Tatiana Maria Chinchilla Bazan y Yorleny Calderón Sánchez, se reforma la cláusula décima del pacto constitutivo, de la sociedad tres - ciento dos - cuatro nueve cinco uno ocho siete. Publíquese.—Heredia, 11 de marzo del 2008.—Lic. Abel Chinchilla Bazán, Notario.—1 vez.—Nº 22170.—(25868).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las once horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Magic Rock Limitada. Se reforma las cláusulas sexta y segunda del pacto social.—San José, doce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 22171.—(25869).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las doce horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Shellenback Sociedad Anónima. Se reforma las cláusulas sexta y segunda del pacto social.—San José, doce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 22172.—(25870).

Por escritura otorgada en San José a las diez horas del día catorce de marzo del año dos mil ocho. Se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la firma denominada Inversiones Estratégicas Mar y Paz del Norte AMS Limitada y se acuerda modificar de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad anónima y su junta directiva. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—En San José a las diez horas y quince minutos del catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 22174.—(25871).

Por escritura otorgada en San José a las nueve horas del trece de marzo del dos mil ocho. Se constituye sociedad limitada denominada Cero Cuatro Tambor Dos Mil Ocho Limitada. Capital social diez mil colones ante la notaria Karla Chaves Megía.—Lic. Karla Chaves Megía, Notaria.—1 vez.—Nº 22175.—(25872).

Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del día doce de marzo del año dos mil ocho. Se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la firma denominada Silencio del Mediterráneo Limitada y se acuerda modificar la junta directiva, y la administración ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—En San José a las nueve horas del doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 22176.—(25873).

Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del día trece de marzo del año dos mil ocho. Se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la firma denominada EPS On Line Sistem Limitada. Y se acuerda modificar la junta directiva, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—En San José a las nueve horas del trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 22177.—(25874).

Por escritura otorgada en San José a las diez horas del trece de marzo del dos mil ocho. Se constituye sociedad limitada denominada Cero Cinco Tambor Dos Mil Ocho Limitada. Capital social diez mil colones ante la notaria Karla Chaves Mejía.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 22178.—(25875).

Por escritura de las 9:00 horas de hoy, se constituyó la Fundación Outward Bound Costa Rica. Plazo: perpetuo. Domicilio: Tres Ríos, La Unión, Cartago. Patrimonio: treinta mil colones. Se nombra directores.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22179.—(25876).

Por escritura de las 9:00 horas de hoy, protocolicé acta de Fundación Costa Rica Rainforest Outward Bound School. Se nombra director y tesorero.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Eladio González Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22180.—(25877).

Esta escritura número dos, de las nueve horas del cinco de febrero del dos mil ocho, otorgada por el notario Dowglas Leiva Díaz, en tomo cuarto de su protocolo; el señor Álvaro Alejandro Jiménez Sáenz, quien es mayor, costarricense, casado por segunda vez, ginecoobstetra, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y dos-trescientos sesenta y uno, vecino de Guápiles, urbanización Garabito, solicita la inscripción al Registro Público de la sociedad JI & CUB Ltda.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 22181.—(25878).

En Guápiles Pococí, se constituye la sociedad denominada Inversiones M & M Sociedad Anónima. Presidente: Elí Monge Sánchez. Plazo social cien años. Domicilio Guápiles Pococí, Limón, residencial Palma Dorada casa número tres C.—Guápiles, seis de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 22182.—(25879).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Azul Heavy Equipment S. A. Domicilio Esquipulas de Palmares. Presidente con facultades de apoderado generalísimo Ulises Correa.—Palmares, 26 de febrero del 2008.—Lic. Nancy Vásquez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 22184.—(25880).

Al ser las diecisiete horas del veintinueve de febrero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Los Belemitas Unidos Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se nombró un nuevo subgerente y se acordó que la representación judicial y extrajudicial le correspondería al gerente y subgerente, teniendo ambos facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Es todo.—Heredia, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Nathalia Sancho Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 22185.—(25881).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las ocho horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se procede a nombrar secretario de junta directiva de la sociedad Centro Educativo Canadiense Cinsa Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 22186.—(25882).

Mediante escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 16:00 horas del día 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Fonsan del Sur Constructora S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Michael Wang Chang, secretario: Huang Wen Wang Chang.—13 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 22191.—(25883).

Mediante escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 15:00 horas del día 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Kendin Solar Constructora S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Michael Wang Chang, secretario: Huang Wen Wang Chang.—13 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 22192.—(25884).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 17:00 horas del día 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Yakusuki de Costa Rica S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Michael Wang Chang, secretario: Huang Wen Wang Chang.—13 de marzo del 2008.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 22193.—(25885).

Se hace saber que ante esta Notaría mediante escritura pública número ciento setenta y dos, otorgada a las diecisiete horas del nueve de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Hermanos Ugarte Cantillo S. A., domiciliada en San José, Pavas. Capital social: doce mil colones. Presidente: Flavio Cantillo Cerdas.—San José, a las ocho horas del diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Néstor Espinoza Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 22196.—(25886).

Se hace saber que ante esta notaría mediante escritura pública número ciento uno, otorgada a las ocho horas del trece de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Maramo de Costa Rica S. A., domiciliada en Sabanilla de Montes de Oca, San José. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Gladis Solis Rodríguez.—San José, a las ocho horas del dos de febrero del dos mil ocho.—Lic. Néstor Espinoza Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 22197.—(25887).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Gallei Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cincuenta metros al norte de la Agencia del Instituto Costarricense de Electricidad. Presidente: Edwin Jara Solis.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 22199.—(25888).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón a las ocho horas con treinta minutos del día once de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Sistemas Kereticos Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica el nombre del secretario de la junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 22200.—(25889).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público, en San Isidro de Pérez Zeledón a las nueve horas con quince minutos del día treinta y uno de enero del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollos Comerciales Copa de Los Árboles de La Campiña Sociedad Anónima, por medio de la cual se

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cesan en sus cargos al presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se reforma la cláusula sexta del pacto social y se modifica la cláusula segunda del pacto social.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 22201.—(25890).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las nueve horas del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañia denominada Corporación Monterubio Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modificó la cláusula sexta del pacto social, segundo: se revocaron los nombramientos del presidente y secretaria de la junta directiva y se efectuaron nuevos nombramientos en dichos cargos. Tercero: se agregó una cláusula décimoprimera al pacto social y se designó un agente residente para la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 22202.—(25891).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las once horas del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Relámpagos de Sal Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se modificó la cláusula primera del pacto social. Segundo: se modificó la cláusula segunda del pacto social. Tercero: se revocaron los nombramientos del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se efectuaron nuevos nombramientos en dichos cargos. Cuarto: se agregó una cláusula décimoprimera al pacto social y se designó un agente residente para la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 22203.—(25892).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las trece horas del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Comercios De-Latura Sociedad Anónima, mediante la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se revocó el nombramiento del presidente de la junta directiva y se efectuó nuevo nombramiento en dicho cargo. Segundo: se agregó una cláusula décimoprimera al pacto social y se designó un agente residente para la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón a los once días del mes de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 22204.—(25893).

Ante esta notaría mediante escritura número veintiuno otorgada a las diez horas del cuatro de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Sol de Luna Sociedad Anónima. El presidente es el señor Carlos Alexánder Hernández Pérez. Domicilio social será en San José, Guadalupe del Estadio Coyella Fonseca, cincuenta metros al oeste, edificio blanco. Capital social: diez mil colones. Plazo social: será de noventa y nueve años.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—Nº 22207.—(25894).

Por protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas otorgada en Palmares por la notaria Francisca Rojas Carranza, a las trece horas del día doce de marzo del año dos mil ocho, la sociedad denominada Distribuidora Carranza Chacón Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintiún mil dos, cambian los cargos de los miembros en la junta directiva.—Lic. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 22210.—(25895).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número catorce del catorce de marzo del presente año, se constituyó Distribuidora Varvi Cable T V Sociedad Anónima, por los socios Octaviano Vargas Calderón y José Alberto Villalobos Villalobos. Plazo: noventa y nueve años.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Paula Sancho Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 22214.—(25896).

Se hace constar que ante esta notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número treinta y ocho, del día veintinueve de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima siguiente Atención Médica Preventiva en Servicios de Salud Sociedad Anónima. Por los socios Tulio Germán León Carmona y Ángel Sandro Reina Guillén. Plazo noventa y nueve años.—San José, veintinueve de febrero del dos mil ocho.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 22216.—(25897).

