Recurso de Apelacion Odci Tumbes
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8/18/2019 Recurso de Apelacion Odci Tumbes
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CASO : 2611010000-2012-157-0DEPENDENCIA : ODCI – TumbesESCRITO : TRES (03)SUMIA : !ORMUA RECURSO DE
APEACI"N A DISPOSICI"N#UE DECARA IMPROCEDENTE A$RIR IN%ESTI&ACI"NPREIMINAR CONTRA !ISCA#UE'ADO
SEOR 'E!E DE A O!ICINA DESCONCENTRADA DE CONTROINTERNO DE MINISTERIO P*$ICO DE TUM$ES
DRA RINA & CADER"N UDEA
UIS ANTONIO ATANCE MENDO+A ,en los seguidos contra EMER DAR,O CRU+ ARE#UE. E/ !s4e !s P89 4e+um. sobre DENUNCIA PENALpor la concurrencia de losdelitos de A$USO DE AUTORIDAD.OMISI"N DE DE$ERES !UNCIONAES TR!ICO DE IN!UENCIAS;asimismo por la concurrencia de
los delitos Contra laAdministración de Justicia enla modalidad de OMISI"N DEDENUNCIA < ENCU$RIMIENTO REA;a Usted expreso:
I PRETENSI"N IMPU&NATORIA
En el plao pre!isto en el p"rra#o primero
del art$culo %& ' lo establecido en elordinal b(, del art$culo )*+ me apersono a!uestro despaco con la #inalidad deINTERPONER RECURSO DE APEACI"N contra laRESOUCI"N N= 10-2016-MP-ODCI-Tumbes, de#eca *% de abril de &*-), noti#icada!"lidamente el d$a -. de abril de &*-)+ lacual DI/P0NE DECARAR IMPROCEDENTE AbrirIn!estigación Preliminar contra el LetradoDAR,O EMER CRU+ ARE#UE> en su entonces
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condición de !ISCA PRO%INCIA DE A SE&UNDA !ISCA,A PRO%INCIA PENA CIRPORATI%A DE+ARUMIA; dereco 1ue me asiste ' el cualacti!o con la #inalidad de peticionar se
ele!en los actuados al /uperior en grado,1ui2n despu2s de un acucioso ' pro#undoexamen sobre los puntos materia del presenterecurso de apelación, re#orme dica medida 'ordene se proceda con la Apertura deIn!estigación Preliminar, de con#ormidad conlos siguientes sustentos #"cticos:
II PUNTUAI+ACI"N CONCRETA DE PETITORIO:
SE RE%O#UE A MEDIDA #UE DECARA IMPROCEDENTEA DENUNCIA PENA CONTRA E E? !ISCA DE A PRO%INCIA DE +ARUMIA A$O& EMER DAR,O CRU+ARE#UE. RE!ORMANDOA ORDENE A APERTURA DE IN%ESTI&ACI"N PREIMINAR
IIISUSTENTO !CTICO DE A RECURRIDA
III3-3 4ediante Disposición RESOUCI"N N=
2@7-2015-MP-!N-SUPRCI de #eca && deseptiembre de &*-5, emanada por la!ISCA,A SUPREMA DE CONTRO INTERNO seresol!ió DECARAR !UNDADO el RECURSO DE APEACI"N interpuesto por mi persona,DECARANDO NUA A RESOUCI"N N= 350-2012-MP-ODCI-PIURA-TUM$ES, de #eca &* desetiembre de &*-& 1ue DECAR"IMPROCEDENTE A$RIR IN%ESTI&ACI"NPREIMINAR CONTRA DAR,O EMER CRU+ARE#UE, en su entonces actuación como6I/CAL P708INCIAL de la /egunda 6iscal$aPro!incial Penal Corporati!a de9arumilla, B Besu9 ms9 4es 4es 4e Abus 4e Au44.Oms9 4e Debees !u99es. TF4e I9Fue9s. Oms9 4e De9u9 <E9ubme9 Re, en mi agra!io 'agra!io del Estado+ en a1uella
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oportunidad la 6I/CALA /UP7E4A DEC0N;70L IN;E7N0, 1ue es órgano encargadodel control disciplinario ' de lae!aluación permanente+ ab$a ordenado la
apertura de una in!estigación3
III3&3 Debo de
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denunciado #iscal EMER DAR,O CRU+ARE#UE, por parte de la DRA RINA &CADER"N UDEA !ISCA SUPERIOR (P) 'E!EODCI - TUM$ES, a 1ue no tome conocimiento
del contenido de dica Disposición 6iscal/uprema, toda !e 1ue #ui @nicamentenoti#icado de las actuacionesdesarrolladas por la O!ICINA DESCONCENTRADA DE CONTRO INTERNO DETUM$ES. me49e RESOUCI"N N= 03(TRES)-ODCI-TUM$ES, con#orme lo acreditocon la copia de la CEDUA DE NOTI!ICACI"N COPIA DE A RESOUCI"N N= 03 (TRES)-ODCI-TUM$ES, el cual se ad!etada?, en tal sentidodesconoco el PRONUNCIAMIENTO ARTICUADOSO$RE E !ONDO POR PARTE DE A !ISCA,A SUPREMA DE CONTRO INTERNO+ es decir sepretende con la inserción de lasDisposiciones 6iscales de #eca & demaro de &*--, del *% de no!iembre de&*-- ' la del &) de maro de &*-&, de laCarpeta 6iscal NB 5&*-*, 1ue lasactuaciones desarrolladas por eldenunciado ex #iscal DAR,O EMER CRU+ARE#UE #ueron en los plaosestablecidos por la norma
