Rectificacion de Higinio Pelaes

18
EXPEDIENTE NUMERO 35-2010 CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL ACTA DE REQUERIMIENTO En el Municipio de Flores, Departamento de Petén el día veintitrés de marzo del año dos mil diez siendo las nueve horas con cinco minutos yo, ANA MARGARITA FION- LIZAMA ZETINA, Notaria, constituida en las instalaciones del Registro Nacional de las Personas, RENAP, ubicado en Callejón Santa Ana en el Municipio de Flores, Departamento de Petén, a requerimiento del señor CARLOS ARNULFO ELVIRA SANDOVAL de sesenta años de edad, soltero , guatemalteco , agricultor , se identifica con la cédula de vecindad número de orden P diecisiete y registro seis mil quinientos cuarenta y siete extendida por el Alcalde Municipal de Poptun Peten . Asegura el requirente hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, ser de los datos de identificación anotados, y manifiesta que el objeto de su rogación es que tramite antes mis oficios notariales DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, para lo cual procedo de la siguiente forma: PRIMERO: El requirente es juramentado de conformidad con la ley y advertido de las penas relativas al delito de perjurio en caso de no ser cierto lo manifestado, declarando que nació Poptun Peten el día veinticinco de abril de mil novecientos cuarenta y nueve que es hijo de los señores ABELINO ELVIRA Y MARIA FLORINDA SANDOVAL MEDINA inscrito en el libro de nacimientos del Registro Nacional de Personal de San Miguel Chaparrón Jalapa libro número treinta y nueve folio doscientos quince partida trescientos cuarenta y ocho , pero resulta que al constatar la partida de

description

Rectificacion de Higinio Pelaes

Transcript of Rectificacion de Higinio Pelaes

Page 1: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

ACTA DE REQUERIMIENTO En el Municipio de Flores, Departamento de

Petén el día veintitrés de marzo del año dos mil diez siendo las nueve horas

con cinco minutos yo, ANA MARGARITA FION-LIZAMA ZETINA, Notaria,

constituida en las instalaciones del Registro Nacional de las Personas, RENAP,

ubicado en Callejón Santa Ana en el Municipio de Flores, Departamento de

Petén, a requerimiento del señor CARLOS ARNULFO ELVIRA SANDOVAL de

sesenta años de edad, soltero , guatemalteco , agricultor , se identifica con

la cédula de vecindad número de orden P diecisiete y registro seis mil

quinientos cuarenta y siete extendida por el Alcalde Municipal de Poptun

Peten .  Asegura el requirente hallarse en el libre ejercicio de sus derechos

civiles, ser de los datos de identificación anotados, y manifiesta que el objeto

de su rogación es que tramite antes mis oficios notariales DILIGENCIAS

VOLUNTARIAS DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, para

lo cual procedo de la siguiente forma: PRIMERO: El requirente es

juramentado de conformidad con la  ley y advertido de las penas relativas al

delito de perjurio en caso de no ser cierto lo manifestado, declarando que

nació Poptun Peten el día veinticinco de abril de mil novecientos cuarenta y

nueve que es hijo de los señores ABELINO ELVIRA Y MARIA FLORINDA

SANDOVAL MEDINA inscrito en el libro de nacimientos del Registro Nacional

de Personal de San Miguel Chaparrón Jalapa libro número treinta y nueve

folio doscientos quince partida trescientos cuarenta y ocho , pero resulta

que al constatar la partida de nacimiento, se encuentra deteriorada faltando

los datos esenciales como nombre inscrito del mismo y nombres de los

padres por lo que no es factible que se le extienda dicha certificación en el

Registro Nacional de las Personas de San Miguel Chaparrón Jalapa

Page 2: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

SEGUNDO:  Para el efecto el requirente me presenta y ofrece los siguientes

medios de prueba: I) DOCUMENTOS: a) Fotocopia completa de su cédula de

vecindad; b) Certificación negativa original extendida por la Registrador Civil

de San Miguel Chaparrón Jalapa de fecha diez de marzo del dos mil diez .