Por escritura ciento cincuenta y seis-cinco, de las once horas del tres de marzo del dos mil ocho, del tomo cinco del protocolo de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se constituyó la sociedad Soluciones Constructivas Musan Sociedad Anónima, domicilio social: San José, Concepción Abajo de Alajuelita, Urbanización Vista Real, casa tres, Bloque A, capital social: cien mil colones, representación judicial y extrajudicial: Presidente: Michael Muñoz Fallas, cédula uno-uno cero nueve siete-nueve nueve cinco y secretaria: Jessica Sandí Vindas, cédula uno-uno dos cinco cero-siete uno tres, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, nombrados por todo el plazo social.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 22217.—(25898).

Por escritura número 12-2 de las 18:00 horas del 11 marzo del 2008, se constituyó la sociedad Cartrack Costa Rica Sociedad Anónima. El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 22218.—(25899).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del cuatro de marzo del año dos mil ocho, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen tres sociedades cuyos nombres serán Souleacasa de la Montaña Quince Limitada; Souleaorquidea del Pacífico Diecisiete Limitada y Souleaorquidea Vista al Amanecer Catorce Limitada, siendo las tres nombres de fantasía, sin traducción al idioma español y pudiendo abreviarse la última palabra por las iniciales Ltda. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del Parque Central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Gerente en las tres sociedades: Se nombró a Jamie Marcus Bell: Capital social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, cinco de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 22220.—(25900).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas quince minutos del siete de marzo del año dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos cinco mil trescientos sesenta y seis sociedad anónima, realiza el nombramiento de nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal, y además se reforma la cláusula sexta y segunda del pacto constitutivo referente a la representación y el domicilio social.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, siete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 22221.—(25901).

Que por el instrumento público número sesenta y siete, de las dieciocho horas del trece de marzo del dos mil ocho, la sociedad anónima tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos veintidós, modifica su cláusula novena y se nombra nuevo presidente.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 22222.—(25902).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cuarenta minutos del once de marzo del año dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos tres mil setecientos setenta y cuatro sociedad anónima, realiza el nombramiento de nuevo presidente de la junta directiva de la sociedad.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 22223.—(25903).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas veinte minutos del trece de marzo del año dos mil ocho, Scott Vincent Weiland y Adrián Ceciliano Altamirano constituyen una sociedad cuyo nombre será asignado por el Registro Nacional, Sección de Personas Jurídicas, y que se referirá al mismo número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J. Su domicilio estará en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, costado oeste del parque central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidente: Scott Vincent Weiland. Capital social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—N° 22224.—(25904).

Por escritura de las nueve horas del once de marzo del 2008, protocolicé actas de asambleas de accionistas de las 17:00 horas del diez de marzo del 2008 y de las 18:30 horas del diez de marzo de 2008, de las compañías ABC Consulting S. A. y Proquinal Costa Rica S. A. respectivamente por las que se acordó la fusión de las mismas prevaleciendo Proquinal Costa Rica S. A. Se aumentó el capital social de la compañía prevaleciente.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Clara Eugenia Hütt Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 22225.—(25905).

El suscrito notario hace constar que por escritura número cincuenta y cuatro, otorgada a las catorce horas del once de marzo del dos mil ocho, iniciada al folio treinta y dos vuelto del tomo cuarenta de mi protocolo protocolicé acta de asamblea extraordinaria de Cuskana de Escazú Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Julio Barquero Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 22226.—(25906).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:30 horas del 13 de marzo del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Sole Di Catania Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 22229.—(25907).

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José Luis Prenda Retana e Isabel Paulina Navarro Cabezas, constituyen sociedad anónima y su nombre será el mismo número de cédula jurídica que se le asigne. Escritura otorgada en Cartago a las once horas del doce de marzo del dos mil ocho, ante el notario.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Ronald Gerardo Cerdas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 22231.—(25908).

Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Alfaro Araya Sociedad Anónima, a las diez horas del once de marzo del dos mil ocho, siendo su presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Marcos Mauricio Alfaro Araya, ante el notario Mauricio Bolaños Delgado.— Alajuela, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 22232.—(25909).

La suscrita notaria, hace constar que por escritura pública se constituyó ante mi notaría la sociedad Lana Sleep Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Goicoechea, Vista de Mar, con capital totalmente cancelado, y su presidente es el apoderado generalísimo sin límite de suma, con el objeto de transporte de mercaderías, productos, artículos de toda índole.—San José, 25 de febrero del dos mil ocho.—Lic. María Estrella Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 22234.—(25910).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria, a las 7:00 horas del día 14 de marzo del 2008, se procede a protocolizar el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía C&K Coactive S. A., donde se agrega la cláusula décima y se modificaron las cláusulas quinta, sexta y sétima. Es todo.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 22235.—(25911).

Hoy día se ha constituido la sociedad cuya razón social es Kom Ombu Limitada, con domicilio en San Isidro de Alajuela. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad de San José, diez horas treinta minutos de hoy doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 22236.—(25912).

Por asamblea de socios las sociedades denominadas SBP Five Sandy Beach Productions V S. A., y Sunsets Of Melted Gold S. A., modifican cláusula primera y nombran nueva junta directiva.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 22237.—(25913).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Hermanos Vargas Hidalgo Sociedad Anónima, en la cual se modifican la cláusula cuarta.—San José, catorce horas de hoy día catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 22238.—(25914).

Por escritura otorgada a las 12 horas del 14 de marzo del 2008, se protocoliza acta de la sociedad Jacó Sunset S. A., en donde se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Se nombra como presidente a Jean Cappa.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 22239.—(25915).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las diecisiete y treinta horas del nueve de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos AGFE Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 22240.—(25916).

Por escritura número trescientos noventa y tres, otorgada ante mí, a las once horas con dos minutos del once de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Grupo Empresarial Chacón Picado S. A. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital suscrito y pagado en dinero en efectivo.—Tilarán, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Emmanuel Ruiz Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 22244.—(25917)

Se ha constituido la persona jurídica denominada Cabinas Alroma De Matapalo Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, domicilio en la ciudad de Quepos, oficina del notario que cartula, frente al Banco Popular, vigencia cincuenta años, la constituyen Luz Mary Alfaro Quesada, cedula uno cero seiscientos cuarenta y uno cero seiscientos treinta y uno y Jéssica Espinoza Méndez, cedula uno once cuarenta y ocho cero cero trece.—Ciudad de Quepos, cinco de marzo del dos mil ocho, a las ocho horas.—Lic. Ángel Picado Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 22245.—(25918)

Mediante escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 13 de marzo del año 2008, ante el notario público Abraham Waisleder Budzinska, se constituyó la compañía Ale y Pati S. A.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Abraham Waisleder Budzinska, Notario.—1 vez.—Nº 22246.—(25919).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría pública se protocolizarón actas por la que se reformaron los estatutos y nombraron directores de tres-ciento uno-quinientos seis mil seiscientos treinta y ocho sociedad anónima y de tres-ciento uno-quinientos seis mil doscientos cincuenta y dos sociedad anónima.—San José, 9 de marzo del 2008.—MSC. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 22250.—(25920).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios accionistas de Corporación Internacional Ticoscrap S. A., se procedió a cambiar el domicilio social, se sustituyeron secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 22251.—(25921).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las nueve horas del trece de marzo del año dos mil ocho, los señores Rony Carmona Prendas, Arturo Arguedas Pimentel y Esteban Chinchilla Astúa constituyen WWWDATICOS.COM y WWW.DATITOS.COM.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marlon Gerardo Gómez Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 22252.—(25922).

En el despacho de la Licenciada Ildreth Araya Mesén, a las veinte horas del once de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Imjuga Sociedad Anónima S. A., cuyos socios son: Cristian Masís González, cédula de identidad número uno-cero nueve cuatro seis-cero nueve siete nueve, y Andrea Mora López, cédula de identidad número uno-cero nueve cinco dos-cero uno uno dos, y su capital social es por la suma de diez mil colones.—La Unión, Cartago, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 22254.—(25923).