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&*-), no se e!idencia una !aloraciónsobre dicos elementos probatorios, locual nos ace presumir 1ue no existentales disposiciones #iscales3
III3%3 Existe e!idencia irre#utable, de lacomisión del delito de omisión de deberes#uncionales, ' del delito de abuso deautoridad, toda !e 1ue de la mismain!estigación impulsada se desprende enel punto %3.3, lo siguiente: “[…] reciéncon fecha 08 de julio de 2011 se lereasigna la carpeta, avocándose alconocimiento de la investigacin […]! ,
sin embargo debe tenerse en cuenta 1ue la4e9u9 Be9 Fue Fmu4 e 4 22 4eFebe 4e 2010. sH994see m Be Fs N= 053-2010+ lo cualacredito con la copia de la mismacontenida como 9e/ 3-C del presente7ecurso de Apelación+ asimismo existee!idencia irre#utable de pretendercon!alidar la actuación negligente del
denunciado ex #iscal DAR,O EMER CRU+ARE#UE toda !e 1ue se articula comoinicio de la 4e9u9 e 4 2 4e4embe 4e 2010+ sin embargo estadenuncia se ad
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III353 Aduce la DRA RINA & CADER"N UDEA !ISCA SUPERIOR (P) 'E!E ODCI - TUM$ES,en el punto )3%3)3 de manera sub
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dilatorios+ entonces debemos preguntarnosHu2 es el principio de celeridadprocesal, HPodemos colegir 1ue son!"lido los procedimiento dilatorios
desarrollados impulsado por los 6iscalesen los casos de corrupción de#uncionarios, HPodemos tambi2nconsiderar 1ue estas actuaciones no sonsancionables, ni punibles, ' 1ue estasconductas il$cita son licitas3
III3)3 Podemos concluir seKalando 1ue laimputación ob
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denunciado ex #iscal DAR,O EMER CRU+ARE#UE+ en el sentido 1ue no se anarci!ado las denuncias penalesimpulsadas por mi persona contra los e/
A4es 'AIME A$ERTO JERNANDE+ SOTO 4e Mu9B44 Ds 4e AHus %e4es, en los casos *5.&*-* ' 5&*-*+', la del e/ A4e TOMAS ARI+OA OAA 4e Mu9B44 Ds 4e AHus %e4es, en el caso -%&*--, todos ellos#ueron arci!ados en su oportunidad porel 4inisterio P@blico, a pesar de laspruebas irre#utables 1ue demostraban lacomisión de los il$citos denunciados, con
ello 1ueda acreditado indubitati!amente1ue las denuncias, an continua suproceso en curso en m2rito a los 7ecursosde Apelación actuados en su oportunidad,lo cual a#ecta el debido proceso,#inalmente conclu'o este extremopregunt"ndome HPor1u2 con e!idencias tansólidas como las esgrimidas en cada unade las carpetas #iscales, asta el
momento no se lle!a a Juicio a losdenunciados, HAcaso, no es importante laparticipación ciudadana en acciones decontrol contra los ser!idores p@blicos,1ue denotan actos de corrupción, poniendoen peligro su integridad #$sica por estosecos denunciados, HCu"l es la sanciónlograda en las denuncias de corrupcióncontra las ex autoridades denunciadas,entre ellos los mismos peritos ingenierosdel Poder Judicial ' un #uncionario deAlta Es#era del 4inisterio de 7elacionesExteriores3
III33 En el recurso de 1ue
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III33 Acotando lo esgrimido por 'OSLJURTADO PO+O. al respecto:
"l #ue$ invocando influenciassimuladas reci%e, hace dar o
prometer para un tercero donativo o promesa o cual#uier otra ventaja conel ofrecimiento de interceder anteun funcionario o servidor p&%lico#ue ha'a conocido un caso judicial oadministrativo1!