TERCERO: PETICIONES: El requirente formula las siguientes peticiones: a)

Que con la presente acta notarial y documentos adjuntos, se inicie el trámite

del expediente de DILIGENCIAS VOLUNTARIAS EXTRAJUDICIALES DE

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO;  b) Se tengan por

iniciadas las diligencias voluntarias extrajudiciales de Rectificación de

Partida de Nacimiento;  c) Se tengan por ofrecidos los medios de prueba

individualizados y por presentados los documentos adjuntos y que obran en el

expediente; d) Se le dé intervención al Registrador Civil de San Miguel

Chaparrón Jalapa para que emita su opinión;  e) Se le dé intervención a la

Procuraduría General de la Nación para que emita opinión; f) Oportunamente

se dicte la resolución que en derecho corresponde en la que se declare con

lugar las presentes diligencias. Se termina la presente en el mismo lugar y

fecha de su inicio veinte minutos después, la cual queda contenida en dos

hojas de papel bond que enumero, sello Que todo lo escrito me fue expuesto;

b) Tuve a la vista los documentos aportados como prueba; c) Leí lo escrito al

requirente y enterado de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo

ratifica, acepta y firma no así el señor CARLOS ARNULFO ELVIRA SANDOVAL

quien por no saber firmar deja la impresión de su dedo dactilar derecho

firmando a ruego la señorita NACY MARGARETH CHACON CANTORAL quien se

identifica con la cedula de vecindad numero de orden P guion diecisiete y

registro veintiocho mil cuatrocientos sesenta extendida por el Alcalde

Page 3: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

Municipal de Flores Peten , persona idónea y capaz para el presente acto

quien firma juntamente con la notaria que autoriza y DA FE.

NOTARIA, ANA MARGARITA FION-LIZAMA ZETINA , en las instalaciones

del Registro Nacional de las Personas, RENAP, ubicado en Callejón Santa Ana

en el Municipio de Flores, Departamento de Petén, diecinueve de marzo del

dos mil diez.

I) Por iniciadas ante mis oficios notariales las DILIGENCIAS VOLUNTARIAS

DE RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL SEÑOR

HIGINIO PELAES DE LEON II )Con el acta notarial que precede y

documentos adjuntos se inicia la formación del expediente correspondiente

III) Dese intervención al Registrador Civil de Poptun Peten , para que emita

su opinión IV) Dese Audiencia a la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

para que emita su opinión V) Lo demás resuélvase en su

oportunidad. Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Decreto 54-77 del Congreso de la

República;  401, 402,403 y 404 del Código Procesal Civil y Mercantil. 

NOTIFÍQUESE.

Page 4: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

En el Municipio de Flores, Departamento de Petén, a los diecinueve del dos

mil diez, a las doce horas con cero minutos , en las instalaciones del Registro

Nacional de las Personas, RENAP, ubicado en Callejón Santa Ana en el

Municipio de Flores, Departamento de Petén, NOTIFICO la resolución que

antecede a HIGINIO PELAES DE LEON quien de enterado firma.  DOY

FE.

 

 

 

Page 5: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

 

       

Dirección de Verificación de Identidad y Apoyo Social

NOTARIA ANA MARGARITA FION-LIZAMA ZETINA, en las instalaciones

del Registro Nacional de las Personas, RENAP, ubicado en Callejón Santa Ana

en el Municipio de Flores, Departamento de Petén ocho día diecinueve del

dos mil diez

I) Por el estado que guardan las DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE

RECTIFICACION DE LA PARTIDA NACIMIENTO DE HIGINIO PELAES DE LEON ,

SE DA AUDIENCIA a la Registrador Civil Poptun Peten , con el objeto que

emita opinión en el caso concreto, el expediente ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4, 5, 23

del Decreto cincuenta y cuatro guión setenta y siete del Congreso de la

República; ARTÍCULOS 66, 401, 402, 403, 443 del Código Procesal Civil y

Mercantil. Artículos 12, 16, 17 numeral 13, 33 del Acuerdo Directorio número

176-2008 Directorio del Registro Nacional de las Personas.

Page 6: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

       Dirección de Verificación de Identidad y Apoyo Social

DILIGENCIAS VOLUNTARIAS EXTRAJUDICIALES DE RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

EXPEDIENTE NÚMERO: ________31-2010___________

NOMBRE DEL REQUIRENTE: HIGINIO PELAES DE LEON

NOTARIA: LICDA. ANA MARGARITA FION-LIZAMA ZETINA.