Por escritura pública otorgada en esta notaría a las nueve horas del trece de marzo del dos mil ocho, se revoca en pleno la junta directiva, fiscal y agente residente así como poder especial y se nombra nueva junta directiva, fiscal, agente residente y se da nuevo poder especial de la sociedad Consorcio Amistad Coffee Sociedad Anónima la sociedad con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos mil cuatrocientos noventa y siete.—Palmares, 14 de marzo del 2008.—Lic. Xinia María Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 22255.—(25924).

Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada Apartamentos R.R. Sociedad Anónima, escritura número cuatrocientos veintitrés del tomo seis del protocolo del licenciado José Manuel Vásquez Elizondo, con fecha trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 22256.—(25925).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día trece de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Wam Homes Sociedad Anónima. Presidente: Paul Iwankowski.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 22257.—(25926).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Ruiz Franco S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, 12 de marzo del 2008.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—Nº 22263.—(25927).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 7 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Pine Mulch S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, 7 de marzo del 2008.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—Nº 22264.—(25928).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Bastidas Restrepo S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, 13 de marzo del 2008.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—Nº 22265.—(25929).

Ante esta notaria, a las 9:00 horas del 13 de marzo del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Posiking Sociedad Anónima. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 22269.—(25930).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 13 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Phoenix Inversiones Pisa Sociedad Anónima. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 22270.—(25931).

Ante esta notaría, a las 7:00 horas del 12 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Sendero Liberiano Sociedad Anónima. Duración 10 años. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 22271.—(25932).

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Ante esta notaría comparecieron David Alexander Allen Umaña cédula uno-nueve cincuenta-cero siete tres y Diana Vanesa Allen Umaña, cédula uno-diez noventa y tres-cero seis cuarenta y nueve en escritura número novecientos setenta y nueve otorgada ante mí, a las doce horas del diez de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Arena Mar Salud S. A. Capital: diez mil colones. Presidente: David Alexánder Allen Umaña.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mauro Murillo Arias, Notario.—1 vez.—(25933).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la compañía Restaurante y Rancho La Marina Sociedad Anónima. Domicilio: San Carlos. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 15 de marzo del 2008.—Lic. José Enrique Sequeira Segura, Notario.—1 vez.—(25938).

Por escritura número 35 del tomo cinco, otorgada en esta notaría, a las 10:50 horas del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad La Casa en los Árboles Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón, cantón cuarto, distrito tercero, presidente: Sebastián Lagueux.—Limón, 13 de marzo del 2008.—Lic. Giovanna Brown Cunninghan, Notaria.—1 vez.—(25939).

Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Canning Treinta y Cuatro S. A., capital social: mil colones, plazo cien años. A las 12:00 horas del 17 de marzo del dos mil ocho.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(25940).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Lake Riders J.R. Sociedad Anónima. Su plazo social es de noventa y nueve años, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado, el presidente es el representante legal con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(25941).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía sin denominación social según Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno- J, en donde se autoriza expresamente al Registro Público de la Propiedad para que como denominación social se indique el número de cédula de persona jurídica que dicha institución de oficio le asigne en el momento de su inscripción, su plazo social es de noventa y nueve anos, su capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. El presidente es el representante legal con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de marzo del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(25942).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 20:00 horas del diecisiete de marzo del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Carpio y González del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-118431. Se aceptan renuncias y aprueban nuevos nombramientos en junta directiva.—Lic. Clara Zúñiga Álvarez, Notaria.—1 vez.—(25979).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Zona Real La Sabana Sociedad Anónima, en la que se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Édgar Cervantes Gamboa, Notario.—1 vez.—(25980).

El día de hoy, mediante escritura número ciento diez-siete, se ha constituido una sociedad cuya denominación coincidirá con su número de cédula jurídica, cuyo capital social es la suma de diez mil colones. Domiciliada en San José, Los Yoses de Montes de Oca, del edificio de la Cámara de Industrias cien oeste, setenta y cinco sur.—San José, seis de marzo del dos mil ocho.—Lic. José Carlos Álvarez Varela, Notario.—1 vez.—(25982).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Evolución Orgánica La Fortuna S. A. Domicilio: La Fortuna de San Carlos. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—1 vez.—(25987).

Ante esta notaría, Nelson Álvarez Bermúdez conviene en constituir fundación denominada: Construcciones Mal País Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Construcciones Mal País E.I.R.L por escritura número ciento noventa y dos-tres, otorgada por la Lic. María Cecilia Villalobos Conejo en San Ramón de Alajuela, a las nueve horas del día trece de marzo del dos mil ocho, con un capital social de cien mil colones y el representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es Nelson Álvarez Bermúdez.—Lic. María Cecilia Villalobos Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 22242.—(25988).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número quince, del protocolo quinto de mi protocolo de las diez horas del día diecisiete de marzo del dos mil ocho, se constituyó Prolimbus Sociedad Anónima. Gilberth Andrey Morales Fallas presidente.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(26051).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número doce del protocolo quinto de mi protocolo, de las ocho horas del día seis de marzo del dos mil ocho, se constituyó Implementos Publicitarios Sociedad Anónima. Nombre: Feng Cheng, apellidos Yang Liu presidente.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(26052).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número trece del protocolo quinto de mi protocolo, de las diez horas del día seis de marzo del dos mil ocho, se constituyó Vallamóvil de Costa Rica Sociedad Anónima. Nombre: Feng Cheng, apellidos Yang Liu, Presidente.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—(26053).

Se realiza la publicación del cambio de la sociedad Servicio Administrativo Canadiense Costarricense Sociedad Anónima y nombramientos de la junta directiva.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(26054).

Ante mí, se constituyó hoy Inmuebles del Lagito S. A.—San José, 21 de diciembre del 2007.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—(26061).

Ante mí se constituyó hoy Constructora Oasis Tropical S. A.—San José, 26 de febrero del 2008.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—(26062).

En esta notaría los señores Mario Antonio Molina Soto y Mauro Segura Herrera, constituyen la sociedad anónima que se denomina Arte Bordados M & M Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, trescientos metros norte del Colegio Adventista. Presidente Mario Antonio Molina Soto. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, 19 de marzo del 2008.—Lic. Jesika Alfaro Delgado, Notaria.— 1 vez.—(26085).

Daniel Marín Molina e Ileana Molina Oliver constituyen Sol Mediterráneo de Toscana SMT S. A., en San José, a las catorce horas del trece de marzo del dos mil ocho. Tomo dieciocho.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(26086).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecinueve horas del dieciocho de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, Desamparados, doscientos metros al oeste y doscientos norte del Colegio de Licenciados y Profesores, denominada Andes Collection Centroamerica, traducido al español Colección de Andes de Centroamérica S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Alajuela, veinticuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(26090).

Ante esta notaría, mediante escritura ciento quince-siete se constituyó C R Detectives Sociedad Anónima, domicilio San José, representación: presidente con la representación judicial y extrajudicial.— Tibás, diecisiete de marzo del 2008.—Lic. Giovanni Eduardo Rodríguez Solís, Notario.—1 vez.—(26091).

Se transforma la sociedad de responsabilidad limitada en sociedad anónima y se reforman las cláusulas primera, cuarta, sexta y se deroga la cláusula octava del pacto social de la sociedad denominada Productortes de Café Chacón Hermanos Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero cincuenta y tres mil trescientos ochenta y dos, otorgada en San Isidro de Alajuela, a las 8 horas con 45 minutos del 22 de marzo del 2008.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(26092).

Se reforma la cláusula sétima del pacto social de la sociedad denominada Servicentro Chamo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento dos mil ciento veinte. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las 8:00 horas del 22 de marzo del 2008.—Alajuela, 22 de marzo del 2008.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(26093).

Se reforma la cláusula sétima del pacto social de la sociedad denominada Julimar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento dos mil quinientos cincuenta y tres. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las 8 horas con 15 minutos del 22 de marzo del 2008.—Alajuela, 22 de marzo del 2008.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(26094).