III3-*3 Adem"s agrega 'OSL JURTADO PO+O losiguientes:
“(os factores comunes a todas estashiptesis son los hechos de invocar influencias, ofrecer interceder anteun funcionario o servidor p&%lico ' el o%jeto del delito )*cual#uier ventaja+- .e distinguen por losiguiente$ a las influencias sonreales o simuladas/ % la ventaja es
para el mismo autor o para untercero/ c el funcionario so%re el#ue se influ'e conoce o ha conocido
el caso/ d la ndole de este <imoes judicial o administrativa2!-
III3--3 In#iere tambi2n 'OSL JURTADO PO+O. < Bu9u:
“"ntre estos factoresintercam%ia%les, dos juegan un papeldecisivo$ por un lado, el relativo ala naturalea de las influencias
)reales o simuladas/ por otro, elreferido a #ue el funcionario anteel cual el agente ofrece interceder
1 INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY PENAL – JOSÉ HURTADO POZO –ANUARIO DE DERECHO PENAL – 2005 – INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL ART.400 CP DEL PERÚ: DELITO LLAMADO DE TRÁFICO DE INFLUENCIAS – pp. 272 27!.
2 I"#$%&.
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esté conociendo el asunto o lo ha'a'a conocido!-
III3-&3 Exterioria 'OSL JURTADO PO+O:
“.eg&n estas circunstancias, ha' #uedistinguir cuatro hiptesis$ a3eci%ir… invocando influenciasreales ' ofreciendo interceder antefuncionario #ue conoce proceso/ %3eci%ir… invocando influenciasreales ' ofreciendo interceder antefuncionario #ue ha conocido proceso/c 3eci%ir… invocando influenciassimuladas ' ofreciendo interceder ante funcionario #ue conoce proceso/
d 3eci%ir… invocando influenciassimuladas ' ofreciendo interceder ante funcionario #ue ha conocido
proceso!
III3-.3 Por otra parte debo destacar loseKalado por U7;AD0 P090, de maneraacertada:
“"n la hiptesis de simultaneidad de
actos 4en especial, tratándose delcaso en el #ue las influencias sonreales4 el comportamientodelictuoso, descrito en el art- 500,consiste en un comportamientocomplejo en el #ue el agente ' eltercero 4sin importar #uién es el#ue toma la iniciativa4 act&ansimultáneamente con la finalidad delograr, por parte del autor,reci%ir, hacer dar o prometer una
ventaja, invocando influencias ' ofreciendo interceder/ ' por partedel tercero proponer, pedir alagente para #ue ejera influencia ' dar o prometer la ventaja- (asegunda hiptesis es #ue los actosse desarrollen sucesivamente$ elagente alega #ue tiene capacidad deinfluir, ofrece interceder ante
! I"#$%&.
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funcionario ' determina al tercero para #ue haga un acto de disposicinen favor del agente o de untercero5!
666-15- 6inalmente conclu'e 'OSL JURTADOPO+O:
“7e esta manera, el legislador ha%uscado comprender en el tipo legal lasdiversas formas en #ue tienen lugar,generalmente, los comportamientosdirigidos a influir de manera inde%ida enla toma de decisiones de los rganos dela administracin p&%lica,comportamientos #ue son cometidos casi ensecreto ' #ue se presentan comonegociaciones en las #ue se discuten ' esta%lecen las condiciones )servicio '
contraprestacin respectivas! -
III15 De los estudios realiados porJURTADO PO+O:
“7e todo esto no se puede deducir #ue elart- 5009 contradiga al principio delesividad : , pues ha' #ue admitir #ue dealguna manera los comportamientosdescritos en el tipo legal tienen #ue ver con el funcionamiento de la;dministracin p&%lica
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los #ue recurran a ella o estén sometidosa sus rganos- 6nvocar influencias 4 reales o simuladas4 con el ofrecimiento 4 serio o no4 de interceder ante unfuncionario o servidor p&%lico supone
hacer comprender al tercero #ue este escorrupti%le, ' de esta manera semenosca%a la credi%ilidad de la;dministracin p&%lica- "ste hecho hasido considerado por el legislador comoun factor #ue puede crear un am%ientedesfavora%le para el %uen funcionamientode la administracin, en especial del