Page 7: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

Dirección de Verificación de Identidad y Apoyo Social

NOTARIA ANA MARGARITA FION-LIZAMA ZETINA en las instalaciones del

Registro Nacional de las Personas, RENAP, ubicado en Callejón Santa Ana en

el Municipio de Flores, Departamento de Petén ocho de abril del año dos mil

diez.

I. Por evacuada la audiencia conferida a la Registradora Civil del

Municipio Poptun, Departamento de Petén. II. Dese Audiencia al

Procurador General de la Nación, con el objeto que emita opinión

en el caso concreto. El presente expediente consta de nueve

folios, incluyendo la presente resolución. ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4,

5, 23 del Decreto cincuenta y cuatro guión setenta y siete del

Congreso de la República; ARTÍCULOS 66, 67, 401, 402, 403,

443 del Código Procesal Civil y Mercantil. Artículos 12, 16, 17

numeral 13, 33 del Acuerdo Directorio número 176-2008

Directorio del Registro Nacional de las Personas.

Page 8: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

NOTARIA, KAREN BETZABETH COBOS BRAN, Avenida Reforma dos guion

dieciocho zona Nueve, Edificio Cortijo, Segundo Nivel. Guatemala, diecinueve

de octubre de 2009- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.

Page 9: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

SE TIENE A LA VISTA: Para resolver las DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE

REPOSICION DE FOLIO DE PARTIDA DE NACIMIENTO iniciadas por la

señora MARÍA ANGELICA AGUILAR GARCÍA.------------------------------

I. Del estudio del expediente aparece que la señora MARÍA ANGELICA

AGUILAR GARCÍA, requirió los servicios profesionales de la Infrascrita

Notaria, con fecha veinticuatro de septiembre del dos mil nueve, para las

presentes diligencias a efecto de reponer su partida de nacimiento, ya que el

libro en el que se encontraba asentado su nacimiento se encuentra en total

deterioro, por lo que no es factible que le extiendan certificación de su

nacimiento en el Registro Nacional de las Personas del Municipio de San

Jacinto, del departamento de

Chiquimula.----------------------------------------------------------------------------------------

II. DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN: En esa misma fecha, se dictó la

primera resolución, en la cual se tuvieron por iniciadas las DILIGENCIAS

VOLUNTARIAS DE REPOSICION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DEL

REQUIRENTE, dejando incorporado al expediente la documentación

relacionada descrita en el Acta Notarial de Requerimiento, se ordeno dar

intervención al Registrador Civil de las Personas del Municipio de San Jacinto,

del departamento de Chiquimula, para que emitiera opinión en su

oportunidad y se ordenó dar intervención a la Procuraduría General de la

Nación en su momento para que emitiera dictamen correspondiente, se

ordenó que al concluir el trámite se dicte el auto correspondiente, se

compulse certificación del mismo y se remita al Archivo General de Protocolos

el expediente para su conservación y

custodia.---------------------------------------------------------------------------------------------

III. DE LAS PRUEBAS RECIBIDAS: I) DOCUMENTOS: a) Fotocopia completa

de su cédula de vecindad; b) Certificación negativa original extendida por la

Registradora Civil del Municipio de San Jacinto, del departamento de

Page 10: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

Chiquimula de fecha once de diciembre del dos mil nueve; c) Fotocopia de la

certificación de la partida de nacimiento numero ochenta y dos (82), folio

número trescientos treinta y seis (336), del libro dieciocho (18) de

nacimientos, del Municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula,

de fecha veinticuatro de enero de mil novecientos setenta y ocho; c) Boleta

de reposición de constancia de inscripción de empadronamiento emitida por

el Tribunal Supremo Electoral de fecha cuatro de diciembre del dos mil nueve;

d) Certificación original del asiento de cédula de la requirente extendida por el