Pág 68 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Se reforma la cláusula sétima del pacto social de la sociedad denominada Beneficio Las Peñas B L P Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y tres. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las 8 horas con 30 minutos del 22 de marzo del 2008.—Alajuela, 22 de marzo del 2008.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(26095).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Alfa Filial Uno S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26097).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7:30 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Beta Filial Dos S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26098).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Gamma Filial Tres S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26099).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Delta Filial Cuatro S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26100).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Epsilon Filial Cinco S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26102).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:30 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Dseta Filial Seis S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26103).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Eta Filial Siete S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26104).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Zeta Filial Ocho S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 13 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26106).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Iota Filial Nueve S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 14 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26107).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:40 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Condominio Casa Santana Kappa Filial Diez S. A. Presidente representación judicial apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—Alajuela, 14 horas del 18 de marzo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(26108).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Realce Sociedad Anónima, domicilio San José, exactamente en Sabana Oeste, setenta y cinco metros oeste de la embajada de China, capital cien mil colones, plazo noventa y nueve años, corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de febrero del dos mil ocho.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—(26110).

Por escritura del día de hoy, constituí la sociedad anónima Fankaros Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Domicilio .San Vicente de Moravia casa lote número veintisiete M. Presidente, vicepresidente y

secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Presidente: Blanca Rosa Ramírez Bolaños.—San José, diecisiete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Minorth Anthony Solís Ulate, Notario.—1 vez.—(26113).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Uno AKF Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia Centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En Ausencia o enfermedad del Presidente, El secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26114).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Dos FTL Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve anos a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentara la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, El Secretario actuando en forma conjunta con el Tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26115).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Tres KPM Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho- Ken; con un plazo de noventa y nueve anos a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26116).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho, se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Cuatro RMP Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve anos a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentara la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, El Secretario actuando en forma conjunta con el Tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26118).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Cinco TKS Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones, el presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, el Secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26119).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho, se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Seis PZL Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve años a partir de $u constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentara la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, El Secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26120).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyo la entidad que se denominara Vistas de Jesús María Siete LQD Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho- Ken; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentara la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En Ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26121).

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 69

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Ocho YNG Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En Ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26123).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyo la entidad que se denominara Vistas de Jesús María Nueve VXY Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes , ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve anos a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados Generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26124).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho, se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Diez RMJ Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26125).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Once TPL Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes, ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve anos a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En Ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26126).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho se constituyó la entidad que se denominará Vistas de Jesús María Doce YRV Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia centro, costado sureste del Palacio de los Deportes , ciento veinticinco metros al este, frente al restaurante Ho-Ken; con un plazo de noventa y nueve anos a partir de su constitución y capital social de diez mil colones. El Presidente de la compañía, ostentara la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. En ausencia o enfermedad del presidente, el secretario actuando en forma conjunta con el tesorero, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—(26127).

Por escritura otorgada ante mí a las 16:00 horas del día de hoy se protocolizo el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Socios de la compañía Inversiones Sayteel Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto social, se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Carmen Fernández M, Notaria.—1 vez.—(26135).

Ante esta notaría, a las 9 horas del 21 de febrero del 2008, los señores Álvaro Eduardo Morera Fallas y Álvaro Eduardo Calvo Cordero, constituyeron la sociedad anónima denominada Dos-Re-Rescates y Remolques S. A., con domicilio social en San Joaquín de Flores Heredia, contiguo al “Bar Víctor”; capital social ciento veinte mil colones, plazo social noventa y nueve años, presidente Álvaro Eduardo Morera Fallas.—Lic. Eduardo Cerdas Fernández, Notario.—1 vez.—(26153).

Por escritura pública otorgada ante mí en Heredia, a las dieciocho horas del catorce de Marzo del año dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Objeto: Venta de artículos escolares. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Heredia.—Lic. Wadher Arguedas Benavides, Notario.—1 vez.—(26168).

Por escritura número treinta, otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día catorce de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Bufete Fernández

Esquivel y Asociados S. A., mediante la cual se reformó la cláusula tercera de los estatutos de la sociedad.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(26171).

En esta escritura mediante pública número 110-18, otorgada en Heredia a las 11:10 horas del 6 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Sunset Tan in Hawaii S. A. Capital social: 40.000 colones totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Domicilio social: Santo Domingo de Heredia, 200 metros norte y 400 metros este de la Basílica. Presidente y secretario representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos.—Lic. Iván Villalobos Ramirez, Notario.—1 vez.—(26177).

Los señores Leonel Javier Méndez Segura y Juan Pablo Valverde Hernández constituyen la sociedad de esta plaza denominada Corporación Cartooning Sociedad Anónima.—San José, 14 marzo de del 2008.—Lic. Fabián Silva Gamboa, Notario.—1 vez.—(26215).

Por escritura número ciento noventa y tres-cinco, se protocolizan acuerdos de asamblea general de Kaizensa Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula siete del pacto social.—San José, 24 de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(26217).

Por escritura número ciento noventa y dos-cinco, se protocolizan acuerdos de asamblea general de Cordón de Plata Corp Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula siete del pacto social.—San José, 24 de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(26218).

Por escritura número ciento noventa y uno-cinco, se protocolizan acuerdos de asamblea general de Punta de Vacas Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula siete del pacto social.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(26219).

Por escritura número ciento setenta y cuatro-cinco, se protocolizan acuerdos de asamblea general de Avensayco Sociedad Anónima. Se nombran nuevos directores. Amir Peer, presidente.—San José, 24 de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(26221).

Por escritura número ciento noventa-cinco, se constituye la sociedad La Mía Cuccina Sociedad Anónima. Alejandro Lugo Arana presidente.—San José, veinticuatro de marzo de dos mil ocho.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(26222).

Por escritura número veinticuatro, otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad Los Leones de Valverde Vega Sociedad Anónima. Presidente: Leonel Barrantes Castro. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Domiciliada en Valverde Vega.—Grecia, 15 de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro, Notario.—1 vez.—(26225).

Se hace saber que el día 18 de marzo del 2008, ante esta notaría se constituyó Hybris Creatividad Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar en su aditamento Sociedad Anónima, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: totalmente pagado y suscrito.—Lic. Bolívar Antonio Ulate Chacón, Notario.—1 vez.—(26228).

Por escritura número ciento sesenta-tres de las catorce horas del trece de marzo del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía CTG del Pacífico Sociedad Anónima, la cual se nombra nueva junta directiva.—Heredia, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. María Isabel Castro Salas, Notaria.—1 vez.—(26237).

Por escritura número ciento sesenta y uno-tres de las ocho horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Corporación Cibeles de Costa Rica Sociedad Anónima, la cual se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva.—Heredia, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. María Isabel Castro Salas, Notaria.—1 vez.—(26238).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó de conformidad con el artículo segundo del Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del veintinueve de mayo del dos mil seis, una denominación social, estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en Grecia.—Grecia, 24 de enero del 2008.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(26239).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del diecinueve de marzo del 2008, procedió un nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad LS Dos Escorpión NB Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil ochocientos treinta y cuatro. Domiciliada en Grecia.—Grecia, 24 de marzo del 2008.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(26240).

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Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del diecinueve de marzo del 2008, procedió un nombramiento de nueva Junta Directiva de la sociedad LS Dos Alfa N Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y ocho mil doscientos trece. Domiciliada en Grecia.—Grecia, 24 de marzo del 2008.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(26241).

Mediante escritura número trescientos sesenta y uno-dos, otorgada ante esta notaría el día de hoy, se reformó las cláusulas segunda, quinta, y décimo tercera y se nombra nuevo gerente financiero en la sociedad Arthrocare Costa Rica SRL.—San José, diecinueve de marzo del dos mil ocho.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(26243).

Mediante escritura número trescientos sesenta y dos-dos, otorgada ante esta notaría el día de hoy, se reformó las cláusulas primera y octava del pacto constitutivo, se nombra gerente general, gerente administrativo, gerente financiero, y agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma en la sociedad tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(26245).

Por escritura número 81, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 7:30 horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Fiduciaria San Esteban S. A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidenta: Sylvia Elena Rojas Fandiño.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26246).

Por escritura número 82, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 8:00 horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Veyron S.A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidente: Claudio López Rojas Fandiño.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26247).

Por escritura número 83, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 8:30 horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Harrahs S.A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidente: Claudio López Fandiño.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26248).

Por escritura número 84, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 9:00 horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad The Repair Shop S. A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidente: Claudio López Fandiño.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26249).

Por escritura número 85, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 9:30 horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Uxbrich S.A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidente: Claudio López Fandiño.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26250).

Por escritura número 86, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 24 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Poppinjay S. A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidente: Claudio López Fandiño.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26252).

Por escritura número 79, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del 6 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Crofton S.A., con domicilio en San José. Capital social: ¢12.000. Plazo: 99 años. Presidente: Carlos Fandiño.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26253).