proceso de toma de decisiones- ;s, enesta perspectiva se puede afirmar #ue setrata de un delito de peligro a%stracto!/
“=tra cuestin es sa%er si todas lashiptesis previstas en el art- 500 son
propias para crear dicho peligro de unmodo tal #ue sea justo recurrir alderecho penal para reprimir a losresponsa%les- (a respuesta solo puede ser afirmativa, sin duda, cuando lasinfluencias invocadas sean reales, 'a #ueel agente tiene la capacidad de ofrecer con seriedad interceder ante elfuncionario ', llegado el caso, de
hacerlo realmente )de suceder as se podra configurar aun otro delito contrala ;dministracin p&%lica8!,
III3-)3 /in embargo el pasado - de abril de&*-), #ui noti#icado del contenido de laRESOUCI"N N= 001-2016-MP-ODCI-TUM$ES,
7 Es interesante indicar que en una reciente sentencia de la sala de casación penal de la Corte Suprema deColombia, del 19 de marzo de 2002, se afirma que el tráfico de influencias (ahora, caso ara!ado de
estafa" #$%& siue considerándose punible por el leislador $en el nue!o Códio 'enal&, es lesi!a merece reproche, por afectar preponderantemente el bien )ur*dico del patrimonio en otro plano los
bienes )ur*dicos de la administración p+blica la administración de )usticia – E) INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY PENAL – JOSÉ HURTADO POZO – ANUARIO DE DERECHOPENAL – 2005 – INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL ART. 400 CP DEL PERÚ: DELITOLLAMADO DE TRÁFICO DE INFLUENCIAS – p. 2''.
' E) INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY PENAL – JOSÉ HURTADOPOZO – ANUARIO DE DERECHO PENAL – 2005 – INTERPRETACIÓN YAPLICACIÓN DEL ART. 400 CP DEL PERÚ: DELITO LLAMADO DE TRÁFICO DEINFLUENCIAS – p. 2''.
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encuentra e!idencias irre#utables de ladenuncia #ormulada contra el mismodenunciado es decir el ex #iscal DAR,OEMER CRU+ ARE#UE, disponiendo la
apertura de proceso administrati!odisciplinario contra el aludido+ unacuriosa interpretación !alorati!adesarrollada por la DRA RINA & CADER"NUDEA !ISCA SUPERIOR (P) 'E!E ODCI -TUM$ES, por un lado resuel!e no encontrarindicios en la comisión il$cita penal detr"#ico de in#luencias ' por el otroencuentra elementos de inconducta#uncional, el cual ad
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el aludido ex #uncionario municipal, parademostrar 1ue 2l no se encontraba inmersoen las in!estigaciones realiadas por el!ORO APEC 200@, utiliando adem"s dico
IN!ORME en di#erentes medios de prensa dela localidad+ entonces nos debemospreguntar HExistió o no existió tr"#icode in#luencias en la emisión del IN!ORME N= 011-2012 suscrito por el ex #iscalDAR,O EMER CRU+ ARE#UE, HEl contenidodel IN!ORME N= 011-2012 suscrito por elex #iscal DAR,O EMER CRU+ ARE#UE, sere#er$a a otras personas, !ulnerando elprincipio de reser!a de la
in!estigación, HLa emisión del IN!ORME N= 011-2012 suscrito por el ex #iscalDAR,O EMER CRU+ ARE#UE, podr$a a#ectarlas in!estigaciones realiadas e impulsarexcepciones en #a!or de losin!estigados, H/e #a!oreció con dicoin#orme a la persona de JENR $ERNARDO&ARA CANAES, 1ui2n aciendo uso de unaE?CEPCI"N DE IMPROCEDENCIA DE A ACCI"N
PENA, logró ser excluido de los procesosin!estigati!os, sin 1ue medie oposiciónpor parte del ex #iscal DAR,O EMER CRU+ARE#UE, HPor 1u2 la DRA RINA &CADER"N UDEA !ISCA SUPERIOR (P) 'E!EODCI - TUM$ES, realia interpretacionesdisimiles ' contradictorias entre unacausa ' la otra si ambas tienen unaconexión lógica, toda !e 1ue #lu'ensobre la ilegal emisión del IN!ORME N=011-2012 suscrito por el ex #iscal DAR,OEMER CRU+ ARE#UE