Registro Nacional de las Personas de la ciudad de Guatemala, extendida con

fecha ocho de diciembre del dos mil nueve; e) Carta original de referencia

extendida por el Parroco Manuel de Jesús Chacón Reyes, de fecha cinco de

diciembre del dos mil nueve.-------------------------

IV. CONSIDERANDO: Que al evacuar las audiencias conferidas al

Registrador Civil de las Personas del Municipio de San Jacinto, del

departamento de Chiquimula con fecha veintiocho de septiembre de dos mil

nueve, opinó que es procedente la reposición de la partida de nacimiento

numero ochenta y dos (82), folio número trescientos treinta y seis (336), del

libro dieciocho (18) de nacimientos, del Municipio de San Jacinto, del

departamento de Chiquimula, de la señora MARÍA ANGELICA AGUILAR

GARCÍA. Que al evacuar la audiencia, la Procuraduría General de la Nación

opinó que es procedente acceder a lo solicitado por el señora MARÍA

ANGELICA AGUILAR GARCÍA.--------------

V. Que el Artículo 33 del Reglamento de Registro Nacional de las Personas

Acuerdo del Directorio número (176-2008); el cual establece: La Reposición

de una inscripción, será repuesta por la vía Notarial o Judicial, debiendo para

el efecto, los Registradores Civiles, asentar la inscripción que se pretende

reponer, indicando en la misma los datos registrales de la inscripción que se

repone por este acto-------------------------

Page 11: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

VI. POR TANTO: I. Con base en lo considerado y leyes citadas, al resolver

DECLARO: Con lugar las presentes DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE

REPOSICION DE FOLIO DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE MARÍA

ANGELICA AGUILAR GARCÍA. II. En consecuencia el Registrador Civil de las

Personas de Municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula,

deberá REPONER la partida de nacimientos numero ochenta y dos (82), folio

número trescientos treinta y seis (336), del libro dieciocho (18) de

nacimientos, del Municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula,

de la señora MARÍA ANGELICA AGUILAR GARCÍA, que nació en el

municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula, el día siete de

julio de mil novecientos veinte (7 de julio de 1920), que es hija del señor

Alfredo Guerra Orellana y de la señora Manuela Jacinto (único apellido). III.

Extiéndase Certificación de la presente resolución para su remisión al Registro

Civil respectivo y oportunamente envíese el expediente al Archivo General de

Protocolos.

Page 12: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

CERTIFICACION:

Yo KAREN BETZABETH COBOS BRAN, Notaria CERTIFICO haber tenido a

la vista las DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE REPOSICION DE PARTIDA DE

NACIMIENTO en donde aparece el acta que copiada literalmente dice:

“NOTARIA, KAREN BETZABETH COBOS BRAN, Avenida Reforma dos guion

dieciocho zona Nueve, Edificio Cortijo, Segundo Nivel. Guatemala, diecinueve

de octubre de 2009- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.

SE TIENE A LA VISTA: Para resolver las DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE

REPOSICION DE FOLIO DE PARTIDA DE NACIMIENTO iniciadas por la

señora MARÍA ANGELICA AGUILAR GARCÍA.------------------------------

VII. Del estudio del expediente aparece que la señora MARÍA ANGELICA

AGUILAR GARCÍA, requirió los servicios profesionales de la Infrascrita

Notaria, con fecha veinticuatro de septiembre del dos mil nueve, para las

presentes diligencias a efecto de reponer su partida de nacimiento, ya que el

libro en el que se encontraba asentado su nacimiento se encuentra en total

deterioro, por lo que no es factible que le extiendan certificación de su

nacimiento en el Registro Nacional de las Personas del Municipio de San

Jacinto, del departamento de

Chiquimula.----------------------------------------------------------------------------------------

VIII. DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN: En esa misma fecha, se dictó la

primera resolución, en la cual se tuvieron por iniciadas las DILIGENCIAS

Page 13: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

VOLUNTARIAS DE REPOSICION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DEL

REQUIRENTE, dejando incorporado al expediente la documentación

relacionada descrita en el Acta Notarial de Requerimiento, se ordeno dar

intervención al Registrador Civil de las Personas del Municipio de San Jacinto,

del departamento de Chiquimula, para que emitiera opinión en su

oportunidad y se ordenó dar intervención a la Procuraduría General de la

Nación en su momento para que emitiera dictamen correspondiente, se

ordenó que al concluir el trámite se dicte el auto correspondiente, se

compulse certificación del mismo y se remita al Archivo General de Protocolos

el expediente para su conservación y

custodia.---------------------------------------------------------------------------------------------