Por escritura número 80, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 15:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Utotent S. A., con domicilio en Escazú. Presidente: Pedro Raventós Vorst. Capital social: ¢9.000. Plazo: 99 años.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(26263).

Por escritura otorgada ante la licenciada Betsy Camacho Porras, número treinta a las diez horas del diez de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Vigilancia y Seguridad Ilusiones de Vida R. Y. M Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Junta directiva conformada por Presidente, Secretario y Tesorero. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Heredia, veinticuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—(26276).

Por escritura número ciento veintiocho-cinco, otorgada ante esta notaría a las a las ocho horas del once de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Quinientos Diecisiete Mil Trescientos Setenta y Uno Limitada, titular de la cédula de persona jurídica antes indicada, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera y sexta y se hicieron nuevos nombramientos de gerente uno y gerente dos.—San José, once de marzo del año dos-mil ocho.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(26282).

Por escritura número ciento veintisiete-cinco, otorgada ante esta notaría a las quince horas del diez de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Fusión de Color Tropical Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres, mediante la cual se reformó la cláusula segunda y se hicieron nuevos nombramientos de presidente, secretario y agente residente.—San José, diez de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—(26284).

Mediante escritura número doscientos ocho, de las diecisiete horas treinta minutos del veinte de febrero del año dos mil ocho, otorgada ante el protocolo de la co-notaria pública Carolina Ulate Zárate, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Du Ju Pú Sociedad Anónima.—Heredia, veinticuatro de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Mario Humberto Zárate Sánchez, Notario.—1 vez.—(26286).

Por escritura número doscientos veintinueve, de las catorce horas del día doce de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo Gapa Consultores Sociedad Anónima. Su capital social es la suma de diez mil colones. Su presidente es Alfredo Cerdas Soto.—Heredia, doce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(26288).

Por medio de la escritura número setenta y tres, otorgada a las doce horas del día once de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Ocho Mil Trescientos Treinta y Siete S. A., por la cual se modifica la cláusula tercera del domicilio y se revoca el nombramiento del presidente y el secretario de la junta directiva y se nombra nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26289).

Por medio de la escritura número setenta y dos, otorgada a las once horas del día once de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Siete Mil Trescientos Diecinueve S. A., por la cual se modifica la cláusula tercera del domicilio y se revoca el nombramiento del presidente y el secretario de la junta directiva y se nombra nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26292).

Por medio de la escritura número noventa y tres, otorgada a las dieciséis horas del día diecinueve de marzo del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Doce Mil Novecientos Ochenta y Tres S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se revoca el nombramiento del presidente y del secretario de la junta directiva y se nombra nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26293).

Por medio de la escritura número setenta y ocho, otorgada a las trece horas del día catorce de marzo dos mil ocho. Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Investment A and C Holdings S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: La señora Catherine Faye Mazur.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26294).

Por medio de la escritura número setenta y siete, otorgada a las doce horas del día catorce de marzo dos mil ocho. Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporation Triple S Holdings S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: El señor Andrew Robert Mazur.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26295).

Por medio de la escritura número setenta y nueve, otorgada a las trece horas del día catorce de marzo dos mil ocho. Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada C and A Development Corp S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: El señor Andrew Robert Mazur.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26296).

Por medio de la escritura número ochenta y nueve, otorgada a las catorce horas del día dieciocho de marzo del dos mil ocho. Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Cocomarindo Unit Fifthy Two Limitada. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: El señor Viktor Shizhayev.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26298).

Por medio de la escritura número setenta y seis, otorgada a las trece horas del día trece de marzo dos mil ocho. Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Black Sea Holdings V&I Limitada. Capital social: noventa mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: El señor Vladimir Gorbis.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(26300).

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Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 10:00 horas del día 24 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Vicentina Europea Sociedad Anónima, en la cual se acuerda hacer Fusión por absorción con la sociedad italiana Infracantieri S.R.L., prevaleciendo la primera.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Marco Vinicio Coll Argüello, Notario.—1 vez.—(26330).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 9:00 horas del día 24 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada European Flag Sociedad Anónima, en la cual se acuerda reformar la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Marco Vinicio Coll Argüello, Notario.—1 vez.—(26331).

Por escritura otorgada a las quince horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se modifica la cláusula segunda de la sociedad denominada Soluciones RB & R Tiragu Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil cincuenta y ocho.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(26334).

El suscrito notario hago constar que en el tomo número diecisiete del protocolo del licenciado Dagoberto Madrigal Mesén se están constituyendo dos compañías las cuales llevaran como denominación social el número de cédula jurídica que el registro les asigne al respecto. Así mismo, se está constituyendo Lowland Rivers And Forest S. A.; y AF International Solutions CR S. A. Es todo.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—(26337).

En mi notaría se constituyo la sociedad denominada Auto Remarketing of Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Douglas Grimm. Agente residente. Sergio Elizondo Garofalo.—Heredia, 25 de marzo del 2008.—Lic. Sergio Elizondo Garofalo, Notario.—1 vez.—(26351).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en San José a las diecinueve horas del diecisiete de marzo del dos mil ocho se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por su presidente; con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—(26352).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en San José a las dieciocho horas del diecisiete de marzo del dos mil ocho se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por su presidente; con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notario.—1 vez.—(26353).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil ocho se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—(26354).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las once horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por su presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—(26355).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por su presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—(26356).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas, del día dieciocho de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gober R.G. Sociedad Anónima.—San José, 11 de febrero del 2008.—Lic. Alberto Allen Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 22272.—(26359).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Maicamo 14 de Mayo Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Domicilio social en la ciudad de San Juan de Tibás de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 22273.—(26360).

Ante esta notaría mediante escritura pública número treinta y ocho-catorce de las doce horas del doce de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Trópica Tanning CR Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia, urbanización Zumbado, doscientos metros oeste del abastecedor Zumbado, cuyo presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es la señora Adryanna Gómez Bolaños.—Lic. Joaquín B. Cordero Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 22274.—(26361).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las nueve horas se protocolizó en lo conducente el acta número nueve, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Costa Ríos Latinoamericanos S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en su cláusula cuarta referente plazo social.—San José, diecisiete de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22275.—(26362).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría a las ocho horas se constituyo la sociedad de esta plaza denominada con su número de cédula jurídica, de conformidad con el decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del catorce de junio del año dos mil seis. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En especial se dedicará a la compra y venta de bienes muebles e inmuebles. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, dieciocho de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22277.—(26363).

El suscrito notario, hago constar que ante mi notaría al ser las 18:30 horas del 14 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Conejas Ancla S. A. Capital: suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Mauricio José Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 22278.—(26364).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las catorce horas se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Tres-Ciento Uno-Quinientos Quince Mil Seiscientos Setenta y Dos S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en su cláusula novena de la administración. Se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, dieciocho de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22279.—(26365).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las diez horas se protocolizó en lo conducente el acta número tres, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Siete S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en su cláusula quinta referente capital social.—San José, dieciocho de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22280.—(26366).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Italy Tutto Car Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: Massimo Giunta La Spada. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. José Luis López Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 22281.—(26367).

Por escritura otorgada, hoy en mi notaría, a las nueve horas se constituyó la sociedad de esta plaza denominada con su número de cédula jurídica, de conformidad con el decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del catorce de junio del año dos mil seis. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En especial se dedicará a la compra y venta de bienes muebles e inmuebles. Plazo social noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, dieciocho de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22282.—(26368).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Marketing & Insurance Consulting S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En especial se dedicará a la consultaría y asesoría en la industria de seguros y pensiones.

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Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, catorce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 22283.—(26369).

Ante esta notaría, a las diez horas del doce de febrero del dos mil ocho, se protocolizó acta de la empresa, Grupo Skipper Stegen Sociedad Anónima, modificándose la cláusula segunda del pacto social.—San José, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. María Esther Fait Shaw, Notaria.—1 vez.—Nº 22284.—(26370).

Simon Bailey Bekker y Phillippa Anne Bekker constituyen Coretalk Costa Rica S. A. Escritura otorgada a las diez horas del once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 22285.—(26371).