III3-3 Como lo a seKalado en sendaspronunciamientos el Poder Judicial, parala comisión del delito de tr"#ico dein#luencias, entre sus caracter$sticasdestaca: >El delito de tr"#ico dein#luencias se caracteria por el
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adelantamiento de la barrera de punición,en comparación al delito de coeco+ porello, es 1ue el tipo penal, para suconsumación solo exige la in!ocación de
in#luencias, aciendo incapi2 1ueresulta irrele!ante si estas son reales osimuladas+ en este sentido se exige comoelementos sub
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IN!ORME N= 011-2012 suscrito por el ex#iscal DAR,O EMER CRU+ ARE#UE, serealió con la #inalidad de dis#raar la!erdadera situación
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III3&*3 Por otra parte debemos de seKalar 1ueal desconocer el contenido DisposiciónRESOUCI"N N= 2@7-2015-MP-!N-SUPRCIde #eca && de septiembre de &*-5,
emanada por la !ISCA,A SUPREMA DECONTRO INTERNO se resol!ió DECARAR !UNDADO el RECURSO DE APEACI"Ninterpuesto por mi persona, DECARANDO NUA A RESOUCI"N N= 350-2012-MP-ODCI-PIURA-TUM$ES, de #eca &* de setiembre de&*-& 1ue DECAR" IMPROCEDENTE A$RIR IN%ESTI&ACI"N PREIMINAR CONTRA DAR,OEMER CRU+ ARE#UE, es decir 1ue sobredica incidencia la !ISCA,A SUPREMA DE
CONTRO INTERNO ab$a ordenado A$RIR IN%ESTI&AC"N PREIMINAR CONTRA DAR,O CRU+ARE#UE; en tal sentido nue!amente nosencontramos con una cuestión !alorati!a,sobre los ecos de la denuncia, la cual'a tiene un pronunciamiento de la6I/CALA /UP7E4A DE C0N;70L IN;E7N0, ental sentido no le corresponde a la DRARINA & CADER"N UDEA !ISCA SUPERIOR
(P) 'E!E ODCI - TUM$ES, realiar unanue!a !aloración sobre los ecos materiadel recurso de apelación re!ocatorio, lecorresponde cumplir dico mandato 'proceder con#orme a dica disposición a#ormular la denuncia penalcorrespondiente3
III3&-3 En tal sentido, nos corresponde#ormular el presente recurso impugnati!o,con#orme a las disposiciones 1ue me#ran1uea el marco normati!o, por lo 1uedeber" ele!arse lo actuado al superior
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%& ' lo establecido en el ordinal b(, delart$culo )*+ ', en todas a1uellas normas 'disposiciones an"logas a los de la materia3
% MEDIOS PRO$ATORIOS:/on medios probatorios @tiles ' pertinente
del presente recurso, las pieas procesales:a(CEDULA DE N0;I6ICACI=N O C0PIA DE LA
7E/0LUCI=N NB *. G;7E/(0DCI;U4E/3b(Denuncia penal #ormulada el d$a && de
#ebrero de &*-*, sign"ndosele como la
carpeta #iscal NB *5.&*-*3
c(Denuncia Penal de #eca & de diciembre de&*-*, sign"ndosele como carpeta #iscal NB
5&*-*3d(Denuncia Penal de #eca &. de no!iembre
contra el ex #iscal JA4E/ EN7O CA/;70
AP0LAOA 6iscal Pro!incial de la &da3
6iscal$a Pro!incial Penal Corporati!a de
9arumilla3e(0#recemos como medio probatorio el
Exibicional de la Carpeta 6iscal *5&&*-*
' de la Carpeta 6iscal 5&*-*, las cuales
se encuentran en sede Judicial3
%I ANE?OS:
S9 9e/s 4e Bese9e e/4:
A9e/ 3-ACB 4e m DNI
A9e/ 3-$ CB 4e CEDUA DE NOTI!ICACI"N COPIA DE A RESOUCI"N N= 03 (TRES)-ODCI-TUM$ES
A9e/ 3-C De9u9 Be9 Fmu4 e 422 4e Febe 4e 2010.sH994see m Be
Fs N= 053-2010
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A9e/ 3-D De9u9 Pe9 4e FeG 2 4e4embe 4e 2010. sH994seem Be Fs N= @@5-2010
A9e/ 3-E De9u9 Pe9 4e FeG 23 4e
98embe 9 e e/ Fs'AMES JENR CASTRO APOAA !sP89 4e 24 !sP89 Pe9 CB8 4e+um
A9e/ 3-! CB 4e RESOUCI"N N= 001-2016-MP-ODCI-TUM$ES. 9F4e 1 4e b 4e 2016
POR O E?PUESTO:
A Usted, seKorita #iscal, solicito tenga por
interpuesto el presente RECURSO DE APEACI"N en elplao legal correspondiente ' disponga su
ele!ación al superior Jer"r1uico, a #in de 1ue
resuel!a ' re!o1ue dica medida
;umbes, &* de abril de &*-)3
UIS A ATANCE MENDO+A
DNI N= 00377
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