IX. DE LAS PRUEBAS RECIBIDAS: I) DOCUMENTOS: a) Fotocopia completa

de su cédula de vecindad; b) Certificación negativa original extendida por la

Registradora Civil del Municipio de San Jacinto, del departamento de

Chiquimula de fecha once de diciembre del dos mil nueve; c) Fotocopia de la

certificación de la partida de nacimiento numero ochenta y dos (82), folio

número trescientos treinta y seis (336), del libro dieciocho (18) de

nacimientos, del Municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula,

de fecha veinticuatro de enero de mil novecientos setenta y ocho; c) Boleta

de reposición de constancia de inscripción de empadronamiento emitida por

el Tribunal Supremo Electoral de fecha cuatro de diciembre del dos mil nueve;

d) Certificación original del asiento de cédula de la requirente extendida por el

Registro Nacional de las Personas de la ciudad de Guatemala, extendida con

fecha ocho de diciembre del dos mil nueve; e) Carta original de referencia

extendida por el Parroco Manuel de Jesús Chacón Reyes, de fecha cinco de

diciembre del dos mil nueve.-------------------------

X. CONSIDERANDO: Que al evacuar las audiencias conferidas al

Registrador Civil de las Personas del Municipio de San Jacinto, del

Page 14: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

departamento de Chiquimula con fecha veintiocho de septiembre de dos mil

nueve, opinó que es procedente la reposición de la partida de nacimiento

numero ochenta y dos (82), folio número trescientos treinta y seis (336), del

libro dieciocho (18) de nacimientos, del Municipio de San Jacinto, del

departamento de Chiquimula, de la señora MARÍA ANGELICA AGUILAR

GARCÍA. Que al evacuar la audiencia, la Procuraduría General de la Nación

opinó que es procedente acceder a lo solicitado por el señora MARÍA

ANGELICA AGUILAR GARCÍA.--------------

XI. Que el Artículo 33 del Reglamento de Registro Nacional de las Personas

Acuerdo del Directorio número (176-2008); el cual establece: La Reposición

de una inscripción, será repuesta por la vía Notarial o Judicial, debiendo para

el efecto, los Registradores Civiles, asentar la inscripción que se pretende

reponer, indicando en la misma los datos registrales de la inscripción que se

repone por este acto-------------------------

XII. POR TANTO: I. Con base en lo considerado y leyes citadas, al resolver

DECLARO: Con lugar las presentes DILIGENCIAS VOLUNTARIAS DE

REPOSICION DE FOLIO DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE MARÍA

ANGELICA AGUILAR GARCÍA. II. En consecuencia el Registrador Civil de las

Personas de Municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula,

deberá REPONER la partida de nacimientos numero ochenta y dos (82), folio

número trescientos treinta y seis (336), del libro dieciocho (18) de

nacimientos, del Municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula,

de la señora MARÍA ANGELICA AGUILAR GARCÍA, que nació en el

municipio de San Jacinto, del departamento de Chiquimula, el día siete de

julio de mil novecientos veinte (7 de julio de 1920), que es hija del señor

Alfredo Guerra Orellana y de la señora Manuela Jacinto (único apellido). III.

Extiéndase Certificación de la presente resolución para su remisión al Registro

Civil respectivo y oportunamente envíese el expediente al Archivo General de

Page 15: Rectificacion de Higinio Pelaes

EXPEDIENTE NUMERO 35-2010CARLOS ANULFO ELVIRA SANDOVAL

Protocolos. Firma ilegible. Un sello que se lee Licenciada, Karen Betzabeth

Cobos Bran , Abogada y Notaria”.---

Y para entregar a la interesada señora MARÍA ANGELICA AGUILAR

GARCÍA, extiendo, sello y firmo la presente en dos hojas de papel bond a las

que adhiero un timbre fiscal de cincuenta centavos por cada hoja,

debidamente confrontadas de sus originales.--------------------------------------

Guatemala, xxxx de xxx del dos mil diez.------------------------------------