Por escritura número ciento cincuenta y uno, visible a folio ochenta frente, del tomo número uno, del protocolo de la notaria pública Ileana Chaves Portilla, comparecieron Juan Ernesto De Soussa Fernández, pasaporte número C un millón cuatrocientos trece mil ciento once, en calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y el señor Víctor Alejandro González Del Blanco pasaporte número C un millón ciento treinta y nueve mil ciento sesenta y tres, en su calidad de secretario, constituyeron la sociedad Reefers Solutions Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Objeto: El comercio en general. Escritura otorgada en la provincia de Limón, a las diecinueve horas treinta minutos del día dos de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Ileana Chaves Portilla, Notaria.—1 vez.—Nº 22286.—(26372).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad Juan y Caroll de Atenas S. A. Capital social: 10.000 colones. Domicilio: Atenas, trescientos cincuenta metros este de los Tribunales de Justicia. Representante legal: Juan Carlos Calderón Víquez.—Orotina, a las 9:00 horas del 19 de marzo del 2008.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 22289.—(26373).

Por escritura pública de las doce horas del diecinueve de marzo del dos mil ocho, Verdegris Sociedad Anónima, protocoliza piezas donde se aumenta el capital social.—San José, diecinueve de marzo del dos mil ocho.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 22290.—(26374).

Ante esta Notaría, se protocolizó el acta de asamblea general de socios, de la compañía denominada Perímetros de Seguridad Pese Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, 19 de marzo del 2008.—Licda. Francinie Castillo Ramos, Notaria.—1 vez.—Nº 22291.—(26375).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tejado El Labrador S. A., en que se modifica la cláusula segunda de los estatutos relativa al domicilio, la quinta aumentando el capital social, a un la sexta relativa a la administración y se agrega una nueva cláusula con el número décima - cuarta, relativa al agente residente. Se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: James Earle Harvey.—San José, doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Guardia Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 22492.—(26511).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 13 de marzo del dos mil ocho, se constituyó Gruatec de Centro América Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Silvia Elena Vega Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 22496.—(26512).

Ante esta notaría protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Agropecuaria Popone Sociedad Anónima, donde se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Guápiles, Pococí, Limón, diez de marzo del 2008.—Lic. Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 22498.—(26513).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad se denominará de conformidad con Decreto número tres tres uno siete uno-J publicado el catorce de junio del dos mil seis denominado Reglamento para constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social.—Guápiles 12 de marzo del 2008.—Lic. Ivannia María Gutiérrez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 22499.—(26514).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas con treinta minutos del diecinueve de marzo del año dos mil ocho, se modificó las cláusulas segunda y sexta del estatuto social, y se realizaron nombramientos de la empresa Operaciones Constructivas El Halcón Milenario Sociedad Anónima. Domicilio social en la provincia de Heredia.—Heredia, diecinueve de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 22500.—(26515).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la entidad Chupacabras S. A., capital social cien mil colones. Presidente y tesorera apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 22501.—(26516).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Mañanero Rojizo Real Estates Investments Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula vigésima del pacto constitutivo y se reforma junta directiva, escritura otorgada a las 13:00 horas del 4 de marzo del 2008.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—Nº 22502.—(26517).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-463227 sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula vigésima del pacto constitutivo y se reforma junta directiva, escritura otorgada a las 15:00 horas del 4 de marzo del 2008.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—Nº 22503.—(26518).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-492687 sociedad anónima, mediante la cual se reforma la cláusula vigésima del pacto constitutivo y se reforma junta directiva, escritura otorgada a las 14:00 horas del 4 de marzo del 2008.—Lic. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—Nº 22504.—(26519).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día catorce de marzo del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Global Advisers Groups S. A., mediante la cual se modificó la cláusula primera de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 22507.—(26521).

Por escritura número cinco otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las doce horas del día nueve de octubre del año dos mil siete, comparecieron los señores Mario Gurdián Morales y Mario Édgar, Jorge, Mauricio y Guillermo todos Gurdián Hurtado para constituir la siguiente sociedad anónima denominada Fideicomisos Río Segundo Sociedad Anónima.—Alajuela, veinticuatro de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 22516.—(26528).

NOTIFICACIONESSEGURIDAD PÚBLICA

DEPARTAMENTO DISCIPLINARIO LEGALSECCIÓN DE INSPECCIÓN POLICIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Auto de apertura de causa administrativa. Expediente Nº 955-IP-07-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las catorce horas con cincuenta minutos del diez de marzo del dos mil ocho. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este despacho en esta vía a iniciar procedimiento administrativo ordinario laboral Nº 955-IP-07, en contra del señor Olman Barquero Díaz, cédula de identidad Nº 6-331-152, funcionario de este Ministerio cuya última ubicación fue en la Delegación Policial de Corredores, Puntarenas, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: Ausencia al trabajo el día 11 de junio del 2007, y ausentismo laboral a partir del día 21 de ese mismo mes y año; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta capital, a partir de las 10:30 horas del decimoquinto día hábil, contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el Lic. José Luis Araya Leandro, abogado de esta Oficina asignado para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba, los alegatos y conclusiones pertinentes, pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente que debe señalar lugar, fax o cualquier

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otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiese (Artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 17338).—C-132680.—(25421).

Auto de apertura de causa administrativa. Expediente Nº 1322-IP-07-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las catorce horas con treinta minutos del diez de marzo del dos mil ocho. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este despacho en esta vía a iniciar procedimiento administrativo ordinario laboral Nº 1322-IP-07 en contra del señor Adrián Cordero Araya, cédula de identidad Nº 1-1201-027, funcionario de este Ministerio cuya última ubicación fue en la Delegación Policial de Tibás, San José, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: Ausentismo laboral a partir del día 21 de setiembre del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta capital, a partir de las 08:30 horas del decimoquinto día hábil, contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el Lic. José Luis Araya Leandro, abogado de esta Oficina asignado para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba, los alegatos y conclusiones pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente que debe señalar lugar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiese (Artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 17338).—C-132680.—(25422).

Auto de apertura de causa administrativa. Expediente Nº 1057-IP-07-DDL.—Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las trece horas con treinta y nueve minutos del veintinueve de febrero del dos mil ocho. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este despacho en esta vía a iniciar procedimiento

administrativo ordinario laboral en contra del señor Abraham Campos Navarro, cédula de identidad Nº 1-1296-052, funcionario de este Ministerio cuya última ubicación fue en la Sección de Vigilancia Aérea, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: Ausencias al trabajo los días 3 y 4 de junio del 2007, y ausencias al trabajo a partir del día 12 de octubre del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta capital, a partir de las 09:30 horas del decimoquinto día hábil, contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el señor Albin Loría Jaén, Asistente Legal, funcionario de esta Oficina asignado para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba, los alegatos y conclusiones pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de éste acto. Se le advierte igualmente que debe señalar lugar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiese (Artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 17339).—C-132680.—(25423).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Sección de Inspección Policial.—San José, a las trece horas con cuarenta minutos del veintinueve de febrero del dos mil ocho. Auto de apertura de causa administrativa. (Expedientes: 1293-IP-07 y 171-2008). De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo número 28856-SP publicado en La Gaceta N° 163 del día 25-8-2000, procede este despacho en esta vía a iniciar Procedimientos Administrativos Ordinarios Laborales en contra del señor Charles Barahona Rodríguez, cédula de identidad número 6-245-974, funcionario de este Ministerio cuya última ubicación fue en la Delegación de Policía de Garabito, Puntarenas, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: ausencias al trabajo los días 27, 28 y 29 de agosto de 2007 y ausencias al trabajo a partir del día 27 de diciembre de 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una Audiencia Oral y Privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta capital, a partir de las 13:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el señor Albin Loría Jaen, Asistente Legal, funcionario de esta Oficina asignado para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por media de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será al momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba, los alegatos y conclusiones pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y

Pág 74 La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008

Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente que debe señalar lugar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiese (artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido solo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 17338).—C-132680.—(25420).

SALUDREGIÓN CENTRAL SUR

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Conforme el artículo 241, inciso 4) de la Ley General de la Administración Pública, se hace saber a: Enrique Bolaños Ramírez, la orden sanitaria OPAH-530-2006-JJ. Por la salud de las personas y por tratarse de un asunto de interés público en el plazo de quince días hábiles tiene que proceder a: 1) Demoler la propiedad que se ubica en Barrio México del Castros Bar, 150 metros al norte, casa 1548 a mano derecha Merced, propiedad del señor Enrique Bolaños Ramírez, esto ya que la condiciones sanitarias del inmueble que en la actualidad se encuentra deshabitado, es ruinoso, peligroso en insalubre, esto se debe al estado de abandono de la propiedad, y donde las condiciones físicas y sanitarias generan un riesgo hacia la salud pública, además es una fuente de contaminación ambiental por lo que en el plazo de 15 días hábiles tiene que proceder con la demolición. 2) Las condiciones físico sanitarias se describen en los informes 13 de octubre del 2005 OPAH-CMU-1144-2005-JJ y el OPAH-CMU-1037-2006JJ. En caso de desobediencia se procederá a aplicar el artículo 307 del Código Penal. Todo esto con base en los artículos 1º, 2º, 4º, 7º, 313, 314, 315, 319, 320, 321, 340, 341, 349, 355, 356, 363 de la Ley General de Salud Reglamento de Construcciones artículos 1º, 87, 95, VI.5,VI.6. De conformidad con el artículo 52 y siguientes de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, en relación con la presente orden sanitaria procede interponer los recursos de revocatoria con apelación en subsidio dentro de los cinco días hábiles, contados a partir de su notificación. El recurso podrá ser interpuesto en la oficina del Área Rectora de Salud, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional Central Sur y de ser necesaria la apelación será resuelta por la Ministra de Salud.—Área Rectora de Salud Carmen, Merced, Uruca.—Carolina Guillén Meléndez, Directora.—(Solicitud Nº 618-08).—C-39620.—(25644).

JUSTICIA Y GRACIAREGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLEAVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a Jorge Alexander Díaz Julca, cédula de residencia 026688-45501-000688, como actor en proceso ordinario de trabajo anotado en la finca G-95875 según citas 484-17707, así como a cualquier tercero con interés legítimo o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas de oficio donde se investiga una posible sobreposición que involucra los inmuebles del partido de Guanacaste números 11487-001 y 002 y 95875-000 que en su orden publicitan los planos números G-892994-2003 y G-206536-1994. Por lo que, mediante Resolución de las 11:10 horas del 15 de agosto de 2007, se ordenó anotar advertencia administrativa sobre las fincas de previa cita. Con tal fin, se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera y última publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan, según el artículo 98 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble. E igualmente se le previene que dentro de dicho término, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637, bajo apercibimiento, que

de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículo 99 del citado Reglamento y artículo 185 del Código Procesal Civil, en concordancia con el numeral 12 de la mencionada Ley N° 7637. (Ref. Exp. 07-573-BI).—Curridabat, 6 de enero del 2008.—Máster Marta Ruiz Chacón, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 46515).—C-47540.—(24568).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a: I) Al eventual poseedor de las cédulas hipotecarias que constan en el documento inscrito bajo citas de tomo 561, y asiento 15920, garantizadas con la finca trescientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y ocho (349998), que es propiedad de Jisa Internacional Sociedad Anónima. A quien en virtud de que esta Oficina desconoce sus calidades y domicilio, con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar fax, apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este despacho, conforme los artículos 93, 94 y 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, del 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 20 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil, y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 4 de noviembre de 1996). (Ref. Expediente Nº 07-432-BI).—Curridabat, 10 de marzo del 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora.—(Solicitud Nº 46517).—C-51500.—(26265).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALSUCURSAL EN HEREDIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La suscrita licenciada Ana Guadalupe Vargas Martínez, Administradora de la Sucursal en Heredia, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. Razón social Nº Patronal Monto ¢

Abellán Arroyo Roberto Edmundo 0-00104151308-001-001 140.815,00Alimentos Marinos Almar Sociedad Anónima 2-03101328592-001-001 1.666.111,00Alimentos Varios de Costa Rica AlivarcosSociedad Anónima 2-03101095190-001-001 34.681,00Araya Chang Luis Rodolfo 0-00204500380-001-001 3.380.210,00Arias y Cortes Sociedad Anónima 2-03101081646-001-001 43.143,00Arroyo Víquez Juan Carlos 0-00107840135-001-001 27.431,00Asesoría Salud Ocupacional y GestiónAmbiental Asogea S.A. 2-03101431260-001-001 185.586,00Asesorías Prácticas de InteligenciaComercial S. A. 2-03101194289-001-001 457.602,00Asociación Iglesia Santidad PentecostalConferencia de C.R. 2-03002045196-041-001 55.637,00Asociación Instituto LatinoamericanoPedagogía de Comunicación 2-03002045184-001-001 137.539,00Avícola La Meseta Sociedad Anónima 2-03101038351-002-001 2.358.354,00Barquero Restrepo Liana Maritza 7-00026264064-001-001 75.566,00Birrau Inversiones Sociedad Anónima 2-03101462324-001-001 3.255.744,00Blanco Jara Roberto Carlos 0-00107950055-002-001 639.808,00Bosmar Sociedad Anónima 2-03101047856-001-001 120.686,00Brenes Jiménez Francisco 0-00400810914-001-001 663.009,00Brenes Rodríguez Alfredo Sandro 0-00108770918-001-001 107.793,00Brenes Rodríguez Rafaela 0-00302030707-001-001 555.802,00Brenes Solano Jenny María 0-00107570487-001-001 36.857,00Calzado Andrey Sociedad Anónima 2-03101083748-001-001 67.599,00Castro Cubero Elizabeth 0-00600440468-001-001 12.960,00Ceballos Marín Luis Alfonso 7-00016223936-001-001 77.804,00Chaves Calvo Juan Carlos 0-00204080919-001-001 92.176,00Clínica del Pie Sociedad Anónimade Responsabilidad Limitada 2-03102227187-001-001 137.478,00Comercial Café Tera InternacionalSociedad Anónima 2-03101077854-001-001 63.107,00Comercio e Industria de Materialespara el Desarrollo Cimadesa S.A. 2-03101027759-001-001 4.999,00

La Gaceta Nº 63 — Martes 1º de abril del 2008 Pág 75

Razón social Nº Patronal Monto ¢

Compañía López Hermanos Huancayo S.A. 2-03101119587-001-001 11.006,00Consultores en Servicios Turísticosy Ambientales S.A. 2-03101306228-001-001 94.910,00Córdoba Gómez María Ligia 0-00103780061-001-001 11.379,00Corporación Cafetalera La MesetaSociedad Anónima 2-03101083091-001-001 1.087.848,00Corporación El Real de San JoséSociedad Anónima 2-03101359350-001-001 300.612,00Corporación El Tejadito Sociedad Anónima 2-03101343227-001-001 158.674,00Creaciones Internacionales Da RobertoSociedad Anónima 2-03101054653-001-001 108.839,00Cruz Barrantes Heidy 0-00203630953-001-001 82.328,00Cruz Cero Sociedad Anónima 2-03101291919-001-001 387.175,00Desarrollos Chamberlain & Compañía S.A. 2-03101320963-001-001 114.955,00Díaz Lobo Carlos Enrique 0-00900310301-001-001 13.064,00Diseños Integrales Vega Sociedad Anónima 2-03101270732-001-001 973.752,00Ego Systems Sociedad Anónima 2-03101298545-001-001 161.257,00Endocultor Sociedad Anónima 2-03101182251-001-001 11.147,00Espino Pérez Justo Germán 0-00203040876-001-001 499.996,00Espinoza Corea William de Jesús 7-00017125630-001-001 614.716,00Espinoza Ramírez Sandra Eugenia 0-00401440567-001-001 140.879,00Esquivel Espinoza Adrián 0-00109940947-001-001 71.327,00Esquivel Valerio Gerardo 0-00401460816-001-001 50.144,00Exper Sociedad Anónima 2-03101028853-001-001 16.798,00Fábrica de Mallas La Industria Limitada 2-03102011319-001-001 49.281,00Farmacia del Pacífico Corp. S.A. 2-03101344167-001-001 121.500,00Frazzani Noindicaotro Daniela 7-00026461508-999-001 295.562,00Froztec Centroamérica Sociedad Anónima 2-03101388279-001-001 115.135,00Grupo de Seguridad Jovere InternacionalSociedad Anónima 2-03101128036-001-001 1.022.253,00Guacalillo Sociedad Anónima 2-03101022192-001-001 210.866,00Hernández Alfaro Carlos 0-00400750077-001-001 194.094,00Herrera Herrera Rafael Ángel 0-00401031358-002-001 26.678,00Horizontes del Castillo SCR Sociedad Anónima 2-03101335541-001-001 780.604,00Industrias Jacso Sociedad Anónima 2-03101273207-001-001 96.900,00Inmobiliaria Armaglo Sociedad Anónima 2-03101284249-001-001 4.230,00Inostroza Sotomayor Ivette Magaly 0-00800610171-001-001 46.435,00Inversiones Franalex de LagunillaSociedad Anónima 2-03101385910-001-001 115.770,00Inversiones Rakhim CRC Sociedad Anónima 2-03101418894-001-001 959.402,00Inversora Unión Limitada 2-03102015215-001-001 614.910,00Jara Delgado Silvia 0-00401760972-001-001 29.773,00Kim Song Hee Wow 7-00025219477-001-001 209.914,00La Señora Sociedad Anónima 2-03101210341-001-001 96.271,00Laila y Alexander Sociedad Anónima 2-03101103927-001-001 26.134,00López Montero Óscar Roberto 0-00108810577-001-001 51.856,00Lundeberg Noindicaotro Marc Christian 7-00017181585-001-001 18.462,00Madrigal Barrantes Eida 0-00400990245-001-001 22.293,00Madrigal Chaves Vannesa 0-00303120825-001-001 107.501,00Marín Alfaro Marianela 0-00108750099-001-001 48.735,00Martínez Sequeira Cecilia María 0-00401190149-999-001 241.245,00Mata Ulloa Gerardo 0-00103800821-001-001 202.822,00Medrano Express Sociedad Anónima 2-03101366739-001-001 41.685,00Molina Montes de Oca Paula Cecilia 0-00800670995-001-001 58.850,00Monge Sánchez Rolando 0-00203960144-001-001 143.407,00Montoya Hernández María Auxiliadora 0-00401200344-001-001 138.834,00Muebles del Bosque Sociedad Anónima 2-03101052100-001-001 265.176,00Murcia Urrego Leidy Julieth 7-00028613697-999-001 103.868,00Murillo Montero Edgar 0-00203680534-001-001 170.143,00Obando Torres Ingrid María 0-00602360227-001-001 89.285,00Orozco Ramírez Elsie 0-00102130955-001-001 95.135,00Pacheco González Óscar Manuel 0-00105230922-004-001 84.330,00Panes Reales Sociedad Anónima 2-03101474508-001-001 271.940,00Photecircuits Corporación Sociedad Anónima 2-03101211703-001-001 40.204,00Pinto Mitrovich Milena 0-00102730974-001-001 240.293,00Protectora Comercial Proco de Costa RicaSociedad Anónima 2-03101442103-001-001 58.494,00Quirós Benavides Roberth 0-00108320496-001-001 20.362,00Ralex Cool Carrier Sociedad Anónima 2-03101390981-001-001 84.609,00Ramírez Rodríguez José Abelardo 0-00401190112-001-001 55.367,00Repuestos Radar Sociedad Anónima 2-03101248199-001-001 230.466,00Restaurante La Chimenea de LeñaSociedad Anónima 2-03101188389-001-001 170.731,00Rodríguez Sancho Marcelo Augusto 0-00109180013-001-001 133.780,00Rojas Umaña Claudio 0-00107500703-001-001 6.588,00Sabe Sociedad Anónima 2-03101189455-001-001 361.618,00Sam Lee Young 7-00026222756-001-001 346,00Sanou Alfaro Lucrecia 0-00104440488-001-001 27.857,00Segura Residencial Leus y Asociados S.A. 2-03101387974-001-001 563.387,00Sertra Sociedad Anónima 2-03101005515-001-001 13.792.208,00Sierra Sierra Claudia 7-00026121200-999-001 521.898,00Sseprivi Sociedad Anónima 2-03101162098-001-001 150.199,00Súper Real Santamaría Sociedad Anónima 2-03101408245-001-001 183.462,00Terrasol Sociedad Anónima 2-03101074821-001-001 4.009.366,00The Lexington Group of Costa Rica S.A. 2-03101369010-001-001 50.576,00Toledo Roja Iris 0-00103380580-001-001 92.657,00Transportes Internacionales Génesis T.I.G.Sociedad Anónima 2-03101445424-001-001 134.918,00Vargas Ávalos Hilda Myriam 0-00105990984-001-001 80.930,00Vargas Centeno Víctor Julio 0-00601880222-002-001 166.134,00

Razón social Nº Patronal Monto ¢

Vargas de Camacho Nora 7-00024916110-001-001 67.753,00Vargas Kinderson Vivian 0-00603010467-001-001 280.194,00Vargas Ríos Minor José 0-00111300840-999-001 441.808,00Vargas Rojo Mauricio 0-00110100602-001-001 86.595,00Vargas Sánchez Rafael Ángel 0-00401041348-001-001 136.979,00Vega Méndez Nicasio 0-00202900307-001-001 34.950,00Víquez Muñoz Vidal Emilio 0-00400910587-001-001 66.245,00Víquez Quesada Edgar Roberto 0-00401160839-001-001 1.222.616,00Vpo Inc. Sociedad Anónima 2-03101445481-001-001 2.108.517,00Zúñiga Vargas Carmen Lidia 0-00401480238-001-001 7.058,00

Lic. Ana Guadalupe Vargas Martínez, Oficina de Cobros.—(25541).

CITACIONESINSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores, Bravo Calvo Digna, cédula Nº 301030693, estado civil soltera, ocupación pensionada, vecina de San José, Montes de Oca, San Rafael. Caso Nº 2008O00432. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 13 de marzo del 2008.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Horacio Ureña, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-8020.—(26268).

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores, Araya Pérez Freddy Sangel, cédula Nº 113330678, estado civil soltero, ocupación otros trabajadores no calificados, vecino de San José, San José, La Uruca. Caso Nº 2007O02317. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 13 de marzo del 2008.—Departamento Obligatorio para Vehículos Automotores.—Horacio Ureña, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-8020.—(26269).

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores, por muerte de:

Nombre Cédula SucursalEspinoza Vega José Luis 5-238-327 GuápilesBaltodano Víctor Bernardo 5-150-907 NicoyaRodríguez Ortiz Rodolfo 1-1319-733 NicoyaVillareal Álvarez Donald 5-237-161 NicoyaRivera Betancourt Carlos 2-550-879 NicoyaObando Obando Jorge 5-185-529 NicoyaAraya Picado Xinia María 1-798-686 PuntarenasCastillo Piedra José Miguel 3-159-752 CartagoLeitón Brigarolli Juan Ricardo 1-461-832 La MercedSequeira Cortés María Elvira 5-172-312 La MercedOquendo Rivas Luis Alberto 5-143-802 LiberiaAgüero Quirós Roger 1-383-562 San IsidroVargas Arias José Alejandro 1-850-253 San IsidroCastillo Navarro Mauricio 3-321-542 CartagoRomán Méndez Marcelo de los Ángeles 6-357-641 San Isidro

Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a la sucursal señalada anteriormente, en el reclamo de sus derechos apercibidos, que si no lo hicieren la indemnización pasará a quien en derecho corresponda.—San José, 13 de marzo del 2008.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro F., Encargada de Prensa.—1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-21140.—(26270).

FE DE ERRATASEDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDADY MACROEVALUCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

En edicto dado en San José, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil ocho, a nombre de Pineda Glasse Icela Isabel, de solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 12 y título Nº 226, emitido por el Instituto Centroamericano Adventista, en el año mil novecientos setenta y cinco, por error se consignó la leyenda de Título de Bachiller en Educación Media, siendo correcta la leyenda de Diplome de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras.—Se extiende la presente, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil ocho.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—Guisela Céspedes Lobo, Asesora Nacional.—(27322).

Apartado Postal: 5024-1000 Teléfono: 296-9570 Fax: 220-0385

J U N T A A D M I N I S T R A T I V ALicda. Ana Durán Salvatierra Prof. Eliécer Venegas SeguraPresidentaRepresentante del Sr. Ministro de Gobernación y Policía

Representante de la Editorial Costa Rica

Lic. Ricardo José Méndez Alfaro Lic. Nelson Loaiza SojoRepresentante del Ministerio de Cultura y Juventud. Director General Imprenta Nacional

Director Ejecutivo Junta Administrativa